la plata, de octubre de 2013 - ec.gba.gov.ar · fiscalidad saneada es el marco esencial para crecer...
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LA PLATA, de Octubre
HONORABLE LEGISLATURA
Me dirijo a Vuestra Honorabilidad para
someter a su consideración el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración
Pública de la Provincia de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2015.
Elevamos a esta Legislatura el Presupuesto
que administraremos en el transcurso del año en que finaliza nuestro mandato al frente del
Poder Ejecutivo bonaerense, con la certeza de honrar cada día la enorme responsabilidad
que conlleva el voto popular y los principios dogmáticos que guían nuestro quehacer público.
El Estado es el único capaz de llevar adelante
un modelo de desarrollo orientado a la sociedad en su conjunto, que promueva la equidad y
la inclusión social. Es quien debe recaudar y proveer los servicios necesarios para
propender a una verdadera igualdad de oportunidades.
Quienes poseemos el privilegio de ejercer la
función pública tenemos la responsabilidad de crear y sostener políticas que modifiquen
sustancialmente la vida de los ciudadanos. Políticas públicas que, teniendo como norte el
bien común y el desarrollo humano, trasciendan lo técnico y se piensen desde lo político, lo
cultural y lo social.
Siete años atrás, asumíamos el desafío de
transformar la Provincia de Buenos Aires. En este período afrontamos dificultades,
obtuvimos logros, resolvimos problemas y mejoramos la administración del Estado.
Llevamos adelante una Provincia social y económicamente desendeudada, progresiva en lo
tributario y equitativa en el gasto.
Alcanzamos el equilibrio fiscal, dejando atrás
el déficit histórico a partir de un esfuerzo sin precedentes, mejorando la recaudación y
gravando más a quienes tienen mayor capacidad contributiva. Porque entendemos que una
fiscalidad saneada es el marco esencial para crecer y distribuir, para atraer inversiones y
generar más puestos de trabajo, más calificados y mejor remunerados.
Tuvimos grandes y ambiciosos objetivos.
Buscamos propender a la igualdad en su más amplio sentido, concibiéndola como
construcción colectiva, pero también como condición para el verdadero desarrollo.
Decidimos contribuir a la construcción nacional, aportando a cimentar una sociedad más
justa desde las funciones y competencias específicas del Estado Provincial, conscientes de
una pertenencia federal que anhelamos fortalecer.
Trabajamos en una perspectiva integrada que
se focalizó explícitamente en lograr el cambio productivo estructural como principal vía para
la inclusión social y mejora de capacidades y oportunidades sociales. Esto sólo es posible
con un Estado fuerte que trabaje virtuosamente en la ecuación Estado - sector privado -
comunidad. Por eso nos permitimos desde el inicio de la gestión repensar la economía
provincial.
La política tributaria y el presupuesto de
inversión son las principales herramientas con que contamos las provincias para orientar el
desarrollo de los pueblos, mediante la elección de la fuente de recursos y la focalización del
gasto. Por eso implementamos un sistema tributario que distribuye equitativamente la carga
tributaria entre los contribuyentes, al tiempo que genera incentivos a la industrialización.
El desarrollo económico sostenible, equitativo
y generador de empleo se logra mediante el trabajo mancomunado de todos los niveles de
gobierno. La Provincia de Buenos Aires tiene una responsabilidad ineludible, tanto por su
importancia estratégica como por su compromiso con un federalismo solidario y justo.
Contribuimos al desarrollo nacional mediante la realización de políticas cargadas de valor
para la Provincia y para todos los argentinos.
Nuestro país entendió el federalismo como la
mejor manera de edificar un futuro que uniera a las provincias con el objetivo supremo de la
unidad nacional, a partir del respeto de las idiosincrasias y realidades de todas las regiones.
Lejos de utilizar la autonomía para alejarnos de los problemas nacionales, los gobiernos
provinciales debemos combatir el imaginario de una sociedad apática con su entorno,
incapaz de interrelación, abstraída de otras realidades.
El accionar estatal debe orientarse a generar
oportunidades en todo el territorio, con una mirada integral y un claro sentido de justicia
social, armonizando los procesos de desarrollo local para disminuir las asimetrías
existentes.
Asimismo, debemos ejercer una mirada
integral del hombre, abarcándolo en su condición individual y social, como ser material y
espiritual. Esto implica, necesariamente, revitalizar la concepción del trabajo como eje de la
cuestión social, y entenderlo como dignificador en tanto que es el único redistribuidor real y
efectivo de las riquezas.
Interpretamos la economía en clave social y
creemos que su objetivo no es la ganancia sino la promoción de las personas. Nuestro
compromiso es y seguirá siendo crear y cuidar el trabajo, porque el empleo es el gran
ordenador de la sociedad, de la familia, de la cultura y de todo el arco de valores que
componen una comunidad próspera y productiva.
1. CONTEXTO ECONÓMICO
La economía argentina concluirá 2014 sin
variaciones significativas respecto del cierre 2013. Esto, en el marco de condiciones
externas menos favorables y medidas internas que permitieron aliviar tensiones a nivel local,
pero morigeraron el ritmo de la actividad económica.
En términos generales, la economía mundial
continuó en una senda de crecimiento en 2014. Sin embargo, el contexto externo no resultó
ventajoso si se consideran los principales socios comerciales de Argentina. En Brasil, la
incertidumbre sobre las políticas públicas y la evolución de la economía a futuro debilitaron
la confianza, poniendo un freno a la inversión y al consumo. La menor demanda desde este
país resintió la industria local, cuyas ventas al exterior se concentran en dicho mercado. A
esto se sumó el débil crecimiento europeo y la desaceleración de la economía china, lo que
se tradujo en una caída de las exportaciones de nuestro país.
En el plano financiero, el inicio del retiro
gradual de estímulos monetarios por parte de la Reserva Federal de Estados Unidos
significó un menor nivel de liquidez a escala mundial. Ello, junto con el impedimento
interpuesto por la justicia de Estados Unidos para concretar los pagos de deuda soberana,
implicó que el flujo de capitales externos se viera afectado, acentuando la incidencia de la
restricción externa.
El desempeño económico de la provincia de
Buenos Aires estuvo en línea con lo sucedido a nivel nacional. Tanto las exportaciones
como los indicadores vinculados al consumo se vieron resentidos, impactando sobre los
niveles de producción industrial, la construcción y el comercio.
2. EJES DE GESTIÓN
El Presupuesto, instrumento indispensable de
la gestión de gobierno, perfecciona su función social en la elección de la fuente de recursos
y la focalización del destino de la inversión. Es el mecanismo que permite compatibilizar y
administrar los recursos escasos, pero principalmente, define el rol del Estado y los
principios en que se funda y defiende.
Realizamos una gran inversión en los
servicios de mayor impacto social y productivo, con el objeto de estimular el consumo, la
generación de puestos genuinos de trabajo, y la redistribución del ingreso. Educación,
seguridad social, salud e infraestructura social y productiva, vehículos elementales del
aumento de la calidad de vida de todos los ciudadanos, son los principales ejes en que la
Provincia concentra sus esfuerzos. En los últimos siete años, el presupuesto provincial
destinó más del 60% en estas áreas.
Asumimos el compromiso de promover el
desarrollo basado en fundamentos sustentables a largo plazo. La inversión en educación
resulta primordial en su rol igualitario y de generación de oportunidades, en la construcción
de un futuro promisorio, sostenible y justo.
Logramos a nivel primario la inclusión total,
somos los primeros en haber implementado el séptimo año obligatorio de la educación
técnica agraria. Implementamos la Plataforma “Aula Digital”, construimos y refaccionamos
más de 700 jardines y escuelas. Dispusimos 200 combis para escuelas especiales,
garantizando la accesibilidad para que la educación pública sea cada vez más inclusiva.
Nuestra política de desarrollo social se apoyó
en lo alimentario nutricional, la inclusión social y laboral. Reorientamos el Programa
ENVIÓN, en el que los jóvenes se capacitan para incorporarse a emprendimientos
productivos regionales y el autoempleo futuro, complementándolo con la gran oportunidad
que representa el plan nacional PROGRESAR.
Invertimos $7 millones diarios en un renovado
Sistema Alimentario Escolar (SAE) que llega a todos los alumnos en situación de
vulnerabilidad. Tenemos más de 50.000 beneficiarios mensuales del Programa Promoción a
la Infancia y Unidades de Desarrollo Infantil (UDI), 6.786 beneficiarios mensuales del
Programa de Personas con Capacidades Diferentes, y 36.964 beneficiarios mensuales del
Plan Barrios Bonaerenses.
En materia de salud pública, realizamos la
mayor inversión en infraestructura hospitalaria desde los tiempos de Ramón Carrillo. Con el
Hospital Materno Infantil “Doctor Alberto Edgardo Balestrini” dimos respuesta a las familias
de La Matanza, beneficiando a más de un millón de personas. Hicimos obras en el Hospital
Interzonal General de Agudos “Dr. Alende” de Mar del Plata, y ampliamos los hospitales
Interzonal Materno Infantil Victorio Tetamanti, Municipal Francisco Caram, Dr. Ramón
Carrillo y Municipal del Niño.
Instalamos siete Unidades de Pronta Atención
(UPAs), que funcionan más cerca de la gente y descomprimen la atención de las
emergencias en establecimientos de mayor complejidad, dando pronta respuesta en zonas
estratégicas y resolviendo miles de consultas sin necesidad de derivación.
Redujimos la tasa de mortalidad infantil a su
mínimo histórico, con el apoyo y el trabajo conjunto con el Gobierno Nacional. Impulsamos e
implementamos la Ley de Fertilización Asistida, que garantiza los tratamientos gratuitos de
fertilidad en diez Centros de Fertilización Asistida en hospitales públicos de nuestra
Provincia. Instauramos el Programa de Desarrollo Integral de Enfermería “Eva Perón” con el
que logramos duplicar la cantidad de enfermeros, combatiendo el déficit histórico de ese
recurso humano en los establecimientos de salud.
