ley 29783 - seguridad y salud en el trabajo (1)
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Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo – Ley
Nº 29783.-
Norma que establece obligaciones a las organizaciones de todos
los sectores económicos y de servicios, referida a medidas de
seguridad y salud en el trabajo, con el objetivo de promover una
cultura de prevención de riesgos laborales.
Fue publicada el 20 de Agosto del 2011, aplicable desde el 25 de
abril del 2012, fecha que se publicó su Reglamento (D.S. 005-
2012-TR), Da un plazo de 180 días para que los ministerios,
instituciones públicas y organismos públicos descentralizados
adecuen sus reglamentos sectoriales de SST a la presente ley.
Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo
TITULO PRELIMINAR: PRINCIPIOS
I.- DISPOSICIONES GENERALES
II.- POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
III.- SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN E L TRABAJO
I.- Consejo Nacional de SST
II.- Consejos Regionales de SST
IV.- SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
I.- Principios
II.- Política del Sistema de Gestión de SST
III.- Organización del Sistema de Gestión de SST
IV.- Planificación y aplicación del Sistema de Gestión de SST
V.- Evaluación del Sistema de Gestión de SST
VI.- Acción para la mejora continua
Contenido de la Ley
V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES
I.- Derechos y obligaciones de los empleadores
II.- Derechos y obligaciones de los trabajadores
VI.- INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
I.- Políticas en el plano nacional
II.- Políticas en el plano de las empresas y centros médicos asistenciales
III.- Recopilación y publicación de estadísticas
IV.- Investigación de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes
peligrosos
VII.- INSPECCIÓN DE TRABAJO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y MODIFICATORIAS
Contenido de la Ley
Principios
I.- Principio de Prevención (empleador garantiza medios y condiciones de
trabajo que protejan la vida, la salud y el bienestar )
II.- Principio de Responsabilidad ( empleador asume las implicancias
económicas, legales y de otra índole a consecuencias de un accidente o
enfermedad)
III.- Principio de Cooperación ( colaboración y coordinación en materia de
seguridad y salud en el trabajo entre el estado, empleadores y trabajadores y
sus organ. sind.)
IV.- Principio de Información y Capacitación (trabajadores y sus organizac.
sindicales reciben capacitación e información en la tarea y los riesgos
asociados)
V.- Principio de Gestión Integral ( integrar la gestión de la seguridad y salud en
el trabajo a la gestión general de la empresa)
VI.- Principio de Atención Integral de la Salud (prestaciones suficientes hasta
la recuperación y rehabilitación, procurando su reinserción)
VII.- Principio de Consulta y Participación (el estado promueve mecanismo
para la participación y consulta de las organizaciones de los empleadores
y trabajadores)
VIII.- Principio de Primacía de la Realidad (prevalecerá lo constatado en la
realidad)
IX.- Principio de Protección (derecho a condiciones de trabajo dignas que
garanticen la salud física, mental y social)
Principios
Objetivo de la Ley
La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como
objetivo promover una cultura de prevención de riesgos
laborales en el país.
• Deber de prevención de los empleadores,
• Rol de fiscalización y control del Estado
• Participación de los trabajadores y sus organizaciones
sindicales
Para ello
cuenta con
Se aplica a todos los
sectores económicos y de
servicios y comprende a
todos los empleadores y los
trabajadores, bajo el régimen
laboral de la actividad
privada, sector público,
fuerzas armadas y policía
nacional y trabajadores por
cuenta propia.
Establece normas mínimas,
pudiendo establecerse
mejores niveles de
protección.
Ámbito de aplicación
El estado tiene la obligación de formular
una política de SST en consulta con las
organizaciones representativas de
trabajadores y empleadores.
Esta política debe establecer las funciones
y responsabilidades de las autoridades,
empleadores y trabajadores y debe ser
sujeta a un exámen periódico.
Esta política debe comprender las
siguientes esferas de acción:
Política Nacional de SST
• Medidas para combatir los riesgos profesionales en el origen, diseño, reemplazo de los
componentes materiales del trabajo
• Medidas para evaluar y controlar los riesgos y peligros de trabajo
• Medidas para la formación
• Medidas de cooperación y comunicación
• Medidas para la compensación, readaptación, reinserción y reubicación laboral.
