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7 LA EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS Mg. Victoria Flores Roa Asistente Social Académica Carrera Trabajo Social Facultad de Ciencias Sociales, Artes y Humanidades Universidad de Antofagasta Chile Introducción El presente trabajo intenta presentar un análisis en torno a la educación en derechos humanos, en adelante EDH, significados y sentido, organismos y marco normativo actual a nivel nacional e internacional , implementación de planes educativos, modelos de educación en derechos humanos, las distintas orientaciones y perspectivas que han ido generando instituciones educativas y organismos a nivel mundial y local considerando los aspectos teórico- metodológicos , experiencias y estrategias pedagógicas en ámbitos educativos formales y no formales. Es posible afirmar que la educación en derechos humanos es una práctica relativamente reciente en el mundo en general y particularmente en América Latina donde surge como una forma de defensa y denuncia ante violaciones masivas de derechos humanos acontecidas durante las épocas en que aparecen las dictaduras militares en países del continente, desde mediados de la década del 60 hasta inicios de la década de los noventa y que a pesar de existir normativa que establece y garantiza la educación en derechos humanos en los distintos escenarios de ciudadanía, aún los logros en esta materia no dan cuenta de significados que releven el ejercicio de la enseñanza - aprendizaje en la esfera de los derechos humanos y que según la literatura revisada en torno a las distintas experiencias pedagógicas implementadas, es coincidente la visión de educadores e investigadores respecto de la necesidad de incorporar nuevos saberes y

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LA EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS

Mg. Victoria Flores Roa

Asistente Social

Académica Carrera Trabajo Social

Facultad de Ciencias Sociales, Artes y Humanidades

Universidad de Antofagasta – Chile

Introducción

El presente trabajo intenta presentar un análisis en torno a la educación en

derechos humanos, en adelante EDH, significados y sentido, organismos y marco

normativo actual a nivel nacional e internacional , implementación de planes

educativos, modelos de educación en derechos humanos, las distintas

orientaciones y perspectivas que han ido generando instituciones educativas y

organismos a nivel mundial y local considerando los aspectos teórico-

metodológicos , experiencias y estrategias pedagógicas en ámbitos educativos

formales y no formales.

Es posible afirmar que la educación en derechos humanos es una práctica

relativamente reciente en el mundo en general y particularmente en América

Latina donde surge como una forma de defensa y denuncia ante violaciones

masivas de derechos humanos acontecidas durante las épocas en que aparecen

las dictaduras militares en países del continente, desde mediados de la década

del 60 hasta inicios de la década de los noventa y que a pesar de existir normativa

que establece y garantiza la educación en derechos humanos en los distintos

escenarios de ciudadanía, aún los logros en esta materia no dan cuenta de

significados que releven el ejercicio de la enseñanza - aprendizaje en la esfera de

los derechos humanos y que según la literatura revisada en torno a las distintas

experiencias pedagógicas implementadas, es coincidente la visión de educadores

e investigadores respecto de la necesidad de incorporar nuevos saberes y

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experiencias en la lógica de una lucha constante por abrir los espacios que

generen nuevos escenarios para educar en derechos humanos.

EDUCAR EN DERECHOS HUMANOS Significado y sentido

La idea de que es necesario e importante educar - y educarse- en derechos humanos

surge como acuerdo internacional desde la propia Declaración Universal de los Derechos

Humanos (1948) la cual desde su Preámbulo señala:

La Asamblea General,

Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal

común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que

tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella,

promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y

libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e

internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos...

Y se explicita más en su Art. 26:

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el

fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades

fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas

las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de

las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

De lo anterior se desprende el establecimiento de varios principios que caracterizan a la

Educación en Derechos Humanos y que deben ser entendidos como mandatos para

implementarla:

• Persigue el desarrollo pleno de la personalidad humana

• Fortalece el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales

• Promueve las actividades de Naciones Unidas para la paz traspasando los

contextos locales y nacionales, con una orientación a transformar la

convivencia social universal.

9

El consenso educativo de la Declaración Universal fue reiterado y profundizado

por las naciones del mundo durante los años posteriores en numerosos

instrumentos de derechos humanos, en declaraciones y resoluciones de

organismos internacionales y regionales, en conferencias mundiales

especializadas y en encuentros de líderes políticos y educativos.

Según Magendzo (2006), la educación en derechos humanos se refiere a la

práctica educativa que se funda en el reconocimiento, la defensa, respeto y

promoción de los derechos humanos y que tiene por objeto desarrollar en los

individuos y los pueblos sus máximas capacidades como sujetos de derechos y

brindarles las herramientas y elementos para hacerlos efectivos, se trata de una

formación que reconoce las dimensiones históricas, políticas y sociales de la

educación y que se basa en los principios, valores, mecanismos e instituciones

relativos a los derechos humanos en su integralidad y en su relación de

interdependencia e indivisibilidad con la democracia el desarrollo y la paz.

En Magendzo (2006), Pérez Aguirre decía “educar en derechos humanos nunca

podrá quedar encerrado en el chaleco de fuerza del orden teórico –intelectual.

Vimos que esta acción pertenece al reino de la pasión ¡ Qué insensatez pretender

educar para los derechos humanos encerrados en un aula durante algunas horas

por semana¡, lo saben mejor que yo, no alcanza el mejor discurso magistral ni los

medios didácticos sofisticados, porque educar en derechos humanos supone

trascender la mera transmisión verbal y pasar al hacer. Educar en derechos

humanos será entonces una acción educativa dialéctica, educador y educando se

educarán mutuamente”

En esta lógica, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena

en junio de 1993, señaló en la Declaración y Programa de Acción de Viena que la

educación, la capacitación y la información pública en materia de derechos

humanos eran indispensables para establecer y promover relaciones estables y

armoniosas entre las comunidades y para fomentar la comprensión mutua, la

tolerancia y la paz.

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La Conferencia recomendó que los Estados trataran de eliminar el analfabetismo y

orientaran la educación hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y el

fortalecimiento del respeto, los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Pidió a todos los Estados e instituciones que incluyeran los derechos humanos, el

derecho humanitario, la democracia y el imperio de la ley como temas de los

programas de estudio de todas las instituciones de enseñanza académica y no

académica. Surge así, lo que se establece como Decenio de las Naciones Unidas

para la educación en la esfera de los derechos humanos (1995-2004)

generándose un Plan de Acción cuyos objetivos son cinco: la evaluación de las

necesidades y la formulación de estrategias; la creación y fortalecimiento de

programas para la educación en la esfera de los derechos humanos; la

preparación de material didáctico; el fortalecimiento de los medios de

difusión; y la difusión mundial de la Declaración Universal de Derechos

Humanos.

