iv. administraciÓn de justicia - bocm.es · pág. 30 sÁbado 31 de octubre de 2009 b.o.c.m. núm....

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO En el recurso de casación para la unifica- ción de doctrina interpuesto por el letrado don José Luis Puig Gómez de la Bárcena, en nombre y representación de “Asepeyo”, se ha dictado providencia de 6 de octubre de 2009, por la que se tiene por preparado di- cho recurso y se acuerda emplazar a las par- tes para que comparezcan personalmente o mediante abogado o representante ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo en el plazo de quince días hábiles a partir de la notificación de dicha resolución. En su virtud, y para que sirva de notifica- ción y emplazamiento a la empresa “Inasec, Sociedad Limitada”, en domicilio descono- cido o ignorado paradero, a quien por medio de la presente cédula emplazo para que en el plazo de quince días comparezca ante la Sala de lo social (Cuarta) del Tribunal Su- premo a hacer uso de su derecho en mérito al recurso interpuesto, se expide el presente edicto en Madrid, a 6 de octubre de 2009.— El secretario (firmado). (03/34.196/09) SALA DE LO SOCIAL EDICTO Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la Sala de lo social (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso número 785 de 2009, interpuesto por “Asepeyo”, contra doña Sandra Colmenares Moreno y otros, sobre incapacidad temporal, se ha dictado la siguiente resolución: Fallamos Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151”, asistida por el letrado don José Luis Puig Gómez de la Bárcena, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 35 de Madrid de fecha 11 de julio de 2008, en autos número 572 de 2007, en virtud de demanda formulada por “Asepe- yo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfer- medades Profesionales de la Seguridad So- cial número 151”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, doña Sandra Yiviola Colmenares Moreno y la empresa “Radio Mundial, Sociedad Limitada”, en materia de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo (responsabilidad empresarial), y en consecuencia, debemos confirmar y con- firmamos la sentencia de instancia, con abo- no por la mutua recurrente al letrado que ha impugnado su recurso de la cantidad de 400 euros en concepto de honorarios. Dese a los depósitos constituidos el destino legal. Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casa- ción para la unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo so- cial dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y 227 de la Ley de Procedimiento Laboral. La consig- nación del importe de la condena deberá acreditarse, cuando proceda, por el recu- rrente que no goce del beneficio de justicia gratuita ante esta Sala al tiempo de preparar el recurso, presentando resguardo acreditati- vo de haberla efectuado en la cuenta co- rriente número 2828/0000/00/0785/09, que esta Sección Tercera tiene abierta en el “Ban- co Español de Crédito”, oficina número 1026, sita en la calle Miguel Ángel, número 17, de Madrid, pudiéndose sustituir dicha consigna- ción en metálico por el aseguramiento me- diante aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, de- biendo igualmente el recurrente que no ostente la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o se trate del ministerio fiscal, Estado, las comunidades autónomas, las enti- dades locales, los organismos autónomos de- pendientes de todas ellas y quienes tuvieren re- conocido el beneficio de justicia gratuita, consignar como depósito la cantidad de 50.000 pesetas (300,51 euros), que deberá ingresar en la cuenta número 2410 del “Banco Español de Crédito”, sucursal de la calle Barquillo, núme- ro 49 (clave oficina 1006), de Madrid, que tie- ne abierta la Sala Cuarta de lo social del Tribu- nal Supremo, debiendo hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría de dicha Sala Cuarta del Tribunal Supremo al tiempo de personarse en ella. Así por esta nuestra sentencia lo pronun- ciamos, mandamos y firmamos. Y para que sirva de notificación a “Radio Mundial, Sociedad Limitada”, actualmente en domicilio desconocido o ignorado para- dero, expido y firmo la presente en Madrid, a 9 de octubre de 2009.—El secretario (fir- mado). (03/34.194/09) SALA DE LO SOCIAL EDICTO Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la Sala de lo social (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso número 858 de 2009 interpuesto por doña María del Carmen Gasco López, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Urbano Hernández”, sobre jubilación, ha sido dictada la siguiente resolución: Fallamos Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado don Dimas Prieto Nieva, en nombre y representación de doña María del Carmen Gasco López, contra la sentencia de fecha 16 de septiembre de 2008 dictada por el Juzgado de lo social número 27 de Madrid, en sus autos número 244 de 2008, seguidos a instan- cias de doña María del Carmen Gasco López, frente a la empresa “Urbano Hernández”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación por jubilación (SOVI), y, en consecuencia, debemos confirmar y confir- mamos la sentencia de instancia. Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sección de Sala. Expídanse certificaciones de esta senten- cia para su unión a la pieza separada o rollo de suplicación, que se archivará en este Tri- bunal, y a los autos principales. Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía de este Tribunal Supe- rior de Justicia. Hágaseles saber a los antedichos, sirvien- do para ello esta misma orden, que contra la presente sentencia pueden, si a su derecho conviene, interponer recurso de casación para la unificación de la doctrina previsto en los artículos 216 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de lo social de Madrid dentro del improrrogable plazo de los diez días laborales inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia de acuerdo con lo establecido, más en concreto, en los artículos 219, 227 y 228 de la citada Ley. Asimismo, se hace expresa advertencia a todo posible recurrente en ca- sación para unificación de esta sentencia que no goce de la condición de trabajador o de causahabiente suyo o de beneficiario del ré- gimen público de la Seguridad Social o del beneficio reconocido de justicia gratuita, y

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 259

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justiciade Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

En el recurso de casación para la unifica-ción de doctrina interpuesto por el letradodon José Luis Puig Gómez de la Bárcena, ennombre y representación de “Asepeyo”, seha dictado providencia de 6 de octubre de2009, por la que se tiene por preparado di-cho recurso y se acuerda emplazar a las par-tes para que comparezcan personalmente omediante abogado o representante ante laSala de lo social del Tribunal Supremo en elplazo de quince días hábiles a partir de lanotificación de dicha resolución.

En su virtud, y para que sirva de notifica-ción y emplazamiento a la empresa “Inasec,Sociedad Limitada”, en domicilio descono-cido o ignorado paradero, a quien por mediode la presente cédula emplazo para que en elplazo de quince días comparezca ante laSala de lo social (Cuarta) del Tribunal Su-premo a hacer uso de su derecho en méritoal recurso interpuesto, se expide el presenteedicto en Madrid, a 6 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/34.196/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Don Luis Fariñas Matoni, secretario de laSala de lo social (Sección Tercera) delTribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso número 785 de 2009, interpuesto por“Asepeyo”, contra doña Sandra ColmenaresMoreno y otros, sobre incapacidad temporal,se ha dictado la siguiente resolución:

FallamosQue debemos desestimar y desestimamos

el recurso de suplicación interpuesto por“Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo yEnfermedades Profesionales de la SeguridadSocial número 151”, asistida por el letradodon José Luis Puig Gómez de la Bárcena,contra la sentencia dictada por el Juzgado delo social número 35 de Madrid de fecha 11 dejulio de 2008, en autos número 572 de 2007,en virtud de demanda formulada por “Asepe-yo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfer-medades Profesionales de la Seguridad So-cial número 151”, contra Instituto Nacionalde la Seguridad Social, Tesorería General dela Seguridad Social, doña Sandra Yiviola

Colmenares Moreno y la empresa “RadioMundial, Sociedad Limitada”, en materia deincapacidad temporal derivada de accidentede trabajo (responsabilidad empresarial), yen consecuencia, debemos confirmar y con-firmamos la sentencia de instancia, con abo-no por la mutua recurrente al letrado que haimpugnado su recurso de la cantidad de 400euros en concepto de honorarios. Dese a losdepósitos constituidos el destino legal.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superiorde Justicia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina, que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a lanotificación de la sentencia de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 218 y 227 de laLey de Procedimiento Laboral. La consig-nación del importe de la condena deberáacreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta co-rriente número 2828/0000/00/0785/09, queesta Sección Tercera tiene abierta en el “Ban-co Español de Crédito”, oficina número 1026,sita en la calle Miguel Ángel, número 17, deMadrid, pudiéndose sustituir dicha consigna-ción en metálico por el aseguramiento me-diante aval bancario en el que se hará constarla responsabilidad solidaria del avalista, de-biendo igualmente el recurrente que no ostentela condición de trabajador o causahabientesuyo o beneficiario del régimen público de laSeguridad Social o se trate del ministerio fiscal,Estado, las comunidades autónomas, las enti-dades locales, los organismos autónomos de-pendientes de todas ellas y quienes tuvieren re-conocido el beneficio de justicia gratuita,consignar como depósito la cantidad de 50.000pesetas (300,51 euros), que deberá ingresar enla cuenta número 2410 del “Banco Español deCrédito”, sucursal de la calle Barquillo, núme-ro 49 (clave oficina 1006), de Madrid, que tie-ne abierta la Sala Cuarta de lo social del Tribu-nal Supremo, debiendo hacer entrega delresguardo acreditativo en la Secretaría de dichaSala Cuarta del Tribunal Supremo al tiempo depersonarse en ella.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a “RadioMundial, Sociedad Limitada”, actualmenteen domicilio desconocido o ignorado para-dero, expido y firmo la presente en Madrid,a 9 de octubre de 2009.—El secretario (fir-mado).

(03/34.194/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Don Luis Fariñas Matoni, secretario de laSala de lo social (Sección Tercera) delTribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso número 858 de 2009 interpuesto pordoña María del Carmen Gasco López, contrael Instituto Nacional de la Seguridad Social,Tesorería General de la Seguridad Social y“Urbano Hernández”, sobre jubilación, hasido dictada la siguiente resolución:

FallamosQue debemos desestimar y desestimamos

el recurso de suplicación interpuesto por elletrado don Dimas Prieto Nieva, en nombre yrepresentación de doña María del CarmenGasco López, contra la sentencia de fecha 16de septiembre de 2008 dictada por el Juzgadode lo social número 27 de Madrid, en susautos número 244 de 2008, seguidos a instan-cias de doña María del Carmen Gasco López,frente a la empresa “Urbano Hernández”,Instituto Nacional de la Seguridad Social yTesorería General de la Seguridad Social, enreclamación por jubilación (SOVI), y, enconsecuencia, debemos confirmar y confir-mamos la sentencia de instancia.

Incorpórese el original de esta sentencia,por su orden, al libro de sentencias de estaSección de Sala.

Expídanse certificaciones de esta senten-cia para su unión a la pieza separada o rollode suplicación, que se archivará en este Tri-bunal, y a los autos principales.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes y a la Fiscalía de este Tribunal Supe-rior de Justicia.

Hágaseles saber a los antedichos, sirvien-do para ello esta misma orden, que contra lapresente sentencia pueden, si a su derechoconviene, interponer recurso de casaciónpara la unificación de la doctrina previsto enlos artículos 216 y siguientes de la Ley deProcedimiento Laboral, que ha de prepararsemediante escrito presentado ante esta Sala delo social de Madrid dentro del improrrogableplazo de los diez días laborales inmediatossiguientes a la fecha de notificación de estasentencia de acuerdo con lo establecido, másen concreto, en los artículos 219, 227 y 228de la citada Ley. Asimismo, se hace expresaadvertencia a todo posible recurrente en ca-sación para unificación de esta sentencia queno goce de la condición de trabajador o decausahabiente suyo o de beneficiario del ré-gimen público de la Seguridad Social o delbeneficio reconocido de justicia gratuita, y

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 31

por lo que respecta a los dos últimos precep-tos dichos (artículos 227 y 228), que el depó-sito de los 300 euros deberá ser efectuadoante la Sala Cuarta o de lo social del Tribu-nal Supremo al tiempo de personarse anteella y en su cuenta número 2410, abierta enel “Banco Español de Crédito”, sucursal dela calle Barquillo, número 49, oficina 1006,de Madrid, mientras que la consignación enmetálico del importe de la condena eventual-mente impuesta deberá acreditarse, cuandoasí proceda, por el recurrente que no goce delseñalado beneficio de justicia gratuita anteesta Sala de lo social al tiempo de preparar elrecurso de casación para unificación citado,para lo cual deberá presentar en el tiempo di-cho resguardo acreditativo de haber efectua-do la indicada consignación en la cuenta co-rriente número 2828/0000/00/858/09 queesta Sección tiene abierta en el “Banco Espa-ñol de Crédito”, sucursal número 1026, sita enla calle Miguel Ángel, número 17, de Madrid,pudiéndose, en su caso, sustituir dicha consig-nación en metálico por el aseguramiento dedicha condena mediante el correspondienteaval bancario en el que, expresa y necesaria-mente, habrá de hacerse constar la responsa-bilidad solidaria de la entidad bancaria avalis-ta, documento escrito de aval que deberá serratificado por persona con poder bastante paraello de la entidad bancaria avalista.

Si la condena consistiere en constituir elcapital-coste de una pensión de SeguridadSocial, el ingreso de este habrá de hacerlo enla Tesorería General de la Seguridad Socialy una vez se determine por esta su importe,lo que se le comunicará por esta Sala.

En el supuesto de que la parte recurrentehubiere efectuado las consignaciones o ase-guramientos necesarios para recurrir, asícomo los depósitos precisos a igual efecto,procédase de acuerdo con lo dispuesto enlos artículos 201, 202.1 y 202.3 de la citadaLey de 1995, y siempre en atención a la par-te dispositiva de esta sentencia.

Una vez adquiera firmeza la presente sen-tencia, devuélvanse los autos originales parasu debida ejecución al Juzgado de lo socialde su procedencia, dejando de ello debidanota en los libros de esta Sección de Sala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que le sirva de notificación a “Ur-bano Hernández”, actualmente en domiciliodesconocido o ignorado paradero, expido yfirmo la presente en Madrid, a 6 de octubrede 2009.—El secretario (firmado).

(03/34.191/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariade la Sección Quinta de la Sala de lo so-cial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso de suplicación número 3.022 de2009, dimanante de los autos número 259de 2008 del Juzgado de lo social número21 de Madrid, interpuesto por don Eduar-do Luis Atienza Mínguez, contra “AvantGarantías, Sociedad Limitada”, y otros, en

reclamación por extinción de contrato detrabajo, habiendo sido dictada con fecha29 de septiembre de 2009 resolución, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Fallamos

Desestimamos el recurso de suplicacióninterpuesto por don Eduardo Luis AtienzaMínguez, contra la sentencia dictada por elJuzgado de lo social número 21 de Madridde fecha 24 de julio de 2008, en virtud dedemanda formulada por el recurrente, con-tra “Avant Garantías, Sociedad Limitada”, yotros, en reclamación de extinción de con-trato de trabajo, y confirmamos la sentenciade instancia. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse antela Sala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuenta nú-mero 2410 del “Banco Español de Crédito”,oficina 1006, de la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, por todo recurrente que notenga la condición de trabajador o causaha-biente suyo o beneficiario del régimen públi-co de la Seguridad Social, mientras que laconsignación del importe de la condena de-berá acreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta corrien-te número 287600000030222009 que estaSección Quinta tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, oficina 1026, de la calleMiguel Ángel, número 17, de Madrid, pu-diéndose sustituir dicha consignación en me-tálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a “So-ciedad Valle y Cabrera Asociados, Socie-dad Limitada”, actualmente en domiciliodesconocido o ignorado paradero, con laadvertencia que las resoluciones judicialesque se dicten en el procedimiento a partirde la presente serán notificadas en estra-dos, salvo las que deban revestir la formade auto o sentencia o se trate de emplaza-miento, expido y firmo la presente en Ma-drid, a 6 de octubre de 2009.—La secreta-ria (firmado).

(03/34.247/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariade la Sección Quinta de la Sala de lo so-cial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso de suplicación número 3.382 de2009, dimanante de los autos número 502 de2008 del Juzgado de lo social número 3 deMadrid, interpuesto por don Claudinet Al-ves Cardoso, asistido por el letrado don Ig-nacio Ganso Herranz, contra “Pinturas Ba-lue, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, habiendo sido dictada con fe-cha 22 de septiembre de 2009 resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

interpuesto por don Claudinet Alves Cardo-so, frente a la sentencia de 20 de junio de2008 del Juzgado de lo social número 3 deMadrid, dictada en el procedimiento de des-pido número 502 de 2008, seguido a instan-cias de la parte recurrente, contra la empre-sa “Pinturas Balue, Sociedad Limitada”.Confirmamos la sentencia. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse antela Sala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuenta nú-mero 2410 del “Banco Español de Crédito”,oficina 1006, de la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, por todo recurrente que notenga la condición de trabajador o causaha-biente suyo o beneficiario del régimen públi-co de la Seguridad Social, mientras que laconsignación del importe de la condena de-berá acreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta corrien-te número 287600000033822009 que estaSección Quinta tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, oficina 1026, de la calleMiguel Ángel, número 17, de Madrid, pu-diéndose sustituir dicha consignación en me-tálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a “Pintu-ras Balue, Sociedad Limitada”, actualmenteen domicilio desconocido o ignorado para-

Page 3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 32 B.O.C.M. Núm. 259

dero, con la advertencia que las resolucionesjudiciales que se dicten en el procedimientoa partir de la presente serán notificadas enestrados, salvo las que deban revestir la for-ma de auto o sentencia o se trate de empla-zamiento, expido y firmo la presente en Ma-drid, a 6 de octubre de 2009.—La secretaria(firmado).

(03/34.246/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariade la Sección Quinta de la Sala de lo so-cial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso de suplicación número 3.301 de2009, dimanante de los autos número 1.790de 2008 del Juzgado de lo social número 8de Madrid, interpuesto por doña YolandaGarcía Rodríguez, representada por el letra-do don Rafael Peinador de Isidro, contra“Oralva Servicios Comerciales y de Marke-ting, Sociedad Limitada”, y Fondo de Ga-rantía Salarial, en reclamación por despido,habiendo sido dictada con fecha 22 de sep-tiembre de 2009 resolución, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

interpuesto por doña Yolanda García Rodrí-guez, frente a la sentencia de 2 de marzo de2009 del Juzgado de lo social número 8 deMadrid, dictada en los autos número 1.790de 2008, seguidos a instancias de la parte re-currente, contra la empresa “Oralva Servi-cios Comerciales y de Marketing, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, y,en su consecuencia, confirmamos la citadaresolución. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse antela Sala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuenta nú-mero 2410 del “Banco Español de Crédito”,oficina 1006, de la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, por todo recurrente que notenga la condición de trabajador o causaha-biente suyo o beneficiario del régimen públi-co de la Seguridad Social, mientras que laconsignación del importe de la condena de-berá acreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta corrien-te número 287600000033012009 que estaSección Quinta tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, oficina 1026, de la calle

Miguel Ángel, número 17, de Madrid, pu-diéndose sustituir dicha consignación en me-tálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a “OralvaServicios Comerciales y de Marketing, So-ciedad Limitada”, actualmente en domiciliodesconocido o ignorado paradero, con la ad-vertencia que las resoluciones judiciales quese dicten en el procedimiento a partir de lapresente serán notificadas en estrados, salvolas que deban revestir la forma de auto o sen-tencia o se trate de emplazamiento, expido yfirmo la presente en Madrid, a 6 de octubrede 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.244/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariade la Sección Quinta de la Sala de lo so-cial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso de suplicación número 3.468 de2009, dimanante de los autos número 1.575de 2008 del Juzgado de lo social número 7de Madrid, interpuesto por don FranciscoJavier Fernández López, representado por laletrada doña María Lázaro García, contra“MSA Cial Instalaciones, Sociedad Limita-da”, en reclamación por despido, habiendosido dictada con fecha 30 de septiembre de2009 resolución, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

FallamosEstimamos el recurso de suplicación in-

terpuesto por don Francisco Javier Fernán-dez López contra sentencia de 23 de marzode 2009 dictada por el Juzgado de lo socialnúmero 7 de Madrid, en procedimiento dedespido número 1.575 de 2008, seguido envirtud de demanda interpuesta por el expre-sado recurrente, contra la empresa “MSACial Instalaciones, Sociedad Limitada”, de-claramos la nulidad de la sentencia recurri-da y ordenamos remitir las actuaciones alJuzgado de su procedencia a fin de que, par-tiendo de que la acción no está caducada,entre a conocer del resto de las cuestionesplanteadas en la instancia, resolviendo elfondo del asunto. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse ante

la Sala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuenta nú-mero 2410 del “Banco Español de Crédito”,oficina 1006, de la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, por todo recurrente que notenga la condición de trabajador o causaha-biente suyo o beneficiario del régimen públi-co de la Seguridad Social, mientras que laconsignación del importe de la condena de-berá acreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta corrien-te número 287600000034682009 que estaSección Quinta tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, oficina 1026, de la calleMiguel Ángel, número 17, de Madrid, pu-diéndose sustituir dicha consignación en me-tálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a “MSACial Instalaciones, Sociedad Limitada”, ac-tualmente en domicilio desconocido o igno-rado paradero, con la advertencia que las re-soluciones judiciales que se dicten en elprocedimiento a partir de la presente seránnotificadas en estrados, salvo las que debanrevestir la forma de auto o sentencia o se tra-te de emplazamiento, expido y firmo la pre-sente en Madrid, a 6 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.242/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariade la Sección Quinta de la Sala de lo so-cial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue elrecurso de suplicación número 2.152 de2009, dimanante de los autos número 308 de2008 del Juzgado de lo social número 11 deMadrid, interpuesto por don Vitali Tregou-bov, representado por el letrado don JoséLuis Fernández Chillón, contra don AlfonsoVargas Hidalgo y “Hábitat Up, Sociedad Li-mitada”, en reclamación por cantidad y de-rechos, habiendo sido dictada con fecha 22de septiembre de 2009 resolución, cuya par-te dispositiva es del tenor literal siguiente:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

interpuesto por el letrado don José Luis Fer-nández Chillón, en representación de donVitali Tregoubov, frente a la sentencia de 10de septiembre de 2008 del Juzgado de lo so-cial número 11 de Madrid, dictada en losautos número 308 de 2008, seguidos a ins-tancias de la parte recurrente, contra la em-presa “Hábitat Up, Sociedad Limitada”, ycontra don Alfonso Vargas Hidalgo. Confir-mamos la sentencia. Sin costas.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 33

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse antela Sala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuenta nú-mero 2410 del “Banco Español de Crédito”,oficina 1006, de la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, por todo recurrente que notenga la condición de trabajador o causaha-biente suyo o beneficiario del régimen públi-co de la Seguridad Social, mientras que laconsignación del importe de la condena de-berá acreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta corrien-te número 287600000021522009 que estaSección Quinta tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, oficina 1026, de la calleMiguel Ángel, número 17, de Madrid, pu-diéndose sustituir dicha consignación en me-tálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a don Al-fonso Vargas Hidalgo, actualmente en do-micilio desconocido o ignorado paradero,con la advertencia que las resoluciones judi-ciales que se dicten en el procedimiento apartir de la presente serán notificadas en es-trados, salvo las que deban revestir la formade auto o sentencia o se trate de emplaza-miento, expido y firmo la presente en Ma-drid, a 30 de septiembre de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(03/34.240/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariajudicial de la Sección Quinta de esta Salade lo social.

Certifico: Que en el recurso de suplica-ción número 2.363 de 2009-LO consta la re-solución siguiente:

En el recurso de suplicación núme-ro 2.363 de 2009-LO, seguido ante esta Sala(Sección Quinta), dimanante de los autosnúmero 264 de 2008 del Juzgado de lo so-cial número 29 de Madrid, siendo recurren-te “Hierros Santa Cruz Santiago, SociedadLimitada”, y recurrido don Mariano Fernán-dez Teruel, en reclamación de cantidad, confecha 30 de septiembre de 2009 se ha dicta-

do resolución, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

interpuesto por “Hierros Santa Cruz Santia-go, Sociedad Limitada”, contra la sentenciadictada por el Juzgado de lo social número29 de Madrid de fecha 11 de julio de 2008,en virtud de demanda formulada por donMariano Fernández Teruel, don ManuelGonzález Cansado y don Fernando Morla-nes Martín, contra la recurrente y “Cons-trucciones y Reformas Ferromapa, SociedadLimitada”, en reclamación de cantidad, yconfirmamos la sentencia de instancia, concondena en costas a la empresa recurrenteque incluirá los honorarios del letrado de laparte actora impugnante en cuantía de 300euros, acordándose la pérdida de los depósi-tos y consignaciones, en su caso, efectuadospara recurrir.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse antela Sala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuenta nú-mero 2410 del “Banco Español de Crédito”,oficina 1006, de la calle Barquillo, núme-ro 49, de Madrid, por todo recurrente que notenga la condición de trabajador o causaha-biente suyo o beneficiario del régimen públi-co de la Seguridad Social, mientras que laconsignación del importe de la condena de-berá acreditarse, cuando proceda, por el recu-rrente que no goce del beneficio de justiciagratuita ante esta Sala al tiempo de prepararel recurso, presentando resguardo acreditati-vo de haberla efectuado en la cuenta corrien-te número 287600000023632009 que estaSección Quinta tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, oficina 1026, de la calleMiguel Ángel, número 17, de Madrid, pu-diéndose sustituir dicha consignación en me-tálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a “Cons-trucciones y Reformas Ferromapa, SociedadLimitada”, actualmente en domicilio desco-nocido o ignorado paradero, con la adver-tencia que las resoluciones judiciales que sedicten en el procedimiento a partir de la pre-sente serán notificadas en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto o senten-cia o se trate de emplazamiento, expido yfirmo la presente en Madrid, a 6 de octubrede 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.249/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 3.508 de 2009seguidas ante la Sección Sexta de la Sala desocial de este Tribunal Superior de Justicia,dimanante de los autos recurso de suplica-ción número 6 de 2008 del Juzgado de losocial número 16 de Madrid, promovidospor doña Rafaela Asunción Martínez Gil,contra “Coarint, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre contratosde trabajo, se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

número 3.508 de 2009, ya identificado, con-firmando la sentencia de instancia.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a la no-tificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 219, 227 y 228 dela Ley de Procedimiento Laboral, advirtién-dose en relación con los dos últimos precep-tos citados que el depósito de los 300,51euros deberá efectuarse ante la Sala de lo so-cial del Tribunal Supremo, en la cuenta nú-mero 2410, que tiene abierta en el “Banco Es-pañol de Crédito”, sucursal 1006, sita en lacalle Barquillo, número 49, de Madrid, altiempo de personarse en ella, por todo recu-rrente que no tenga la condición de trabajadoro causahabiente suyo o beneficiario del régi-men público de la Seguridad Social, mientrasque la consignación del importe de la conde-na deberá acreditarse, cuando proceda, por elrecurrente que no goce del beneficio de justi-cia gratuita ante esta Sala al tiempo de prepa-rar el recurso, presentando resguardo acredi-tativo de haberla efectuado en la cuentacorriente número 28700000003508/09 queesta Sección Sexta tiene abierta en el “BancoEspañol de Crédito”, sucursal 1026, sita en lacalle Miguel Ángel, número 17, de Madrid,pudiéndose sustituir dicha consignación enmetálico por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado para-dero que, en lo sucesivo, se le efectuaránlas notificaciones en estrados, salvo que setrate de autos, sentencias o emplazamien-tos, de acuerdo con lo prevenido en el ar-tículo 59 de la Ley de Procedimiento La-boral.

Y para que sirva de notificación y adverten-cia en forma a “Coarint, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, se expide el presenteedicto en Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/34.188/09)

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 34 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 32DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

Que en este Juzgado, al número 260de 2008, se sigue expediente de liberaciónde cargas a instancias de la comunidad depropietarios de la calle Pradillo, números 61y 61 bis, representada por el procurador donRoberto Sastre Moyano, en solicitud de li-beración del gravamen consistente en el quemenciona la parte actora en el hecho segun-do del escrito de demanda, y cuya descrip-ción se acompaña como testimonio al pre-sente, y que grava la siguiente finca: sita enla calle Pradrillo, números 61 y 61 bis, se-gún la descripción que de la misma constaen el Registro de la Propiedad número 14 deMadrid.

Por el presente, y, en virtud de resolucióndel día de la fecha, se cita a don Ángel Her-nández Corredor e ignorados herederos dedoña Fuensanta Calderón Torres, como titu-lares del gravamen cuya liberación se solici-ta, para que dentro del término de veintedías a contar desde la publicación de esteedicto puedan comparecer en el Juzgadoalegando lo que a su derecho convenga, bajoapercibimiento de pararles el perjuicio a quehaya lugar en derecho.

Para que conste su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, expido el presente en Madrid, a 11 demayo de 2009.—El secretario (firmado).

(02/11.448/09)

JUZGADO NÚMERO 43DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Grágera de Torres, secretariadel Juzgado de primera instancia núme-ro 43 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dejuicio verbal número 823 de 2007, sobreotras materias, se ha dictado resolución deltenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda interpuesta,

debo condenar y condeno a la demanda aabonar a la actora la cantidad 1.943,95euros, intereses legales y costas judiciales.

Contra esta resolución caber recurso deapelación que se interpondrá por escritoante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Así por esta mi sentencia, que no es fir-me, cabe interponer recurso de apelaciónante este Juzgado para ante la AudienciaProvincial de esta capital en el plazo de cin-co días, lo pronuncio, mando y firmo.—Fir-mado y rubricado.

Y para que sirva de notificación en formaa los demandados doña Engracia GutiérrezCorroto y don Miguel Aranda Valencia, enignorado paradero, y su publicación en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido el presente en Madrid, a 22de septiembre de 2009.—La secretaria (fir-mado).

(02/11.918/09)

JUZGADO NÚMERO 79DE MADRID

EDICTO

Doña María Rosa Luesia Blasco, secretariadel Juzgado de primera instancia núme-ro 79 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos de divorcio contencioso núme-ro 284 de 2008, sobre otras materias, y enlos que ha recaído sentencia, cuyo fallo esdel tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por la procuradora de los tribunales doñaMercedes Martínez del Campo, en nombre yrepresentación de doña Karen Anais LentiniGómez, formulada contra don Fidel ErnestoZapata Machín, en situación de rebeldíaprocesal, debo declarar y declaro disuelto,por divorcio, el matrimonio de ambos cón-yuges, adoptando como medidas definitivaslas siguientes:

1. La disolución del matrimonio de am-bos cónyuges, cesando la presunción deconvivencia conyugal.

2. Quedan revocados los consentimien-tos y poderes que cualquiera de los cónyu-ges hubiera otorgado en favor del otro, ycesa la posibilidad de vincular bienes priva-tivos del otro cónyuge en el ejercicio de lapotestad doméstica.

Todo ello sin hacer expresa imposiciónde las costas causadas.

Así por esta mi sentencia, contra la quecabe interponer dentro del quinto día recur-so de apelación ante la ilustrísima Audien-cia Provincial de Madrid, que no suspende-rá la eficacia de las medidas acordadas, deconformidad con lo dispuesto en los artícu-los 455 y 774 de la Ley 1/2000 de Enjuicia-miento Civil, lo pronuncio, mando y firmo.

PublicaciónLeída y publicada fue la anterior senten-

cia por la ilustrísima señora magistrada-juezque la suscribe estando celebrando audien-cia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe en Madrid.

Y para que sirva de notificación de sen-tencia al demandado, en ignorado paradero,don Fidel Ernesto Zapata Machín.

En Madrid, a 3 de julio de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(02/11.778/09)

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 25DE MADRID

EDICTO

Doña Paz Conde Díaz, secretaria del Juzga-do de instrucción número 25 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 493 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 194 de 2009En Madrid, a 14 de julio de 2009.—El

ilustrísimo señor don Valentín Sanz Altoza-no, magistrado-juez de instrucción núme-ro 25 de los de Madrid, habiendo visto yoído en juicio oral y público la presente cau-sa de juicio de faltas número 483 de 2009,seguida por una falta de hurto, contra doñaLidia Delgado Ruano, habiendo sido parteen la misma el ministerio fiscal.

FalloQue debo absolver y absuelvo a doña Li-

dia Delgado Ruano de la falta prevista y pe-nada por la que inicialmente venía acusada,declarando de oficio las costas procesales.

La presente resolución no es firme y con-tra la misma cabe interponer recurso de ape-lación, en ambos efectos, en este Juzgadopara ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid en el plazo de cinco días desde sunotificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, previniéndoles de que contra la mis-ma podrán interponer, ante este Juzgado, re-cursos de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Lidia Delgado Ruano,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(03/33.917/09)

JUZGADO NÚMERO 25DE MADRID

EDICTO

Doña Paz Conde Díaz, secretaria del Juzga-do de instrucción número 25 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 498 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 199 de 2009En Madrid, a 14 de julio de 2009.—El

ilustrísimo señor don Valentín Sanz Altoza-no, magistrado-juez de instrucción núme-ro 25 de los de Madrid, habiendo visto yoído en juicio oral y público la presente cau-sa de juicio de faltas número 498 de 2009,seguida por una falta de hurto, contra donDaniel de la Calzada Fernández, habiendosido parte en la misma el ministerio fiscal.

FalloQue debo absolver y absuelvo a don Da-

niel de la Calzada Fernández, de la falta pre-vista y penada por la que inicialmente veníaacusado, declarando de oficio las costas pro-cesales.

La presente resolución no es firme y con-tra la misma cabe interponer recurso de ape-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 35

lación, en ambos efectos, en este Juzgadopara ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid en el plazo de cinco días desde sunotificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, previniéndoles de que contra la mis-ma podrán interponer, ante este Juzgado, re-cursos de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia don Daniel de la Calzada Fer-nández, actualmente en paradero desconoci-do, y su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 5 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/33.915/09)

JUZGADO NÚMERO 25DE MADRID

EDICTO

Doña Paz Conde Díaz, secretaria del Juzga-do de instrucción número 25 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 491 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

EncabezamientoEn Madrid, a 14 de julio de 2009.—El

ilustrísimo señor don Valentín Sanz Altoza-no, magistrado-juez de instrucción del nú-mero 25 de los de Madrid, habiendo visto yoído en juicio oral y público la presente cau-sa de juicio de faltas número 491 de 2009,seguida por una falta de hurto, contra donMiguel Cacabelos del Canto y don MelvinAneudy Soto, habiendo sido parte en la mis-ma el ministerio fiscal.

Que debo absolver y absuelvo a don Mi-guel Cacabelos del Canto y don MelvinAneudy Valdés Soto de la falta prevista ypenada por la que inicialmente venían acu-sados, declarando de oficio las costas proce-sales.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, previniéndoles de que contra la mis-ma podrán interponer, ante este Juzgado, re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Miguel Cacabelos delCanto y don Melvin Aneudy Valdés Soto,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(03/34.011/09)

JUZGADO NÚMERO 48DE MADRID

EDICTO

Doña Nieves Moreno Carrero, secretariadel Juzgado de instrucción número 48 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 4 de 2009 se ha dictado la pre-sente sentencia, que en su encabezamiento yparte dispositiva dice:

En Madrid, a 20 de abril de 2009.—Elilustrísimo señor don Baltasar FernándezViudez, magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 48 de Madrid, pronuncioen nombre de Su Majestad el Rey la si-guiente:

SentenciaVistos los presentes autos de juicio verbal

de juicio de faltas número 4 de 2009, seguidapor una falta de lesiones en agresión, por de-nuncia de don Federico Santos Castañeda,contra don Juan Antonio de la Vega Gonzá-lez, habiendo sido parte en la misma el minis-terio fiscal, celebrándose con el resultado queobra en el procedimiento.

FalloQue debo condenar y condeno a don Juan

Antonio de la Vega González, como autorresponsable de una falta de lesiones del ar-tículo 617.1 del Código Penal, a la pena demulta de un mes, a razón de una cuota diariade 3 euros, y pago de costas, si las hubiere,con responsabilidad personal subsidiaria deprivación de libertad de un día por cada doscuotas insatisfecha, debiendo indemnizar adon Federico Santos Castañeda en la canti-dad de 210 euros (30 euros por cada día noimpeditivo, sirviendo de criterio orientativoel sistema de valoración de lesiones en tráfi-co rodado).

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firmey contra ella podrá interponerse en el plazode cinco días siguientes al de su notifica-ción, recurso de apelación ante este Juzga-do, para la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Juan Antonio de la VegaGonzález, actualmente en paradero desco-nocido, y su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expi-do la presente en Madrid, a 3 de septiembrede 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.231/09)

JUZGADO NÚMERO 48DE MADRID

EDICTO

Doña Nieves Moreno Carrero, secretariadel Juzgado de instrucción número 48 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 273 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a don Bor-ja Mendoza López, como autor responsablede una falta de hurto en grado de tentativadel artículo 623.1 del Código Penal, a lapena de multa de un mes, a razón de unacuota diaria de 4 euros, y pago de costas,con responsabilidad personal subsidiaria deprivación de libertad de un día por cada doscuotas insatisfechas.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Borja Mendoza López,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 14 de septiembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.233/09)

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5DE ALCORCÓN

EDICTO

Doña Martina Milano Navarro, secretariadel Juzgado de instrucción número 5 deAlcorcón (Madrid).

Hace saber y participa: Que en el juiciode faltas número 165 de 2009 se ha dictadola presente sentencia, que en su encabe-zamiento y fallo es del tenor literal si-guiente:

SentenciaEn Alcorcón, a 1 de junio de 2009.—Ha-

biendo visto su señoría doña Sara PeralesJarillo, magistrada-juez del Juzgado de pri-mera instancia e instrucción número 5 deAlcorcón y su partido, los presentes autos dejuicio de faltas con el número referenciado,sobre falta de hurto, con intervención delministerio fiscal, siendo partes: “MediaMarkt”, en calidad de perjudicada denun-ciante, y don Nikolay Zhivkov Tsonev, encalidad de denunciado.

FalloQue debo condenar y condeno a la parte

denunciada don Nikolay Zhivkov Tsonev,como autor responsable de una falta de hur-to, a la pena de dos meses de multa, con unacuota diaria de 5 euros, cuyo impago deter-mina una responsabilidad personal subsidia-ria de un día de privación de libertad porcada dos cuotas impagadas. Se imponen a laparte denunciada las costar que, en su caso,se hubieren causado.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Nikolay Zhivkov Tso-nev, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablónde anuncios de este Juzgado, expido y firmoel presente en órgano judicial en Alcorcón,a 1 de octubre de 2009.—La secretaria (fir-mado).

(03/34.404/09)

JUZGADO NÚMERO 6DE COLLADO VILLALBA

EDICTO

Doña Maravillas Carreras Rodríguez, ma-gistrada-juez del Juzgado de primera ins-tancia e instrucción número 6 de ColladoVillalba.

Hago saber: Que en los autos de juicioverbal de desahucio por falta de pago núme-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 259

ro 366 de 2009, seguidos en este Juzgado ainstancias del procurador señor Muñoz Ari-za, en nombre y representación de don Ma-ximiano Vaquero Blanco, contra doña AnaRoca Sucedo, se ha dictado sentencia, cuyofallo es el siguiente:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por el procurador señor Muñoz Ariza, ennombre y representación de don MaximianoVaquero Blanco, contra doña Ana Roca Su-cedo, debo declarar y declaro resuelto elcontrato de arrendamiento suscrito entre laspartes por falta de pago de las rentas, seña-lando que ha lugar al desahucio de la de-mandada de la vivienda arrendada, sita en laavenida de las Rocas, número 33, piso pri-mero, puerta D, de la localidad de Alpedre-te, instándole a que la deje libre, vacua y ex-pedita a disposición de la parte actora, con elapercibimiento de que si así no lo hiciere enel plazo legal será lanzada a su costa, todoello con expresa condena en costas a la par-te demandada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma cabe recurso de apelación que se inter-pondrá por escrito, ante este Juzgado, en tér-mino de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de la demandada doña Ana Roca Suce-do, se extiende el presente edicto para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID para que sirva denotificación en forma a la misma.

