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Las Sociedades Anónimas en el Mercado del fútbol chileno Antecedentes Ley N° 20.019 es el marco legal para la constitución y operación de sociedades anónimas deportivas profesionales (SADP). Estas tienen por objetivo exclusivo organizar, producir, comercializar y participar en actividades deportivas de carácter profesional. Poseen reglas especiales en su razón social (+ SADP), exclusividad de su giro social; directorio como mínimo de 5 miembros; disponer de un capital mínimo de 1.000 UF. A su vez, la ley establece reglas especiales de funcionamiento con el fin de evitar el conflicto de interés (límite del porcentaje accionario en más de una SADP, es decir, acciones con derecho a voto); afiliación a una liga o asociación con requisitos como presupuestos aprobados por la liga o asociación respectiva; presentar su balance (SVS) de años anteriores a la asociación; acreditar pago al día de obligaciones laborales y previsionales; además de condiciones de empleabilidad (sus jugadores están sujetos a contratos de trabajo de deportistas profesionales). Fiscalización: La competencia de la SVS abarca la fiscalización y supervigilancia de los presupuestos, estados financieros, balances y estados de cuentas de las organizaciones deportivas profesionales. En cuanto al IND, de acuerdo al artículo 38 de la Ley de SADP, la fiscalización y supervigilancia de estas sociedades por parte del Instituto Nacional de Deportes se restringe a lo referente a la incorporación, permanencia y eliminación de éstas del Registro de Organizaciones Deportivas Profesionales. Actualmente, 32 organizaciones integran Primera División y Primera B, de estas 4 están constituidas como Fondos de Deporte Profesional, 2 son Sociedades Anónimas Abiertas y 26 están constituidas como SADP. ANFP Los estatutos de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) condiciona el ingreso de sus socios a que éstos posean algunas de las siguientes categorías societarias: - Sociedad anónima cerrada1; - Sociedad anónima abierta2 o; 1 La sociedad anónima es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. La sociedad anónima es siempre mercantil, aun cuando se forme para la realización de negocios de carácter civil. Las sociedades anónimas pueden ser de tres clases: abiertas, especiales o cerradas. Son sociedades anónimas cerradas las que no califican como abiertas o especiales (Art, 1 y 2 de la ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas).

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Page 1: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

Las Sociedades Anónimas en el Mercado del fútbol chileno

Antecedentes

Ley N° 20.019 es el marco legal para la constitución y operación de sociedades anónimas

deportivas profesionales (SADP). Estas tienen por objetivo exclusivo organizar, producir,

comercializar y participar en actividades deportivas de carácter profesional.

Poseen reglas especiales en su razón social (+ SADP), exclusividad de su giro social; directorio

como mínimo de 5 miembros; disponer de un capital mínimo de 1.000 UF. A su vez, la ley

establece reglas especiales de funcionamiento con el fin de evitar el conflicto de interés (límite del

porcentaje accionario en más de una SADP, es decir, acciones con derecho a voto); afiliación a

una liga o asociación con requisitos como presupuestos aprobados por la liga o asociación

respectiva; presentar su balance (SVS) de años anteriores a la asociación; acreditar pago al día de

obligaciones laborales y previsionales; además de condiciones de empleabilidad (sus jugadores

están sujetos a contratos de trabajo de deportistas profesionales).

Fiscalización: La competencia de la SVS abarca la fiscalización y supervigilancia de los

presupuestos, estados financieros, balances y estados de cuentas de las organizaciones deportivas

profesionales. En cuanto al IND, de acuerdo al artículo 38 de la Ley de SADP, la fiscalización y

supervigilancia de estas sociedades por parte del Instituto Nacional de Deportes se restringe a lo

referente a la incorporación, permanencia y eliminación de éstas del Registro de Organizaciones

Deportivas Profesionales.

Actualmente, 32 organizaciones integran Primera División y Primera B, de estas 4 están

constituidas como Fondos de Deporte Profesional, 2 son Sociedades Anónimas Abiertas y 26

están constituidas como SADP.