Sistema Nacional de SST
CONSEJO NACIONAL DE
SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
CONSEJOS REGIONAL DE
SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
SECRETARIA TÉCNICA
1 Ministerio de Trabajo
1 Ministerio de Salud
1 CENSOPAS
1 ESSALUD
4 CONFIEP
4 CGTP, CUT, CTP, CATP
1 Ministerio de Trabajo (D.R)
1 Ministerio de Salud (D.R)
1 ESSALUD (R.A.)
3 CONFIEP (R)
4 CGTP, CUT, CTP, CATP (R)
Dirección General de
Derechos Fundamentales y
SST del Ministerio de Trabajo
Creación del Sistema Nacional de SST con el fin de proteger a todos los
trabajadores en el ámbito de la SST
Los Ministerios de Trabajo y Salud son organismos suprasectoriales.
El empleador debe adoptar un enfoque de sistema de gestión de
SST.
Sistema de Gestión de SST
Principios del Sistema de Gestión de SST:
a) Compromiso visible del empleador con la salud y seguridad.
b) Coherencia entre lo que se planifica y lo que se realiza.
c) Mejoramiento continuo.
d) Mejorar la autoestima y fomentar el trabajo en equipo
e) Fomentar la cultura de la prevención de los riesgos laborales
f) Reconocimiento al personal proactivo
Sistema de Gestión de SST
Participación de los Trabajadores
Indispensable la participación de los trabajadores
y sus representantes respecto de lo siguiente:
a) La consulta, información y capacitación en
aspectos de SST.
b) El funcionamiento del comité de seguridad y
salud en el trabajo.
c) El reconocimiento de los representantes de
los trabajadores
d) La identificación de los peligros y la
evaluación de los riesgos.
Sistema de Gestión de SST
Mejoramiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo
El mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de SST considera:
a) La identificación de las desviaciones de las prácticas y condiciones
aceptadas como seguras.
b) El establecimiento de estándares de seguridad.
c) La medición periódica del desempeño con respecto a los estándares.
d) La evaluación periódica del desempeño con respecto a los
estándares.
e) La corrección y reconocimiento del desempeño.
Las medidas de prevención y
protección se aplicarán en el
siguiente orden :
a) Eliminación de peligros y
riesgos en su origen.
b) Tratamiento, control o
aislamiento de los peligros y
riesgos.
c) Minimizar los peligros y riesgos
que incluye disposiciones
administrativas de control.
d) Sustitución progresiva
e) Equipos de protección
personal
Medidas de Prevención y
Protección
El empleador en consulta con los trabajadores, y sus
representantes, expone por escrito la política de SST, que debe:
Específica para la organización y
apropiada a su tamaño y naturaleza y
magnitud de sus actividades
Concisa, clara, fechada y endosada
por el empleador.
Ser difundida y fácilmente accesible.
Ser actualizada periódicamente
Compromiso de protección de la seguridad
y salud de todos los miembros de la
organización.
Compromiso de cumplir con los requisitos
legales, programas voluntarios,
negociación colectiva y otras
prescripciones que subscriba.
Garantía de participación y consulta en los
elementos del SGSST.
Mejora continua del desempeño.
Compatible con otros sistemas.
Política de SST
Compromisos: Requisitos:
Organización del Sistema de Gestión de SST
Liderazgo del Sistema
El Sistema de Gestión de SST es responsabilidad del empleador, quien asume el
liderazgo y compromiso de estas actividades.
Disposición del trabajador en la organización del trabajo
El empleador define los requisitos de competencia para cada puesto de trabajo y
dispone que todo trabajador esté capacitado para asumir deberes y obligaciones
relativos a la seguridad y salud
Registros del SGSST
Implementar Registros y Documentación (físicos o electrónicos) del Sistema de
Gestión.
Ojo registros relativos a enfermedades ocupacionales se conservan por 20 años.
El empleador implementa los registros y documentación del Sistema de
Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, pudiendo ser llevados en
medios físicos o electrónicos. Deben estar actualizados y a disposición de
los trabajadores.
Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes (deben incluir investigación y medidas correctivas).
Registro de exámenes médicos ocupacionales.
Registro de monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y
factores de riesgos disergonómicos.
Registro de inspecciones internas de seguridad y salud.
Registro de estadísticas de seguridad y salud.
Registro de equipos de seguridad o emergencia.
Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.
Registro de auditorías.