El Plan antes señalado, se centra en el estímulo y el apoyo a las actividades e

iniciativas nacionales y locales y se basa en la idea de la colaboración entre los

gobiernos, las organizaciones internacionales, las organizaciones no

gubernamentales, las asociaciones de profesionales, los particulares y grandes

sectores de la sociedad civil. Se considera que la activa participación de

organizaciones no gubernamentales, organizaciones de base comunitaria y

asociaciones de profesionales en las diversas actividades del Plan de Acción es

fundamental para su éxito.

Tanto la Asamblea General como la Comisión de Derechos Humanos han instado

a las organizaciones no gubernamentales internacionales, regionales y nacionales,

en particular a las interesadas en las cuestiones relativas a la mujer, el trabajo, el

desarrollo y el medio ambiente, así como a todos los demás grupos dedicados a la

justicia social, los defensores de los derechos humanos, los educadores, las

organizaciones religiosas y los medios de información, a que amplíen su

participación en la educación escolar y no escolar en la esfera de los derechos

humanos y cooperen con el Centro de Derechos Humanos en la ejecución de las

actividades , en primera instancia del Decenio de las Naciones Unidas para la

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educación en la esfera de los derechos humanos ( 1995-2004) y luego en el

Programa Mundial 2005-2019. Las proyecciones al finalizar ambos procesos se

analizan a continuación

1. Organismos y marco normativo nacional e internacional vinculado a la

educación en derechos humanos

A nivel mundial existen distintas instituciones y organizaciones que impulsan

programas, definen misiones y visiones relativas a los derechos humanos, entre

los que se encuentran:

Amnistía Internacional, que postula a la educación en derechos

humanos como un proceso mediante el cual se dota a las personas de

habilidades y herramientas para que trabajen a favor de los derechos

humanos, contribuyendo a crear una cultura global de derechos humanos

que suponga una prevención y erradicación de las violaciones de derechos

humanos en todo el mundo, estableciendo que como todo proceso

educativo consta de fases para su desarrollo, identificando las siguientes:

1. Dar a conocer instrumentos internacionales de derechos

humanos: Declaración Universal, Convención de los derechos de la infancia

y otras normas internacionales.

2. Fomentar la reflexión sobre violaciones de derechos humanos y la

empatía con las víctimas con el fin de cultivar actitudes que emanan de la

Declaración Universal, como el deseo de justicia, la solidaridad, la tolerancia,

el respeto, el espíritu crítico.

3. Promover el pase a la acción, que cada persona se convierta en defensora

de sus propios derechos y de los derechos de los demás.

Otro de los Organismos es la Organización de las Naciones Unidas para

la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO, cuya labor en materia de

educación relativa a los derechos humanos está orientada por el Programa

Mundial para la Educación en Derechos Humanos, estableciendo que el

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conocimiento de los derechos y las libertades está considerado como

un instrumento fundamental para asegurar el respeto de los derechos

de todas las personas, asimismo argumenta que la educación

debería abarcas valores tales como la paz, la no discriminación, la

igualdad, la justicia, la no violencia, la tolerancia y el respeto de la

dignidad humana.

En esta lógica se destaca al Consejo de Derechos Humanos, como órgano

dependiente de las Naciones Unidas ONU, siendo el organismo que proclamó el

período de 10 años 1995-2004 ,( resolución 50/177 de la Asamblea General, de 22

de diciembre de 1995 A/51/506) como el Decenio de las Naciones Unidas para la

educación en la esfera de los derechos humanos y acogió el proyecto de Plan de

Acción para el Decenio el cual fue asumido por distintos países miembros de los

cuales se exponen, a continuación, los aportes entregados en torno a los logros

alcanzados en este período 1995-2004 (Comisión de derechos humanos 60º

período de sesiones e/cn.4/2004/93 26 de febrero de 2004);

La mayoría de los gobiernos de los países miembros comentaron que

habían aumentado sus actividades de educación en la esfera de los

derechos humanos, dentro o fuera del marco del decenio.

La mayoría dice que la educación en la esfera de los derechos humanos

todavía seguirá siendo prioritaria en sus países, ya que no se han abordado

grupos o problemas específicos y todavía no existen mecanismos de

coordinación adecuados para la educación en la esfera de los derechos

humanos.

Por último, la mayoría de los gobiernos que respondieron respaldan la

proclamación de un segundo Decenio para la educación en la esfera de los

derechos humanos (2005-2014), y el establecimiento de un fondo de

contribuciones voluntarias para la educación en la esfera de los derechos

humanos.

13

En consideración a los aportes y sugerencias entregadas por los distintos países,

con fecha 10 de diciembre de 2004, la Asamblea General de Naciones Unidas

resuelve proclamar mediante resolución 59/113, el Programa Mundial para la

educación en derechos humanos con el objeto de promover la aplicación de

programas de educación en derechos humanos en todos los sectores ante lo cual

el Alto Comisionado para las Naciones Unidas en Derechos Humanos (ACNUDH)

debe asegurar la coordinación internacional del Programa Mundial.

El Programa Mundial tiene por objeto promover el entendimiento común de los

principios y metodologías básicos de la educación en derechos humanos,

proporcionar un marco concreto para la adopción de medidas y reforzar las

oportunidades de cooperación y asociación, desde el nivel internacional hasta el

de las comunidades.

A diferencia del marco temporal específico del Decenio, el Programa Mundial

consiste en una serie de etapas consecutivas a fin de intensificar las actividades

nacionales de educación en derechos humanos en sectores o cuestiones

determinados.

La primera etapa (2005-2009) se centra en los sistemas de enseñanza

primaria y secundaria.

La segunda etapa (2010-2014) se enfoca en la educación en derechos

humanos para la enseñanza superior y los programas de capacitación para

maestros y educadores, funcionarios públicos, fuerzas del orden y personal

militar.

En relación a la Tercera Etapa (2015-2019) se consultó a los distintos

países miembros, desde la ACNUDH, respecto de sus opiniones en torno a

lo que se espera se defina como objetivos para este período y entre los

organismos que dieron su aporte se señala al INDH de Chile cuya opinión

se destaca como sigue:

Según el documento de Naciones Unidas (Asamblea General Distr. General

26 de junio de 2013 A/HRC/24/24), el Instituto Nacional de Derechos

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Humanos de Chile INDH, acogió con satisfacción esta próxima tercera etapa, y

señaló que los objetivos de las dos etapas anteriores solo se habían cumplido

parcialmente, en un contexto nacional de acción pública limitada caracterizado por

la desconfianza de los ciudadanos hacia la política y las instituciones públicas, y

unos bajos niveles de participación social y política. Por consiguiente, el Instituto

consideraba necesario fortalecer los objetivos y las prioridades asociados a las

dos primeras etapas, en particular la formación de docentes, funcionarios públicos,

fuerzas del orden y personal militar, y de otros profesionales; subrayó la

importancia de elaborar un plan de acción nacional para la educación en derechos

humanos que sirviera de plataforma común para los actores gubernamentales y

educativos. El Instituto propuso marcar un período de evaluación de las dos

primeras etapas antes de iniciar la tercera, y orientar esta última a los jóvenes (de

entre 18 y 30 años), para fomentar en ellos la ciudadanía activa, así como a los

legisladores, los responsables de la formulación de políticas y los medios de

comunicación de masas. La tercera fase señala el INDH, debería centrarse en el

fortalecimiento de la democracia a través de una educación para la ciudadanía

activa y el uso de los mecanismos democráticos para la promoción de los

derechos humanos.

