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LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO Y EL PROCESO DE ENTREGA RECEPCIÓN MUNICIPAL

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LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO Y EL PROCESO DE

ENTREGA RECEPCIÓN MUNICIPAL

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C O N T E N I D O

1. Conceptos y Marco Jurídico.

2. El proceso operativo de la entrega recepción municipal.

3. El monitoreo de la ASEQROO al proceso de entrega recepción municipal.

4.- Presencia de la ASEQROO en los actos protocolarios de entrega recepción.

5.- Flujograma

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MUNICIPAL

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1. Conceptos y Marco Jurídico.

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MUNICIPAL

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MUNICIPAL

Los Ayuntamientos del Estado de Quintana Roo son electos periódicamente mediante el sufragio libre, secreto y directo de los ciudadanos, renovándose cada tres años.

Derivado de este hecho, la Entrega Recepción de los Ayuntamientos del Estado de Quintana Roo, representa un evento político-administrativo de enorme importancia e interés público y se constituye como un proceso formal, mediante el cual, los Ayuntamientos, al concluir su período de gestión, hacen entrega de la Administración Municipal, incluidos los recursos humanos, materiales, financieros y demás asuntos de su competencia, a los Ayuntamientos electos.

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El marco normativo de dicho proceso se encuentra en la “Ley de Entrega y Recepción de los recursos asignados a los servidores públicos de la administración pública y de los ayuntamientos del Estado de Quintana Roo”, publicada con fecha 1 de marzo de 2010 y en ella se establecen la forma, los términos y plazos, dentro de los cuales, habrá de realizarse el proceso de Entrega Recepción Municipal.

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MARCO JURÍDICO

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MUNICIPAL

Concepto de Entrega y Recepción:

La Entrega y Recepción se constituye como un proceso formal mediante el cual, los

Ayuntamientos, al concluir su período de gestión, hacen entrega de la Administración

Municipal, incluidos los recursos humanos, materiales, financieros y demás asuntos

de su competencia, a los Ayuntamientos electos.

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Objetivo de la Entrega y Recepción:

Garantizar el suministro oportuno, adecuado y completo de información sobre los

asuntos municipales a los miembros de los Ayuntamientos electos, para que estos

tengan los elementos necesarios para el correcto y eficaz desempeño de las

funciones que ejercerán.

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MUNICIPAL

¿Cuándo inicia y concluye el proceso de Entrega y Recepción?

INICIA:

a) Con motivo de la conclusión ordinaria del período de gestión constitucional de

cualquiera de los Ayuntamientos del Estado o de sus entidades.

b) En su caso, con la notificación que reciba la Contraloría Estatal o la Contraloría

Municipal según corresponda, de la separación del cargo de un servidor público.

CONCLUYE:

Con la firma del acta respectiva, la cual deberá ser firmada a más tardar a los treinta

días naturales siguientes.

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MUNICIPAL

Los Servidores Públicos municipales sujetos a la Ley de Entrega-Recepción.

a) Los Integrantes de los Ayuntamientos;

b) El Secretario General del Ayuntamiento;

c) El Tesorero Municipal;

d) El Oficial Mayor;

e) El Contralor Municipal; y

f) Los Directores Generales o coordinadores

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MUNICIPAL

En las Entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal.

a) Los Directores Generales o sus equivalentes;

b) Los Directores de Área o sus equivalentes;

c) Los Subdirectores o sus equivalentes;

e) Los Jefes de Oficina; y

También tendrán la misma obligación los servidores públicos municipales que tengan dentro de sus funciones la responsabilidad de administrar, aplicar o comprobar recursos públicos del Estado, del Municipio o de las entidades de éstos.

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MUNICIPAL

¿CÓMO DEBEN REALIZAR LOS SERVIDORES PÚBLICOS OBLIGADOS, LA ENTREGA RECEPCIÓN DEL DESPACHO A SU CARGO? La entrega y recepción se realizará mediante un acto administrativo que se asentará en el acta correspondiente, a la que se acompañará la información y la documentación relativa a los asuntos, programas, obras, obligaciones y recursos asignados, con base en las disposiciones normativas complementarias y formatos que emita la Contraloría Municipal. (Primer párrafo Art. 10 de la Ley) En el acta administrativa se describirá el estado que guarda la administración de que se trate y deberá contener los requisitos establecidos por la presente ley. (Primer párrafo Art. 3 de la Ley)