Organización del Sistema de Gestión de SST
Organización del Sistema de Gestión de SST
Documentación que el empleador debe exhibir:
a) La Política y Objetivos de SST (*)
b) El Reglamento Interno de SST
c) La identificación de Peligros Evaluación de Riesgos y medidas
de control (*)
d) El mapa de riesgo
e) La planificación de las actividades preventivas
f) El Programa Anual de SST
(*) colocados en un lugar visible
• Lo constituirán en forma paritaria las
empresas que cuenten con 20 o más
trabajadores
• Las empresas con menos de 20
trabajadores nombrarán a un
Supervisor de seguridad y salud,
teniendo las mismas funciones que el
Comité.
• Los trabajadores elegirán a sus
representantes ante el comité de SST
así como al supervisor de SST
• Los empleadores que cuenten con
sindicatos mayoritarios incorporarán un
miembro del sindicato como observador
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
• Los miembros del comité y los supervisores gozan de
licencia con goce de haber para cumplir sus funciones
seis meses antes y hasta seis meses después
•Se les otorgará distintivos que les permita ser
identificados
Organización del Sistema de Gestión de SST
Obligación a partir de 20 trabajadores
Cada trabajador debe recibir una copia del
Reglamento Interno de SST.
La empresa es responsable de la aplicación
y cumplimiento del Reglamento Interno.
El Reglamento se revisa periódicamente de
acuerdo a lo que determine el Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Debe elaborarse un Mapa de Riesgos con la
participación de los trabajadores, Comité de
SST y la representación sindical.
Organización del Sistema de Gestión de SST
Reglamento Interno de SST
Organización del Sistema de Gestión de SST
Qué es el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo?
Es un documento normativo que establece las normas básicas para
la prevención de los riesgos del trabajo y aquellas disposiciones y
medidas necesarias para regular las obligaciones y
responsabilidades de los trabajadores y ejecutivos de la empresa.
El Reglamento es una herramienta de gestión para la prevención de los
riesgos laborales, por lo cual se elabora en función de:
Los procesos
Las normas legales
Los peligros y riesgos
Las características organizativas de la empresa
Servicios de Seguridad y salud en el Trabajo
Todo empleador debe organizar un servicio de seguridad o salud en el trabajo propio o
común a varios empleadores, cuya finalidad es esencialmente preventiva.
Brindarán servicios de asesoría en:
• Identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER)
• Vigilancia de factores del medio ambiente de trabajo y prácticas de trabajo.
• Diseño de lugares de trabajo, selección y mantenimiento de maquinaria, y sobre sustancias
utilizadas en el trabajo.
• Seguridad, salud e higiene en el trabajo y ergonomía, así como en EPI y colectiva.
• Vigilancia de salud de los trabajadores y rehabilitación profesional
• Difusión de información, formación y educación en materia de SST .
• Organización de los primeros auxilios y atención de urgencia
• Análisis de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Organización del Sistema de Gestión de SST
Planificación y aplicación del
Sistema de SST
La Planificación, debe permitir que el
SGSST contribuya a:
a) Cumplir con las normas legales
b) Fortalecer los componentes del
sistema de gestión
c) A mejorar continuamente los
resultados de SST.
Se planifica en base a la evaluación
inicial o evaluaciones posteriores
con participación de los
trabajadores, sus representantes y la
organización sindical.
En la Planificación se debe incluir:
a) Establecer prioridades y objetivos en materia de SST
b) Preparación de un Plan para alcanzar cada uno de los objetivos en el que se
definan metas, indicadores, responsabilidades y criterios de funcionamiento.
c) Selección de criterios de medición (indicadores)
d) Dotación de recursos adecuados
Planificación y aplicación del
Sistema de SST
La gestión de los riesgos incluye:
• medidas de identificación, prevención y control,
• la mejora continua de los procesos, la gestión del cambio, y la preparación y respuesta a
emergencias,
• adquisiciones y contrataciones y
• el nivel de participación de los trabajadores y su capacitación.
Planificación y aplicación del
Sistema de SST
Identificación de peligros y evaluación de riesgos
• De acuerdo con alcance, naturaleza y recursos.
• Medidas más proactivas que reactivas.
• Involucrando actividades rutinarias, no rutinarias y de emergencia
• Considerando contratistas, visitantes y otras partes interesadas.
• Considerando las instalaciones provistas por la organización o por
terceros.