Por otra parte, es importante destacar que El Consejo de Derechos Humanos,

órgano dependiente de la Asamblea de Naciones Unidas, aprobó el 23 de marzo

de 2011, la Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación

en materia de derechos humanos (anexo de la Resolución 16/1) recomendando

aprobar dicha declaración la que finalmente es aprobada el 19 de Diciembre del

2011 por la Asamblea General (resolución 66/137). Esta etapa marca la

aprobación final de este nuevo instrumento por las Naciones Unidas que en su

texto y articulados declara:

Artículo 1

2. La educación y la formación en materia de derechos humanos son

esenciales para la promoción del respeto universal y efectivo de todos los

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derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas,

de conformidad con los principios de universalidad, indivisibilidad e

interdependencia de los derechos humanos.

Artículo 3

1. La educación y la formación en materia de derechos humanos están integradas

por el conjunto de actividades educativas y de formación, información,

sensibilización y aprendizaje que tienen por objeto promover el respeto universal y

efectivo de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales,

contribuyendo así, entre otras cosas, a la prevención de los abusos y violaciones

de los derechos humanos al proporcionar a las personas conocimientos,

capacidades y comprensión y desarrollar sus actitudes y comportamientos para

que puedan contribuir a la creación y promoción de una cultura universal de

derechos humanos.

2. La educación y la formación en materia de derechos humanos engloban la

educación:

a) Sobre los derechos humanos, que incluye facilitar el conocimiento y la

comprensión de las normas y principios de derechos humanos, los valores que los

sostienen los mecanismos que los protegen;

b) Por medio de los derechos humanos, que incluye aprender y enseñar

respetando los derechos de los educadores y los educandos;

c) Para los derechos humanos, que incluye facultar a las personas para que

disfruten de sus derechos y los ejerzan, y respeten y defiendan los de los demás.

2. Educación en derechos humanos, implementación de planes

educativos

Según Abraham Magendzo (2006), la educación en Derechos Humanos en

América Latina y en Chile ha recorrido un camino que, siendo breve, ha sido

fructífero, sin que esto signifique que no haya tenido que sortear obstáculos y

dificultades. En casi la mayoría de los países los Derechos Humanos se han

16

instalado en el curriculum, desarrollado diversas metodologías y elaborado una

serie de materiales didácticos.

Según María Isabel Toledo y Abraham Magendzo, (2009, 139-154) En el contexto

de la Reforma Curricular Chilena, una de las alternativas ha sido relacionar

estrechamente la enseñanza de los Derechos Humanos con la historia reciente.

Es así como, en el segundo año medio, en el sector de Historia y Ciencias

Sociales que se focaliza en Historia de Chile se señala textualmente que es

propósito ".que los estudiantes desarrollen una visión global acerca del

desenvolvimiento de la historia nacional y comprendan que la realidad actual tiene

sus antecedentes en los procesos históricos que los han ido conformando"

(MINEDUC 1999: 9). En este contexto, se incluye la subunidad "Régimen militar y

transición a la democracia" que aborda la crisis política que desemboca en el

quiebre democrático ocurrido el año 1973 y la transición hacia un orden

democrático desde la década de los ochenta. Se postula que "...interesa que los

estudiantes analicen la magnitud de los cambios económicos y políticos

implementados por el régimen militar; y la existencia de un modelo económico

diametralmente diferente al de sustitución de importaciones". Se acota que,

"...dada la cercanía temporal de estos procesos, y el drama humano implicado, es

especialmente importante la conducción de los docentes; resulta clave que los

jóvenes conozcan lo ocurrido de un modo amplio, identificando las distintas

visiones en juego, a la vez que puedan reflexionar sobre ello, en un marco de

valoración de la democracia y de respeto a los Derechos Humanos, en estrecha

relación con los Objetivos Fundamentales Transversales definidos en el marco

curricular" (MINEDUC 1999: 69-70).

Magendzo, destaca que; “Aproximar a los estudiantes a los Derechos Humanos

desde la enseñanza de la historia reciente y las violaciones de estos derechos no

es, por cierto, la única forma posible de abordar la educación en Derechos

Humanos. Sin embargo, constituye una manera ética que tiene como intención

primordial perpetuar la memoria y contribuir al 'Nunca Más'.

17

"Se trata de transmitir a través de la memoria una ética de la atención, una actitud

de cuidado con los Otros y Otras, una modalidad para que las jóvenes

generaciones sean más atentas que sus mayores en el respeto a la dignidad

humana. No es sólo un esfuerzo por no olvidar la historia para no tener que

repetirla, como tampoco recordar el sufrimiento pasado de la humanidad con la

intención oculta de una venganza. Es, entonces, de una memoria ética..."

(Barcena & Mélich 2000: 22).

Así, la educación en Derechos Humanos se convierte en un vigilante del recuerdo

para que nunca más se repitan sucesos tan deleznables y terribles como los

vividos. Su rol no es ni de control ni de censura, sino que de acogida, de hacer del

aprendizaje de la memoria histórica un acontecimiento ético existencial, un acto de

apertura hacia la historia de los 'Otros/Otras' en sus penas y sufrimientos

(Magendzo 2004).

La incorporación en el curriculum de los Derechos Humanos se establece como un

eje fundamental para la formación ciudadana de los jóvenes y permite relacionar el

mundo de la escuela con su contexto histórico-político-social y con lo cotidiano de

cada estudiante. Por su parte, vincular la educación en Derechos Humanos con la

historia reciente permite a los estudiantes comprender cómo los procesos

desarrollados a través del tiempo dan forma al presente, facilitan la comprensión

de la realidad que les toca vivenciar y entrega una mirada de futuro más

esperanzadora.

Según lo señala Magendzo, por cierto la memoria de lo acontecido, de una u otra

manera, hará emerger dolores y penas personales y colectivas que compartimos

con otros, en una humanidad que nos estrecha a Otros y Otras. Evocará

recuerdos de violaciones a los derechos fundamentales cometidos en nuestro

país, evocaciones de atropellos a la dignidad humana, reminiscencias de abusos a

la integridad individual y social, inmunidad no reparadora, pero también recuerdos

de las luchas por detener las violaciones, de recuperación de dignidad, de

denuncia de ilegalidades y atropellos.