Atendiendo a la demanda ciudadana y con el
objeto de resguardar la vida y los bienes de los habitantes de nuestra Provincia, decretamos
la emergencia en materia de seguridad pública en todo el territorio por el término de doce
meses. De esta manera, logramos aumentar la operatividad policial, la incautación de
drogas y el secuestro de armas. Hoy tenemos más policías en las calles y más guardias
penitenciarios.
En nuestra gestión construimos nuevas
unidades carcelarias, incrementamos la cantidad de patrulleros, implementamos la Ley de
Heridos y el Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras. Hicimos 30
escuelas descentralizadas de policía, creamos los Comandos de Prevención Ciudadana y
estamos acordando con los intendentes la implementación de la Policía de Prevención
Local. Esta nueva fuerza es financiada, equipada y conformada con recursos provinciales.
Creamos más de 500 órganos judiciales,
construimos escuelas y talleres para que los internos del servicio penitenciario estudien y
aprendan oficios, rehabilitamos celdas, baños y cocinas en diversas unidades penitenciarias.
Implementamos el juicio por jurados, pendiente desde 1853, fortaleciendo la participación de
la gente en las decisiones judiciales y dotando de mayor legitimidad y transparencia a las
sentencias. Creamos la Oficina contra la Trata de Personas.
Entendemos que el deporte, el turismo y la
cultura son vectores de la integración social y el desarrollo humano. Por eso, recuperamos
los icónicos hoteles provinciales de Mar del Plata y Sierra de la Ventana, y realizamos obras
de recuperación y puesta en valor del histórico Centro de Educación Física Nº 1.
Finalizamos y modernizamos el Estadio Único Ciudad de La Plata e inauguramos el Museo
de Arte Contemporáneo MAR, el más moderno de Latinoamérica.
Destacamos el valor de la obra pública como
dinamizador de la economía, generador de empleo, y fundamento de toda política de
inclusión. Hemos trabajado intensamente en obras de saneamiento como la de la cuenca
del Arroyo Finochietto de La Matanza, en el abastecimiento de agua potable, desagües
cloacales y saneamiento rural. Mediante inversiones públicas y privadas, realizamos obras
viales que conectan el nuevo Puerto La Plata con el resto de la Provincia y el mundo,
hicimos la Terminal de Contenedores y el acceso al puerto. Este año habremos hecho
realidad el tercer carril de la autopista Buenos Aires – La Plata. La nueva Ruta 6 de
conexión entre ciudades clave como Zárate, Campana y La Plata tendrá un impacto
estratégico en el transporte de cargas.
En respuesta a la creciente demanda de suelo
urbanizado para la construcción de viviendas, desde el programa “Lotes con Servicios”
tramitamos durante 2014 la generación de 7.868 lotes dotados de infraestructura, brindamos
asistencia técnica a 25 municipios en su planificación territorial y capacitamos a más de 40
equipos municipales. Finalizamos 431 viviendas, realizamos 526 terminaciones y
reactivamos 50 obras, totalizando 2.343 viviendas.
Dimos inicio a dos obras emblemáticas para la
prevención de inundaciones: la obra de regulación del Arroyo Azul (presa La Isidora), y la
obra de Limpieza del Río Luján, en el tramo que va desde el Puente Las Tropas hasta la RN
N°8.
En materia de servicios públicos,
desarrollamos nuevas líneas de alta tensión, estaciones transformadoras y redes de gas en
el interior. BAGSA construyó plantas de gas, repotenciamos Centrales de la Costa Atlántica,
y ampliamos la cobertura de agua potable y cloacas, incorporando a casi 7 millones de
beneficiarios.
La inversión pública juega un papel central en
el proceso de desarrollo, porque es el medio más importante de provisión de infraestructura
y uno de los instrumentos para mejorar la distribución del ingreso y lucha contra la pobreza.
Dado que resulta vital una correcta programación de la misma, la Provincia pone a
disposición de los municipios y distintos organismos provinciales el Banco de Proyectos de
Inversión Pública, una herramienta de gestión sobre la cual brindamos capacitación,
asistencia técnica y dictado de cursos virtuales.
Entendemos que las grandes obras no deben
ser financiadas sólo por los contribuyentes actuales, ya que debido a su envergadura suelen
ejecutarse en varios años y benefician a varias generaciones, por lo que lo más adecuado
es financiarlas mediante crédito, distribuyendo temporalmente el costo de la inversión.
En esta línea, nos encontramos en la
búsqueda permanente de financiamiento y año a año las sucesivas leyes de presupuesto
incluyen una autorización a tal efecto. Destacamos especialmente el apoyo de Organismos
de Crédito Internacionales como el Banco Mundial, mediante el Programa de Desarrollo de
la Inversión Sustentable en Infraestructura con una inversión de casi U$S700 millones; el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el Programa de Apoyo a la Inversión en los
Sectores Sociales de U$S330 millones y el Programa de Seguridad Ciudadana e Inclusión
que implica una inversión global de U$S36,6 millones, y el Fondo Financiero para el
Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) en la mejora del sistema de puertos
pluviales por U$S59 millones.
Tenemos un enorme compromiso con el
sostenimiento y la mejora del poder adquisitivo del salario de los trabajadores, como
instrumento para la preservación del círculo virtuoso que conforman el consumo, la
producción y la generación de empleo. Por eso realizamos todos los esfuerzos para
satisfacer los justos reclamos de recomposición salarial de los empleados estatales, en un
marco que posibilite la sustentabilidad de las finanzas públicas, necesaria para la estabilidad
macroeconómica y la planificación y concreción de las políticas públicas que son
responsabilidad del Estado.
A lo largo de toda nuestra gestión se fortaleció
el funcionamiento de las convenciones colectivas de trabajo en el sector público,
instrumento que consideramos fundamental para proteger el salario y las condiciones
laborales de los trabajadores, para amortiguar los efectos sobre ellos de los cambios
macroeconómicos, y de esta manera convertir el crecimiento en desarrollo.
Desde diciembre de 2007 hasta la actualidad,
se alcanzaron 184 acuerdos referentes a la política salarial de carácter general comprensiva
de los 25 regímenes laborales que nuclean a la totalidad de los empleados públicos
provinciales. En el mismo marco, se dio tratamiento a diversas cuestiones de índole laboral
de carácter sectorial que concluyeron en 59 acuerdos paritarios durante el mismo período.
El impacto cuantitativo de los acuerdos a los que arribó el Poder Ejecutivo con los
representantes sindicales implicó un incremento promedio en los sueldos de bolsillo del
410%.
En este contexto, la política salarial 2014
acordada íntegramente en el marco de la discusión y el consenso de las leyes que rigen la
negociación colectiva provincial se implementó en dos etapas: la primera, a partir del 1º de
marzo, implicando un incremento promedio en los salarios del 18%; la segunda, a partir del
1º de agosto, permitiendo alcanzar un incremento promedio acumulado en los salarios del
28%. Para arribar a este resultado se trabajó activamente con las organizaciones gremiales
en el diseño de las políticas salariales que dieran respuesta a las necesidades particulares
de cada régimen estatuario.
En tal sentido, la política salarial para el
personal de la administración pública provincial comprendido en la Ley Nº 10.430 quedó
definida mediante una bonificación remunerativa proporcional por régimen horario, que tuvo
un gran impacto en los salarios de aquellos trabajadores de menor poder adquisitivo.
También la política salarial diseñada y
consensuada para el personal docente tuvo un fuerte efecto redistributivo, permitiendo
alcanzar para el Maestro de Grado Ingresante un incremento acumulado del 38,7% a partir
del mes de agosto. Este aumento se alcanzó mediante la combinación de un incremento del
26,09% acumulado al mes de agosto en el sueldo básico con incidencia en todo el
escalafón, y distintas bonificaciones especiales según el cargo docente.
Es importante destacar la madurez de la
negociación salarial que en el marco de las leyes Nº 13.453 y Nº13.552 permitió arribar a
acuerdos donde se priorizaron las necesidades de aquellos que están en las bases de las
diferentes escalas salariales y constituyen el núcleo de trabajadores más vulnerables.
El personal del Poder Judicial y de la Carrera
Profesional Hospitalaria, como el resto de los regímenes salariales que comprenden el
universo de empleados públicos provinciales, lograron incrementos salariales que fueron el
resultado de la combinación de aumentos en el sueldo básico y bonificaciones que
permitieron reforzar los salarios de las escalas más bajas.
El abordaje de la política salarial fue integral y
cuidó especialmente la calidad del salario, lo que se traduce en una mejora del sueldo anual
complementario, el nivel de aportes al Instituto de Previsión Social y al Instituto de Obra
Médico Asistencial, así como también impacta y beneficia al sector pasivos de la
administración pública.
Acompañamos la decisión del Gobierno
Nacional e incrementamos en 200% la asignación familiar por ayuda escolar anual que se
hizo efectiva a partir del mes de marzo, elevando la misma de $170 por hijo a $510, lo que
representa una inversión de $93 millones de pesos y garantiza mejores condiciones de
acceso, permanencia y egreso de los alumnos en los diferentes niveles educativos.
Durante el mes de junio incrementamos entre
un 20% y 40% los montos de las asignaciones familiares por hijo, hijo con discapacidad y
prenatal, así como los rangos salariales que determinan su cuantía, a efectos de adecuarlas
a las mejoras salariales evidenciadas en el sector público provincial y en el mercado laboral.
En pos de este objetivo, a partir del mes de octubre incrementamos nuevamente los tramos
de ingresos del grupo familiar para determinar el monto de las prestaciones, lo que conlleva
una inversión social adicional de $144 millones en el año, cuyo impacto se estima en $316
millones para el ejercicio 2015.
