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LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES EN CASTILLA Y LEÓN Igualdad. Integridad física, psíquica y moral. Honor, integridad y propia imagen. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Información y libertad de expresión. Participación y asociación. Protección de la salud. Cultura, ocio y deporte. Alojamiento adecuado. Protección jurídica. Protección económica.

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LOS DERECHOS DELAS PERSONAS MAYORES

EN CASTILLA Y LEÓN• Igualdad.• Integridad física, psíquica y moral.• Honor, integridad y propia imagen.• Libertad ideológica, religiosa y de culto.• Información y libertad de expresión.• Participación y asociación.• Protección de la salud.• Cultura, ocio y deporte.• Alojamiento adecuado.• Protección jurídica.• Protección económica.

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FINALIDAD DE LA LEYPromover la calidad de vida y la protección de las mujeres y hombres mayores de Castilla y León.

OBJETIVOS• Garantizar el respeto y la defensa de los derechos de las personas mayores.• Prestar atención integral y continuada, especialmente a las personas mayores dependientes.• Promover el desarrollo personal y social a través del ocio y la cultura.• Fomentar la participación a nivel individual e institucional.• Potenciar la integración social y la permanencia de los mayores en su entorno familiar y social.• Impulsar las relaciones intergeneracionales y la solidaridad hacia las personas mayores.• Apoyar a la familia y cuidadores de los mayores dependientes.• Prevenir y evitar las situaciones de riesgo social y/o abuso que puedan dar lugar a maltrato,

desasistencia o cualquier otra vulneración de sus derechos.• Promover el mayor grado de autonomía posible de los mayores.

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“La Ley quiere beneficiar la vida de los hombres,pero le es posible cuando ellos mismos quieren ser bien tratados,pues es a quienes la obedecen a los que les manifiesta su propia virtud”.

Demócrito (fragmentos)

Las Cortes de Castilla y León, en sesión celebradael día 13 de marzo de 2003 en el Castillo de Fuensaldaña,aprobaron la Ley 5/2003, de Atención y Protección a lasPersonas Mayores de Castilla y León.(BOCyL nº 67, de 8 abril de 2003)

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Ley de Atención y Proteccióna las Personas Mayores de Castilla y León(Ley 5/2003 de 3 de Abril)

UN HORIZONTE SEGURO

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• La atención y la protección a las personas condiscapacidad menores de 65 años conenvejecimiento prematuro.

• Se adaptan los recursos a las necesidadesindividuales de cada persona.

• Se eleva a la condición de principio rector elderecho a participar e intervenir de las personasmayores en el diseño de la política social, asícomo el respeto a su capacidad de decisión.

ATENCIÓN A LAS PERSONASMAYORES DEPENDIENTES

• Aplicación del concepto de dependencia a aquellas situaciones en lasque la persona mayor necesita protección y/o supervisión tanto de supersona como de sus bienes.

• Reconocimiento expreso de la atención integral a las personas mayoresdependientes a través de recursos específicos adaptados a susnecesidades individuales y del apoyo adecuado a sus familias yestablecimiento de ayudas técnicas específicas.

• Fomentar la creación de entidades con personalidad jurídica propia parala protección de las personas mayores y sus bienes.

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PROTECCIÓN JURÍDICA• Las situaciones de maltrato, desasistencia o cualquier

otra situación que dé lugar a vulneración de los derechosde las personas mayores, detectadas por laAdministración, serán puestas en conocimiento delMinisterio Fiscal, sin perjuicio de la adopción inmediatade medidas adecuadas.

• El Procurador del Común podrá ser auxiliado por unAdjunto para la tramitación de quejas presentadas porlas personas mayores.

• Información, orientación y en su caso, asistencia jurídicasi su patrimonio está siendo objeto de expoliación.

OCIO, CULTURA YPARTICIPACIÓN

• Acercamiento y acceso permanente de las personasmayores a todos los recursos disponibles enmateria de ocio y cultura y, específicamente, elacceso a las nuevas tecnologías.

• Apoyo por las Administraciones Públicas a lasentidades de voluntariado para la coberturaaseguradora de las personas mayores.

• Se garantiza el ejercicio del derecho de participaren órganos institucionales de forma expresa:Consejo Regional, Consejos Provinciales, consejosen el ámbito de la Administración Local y órganosde participación de usuarios en centros públicosde personas mayores.

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SISTEMA DEACCIÓN SOCIAL• Define la tipología de recursos sociales

destinados a las personas mayores:

PROMOCIÓN DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y

SENSIBILIZACIÓN ANTE EL ENVEJECIMIENTO.

La finalidad primordial es la información, orientación,

prevención y sensibilización, dirigidas a conseguir la

detección, motivación, captación y derivación, en su

caso, a otros tipos de atención.

Servicios de carácter preventivo, de información,

orientación, asesoramiento y de promoción personal.

APOYO EN EL ÁMBITO FAMILIAR Y COMUNITARIO.

Su finalidad es facilitar la permanencia en el entorno

familiar, favoreciendo el mantenimiento de su capacidad

de autonomía el mayor tiempo posible mediante

programas, servicios e intervenciones individualizados.

• Servicio de ayuda a domicilio.

• Servicio de teleasistencia.

• Estancias diurnas.

• Estancia temporal en un centro residencial.

• Programas de apoyo a las familias y otros

cuidadores.

• Programas para la mejora de la accesibilidad a

través de ayudas técnicas y adaptaciones

funcionales.

• Programas de alojamiento compartido.

ALOJAMIENTO Y CONVIVENCIA; RECURSOS

RESIDENCIALES.

Su finalidad consiste en ofrecer una atención

residencial de carácter integral y continuada a aquellas

personas que, por diferentes motivos, no pueden

permanecer en su domicilio habitual.

• Estancia permanente en un centro residencial.

• Acogimientos familiares.

• Atención inmediata ante situaciones de urgencia.• Impulso de un sistema de mejora continua en

la atención a las personas mayores.• Inclusión en los niveles de educación obligatoria

de contenidos destinados a potenciar lasolidaridad intergeneracional y actitudespositivas hacia el envejecimiento.

• Colaboración con las universidades públicas enmateria de formación, investigación yactualización científico-técnica en materia depersonas mayores.

• Creación de un Observatorio Regional de lasPersonas Mayores por el que se disponga unconocimiento actualizado de necesidades yrecursos, especialmente de aquellosrelacionados con situaciones de dependencia.

• Garantía de la prestación de los servicios queprecisen las personas mayores carentes demedios económicos.

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APOYOS ECONÓMICOS A LAS FAMILIAS

ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

OBSERVATORIO REGIONAL

ATENCIÓN DE CALIDAD

PARTICIPACIÓN

PREVENCIÓN DEL MALTRATO

ENTIDADES PARA LA PROTECCIÓN DELAS PERSONAS MAYORES Y SUS BIENES

NUEVAS TECNOLOGÍAS

CONSIDERACIÓN DEL MUNDO RURAL