la pena -

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  • 8/18/2019 LA PENA -

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    LA PENA

    Licda. Ana Patricia Secaida Marroquín

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    LA PENA

    En el derecho penal, una de las consecuencias

    jurídicas son las penas criminales para: las personas inimputables y

    las medidas de seguridad para los inimputables

    También es la reparación a las victimas o sus familiares porlos derechos afectados con el delito.

    Las responsabilidades CivilesReparación del daño moral

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    DETERMINACIÓN DE LA PENA

    1. Corresponde al legislador determinar la pena jurídicaen cuanto al tipo de penal, límites y máximas y en sucaso penas accesorias.

    2. Individualización judicial,

    corresponde al juez que

    sentencia la imposición de

    la pena.

    3. Individualización penitenciaria,

    corresponde al juez ejecutor

    cumplir con la pena impuesta.

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    TIPOS DE PENA

    PENA DE MUERTE

    PENA DE PRISION

    Privación de libertad Suspensión de la pena

    Conmuta de la pena

    PENA DE MULTA

    Conversión de la pena

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    ORDENAMIENTO JURIDICO

    DERECHO PENITENCIARIO Principales fuentes en el marco jurídico y

    reglamentario por el que se rige el sistemapenitenciario.

    La Constitución Política de la República de Guatemala:incluye un capítulo sobre los derechos humanos y por logeneral establece organismos encargados de velar por elrespeto de los derechos definidos en el capítulo sobrelos derechos humanos.

    El artículo 19 de la Constitución Política de la repúblicade Guatemala “El sistema penitenciario debe tender ala readaptación social y a la reeducación de los reclusosy cumplir en el tratamiento de los mismos”

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    El código penal y la ley de procedimiento penal:

    El código penal incluirá información acerca de las categoríasde delitos y de las penas establecidas para cada delito.

    Las penas previstas suelen incluir tanto penas no privativas dela libertad como penas de encarcelamiento.

    La ley del Regimen Penitenciario define las normas por las quese rigen los procesos (aprehensión, detención, juicio, prisiónpreventiva, encarcelamiento).

    Ademas recogen una serie de principios por los que se rigen loscentros penitenciarios.

    El reglamento penitenciario constituye un instrumento dederecho derivado que sirve de orientación a los funcionariosde prisiones en lo referente a la aplicación de las disposicionesrecogidas en las leyes y códigos antes mencionados (legislaciónfundamental).

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    Inf. Estadística de laDirección General del

    Sistema Penitenciario al 12de mayo de 2015

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    RÉGIMEN PENITENCIARIO

    La Ley del RégimenPenitenciario

    (Decreto 33-2006 del

    Congreso de la Repúblicade Guatemala)

    Entró en vigencia el día 7de abril de 2006.Establece lo que serefiere a las faltas ysanciones y elprocedimiento que debellevarse para la aplicaciónde las mismas, para losprivados de libertad.

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    CONVENIOS

    INTERNACIONALES

    Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para eltratamiento de los reclusos (1957);

    El conjunto de principios para la protección de todas las

    personas sometidas a cualquier forma de detención oprisión (1988);

    Los Principios Básicos para el tratamiento de losreclusos (1990)

    Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para laadministración de justicia de menores (1985)

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    Institución publica que tiende:

    1. La readaptación social  y reeducación de las personasprivadas de libertad;

    2. La guarda y custodia, Con fundamento en laConstitución Política de la Republica de Guatemala(art. 19) convenios y tratados internacionales enmateria de derechos humanos.

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    En conclusión sólo las faltastipificadas en la ley son las que sesancionan

    Estas faltas se clasifican en :leves,

    graves y

    gravísimas.

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    Dentro de las faltas leves seencuentran:1. Faltar el respeto a

    una autoridad ofuncionario delsistema penitenciario

    2. Insultar a otro reclusoo a cualquier personaque este dentro delcentro de detención

    3. Provocar daños

    mínimos a lasinstalaciones alcentro de detención

    Sanciones:

    1. Amonestación escrita

    2. Restricción de lavisita de la familiapor una semana

    3. Se considera faltagrabe

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    Prisión preventiva:

    Es el tipo de prisión en la que se encuentra laspersonas, que un juez de instrucción ordena

    preventivamente, con el objeto de evitar fuga o laobstrucción de la averiguación de la verdad.(procedimiento Común)

    Cumplimiento de condena:

    Con sentencia firme y se encuentran en la ejecución dela pena de prisión y de multa.