ANFP

Los estatutos de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) condiciona el

ingreso de sus socios a que éstos posean algunas de las siguientes categorías societarias:

- Sociedad anónima cerrada1;

- Sociedad anónima abierta2 o;

1La sociedad anónima es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por

accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. La sociedad anónima es siempre mercantil, aun cuando se forme para la realización de negocios de carácter civil. Las sociedades anónimas pueden ser de tres clases: abiertas, especiales o cerradas. Son sociedades anónimas cerradas las que no califican como abiertas o especiales (Art, 1 y 2 de la ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas).

Page 2: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

- Sociedad anónima deportiva profesional.

Se excluye expresamente a otras personas jurídicas que no tengan fines de lucro, con

excepción de los clubes que a la fecha de entrada en vigencia del citado estatuto (2012) se

encontraren organizados como tales, pero siempre que entreguen sus bienes a un tercero

que sea sociedad anónima deportiva, o se constituyan mediante un Fondo de Deporte

Profesional. El Consejo de presidentes cuenta con una participación de los 32 clubes

profesionales.

Problemáticas:

1) Sobornos y Cohecho en la FIFA:

Los principales dirigentes de la CONMEBOL son acusados por la justicia de

Estados Unidos, de haber pactado el pago de unos US$100 millones en coimas a

cambio de los derechos de la Copa América hasta 2023.

2) Sergio Jadue: Llega a la ANFP el 2011 por una lista de consenso que levanta Jaime

Segovia (Presidente de Unión Española y Controlador del Grupo SEK y que se

encontraba en problemas con el MINEDUC) con el apoyo de los 3 clubes grandes.

Es acusado por ser el responsable de un déficit de la ANFP que supera los $ 9.000

millones, y que según consigna CIPER, en complicidad con el directorio, quienes se

restan de su participación en las decisiones del ex presidente de Calera. Según los

informes, se detalla:

- Seis aumentos de remuneraciones del cuerpo técnico de Jorge Sampaoli (2012-

2015).

- Los millonarios créditos a los clubes que sobrepasaban el máximo autorizado.

- Las abultadas cifras de las plantillas de los clubes (anexada en un cuadro al final).

- (2012) Había llegado a un acuerdo por los derechos televisivos y comerciales de la

selección chilena para las clasificatorias a Rusia 2018 por US$106 millones. El

oferente: MegaSports, perteneciente a Carlos Heller, entonces solo dirigente de

Azul Azul (sería presidente a partir de abril de 2014) y cabeza del Grupo Bethia.

- La creación de sociedades offshore en el paraíso fiscal de Islas Vírgenes, desde

donde manejaba hasta hace poco grandes sumas de dinero.

3) El Canal del Futbol (Monopólico) y Chile films (Cristian Varela quien era parte del

directorio de Colo-colo, ANFP, y miembro del COL para la Copa América y el

Mundial FIFA Sub. 17).

El 80% del CDF está en manos de la ANFP y las utilidades que rinde su

participación se dividen entre todos los clubes de Primera A y B, reservando un

porción mayor para los “tres grandes”: Colo-colo, la U. de Chile y Católica. El 20%

restante está en manos de Jorge Claro, creador y administrador del canal. Cada

2 Son sociedades anónimas abiertas aquéllas que inscriban voluntariamente o por obligación legal sus

acciones en el Registro de Valores (ídem).

Page 3: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

cinco años, la ANFP puede hacer uso de una opción de compra del porcentaje que

ostenta Claro. En 2010, Harold Mayne-Nicholls quiso adquirir esa porción, valorada

entonces en US$80 millones, y repartir de manera equitativa entre todos los clubes

las utilidades, lo que desató una guerra que terminó con su salida de la ANFP, el

arribo de Jadue impulsado por los “tres grandes” y la renuncia de Marcelo Bielsa a

la dirección técnica de la selección.

4) Informe sobre la realización de la Copa América 2015 (Ramiro Mendoza)

Extracto de Entrevista a Ramiro Mendoza sobre la auditoria a la ANFP (La Segunda3)

"La auditoría cierra la puerta de la intrascendencia, del no vamos a hacer nada. Impone

una actividad más proactiva, de tal modo que sería impensable que después de este

diagnóstico abierto, me diera vuelta y no hiciera nada", señaló T13 Radio.