18

En el ámbito educativo en Derechos Humanos se destaca también, el

Instituto Interamericano de Derechos Humanos IIDH que es una

institución internacional autónoma de carácter académico. Fue creado en

1980 en virtud de un convenio suscrito entre la Corte Interamericana de

Derechos Humanos y la República de Costa Rica, en la actualidad es uno

de los más importantes centros mundiales de enseñanza e investigación

académica sobre derechos humanos, con un enfoque multidisciplinario y

con énfasis en los problemas de América. Su sede principal está en San

José, Costa Rica. La Oficina Regional para América del Sur, se localiza en

la sede de la OEA en el Palacio del MERCOSUR, en Montevideo, Uruguay;

y la Oficina de Enlace en Bogotá, Colombia.

El IIDH promueve el respeto de los derechos humanos establecidos en los pactos

y tratados del sistema interamericano por medio de la educación y la formación en

derechos humanos en valores democráticos.

El IIDH es un órgano auxiliar del sistema interamericano de protección de los

derechos humanos. Ejecuta proyectos locales y regionales para la diseminación

de los derechos humanos junto con las principales entidades no gubernamentales

y las instituciones públicas de los países del hemisferio

En cumplimiento de su mandato y con el propósito de conocer las perspectivas de

la educación en derechos humanos en el ámbito público, en el año 2012 el IIDH

desarrolla una Consulta Interamericana sobre la Educación en Derechos

Humanos, la cual se ejecuta entre 2012-2013. Algunos de sus planteamientos y

resultados se destacan a continuación. Instituto Interamericano de Derechos

Humanos San José(2013).

Tendencias regionales en materia de EDH

Los Informes Interamericanos de la EDH han venido constatando desde 2002

progresos paulatinos en materia de EDH en América Latina y en El Caribe,

durante las dos décadas pasadas (1990 a 2010). En particular, el segundo ciclo

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del Informe Interamericano mostró un aceleramiento notable y generalizado de

ese progreso durante la última década (2000 a 2011).Aunque con variaciones

entre los países en ritmo y profundidad, se identificaron numerosas

manifestaciones que daban cuenta de un crecimiento de principios, valores y

contenidos de EDH en los campos de:

Normativa e institucionalidad educativa, por ejemplo, en la ratificación de

instrumentos internacionales de derechos humanos; en la inclusión del derecho a

la educación y la EDH en los textos constitucionales, leyes, decretos, resoluciones

y otros documentos de administración educativa; en la adopción de normas sobre

gobierno estudiantil, y en la creación de dependencias y programas

gubernamentales especializados en o asociados a la EDH, como los de gobierno

estudiantil en las escuelas públicas.

Planificación educativa nacional, por ejemplo, en la medida en que se

elaboraron planes nacionales de EDH o planes de derechos humanos con

consideración de la dimensión educativa.

Currículo, en los conocimientos específicos de EDH incorporados en los

documentos oficiales que orientan los objetivos y contenidos del currículo, en los

planes nacionales y programas de estudio y en las perspectivas transversales de

género, derechos sociales, diversidad y participación de la sociedad civil.

Libros de texto, en los conocimientos específicos de EDH incorporados en los

textos educativos que se utilizan más comúnmente en las escuelas y colegios.

Metodología de los libros de texto, en la incorporación de valores, actitudes y

capacidades a favor de los derechos humanos y en la utilización de estrategias

pedagógicas movilizadoras de la participación dentro del diseño de ejercicios para

estudiantes.

Políticas públicas sobre convivencia y seguridad escolar, en la medida en que

se fundamentaran, diseñaran, ejecutaran y evaluaran políticas de convivencia y

prevención de violencia escolar con enfoque de derechos humanos.

7

20

Sobre Educación en Derechos Humanos el informe señala:

• Si bien hay abundancia de normativa con referencias a la EDH, se requiere una

adecuada armonización y coordinación entre las diferentes leyes que abordan el

tema de la inclusión de la EDH.

• Consolidar las organizaciones estudiantiles (en Brasil, “gremios), dándoles los

insumos y respaldo oficial necesarios para la práctica del gobierno

• Es imperativo profundizar sistemáticamente los desarrollos curriculares de EDH,

en particular la dimensión de los conocimientos específicos de derechos humanos

en todos los niveles escolares. Se observó que sin contenidos explícitos no habrá

materiales educativos que los aborden ni metodología que los plantee y que las

carencias tienen un doble efecto: por un lado reducen el potencial de la EDH, ya

que los contenidos incorporados se ven de manera superficial o quedan librados a

la voluntad de las y los docentes y las instituciones educativas y, por otro, los

contenidos y metodologías que se proponen en los libros de texto entregan una

visión reduccionista e incompleta, con la consiguiente pérdida de oportunidad de

hacer de ellos una instancia real de tratamiento de estos contenidos por parte de

educadores y estudiantes.

Las conclusiones del VII Informe de la EDH (2008) son retomadas por

prácticamente todas las personas expertas consultadas y reforzadas con ejemplos

nacionales particulares.

Hay algunos puntos muy débiles que se enfatizan a continuación:

• La historia de los derechos humanos.

• Los déficits sobre aspectos institucionales como igualdad ante la ley, debido

proceso, concepto de democracia y temas asociados con los órganos

internacionales y regionales de protección de derechos humanos. Pese a que

todos los países reportan la existencia de programas de formación en educación

ciudadana (bajo diferentes denominaciones), llama la atención la limitada

presencia de estos temas y de actividades curriculares asociadas a éstos.

• Las instituciones de protección de derechos humanos en el ámbito nacional y las

organizaciones internacionales de cooperación y promoción de derechos

humanos.

21

3. Modelos de educación en derechos humanos

Hablar de modelos de Educación en Derechos Humanos es hablar de lógicas

conceptuales, teórico- metodológicas que sustentan la práctica educativa y que se

han ido estructurando en forma paulatina desde sus inicios y que son diferentes

Más aún, los modelos pueden convertirse en un instrumento que les otorgue

organicidad conceptual y práctica a muchas de las experiencias en educación en

derechos humanos que actualmente se están implementando.

Según señala Magendzo (2006), se piensa que el conocimiento de los derechos

humanos emerge básicamente de un “modelo normativo” o de uno

“constructivista”. En el primero, según el autor, el conocimiento surge y se valida

en una autoridad externa que posee una “verdad legitimada” que se transmite

expositivamente, en el segundo modelo el conocimiento de los derechos humanos

se construye desde el encuentro con la vida cotidiana y desde la experiencia

personal y colectiva de los educandos, lo que implica preferentemente una

pedagogía exploratoria, crítica y problematizadora.