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MUNICIPAL

¿PARA QUE EL ACTA ADMINISTRATIVA DE ENTREGA RECEPCIÓN SEA VÁLIDA, QUE ELEMENTOS SE REQUIEREN? Para la validez del acta administrativa se requiere haya cumplido con los requisitos y formalidades establecidas en la Ley de entrega recepción: (Art. 10 de la Ley) I. La fecha, lugar y hora en que da inicio la diligencia; II. El nombre, cargo u ocupación de las personas que intervienen, quienes se identificarán plenamente;

III. Especificar el asunto u objeto principal del acto o diligencia del cual se va a dejar constancia;

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MUNICIPAL

IV. Relacionar por escrito y a detalle, el conjunto de hechos que la diligencia de entrega y recepción comprende, así como las situaciones que acontezcan durante su desarrollo, situación que deberá manifestarse bajo protesta de decir verdad; V. Realizarse en presencia de 2 personas que funjan como testigos, servidores públicos de la dependencia o entidad auditada y no podrán ser en ningún caso directores de área o jefes de departamento. VI. Especificar número, tipo y contenido de los documentos que se anexan y complementan el acta; VII. Indicar fecha, lugar y hora en que concluye la diligencia; VIII. Formularse por lo menos en cuatro tantos;

IX. No debe contener tachaduras, enmendaduras o borraduras; en todo caso, los errores deben corregirse mediante testado, antes del cierre del acta;

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X. Los espacios o renglones no utilizados deben ser cancelados con guiones; XI. Todas y cada una de las hojas que integran el acta circunstanciada de la diligencia de entrega y recepción, deben ser firmadas por los titulares saliente y entrante, la Contraloría Municipal, haciéndose constar en su caso, el hecho de la negativa para hacerlo, las actas también deberán estar firmadas por los testigos que refiere la fracción V de este artículo; XII. En caso de no existir formato especial del acta, ésta debe levantarse en papel oficial de la dependencia, organismo o entidad de que se trate; XIII. Las cantidades, deben ser asentadas con números y letras; y XIV. Las hojas que integren el acta deben foliarse en forma consecutiva y entresellarse con el sello oficial de la Contraloría Municipal.

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MUNICIPAL

¿QUÉ INFORMACIÓN MÍNIMA DEBEN TENER LOS ANEXOS DEL ACTA ADMINISTRATIVA DE ENTREGA RECEPCIÓN? La información que forma parte de la entrega y recepción deberá reunir cuando menos los siguientes requisitos: (Art. 17 de la Ley)

I. Si

tuac

ión

Patr

imon

ial.

• a) Bienes de almacén,

• b) Bienes inmuebles;

• c) Bienes muebles; y

• d) Contratos y convenios. II.

Rec

urso

s H

uman

os.

• a) Plantilla de personal actualizada;

• b) Inventario de recursos humanos; y

• c) Estructura orgánica. III

. Asu

ntos

en

trám

ite.

• a) Juicios en proceso;

• b) Convenios.

IV.- Resumen o Informe Ejecutivo de los principales resultados obtenidos durante su gestión;

V.- Análisis evaluativo sobre los programas y acciones a su cargo.

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MUNICIPAL

El artículo 55 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintan Roo, establece

que La Entrega y Recepción deberá hacerse constar en un acta, que deberá

contener cuando menos lo siguiente:

a) El registro, inventario, catálogo y resguardo de los bienes muebles e inmuebles

propiedad del Municipio;

b) Los libros de actas de las sesiones de los Ayuntamientos anteriores;

c) La cuenta pública del ejercicio fiscal inmediato anterior y un informe de los

estados de situación financiera de los primeros meses del ejercicio

correspondiente;

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d) Un informe administrativo en el que se señalen los principales programas y

obras públicas ejecutadas y en ejecución, tanto en forma directa, como los

derivados de convenios celebrados con el Estado y con la Federación;

e) La plantilla, catálogo de puestos y los expedientes del personal al servicio

del Municipio, así como la demás información conducente;

f) Relación de documentos que obran en los archivos del Municipio; y

g) La demás información que se considere relevante para garantizar una

continuidad en la buena marcha de los asuntos municipales.

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Artículo 55 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintan Roo (continuación).

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2. El proceso operativo de la entrega recepción municipal.

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MUNICIPAL

Tratándose del acto de Entrega y Recepción, la preparación de la información

correspondiente será responsabilidad del servidor público que entrega, quien

actuará con la orientación del Órgano de Control Interno respectivo, teniendo éste

último la obligación de proporcionar los formatos autorizados para el efecto.