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    COMPUTO

    Operación matemática realizada por el Juez deEjecución para establecer exactamente elcumplimiento de la pena total impuesta en sentenciafirme y los beneficios establecidos en las leyes

    respectivas. Articulo 492 y 494 CPP; 44 y 80 CP y 74LRP (Dto. 33-2006)

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    Derecho a comunicación (arts. 20 y21)

    Instalaciones sanitarias e higiénicas (art. 13)

    Asistencia medica (art. 14) Libertad de religión (art. 24)

    Salidas al exterior del centro (art. 27)

    Visita intima y general (art. 21)

    Derecho a la educación (art. 25) Todos fundamentos del la Ley del Régimen

    Penitenciario

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    Incidente DE LIBERTAD ANTICIPADA

     por el Régimen de LibertadCondicional (Artículo 80 del códigoPenal) Haber cumplido la mitad de la pena de prisión que exceda

    de tres años y no pase de doce; o que haya cumplido las

    tres cuartas partes de la pena que exceda de doce años. Que no haya sido condenado con anterioridad por otro

    delito doloso.

    Haber observado buena conducta durante su reclusión, quedemuestren que ha adquirido hábito de trabajo, orden ymoralidad. (Según criterio de los Jueces de Ejecución el

    hábito se adquiere en el último año de prisión) Que haya restituido la cosa y reparado el daño de los

    delitos contra el patrimonio, y en los demás delitos quehaya satisfecho, la responsabilidad civil.

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    DOCUMENTOS

    Certificación de Antecedentes Penal.

    Informes de Trabajo de los distintos centros en donde haestado cumpliendo condena.

    Informes de Conducta de los distintos centros en dondeha estado cumpliendo condena.

    Informe Psicológico del lugar actual en donde estécumpliendo su condena.

    Informe Moral del lugar actual en donde estécumpliendo su condena.

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    Libertad Anticipada Por Redención DePenas Por Trabajo Y Buena Conducta

    (Arto. 70 de la Ley del RégimenPenitenciario) Haber cumplido la mitad de la pena de prisión.

    Educación y Trabajo Útil y/o Productivo.

    La redención será de un día por cada dos días deeducación o trabajo útil y/o productivo.

    Demostrar mediante documento idóneo que el/lasolicitante no tiene proceso penal pendiente, en casode existir solicitar certificación correspondiente.

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    DOCUMENTOS

    Certificación de Antecedentes Penal.

    Informes de Trabajo de los centros en donde ha estadocumpliendo condena.

    Informes de Conducta de los centros en donde ha estadocumpliendo condena.

    Informes del Equipo Multidisciplinario (Psicológico,Pedagógico, Social, Medico y Moral) del lugar en dondeactualmente esté cumpliendo codena.

    Dictamen de la Comisión Nacional de Salud Integral,Educación y Trabajo.

    Ofrecer los medios probatorios de cómo solvento situaciónjurídica en otros procesos penales, cuando corresponda.

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    LIBERTAD ANTICIPADA PORBUENA CONDUCTA (Arto. 44Código Penal)

    Haber demostrado buena conducta durante las 3 cuartaspartes de la condena.

    DOCUMENTOS

    Certificación de Antecedentes Penales emitida por laUnidad de Antecedentes Penales del Organismo Judicial.

    Informes de Conducta de los distintos centros en dondehaya cumplido su condena, incluyendo el actual.

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    Libertad Controlada Por EnfermedadTerminal (Arto 69 de la Ley del Régimen

    Penitenciario)

    Al informarse por cualquier medio, de la enfermedadterminal de la persona privada de libertad, solicitara el

    beneficio al Juzgado de Ejecución Penal. (Ley del Régimen Penitenciario Arto 69).

    DOCUMENTOS

    Informe del Médico del Centro en donde se encuentra

    cumpliendo condena, respecto a la fase de laenfermedad terminal.

    Dictamen Medico Pericial emitido por Médico delInstituto Nacional de Ciencias Forenses INACIF.

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    REDENCIÓN ESPECIAL (Articulo72 de la Ley del RégimenPenitenciario) Haber Aprobado ciclos especiales de alfabetización o

    conclusión del ciclo primario en el centro penal

    DOCUMENTOS

    Certificaciones de Aprobación de alfabetización oconclusión del ciclo primario en el centro penal.

  • 8/18/2019 LA PENA -

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    SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA DE MULTA (Articulo 14 de la Ley contra la

    Narcoactividad)

    Que haya cumplido con la pena de prisión. (ya sea porcumplimiento total de la pena de prisión o por haberse

    declarado con lugar cualquiera de los beneficios quesolventan la prisión).

    Haber observado Buena Conducta.

    Demostrar que no tiene recursos económicos para hacerefectiva la pena de multa.

  • 8/18/2019 LA PENA -

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    DOCUMENTOS

    Antecedentes Penales emitidos por el Organismo Judicial.

    Informes de conducta de los lugares en donde haya estadocumpliendo condena.

    Estudio Socioeconómico para establecer que la persona privada delibertad es de escasos recursos económicos, emitido portrabajadora social.

    Informe a todos los bancos del sistema para establecer que lapersona privada de libertad es de escasos recursos económicos.

    Constancia de Carencia de Bienes emitido por el Ministerio deFinanzas Publicas y por el registro de la propiedad inmueble

    para acreditar que es de escasos recursos económicos. Cualquier otro documento que sirva para acreditar que la persona

    privada de libertad es de escasos recursos económicos.