la nueva ley de mercado de valores ley 18.627 zonamerica, febrero 2010
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LA NUEVA LEY DE MERCADO DE VALORES
LEY 18.627
ZONAMERICA, Febrero 2010
Introducción
• Nueva Ley deroga expresamente la Ley 16.749 de 1996
• Intento de Relanzamiento del Mercado de Capitales como instrumento movilizador de la economía
• Ley más compleja en profundidad y contenidos• Se procura promover el desarrollo del mercado de
valores local• Mejorar el control sobre los emisores y demás
agentes del mercado
Ejes Centrales de la Nueva Ley
• Reafirmación del BCU como órgano regulador de transparencia y competitividad
• Especial Regulación de los Intermediarios de Valores• Creación de Comisión de Promoción del Mercado de
Valores• Exoneraciones Tributarias para Promoción del
Mercado• Valores Escriturales vs. Valores Físicos
Oferta Pública
• La Ley mantiene la exclusión de las “Emisiones Privadas” pero son intermediarios quienes actúan en ellas
• La Invitación a la compra de valores realizada a los clientes de una institución de manera generalizada es OP aunque no se haga publicidad
• No hay variación en el concepto de “Valor”
Agentes del Mercado de Valores
• Intermediarios de Valores• Asesores de Inversión• Bolsas de Valores• Entidades de Custodia, Compensación y Liquidación
de Valores• Auditores Externos• Calificadoras de Riesgo
Intermediarios de Valores
• Corredores de Bolsa: Son aquellos intermediarios que actúan como miembros de una bolsa de valores u otra institución que constituya un mercado de negociación de valores de oferta pública
• Agentes de Valores: Son aquellos que operan fuera de los mercados referidos en a)
¿Pueden las Personas Físicas seguir siendo Intermediarios?
• Las Personas físicas que actúen en la actualidad como intermediarios deberán tomar la forma de una Sociedad Comercial (Ley 16.060) en el plazo de 1 año
• Sociedades Personales: Socios Personas Físicas• Sociedades Anónimas: Acciones Nominativas con
posibilidad de identificar persona física en control
Requisitos para ser Intermediario de Valores
• Fijar domicilio comercial para desarrollar las actividades de intermediación
• Incluir en nombre expresión correspondiente• Ser Sociedad Comercial (Ley 16.060)• Tener Capital Mínimo y Constituir Garantías que
determine BCU• Mantener estructura de administración, organización
y controles internos adecuados• Acreditar corrección de su personal superior
Garantía
• Constitución de Garantía en forma previa a su autorización como tales
• El BCU establecerá el monto y forma de constitución de la garantía inicial y su mantenimiento considerando volumen y naturaleza de las actividades del Intermediario
• La Garantía se debe mantener hasta el año posterior a la pérdida en la calidad de Intermediario
Secreto Profesional
• Las Entidades Registrantes y los Intermediarios de valores están comprendidos en la obligación de secreto profesional en iguales términos que los Bancos
• Los Dependientes de la entidad registrante o de los intermediarios están también obligados a guardar silencio en iguales términos
• El Secreto Profesional no será oponible al BCU
Información Reservada y Confidencial
• Información que de hacerse pública podría influir sensiblemente sobre la cotización de los valores emitidos
• Revelación de información privilegiada antes que la misma se divulgue o hagan uso indebido de ella en beneficio propio o de terceros
• Sanciones Administrativas
• Responsabilidad Civil y Penal
Régimen Sancionatorio
• Observación• Apercibimiento• Multas• Suspensión o Cancelación de la Cotización de los
Valores• Suspensión o Cancelación de la habilitación para
realizar oferta pública• Suspensión o Cancelación de Actividades
Asesores de Inversiones - Circular 2046/10
• Son aquellas personas físicas o jurídicas que en forma profesional y habitual aconsejan a terceros respecto de la inversión, compra o venta de dinero, metales preciosos o valores objeto de oferta pública o canalicen las solicitudes recibidas de sus clientes aproximándolos a intermediarios radicados en el país o en el exterior
• Cuando los asesores de inversión custodien valores de terceros deberán seguir el régimen de los Agentes de Valores
Requisitos para la Inscripción - Personas Físicas
• Nómina del Personal Superior
• Información sobre situación patrimonial general (DJ)
• Origen Legítimo del Capital (DJ)
• Acreditación que responsables, directivos y el personal superior cuentan con la capacitación requerida
• Actividades a desarrollar aclarando a quién estará orientada
Requisitos para la Inscripción - Personas Jurídicas
• Nómina de socios o accionistas y el porcentaje de participación
• Nómina de Personal Superior
• Estados Contables
• Origen Legítimo del Capital (DJ)
• Acreditación que responsables, directivos y el personal superior cuentan con la capacitación requerida
• Actividades a desarrollar aclarando a quién estará orientada
Ejes Básicos de su Actuar
• Establecer políticas y procedimientos contra lavado de activos y financiamiento del terrorismo
• Conocimiento adecuadamente de los clientes
• Generar sistemas de resguardo de la información y documentación
• Informar las transacciones sospechosas
• Mantener reserva de sus actuaciones e informar sobre bienes relacionados con el terrorismo
• Proporcionar información clara, suficiente y veraz a los inversores
Oficial de Cumplimiento
• El Asesor deberá contar con un Oficial de Cumplimiento que será el responsable de la implementación, el seguimiento y el control del adecuado funcionamiento del sistema preventivo
• Se debe informar al regulador dentro de los 10 días hábiles siguientes a su designación el nombre de la persona
Capacitación del Personal
• Deberá incorporar un programa de capacitación del personal (exámenes internacionales)
• Capacitación Continua (por lo menos 20 horas anuales)
• Asegurar un alto nivel de integridad de su personal
Régimen Sancionatorio
• Observación• Apercibimiento• Multa• Exclusión del Registro
• Omisión de Capacitación de Personal: 5.000 UI X 30
Plazos para Adecuación de Actuales Asesores de Inversión
• Inscripción en el Registro: 30 días
• Cumplir con Normativa Antilavado: 3 meses
• Plan para capacitación del personal: 2 meses