Luego de los antecedentes revelados sobre la ANFP, el ex contralor expresó su

preocupación sobre la regulación a la que son sometidas las organizaciones no

gubernamentales.

"Me parece más preocupante que no puede ser solo un hallazgo en la ANFP, esto tiende

o puede reproducirse en cualquier ONG (...) El marco regulatorio de la ONG es

tremendamente débil. El ente fiscalizador es el Departamento de Persona Jurídica del

Ministerio de Justicia, el que debe tener 15 o 20 funcionarios para fiscalizar a 3.000 o

5.000", señaló

5) Sistema de Donaciones Deportivas:

Esta fórmula de financiamiento que otorga beneficios tributarios está reservada solo para

deportistas amateur. Creada el 30 de enero de 2001 y conocida como la “ley del deporte”

permite que los privados aporten dinero a organizaciones deportivas sin fines de lucro a

cambio de importantes rebajas tributarias. Al cabo de 13 años de vigencia, la ley ha

demostrado ser exitosa, pero solo en lo que se refiere al volumen de donaciones que se

hacen efectivas cada año: entre 2010 y 2013 los aportes sumaron un total que superó los

$58 mil millones4.

El grueso de esos recursos va a parar a “agencias” que se dedican a promocionar entre las

empresas esta fórmula para rebajar impuestos. Aunque se presentan como “clubes” o

“corporaciones” ante el Instituto Nacional del Deporte (IND), entidad que aprueba las

organizaciones autorizadas para recibir donaciones, en la práctica, esta “agencias” actúan

como meras productoras de eventos deportivos

3 Disponible en: http://www.lasegunda.com/Noticias/Deportes/2016/05/1040042/Ramiro-Mendoza-

comenta-auditoria-en-la-ANFP-y-cree-imposible-que-responsables-vayan-a-la-carcel 4 Disponible en: http://ciperchile.cl/2014/08/27/el-millonario-negocio-de-las-donaciones-deportivas/

Page 4: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

(El Mostrador5)El Instituto Nacional del Deporte (IND) bloqueó el acceso a las donaciones

deportivas a 17 clubes de fútbol profesional. De los 17 clubes profesionales fiscalizados,

cinco alcanzaron a recibir dinero por esta vía, sumando un total de $1.237 millones en

donaciones efectuadas por empresas privadas que descuentan de sus impuestos hasta un

60% del aporte. Entre los clubes afectados por la resolución se cuentan Wanderers, U.

Española, O´Higgins y Everton. Incluso, la ANFP se inscribió en el sistema y obtuvo $53

millones. Los 17 clubes se suman a otros tres que ya habían sido bloqueados en octubre de

2014: Colo Colo, Concepción y Cobreloa.

6) Desafiliación de Club Deportes Concepción

(Extracto comunicado ANFP): no tenía viabilidad financiera; deja de pertenecer al futbol

profesional; con su desafiliación se está resguardando el patrimonio de la ANFP y evitando

el riesgo sistémico que generaba su actual situación financiera; actualmente sus deudas

llegan a los $1.900 millones y sus costos mensuales están en $180 millones, lo que

contrasta con ingresos que cubren la mitad de sus gastos; sus actuales controladores no han

inyectado recursos al club y una actitud poco conciliadora; En los pre-informes de la

auditoría forense han aparecido antecedentes que revisten las características de delitos, que

explican la deuda que hoy tiene Deportes Concepción.

Experiencia Extranjera: El modelo alemán que era el referente para las SADP (BCN)

Según la DFB, en Alemania el deporte es organizado de manera autorregulada. A contrario

de Francia, por ejemplo, donde el Estado interviene en la constitución de los clubes

deportivos profesionales.

En lo que respecta al fútbol, la Deutscher Fussballbund, es la federación que regula

orgánicamente este deporte. La DFB es una asociación deportiva registrada y que la

componen federaciones estatales y regionales, así como la Asociación de Clubes de fútbol

(Ligaverband).

