ley 138-05 de protección de los derechos del consumidor o usuario

Upload: vicepresidencia-de-la-republica-dominicana

Post on 05-Nov-2015

20 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Ley 138-05 de Protección de los derechos del consumidor o usuario

TRANSCRIPT

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    1/156

    La comunidad ante la

    Ley nmero 358-05 de Proteccinde los Derechos del Consumidor o Usuario

    Bajo la proteccin de la ley

    Marzo de 2015

    Tus derechos cuentan

    Concelos! Dales poder!

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    2/156

    Edicin, produccin editorial,

    textos y guion de historia grficaNoris DecenaConsultora en comunicacin

    Coordinacin y supervisin generalAltagracia SurielDirectora general del programa Progresandocon Solidaridad (PROSOLI)

    Direccin generalMargarita Cedeo de FernndezVicepresidenta de la Repblica ycoordinadora general del Gabinete de

    Coordinacin de Polticas Sociales

    Coordinacin y revisindel contenido

    Altagracia PaulinoDirectora ejecutiva del Instituto Nacional deProteccin de los Derechos del ConsumidorPROCONSUMIDOR

    Correccin de estilo

    Alexis PeaJeimie Reyes

    Cuidado de edicin

    Noris Decena

    Lourdes Ivette Reyes

    Colaboracin en aportes de casos,

    contenido y edicin

    David La HozNatanael de los Santos

    Erika MartePlinio PolancoLourdes Ivette ReyesYeshica Peguero de la RosaRamn Stalin Montero

    Ilustracin, adaptacin de imgenes,

    diseo y diagramacinSughey Abreu

    Impresin

    ISBN: 978-9945-494-11-2

    Esta publicacin es para distribucin gratuita.

    Prohibida su venta.

    Bajo la proteccin de la ley, una produccin del programa Progresando con Solidaridad (PROSOLI), para la educacin y promocin

    de derechos, de un consumo responsable, seguro y de calidad, la Vicepresidencia de la Repblica dentro de sus programas y delGabinete de Coordinacin de Polticas Sociales de la Presidencia de la Repblica, y el Instituto Nacional de Proteccin de los

    Derechos del Consumidor PROCONSUMIDOR, para difundir la Ley nmero 358-05 que sustenta la creacin del ente regulador de

    proteccin de los derechos de la poblacin consumidora, como parte de un acuerdo interinstitucional.

    Impreso en Santo Domingo, Repblica DominicanaMarzo de 2015

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    3/156

    ContenidoPresentacin

    Prlogo

    Introduccin

    Reclamar es tu derecho Hazlo valer!(Historia grfica:una comunidad de ficcin y realidad)

    Prambulo

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario,

    nmero 358-05

    Captulo 1

    DISPOSICIONES GENERALES

    Captulo 2

    DEL INSTITUTO NACIONAL DE PROTECCIN DE LOS DERECHOS

    DEL CONSUMIDOR (PROCONSUMIDOR)

    Captulo 3DE LA DIRECCIN EJECUTIVA DE PRO CONSUMIDOR

    Captulo 4

    DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR

    Captulo 5

    PROTECCIN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD

    Captulo 6

    PROTECCIN DE LOS INTERESES ECONMICOS

    7

    9

    11

    13

    15

    89

    92

    96

    101

    110

    112

    117

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    4/156

    6 Educacin para la promocin de derechos

    Captulo 7

    INFORMACIN Y EDUCACIN DE LOS CONSUMIDORES

    Captulo 8

    DERECHO A LA REPRESENTACIN Y ASOCIACIN

    Captulo 9

    OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LOS

    PROVEEDORES

    Captulo 10

    RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL

    Captulo 11

    DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    Captulo 12DE LA CONCILIACIN Y ARBITRAJE

    Captulo 13

    DE LA ACCIN JUDICIAL

    Captulo 14

    DISPOSICIONES FINALES

    129

    134

    137

    138

    150

    152

    154

    155

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    5/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 7

    PRESENTACINProteger el derecho del consumidor entre los ms vulnerables

    Poner en manos de nuestros ciudadanos y ciudadanas una versin de fcil interpretacin de laLey nmero 358-05 de Proteccin de los Derechos del Consumidor, resulta ser un importanteavance en la promocin de estos derechos como base de un comercio justo y solidario.

    Esta legislacin representa una gran oportunidad de progreso en materia de derecho para laciudadana. Es nuestra herramienta para defender a los consumidores ante las inequidadesa las que son sometidos por los poderes econmicos, desde el ms humilde hasta el msencumbrado, y para que puedan participar en los procesos financieros y econmicos con losrecursos necesarios para tomar decisiones correctas.

    Este paso que damos nos ayuda, en gran medida, en la construccin de un Estado social y demo-

    crtico de derecho, donde el consumo responsable es una de nuestras principales garantas parael desarrollo sostenible. As lo postula el Artculo 53 de la Constitucin dominicana, que estableceel derecho de cada dominicano y dominicana a disponer de bienes y servicios de calidad, a unainformacin objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las caractersticas de los productos yservicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley.

    Estamos empeados en dar a conocer esta ley, y lo que implica su entendimiento y puesta enprctica en la vida cotidiana, ponindola en manos de los ciudadanos y hacindolos partcipes y

    protagonistas de sus propios derechos como consumidores.

    Aspiramos a que los productores y comerciantes tomen conciencia de su rol en el desarrollo delas personas ms vulnerables del pas, y que acten solidariamente con ellos, proveyndoles dela informacin que les permita adquirir productos de calidad.

    Saber que existe esta ley y que utilizarla para nuestro beneficio es la mayor muestra de uncomercio justo y repleto de valores, donde nuestros productores, distribuidores y comerciantes

    se ganen un Bien por ti! por sus aportes a un mejor pas.

    Hay que tener la ley a mano; conocerla, ponerla en prctica. Los nadie, como deca EduardoGaleano, empiezan a ser alguien cuando hacen valer sus derechos y son respetados.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    6/156

    8 Educacin para la promocin de derechos

    Esta frase tiene ms sentido, se hace fuerte y abarcadora cuando Pro Consumidor y nuestra

    Vicepresidencia de la Repblica demostramos que cumplir la ley es posible; cuando es evidenteque las familias ms vulnerables son escuchadas y tomadas en cuenta.

    Nos abrazamos a esta ley como garanta de que todas nuestras familias vulnerables podrn haceruso de sus derechos como consumidores responsables e informados.

    De ese consumo inclusivo y honesto depende, en gran medida, el desarrollo econmico soste-nible de nuestra Repblica Dominicana.

    Estamos, como dira Benedetti: Construyendo un puente indestructible entre productores, co-merciantes y consumidores.

    Hagamos valer nuestros derechos!

    Margarita Cedeo de Fernndez

    Vicepresidenta de la Repblicay coordinadora general del Gabinetede Coordinacin de Polticas Sociales

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    7/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 9

    PRLOGO

    La ley en manos de todos

    En la construccin del Estado social y democrtico de derecho que ha definido la Constitucin dela Repblica del 26 de enero de 2010, se hace imprescindible que cada dominicano se conviertaen abogado de su propia causa, y esto se podr lograr solo cuando se entienda que las leyes sonpara la defensa de los derechos de cada uno de nosotros.

    En el Estado social el ciudadano tiene derechos reconocidos, como en este caso los derechosconsagrados en la Ley nmero 358-05: los derechos de los ciudadanos en su relacin con elmercado -los consumidores-.

    Esta ley, ms el organismo que previ para su aplicacin, Pro Consumidor, constituyen uninstrumento para el ejercicio de la ciudadana responsable, que es, a su vez, un insumo en laconstruccin del Estado social.

    En este contexto, es importante recordar que las leyes no son solo para los abogados: son uninstrumento para que los ciudadanos aprendan a defenderse, y ms cuando se trata de unaley de orden pblico, como lo es la presente, que obliga por igual a su cumplimiento a todociudadano con capacidad para accionar en la defensa de sus derechos e intereses.

    Entendiendo que los derechos del consumidor nos ataen a todos -porque todos somos

    consumidores-, es propicia la ocasin para que cada dominicano conozca esta ley, que ademstiene rango constitucional, y que a travs de su conocimiento se inicie el proceso de la construc-cin de ciudadana responsable.

    La edicin de esta ley deber servir tambin para que los poderes del Estado avancen an msen el cumplimiento de muchas de sus ordenanzas, entre estas, la inclusin en la educacinformal de los derechos del consumidor, la ejecucin del sistema de arbitraje de consumo y laampliacin en todo el pas de las actividades de Pro Consumidor, para que haya una real defensa

    de la mayora de los dominicanos.

    En los 10 aos que cumplir esta ley el 9 de septiembre, el organismo previsto para su aplicacin,Pro Consumidor, ha dado muestras de que cumplir la ley es posible, an con todos los escollos

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    8/156

    10 Educacin para la promocin de derechos

    que implica la construccin de una institucin creble en medio de la cultura del engao en que

    hemos vivido los dominicanos.

    En este tiempo hemos entendido tambin que si todos los dominicanos conociramos lasleyes y las cumpliramos, tendramos una sociedad diferente: donde el acceso a la justicia nofuera tan difcil para la mayora de los ciudadanos y sus derechos no fueran vulnerados, comoocurre en la actualidad.

    Como instancia administrativa, Pro Consumidor ha contribuido, en cierto modo, a desconges-

    tionar a los tribunales ordinarios, logrando, mediante los mecanismos modernos de mediacin,la conciliacin del 90 por ciento de los reclamos, aplicando el debido proceso que establece laConstitucin de la Repblica.