En Collado Villalba, a 9 de octubrede 2009.—La secretaria (firmado).

(02/11.857/09)

JUZGADO NÚMERO 8DE LEGANÉS

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y

REQUERIMIENTO

Doña Matilde García Moreno, secretaria delJuzgado de primera instancia e instruc-ción número 8 de Leganés.

Expido la presente cédula de notificacióny requerimiento a nombre de doña DianaHernández Borja, doña Victoria CarrascoBorja y doña Emilia Borja Jiménez y las re-quiero para que en el término de una audien-cia abonen la cantidad de 300 euros cadauna de las penadas correspondiente a la mul-ta impuesta en sentencia firme en la “Cuen-ta de consignaciones” de este Juzgado con elnúmero 3986/0000/76/0316/08 de la enti-dad “Banesto”, apercibiéndoles que de nohacerlo voluntariamente se procederá al em-bargo de bienes por la cantidad requerida, yen caso de insolvencia quedarán sujetas res-pecto de la multa a la responsabilidad perso-nal subsidiaria de treinta días de privaciónde libertad a cumplir en su domicilio en con-cepto de localización permanente cada unade las condenadas.

Y para que sirva de notificación y reque-rimiento en forma a doña Diana Hernández

Borja, doña Emilia Borja Jiménez y doñaVictoria Carrasco Borja, extiendo y firmo lapresente en Leganés, a 29 de septiembrede 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.006/09)

JUZGADO NÚMERO 2DE TORREJÓN DE ARDOZ

EDICTO

Doña Raquel Rodríguez Gómez, magistra-da-juez del Juzgado de primera instancianúmero 2 de Torrejón de Ardoz.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de inmatricu-lación de finca número 991 de 2008-R, a ins-tancias de don Julio Cabellos Albertos, parala inmatriculación de las siguientes fincas:

Finca registral número 3.215, inscrita enel Registro de la Propiedad número 2 de To-rrejón de Ardoz, al tomo 2.232, libro 48, fo-lios 31 y 34, al sitio denominado Los Berro-cales. Ocupa una extensión superficial dedoce mil metros cuadrados.

Finca registral número 3.216, inscrita enel Registro de la Propiedad número 2 de To-rrejón de Ardoz, al tomo 2.232, libro 48, fo-lios 31 y 34, al sitio denominado Los Berro-cales. Ocupa una extensión de siete milsetecientos sesenta metros cuadrados.

En los autos de referencia se ha dictado lasiguiente resolución:

ProvidenciaMagistrada-juez de primera instancia,

doña Raquel Rodríguez Gómez.—En Torre-jón de Ardoz, a 18 de septiembre de 2009.

Dada cuenta; por recibido el anterior es-crito presentado por don Julio Cabellos Al-bertos, en representación de doña Elena Ca-yetana Carmona La Calle, como presidentade “Cooperativa de Viviendas Los Berroca-les del Jarama”, facilitando datos de los titu-lares de las parcelas colindantes, únase a losautos de su razón.

Procédase a incoar expediente de inmatri-culación de finca, dándose traslado del es-crito presentado al ministerio fiscal, entre-gándole las copias del escrito y documentos,y cítese a “Centro Educativo Los Berroca-les, Sociedad Limitada”, y a los dueños delas fincas colindantes: don José Manuel Bo-lorinas Cremales, don Manuel Ortega Pérez,don José Ignacio Susaeta Erburu, don JavierRey Sevilla y don Javier Guijarro Galliano,a fin de que dentro del término de diez díaspuedan comparecer en el expediente alegan-do lo que a su derecho convenga, citando aaquellos cuyo domicilio se desconoce pormedio de edictos que se fijarán en el tablónde anuncios del Juzgado y se publicarán enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID. Convóquese a las personas ignora-das a quienes pudiera perjudicar la inscrip-ción solicitada por medio de edictos que sefijarán en los tablones de anuncios delAyuntamiento y del Juzgado de primera ins-tancia número 2 de Torrejón de Ardoz y sepublicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID para que dentrodel término de diez días puedan compareceren el expediente a los efectos expresados.

Líbrense los edictos y oficios al Ayun-tamiento de Paracuellos del Jarama y al BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, requiérase a la parte actorapara que manifieste el periódico de grancirculación en el que desea que se publiqueel edicto en el plazo de diez días.

Contra esta resolución cabe recurso de re-posición en el plazo de cinco días que se in-terpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así lo mando y firmo. Doy fe.—La secre-taria (firmado).—La magistrada-juez de pri-mera instancia (firmado).

Y en virtud de lo acordado se convoca alas personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Madrid.—La secretaria (firmado).(02/11.895/09)

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 56 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donGrover Wilfredo Plata Torrez, contra la em-presa “Beraja Store, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado la siguienteresolución:

AutoEn Madrid, a 10 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Se decreta el embargo sobre los ingresos

que se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que la entidades bancarias“Banesto”, “Cajamadrid”, “La Caixa”,“Banco Popular”, “Banco Santander CentralHispano”, “Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria” y “Banco Pastor” actúen como deposi-tarias o meras intermediarias hasta cubrir elimporte total del principal adeudado, másintereses y costas calculados. Líbrese laoportuna comunicación para la retención ytransferencia de las indicadas cantidades ysucesivas que se abonen hasta cubrir el totalimporte a la “Cuenta de consignaciones” deeste Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de las cuentas corrientes, de las car-tillas u otros análogos que pudiera tener laejecutada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 37

ferencia ordenada les libera de toda respon-sabilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Se acuerda el embargo sobre el créditoque contra las empresas “Electro HogarOutlet, Sociedad Limitada”, “InventarySystem, Sociedad Limitada”, “Frutas Her-manos Fernández Pasalodos, Sociedad Li-mitada”, y “El Pedrusco de Aldealcorbo,Sociedad Limitada”, ostenta la empresa de-mandada por relaciones comerciales mante-nidas con la ejecutada, en lo que sea sufi-ciente a cubrir las cantidades por las cualesse ha despachado ejecución. A tal fin, líbre-se el presente oficio a la referida empresa alobjeto de requerirle, bajo su personal res-ponsabilidad, para que en el plazo máximode cinco días proceda a dar cumplimiento delo acordado, transfiriendo a la “Cuenta deconsignaciones y depósitos” en este Juzga-do las cantidades adeudadas.

Y asimismo adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciere a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que el efectuado encumplimiento del presente requerimiento lelibera de toda responsabilidad frente a laacreedora.

b) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Beraja Store, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.260/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 37 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAngélica María Morales Rubio, contra donLuis Hernández Herrero, sobre ordinario, seha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo sobre los ingresosque se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad del apre-miado en los que la entidades bancarias“Banco Santander Central Hispano”, “Ba-nesto”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”,“Caja de Madrid”, “La Caixa” y “Banco Po-pular” actúen como depositarias o meras in-termediarias hasta cubrir el importe total delprincipal adeudado, más intereses y costascalculados. Líbrese la oportuna comunica-ción para la retención y transferencia de lasindicadas cantidades y sucesivas que se abo-nen hasta cubrir el total importe a la “Cuen-ta de consignaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de las cuentas corrientes, de las car-tillas u otros análogos que pudiera tener elejecutado a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera

al demandado no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada les libera de toda respon-sabilidad frente al acreedor.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar des-de el siguiente al de su notificación. Advir-tiéndose a las partes que conforme al ar-tículo 244 de la Ley de ProcedimientoLaboral las resoluciones dictadas en ejecu-ción se llevarán a efecto no obstante su im-pugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Luis Hernández Herrero, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.265/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 140 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Lianqiao Chen y don Chunlei Lin, con-tra las empresas “Urban Food Group, Socie-dad Limitada”, y “Gestora Business Tapa,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 6.514,98 euros(4.235 euros para don Lianqiao Chen,2.279,8 euros para don Chunlei Lin), más lacantidad de 651,49 euros en concepto de in-tereses y costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por las eje-cutadas en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Urban Food Group, SociedadLimitada”, y “Gestora Business Tapa, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.229/09)

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 38 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.722 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donMajda Viktor Jerzy, don Licbarski Czeslaw,don Andrzej Satanislaw Plotka, don Stanis-law Szubert y don Bogdan Kedzierski, con-tra la empresa “Tarkon Instalaciones Indus-triales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.Visto por el ilustrísimo señor don Rafael

Monzón Rioboo, magistrado-juez sustitutodel Juzgado de lo social número 1 de estaciudad, el juicio promovido en reclamaciónde cantidad, a instancia de doña Majda Vi-ktor Jerzy, don Licbarski Czeslaw, donAndrzej Satanislaw Plotka, don StanislawSzubert y don Bogdan Kedzierski.

Fallo

Estimando la demanda formulada pordon Majda Viktor Jerzy contra la empresa“Tarkon Instalaciones Industriales, Socie-dad Limitada”, debo condenar y condeno ala empresa demandada a que abone a la par-te actora 7.604,49 euros, más el 10 por 100de la mencionada cantidad en concepto deinterés por mora. Se tiene por desistidos desu demanda a los actores no comparecientesdon Licbarski Czeslaw, don Andrzej Sata-nislaw Plotka, don Stanislaw Szubert y donBogdan Kedzierski.

Notifíquese la presente resolución en le-gal forma a las partes y adviértase que, con-tra la misma, cabe interponer recurso de su-plicación, para ante la Sala de lo social delTribunal Superior de Justicia de Madrid,que deberá anunciarse ante este Juzgado,por comparecencia o por escrito, en el plazode cinco días, contados a partir de la notifi-cación de la presente resolución, siendo in-dispensable que, al tiempo de anunciarlo, elrecurrente, si es parte en quien no concurrala condición de trabajador o causahabientesuyo o beneficiario de la Seguridad Social yque no goce del beneficio de justicia gratui-ta, presente, dentro del plazo de diez díaspara la formalización del recurso, resguardodel ingreso en “Recursos de suplicación” dela cantidad de 150,25 euros, con indicaciónde la entidad bancaria 0030, oficina 1143,dígito de control 50, número de cuen-ta 0000000000, beneficiario (Juzgadode lo social número 1 de Madrid), con-cepto 2499/0000/65 y número del presen-te procedimiento judicial, en la sucursal de“Banesto”, sita en la calle Orense, número 19,de Madrid.

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tarkon Instalaciones Industria-les, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.261/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 78 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donÉdison Patiño Garcés, contra la empresa“Metálicas Velasco, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado la siguiente re-solución:

AutoEn Madrid, a 11 de agosto de 2009.

Parte dispositiva:

Se deja en suspenso, en su actual estado,la tramitación de las presentes actuaciones,por hallarse declarada en situación de con-curso la empresa demandada, sin perjuiciodel tratamiento concursal que correspondadar a los créditos declarados en la sentenciarecaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecu-ción ante el juez del concurso (Juzgado de lomercantil número 3).

Hágase entrega a la parte actora de testi-monio de: la demanda, la sentencia recaídaen este procedimiento con expresión de sufirmeza, y las actuaciones que se hayanpracticado con posterioridad a la sentencia.

Archívense provisionalmente las presen-tes actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes,así como al Fondo de Garantía Salarial, ha-ciéndoles saber que frente a ella podrá inter-ponerse recurso de reposición ante este Juz-gado en el término de cinco días a contardesde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Isabel Saiz Areses.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Metálicas Velasco, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.264/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 208 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ángel Valencia Jiménez, contra la em-presa “Germacón Nuevas ConstruccionesMetálicas, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 24 de agostode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se ha cumplimentado loacordado para mejor proveer. Paso a darcuenta a su señoría, con propuesta de resolu-ción.—Doy fe.

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, doña Teresa Nicolás Serrano.

En Madrid, a 24 de agosto de 2009.Cumplimentado lo acordado para mejor

proveer y al amparo de lo preceptuado en elartículo 88.1 de la Ley de Procedimiento La-boral, se pone de manifiesto a las partes elresultado de las diligencias practicadas, pu-diendo examinar los autos en esta Secretaríapara conocer su contenido y alegar por es-crito cuanto estimen oportuno acerca de sualcance o importancia; todo ello en el plazode tres días hábiles siguientes a la notifica-ción de esta providencia.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Germacón Nuevas Construc-ciones Metálicas, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.263/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria de lo social del número 2 deMadrid.

Page 10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 39

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Agustín Martín Martín,contra “Modelos y Útiles, Sociedad Limita-da”, en reclamación por ordinario, registra-do con el número 1.335 de 2009, se ha acor-dado citar a “Modelos y Útiles, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 16 de junio de 2010,a las once horas, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 2, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Modelosy Útiles, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.830/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria de lo social del número 2 deMadrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Pedro Bueno Blázquez,contra “Modelos y Útiles, Sociedad Limita-da”, en reclamación por ordinario, registra-do con el número 931 de 2009, se ha acorda-do citar a “Modelos y Útiles, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 11 de noviembrede 2009, a las diez y quince horas, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 2, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Modelos yÚtiles, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-

TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.829/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 96 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaEva María Gutiérrez Muñoz, contra la em-presa “Mi Casita Jardín, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado resoluciónde fecha 8 de abril de 2009, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

pro doña Eva María Gutiérrez Muñoz, fren-te a la empresa “Actividades Infantiles MiCasita Jardín, Sociedad Limitada”, declaroimprocedente el despido de la actora. Enconsecuencia, condeno a la empresa deman-dada a optar entre:

a) La readmisión de la trabajadora enidénticas condiciones y con los mismos de-rechos que ostentaba antes de producirse eldespido; o bien

b) El abono de una indemnización de373.67 euros.

Asimismo, deberá, en cualquier caso,abonarle una cantidad igual a la suma de lossalarios dejados de percibir desde la fechadel despido (28 de noviembre de 2008), ysin perjuicio del descuento de lo que entretanto hubiese percibido por cualquier otroempleo o colocación.

La citada opción empresarial deberá ejer-citarse dentro del plazo de cinco días a con-tar desde la notificación de esta sentencia,sin esperar a la firmeza de la misma, me-diante sentencia, sin esperar a la firmeza dela misma, mediante escrito o comparecenciaante la Secretaría de este Juzgado.

En caso de no formularse dicha opción, seentenderá que procede la readmisión.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentenciao por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyo, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, calle Orense, número 19, anombre de este Juzgado con el número2500, acreditando mediante la presentacióndel justificante de ingreso en el período

comprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de algunacantidad consignar en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” abierta en “Banesto”,a nombre de este Juzgado con el núme-ro 2500, la cantidad objeto de condena oformalizar aval bancario por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista, incorporándolos aeste Juzgado con el anuncio de recurso. Entodo caso, el recurrente deberá designar le-trado para la tramitación del recurso al mo-mento de anunciarlo.

Incorpórese la presente resolución al co-rrespondiente libro de sentencias y autos,dejando en autos testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mi Casita Jardín, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.831/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 96 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaEva María Gutiérrez Muñoz, contra la em-presa “Mi Casita Jardín, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado resoluciónde fecha 18 de septiembre de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 18 de sep-tiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacerconstar que se ha recibido diligencia de no-tificación realizada por el Servicio Comúnde Notificaciones y Embargos de plaza deCastilla a la empresa demandada “Activida-des Infantiles Mi Casita Jardín, Sociedad Li-mitada”, que se une a autos, de lo que doycuenta a su señoría.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de losocial, don Isidro M. Saiz de Marco.—EnMadrid, a 18 de septiembre de 2009.

Dada cuenta; a raíz de la notificación desentencia a la empresa demandada y del es-crito solicitando ejecución por la parte ac-tora en fecha 3 de junio de 2009, se acuer-da en virtud de lo preceptuado en losartículos 278 y 279 de la Ley de Proce-dimiento Laboral citar de comparecencia alas partes para el día 3 de diciembre de

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2009, a las nueve y veinte horas, poniéndo-se en conocimiento de las partes que cita-das en forma si el trabajador o persona quelo represente no comparece se le tendrá pordesistido de su solicitud; si no comparecie-se la empresa o persona que lo representese celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso de

reposición a presentar en este Juzgado den-tro de los cinco días hábiles siguientes al desu notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magis-trado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mi Casita Jardín, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.832/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO

Doña María José González Huergo, secreta-ria de lo social del número 3 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don AdolfoGonzález Hontana, contra “Compañía deAutomoción Industrial y Obra Civil, Socie-dad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 1.008 de 2009,se ha acordado citar a “Compañía de Auto-moción Industrial y Obra Civil, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 7 de septiembre de2010, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 3, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Compañíade Automoción Industrial y Obra Civil, So-ciedad Limitada”, se expide la presente cé-dula para su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.764/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.233 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Montes Mateo, contra la em-presa “Alfer Seguridad y Control, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia con fecha 6 de julio de 2009, cuyaresolución es la siguiente:

FalloProceder estimar en parte la demanda

planteada por don José Luis Montes Mateo,contra la empresa “Alfer Seguridad y Con-trol, Sociedad Limitada” y condenar a laempresa demandada “Alfer Seguridad yControl, Sociedad Limitada” a que abone aldemandante la cantidad de 7.779,82 euros,más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante la Sala de losocial del Tribunal Superior de Justicia deMadrid, debiendo anunciar su propósitoante este Juzgado en el término de cinco díashábiles siguientes a la notificación del pre-sente fallo, debiendo el recurrente si es em-presario aportar el resguardo acreditativo dehaber depositado en “Banesto”, sito en la ca-lle Orense, número 19, de Madrid, enti-dad 0030, oficina 1143 y número de cuentacorriente 2501/0000/00/1233/08, el importedel principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.912/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.662 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Cristina Fernández López, contra lasempresas “F y G Editores, Sociedad Anóni-ma”, “Projupi, Sociedad Anónima”, “Lar-press, Sociedad Anónima”, y “Peruzzo y C,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 446 de 2009En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.

Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social núme-ro 3 de Madrid, tras haber visto los presen-tes autos sobre reclamación de cantidadentre doña Cristina Fernández López, doñaAna Belén Herranz Guío y don Tomás Her-nanz López como demandantes, y “F y GEditores, Sociedad Anónima”, “Larpress,Sociedad Anónima”, “Peruzzo y C, Socie-dad Limitada”, y “Projupi, Sociedad Anóni-ma”, como demandadas, en nombre del Reyha dictado la siguiente sentencia.

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por doña Cristina Fernández López, doñaAna Belén Herranz Guío y don Tomás Her-nanz López como demandantes, y “F y GEditores, Sociedad Anónima”, “Larpress,Sociedad Anónima”, y “Peruzzo y C, Socie-dad Limitada”, debo condenar y condenosolidariamente a dichas empresas a que abo-nen a los actores las siguientes cantidades:

A doña Cristina Fernández López:3.074,73 euros.

A doña Ana Belén Herranz Guío,3.260,99 euros.

A don Tomás Herranz López, 6.328,30euros.

Todas estas cantidades, incrementadas enel recargo del 10 por 100 en concepto demora en el pago con arreglo a lo previsto enel artículo 29.3 del Estatuto de los Trabaja-dores.

Notifíquese esta sentencia a las partes ad-virtiendo que contra ella podrán interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo so-cial del Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, debiendo anunciar su propósito anteeste Juzgado en el término de cinco días há-biles siguientes a la notificación del presen-te fallo, debiendo el recurrente si es empre-sario aportar el resguardo acreditativo dehaber depositado en el “Banesto”, sito en lacalle Orense, número 19, de Madrid, enti-dad 0030, oficina 1143 y número de cuentacorriente 2501/0000/001662/08 el importedel principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “F y G Editores, Sociedad Anó-nima”, “Projupi, Sociedad Anónima”, “Lar-press, Sociedad Anónima”, y “Peruzzo y C,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.266/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO

Doña María José González Huergo, secreta-ria de lo social del número 3 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de pro-videncia dictada en el día de la fecha en elproceso seguido a instancias de don PedroDorado Pazo, contra “Gamboa PrótesisDental, Sociedad Limitada”, en reclamación

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 41

por despido, registrado con el número 1.143de 2009, se ha acordado citar a “GamboaPrótesis Dental, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 16 de noviembre de 2009, a las diez yveinte horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 3, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “GamboaPrótesis Dental, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.424/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO

Doña María José González Huergo, secreta-ria de lo social del número 3 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de “Fraternidad-Muprespa, Mútua de Accidentes de Trabajoy Enfermedades Profesionales”, contra donAbdelhamid el Kaissy, don Damián LópezSantos, Instituto Nacional de la Seguridad So-cial y Tesorería General de la Seguridad Social,en reclamación por Seguridad Social, regis-trado con el número 752 de 2009, se ha acor-dado citar a don Abdelhamid el Kaissy, donDamián López Santos, Instituto Nacional dela Seguridad Social y Tesorería General dela Seguridad Social, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 23 de febrerode 2010, a las diez horas de su mañana, parala celebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 3, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tenten valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Abdel-hamid el Kaissy, se expide la presente cédu-la para su publicación en el BOLETÍN OFI-

CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colo-cación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.377/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 4 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 148 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pablo Arnaldo Horna Mendoza, contrala empresa “Reformas y Servicios Santino,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado el auto de embargo, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo y precinto del

vehículo propiedad de la apremiada que acontinuación se describe, con los datos deidentificación conocidos:

Matrícula: C-8636-BLL.Marca: “Yamaha”.Modelo: TZR50.Número de bastidor/número de chasis, en

su caso: VTL4YV00000400544.Líbrese y remítase directamente y de ofi-

cio mandamiento por duplicado al ilustre se-ñor registrador de Bienes Muebles Provin-cial, Sección de Automóviles y OtrosVehículos de Motor, obrante en el mismo,para que practique el asiento que correspon-da relativo al embargo trabado sobre elvehículo indicado, se expida certificaciónde haberlo hecho, de la titularidad que cons-te del bien y, en su caso, de sus cargas y gra-vámenes, advirtiéndose que deberá comuni-car a este Juzgado la existencia de ulterioresasientos que pudieran afectar al embargoanotado (artículo 253 de la Ley de Proce-dimiento Laboral), y debiéndose devolverun ejemplar debidamente cumplimentado.

Remítase, asimismo, el mandamiento porfax al Registro de Bienes Muebles a fin deque extienda el correspondiente asiento depresentación.

Ofíciese a la Unidad Administrativa co-rrespondiente para la efectividad del precin-to y conveniente depósito.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María Isabel Saiz Areses.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Reformas y Servicios Santino,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,

expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.248/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de losocial del número 4 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Susana Pérez Alcaraz,contra don Carlos Sánchez Irle, “BarracudaSystems, Sociedad Limitada”, “Ibersat, So-ciedad Anónima”, “Avante Innovación yTecnología, Sociedad Anónima”, “AvanteSoluciones Informáticas, Sociedad Anóni-ma”, e “Ibersat Internacional, Sociedad Li-mitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 812 de 2009, se haacordado citar a don Carlos Sánchez Irle,“Barracuda Systems, Sociedad Limitada”,“Ibersat, Sociedad Anónima”, e “Ibersat In-ternacional, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, a fin de que comparezcan el día20 de enero de 2010, a las nueve cuarenta ycinco horas, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 4, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intenten valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don CarlosSánchez Irle, “Barracuda Systems, Socie-dad Limitada”, “Ibersat, Sociedad Anóni-ma”, “Avante Innovación y Tecnología, So-ciedad Anónima”, “Avante SolucionesInformáticas, Sociedad Anónima”, e “Iber-sat Internacional, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.828/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 4 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 247 de 2009 de este Juz-

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gado de lo social, seguido a instancias dedoña Laura Fominaya Santos, contra la em-presa “Importgodoy, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado providencia decitación, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña María Isabel Saiz Areses.—EnMadrid, a 14 de octubre de 2009.

Dada cuenta; cítese a las partes a compa-recencia, para lo cual se señala el día 11 denoviembre de 2009, a las nueve y veinticin-co horas de su mañana, en la Sala primera Bde este Juzgado, a fin de que por las partesse hagan las alegaciones pertinentes por losque procede extinguir la relación laboral ydespachar ejecución, debiendo concurrircon los medios de prueba que sean practica-bles en el acto. Con la advertencia de que sino compareciere el actor o persona que lorepresente se le tendrá por desistido de susolicitud, y si no compareciere el empresa-rio o su representante, se celebrará el actosin su presencia, de conformidad con lo es-tablecido en los artículos 281 y 278 de laLey de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Importgodoy, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.838/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 5 DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de losocial del número 5 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María del Carmen Sán-chez Marco, contra “Geoweb Limited”, ofi-cina de representación en España, en recla-mación por ordinario, registrado con elnúmero 906 de 2009, se ha acordado citar a“Geoweb Limited”, oficina de representa-ción en España, en ignorado paradero, a finde que comparezca el día 23 de febrerode 2010, a las diez y diez horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 5, sito en la calle Hernani,número 59, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba de

que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Y para que sirva de citación a “GeowebLimited”, oficina de representación en Es-paña, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.833/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Aurora Argumánez Sie-rra y doña María Jesús Fernández García,contra “Externalización de Servicios BackOfice, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 1.517de 2009, se ha acordado citar a “Externaliza-ción de Servicios Back Ofice, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 18 de noviembre de 2009,a las diez y cuarenta horas de su mañana,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 6, sito en la calle Hernani, nú-mero 59, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia, así como que de no compare-cer a juicio el tribunal podrá considerar re-conocidos los hechos en que dicha parte hu-biese intervenido personalmente y cuyafijación como ciertos le sea enteramenteperjudicial, además de imponerle la multa aque se refiere el apartado cuarto del artícu-lo 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación de Servicios Back Ofice, SociedadLimitada”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.397/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Ángeles Fernández Chi-chón, contra “Externalización de ServiciosBack Ofice, Sociedad Limitada”, en recla-mación por despido, registrado con el núme-ro 1.526 de 2009, se ha acordado citar a“Externalización de Servicios Back Ofice,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 23 de no-viembre de 2009, a las diez treinta y cincohoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 6, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia, así comoque de no comparecer a juicio el tribunal po-drá considerar reconocidos los hechos enque dicha parte hubiese intervenido perso-nalmente y cuya fijación como ciertos le seaenteramente perjudicial, además de impo-nerle la multa a que se refiere el apartadocuarto del artículo 292 de la Ley de Enjui-ciamiento Civil.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación de Servicios Back Ofice, SociedadLimitada”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.395/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguidoa instancias de don Enrique Ramos Bris,contra “Externalización de Servicios BackOfice, Sociedad Limitada”, en reclama-ción por despido, registrado con el número1.524 de 2009, se ha acordado citar a “Ex-ternalización de Servicios Back Ofice, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 23 de no-viembre de 2009, a las diez y treinta horasde su mañana, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de jui-cio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 6, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intente valer-se, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia,

Page 14: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 43

así como que de no comparecer a juicio eltribunal podrá considerar reconocidos loshechos en que dicha parte hubiese interve-nido personalmente y cuya fijación comociertos le sea enteramente perjudicial, ade-más de imponerle la multa a que se refiereel apartado cuarto del artículo 292 de laLey de Enjuiciamiento Civil.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación de Servicios Back Ofice, SociedadLimitada”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.396/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguidoa instancias de doña Ana María SánchezRossique, contra “Externalización deServicios Back Ofice, Sociedad Limita-da”, y “Procesos Externos, Sociedad Limi-tada”, en reclamación por despido, regis-trado con el número 1.522 de 2009, se haacordado citar a “Externalización deServicios Back Ofice, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 18 de noviembre de2009, a las once horas de su mañana, parala celebración de los actos de conciliacióny, en su caso, de juicio, que tendrán lugaren la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 6, sito en la calle Hernani,número 59, debiendo comparecer perso-nalmente o mediante persona legalmenteapoderada y con todos los medios de prue-ba de que intente valerse, con la adverten-cia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia, así como quede no comparecer a juicio el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos en quedicha parte hubiese intervenido personal-mente y cuya fijación como ciertos le seaenteramente perjudicial, además de impo-nerle la multa a que se refiere el apartadocuarto del artículo 292 de la Ley de Enjui-ciamiento Civil.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación de Servicios Back Ofice, SociedadLimitada”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.378/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María Soledad SantervásMartín, contra “Externalización de Servi-cios Back Ofice, Sociedad Limitada”, y“Servicios de Tratamientos Bancarios, So-ciedad Limitada”, en reclamación por despi-do, registrado con el número 1.541 de 2009,se ha acordado citar a “Externalización deServicios Back Ofice, Sociedad Limitada”,y “Servicios de Tratamientos Bancarios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 23 de noviem-bre de 2009, a las once horas de su mañana,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 6, sito en la calle Hernani, nú-mero 59, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intenten valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia, así como que de no compare-cer a juicio el tribunal podrá considerar re-conocidos los hechos en que dicha parte hu-biese intervenido personalmente y cuyafijación como ciertos le sea enteramenteperjudicial, además de imponerles la multa aque se refiere el apartado cuarto del artícu-lo 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Externali-zación de Servicios Back Ofice, SociedadLimitada”, y “Servicios de TratamientosBancarios, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.393/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Ana María Rico Agustín,contra “Servicios de Tratamientos Banca-rios, Sociedad Limitada”, “Externalizaciónde Servicios Back Ofice, Sociedad Limita-

da”, y “Procesos Externos, Sociedad Limi-tada”, y, en reclamación por despido, regis-trado con el número 1.527 de 2009, se haacordado citar a “Servicios de TratamientosBancarios, Sociedad Limitada”, y “Externa-lización de Servicios Back Ofice, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezcan el día 23 de noviembrede 2009, a las diez y cuarenta horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 6, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia, así como que de nocomparecer a juicio el tribunal podrá consi-derar reconocidos los hechos en que dichaparte hubiese intervenido personalmente ycuya fijación como ciertos le sea enteramen-te perjudicial, además de imponerles la mul-ta a que se refiere el apartado cuarto del ar-tículo 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Serviciosde Tratamientos Bancarios, Sociedad Limi-tada”, y “Externalización de Servicios BackOfice, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.392/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada enel día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Carlos Andújar Vila, contra“Servicios de Tratamientos Bancarios, Socie-dad Limitada”, “Externalización de ServiciosBack Ofice, Sociedad Limitada”, y “ProcesosExternos, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 1.519de 2009, se ha acordado citar a “Servicios deTratamientos Bancarios, Sociedad Limita-da”, y “Externalización de Servicios BackOfice, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezcan el día 18de noviembre de 2009, a las diez y cincuen-ta horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 6, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intenten valerse,con la advertencia de que es única convoca-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 44 B.O.C.M. Núm. 259

toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia, asícomo que de no comparecer a juicio el tribu-nal podrá considerar reconocidos los hechosen que dicha parte hubiese intervenido per-sonalmente y cuya fijación como ciertos lesea enteramente perjudicial, además de im-ponerles la multa a que se refiere el aparta-do cuarto del artículo 292 de la Ley de En-juiciamiento Civil.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Serviciosde Tratamientos Bancarios, Sociedad Limi-tada”, y “Externalización de Servicios BackOfice, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.394/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María de los ÁngelesLargo Seijo, contra “Servicios de Trata-mientos Bancarios, Sociedad Limitada”, enreclamación por despido, registrado con elnúmero 1.504 de 2009, se ha acordado citara “Servicios de Tratamientos Bancarios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 23 de noviem-bre de 2009, a las diez y veinte horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 6, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia, así como que de nocomparecer a juicio el tribunal podrá consi-derar reconocidos los hechos en que dichaparte hubiese intervenido personalmente ycuya fijación como ciertos le sea enteramen-te perjudicial, además de imponerle la mul-ta a que se refiere el apartado cuarto del ar-tículo 292 de la Ley de EnjuiciamientoCivil.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Serviciosde Tratamientos Bancarios, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.837/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, secre-taria de lo social del número 6 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don José Suárez Fernández,contra “Carácter Diseño Madrid, SociedadAnónima”, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 1.516 de 2009, se haacordado citar a “Carácter Diseño Madrid,Sociedad Anónima”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 18 de no-viembre de 2009, a las diez y treinta horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 6, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia, así como que de nocomparecer a juicio el tribunal podrá consi-derar reconocidos los hechos en que dichaparte hubiese intervenido personalmente ycuya fijación como ciertos le sea enteramen-te perjudicial, además de imponerle la mul-ta a que se refiere el apartado cuarto del ar-tículo 292 de la Ley de EnjuiciamientoCivil.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “CarácterDiseño Madrid, Sociedad Anónima”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.835/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria de lo social del número 6 deMadrid.

Hago saber: Que por resolución dictada enel día de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don Nelu Radeanu y don Lauren-tio Radeanu, contra don Vasile Nistor, “Bo-jansa Reformas y Proyectos, SociedadLimitada Unipersonal”, “Construcciones yReformas Nistor, Sociedad Limitada”, Fon-do de Garantía Salarial y “Fonorte EC, So-ciedad Anónima”, en reclamación por ordi-

nario, registrado con el número 1.470 de2008, se ha acordado citar a don Vasile Nis-tor y “Construcciones y Reformas Nistor,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 12 de noviem-bre de 2009, a las diez y cincuenta horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de este Juz-gado de lo social número 6, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia, así como que de nocomparecer a juicio el tribunal podrá consi-derar reconocidos los hechos en que dichaparte hubiese intervenido personalmente ycuya fijación como ciertos le sea enteramen-te perjudicial, además de imponerles la mul-ta a que se refiere el apartado cuarto del ar-tículo 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don VasileNistor y “Construcciones y Reformas Nis-tor, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.813/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.610 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Javier Rico Martín, contra la empresa“Avance 2 Sistemas y Componentes Infor-máticos, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, sobre ordinario, se ha dic-tado sentencia de fecha 1 de julio de 2009,cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando como estimo la demandapresentada por don Javier Rico Martín, con-tra la empresa “Avance 2 Sistemas y Com-ponentes Informáticos, Sociedad Limitada”,debo condenar y condeno a la demandada aque abone al actor la cantidad de 2.047,37euros de principal, más los intereses legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-

Page 16: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 45

bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, número debanco 0030, número de agencia 1143, anombre de este Juzgado con el núme-ro 2505, acreditando mediante la presenta-ción del justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del recur-so, así como en el caso de haber sido conde-nado en sentencia al pago de alguna cantidadconsignar en la misma cuenta la cantidadobjeto de condena o formalizar aval banca-rio por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del ava-lista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recurren-te deberá designar letrado para la tramita-ción del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Avance 2 Sistemas y Compo-nentes Informáticos, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.174/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.643 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Fernando Gonzalo Prieto, contra la em-presa “Avance 2 Sistemas y ComponentesInformáticos, Sociedad Limitada”, sobre or-dinario, se ha dictado sentencia de fecha 20de julio de 2009, cuyo fallo es del tenor lite-ral siguiente:

Que estimando como estimo la demandapresentada por don Fernando Gonzalo Prie-to, contra la empresa “Avance 2 Sistemas yComponentes Informáticos, Sociedad Limi-tada”, debo condenar y condeno a la deman-dada a que abone al actor la cantidad de3.226,31 euros de principal, más los intere-ses legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen público

de Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, número debanco 0030, número de agencia 1143, anombre de este Juzgado con el núme-ro 2505, acreditando mediante la presenta-ción del justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la misma cuenta lacantidad objeto de condena o formalizaraval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la tra-mitación del recurso al momento de anun-ciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Avance 2 Sistemas y Compo-nentes Informáticos, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.159/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 552 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Nicolae Tamas, contra la empresa “Ex-cavaciones García y Domene, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado sen-tencia de fecha 25 de junio de 2009, cuyofallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando como estimo la demandapresentada por don Javier Rico Martín, con-tra la empresa “Excavaciones García y Do-mene, Sociedad Limitada”, debo declarar ydeclaro improcedente el despido del actor,y debo condenar y condeno a la demandadaa estar y pasar por esta declaración, y a que,dentro del término de los cinco días siguientesal de la notificación de esta resolución opteentre readmitir al demandante en el mismopuesto y condiciones de trabajo que tenía an-tes de producirse el despido, o a que le indem-nice en la cantidad de 2.658,56 euros, y enambos casos a que le pague los salarios detramitación desde el 18 de febrero de 2009hasta el día en que se le comunique esta re-solución, a razón de 64,45 euros/día.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el Tribunal

Superior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, número debanco 0030, número de agencia 1143, a nom-bre de este Juzgado con el número 2505,acreditando mediante la presentación deljustificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como en el caso de haber sido condena-do en sentencia al pago de alguna cantidadconsignar en la misma cuenta la cantidadobjeto de condena o formalizar aval banca-rio por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del ava-lista, incorporándolos a este Juzgado con elanuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la tra-mitación del recurso al momento de anun-ciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Excavaciones García y Dome-ne, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.232/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 342 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Bárbara Rodríguez Ramos, contra laempresa “Esintec, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado sentencia de fecha 17de junio de 2009, cuyo fallo es del tenor lite-ral siguiente:

Que estimando como estimo la demandapresentada por doña Bárbara Rodríguez Ra-mos, contra la empresa “Esintec, SociedadLimitada”, debo declarar y declaro improce-dente el despido de la actora, y extinguida larelación laboral existente entre las partescon efectos de 22 de junio de 2009, y debocondenar y condeno a la demandada a estary pasar por estas declaraciones y a que abo-ne a la actora la cantidad de 37.951,88 eurosen concepto de indemnización y la de9.715,68 euros por salarios de tramitación.

