lógica trascendental
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Parte segunda de la doctrina trascendental de los elementos. La lógica trascendental.
Introducción. Idea de una lógica trascendental. (CrP, B74).
I.-‐ De la lógica en general
La intuición y los conceptos son los elementos constitutivos de todo nuestro conocimiento humano. De su
unión surge el conocimiento. Estos elementos provienen de dos fuentes con residencia en la mente: 1) la
receptividad de impresiones, por la cual nos son dados los objetos [a esta corresponden las intuiciones], y
2) el carácter espontáneo de los conceptos, por el cual los objetos son pensados en relación con su
respectiva representación [a éste corresponden los conceptos]. Así como la receptividad es la facultad por
lo cual nuestra mente recibe representaciones de acuerdo a la manera como es afectada por objetos y nos
suministra intuiciones, la facultad por la cual la mente misma produce ella misma representaciones de
objetos dados (espontaneidad del conocimiento) es el entendimiento. “Por medio de la sensibilidad,
entonces, nos son dados objetos, y sólo ella nos suministra intuiciones; pero por medio del entendimiento
ellos son pensados, y de él surgen conceptos.” (CrP, B33). Lo que no es constitutivo de nuestro
conocimiento, son conceptos que carezcan de una intuición correspondiente, o intuiciones sin conceptos,
pues “pensamientos sin contenido son vacíos, intuiciones sin conceptos son ciegas” (CrP, B75). Resulta así
que, para nuestros conocimientos, es muy necesario el que podamos asignar a cada intuición un concepto
para que ésta no sea ciega, así como darle una intuición empírica a los conceptos para que éstos no estén
vacíos.
Conceptos e intuiciones se pueden clasificar, según su contenido, en empíricos o puros. Son empíricos
cuando en ellos se contiene sensación. Son puros cuando su representación no contiene sensación. Y como
la sensación es la materia de los sensible, conceptos puros e intuiciones puras atienden únicamente a la
forma y no al contenido. Las intuiciones puras contienen a la forma en que se intuye, y los conceptos puros
contienen “la forma del pensar un objeto en general” (CrP, B75). De aquí que se distinga la estética
(“ciencia de las reglas de la sensibilidad en general” CrP, B76), de la lógica (“ciencia de las reglas del
entendimiento en general” CrP, B76).
La lógica general, a su vez, puede ser usada como lo que Kant llama “lógica del uso universal del
entendimiento” (organon de la lógica general) la cual contiene las reglas necesarias de todo pensar en las
cuales su ausencia sería una ausencia de uso del entendimiento; o como “lógica del uso particular”, la cual
es elemental pues contiene reglas para pensar adecuadamente sobre un objeto u objetos en específico (p.
ej., la coherencia entre las leyes de una constitución civil). Por su parte, la lógica general se divide en lógica
pura o aplicada. En la lógica pura se prescinde de todas las condiciones empíricas por las cuales hacemos
uso de nuestro entendimiento, (p. ej., “el influjo de los sentidos”, “las leyes de la memoria”, “el poder del
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hábito”), pues se ocupa meramente de los principios a priori (del entendimiento) en cuanto a su uso
estrictamente formal. De ahí que se le considere, en palabras de Kant, como un canon del entendimiento.
Este canon es la parte que constituye la doctrina pura de la razón, y es propiamente una ciencia, en la cual
los lógicos deben tener siempre presentes estas dos reglas: 1) que como lógica general prescinde de todo
contenido del conocimiento del entendimiento o de la razón (conocimiento intelectual), y trata sólo de la
forma del pensar (es formal) y que 2) como lógica pura, carece de principios empíricos (p. ej., psicológicos),
y que todo en ella debe ser cierto “enteramente a priori” [de lo que podemos inferir que la psicología, al
estar fundada sobre la experiencia, es a posteriori, por lo que es incompatible con la certeza a priori de la
lógica].