Como gobierno provincial, estamos
convencidos de que el fortalecimiento de las finanzas públicas municipales es una
herramienta clave para la real autonomía de las administraciones locales en el diseño de
políticas públicas que beneficien directamente a nuestros habitantes.
Hemos avanzado siempre en mejorar la
capacidad financiera de los municipios, lo que puede apreciarse al comparar el superávit de
$1.160 millones que alcanzó el conjunto de municipios bonaerenses en 2013, en contraste
con el resultado negativo de $29 millones que registraban en 2007. En el mismo período, las
transferencias provinciales a municipios crecieron 430%, mucho más que el crecimiento de
la recaudación tributaria municipal propia (355%). De estas transferencias, el componente
proveniente de recursos provinciales creció 451%. Al finalizar 2014, las transferencias a
municipios habrán crecido 570% en relación a 2007.
Paralelamente, distribuimos durante el año
2014 $1.446 millones en concepto de Fondo de Financiamiento Educativo, lo que representa
un 28% más de recursos a municipios respecto de 2013.
La generación de estadísticas que permitan
caracterizar las realidades disímiles de las distintas regiones de la Provincia es un insumo
fundamental para el diseño de políticas públicas que intenten atacar los desequilibrios
territoriales.
En este sentido, impulsamos desde el año
2009 un proyecto de fortalecimiento integral de las Estadísticas Provinciales que busca
lograr una mejora de la cantidad, calidad y alcance de la información estadística para la
toma de decisiones a nivel provincial. Desarrollamos nuevas metodologías y rediseñamos
procesos de trabajo, reestructurando actividades y adecuando productos a las necesidades
de información actuales y futuras del gobierno provincial.
Para el año en curso, desarrollamos un Plan
Estadístico que cuenta entre sus objetivos con la realización de más de 31.000 encuestas
propias a hogares y unidades económicas que permitirán por primera vez la generación de
estadísticas sociodemográficas y del mercado laboral propias a nivel provincial y de área.
Como muestra del profesionalismo y la dedicación en la elaboración de las Estadísticas
Provinciales, recibimos este año la certificación sobre el sistema de gestión de calidad en
cumplimiento de las normas ISO 9001:2008 de la Organización Internacional de
Estandarización en la Encuesta de Ventas Minoristas de la ciudad de La Plata y en la
Encuesta de Hogares y Empleo (EHE).
Las acciones que llevamos adelante en
materia de elaboración de estadísticas son parte integral del Plan de Desarrollo con Equidad
Territorial mediante el cual nos proponemos diseñar e impulsar medidas tendientes a la
atenuación de las asimetrías entre los municipios de la Provincia, a efectos de promover un
desarrollo socioeconómico sostenible y territorialmente equitativo.
La Provincia de Buenos Aires tiene una
extensa y diversa superficie habitada por 16 millones de personas, posee 135 Municipios
con realidades sociales, productivas, y fiscales diferentes. Al pensar el desarrollo, debemos
ser conscientes de que las elecciones sobre políticas afectan de manera diferente a los
habitantes en el territorio.
En el marco del Programa Provincial de
Desarrollo (PPD), durante el período 2008-2013 firmamos 75 convenios de préstamo por un
monto total que superó los $269 millones de pesos con 55 municipios. Durante 2014,
reorientamos el PPD para transformarlo en una herramienta central en la promoción de la
equidad territorial, avanzando con la firma de 11 convenios más. Hemos cambiado el
objetivo y la función de estos préstamos de manera de focalizarlos hacia la inversión en
infraestructura productiva, contemplando las asimetrías territoriales y fortaleciendo aquellas
áreas que presentan una estructura productiva poco diversificada.
Poner el equilibrio territorial como eje central
del diseño de las políticas implica elegir aquellas herramientas que ayuden a disminuir las
disparidades que confluyen en diferencias de oportunidades para los bonaerenses. En esta
diferencia de oportunidades radica un elemento que limita el desarrollo, ya que “la
desigualdad nos priva del talento de los pobres”.
2.1. POLÍTICA TRIBUTARIA 2014
En materia de política tributaria, habíamos
propuesto para el año 2014 medidas tendientes a morigerar la pérdida de participación que
sufre la imposición patrimonial en la estructura tributaria progresiva lograda en las reformas
realizadas entre 2008 y 2013.
Se impulsaba, entonces, una contribución
especial con afectación específica para el financiamiento de nuevos efectivos policiales,
equivalente al 18% del Impuesto Inmobiliario, dando respuesta a la demanda ciudadana de
una mayor presencia policial.
Esto, dado que la capitalización del valor de
las propiedades no actualiza de manera automática la imposición sobre los inmuebles como
sí ocurre en el caso de bienes más homogéneos y con gran número de transacciones de
mercado como los automotores.
La propuesta resguardaba -en parte- la
participación lograda con el esfuerzo y el compromiso de todas las fuerzas políticas
comprometidas con la equidad, respetando siempre la estructura progresiva de alícuotas
vigentes, la contribución desde la capacidad de pago y el tratamiento diferencial de la tierra
según su aprovechamiento económico.
Sin embargo, en virtud de la legítima
oposición parlamentaria ejercida férreamente por algunos sectores políticos, no fue posible
avanzar en la preservación de estructura tributaria y la Ley Impositiva se mantuvo
prácticamente inalterada respecto del año anterior, lo que implicó un subsidio tácito.
2.2. POLÍTICA DE FINANCIAMIENTO
La Provincia de Buenos Aires mantiene y
refuerza una trayectoria marcadamente descendente en sus indicadores de deuda, lo que se
traduce en una constante mejora en la sostenibilidad de la deuda provincial.
Así, el año 2014 constituirá el séptimo
ejercicio consecutivo en el que disminuimos los indicadores de endeudamiento. Alcanzamos
por cuarto año consecutivo valores de apenas un dígito en el ratio Deuda / PBG, mientras
que tendremos el menor valor desde 2001 en el ratio Deuda / Recursos Totales.
Acompañamos la política de
desendeudamiento liderada por el Gobierno Nacional en los últimos años, lo que es posible
merced al esfuerzo realizado en materia fiscal y la implementación de una responsable
política de financiamiento a lo largo de estos años.
Dimos continuidad al Programa de Letras del
Tesoro, que está definitivamente instalado en el mercado local de capitales y otorga
previsibilidad como mecanismo de financiamiento de corto plazo para la Provincia.
Las fuentes de financiamiento se concentraron
principalmente en el mercado local de capitales, debido a que el impedimento interpuesto
(1): Hasta 2012 los datos del PBG corresponden a los elaborado por la Dirección Provincial de Estadísticas.
2013 y 2014= Datos proyectados. Para el PBG del 2013 se replicó la participación de la Provincia de Buenos Aires en el PBI del 2012.
Fuente: Ministerio de Economía. 0,5
Deuda Pública / Recursos Totales Deuda Pública / PBG
0%
2%
4%
6%
8%
10%
12%
14%
16%
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 P 2014 P
11,9%
10,5%
11,7%
10,2%
9,2% 9,0%8,4%
7,6%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
120%
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 P
108,4%
93,4%87,2%
76,4%
67,4% 65,1%
54,6%
46,5%
por la justicia de Estados Unidos para concretar los pagos de deuda soberana repercutió en
las cotizaciones de los bonos PBA y por ende, los niveles para financiarse no son, hasta el
momento, razonables para acceder al mercado internacional de capitales.
El financiamiento obtenido permitió continuar
con obras estratégicas como las obras de construcción, mantenimiento y conservación de la
Ruta Provincial Nº 6. Es así que durante 2014 colocamos la Serie C de los Bonos Ley Nº
14.315, por un valor nominal original de $440.000.000. También estamos en pleno proceso
de ejecución del convenio firmado con el Gobierno Nacional mediante el cual se obtuvo el
financiamiento necesario para las obras hidráulicas de la región Capital.
En lo que respecta al financiamiento
proveniente de Organismos Financieros Internacionales, BID y BIRF, durante 2014 se
realizaron los desembolsos previstos de las líneas de crédito vigentes que financian gastos
presupuestados y vienen desembolsando desde ejercicios anteriores.
En cuanto a los servicios de deuda, al cierre
de este ejercicio se estarían convalidando niveles similares a los incluidos originalmente en
el Presupuesto 2014.
3. ESCENARIO 2015
Para el año entrante se prevé que la
economía argentina exhiba un leve repunte respecto a 2014, explicado por diversos
factores.
Por un lado, se espera que las medidas
orientadas a impulsar la actividad económica que recientemente dispuso el gobierno
nacional tengan efecto dinamizador. Entre ellas se encuentran el otorgamiento de subsidios
para fomentar la educación y la preservación del empleo, la regulación de tasas de interés
para reducir los costos de financiamiento, la creación de fondos para propiciar el acceso al
crédito de actividades productivas, una nueva moratoria previsional y políticas tendientes a
alentar el consumo a través de canales financieros, como el programa PROCREAUTO y el
plan Ahora 12.
Por otra parte, es probable que el volumen de
las exportaciones demandado a Argentina experimente alguna suba, en virtud de que las
proyecciones para países avanzados y emergentes dan cuenta de una aceleración en su
ritmo de crecimiento económico. Paralelamente, se prevé cierta baja en los precios
internacionales de algunas de nuestras commodities como consecuencia de una muy buena
cosecha en Estados Unidos.
Además, de superarse los obstáculos
externos para el cumplimiento de las obligaciones de deuda, el ingreso de capitales se vería
favorecido, impulsando la inversión y aliviando las tensiones sobre el mercado cambiario.
Esto resulta particularmente importante dado el potencial que presenta el país en materia de
recursos energéticos y la magnitud de las inversiones necesarias para aprovecharlos.
Asimismo, la mayor disponibilidad de divisas
resultaría favorable para la actividad industrial, al dar más holgura a las importaciones de
capital e insumos necesarios en el sector. Ello posibilitaría a su vez una mejora de las
variables laborales y por ende un mayor nivel de consumo interno, recuperando dinamismo.