Page 17: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 46 B.O.C.M. Núm. 259

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, número debanco 0030, número de agencia 1143 y dígi-to de control número 5, a nombre de esteJuzgado con el número 5007, acreditandomediante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” an-tes indicada la cantidad objeto de condena oformalizar aval bancario por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Esintec, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.169/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 630 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Carrasco Carrasco, contra lasempresas “E2R, Sociedad Anónima”, y“Alicatados Berlanas, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado sentencia de fe-cha 29 de junio de 2009, cuyo fallo es del te-nor literal siguiente:

Que estimando como estimo la demandaformulada por don Antonio Carrasco Ca-rrasco, contra las empresas “E2R, SociedadAnónima”, y “Alicatados Berlanas, Socie-dad Limitada”, debo declarar y declaro im-procedente el despido del actor, y debo con-denar y condeno a las demandadas a queestar y pasar por esta declaración y a que op-

ten, dentro del término de los cinco días si-guientes al de notificación de esta resolu-ción, entre readmitir al actor en el mismopuesto y condiciones de trabajo que teníaantes de producirse el despido, o a que leabonen la cantidad de 30.939,60 euros enconcepto de indemnización, y en ambos ca-sos a que le abonen los salarios de tramita-ción desde el 5 de marzo de 2009 hasta elmomento de notificación de esta sentencia,a razón de 44,84 euros/día.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, número debanco 0030, número de agencia 1143 y dígi-to de control número 5, a nombre de esteJuzgado con el número 5007, acreditandomediante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” lacantidad objeto de condena o formalizaraval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “E2R, Sociedad Anónima”,“Alicatados Berlanas, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.239/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 536 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Alfonso Mate Garabito, contra laempresa “Teligent, Sociedad Anónima”, so-bre despido, se ha dictado sentencia de fecha

25 de junio de 2009, cuyo fallo es del tenorliteral siguiente:

Que estimando como estimo la demandaformulada por don David Alfonso Mate Ga-rabito, contra la empresa “Teligent, Socie-dad Anónima”, debo declarar y declaro im-procedente el despido del actor y extinguidala relación laboral existente entre las partescon efectos de 25 de junio de 2009, y debocondenar y condeno a la demandada a estary pasar por esta declaración y condena, y aque abone al actor la cantidad de 61.946,33euros en concepto de indemnización y la de17.560,76 euros por salarios de tramitación,debiendo ser descontada de esta última can-tidad las percepciones que como autónomohaya recibido el actor desde el 28 de febrerode 2009 hasta el día de la fecha, las cuales seestablecerán en ejecución de sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, número debanco 0030, número de agencia 1143 y dígi-to de control número 5, a nombre de esteJuzgado con el número 5007, acreditandomediante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” an-tes indicada la cantidad objeto de condena oformalizar aval bancario por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Teligent, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.177/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Page 18: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 47

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 34 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaElena Enache, contra la empresa “Redes yServicios Juntos, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado auto de insolvencia,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Redes y

Servicios Juntos, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia parcial por importede 1.004,48 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Redes y Servicios Juntos, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.175/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 136 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Zapater Herrera, contra la em-presa “Aboratrans, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado el siguiente auto:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Aboratrans,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia total por importe de 20.238,74 euros.Insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-

cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Aboratrans, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presente enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.272/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 142 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Teodorín Carbunar, contra la empresa“Construcciones y Reformas Mennani, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado el siguiente auto:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Construc-

ciones y Reformas Mennani, Sociedad Li-mitada”, en situación de insolvencia totalpor importe de 1.500,68 euros. Insolvenciaque se entenderá a todos los efectos comoprovisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones y ReformasMennani, Sociedad Limitada”, en ignorado

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 89 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJorge García Robles, contra la empresa “Ci-menorte, Sociedad Limitada”, y “Promoste,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado el siguiente auto de insolvencia:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a las ejecutadas “Cimenor-

te, Sociedad Limitada”, y “Promoste, Socie-dad Limitada”, en situación de insolvenciatotal por importe de 11.782,55 euros. Insol-vencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de las ejecutadas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Cimenorte, Sociedad Limita-da”, y “Promoste, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.172/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 195 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Ortega Cali y don Óscar Ortega

paradero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.268/09)

Page 19: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 48 B.O.C.M. Núm. 259

Cali, contra don Manuel Luna Torres, sobreordinario, se ha dictado auto de ejecución si-guiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don José Ortega Cali y don Óscar OrtegaCali, contra don Manuel Luna Torres por4.249,39 euros, más los intereses legales(correspondiendo 1.723,70 euros a don JoséOrtega Cali y 2.525,69 euros a don ÓscarOrtega Cali), más 424,94 euros en conceptode intereses y 424,94 euros de costas calcu-ladas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes del deudor prin-cipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes del de-mandado en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos deldeudor de que tengan constancia y se comu-nique a este Juzgado si por parte de la Ha-cienda Pública se adeuda alguna cantidad alejecutado por el concepto de devolución porel impuesto sobre la renta de las personas fí-sicas, impuesto sobre el valor añadido ocualquier otro. En caso positivo, se acuerdael embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública al eje-cutado hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2505, sito en calle Orense,número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por el ejecuta-do en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose el demandado en igno-rado paradero, notifíquese la misma por me-dio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ytablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia al ejecutado que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Manuel Luna Torres, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.227/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 191 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Noruddine Dahman, contra la empresa“Rehabilitación Construcción Human Re-sources, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado auto de ejecución si-guiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Noruddine Dahman, contra “Rehabilita-ción Construcción Human Resources, Socie-dad Limitada”, por un principal de 5.190,26euros, más 519,03 euros en concepto de in-tereses y 519,03 euros de costas calculadasprovisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes del deudor prin-cipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2505, sito en calle Orense,número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la demandada en ignora-do paradero, notifíquese la misma por mediode edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón deanuncios de este Juzgado, con la advertenciaa la ejecutada que las sucesivas notificacio-nes se practicarán en estrados conforme a loestablecido en el artículo 59 de la Ley deProcedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Rehabilitación ConstrucciónHuman Resources, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.167/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 182 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Barriopedro Marrón, contra laempresa “Centro de Formación Forem, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado auto de ejecución siguiente:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon David Barriopedro Marrón, contra“Centro de Formación Forem, Sociedad Li-mitada”, por un importe de 16.900,85 eurosde principal, más 1.690,08 euros y 1.690,08euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índi-ces del Registro de la Propiedad, Gerenciadel Centro de Gestión Catastral y también alseñor director de la Agencia Tributaria, a finde que comunique a este Juzgado si por par-te de la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo, paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos de la deudora de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridadesy funcionarios requeridos de las responsabi-lidades derivadas del incumplimiento injus-tificado de lo acordado (artículos 75.3y 238.3 de la Ley de Procedimiento Labo-ral). En caso positivo, se acuerda el embar-go de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez la corres-pondiente anotación y consiguiente certifi-cación, así como el embargo de las cantida-des pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesándo-se la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, cuenta corriente nú-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 49

mero 2505, sito en la calle Orense, núme-ro 19.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días, por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Centro de Formación Forem,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.273/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 57 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMaría Luisa Vela Hidalgo, contra la empre-sa “Louisiana School, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado el auto si-guiente:

Parte dispositiva:Se decreta el embargo sobre los ingresos

que se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que la entidad bancaria actúecomo depositaria o mera intermediaria has-ta cubrir el importe total del principal adeu-dado, más intereses y costas calculados. Lí-brese la oportuna comunicación para laretención y transferencia de las indicadascantidades y sucesivas que se abonen hastacubrir el total importe a la “Cuenta de con-signaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Louisiana School, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.170/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 89 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaDorotea de la Paz Quinteros Gálvez, contrala empresa “Confort Cleaning Systems, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado el auto siguiente:

Parte dispositiva:Se decreta el embargo sobre los ingresos

que se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-

quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que la entidad bancaria actúecomo depositaria o mera intermediaria has-ta cubrir el importe total del principal adeu-dado, más intereses y costas calculados. Lí-brese la oportuna comunicación para laretención y transferencia de las indicadascantidades y sucesivas que se abonen hastacubrir el total importe a la “Cuenta de con-signaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Confort Cleaning Systems, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.178/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.503 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 50 B.O.C.M. Núm. 259

don Vasyl Piskurovskyy, contra la empresa“Pavelerg, Sociedad Limitada”, sobre des-pido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:En su virtud, vistos los preceptos legales

citados y demás de general aplicación, dis-pongo: Declarar resuelta la relación laboralque unía a la parte actora con el demandado,y se condena a esta a que indemnice a la par-te actora de la siguiente forma:

Por indemnización la cantidad de 3.826,88euros.

Por salarios de tramitación la cantidadde 13.552,24 euros.

Contra esta resolución cabe interponer re-curso de reposición ante este Juzgado dentrodel plazo de cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Pavelerg, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.158/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 807 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Eduin Enrique Pérez González, donJuan Carlos Vargas Villafuerte y don Orlan-do Rocha Mejía, contra las empresas “FrobeAplicación de Pintura, Sociedad Limitada”,y “Frobe Canarias, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado sentencia de fe-cha 22 de julio de 2009, cuyo fallo es deltenor literal siguiente:

Que estimando como estimo la demandapresentada por los actores contra las empre-sas “Frobe Canarias, Sociedad Limitada”, y“Frobe Aplicación de Pintura, Sociedad Li-mitada”, debo declarar y declaro improce-dente el despido de los demandantes, conextinción de la relación laboral existente en-tre las partes con efectos de 22 de julio de 2009y debo condenar y condeno a las demanda-das a estar y pasar por estas declaraciones ya que abonen, conjunta y solidariamente, lassiguientes cantidades:

A don Eduin Enrique Pérez González,6.393,75 euros de indemnización, y 7.480euros de salarios de tramitación.

A don Juan Carlos Vargas Villafuente,1.787,78 euros y 2.497,12 euros por los mis-mos conceptos, y a don Orlando Rocha Me-jía 2.887,50 euros y 4.760 euros respectiva-mente.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyos,o no tenga reconocido el beneficio de justi-cia gratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto” (calle Orense, número 19, Madrid,número de banco 0030, número de agen-cia 1143) a nombre de este Juzgado con elnúmero 2505, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de al-guna cantidad consignar en la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta en di-cha entidad la cantidad objeto de condena oformalizar aval bancario por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Frobe Aplicación de Pintura,Sociedad Limitada”, y “Frobe Canarias, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.157/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 67 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAna Lucía Sánchez Ceballos, don Constan-tino del Pozo Delgado, don Ángel MartínBatanero, doña Nora Suárez Acosta y doñaGema Sevilleja González, contra la empresa“Centro de Formación Forem, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

En su virtud, vistos los preceptos legalescitados y demás de general aplicación, dis-pongo: Declarar resuelta la relación laboralque unía a la parte actora con la demandadadesde el 28 de septiembre de 2009, y se con-

dena a esta a que indemnice a la parte acto-ra de la siguiente forma:

A doña Ana Lucía Sánchez Ceballos: porindemnización, la cantidad de 2.333,40euros; por salarios de tramitación, la canti-dad de 11.589,22 euros.

A doña Gema Sevilleja González: por in-demnización, la cantidad de 2.187,56 euros;por salarios de tramitación, la cantidad de11.589,22 euros.

A doña Nora Suárez Acosta: por indem-nización, la cantidad de 1.787,66 euros; porsalarios de tramitación, la cantidad de10.927,66 euros.

A don Ángel Martín Batanero: por in-demnización, la cantidad de 11.009,25euros; por salarios de tramitación, la canti-dad de 20.830,20 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.Contra esta resolución cabe interponer re-

curso de reposición ante este Juzgado dentrodel plazo de cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Centro de Formación Forem,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.270/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secre-taria de lo social del número 8 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha, en elproceso seguido a instancias de don RogelioRegondo García, contra “Take Garden, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 1.113 de 2009, se haacordado citar a “Take Garden, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, enignorado paradero, a fin de que comparez-can el día 15 de diciembre de 2009, a lasdiez y cincuenta horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 8, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, segunda, debiendo comparecer perso-nalmente o mediante persona legalmenteapoderada y con todos los medios de pruebade que intenten valerse, con la advertenciade que es única convocatoria y que dichosactos no se suspenderán por falta injustifica-da de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Take Gar-den, Sociedad Limitada”, se expide la pre-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 51

sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.762/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 859 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Val Serrano, contra la empresa“Be Human, Sociedad Limitada”, y Fondode Garantía Salarial, sobre ordinario, se hadictado sentencia, cuya parte dispositiva esla siguiente:

FalloQue estimando la demanda en reclama-

ción de cantidad, interpuesta por don CarlosVal Serrano, vengo a condenar a la empresa“Be Human, Sociedad Limitada”, a satisfa-cerle, por los conceptos de la demanda, lacantidad de 751,80 euros, más el 10 por 100anual de interés por mora.

Se notifica esta sentencia a las partes, ad-virtiendo que contra ella no cabe interponerrecurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Be Human, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.787/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 948 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marta Guerrero Rodríguez, contra lasempresas “2002 Homesolutions, SociedadLimitada”, “Trending Time, Socieda Limi-tada”, “Agrícola Cimentación, Sociedad Li-mitada” y Fondo de Garantía Salarial, sobredespido, se ha dictado sentencia, cuya partedispositiva es la siguiente:

Sentencia número 395 de 2009

En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.

Por la ilustrísima señora doña Pilar VarasGarcía, magistrada-juez del Juzgado de losocial número 8 de Madrid, tras haber vistolos presentes autos sobre despido, entre par-tes: de una, y como demandante, doña Mar-ta Guerrero Rodríguez, que comparece asis-tida por la letrada doña María AdoraciónSánchez López, y de otra, como demanda-das, “2002 Homesolutions, Sociedad Limi-tada”, y “Trending Time, Socieda Limita-da”, que comparecen representados por laletrada doña Montserrat Borreda Solans,“Agrícola Cimentación, Sociedad Limita-da” y Fondo de Garantía Salarial, que nocomparecen, en nombre del Rey ha dictadola siguiente sentencia.

FalloQue desestimando la falta de legitima-

ción pasiva de “2002 Homesolutions, Socie-dad Limitada”, y estimando la pretensiónsubsidiaria de demanda por despido, inter-puesta por doña Marta Guerrero Rodríguez,vengo a declarar la improcedencia de sudespido, y en consecuencia, condeno solida-riamente a las empresas “Trending Time,Socieda Limitada”, y “2002 Homesolutions,Sociedad Limitada”, a estar y pasar por di-cha declaración a todos los efectos legalesoportunos, para que a su opción readmitan ala demandante en las mismas condicionesanteriores al despido, o la indemnicen con lacantidad de 25.333 euros; con abono en am-bos supuestos de los salarios de tramitacióndejados de percibir desde la fecha del despi-do hasta la de notificación de la presentesentencia, ambos inclusive, a razón de 86,61euros diarios, debiendo descontarse en casode optar por la indemnización la cantidadpercibida por tal concepto de 8.631,94euros; que deberá devolver en caso de op-ción por la readmisión. Se absuelve a “Agrí-cola Cimentación, Sociedad Limitada”, delas pretensiones deducidas en su contra.

La opción antes dicha deberá realizarseante la oficina de este Juzgado en el plazo decinco días hábiles desde la notificación deesta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, en la calle Orense, número 19, de Ma-drid, a nombre de este Juzgado con el núme-ro 2506/0000/65, acreditando mediante lapresentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de al-guna cantidad consignar en la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta en “Ba-nesto”, en la calle Orense, número 19, anombre de este Juzgado con el núme-

ro 2506/0000/65, la cantidad objeto de con-dena o formalizar aval bancario por dichacantidad en el que se haga constar la respon-sabilidad solidaria del avalista, incorporán-dolos a este Juzgado con el anuncio de re-curso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Agrícola Cimentación, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.179/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 191 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marco Antonio Trucios Martínez y donPercy Trucios Martínez, contra las empresas“Martimi Construcciones, Sociedad Limita-da”, “Colocaciones Ecoplac, Sociedad Li-mitada”, “Sacyr Vallehermoso, SociedadAnónima” y “Montajes y ConstruccionesOrtiz Ortiz, Sociedad Limitada”, sobre des-pido, se ha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Madrid, a 8 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Marco Antonio Trucios Martínez y donPercy Trucios Martínez, contra “MartimiConstrucciones, Sociedad Limitada”, “Co-locaciones Ecoplac, Sociedad Limitada”,“Sacyr Vallehermoso, Sociedad Anónima”y “Montajes y Construcciones Ortiz Ortiz,Sociedad Limitada”, por un principal de4.694,85 euros, más 469,48 euros en con-cepto de intereses y 469,48 euros de costascalculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al ilustrísimo señor alcalde, Servi-cio de Índices del Registro de la Propiedad,y también al señor director de la AgenciaTributaria, a fin de que comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad a las ejecutadaspor el concepto de devolución por el im-puesto sobre la renta de las personas físicas,

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impuesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo, para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de las deudo-ras de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de las ejecutadas, interesán-dose a su vez la correspondiente anotación yconsiguiente certificación, el embargo delas cantidades pendientes de devolución porla Hacienda Pública a las ejecutadas hastacubrir la cantidad objeto de apremio, inte-resándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen la calle Orense, número 19, con núme-ro 2506.

Asimismo, se acuerda, de conformidad alo preceptuado en el artículo 588 de la Leyde Enjuiciamiento Civil, el embargo de losposibles saldos acreedores existentes en lascuentas corrientes, depósitos de ahorro oanálogos, así como de cualquier valor mobi-liario titularidad de las apremiadas, en losque la correspondiente entidad financieraactuara como depositaria o mera interme-diaria, hasta cubrir el importe del principaladeudado, más intereses y costas calculados(artículo 588 de la Ley de EnjuiciamientoCivil).

c) Advertir y requerir a las ejecutadasen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a las ejecutadas que si dejantranscurrir los plazos que se les conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se les podrá imponer el abonode los apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose las empresas demanda-das en ignorado paradero, notifíquese lamisma por medio de edictos a publicar en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y tablón de anuncios de este Juzga-do, con la advertencia a las ejecutadas quelas sucesivas notificaciones se practicaránen estrados conforme a lo establecido en elartículo 59 de la Ley de Procedimiento La-boral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, Pi-lar Varas García.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Martimi Construcciones, So-ciedad Limitada”, “Colocaciones Ecoplac,Sociedad Limitada”, “Sacyr Vallehermoso,Sociedad Anónima” y “Montajes y Cons-trucciones Ortiz Ortiz, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido el presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.496/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, secretariodel Juzgado de lo social número 9 de Ma-drid y su provincia.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha dictada en los presentes autos segui-dos a instancias de doña Drissia Kerievit,contra “Bouquet Hostelería y Restauración,Sociedad Limitada”, en reclamación por or-dinario, registrado con el número 1.089de 2009, se ha acordado citar a “BouquetHostelería y Restauración, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 15 de noviembre de 2010, alas nueve horas, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 9, de los deMadrid, sito en la calle Hernani, número 59,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Bouquet Hostelería y Restauración,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.407/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 952 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Michael Ken Cuji Quizhpilema, contra

don David García Ruiz, sobre despido, se hadictado la siguiente

Sentencia número 333 de 2009En Madrid a 15 de septiembre de 2009.—

Doña María Luisa Segura Rodríguez, ma-gistrada-juez del Juzgado de lo social nú-mero 10 de Madrid, habiendo visto lospresentes autos seguidos por despido, entrepartes: de una, como demandante, el letradodon Félix Martínez de Haro, con número decolegiado 58.284, en defensa y representa-ción de don Michael Ken Cuji Quizhpilema,don José Severo Luzardo García, don Mi-guel Ángel Sandoval Castillo, y de otra,como demandados, don David García Ruizy Fondo de Garantía Salarial, que no compa-recieron pese a estar citados en legal forma,en nombre de Su Majestad el Rey, ha pro-nunciado el siguiente:

FalloEstimando las demandas interpuestas por

don Michael Ken Cuji Quizhpilema, donJosé Severo Luzardo García y don MiguelÁngel Sandoval Castillo, frente a don DavidGarcía Ruiz, declaro la improcedencia delos despidos efectuados con efectos del día30 de mayo de 2009, y estando el centro detrabajo cerrado y sin actividad, declaro ex-tinguidas las relaciones laborales existentesentre las partes con efectos desde la fecha dela presente sentencia; por tanto, condeno a laempresa demandada a abonar a cada uno delos demandantes las siguientes cantidadesen concepto de indemnización y de salariosde tramitación respectivamente:

A don Michael Ken Cuji Quizhpilema:392,11 euros y 5.430 euros.

A don José Severo Luzardo García:1.392,11 euros y 5.430 euros.

A don Miguel Ángel Sandoval Castillo:1.392,11 euros y 5.430 euros.

Importes correspondientes a cada deman-dante por la totalidad de salarios de tramita-ción, de los que, en su caso, procederá eldescuento de lo percibido por cada trabaja-dor en caso de haber obtenido nueva ocu-pación.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia, que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,siendo indispensable que el recurrente, sifuera la empresa demandada, consigne lacantidad de la condena en “Banesto”, en lacalle Orense, número 19, de Madrid, códigoentidad 0030, código oficina 1143, códigode cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado delo social número 10”, número de proce-dimiento 952 de 2009, debiendo presentar,junto con el escrito de anuncio del recurso,el resguardo de dicha consignación o avalbancario en el que conste la responsabilidadsolidaria del avalista. Asimismo, deberá de-positar 150,25 euros al tiempo de la forma-lización del recurso en la cuenta corrientenúmero 0030/1143/2508 del mismo banco,con el título de “Recurso de suplicación”,debiendo presentar dicho resguardo en esteJuzgado con el escrito de formalización.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 53

Así por esta mi sentencia, que se unirá porsu orden al libro de sentencias de este Juzga-do de lo social, llevándose certificación dela misma a los presentes autos, lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don David García Ruiz, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.921/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 938 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Luisa Bautista García, contra laempresa “Depilfast Estética, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado actade suspensión de fecha 8 de septiembre de2009, así como auto de fecha 8 de septiem-bre de 2009, cuyas partes dispositivas sonlas siguientes:

Acta de suspensiónEn Madrid, a 8 de septiembre de 2009.—

Ante la ilustrísima señora doña María LuisaSegura Rodríguez, magistrada-juez del Juz-gado de lo social número 10 de Madrid y suprovincia, asistida de mí, la secretaria judi-cial, comparece la parte actora doña MaríaLuisa Bautista García, asistida de la letradadoña María Esther Macías Menéndez, cole-giada número 58.883.

Por su señoría, y conforme a lo estableci-do en el artículo 83 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, se acuerda la suspensiónde los actos señalados para el día de hoy asolicitud de la parte actora por tener presen-tada el 26 de agosto de 2009 una demandade despido que ha sido turnada a este Juzga-do con el número 1.192 de 2009, solicitandola acumulación de la misma al presente pro-cedimiento.

Señalándose nuevamente para el día 23de noviembre de 2009, a las diez y treintahoras de su mañana, quedando citadas laspartes comparecientes en este acto, y orde-nándose la citación en forma con los nocomparecientes, en su caso.

Seguidamente yo, la secretaria judicial,teniendo en mi presencia a los comparecien-tes, les cité en forma, haciéndoles los reque-rimientos, apercibimientos y advertenciasacordadas.

De todo lo cual se extiende la presente,que leída y hallada conforme la firma su se-ñoría con los comparecientes y conmigo, lasecretaria judicial, de lo que doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 8 de septiem-bre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacerconstar que con fecha 26 de agosto de 2009ha sido repartida demanda en materia dedespido y registrada bajo el número 1.192de 2009, a instancias de doña María LuisaBautista García, frente a “Depilfast Estética,Sociedad Limitada”, estando pendiente dejuicio los presentes autos número 938 de2009, seguidos por resolución de contrato,ante la misma demandada. Paso a dar cuen-ta a su señoría ilustrísima.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 8 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Acumúlense a estos autos los que se si-

guen en este Juzgado con el número 1.192de 2009, discutiéndose conjuntamente en unsolo procedimiento y debiendo resolverseen una sola resolución todas las cuestionesplanteadas.

Cítese a las partes para el acto de conci-liación y, en su caso, juicio, en única convo-catoria, la audiencia del día 23 de noviem-bre de 2009, a las diez y treinta horas, en laSala de audiencias de este Juzgado, sita en lacalle Hernani, número 59, segunda planta(Sala C), de esta ciudad. Hágase entrega a lademandada de copia de la demanda presen-tada por despido y resto de los documentos,estándose a lo acordado en auto de fecha 2de julio de 2009 con respecto a la documen-tal propuesta en la misma.

Notifíquese la presente resolución a laspartes de todos los procedimientos.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Depilfast Estética, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.369/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.060 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Leandro Caba Cuaquira, contra donNelson Caiza y “Mármoles Construcciones

Witson”, sobre ordinario, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Diligencia.—En Madrid, a 24 de juliode 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacerconstar que con fecha 21 de julio de 2009tuvo entrada en el Registro de la Delegacióndel Decanato, correspondiendo a este Juzga-do de lo social para su tramitación, la de-manda presentada por don Leandro CabaCuaquira, contra don Nelson Caiza y “Már-moles Construcciones Witson”, en materiade cantidad, de lo que doy cuenta a su seño-ría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 24 de julio de 2009.—Vis-

tas por mí, doña María Luisa Segura Rodrí-guez, ilustrísima magistrada-juez de lo so-cial del número 10 de los de Madrid y suprovincia, las presentes actuaciones, dicto lasiguiente resolución:

Parte dispositiva:Así por este mi auto, digo: Por repartida

la anterior demanda, fórmense autos y regís-trense en el libro registro correspondiente.Se admite cuanto ha lugar en derecho la de-manda presentada.

Cítese a las partes para el acto de concilia-ción y, en su caso, juicio, en única convoca-toria, la audiencia del día 4 de octubre de2010, a las diez y veinte horas, en la Sala deaudiencias de este Juzgado, sita en la calleHernani, número 59, segunda planta (Sala C),de esta ciudad. Hágase entrega a los deman-dados de copia de la demanda presentada yresto de los documentos.

Documental: no ha lugar dado su inexis-tencia según lo manifestado por el actor ensu demanda.

Testifical: ha lugar, y cítese a través delJuzgado a don Javier Romero Nevado a finque comparezca al actor de juicio oral en ca-lidad de testigo.

Al otrosí: ha lugar, y cítese al demandadodon Nelson Caiza y al representante legal dela empresa demandada, según lo solicitadopor el actor, para la práctica de la prueba deinterrogatorio de las partes en juicio, de con-formidad con los artículos 301 y siguientesde la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil yefectos previstos en el artículo 304 del mis-mo texto legal, es decir, que en caso de in-comparecencia el Juzgado podrá considerarreconocidos los hechos.

Notifíquese esta resolución a las partes,Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos. Doy fe.—La secretariajudicial (firmado).—La magistrada-juez delo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 54 B.O.C.M. Núm. 259

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a don Nelson Caiza y “MármolesConstrucciones Witson”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.836/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.118 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Antonio Zamorano Molina, contralas empresas “Primanos, Sociedad Limita-da”, “Pedriza Real, Sociedad Limitada”,“Metalgrabado, Sociedad Limitada”, “Plas-ma Display, Sociedad Limitada”, y “Distri-buciones del Rótulo Riesca, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado auto defecha 10 de septiembre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 10 de sep-tiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que con esta fecha ha corres-pondido a este Juzgado de lo social, por elturno de reparto, la demanda presentada pordon José Antonio Zamorano Molina, contra“Primanos, Sociedad Limitada”, “PedrizaReal, Sociedad Limitada”, “Metalgrabado,Sociedad Limitada”, “Plasma Display, So-ciedad Limitada”, y “Distribuciones del Ró-tulo Riesca, Sociedad Limitada”, en materiade despido, de lo que doy cuenta a su seño-ría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—

Vistas por mí, doña María Luisa Segura Ro-dríguez, ilustrísima magistrada de lo socialdel número 10 de Madrid, las presentes ac-tuaciones, seguidas a instancias del actor in-dicado y frente a las demandadas antes refe-renciadas, en materia de despido, dicto lasiguiente resolución.

Parte dispositiva:Así por este mi auto, digo: Por repartida

la anterior demanda, con la que se formaráel oportuno procedimiento, regístrese en ellibro registro correspondiente. No acredi-tándose el requisito de conciliación previase admite provisionalmente a trámite la de-manda, advirtiendo a la parte demandanteque ha de acreditar la celebración o el inten-to del expresado acto en el plazo de quincedías contados a partir del día siguiente a larecepción de la notificación, mediante lapresentación del original de dicho documen-to, bajo apercibimiento que de no hacerseasí se archivará la demanda sin más tramite.

Y sin perjuicio de ello, se señala para elacto de conciliación y, en su caso, juicio, enúnica convocatoria, la audiencia del día 23

de noviembre de 2009, a las diez y cincuen-ta horas, en la Sala de audiencias de esteJuzgado, sita en la calle Hernani, núme-ro 59, segunda planta (Sala 2-C) de esta ciu-dad, debiendo citarse a las partes, con entre-ga a los demandados, a los interesados decopia de la demanda y demás documentosaportados, con las advertencias previstas enlos artículos 82.2 y 83 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

A los otrosíes: documental.Respecto al contrato de trabajo y recibos

de salarios: no ha lugar, al ser documentalque obra en poder del solicitante.

Respecto a partes de alta y baja del traba-jador, libro de participaciones sociales delas empresas demandadas, copia del depósi-to de cuentas realizado ante el Registro Mer-cantil de Madrid los años 2006, 2007 y 2008de todas las sociedades demandadas, asícomo copia de las escrituras de constituciónde las sociedades demandadas: no ha lugar,al ser documental a la parte solicitante tieneacceso.

Respecto a boletines de cotización mode-los TC1 y TC2: ha lugar, pero referido a laempresa “Primanos, Sociedad Limitada”, atal fin requiérase a la parte demandada a finque lo aporte al acto de juicio oral según losolicitado por el actor.

Respecto a que se aporte por la empresa“Primanos, Sociedad Limitada”, relaciónnominal de trabajadores de la empresa “Pri-manos, Sociedad Limitada”, con copia desus contratos de trabajo y en donde vengaclaramente reflejado la categoría profesio-nal de cada uno de ellos, funciones desarro-lladas y la fecha de su contratación, no ha lu-gar de momento a acceder a la petición, sinperjuicio de que una vez celebrado el actodel juicio, y previa su declaración de perti-nencia, puede acordarse la práctica de laprueba propuesta mediante diligencia paramejor proveer.

Con respecto al resto de la documentalsolicitada: no ha lugar, conforme se solicita,y acordando de conformidad con los artícu-los 31 y siguientes del Código de Comerciose acuerda requerir a la empresa para quecon anterioridad a la fecha del juicio señaledía y hora que deberá comunicar a la actorapara que esta, acompañada del profesionalque sea de su interés, acuda al domicilio dela empresa donde esta deberá exhibirle ladocumentación interesada.

Otrosí tercero, digo: no ha lugar, al serdocumental a la que la parte solicitante tieneacceso al tratarse de un registro público.

Otrosí cuarto, digo: ha lugar a lo solicita-do y cítese a través del Juzgado para compa-recencia a juicio en calidad de testigos adoña Almudena Primavera Calvo y doñaMaría Díaz-Echegaray López.

Otrosí digo, ha lugar, y cítese al represen-tante legal de las empresas demandadas, donJuan José Primavera Calvo, don Rubén Pri-mavera Calvo y don Juan José PrimaveraLorenzo, según lo solicitado por el actor ensu escrito de demanda, para la practica de laprueba de interrogatorio de las partes en jui-cio de conformidad con el artículo 301 y si-guientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamien-to Civil y efectos previstos en el artículo 304del mismo texto legal, es decir, que en caso

de incomparecencia el Juzgado podrá consi-derar reconocidos los hechos.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos. Doy fe.—La secretaria-judicial (firmado).—La magistrada-juez delo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Pedriza Real, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.823/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 349 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jorge Calzada Gallardo, doña LorenaCordones Fernández y don David MartínAlameda, contra la empresa “Comercial deVeding Distribución Gourmet, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

AutoEn Madrid, a 22 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Jorge Calzada Gallardo, doña LorenaCordones Fernández y don David MartínAlameda, contra “Comercial de VedingDistribución Gourmet, Sociedad Limitada”,por un principal de 37.481,63 euros, más2.811,12 euros en concepto de interesesy 3.7488,16 euros de costas calculadas pro-visionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 55

munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2509/0000/00/034909, sitoen la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Se-gismundo Crespo Varela.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Comercial de Veding Distribu-ción Gourmet, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.924/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 890 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaRaquel Gómez Bejerano, contra doña JessicaValdesoiro Muñoz, doña Rosa Mota Figue-roa, “Escuela de Oficios, Sociedad LimitadaUnipersonal”, “Foro Formación Continua,Sociedad Limitada”, “Escuela Opadis, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Se tiene por desistida a doña Raquel Gó-mez Bejerano de su demanda, procediendoal cierre y archivo de las presentes actuacio-

nes, previa notificación de la presente reso-lución a las partes, y una vez firme esta.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legalforma a doña Rosa Mota Figueroa, “Escue-la de Oficios, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, “Foro Formación Continua, SociedadLimitada”, y “Escuela Opadis, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.922/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 558 de 2009, ejecuciónnúmero 173 de 2009 de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don José Mi-guel Borrego Seoane, contra la empresa“Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

AutoEn Madrid, a 23 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción solicitada por don José Miguel BorregoSeoane, contra “Ancredit Agencia Finan-ciera, Sociedad Limitada”, por un importede 18.483,34 euros de principal, más 1.848,33euros y 1.386,25 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente a cubrirlas cantidades por las que se despacha eje-cución.

c) Acumular la presente ejecución al pro-cedimiento número 356 de 2009, ejecuciónnúmero 145 de 2009, seguida entre las mis-mas partes; ascendiendo el principal de las eje-cuciones acumuladas a un total de 29.385,31euros de principal, más 2.203,89 eurosy 2.938,52 euros, de intereses y costas pro-visionales. Afectándose los bienes embarga-dos en su caso en las distintas ejecucionesacumuladas para responder de la totalidadde las mismas.

Llévese testimonio de la presente resolu-ción, así como de la sentencia dictada en es-tos autos y de los particulares necesarios a laejecución a que esta se acumula.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la misma no cabe recurso alguno,sin perjuicio de la oposición que pueda for-mularse por el ejecutado en el plazo de diezdías, por defectos procesales o por motivosde fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuicia-miento Civil en relación con los artícu-los 556 y 559 del mismo texto legal), sinperjuicio de ejecutividad.

Así lo manda y firma don SegismundoCrespo Valera, magistrado-juez del Juzgadode lo social número 11 de Madrid.—La se-cretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Ancredit Agencia Financiera,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.926/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 183 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Miguel Martín Moreno, contra laempresa “Robrana 2007, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado auto des-pachando ejecución, cuya parte dispositivaes la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Luis Miguel Martín Moreno, contra“Robrana 2007, Sociedad Limitada”, por unimporte de 10.326,69 euros de principal,más 1.500 euros para costas e intereses quese fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al Servicio de Índices del Registrode la Propiedad, y también al señor directorde la Agencia Tributaria, a fin de que comu-nique a este Juzgado si por parte de la Ha-cienda Pública se adeuda alguna cantidad ala ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. Y asimismo para que todosellos, y sin perjuicio de las exigencias lega-les, en el plazo máximo de cinco días facili-ten la relación de todos los bienes o derechosde la deudora de que tengan constancia. Ad-virtiéndose a las autoridades y funcionariosrequeridos de las responsabilidades deriva-das del incumplimiento injustificado de loacordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Leyde Procedimiento Laboral). En caso positi-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 56 B.O.C.M. Núm. 259

vo, se acuerda el embargo de los posiblesvehículos propiedad de la ejecutada, intere-sándose a su vez la correspondiente anota-ción y consiguiente certificación, así comoel embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública a la eje-cutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesándose la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto”, cuenta corriente número 2510, sitoen calle Orense, número 19, de Madrid.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios por cada día que seretrase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del cita-do texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Robrana 2007, Sociedad Anó-nima”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.931/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 173 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon John Wilian Rodríguez Bravo, contra laempresa “Alisnava Construcciones, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoauto despachando ejecución, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon John Wilian Rodríguez Bravo, contra“Alisnava Construcciones, Sociedad Limi-tada”, por un importe de 9.706,24 euros deprincipal, más 1.000 euros para costas e in-tereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al Servicio de Índices del Registrode la Propiedad, y también al señor directorde la Agencia Tributaria, a fin de que comu-nique a este Juzgado si por parte de la Ha-cienda Pública se adeuda alguna cantidad ala ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las personasfísicas, impuesto sobre el valor añadido o cual-quier otro. Y asimismo para que todos ellos,y sin perjuicio de las exigencias legales, enel plazo máximo de cinco días faciliten la re-lación de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia. Advir-tiéndose a las autoridades y funcionarios re-queridos de las responsabilidades derivadasdel incumplimiento injustificado de lo acor-dado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de la ejecutada, interesándosea su vez la correspondiente anotación y con-siguiente certificación, así como el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a la ejecutada hastacubrir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la “Cuen-ta de depósitos y consignaciones” abierta poreste Juzgado en “Banesto”, cuenta corrien-te número 2510, sito en calle Orense, núme-ro 19, de Madrid.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-

dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios por cada día que seretrase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alisnava Construcciones, So-ciedad Anónima”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.933/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.201 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Raúl Martínez Domínguez, contra laempresa “Distribuciones San Clemen-te 2005, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dicelo siguiente:

FalloEstimo la demanda del actor, don Raúl

Martínez Domínguez, y declaro debida la

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 57

cantidad reclamada con su demanda. Enconsecuencia, condeno a la empresa “Distri-buciones San Clemente 2005, Sociedad Li-mitada”, a estar y pasar por las anterioresdeclaraciones y a que abone al actor la can-tidad de 2.382,94 euros.

Asimismo, declaro la mora de la empresacondenada, por lo que deberá incrementar el10 por 100 de interés anual moratorio desdela fecha en que se devengó la cantidad obje-to de condena, hasta su total pago.

Asimismo, declaro la responsabilidadsubsidiaria del Fondo de Garantía Salarialque abonará al actor la cantidad objeto decondena hasta el límite legal, no haciéndoseextensiva a dicho organismo la declaraciónde mora.

Contra esta sentencia cabe la interposi-ción de recurso de suplicación ante la Salade lo social del Tribunal Superior de Justiciade Madrid que se anunciará dentro de loscinco días siguientes a su notificación, bas-tando para ello la manifestación de la parte,de su abogado o representante en el momen-to de la notificación, pudiendo hacerlo tam-bién estas personas por comparecencia o porescrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, seacompañará al anuncio justificante de haberingresado 150,25 euros en la cuenta de esteJuzgado, en la sucursal del “Banco GrupoBanesto”, de la calle Orense, número 19, deMadrid, así como en el supuesto de no gozarde justicia gratuita, además, deberá acreditarel recurrente haber consignado en la mismaentidad bancaria la cantidad objeto de con-dena. Al hacer el anuncio se designará porescrito o por comparecencia al letrado quedirija el recurso, y si no se hiciera, se desig-nará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Distribuciones San Clemen-te 2005, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.929/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 422 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Gloria Salamanca Benito, con-tra la empresa “Batch PC, Sociedad Limita-

da”, sobre despido, se ha dictado sentencia,cuyo fallo dice lo siguiente:

FalloEstimo la demanda acumulada de la acto-

ra, doña María Gloria Salamanca Benito, ydeclaro improcedente el despido, con efec-tos de 5 de febrero de 2009. En consecuencia,condeno a la empresa demandada “Batch PC,Sociedad Limitada”, a estar y pasar por laanterior declaración, debiendo optar en elplazo de cinco días, contados desde la noti-ficación de esta sentencia, entre la readmi-sión de la trabajadora en las mismas condicio-nes anteriores al despido, o en otro caso, a laextinción del contrato con abono de la in-demnización, que queda fijada en 34.331,74euros.

En ambos casos, la demandada abonarálos salarios dejados de percibir desde la fe-cha del despido hasta la notificación de estasentencia, a razón de 1.818,89 euros men-suales, con inclusión de prorrata de pagasextras.