Planificación y aplicación del
Sistema de SST
Objetivos
Establecer y mantener Objetivos y Metas de SST documentados en los niveles y funciones pertinentes,
Establecer Objetivos Específicos para lograr alcanzar los objetivos generales de la organización.
El análisis de los Objetivos Específicos debe determinar las acciones y los recursos necesarios para lograr los Objetivos generales.
Planificación y aplicación del
Sistema de SST
• PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
• JUSTIFICACIÓN
• IMPACTO
• OBJETIVOS
• ALCANCE
• METODOLOGÍA
• CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
• INDICADORES
• PRESUPUESTO
PROGRAMA
DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL
TRABAJO
Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
• Procedimientos internos y externos
• Supervisión: para identificar fallas en el
sistema, adoptar las medidas preventivas y
correctivas, información sobre los resultados,
eficacia de las medidas de control y mejora en
la identificación de peligros y control de los
riesgos.
• Investigación de accidentes, enfermedades e
incidentes: para identificar las causas
inmediatas, básicas y realizar las acciones
correctivas pertinentes.
• Auditorias: Para verificar si el SGSST ha sido aplicado y es adecuado y eficaz. Debe ser
realizada por auditores independientes. Se requiere la participación de los trabajadores en
todas las fases de la auditoría, incluida la selección del auditor.
Evaluación del Sistema de SST
Acción para la mejora continua
a. Identificar las causas de su disconformidad con las normas
pertinentes
b. Identificar las causas de disconformidad con las
disposiciones del SG-SST
La vigilancia de la ejecución del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud, las auditorias y los exámenes realizados por
la empresa, deben permitir:
Acción para la mejora continua
a) Los objetivos de la seguridad y salud en el trabajo de la empresa.
b) Los resultados de las actividades de identificación de los peligros y
evaluación de los riesgos.
c) Los resultados de la supervisión y medición de la eficiencia.
d) La investigación de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados
con el trabajo.
e) Los resultados y recomendaciones de las auditorías.
f) Las recomendaciones del Comité de SST.
g) Los cambios en las normas legales
Las disposiciones adoptadas para la mejora continua del SG-
SST, deben tener en cuenta:
Garantizar la
seguridad y la salud
Acciones
permanentes para
perfeccionar los
niveles de protección
Capacitación y
entrenamiento en SST
Garantizar elecciones de
los representantes de los
trabajadores
Garantizar el trabajo del
Comité de SST
Exámenes médicos
Obligaciones de los Empleadores
Competencias para la
asignación de labores
Información sobre el
puesto de trabajo
Indemnización por daños
a la salud en el trabajo
Adopción de medidas
de prevención
Evaluación de riesgos
Control de las zonas
de riesgo
Equipos para la
protección
Deber de prevención:
durante la ejecución de
ordenes o en el
desplazamiento a la
misma
Exposición en zonas de
riesgo
Investigación de daños
en la salud
Obligaciones de los Empleadores
Revisión de
indumentaria y
equipos de trabajo
Costo de las acciones
de SST
Interrupción de
actividades en caso de
peligro inminente
Prevención de riesgos
en su origen
Protección de los
adolecentes
Evaluación de factores
de riesgo para la
procreación
Cambios en las
operaciones y procesos
Protección de los
trabajadores en
situación de
discapacidad
Enfoque de genero y
protección de las
trabajadores
Seguridad de los
terceros
Información a los
trabajadores
Obligaciones de los Empleadores
Obligaciones de los Empleadores
a) Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en el
desempeño de sus labores, en el centro de trabajo o con
ocasión del mismo.
b) Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar
los niveles de protección existentes.
c) Adoptar medidas de prevención cuando se produzcan
modificaciones en las condiciones de trabajo
d) Practicar exámenes médicos antes, durante y al término de
la relación laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos
a que están expuestos en sus labores.
El empleador deberá:
Obligaciones de los Empleadores
e) Garantizar que las elecciones de los representantes de los
trabajadores se realicen a través de las organizaciones
sindicales; y en su defecto, a través de elecciones
democráticas de los trabajadores.
f) Garantizar el trabajo del Comité asignado los recursos
necesarios.
g) Garantizar la capacitación y entrenamiento en seguridad y
salud en el trabajo, al momento de su contratación, durante el
desempeño y cuando se produzcan cambios en la función o
puesto de trabajo o tecnología.