4. PRINCIPALES POLÍTICAS 2015
Durante 2015, continuaremos implementando
políticas públicas que promuevan la inclusión social y el desarrollo pleno de todos los
habitantes de nuestra provincia. Así, continuaremos destinando el presupuesto provincial en
el desarrollo de políticas sociales, en un marco de focalización en los servicios esenciales
que tienen mayor impacto social.
Particularmente, profundizaremos la inversión
en materia de justicia y seguridad, reforzando la prioridad de nuestro gobierno de dar
respuesta efectiva a la demanda ciudadana en la materia, en el entendimiento de que la
seguridad pública es una política determinante para el pleno goce y ejercicio de los
derechos, libertades y garantías constitucionales de los ciudadanos.
Aumentaremos un 66% la inversión en
seguridad respecto del presupuesto 2014. Haremos efectiva la incorporación de 25.000
agentes policiales, que incluyen los necesarios para la puesta en funcionamiento de las
Policías de Prevención Local. Al mismo tiempo, se prevé la ampliación de los procesos de
formación de las mismas con la creación de 13.785 horas cátedra para los Institutos de
Formación Policial.
Invertiremos $762,8 millones en equipamiento
de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y ampliaremos un 50% el crédito destinado a
las Transferencias para el Sistema de Policía Comunal.
Destinaremos casi $6.600 millones al
Ministerio de Justicia, previendo la incorporación de 2.200 agentes para el Servicio
Penitenciario, así como también la generación de 644 horas cátedra para la formación de
nuevos agentes y la creación de los cargos necesarios para el funcionamiento de la Oficina
Provincial de Lucha contra la Trata de Personas y sus dependencias. Contemplamos una
fuerte inversión en equipamiento y obras para el Servicio Penitenciario Bonaerense, como la
adquisición de móviles para traslados de detenidos, la construcción y ampliación de
Unidades y Alcaldías.
En cuanto a la promoción de políticas de salud
pública, durante el 2015 incrementaremos en más de $1.200 millones el presupuesto
destinado a bienes y servicios para hospitales, y seguiremos consolidando un sistema
sanitario revolucionario con la instalación y equipamiento de siete nuevas Unidades de
Pronta Atención (UPAs) en distintos municipios de nuestra Provincia, lo que requerirá una
dotación de 882 plantas de personal.
Atendiendo a la creciente demanda sanitaria,
y teniendo en cuenta que la prestación de los servicios esenciales es altamente intensiva en
mano de obra, se prevé la creación de 900 cargos para la incorporación de becarios del
Programa de Enfermería Eva Perón, y 4.949 cargos para nuevos servicios hospitalarios.
La cobertura de los servicios y planes sociales
demuestran la presencia cada vez más activa del Estado provincial en la generación de
oportunidades para todos. En esta línea, continuaremos con las políticas de promoción y
asistencia social, reforzando los programas y planes en marcha y aumentando la cobertura
de los mismos. En 2015 destinaremos alrededor de $1.300 millones adicionales para el
sostenimiento de estas políticas.
Destacamos la inversión en educación de
$68.463 millones, una de las políticas más inclusivas y equitativas de nuestra Provincia. Así,
se prevé la finalización de 32 jardines de infantes, la continuidad del plan de obras de
ampliación y refacción de escuelas, un aumento del 104% para instalaciones de gas en
establecimientos educativos, y la implementación de la Jornada completa en 225
establecimientos.
En el ámbito de la Dirección General de
Cultura y Educación proyectamos la incorporación de 10.202 agentes, lo que se
complementará con la generación de 44.634 nuevas horas cátedra.
De esta manera, y con el objetivo de continuar
ampliando y mejorando las prestaciones para todos los bonaerenses, nuestro gobierno
continuará profundizando el proceso de mejora en seguridad, salud y educación, servicios
en los que como Estado debemos tener una presencia fuerte e ineludible.
Conscientes de la importancia que tienen las
condiciones de transitabilidad y seguridad de los corredores viales en función de sus usos,
en 2015 destinaremos más de $1.500 millones para fortalecer la red vial provincial, al tiempo
que realizaremos trabajos de mejoras en caminos rurales en municipios como Roque Pérez,
Carlos Tejedor, Benito Juárez y Tornquist, entre otros.
También continuaremos desarrollando las
obras contempladas en el Plan Integral para la Región Capital, entre las que se destacan el
saneamiento, canalización y dragado del arroyo El Gato, la adecuación de los arroyos
Carnaval y Martín, Rodríguez y Don Carlos, y desagües pluviales en la cuenca del arroyo
Maldonado, cuenca Watzerborn, Barrio Universitario y cuenca Zoológico.
Se prevé afianzar la política de reactivación de
viviendas que se viene realizando, y a través de distintas operatorias llegaremos más de
6.300 viviendas.
En materia de financiamiento de proyectos,
dadas las características y escala de nuestra Provincia, es necesario plantear una estrategia
para la búsqueda del financiamiento, tanto local como internacional. Por eso focalizamos
esfuerzos en la obtención de financiamiento internacional bilateral y multilateral para obras y
servicios de carácter prioritario para la Provincia.
En el plano externo, nos encontramos
trabajando activamente con distintos países y fondos, dado que el acuerdo que Argentina
logró con los países miembros del Club de París permite normalizar la deuda y establecer
un arreglo inédito que apunta a potenciar futuras inversiones de los países miembros del
Club de Paris en nuestro país. A su vez, genera un efecto positivo sobre el resto de los
países con recursos disponibles, configurando un contexto doblemente favorable para
obtener financiamiento bilateral para la Provincia de Buenos Aires.
Con el objetivo de recuperar la calidad
ambiental de la Cuenca del Río Reconquista, el Directorio del BID aprobó un préstamo
directo por U$S230 millones para implementar un plan de gestión integral ambiental y social,
que incluye obras de infraestructura vial y drenaje, provisión de agua potable y cloacas,
erradicación de basurales clandestinos y gestión integral de residuos sólidos urbanos.
Asimismo, estamos gestionando con la
Corporación Andina de Fomento (CAF) un préstamo de U$S150 millones destinado a la
financiación de la fase 1 de la construcción de Acueducto entre el Río Colorado y Bahía
Blanca. Con el Banco Mundial, estamos negociando un programa por U$S53,8 millones
destinado a la modernización tecnológica y de gestión de la Agencia de Recaudación
(ARBA) que propicie una mejora en el cumplimiento tributario con el fin de contribuir a
aumentar la recaudación.
Durante el 2015 continuaremos aunando
esfuerzos en el desarrollo de un Sistema Provincial de Inversión Pública integrado que
facilite el proceso de formulación, ejecución y evaluación de proyectos de inversión pública,
tanto a nivel de la Administración Pública Provincial (APP) como de las administraciones
municipales.
En cuanto a la coordinación municipal,
seguiremos fortaleciendo a los gobiernos locales, tanto mediante el incremento de las
transferencias de recursos como a través del Programa Provincial de Desarrollo (PPD). En
virtud de ello, se suscribirán nuevos convenios con los municipios para el financiamiento de
obras de infraestructura productiva que permitan reducir las asimetrías regionales existentes
en el territorio bonaerense, avanzando en un desarrollo con equidad territorial.
Respecto de la política salarial y ocupacional
del sector público prevista para el 2015, continuaremos con los lineamientos de
recuperación del poder adquisitivo con redistribución del ingreso. Se mantendrán los
principios de jerarquización de los agentes y fortalecimiento de la carrera administrativa
utilizando la política salarial como instrumento motivador e incentivador del trabajo, a través
de políticas que impliquen mejoras cuantitativas y cualitativas del salario.
4.1. POLÍTICA TRIBUTARIA
En materia de recursos, para el año 2015
proponemos medidas tendientes a defender los avances logrados en términos de equidad y
progresividad en la estructura tributaria provincial, impulsando actualizaciones necesarias
para atenuar la pérdida de participación de la imposición patrimonial en el financiamiento
público.
Es importante reiterar que estas medidas
resultan indispensables, debido a que la capitalización del valor de las propiedades no
actualiza de manera automática la imposición sobre los inmuebles como ocurre en el caso
de bienes más homogéneos y con gran número de transacciones de mercado como los
automotores.
Todos estos años de crecimiento de la
actividad, y del ajuste de los precios y los salarios, demostraron que la pasividad en la
actualización de estos tributos redunda en un virtual “descuento” sobre gran parte de los
impuestos cuyas bases exteriorizan capacidad contributiva directa.
De esta manera, presentamos un ajuste de la
tributación que se adecúa al incremento de la capacidad contributiva de los patrimonios, a la
vez que contempla –para el caso de los inmuebles rurales- las situaciones coyunturales de
origen climático, autorizando a ARBA a implementar de manera oportuna los beneficios
impositivos previstos en la ley 10.390 a los productores afectados en su capacidad de
producción durante el ejercicio 2015, de manera inmediata, ad referéndum del
correspondiente proceso administrativo.
4.2. POLÍTICA DE FINANCIAMIENTO
Los servicios de deuda para el Ejercicio 2015
alcanzarían los $28 mil millones, de los cuales el 74% son por repago de capital y el 26%
restante, por servicios de interés. Con el repago de esta deuda, la Provincia culminará con el
camino de desendeudamiento iniciado en 2007, generándose las condiciones para atraer las
inversiones que la Provincia necesita.
Iniciamos la gestión con una relación de 108%
de stock de deuda sobre total de recursos, y finalizaremos 2015 con esa relación por debajo
del 40%, dependiendo de las posibilidades de acceso al mercado de capitales. Mientras que
en 2007 se necesitaban 13 meses de recaudación para pagar el stock de deuda, hacia el
final de nuestro mandato esa relación caerá a aproximadamente sólo 4 meses.