En lo que respecta a la lógica aplicada, recibe ese nombre en cuanto a que refiere a reglas bajo condiciones
empíricas de la psicología y por tanto subjetivas, del uso del entendimiento. Kant la concibe como “una
representación del entendimiento” y de sus reglas bajo las contingencias del propio sujeto en situaciones
concretas (p. ej., el estado de duda, o el de convicción). Así, sus principios al ser empíricos, hacen de ella no
un canon ni un organon del entendimiento o de las ciencias, sino un “catártico del sentido común” (CrP,
B78), es decir, hacen de ella un proceso purificador del sentido común. Sin embargo, la relación de la lógica
general para con ella es que “se comporta con respecto a ella como la moral pura”, es decir, la lógica
particular está subordinada a ella, pues hace uso de las “reglas formales del pensamiento” para enunciar y
darle forma a sus contenidos.
II.-‐ De la lógica trascendental.
La lógica general, al prescindir del contenido de los conocimientos y considerando únicamente la forma
lógica de éstos y por ello, la forma del pensar en general, se diferencia de un tipo de lógica que no
prescinde completamente del contenido de los conocimientos. Y es que si se considera que hay intuiciones
puras. así como empíricas, podría encontrarse también que hay un pensamiento puro de objetos y un
pensar empírico de objetos. Así, una lógica que abarcara lo que la lógica general excluye, a saber,
conocimientos cuyo contenido es empírico, referiría también al origen del conocimiento de objetos (la
experiencia), pues la lógica general no abarca estos terrenos, sino que considera únicamente a la forma en
el entendimiento o en la facultad de juzgar, que se le puede dar a las representaciones a priori o a
posteriori, independientemente de su origen. Esta lógica recibe el nombre de lógica trascendental, pues se
ocupa de las leyes del entendimiento y de la razón (lo intelectual) en la medida en que ella está referida a
priori a objetos., por lo que puede ser considerada como una una lógica formal en conjunto con una lógica
material válida a priori. Esto último es posible puesto que hay la expectativa de que pueda haber
conceptos que refieran a priori a los objetos y que no sean de origen empírico, sino que sean “acciones del
pensar puro” (CrP, B81). Esta lógica seria asimismo una “ciencia del entendimiento puro y del conocimiento
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puro de la razón” (CrP, B81), la cual determinaría el origen, extensión, y validez objetiva de los mismos.
III.-‐ De la división de la lógica general en analítica y dialéctica.
¿Qué es la verdad? Nominalmente se puede entender a la verdad como la correspondencia del
conocimiento con su objeto u objetos, sin embargo Kant se pregunta: “¿cuál es el criterio universal y seguro
de la verdad de todo conocimiento?”. Supóngase que la verdad es la correspondencia de un conocimiento
con su objeto. Lo falso sería entonces la no correspondencia de un conocimiento con su objeto. Un criterio
universal de la verdad “sería aquel que fuese válido para todos los conocimientos, sin distinción de sus
objetos” (CrP, B83), es decir, dicho criterio dejaría de lado todo contenido del conocimiento. Pero como la
verdad es la correspondencia de un conocimiento con su objeto, entonces la verdad concierne al
contenido, puesto que para distinguir lo falso de lo verdadero necesitamos entonces distinguir unos
objetos de otros y que el objeto se distinga también de otros objetos. Así, se muestra imposible el que la
correspondencia de un conocimiento con su objeto nos brinde verdad sobre el contenido del conocimiento,
pues si la verdad concierne al contenido del conocimiento, es decir, a la materia de éste, es imposible así
que ésta nos brinde universalidad en cuanto a la verdad de un conocimiento, que es lo que la lógica exige a
la verdad. Y es que como la lógica contiene las reglas necesarias y universales de todo pensar en las cuales
su ausencia sería una ausencia de uso del entendimiento, debe contener también en esas mismas reglas
criterios de la verdad universalmente válidos, los cuales atienden sólo a la forma del pensar en general. Sin
embargo, los criterios por ellos mismos aunque acertados, no son suficientes. Aunque nuestros
conocimientos puedan ser coherentes y conforme a la lógica, el objeto de tales conocimientos puede llegar
a contradecirlos. Por ello, en nuestros conocimientos puede haber errores en cuanto a su contenido,
errores que la lógica jamás descubriría en cuanto a que sólo se ocupa de la forma de los conocimientos,
pero no su contenido, del cual siempre se puede esperarlo todo. Por lo tanto, aunque la verdad como
correspondencia de un conocimiento con su objeto no es un criterio universal, es la condición sin la cual no
es posible ninguna verdad.