    Los intereses econmicos de los consumidores han sido debidamente defendidos y protegidosen esta instancia, evitando costosos y tediosos recursos en los tribunales ordinarios, con la ventajapara el consumidor de que la administracin est obligada a responder en un plazo breve todas

    las disputas que se originen entre ciudadanos y proveedores.

    De igual manera, se solucionan sin costo alguno para las partes, lo cual permite a la administracindel Estado ofrecer justicia gratis a los ciudadanos en un plazo breve, tal como lo establece la ley,y ahora la nueva Ley nmero 107-13 de Procedimiento Administrativo.

    Poner en manos de todos los dominicanos esta nueva edicin de la ley, nos compromete allevarla a cada rincn del pas, con el propsito de que su contenido sea entendido por todos los

    dominicanos para que puedan ejercitar sus derechos ciudadanos.

    Agradecemos sinceramente la iniciativa de la honorable vicepresidenta de la Repblica, doctoraMargarita Cedeo de Fernndez, que ha comprendido la importancia que tiene para el pas ladifusin de la Ley nmero 358-05, como un instrumento idneo para promover los derechos delconsumidor a travs de su instrumento legal. Solo los visionarios, los que suean con un mejorfuturo para todos, son capaces de aportar para la realizacin de los sueos de una patria grande,prspera y feliz, como es el deseo de cada uno de los dominicanos.

    Altagracia PaulinoDirectora ejecutiva de PROCONSUMIDOR

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    9/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 11

    INTRODUCCIN

    Educacin y promocin de derechos

    La alianza formada para hacer posible la entrega de esta obra es un ejemplo de la coordinacinque debe existir en la administracin pblica para potenciar la calidad del servicio que deberecibir el ciudadano de las instituciones del Estado, creadas con ese propsito.

    El programa Progresando con Solidaridad (PROSOLI) y el Instituto Nacional de Proteccin de losDerechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR) han unido sus capacidades y voluntades paraentregar al pueblo dominicano un producto bsico para la formacin de los nuevos consumido-res y usuarios de bienes y servicios, los cuales gozan de derechos constitucionales.

    Cuando se consultaron a los diferentes sectores de la sociedad para la aprobacin de una nuevaConstitucin, el 94 por ciento de las personas consultadas entendi que los derechos del consu-midor deban estar consagrados en la nueva ley de leyes.

    De esta manera, a partir de la Constitucin del 26 de enero de 2010, los derechos del consu-midor quedaron consagrados como derechos fundamentales y la ley que los tutela adquirirango constitucional.

    Nuestra Carta Magna tiene como propsito fundamental la proteccin debida de los derechosde los ciudadanos, por lo que es un deber que estos conocimientos estn verdaderamente al

    alcance de la poblacin, a travs de sus organizaciones de base y sus representantes, para quepuedan hacer uso debido de estos.

    Por esa razn, el producto que ha surgido de esta alianza es de gran vala y utilidad en la promo-cin de los derechos del consumidor, tan amplios como la vida misma, porque involucra a todoel quehacer humano.

    La idea de hacer una edicin popular de la Ley nmero 358-05 es una gran contribucin a la for-

    macin de la conciencia ciudadana, y se convierte en un instrumento idneo para los docentes,las organizaciones de consumidores y de usuarios de bienes y servicios.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    10/156

    12 Educacin para la promocin de derechos

    En ella est reflejada parte de la experiencia de la Repblica Dominicana en materia de defensa

    de los consumidores, lo que es, adems, un compromiso del pas al entrar a formar parte de laOrganizacin Mundial del Comercio (OMC).

    Con esta ley, el pas se coloca tambin en el concierto de naciones que construyen una nuevacultura jurdica, un nuevo derecho, con una visin de lo que ser el futuro en que se sustentaun modelo cambiante y que construimos cada da.

    El Artculo 53 de la Constitucin consagra los derechos del consumidor y la Ley nmero 358-05

    es el instrumento de aplicacin previsto, en tanto que Pro Consumidor es el organismo parasu puesta en accin. En esta edicin popular de la ley est expresada parte de la prctica dediez aos de una ley nueva, as como todos los procedimientos que dentro de los principiosgenerales del Derecho Administrativo se llevan a cabo en la aplicacin de la ley.

    El Derecho Administrativo es derecho pblico y el derecho del consumidor es derechoadministrativo. Todas las acciones de Pro Consumidor estn encaminadas a la proteccin delos ciudadanos, sin discriminacin de ningn tipo, se trata de un instrumento constitucionalpara la defensa de los ms vulnerables del mercado: los consumidores.

    La doctora Margarita Cedeo de Fernndez, vicepresidenta de la Repblica, como abanderadade los derechos sociales, entendi que en el mes de la mujer y del consumidor haba quedejar un legado importante y es as como surge la idea de esta publicacin dinmica, concarne y hueso, de la Ley nmero 358-05. De ah esta alianza con la Direccin Ejecutiva dePro Consumidor, rgano que dirige Altagracia Paulino, una consagrada defensora de estos

    derechos, causa por la cual ha dedicado ms de la mitad de su vida.

    De modo que, esta ley, versin ilustrada tipo historieta, es un gran aporte, una gran obra quedeber servir de gran utilidad a todos y todas.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    11/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 13

    RECLAMAR ES TU DERECHO

    HAZLO VALER!

    HISTORIA GRFICA:UNA COMUNIDAD DE FICCIN Y REALIDAD

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    12/156

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    13/156

    Haz valer tus derechos!

    La Ley General de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 es una legislacin quepromueve la accin ciudadana en pro de las mejores causas y propicia la defensa de derechos.

    Hay que tenerla a mano, conscientes de su fuerza y del poder que da conocerla, y hacer valer

    lo que ah se ordena.

    Es reglamentacin abrazadora, protectora e inspiradora, que invita a reclamar, a observar elrespeto a las leyes, cumplir con los deberes y asumir la responsabilidad social correspondientea cualquier individuo, empresa o sector. No discrimina ni abandona la parte ms vulnerable: encaso de duda... ser interpretada a favor del consumidor, como lo establece en su Artculo 2.

    Esta Ley nmero 358-05 es un conjunto de normas de inters y utilidad en la cotidianidadde cada persona. Adems, es un instrumento de aplicacin de justicia oportuna y sin costoalguno. Sus disposiciones tienen peso constitucional son de orden pblico, imperativas y deinters social, y tienen un carcter supletorio frente a las disposiciones contempladas en lasleyes sectoriales.

    Este mandato la hace fuerte, abarcadora y cuando al Instituto Nacional de Proteccin delos Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR) le ha tocado el rol de supletoriedad, aun

    confrontando organismos reguladores y oficiales igual que l, esta institucin ha podidomostrar que cumplir la ley es posible, como dice su actual Directora, siempre y cuando laAdministracin asuma su responsabilidad institucional y reine la razn a favor de las normas ydel consumidor.

    Noris DecenaEditora

    PREMBULO

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    14/156

    16 Educacin para la promocin de derechos

    Una familia de ccin y realidad en el da a daEl seor Constanzo siempre se ha interesado porel mundo de los supermercados, no solo paraseleccionar y comprar sus quesos, vinos y otrasbebidas, tambin observa precios y conversa conotros clientes y clientas que hacen importantes

    reexiones y tienen muchas inquietudes con rela-cin al consumo y lo que ofrece el mercado.

    Estos acercamientos lo ayudan en sus propsitos deconocer las interiodidades de la economa familiary el derecho de consumo. Cada da ve mayor ne-cesidad de organizarse, orientar y educar a lapoblacin para que tome decisiones acertadas a la

    hora de comprar, tomar un crdito o contratarun servicio.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    15/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 17

    Es da de especialesde vegetales y frutas

    Ojal ofrezcancalidad!

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    16/156

    18 Educacin para la promocin de derechos

    Tenga cuidado, porqueen esta mercanca haymuchos productos con

    fecha de vencimientoagotada, ya caduca.

    Esta etiqueta no esten idioma espaol. Laley no permite esto.

    Lo que establece la ley ante la exhibicin de productos

    para la venta:

    Art. 85- En la etiqueta, rotulado o soporte anlogo, la

    informacin que se proporcione al consumidor deber

    indicarse con caracteres claros, bien visibles y fciles de

    leer por el consumidor, la informacin en idioma espaol

    respecto a las caractersticas de los bienes y servicios.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    17/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 19

    Observe la fecha devencimiento: hace unasemana que expir.

    Lo que establece la ley en relacin a los productos vencidos:

    Art. 44.- Todo proveedor final tiene la obligacin de retirar

    del comercio los productos, cuyo perodo de vigencia hayatranscurrido. En caso de no hacerlo a la fecha de vencimiento

    del producto, comprometer su responsabilidad penal y civil.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    18/156

    20 Educacin para la promocin de derechos

    Debemos hacer algo para que se respetennuestros derechos ciudadanos y de consumo...

    Todos somos consumidores, usted, yo, ly toda esa gente que compra y no siempretiene tiempo para detenerse a leer cada

    producto que quiere llevarse.

    Usted tiene razon. Hace unasemana tom rpidamenteuna lata de leche evaporaday ya en la casa, cuando la

    abro para hacer un jugo, medi cuenta que estaba vencida.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    19/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 21

    Tenemos que organizarnos para enfrentartodas estas violaciones a nuestros derechos

    como consumidores. La ley de defensa de los

    consumidores, la 358-05, en su artculo 19,letra d manda a que nos asociemos parapoder hacer reclamos colectivos ante problemas

    comunes que nos afectan.