El empleador deberá:
Obligaciones de los Empleadores
h) Transmitir a los trabajadores, de manera adecuada y efectiva,
la información y los conocimientos necesarios en relación con
los riesgos en el centro de trabajo, así como las medidas de
protección y prevención aplicables a tales riesgos.
i) Pagar las indemnizaciones a las víctimas, o a sus
derechohabientes, de los accidentes de trabajo y de las
enfermedades profesionales, producidos por el
incumplimiento de las normas en SST.
j) Actualizar la evaluación de riesgos una vez al año como
mínimo o cuando cambien las condiciones de trabajo o se
hayan producido daños a la salud y seguridad en el trabajo.
El empleador deberá:
Obligaciones de los Empleadores
• Asumir el costo de las acciones preventivas.
• Establecer las medidas para que, en caso de un peligro
inminente que constituya un riesgo importante o intolerable para
la seguridad y salud de los trabajadores, estos puedan
interrumpir sus actividades, e inclusive, si fuera necesario,
abandonar de inmediato el domicilio o lugar físico donde se
desarrollan las labores.
• Adoptar medidas necesarias para evitar la exposición de las
trabajadoras en periodo de embarazo o lactancia a labores
peligrosas
El empleador deberá:
Obligaciones de los Empleadores
El empleador deberá:
a) La coordinación eficaz y eficiente de la gestión en
prevención de riesgos laborales.
b) La seguridad y salud de los trabajadores.
c) La verificación de la contratación de los seguros de
acuerdo a la normatividad vigente efectuada por cada
empleador
En cuyas instalaciones laboren trabajadores de
contratistas, subcontratistas, empresas especiales de
servicios y cooperativas de trabajadores; o quien asuma el
contrato principal de la misma, es quien garantiza:
Obligaciones de los Empleadores
Vigilar el cumplimiento de la normatividad legal vigente en
SST por parte de sus contratistas, subcontratistas,
empresas especiales de servicios o cooperativas de
trabajadores que desarrollen obras o servicios en el
centra de trabajo o con ocasión del trabajo
correspondiente del principal
El empleador deberá:
Igualdad de
derechos
Comunicación
Inspectores de Trabajo
Revisar los programas
de capacitación
Participación en el IPER
Transferidos de puesto
de trabajo
Derecho a examinar los
factores de riesgo
Protección contra actos
de hostilidad
Derechos de los Trabajadores
Cumplir con normas,
reglamentos e
instrucciones
Usar adecuadamente los
instrumentos y elementos
de trabajo
No usar equipos o
materiales sin autorización
Comunicar eventos o
situaciones riesgosas
Participar en las
actividades de SST
Cooperar en la
investigación de
accidentes
Someterse a exámenes
médicos
Reportar incidentes,
accidentes o enfermedades
Responder e informar con
veracidad
Obligaciones de los Trabajadores
Derechos de los Trabajadores
Los trabajadores deberán ser consultados. A falta de
acuerdo entre las partes decidirá el empleador.
Todo trabajador tiene derecho a comunicarse libremente
con los inspectores del trabajo.
Los trabajadores, sus representantes y/o miembros de los
comités o comisiones de SST están protegidos contra
cualquier acto de hostilidad y otras medidas coercitivas por
parte del empleador en funciones de SST.
Los trabajadores o sus representantes tienen derecho a
revisar los programas de capacitación y entrenamiento, y
formular recomendaciones al empleador con el fin de
mejorar la efectividad de los mismos,
Los representantes de los trabajadores en SST tienen
derecho a participar en la identificación de los peligros y en
la evaluación de los riesgos en el trabajo, solicitar al
empleador los resultados de las evaluaciones, sugerir las
medidas de control y hacer seguimiento de las mismas.
• En caso de no tener respuesta satisfactoria podrán recurrir
a la Autoridad Competente.
Derechos de los Trabajadores
Obligaciones de los Trabajadores
a) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los
accidentes y de enfermedades ocupacionales.
b) Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así
como por el de los demás trabajadores que dependan de
ellos
c) Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados
por norma expresa así como a los procesos de
rehabilitación integral
d) Participar en los organismos paritarios, en los programas
de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir
los riesgos laborales que organice su empleador.