Según lo anterior, puede hacerse una división de la lógica general en sus partes: la analítica y la dialéctica.
La analítica es aquella que descompone los objetos de la razón y el entendimiento (lo intelectual) en sus
elementos correspondientes, con lo que llega a establecer reglas y principios para la evaluación lógica de
nuestros conocimientos (p. ej., reglas de inferencia, métodos de corrección e incorrección de argumentos,
métodos de demostración, etc.). Atendiendo únicamente a la forma de éstos, la analítica nos permite
discernir la cuestión sobre a qué podemos asignarle el estatus de conocimiento o de verdadero, y por ello,
podemos llamarle “canon para la evaluación de conocimientos”. Pero como esto no es suficiente para
asentir enteramente qué sí es conocimiento o qué es verdadero material y objetivamente o qué no lo es, es
necesario, además, para juzgar sobre objetos, recabar fuera de la lógica información sobre ellos, es decir,
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las leyes lógicas no son suficientes para juzgar sobre objetos, sino que hay que ir también a la experiencia,
para recavar información fundamentada sobre ellos. De no tener esto en cuenta, se puede llegar a caer en
el error de considerar la parte analítica de la lógica general no como canon, sino como un organon con el
cual se pretende producir afirmaciones objetivas. La parte de la lógica que tiene presunciones de ser un
organon, es la dialéctica. Ésta parte de la lógica también se le puede llamar lógica de la apariencia ilusoria,
pues no dice nada del contenido de los conocimientos, sino que únicamente se empeña en mostrar en que,
ilimitadamente, cualquier cosa (incluso cosas en sí) se puede corresponder con el entendimiento mediante
sus condiciones formales, y que por ello, con el sólo uso de los principios lógicos es posible juzgarlo todo.
Ésta parte de la lógica, sin embargo, no concuerda con la “dignidad de la filosofía”, pues sólo produce
afirmaciones que llevan en ellas la ilusión de que se ensanchan los conocimientos, y sin límites, es decir,
produce charlatanerías.
IV. De la división de la lógica trascendental en analítica y dialéctica trascendentales.
La lógica trascendental, por una parte, es una teoría de los principios que hacen posible el pensamiento
(principios formales del entendimiento puro), así como una exposición de los elementos del conocimiento
puro del entendimiento. “Es una lógica de la verdad” (CrP, B87), y recibe el nombre de analítica
trascendental. Así, la lógica trascendental, en su parte analítica trascendental, al tratar sobre
conocimientos puros, hace uso de éstos sólo bajo la condición de que nos sean dados objetos en la
intuición a los cuales podamos aplicarlos, y no puede, por lo tanto, hacer un uso material de éstos, ni
ponerse a juzgar así como así sobre objetos de lo que no hemos tenido experiencia alguna. Si esto se tiene
en cuenta, no se puede correr el riesgo de que se le dé un mal uso, p. ej., si es que se quisiera usarla como
un organon con el cual se quisiera juzgar de manera ilimitada sobre objetos.
Por otra parte, la lógica trascendental es una crítica de la apariencia ilusoria dialéctica, la cual, como se vio,
“se empeña en mostrar que, ilimitadamente, cualquier cosa se puede corresponder con el entendimiento
mediante sus condiciones formales, y que por ello, con el sólo uso de los principios lógicos es posible
juzgarlo todo”. De tal modo, esta crítica evidencia la tendencia de la razón de ir más allá de sus propios
límites, la cual, al manifestarse siempre mediante apariencias ilusorias (p. ej., cuando habla sobre las cosas
en sí mediante las reglas formales del pensamiento), bien se puede evidenciar por ello su falsedad.
División primera de la lógica trascendental. La analítica trascendental.