Contra esta sentencia cabe la interposi-ción de recurso de suplicación ante la Salade lo social del Tribunal Superior de Justiciade Madrid que se anunciará dentro de loscinco días siguientes a su notificación, bas-tando para ello la manifestación de la parte,de su abogado o representante en el momen-to de la notificación, pudiendo hacerlo tam-bién estas personas por comparecencia o porescrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, seacompañará al anuncio justificante de haberingresado 150,25 euros en la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” de este Juzgado,con el número 2510, con la indicación delnúmero 422/09 de procedimiento, en la su-cursal del “Banco Español de Crédito”, de lacalle Orense, número 19, de Madrid, asícomo en el supuesto de no gozar de justiciagratuita, además, deberá acreditar el recu-rrente haber consignado en la misma enti-dad bancaria la cantidad objeto de condena.Al hacer el anuncio se designará por escritoo por comparecencia al letrado que dirija elrecurso, y si no se hiciera, se designará deoficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Batch PC, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.928/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 78 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Emilio Javier Rivas Fernández, con-tra la empresa “Ready Network, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadoauto de fecha 5 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es del siguiente tenor li-teral:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Ready Net-

work, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 2.657,88euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, y lo solicite la parte actora mediante es-crito, hágase entrega de certificación a laparte ejecutante para que surta efectos anteel Fondo de Garantía Salarial.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a “Ready Network, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.925/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 98 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMónica Arce Sopeña, contra la empresa“Ready Network, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado auto de fecha 1

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 58 B.O.C.M. Núm. 259

de octubre de 2009, cuya parte dispositiva esdel siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Ready Net-

work, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 5.585,55euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, y se solicite por la parte actora median-te escrito, hágase entrega de certificación ala parte ejecutante para que surta efectosante el Fondo de Garantía Salarial.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Ready Network, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.932/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 56 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donHenry Coaguila Paredes, contra la empresa“Arquitectura Modular Bioclimática, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoauto de fecha 30 de septiembre de 2009 cuyaparte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo sobre los ingresosque se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que las entidades bancarias

“Caixa Nova” y “Caja de Arquitectos, Socie-dad Cooperativa de Crédito”, actúen comodepositarisa o meras intermediarias hastacubrir el importe total del principal adeuda-do, más intereses y costas calculados. Líbre-se la oportuna comunicación para la retencióny transferencia de las indicadas cantidades ysucesivas que se abonen hasta cubrir el totalimporte a la “Cuenta de consignaciones” deeste Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competente paraconocer las cuestiones que sobre el embargodecretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y273 de la Ley de Procedimiento Laboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Asimismo se acuerda el embargo sobre elcrédito que contra las empresas “Viñaresol,Sociedad Limitada”, “Residencias AvenidaUno, Sociedad Limitada”, y “Proyectos yActuaciones Sostenibles, Sociedad Limita-da”, ostenta la empresa demandada por rela-ciones comerciales mantenidas con la ejecu-tada, en lo que sea suficiente a cubrir lascantidades por las cuales se ha despachadoejecución. A tal fin, líbrese el presente oficioa la referida empresa al objeto de requerirle,bajo su personal responsabilidad, para que enel plazo máximo de cinco días proceda a darcumplimiento de lo acordado, transfiriendo ala “Cuenta de consignaciones y depósitos” eneste Juzgado las cantidades adeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Henry Coaguila Paredes, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.930/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 291 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJosé Manuel Grela Canedo, contra las empre-sas “Servicio Madrileño de la Salud”, “JCJCourier, Sociedad Limitada”, “MDL Dis-tribución Logística, Sociedad Anónima”,“Meta 10, Sociedad Limitada”, “ServimaxServicios Auxiliares, Sociedad Anónima”,“Mudanzas Rumbo, Sociedad Anónima”, so-bre despido, se ha dictado la siguiente reso-lución:

Dada cuenta, el anterior escrito únase a losautos de su razón. Se tienen por hechas lasmanifestaciones de la parte actora y solici-ta la suspensión de los actos de juicio 291de 2009, señalados para el día 13 de octubrede 2009, al no haberse resuelto de forma de-finitiva la demanda por el actor ante el Juz-gado número 16 (1.022 de 2007), por cesiónilegal de trabajadores, por lo que se acuerdapor este Juzgado el archivo provisional delas actuaciones.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “JCJ Courier, Sociedad Limita-da”, y “Meta 10, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.923/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.211 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de

Page 30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 59

don Antonio Vega Pérez, contra don MiguelÁngel García Galán, sobre despido, se hadictado la siguiente aclaración de sentencia:

Dispongo: Examinada de hecho la sen-tencia se aprecia la necesidad de aclararla enel sentido que a continuación se dice:

Hay un error en el cálculo de la indemni-zación en el fallo, siendo el importe correc-to 53.709,47 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, ad-virtiendo que contra ella no cabe interponer re-curso alguno distinto del recurso de suplicaciónque en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Miguel Ángel García Galán,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.934/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 92 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJosé Manuel Quesada Valles, contra las em-presas “Fincas Corral Barcino, Sociedad Li-mitada Unipersonal”, y “Fincas Corral, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado providencia de fecha 10 de septiem-bre de 2009, del siguiente tenor literal:

ProvidenciaMagistrada-juez de lo social, doña Fran-

cisca Arce Gómez.—En Madrid, a 10 deseptiembre de 2009.

Dada cuenta; quedando pendiente de sa-tisfacer en la presente ejecutoria la suma de4.098,79 euros de principal y 800 euros deintereses y costas provisionales sin que lasactuaciones e indagaciones practicadas ha-yan resultado positivas en orden a la traba debienes de la entidad ejecutada “Fincas Co-rral, Sociedad Limitada”, y atendiendo a losprecedentes indicados en la diligencia ante-rior, procédase a dictar insolvencia, y antesde ello, conforme a lo previsto en el artícu-lo 274.3 de la Ley de Procedimiento Labo-ral, dése audiencia previa a la parte actora yal Fondo de Garantía Salarial por término dediez días para que puedan señalar, en sucaso, la existencia de nuevos bienes.

Modo de impugnarla: mediante recurso dereposición a presentar en este Juzgado dentrode los cinco días hábiles siguientes al de su no-tificación.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Fincas Corral Barcino, SociedadLimitada Unipersonal”, y “Fincas Corral,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.935/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.555 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Dumitru Patrinoiu, contra la empresa“Construcciones y Proyectos Malpaso, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado auto de prueba, cuya parte dispositivaes del tenor literal siguiente:

Acuerdo admitir la prueba solicitada y atal efecto cítese al testigo tal como se pide.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones y ProyectosMalpaso, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.936/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 176 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Daniele Paula Silva, contra la empresa“Mantenimientos de Jardinería Misan, So-ciedad Limitada”, y don Gregorio de la Mo-rena Sanz, administrador concursal, sobreordinario, se ha dictado auto de fecha 5 deoctubre de 2009, cuya parte dispositiva esdel siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:No ha lugar a despachar la ejecución inte-

resada, por encontrarse la entidad ejecutada

“Mantenimientos de Jardinería Misan, So-ciedad Limitada”, en situación de concurso.

Hágase saber a la parte actora que podráreclamar su crédito reconocido en sentenciaante el Juzgado de lo mercantil número 1 deMadrid, en el que sigue el concurso, y archí-vense las actuaciones, previa baja en el librocorrespondiente, firme que sea la presente.

Notifíquese esta resolución a las partesasí como al Fondo de Garantía Salarial, ha-ciéndoles saber que frente a ella podrá inter-ponerse recurso de reposición ante este Juz-gado en el término de cinco días a contardesde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mantenimientos de JardineríaMisan, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.937/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 790 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Julia Girón Torres, doña Mónica Gu-tiérrez Durán, y doña Sonia Malagón San-tos, contra las empresas “Capacitación e In-tegración Empresa de Trabajo Temporal,Sociedad Limitada”, “Lonasa Pinto, Socie-dad Anónima”, y “Skilled ETT, SociedadAnónima”, sobre despido, se ha dictado actade conciliación que dice lo siguiente:

La parte actora desiste de la empresa de-mandada “Skilled ETT, Sociedad Anónima”.

Las dos empresas demandadas reconocenla improcedencia del despido de fecha 15 deabril de 2009 y ofrecen en concepto de in-demnización, saldo y finiquito de la relaciónlaboral la cantidad neta de 5.000 euros acada una de las demandantes, aclarando quela cantidad ofrecida responde al pago de laindemnización. El pago se efectuará en seisplazos mensuales y consecutivos con venci-miento a los días 16 de los meses de octubre,noviembre y diciembre de 2009 y enero, fe-brero y marzo de 2010, e importes de 832euros los cinco primeros y 840 el último pla-zo. Cada una de las empresas satisfará el 50por 100 de las cantidades ofrecidas median-te transferencia a las siguientes cuentas:

Doña Julia Girón Torres, “Ibercaja”,2085/9715/38/033/0004692.

Doña Sonia Malagón Santos, “Ibercaja”,2085/8001/01/0330066834.

Page 31: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 60 B.O.C.M. Núm. 259

Doña Mónica Gutiérrez Durán, “Iberca-ja”, 2085/9266/67/0330418067.

El impago de cualquiera de los plazospactados conllevará el vencimiento automá-tico de toda la deuda que será exigible des-de ese momento, respondiendo solidaria-mente ambas empresas de dicho impago.

Con el percibo de las citadas cantidades,las trabajadoras se consideran saldadas y fini-quitadas y por extinguida la relación laboralcon fecha de efectos de 15 de abril de 2009.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Skilled ETT, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.938/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 28 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donNemesio Martín Llorente, contra la empresa“Extracoin Ventilación y Proyectos, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do auto de fecha 2 de octubre de 2009 cuyaparte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Extracoin

Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia total por impor-te de 8.864,93 euros. Insolvencia que se en-tenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin perjui-cio de continuar la ejecución si en lo sucesivose conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes y alFondo de Garantía Salarial, advirtiéndose quefrente a la misma cabe recurso de reposiciónen el plazo de cinco días hábiles ante este Juz-gado. Y una vez firme, hágase entrega de cer-tificación a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Extracoin Ventilación y Pro-yectos, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.927/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria de lo social del número 12 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña MaríaOlga Cáceres Díaz, contra “El Horno del Pa-seo, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 1.466de 2009, se ha acordado citar a “El Hornodel Paseo, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 19de noviembre de 2009, a las diecisiete horas,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas 3-B de este Juzgadode lo social número 12, sito en la calle Her-nani, número 59, debiendo comparecer per-sonalmente o mediante persona legalmenteapoderada y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “El Hornodel Paseo, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.840/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 109 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Vanesa Rodríguez Gutiérrez, contra laempresa “Rivas Eva Prol, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado ejecuciónde fecha 23 de junio de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Vanesa Rodríguez Gutiérrez contra

“Rivas Eva Prol, Sociedad Limitada” por unimporte de 2.949,95 euros de principal, más176,99 euros en concepto de intereses y294,99 euros para costas que se fijan provi-sionalmente. Dicha cantidad deberá ser in-gresada en la cuenta número 2511/0000/22/1208/08 y referencia de ejecución núme-ro 109 de 2009, abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, de Madrid.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada y con carácter previo líbrenseoficios a la Oficina de Averiguación Patri-monial a fin de que informe sobre los bienesy derechos que les conste de la ejecutada alregistrador de la Propiedad, al director de laAgencia Tributaria, y a la oficina colabora-dora con la Dirección General de Tráfico; ycon su resultado se acordará lo procedente.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días, por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este mi auto lo acuerdo, mando yfirmo, doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de los social,Ángel Juan Alonso Boggiero.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Rivas Eva Prol, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.013/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secreta-ria de lo social del número 13 de Madrid.

Hago saber: Que por auto dictado en eldía de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don Charles Asiagbonbuomsan,contra don Jesús Rico y Fondo de Garantía

Page 32: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 61

Salarial, en reclamación por despido, regis-trado con el número 1.432 de 2009, se haacordado citar a don Jesús Rico, en ignora-do paradero, a fin de que comparezca el día24 de noviembre de 2009, a las diecisiete ytreinta horas, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 13, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don JesúsRico, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.812/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secreta-ria de lo social del número 13 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Pedro Rodríguez Duque,contra Fundación del Teatro Lírico y Orques-ta Sinfónica de Madrid, en reclamación pordespido, registrado con el número 1.416 de2009, se ha acordado citar a Fundación delTeatro Lírico y Orquesta Sinfónica de Ma-drid, en ignorado paradero, a fin de que com-parezcan el día 24 de noviembre de 2009, alas diecisiete y veinte horas, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 13, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o median-te persona legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intenten valerse,con la advertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Fundacióndel Teatro Lírico y Orquesta Sinfónica deMadrid, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 15 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.822/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 510 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jorge Martínez de La Cruz, contra laempresa “Recobolsa, Sociedad Anónima”,sobre despido, se ha dictado sentencia de fe-cha 28 de septiembre de 2009, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Jorge Martínez de la Cruz, contra laempresa “Recobolsa, Sociedad Anónima”,debo declarar y declaro la improcedenciadel despido de la parte actora, condenando ala demandada a que en el plazo de cinco díasopte ante este Juzgado de lo social entre lareadmisión del actor o el abono de una in-demnización de 505,68 euros, más los sala-rios de tramitación dejados de percibir des-de la fecha del despido, 18 de febrero de2009, a la fecha de la notificación de la pre-sente resolución, a razón de 37,80 euros dia-rios, descontando en su caso lo percibido enotro empleo, durante ese lapso.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, bastando paraello la mera manifestación de la parte o desu abogado o su representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número de cuenta 2512, cla-ve 65, en “Banesto”, en la calle Orense, nú-mero 19, de Madrid (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Recobolsa, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.076/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 512 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Javier Pardo Resano, contra la empresa“Recobolsa, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado sentencia de fecha 28de septiembre de 2009, cuya parte dispositi-va es del tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Javier Pardo Resano, contra la em-presa “Recobolsa, Sociedad Anónima”,debo declarar y declaro la improcedenciadel despido de la parte actora, condenando ala demandada a que en el plazo de cinco díasopte ante este Juzgado de lo social entre lareadmisión del actor o el abono de una in-demnización de 1.148,42 euros, más los sa-larios de tramitación dejados de percibirdesde la fecha del despido, 18 de febrero de2009, a la fecha de la notificación de la pre-sente resolución, a razón de 37,80 euros dia-rios, descontando en su caso lo percibido enotro empleo, durante ese lapso.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, bastando paraello la mera manifestación de la parte o desu abogado o su representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número de cuenta 2512, cla-ve 65, en “Banesto”, en la calle Orense, nú-mero 19, de Madrid (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de 150,25euros (25.000 pesetas) en concepto de depó-sito en dicha cuenta bancaria (haciendo cons-tar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Recobolsa, Sociedad Anóni-

Page 33: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 62 B.O.C.M. Núm. 259

ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.135/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 508 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Oltra García, contra la empre-sa “Recobolsa, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado sentencia de fecha 28de septiembre de 2009, cuya parte dispositi-va es del tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Antonio Oltra García, contra la em-presa “Recobolsa, Sociedad Anónima”,debo declarar y declaro la improcedenciadel despido de la parte actora, condenando ala demandada a que en el plazo de cinco díasopte ante este Juzgado de lo social entre lareadmisión del actor o el abono de una in-demnización de 656,92 euros, más los sala-rios de tramitación dejados de percibir des-de la fecha del despido, 18 de febrero de2009, a la fecha de la notificación de la pre-sente resolución, a razón de 37,80 euros dia-rios, descontando en su caso lo percibido enotro empleo, durante ese lapso.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, bastando paraello la mera manifestación de la parte o desu abogado o su representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número de cuenta 2512, cla-ve 65, en “Banesto”, en la calle Orense, nú-mero 19, de Madrid (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de 150,25euros (25.000 pesetas) en concepto de de-pósito en dicha cuenta bancaria (haciendoconstar en el ingreso el número de proce-dimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Recobolsa, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.074/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 488 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Rey Vaquero, contra las empre-sas “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y “Re-coletos Servicios de Asesoría, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictadosentencia de fecha 28 de septiembre de2009, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don David Rey Vaquero, contra las em-presas “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y“Recoletos Servicios de Asesoría, SociedadLimitada”, debo declarar y declaro la impro-cedencia del despido del actor, condenandoa la demandada “Recobolsa, Sociedad Anó-nima”, a que en el plazo de cinco días opteante este Juzgado de lo social entre la read-misión del actor o el abono de una indemni-zación de 64.188,47 euros, más los salariosde tramitación dejados de percibir desde lafecha del despido, 18 de febrero de 2009, ala fecha de la notificación de la presente re-solución, a razón de 198,73 euros diarios,descontando en su caso lo percibido en otroempleo, durante ese lapso o los períodos deincapacidad temporal si los hubiere. Se ab-suelve a la empresa “Recoletos Servicios deAsesoría, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, bastando paraello la mera manifestación de la parte o desu abogado o su representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número de cuenta 2512, cla-ve 65, en “Banesto”, en la calle Orense, nú-mero 19, de Madrid (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de 150,25euros (25.000 pesetas) en concepto de depó-sito en dicha cuenta bancaria (haciendo cons-tar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Recobolsa, Sociedad Anóni-ma”, y “Recoletos Servicios de Asesoría,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.075/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 72 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaGema García Juan, contra la empresa “Fi-rewallteam Woldwide Services, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadoauto de insolvencia de fecha 28 de septiem-bre de 2009, cuya parte dispositiva es del te-nor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Firewallteam

Woldwide Services, Sociedad Limitada”, ensituación de insolvencia total por importede 11.662,15 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

Page 34: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 63

trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Firewallteam Woldwide Servi-ces, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.121/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 188 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Comín Calvo, contra la empresa“Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado auto de insol-vencia de fecha 16 de septiembre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Lepar Es-

tructuras, Sociedad Limitada”, en situaciónde insolvencia total por importe de 1.144,02euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lepar Estructuras, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.122/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 192 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donEmilio Sánchez Molero, contra la empresa“Newco Oil Distribution, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado acta desuspensión de fecha 6 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Acta

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Ante la ilustrísima señora magistrada-juezde este Juzgado de lo social número 14 deMadrid, doña María del Carmen RodrigoSaiz, y con mi asistencia, la secretaria judi-cial, doña María Ángeles Charriel Ardebol,comparecen: como demandante, don EmilioSánchez Molero, y en su representación laletrada doña María Antonia Morales Arri-bas, con documento nacional de identidad nú-mero 2220368-V, colegiado número 59.643,y como demandada, “Newco Oil Distribution,Sociedad Limitada”, que no comparece, noconstando citada en legal forma.

Su señoría ilustrísima, a la vista de lo ac-tuado, acuerda la suspensión de los actos deconciliación y juicios señalados y se señalannuevamente para el día 17 de noviembrede 2009, a las nueve horas de su mañana, enla sede de este Juzgado, reiterando a las par-tes las manifestaciones y apercibimientoscontenidos en la inicial citación.

Dándose por notificadas las partes delpresente acuerdo, termina esta comparecen-cia y se acuerda notificar a la demandadapor edictos, al contar en autos que ha cam-biado de domicilio, firmando esta acta losque en la misma intervienen, después de suseñoría ilustrísima, de lo que yo, la secreta-ria, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Newco Oil Distribution, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.408/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 211 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro Ramos Rodríguez, contra donRafael Puerta Soto, sobre ordinario, se hadictado la resolución siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Pedro Ramos Rodríguez, contra donRafael Puerta Soto, por un importe de4.565,79 euros de principal, más 456 eurosy 456 euros para costas e intereses que se fi-jan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes deldemandado.

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con comunicación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgados de Madrid al efecto de que por lacomisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

d) Se advierte y requiere al ejecutado enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase al ejecutado que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por el eje-cutado en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Rafael Puerta Soto, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.234/09)

Page 35: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 64 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 213 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Georgeta Neagu, contra la empresa“Montajes de Andamio y Estructuras, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 8.154,26 euros, másla cantidad de 815 euros en concepto de in-tereses y 815 euros en concepto de costasprovisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Montajes de Andamio y Es-tructuras, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.236/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 93 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaPatricia Borau García, contra la empresa

“Saresa, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva

Se decreta el embargo sobre los ingresosque se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que la entidad bancaria actúecomo depositaria o mera intermediaria has-ta cubrir el importe total del principal adeu-dado, más intereses y costas calculados. Lí-brese la oportuna comunicación para laretención y transferencia de las indicadascantidades y sucesivas que se abonen hastacubrir el total importe a la “Cuenta de con-signaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Saresa, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.238/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 196 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jorge García Morata, don GuillermoGómez Álvarez, doña María Luz de MingoCrespo, don Ricargo García Duarte Mante-ca, don Jorge Massanet Chacón, doña MaríaJosé Blanco Serrano y doña María IsabelGonzález Moreno, contra la empresa “In-footool Computer, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado la siguiente reso-lución:

Parte dispositiva:Se decreta el embargo:a) Sobre los ingresos que se produzcan

en la cuenta corriente de la parte ejecutada,así como de los saldos acreedores existentesen las cuentas corrientes, depósitos de aho-rro o análogos y cualquier valor mobiliariotitularidad de la apremiada en los que la en-tidad bancaria actúe como depositaria omera intermediaria.

b) Sobre los créditos que ostenta la de-mandada en distintas entidades por relacio-nes comerciales mantenidas con ella, hastacubrir el importe total del principal adeuda-do más intereses y costas calculadas.

c) Sobre los vehículos matrículas7228BLY y M-4606-MW.

Líbrese la oportuna comunicación para laretención y transferencia de las indicadascantidades y sucesivas que se abonen hastacubrir el total importe a la “Cuenta de con-signaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Líbrese mandamiento al Registro de Bie-nes Muebles Provincial de Madrid y a la Je-fatura de Tráfico para que se anote el embar-go y precinto de los vehículos.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 65

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Infootool Computer, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.139/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 200 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María del Carmen Granizo Ramírez,contra la empresa “La Maison Jolie Decora-ción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado la resolución siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:A) Despachar la ejecución solicitada

por doña María del Carmen Granizo Ramí-rez, contra “La Maison Jolie Decoración,Sociedad Limitada”, por un importe de1.241,77 euros de principal, más 124 eurosy 124 euros para costas e intereses que se fi-jan provisionalmente.

B) Trabar embargo sobre los bienes pro-piedad de la demandada y concretamente:

a) Sobre los ingresos que se produzcanen la cuenta corriente de la parte ejecutada,así como de los saldos acreedores existentesen las cuentas corrientes, depósitos de aho-rro o análogos y cualquier valor mobiliariotitularidad de la apremiada, en la que la en-tidad bancaria actúe como depositaria omera intermediaria.

b) Sobre los créditos que ostenta la de-mandada en distintas entidades por relacio-nes comerciales mantenidas con ella, hastacubrir el importe total del principal adeuda-do más intereses y costas calculadas.

c) Vehículos:Matrícula: 3399FHW, “Kia” Cerato.Matrícula: 6508DVF, “Kia” Sportage.Matrícula: 9270FGK, “Kia” Picanto.Líbrese mandamiento al Registro de Bie-

nes Muebles Provincial de Madrid y a la Je-fatura de Tráfico para que se anote el embar-go y precinto del vehículo.

Se designa perito para la tasación de losbienes embargados en estas actuaciones adon Juan Carlos Casal Álvarez, a quien senotificará el nombramiento y en el siguientedía lo aceptará entregando la valoración delos bienes en el plazo de ocho días a contardesde la aceptación del encargo, según esta-blece el artículo 639 de la Ley de Enjuicia-miento Civil.

Póngase en conocimiento de las partes oterceros que conste tengan derecho sobre losbienes a tasar, el nombramiento efectuado,para que, dentro del segundo día puedan de-signar otro por su parte, con la prevenciónde que si no lo hicieran se les tendrá por con-forme, practicándose únicamente el avalúopor el perito antes nombrado.

Remítase, asimismo el mandamiento porfax al Registro de Bienes Muebles a fin deque extienda el correspondiente asiento depresentación.

Líbrese la oportuna comunicación para laretención y transferencia de las indicadascantidades y sucesivas que se abonen hastacubrir el total importe a la cuenta de consig-naciones de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener la ejecu-tada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demandada no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

C) Líbrese testimonio de la presente re-solución con notificación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losjuzgados de Madrid al efecto de que por lacomisión judicial se proceda al embargo debienes en cuantía suficiente para cubrir lascantidades por las cuales se despacha ejecu-ción, y a quienes servirá el presente de man-damiento en forma, pudiéndose solicitar, sipreciso fuere, el auxilio de la fuerza pública,así como hacer uso de los medios materialesy personales necesarios para poder acceder alos lugares en que se encuentren los bienescuya traba se pretende.

D) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

E) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios por cada día que seretrase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “La Maison Jolie Decoración,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.241/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, secre-taria de lo social del número 15 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Rafael González Aizpur-va, contra “Artes Gráficas Vilograf, Socie-dad Limitada”, en reclamación por despido,registrado con el número 215 de 2009, eje-cución número 215 de 2009, se ha acordadocitar a “Artes Gráficas Vilograf, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 17 de noviembrede 2009, a las ocho y cincuenta horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 15, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Artes Grá-ficas Vilograf, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.402/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretarioen sustitución de lo social del número 15de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguidoa instancias de doña María Jesús Baile Ri-vera, contra “Eurogyc, Sociedad Anóni-ma”, y Fondo de Garantía Salarial, en re-clamación por ordinario, registrado con el

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 66 B.O.C.M. Núm. 259

número 1.255 de 2009, se ha acordado ci-tar a “Eurogyc, Sociedad Anónima”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezcael día 13 de octubre de 2010, a las diez ho-ras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vis-tas de este Juzgado de lo social número 15,sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Eurogyc,Sociedad Anónima”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.405/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, secre-taria de lo social del número 15 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguidoa instancias de doña María Teresa Fernán-dez Cortés, contra “Cocicom, Sociedad Li-mitada”, y Fondo de Garantía Salarial, enreclamación por despido, registrado con elnúmero 1.003 de 2009, se ha acordado ci-tar a “Cocicom, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, en ignoradoparadero, a fin de que comparezcan el día11 de noviembre de 2009, a las diez y cua-renta horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social nú-mero 15, sito en la calle Hernani, número59, debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tenten valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Cocicom,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.821/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 97 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donSaid el Moussaoui, contra la empresa“Servicios Integrados Construcción Corde-ro Vázquez, Sociedad Limitada”, sobre or-dinario, se ha dictado resolución en fecha 6de octubre de 2009 cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En su virtud vistos los preceptos legales

citados y los de general aplicación:Dispongo: Se aprueba el remate del

vehículo marca Peugeot modelo 807 matri-cula 6126DSL a favor de don BienvenidoAragón Sanz con documento nacional deidentidad 4513655-C por la cantidad de 500euros, devolviéndose al mismo la cantidadde 3.100 euros en su día consignadas y quees superior a dicha postura.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María José Ceballos Reinoso.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Servicios Integrados Construc-ción Cordero Vázquez, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.123/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 123 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Abelardo Gómez, contra la empresa“Tolca de Recubrimientos Exteriores, So-ciedad Limitada”, y “Torca, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción en fecha 6 de octubre de 2009 cuya

parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:En su virtud vistos los preceptos legales

citados y los de general aplicación:Dispongo: Se aprueba el remate del

vehículo marca “Ford” Transit Furgonetacon matricula 1068DBY a favor de donBienvenido Aragón Sanz con documentonacional de identidad 4513655-C por la can-tidad de 500 euros, devolviéndose al mismola cantidad de 1.200 euros en su día consig-nadas y que es superior a dicha postura.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María José Ceballos Reinoso.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Tolca de Recubrimientos Exte-riores, Sociedad Limitada”, y “Torca, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.128/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de pro-videncia dictada en el día de la fecha en elproceso seguido a instancias de don Mi-guel Higueras Bejarano, doña María delCarmen Peinador Vila, don Rubén BotasÁlvarez, don Robert Joseph Cianchetti,doña Laura Vázquez Vega, doña EstherCamarero López, don Javier Zuazo Díaz,don Eduardo Tarancón Acuña y doña Ele-na Durán Romero, contra “Batch PC, So-ciedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 1.421 de 2009, seha acordado citar a “Batch PC, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 17 de noviembre de2009, a las dieciséis y cincuenta horas,para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas 3B (tercera plan-ta) de este Juzgado de lo social número 17,sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que es

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 67

única convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Batch PC,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.755/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 181 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Manuel Bernal Morales, contra laempresa “Helping Fleet, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción en fecha 2 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Juan Manuel Bernal Morales contra“Helping Fleet, Sociedad Limitada”, por unprincipal de 10.648,45 euros, más 745,39euros en concepto de intereses provisionalesy 1.064,85 euros de costas calculadas provi-sionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial, y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que le consten.

c) Dirigir los correspondientes despa-chos a los pertinentes organismos y regis-tros públicos, con el fin de que faciliten re-lación de todos los bienes o derechos deldeudor de que tengan constancia. En casopositivo, se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir lacantidad objeto de apremio, interesando laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, con número 2515,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

y tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Helping Fleet, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.132/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 180 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Manuel Aranda Tarjuelo y don CristiánAranda Zamarra, contra la empresa “Col-gramar Mármoles y Granitos, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado reso-lución en fecha 1 de octubre de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Manuel Aranda Tarjuelo y don CristiánAranda Zamarra, contra “Colgramar Már-moles y Granitos, Sociedad Limitada”, porun principal de 2.233,07 euros, más 156,31euros en concepto de intereses provisionalesy 223,31 euros de costas calculadas provi-sionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial, y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que le consten.

c) Dirigir los correspondientes despa-chos a los pertinentes organismos y regis-tros públicos, con el fin de que faciliten re-lación de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia. En casopositivo, se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir lacantidad objeto de apremio, interesando laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, con número 2515,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-

TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Colgramar Mármoles y Grani-tos, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.133/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 186 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Santiago Hernando Gutiérrez, contradon Francisco Gil Medina, “Wolfram, So-ciedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Santiago Her-nando Gutiérrez, contra don Francisco GilMedina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, y“Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limita-da”, por un importe de 73.177,44 euros deprincipal, más 5.122,42 euros calculadospara intereses provisionalmente, más otros7.317,74 euros calculados para costas, tam-bién provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes delos demandados.

c) A tal fin líbrese exhorto al Juzgadode lo social Decano de Elche (Alicante), contestimonio de la presente resolución a fin deque por la comisión judicial se proceda alembargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el pre-sente de mandamiento en forma, pudiendosolicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuer-za pública, así como hacer uso de los mediospersonales y materiales necesarios para po-der acceder a los lugares en que se encuen-tran los bienes cuya traba se pretende.

d) Y, para el caso de que no se tuvieseconocimiento de la existencia de bienes su-ficientes, diríjanse oficios a los pertinentesorganismos y registros públicos, con el finde que faciliten relación de todos los bienesy derechos de los deudores de que tenganconstancia. En caso positivo, se acuerda elembargo de las cantidades pendientes de de-volución, por la Hacienda Pública, por cual-quier concepto a los ejecutados hasta cubrirlas cantidades por las que se despacha ejecu-ción que se ingresarán, en su caso, en la

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cuenta abierta por este Juzgado en “Banes-to”, de la calle Orense, número 19, de Ma-drid, número 2515.

e) Se acuerda elevar a definitivos losembargos acordados en el auto de fecha 27de mayo de 2009.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Sa-larial por el plazo de quince días, para quepueda instar la práctica de las diligenciasque a su derecho convenga y designe losbienes de los deudores que le consten.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la misma no cabe recurso alguno,sin perjuicio de la oposición que pueda for-mularse por los ejecutados en el plazo dediez días, por defectos procesales o por mo-tivos de fondo (artículo 551 de la Ley de En-juiciamiento Civil, en relación con los ar-tículos 556 y 559 del mismo texto legal), sinperjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Wolfram, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presente enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.073/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.372 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donJulián Karol Wesoloski, contra la empresa“Mitra Proyectos y Construcciones, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do sentencia con fecha 1 de octubre de 2009,cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor don Julián Karol Wesoloski, contra“Mitra Proyectos y Construcciones, Socie-dad Limitada”, debo condenar y condeno ala parte demandanda a abonar al demandan-te 1.134,29 euros, más el 10 por 100 corres-pondiente en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndolas saber que la misma es firme, yfrente a ella no cabe formular recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mitra Proyectos y Construccio-nes, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.130/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en elproceso seguido a instancias de don JesúsHermógenes Pomarino Tirado, contra “Re-descom 2005, Sociedad Limitada”, en recla-mación por ordinario, registrado con el nú-mero 1.189 de 2009, se ha acordado citar a“Redescom 2005, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 7 de octubre de 2010, a las diez y vein-te horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 17, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Redes-com 2005, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.391/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don AntonioEnrique Quispe Villavicencio, contra “Re-descom 2005, Sociedad Limitada”, en recla-mación por ordinario, registrado con el nú-mero 1.187 de 2009, se ha acordado citar a“Redescom 2005, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 7 de octubre de 2010, a las diez horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 17, sito en la

calle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Redes-com 2005, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.390/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don ArtemioQuispe Tirado, contra “Redescom 2005,Sociedad Limitada”, en reclamación porordinario, registrado con el número 1.188de 2009, se ha acordado citar a “Redes-com 2005, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 7de octubre de 2010, a las diez y diez horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 17, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Redes-com 2005, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.387/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Eduardo

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 69

Tirados Gómez, contra “Mitra Proyectos yConstrucciones, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con el nú-mero 1.356 de 2009, se ha acordado citar a“Mitra Proyectos y Construcciones, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 4 de noviembre de 2010,a las diez cuarenta y cinco horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 17, sito en la calle Herna-ni, número 59, debiendo comparecer perso-nalmente o mediante persona legalmenteapoderada y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Mitra Pro-yectos y Construcciones, Sociedad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.388/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña AscensiónLópez Martín, contra Servicio Público deEmpleo Estatal y “Mantenimiento de Jardi-nería Misán, Sociedad Limitada”, en recla-mación por Seguridad Social, registrado conel número 970 de 2009, se ha acordado citara “Mantenimiento de Jardinería Misán, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 9 de febrerode 2010, a las diez y veinte horas de su ma-ñana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 17, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Manteni-miento de Jardinería Misán, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA

COMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.385/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña María delMar Méndez Segovia, contra “Promociónde Viviendas y Construcciones, SociedadAnónima”, y Fondo de Garantía Salarial, enreclamación por ordinario, registrado con elnúmero 1.332 de 2009, se ha acordado citara “Promoción de Viviendas y Construccio-nes, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garan-tía Salarial, en ignorado paradero, a fin de quecomparezcan el día 28 de octubre de 2010, alas diez horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 17, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o median-te persona legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intenten valer-se, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspende-rán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Promo-ción de Viviendas y Construcciones, Socie-dad Anónima”, se expide la presente cédulapara su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y coloca-ción en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.386/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de “Paradores deTurismo de España, Sociedad Anónima”,contra don Francisco Javier Morata Gonzá-lez, en reclamación por ordinario, registradocon el número 319 de 2009, se ha acordadocitar a don Francisco Javier Morata Gonzá-lez, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 23 de febrero de 2010, a lasdiez y treinta horas de su mañana, para la ce-lebración de los actos de conciliación y, ensu caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 17, sito en la calle Hernani, núme-

ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Francis-co Javier Morata González, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.383/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Ángel Arri-bas Carrión, contra Instituto Nacional de laSeguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Ac-cidentes de Trabajo y Enfermedades Profe-sionales de la Seguridad Social”, y “Obras yProyectos Garpi, Sociedad Anónima”, enreclamación por Seguridad Social, registradocon el número 1.097 de 2009, se ha acorda-do citar al Instituto Nacional de la SeguridadSocial, “Asepeyo, Mutua de Accidentes deTrabajo y Enfermedades Profesionales de laSeguridad Social”, y “Obras y ProyectosGarpi, Sociedad Anónima”, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezcan el día 27de abril de 2010, a las nueve cuarenta y cin-co horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 17, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intenten valerse,con la advertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a InstitutoNacional de la Seguridad Social, “Asepeyo,Mutua de Accidentes de Trabajo y Enferme-dades Profesionales de la Seguridad So-cial”, y “Obras y Proyectos Garpi, SociedadAnónima”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.381/09)

Page 41: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 70 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria delo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don EduardoSande Marcos, contra Fondo de GarantíaSalarial y “Viajes Pinto, Sociedad Anóni-ma”, en reclamación por ordinario, registra-do con el número 1.377 de 2009, se ha acor-dado citar al Fondo de Garantía Salarial y“Viajes Pinto, Sociedad Anónima”, en igno-rado paradero, a fin de que comparezcan eldía 11 de noviembre de 2010, a las diez cua-renta y cinco horas de su mañana, para la ce-lebración de los actos de conciliación y, ensu caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 17, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tenten valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Fondo deGarantía Salarial y “Viajes Pinto, SociedadAnónima”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.389/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 139 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Óscar Antón Alonso, contra la empresa“Global Markets Audiovisuales, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictado re-solución de fecha 10 de septiembre de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 10.300,11 euros,más la cantidad de 1.674 euros en conceptode intereses y en concepto de costas provi-sionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia de

nuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

c) Oficiar al Juzgado de lo social núme-ro 26 de los de Madrid, a fin de que remitancopia testimoniada del auto de insolvenciade fecha 8 de septiembre de 2009, dictadocontra la misma deudora “Global MarketsAudiovisuales, Sociedad Limitada”, en susautos de demanda número 72 de 2008, eje-cución número 115 de 2008.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Global Markets Audiovisua-les, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.939/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de losocial del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña SunildaCristina Liberato Campos, contra “Santibar,Sociedad Limitada”, y “Santiago y JoséLuis, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor ordinario, registrado con el número 592de 2009, se ha acordado citar a “Santibar,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 2 de diciem-bre de 2009, a las ocho y treinta horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 18, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Al mismo tiempo se le cita para practicar laprueba de interrogatorio de partes en juicio.

Y para que sirva de citación a “Santibar,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.824/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de losocial del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María del Pilar CastilloArroyo, contra “Multilével Comunicación,Sociedad Limitada”, en reclamación pordespido, registrado con el número 1.144 de2009, se ha acordado citar a “Multilével, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 25 de noviem-bre de 2009, a las nueve y veinticinco horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 18, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Al mismo tiempo se le cita para practicar laprueba de interrogatorio de partes en juicio.

Y para que sirva de citación a “MultilévelComunicación, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.825/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de losocial del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Alí el Barou-di, contra “Zarpin Construcción, SociedadLimitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 554 de 2009, se haacordado citar a “Zarpin Construcción, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 9 de diciembrede 2009, a las once y veinte horas de su maña-

Page 42: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 71

na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendrán lu-gar en la Sala de vistas de este Juzgado de losocial número 18, sito en la calle Hernani, nú-mero 59, debiendo comparecer personalmen-te o mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que inten-te valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Al mismo tiempo se le cita para practicar laprueba de interrogatorio de partes en juicio.