    Yo creo que s, vamos a

    tener que asociarnos.

    As es...! Porque tambin sequedan con nuestros centavos. Siponen precios con centavos, de$3.95, por ejemplo, tienen que

    tener 5 centavos para devolver...

    En la Ley de Proteccin de los Derechos del Consumidor o

    Usuario, en la letra f de su artculo 33 est consignado este

    derecho como uno de los 9 bsicos:

    f) Asociarse y constituir agrupaciones de consumidores y/o

    usuarios de bienes y servicios;

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    20/156

    22 Educacin para la promocin de derechos

    Otra cosa: ponen unprecio en el escaparatey despus en la caja te

    cobran otro.En ese caso usted reclama ytienen que cobrarle el precio

    que estaba en el lugar y con lasespecicaciones del producto

    que se lleva. Pero tenemos que

    reclamar y defendernuestro bolsillo.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    21/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 23

    Mira, mira,mira! Esa gentetiene problema.

    Vamos aver qupasa!

    Mira como discutenEse hombre est

    cayndose.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    22/156

    24 Educacin para la promocin de derechos

    Te dije que meconsiguieras el cido,que tengo que resolverun problema...! si no,bscame mi dinero! Esprate!... Ahora

    mismo entro a laferretera y te lo

    compro!

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    23/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 25

    Mralo...! Casi nopuede caminar.

    Oste lo que contaba la seoraacerca de la farmacia?

    No le vendieron una medicina consu carn del seguro porque enel nombre haba una letra muy

    marcada, medio rayada.

    La Sisalril va atener que intervenir,porque esas empresas

    prestadoras

    Con la salud no se juegaHay que reclamarle a esasdizque Administradoras

    de Riesgos de Salud.

    Ah s, yo he escuchado muchas quejasde que a las farmacias no les gustavender a quienes le pagan con el

    seguro. Ellos tambin se quejan deque luego las prestadoras no quieren

    reconocerles la venta.

    * Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL)

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    24/156

    26 Educacin para la promocin de derechos

    Y usted le va avender ese cido del

    diablo a ese hombreque est borracho?

    Hablando de salud,mira lo que vienea comprar este

    borrachoPara qu ser?

    Nooo, eso yo solo lo vendoa plomeros, a gente del ocio.

    Uff, yo no quiero quePro Consumidor me multe

    Esa gente puso orden en esoYa no hay tantoscasos, como antes.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    25/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 27

    De camino a casa

    Mara Soledad, mientras se dirige a su residencia, observa el ambienteenrarecido y de inmediato piensa en su hijo Nstor y su hipersensibili-dad. Ruega que todava no haya llegado a la casa para que no le afectetodo eso que percibe del ambiente.

    Piensa que le urge acudir al Ministerio de Medio Ambiente y RecursosNaturales para ver cmo pueden ayudarla en la limpieza del sector,la calidad del aire y los ruidos. Ella, como qumica, tiene conciencia detodo el dao que est causando los desechos qumicos del laboratorio,que no tiene planta de tratamiento, sino que tira todo tipo de sus-tancias a la caada, que adems est llena de basura, de plsticos yhasta de animales muertos. Sabe que Salud Pblica y el Ayuntamientotambin tendrn que intervenir para mejorar el entorno.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    26/156

    28 Educacin para la promocin de derechos

    ... Y cmo estarmi hijo?

    Ojal no hayallegado!

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    27/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 29

    Estas empresas no tienenplantas de tratamiento nicontrol... Echan ah todos

    sus desechos txicos.Y despus dicen que lo que

    daa el ambiente es labasura que tiramos

    nosotros ah.

    La Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Natu-

    rales, nmero 64-00, en el artculo 2 establece que los

    requerimientos contenidos en el Reglamento de Procesos

    de Evaluacin Ambiental son aplicables y de cumplimien-

    to obligatorio para todo proyecto, obra de infraestructura,

    industria y cualquier actividad, pblica o privada, que se

    pretenda realizar y que por sus caractersticas puedaafectar de una manera u otra los recursos naturales, la

    calidad ambiental y la salud de la poblacin en todo el

    territorio nacional.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    28/156

    30 Educacin para la promocin de derechos

    Otro perro muerto Y a lacaada! Vamos a tener que buscar

    una solucin a todo esto enSaneamiento Ambiental. Cuntafalta hace la educacin ciudadana.

    Esta gente no est conscientede todo el dao que

    ocasiona este hacinamientoy abandono.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    29/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 31

    Ese fumigadorparece no darsecuenta de queest afectando

    los cultivos de suvecino.

    La Ley General de Salud Pblica, nmero 42-01, en el

    artculo 122 de su captulo V, refirindose al control de

    plaguicidas, fertilizantes y sustancias txicas, declara

    de alto inters el control de plaguicidas, fertilizantesy sustancias txicas, por su repercusin en la salud de

    la poblacin.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    30/156

    32 Educacin para la promocin de derechos

    Cmoresistenesto?

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    31/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 33

    Esta quema de basura ya es inso-portable. Igual est pasando con losplaguicidas. Qu vamos a hacer...?No han importado las advertencias.

    Llamamos al 911.Nstor est muy mal...Estoy esperando aqu.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    32/156

    34 Educacin para la promocin de derechos

    As no se puede vivir!Humo y fumigaciones

    sin control

    La hija de la vecina casi seintoxica. Por eso Salud Pblica yPro Consumidor le dijeron que

    debemos exigir control y letrerosque nos informen qu hacer.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    33/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 35

    Por qu no mehaban llamado,

    Soli?

    Yo lo encontr casiahogndose.

    Mralo como est!

    l se recost y no dijoque se senta mal.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    34/156

    36 Educacin para la promocin de derechos

    A m me mandarona fumigar. Yo soy unsimple empleado...

    Tengan cuidado conesos fumigadores que noestn capacitados para

    ese trabajo.

    S, pero usted tambin tienederecho a reclamar y noasumir una tarea que no

    conoce y puede ponerlo enpeligro. Las leyes laborales

    lo protegen.

    Es que l no va a fumigar aqu hastaque yo vea ah un aviso con toda

    la informacin que necesitamos encaso de que alguien resulte afectado.Quiero saber qu van a echar, dnde

    llamar y qu hacer en caso deemergencia.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    35/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 37

    Mientras tanto, Prspero, un joven abogado

    que en su tiempo libre le gusta hacerservicio voluntario, llega a casa

    un poco desconcertado...

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    36/156

    38 Educacin para la promocin de derechos

    Abuela, me aprobaron el prstamoque solicit para la compra de mi

    apartamento, pero cuando revisel contrato observ clusulas muyabusivas y no les gust que les

    preguntara si ese contrato haba sidoregistrado en Pro Consumidor.

    Pues s, abuela,por eso lo revis,porque mi amigaVanessa tuvo queoptar por perder

    su apartamentopor los frecuentes ycontnuos aumentosque le hacan, sin

    justicarlo ni avisoprevio, comomanda la ley.

    No es posible que los bancos sigan en esto,despus que hasta tuvieron que acudir a lostribunales y admitir que s tenan en suscontratos muchas clusulas abusivas

    y ms cuando ya la Superintendencia deBancos entendi que Pro Consumidor

    actuaba apegada a la ley an as los bancoscontinan tratando de violarla?

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    37/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 39

    Pero no crea... tambin me enter ahora que enlos bancos estn haciendo muchsimos descuentos

    en tarjetas y por servicios no autorizados por losclientes. Ya me han llegado denuncias como esas alDespacho. Por eso estaba alerta. Pero la fuerza de

    la razn y de la ley se impuso.

    Bueno! Con tantasquejas Pro Consumidorva a tener que volver aintervenir y fjate que

    fue una batalla fuerte.

    Al medio nancierono le convienerevolver eso

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    38/156

    40 Educacin para la promocin de derechos

    La comunidad se rene para buscar solucionesLas familias en Los Ros, Las Colinas y otroslugares cerca de la caada, confrontan gran-des dicultades por la falta de saneamientoambiental, el manejo inadecuado de residuosslidos y aguas servidas que drenan de fbricasy negocios que incumplen con las normas y

    se niegan a respetar los derechos ciudadanos,en especial los de su poblacin consumidora yusuaria de servicios bsicos.Sus habitantes, que provienen de diferentessectores sociales, con compromisos y necesidadesdiferentes, coinciden en circunstancias ysituaciones diversas que los afecta por igual.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    39/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 41

    Nos hemos reunido aqu personasorganizadas en juntas de vecinos, de

    asociaciones, empresarios y

    comerciantes locales, as comopersonas que de una u otra formaviven en estos alrededores.

    Porque el manejo de labasura, por ejemplo, y

    desechos, las aguas servidasy los olores desagradablesque salen de esa caada es

    una situacin que afecta atodas las familias.

    No importa si son ricos,pobres o indigentes, esnuestra responsabilidadgestionar y velar por el

    buen manejo.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    40/156

    42 Educacin para la promocin de derechos

    Vemos algunos rostros y delegaciones que

    estn aqu en su condicin de autoridad,porque queremos que se enteren de nuestrasituacin y respondan a nuestras necesida-des, porque aqu tenemos muchas leyes yderechos que si actuamos unidos podemos

    hacerlos valer.