La analítica trascendental es “la descomposición de todo nuestro conocimiento a priori [que no se justifica
en la experiencia] en los elementos del conocimiento puro del entendimiento [conceptos puros]” (CrP,
B89). La razón de ésto es que, como la obra es una crítica de la razón pura, se busca, por ello, a las
facultades que conforman a la razón de manera unitaria (sensibilidad, entendimiento y juicio), las
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condiciones de posibilidad de representárnolas así indisolublemente, así como los elementos puros de
éstas. Así como en la estética trascendental se descompuso todo nuestro conocimiento a priori, en los
elementos del conocimiento puro de la sensibilidad, la analítica trascendental, parte de la lógica
trascendental, descompone asimismo todos nuestros conocimientos para dar con los elementos puros del
entendimiento. Para esto último se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1) Que los conceptos sean únicamente puros
2) Que pertenezcan al pensar (conocer mediante conceptos) y al entendimiento.
3) Que sean conceptos que no se reduzcan, a su vez, a otros conceptos.
4) Que su tabla sea completa, y que abarquen la totalidad del entendimiento (todos los casos, de
todas las funciones del entendimiento).
La posibilidad de la integridad de la analítica trascendental, radica en la “idea de la totalidad del
conocimiento intelectual a priori” [del entendimiento] (CrP, B89) , es decir, para que sea posible su
integridad, el conjunto de todos sus conocimientos debe constituir un sistema al que nada ajeno pueda
serle agregado, y que por ello, sea un sistema unitario, con el cual sea posible legitimar, asimismo, todo lo
que se incluya posteriormente en ése conjunto. [Se da por supuesto que la integridad es una virtud en los
sistemas teóricos].
Libro primero de la analítica trascendental. La analítica de los conceptos. (CrP, B90)
La analítica de los conceptos no es un mero análisis de distinción de ellos, sino una descomposición del
entendimiento para averiguar si es posible que existan conceptos a priori, pues de haberlos, sólo serían
posibles en el entendimiento. Con ello se busca, además, el uso puro que en general a éstos se les pueda
dar.
Capítulo primero de la analítica de los conceptos. Del hilo conductor para el descubrimiento de todos los
conceptos puros del entendimiento. (CrP, B91)
Sección primera del hilo conductor. Del uso lógico del entendimiento en general
El entendimiento, definido como una facultad no sensible de conocimiento, no es una facultad de intuición.
Pero como es una facultad cognoscitiva, y dado que sólo hay conocimiento a través de intuiciones o de
conceptos, resulta así que el entendimiento conoce mediante conceptos, piensa a las representaciones, las
determina, y las constituye como objetos, por lo que sus conocimientos son discursivos (no intuitivos). Así
como las intuiciones se basan en afecciones (de la receptividad), los conceptos son producto de “la acción
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de ordenar diversas representaciones bajo una común” (CrP, B93), es decir, dada la variedad de
sensaciones no determinadas en la intuición empírica, los conceptos están basados en que su función ha de
ser la de darle una estructura y una determinación a esa variedad de sensaciones: esta acción se da
precisamente por la espontaneidad del pensamiento. Esta espontaneidad es la que introduce normas ante
el caos que hay en la variedad de las sensaciones que nos son dadas en la intuición empírica, para así poder
concebir toda esa variedad de sensaciones mediante un proceso de síntesis y de determinación, el cual
reside en los conceptos [esto se explica con más detalle en la Sección tercera del hilo conductor para el
descubrimiento de todos los conceptos puros del entendimiento. De los conceptos puros del
entendimiento].
La representación de las intuiciones, al ser las referencias inmediatas de un conocimiento con su objeto,
son singulares. Los conceptos son representaciones que, sin embargo, son referencias a objetos por medio
de alguna otra representación (son la representación de una representación de un objeto), y por tanto, son
referencias mediatas y que abarcan no sólo a un objeto sino a varios. Ahora bien, ¿cuál es el uso que hace
el entendimiento con los conceptos? Juzgar mediante ellos. ¿Y qué es juzgar? Es la acción de emitir juicios.