En síntesis, cada modelo se sustenta en un propósito y una lógica propia que lo

define, que a su vez condiciona la selección y organización de los objetivos,

conocimientos, habilidades, actitudes y valores de la educación en derechos

humanos, así como las metodologías de enseñanza y aprendizaje, y los sistemas

de evaluación. Asimismo condiciona el público objetivo al que está destinado,

Según Felisa Tibbitts, 2002, citada en Magendzo (2008; 132:133), existen algunos

modelos de educación en derechos humanos que se han implementado

indistintamente en los ámbitos educativos formales y no formales.

Modelo de Valores y Percepción,

Modelo de Rendición de Cuentas (Accountability) y Responsabilidad

Modelo de Transformación,

22

Modelo de Valores y Percepción

Según este modelo el propósito principal de la educación en derechos

humanos consiste en transmitir un conocimiento básico de los mismos e

impulsar su integración en los valores que se intenta sean del dominio

público. Las campañas de educación en derechos humanos tendientes a

sensibilizar al público y los programas de estudio que los incorporan en las

escuelas, generalmente están dentro de esta categoría. El plan de estudios

que incluye los derechos humanos se vincula a los valores democráticos

fundamentales y su práctica.

La estrategia pedagógica clave en este modelo es la participación, y

despertar el interés entre los estudiantes. Estos métodos pueden ser

bastante innovadores, por ejemplo, cuando se utilizan campañas

publicitarias o educación popular callejera, pero también pueden vincularse

en exposiciones orales: conferencias, paneles, foros, etcétera. Sin

embargo, este modelo no hace mucho hincapié en el desarrollo de

destrezas, tales como las relacionadas con la comunicación, la solución de

conflictos y el activismo.

Modelo de Rendición de Cuentas (Accountability) y Responsabilidad

En este modelo se espera que los que participan de cursos y actividades

en derechos humanos se vinculen directa o indirectamente con las

garantías de los derechos humanos asumiendo “funciones

profesionales”. La educación en derechos humanos se focaliza en la

responsabilidad que implica vigilar directamente las violaciones de los

derechos humanos, y resguardarlos y defenderlos ante las autoridades

correspondientes o poner especial atención en la protección de los

derechos de las personas, especialmente de las poblaciones más

vulnerables, frente a las cuales tienen cierta responsabilidad.

23

En este modelo, todos los programas de educación presumen que los

participantes estarán directamente involucrados en la protección de los

derechos de individuos y de grupos. Por tanto, se considera que la

amenaza en la violación de los derechos es inherente a sus tareas. Para

quienes defienden y abogan por la vigencia de los derechos, la tarea más

difícil es comprender las normas de los derechos humanos, los

mecanismos de protección y las destrezas abogar por su vigencia. Caben

también dentro de esta clasificación las iniciativas de capacitación y

perfeccionamiento de abogados, fiscales, jueces, agentes de policía y

militares, que pueden incluir información pertinente sobre derecho

constitucional e internacional, los códigos de ética profesional, los

mecanismos de supervisión y presentación de quejas y las

consecuencias de las violaciones. Los programas de educación en

derechos humanos que van dirigidos a los grupos profesionales, tales

como los trabajadores en el ramo de la salud y el servicio social,

periodistas y otros miembros de los órganos de información tienen como

objetivo la responsabilidad y la rendición de cuentas.

Modelo de Transformación

En este modelo se ubican, según Tibbitts, 2002, citada en Magendzo

(2008; 137:138) los programas de educación en derechos humanos que

están encaminados a empoderar al individuo tanto para que reconozca los

abusos de los derechos humanos como para que asuma el compromiso de

prevenirlos. En algunos casos, comunidades enteras, no sólo el individuo,

constituyen el público a que se espera llegar. Este modelo incluye técnicas

(basadas parcialmente en psicología del desarrollo) que requieren

introspección y apoyo comunitario. No obstante, el enfoque formal en

derechos humanos es sólo un componente de este modelo. El programa

completo puede también incluir desarrollo de la capacidad de liderazgo,

24

entrenamiento en solución de conflictos, formación profesional, trabajo y

asociación informal.

El Modelo de Transformación presume que los participantes han tenido

experiencias personales referidas a las violaciones de los derechos

humanos (el programa puede ayudar a reconocerlas) y que por

consiguiente están motivados y dispuestos a ser promotores de los

derechos humanos. En este modelo se trabaja con los participantes desde

una perspectiva integral-holística y es, por tanto, más difícil de diseñar y

aplicar. Este modelo puede encontrarse en programas que se aplican en

los campamentos de refugiados, en sociedades que acaban de vivir

conflictos severos, con víctimas de abuso doméstico y con grupos que

trabajan en situaciones de pobreza. Hay ejemplos de “comunidades de

derechos humanos” donde entidades gubernamentales, grupos locales y

ciudadanos “examinan la cultura tradicional, la memoria y las aspiraciones

colectivas a la luz de la Declaración Universal de Derechos Humanos”,

como las que apoyó la Década o el Decenio de Educación en Derechos

Humanos de las Naciones Unidas, que se desarrolló entre los años 1995 a

2004.

En algunos casos, este modelo puede encontrarse en las instituciones

escolares, donde el estudio a fondo de un caso práctico de violación de los

derechos humanos (tal como el holocausto y el genocidio, los crímenes de

las dictaduras latinoamericanas) puede servir de catalizador eficaz para

examinar las violaciones de los mismos.

En ciertos programas avanzados se hace que los estudiantes consideren la

forma en que ellos y otros han sido víctimas y responsables de abusos de

los derechos humanos, utilizando técnicas psicológicas para superar la

división que se percibe entre “nosotros” y “ellos”, así como para acrecentar

el sentido de responsabilidad personal. Los graduados de tales programas

están en posición de reconocer y proteger sus propios derechos y los de

otros/otras con quienes entran en contacto.

25

Modelo Problematizador,

El modelo Problematizador de educación en derechos humanos, según

Magendzo (2008, 138:140), fue diseñado en Chile desde mediados de la

década de los 90 y ha sido difundido y aplicado en diferentes países de

América Latina.

Se elaboró en el Programa Interdisciplinario de Investigación en Educación

(PIIE) cuando a comienzos de la década de los noventas se inició la

capacitación de docentes iniciando una etapa de reflexión sobre los

sentidos de la educación en derechos humanos en el sector formal. No

obstante, desde esa época, al Modelo Problematizador se le han

introducido algunas modificaciones como resultado de la experiencia

ganada durante cerca de quince años, en la capacitación de profesores y

en los distintos cursos de derechos humanos en el ámbito universitario.

Además, el Modelo Problematizador se ha ido enriqueciendo, por un lado,

con el aporte que han hecho muchos educadores en derechos humanos de

todo Latinoamérica, en conversaciones sostenidas en reuniones,

conferencias, diálogos informales y ahora vía Internet. Por el otro lado, con

el desarrollo de una amplia literatura, en especial referida a la pedagogía

crítica y a la enseñanza de las ciencias sociales.