Esta última, a su vez, tiene como miembros a clubes de la liga federal y de la segunda liga

de fútbol, y a las sociedades de capital relacionados a éstos. Corresponde a la Asociación de

Clubes de fútbol otorgar las licencias (a las clubes, a sus sociedades de capital, así como a

los jugadores) para la participación en las competencias deportivas, según criterios

técnicos, organizativos y económicos.

La forma jurídica que adoptan los clubes de futbol profesionales alemanes es la asociación

registrada. Sin perjuicio de ello, en 1998, la DFB otorgó a los clubes la posibilidad de

externalizar en filiales el área comercial y la actividad económica de las asociaciones, en

5 Disponible en: http://ciperchile.cl/2015/05/27/ind-bloquea-acceso-de-17-clubes-de-futbol-profesional-al-

sistema-de-donaciones-deportivas/

Page 5: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

particular la división de los derechos de los jugadores. Tal facultad fue introducida,

principalmente, por tres razones:

· La asociación registrada tiene un impedimento legal para perseguir fines de lucro;

· La externalización permite aumentar disponibilidad de recursos, aumentando el capital;

· La externalización del área comercial de la asociación permite mantener la asociación.

(matriz) ajena a eventuales problemas financieros.

Para que una asociación pueda externalizar su área comercial requiere el voto favorable del

75% de los miembros de la asociación15. De ser aprobado, la filial comercial puede

constituirse bajo una o más formas societarias autorizadas para ello.

La posibilidad de externalizar el área comercial mediante sociedades anónimas, por

ejemplo, permite la cotización de sus acciones en la bolsa local. Ejemplo de ello es la

apertura en bolsa del club Borussia Dortmund el año 2000.

No obstante la posibilidad de la o las filiales comerciales de cotizar sus acciones en bolsa,

la

Federación Alemana del Futbol exige que, al menos, un 51% del capital dividido en

acciones de cada filial (50% más un 1%) se mantenga bajo propiedad de la asociación.

Regla esta última que desde el año 2011 ha sido parcialmente modificada, permitiendo que

accionistas, patrocinadores de las asociaciones o mecenas de éstas, puedan, después de 20

años de apoyo de la asociación, adquirir más del 50% de las acción.

Conforme tales reglas, un estudio de Ernst & Young de 2012, que analiza la forma jurídica

de las áreas comerciales de los clubes de futbol profesionales en Alemania, señala que la

propiedad de éstas es distribuida en un 52% en las asociaciones y, el resto, según las

siguientes participaciones:

- Sociedad anónima (SA): 2%;

- Sociedad de responsabilidad limitada (SRL): 24%;

- Sociedad en comandita por acciones (SCA): 6%; y

- Sociedad en comandita por acciones, en la que el socio colectivo (equivalente al

socio comanditario en la legislación chilena) es una Sociedad de Responsabilidad

Limitada (SCA c/SRL): 16%.

Cada una de las formas societarias descritas posee las siguientes características y atributos

principales:

Asociación Registrada (Eingetragener Verein)

La asociación registrada se encuentra regulada en la Ley de las asociaciones19. Se destaca

por que por el poder de decisión sobre sus actividades y la de sus filiales. La mayoría de las

asociaciones de futbol hoy funcionan como consejos de administración, que eligen y

controlan a la junta directiva. Actualmente solo siete clubes se estructuran únicamente bajo

Page 6: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

una asociación, esto es, sin constituir filiales para la externalización de sus áreas

comerciales.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL en adelante)

La SRL es regulada por la Ley de sociedades de responsabilidad limitada22. El órgano

soberano de la SRL es la junta de los socios, quienes ejercen su derecho a voto,

individualmente (un socio o un voto o en razón del porcentaje de las contribuciones

hechas), según ordenen sus estatutos.

En cuanto a su administración, ésta incumbe a tres órganos: la asamblea de los socios, los

directores y -en caso de tener más de 500 empleados- un consejo de supervisión.

En cuanto a su capital, el aporte inicial mínimo de la SRL en el derecho común alemán es

de

25.000 Euros. No obstante ello, la Asociación de las ligas de fútbol (Ligaverband) ha

determinado que el aporte mínimo inicial debe, necesariamente, ser de 2.500.000 Euros.