¿Y qué son los juicios? Son conocimientos mediatos de objetos, funciones (relaciones de correspondencia,
las cuales implican una relación entre dos objetos o más) de la unidad entre representaciones en las que,
para hablar del conocimiento de objetos, no se emplea a una representación única, sino una que recoja a
muchas [he ahí la unidad entre representaciones]. ¿Cómo es esto posible? En cada juicio hay un concepto,
el cual, puede contener bajo él a otros conceptos, y así, contener bajo él a muchas representaciones en las
cuales hay una que refiere inmediatamente a un objeto. P. ej., cuando decimos “todos los seres humanos
son mortales”, el concepto de 'mortalidad' refiere inmediatamente a otros conceptos como p. ej., el de
'rinoceronte', 'tigre', (aunque específicamente, en el ejemplo, refiere al de 'humano'). Ahora bien, el
concepto de 'humano' refiere también inmediatamente a otros conceptos, p. ej., el de 'filósofo', 'erudito',
'ingeniero', etc. Ahora bien, es de ésos objetos (filósofos, eruditos, ingenieros), que, representados por el
concepto de 'humano', es de los que mediatamente trata el conocimiento en los juicios (p. ej., cuando
decimos “Todos los hombres son mortales”, hablamos asimismo de que los ingenieros, filósofos, eruditos,
etc., también son mortales). Los juicios, así, para conocer objetos, emplean representaciones que
contengan bajo ellas a muchas otras, pues si quisiéramos conocer por representaciones inmediatas, sería
simplemente imposible dado que éstas no están estructuradas o determinadas, además de que, por
definición, un objeto es tal en tanto que es producto de las determinaciones y de las síntesis de las
sensaciones dadas en la intuición empírica, por medio de la espontaneidad del pensamiento.
Ahora bien, si el entendimiento, facultad cognoscitiva, conoce mediante conceptos (pensamiento), éste
conocimiento requiere de juicios en tanto que el pensamiento sólo trata de conceptos indeterminados en
cuanto su objeto (p. ej., el concepto de 'lácteo') como predicados de juicios posibles (p. ej., en tanto que
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'lácteo' puede ser el predicado en un juicio posible como “todos los quesos son lácteos”). Por tanto , bien
se le puede representar como una facultad de juzgar.
Todas las relaciones de correspondencia que el entendimiento es capaz de realizar (funciones del
pensamiento), pueden ser halladas si se representa distintamente a las funciones (relaciones de
correspondencia) de la unidad en los juicios.
Sección segunda del hilo conductor. De la función lógica del entendimiento en los juicios. (CrP, B95)
Para representarnos distintamente a las funciones de la unidad en los juicios, tenemos que hacer una
abstracción en éstos de su contenido para ocuparnos únicamente en ellos de su forma lógica. Así,
encontramos que las relaciones de correspondencia que el entendimiento es capaz de realizar, los juicios,
se reúnen en cuatro bloques de rubricas (tipos de juicios), en las que cada una tiene tres momentos:
1.-‐ Cantidad de los juicios: universales, particulares y singulares.
2.-‐ Cualidad de los juicios: afirmativos, negativos e infinitos.
3.-‐ Relación de los juicios: categóricos, hipotéticos, disyuntivos.
4.-‐ Modalidad en los juicios: problemáticos, asertóricos, apodícticos.
Observaciones de esta división:
1) Los juicios singulares ocupan un lugar propio en la distinción de la rúbrica de la cantidad de los
juicios, pues aunque se piense que en las inferencias pueden ser usados como juicios universales
(pues en estos juicios la extensión del sujeto no se encuentra bajo la extensión del predicado, sino
que la extensión del concepto es parte de la del predicado. P. ej., en “Fulano es mortal”, la
extensión de 'Fulano' es parte de la de 'mortal', por lo que el predicado tiene validez universal para
el sujeto, y de ahí la equiparación de estos juicios con los universales), en relación con la cantidad,
el juicio singular encierra una unidad, y el universal una infinitud, y de ahí que su diferencia resida
en que el primero se encuentra determinado en cuanto a su objeto u objetos, y el segundo no.
2) Aunque en la lógica general los juicios afirmativos no son distintos de los infinitos, en una lógica
trascendental sí tienen que estar diferenciados, pues ella, considerando en el juicio su forma tanto
como su contenido, en la afirmación de un juicio con un predicado negativo [juicio infinito], p. ej.,
“el alma es no-‐mortal”, no se afirma nada en cuanto al contenido de dicho juicio, sino que
únicamente se limita la esfera de lo que puede ser, siendo por la tanto distinto del juicio afirmativo,
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el cual determina [parcialmente o totalmente] la esfera de lo que es.