Fundamentación del Modelo Problematizador:

El Modelo Problematizador se sustenta y obedece a una racionalidad

distinta a los modelos mencionados con anterioridad, ubicando la

problematización como el centro de la educación en derechos humanos.

Como veremos, este modelo no se conformará con que los estudiantes y

educadores conozcan y valoren los cuerpos normativos e institucionales

que protegen los derechos humanos ni tampoco con que aprendan a vigilar

y denunciar informadamente o prevenir la violación a los derechos

humanos.

26

Sin desconocer que estos conocimientos y destrezas son significativos, el

Modelo Problematizador da un paso adelante para afirmar que los

derechos humanos si bien son un sistema normativo, son a su vez una

práctica social, histórica y contextualmente construida. El Modelo

Problematizador se fundamenta en el paradigma de la teoría crítica y la

pedagogía crítica, de la cual es tributaria la educación en derechos

humanos en su visión político-emancipadora, la educación - en su versión

crítica- investiga la relación entre ésta y la ideología, la producción y el

poder. Interroga el papel ideológico de las relaciones sociales en la

escuela, la reproducción social como reproducción cultural, mediante la

imposición y ocultación, producción y consumo de recursos simbólicos.

Según Magendzo (2008, 141:142), Los derechos humanos son un tema de

alta complejidad, en ellos se da, por un lado, una confluencia estrecha

entre elementos ideológicos y culturales y, por el otro, su naturaleza

normativa está imbricada en la vida concreta de las personas. El citado

autor señala que se podría afirmar, que una comprensión y un compromiso

con los derechos humanos pasa necesariamente por interiorizarse en esta

complejidad, vinculada a algunos aspectos como:

• Los contextos sociales, culturales y políticos en que necesariamente

nacen, se reproducen y se transforman los derechos humanos;

• Los conflictos y contradicciones que los derechos humanos confrontan

tanto en el plano teórico como en su enfrentamiento con la realidad

concreta;

• La paradoja que existe entre la cada vez mayor consolidación y

proliferación textual de los derechos humanos: declaraciones, pactos,

conferencias, protocolos, etcétera y la profundización de las desigualdades

e injusticias, violaciones, transgresiones y atropellos a los mismos;

• Las luchas que estos han tenido que dar y que aún tendrán que dar para

su vigencia;

27

• Las cicatrices, dolores y sufrimientos que están inscritos en el acontecer

pasado y presente en la vigencia de los derechos humanos;

• Los intereses ideológicos que subyacen en los derechos humanos y que

en ocasiones se vuelven invisibles;

• La toma de conciencia de la esencial pluralidad de los derechos

humanos; las causas de su inserción en la historia; las razones de su

movilidad, de sus transformaciones, de sus cambios;

• La comprensión del carácter relacional, interdependiente, indivisible,

global y situacional de los derechos humanos, en el que no es posible

establecer una división absoluta entre la libertad y la igualdad;

• La emergencia de recientes temáticas y problemas que deben ser

enfrentados no sólo con la elaboración de nuevas normativas legales sino

sobre una concepción holística de los derechos humanos. Tal es el caso

de los derechos del desarrollo sustentable, de la biotecnología, de la

orientación sexual, etcétera.

Según señalara Mónica Fernández Braga, Académica Universidad

Nacional de Quilmes, Argentina y Directora de la Red Interamericana de

Educación en Derechos Humanos, RIEDH (Actas IV Coloquio

Interamericano sobre educación en derechos humanos Santiago de Chile,

6 y 7 de septiembre, 2012);

"Una cultura que promueve derechos humanos es aquella que lo hace desde su

ejercicio práctico y en ese sentido, necesita su codificación. Surge aquí un

interrogante, ¿cómo transformar esa doctrina codificada que conocemos como

derecho internacional de los derechos humanos, en actitudes y aptitudes

culturales? podríamos decir que el método para enseñar derechos humanos está

incluido en su teoría, es decir, que es en las declaraciones, convenciones y

pactos sobre DD.HH. donde habita el método para practicarlos. Sin embargo, el

problema metodológico es mucho más complicado que aquello que se establece

en la letra de los tratados internacionales, fundamentalmente porque la temática

a enseñar es totalmente distinta a la enseñanza de otro contenido curricular. Al

mencionar el problema metodológico nos ponemos en la línea de partida de la

28

educación en derechos humanos (EDH). Ya no se trata de enseñar matemática,

física o geografía, aunque es cierto que cualquier ciencia puede transformarse en

ideológica, sino de una temática que pretendemos transformar en hábito cultural.

En EDH, se trata de apropiarnos de derechos, de conocerlos para saber que los

tenemos. Por eso necesitamos del código que está representado en la doctrina,

porque esa teoría es la que permite hacer inteligible la creencia en el contenido

que queremos enseñar, aprender y reconocer, desde y en su práctica misma.”

Destaca Fernández (2012), “tenemos hasta aquí tres elementos, básicos e

interrelacionados para hablar de las metodologías para la EDH: la doctrina o

teoría, el método o didáctica y la práctica o valores. Sin salirnos de lo

metodológico, hay que tener presente que la doctrina de los derechos humanos

es el resultado de una práctica social previa: la lucha por el reconocimiento de

unos derechos que hoy llamamos humanos. Son derechos que están en este

mundo real porque han sido positivizados mediante la normativa internacional y

en muchos casos esos principios han sido incluidos en las leyes nacionales. En

este sentido, aunque surgieron de una serie de datos empíricos, los DDHH son

un conjunto de saberes, un conocimiento teórico surgido de unas luchas

sociales. Por eso, uno de los fines que este IV Coloquio sobre EDH pretende es

el de compartir experiencias educativas, puesto que una vez que esos datos

empíricos se sistematizan, permiten visibilizar sucesos en los que se reconoció

un derecho y también cuando se lo vulnera”.

En esta lógica de complejidades y diversidad de contextos los distintos países

han abordado la educación en derechos humanos adoptando distintas

perspectivas de las cuales se detallan y analizan algunas a continuación.

4. Perspectivas y orientaciones de educación en derechos humanos en

distintos países latinoamericanos

a. El Estado de Chile tiene la obligación de promover, respetar y garantizar

los derechos humanos de acuerdo con lo que señala la Constitución Política en

sus artículos 5 y 19 y los tratados internacionales que se encuentran vigentes.

29

Además le ha encomendado al Instituto Nacional de Derechos Humanos, a través

de la Ley 20.405, contribuir a la promoción y protección de los mismos para lo que

resulta fundamental la colaboración con los distintos poderes del Estado. En

efecto, el INDH promueve que los distintos órganos adopten las medidas

legislativas, administrativas o de cualquier otra índole para cumplir con este

objetivo, a la vez que cuenta con facultades legales para la protección de dichos

derechos cuando son vulnerados.