El Funcionario que entrega tiene la obligación de ordenar física y

documentalmente la información y bienes que estén bajo su resguardo,

asegurándose de depurar, actualizar y clasificar la información para la Entrega y

Recepción.

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Para llevar a cabo todas las etapas del proceso interno para la entrega recepción

de la administración municipal, primeramente, la contraloría municipal deberá

emitir los lineamientos, formatos y demás instrucciones con el fin de que se

realice el proceso y las actividades de manera uniforme y asimismo, exista

evidencia perfectamente ordenada, documentada y respaldada de cada

actuación.

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MUNICIPALFACULTADES DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL

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MUNICIPAL

El ayuntamiento saliente creará un Comité Interno de Entrega y Recepción

(conformado por la contraloría municipal, los titulares de las dependencias y

entidades municipales y por los enlaces designados por cada una de ellas) cuya

función será la de preparar oportunamente la documentación e información

objeto de la entrega.

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MUNICIPAL

Asimismo, el ayuntamiento saliente designará a los servidores públicos que

formarán parte (en su representación) de la “Comisión para la Transmisión de la

Administración Pública Municipal” y los grupos de trabajo que deriven de ella.

La autoridad municipal electa, intervendrá en la “Comisión para la Transmisión de

la Administración Pública Municipal” y los grupos de trabajo que deriven de ella,

mediante el personal que designe.

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El proceso operativo de la entrega recepción de la administración pública municipal se puede dividir en cuatro etapas: Actividades preparatorias, planeación, integración y acto protocolario de la entrega recepción.

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MUNICIPAL

Las actividades preparatorias son las medidas de prevención y preparación de los

recursos e información que serán motivo de la entrega, cuidando el marco de

actuación y disposiciones legales a las que cada ente público este obligado.

Es importante se realice al interior un diagnóstico, con la finalidad de detectar las

áreas a mejorar y en su caso se lleven a cabo en esta etapa, las acciones de orden

y control necesarias.

Es prioritario iniciar estos trabajos de inmediato con el objeto de evaluar los

recursos que se requieran incorporar o destinar para cumplir con los

requerimientos de este proceso.

Etapa I: Actividades Preparatorias.

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MUNICIPAL

En esta primera etapa se sugiere llevar a cabo las siguientes actividades:

a) Actualización de los Manuales de Organización y Reglamentos Interiores de las Direcciones generales y Entidades.

b) Verificación y conciliación del inventario de bienes muebles con la Oficialía Mayor.

c) Verificación de la integración de los expedientes y documentación de las obras, estudios y proyectos terminados, así como de los que se encuentran en proceso a las fechas de corte definidas para el Proceso.

d) Solventación de las observaciones y recomendaciones determinadas en los informes de auditoría practicadas por los distintos órganos de control, como la Contraloría, los Despachos Externos, el Órgano Superior de Fiscalización, etc.

Etapa I: Actividades Preparatorias.

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MUNICIPAL

La Contraloría municipal, a través de oficios, hará del conocimiento los requerimientos de información para efectos del Proceso, así como de los lineamientos o aspectos de control respecto de la información y documentos que deban prepararse para este fin, de tal forma que los objetivos, procedimientos y acciones sean claros en su definición y uniformes en su elaboración.

Etapa II: Planeación.Con la finalidad de realizar en forma organizada y eficiente el trabajo interno de la entrega recepción municipal, se designará a un funcionario por cada dependencia o entidad municipal, para servir como Enlace ante la Contraloría Municipal para cualquier aspecto relacionado con la Entrega-Recepción.

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La Contraloría Municipal será la encargada de proporcionar la asesoría y la capacitación que permitan efectuar de manera ordenada y transparente la entrega de los recursos encomendados a las dependencias, órganos y entidades. Por lo anterior, podrá llevar a cabo sesiones de capacitación en distintos períodos respecto de los elementos normativos y de control del Proceso, así como del sistema informático (en su caso) que servirá de apoyo para el llenado de los formatos y para integrar la información que las dependencias, órganos y entidades preparen para tal efecto.

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Etapa II: Planeación.

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MUNICIPAL

Esta etapa implica la integración de la información en los anexos y formatos diseñados para tal fin, por cada una de las unidades administrativas de las Direcciones generales y Entidades municipales.

La información deberá ordenarse y clasificarse por cada unidad administrativa en el sistema informático de apoyo que se tenga implementado (en su caso), conforme a los anexos definidos en la normatividad del Proceso.