3) Todas las relaciones de nuestro conocimiento mediante conceptos, en los juicios, son reducidas a:
a) relaciones del predicado con el sujeto, en donde la relación considera una reciprocidad entre
únicamente dos conceptos b) Relaciones de un antecedente con un consecuente, en donde la
relación considera una reciprocidad entre únicamente dos juicios. c) Relaciones de disyuntos, en
donde la relación considera una reciprocidad entre varios juicios. Dichos juicios, contiene
proposiciones opuestas, las cuales conforman una parte de la totalidad de la esfera del
conocimiento posible sobre el objeto del que afirman algo, por lo que se dice que tienen una
relación de exclusión (en tanto que opuestas), pero de comunidad (en tanto que juntas llenan la
esfera del conocimiento posible sobre un objeto).
4) La modalidad es una función de los juicios que no aporta nada al contenido de un juicio, sino que
atiende únicamente al valor de la cópula de los juicios en su relación con el pensar en general. Y es
que éste valor de la cópula (distinta de la conjunción) se presenta en tres momentos del pensar en
general: a) cuando en la cópula de un juicio con otro, resulta como lógicamente posible la
afirmación o la negación, recibe la cópula el nombre de juicio problemático. P. ej., “Puede que el
alma humana sea mortal”, es un ejemplo de dicho juicio. b) Cuando en la cópula de un juicio con
otro, resulta como efectivamente real lo que se afirma o se niega, recibe esta cópula el nombre de
juicio asertórico (p. ej., “el alma humana es mortal” es un juicio asertórico). c) Cuando en la cópula
de un juicio con otro, resulta como lógicamente necesario (nunca como ontológicamente
necesario) lo que se afirma o se niega, recibe esta cópula el nombre de juicio apodíctico. P. ej., “el
alma humana tiene que ser mortal” es un juicio de esta naturaleza.
Sección tercera del hilo conductor. De los conceptos puros del entendimiento o categorías. (CrP, B102)
La lógica trascendental es una lógica que, además de atender a la forma lógica de nuestros conocimientos,
atiende también al contenido de éstos pero a priori, y por lo tanto, estudia cómo las reglas formales del
pensamiento se relacionan con objetos [es decir, es una lógica formal en conjunto con una lógica material
con validez a priori]. Ello es posible gracias a que la estética trascendental le ofrece un múltiple de la
sensibilidad en el que espacio y tiempo son intuiciones puras que contienen la forma a priori de todos los
fenómenos que nos son dados (los cuales constituyen ese múltiple de la sensibilidad), sin los cuales ninguna
experiencia podría sernos posible. Siendo así, que en la expectativa de que haya conceptos puros en el
entendimiento , debe de haber algún elemento que se ajuste a su naturaleza para que éstos no sean
conceptos vacíos. Es menester, entonces, que a éstos conceptos se les asigne una intuición, pues lo que no
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es constitutivo de nuestro conocimiento, son conceptos que carezcan de una intuición correspondiente, o
intuiciones que carezcan de conceptos, pues “pensamientos sin contenido son vacíos, intuiciones sin
conceptos son ciegas” (CrP, B75). Así, los conceptos puros deben tener una intuición de su misma
naturaleza, o sea, una intuición pura (espacio y tiempo).
Ahora bien, como la espontaneidad del entendimiento es la exigencia de que el múltiple de la sensibilidad
(que carece de estructura o de determinación) sea ordenado y determinado para poder ser comprendido y
conocido, dicho múltiple debe ser, en palabras de Kant, “recorrido, acogido y enlazado”, por parte de la
misma exigencia, es decir, dicho múltiple debe ser sintetizado. Una síntesis es “la acción de añadir unas a
otras diversas representaciones, y de comprender su multiplicidad en un conocimiento” (CrP, B103). Si la
espontaneidad del pensamiento es aquello que “inventa” normas para introducir el orden en el múltiple de
la experiencia, dicho orden procede de una síntesis. Dicha síntesis, es, en general, “el mero efecto de la
imaginación, una función ciega, aunque indispensable, del alma” (CrP B103). Ello no quiere decir que por
eso sean relaciones de correspondencia “ficticias”, es decir, que inventemos que un objeto tiene relación
con otro, sino que son la condición de posibilidad de nuestros conocimientos, pues sin ellas no habría
conocimientos en tanto que es gracias a ellas por las que los conocimientos son íntegros, y están reunidos
en un solo contenido. La síntesis, así es lo primero que hay que analizar para dar cuenta del origen de
nuestros conocimientos.