El presente Proyecto de Presupuesto prevé
autorizaciones al Poder Ejecutivo para utilizar distintas herramientas de financiamiento a fin
de solventar actividades que promuevan planes estratégicos y el desarrollo territorial
provincial, programas sociales, el saneamiento ambiental, seguridad, la construcción de
viviendas, la ejecución de proyectos de inversión pública, entre otros objetivos.
Asimismo, si bien se prevé continuar
explorando las oportunidades de financiamiento a corto plazo que brinda el mercado de
capitales local, a través del Programa de Letras del Tesoro, no se descarta utilizar otras
fuentes de financiamiento local ni la alternativa de volver a tomar crédito en el mercado
internacional de capitales, toda vez que resulte una alternativa razonable y mejore la
estructura y el perfil de vencimientos de la deuda provincial.
Como es habitual, articularemos con el
Gobierno Nacional los requerimientos necesarios para continuar con la política de
desendeudamiento.
Dios Guarde a Vuestra Honorabilidad.
ANEXO I: ESQUEMAS AHORRO – INVERSIÓN – FINANCIAMIENTO
Provincia de Buenos Aires
Administración Pública no Financiera
En millones de pesos
Variación
absoluta
Variación
relativa
I. Ingresos Corrientes 176.293 193.328 17.035 9,7%
Tributarios 139.749 145.882 6.134 4,4%
De Origen Provincial 86.921 88.682 1.760 2,0%
Ingresos Brutos 64.410 66.760 2.349 3,6%
Inmobiliario Urbano 4.045 3.483 -562 -13,9%
Inmobiliario Rural 2.112 1.893 -219 -10,4%
Sellos 6.877 6.060 -817 -11,9%
Automotores 5.795 5.768 -26 -0,5%
Plan de Regularización Ley 11253 (Moratoria) 2.658 3.620 961 36,2%
Transmisión Gratuita de Bienes 150 155 5 3,2%
Energía 560 616 56 9,9%
Otros Tributarios Provinciales 315 327 13 4,1%
De Origen Nacional 52.827 57.201 4.374 8,3%
Coparticipación Federal 46.924 50.692 3.768 8,0%
Ley 23966 Recursos FO.NA.VI. (Vivienda) 849 671 -179 -21,1%
Ley 23966 IPS 1.203 1.230 27 2,2%
Régimen de Coparticipación Vial 566 549 -17 -3,0%
Otros RON 3.284 4.059 774 23,6%
Contribuciones a la Seguridad Social 25.267 32.007 6.740 26,7%
No Tributarios 11.278 15.439 4.161 36,9%
No tributarios 3.178 3.950 772 24,3%
Transferencias Corrientes 8.100 11.489 3.389 41,8%
II. Gastos Corrientes 169.808 190.794 20.986 12,4%
Personal 83.202 94.383 11.181 13,4%
Bienes y Servicios 9.574 9.973 398 4,2%
Rentas de la Propiedad (Intereses) 5.229 6.249 1.020 19,5%
Prestaciones de la Seguridad Social 26.676 34.553 7.877 29,5%
Transferencias Corrientes 45.127 45.636 509 1,1%
Coparticipación a Municipios 24.283 25.119 836 3,4%
Otras 20.844 20.517 -326 -1,6%
III. Resultado Económico 6.485 2.534 -3.952 -60,9%
IV. Ingresos de Capital 4.255 5.103 848 19,9%
V. Gastos de Capital 10.698 7.096 -3.602 -33,7%
Inversión Real Directa 5.990 3.483 -2.507 -41,9%
Transferencias de Capital 3.175 2.254 -921 -29,0%
Inversión Financiera 1.532 1.358 -174 -11,4%
Otros Gastos 1 0 0 -58,3%
VI. Ingresos Totales (I+IV) 180.549 198.431 17.883 9,9%
VII. Gastos Totales (II+V) 180.506 197.890 17.384 9,6%
VIII. Gastos Primarios (VII - Rentas de la Propiedad) 175.277 191.641 16.364 9,3%
IX. Resultado Primario (VI-VIII) 5.272 6.790 1.519 28,8%
X. Resultado Financiero (VII-VIII) 43 541 498 1171,4%
XI. Fuentes financieras 14.677 13.140 -1.537 -10,5%
Disminución de la Inversión Financiera 211 6.975 6.764 3211,2%
Endeudamiento Público e Increm. De Otros Pasivos 14.467 6.165 -8.302 -57,4%
XII. Aplicaciones Financieras 14.720 13.681 -1.039 -7,1%
Inversión Financiera 2.292 2.292 0 0,0%
Amortiz. Deuda y Disminución Otros Pasivos 12.427 11.389 -1.039 -8,4%
XIII. Resultado total 0 0 0
Proy. 2014 vs. Pto. 2014
ConceptoPresupuesto
2014
Proyección 2014
(cierre)
Provincia de Buenos Aires
Administración Pública no Financiera
En millones de pesos
Variación
absoluta
Variación
relativa
I. Ingresos Corrientes 193.328 239.100 45.772 23,7%
Tributarios 145.882 189.860 43.977 30,1%
De Origen Provincial 88.682 117.188 28.506 32,1%
Ingresos Brutos 66.760 88.979 22.219 33,3%
Inmobiliario Urbano 3.483 4.606 1.124 32,3%
Inmobiliario Rural 1.893 2.529 636 33,6%
Sellos 6.060 8.412 2.352 38,8%
Automotores 5.768 7.568 1.799 31,2%
Plan de Regularización Ley 11253 (Moratoria) 3.620 3.775 156 4,3%
Transmisión Gratuita de Bienes 155 206 51 33,2%
Energía 616 698 82 13,4%
Otros Tributarios Provinciales 327 415 87 26,6%
De Origen Nacional 57.201 72.672 15.471 27,0%
Coparticipación Federal 50.692 65.300 14.608 28,8%
Ley 23966 Recursos FO.NA.VI. (Vivienda) 671 1.150 479 71,5%
Ley 23966 IPS 1.230 1.634 404 32,9%
Régimen de Coparticipación Vial 549 697 148 26,9%
Otros RON 4.059 3.890 -169 -4,2%
Contribuciones a la Seguridad Social 32.007 34.449 2.442 7,6%
No Tributarios 15.439 14.791 -648 -4,2%
No tributarios 3.950 4.259 309 7,8%
Transferencias Corrientes 11.489 10.532 -957 -8,3%
II. Gastos Corrientes 190.794 231.190 40.395 21,2%
Personal 94.383 113.085 18.701 19,8%
Bienes y Servicios 9.973 14.038 4.065 40,8%
Rentas de la Propiedad (Intereses) 6.249 7.436 1.187 19,0%
Prestaciones de la Seguridad Social 34.553 37.008 2.455 7,1%
Transferencias Corrientes 45.636 59.623 13.987 30,6%
Coparticipación a Municipios 25.119 33.189 8.070 32,1%
Otras 20.517 26.434 5.917 28,8%
III. Resultado Económico 2.534 7.910 5.376 212,2%
IV. Ingresos de Capital 5.103 7.186 2.083 40,8%
V. Gastos de Capital 7.096 15.018 7.922 111,6%
Inversión Real Directa 3.483 8.217 4.734 135,9%
Transferencias de Capital 2.254 4.143 1.889 83,8%
Inversión Financiera 1.358 2.657 1.299 95,7%
Otros Gastos 0 0 0 -100,0%
VI. Ingresos Totales (I+IV) 198.431 246.286 47.855 24,1%
VII. Gastos Totales (II+V) 197.890 246.207 48.317 24,4%
VIII. Gastos Primarios (VII - Rentas de la Propiedad) 191.641 238.772 47.131 24,6%
IX. Resultado Primario (VI-VIII) 6.790 7.514 724 10,7%
X. Resultado Financiero (VII-VIII) 541 78 -463 -85,5%
XI. Fuentes financieras 13.140 23.612 10.472 79,7%
Disminución de la Inversión Financiera 6.975 4.202 -2.773 -39,8%
Endeudamiento Público e Increm. De Otros Pasivos 6.165 19.410 13.245 214,8%
XII. Aplicaciones Financieras 13.681 23.690 10.009 73,2%
Inversión Financiera 2.292 2.625 332 14,5%
Amortiz. Deuda y Disminución Otros Pasivos 11.389 21.065 9.677 85,0%
XIII. Resultado total 0 0 0
ConceptoProyección
2014 (cierre)
Presupuesto
2015
Pto. 2015 vs. Proy. 2014
(cierre)
ANEXO II: ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS TRIBUTARIOS
Los Gastos Tributarios como porcentaje de la
recaudación provincial se mantienen en el 8,0% para el año 2015. En lo que sigue se
presenta analíticamente el detalle de los gastos tributarios para los años 2014 y 2015, y - en
la medida de lo posible - su cuantificación.
GASTOS TRIBUTARIOS PROVINCIALES
Detalle Gasto Tributario
2014 (e) (en millones de $)
Gasto Tributario 2015 (p)
(en millones de $)
Gastos Tributarios Provinciales 7.136,77 9.405,44
% de Recaudación Provincial 8,0% 8,0%
% de Gasto Provincial Total 3,6% 3,8%
Ingresos Brutos 6.775,46 8.935,83
% de Recaudación Ingresos Brutos 10,1% 10,0%
% de Gasto Provincial Total 3,4% 3,6%
Inmobiliario 278,99 362,59
% de Recaudación Inmobiliario 5,2% 5,1%
% de Gasto Provincial Total 0,1% 0,1%
Automotores 82,32 107,02
% de Recaudación Automotores 1,4% 1,4%
% de Gasto Provincial Total 0,0% 0,0%
GASTOS TRIBUTARIOS PROVINCIALES
IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES
Detalle Gasto Tributario
2014 (e) (en millones de $)
Gasto Tributario 2015 (p)
(en millones de $)
Por los vehículos de su propiedad y uso exclusivo destinados a sus actividades propias, los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, las instituciones de beneficencia pública con personería jurídica, las cooperadoras, las instituciones religiosas debidamente reconocidas por autoridad competente y la Cruz Roja Argentina.