Y para que sirva de citación a “ZarpinConstrucción, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.826/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de losocial del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don VictorianoPedro Redondo Gómez, contra “AmbamaObras y Servicios, Sociedad Limitada Uni-personal”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 544 de 2009, se haacordado citar a “Ambama Obras y Servi-cios, Sociedad Limitada Unipersonal”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 14 de diciembre de 2009, a las ocho ytreinta horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 18, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o median-te persona legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Al mismo tiempo se le cita para practicar laprueba de interrogatorio de partes en juicio.

Y para que sirva de citación a “AmbamaObras y Servicios, Sociedad Limitada Uni-personal”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.827/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de losocial del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Carlos Enri-que Vara Palacios, contra Instituto Nacionalde la Seguridad Social, Tesorería General dela Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Ac-cidentes de Trabajo y Enfermedades Profe-sionales de la Seguridad Social”, y “Europeade Travertinos y Mármoles, Sociedad Limi-tada”, en reclamación por Seguridad Social,registrado con el número 1.533 de 2008, se haacordado citar a “Europea de Travertinos yMármoles, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 16de noviembre de 2009, a las ocho y cincuen-ta horas de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, de jui-cio, que tendrán lugar en la Sala de vistas deeste Juzgado de lo social número 18, sito enla calle Hernani, número 59, debiendo com-parecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Al mismo tiempo se le cita para practicar laprueba de interrogatorio de partes en juicio.

Y para que sirva de citación a “Europeade Travertinos y Mármoles, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 28 de julio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/34.841/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTO

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariodel Juzgado de lo social número 19 deMadrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Alfonso Bravo Blanco,contra Fondo de Garantía Salarial y“Backup & Restore Services, Sociedad Li-mitada” (“Intelligent Vídeo”), en reclama-ción por despido, registrado con el núme-ro 1.001 de 2009, se ha acordado citar a“Backup & Restore Services, Sociedad Li-mitada” (“Intelligent Vídeo”), en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 23de noviembre de 2009, a las doce horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 19, sito en la

calle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Backup &Restore Services, Sociedad Limitada” (“In-telligent Vídeo”), se expide la presente cé-dula para su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/33.763/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 184 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mohamed Alí Loud Mohamed, contrala empresa “Semagescón, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado el si-guiente auto de fecha 9 de marzo de 2009 ycitación para juicio oral el día 30 de noviem-bre de 2009, a las once y treinta horas:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de marzode 2009.

La extiendo yo, el secretario, para hacerconstar que con esta misma fecha ha corres-pondido a este Juzgado de lo social, por elturno de reparto, la demanda presentada pordon Mohamed Alí Loud Mohamed, contra“Semagescón, Sociedad Limitada”, en ma-teria de ordinario, de lo que doy cuenta a suseñoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 9 de marzo de 2009.

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 30 de noviembre de 2009,a las once y treinta horas, en la Sala de au-diencias de este Juzgado, sita en la calleHernani, número 59, de esta ciudad, debien-do citarse a las partes, con entrega a los de-mandados y a los interesados de copia de lademanda y demás documentos aportados,con las advertencias previstas en los artícu-los 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento La-boral.

A los otrosíes: se tiene por hecha la mani-festación de la asistencia del letrado por laparte actora, cítese a interrogatorio judicial

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 72 B.O.C.M. Núm. 259

al representante legal de la demandada, re-quiérase a la demandada para que aporte ladocumental solicitada; en cuanto a la testifi-cal, cuando se proponga se acordará.

Deberá presentar el original del Serviciode Mediación, Arbitraje y Conciliación ocertificación de que no se va a celebrar en elplazo de cuatro días.

Ha lugar a lo solicitado sobre interrogato-rio o confesión del representante legal de“Semagescón, Sociedad Limitada”. A talfin, se hace saber que el interrogatorio habráde responderse por su representante en jui-cio siempre y cuando hubiera intervenido enlos hechos controvertidos. En caso contra-rio, tal circunstancia habrá de alegarse consuficiente antelación al acto del juicio, iden-tificando a la persona que intervino en nom-bre de la entidad, para su citación al juicio.Si tal persona no formase parte ya de la en-tidad, podrá solicitar que se la cite en cali-dad de testigo. Apercibiéndose de que, encaso de no cumplir lo anteriormente señala-do o no identificar a la persona intervinienteen los hechos, ello podrá considerarse comorespuesta evasiva y tenerse por ciertos loshechos a que se refieran las preguntas.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y cita-ción en legal forma a “Semagescón, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/33.753/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 183 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Gracia María de Ancos Lumbreras,contra la empresa “Slater Software Labora-tories, Sociedad Limitada Unipersonal”, so-bre ordinario, se ha dictado autodespachan-do ejecución de fecha 5 de octubre de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordoña Gracia María de Ancos Lumbreras,contra “Slater Software Laboratories, Socie-dad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Ga-rantía Salarial, por un principal de 28.875euros, más 2.887 euros en concepto de inte-reses y otros 2.887 euros en concepto decostas calculadas, sin perjuicio de ulterior li-quidación.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2518/0000/00/1487/08, sitoen la calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Slater Software Laboratories,Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.964/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 976 de 2008, ejecuciónnúmero 182 de 2009, de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don GonzaloRaga García, contra don Darius BronislawData, sobre ordinario, se ha dictado auto defecha 6 de octubre de 2009, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

AutoEn Madrid, a 6 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Gonzalo Raga García, contra don Da-rius Bronislaw Data, por una cantidad de176,12 euros en concepto de resto de princi-pal, al haber sido satisfecha la cantidad de2.945,16 euros de los 3.121,28 euros a quefue condenado en sentencia, más 17,61euros en concepto de intereses y 17,61 eurosde costas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes del deudor prin-cipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes del de-mandado en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos del deudorde que tengan constancia y se comunique aeste Juzgado si por parte de la Hacienda Pú-blica se adeuda alguna cantidad al ejecutadopor el concepto de devolución por el im-puesto sobre la renta de las personas físicas,impuesto sobre el valor añadido o cualquierotro. En caso positivo, se acuerda el embar-go de las cantidades pendientes de devolu-ción por la Hacienda Pública a la ejecutadahasta cubrir la cantidad objeto de apremio,interesando la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, connúmero 2518/0000/00/0976/08, sito en lacalle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por el ejecuta-do en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose el demandado en igno-rado paradero, notifíquese la misma por me-dio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ytablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia al ejecutado que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estrados

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 73

conforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Darius Bronislaw Data, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.961/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 488 de 2009, ejecuciónnúmero 167 de 2009 de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de doña MartaGonzález García, contra la empresa “Con-sultorio Médico Magallanes, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado en fe-cha 16 de septiembre de 2009 auto, cuyaresolución es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 16 de sep-tiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que ha transcurrido el plazo decinco días concedido a la parte demandadaen resolución dictada en fecha 1 de septiem-bre de 2009 sin que lo haya verificado, de loque paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 16 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción solicitada por doña Marta GonzálezGarcía, contra “Consultorio Médico Maga-llanes, Sociedad Limitada”, por un importede 6.000 euros de principal, más 600 eurosy 600 euros para costas e intereses que se fi-jan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargosde los Juzgados de Madrid al efecto de quepor la comisión judicial se proceda al em-bargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el pre-sente de mandamiento en forma, pudiendosolicitar, si preciso fuere, el auxilio de lafuerza pública, así como hacer uso de losmedios personales y materiales necesariospara poder acceder a los lugares en que seencuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes yderechos de la deudora de que tengan cons-tancia y se comunique a este Juzgado si porparte de la Hacienda Pública se adeuda algu-na cantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. En caso positivo seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Públi-ca a la ejecutada hasta cubrir la cantidad ob-jeto de apremio, interesando la remisión delas mismas a la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto” con número 2518/0000/00/0488/09,sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días, por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,doña Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Consultorio Médico Magalla-nes, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.965/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 123 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Sánchez Direitinho, contra la em-presa “Gamma Proyectos y Construcciones,Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente propuesta de auto de fe-cha 5 de octubre de 2009.

Diligencia.—En Madrid, a 5 de octubrede 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se han practicado las ave-riguaciones necesarias para encontrar bie-nes suficientes de la ejecutada en los que ha-cer traba y embargo sin pleno resultado.

Asimismo, se ha presentado por la parteactora el anterior escrito que se une a los

autos de su razón, manifestando que descono-ce bienes de la parte ejecutada susceptiblesde embargo. Paso a dar cuenta a su señoríaacompañando propuesta de auto.—Doy fe.

Propuesta de auto de la secretaria judicial,doña María Teresa Nicolás Serrano.—EnMadrid, a 5 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a los ejecutados “Gamma

Proyectos y Construcciones, Sociedad Anó-nima”, y Fondo de Garantía Salarial, en si-tuación de insolvencia parcial por importede 4.668,81 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil”, a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gamma Proyectos y Construc-ciones, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.966/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 855 de 2008, ejecuciónnúmero 21 de 2009 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de doña BeatrizLópez Cid, doña Ramona Aledo Sánchez ydoña Lina Gallego Villar, contra la empresa“Todo Divina, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado auto de fecha 6 de oc-tubre de 2009.

Diligencia.—En Madrid, a 6 de octubrede 2009.

Page 45: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 74 B.O.C.M. Núm. 259

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se han practicado las ave-riguaciones necesarias para encontrar bie-nes suficientes de la ejecutada en los que ha-cer traba y embargo sin pleno resultado.

Asimismo, se ha presentado por la parteactora el anterior escrito que se une a losautos de su razón, manifestando que descono-ce bienes de la parte ejecutada susceptiblesde embargo. Paso a dar cuenta a su señoríaacompañando propuesta de auto.—Doy fe.

Propuesta de auto de la secretaria judicial,doña María Teresa Nicolás Serrano.—EnMadrid, a 6 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Todo Divi-

na, Sociedad Limitada”, en situación de in-solvencia total por importe de 128.351,43euros (correspondiendo 51.995,60 euros adoña Beatriz López Cid, 39.078,20 euros adoña Ramona Aledo Sánchez, y 37.277,63euros a doña Lina Gallego Villar). Insolven-cia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil”, a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: el ma-gistrado-juez de lo social (firmado).—Lasecretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Todo Divina, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.962/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 556 de 2009, ejecución

número 113 de 2009, de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de doña MaríaManzano Rodríguez, contra la empresa “Pro-yectos Mossi, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado la siguiente propues-ta de auto de fecha 5 de octubre de 2009:

AutoEn Madrid, a 5 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral

que unía a doña María Manzano Rodríguezcon la empresa “Proyectos Mossi, SociedadLimitada”, condenando a esta a que abone aaquella las cantidades siguientes:

Nombre de la trabajadora: doña MaríaManzano Jiménez.

Indemnización: 533,66 euros.Salarios: 1.890,69 euros (desde el 29 de

febrero al 1 de junio de 2009, hace un totalde noventa y tres días a razón de 20,33euros/día).

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Proyectos Mossi, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.963/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 143 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Isabel Méndez Beltre, contra la empre-sa “Faposla, Sociedad Limitada”, sobre can-tidad, se ha dictado en el día de la fecha autode embargo de vehículos, cuya parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo y precinto del

vehículo propiedad de la apremiada que acontinuación se describe, con los datos deidentificación conocidos:

Matrícula: 8519DVB.Marca: “Mazda”.Modelo: Mazda 6.

Número de bastidor/número de chasis, ensu caso: JMZGG14F661618305.

Líbrese y remítase directamente y de ofi-cio mandamiento por duplicado al ilustreseñor registrador de Bienes Muebles Pro-vincial, Sección de Automóviles y OtrosVehículos de Motor, obrante en el mismo,para que practique el asiento que corres-ponda relativo al embargo trabado sobre elvehículo indicado, se expida certificaciónde haberlo hecho, de la titularidad queconste del bien y, en su caso, de sus cargasy gravámenes, advirtiéndose que deberácomunicar a este Juzgado la existencia deulteriores asientos que pudieran afectar alembargo anotado (artículo 253 de la Ley deProcedimiento Laboral), y debiéndose de-volver un ejemplar debidamente cumpli-mentado.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez, Isabel SánchezPeña.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Faposla, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.096/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 150 de 2009-X de esteJuzgado de lo social, seguido a instanciasde doña Sonia Moreira Botia, contra la em-presa “Conydesa Empresa Constructora,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado con fecha 21 de julio de 2009 auto,cuya parte dispositiva es del siguiente te-nor literal:

Dispongo: Examinada de hecho la sen-tencia se aprecia la necesidad de aclararlaen el sentido que en el hecho probado pri-mero, donde dice «Primero.—La deman-dante doña Sonia Moreira Botia, ha venidoprestando servicios para la demandada“Conydesa Empresa Constructora, Socie-dad Limitada”, desde el 9 de enero de 2004,con la categoría profesional de oficial admi-nistrativa primera, percibiendo una retribu-ción de 932,93 euros, con prorrata de pagasextras», debe decir: «Primero.—La partedemandante doña Sonia Moreira Botia, ha

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 75

venido prestando servicios para la deman-dada “Conydesa Empresa Constructora,Sociedad Limitada”, desde el 9 de enero de2004, con la categoría profesional de oficialadministrativa primera, percibiendo una re-tribución de 1.250,87 euros, con prorrata depagas extras».

Asimismo en el fallo de la sentencia, don-ce dice:

«Fallo

Que debía estimar la demanda interpues-ta por doña Sonia Moreira Botia en concep-to de despido contra “Conydesa EmpresaConstructora, Sociedad Limitada”, decla-rándolo improcedente, y condenando a laempresa demandada a que le abone una in-demnización por importe de 6.997,50 eurosy al pago de los salarios dejados de percibirhasta la fecha que ascienden a 6.095,60euros, declarando extinguida la relación la-boral existente entre las partes, absolviendode dichas pretensiones al Fondo de GarantíaSalarial, a quien deberán hacérsele las ad-vertencias de rigor para los supuestos legal-mente previstos.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del recurso desuplicación que en su caso se formule contrala sentencia.»

Debe decir:

«Fallo

Que debía estimar la demanda interpues-ta por doña Sonia Moreira Botia en concep-to de despido contra “Conydesa EmpresaConstructora, Sociedad Limitada”, decla-rándolo improcedente, y condenando a laempresa demandada a que le abone una in-demnización por importe de 9.382,50 eurosy al pago de los salarios dejados de percibirhasta la fecha que ascienden a 8.173,20euros, declarando extinguida la relación la-boral existente entre las partes, absolviendode dichas pretensiones al Fondo de GarantíaSalarial, a quien deberán hacérsele las ad-vertencias de rigor para los supuestos legal-mente previstos.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del recurso desuplicación que en su caso se formule contrala sentencia.»

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,don Juan José del Águila Torres.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Conydesa Empresa Construc-tora, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.095/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 274 de 2009-B de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Royer Oldine Cubas, contra la empresa“Alisnava Construcciones, Sociedad Limi-tada”, se ha acordado por providencia de fe-cha 2 de octubre de 2009 citar a “AlisnavaConstrucciones, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 18 de noviembre de 2009, a las nuevehoras, en la Sala de audiencias de este Juz-gado, para la celebración de comparecenciaprevista en los artículos 278 y 284 de la Leyde Procedimiento Laboral, que solo versarásobre la falta de readmisión, así como la im-posibilidad de readmitir al trabajador porcese o cierre de la empresa, a la que deberáacudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia que sino acudiese la parte demandante se le tendrápor desistida de su petición, en tanto que siel ausente fuese el empresario (por sí o le-galmente representado) el acto se celebrarásin su presencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alisnava Construcciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.400/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 51 de 2009-B de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Fernando Torresano Martín, contra laempresa “Baena Mata Transportes, Socie-dad Limitada”, se ha acordado por provi-dencia de esta fecha citar a “Baena MataTransportes, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, a fin de que comparezca eldía 19 de noviembre de 2009, a las nuevehoras, en la Sala de audiencias de este Juz-gado, para la celebración de comparecenciaprevista en los artículos 278 y 284 de la Leyde Procedimiento Laboral, que solo versarásobre la falta de readmisión, así como la im-posibilidad de readmitir al trabajador porcese o cierre de la empresa, a la que deberá

acudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia que sino acudiese la parte demandante se le tendrápor desistida de su petición, en tanto que siel ausente fuese el empresario (por sí o le-galmente representado) el acto se celebrarásin su presencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Baena Mata Transportes, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.412/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 133 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro Bueno Blázquez y doña MaríaÁngeles del Amo Artacho, contra la empre-sa “Fundiciones Ardoz, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado auto deejecución, cuya parte dispositiva es del te-nor literal siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Pedro Bueno Blázquez y doña MaríaÁngeles del Amo Artacho, contra la empre-sa “Fundiciones Ardoz, Sociedad Limita-da”, por un principal de 168.345,11 euros,más 10.101 euros en concepto de interesesy 16.835 euros de costas calculadas provi-sionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,Servicio de Índices del Registro de la Pro-piedad, Gerencia del Centro de Gestión Ca-tastral, Oficina de Averiguación Patrimonialy también al señor director de la AgenciaTributaria, a fin de que comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad a la ejecutada porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de la deudo-ra de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 76 B.O.C.M. Núm. 259

(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de la ejecutada, interesándosea su vez la correspondiente anotación y con-siguiente certificación, así como el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a la ejecutada hastacubrir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrase lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519y siguientes del Código Penal y 893 del Có-digo de Comercio), e indicándoseles que de-ben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Fundiciones Ardoz, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.089/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 137 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Youssef Bouchouari, contra la empresa“Solados Garcigres, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado auto de ejecu-ción, cuya parte dispositiva es del tenor lite-ral siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Youssef Bouchouari, contra “SoladosGarcigres, Sociedad Limitada”, por un prin-cipal de 580 euros, más 35 euros en concep-to de intereses y 58 euros de costas calcula-das provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,Servicio de Índices del Registro de la Pro-piedad, Gerencia del Centro de Gestión Ca-tastral, Oficina de Averiguación Patrimonialy también al señor director de la AgenciaTributaria, a fin de que comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad a la ejecutada porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de la deudo-ra de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de la ejecutada, interesándosea su vez la correspondiente anotación y con-siguiente certificación, así como el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a la ejecutada hastacubrir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,

así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrase lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519y siguientes del Código Penal y 893 del Có-digo de Comercio), e indicándoseles que de-ben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Be-nito Raboso del Amo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Solados Garcigres, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.245/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 131 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Azahara Broncazo Barruz, contra la

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 77

empresa “Inmobiliaria Hermanos Mariblan-ca 1962, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado auto de ejecución, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Azahara Broncazo Barruz, contra “In-mobiliaria Hermanos Mariblanca 1962, Socie-dad Limitada”, por un principal de 1.874,30euros, más 299 euros en concepto de intere-ses y de costas calculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,Servicio de Índices del Registro de la Pro-piedad, Gerencia del Centro de Gestión Ca-tastral, Oficina de Averiguación Patrimonialy también al señor director de la AgenciaTributaria, a fin de que comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad a la ejecutada porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de la deudo-ra de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de la ejecutada, interesándosea su vez la correspondiente anotación y con-siguiente certificación, así como el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a la ejecutada hastacubrir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrase lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519y siguientes del Código Penal y 893 del Có-digo de Comercio), e indicándoseles que de-ben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Inmobiliaria Hermanos Mari-blanca 1962, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.093/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 132 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antolín Fernández Verdeja, contra laempresa “Grifo Loco, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecu-ción de fecha 29 de septiembre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Antolín Fernández Verdeja, contra“Grifo Loco, Sociedad Limitada”, por unprincipal de 1.473,32 euros, más 88 euros enconcepto de intereses y 147 euros de costascalculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,Servicio de Índices del Registro de la Pro-piedad, Gerencia del Centro de Gestión Ca-tastral, Oficina de Averiguación Patrimonialy también al señor director de la AgenciaTributaria, a fin de que comunique a esteJuzgado si por parte de la Hacienda Públicase adeuda alguna cantidad a la ejecutada porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de la deudo-ra de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de la ejecutada, interesándosea su vez la correspondiente anotación y con-siguiente certificación, así como el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a la ejecutada hastacubrir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrase lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519y siguientes del Código Penal y 893 del Có-digo de Comercio), e indicándoseles que de-ben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Ga-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 78 B.O.C.M. Núm. 259

rantía Salarial a los fines expresados en elrazonamiento jurídico séptimo.

f) En cuanto al tercer otrosí digo, en elmomento procesal oportuno se acordará so-bre los honorarios profesionales del letradode la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grifo Loco, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.090/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López Jacoiste Rico, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 321 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ángel Luis Fernández Díaz, contra laempresa “New Nel Dos, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Habiendo visto don Rafael Monzón Rio-boo, magistrado-juez sustituto del Juzgadode lo social número 23 de Madrid, los pre-sentes autos número 321 de 2009, sobre can-tidad, seguidos entre partes; de una, comodemandante, don Ángel Luis FernándezDíaz, asistido de la letrada doña María de laO Amestoy García, y de otra, como deman-dados, la empresa “New Nel Dos, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, hapronunciado en nombre del Rey la siguientesentencia:

Fallo

Estimando la demanda formulada por donÁngel Luis Fernández Díaz, contra la empre-sa “New Nel Dos, Sociedad Limitada”, debocondenar y condeno a la empresa demanda-da a que abonen a la parte actora 2.305,36

euros, más el 10 por 100 de la mencionadacantidad en concepto de interés por mora.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma podrán interponer recurso de suplicaciónpara ante la Sala de lo social del TribunalSuperior de Justicia de Madrid, el cual debe-rá ser anunciado por escrito o comparecen-cia en el término de cinco días a contar des-de el siguiente al de la notificación de lasentencia y con expresa advertencia de quede ser el recurrente la empresa demandadadeberá exhibir ante este Juzgado el resguar-do acreditativo de haber depositado en la“Cuenta de recursos” de este Juzgado de losocial número 23, número de identifica-ción 0030/1143/45/2521, abierta en el“Banco Español de Crédito” (“Banesto”),oficina sita en la calle Orense, número 19,de esta ciudad, la cantidad objeto de conde-na, pudiendo sustituirse la consignación enmetálico por el aseguramiento medianteaval bancario en el que deberá hacerse cons-tar la responsabilidad solidaria del avalista,y acreditar también haber depositado en laindicada cuenta la cantidad de 150,25 eurospreceptiva legalmente para recurrir, sin cu-yos requisitos no se tendrá por anunciado di-cho recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “New Nel Dos, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.969/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 333 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donDavid Ortuste Arancibia, contra la empresa“Jisarte, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 448 de 2009En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Ha-

biendo visto el ilustrísimo señor don RafaelMonzón Rioboo, magistrado-juez en fun-ciones de sustitución del Juzgado de lo so-cial número 23 de esta ciudad, los presentesautos de juicio verbal número 333 de 2009,sobre reclamación de cantidad, seguidos en-tre partes: de una, como demandante, donDavid Ortuste Arancibia, asistido del letra-do señor López de Lara, y de otra, como de-mandada, “Jisarte, Sociedad Limitada”, queno compareció pese a estar citada en forma,

ha pronunciado en nombre de Su Majestadel Rey la siguiente sentencia.

FalloEstimando la demanda formulada por

don David Ortuste Arancibia, contra la em-presa “Jisarte, Sociedad Limitada”, debocondenar y condeno a la empresa demanda-da a que abone a la parte actora 6.020,05euros, más el 10 por 100 de la mencionadacantidad en concepto de interés por mora.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma podrán interponer recurso de suplicaciónpara ante la Sala de lo social del TribunalSuperior de Justicia de Madrid, el cual debe-rá ser anunciado por escrito o comparecen-cia en el término de cinco días, a contar des-de el siguiente al de la notificación de lasentencia.

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Jisarte, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.970/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López Jacoiste Rico, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.006 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Armando Sánchez Nogales, contra laempresa “Gigatain Spain, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Fallo

Que estimando parcialmente la demandapromovida por don Armando Sánchez No-gales, frente a la empresa “Gigatain Spain,Sociedad Limitada”, en reclamación de can-tidad, condeno a la demandada a que aboneal demandante la cantidad de 14.840,16euros, por los conceptos reclamados en sudemanda.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gigatain Spain, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido elpresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 79

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.887/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López Lacoiste Rico, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 87 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMaría Teresa Solana Pérez, contra la empre-sa “Lanze Logística, Sociedad Anónima”,sobre ordinario, se ha dictado auto, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Se aprueba la tasación de cos-tas por importe de 23,13 euros y liquidaciónde intereses practicada por la suma de 1,58euros, a cuyo pago resulta condenada la par-te demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades re-sultantes de la tasación practicada, librándo-se al efecto los oportunos mandamientos afavor de la actora, doña María Teresa SolanaPérez, por importe de 1,58 euros en conceptode abono de intereses y por importe de 10,56euros.

Y quedando pendiente de abonar la canti-dad de 12,57 euros por las costas tasadas, es-tando la demandada desaparecida, se acuer-da el embargo por dicho importe de lacuenta bancaria de la que es titular la ejecu-tada en “Caixa Catalunya”, librándose a talfin el correspondiente oficio.

Notifíquese la presente a las partes, ha-ciéndoles saber que la misma es firme y nocabe contra ella recurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lanze Logística, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.968/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO

Doña Marta Fernández Salomón, secretariade lo social del número 24 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Benito Galán Fragoso,contra Fondo de Garantía Salarial y “Ferra-llas y Encofrados del Valle, Sociedad Limi-tada”, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 797 de 2009, se haacordado citar a “Ferrallas y Encofrados delValle, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, a fin de que comparezca el día 8 de

febrero de 2010, a las nueve y cincuenta ho-ras de su mañana, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas delJuzgado de lo social, sito en la calle Herna-ni, número 59, debiendo comparecer perso-nalmente o mediante persona legalmenteapoderada y con todos los medios de pruebade que intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Ferrallas yEncofrados del Valle, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.756/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 169 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Khalid Bouskhar, contra la empresa“Actúa Prevención Integral, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado auto defecha 2 de octubre de 2009, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

a) Proceder a la ejecución del título men-cionado en los hechos de la presente resolu-ción solicitada por don Khalid Bouskhar,don Amín el Hafio, don Paolo Cris Bahamon-des Yainte, don José Alfonso Ramos Maleza,contra “Actúa Prevención Integral, Socie-dad Limitada”, por un importe de 24.367,03euros de principal, más 2.436,69 eurosy 1.827,52 euros para costas e intereses quese fijan provisionalmente.

b) Acumular las ejecuciones núme-ros 191 de 2009, 193 de 2009 y 195 de 2009a 169 de 2009, seguidas en este Juzgadocontra “Actúa Prevención Integral, Socie-dad Limitada”.

Número de ejecución, 169 de 2009; prin-cipal, 6.262,32 euros; intereses, 469,67euros; costas, 626,23 euros.

Número de ejecución, 191 de 2009; prin-cipal, 11.266,61 euros; intereses, 844,99euros; costas, 1.126,66 euros.

Número de ejecución, 193 de 2009; prin-cipal, 4.789,45 euros; intereses, 359,21euros; costas, 478,94 euros.

Número de ejecución, 195 de 2009; prin-cipal, 2.048,65 euros; intereses, 153,65euros; costas, 204,86 euros.

Número de ejecución, 185 de 2009 y acu-mulados números 191 de 2009, 193 de 2009y 195 de 2009; principal, 24.367 euros; inte-

reses, 1.827,52 euros; costas, 2.436,69euros.

Afectándose los bienes embargados, ensu caso, en las distintas ejecuciones acumu-ladas para responder de la totalidad de lascantidades por las que se ha despachado eje-cución. Déjese constancia de tal acumula-ción en los libros de registro de este Juzga-do y estese al resultado de las diligenciasacordadas. Y, con su resultado, se acordarálo procedente.

c) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la parte ejecutada simultáneamen-te a través del Servicio Común de Notifica-ciones y Embargos y mediante edictos com-prensivos de la parte dispositiva, que sepublicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposi-ción que pueda formularse por el ejecutadoen el plazo de diez días por defectos proce-sales o por motivos de fondo. (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Actúa Prevención Integral, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.943/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 185 de 2009, acumuladonúmero 189 de 2009, de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don José Ver-gés Balcells, contra la empresa “Proceso Or-ganización de Transporte Ingeniería deControl, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado auto de fecha 2 de octubrede 2009, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 80 B.O.C.M. Núm. 259

solución solicitada por don José Vergés Bal-cells, contra “Proceso Organización deTransporte Ingeniería de Control para el Es-tudio de Líneas, Sociedad Anónima Limita-da”, por un importe de 21.833,64 euros deprincipal, más 2.183,36 euros y 1.637,52euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Acumular las ejecuciones núme-ro 185 de 2009 y 189 de 2009, seguidas eneste Juzgado contra “Proceso Organizaciónde Transporte Ingeniería de Control para elEstudio de Líneas, Sociedad Anónima Li-mitada”.

Número de ejecución, 185 de 2009; prin-cipal, 24.887,37 euros; intereses, 1.866,55euros; costas, 2.488,74 euros.

Número de ejecución, 189 de 2009; prin-cipal, 21.833,64 euros; intereses, 1.637,52euros; costas, 2.183,36 euros.

Número de ejecución, 185 de 2009 y acu-mulada número 189 de 2009; principal,46.721,01 euros; intereses, 3.504,07 euros;costas, 4.672,1 euros.

Afectándose los bienes embargados, ensu caso, en las distintas ejecuciones acumu-ladas para responder de la totalidad de lascantidades por las que se ha despachado eje-cución. Déjese constancia de tal acumula-ción en los libros registro de este Juzgado yestese al resultado de las diligencias acorda-das. Y, con su resultado, se acordará lo pro-cedente.

Modo de impugnarla: contra la mismacabe interponer recurso de reposición anteeste Juzgado en los cinco días hábiles si-guientes al de su notificación, sin perjuiciode su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social (fir-mado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Proceso Organización deTransporte Ingeniería de Control, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido el presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.941/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 375 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Plata Arroyo, contra la empresa“Construcciones Vialja, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-

guiente sentencia de fecha 29 de septiembrede 2009:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por don Jesús Plata Arroyo, contra la em-presa “Construcciones Vialja, Sociedad Li-mitada”, debo declarar y declaro el derechodel demandante a percibir la cantidad totalde 3.436,63 euros por los conceptos que se di-cen en el hecho probado segundo de estasentencia, condenando a la empresa deman-dada a estar y pasar por esta declaración yabonar al demandante los citados importes,así como, en concepto de intereses, la canti-dad de 430,70 euros, lo que hace un totalde 3.867,33 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes yadviértase de que no es firme, ya que contrala misma cabe interponer recurso de supli-cación para ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, de-biendo, en su caso, anunciar el propósito dehacerlo dentro de los cinco días siguientes ala notificación de la misma por conducto deeste Juzgado, bastando para ello la mera ma-nifestación de la parte o de su abogado o re-presentante al hacerle la notificación de lasentencia de su propósito de entablar el re-curso, pudiendo también anunciarse el re-curso por comparecencia o por escrito de laspartes o de su abogado o representante anteeste Juzgado y en el indicado plazo, y si fue-se la empresa demandada quien intentase in-terponer el recurso de suplicación, deberáconsignar el depósito de 150,25 euros en lacuenta corriente denominada “Recurso desuplicación” que con el número 2522 man-tiene este Juzgado de lo social en la mismaentidad bancaria, debiendo el recurrente en-tregar en la Secretaría del Juzgado el corres-pondiente resguardo al tiempo de interponerel recurso de suplicación.

Se advierte además a las partes que deberánhacer constar en los escritos de interposicióndel recurso y de impugnación un domicilio enla sede del Tribunal Superior de Justicia deMadrid a efectos de notificación, dando cum-plimiento a lo dispuesto en el artículo 195 dela Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones Vialja, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.085/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 227 de 1997 (RS 117/98)de este Juzgado de lo social, seguido a ins-tancias de don Arturo Gascón Ruiz, contrala empresa “Ingeniería de Sistemas y Servi-cios, Sociedad Anónima”, sobre despido, seha dictado la resolución con fecha de 7 deabril de 2009 siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretariajudicial, doña Marta Menárguez Salo-món.—En Madrid, a 7 de abril de 2009.

Recibida comunicación procedente delJuzgado de lo Mercantil número 9 de Ma-drid, únase a los autos de su razón. Y con-forme solicita, remítase testimonio relativoal recurso de suplicación interpuesto contrala sentencia de 1 de julio de 1998, dictada enlas presentes actuaciones.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Arturo Gascón Ruiz, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.141/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 362 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jacek Stanislaw Augustynowicz, contrala empresa “Nuevas Tecnologías del Corre-dor del Henares, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre ordinario,se ha dictado sentencia de fecha 29 de sep-tiembre de 2009, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por don Jacek Stanislaw Augustynowiczcontra “Nuevas Tecnologías del Corredordel Henares, Sociedad Limitada”, debo de-clarar y declaro el derecho del demandante apercibir la cantidad total de 205,48 euros porlos conceptos que se dicen en el hecho pro-bado segundo de esta sentencia, condenan-do a la empresa demandada a estar y pasarpor esta declaración y a abonar al deman-dante los citados importe así como, en con-cepto de intereses, la cantidad de 15,40euros, lo que hace un total de 220,88 euros.

Hágase saber al notificar la presente reso-lución que tiene el carácter de firme y contrala misma no cabe recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia la pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Nuevas Tecnologías del Corre-dor del Henares, Sociedad Limitada”, en ig-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 81

norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.084/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 218 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Javier Marín Vásquez, contra la empre-sa “Estructuras Cubiertas y Cerrajerías Nu-mancia, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente sentencia defecha 29 de septiembre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda promovida

por don Javier Marín Vasquez frente a laempresa “Estructuras Cubiertas y CerrajeríasNumancia, Sociedad Limitada”, en recla-mación de cantidad, debo condenar y conde-no a la parte demandante a que abone a lademandante la cantidad de 2.292,04 eurospor los conceptos reclamados en su deman-da, más un 10 por 100 en concepto de inte-rés anual por mora, en proporción al períodotranscurrido desde, el 8 de enero de 2009hasta la fecha.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que la misma esfirme, al no contemplarse legalmente la po-sibilidad de interponer recurso alguno fren-te a la misma, por razón de la inferior cuan-tía de la cantidad reclamada que constituyeel objeto de este proceso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras Cubiertas y Cerra-jerías Numancia, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.077/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 743 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Serhiy Zinchenko, contra la empresa“Pladors Montajes y Decoración, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia de fecha 28 de julio de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

FalloEstimando la demanda formulada por

don Sehiy Zinchenko, frente a la empresa“Pladors Montajes y Decoración, SociedadLimitada”, debo condenar y condeno a la em-presa demandada a abonar al actor la canti-dad de 1.263,51 euros, más el 10 por 100 deinterés por mora.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Pladors Montajes y Decora-ción, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.086/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 307 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donFlavio Elías Martínez, contra la empresa“Proyectos y Construcciones Sunasa, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia de fecha 29 de septiembre de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda presentada

por don Flavio Elías Martínez frente a laempresa “Proyectos y Construcciones Suna-sa, Sociedad Limitada”, en reclamación decantidad, debo condenar como condeno a laempresa demandada a que abone al deman-dante, la cantidad de 2.159,97 euros por losconceptos reclamados en su demanda, másel 10 por 100 de demora sobre la referidacantidad.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma podrán interponer recurso de suplicaciónpara ante la Sala de lo social del TribunalSuperior de Justicia de Madrid, el cual debe-rá ser anunciado por escrito o comparecen-cia en el término de cinco días a contar des-de el siguiente al de la notificación de lasentencia y con expresa advertencia de quede ser el recurrente la empresa demandadadeberá exhibir ante este Juzgado el resguar-

do acreditativo de haber depositado en la“Cuenta de recursos” de este Juzgado de losocial número 23, número de identifica-ción 0030/1143/45/2521, abierta en el“Banco Español de Crédito” (“Banesto”),oficina sita en la calle Orense, número 19,de esta ciudad, la cantidad objeto de conde-na, pudiendo sustituirse la consignación enmetálico por el aseguramiento medianteaval bancario en el que deberá hacerse cons-tar la responsabilidad solidaria del avalista,y acreditar también haber depositado en laindicada cuenta la cantidad de 150,25 eurospreceptiva legalmente para recurrir, sin cu-yos requisitos no se tendrá por anunciado di-cho recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Proyectos y ConstruccionesSunasa, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.088/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 368 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jhon Jairo Cárdenas Marulanda, contrala empresa “Safely Soluciones, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, so-bre ordinario, se ha dictado sentencia de fe-cha 29 de septiembre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

FalloQue estimando la demanda interpuesta por

don Jhon Jairo Cárdenas Marulanda, contra“Safely Soluciones, Sociedad Limitada”,debo declarar y declaro el derecho del deman-dante a percibir la cantidad total de 2.693,90euros por los conceptos que se dicen en elhecho probado segundo de esta sentencia,condenando a la empresa demandada a estary pasar por esta declaración y a abonar al de-mandante los citados importes, así como, enconcepto de intereses, la que corresponda deacuerdo con lo dicho en el fundamento dederecho segundo.

Notifíquese esta sentencia a las partes yadviértase de que no es firme, y que contrala misma cabe interponer recurso de supli-cación para ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, de-biendo, en su caso, anunciar el propósito dehacerlo dentro de los cinco días siguientes ala notificación de la misma por conducto de

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 82 B.O.C.M. Núm. 259

este Juzgado, bastando para ello la mera ma-nifestación de la parte o de su abogado o re-presentante al hacerle la notificación de lasentencia de su propósito de entablar el re-curso, pudiendo también anunciarse el re-curso por comparecencia o por escrito de laspartes o de su abogado o representante anteeste Juzgado y en el indicado plazo, si fuerala empresa demandada quien intentase inter-poner el recurso de suplicación deberá con-signar el depósito de 150,25 euros en lacuenta corriente denominada “Recurso desuplicación” que con el número 2522 man-tiene este Juzgado de lo social en la entidadbancaria “Banesto”, debiendo el recurrenteentregar en la Secretaría del Juzgado el co-rrespondiente resguardo al tiempo de inter-poner el recurso de suplicación.