Para cada uno de los anexos, existirá uno o más formatos con instructivo en el que se señalará en forma descriptiva los datos que deberán considerarse para cada campo, además de la referencia de la información o documentos complementarios que deberán adjuntarse física o electrónicamente a dicho formato, a efecto de proporcionar un mayor detalle a la persona que recibirá dicha unidad.

Etapa III: Integración.

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MUNICIPAL

En caso de contar con sistema electrónico para el llenado de formatos, la Contraloría Municipal hará del conocimiento de los servidores públicos en forma oportuna, el manual de usuario del sistema informático.

Para la integración y actualización de la información que conformará la Entrega-Recepción, se tomarán en consideración las fechas de corte provisional o precierres que señale la Contraloría municipal.

La Contraloría Municipal mantendrá un canal permanente de comunicación con los Titulares y Enlaces para la Entrega-Recepción en las Direcciones generales y entidades, que tendrá como principal objetivo el de asesorarlos y complementar las disposiciones emitidas que así lo requieran.

Con el objetivo de evaluar los avances alcanzados del proceso y en su caso, afinar posibles detalles respecto a la integración y contenido de la información, se podrá llevar a cabo un simulacro de la Entrega-Recepción.

Etapa III: Integración.

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MUNICIPAL

Monitoreo y seguimiento del proceso operativo de entrega recepción.La Contraloría municipal será la responsable de coordinar, asesorar y brindar el apoyo necesario acerca de las acciones del proceso, durante el desarrollo del mismo, en los términos de la normatividad aplicable.

El personal de la contraloría municipal podrá realizar en forma selectiva, visitas a las Direcciones generales y entidades para la verificación de los avances en la integración de la información contenida en los formatos y la documentación que soportará los anexos de la Entrega-Recepción.

Con el monitoreo y seguimiento del avance del Proceso y el cumplimiento que las dependencias, órganos y entidades municipales observen del mismo, la contraloría municipal podrá realizar los informes ejecutivos escritos (cualitativo y cuantitativo) que le serán solicitados por la Auditoria Superior del Estado.

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3. El monitoreo de la ASEQROO al proceso de

entrega recepción municipal

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MUNICIPAL

Tres meses anteriores al acto de entrega y recepción de la administración pública municipal, la Auditoría Superior de la Federación, será responsable de monitorear el manejo de los recursos humanos, materiales y financieros de la administración municipal próxima a ser objeto de entrega. (interpretación del Art. 7° de la Ley).

El inicio de las actividades de monitoreo, se le hará del conocimiento a los Presidentes y Contralores municipales, vía oficio.

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MUNICIPAL

En el oficio que indica el inicio de las actividades de monitoreo, la ASEQROO señalara:

a) El nombramiento del representante de la ASEQROO que realizará las actividades de monitoreo.

c) El requerimiento a los Ayuntamientos de la presentación de tres informes, uno por cada mes del periodo que dura el monitoreo, y su envío a la Auditoría Superior del Estado, en las fechas que en él se establecerán.

PLANEACIÓN

ACTIVIDADES PREPARATORIAS

INTEGRACIÓN

ENTREGA

RECEPCIÓN

b) El requerimiento a los Ayuntamientos de información referente a las actividades implementadas a la fecha, con respecto al proceso interno de entrega y recepción.

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MUNICIPAL

Con respecto a las actividades preparatorias y de planeación (inciso b) llevadas a cabo para implementar el proceso operativo para la Entrega y Recepción de la Administración Pública Municipal, al respecto, se anexará al oficio de la ASEQROO, un documento, el cual contendrá una “Relación de Cuestionamientos”, con el fin de que los Contralores Municipales entreguen un informe con los datos referentes a dichas actividades realizadas a la fecha.

RELACIÓN DE CUESTIONAMIENTOS, QUE DEBEN SER CONTESTADOS, MEDIANTE EL PRIMER INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS EN EL PROCESO OPERATIVO PARA LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL. I.- INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO. Indicar lo siguiente: 1.- Número de unidades administrativas que se encuentran sujetas al proceso de entrega y recepción de la Administración Pública Municipal. 2.- Número de unidades administrativas notificadas de que el área coordinadora del proceso de entrega y recepción será la Contraloría Municipal.

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MUNICIPALCon respecto a las actividades de integración (inciso c), se anexará al oficio otro documento que contendrá diversas preguntas de tipo cuantitativo (porcentajes y números) para señalar el avance que se tiene en la integración del paquete (acta y sus anexos) que conformará la entrega recepción de la administración pública municipal. Este documento les servirá a los Contralores Municipales para elaborar los tres informes, uno por cada mes, del periodo que dura el proceso del monitoreo de la ASEQROO.