Sociedad en comandita por acciones (SCA)

Esta forma jurídica permite separar el capital de la administración y/o dirección. La

Sociedad en comandita por acciones es una forma de sociedad anónima que dispone de dos

clases de socios: los socios gestores, que responden ilimitadamente por las deudas de la

sociedad, y los socios comanditarios que contribuyen aportando al capital. Él, o los socios

gestores, actúa o actúan como junta directiva, administran y representan la sociedad.

Conforme con los estatutos de la DFB, es la asociación quien debe, obligatoriamente,

asumir el rol de socio gestor.

La sociedad en comandita por acciones debe tener al menos cinco miembros fundadores, y

su administración incumbe a tres órganos: la junta directiva, el consejo de administración y

la asamblea general.

Sociedad en comandita por acciones, donde el socio gestor es una Sociedad de

Responsabilidad Limitada (SCA & SRL)

Se trata de la misma forma jurídica que la anterior, con la diferencia que en éstas el socio

gestor es una SRL. La administración, a efectos de cumplir la exigencia de la DFB, la SRL

(socio gestor), debe pertenecer en un 100% a la asociación. Las acciones de la sociedad en

comandita pueden enajenarse libremente.

Sociedad Anónima (SA)

La Sociedad Anónima está regulada en la Ley de Sociedades Anónimas. Este tipo social

puede ser constituido por una sola persona, su administración incumbe a tres órganos:

asamblea general de accionistas, junta directiva y al consejo de administración.

En cuanto a su capital la SA emite acciones que deben tener un valor nominal de, al menos,

un euro. Y su capital inicial mínimo, necesariamente, ser de 2.500.000 euros.

Page 7: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

En el caso de las asociaciones de fútbol, la sociedad anónima es útil para optar a grandes

cantidades de capital, pues sus características permiten optar a un número importante de

inversionistas, con la salvedad de que la asociación debe, siempre, mantener un número de

acciones equivalentes al 51% del capital. Esto se puede lograr mediante la emisión de

acciones nominales y preferenciales.

Antecedentes Legislativos

1) Ley de Sociedades Anónimas

2) SADP

3) Iniciativa parlamentaria:

Existe una Moción presentada en Mayo del presente año (Browne, Chávez, Fuentes,

Gutiérrez, Jiménez, Melo, Pilowsky, Robles, Vallejo, y Walker) que busca aumentar la

fiscalización, evitar el conflicto de interés y reintegrar a los hinchas como agentes activos

de los clubes. Fue aprobada en la Comisión de Deportes y continúa su camino a la Sala de

la Cámara. En cuanto a sus objetivos, son los siguientes:

1.- Establecer en la normativa el que todas las sociedades anónimas sean fiscalizadas por la

Superintendencia de Valores y Seguros como si estuvieran constituidas como una S.A.

abierta, lo que aumenta las potestades del ente regulador frente a las sociedades cerradas

que administran un club de fútbol profesional.

2.- Permitir que los clubes de fútbol se puedan constituir como personas jurídicas sin fines

de lucro, con una debida fiscalización.

3.- Eliminar los conflictos de interés en la propiedad de las Sociedades Anónimas

Deportivas.

4.- Posibilitar, como una más de las alternativas, la participación real, decisiva y

económicamente responsable de los socios e hinchas de los clubes, esto por intermedio de

la capitalización de las sociedades anónimas a través de la emisión de nuevas acciones que

pueden ser suscritas por los hinchas que participen de las corporaciones o fundaciones

anteriores a la creación de las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales o por el

traspaso de las acciones ya existentes.

Se adjunta el detalle del proyecto al final del presente informe.

Ver detalle infraestructura

1° División (16 equipos)

Club

R.U.T Tipo Entidad Infraestructura / Propietario

Audax Italiano 79.670.340-2 SADP Audax Italiano La Bicentenario de la Florida: I.

Page 8: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

Florida SADP Municipalidad de La Florida.

