la ley 1122 de 2007- la reforma a los subsidios en salud

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Libertad y Orden R epública de C olom bia LA LEY 1122 DE 2007 LA LEY 1122 DE 2007 - - LA REFORMA LA REFORMA A LOS A LOS SUBSIDIOS EN SALUD SUBSIDIOS EN SALUD

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Page 1: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Libertad y Orden

República de Colombia

LA LEY 1122 DE 2007LA LEY 1122 DE 2007- -

LA REFORMA LA REFORMA

A LOSA LOS

SUBSIDIOS EN SALUDSUBSIDIOS EN SALUD

Page 2: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Con la Ley 1122 de 2007. Con la Ley 1122 de 2007. Se garantizan

los recursos necesarios para que el país alcance la cobertura universal en salud a finales de 2010.

Page 3: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Cobertura Universal. Cobertura Universal. Para lograr este

propósito, el Gobierno Nacional se comprometió a aportar los recursos necesarios, que se sumarán a los de las entidades territoriales y a los procedentes del aumento de medio punto a cotización en salud, con cargo a los empleadores.

Page 4: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Subcuenta de Solidaridad Subcuenta de Solidaridad 1.5% (10º)1.5% (10º)

Uno punto cinco (1,5) de la cotización serán trasladados a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado.

Page 5: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Recursos del Régimen Recursos del Régimen Subsidiado. (11º, modificatorio Subsidiado. (11º, modificatorio del art 214 de la Ley 100 de 1993)del art 214 de la Ley 100 de 1993)

1. De las entidades territoriales.

2. Del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.

3. Otros.

Page 6: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Pago del Valor Total de la UPCS Pago del Valor Total de la UPCS (14º, inc 3º, Lit f)

f) El valor total de la UPC del Régimen Subsidiado será entregado a las EPS del régimen subsidiado.

Page 7: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Copagos y Cuotas Moderadoras en el Copagos y Cuotas Moderadoras en el

Régimen Subsidiado (14º, inc 3º, Lit g)Régimen Subsidiado (14º, inc 3º, Lit g)

g) No habrá copagos ni cuotas moderadoras para los afiliados del Régimen Subsidiado en Salud clasificados en el nivel I del Sisbén o el instrumento que lo remplace;

ni para la población desplazada, Art. 3o Decr.4877 de 2007

Page 8: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

AFILIACION DE DESPLAZADOS Y AFILIACION DE DESPLAZADOS Y DESMOVILIZADOS (14º, inc 3º, Lit i)DESMOVILIZADOS (14º, inc 3º, Lit i)

i) La afiliación inicial de la población de desplazados y desmovilizados cuyo financiamiento en su totalidad esté a cargo del Fosyga se hará a una Entidad Promotora de Salud de naturaleza pública del orden nacional, sin perjuicio de que preserve el derecho a la libre elección en el siguiente período de traslado. El Gobierno Nacional reglamentará la afiliación de esta población cuando en el respectivo municipio no exista dicha oferta;

Page 9: LA LEY 1122 DE 2007- LA REFORMA A LOS SUBSIDIOS EN SALUD

Atención en salud a la población en situación de desplazamiento sin afiliación y

en lo no cubierto con subsidiso a la demanda.

Atención en salud a la población en situación de desplazamiento sin afiliación y

en lo no cubierto con subsidiso a la demanda.

La Nación con recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía- FOSYGA, Subcuenta ECAT (Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Transito) concurre en la financiación de la atención en salud de la población desplazada.