En Chile la Ley N° 20.370 General de Educación define “Principios y Fines de la

Educación”, destacándose aspectos vinculados a derechos humanos en su

articulado;

Artículo 2º.- La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca

las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar

su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico,

mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se

enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las

libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra

identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma

plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria,

democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del

país.

Artículo 5º.- Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar la probidad, el

desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades y promover el

estudio y conocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza

humana; fomentar una cultura de la paz y de la no discriminación arbitraria;

estimular la investigación científica, tecnológica y la innovación, la creación

artística, la práctica del deporte, la protección y conservación del patrimonio

cultural y medio ambiental, y la diversidad cultural de la Nación.

30

Política de convivencia escolar, ley núm. 20.536 sobre violencia escolar del

08/09/2011

La Política de Convivencia Escolar, editada el año 2011, se afirma en 3 ejes

esenciales:

Tiene un enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con

otros.

Requiere de la participación y compromiso de toda la comunidad

educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidades de cada

actor y estamento.

Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho y

de responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la

dignidad de todos y todas.

El Objetivo general de la política de Convivencia Escolar es orientar las acciones,

iniciativas y programas que promuevan y fomenten la comprensión y el desarrollo

de una convivencia escolar inclusiva, participativa, solidaria, tolerante, pacífica y

respetuosa, en un marco de equidad de género y con enfoque de derechos.

De este objetivo general, se desprenden los siguientes objetivos específicos:

1. Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la Convivencia Escolar

en todo el sistema educativo, y resituarla como el componente central de la

gestión institucional.

2. Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores

propuestos en los Objetivos Transversales, como los aprendizajes básicos para el

ejercicio de la Convivencia Escolar.

3. Promover el compromiso y la participación de la Comunidad Educativa, en la

construcción de un proyecto institucional que tenga como componente central la

Convivencia Escolar, y el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los

actores.

31

4. Fomentar en todos los actores sociales y de la Comunidad Educativa, una

comprensión compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia

escolar, incluido el acoso sistemático o bullying, desde una perspectiva formativa.

5. Promover una comprensión formativa de la Convivencia Escolar en las

estrategias y acciones preventivas que implementa el intersector u otras

instituciones en las comunidades educativas.

b. Plan nacional de educación en derechos humanos – Brasil 1

Brasil fue el primer país de América Latina en elaborar un Plan Nacional de

Educación en Derechos Humanos. En 2000, con participación de todos los

sectores nacionales (especialistas, sociedad civil, instituciones públicas y privadas

y organismos internacionales) se constituyó un Comité Nacional de EDH, que

redactó un texto integrador de políticas, programas y acciones orientados a

promover la cultura de respeto y promoción de los DDHH. El PLANEDH tuvo un

amplio proceso de consulta nacional y en 2006 salió su segunda versión.

Establece concepciones, principios, objetivos, directrices y líneas de acción y

contempla cinco grandes ejes de actuación: educación básica, educación superior,

educación no formal, educación de profesionales de justicia y seguridad pública, y

medios de comunicación. En la actualidad se están elaborando planes estatales

de EDH para concretar mejor las propuestas del PLANEDH en todo el país.

_________________________ 1Serie Política en Breve sobre Educación y Democracia, Volumen 2, Octubre de 2012 Oficina de Educación y

Cultura Organización de los Estados Americanos Textos Ana María Rodino, pág 6.

32

c. Legislación para orientar la incorporación de la EDH en la educación

formal – Uruguay2

En Uruguay, la actual Ley General de Educación N° 18.437 de Diciembre de 2008

encuadra la educación en el marco de los derechos humanos consagrados en la

Declaración Universal, la Constitución nacional y los instrumentos internacionales

ratificados por el país como orientaciones fundamentales para las propuestas

programáticas y las acciones educativas. Define líneas transversales en las

diferentes modalidades del sistema, entre ellas la EDH, la que se considera como

un derecho en sí misma y parte del derecho a la educación. Las otras líneas

transversales están muy relacionadas con la EDH: la educación ambiental para el

desarrollo humano sostenible; la educación lingüística en las diferentes lenguas

maternas del país y la formación plurilingüe a través de segundas lenguas; la

educación a través del trabajo; la educación para la salud y la educación sexual

incorporando perspectiva de género. La Ley crea una Comisión Nacional para la

EDH con la función de proponer lineamientos generales en la materia y los

Consejos de Participación formados por los miembros de la comunidad educativa

de cada centro escolar.

d. Observatorio Argentino de violencia en las escuelas – Argentina3,

Iniciativa creada en 2004 por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina y

la Universidad Nacional de San Martín. Tiene como propósitos sumar esfuerzos

para estudiar la violencia en las escuelas y contribuir a la consolidación de

prácticas democráticas y espacios de ciudadanía en el ámbito educativo.

______________ 2Serie Política en Breve sobre Educación y Democracia, Volumen 2, Octubre de 2012 Oficina de Educación y

Cultura Organización de los Estados Americanos Textos Ana María Rodino, p.7

3extractado Serie Política en Breve sobre Educación y Democracia, Volumen 2, Octubre de 2012 Oficina de

Educación y Cultura Organización de los Estados Americanos Textos Ana María Rodino, pág 10

33

Se funda en la convicción de que cualquier política destinada a abordar este

complejo problema debe basarse en una investigación seria y rigurosa que

permita establecer sus contornos, sus rasgos comunes y sus variaciones en

diversos escenarios del país, como una forma de superar falsas “soluciones”

basadas en ocurrencias impresionistas.

Actúa como gestor de proyectos que abordan el fenómeno desde diversas

dimensiones cuantitativas y cualitativas, y como interlocutor de las iniciativas que

se estén llevando a cabo en el país en este tema.

e. Programa nacional de convivencia en los centros educativos (programa

convivir) – Costa Rica4

El Ministerio de Educación Pública y la Presidencia de la República de Costa Rica

crearon este programa en 2011 con el objetivo de promover el desarrollo de

estrategias o planes para fortalecer las relaciones de convivencia en todos los

centros educativos del país. Con su aplicación gradual pero sostenida se pretende

fomentar relaciones sociales basadas en el respeto, la cultura de paz, el

reconocimiento y disfrute de la diversidad, la participación y el sentido de

pertinencia. En cada centro educativo se crea un grupo de trabajo para formular su

propia estrategia, según su realidad y necesidades.

Lo forman el Director, un docente, un orientador y dos representantes estudiantiles

elegidos por la Asamblea de Representantes del Centro. El MEP sólo orienta el

trabajo de estos grupos mediante la elaboración de una guía para la formulación

de la estrategia y otros materiales de apoyo.