Deportes

Antofagasta

76.680.340-7 SADP Club de deportes

Antofagasta SADP

Regional Calvo y Bascuñán: I.

Municipalidad de Antofagasta.

Santiago

Wanderers

76.008626-6 SADP Club de Deportes

Santiago

Wanderers SADP

Elías Figueroa Brander. IND

Palestino 99.569.020-9 SADP Club Deportivo

Palestino SADP

Municipal de la Cisterna. I.

Municipalidad de la Cisterna

Deportes Temuco 76.799.520-2 SADP Club Deportes

Temuco SADP

Germán Becker. I. Municipalidad de

Temuco.

Universidad

Católica

76.072.469-6 SADP Cruzados SADP San Carlos de Apoquindo. Club

Deportivo Universidad Católica

Everton 76.682.700-4 SADP Everton de Viña del

Mar SADP

Sausalito. I. Municipalidad de viña del

Mar.

O´Higgins 76.417.120-9 SADP O´Higgins SADP El teniente de Rancagua: División El

Teniente, CODELCO.

San Luis 76.680.460-8 SADP San Luis de

Quillota SADP

Municipal Lucio Fariña. I. Municipalidad

de Quillota.

Deportes Iquique 76.954.170-5 SADP Tierra de

Campeones SADP

Tierra de Campeones. I. Municipalidad

de Iquique.

Unión Española 76.363.680-1 SADP Unión española

SADP

Estudio Santa Laura. Inmobiliaria

Deportiva Unión Española.

Universidad de

Chile

SA

Abierta

Azul Azul S.A Estadio Nacional. IND

Universidad de

Concepción

FDP Club Deportivo U.

de Concepción.

Alcaldesa Ester Roa. I. Municipalidad de

Concepción.

Colo-colo SA

Abierta

Blanco y Negro

S.A

Monumental. Blanco y Negro S.A

Huachipato FDP Deportivo

Huachipato

CAP Talcahuano. Compañía Siderúrgica

Huachipato S.A

Cobresal FDP Club de Deportes

Cobresal

El Cobre. Club de Deportes Cobresal

Ingreso de Clubes por concepto de Contratos Selección Nacional (* Poner énfasis en Unión

La Calera) CIPER.

Page 9: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

Modifica la ley N° 20.019, que Regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales,

en materia de fiscalización, de conflictos de interés, y de fomento de la participación de los

hinchas en la propiedad de las mismas

Boletín N°10634-29

ANTEDECEDENTES DE HECHO

El año 2005 se promulgó la Ley N° 20.019 que regula las Sociedades Anónimas

Deportivas Profesionales. En dicho cuerpo legal, se establece que las SADP son aquellas

organizaciones que tienen por objeto organizar, producir, comercializar y participar en

espectáculos deportivos y que se encuentren incorporados en el Registro de Organizaciones

Deportivas Profesionales, administradas por el Instituto Nacional de Deportes de Chile.

Page 10: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

Las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales abiertas, son fiscalizadas por la

Superintendencia de Valores y Seguros, la cual inspecciona los presupuestos y estados

financieros, solicitando cada trimestre informes del capital de funcionamiento, certificados

de pago de obligaciones laborales y previsionales y declaración de responsabilidad.

La Ley N° 20.019 se forja en un contexto de decaimiento de los clubes, los cuales

eran víctimas de robos, desfalcos de dineros, quiebras y estafas que no tenían ningún tipo

de regulación. Dichos elementos hicieron necesaria la apertura de un nuevo paradigma,

permitiéndoles a los Clubes, ser una Sociedad Anónima ya sea abierta o cerrada.

Lamentablemente, al día de hoy, no todos los clubes son Sociedades Anónimas

Abiertas, siendo principalmente los tres clubes más grandes (Universidad de Chile,

Universidad Católica y Colo Colo) los que se acogieron a esta modalidad. El hecho de que

si un Club es o no es Sociedad Anónima abierta, significa que los hinchas de manera libre

podrán transar acciones en la bolsa, fortaleciendo las arcas del club con mayores

posibilidades de conseguir más capital y socios; además de ser fiscalizadas por la

Superintendencia de Valores y Seguros. En el caso de una Sociedad Anónima cerrada, sólo

serán unos pocos actores los capacitados para resolver en las decisiones de la institución y

sin mucha posibilidad de alimentar el aspecto financiero de la misma.