Comenzando por las precisas distinciones, una síntesis es empírica si su múltiple proviene de la experiencia,
y es pura si el múltiple es dado a priori (múltiple que se encuentra en el espacio y en el tiempo). Ambas
síntesis producen conocimientos obscuros aún en tanto que carecen de la representación distinta de sus
partes (análisis). Ahora bien, ¿qué hace posible la unidad de las intuiciones comprendidas en un múltiple de
ellas? La representación sintética que se tenga de ellas mediante un concepto. El enlace de síntesis de un
múltiple de la intuición pura, representado en general, nos da como resultado conceptos puros del
entendimiento, y la manera en que dicho enlace puede ser llevado a conceptos de la experiencia constituye
la tarea de la lógica trascendental [pues, reiterando, su objeto es estudiar cómo el pensamiento se
relaciona con objetos]. Y es que en dicho enlace de síntesis reside el fundamento de la unidad de la
sensibilidad con el entendimiento, y por lo tanto, de nuestros conocimientos que se expresan con sintéticos
a priori. Por ejemplo, cuando contamos, ocurre que al concepto de '20', le enlazamos el concepto de '10', y
hacemos una síntesis según conceptos al obtener un nuevo concepto '30', siendo así que esto es posible
gracias a que se tiene un fundamento compartido de unidad (p. ej., la decena), pues de lo contrario, la
síntesis sería imposible en tanto que, si fuera por mera analiticidad, en la representación distinta de las
partes del concepto '20', no se encuentra nada que nos haga pensar que 20+10 = 30.
Todo nuestro conocimiento de objetos requiere que, en primer lugar, deba darse a priori en nosotros el
múltiple de la intuición pura (impresiones sensoriales dadas en el espacio y en el tiempo). La imaginación,
en segundo lugar, enlaza esta multiplicidad o hace una síntesis de ella, pero aún no nos brinda ningún
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conocimiento. Luego, en tercer lugar, los conceptos que dan unidad a ese enlace de lo múltiple de la
intuición pura (síntesis pura), en tanto que son una unidad sintética necesaria, nos brindan, así,
conocimiento sobre un objeto [pues, para empezar, ya sabemos que es objeto, que es unitario, individual:
está determinado, y no lo tenemos como un caos de diversas representaciones].
Un concepto puro del entendimiento es la expresión universal de la relación de correspondencia que le
brinda unidad a: 1) las representaciones en un juicio, y a 2) la síntesis de diversas representaciones en una
intuición. Las acciones por las que el entendimiento producía la forma lógica de un juicio en conceptos
(acciones unificadoras de experiencias), son las mismas por las que introduce un contenido trascendental
(de condiciones de posibilidad) en sus conceptos puros, mismo que refiere a priori a objetos, del mismo
modo en que las intuiciones puras refieren a priori a fenómenos [así se explica la relación del pensamiento
con los objetos, tarea que le quedaba corta a la lógica general, y de la cual se ocupa la lógica trascendental].
Es decir, los conceptos puros, al igual que los juicios, son producto de la actividad espontánea del
entendimiento (humano) que busca unificar por medio de “ese mero efecto de la imaginación” llamada
síntesis.
Con lo anterior, se puede elaborar una tabla de los conceptos puros del entendimiento en relación con la
tabla de los juicios, pues detrás de los tipos juicios hay conceptos, y detrás de éstos, conceptos generales
que los abarcan y que no estén derivados de conceptos más generales, a saber, categorías. Así, siendo que
el entendimiento es una facultad de pensar (facultad de conocer mediante conceptos), así como una
facultad de juzgar (facultad de relacionar objetos por medio de representaciones conscientes y unitarias
llamadas conceptos), ello funge como principio para dividir las categorías con la siguiente regla: que a cada
tipo de juicio le corresponda un tipo de categoría (pues cada categoría es el predicado de un juicio posible).