RELACIÓN DE CUESTIONAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE AVANCE DE LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL. ACTIVIDADES DE INTEGRACIÓN.Indicar el % de avance en el cumplimiento de las siguientes actividades: A. EN GENERAL:1.- ¿La documentación se incorpora en las carpetas previstas para tal fin?2.- ¿Se incluye en la primera carpeta el Acta de Entrega y Recepción debidamente requisitada?3.- ¿Son congruentes los Anexos referidos en el cuerpo del Acta con los contenidos en las carpetas?4.- ¿La fecha de corte de la información integrada es la solicitada?5.- ¿Los formatos vienen firmados (o rubricados) por los servidores públicos responsables de su elaboración y Visto Bueno?

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MUNICIPAL

En el oficio de la ASEQROO se señalarán las fechas límite para el envío y presentación de los informes.

Los informes deben estar firmados (con rúbrica en cada una de sus hojas y con firma en la última hoja) por el Contralor Municipal (Elaboró) y por el Presidente Municipal (Vo.Bo.), además contener el sello oficial del Ayuntamiento.

Los informes deben enviarse mediante oficio firmado por el Presidente Municipal. Sin embargo, también se les pide a los Contralores que los envíen vía correo electrónico oficial a la ASEQROO.

VÍA

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MUNICIPAL

La ASEQROO realizará la valoración de la información rendida en los informes y realizará sugerencias y recomendaciones a los Contralores Municipales, para los subsecuentes informes.

En este caso, la comunicación con los Contralores Municipales se realizará a través de correos electrónicos oficiales o vía telefónica.

La ASEQROO podrá aplicar, conforme la “Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Quintana Roo”, las medidas de apremio que considere adecuadas, conforme a los casos de incumplimiento.

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MUNICIPAL

Por otra parte y conforme a las atribuciones señaladas en la “Ley de Entrega y Recepción de los recursos asignados a los servidores públicos de la administración pública y de los ayuntamientos del Estado de Quintana Roo”, la Auditoría Superior del Estado podrá:

A. Realizar visitas a los Municipios durante los tres meses que dure el monitoreo del proceso de Entrega y Recepción, para constatar, física y documentalmente, la congruencia y consistencia de los informes rendidos, y

B. Efectuar juntas de trabajo con respecto a dudas, aclaraciones y correcciones sobre las inconsistencias e irregularidades encontradas en la información presentada.

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MUNICIPAL

Finalmente, la Auditoría Superior del Estado emitirá un informe de actividades del monitoreo al proceso de Entrega y Recepción por cada uno de los Municipios, del cual, un ejemplar se entregará al Presidente Municipal Entrante, otro al Saliente y un tercero (debidamente firmado de “recibido” por los Presidentes Municipales entrante y saliente) quedará en poder de la Auditoría Superior del Estado.

La entrega de los ejemplares del informe se realizará en la ceremonia protocolaria de firma del acta de Entrega y Recepción, y en ella se hará constar ese hecho.

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4.- Presencia de la ASEQROO en los actos protocolarios de entrega

recepción.

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MUNICIPAL

La participación de la Auditoría Superior del Estado en el acto protocolario de Entrega y Recepción, comienza un día previo a dicha ceremonia.

Se sugiere que la Auditoria Superior del Estado, reciba, por lo menos con 5 días previos al acto protocolario, el oficio invitación por parte de los municipios, para participar en la ceremonia de Entrega y Recepción.

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MUNICIPAL

La Auditoría Superior del Estado, le comunicará al Municipio, mediante oficio, la designación de su representante que participará en el acto protocolario de firma del acta de Entrega y Recepción, con el fin de proporcionarle los datos que se asentarán en el acta de Entrega y Recepción, referentes a:

Número de oficio, fecha del oficio, nombre del representante de la Auditoría Superior y número de credencial de elector del personal designado.

Se sugiere que sea el Contralor Municipal quien funja como anfitrión del Representante de la ASEQROO, para efectos de coordinarse en actividades y tiempos, con respecto a la revisión y firma del acta de entrega recepción y sus anexos.

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MUNICIPAL

Es importante que la ASEQROO participe en alguna de las reuniones del comité de transición, para que se les informe a los funcionarios de la nueva administración, la forma en que el representante de la ASEQROO participará en el acto protocolario de la entrega y recepción municipal.