Hace once años, se esperaba que el modelo de Sociedades Anónimas Deportivas

Profesionales ordenara el estado en el que se encontraban los clubes, siendo organizaciones

más reguladas, exigentes y con una fiscalización más eficiente, pero lamentablemente, se

prestó para cerrar las instituciones, reduciendo la participación de los hinchas en las

decisiones importantes y privando de información a los mismos.

Actualmente se establece con fuerza que las Sociedades Anónimas Deportivas

Profesionales fracasaron, los "clubes grandes" adeudan el doble de lo que debían en 2008, y

el 85% del total están cerca de la quiebra, generando un perjuicio a los clubes locales; tal

como pasa hoy en día con Deportes Concepción, quien fue desafiliado de la Asociación

Nacional de Fútbol Profesional.

Además, se plantea que la sumisión de los Clubes a los flujos del dinero, colocó en

segundo plano la identidad de los hinchas con sus clubes e hizo primar al dinero por sobre

todas las cosas, estableciéndose una relación meramente formal entre la institución con sus

seguidores, sin una afinidad entre humanos y menos entre aficionados, posicionando el

pensamiento que "más que una familia, somos clientes", perdiendo toda la esencia de la

actividad y sus valores que lo sustentan y debiesen proyectar.

LOS ACTUALES PROBLEMAS ECONÓMICOS DE LOS CLUBES CHILENOS

Si bien el antiguo modelo de las corporaciones sin fines de lucro tenía muchos

problemas, los que ya señalamos anteriormente, estos no han cambiado desde el punto de

vista financiero. Santiago Wanderers, Cobreloa y Deportes Concepción están a punto de

declararse en quiebra, Puerto Montt ha incumplido repetidamente su obligación de pago a

los jugadores, existiendo extremos tan insólitos y poco decorosos como que en Lota

Page 11: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

Schwager los hinchas han tenido que organizar colectas para ayudar a los futbolistas con

dinero y alimentos.

Los clubes han sido utilizados para fines comerciales, como lo es la triangulación de

jugadores en la que incurrió San Felipe y Rangers; y a través de familiares, algunos actores

se han hecho de la propiedad de variados clubes, sin existir control por parte de las

autoridades por no tener las facultades fiscalizadoras necesarias, sobre todo por ser éstas

sociedades anónimas cerradas.

Todo esto sin incluir la corrupción que se ha ido destapando de la anterior gestión

de la Asociación de Fútbol Profesional

Por esto, podemos sostener que hoy en día el fútbol chileno no se mantiene gracias a

la actual estructura societaria de los clubes, sino que por los dineros del Canal del Fútbol,

especie de caja pagadora a la cual todos los clubes concurren para solventar sus gastos y

salvar sus administraciones mes a mes.

De esta situación ni siquiera se salvan los equipos más populares, de hecho Blanco y

Negro solo ha operado con ganancias una vez: en 2008, luego de las ventas de Matías

Fernández y Arturo Vidal. Azul Azul, por su parte, solo en el 2012, después del triunfo en

la sudamericana y la venta de Eduardo Vargas a Italia.

La deuda del Club Social y Deportivo Colo Colo, que originó la quiebra del club e

impulsó la entrada de las sociedades anónimas, aún no ha sido cancelada. Según su último

Estado Financiero disponible, el pasivo original con el Fisco de 22 mil millones ha

disminuido a 17 mil millones. Esto porque el contrato de concesión estipula que Blanco y

Negro S.A. solo utilizará un porcentaje de 3% de los ingresos para cancelar el monto.

CONTENIDOS DEL PROYECTO DE LEY

El presente Proyecto de Ley tiene como fundamentos:

1.- Establecer en la normativa el que todas las sociedades anónimas sean fiscalizadas por la

Superintendencia de Valores y Seguros como si estuvieran constituidas como una S.A.

abierta, lo que aumenta las potestades del ente regulador frente a las sociedades cerradas

que administran un club de fútbol profesional.