______________________

4extractado Serie Política en Breve sobre Educación y Democracia, Volumen 2, Octubre de 2012 Oficina de

Educación y Cultura Organización de los Estados Americanos Textos Ana María Rodino, pág 12

34

f. La transformación de una ciudad: Medellín, Colombia5

En los años noventa, después de dos décadas de acción criminal del narcotráfico

y los paramilitares, la segunda ciudad de Colombia estaba agobiada por una

violencia imparable. En 2004, Medellín movilizó a la ciudadanía tras una

plataforma de inclusión social y de apuesta por la educación, la cultura y las artes

como estrategia de desarrollo y combate a la violencia. Incrementó notablemente

el presupuesto educativo, hizo grandes inversiones en arte y cultura (museos y

bibliotecas públicas), reconectó las zonas más deprimidas de las colinas aledañas

con el resto de la ciudad a través del transporte público, revitalizó los espacios

públicos con arquitectura ambiciosa e inspiradora e impulsó el crecimiento a través

de micro-préstamos para pequeñas empresas. Medellín es hoy una ciudad

transformada.

Según Rodino (Volumen 2, 2012, 15:16), si bien América Latina avanzó mucho en

incorporar a la EDH en sus sistemas escolares, falta consolidar estos progresos,

extenderlos y profundizarlos. El esfuerzo de investigación más sistemático y

sostenido de la región, la serie de Informes Interamericanos de la EDH (IIDH, 2002

a 2011) comprobó que hoy la EDH está presente como meta explícita en la

legislación de 17 países (en constituciones, leyes de educación y resoluciones de

Ministerios de educación) y que los contenidos de derechos humanos y

democracia se vienen incorporando en forma creciente en los currículos de la

educación primaria y secundaria.

________________ 5extractado Serie Política en Breve sobre Educación y Democracia, Volumen 2, Octubre de 2012 Oficina de

Educación y Cultura Organización de los Estados Americanos, Textos Ana María Rodino, pág 15

35

Entre estos últimos destacan por su amplitud y reiteración los referidos a la

diversidad (étnica, religiosa, lingüística y cultural), su valor para la sociedad y el

rechazo de toda forma de discriminación. No obstante, las referencias curriculares

a derechos humanos y democracia a menudo parecen más simbólicas que reales,

debido a varias tendencias recurrentes, por ejemplo:

(i) estos conceptos no se analizan a fondo (definición, principios y fundamentos,

rasgos característicos, distintas interpretaciones, etc.);

(ii) la información y el análisis histórico son débiles (cómo la humanidad construyó

las nociones de democracia y derechos humanos y cómo evolucionaron en el

tiempo; sus hitos históricos y los eventos clave en las lucha por los derechos

humanos en el mundo, en el continente y en cada país);

(iii) se citan poco o nada a personas destacadas que lucharon por los DDHH y la

democracia en el pasado y el presente, en el mundo, el continente y cada país, y

(iv) no se incluyen, o muy poco y ocasionalmente, casos de violaciones masivas

de derechos en la historia reciente del mundo, el continente y cada país. (IIDH,

2008; Rodino, 2012)

También se observa (IIDH, 2008, 2009; Rodino, 2012) que los programas de

estudio ponen mayor énfasis en el estudio de las normas de derechos humanos

que en las instituciones encargadas de protegerlos – nacionales y

supranacionales—, desbalance que lleva a cuestionarse cuánto hace la escuela

para enseñar la necesaria articulación entre normas e instituciones, porque en la

vida real unas no funcionan sin otras. Obviar el funcionamiento de las instituciones

reduce las normas a una abstracción y obstaculiza el desarrollo de capacidades

en los estudiantes para hacer exigibles sus derechos, que es uno de los grandes

objetivos de la EDH. En conjunto, la información de nivel supranacional es

insatisfactoria. Sobre todo, la referida a organizaciones regionales e

internacionales de cooperación y promoción de derechos humanos (OEA, ONU,

UNESCO y UNICEF) es apenas moderada, demasiado escueta dada su

importancia. Aún sin agotar aquí los resultados de la investigación regional, es

evidente que todavía queda bastante camino por recorrer para que la EDH aporte

al currículo de la educación formal su potencial transformador pleno.

36

5. Conclusiones

En la lógica de educar en derechos humanos se puede visualizar una constante y

permanente búsqueda por avanzar en el camino de una política formadora de

sujetos de derecho, comprometidos con los cambios y las transformaciones

sociales, la justicia, y las libertades vinculadas con la realidad cotidiana por parte

de los estados, instituciones, organismos no gubernamentales, educadores a nivel

nacional e internacional en el ámbito de la educación formal y no formal.

Luego de analizar las distintas miradas de actores y protagonistas en la esfera de

educación en derechos humanos en Latinoamérica y sus consiguientes

normativas, se concluye que los procesos y sujetos sociales están necesariamente

relacionados con los contextos políticos, sociales, culturales, económicos,

educativos que dan cuenta del avance experimentado a través de las épocas en

materia de derechos humanos.

Que el avance en materia de EDH ha sido paulatino en los distintos países de

Latinoamérica, siendo aún en el siglo XXI un desafío la institucionalización de una

política educativa en derechos humanos en algunos países, no obstante han

surgido valiosas y destacables iniciativas en ámbitos específicos, queda un

camino por recorrer, en el cual se logre dar mayor oportunidad y espacio a la

formación de educadores en derechos humanos que aporten al tejido social y

aprendan a mirar sus distintas disciplinas desde la perspectiva de los derechos

humanos.

Aproximarse a la educación en derechos humanos es un desafío que impone

incorporar un marco teórico-metodológico, relevar conceptos de los cuerpos

normativos, conocer las disposiciones legales que establecen los distintos

instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, pero sobre todo, desde la

lógica docente es necesario como la gran mayoría de educadores lo señalan,

incorporar el sentido y significado que tiene educar en derechos humanos, que

implica la búsqueda permanente de nuevas rutas teóricas y prácticas que

propicien generación de conocimientos y en alguna medida que permitan elaborar

teoría desde la praxis, generar encuentro con actores sociales en el espacio de la

37

vida cotidiana que desde la experiencia personal y colectiva posibiliten construir

con los educandos los saberes que aporten a una sociedad donde los derechos

fundamentales sean relevados más allá de las aulas, lo que implica caminar por

una pedagogía crítica y problematizadora donde confluyan, historias, emociones,

sensibilidades que nos conduzcan a una sociedad más consciente de una cultura

respetuosa de todos y todas.-

6. Bibliografía

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Rodino, Ana María. (2012) La Educación en Derechos Humanos: Un aporte a la

construcción de una convivencia escolar democrática y solidaria., Programa

Interamericano sobre Educación en Valores y Prácticas Democráticas Serie

Política en Breve sobre Educación y Democracia, Oficina de Educación y

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