Se advierte además a las partes que debe-rán hacer constar en los escritos de interposi-ción del recurso y de impugnación un domici-lio en la sede del Tribunal Superior de Justiciade Madrid a efectos de notificación, dandocumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Safely Soluciones, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.419/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 770 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon César Beltrán Aguar, contra la empresa“Aplicaciones y Medios para Telecomuni-caciones, Sociedad Anónima”, sobre ordi-nario, se ha dictado la siguiente sentencia defecha 29 de septiembre de 2009:

Sentencia número 435 de 2009En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—

La ilustrísima señora Soledad Fernández delMazo, magistrada-juez sustituta del Juzgadode lo social número 25, ha visto los pre-sentes autos número 770 de 2009, seguidosentre partes: como demandante, don CésarBeltrán Aguar, mayor de edad, con docu-mento nacional de identidad número y do-micilio que consta en autos, asistido del le-trado don José Luis Navascués Hernández,y como demandados, “Aplicaciones y Me-dios para Telecomunicaciones, SociedadAnónima”, que no comparece pese a estarcitada en legal forma, y Fondo de Garantía

Salarial, representado por la letrada doñaBegoña Criado Escalonilla. Versando losautos sobre extinción de contrato. Dictándo-se la presente resolución en nombre de SuMajestad el Rey y en base al siguiente:

FalloQue desestimando la demanda sobre re-

solución de contrato deducida por don CésarBeltrán Aguar, contra “Aplicaciones y Me-dios para Telecomunicaciones, SociedadAnónima”, y el Fondo de Garantía Salarial,debo absolver y absuelvo a los demandadosde los pedimentos deducidos en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de suplicación para ante el TribunalSuperior de Justicia de la Comunidad deMadrid, Sala de lo social, debiendo anun-ciarlo previamente ante este Juzgado, en eltérmino de cinco días hábiles contados apartir del siguiente de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que seunirá un testimonio a los autos originalespara su notificación y cumplimiento, juz-gando lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Aplicaciones y Medios paraTelecomunicaciones, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.945/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 97 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaPilar Dorado de la Corte y doña ConcepciónRamírez Ramírez, contra la empresa “NewOrthomedical, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado el siguiente auto defecha 1 de octubre de 2009:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “New Ortho-

medical, Sociedad Anónima”, en situación deinsolvencia total por importe de 202.984,09euros, correspondiendo a doña Pilar Doradode la Corte la cantidad de 122.803,02 euros.Insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Y una vez firme, hágase entre-ga de certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

La secretaria judicial (firmado).—El ma-gistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “New Orthomedical, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.078/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 174 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Diego López Betancur, contra la empre-sa “Dkche Kids, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado auto de fecha 21 deseptiembre de 2009, cuyo tenor literal es elsiguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Diego López Betancur, contra “DkcheKids, Sociedad Limitada”, por un principalde 5.592,48 euros, más 335,54 euros en con-cepto de intereses y 559,24 euros de costascalculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase ala averiguación de los mismos, y a tal finexpídanse los correspondientes oficios ymandamientos a la Oficina de Colabora-ción con la Dirección General de Tráfico,al Registro de la Propiedad número 16 deMadrid, a la Oficina de Colaboración conel Catastro, a la Oficina de AveriguaciónPatrimonial y también al señor director dela Agencia Tributaria, a fin de que comuni-que a este Juzgado si por parte de la Ha-cienda Pública se adeuda alguna cantidad ala ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. Y asimismo para que to-dos ellos, y sin perjuicio de las exigenciaslegales, en el plazo máximo de cinco díasfaciliten la relación de todos los bienes oderechos de la deudora de que tengan cons-tancia. Advirtiéndose a las autoridades yfuncionarios requeridos de las responsabi-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 83

lidades derivadas del incumplimiento in-justificado de lo acordado (artículos 75.3y 238.3 de la Ley de Procedimiento Labo-ral). En caso positivo, se acuerda el embar-go de los posibles vehículos propiedad dela ejecutada, interesándose a su vez la co-rrespondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de lascantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cu-brir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y tablón de anuncios de este Juzgado,con la advertencia a la ejecutada que las su-cesivas notificaciones se practicarán en es-trados conforme a lo establecido en el ar-tículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Soledad Fernández del Mazo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Dkche Kids, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.081/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 86 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMery Castillo Figueroa, contra la empresa“Servicios Empresariales de Trabajo Tem-poral Sett ETT, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado el auto de fecha 5 deoctubre de 2009, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Servicios

Empresariales de Trabajo Temporal SettETT, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 2.486,80euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.—La magis-trada-juez de lo social, Soledad Fernándezdel Mazo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Servicios Empresariales deTrabajo Temporal Sett ETT, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.083/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario ju-dicial del Juzgado de lo social número 26de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 225 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis González Cedrón, contra laempresa “Global Markets Audiovisuales,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado auto de aclaración de sentencia,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sen-tencia se aprecia la necesidad de aclararla enel sentido que a continuación se dice:

Donde dice: «Que estimando la deman-da formulada por don José Luis GonzálezCedrón, frente a la empresa demandada“Global Markets Audiovisuales, SociedadLimitada”, debo declarar y declaro impro-cedente el despido del demandante y con-deno a la empresa demandada a estar y pa-sar por tal declaración, y a que abone alactor la cantidad de 7.630,23 euros en con-cepto de indemnización por despido impro-cedente. Y asimismo, debo declarar y de-claro extinguida la relación laboral queunía a las partes, demandante y demanda-da, con fecha de la presente resolución de16 de julio de 2009.»

Debe decir: «Que estimando la deman-da formulada por don José Luis GonzálezCedrón, frente a la empresa demandada“Global Markets Audiovisuales, SociedadLimitada”, debo declarar y declaro impro-cedente el despido del demandante y con-deno a la empresa demandada a estar y pa-sar por tal declaración, y a que abone alactor la cantidad de 7.630,23 euros enconcepto de indemnización por despidoimprocedente. Y condeno abonar los sala-rios de tramitación la cantidad de 4.642,32euros. Y asimismo, debo declarar y decla-ro extinguida la relación laboral que unía alas partes, demandante y demandada, confecha de la presente resolución de 16 de ju-lio de 2009.»

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del recurso desuplicación que en su caso se formule contrala sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,María Henar Merino Senovilla.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Global Markets Audiovisuales,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.079/09)

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 84 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTO

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario delo social del número 26 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña María delCarmen de Bernardo Martínez, contra“Swis Market, Sociedad Limitada”, en re-clamación por ordinario, registrado con elnúmero 971 de 2009, se ha acordado citar a“Swis Market, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, a fin de que comparezca eldía 9 de junio de 2010, a las diez horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 28, sito en la calleOrense, número 22, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Swis Mar-ket, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.406/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 26 DE MADRID

EDICTO

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario delo social del número 26 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña Ana Ma-ría Gómez Fernández, contra “Cotaae,Sociedad Cooperativa”, en reclamación porordinario, registrado con el número 1.035de 2009, se ha acordado citar a “Cotaae, So-ciedad Cooperativa”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 1 de juliode 2010, a las diez y diez horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 26, sito en la calle Orense,número 22, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que deban

revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Cotaae,Sociedad Cooperativa”, se expide la presen-te cédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.410/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 27 DE MADRID

EDICTO

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria de losocial del número 27 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada enel día de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don Carlos Isidro Muñoz Gómez,contra “Partner Hotels & Inns, Sociedad Li-mitada”, “Roficasa, Sociedad Anónima”,“Villamorey, Sociedad Anónima”, “CostaMarina Marbella, Sociedad Anónima”, y“Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limita-da”, en reclamación por despido, registradocon el número 1.040 de 2009, se ha acorda-do citar a “Partner Hotels & Inns, SociedadLimitada”, “Roficasa, Sociedad Anónima”,“Villamorey, Sociedad Anónima”, “CostaMarina Marbella, Sociedad Anónima”, y“Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limita-da”, al no haber podido hacerlo por otros me-dios, a fin de que comparezcan el día 18 denoviembre de 2009, a las once y diez horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 27, sito en la ca-lle Orense, número 22, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AquariaGrupo Hotelero, Sociedad Limitada”, “Ro-ficasa, Sociedad Anónima”, “Villamorey,Sociedad Anónima”, y “Costa Marina Mar-bella, Sociedad Anónima”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.765/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 27 DE MADRID

EDICTO

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria de losocial del número 27 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido a

instancias de don Francisco Javier Fernán-dez Rodríguez, contra “Soluciones Tecnoló-gicas Tekno, Sociedad Limitada”, en recla-mación por ordinario, registrado con elnúmero 490 de 2009, se ha acordado citar a“Soluciones Tecnológicas Tekno, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 8 de marzo de 2010,a las diez y diez horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 27, sito en la calle Orense, núme-ro 22, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Solucio-nes Tecnológicas Tekno, Sociedad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.834/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 116 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alejandro Cebrián Moreno, don Mar-cos Alonso López Zuazo, don Francisco Vi-llaescusa Garrido y don Pablo CastresanaPedraza, contra don Francisco Javier Do-mínguez González, “Valde Ópera, SociedadLimitada”, “T Online TelecomunicationsSpain, Sociedad Anónima Unipersonal”, y“Dutche Telekom”, sobre ordinario, se hadictado auto de fecha 30 de julio de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

AutoEn Madrid, a 30 de julio de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Alejandro Cebrián Moreno, don MarcosLópez Zuazo, don Francisco Villaescusa Ga-rrido y don Pablo Castresana Pedraza, contra“Valde Ópera, Sociedad Limitada”, por unprincipal de 5.501,02 euros, más 550,10euros en concepto de intereses y 550,10 eurosde costas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 85

venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2526/0000/00/0484/08,sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Begoña García Álvarez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Valde Ópera, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/33.948/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 136 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María del Carmen Manzano Expósito,contra la empresa “TR Estena, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-

guiente sentencia, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Auto

En Madrid, a 30 de julio de 2009.

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordoña María del Carmen Manzano Expósito,contra “TR Estena, Sociedad Limitada” porun principal de 9.414,95 euros, más 941,49euros en concepto de intereses y 941,49 eurosde costas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2526/0000/00/0877/08,sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID y tablón de anuncios de este Juzgado,con la advertencia a la ejecutada que las su-cesivas notificaciones se practicarán en es-trados conforme a lo establecido en el ar-tículo 59 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Begoña García Álvarez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “TR Estena, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/33.954/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 122 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Reyes Olmedo, contra la em-presa “Astaviz, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado auto de fecha 30 dejulio de 2009, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

AutoEn Madrid, a 30 de julio de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don José Luis Reyes Olmedo, contra “As-taviz, Sociedad Limitada”, por un principalde 5.824,16 euros, más 582,41 euros en con-cepto de intereses y 582,41 euros de costascalculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2526/0000/00/1160/08,sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con la

Page 57: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 86 B.O.C.M. Núm. 259

advertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Begoña García Álvarez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Astaviz, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/33.959/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 144 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Severo Javier del Río Rubio, don DavidHernández Fernández, don José ManuelSánchez Mahugo y doña Joana Zarza Ara-gonés, contra la empresa “Lahore, SociedadAnónima”, sobre despido, se ha dictado elsiguiente auto de fecha 30 de julio de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

AutoEn Madrid, a 30 de julio de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Severo Javier del Río Rubio, don DavidHernández Fernández, don José ManuelSánchez Mahugo y doña Joana Zarza Ara-gonés, contra “Lahore, Sociedad Anónima”,por un principal de 100.985,91 euros, más10.098,59 euros en concepto de interesesy 10.098,59 euros de costas calculadas pro-visionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-

da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2526/0000/00/0294/09,sito en calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Begoña García Álvarez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lahore, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/33.956/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 42 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJosé Antonio San Segundo Martín, contra laempresa “Raycar, Sociedad Anónima”, so-bre despido, se ha dictado auto de fecha 1 deoctubre de 2009, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

Auto

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legalescitados y demás de general y pertinente apli-cación,

Dispongo: Que con estimación de la ex-cepción de incompetencia de jurisdiccióndeclaro que no ha lugar a la ejecución inte-resada, por encontrarse en concurso la enti-dad “Raycar, Sociedad Anónima”, debiendo

solicitarse dicha ejecución ante el Juzgadode lo mercantil número 7 de Madrid.

Notifíquese esta resolución a las partes alas que se hará saber que contra la mismacabe recurso de reposición en el plazo decinco días siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Raycar, Sociedad Anónima”,en ignorado paradero, expido la presente enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/33.942/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 152 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ángel Organero Raboso, don AntonioRamírez Lucendo, don Daniel Moreno Ma-rín y don David Díaz Moreno, contra la em-presa “Slurrys Asfaltos Zahorras, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado autode fecha 28 de septiembre de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

AutoEn Madrid, a 28 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboralque unía a don Ángel Organero Raboso, donAntonio Ramírez Lucendo, don Daniel Mo-reno Marín y don David Díaz Moreno, conla empresa “Slurrys Asfaltos Zahorras, So-ciedad Limitada”, condenándola a que abonea los trabajadores las siguientes cantidades:

A don Ángel Organero Raboso: 12.550,95euros en concepto de indemnización y16.135,20 euros en concepto de salarios detramitación.

A don Antonio Ramírez Lucendo:68.748,23 euros en concepto de indemniza-ción y 18.127,20 euros en concepto de sala-rios de tramitación.

A don Daniel Moreno Marín: 56.297,03euros en concepto de indemnización y16.135,20 euros en concepto de salarios detramitación.

A don David Díaz Moreno: 4.592,70euros en concepto de indemnización y16.135,20 euros en concepto de salarios detramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 87

al de recibirla (artículo 184.1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Begoña García Álvarez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Slurrys Asfaltos Zahorras, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.950/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Alí Essalehy, contra don BenjamínRocha Durán, en reclamación por ordinario,registrado con el número 418 de 2009, se haacordado citar a don Benjamín Rocha Du-rán, en ignorado paradero, a fin de que com-parezca el día 14 de enero de 2010, a las diezy diez horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 28, sito en la calle Orense, número 22, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Benja-mín Rocha Durán, se expide la presente cé-dula para su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.493/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Catalín Marius Ilie, contra don Gon-zalo Muñoz Aguirre y “Aromas Top, Socie-dad Limitada”, en reclamación por despido,

registrado con el número 1.428 de 2009, seha acordado citar a don Gonzalo MuñozAguirre y “Aromas Top, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezcan el día 12 de noviembre de 2009, alas dieciocho y veinte horas, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 28, sito en la calle Orense, número 22, de-biendo comparecer personalmente o median-te persona legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intenten valer-se, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspende-rán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Gonza-lo Muñoz Aguirre y “Aromas Top, SociedadLimitada”, se expide la presente cédula parasu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.454/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 138 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Eva María Valverde Ballester, contrala empresa “Securitas Seguridad España,Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se hadictado auto de archivo cuya parte dispositi-va es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Archivar la demanda presentada al no ha-ber sido subsanada en legal forma.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a doña Eva María Valverde Ballester,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/34.230/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariade lo social del número 29 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Juan Jesús Blanco Muñoz,contra “Thermal Isolation World Wide, So-ciedad Limitada”, en reclamación por despi-do, registrado con el número 1.186 de 2009,se ha acordado citar a “Thermal IsolationWorld Wide, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, a fin de que comparezca eldía 14 de enero de 2010, a las once horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 29, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ThermalIsolation World Wide, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.839/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento nú-mero 547 de 2007, ejecución número 148de 2007 y acumulada número 5 de 2008 deeste Juzgado de lo social, seguido a instan-cias de don Sergio Martínez Martínez y donJesús Martínez López, contra la empresa“Obras y Proyectos Espín, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Auto

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

Se tiene por subrogado al Fondo de Ga-rantía Salarial en todos los derechos y accio-nes de don Sergio Martínez Martínez y donJesús Martínez López, y cuyo importe totalasciende a 6.266,14 euros y 8.228,22 euros,respectivamente.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 88 B.O.C.M. Núm. 259

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme esta resolución, archívese.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Obras y Proyectos Espín, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.012/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento nú-mero 509 de 2008, ejecución número 148 de2008 y acumulada número 149 de 2008 deeste Juzgado de lo social, seguido a instan-cias de don Miguel Ángel Zarza Ruiz y doñaMaría del Carmen Sánchez Martínez, contrala empresa “Grupo Ayllón Consumibles In-formáticos, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Madrid, a 6 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:Se tiene por subrogado al Fondo de Ga-

rantía Salarial en todos los derechos y accio-nes de don Miguel Ángel Zarza Ruiz y doñaMaría del Carmen Sánchez Martínez, ycuyo importe total asciende a 4.827,62euros y 2.155,77 euros, respectivamente.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme esta resolución, archívese.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Ayllón Consumibles In-formáticos, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido la presente en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.010/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.540 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Julián Carrasco Marta, contra la empre-sa “Hiperestáticas Acrópolis, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Sentencia número 273 de 2009En la ciudad de Madrid, a 10 de junio

de 2009.—Doña María Luisa Gil Meana,magistrada-juez del Juzgado de lo social nú-mero 32 de Madrid, tras haber visto los pre-sentes autos sobre ordinario entre partes: deuna, y como demandante, don Julián Carras-co Marta, que comparece asistido del letradodon Jesús Rodríguez Hernández, y de otra,como demandada, “Hiperestáticas Acrópo-lis, Sociedad Limitada”, en nombre de SuMajestad el Rey ha dictado la siguiente sen-tencia.

FalloQue con estimación de la demanda pre-

sentada por don Julián Carrasco Marta con-tra “Hiperestáticas Acrópolis, Sociedad Li-mitada”, debo condenar y condeno a la partedemandada de los pedimentos deducidos ensu contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, en la calle Orense, número 19, anombre de este Juzgado con el número 2805,acreditando mediante la presentación deljustificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como en el caso de haber sido condena-do en sentencia al pago de alguna cantidadconsignar en la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” abierta en “Banesto”, en la ca-lle Orense, número 19, a nombre de esteJuzgado con el número 2805, la cantidad ob-jeto de condena o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anuncio

de recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Hiperestáticas Acrópolis, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.020/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.273 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Alberto Valero Palomo y don Ma-nuel Valero Alenda, contra la empresa“Construcciones Los Hueros, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Sentencia número 73 de 2009En la ciudad de Madrid, a 16 de febrero

de 2009.—Doña María Luisa Gil Meana,magistrada-juez del Juzgado de lo social nú-mero 32 de Madrid, tras haber visto los pre-sentes autos sobre ordinario entre partes: deuna, y como demandantes, don Luis AlbertoValero Palomo y don Manuel Valero Alen-da, que comparecen asistidos del letradoCarlos Fuentes Varea, y de otra, como de-mandada, “Construcciones Los Hueros, So-ciedad Limitada”, en nombre de Su Majes-tad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

FalloQue con estimación de la demanda pre-

sentada por don Luis Alberto Valero Palo-mo y don Manuel Valero Alenda, contra“Construcciones Los Hueros, Sociedad Li-mitada”, debo condenar y condeno a la par-te demandada a abonar a don Luis AlbertoValero Palomo 6.705,57 euros por los con-ceptos de la demanda y a don Manuel Vale-ro Alensa la suma de 7.285,81 euros, asimis-mo, por los conceptos de la demanda y, enconcepto de interés por mora 670,55 eurosal señor Valero Palomo y 728,58 euros al se-ñor Valero Alenda.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia o

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 89

por simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, en la calle Orense, número 19, anombre de este Juzgado con el número 2805,acreditando mediante la presentación deljustificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como en el caso de haber sido condena-do en sentencia al pago de alguna cantidadconsignar en la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” abierta en “Banesto”, en la ca-lle Orense, número 19, a nombre de esteJuzgado con el número 2805, la cantidad ob-jeto de condena o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones Los Hueros,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.018/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.611 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Lizandro Arias Vallejos, contra la em-presa “Ponsa Reformas, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente

Sentencia número 239 de 2009En la ciudad de Madrid, a 29 de mayo

de 2009.—Doña María Luisa Gil Meana,magistrada-juez del Juzgado de lo social nú-mero 32 de Madrid, tras haber visto los pre-sentes autos sobre ordinario entre partes: deuna, y como demandante, don LizandroArias Vallejos, que comparece asistido de laletrada doña Isabel Ordoñez de BarraicuaVelasco, y de otra, como demandada, “Pon-sa Reformas, Sociedad Limitada”, en nom-bre de Su Majestad el Rey ha dictado la si-guiente sentencia.

FalloQue con desestimación de la demanda

presentada por don Lizandro Arias Vallejos,contra “Ponsa Reformas, Sociedad Limita-da”, debo absolver y absuelvo a la parte de-mandada de los pedimentos deducidos en sucontra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidadde 150,25 euros en la cuenta abierta en “Ba-nesto”, en la calle Orense, número 19, anombre de este Juzgado con el número 2805,acreditando mediante la presentación deljustificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como en el caso de haber sido condena-do en sentencia al pago de alguna cantidadconsignar en la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” abierta en “Banesto”, en la ca-lle Orense, número 19, a nombre de esteJuzgado con el número 2805, la cantidad ob-jeto de condena o formalizar aval bancariopor dicha cantidad en el que se haga constarla responsabilidad solidaria del avalista, in-corporándolos a este Juzgado con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente debe-rá designar letrado para la tramitación delrecurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En Madrid, a 6 de juliode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, paradar cuenta de la recepción de la anterior di-ligencia del Servicio Común de Notificacio-nes y Embargos de los Juzgados de Madrid.Doy fe.

AutoEn Madrid, a 6 de julio de 2009.

Parte dispositiva:Se habilitan las horas posteriores a las

ocho de la tarde para la práctica de diligen-cia de citación por la Comisión Judicial en eldomicilio de la demandada “Ponsa Refor-mas, Sociedad Limitada”, sito en la avenidaVía Lusitana, número 70, primero, 11,28025 Madrid.

Remítase testimonio de esta resolución yde copia de la sentencia de fecha 29 de mayode 2009 al Servicio Común de Notificacio-nes y Embargos de los Juzgados de Madrid,sirviendo el presente auto de mandamientoen forma, pudiendo solicitar, si fuera preci-so, el auxilio de la fuerza pública.

Notifíquese esta resolución a las partes.Así por este auto lo pronuncio, mando y

firmo.—La magistrada-juez de lo social,doña María Luisa Gil Meana.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Ponsa Reformas, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.017/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.644 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Olga Melnik, contra la empresa “Tu-rismo de Rusia, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Sentencia número 300 de 2009En Madrid, a 23 de junio de 2009.—Doña

María Luisa Gil Meana, magistrada-juez delJuzgado de lo social número 32 de Madrid,tras haber visto los presentes autos sobre or-dinario, entre partes: de una, y como deman-dante, doña Olga Melnik, que compareceasistida del letrado don Francisco Javier Za-yas Alcantarilla, y de otra, como demanda-da, “Turismo de Rusia, Sociedad Limitada”,en nombre de Su Majestad el Rey ha dicta-do la siguiente sentencia:

FalloCon estimación de la demanda presenta-

da por doña Olga Melnik, contra “Turismode Rusia, Sociedad Limitada”, debo conde-nar y condeno a la parte demandada a pagara la actora 759,91 euros por los conceptos dela demanda, más 75,99 euros de interés pormora.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella no podrán inter-poner recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PublicaciónLeída y publicada fue la anterior sentencia.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a “Turismo de Rusia, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.016/09)

Page 61: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 90 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 147 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Hidalgo Chaparro, contra la em-presa “Eurocontinental de Mudanzas, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado la siguiente resolución:

AutoEn Madrid, a 1 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Luis Hidalgo Chaparro, contra “Euro-continental de Mudanzas, Sociedad Limi-tada”, por un principal de 47.054,7 euros,más 3.529,10 euros en concepto de interesesy 4.705,47 euros de costas, calculados pro-visionalmente sin perjuicio de ulterior liqui-dación.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2805/0000/64/0147/09,entidad 0030 y oficina 1143, sito en la calleOrense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estrados

conforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así, por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—La magistrada-juez de lo social,María Luisa Gil Meana.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Eurocontinental de Mudanzas,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.009/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.540 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Julián Carrasco Marta, contra la empre-sa “Hiperestáticas Acrópolis, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 10 de juniode 2009.—La extiendo yo, la secretaria ju-dicial, para hacer constar que en el acta dejuicio del día de la fecha la parte actora donJulián Carrasco Marta, desistió de la deman-dada “Estructuras Humma, Sociedad Limi-tada”.

AutoEn Madrid, a 10 de junio de 2009.

Parte dispositiva:Se tiene por desistido a don Julián Carras-

co Marta de su demanda frente a “Estructu-ras Humma, Sociedad Limitada”, y una vezfirme esta resolución, archívese respecto dela misma.

Notifíquese la resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—La magistrada-juez de lo social,María Luisa Gil Meana.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Hiperestáticas Acrópolis, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.022/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento nú-mero 1.036 de 2007, ejecución número 95de 2008 y acumulada 96 de 2008 de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Paolo Alonso García y don David Gon-zález Pastor, contra la empresa “Color Di-gital Fotomecánica, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado la siguiente reso-lución:

AutoEn Madrid, a 5 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:Se tiene por subrogado al Fondo de Ga-

rantía Salarial en todos los derechos y accio-nes de don Paolo Alonso García y don Da-vid González Pastor y cuyo importe totalasciende a 2.731,56 euros y 1.898,22 euros,respectivamente.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme esta resolución archívese.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Color Digital Fotomecánica,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.308/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Demetrio Moreno Aranda,contra “Construcción Directa Madrid, Socie-dad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 665 de 2009,

Page 62: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 91

se ha acordado citar a “Construcción Direc-ta Madrid, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 25de noviembre de 2009, a las diez y treintahoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 32, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Construc-ción Directa Madrid, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.524/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Lidia Alonso Díaz, con-tra “Servisegur XXI Consultores, SociedadLimitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 1.464 de 2009, se haacordado citar a “Servisegur XXI Consulto-res, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día 10 denoviembre de 2009, a las dieciséis y cuaren-ta horas, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 32, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ServisegurXXI Consultores, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 13 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.531/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Beatriz Martín Sáez, con-tra “Laboratorio Puerta Dental, SociedadLimitada”, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 1.230 de 2009, se haacordado citar a “Laboratorio Puerta Dental,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 16 de diciem-bre de 2009, a las ocho y cincuenta horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 32, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Laborato-rio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.521/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Ana María Gómez Leiva,contra “Laboratorio Puerta Dental, Socie-dad Limitada”, en reclamación por despido,registrado con el número 1.112 de 2009, seha acordado citar a “Laboratorio PuertaDental, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 16de diciembre de 2009, a las nueve horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 32, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que deban

revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Laborato-rio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.468/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Juan Carlos Barbacil So-peña, contra “Estudios, Obras y ProyectosElectricidad, Sociedad Anónima”, en recla-mación por despido, registrado con el núme-ro 1.130 de 2009, se ha acordado citar a “Es-tudios, Obras y Proyectos Electricidad,Sociedad Anónima”, y a don Juan CarlosBarbacid Sopeña, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 16 de diciem-bre de 2009, a las nueve y diez horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 32, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Estudios,Obras y Proyectos Electricidad, SociedadAnónima”, y a don Juan Carlos BarbacidSopeña, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.469/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria delo social del número 32 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña Inés Masedo Béjar, con-tra don Bernardo María Pinazo Osuna, donArmando Betancor Álamo, don Miguel Es-pinosa Camacho, Fondo de Garantía Salarial,“Grupo Astunosa, Sociedad Limitada”, “To-ledo Verde, Sociedad Limitada”, “Astunosa

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Gestión y Servicios, Sociedad Limitada”, y“Viajes Promochina Express, Sociedad Li-mitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 1.195 de 2008, se haacordado citar a don Bernardo María PinazoOsuna, don Armando Betancor Álamo, “Gru-po Astunosa, Sociedad Limitada”, “ToledoVerde, Sociedad Limitada”, “Astunosa Ges-tión y Servicios, Sociedad Limitada”, “Via-jes Promochina Express, Sociedad Limitada”,“Astunosa Servicios Inmobiliarios” y “Astu-nosa Obras y Construcciones, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, a fin de que com-parezcan el día 20 de noviembre de 2009, alas nueve horas de su mañana, para la cele-bración de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 32, sito en la calle Hernani, número 59,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Bernar-do María Pinazo Osuna, don Armando Betan-cor Álamo, “Grupo Astunosa, Sociedad Li-mitada”, “Toledo Verde, Sociedad Limitada”,“Astunosa Gestión y Servicios, Sociedad Li-mitada”, “Viajes Promochina Express, Socie-dad Limitada”, “Astunosa Servicios Inmobi-liarios” y “Astunosa Obras y Construcciones,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.403/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 32 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 32de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 683 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Gutiérrez López, contra laempresa “Compañía de Automoción Indus-trial y Obra Civil, Sociedad Limitada”, so-bre movilidad geográfica y funcional, se hadictado la siguiente resolución:

ActaEn Madrid, a 7 de octubre de 2009.—

Ante la ilustrísima señora magistrada-juezde este Juzgado de lo social número 32 deMadrid, doña María Luisa Gil Meana, y conmi asistencia, la secretaria judicial, doñaEmilia Morales Muñoz, comparecen: comoparte demandante, don José Luis GutiérrezLópez, con documento nacional de identi-dad número 5016972-G, asistido del letrado

don José Luis González del Moral, con nú-mero de colegiado 61.544, y como parte de-mandada, “Compañía de Automoción In-dustrial y Obra Civil, Sociedad Limitada”,no comparece, constando en autos habersido citada en legal forma.

Su señoría acuerda la suspensión de losactos de conciliación y/o juicio señalados,alegando los siguientes motivos: por estar ala espera de la firmeza de la sentencia de losautos de resolución de contrato número 353de 2009 del Juzgado de lo social número 39de Madrid.

Su señoría ilustrísima, a la vista de lo mani-festado por las partes, acuerda la suspensiónde los actos de conciliación y/o juicios seña-lados, dejándolo sin nuevo señalamiento.

Dándose por notificadas las partes delpresente acuerdo, termina esta comparecen-cia firmando este acta los que en la mismaintervienen después de su señoría ilustrísi-ma, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Compañía de Automoción In-dustrial y Obra Civil, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presente enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.425/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 290 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Mercedes Vicente Martínez y doñaSusana González Caballero, contra la em-presa “Fincas Corral, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre ordinario,se ha dictado auto de aclaración de 1 de oc-tubre de 2009, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Dispongo: Que debo estimar la solicitudde aclaración, rectificando el error materialreiterado en los términos que hemos hechoconstar en el único razonamiento de esta re-solución. Infórmese a las partes que la pre-sente resolución reabre los plazos paraanunciar recurso de suplicación, con losmismos requisitos que contra la sentenciaaclarada.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Fincas Corral, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.309/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 409 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Patricia Vázquez Fernández, contra laempresa “Torreimno M50 Publicidad, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado sentencia, cuyo fallo literal es el si-guiente:

FalloQue debo estimar la demanda interpuesta

por doña Patricia Vázquez Fernández, con-tra “Torreimno M50 Publicidad, SociedadLimitada”, y en su virtud, condenar a esta aque le satisfaga la suma de 649,80 euros,más el interés moratorio del artículo 29.3 dela Ley del Estatuto de los Trabajadores (10por 100 anual), sobre los conceptos salaria-les que son todos los reclamados.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que es firme y contra ellano cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Torreimno M50 Publicidad,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.310/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.453 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jiuben Raúl Cabrera de la Cruz, contradoña Lidia Isabel Caso Álvarez, sobre des-pido, se ha dictado la siguiente providencia:

Por turnada a este Juzgado la anterior de-manda de consignación-despido instada pordoña Lidia Isabel Caso Álvarez, con arregloa lo prevenido en el artículo 56.2 del Estatu-to de los Trabajadores en su vigente redac-ción, póngase a disposición del trabajadordon Jiuben Raúl Cabrera de la Cruz la canti-dad consignada de 654,25 euros en concep-to de indemnización por despido, una vezconste documentalmente su importe ingre-sado en la “Cuenta de depósitos y consigna-

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ciones” que este Juzgado tiene abierta en laentidad “Banesto”.

No obstante de lo anterior, infórmese al in-teresado que deberá de confirmar que la can-tidad le puede ser entregada antes de compare-cer en este Juzgado, mediante comunicacióntelefónica a los números 914 935 394ó 914 935 335 (días de pago martes y jueves,en horario de oficina, de nueve y treinta acatorce horas), debiendo acreditar su identi-dad a través del documento nacional deidentidad, pasaporte o carnet de conducir enla Secretaría de este Juzgado para efectuar elpago correspondiente, haciendo constarigualmente a la parte de que el mandamien-to de pago caduca a los tres meses desde lafecha de su expedición. Sin perjuicio de loanterior, el interesado tendrá igualmente laopción de en el plazo de cinco días presen-tar escrito a este Juzgado, donde conste lacuenta corriente donde desea le sea transfe-rido el importe puesto a su disposición, sien-do requisito indispensable que dicha cuentasea de la titularidad de la persona del bene-ficiario.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Jiuben Raúl Cabrera de laCruz, en ignorado paradero, expido la pre-sente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.312/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda, número 971 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Riego Valenzuela, contra la em-presa “Circuitos Multimedia, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado sen-tencia de fecha 5 de octubre de 2009, cuyofallo literal es el siguiente:

FalloQue debo estimar la demanda interpuesta

por don José Carlos Riego Valenzuela, con-tra “Circuitos Multimedia, Sociedad Limita-da”, declarando la resolución del contrato detrabajo que vincula a las partes y condenan-do a la empresa a que esté y pase por dichadeclaración y a que le satisfaga una indem-nización rescisoria de 4.302,38 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación

ante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, el cual deberá anunciarse ante este Juz-gado dentro de los cinco días siguientes a lanotificación de esta resolución, bastandopara ello la mera manifestación de la parte ode su abogado o su representante al hacerlela notificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes de su abogado o de surepresentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anunciarel recurso haber consignado la cantidad ob-jeto de condena en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” que tiene abierta este Juz-gado con el número 5034, en la oficina del“Banco español de Crédito” (“Banesto”), enla calle Orense, número 19, de esta capital.

Asimismo, deberá en el momento deinterponer el recurso acreditar haber con-signado la suma de 150,25 euros en con-cepto de depósito en la cuenta, haciendoconstar en el ingreso el número de proce-dimiento.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Circuitos Multimedia, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.313/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretariode lo social del número 34 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña SusanaBustamante García, contra Fondo de Garan-tía Salarial y “Tiendas Cadena Imagen, So-ciedad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 613 de 2009, seha acordado citar a Fondo de Garantía Sala-rial y “Tiendas Cadena Imagen, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezcan el día 11 de enero de 2010, a lasdiez y cuarenta horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y, ensu caso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social número34, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o median-te persona legalmente apoderada y con todoslos medios de prueba de que intenten valerse,con la advertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Fondo deGarantía Salarial y “Tiendas Cadena Ima-gen, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.399/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.375 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Miguel Arias Sánchez, contra InstitutoNacional de la Seguridad Social, TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, “Gestión In-mobiliaria Carmen & Adelia, Sociedad Li-mitada”, sobre Seguridad Social, se ha dic-tado auto, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Dispongo: Tener por desistida a la parterecurrente, don Miguel Arias Sánchez, delrecurso de suplicación interpuesto contra lasentencia dictada en este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

La secretaria judicial (firmado).—El ma-gistrado-juez de lo social, José Antonio Ca-pilla Bolaños.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gestión Inmobiliaria Carmen& Adelia, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.023/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria de lo social del número 35 de losde Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de don David Isidro López, contra elFondo de Garantía Salarial y “Grupo Wor-ldplac Meg, Sociedad Limitada”, en recla-

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mación por cantidad, registrado con el nú-mero 433 de 2009, se ha dictado sentencia,cuyo encabezamiento y fallo son del tenorliteral siguiente:

Sentencia número 438 de 2009En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—

Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 35, don JoséAntonio Capilla Bolaños, los presentesautos número D-433 de 2009, seguidos ainstancias de don David Isidro López, quecomparece asistido del letrado don Fernan-do Esteban Muñoz, y de la otra, como de-mandados, Fondo de Garantía Salarial y“Grupo Worldplac Meg, Sociedad Limita-da”, que no comparecieron al acto de juicio,en reclamación sobre cantidad, en nombrede Su Majestad el Rey ha pronunciado la si-guiente sentencia.

FalloQue estimando como estimo la demanda

de cantidad formulada por don David IsidroLópez, contra “Grupo Worldplac Meg, Socie-dad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial,debo condenar y condeno a la empresa de-mandada al pago al actor de 5.447,94 eurosque se incrementarán en un 10 por 100.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarialsin perjuicio de sus responsabilidades lega-les que afectarán a los conceptos salarialesreclamados.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la canti-dad objeto de condena en la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” que tiene abiertaeste Juzgado con el número de cuen-ta 2808/0000/00/0433/09, en el “Banco Es-pañol de Crédito” (“Banesto”), en la calleOrense, número 19, de Madrid (haciendoconstar en el ingreso el número de expe-diente).

Asimismo, deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de 150,25euros (25.000 pesetas) en concepto de de-pósito en dicha cuenta bancaria (haciendoconstar en el ingreso el número de proce-dimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “GrupoWorldplac Meg, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, se expide el presente edic-to para su publicación en el BOLETÍN OFI-

CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, asícomo para su colocación en el tablón deanuncios de este Juzgado, expido y firmo elpresente.

Madrid, a 2 de octubre de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/34.316/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariasustituta de lo social del número 35 de losde Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de doña María del Mar Díaz Pérez ydoña Ana María Rivero Cano, contra donRomán Álvarez Kadjar, doña Cristina Gon-zález Restrepo, “Silver and More, SociedadLimitada”, “Shahtouch, Sociedad Limita-da”, y Fondo de Garantía Salarial, en recla-mación por cantidad, registrado con el nú-mero 455 de 2009 y acumulado número 456de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo enca-bezamiento y fallo son del tenor literal si-guiente:

Sentencia número 445 de 2009En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Vis-

tos por el ilustrísimo señor magistrado-juezde lo social del número 35, don José Anto-nio Capilla Bolaños, los presentes autos nú-mero D-455 de 2009 y acumulado número456 de 2009, seguidos a instancias de doñaMaría del Mar Díaz Pérez y doña Ana Ma-ría Rivero Cano, representadas por el letra-do don Jorge Juan Candara Maeztu, y de laotra, como demandados, don Román Álva-rez Kadjar, doña Cristina González Restre-po, “Silver and More, Sociedad Limitada”,y “Shahtouch, Sociedad Limitada”, que nocomparecieron al acto de juicio, y Fondo deGarantía Salarial, en reclamación sobre can-tidad, en nombre del Rey ha pronunciado lasiguiente sentencia.

FalloQue estimando como estimo las deman-

das de cantidad formuladas por doña Maríadel Mar Díaz Pérez y doña Ana María Rive-ro Cano, contra “Silver and More, SociedadLimitada”, “Shahtouch, Sociedad Limita-da”, don Román Álvarez Kadjar, doña AnaCristina González Restrepo y Fondo de Ga-rantía Salarial, debo condenar y condeno alos demandados de forma solidaria al pago alas actoras de las cantidades respectivas de5.071,20 euros y 6.265,43 euros, que se in-crementarán en un 10 por 100 de mora.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarialsin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifica-ción de aquella de su propósito de entablar-

lo, o bien por comparecencia o por escritode las partes, de su abogado o su represen-tante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la canti-dad objeto de condena en la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” que tiene abier-ta este Juzgado con el número de cuen-ta 2808/0000/00/0455/09, en el “Banco Espa-ñol de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense,número 19, de Madrid (haciendo constar enel ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de notificación a don Ro-mán Álvarez Kadjar, doña Cristina Gonzá-lez Restrepo, “Silver and More, SociedadLimitada”, y “Shahtouch, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, se expide el pre-sente edicto para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,así como para su colocación en el tablón deanuncios de este Juzgado, expido y firmo elpresente.