[Se hizo omisión aquí de lo concerniente a las categorías aristotélicas por razones de extensión].
1.-‐ De la cantidad: Universalidad: unidad. Particularidad: pluralidad. Singularidad:totalidad.
2.-‐ De la cualidad: Afirmativos:realidad. Negativos:negación. Infinitos: limitación.
3.-‐ De la relación: Categóricos: inherencia y subsistencia. Hipotéticos: causalidad y dependencia.
Disyuntivos: comunidad.
4.-‐ De la modalidad: Problemáticos: posibilidad-‐imposibilidad. Asertóricos: existencia-‐ no existencia.
Apodícticos: necesidad-‐contingencia.
Los tipos de juicios, así, constituyen el hilo que conduce a los conceptos puros. La deducción de estos
últimos, en el segundo capítulo de la Analítica trascendental, es sólo su justificación.
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Observaciones de esta división:
1) Las categorías se pueden dividir en dos secciones: categorías matemáticas, o categorías dinámicas.
Las primeras se dirigen a objetos de cualquier intuición en general, las segundas a la existencia de
objetos en relación con otros objetos, o en relación con el entendimiento.
2) Todas las categorías, en tanto que están divididas a priori en tríos por bloques de cuatro, se piensan
en un inicio como dicotomía (oposición de una categoría con otra), siendo así que la tercera
categoría es un enlace entre las categorías que dan lugar a dicha dicotomía, pero no está derivada
de ellas P. ej., la categoría totalidad, puede ser vista como la unión que considera a la pluralidad
como unidad, pero no es una síntesis entre ambas.
3) En la categoría de comunidad, no es tan obvia su concordancia con la forma del juicio discursivo
que le corresponde a dicha categoría en la tabla de los juicios, a saber, la disyunción [pues la
disyunción parece evocar más bien a la exclusión que a la comunidad]. Sin embargo, esta
concordancia se hace evidente una vez que se toma en cuenta que en todo juicio disyuntivo, la
esfera de lo múltiple en él (lo contenido bajo él, es decir, la extensión del juicio), está representada
como la división de las partes de un todo, en las que ninguna parte contiene a otra bajo ella, sino
que se las piensa como que ninguna está subordinada con respecto de otra. Dicha relación de
coordinación entre los disyuntos se da a manera de comunidad, pues forman parte de un todo.
Las categorías más generales que los antiguos consideraban como los predicados más generales de todo
juicio posible eran la perfección, la verdad, y la unidad. Esto lo evidencia su famoso principio que se puede
traducir más o menos así: “Todo lo que existe es uno, perfecto y verdadero”. Kant se manifiesta contra este
tipo de categorías diciendo que el uso de dicho principio “resultó muy pobre en lo que respecta a las
consecuencias (que sólo produjeron proposiciones tautológicas)” (CrP, B113). Sin embargo, sospechando
de que quizá dicho principio haya sido mal interpretado, por ello quizá tenga fundamento en alguna regla
formal del entendimiento. Y es que dichos predicados, considerados como los más generales (por lo que
recibían el nombre de “trascendentales”), para Kant no son mas que requisitos o criterios lógicos que
pueden ser equiparados con las categorías de la unidad, la pluralidad, y la totalidad. La explicación de esto
es que, 1) en el caso de la unidad, los antiguos acertaron puesto que para que haya conocimiento de los
objetos, debe de haber unidad en el concepto que los refiere mediatamente. 2) En el caso de la verdad,
acertaron en tanto que, con respecto a las consecuencias, hay mayor verdad en el concepto del que se
siguen, en la medida en que puedan manifestar su realidad objetiva. 3) En el caso de la perfección,
acertaron en tanto que ésta consiste en que a) la pluralidad nos lleva a la unidad del concepto que la
encierra, y b) la pluralidad concuerda con el concepto que la encierra. Sin embargo, el error que
cometieron los antiguos, está en que llegaron a equivocar su uso como criterios lógicos formales, cuando
los atribuyeron a las cosas en sí, además de que con dichas categorías, no se agotan las relaciones de
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correspondencia de las que es capaz el entendimiento, sino que agotan una única relación, a saber, la de la
cantidad.
Hasta aquí las consideraciones con respecto a la lectura.