    Adems, invitamos a representantes delAyuntamiento, del Ministerio de MedioAmbiente y Recursos Naturales y del

    Ministerio de Salud Pblica, tambinde la Fiscala y de la Polica Nacional,porque tambin tenemos que resolver lo

    de la seguridad del sector.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    41/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 43

    S, sabemos que tambin tenemos deberes yresponsabilidad ciudadana que no vamos adejar de lado. Aqu todos somos consumi-dores, y tenemos derecho a hacerlo, pero

    tenemos que consumir con responsabilidad.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    42/156

    44 Educacin para la promocin de derechos

    Es que si no recogen labasura, qu vamos a

    hacer con ella?. Tenemos

    que tirarla en la caadao quemarla?

    Cuando queman labasura mi nia se

    aprieta del pecho.

    Ni una ni otra

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    43/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 45

    Lo que debemos hacer es informar-nos, acordar con el Ayuntamientolas horas y la frecuencia con quedeben pasar a recoger la basura. Ytambin aprender a cmo mane-

    jarla y depositarla para que puedaser aprovechada.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    44/156

    46 Educacin para la promocin de derechos

    Es cuestin deeducacin, deorientacin

    Por aqu estnalfabetizando.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    45/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 47

    S, tenemos derecho a unambiente saludable, a un

    consumo justo, a la educacin,a la salud, a la seguridad y a laproteccin y solidaridad, entre

    muchos otros.

    Y a que se respeten nuestrosderechos y consumir con

    sentido de responsabilidadtomar decisiones de compra

    inteligente y planicar nuestro

    presupuesto.

    La situacin va ms all de ensear a

    leer y a escribir, que es fundamental. Setrata de capacitarse para la vida y poderaprovechar las oportunidades de desarro-llo. Tenemos que ayudarnos, protegernosdefender nuestros derechos. Todo est en

    las leyes y la Constitucin.

    Si nos ayudan podemos sacarle benecio a la basura sobre

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    46/156

    48 Educacin para la promocin de derechos

    El Centro de Capacitacin y ProduccinProgresando (CCPP) puede enviarnos unapersona que nos ensee a preparar abonoque se puede utilizar para los huertos, elcultivo en casa y hasta para vender a la

    gente que tiene jardines. Ah en los CCPP

    me ayudan con mi huerto y aprendomuchas otras cosas.

    Si nos ayudan, podemos sacarle benecio a la basura, sobretodo a la basura orgnica. Y aprovechar los desechos de papel.

    As tambin cuidamos la naturaleza y promovemosla produccin orgnica, que es ms saludable y natural.

    Y hasta nos protegemos de los alimentos transgnicos,que todava no sabemos qu nos pueden generar.Me hablaron de eso en una charla, por lo de la ley de semillas...

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    47/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 49

    Yo no quiero eso. En mi parcela soloquiero seguir sembrando las semillas

    buenas que conservo de mi cosecha.Mis muchachos estn aqu...pero yo vivo en mi campo.

    Oye a ese hombre hablando detransgnico...! Las organizacionesde consumidores s que lo

    pusieron en boca de todos...

    Lo que dicta la ley con relacin a los alimentos transgnicos:

    Art. 74. - Aplicar el principio precautorio para proteger ala poblacin de la entrada de alimentos transgnicos no

    autorizados, de medicamentos y otras sustancias que no

    hayan superado el anlisis de riesgo y cuyo uso pueda afectar

    la salud de los humanos y al medio ambiente.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    48/156

    50 Educacin para la promocin de derechos

    S... Es un apoyo solidario yacompaamiento que hace Progresandocon Solidaridad para que las familias

    tengan cierta seguridad cuandoproduzcan sus alimentos y aprendan

    ocios que permitan conseguir empleosy obtener algn dinerito.

    Sgame diciendo,disculpe la

    interrupcin.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    49/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 51

    Debemos apelar a la responsabilidaddel Estado... y a los servicios que

    ofrecen las instituciones creadas paraque apliquen y hagan respetar lasleyes. Si no reclamamos, luego no

    podemos quejarnos de que aqu no secumple lo que manda la ley.

    As es! Cumplir las leyeses posible, como dice la

    Directora del rgano quedeende a los consumidores

    y las consumidoras.Eso!... Que se cumpla conla Ley nmero 87-01 de

    seguridad social y enfermarseno sea otro gran problemasi quieres curarte. y con las

    pensiones... ni hablar

    S Pro Consumidor es la institucin donde

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    50/156

    52 Educacin para la promocin de derechos

    S... Pro Consumidor es la institucin dondepodemos reclamar, denunciar y quejarnos

    ante engaos, abusos y violacin de derechosciudadanos como la discriminacin y sobretodo: reclamar el derecho a saber, a estar

    informados de lo que vamos a consumir, a laseguridad del servicio que nos ofrecen

    Tambin, Pro Consumidor se ocupade inspeccionar, vigilar y orientar ala poblacin consumidora para queaprenda a reclamar sus derechos y

    a defender sus intereses. No importasi es mucho o poco la cantidad dedinero que invierte. Si vulnerannuestros derechos tenemos que

    denunciarlo, reclamarlos.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    51/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 53

    Estn promoviendo las reclamacionesante abusos y violacin de derechos.

    Todos los negocios deben tener visible unlibro de reclamaciones, segn resolucindel Consejo Directivo de Pro Consumidor.Ah usted anota su queja, su reclamaciny conserva su copia. Esto le servir si no

    quieren hacerle caso.

    Cierto mi esposo acudi a un centro de

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    52/156

    54 Educacin para la promocin de derechos

    Cierto, mi esposo acudi a un centro defotocopiado cerca de una ocina de la

    Direccin General de Impuestos Internos

    (DGII) y observ unos carteles con el logo dePro Consumidor que presentaba un espaciopero que estaba vaco. Y ahora recuerdo

    que vi en la prensa el anuncio de la puestaen circulacin del libro y que se estaba

    orientando sobre su manejo en los negocios.

    As es! Hace aos, por resolucin del Con-sejo Directivo, exista el mandato de que se

    imprimiera un Libro de Reclamaciones dondela clientela pudiera registrar sus quejas, peroal parecer muchos negocios no lo tienen en unlugar visible. Pero hay que reclamarlo, o de locontrario, denunciar la situacin ante el ente

    regulador, que es Pro Consumidor.

    Seoras, con todo lo queest pasando por aqu,

    tenemos que asumir nuestroderecho a reclamar....!

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    53/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 55

    Ufff! Por lo que veo, si no

    hay sanciones para quienes notienen el libro al alcance delpblico, se corre el riesgo deque no cumpla su funcin.

    Qu va! Eso mejorar con el tiempo, yen la medida en que el pblico lo reclame,los negocios tendrn que ajustarse ycumplir con disposiciones como estas,

    que solo tienden a mejorar las relacionesentre quienes proveen o suplen y quienes

    consumen o usan servicios pblicos.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    54/156

    56 Educacin para la promocin de derechos

    Mientras, en otro lado del sector, Esperanza,preocupada escucha las inquietudes de los vecinos,

    las vecinas, en las calles, en el colmado...

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    55/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 57

    Usted est seguro queesa azcar es la que

    no tiene arena?

    S...! Ya Pro

    Consumidor la sacdel mercado.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    56/156

    58 Educacin para la promocin de derechos

    Es verdad queya no est en el

    mercado?

    Y cmo yo la voy aengaar, Esperanza?

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    57/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 59

    Por quser que nosmandan las

    cosas prohibidasen otro lugar?

    Lo que establece la Ley nmero 358-05 en su artculo 40 sobre importacin o internacin

    de productos rechazados en otro lugar:

    Art. 4o. Se prohbe la importacin e internacin de productos cuya comercializacin,

    prestacin, uso o consumo estn suspendidos o prohibidos en su pas de origen, por razn

    de proteccin de la salud y seguridad. Esta prohibicin podr extenderse a productos cuya co-

    mercializacin, prestacin, uso o consumo estn suspendidos o prohibidos en terceros pasessiempre y cuando dichas suspensiones o prohibiciones hayan sido debidamente justificadas

    mediante procedimientos cientficos y de anlisis de riesgo de conformidad a los acuerdos

    internacionales relevantes vigentes en la materia.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    58/156

    60 Educacin para la promocin de derechos

    Usted cree que estmanejando el agua comose debe, si es como dicenpara consumo humano...?

    S, por esopregunto.Usted no est

    viendo?

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    59/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 61

    Y tu mai?

    Ella est en la reunin,en el parque y me dej

    atendiendo la venta.

    Ahh! Ya se fue?Yo quera que ella hablara de losproductos podridos que vendenen el colmado, y de que el aguade esos tanques no garantiza unconsumo seguro. Tenemos quecuidarnos de enfermedades. Nopodemos seguir comprando esaagua a granel tan cara, como side verdad estuviera puricada.

    Ay s, vecina! Tenemos que ver qu hace-mos con eso de la escasez de agua y quienesnos la venden sin ningn control. Perdone

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    60/156

    62 Educacin para la promocin de derechos

    gque me meta, pero la escuch hablando

    con el muchacho. Si nos juntamos podemosreclamar con ms fuerza nuestros derechos.

    Y la mujer donde la vecina va a planchartambin se queja de la calidad del agua; de quelos envases de agua que le llevan del colmado

    estn expuestas al sol todo el da y ella escuchen un programa de la televisin que ese calor

    que recibe el plstico desprende elementosdainos a la salud, y de lo caro que le sale elagua que compra a los camiones que contrata

    para que le llenen la cisterna.