Madrid, a 6 de octubre de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/34.314/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 164 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Águeda López Martín, contra donMarcelo Fabián Tobaldi, sobre despido, seha dictado auto el día de la fecha, cuya par-te dispositiva es la siguiente:

a) Declarar al ejecutado don MarceloFabián Tobaldi, en situación de insolvenciatotal por importe de 7.124,04 euros. Insol-vencia que se entenderá, a todos los efectos,como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado, y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes del ejecutado.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Marcelo Fabián Tobaldi, enignorado paradero, expido la presente para

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 95

su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.554/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en ese Juzgado a ins-tancias de don Ignacio Berzal Marín, contrala empresa “Virtual Fair Group Holding,Sociedad Limitada”, registrado con el nú-mero 269 de 2008, ejecución número 201de 2009, de este Juzgado de lo social, se hadictado auto del tenor literal siguiente:

AutoEn Madrid, a 5 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Ignacio Berzal Marín, contra “VirtualFair Group Holding, Sociedad Limitada”,por un importe de 5.716,31 euros de princi-pal, más 429 euros y 572 euros para costas eintereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente para cubrirdichas cantidades, y desconociéndose bienesconcretos, procédase a la averiguación delos mismos, y a tal fin expídanse los corres-pondientes oficios y mandamientos al señorjefe provincial de Tráfico, ilustrísimo señoralcalde, Servicio de Índices del Registro dela Propiedad y también al señor director de laAgencia Tributaria, a fin de que comuniquea este Juzgado si por parte de la HaciendaPública se adeuda alguna cantidad a la eje-cutada por el concepto de devolución por elimpuesto sobre la renta de las personas físi-cas, impuesto sobre el valor añadido o cual-quier otro. Y asimismo, para que todos ellos,y sin perjuicio de las exigencias legales, enel plazo máximo de cinco días faciliten la re-lación de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia. Advir-tiéndose a las autoridades y funcionarios re-queridos de las responsabilidades derivadasdel incumplimiento injustificado de lo acorda-do (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehículospropiedad de la ejecutada, interesándose a suvez la correspondiente anotación y consi-guiente certificación, así como el embargode las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a la ejecutada hastacubrir la cantidad objeto de apremio, intere-sándose la remisión de las mismas a la “Cuen-ta de depósitos y consignaciones” abiertapor este Juzgado en “Banesto”, cuenta co-rriente número 2808/0000/00/0269/09, sitoen la calle Orense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,

así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículos 519y siguientes del Código Penal y 893 del Có-digo de Comercio), e indicándoseles que de-ben contestar al requerimiento en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación, bajo los apercibimientos de-rivados de lo establecido en los artículos 75y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Líbrese testimonio de la presente resolu-ción al Servicio Común de Notificaciones yEmbargos del Decanato de los Juzgados deMadrid a fin de que proceda al embargo debienes en el domicilio de la demandada encuantía suficiente para cubrir las responsa-bilidades a que asciende la presente ejecu-ción.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes. A la parte demandada notifíquese através de su representante legal único, donPablo Martínez-Echeverría Castillo, y “adcautelam”, líbrese oficio dirigido al BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, para su oportuna comunicación.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días, por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos. Doy fe.—La secretariajudicial (firmado).—El magistrado-juez delo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Virtual Fair Group Holding,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, así como para su colocación en eltablón de anuncios de este Juzgado, expidoy firmo la presente.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.559/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 45 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donFélix Miguel Cantón Díaz, contra la empre-sa “Encofrados Los Barreiros, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda.a) Declarar a la ejecutada “Encofra-

dos Los Barreiros, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia total por im-porte de 12.168,18 euros. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como pro-visional.

b) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Hágase entrega de certifica-ción a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barreiros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.025/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 53 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJuan Miguel Linares Corral, contra la em-presa “Encofrados Los Barreiros, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 96 B.O.C.M. Núm. 259

solución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda.a) Declarar a la ejecutada “Encofrados

Los Barreiros, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de15.339,88 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Hágase entrega de certifica-ción a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barreiros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.024/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 207 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mohamed Anouar el Hadri, contra laempresa “Encofrados Los Barreiros, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoresolución, cuya parte dispositiva es del te-nor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda.a) Declarar a la ejecutada “Encofrados

Los Barreiros, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de3.971,45 euros. Insolvencia que se entende-rá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-

sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado. Hágase entrega de certifica-ción a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barreiros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.026/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 84 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donPablo Bardisa López, contra la empresa“Estudio Velasco 1980, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción, cuya parte dispositiva es del tenor lite-ral siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Estudio Velas-

co 1980, Sociedad Limitada”, en situaciónde insolvencia total por importe de 2.840,42euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Hágase en-trega de certificación a la parte ejecutantepara que surta efectos ante el Fondo de Ga-rantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: La ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estudio Velasco 1980, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do el presente para su inserción en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.027/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 103 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mohammed Talibi Najah, contra la em-presa “Desarrollos Empresariales Alcánta-ra, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garan-tía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado lasentencia número 391 de 2009 de fecha 30de septiembre de 2009, cuya parte dispositi-va es del tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Mohammed Talibi Najah, contrala empresa “Desarrollos Empresariales Al-cántara, Sociedad Limitada”, en materiade reclamación de cantidad, con interven-ción del Fondo de Garantía Salarial, debocondenar y condeno a la empresa “Desa-rrollos Empresariales Alcántara, SociedadLimitada”, a abonar a don Mohammed Ta-libi Najah la cantidad de 2.885,59 euros,más el interés legal de demora del 10 por100 anual sobre dicha cantidad, obligán-dole a estar y pasar por dicho pronuncia-miento.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, con la advertencia de que no es fir-me y contra ella cabe formular recurso desuplicación al Tribunal Superior de Justi-cia de Madrid, el cual deberá anunciarseen este Juzgado dentro de los cinco díassiguientes a la notificación de esta resolu-ción, bastando para ello la mera manifes-tación de parte o de su abogado o repre-sentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, obien por comparecencia o por escrito delas partes, de su abogado o su representan-te dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anunciarel recurso haber consignado la cantidad obje-to de condena, así como el depósito de 150,25euros en la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” que tiene abierta este Juzgado conel número 2809 en el “Banco Español deCrédito” (“Banesto”), en la calle Orense,número 19, de Madrid, haciendo constar enel ingreso el número de procedimiento.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Desarrollos Empresariales Al-cántara, Sociedad Limitada”, en ignorado

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 97

paradero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.034/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.471 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Diego García Álvarez, contra la empre-sa “Antiox, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado la sentencia número 390de 2009 de fecha 30 de septiembre de 2009,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor don Diego García Álvarez, contra la em-presa “Antiox, Sociedad Limitada”, en ma-teria de reclamación de cantidad, con inter-vención del Fondo de Garantía Salarial,debo condenar y condeno a la empresa “An-tiox, Sociedad Limitada”, a abonar a donDiego García Álvarez la cantidad de4.234,69 euros, más el interés legal de de-mora del 10 por 100 anual sobre dicha can-tidad, obligándole a estar y pasar por dichopronunciamiento.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, con la advertencia de que no es firmey contra ella cabe formular recurso de supli-cación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado dentro de los cinco días siguientesa la notificación de esta resolución, bastan-do para ello la mera manifestación de parteo de su abogado o representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena, así como el depósito de150,25 euros en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” que tiene abierta este Juz-gado con el número 2809 en el “Banco Es-pañol de Crédito” (“Banesto”), en la calleOrense, número 19, de Madrid, haciendoconstar en el ingreso el número de proce-dimiento.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Antiox, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presente

para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.032/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.425 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mimoun Salhi, contra Fondo de Garan-tía Salarial, “La Protectora Urbana, Socie-dad Anónima”, “Grupo Promotor Seruce-ma, Sociedad Limitada”, doña Ainhoa delCarre Diaz, don Ángel Rubio Pablos y donMarcelino García de Palavieja Suárez, sobreordinario, se ha dictado la sentencia núme-ro 387 de 2009 de fecha 28 de septiembrede 2009, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

FalloQue desestimando la excepción de inade-

cuación de procedimiento, estimando la ex-cepción de falta de legitimación pasiva in-terpuesta por la empresa “Grupo PromotorSerucema, Sociedad Limitada”, y estiman-do formalmente la demandada formuladapor don Mimoun Salhi en materia de recla-mación de cantidad contra la empresa “LaProtectora Urbana, Sociedad Anónima”, cu-yos administradores concursales doñaAinhoa del Carre Diaz, don Ángel RubioPablos y don Marcelino García de PalaviejaSuárez en representación de “Lizca, Socie-dad Anónima”, y la empresa “Grupo Pro-motor Serucema, Sociedad Limitada”, conla intervención del Fondo de Garantía Sala-rial, debo condenar y condeno a la empresa“La Protectora Urbana, Sociedad Anóni-ma”, a abonar a don Mimoun Salhi la canti-dad de 11.103,71 euros, absolviéndole delos restantes pedimentos deducidos en sucontra y dejando imprejuzgado el conceptode preaviso de despido objetivo en cuantíade 1.650,23 euros; asimismo debo absolvery absuelvo a la empresa “Grupo PromotorSerucema, Sociedad Limitada” de los pedi-mentos en su contra deducidos.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, con la advertencia de que no es firmey contra ella cabe formular recurso de supli-cación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado dentro de los cinco días siguientesa la notificación de esta resolución, bastan-do para ello la mera manifestación de parteo de su abogado o representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidad

objeto de condena, así como el depósito de150,25 euros en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” que tiene abierta este Juz-gado con el número 2809 en el “Banco Es-pañol de Crédito” (“Banesto”), en la calleOrense, número 19, de Madrid, haciendoconstar en el ingreso el número de proce-dimiento.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “La Protectora Urbana, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.033/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 212 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Hernández Muñoz, contra laempresa “Varibús, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado la siguiente reso-lución, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar extinguida la relaciónlaboral existente entre don Antonio Hernán-dez Muñoz y la empresa “Varibús, SociedadLimitada”, con efectos de 30 de septiembrede 2009.

Condenar a la empresa “Varibús, Socie-dad Limitada”, al pago a don Antonio Her-nández Muñoz, de la cantidad de 5.500,68euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso de

reposición a presentar en este Juzgado den-tro de los cinco días hábiles siguientes al desu notificación.

Así, por este auto, lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, Pa-tricia Valle Lorenzo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, en ignorado parade-ro, expido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.036/09)

Page 69: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 98 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.321 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Género Llorca, contra la empre-sa “Estructuras Fertesa, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado sentencianúmero 392 de 2009, de fecha 30 de sep-tiembre de 2009, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don David Género Llorca, contra la em-presa “Estructuras Fertesa, Sociedad Limi-tada”, en materia de reclamación de canti-dad, con intervención del Fondo de GarantíaSalarial, debo condenar y condeno a la em-presa “Estructuras Fertesa, Sociedad Limi-tada”, a abonar a don David Género Llorcala cantidad de 1.128,58 euros, más el interéslegal de demora del 10 por 100 anual sobredicha cantidad, obligándole a estar y pasarpor dicho pronunciamiento.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, con la advertencia de que contra ellano cabe formular recurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras Fertesa, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.031/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 216 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Benavides García, contra laempresa “Teficons Fijaciones, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Antonio Benavides García contra “Tefi-cons Fijaciones, Sociedad Limitada”, por unprincipal de 51.507,45 euros incluido el 10por 100 anual en concepto de mora a solici-tud de la parte actora, más 3.090,45 euros en

concepto de intereses y 5.150,75 euros decostas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2809, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, Pa-tricia valle Lorenzo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Teficons Fijaciones, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.029/09)

JUZGADO DE LO SOCIAL

NÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 122 de 2007 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alain Basse, contra “Fortinsa Construc-ciones, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado resolución, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña Ana María Ruiz-Burgos More-no.—En Madrid, a 19 de febrero de 2009.

Visto el estado del presente procedimien-to, en cumplimiento de los artículos 656 y663 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, líbre-se mandamiento al registrador de la Propie-dad número 2 de Parla para que remita cer-tificación en la que consten los siguientesextremos:

1.o La titularidad del dominio y demásderechos reales del bien o derecho gravado.

2.o Los derechos de cualquier naturale-za que existan sobre el bien registrable em-bargado y relación completa de las cargasinscritas que lo graven.

Requiérase asimismo a la ejecutada paraque en el plazo de diez días presente los tí-tulos de propiedad de que disponga.

Notifíquese la presente resolución a las par-tes advirtiendo que contra la misma podráninterponer recurso de reposición ante esteJuzgado, dentro del plazo de cinco días hábi-les, siguientes al de su notificación (artícu-lo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magis-trada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Fortinsa Construcciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.028/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 931 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Antonia Vilchez Cabrera, doña MaríaJulia Martínez Estevez, doña Paola DíazRocha, doña Sonia Villa González, doña Pa-loma Moro Gervasi y don Emilio García Al-bertos Torres, contra la empresa “QuorumAbogados, Sociedad Limitada Laboral”, so-bre despido, se ha dictado sentencia núme-ro 380 de 2009, de fecha 9 de septiembre

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 99

de 2009, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

FalloQue estimando las demandas formuladas

por doña Antonia Vilchez Cabrera, doñaMaría Julia Martínez Estevez, doña PaolaDíaz Rocha, doña Sonia Villa González ydoña Paloma Moro Gervasi, contra la em-presa “Quorum Abogados, Sociedad Limi-tada Laboral”, debo declarar y declaro im-procedente el despido de las referidasactoras, condenando a la empresa “QuorumAbogados, Sociedad Limitada Laboral”, aabonarles las siguientes indemnizaciones:

A doña Antonia Vilchez Cabrera:4.572,68 euros.

A doña María Julia Martínez Estevez:5.466,12 euros.

A doña Paola Díaz Rocha: 622,08 euros.A doña Sonia Villa González: 8.000

euros.A doña Paloma Moro Gervasi: 31.818,6

euros.Más los salarios dejados de percibir des-

de la fecha del despido, 1 de mayo de 2009,a la fecha de la presente resolución, que as-cienden a las siguientes cantidades, decla-rando extinguida la relación laboral queunía a las partes, con efectos de 9 de sep-tiembre de 2009.

A doña Antonia Vilchez Cabrera:6.112,46 euros.

A doña María Julia Martínez Estevez:8.732,46 euros.

A doña Paola Díaz Rocha: 5.093,28euros.

A doña Sonia Villa González: 5.240euros.

A doña Paloma Moro Gervasi: 8.420,68euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicaciónante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, el cual deberá anunciarse en este Juz-gado dentro de los cinco días siguientes a lanotificación de esta resolución, bastandopara ello la mera manifestación de la parte ode su abogado o su representante al hacerlela notificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o de surepresentante dentro del plazo indicado.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Si el recurrente no goza del beneficio de jus-ticia gratuita deberá al tiempo de anunciar elrecurso haber consignado la cantidad objeto decondena en la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” que tiene abierta este Juzgado con elnúmero 2809 en “Banesto”, en la calle Oren-se, número 19, de Madrid (haciendo constar enel ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros, en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Quorum Abogados, SociedadLimitada Laboral”, en ignorado paradero,expido la presente en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.035/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 57 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMilagros Hernández Domínguez, contra laempresa “Novocomp, Sociedad Anónima”,sobre ordinario, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Novocomp,

Sociedad Anónima”, en situación de insol-vencia total por importe de 26.805 euros. In-solvencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Novocomp, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.330/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 55 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donRamón Alcalá Merino, contra la empresa“Novocomp, Sociedad Anónima”, sobre or-dinario, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Novocomp,

Sociedad Anónima”, en situación de insol-vencia total por importe de 74.406 euros. In-solvencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Novocomp, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.331/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 65 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaCelia Con Portilla, contra la empresa “No-vocomp, Sociedad Anónima”, sobre ordina-rio, se ha dictado resolución, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Novocomp,

Sociedad Anónima”, en situación de insol-vencia total por importe de 6.516 euros. In-solvencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 100 B.O.C.M. Núm. 259

cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Novocomp, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.329/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 59 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donPedro Zaldívar Alarcón, contra la empresa“Novocomp, Sociedad Anónima”, sobre or-dinario, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Novocomp,

Sociedad Anónima”, en situación de insol-vencia total por importe de 22.114 euros. In-solvencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Novocomp, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.328/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 63 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donDaniel Utesa Estorch, contra la empresa“Novocomp, Sociedad Anónima”, sobre or-dinario, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Novocomp,

Sociedad Anónima”, en situación de insol-vencia total por importe de 15.484 euros. In-solvencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Novocomp, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.327/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 128 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Manuel de Martín Ruiz, contra laempresa “Geostar Tecnologías, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Geostar Tec-

nologías, Sociedad Limitada”, en situaciónde insolvencia total por importe de 13.269,66euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Geostar Tecnologías, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.321/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 197 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alejandro Vera Lara, contra la empresa“Encofrados Los Barrieros, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado resolu-ción, cuya parte dispositiva es del tenor lite-ral siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Encofrados

Los Barrieros, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de18.480,43 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de este

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 101

Juzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barrieros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.332/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 219 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Mariano Martín Hernández, contra laempresa “Encofrados Los Barrieros, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoresolución, cuya parte dispositiva es del te-nor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Encofrados

Los Barrieros, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de13.277,59 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barrieros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.336/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 189 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Óscar García Fernández, contra la em-presa “Encofrados Los Barrieros, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Encofrados

Los Barrieros, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia total por importe de20.331,5 euros. Insolvencia que se entende-rá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que frente a la misma cabe re-curso de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado. Hágase entregade certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social.—La secretaria ju-dicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barrieros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.337/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 86 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAgnieszka Majka, contra la empresa “Cre-mer Fashion University, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordoña Agnieszka Majka, contra “CremerFashion University, Sociedad Limitada”, porun principal de 4.699,53 euros, más 281,97euros en concepto de intereses y 469,95 eurosde costas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que puedaninstar la práctica de las diligencias que a suderecho convenga y designar los bienes dela deudora principal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento dela existencia de bienes suficientes diríjan-se oficios a los pertinentes organismos yregistros públicos con el fin de que facili-ten relación de todos los bienes o derechosde la deudora de que tengan constancia yse comunique a este Juzgado si por partede la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la rentade las personas físicas, impuesto sobre elvalor añadido o cualquier otro. En caso po-sitivo, se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesandola remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta poreste Juzgado en “Banesto”, con número2809, sito en la calle Orense, número 19,de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, Pa-tricia Valle Lorenzo.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 102 B.O.C.M. Núm. 259

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cremer Fashion University,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.319/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 252 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Girlene de Fátima Reis, contra la em-presa “Asgaya Hostelería, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Girlene de Fátima Reis, contra “Asga-ya Hostelería, Sociedad Limitada”, por unprincipal de 6.574,26 euros, más 394,46 eurosen concepto de intereses y 657,43 euros decostas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que puedaninstar la práctica de las diligencias que a suderecho convenga y designar los bienes dela deudora principal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento dela existencia de bienes suficientes diríjan-se oficios a los pertinentes organismos yregistros públicos con el fin de que facili-ten relación de todos los bienes o derechosde la deudora de que tengan constancia yse comunique a este Juzgado si por partede la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la rentade las personas físicas, impuesto sobre elvalor añadido o cualquier otro. En caso po-sitivo, se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesandola remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta poreste Juzgado en “Banesto”, con número2809, sito en la calle Orense, número 19,de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-

cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, Pa-tricia Valle Lorenzo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Asgaya Hostelería, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.324/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 77 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMercedes Antequera Gordillo, contra la em-presa “Decotema 21, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Decote-

ma 21, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 5.713,21euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Hágase en-trega de certificación a la parte ejecutantepara que surta efectos ante el Fondo de Ga-rantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Decotema 21, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.323/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 162 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Ángel Santiago Esteban, contra laempresa “Naxmar Proyectos, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Naxmar Pro-

yectos, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 5.523,09euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Hágase en-trega de certificación a la parte ejecutantepara que surta efectos ante el Fondo de Ga-rantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad. Doy fe.—Conforme: la ma-gistrada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Naxmar Proyectos, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.320/09)

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 103

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 225 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan García Fernández, contra la em-presa “Encofrados Los Barrieros, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 25.849,46 euros,más la cantidad de 1.550,96 euros en con-cepto y intereses y 2.584,95 euros en con-cepto de costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, Pa-tricia Valle Lorenzo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Encofrados Los Barrieros, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.334/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 180 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Félix Duque Bueno, don José Luis Es-

tebaranz Vaquerizo y don Daniel FandosEscorihuela, contra las empresas “Alcepesa,Sociedad Limitada”, “Sinfolírica, SociedadLimitada”, y “Sombras Andaluzas, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do resolución, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Félix DuqueBueno, don José Luis Estebaranz Vaquerizoy don Daniel Fandos Escorihuela, contra“Alcepesa, Sociedad Limitada”, “Sinfolíri-ca, Sociedad Limitada”, y “Sombras Anda-luzas, Sociedad Limitada”, por un importede 136.652,73 euros de principal (44.923,2euros a don Félix Duque Bueno, 66.740,88euros a don José Luis Estebaranz Vaquerizoy 24.988,65 euros a don Daniel Fandos Esco-rihuela), más 13.665,27 euros y 10.248,95euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes delas demandadas.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargosde los Juzgados de Madrid al efecto de quepor la comisión judicial se proceda al em-bargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el pre-sente de mandamiento en forma, pudiendosolicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuer-za pública, así como hacer uso de los mediospersonales y materiales necesarios para po-der acceder a los lugares en que se encuen-tren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes yderechos de las deudoras de que tenganconstancia y se comunique a este Juzgado sipor parte de la Hacienda Pública se adeudaalguna cantidad a las ejecutadas por el con-cepto de devolución por el impuesto sobre larenta de las personas físicas, impuesto sobreel valor añadido o cualquier otro. En casopositivo se acuerda el embargo de las canti-dades pendientes de devolución por la Ha-cienda Pública a las ejecutadas hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesandola remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto” con número 2809,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Alcepesa, Sociedad Limitada”,y “Sombras Andaluzas, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.325/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.219 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Josefa López Pedrós, doña AnaLópez Toledano y doña Laura López Tole-dano, contra la empresa “Quórum Aboga-dos, Sociedad Limitada Laboral”, y Fondode Garantía Salarial, sobre despido, se hadictado la sentencia número 380 de 2009, defecha 24 de septiembre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente.

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña María Josefa López Pedrós, doñaAna López Toledano y doña Laura LópezToledano, en materia de despido, contra laempresa “Quórum Abogados, Sociedad Li-mitada Laboral”, con intervención del Fondode Garantía Salarial, debo declarar y decla-ro improcedente el despido de las referidasactoras condenando a la empresa “QuórumAbogados, Sociedad Limitada Laboral”, aabonarles las siguientes cantidades:

A doña María Josefa López Pedrós:14.528,88 euros.

A doña Ana López Toledano: 3.960euros.

A doña Laura López Toledano: 7.218,48euros.

Y los salarios dejados de percibir desde lafecha del despido, 1 de junio de 2009, a lafecha de la presente resolución que ascien-den a las siguientes cantidades, declarándo-se extinguida la relación laboral que unía alas partes con efectos de 24 de septiembrede 2009.

A doña María Josefa López Pedrós (71,22euros/día): 8.190,3 euros.

A doña Ana López Toledano (40euros/día): 4.600 euros.

A doña Laura López Toledano (63,22euros/día): 7.281,8 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, con la advertencia de que no es firmey contra ella cabe formular recurso de supli-cación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado dentro de los cinco días siguientes

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 104 B.O.C.M. Núm. 259

a la notificación de esta resolución, bastan-do para ello la mera manifestación de parteo de su abogado o representante al hacerle lanotificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena, así como el depósito de150,25 euros en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” que tiene abierta este Juz-gado con el número 2809 en el “Banco Es-pañol de Crédito” (“Banesto”), en la calleOrense, número 19, de Madrid, haciendoconstar en el ingreso el número de proce-dimiento.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Quórum Abogados, SociedadLimitada Laboral”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.322/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 200 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pierre Mendy y don Antonio Pereira,contra la empresa “Sistemas Constructivoscon Placas, Sociedad Limitada”, sobre des-pido, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Acuerdo:1. Declarar extinguida la relación labo-

ral existente entre don Antonio Pereira ydon Pierre Mendy con la empresa “SistemasConstructivos con Placas, Sociedad Limita-da”, con efectos de 30 de septiembre de 2009.

2. Condenar a la empresa “SistemasConstructivos con Placas, Sociedad Limita-da”, al pago a don Antonio Pereira de la can-tidad de 14.641,34 euros y a don PierreMendy de la cantidad de 14.550,4 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sistemas Constructivos conPlacas, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.317/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria del Juzgado de lo social número 36 deMadrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María Isabel EsquinasFernández, contra “Eulen, Sociedad Anóni-ma”, “Servicios Profesionales y Proyectos,Sociedad Limitada”, Consejería de Trans-portes e Infraestructuras de la Comunidadde Madrid y Fondo de Garantía Salarial, enreclamación por despido, registrado con elnúmero 1.349 de 2009, se ha acordado citara “Servicios Profesionales y Proyectos, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 10 de noviem-bre de 2009, a las diez y treinta horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 36, sito en la calleOrense, número 22, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “ServiciosProfesionales y Proyectos, Sociedad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.422/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.169 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Teresa Olmos Arranz, contra laempresa “Intermedia Soluciones Financie-

ras, Sociedad Limitada”, sobre despido, seha dictado resolución:

AutoEn Madrid, a 30 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral

que unía a doña María Teresa OlmosArranz, con la empresa “Intermedia Solu-ciones Financieras, Sociedad Limitada”,condenando a ésta a que abone a aquella lassiguientes cantidades:

Nombre de la trabajadora: doña MaríaTeresa Olmos Arranz.

Indemnización: 6.180,41 euros.Salarios: 18.406,44 euros.Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo manda y firma su se-ñoría ilustrísima.—El magistrado-juez de losocial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a empresa “Intermedia SolucionesFinancieras, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido el presente en Madrid, a30 de septiembre de 2009.—La secretariajudicial (firmado).

(03/24.038/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Diez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 127 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Julio Cossio Rivera, contra la empresa“Grupo Empresarial Hipasa, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

AutoEn Madrid, a 30 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 1.365,12 euros másla cantidad de 136,41 euros de mora en con-cepto de intereses y 275 euros en conceptode costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Sa-larial y a la parte actora para que en diez díaspuedan designar la existencia de nuevos bie-nes susceptibles de traba, advirtiéndoles quede no ser así se procederá a dictar auto de in-solvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Page 76: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 105

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo. (Artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por este auto lo manda y firma su se-ñoría ilustrísima.—El magistrado-juez de losocial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Empresarial Hipasa, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.037/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.014 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Gustavo Hernández Molina, contra laempresa “Legaldivisión, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

AutoEn Madrid, a 23 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboralque unía a don Gustavo Hernández Molinacon la empresa “Legaldivisión, SociedadLimitada”, condenando a esta a que abone aaquel las siguientes cantidades:

Nombre del trabajador: don Gustavo Her-nández Molina.

Indemnización: 29.408,83 euros.Salarios: 43.982,55 euros.Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo manda y firma su se-ñoría ilustrísima.—El magistrado-juez de losocial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Legaldivisión, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido el presente

en Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.338/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Marcos San Juan Sanz,contra “Turbo Personal Courier 97, Socie-dad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 1.144 de 2009,se ha acordado citar a “Turbo PersonalCourier 97, Sociedad Limitada”, a fin de quecomparezca el día 21 de septiembre de 2010,a las nueve cuarenta y cinco horas de su ma-ñana, para la celebración de los actos de con-ciliación y, en su caso, de juicio, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 37, sito en la calle Orense,número 22, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Turbo Per-sonal Courier 97, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.420/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 157 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donÓscar Eduardo Vivanco Maturana, contradon José Antonio Ruiz Ángel, sobre ordina-rio, se ha dictado la siguiente resolución:

Acta de subastaEn Madrid, a 8 de octubre de 2009.—

Siendo el día y la hora señalada para la cele-bración de la subasta de los bienes embarga-dos a la parte ejecutada don José AntonioRuiz Ángel, yo, doña Blanca Galache Díez,secretaria del Juzgado de lo social núme-ro 37 de esta ciudad, me constituyo en laSala de audiencias del mismo y decretoabierto el acto.

Dada por el agente judicial la voz de “su-basta pública”, no comparece ningún licita-dor, por lo que se declara desierta la subasta,y conforme lo previsto en el artículo 262.b) dela Ley de Procedimiento Laboral se acuerdaponer en conocimiento del ejecutante el resul-tado de la misma a fin de que en el plazo dediez días, si a su derecho conviniere, puedaadjudicarse los bienes embargados y subasta-dos por el 25 por 100 del avalúo, con la adver-tencia que de no hacer uso de este derecho sealzará el embargo.

Con todo lo cual se dio por terminado lapresente que es firmada por el agente judi-cial, de todo lo cual doy fe.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don José Antonio Ruiz Ángel,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.779/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 183 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Manuel Marzo Durán, contra laempresa “Quality Líneas Aéreas, SociedadLimitada Unipersonal”, sobre despido, se hadictado auto, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral

que unía a don José Manuel Marzo Duráncon la empresa “Quality Líneas Aéreas, So-ciedad Limitada Unipersonal”, condenandoa esta a que abone a aquel las cantidades si-guientes:

Nombre del trabajador: don José ManuelMarzo Durán.

Indemnización: 1.843,20 euros.Salarios: 10.158,08 euros.Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Quality Líneas Aéreas, Socie-dad Limitada Unipersonal”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

Page 77: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 106 B.O.C.M. Núm. 259

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.043/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 65 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaCarmen Martínez Domínguez, contra “Flo-res Neptuno” y don Enrique Javier Fernán-dez López, sobre despido, se ha dictadoauto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral

que unía a doña Carmen Martínez Domín-guez con “Flores Neptuno” y don EnriqueJavier Fernández López, condenando a es-tos a que abonen a aquella las cantidades si-guientes:

Nombre de la trabajadora: doña CarmenMartínez Domínguez.

Indemnización: 6.308,96 euros.Salarios: 13.788,36 euros.Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Flores Neptuno” y don EnriqueJavier Fernández López, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.039/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 192 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donValentín Mesa Vargas, contra la empresa “Di-seño, Rehabilitación, Construcción, Seguri-dad y Salud, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado auto en fecha 2 de octubrede 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Valentín Mesa Vargas, contra “Diseño,

Rehabilitación, Construcción, Seguridad ySalud, Sociedad Limitada”, por un importede 984,44 euros de principal, más 98,44euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase ala averiguación de los mismos, y a tal finexpídanse los correspondiente oficios ymandamientos al Servicio de Índices delRegistro de la Propiedad y director de laAgencia Tributaria, a fin de que comuni-que a este Juzgado si por parte de la Ha-cienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devolu-ción por el impuesto sobre la renta de laspersonas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo decinco días faciliten la relación de todos losbienes o derechos de la deudora de quetengan constancia. Advirtiéndose a las au-toridades y funcionarios requeridos de lasresponsabilidades derivadas del incumpli-miento injustificado de lo acordado (ar-tículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Pú-blica a la ejecutada hasta cubrir la canti-dad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta poreste Juzgado en “Banesto”, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid, número decuenta 2708/0000/64/019209.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en “BarclaysBank”, “Caixa Cataluña”, “Banco Santan-der Central Hispano”, “Bancaja”, “Banco deSabadell”, “Citibank”, “La Caixa”, “Deuts-che Bank”, “Ibercaja”, “Bankinter”, “BancoPastor”, “Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria”, “Caja de Madrid”, “Banesto”, “BancoNacional de París”, “Banco Guipuzcoano”,“Banco de Valencia”, “Banco Popular”,“Cajamar”, “Kutxa” y “Caja España”, en lascuentas corrientes, depósitos de ahorro oanálogos, así como de cualquier valor mobi-liario titularidad de la apremiada en los quelas correspondientes entidades financierasactuaran como depositarias o meras inter-mediarias, hasta cubrir el importe del princi-pal adeudado e intereses y costas calcula-dos. Líbrense las oportunas comunicacionesa las entidades financieras del domicilio dela apremiada para la retención y transferen-cia de los saldos resultantes hasta el límitede la cantidad objeto de apremio, y advir-tiéndoles de las responsabilidades penalesen que puedan incurrir quienes auxilien o seconfabulen con la apremiada para ocultar osustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-lo 893 del Código de Comercio), e indicán-doseles que deben contestar al requerimien-to en el plazo máximo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados de lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Diseño, Rehabilitación, Cons-trucción, Seguridad y Salud, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido lapresente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.053/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 223 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Adrián Ionut Todirica, contra la empre-sa “Suelos de Madera Putna, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Adrián Ionut Todirica, contra “Suelosde Madera Putna, Sociedad Limitada”, porun importe de 4.153,83 euros de principal,más 415,38 euros para costas e intereses quese fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondiente oficios y manda-mientos al Servicio de Índices del Registrode la Propiedad y director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juz-gado si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a la ejecutada por el

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 107

concepto de devolución por el impuesto so-bre la renta de las personas físicas, impues-to sobre el valor añadido o cualquier otro. Yasimismo para que todos ellos, y sin perjui-cio de las exigencias legales, en el plazomáximo de cinco días faciliten la relación detodos los bienes o derechos de la deudora deque tengan constancia. Advirtiéndose a lasautoridades y funcionarios requeridos de lasresponsabilidades derivadas del incumpli-miento injustificado de lo acordado (artícu-los 75.3 y 238.3 de la Ley de ProcedimientoLaboral). En caso positivo, se acuerda elembargo de las cantidades pendientes de de-volución por la Hacienda Pública a la ejecu-tada hasta cubrir la cantidad objeto de apre-mio, interesándose la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consig-naciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto”, sito en la calle Orense, número 19,de Madrid, número de cuenta 2708/0000/64/022309.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en “BarclaysBank”, “Caixa Cataluña”, “Banco Santan-der Central Hispano”, “Bancaja”, “Banco deSabadell”, “Citibank”, “La Caixa”, “Deuts-che Bank”, “Ibercaja”, “Bankinter”, “BancoPastor”, “Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria”, “Caja de Madrid”, “Banesto”, “BancoNacional de París”, “Banco Guipuzcoano”,“Banco de Valencia”, “Banco Popular”,“Cajamar”, “Kutxa” y “Caja España”, en lascuentas corrientes, depósitos de ahorro oanálogos, así como de cualquier valor mobi-liario titularidad de la apremiada en los quelas correspondientes entidades financierasactuaran como depositarias o meras inter-mediarias, hasta cubrir el importe del princi-pal adeudado e intereses y costas calcula-dos. Líbrense las oportunas comunicacionesa las entidades financieras del domicilio dela apremiada para la retención y transferen-cia de los saldos resultantes hasta el límitede la cantidad objeto de apremio, y advir-tiéndoles de las responsabilidades penalesen que puedan incurrir quienes auxilien o seconfabulen con la apremiada para ocultar osustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-lo 893 del Código de Comercio), e indicán-doseles que deben contestar al requerimien-to en el plazo máximo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados de lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en

relación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Suelos de Madera Putna, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.055/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 176 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Segura del Valle, contra la em-presa “Grupo Paviadent, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado auto enfecha 2 de octubre de 2009, cuya parte dis-positiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitada pordon Antonio Segura del Valle, contra “GrupoPaviadent, Sociedad Limitada”, por un impor-te de 8.971,55 euros de principal, más 897,15euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondiente oficios y manda-mientos al Servicio de Índices del Registrode la Propiedad y director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juz-gado si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a la ejecutada por elconcepto de devolución por el impuesto so-bre la renta de las personas físicas, impues-to sobre el valor añadido o cualquier otro. Yasimismo para que todos ellos, y sin perjuiciode las exigencias legales, en el plazo máximode cinco días faciliten la relación de todos losbienes o derechos de la deudora de que ten-gan constancia. Advirtiéndose a las autorida-des y funcionarios requeridos de las respon-sabilidades derivadas del incumplimientoinjustificado de lo acordado (artículos 75.3 y238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).En caso positivo, se acuerda el embargo delas cantidades pendientes de devolución porla Hacienda Pública a la ejecutada hasta cu-brir la cantidad objeto de apremio, interesán-dose la remisión de las mismas a la “Cuentade depósitos y consignaciones” abierta poreste Juzgado en “Banesto”, sito en la calleOrense, número 19, de Madrid, número decuenta 2708/0000/64/017609.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en “BarclaysBank”, “Caixa Cataluña”, “Banco Santan-der Central Hispano”, “Bancaja”, “Banco deSabadell”, “Citibank”, “La Caixa”, “Deuts-che Bank”, “Ibercaja”, “Bankinter”, “BancoPastor”, “Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria”, “Caja de Madrid”, “Banesto”, “BancoNacional de París”, “Banco Guipuzcoano”,“Banco de Valencia”, “Banco Popular”,“Cajamar”, “Kutxa” y “Caja España”, en lascuentas corrientes, depósitos de ahorro oanálogos, así como de cualquier valor mobi-liario titularidad de la apremiada en los quelas correspondientes entidades financierasactuaran como depositarias o meras inter-mediarias, hasta cubrir el importe del princi-pal adeudado e intereses y costas calcula-dos. Líbrense las oportunas comunicacionesa las entidades financieras del domicilio dela apremiada para la retención y transferen-cia de los saldos resultantes hasta el límitede la cantidad objeto de apremio, y advir-tiéndoles de las responsabilidades penalesen que puedan incurrir quienes auxilien o seconfabulen con la apremiada para ocultar osustraeralguna parte de sus bienes o créditos (artícu-lo 893 del Código de Comercio), e indicán-doseles que deben contestar al requerimien-to en el plazo máximo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados de lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a la ejecutada enlos términos exactos expuestos en los razo-namientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Paviadent, Seguridad ySalud, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.045/09)

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 108 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 160 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Gómez Cabanillas, contra las em-presas “Soluciones Gabela, Sociedad Limi-tada”, “Ubanizaciones Némesis, SociedadLimitada”, y “Urbanizaciones Omega, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado auto en fecha 29 de septiembre de2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Juan Gómez Cabanillas, contra “Solu-ciones Gabela, Sociedad Limitada”, “Uba-nizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, y“Urbanizaciones Omega, Sociedad Limita-da”, por un importe de 19.284,08 euros deindemnización, más 6.055,56 euros de sala-rios de tramitación, total 25.339,64 euros deprincipal, más 2.534 euros para costas e in-tereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondiente oficios y manda-mientos al Servicio de Índices del Registrode la Propiedad y director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juz-gado si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a las ejecutadas porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de las deudo-ras de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridosde las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Pú-blica a las ejecutadas hasta cubrir la canti-dad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, sito en la calle Oren-se, número 19, de Madrid, número de cuen-ta 2708/0000/64/016009.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en “BarclaysBank”, “Caixa Cataluña”, “Banco Santan-der Central Hispano”, “Bancaja”, “Banco deSabadell”, “Citibank”, “La Caixa”, “Deuts-che Bank”, “Ibercaja”, “Bankinter”, “BancoPastor”, “Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria”, “Caja de Madrid”, “Banesto”, “BancoNacional de París”, “Banco Guipuzcoano”,“Banco de Valencia”, “Banco Popular”,“Cajamar”, “Kutxa” y “Caja España”, en lascuentas corrientes, depósitos de ahorro o

análogos, así como de cualquier valor mobi-liario titularidad de las apremiadas en losque las correspondientes entidades financie-ras actuaran como depositarias o meras in-termediarias, hasta cubrir el importe delprincipal adeudado e intereses y costas cal-culados. Líbrense las oportunas comunica-ciones a las entidades financieras del domi-cilio de las apremiadas para la retención ytransferencia de los saldos resultantes hastael límite de la cantidad objeto de apremio, yadvirtiéndoles de las responsabilidades pe-nales en que puedan incurrir quienes auxi-lien o se confabulen con las apremiadas paraocultar o sustraer alguna parte de sus bieneso créditos (artículo 893 del Código de Co-mercio), e indicándoseles que deben contes-tar al requerimiento en el plazo máximo decinco días hábiles a contar desde su notifica-ción, bajo los apercibimientos derivados delo establecido en los artículos 75 y 238.3 dela Ley de Procedimiento Laboral.

c) Advertir y requerir a las ejecutadasen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a las ejecutadas que si dejantranscurrir los plazos que se les conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se les podrá imponer el abonode apremios pecuniarios por cada día que seretrasen.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por las eje-cutadas en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Soluciones Gabela, SociedadLimitada”, y “Ubanizaciones Némesis, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.051/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 30 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donSergio Gonzalo Fernández Paniagua, contrala empresa “Subot, Sociedad Limitada”, so-

bre ordinario, se ha dictado auto en fecha 5de octubre de 2009, cuya parte dispositivadice así:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Subot, So-

ciedad Limitada” en situación de insolven-cia total por importe de 1.166 euros de prin-cipal mas 116,60 euros presupuestados paraintereses y costas. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado)

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Subot, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.042/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 226 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donJosé Antonio Mora Fernández, don JuanJosé García Pérez, don Francisco FernándezMoreno y don Niculae dan Gheorghe, con-tra la empresa “Hostel Rivas, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado autoen fecha 5 de octubre de 2009, cuya partedispositiva dice así:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Hostel Ri-

vas, Sociedad Limitada” en situación de in-solvencia total por importe de 45.404,12euros de principal mas 4.540,41 euros pre-

Page 80: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 109

supuestados para intereses y costas. Insol-vencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Hostel Rivas, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.056/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 63 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donConstantin Atomulesei, don Ionel Baltuta,don Ciprián G. Harmasel y don Ioan Gorita,contra la empresa “Construcciones Nie Bas,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado el siguiente auto, cuya parte disposi-tiva dice así:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Construc-

ciones Nie Bas, Sociedad Limitada” en si-tuación de insolvencia total por importe de24.882,08 euros y 2.488,20 euros. Insol-vencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítase

testimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado)

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones Nie Bas, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.046/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social número38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 196 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Svitlana Vintonyak y don OleksityHeshel, contra la empresa “Inter Revesti-mientos Mecanizados, Sociedad Limitada”,sobre ordinario se ha dictado auto en fecha 4de octubre de 2009, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Parte dispositiva:Se tiene por subrogado al Fondo de Ga-

rantía Salarial en el crédito de don SvitlanaVintonyak y don Oleksity Heshel, contra“Inter Revestimientos Mecanizados, Socie-dad Limitada”, por la cuantía de 2.360,45euros de salarios y 84,06 euros de indemni-zaciones, total 2.444,51 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme esta resolución, archívesela ejecución.