El trabajador deberá:
El trabajador deberá:
e) Comunicar al empleador todo evento o situación que
ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud y/o
las instalaciones físicas; debiendo adoptar
inmediatamente, de ser posible, las medidas correctivas
del caso.
f) Reportar a los representantes o delegados de seguridad,
de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente o
accidente de trabajo
g) Concurrencia obligatoria a la capacitación y
entrenamiento sobre Seguridad y Salud en el Trabajo
Obligaciones de los Trabajadores
Las entidades empleadoras deben contar con un registro de
accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes
peligrosos ocurridos en el centro de labores, debiendo ser exhibido
en los procedimientos de inspección ordenados por la autoridad
administrativa de trabajo, asimismo se debe mantener archivado el
mismo por espacio de diez años posteriores al suceso
REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Información de ATEP
Investigación de los Accidentes de Trabajo
El empleador, conjuntamente con los representantes de las
organizaciones sindicales o trabajadores, realizan las investigaciones
de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e
incidentes peligrosos, los cuales deben ser comunicados a la autoridad
administrativa de trabajo, indicando las medidas de prevención
adoptadas.
El empleador, conjuntamente con la autoridad administrativa de
trabajo, realizan las investigaciones de los accidentes de trabajo
mortales, con la participación de los representantes de las
organizaciones sindicales o
trabajadores.
Empleador tiene el deber de informar al
MTPE:
• todo accidente de trabajo mortal. Plazo: 24
horas de ocurrido.
• incidentes peligrosos. Plazo: 24 horas de
ocurrido.
• situaciones que ponga en peligro la vida o
integridad del trabajador
• empleador notifica los accidentes, EO,
incidentes de los terceros
Información de ATEP
Centro Médicos Asistenciales deben informar al MTPE:
• cuando atiendan a un trabajador por primera vez sobre AT y EO
• Las EO deben ser notificadas dentro de un plazo de 5 días hábiles de conocido el
diagnóstico al MTPE y MINSA aún cuando el caso sea diagnosticado como:
sospechoso–probable o definitivo-confirmado .
• en caso de trabajadores independientes, la notificación de AT y EO estará a cargo
del mismo trabajador.
Registro de AT y EO e IP por parte del empleador
• la empresa debe exhibir durante los procedimientos de inspección los registros de
AT, EO e IP de los últimos doce meses, y debe manteneros archivados por espacio
de diez años.
• en caso de pluralidad de afectados se debe consignar un registro por cada
trabajador.
Información de ATEP
Recopilación y Publicación de Estadísticas
- MTPE publica mensualmente estadísticas de:
• accidentes de trabajo
• enfermedades ocupacionales
• incidentes peligrosos
- MTPE publica anualmente:
• estadísticas completas en su página web
• información de dominio público
Información contenida en las estadísticas:
• naturaleza de la fuente empleada:
empleadores, instituciones aseguradoras,
inspecciones de trabajo.
• categorías, ocupaciones, sexo y edad, ramas
de actividad económica y tamaño de las
empresas.
• definiciones utilizadas.
Inspección del Trabajo en SST
Asesorar o recomendar medidas para el
mejor cumplimiento de las normas de SST.
Incluir en sus visitas a los trabajadores, sus
representantes, peritos, técnicos,
representantes de los comités y otros que
considere necesario.
Recabar datos y obtener información, tomar o
sacar muestras, realizar mediciones, obtener
fotografías, videos y grabaciones y levantar
croquis o planos.
Los inspectores de trabajo están facultados a:
Requerir que se lleven a cabo modificaciones en un plazo determinado.
Iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción
por incumplimiento de las normas de SST.
Ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por
inobservancia de la normativa de SST, con el apoyo de la fuerza pública.
Proponer a los entes que gestionan el SCTR la exigencia de las
responsabilidades que procedan en materia de seguridad social en los casos de
AT y EO.
Entrevistar a los miembros del comité de SST y representantes de organizaciones
sindicales, con independencia de la actuación inspectora.
Si se apreciase indicios de comisión de delito vinculado a la inobservancia de las
normas de SST, la inspección de trabajo remite al Ministerio Público los hechos
que haya conocido y los sujetos que pudieran resultar afectados.
Inspección del Trabajo en SST
Incorpórase el artículo 168-A al Código Penal, con el texto siguiente:
Artículo 168-A. Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales
“El que, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de cinco años. Si, como consecuencia de una inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente de trabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves, para los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad será no menor de cinco años ni mayor de 10 años”.
Disposiciones Complementarias