Un día antes de celebrarse la ceremonia de firma del acta, el representante de la Auditoría Superior del Estado, procederá a revisar y verificar que los datos del acta sean correctos.

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MUNICIPAL

Durante la ceremonia, una vez revisada el acta y de no haber ninguna corrección, se procederá a la firma de la misma al margen de cada hoja y donde se encuentre el nombre de las personas que intervienen en el acto. El representante de la Auditoría Superior del Estado, firmará una vez que todos los demás participantes hayan firmado.

Es importante aclarar, que el Representante de la ASEQROO no esta obligado a la firma de los anexos, sólo a la firma del acta.

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MUNICIPAL

Una vez efectuada la firma del acta, se distribuyen las copias originales con firma autógrafa a los involucrados en el proceso, correspondiéndole un ejemplar al representante de la Auditoría Superior del Estado.

Finalmente, el representante de la Auditoría Superior del Estado, entrega el informe del monitoreo efectuado tanto del manejo de los recursos como del proceso de Entrega y Recepción del municipio, tanto al Presidente Municipal Saliente, como al Entrante. Este acto debe de hacerse constar en el acta.

El representante de la ASEQROO constatará ese hecho al momento de hacer la revisión del acta y de no hacerse constar, no firmará el acta.

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LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO Y EL PROCESO DE ENTREGA RECEPCIÓN

MUNICIPAL

Es responsabilidad del Contralor Municipal saliente que el representante de la ASEQROO este informado del lugar y hora de la Ceremonia de firma del acta.

No es obligación del representante de la ASEQROO concurrir a la ceremonia de toma de protesta e instalación del ayuntamiento, salvo que sea invitado, en cuyo caso quedará a su criterio su participación.

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LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO Y EL PROCESO DE ENTREGA RECEPCIÓN

MUNICIPAL

Posteriormente, y en acuerdo con el contralor municipal, el representante de la Auditoría Superior del Estado, participará en la firma de las actas de entrega y recepción de los funcionarios públicos siguientes:

a) Secretario del Ayuntamiento.

b) Tesorero Municipal.

c) Secretario de Seguridad Pública.

d) Contralor Municipal.

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MUNICIPAL

Con respecto a las incidencias que se puedan presentar durante los eventos protocolarios de entrega recepción de la administración pública municipal, el contralor municipal y el representante de la Auditoría Superior del Estado tomarán las medidas que consideren necesarias para coadyuvar con el logro de dichos eventos, salvo que estuviere en peligro su integridad física, o existiera imposibilidad de accesar al edificio o a la documentación, entonces se suspenderá la participación del representante de la ASEQROO, hasta que exista un aviso de la terminación de las referidas incidencias y se pueda llevar a cabo la entrega recepción

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4

3

1

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51312

11

14

1816

15Fin

17

Flujograma Proceso de Entrega Recepción Municipal

AyuntamientosEmite Reglamento

e Instruye a la Contraloría para

que emita lineamientos

Entrega Recepción de la Administración

Municipal

Titulares de las Direcciones Generales y Entidades.

Designación del (los)

enlace (s) designado (s)

Define Servidor Publico

Obligado y asigna por escrito los formatos

supervisa la integración del paquete de ER

Sujetos obligados

- Captura y revisa los formatos.

- Depura y actualiza la información

Entrega de formatos

debidamente llenados al Superior

Jerárquico.

.

Enlaces Responsables

-Registro de sujetos

Obligados-Capacita-Asigna

Formatos

Verifica la captura de la información

ContraloríaMunicipal

Elabora y presenta los lineamientos

normativos y formatos

Diseña sistema informático

Capacita y registra a los

enlaces responsables

-Monitoreo de avances

-Genera informes

Informa a la ASEQROO

de los avances

Conjuntar y entregar al Ayuntamiento Actas Administrativas de la

Direcciones y entidades.

DesignaciónDel Representante de la Contraloría para asistir a los

actos de ER.

Coordinar y presenciar el acto

de ER.

Auditoría Superior del

Estado

Recibe informes de

avances en las fechas

establecidas.

Retroalimenta a la contraloría conforme a

Recomendaciones

Page 50: LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO Y EL PROCESO DE ENTREGA RECEPCIÓN MUNICIPAL

¡¡MUCHAS GRACIAS!!

Lic. Luis Eduardo Anica Rodríguez.Director de Asuntos Jurídicos de la ASEQROO

[email protected]