3,71 4,83
Los vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas discapacitadas y conducidos por las mismas; aquellos que por la naturaleza y grados de discapacidad o por tratarse de un menor de edad discapacitado, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero y los adquiridos por instituciones asistenciales sin fines de lucro, oficialmente reconocidas, dedicadas a la rehabilitación de personas con discapacidad.
17,77 23,10
Las ambulancias de propiedad de obras sociales y/o mutuales sindicales. 0,08 0,10
Los comerciantes habitualistas inscriptos en los términos del Decreto-Ley Nº 6.582/58 por las cuotas del impuesto correspondiente a vehículos usados registrados a su nombre.
Sin dato Sin dato
Los vehículos de asociaciones gremiales de trabajadores con personería jurídica y /o gremial. Sin dato Sin dato
Promoción Industrial (Ley N° 13.656). Las empresas micro, pequeñas y medianas beneficiadas podrán gozar de una exención total de hasta 10 años según la Región Industrial y tipo de proyecto.
Sin dato Sin dato
Los vehículos aptos para el ingreso y egreso en forma autónoma y segura de personas con movilidad reducida, que durante el año 2015 fueran incorporados a la prestación del servicio de transporte automotor público colectivo de pasajeros, estarán exceptuados de abonar las cuotas del impuesto a los Automotores que venzan durante cinco años contados a partir de la afectación a ese destino.
16,12 20,95
Los taxis, remises y los vehículos que desarrollen la actividad transporte de cargas cuyo peso incluida la carga transportable sea superior a 2.500 Kgs. para camiones, camionetas, pick-up y jeeps y 3.000 Kgs. para acoplados, casillas rodantes sin propulsión propia, trailers y similares, que no superen cinco años de antigüedad serán bonificados en un 20%.
19,03 24,75
Los vehículos que desarrollen la actividad transporte colectivo de pasajeros cuyo peso incluida la carga transportable sea superior a 3.000 Kgs. serán bonificados en: 20% para modelos-año 2004 a 2009 y 30% para modelos-año 2010 a 2015.
25,61 33,29
Los vehículos que desarrollen la actividad servicios de emergencia y traslados que no superen cinco años de antigüedad y sean destinados al traslado de pacientes, serán bonificados en un 20%.
Sin dato Sin dato
La Caja Profesionales de Previsión Social. Sin dato Sin dato
Total 82,32 107,02
(e) Estimado. (p) Proyectado.
GASTOS TRIBUTARIOS PROVINCIALES
IMPUESTO INMOBILIARIO
Detalle Gasto Tributario
2014 (e)
(en millones de $)
Gasto Tributario 2015 (p)
(en millones de $)
Los templos religiosos pertenecientes a cultos reconocidos por autoridad competente y los institutos de vida consagrada.
7,58 9,85
El Arzobispado y los Obispados en la Provincia. 18,14 23,58
Las fundaciones debidamente reconocidas como tales, cuyos inmuebles estén destinados exclusivamente a cumplir con su objeto estatutario.
22,72 29,54
Las universidades reconocidas como tales. 2,84 3,69
La Cruz Roja Argentina. 0,07 0,09
Los inmuebles ocupados por asociaciones gremiales de trabajadores con personería jurídica y/o gremial, siempre que les pertenezcan en propiedad, usufructo, o les hayan sido cedidos gratuitamente en uso, siempre que el uso y/o la explotación sean realizadas exclusivamente por dichas entidades.
11,35 14,75
Los Talleres Protegidos de Producción y Centros de Día contemplados en la Ley Nº 10.592, por los inmuebles de su propiedad o cedidos en uso gratuito.
0,15 0,20
Los inmuebles o partes de los mismos destinados a forestación o reforestación con la finalidad de constituir o mantener bosques protectores, permanentes, experimentales, de producción y montes especiales.
2,22 2,88
Las asociaciones y sociedades civiles, y sociedades comerciales constituidas de conformidad al artículo 3º de la Ley N° 19.550, con personería jurídica, cuando el producto de sus actividades se afecte exclusivamente a los fines de su creación y que no distribuyan suma alguna de su producto entre asociados y socios, y solamente respecto de aquellos inmuebles se utilicen principalmente para los fines que a continuación se expresan: servicio de bomberos voluntarios; salud pública y asistencia social gratuitas; y beneficencia; bibliotecas públicas y actividades culturales; enseñanza e investigación científica; actividades deportivas y servicio especializado en la rehabilitación de personas discapacitadas.
37,07 48,18
Los inmuebles de hasta 50 hectáreas destinados exclusivamente a la explotación tambera, siempre que el contribuyente sea propietario, usufructuario o poseedor de ese solo inmueble, realice por sí la explotación y se encuentre debidamente inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
0.09 0,12
El valor correspondiente a las plantaciones de los inmuebles de la zona suburbana, según la clasificación de la ley de catastro.
Sin dato Sin dato
Los inmuebles pertenecientes a la planta urbana edificada con valuación que no supere los $ 27.620 y cuyo propietario sea personas físicas y sucesiones indivisas que resulten contribuyentes del gravamen por ese único inmueble destinado a vivienda.
34,15 44,38
Los propietarios, usufructuarios o poseedores de un único inmueble perteneciente a la planta urbana edificada, cuyo avalúo fiscal no supere $ 48.610.
5,42 7,04
Los jubilados o pensionados que sean propietarios, usufructuarios o poseedor de un sólo inmueble -perteneciente a la planta urbana edificada-, cuyo avalúo fiscal total no supere los $500.000, y que el único ingreso de los beneficiarios esté constituido por haberes previsionales cuyos importes brutos, en conjunto, no superen mensualmente el monto que establezca la Ley Impositiva ($ 8.125).
90,88 118,11
Los ex combatientes de Malvinas o sus derecho-habientes que sean propietarios de vivienda única y destinada a uso familiar, cuya valuación no supere $155.600. El límite de valuación no se aplica en el caso de ex soldados conscriptos y civiles. No pueden acceder los condenados por crímenes de lesa humanidad.
1,35 1,76
Los inmuebles que hayan sido la última vivienda de personas que se encuentren en situación de desaparición forzada o que hubiesen fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10 de diciembre de 1983, mientras que mantengan la titularidad dominial de los mismos sus derecho-habientes comprendidos en el beneficio establecido en la Ley Nacional Nº 24.411 y modificatorias.
Sin dato Sin dato
Los titulares de dominio comprendidos en las Leyes Nacionales Nº 24.023 y Nº 25.914 y sus modificatorias, que sean propietarios, poseedores o usufructuarios de esa única vivienda y la misma se encuentre destinada a uso familiar, cuya valuación fiscal no supere $ 155.600.
Sin dato Sin dato
Energía eólica: Los inmuebles o parte de los mismos destinados a la instalación de equipos de transformación de energías renovables en eléctrica por 10 años.
Sin dato Sin dato
Inmuebles habilitados por autoridad competente para el desarrollo de actividades teatrales. 0,32 0,41
Productores agropecuarios afectados en su producción o capacidad de producción en por lo menos el 80% (Desastre agropecuario), Ley N° 10.390. Exentos del Inmobiliario Rural.
Sin Dato Sin Dato
Productores agropecuarios del Sudoeste, alcanzados por la exención establecida en la Ley Impositiva 2014 y 2015.
34,50 44,84
Condonación de las deudas por transmisiones de inmuebles realizadas en el marco de planes de regularizaciones dominial de interés social en los que intervenga la Escribanía General de Gobierno.
Sin dato Sin dato
Caja Profesionales de Previsión Social 0,56 0,73
Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios. 0,52 0.68
Biocombustibles (Ley Nº 13.719). Las personas físicas y/o jurídicas cuyos proyectos sean para autoconsumo o bien estén promovidos por la Ley Nº 26.093, estarán exentas por 15 años correspondientes al proyecto promovido. Aquellas cuyos proyectos sean para venta al mercado interno o para exportación estarán exentas por 10 años correspondientes al proyecto promovido.
Sin dato Sin dato
Promoción Industrial (Ley Nº 13.656). Las empresas beneficiadas podrán gozar de una exención total de hasta 10 años según la Región Industrial y tipo de proyecto.
3,01 3,91
Promoción Industrial (Ley Nº 13.656). Las empresas constructoras de parques y sectores industriales planificados estarán exentas por un período de 6 años y 3 años, respectivamente.
Sin dato Sin dato
Régimen de Promoción de la Industria del Software (Ley Nº 13.649). La exención será de hasta un 100%.
Sin dato Sin dato
Bonificación del 10% de bonificación para inmuebles destinados al desarrollo de actividades industriales, clínicas, sanatorios, hospitales u otros centros de salud, y medios gráficos y periodísticos.
3,92 5,09
Bonificación del 15% de bonificación para inmuebles destinados a hoteles. 2,13 2,76
Los regímenes promocionales de las Leyes Nº 12.322 y Nº 12.323 prevén exenciones del 50% del Impuesto Inmobiliario para los sectores agropecuario, industrial, comercial y de prestación de servicios situados en el CORFO Patagones-Villarino, Púan y Tornquist, y del 100% para el área de secano de Patagones.
Sin dato Sin dato
Total 278,99 362,59
(e) Estimado. (p) Proyectado.
GASTOS TRIBUTARIOS PROVINCIALES
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Detalle Gasto Tributario
2014 (e) (en millones de $)
Gasto Tributario 2015 (p)
(en millones de $)
Los ingresos de las Bolsas de Comercio autorizadas a cotizar títulos valores y los Mercados de Valores originados por los servicios de mercado y caja de valores, servicios de mercado a término y servicios de bolsa de comercio.
1,41 1,87
Toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las municipalidades, como así también las rentas producidas por los mismos y/o los ajustes de estabilización o corrección monetaria. Las operaciones sobre obligaciones negociables.