    Lo que establece la Ley nmero 358-05 con relacin a la prevencin ante riesgos previsibles:

    Art. 34.-Proteccin General. Los productos y servicios deben ser suministrados o prestados en forma talque, consumidos o utilizados en condiciones normales o previsibles, no presenten peligro o nocividad ni

    riesgos imprevistos para la salud y la seguridad del consumidor o usuario. Los riesgos previsibles, usuales

    o reglamentariamente admitidos, debern ser previamente puestos en conocimiento de los consumidoresy usuarios a travs de instructivos o seales de advertencias fcilmente perceptibles o por cualquier otro

    medio apropiado para garantizar la seguridad del consumo del producto o uso del servicio.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    61/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 63

    Oye, muchacho, yoquiero llevarme una

    verdurita.

    Ay, vecina, mejor haga su huerto familiar.El programa Progresando con Solidaridad la

    orienta, le traen la semilla y a travs de lacooperativa vende la verdura y los vegetales queno alcance a consumir. Yo asisto a la Escuela deFamilia ah me entero de todo lo que podemos

    hacer para asegurar un consumo saludablee inteligente.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    62/156

    64 Educacin para la promocin de derechos

    As es... Mi hijo, ya sque a tu abuelo y a tu

    mam s les gusta eso dela agricultura. Yo preeroseguir haciendo mis dulces.

    Ay no, a m eso de loscultivos no me gusta.

    Yo estoy haciendo otroscursos en el CCPP.

    Hoy quera hacer un locrito de

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    63/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 65

    Bueno! Al menos ya s queno tienen de esa sustancia

    que se acumula en el cuerpo yda cncer. Para algo sirvi laalerta, por el estudio que hizo

    Pro Consumidor.

    Por qu?

    y qpollo, pero prefer no comprarlo

    en el colmado, porque tena unolor muy desagradable.Har arroz con vegetales.

    Aunque los muchachos preferiranun locrio de salami. Esto no tienenada de carne de puerco comodicen y quieren que una le crea.

    Espero que con las denunciashaya mejorado la calidad, porque

    el salami no puede faltar

    en la mesa del pobre.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    64/156

    66 Educacin para la promocin de derechos

    Y t crees queya est limpio?

    S, revisaron todo eso.En ese anuncio estaban representantesde Salud Pblica. Y para que la mismagente que mand a hacer los estudios

    al laboratorio apareciera luego depasar unos meses diciendo que lo que

    representaba ms peligro del productopara la salud se haba resuelto

    tiene que ser verdad!

    En ese anuncio estabanrepresentantes de Salud

    Pblica y de Pro Consumidory desde la misma Presidenciade la Repblica informaron de

    la mejora del producto.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    65/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 67

    Aunque Pro Consumidor espera lainstalacin de su laboratorio, tal y comolo ordena la nueva ley de Sistema Do-minicano de la Calidad, 166-12, la quesustituye la de Digenor, y que tambin le

    prometi el Gobierno a Pro Consumidorpara que pueda seguir vigilando la calidadde los productos que comemos.

    T crees que le handado seguimiento alcaso de la calidad deese producto. Bueno...,Pro Consumidor est

    por eso.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    66/156

    68 Educacin para la promocin de derechos

    S, pero yo quera hacer mi locrio depollo, aunque sea hoy que tengo estedinerito en la tarjeta y con ella solopoda comprarlo en el colmado. Nopuedo ir a la pollera con la tarjeta

    Progresando con Solidaridad.

    Ah, pero si ese colmado no cumple con lalimpieza hay que informarlo a quien tiene quever con el uso de las tarjetas Progresando conSolidaridad en los colmados: en el Gabinete de

    Coordinacin de Polticas Sociales. Ah llevan elcontrol, porque esos recursos son para suplirlas necesidades de las familias que necesitan lasolidaridad. Los dueos de colmados no puedenaprovecharse y abusar de las instituciones de

    solidaridad del Estado.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    67/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 69

    Entre tanto, las dicultades cotidianas continan

    en la comunidad y la abuela de Elena, jefa defamilia y activista comunitaria muy respetada en

    su vecindario, con relacin al gas y el transportepblico, preere que otras personas del barrio

    manejen esos temas que son de inters para todoslos hogares.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    68/156

    70 Educacin para la promocin de derechos

    Vecina, A qu hora llegaJuan? Necesito ir a buscarel gas, que no pude terminarde cocinar y ya me lleg mi

    Bonogs.

    No se a qu hora llegue. l vaa recoger a Elenita, que en

    la casa donde trabaja tenanesta y no pudo salir ayer.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    69/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 71

    S, Juan, me pagan bien esashoras extras. Y fjese, yo no

    llegu ah por una agencia, comootras. Es una familia consciente,solidaria y con preocupacionessociales. Por eso yo ah trabajo

    y puedo estudiar porque me danla facilidad. De lo contrario noestuviera ah.

    Usted siempretrabaja das de

    estas como este...?

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    70/156

    72 Educacin para la promocin de derechos

    Yo quiero ir con l, porque aspuede ayudarme a ver lo delpeso, las libras que me vana echar. Yo no entiendo esabalanza y no quiero que me

    engaen.

    Asimismo, el gas tienenque venderlo pesado, no

    por volumen.Deenda su dinerito!

    Ay s, una vecina me dijoque un grupo que tiene

    la tarjeta Bonogs se quejen Pro Consumidor porquele echaban muy poquito

    gas por el bono...

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    71/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 73

    Uff..! As s es bueno, que tesorprendan robando y queluego no quieran que a ti

    te impongan algn castigo.Hasta los tribunales tuvo que

    llegar Pro Consumidor.

    Pero la justicia se impuso yfall a favor de la sancin que

    solicit Pro Consumidor.Y siguen peleando, porquecomo tienen mucho dinero,

    creen que nadie puede tocarlos.

    Sancionaron a la gasera,porque parece que habamuchas denuncias en su

    contra y despus no querapagar la multa que le

    impusieron.

    No importa si el gas secompra con dinero en efectivo

    o a travs de Bonogs.Es un combustible que le

    corresponde y esas facilidadesestn contempladas en la ley.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    72/156

    74 Educacin para la promocin de derechos

    El artculo 52de la Ley nmero 358-05 establece que la Direccin Ejecutiva promover adems laadopcin generalizada del sistema mtrico decimal MKS, conforme a los compromisos internacio-

    nales asumidos en la materia, a los fines de sustituir cualquier otro sistema de pesos y medidas que

    todava continue aplicndose en el pas. Y la Ley nmero 166-12 del Sistema Dominicano de la Calidad,

    que sustituye a la Digenor le da potestades ms especficas a Pro Consumidor en relacin a pesos y

    medidas y control de calidad. Incluso, demanda la instalacin de un buen laboratorio en el instituto dedefensa de la poblacin consumidora.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    73/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 75

    Mientras... la comunidad continareunida conversando acerca de

    las acciones que tomarn para buscarsoluciones y reclamar unida sus derechos.

    Quines estn aqu de la caada arriba?Recuerden que la limpieza, el cuidado delambiente y de la salud nos corresponde atodos y a todas. Por eso invitamos a las

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    74/156

    76 Educacin para la promocin de derechos

    ... y a todas las familias organi-zaciones comunitarias... y hasta

    hablamos con pacientes en elhospital. Ya ven cunto proble-mas se presentan con la salud y

    nos tratan como clientes.

    autoridades que representan las diferentesinstancias del Estado.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    75/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 77

    Sin un lugar donde cuiden denuestras criaturas no podemos

    dedicarnos a trabajar y progresarjunto a nuestra familia.

    Debemos seguir promoviendo lacreacin de estancias infantiles,

    ya ven que este es un ao

    dedicado a la proteccin dela infancia y el Estado debeproporcionar esos espacios.

    Eque mi vecina tiene asu nia enferma y con

    discapacidad

    Ella no tiene conquin dejarla...

    En los Espacios de Esperanza reciben a losnios y las nias aunque presenten alguna

    Mi hijo, aqu te cuidany te orientan bien.As me puedo ir atrabajar tranquila.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    76/156

    78 Educacin para la promocin de derechos

    discapacidad. Son criaturas especiales quetienen derecho a no ser discriminadas.Son salas inclusivas que hace aos

    trabajan en los Centros TecnolgicosComunitarios (CTC), en coordinacin

    con el Ministerio de Educacin.

    La municipalidad tambin podra colabo-rar. La atencin a la niez los 5 primeros

    d d d bli t i E i t l

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    77/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 79

    Estn construyendoestancias infantiles en

    diferentes lugares.

    aos de edad es obligatoria. Existen losEspacios de Esperanza, pero noson sucientes para suplir esa necesidad

    que es fundamental.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    78/156

    80 Educacin para la promocin de derechos

    S, pero en los barrios deben existir lugaresms cercanos de cuidado infantil, y tambinpor los alrededores de los centros de traba-jo, como en otros pases donde funciona el

    Sistema de Seguridad Social.

    Claro que s! Desde Salud Pblica,la Seguridad Social y el Ministeriode Educacin se puede coordinarun espacio por estos alrededorespara el cuidado y la atencin a lapoblacin en edad preescolar. Y

    tambin cuidar y estimular a bebs

    Ay s! Ah puedo dejar a mis nios y ami chiquita mientras hago mis dulces

    y los co co etes que llevo al colmado ya la cafete a de la esc ela el Estad

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    79/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 81

    En la escuela van a educar sobre consumosaludable e inteligente y tenemos que llevarnuestras mercancas muy bien presentadas.Mi comadre y yo sabemos cmo hacerlo.