2.- Permitir que los clubes de fútbol se puedan constituir como personas jurídicas sin fines

de lucro, con una debida fiscalización.

3.- Eliminar los conflictos de interés en la propiedad de las Sociedades Anónimas

Deportivas.

4.- Posibilitar, como una más de las alternativas, la participación real, decisiva y

económicamente responsable de los socios e hinchas de los clubes, esto por intermedio de

Page 12: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

la capitalización de las sociedades anónimas a través de la emisión de nuevas acciones que

pueden ser suscritas por los hinchas que participen de las corporaciones o fundaciones

anteriores a la creación de las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales o por el

traspaso de las acciones ya existentes.

IDEA MATRIZ DEL PROYECTO DE LEY

Modernizar el actual modelo, agotado y fracasado, de regulación a las Sociedades

Anónimas Deportivas, estableciendo mayores facultades de fiscalización a todos los clubes

por parte de la Superintendencia de Valores y Seguros, limitando los conflictos de interés y

entregando la posibilidad a los clubes deportivos de capitalizar e inyectar nuevos recursos a

los clubes a través del ingreso de los hinchas a la propiedad de las Sociedades y su

respectiva administración real.

Por lo anterior, los diputados que suscribimos la presente venimos a someter a

trámite parlamentario el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Introdúzcanse los siguientes cambios a la Ley N° 20.019 que regula las Sociedades

Anónimas Deportivas Profesionales.

Artículo primero: Incorpórese en el artículo 16, el siguiente inciso segundo:

“Éstas podrán constituirse como sociedades anónimas abiertas o cerradas. Sin embargo se

someterán siempre a las reglas de las abiertas para los efectos de su fiscalización por la

Superintendencia de Valores y Seguros.”.

Artículo segundo: Reemplácese el artículo 21 por el siguiente:

“Artículo 21: Ningún accionista por sí o a través de sus consanguíneos o afines hasta el

tercer grado, o a través de personas jurídicas en que participe en su propiedad en cualquier

proporción, podrá poseer un porcentaje igual o superior al 20% de las acciones de una

sociedad regulada por la presente ley.

Sólo se podrá ser accionista de una sociedad regulada en esta ley, prohibición que

alcanzará también a sus consanguíneos o afines hasta el tercer grado.

La no observancia del presente artículo conllevará la inhabilitación perpetua para

poder participar de cualquier modo en la propiedad de una Sociedad Anónima Deportiva

Profesional.

Artículo tercero: Incorpórese en el inciso primero del artículo 25:

Page 13: Las Sociedades Anónimas en el ... - República de Chile

A continuación de “los mencionados fondos” “o continuar como corporaciones o

fundaciones de derecho público sin fines de lucro”.

Artículo cuarto: Incorpórese el siguiente artículo 5° transitorio.

“Artículo 5° transitorio: Las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales podrán emitir

una nueva serie de acciones o traspasar legalmente las existentes, las que sólo podrán ser

suscritas por los socios o miembros al día de las Corporaciones o Fundaciones que dieron

origen a cada club del que se trate.

Para poder acogerse a este artículo será obligación que esta nueva serie de acciones

o el traspaso de las acciones ya existentes en la sociedad, representen, al menos, el 51% de

la propiedad de la sociedad, teniendo derecho a voz y a voto para todos los efectos de la

administración de la misma según el porcentaje propietario que les corresponda. De ese, al

menos, 51%, ninguna persona podrá tener más del 3%, afectándole a cada accionista la

prohibición del artículo 21 de la presente ley.

La implementación de este artículo será regulada por un Reglamento que deberá ser dictado

por el Ministerio del Deporte a más tardar 90 días luego de la publicación de esta norma el

cual señalará adicionalmente los beneficios tributarios y deportivos pertinentes.

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Los sueldos Top del Futbol chileno (2015) elaborado por La Tercera.6

6 http://www.latercera.com/noticia/deportes/2016/04/656-678127-9-el-informe-de-los-sueldos-top-del-

futbol-chileno.shtml