Sin dato Sin dato
Los ingresos de las asociaciones mutualistas constituidas de conformidad a la legislación vigente, que provengan exclusivamente de la realización de prestaciones mutuales a sus asociados, con excepción de la actividad que puedan realizar en materia de seguros.
106,34 141,43
Los ingresos obtenidos por el desarrollo de las actividades que establezca la Ley Impositiva, incluidos los provenientes del cobro de cuotas sociales y otras contribuciones voluntarias, que sean realizadas por asociaciones, sociedades civiles y fundaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas, culturales y deportivas, instituciones religiosas y asociaciones obreras, reconocidas por autoridad competente –todas sin fines de lucro-, siempre que los ingresos obtenidos sean destinados exclusivamente al objeto previsto en sus estatutos sociales, acta de constitución o documento similar y en ningún caso se distribuya directa o indirectamente suma alguna de su producto entre asociados o socios.
432,62 575,38
Las cooperativas y empresas de servicios eléctricos; servicio público telefónico; las cooperativas integradas por las municipalidades y/o vecinos, que realicen las actividades de construcción de redes de agua potable o redes cloacales y/o la prestación del suministro de agua potable o la prestación del servicio de mantenimiento de desagües cloacales, construcción de redes de distribución de gas natural y/o la prestación del servicio de distribución del suministro de gas natural por redes, prestación de servicios de higiene urbana y la construcción de pavimentos, todo ello dentro del partido al que pertenecen.
135,47 180,18
Los ingresos provenientes de las actividades propias de los buhoneros, fotógrafos y floristas sin local propio y similares.
Sin dato Sin dato
Las emisoras de radiotelefonía y las de televisión abiertas. 79,39 105,49
Televisión por cable, codificadas, satelitales, de circuitos cerrados y toda otra forma que haga que sus emisiones puedan ser captadas únicamente por sus abonados.
252,00 335,16
Las cooperativas de trabajo y los ingresos de los socios o accionistas de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en las mismas.
Sin dato Sin dato
Los ingresos gravados de las personas discapacitadas, hasta $ 99.450. Sin dato Sin dato
Los establecimientos educacionales privados incorporados a los planes de enseñanza oficial y, reconocida como tales por la prestación de servicios de enseñanza.
434,11 501,83
Los ingresos provenientes de la impresión, edición, distribución y venta de libros, diarios, periódicos y revistas, incluso en soporte electrónico, informático o digital.
234,51 311,90
Los ingresos de Talleres Protegidos de Producción y Centros de Día de acuerdo a lo normado en la Ley Nº 10.592.
Sin dato Sin dato
Los Ingresos de las congregaciones religiosas reconocidas oficialmente y los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica que gocen de personalidad jurídica pública en la Iglesia Católica conforme a los términos de la Ley Nº 24.483.
Sin dato Sin dato
Los empleadores que incorporen personas con discapacidades podrán imputar el equivalente al 50% de las remuneraciones nominales que éstos perciban, como pago a cuenta del impuesto.
Sin dato Sin dato
Los ingresos correspondientes al propietario por la locación de hasta 1 propiedad siempre que no superen los $ 6.890 mensuales o $ 82.680 anuales, salvo que éste sea una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio.
Sin dato Sin dato
Venta de inmuebles efectuadas después de 2 años de su escrituración, en los ingresos correspondientes al enajenante, salvo que éste sea una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio, el plazo no es exigible cuando se trate de ventas efectuadas por sucesiones, de ventas de única vivienda efectuadas por el propietario y las que se encuentren afectadas a la actividad como bienes de uso.
Sin dato Sin dato
Venta de lotes pertenecientes a subdivisiones de no más de 10 unidades, excepto que se trate de loteos efectuados por una sociedad o empresa inscripta en el Registro Público de Comercio.
Sin dato Sin dato
Los ingresos de las farmacias pertenecientes a obras sociales, entidades mutuales y/o gremiales, que se encuentren constituidas y funcionen de acuerdo a los requisitos establecidos en la legislación específica vigente.
Sin dato Sin dato
Actividades primarias, excepto cereales y carnes, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia no supere los $ 40.000.000, exentos.
69,89 92,95-
Actividades primarias, excepto cereales y carnes, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia se encuentre entre $ 40.000.000 y $ 60.000.000, alícuota 0,5%.
58,21 77,42
Actividades industriales cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere los $ 40.000.000, exentos.
391,71 520,98
Actividades industriales cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia se encuentre entre $ 40.000.000 y $ 60.000.000, alícuota 0,5%.
229,45 305,17
Venta de autos nuevos y usados. 993,24 1.321,01
Actividades de comercialización, ya sea mayorista o minorista, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, se encuentre entre $ 1.000.000 y $40.000.000, alícuota 3,5%.
1.895,89 2.521,53
Actividades de comercialización, ya sea mayorista o minorista, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere el $ 1.000.000, alícuota 3%.
174,22 231,71
Actividades de prestación de servicios cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia no supere los $500.000.000, alícuota 3,5%.
226,94 301,83
Actividades de prestación de servicios cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia se encuentre entre $500.000 y $30.000.000, alícuota 4%.
274,70 365,35
Alícuota reducida de 1,5% para las actividades de recolección, reducción y eliminación de desperdicios (General de servicios 3,5%), así como también para el servicio de saneamiento público cuando sean prestadas a los municipios por los mismos contribuyentes que desarrollen las actividades de recolección, reducción y eliminación de desperdicios.
82,25 109,39
La producción de filmes y videocintas, cuando las mismas se desarrollen en establecimiento ubicado en la provincia de Buenos Aires y el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior no supere los $60.000.000, alícuota 0 (General 3,5%).
9,01 11,98
Los ingresos obtenidos por sujetos radicados en la zona franca, provenientes de actividades efectivamente realizadas en dicho ámbito territorial
Sin dato Sin dato
Los productores teatrales por los ingresos provenientes de la venta de localidades. 7,13 9,48
Las personas físicas que desempeñen actividades teatrales y artísticas cuando los ingresos anuales no superen $ 48.000.
Sin dato Sin dato
Promoción Industrial (Ley Nº 13.656). Las empresas beneficiadas podrán gozar de una exención total de hasta 10 años según la Región Industrial y tipo de proyecto.
593,88 789,86
Promoción Industrial (Ley Nº 13.656). Las empresas constructoras de parques y sectores industriales planificados estarán exentas por un período de 6 años y 3 años, respectivamente.
Sin dato Sin dato
Los ingresos provenientes de las operaciones y/o servicios realizados entre las cooperativas y sus asociados en el cumplimiento de su objeto social.
Sin dato Sin dato
Fundaciones y demás entidades que no se distribuyan suma alguna de su producido entre asociados o socios que tengan por objeto social la lucha contra la fiebre aftosa y todas aquellas enfermedades que afecten a la población animal y cuyas campañas para su control y/o erradicación sean declaradas de interés estatal.
Sin dato Sin dato
Cooperativas de provisión minorista Ley Nº 10.345. Quedan contempladas dentro de esta exención, aquellas cooperativas que asuman por propia cuenta la adquisición de elementos de consumo alimentario y de limpieza a nivel mayorista, directamente de los centros de producción, para ser distribuidos entre sus asociados quienes lo utilizarán para el desenvolvimiento de sus propias bocas de expendio y realicen toda la actividad inherente a la explotación integral de la misma.
Sin dato Sin dato
Las actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS). Sin dato Sin dato
Biocombustibles (Ley Nº 13.719). Las personas físicas y/o jurídicas cuyos proyectos sean para autoconsumo o bien estén promovidos por la Ley Nº 26.093, estarán exentas por 15 años correspondientes al proyecto promovido. Aquellas cuyos proyectos sean para venta al mercado interno o para exportación estarán exentas por 10 años correspondientes al proyecto promovido.
80,04 106,45
Régimen de Promoción de la Industria del Software (Ley Nº 13.649). La exención será de hasta el 100%.
13,15 17,49
Los regímenes promocionales de las Leyes Nº 12.322 y Nº 12.323 prevén exenciones del 50% del impuesto sobre los Ingresos Brutos para los sectores agropecuario, industrial, comercial y de prestación de servicios situados en el Corfo Patagones-Villarino, Púan y Tornquist y del 100%, para el área de secano de Patagones.
Sin dato Sin dato
Programa Provincial de apoyo a jóvenes empresarios (Ley Nº 14.029). Exención del pago a las empresas PyME que tengan menos de 4 años de vida y cuando sus titulares sean en su totalidad jóvenes de entre 18 y 35 años de edad. El plazo de exención durará 2 años, prorrogables por otros dos.
Sin dato Sin dato
Total 6.775,46 8.935,83
(e) Estimado. (p) Proyectado.
GASTOS TRIBUTARIOS PROVINCIALES
IMPUESTO DE SELLOS
Las instituciones religiosas reconocidas por Autoridad Competente, las cooperadoras, asociaciones de bomberos voluntarios y consorcios vecinales de fomento.
Las cooperativas de consumo y trabajo por los actos de constitución de sociedades y por sus aumentos de capital.
Las cooperativas de vivienda, así como los actos por los que se constituyan dichas sociedades y por sus aumentos de capital.
Los actos constitutivos de las asociaciones mutualistas y de las entidades de bien público, incluso fundaciones.
Las cooperativas y empresas de servicios eléctricos y las cooperativas que presten los siguientes servicios: a) Público telefónico; b) Suministro de agua potable; c) Gas por redes; y d) De mantenimiento de desagües cloacales.
Las Obras Sociales encuadradas en las Leyes Nacionales Nº 23.660 y Nº 23.661.
Las Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales.
Los contratos de compraventa de inmuebles que se otorguen de acuerdo con los regímenes de fomento agrario nacionales y provinciales, comprendidos en las leyes de transformación agraria, colonización o arrendamiento y aparcerías rurales.