    En el Centro de Capacitacin y ProduccinProgresando nos ensearon muy bien.

    y los conconetes que llevo al colmado ya la cafetera de la escuela y el Estadoa travs de la Ley de Seguridad Social

    debe proporcionar esos espacios

    Y lo que nos dijo la maestra en la charlasobre alimentacin sana. Ah est el trucopara que acepten bien nuestros productos.Y si pasamos la prueba podemos venderlos

    hasta para la merienda escolar.

    Una vecina ma aprendi ah a

    preparar bocadillos y con eso sel id l d s f ili

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    80/156

    82 Educacin para la promocin de derechos

    preparar bocadillos, y con eso segana la vida y la de su familia,que ahora con poco dinero puede

    cocinar sabroso y saludable.

    Los alimentos saludables yla seguridad alimentaria

    son partes importantes delderecho a una adecuada

    alimentacin.

    Ah aprendemos sobre ino-cuidad e higiene alimentaria.

    Una aprende hasta cmoguardar las cosas en la

    nevera. Y lo ensea palante.

    Mi muchacho me dijo queen la escuela dizque van a

    llevar personajes que sonlos que van a educar

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    81/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 83

    S, ya ves, en la tanda extendidale van a ensear sobre derechos,

    cmo reclamar y saber quconsumir, cmo cuidar el agua,

    y la electricidad, para no gastarmucha energa

    llevar personajes, que sonlos que van a educar...

    Ah s, el personaje de Pro Consumidor sellama Proky... Mi hija lo vio en la Feria delLibro, pero lo llevan a las escuelas tambin.Y llevan a otros personajes para educar yentretener... para que pongan ms atencin

    y aprendan con mayor facilidad.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    82/156

    84 Educacin para la promocin de derechos

    Pero hablando de losdulces, yo puedo ayudartey aprender para trabajar

    en casa tambin.

    Mejor ve al CCPP yaprende. Siempre

    hacen cursos y no solode cocina, tambin te

    ensean artesanas ycmo arreglar aparatosy a escribir y manejar

    la computadora.

    E que yono tengopapeles.

    Pues ve al CCPP de allde La Cuya y cualquier

    Enlace de la zona teacompaar para que

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    83/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 85

    acompaar para quepuedas obtener tuspapeles siempre ycuando t ests dis-

    puesta a colaborar y tepropongas progresar.

    Y sin papelesme van a dar

    una tarjeta y elSenasa?

    Claro que no! Antes te

    acompaan hasta queconsigas tu cdula y as

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    84/156

    86 Educacin para la promocin de derechos

    Dizque cobranmucho ahora...

    consigas tu cdula y aspuedas registrar y obtener elacta de nacimiento para tusnios... y para esa nia queya casi es una adolescente.

    No creo que tengas que pagarpor la cdula y el acta...

    Aunque siempre se gastaalguito en pasaje, copias...

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    85/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 87

    Ley nmero

    358-05

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    86/156

    88 Educacin para la promocin de derechos

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    87/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 89

    Ley General de

    Proteccin de los Derechos

    del Consumidor o Usuario,nmero 358-05

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    88/156

    90 Educacin para la promocin de derechos

    EL CONGRESO NACIONAL

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    89/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 91

    EL CONGRESO NACIONAL

    En nombre de la Repblica

    Ley No. 358-05

    CONSIDERANDO: Que es funcin del Estado proteger y garantizar efectiva yeficientemente el goce de las prerrogativas constitucionales, con el auxilio de medidas

    administrativas y disposiciones legales adecuadas;

    CONSIDERANDO: Que dentro de la poltica econmica gubernamental se debepromover el crecimiento y desarrollo econmico en un ambiente de libre competen-

    cia que facilite las condiciones para la formacin de precios justos y estables que for-talezcan el poder adquisitivo de la poblacin, especialmente, el de los sectores ms

    pobres y desprotegidos de la sociedad;

    CONSIDERANDO: Que la preparacin del pas para los desafos de la globalizacinrequiere de la actualizacin urgente de los instrumentos legales e institucionales para

    la defensa de los derechos de la poblacin consumidora;

    CONSIDERANDO: Que es necesario la creacin de un marco legal en el que losderechos de los consumidores o usuarios de bienes y servicios se encuentren real y

    efectivamente consagrados y contemplando, especialmente, el derecho a informacin,

    orientacin, educacin y transparencia en los mercados de bienes y servicios;

    CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucin No. 2-95, del Congreso Nacio-nal, promulgada por el Poder Ejecutivo en fecha 20 de enero de 1995, la Repblica

    Dominicana ratific el Acuerdo de Marrakech por el cual se establece la Organiza-cin Mundial del Comercio, acuerdo que persigue, entre otros objetivos, que las

    Sabas que...?Como entes

    sociales y personas

    consumidoras

    tenemos derechos

    que debemosconocer y asumir,

    los cuales estn

    consignados

    en el artculo

    53 de nuestra

    Constitucin y

    reflejados en las

    disposiciones de

    la Ley Generalde Proteccin

    de los Derechos

    del Consumidor

    o Usuario,

    nmero 358-05.

    Nos proveen de

    garantas y poder a

    la hora de adquirir

    un bien o contratarun servicio.

    relaciones entre pases en la esfera de la actividad comercial y econmica tiendan

    a elevar los niveles de vida, a lograr el pleno empleo y un volumen considerable y en

    constante aumento de ingresos reales y demanda efectiva y a acrecentar la produccin

    y el comercio de bienes y servicios, para lo cual es preciso que estas relaciones se

    realicen en un marco de justicia y respeto de los derechos de los consumidores;

    Sabas que...?Las disposiciones

    contenidas en la ley deproteccin y defensa

    d l bl i

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    90/156

    92 Educacin para la promocin de derechos

    realicen en un marco de justicia y respeto de los derechos de los consumidores;

    CONSIDERANDO: Que la Repblica Dominicana se comprometi con la aplicacinde las directrices para la proteccin del consumidor aprobadas por aclamacin en la

    Asamblea General de la Organizacin de las Naciones Unidas, mediante Resolucin

    Nmero 39/248, del 9 de abril de 1985, en las que se especifica el rol que deben jugar los

    gobiernos para proteger y salvaguardar los derechos e intereses de los consumidores.

    HA DADO LA SIGUIENTE:

    LEY GENERAL DE PROTECCINDE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR O USUARIO

    CAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Art. 1.- Naturaleza, objeto, mbito y definiciones.

    Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un rgimen de defensa

    de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad

    jurdica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios deservicios, sean de derecho pblico o privado, nacionales o extranjeros, en armona

    con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales. En caso de duda, las

    disposiciones de la presente ley sern siempre interpretadas de la forma ms favorable

    para el consumidor.

    Art. 2.- Las disposiciones referentes al derecho del consumidor y usuario son deorden pblico, imperativas y de inters social, y tendrn un carcter supletorio frente a

    las disposiciones contempladas en las leyes sectoriales.

    de la poblacin

    consumidora en

    las relaciones de

    consumo con el

    mercado son de orden

    pblico, imperativas

    y de inters social,

    por lo que en nuestrarelacin de consumo

    pueden protegernos

    frente a mandatos

    contemplados en

    otras leyes sectoriales,

    como son las de

    telecomunicaciones,

    electricidad, bancos y

    seguridad social.

    Art. 3.- A efectos de la aplicacin de la presente ley, se entender por:

    a. Aceptacin: Es el consentimiento manifestado de la voluntad de contratarpor parte del consumidor o usuario, de formaverbal o escrita o mediante el

    pago del bien o servicio;

    Sabas que...?En el rgimen

    de defensa delos derechos al

    adquirir o contratar

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    91/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 93

    pago del bien o servicio;

    b. Bienes duraderos: Son aquellos cuyas caractersticas les permiten serutilizados sucesivamente hasta agotar sus propiedades durante su vida til;

    c. Bienes perecederos: Aquellos cuyo consumo en condiciones ptimasslo puede tener lugar durante un perodo limitado de tiempo;

    d. Consumidor o usuario: Persona natural o jurdica, pblica o privada queadquiera, consuma, utilice o disfrute productos y servicios, a ttulo oneroso,

    como destinatario final de los mismos para fines personales, familiares o de

    su grupo social. En consecuencia, no se considerarn consumidores o usua-

    rios finales quienes adquieran, almacenen, consuman o utilicen productos

    o servicios con el fin de integrarlos a un proceso de produccin, transforma-

    cin, comercializacin o servicios a terceros;

    e. Consumo sostenible: Es la satisfaccin de las necesidades del consumidoro usuario sin deteriorar su calidad de vida ni afectar negativamente o agotar

    el medio ambiente;

    f. Demanda temeraria: Aquella que, sin existir violacin de las disposicionesde la presente ley, pudiera ser interpuesta con el propsito de perjudicar una

    empresa o sector determinado;

    g. Empresa: Toda persona natural o jurdica, pblica o privada que realizaactividades econmicas con o sin fines de lucro;

    h. Producto: Cualquier bien mueble o inmueble, material o inmaterial, pro-ducido o no en el pas, objeto de una transaccin comercial entre provee-

    dores y consumidores;

    i. Oferta: Es la declaracin o manifestacin unilateral de la voluntad hechapblica a personas determinadas o indeterminadas, por parte del fabri-

    cante industrial, distribuidor, proveedor y comerciante de ventas, de ceder,

    vender, alquilar o prestar un determinado bien o servicio;

    adquirir o contratar

    bienes y servicios,

    para garantizar

    la equidad y la

    seguridad jurdica

    en la relacin

    entre proveedor

    y consumidor, encasos de duda,

    las disposiciones

    de esta ley

    sern siempre

    interpretadas

    de la forma

    ms favorable

    para la persona

    consumidora, quees la parte ms

    vulnerable en la

    relacin con el

    mercado y, por

    tanto, la que debe

    recibir mayor

    proteccin.