Contratos de prenda agraria que garanticen préstamos de o para la compra de semillas, acordados a los agricultores de la Provincia.
Operaciones de “Crédito Rural de Habilitación”, afianzadas con garantías personales o reales, que realice el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Contratos que realicen los productores agropecuarios con destino a la adquisición y reparación de maquinarias e implementos agrícolas, alambrados, molinos y aguadas.
Usuras pupilares.
Adelantos entre Bancos, con o sin caución; los créditos en moneda argentina concedidos por los Bancos a corresponsales del exterior, los créditos concedidos por Bancos para financiar operaciones de importación y exportación.
Las operaciones de préstamos, a corto plazo entre bancos autorizados por el Banco Central de la República Argentina.
Préstamos o anticipos a los empleados públicos, jubilados y pensionados, que acuerden bancos o instituciones oficiales.
Documentación otorgada por sociedades mutuales formadas entre empleados, jubilados y pensionados de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
Giros, cheques y valores postales; como asimismo las transferencias efectuadas por entidades regidas por la Ley Nº 21.526.
Actos y contratos que instrumenten operaciones de crédito y constitución de hipoteca para la compra, construcción o ampliación de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente y cuyo monto no supere la suma de $ 116.700 y los que instrumenten la adquisición de lotes baldíos destinados a la construcción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuyo monto no supere la suma de $ 58.350.
Compraventa de inmuebles, destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal o el precio de la operación, el que fuera mayor, no supere la suma de $ 58.350.
Las escrituras traslativas del dominio de inmuebles cuando se trate de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente y su valuación fiscal o el precio de la operación, no supere la suma de $ 116.700 o, cuando se trate de lote o lotes baldíos destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente y su valuación fiscal o el precio de la operación, no supere la suma de $ 58.350.
Los boletos de compraventa de terrenos sujetos al régimen de la Ley Nacional Nº 14.005 y Ley Provincial Nº 4.564 y los boletos de compraventa de terrenos adquiridos en 100 o más cuotas.
Las fundaciones, asociaciones y sociedades civiles con personería jurídica, en las cuales el producido de sus actividades se afecte exclusivamente a los fines de su creación y que no distribuyan suma alguna del mismo entre asociados y socios, siempre que cumplan las siguientes actividades: salud pública, beneficencia y asistencia social gratuita; bibliotecas públicas y actividades culturales; enseñanza e investigación científica; actividades deportivas.
Los contratos de cesión de derechos de propiedad intelectual, los contratos de edición y los contratos de traducción de libros.
Los contratos de impresión de libros, celebrados entre las empresas gráficas argentinas y las empresas editoras argentinas.
Los contratos de venta de papel para libros.
Los contratos de venta de libros, aunque el precio se difiera en cuanto a su percepción, siempre que dichos contratos los celebren como vendedoras las empresas editoras argentinas.
Los actos de constitución de sociedades para la administración y explotación de servicios estatales que se privaticen, cuando sean formalizados por los empleados y/u operarios de aquellas.
Los instrumentos y actos que formalicen operaciones de intermediación en el mercado de transacciones financieras entre terceros residentes en el país, que realicen las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 dentro de las regulaciones establecidas por el Banco Central de la República Argentina.
Los actos, contratos y operaciones, incluyendo entregas o recepciones de dinero, relacionados con la emisión, suscripción, colocación y transferencia de obligaciones negociables, emitidas conforme al régimen de las Leyes Nº 23.576 y Nº 23.962 y sus modificatorias.
Las adquisiciones de dominio como consecuencia de juicios de prescripción, cuando reúnan los siguientes requisitos: a) Sean inmuebles edificados, cuyo avalúo fiscal total no supere la suma que fije la Ley Impositiva ($ 58.350) para inmuebles de uso familiar. b) Sean inmuebles destinados exclusivamente a vivienda familiar permanente. c) El beneficiario no sea titular de otro bien inmueble. d) No superar los ingresos mensuales del peticionante, al momento de solicitar el beneficio, el monto de 4 sueldos correspondientes a la categoría 4 de la Administración Pública Provincial, según Ley Nº 10.430.
La creación, emisión y transferencia de letras hipotecarias, en los términos del Título III de la Ley Nº 24.441.
Los instrumentos de transferencias de vehículos usados destinados a su posterior venta, celebrados a favor de agencias o concesionarios que se encuentren inscriptos como comerciantes habitualistas en los términos previstos en el Decreto-Ley Nº 6.582/58, ratificado por Ley Nº 14.467.
Los contratos de leasing que revistan las modalidades previstas en los incisos a), b), c) y e) del artículo 5º de la Ley Nº 25.248, cuando el tomador lo destine al desarrollo de las actividades agropecuaria, industrial, de servicios, minera y/o de la construcción.
Los actos que instrumenten derechos de garantía otorgados a favor de Sociedades de Garantía Recíproca en el marco de lo establecido en el artículo 71º de la Ley Nº 24.467.
Los actos y contratos por los que se instrumente la transferencia del dominio de vehículos automotores comprendidos en el Capítulo III de la Ley Nº 13.010 y aquellos referidos a unidades que por la antigüedad del modelo-año no se encuentren alcanzadas por el Impuesto a los Automotores.
Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal no supere $ 116.700, se aplica una alícuota cero (General 10‰).
Operatorias financieras y de seguros institucionalizadas destinadas a los sectores agropecuario, industrial, minero y de la construcción.
Actos jurídicos relacionados con actividades de implantación de bosques, su mantenimiento, el manejo, el riego, la protección y la cosecha de los mismo, incluyendo las actividades de investigación y desarrollo, la industrialización de la madera, cuando el conjunto de todas ellas formen parte de un emprendimiento forestal o forestoindustrial integrado.
Contratos de locación de obras y de servicios que tengan por objeto la construcción de una nueva planta industrial o la ampliación de una existente en la Provincia; contratos de suministro de energía eléctrica y gas con esa misma finalidad y contratos de seguro que cubran riesgos relacionados con igual objeto.
Los sujetos radicados en las zonas francas de la Provincia, siempre que los actos, contratos u operaciones en que intervengan, tengan efectos exclusivamente en dichos territorios y su objeto se vincule directamente con el ejercicio de su actividad (sujetos radicados son los concesionarios de las zonas francas y los usuarios que hayan celebrado el contrato de admisión).
Instrumentación de actos jurídicos relacionados con la prospección, exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales, con excepción de los hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos.
Fundaciones y demás entidades que tengan por objeto social la lucha contra la fiebre aftosa y todas aquellas enfermedades que afecten a la población animal y cuyas campañas para su control y/o erradicación sean declaradas de interés estatal.
Constitución, cancelación e inscripción de hipotecas que garanticen prestamos otorgados mediante “Cédulas Hipotecarias Rurales”, emitidas por el Banco Nación Argentina.
Los regímenes promocionales de las Leyes Nº 12.322 y Nº 12.323 prevén exenciones del 50% en los actos, contratos y operaciones celebrados, en la parte correspondiente al beneficiario, por los sectores agropecuario, industrial, comercial y de prestación de servicios situados en el Corfo Patagones-Villarino, Púan y Tornquist y del 100%, para el área de secano de Patagones.
Biocombustibles (Ley Nº 13.719). Todos aquellos actos jurídicos relacionados con la producción de biocombustibles, también aquellos involucrados en la construcción de la planta.
Promoción Industrial (Ley Nº 13.656). Las empresas beneficiadas podrán gozar de una exención total de hasta 10 años según el Plan de Desarrollo Industrial. Alcanzará: 1) En el período de construcción o montaje de las instalaciones industriales alcanzadas por las exenciones impositivas, a los contratos de: a) Locación de obras o servicios; b) Suministro de energía eléctrica y gas: c) Seguros que cubran riesgos relacionados con la construcción o montaje de instalaciones industriales. La exención alcanzará a ambas partes contratantes. 2) A los contratos relacionados con la adquisición de materias primas e insumos, incluyendo los servicios públicos, vinculados a la actividad promovida, por todo el período de la promoción otorgada. Alcanzará a la lateralidad del industrial promovido, debiendo la otra parte contratante abonar su impuesto.
Régimen de Promoción de la Industria del Software (Ley Nº 13.649). En todos aquellos actos jurídicos relacionados con cada una de las actividades a que hace referencia el artículo 4° de la Ley Nº 25.922.
Los actos de las asociaciones sindicales con personería gremial destinados al ejercicio específicos de las funciones propias previstas en los artículos 5° y 23° de la Ley Nº 23.551. La exención es automática y por la sola obtención de dicha personería gremial. Ley Nº 13.758.
Letras y pagarés hipotecarios, como parte del precio de un contrato de compraventa de inmuebles, cuando se haya efectuado la escritura traslativa de dominio, siempre que lleven al dorso la certificación del escribano ante el cual haya sido otorgada dicha escritura, del cual resulte la fecha y número de ésta y el importe del impuesto pagado. No gozarán de esta exención los nuevos documentos que se otorguen para renovar las obligaciones no cumplidas a su vencimiento.
El documento expedido a los fines de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, como título de propiedad del automotor.
Las transferencias de empresas y las transmisiones de dominio, cuando las mismas se efectúen en concepto de aporte de capital a una sociedad.
Los actos y contratos en los que se instrumenten operaciones de venta de bienes de capital nuevos y de producción nacional destinados a inversiones en actividades económicas que se realicen en el país.
Los contratos de locación de inmuebles con destino a viviendas en los términos del artículo 1507° del Código Civil. Para acogerse a los beneficios que otorga la presente ley, la valuación fiscal del inmueble objeto de la locación no podrá superar el monto que fije la Ley Impositiva anual, 2011 y 2012, $36.000.
Los productores agropecuarios afectados en su producción o capacidad de producción en por lo menos el 80% (Desastre agropecuario), Ley N° 10.390.