    j. rganos reguladores sectoriales: Todas aquellas entidades pblicascreadas por leyes especiales responsables de organizar y asegurar la

    prestacin de bienes y servicios, que deben tener polticas y programas

    especficos de proteccin a los derechos de los consumidores y usuarios de

    dichos servicios;

    Sabas que...?Publicidad es toda

    forma o medio decomunicacin,

    directo o indirecto

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    92/156

    94 Educacin para la promocin de derechos

    ;

    k. Promocin de ventas: Son actividades o acciones, complementarias ala publicidad, dirigidas a incrementar las ventas, ya sea en puntos de ventas

    directamente al consumidor, o bien al intermediario y/o al mayorista y que

    generalmente conllevan ofertas de algn beneficio extra o valor agregado

    para el sector del pblico al que van dirigidas;

    l. Proveedor: Persona fsica o jurdica, pblica o privada, que habitual u oca-sionalmente, produce, importa, manipula, acondiciona, envasa, almacena, dis-

    tribuye, comercializa o vende productos o presta servicios en el mercado a

    consumidores o usuarios, incluyendo los servicios profesionales liberales que

    requieran para su ejercicio un ttulo universitario, en lo que concierne a la re-

    lacin comercial que conlleve su ejercicio y la publicidad que se haga de su

    ofrecimiento o cualquier acto equivalente;

    m. Publicidad: Es toda forma o medio de comunicacin que directa oindirectamente es realizada por una persona fsica o moral, pblica o privada,

    en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional,

    con el fin de informar, motivar o inducir a la aceptacin y/o adquisicin de la

    oferta de bienes y servicios;

    n. Servicio:Cualquier actividad o prestacin que sea objeto de una transaccincomercial entre proveedor y usuario, incluyendo las suministradas por

    profesionales liberales, conforme los trminos de la definicin de proveedor;

    o. Organizaciones de defensa de los derechos de los consumidoresy afines:Todas aquellas asociaciones constituidas conforme a las leyes dela Repblica que tengan como actividad exclusiva o principal la difusin,

    promocin, gestin y defensa de los derechos de los consumidores y

    usuarios. Se considerarnafines a las asociaciones de los consumidores, las

    asociaciones de amas de casa, juntas de vecinos, entidades profesionales,

    sindicales o medioambientales caracterizadas por asumir en forma destacaday continua la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios;

    directo o indirecto,

    con el fin de inducir

    a la aceptacin o

    adquisicin de un

    bien (producto,

    mercanca). Es

    un mensaje, una

    comunicacincomercial, pagada,

    impersonal, que con

    su presentacin busca

    persuadir, convencer

    a un segmento

    de la poblacin.

    Por ello, debemos

    conservar cualquier

    promocin escrita coninformaciones que nos

    ofrecen facilidades,

    precios o garantas a

    la hora de tomar la

    decisin de compra.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    93/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 95

    p. Secretos comerciales o industriales sometidos a reglas de confi-dencialidad: Cualquier informacin comercial no divulgada que una per-sona natural o jurdica posea, que pueda usarse en alguna actividad produc-

    tiva, industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero.

    Se reconocer como tal para los efectos de su proteccin cuando la infor-

    Sabas que...?El Instituto Nacional

    de Proteccin delos Derechos del

    Consumidor

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    94/156

    96 Educacin para la promocin de derechos

    macin que la constituye no fuese, como conjunto o en la configuracin y

    reunin precisa de sus componentes, generalmente conocida, ni fcilmente

    accesible por quienes se encuentran en los crculos que normalmente ma-

    nejan la informacin respectiva, y cuando haya sido objeto de medidas razo-

    nables tomadas por su legtimo poseedor para mantenerla secreta.

    CAPTULO II

    DEL INSTITUTO NACIONAL DE PROTECCINDE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR,

    (PRO CONSUMIDOR)

    Art. 4.- A partir de la promulgacin de esta ley queda suprimida la Direccin Gene-ral de Control de Precios, creada mediante la Ley No. 13, del 27 de abril de 1963, que

    crea la Direccin General de Control de Precios.

    Art. 5.- Creacin de Pro Consumidor.

    Se crea el Instituto Nacional de Proteccin de los Derechos del Consumidor, Pro Consu-

    midor, como entidad estatal descentralizada, con autonoma funcional, jurisdiccional y

    financiera, patrimonio propio y personalidad jurdica con la responsabilidad de definir,

    establecer y reglamentar las polticas, normas y procedimientos necesarios para la apli-

    cacin adecuada de esta ley, su reglamento y las normas que se dicten para la obtencin

    de los objetivos y metas perseguidos a favor de consumidores y usuarios de bienes y

    servicios en la Repblica Dominicana.

    Art. 6.- Pro Consumidor estar integrado por un Consejo Directivo y una Direc-cin Ejecutiva.

    Art. 7.- El Consejo Directivo de Pro Consumidor ser jerrquicamente superior ala Direccin Ejecutiva, en el sentido de las disposiciones contenidas en el Artculo 1,

    (Pro Consumidor) es

    la institucin creada

    por mandato de la

    Ley General nmero

    358-05 de Proteccin

    de los Derechos del

    Consumidor o Usuariodel 9 de septiembre de

    2005, para establecer y

    reglamentar las polticas

    y normas que protegen

    a a la poblacin

    consumidora.

    numeral 3ro., de la Ley 1494, del 2 de agosto de 1947, que instituye la Jurisdiccin

    Contencioso-Administrativa.

    Art. 8.- Sede.

    La sede de Pro Consumidor estar en la ciudad de Santo Domingo y establecer

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    95/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 97

    g y

    oficinas en todo el territorio de la Repblica de acuerdo a las necesidades de la

    poblacin y a sus disponibilidades presupuestarias. Para realizar sus labores de

    orientacin, educacin y tramitacin de denuncias, Pro Consumidor recibir el

    apoyo de un funcionario de enlace en los ayuntamientos.

    Art. 9.- Del Consejo Directivo de Pro Consumidor.El Consejo Directivo de Pro Consumidor y afines estar integrado por los siguientes

    miembros:

    a. El Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien lo presidir;

    b. Un representante de la Secretara de Estado de Medio Ambiente y Recur-sos Naturales;

    c. Un representante del sector salud, seleccionado por el Poder Ejecutivo apartir de una terna que presenten de consenso los organismos del Gobier-

    no y las asociaciones privadas del sector;

    d. Un representante de empresas productoras de mercancas seleccionadopor el Poder Ejecutivo a partir de una terna de candidatos presentada por

    el consenso de las asociaciones empresariales;

    e. Un representante de empresas suplidoras de servicios seleccionado porel Poder Ejecutivo a partir de una terna de candidatos presentada por el

    consenso de las asociaciones empresariales; y

    f. Dos representantes de las organizaciones de defensa de los derechos de losconsumidores, seleccionados por el Poder Ejecutivo a partir de una terna

    que presenten de consenso las agrupaciones defensoras de los derechos del

    consumidor y afines legalmente constituidas, registradas y representativas.

    Art. 10.- La membresa en el Consejo Directivo de Pro Consumidor de los represen-tantes del sector privado y de las organizaciones de defensa de los derechos del consu-

    midor tendr una duracin de dos (2) aos, pudiendo ser extendida solamente por un

    perodo adicional de dos (2) aos siguiendo el mismo procedimiento de designacin.

    Art. 11.- El Director Ejecutivo de Pro Consumidor, ser el Secretario del ConsejoDirectivo de Pro Consumidor, quien participar en el mismo con voz, pero sin voto.

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    96/156

    98 Educacin para la promocin de derechos

    Art. 12.- En ausencia del Secretario de Estado de Industria y Comercio, asumir laPresidencia del Consejo Directivo el Sub-secretario de la misma cartera en quien el

    titular haya delegado su participacin por causa justificada.

    Art. 13.- El Consejo Directivo de Pro Consumidor sesionar ordinariamente por lo

    menos una (1) vez por mes, para conocer de los asuntos que le han dado origen y delos que le fuesen sometidos por la va correspondiente; y de manera extraordinaria,

    siempre que lo estime necesario el Presidente, el Director Ejecutivo, o lo soliciten por

    lo menos dos (2) de sus miembros, expresando en cada caso el motivo y objeto de

    la convocatoria. Las decisiones se tomarn vlidamente con la aprobacin de por lo

    menos cuatro (4) de sus miembros.

    Art. 14.- El Consejo Directivo de Pro Consumidor podr sesionar y tomar decisiones

    vlidas con la asistencia mnima de cinco (5) de sus miembros, entre los cualesdeber estar el Presidente o su sustituto, as como los productores o suplidores y los

    consumidores o usuarios, segn se corresponda con el tema de agenda en discusin.

    En este caso la decisin se deber tomar a unanimidad.

    Art. 15.- Las resoluciones que dicte el Consejo Directivo de Pro Consumidor sernde aplicacin obligatoria en todo el territorio nacional, excepto que las mismas

    sealen lo contrario.

    Art. 16.- Incompatibilidades y causas de inhibicin y recusacin. No podrn sermiembros del Consejo Directivo ni Director Ejecutivo de Pro Consumidor:

    a. Los que desempearen cargos o empleos remunerados en cualquiera de losorganismos del Estado o de las municipalidades, ya sea por eleccin popular

    o mediante nombramiento, salvo los cargos de carcter docente;

    b. Dos (2) o ms personas que sean parientes dentro del cuarto grado de con-sanguinidad o segundo de afinidad; o que pertenezcan a la misma sociedad

    en nombre colectivo, o que formen parte de un mismo directorio de una

    sociedad por acciones;

    c. Las personas que hayan sido declaradas en estado de quiebra, as comoaquellas contra las cuales estuvieren pendientes procedimientos de quiebra;

    d L tit l i l d t i t

    Sabas que...?El Consejo

    Directivo dePro Consumidor

    es su mximo

    i

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    97/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 99

    d. Los titulares, socios, empleados o personas que tengan intereses en empresassujetas a la facultad reglamentaria de Pro Consumidor en un porcentaje que

    fije la reglamentacin, o haberlo sido o haberlos tenido en los dos (2) aos

    previos a la designacin;

    e. Las que presentaren las mismas causas de inhibicin y recusacin que las

    correspondientes a los miembros del Poder Judicial; o

    f. Aquellas que por cualquier razn sean legalmente incapaces.

    Art. 17.-Funciones Generales del Consejo Directivo de Pro Consumidor:

    a. Establecer polticas generales para la proteccin de los derechos delconsumidor;

    b. Dictar las resoluciones pertinentes a las funciones y responsabilidades quele acredita esta ley;

    c. Conocer y aprobar los reglamentos de Pro Consumidor;

    d. Conocer y aprobar las solicitudes de asistencia tcnica y financiera negocia-das por la Direccin Ejecutiva de Pro Consumidor;

    e. Desarrollar comunicacin y coordinacin adecuadas con las dems organi-

    zaciones y entidades pblicas y privadas que tienen incidencia o relacin,por su operatividad y por disposiciones legales, con la proteccin de los de-

    rechos del consumidor, en cuanto a salud, seguridad social, medio ambien-

    te, educacin, seguridad jurdica, alimentacin, telecomunicaciones, ener-

    ga, servicios financieros, entre otros, remitiendo a las mismas los asuntos

    que fueren de su competencia;

    f. Conocer y aprobar los informes que les son presentados por el Director

    Ejecutivo, sobre el funcionamiento de Pro Consumidor, incluyendo memoriaanual y presupuesto de gastos e ingresos anuales;

    organismo,

    presidido por la

    persona titular

    del Ministerio

    de Industria

    y Comercio e

    integrado por dosrepresentantes

    de organizaciones

    de consumidores,

    dos del sector

    empresarial

    (proveedor), una

    representacin

    de cada uno de

    los ministeriosde Salud Pblica,

    Medio Ambiente y

    Recursos Naturales

    y la persona que

    ocupa la Direccin

    Ejecutiva de

    la institucin,

    todos y todas por

    designacin delPoder Ejecutivo,

    mediante

    escogencia de

    las respectivas

    ternas elegidas por

    consenso y enviadas

    por cada sector.

    g. Aprobar o rechazar los contratos que de acuerdo a resolucin emitida por elConsejo Directivo necesiten de su aprobacin;

    h. Conocer y decidir sobre la estructura de organizacin interna de la DireccinEjecutiva, incluyendo los movimientos de los recursos humanos y asignacin

    de sueldos y otras compensaciones;

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    98/156

    100 Educacin para la promocin de derechos

    i. Nombrar el personal para el cumplimiento de las funciones estipuladas enla presente ley. Dicho personal deber serle recomendado por la Direccin

    Ejecutiva en base a los concursos de seleccin celebrados al efecto. Una vez

    nombrado dicho personal, recibir una remuneracin competitiva con la

    prevaleciente en los mismos niveles gerenciales en los organismos reguladoressectoriales de los principales servicios pblicos y ser inamovible, con las

    excepciones contempladas en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa;

    j. Conocer los casos que les sean sometidos mediante recursos jerrquicos ydictar las resoluciones de lugar;

    k. Emitir consultas, dentro de los treinta (30) das de serle requeridas sobre to-das aquellas reglamentaciones o medidas adoptadas por rganos regula-

    dores sectoriales y susceptibles de afectar los derechos e intereses de losconsumidores y usuarios. El trmite de solicitar consulta previa ser nece-

    sario para la validez de dichas reglamentaciones o medidas. Transcurrido el

    plazo arriba indicado sin que se haya respondido a la solicitud de consulta,

    se interpretar el silencio como no objecin a la reglamentacin o medida

    adoptada. Las recomendaciones u objeciones formuladas por Pro Consumi-

    dor no obligan a los rganos reguladores sectoriales en sus decisiones, las

    cuales podrn ser impugnadas por Pro Consumidor mediante los recursos

    administrativos correspondientes;

    l. Reglamentar las operaciones, la financiacin y los requisitos de operacin delas asociaciones de consumidores;

    m. Conocer de cualquier otro asunto no contemplado y que no sea de laresponsabilidad especfica del Director Ejecutivo;

    n. Proponer a los rganos reguladores sectoriales de servicios regidos por leyes

    especiales, acciones, normativas o programas que favorezcan los derechos eintereses de sus consumidores y usuarios;

    o. Solicitar, previa realizacin de estudios e investigaciones de los rganosreguladores de servicios, la adopcin que mejoren las condiciones generales

    de su prestacin;

    p. Solicitar al Instituto de Estabilizacin de Precios (INESPRE), al Programa deMedicamentos Esenciales (PROMESE) y a otras instituciones pblicas afines,

    Sabas que...?La Direccin

    Ejecutiva de ProConsumidor tiene

    la responsabilidad,

    entre muchas

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    99/156

    Ley General de Proteccin de los Derechos del Consumidor o Usuario, nmero 358-05 101

    la ejecucin de acciones y programas dirigidos a garantizar, cuando sea ne-

    cesario el abastecimiento a precios accesibles de alimentos esenciales y me-

    dicamentos prioritarios;

    q. Proponer al Poder Ejecutivo, ante la ocurrencia de desastres naturales laadopcin de medidas provisionales de emergencia para la proteccin del

    consumidor o usuario, mientras dure la causa de la emergencia;

    r. Solicitar al rgano de promocin de competencia, cuando ste fuere crea-do, realizar estudios sobre el funcionamiento de los mercados, as como la

    adopcin de medidas que estimulen la competencia.

    CAPTULO III

    DE LA DIRECCIN EJECUTIVA DE PRO CONSUMIDOR

    Art. 18.- La Direccin Ejecutiva de Pro Consumidor estar a cargo de un funcionarioque se denominar Director Ejecutivo de Pro Consumidor, quien ser designado por

    decreto del Poder Ejecutivo, segn se establece en el Artculo 30 de esta ley.

    Art. 19.- La Direccin Ejecutiva tendr a su cargo:

    a. Organizar, dirigir, coordinar, vigilar y ejecutar las medidas, planes y programasque se adopten en la Repblica Dominicana, tendentes a la defensa de los

    derechos del consumidor y usuario de bienes y servicios;

    b. Realizar las investigaciones que sean requeridas sobre pesos, calidad y me-dida de los bienes y servicios, en coordinacin con la Direccin Ejecutiva de

    Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR);

    c. Educar, promover e informar sobre las necesidades, intereses y problemasde consumidores y usuarios;

    entre muchas

    otras, de atender

    y orientar a

    la poblacin

    consumidora

    en sus reclamos

    relacionados coninfracciones a la

    ley de proteccin

    de los derechos

    del consumidor,

    indicndoles

    procedimientos

    pertinentes para

    hacer valer sus

    derechos, promuevela conciliacin

    entre proveedor

    y consumidor,

    aplica sanciones y

    dicta resoluciones

    cuyo mandato

    es de aplicacin

    obligatoria en

    todo el territorio

    nacional.

    d. Promover la organizacin de la poblacin consumidora o usuaria de bienesy servicios, en grupos comunitarios para la defensa de sus intereses;

    e. Ejercer la representacin legal de Pro Consumidor;f. Ejercer la administracin interna del Instituto, en cumplimiento de los

    mandatos del Consejo Directivo;

  • 5/18/2018 Ley 138-05 de Proteccin de los derechos del consumidor o usuario

    100/156

    102 Educacin para la promocin de derechos

    mandatos del Consejo Directivo;

    g. Someter a los infractores ante las instancias judiciales competentes, as comoasistir y asesorar al ministerio pblico de las mismas cuando ste lo requiera;

    h. Negociar convenios de colaboracin con entidades homlogas de otros

    pases, mediante los cuales asegurar, entre otros objetivos posibles, ladefensa de los derechos del consumidor en sus respectivos territorios;

    i. Representar el pas en las reuniones y negociaciones internacionales sobreproteccin del consumidor;

    j. Organizar y dirigir el trmite de conciliacin previa por ante Pro Consumidor,entre proveedores y consumidores de bienes y servicios;

    k. Organizar y fiscalizar el adecuado funcionamiento de las instancias dearbitraje de consumo por ante Pro Consumidor;

    l. Procurar asistencia o representacin legal a aquellos consumidores yusuarios que la requieran en sus reclamaciones ante los rganos reguladores

    sectoriales;

    m. Elaborar el plan general de inspecciones;

    n. Organizar un sistema de informacin y orientacin de los consumidores

    y usuarios relativos al comportamiento de los precios de los productosprioritarios en los mercados, alternativas de consumo de bienes y servicios,

    responsabilidad en el consumo, as como sobre los beneficios o riesgos de

    los bienes y servici