Modo de impugnarla: mediante recurso dereposición a presentar en este Juzgado den-tro de los cinco días hábiles siguientes al derecibirla.

Así lo dispongo, mando y firmo.—Lamagistrada-juez de lo social, InmaculadaParrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Inter Revestimientos Mecani-zados, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.048/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social número38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 114 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaDolores Gadeo Ancántara, contra la empre-sa “Gráficos y Manipulados Lacima, Socie-dad Limitada”, “Offo Artes Gráficas, So-ciedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, sobre ordinario, se ha dictado autode fecha 5 de octubre de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:Se tiene a la parte demandada por desisti-

da de su demanda y archívese el proce-dimiento sin más trámite, dejando nota enlos libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiéndoles que contra la mismase podrá interponer recurso de reposiciónante este Juzgado dentro del plazo de cincodías hábiles siguientes al de su norifica-ción.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma “Gráficos y Manipulados Lacima,Sociedad Limitada”, y “Offo Artes Gráfi-cas, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.049/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 661 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Antonio Rodríguez Marín, contrala empresa “Serviródalo Construcciones yServicios, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, sobre ordinario, se ha dic-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 110 B.O.C.M. Núm. 259

tado sentencia, cuyo fallo literal es el si-guiente:

FalloEstimando la demanda formulada por

don Luis Antonio Rodríguez Marín, contra“Serviródalo Construcciones y Servicios,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, debo condenar y condeno a la em-presa demandada a que abone a la parte ac-tora 12.812,50 euros más el 10 por 100 de lamencionada cantidad en concepto de interéspor mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, bastando paraello la mera manifestación de parte o de suabogado o representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o por escri-to de las partes, de su abogado o surepresentante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado en “Banesto”, en la calle Orense,número 19, de Madrid, haciendo constar enel ingreso el número de expediente.

Asimismo deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Serviródalo Construcciones yServicios, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido el presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.341/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 294 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Yrelva Lapaix Peguero, contra don Ro-berto Carrasco Hernando y Fondo de Garan-tía Salarial, sobre despido, se ha dictadosentencia, cuyo fallo literal es el siguiente:

FalloEstimando la demanda formulada por

don Yrelva Lapaix Peguero, contra don Ro-

berto Carrasco Hernando y Fondo de Garan-tía Salarial, debo declarar y declaro impro-cedente el despido de la parte actora, conde-nando al demandado a estar y pasar por laanterior declaración con todos los efectosinherentes a la misma y en consecuencia aque opte, en el plazo de cinco días desde lanotificación de esta sentencia, por readmitira la parte actora en su puesto de trabajo enlas mismas condiciones que regían con ante-rioridad al despido o le indemnice en la can-tidad de 356,13 euros, debiéndole de abonaren cualquier caso los salarios dejados depercibir desde la fecha del despido y hasta lade notificación de esta sentencia.

Absuelvo a Fondo de Garantía Salarial delas pretensiones formuladas en su contra sinperjuicio de la responsabilidad que pudieradevenirle ex artículo 33.3 del Estatuto de losTrabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución, mediante mani-festación de la parte o de su abogado o su re-presentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado en “Banesto”, en la calle Orense,número 19, de Madrid, haciendo constar enel ingreso el número de expediente.

Asimismo deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Roberto Carrasco Hernan-do, en ignorado paradero, expido el presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.339/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 71 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donDavid Molina Alcalá, contra la empresa

“AGS Consulting Informático, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado el si-guiente auto, cuya parte dispositiva se acom-paña:

Parte dispositiva:a) Declarar a la ejecutada “AGS Con-

sulting Informático, Sociedad Limitada”,en situación de insolvencia total por impor-te de 10.859,46 euros de principal y otros1.085,94 euros presupuestados para intere-ses y costas. Insolvencia que se entenderá atodos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil”, a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su seño-ría.—Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “AGS Consulting Informático,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.340/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 684 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Carmen Carrasco García, contra donAlfonso Merchán Barranco, sobre ordina-rio, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es deltenor literal siguiente:

FalloEstimando la demanda formulada por

doña Carmen Carrasco García, contra donAlfonso Merchán Barranco y Fondo de Ga-rantía Salarial, debo condenar y condeno ala empresa demandada a que abone a la par-te actora 1.093,39 euros, más el 10 por 100de la mencionada cantidad en concepto deinterés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes conla advertencia de que es firme y contra ellano cabe formular recurso alguno.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 111

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Alfonso Merchán Barranco,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.342/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 554 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Belén Santamaría Fernández, contra laempresa “Halcón, Sociedad Limitada”, so-bre sanciones, se han dictado las siguientesprovidencias de fecha 20 de abril y 2 de oc-tubre de 2009, y el auto de fecha 1 de sep-tiembre de 2009:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de abrilde 2009.

La extiendo yo, el secretario judicial, parahacer constar que con esta fecha, 15 de abrilde 2009, ha correspondido a este Juzgadopor turno de reparto la anterior demanda, re-gistrada con el número que figura al margen,que entiendo adolece de defectos u omisio-nes, de lo que paso a dar cuenta al ilustrísi-mo señor magistrado.—Doy fe.

ProvidenciaMagistrada-juez de lo social, ilustrísima

señora doña Inmaculada Parrado Caparrós.En Madrid, a 20 de abril de 2009.Por repartida la precedente demanda

junto con los documentos que se acompa-ñan, regístrese y fórmense los autos. Y comoquiera que se advierten los siguientes de-fectos:

1. Deberá comparecer en la Secretaríade este Juzgado a fin de firmar la demanda.

2. Deberá aportar el domicilio comple-to de la demandada.

No ha lugar, por ahora, a su admisión atrámite.

Notifíquese y requiérase a la parte actorapara que en el plazo de cuatro días hábilessubsane los defectos indicados con la pre-vención de que transcurrido dicho plazo sinhacerlo se procederá, sin más trámite, al ar-chivo de estas actuaciones (artículo 81.1 dela Ley de Procedimiento Laboral).

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 1 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Archivar la demanda presentada al no ha-

ber sido subsanada en legal forma.Notifíquese la presente resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña Inmaculada Parrado Capa-rrós.—En Madrid, a 2 de octubre de 2009.

Dada cuenta; por recibido el anterior es-crito presentado por la letrada doña MaríaSpina Carrera, de fecha 11 de septiembrede 2009, únase a los autos de su razón, y vis-to el contenido del mismo, estese a lo acorda-do en auto de fecha 1 de septiembre de 2009,y notifíquese a la demandante doña BelénSantamaría Fernández, por edictos, la provi-dencia de fecha 20 de abril de 2009 y el autode fecha 1 de septiembre de 2009, y firme lapresente resolución, procédase al archivodel procedimiento.

Notifíquese esta resolución.Y para que le sirva de notificación en le-

gal forma a doña Belén Santamaría Fernán-dez, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.343/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTO

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariode lo social del número 38 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Diego Se-rrano Ortiz, contra “Eurosav Proyectos,Sociedad Limitada”, en reclamación por or-dinario, registrado con el número 288 de2009, se ha acordado citar a contra “EurosavProyectos, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 10de diciembre de 2009, a las diez y veinte ho-ras de su mañana, para la celebración de losactos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 38, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a contra “Eu-rosav Proyectos, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD

DE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 9 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.842/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 39 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez González, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 417 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Henry Armando de los Santos Abreu,contra la empresa “Instalaciones Solares yClimatizadas, Sociedad Limitada”, sobre or-dinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 322 de 2009En Madrid, a 29 de septiembre de 2009Vistos por mí, doña María Luz Rico Re-

condo, magistrada-juez del Juzgado de losocial número 39 de los de Madrid, los pre-sentes autos de juicio verbal del orden socialde la jurisdicción en materia de despido en-tre las siguientes partes:

Como demandante, don Henry Armandode los Santos Abreu, asistido del letrado donSantiago López González.

Como demandada, la empresa “Instala-ciones Solares y Climatizadas, Sociedad Li-mitada”, y el Fondo de Garantía Salarial.

FalloEstimando la demanda presentada por

don Henry Armando de los Santos Abreu,frente a la empresa “Instalaciones Solares yClimatizadas, Sociedad Limitada”, en recla-mación de salarios, debo condenar y conde-no a la citada empresa demandada, al abonoal actor de la cantidad de 2.323,74 euros enconcepto de cantidad bruta reclamada, can-tidad que deberá ser incrementada con el re-cargo del 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma pueden interponer recurso de suplica-ción en el plazo y con las formalidades quese establecen en el texto refundido de la Leyde Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Diligencia.—En fecha 29 de septiembrede 2009, fue publicada la anterior resolu-ción. Asimismo, de conformidad con lo pre-visto en el artículo 100 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, se notifica esta sentenciaa las partes con la advertencia de que no esfirme y contra ella cabe formular recurso desuplicación ante el Tribunal Superior deJusticia dentro de los cinco días hábiles si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando para ello la mera manifestación dela parte o de su abogado o su representanteal hacerle la notificación de aquella, de supropósito de entablarlo o bien comparecen-cia o escrito de las partes, de su abogado, o desu representante dentro del plazo indicado.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 112 B.O.C.M. Núm. 259

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anunciarel recurso, haber consignado la cantidad obje-to de condena en la Cuenta de Depósitos yConsignaciones que tiene abierta este Juzga-do con el número 4283 en “Banesto”, oficinasita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta, haciendo constar en el ingreso elnúmero de procedimiento.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Instalaciones Solares y Clima-tizadas, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.058/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 39 DE MADRID

EDICTO

Doña Margarita Martínez González, secreta-ria de lo social del número 39 de Madrid.

Hago saber: Que por acta celebrada en eldía de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de doña María Nieves de Juan Orte-ga, contra don Álvaro Marañón y Bertrán deLis, “Inversiones Serte, Sociedad Limita-da”, “Zurbano 12, Sociedad Anónima”, y“Jamaica Gestión de Franquicias, SociedadAnónima”, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 1.071 de 2009, se haacordado citar a “Jamaica Gestión de Fran-quicias, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 16de diciembre de 2009, a las doce y quincehoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 39, sitoen la calle Princesa, número 31, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “JamaicaGestión de Franquicias, Sociedad Anóni-ma”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.480/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 692 de 2008, ejecuciónnúmero 271 de 2009, de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don AndrésOrtega Mantas, contra la empresa “Compo-siciones de Carpintería, Sociedad Limita-da”, sobre cantidad, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 7.246,15 euros, másla cantidad de 1.086,92 euros en conceptode intereses y en concepto de costas provi-sionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal), sin perjuicio de su ejecuti-vidad.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Composiciones de Carpintería,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.186/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 98 de 2008-M, de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedoña Eva María Molina Ros, contra la em-presa “Construcciones Belud, Sociedad Li-

mitada”, sobre cantidad, se ha dictado lasiguiente resolución:

Dispongo: Examinada de hecho la sen-tencia se aprecia la necesidad de aclararla enel sentido que a continuación se dice:

En el encabezamiento, hecho primero dela sentencia y fallo, donde dice “Construc-ciones Belud, Sociedad Limitada”, debe de-cir “Contenedores Belud, Sociedad Limi-tada”.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del recurso desuplicación que, en su caso, se formule con-tra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima señora magistrada-juezde lo social, doña María del Carmen LópezHormeño. Doy fe.—La secretaria judicial(firmado).—La magistrada-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones Belud, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.305/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 759 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donCándido Fernández Reina, contra la empre-sa “CES Arquitectura del Paisaje, SociedadLimitada”, sobre reclamación de cantidad,se ha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Móstoles, a 26 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 30 de junio de 2010, a lasdiez y treinta horas, en la Sala de audienciasde este Juzgado, sita en la planta primera,debiendo citarse a las partes, con entrega ala demandada y a los interesados de copia dela demanda y demás documentos aportados.

Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios de prue-ba de que intenten valerse, así como con losdocumentos pertenecientes a las partes quehayan sido propuestos como medio de prue-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 113

ba por la parte contraria y se admitan poreste Juzgado, pudiendo estimarse probadaslas alegaciones hechas por la contraria en re-lación con la prueba admitida si no se pre-sentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado enforma, no compareciese ni alegase justa cau-sa que motive la suspensión del juicio, se letendrá por desistido de su demanda, y que laincomparecencia injustificada de la deman-dada no impedirá la celebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el escrito de la demanda sobrela comparecencia a juicio del demandanteasistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes:ha lugar y se requiere al legal representantede la empresa demandada a fin de que com-parezca el día y la hora señalados, con elapercibimiento de que en caso de incompa-recencia se le podrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada:ha lugar y se requiere a la empresa deman-dada para que en el día del juicio aporte losdocumentos indicados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presente en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “CES Arquitectura del Paisaje,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.373/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 94 de 2009-M de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Idris Agyekum, contra la empresa “Bel-fer Estructuras de Hormigón, Sociedad Li-mitada”, sobre cantidad, se ha dictado la si-guiente resolución:

Auto

En Móstoles, a 1 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con laque se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 18 de enero de 2010, a lasdiez horas de su mañana, en la Sala de au-diencias de este Juzgado, sita en la plantaprimera, debiendo citarse a las partes, conentrega a la demandada y a los interesadosde copia de la demanda y demás documen-tos aportados.

Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios de prue-ba de que intenten valerse, así como con losdocumentos pertenecientes a las partes quehayan sido propuestos como medio de prue-ba por la parte contraria y se admitan poreste Juzgado, pudiendo estimarse probadaslas alegaciones hechas por la contraria en re-lación con la prueba admitida si no se pre-sentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citadoen forma, no compareciese ni alegase justacausa que motive la suspensión del juicio, sele tendrá por desistido de su demanda, y quela incomparecencia injustificada de la deman-dada no impedirá la celebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el escrito de la demanda sobrela comparecencia a juicio del demandanteasistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes:ha lugar y se requiere al legal representantede la empresa demandada a fin de que com-parezca el día y la hora señalados, con elapercibimiento de que en caso de incompa-recencia se le podrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada:ha lugar y se requiere a la empresa deman-dada para que en el día del juicio aporte losdocumentos indicados en la demanda.

Se requiere a la parte actora para que en elplazo de cuatro días amplíe la presente de-manda contra los administradores concursa-les, debiendo concretar los nombres y domi-cilios de los mismos a fin de citarles ynotificarles. Requiriéndole para aportar tan-tas copias de la demanda como administra-dores concursales.

Emplácese al Fondo de Garantía Salarial.Notifíquese esta resolución a las partes,

sirviendo la misma de citación y requeri-miento.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presente en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Belfer Estructuras de Hormi-gón, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 13 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.451/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.166 de 2009-M de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Andrés Camiña Ouviña y doña Francis-ca Mora Flores, contra la empresa “BolsosElju, Sociedad Limitada”, sobre despido, seha dictado la siguiente resolución:

AutoEn Móstoles, a 1 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 11 de enero de 2010, a lasdiez y diez horas de su mañana, en la Sala deaudiencias de este Juzgado, sita en la plantaprimera, debiendo citarse a las partes, conentrega a la demandada y a los interesadosde copia de la demanda y demás documen-tos aportados.

Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios de prue-ba de que intenten valerse, así como con losdocumentos pertenecientes a las partes quehayan sido propuestos como medio de prue-ba por la parte contraria y se admitan poreste Juzgado, pudiendo estimarse probadaslas alegaciones hechas por la contraria en re-lación con la prueba admitida si no se pre-sentaran sin causa justificada.

Se advierte que si los demandantes, cita-dos en forma, no compareciesen ni alegasenjusta causa que motive la suspensión del jui-cio, se les tendrá por desistidos de su de-manda, y que la incomparecencia injustifi-cada de la demandada no impedirá lacelebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el escrito de la demanda sobrela comparecencia a juicio de los demandan-tes asistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes:ha lugar y se requiere al legal representantede la empresa demandada a fin de que com-parezca el día y la hora señalados, con elapercibimiento de que en caso de incompa-recencia se le podrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada:ha lugar y se requiere a la empresa deman-dada para que en el día del juicio aporte losdocumentos indicados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes,sirviendo la misma de citación y requeri-miento.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presente en este Juzgado

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 114 B.O.C.M. Núm. 259

dentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Bolsos Elju, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 13 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.432/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 394 de 2009-M de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Ángel Sánchez Díaz, contra don ÁngelMiguel García, sobre cantidad, se ha dictadola siguiente resolución:

AutoEn Móstoles, a 31 de julio de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con laque se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 21 de abril de 2010, a lasdiez y treinta horas, en la Sala de audienciasde este Juzgado, sita en la planta primera,debiendo citarse a las partes, con entrega aldemandado y a los interesados de copia de lademanda y demás documentos aportados.

Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios de prue-ba de que intenten valerse, así como con losdocumentos pertenecientes a las partes quehayan sido propuestos como medio de prue-ba por la parte contraria y se admitan poreste Juzgado, pudiendo estimarse probadaslas alegaciones hechas por la contraria en re-lación con la prueba admitida si no se pre-sentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citadoen forma, no compareciese ni alegase justacausa que motive la suspensión del juicio, sele tendrá por desistido de su demanda, y quela incomparecencia injustificada del deman-dado no impedirá la celebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el escrito de la demanda sobre

la comparecencia a juicio del demandanteasistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes:ha lugar y se requiere al legal representantedel demandado a fin de que comparezca eldía y la hora señalados, con el apercibimien-to de que en caso de incomparecencia se lepodrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada:ha lugar y se requiere al demandado paraque en el día del juicio aporte los documen-tos indicados en la demanda.

Requiérase al demandante para que en elimprorrogable plazo de quince días aporte aeste Juzgado el acta de conciliación celebra-do ante el Servicio de Mediación, Arbitrajey Conciliación, bajo apercibimiento de ar-chivo en caso de no verificarlo.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presente en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo. Doy fe.—La secretaria judicial (fir-mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Ángel Miguel García, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 13 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.437/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.212 de 2009-MO de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Antonio Fernández López, contrala empresa “Felmangás, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 1 de febrero de 2010, a lasonce y veinte horas, en la Sala de audienciasde este Juzgado, sita en la planta primera,debiendo citarse a las partes, con entrega ala demandada y a los interesados de copia dela demanda y demás documentos aportados.

Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios de prue-ba de que intenten valerse, así como con losdocumentos pertenecientes a las partes quehayan sido propuestos como medio de prue-ba por la parte contraria y se admitan poreste Juzgado, pudiendo estimarse probadaslas alegaciones hechas por la contraria en re-lación con la prueba admitida si no se pre-sentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado enforma, no compareciese ni alegase justa cau-sa que motive la suspensión del juicio, se letendrá por desistido de su demanda, y que laincomparecencia injustificada de la deman-dada no impedirá la celebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el escrito de la demanda sobrela comparecencia a juicio del demandanteasistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes:ha lugar y se requiere al legal representantede la empresa demandada a fin de que com-parezca el día y la hora señalados, con elapercibimiento de que en caso de incompa-recencia se le podrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada:ha lugar y se requiere a la empresa deman-dada para que en el día del juicio aporte losdocumentos indicados en la demanda.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Felmangás, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido el presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 16 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.815/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.316 de 2009-MO de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Miguel Ángel Ramos Vázquez, contrala empresa “Gema y Paloma Grupo Publi-cista, Sociedad Limitada”, sobre despido, seha dictado la siguiente resolución:

AutoMóstoles, a 28 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 22 de febrero de 2010, a lasonce y veinte horas, en la Sala de audienciasde este Juzgado, sita en la planta primera, de-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 115

biendo citarse a las partes, con entrega a lademandada y a los interesados de copia de lademanda y demás documentos aportados.

Se advierte a las partes que deberán con-currir al juicio con todos los medios de prue-ba de que intenten valerse, así como con losdocumentos pertenecientes a las partes quehayan sido propuestos como medio de prue-ba por la parte contraria y se admitan poreste Juzgado, pudiendo estimarse probadaslas alegaciones hechas por la contraria en re-lación con la prueba admitida si no se pre-sentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado enforma, no compareciese ni alegase justa cau-sa que motive la suspensión del juicio, se letendrá por desistido de su demanda, y que laincomparecencia injustificada de la deman-dada no impedirá la celebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el escrito de la demanda sobrela comparecencia a juicio del demandanteasistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes:ha lugar y se requiere al legal representantede la empresa demandada a fin de que com-parezca el día y la hora señalados, con elapercibimiento de que en caso de incompa-recencia se le podrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada:ha lugar y se requiere a la empresa deman-dada para que en el día del juicio aporte losdocumentos indicados en la demanda.

En relación con la más documental: ha lu-gar, pero no oficiando en este Juzgado, de-biendo aportarlo la empresa por ser pruebadisponible para dicha parte demandada.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gema y Paloma Grupo Publi-cista, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido el presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Móstoles, a 15 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.814/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 307 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Cortijo Pardo, contra la empresa“Metalistería Marlo, Sociedad Limitada La-boral”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Dada cuenta del anterior escrito, únase alos autos de su razón y dese traslado de co-pia a las otras partes afectadas. Se tiene porsolicitada la ejecución de la obligación dereadmitir impuesta, en sentencia de fecha 8de julio de 2009, a la empresa “Metalistería

Marlo, Sociedad Limitada Laboral”, en fa-vor del demandante don Juan Cortijo Pardoy, previo a su resolución, se acuerda oír a laspartes en comparecencia, que se celebraráen este Juzgado de lo social, sito en la calleSan Antonio, número 6, el día 19 de no-viembre de 2009, a las nueve y cincuentahoras, que solo versará sobre la falta dereadmisión en debida forma que se ha alega-do, a la que deberán acudir con todos losmedios de prueba de que intenten valerse enorden a esa cuestión. Cíteselas en legal for-ma a tal fin, quedando advertidas de que sino acudiese la parte demandante (por sí odebidamente representada), se la tendrá pordesistida de su petición, en tanto si el ausen-te fuese el empresario (por sí o legalmenterepresentado), el acto se celebrará sin supresencia.

Asimismo, requiérase a la parte actora afin de que el día de la comparecencia pre-sente informe de vida laboral hasta el mo-mento actual.

Para el caso de que el demandante estécobrando prestaciones por desempleo, debe-rá aportar certificación del Instituto Nacio-nal de Empleo, acreditando el importe perci-bido a fecha de la comparecencia.

Notifíquese a las partes esta resolución,notificación que servirá de citación en forma.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Metalistería Marlo, SociedadLimitada Laboral”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.758/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 305 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pedro Barbero Mota, contra la empresa“Benver Carpintería, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado la siguiente re-solución:

Dada cuenta del anterior escrito, únase alos autos de su razón y dese traslado de co-pia a las otras partes afectadas. Se tiene porsolicitada la ejecución de la obligación dereadmitir impuesta, en sentencia de fecha 5

de junio de 2009, a la empresa “Benver Car-pintería, Sociedad Limitada”, en favor deldemandante don Pedro Barbero Mota y, pre-vio a su resolución, se acuerda oír a las par-tes en comparecencia, que se celebrará eneste Juzgado de lo social, sito en la calle SanAntonio, número 6, el día 17 de noviembrede 2009, a las nueve y cincuenta horas, quesolo versará sobre la falta de readmisión endebida forma que se ha alegado, a la que de-berán acudir con todos los medios de pruebade que intenten valerse en orden a esa cues-tión. Cíteselas en legal forma a tal fin, que-dando advertidas de que si no acudiese laparte demandante (por sí o debidamente re-presentada), se la tendrá por desistida de supetición, en tanto si el ausente fuese el em-presario (por sí o legalmente representado),el acto se celebrará sin su presencia.

Asimismo, requiérase a la parte actora afin de que el día de la comparecencia pre-sente informe de vida laboral hasta el mo-mento actual.

Para el caso de que el demandante estécobrando prestaciones por desempleo, debe-rá aportar certificación del Instituto Nacio-nal de Empleo, acreditando el importe perci-bido a fecha de la comparecencia.

Notifíquese a las partes esta resolución,notificación que servirá de citación en forma.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Benver Carpintería, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/33.760/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 86 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donEnrique Barroso Vivas, contra la empresa“Fabricaciones Metálicas Sav, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado confecha 2 de septiembre de 2009 auto de insol-vencia total, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Fabricacio-

nes Metálicas Sav, Sociedad Limitada”, ensituación de insolvencia total por importe

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 116 B.O.C.M. Núm. 259

de 49.503,75 euros. Insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima magistrada-juez de losocial, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Fabricaciones Metálicas Sav,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.356/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 68 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaRosalía Domínguez Domínguez, contra laempresa “Ralber Kids, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado con fecha 2 deseptiembre de 2009 auto de insolvencia,cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Ralber Kids,

Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia parcial por importe de 8.935,80euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional. Al constar en-tregada a la actora la cantidad de 15,72euros, el 24 de septiembre de 2009, median-te mandamiento de pago con número de or-den X-8730811 de fecha 7 de agosto de 2009.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima magistrada-juez de losocial, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Ralber Kids, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.360/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 137 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Olga Martín Fernández, contra la em-presa “Industrias Masterplas, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Industrias

Masterplas, Sociedad Limitada”, en situaciónde insolvencia total por importe de 9.116,78euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Industrias Masterplas, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.198/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 12 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de don

Juan Carlos Cortés Ruiz, contra don JesúsCallejón Amorós, sobre ordinario, se ha dic-tado con fecha 2 de octubre de 2009, auto deinsolvencia, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar al ejecutado don Jesús Ca-

llejón Amorós, en situación de insolvenciatotal por importe de 1.282,08 euros. Insol-vencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional. Y ello al constar entrega-dos al actor la cantidad de 48,16 euros, me-diante mandamiento de pago con número deorden X-8733182, de fecha 10 de agostode 2009.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo suce-sivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima magistrada-juez de losocial, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Jesús Callejón Amorós, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.357/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 151 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alberto Gutiérrez Alcocer, don JuanCarlos Ortega Cano, don Raúl Galán Terce-ro y don Emilio Sanguino Salgado, contralas empresas “Matricería Roda, SociedadLimitada”, y “Técnicas Industriales Trome-ces, Sociedad Limitada”, sobre despido, seha dictado sentencia, cuyo fallo es el si-guiente:

FalloDesestimando la excepción de falta de le-

gitimación pasiva invocada por “TécnicasIndustriales Tromeces, Sociedad Limitada”,estimando la excepción de caducidad invo-cada por la citada empresa, y estimando lasdemandas interpuestas por don Alberto Gu-tiérrez Alcocer, don Juan Carlos OrtegaCano, don Raúl Galán Tercero y don EmilioSanguino Salgado, contra las empresas

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 117

“Matricería Roda, Sociedad Limitada”, y“Técnicas Industriales Tromeces, SociedadLimitada”, en reclamación por despido,debo declarar y declaro nulo el despido deque fueron objeto los demandantes el día 31de diciembre de 2008, declarando la extin-ción de la relación laboral existente entre losdemandantes y la empresa “MatriceríaRoda, Sociedad Limitada”, con efectos deesta misma fecha, condenando a la mencio-nada empresa demandada a abonar a cadauno de los actores una indemnización en lacuantía que para cada uno de ellos se rela-ciona, condenándola, asimismo, al abono delos salarios dejados de percibir en las canti-dades que también se expresan a continua-ción, con absolución de la empresa code-mandada “Técnicas Industriales Tromeces,Sociedad Limitada”:

1) A don Alberto Gutiérrez Alcocer: in-demnización, 3.991,27 euros; salarios detramitación, 10.840,50 euros.

2) A don Raúl Galán Tercero: indemni-zación, 34.889,40 euros; salarios de tramita-ción, 1.218,36 euros.

3) A don Juan Carlos Ortega Cano: in-demnización, 63.152,77 euros; salarios detramitación, 1.222,76 euros.

4) A don Emilio Sanguino Salgado: in-demnización, 24.393,52 euros; salarios detramitación, 1.126,84 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyo, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal número 1096 delpaseo de Goya, número 2, de Móstoles, anombre de este Juzgado con el número2851, acreditando mediante la presentacióndel justificante de ingreso en el períodocomprendido hasta la formalización del re-curso, así como en el caso de haber sido con-denado en sentencia al pago de alguna can-tidad consignar en la “Cuenta de depósitos yconsignaciones” abierta en “Banesto” anombre de este Juzgado con el número 2851la cantidad objeto de condena, o formalizaraval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Matricería Roda, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido la

presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.359/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 155 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Eleuterio Peñasco González y donAlonso García Cano, contra las empresas“Mecanizados Roda, Sociedad Limitada”, y“Técnicas Industriales Tromeces, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado sen-tencia de fecha 1 de octubre de 2009, cuyofallo es del tenor literal siguiente:

Desestimando la excepción de falta de le-gitimación pasiva invocada por “TécnicasIndustriales Tromeces, Sociedad Limitada”,estimando la excepción de caducidad invo-cada por la citada empresa, y estimando lasdemandas interpuestas por don EleuterioPeñasco González y don Alonso GarcíaCano, contra “Mecanizados Roda, SociedadLimitada” y “Técnicas Industriales Trome-ces, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, debo declarar y declaro nulo eldespido de que fueron objeto los demandan-tes el día 31 de diciembre de 2008, declaran-do la extinción de la relación laboral exis-tente entre los demandantes y la empresa“Mecanizados Roda, Sociedad Limitada”,con efectos de esta misma fecha, condenan-do a la mencionada empresa demandada aabonar a cada uno de los actores una indem-nización en la cuantía que para cada uno deellos se relaciona, condenándola, asimismo,al abono de los salarios dejados de percibiren las cantidades que también se expresan acontinuación, con absolución de la empresacodemandada “Técnicas Industriales Tro-meces, Sociedad Limitada”:

1) A don Eleuterio Peñasco González:indemnización, 14.517,56 euros; salarios detramitación, 1.351,90 euros.

2) A don Alonso García Cano: indem-nización, 20.489,25 euros; salarios de trami-tación, 1.767,70 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyo, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-

ta en “Banesto”, sucursal 1096 del paseo deGoya, número 2, de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851 la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mecanizados Roda, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 6 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.355/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 224 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Abril Fernández, contra laempresa “Mecanización y Transformadosdel Aluminio, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Estimando la demanda interpuesta pordon José Luis Abril Fernández, contra “Me-canización y Transformados del Aluminio,Sociedad Limitada”, debo declarar y decla-ro improcedente el despido de que fue objetola actora el día 15 de enero de 2009, conde-nando a la empresa demandada a readmitiral mismo en su puesto de trabajo, en las mis-mas condiciones que tenía antes de produ-cirse el despido, a no ser que en el plazo decinco días, a contar desde la notificación deesta sentencia y sin necesidad de esperar a lafirmeza de la misma, opte ante este Juzgadopor el abono de una indemnización en cuan-tía de 8.388,97 euros, condenándola asimis-mo cualquiera que sea el sentido de su op-ción, al abono de los salarios dejados depercibir por el demandante desde la fecha dedespido hasta el 30 de marzo de 2009, encuantía de 4.356,38 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el Tribunal

Page 89: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 118 B.O.C.M. Núm. 259

Superior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyos, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096 del paseo deGoya, número 2 de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851 la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mecanización y Transforma-dos del Aluminio, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido el presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.203/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.408 de 2008, de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedon Antonio Olmedo Muñiz, contra la em-presa “Tecnofer Aceros y Ferrallas, Socie-dad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictadola siguiente resolución:

Estimando la demanda interpuesta pordon Antonio Olmedo Muñiz, contra “Tec-nofer Aceros y Ferrallas, Sociedad Limita-da”, en reclamación de cantidad, debo con-denar y condeno a la empresa demandada, aabonar al actor la cantidad de 3.396,21 euros,por los conceptos y períodos indicados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-

do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyos, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096 del paseo deGoya, número 2 de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851 la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tecnofer Aceros y Ferrallas,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido el presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.190/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.289 de 2008, de esteJuzgado de lo social, seguido a instancias dedoña Cristina Moreno Gallego, contra laempresa “Indujafer, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado la siguientesentencia cuyo fallo es del tenor literal si-guiente:

Estimando la demanda interpuesta pordoña Cristina Moreno Gallego, contra “In-dujafer, Sociedad Limitada”, en reclama-ción de cantidad, debo condenar y condenoa la empresa demandada, a abonar a la acto-ra la cantidad de 3.511,28 euros, por losconceptos y períodos indicados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-

do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyos, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096 del paseo deGoya, número 2 de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851 la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Indujafer, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido el presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.361/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 301 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Santiago Villajos Navas, contra la em-presa “Técnicas de Construcción Venus,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Santiago Villajos Navas, contra “Técni-cas de Construcción Venus, Sociedad Limi-tada”, por un importe de 14.406,99 euros deprincipal, más 2.881,39 euros para costas eintereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, estese a laaveriguación de los mismos acordada en laejecución número 243 de 2009 seguida con-tra la misma demandada.

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 119

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda manda y firma su seño-ría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Técnicas de Construcción Ve-nus, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.302/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 302 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Georghe Vintila, contra la empresa“Palsán Obras y Servicios, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado con fe-cha 2 de octubre de 2009, auto despachandoejecución, cuya parte dispositiva es la si-guiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Georghe Vintila, contra “Palsan Obrasy Servicios, Sociedad Limitada”, por un im-porte de 4.747,50 euros de principal, más950 euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al Servicio de Índices del Registrode la Propiedad, Jefatura Provincial de Trá-fico y Delegación de Hacienda.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda manda y firma su señoría.Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Ana Victo-ria Jiménez Jiménez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Palsán Obras y Servicios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.192/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 200 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Valentín Lafuente Moreno, contra lasempresas “Construcciones González Pal-ma 2007, Sociedad Limitada”, y “Estruhor-metal, Sociedad Limitada”, sobre despido,se ha dictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Valentín Lafuente Moreno, contra“Construcciones González Palma 2007, So-ciedad Limitada”, y “Estruhormetal, Socie-dad Limitada”, por un importe de 21.246,73euros de principal, más 4.249,34 euros paracostas e intereses que se fijan provisional-mente.

b) Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, estese a laaveriguación de los mismos acordada en laejecución número 295 de 2009 seguida con-tra las mismas demandadas.

c) Se advierte y requiere a las ejecuta-das en los términos exactos expuestos en losrazonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a las ejecutadas que si de-jan transcurrir los plazos que se les conce-

den, y en la forma indicada en el razona-miento jurídico sexto, se les podrá imponerel abono de apremios pecuniarios por cadadía que se retrase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda manda y firma su seño-ría.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones González Pal-ma 2007, Sociedad Limitada”, y “Estruhor-metal, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 5 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.195/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 727 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Sacramento Ávila Rodríguez, contraPatronato Deportivo Municipal del Ayun-tamiento de Alcorcón, sobre ordinario, se hadictado auto de desistimiento de fecha 27 deenero de 2009, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Se tiene por desistida a doña SacramentoÁvila Rodríguez de su demanda, procedien-do al cierre y archivo de las presentes actua-ciones, previa notificación de la presente re-solución a las partes, y una vez firme esta.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a doña Sacramento Ávila Rodrí-guez, en ignorado paradero, expido la presen-te en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

Page 91: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 120 B.O.C.M. Núm. 259

Móstoles, a 10 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.187/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 785 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Clara Isabel Álvaro Fuentes y doñaMaría Jesús García Maneiro, contra la em-presa “Stamp Mailing, Sociedad Limitada”,sobre extinción de contrato, se ha dictado lasiguiente resolución (auto de desistimiento),de fecha 6 de julio de 2009:

Se tiene por desistida a la parte deman-dante, María Jesús García Maneiro y doñaClara Isabel Álvaro Fuentes de su demandaformulada, procediéndose al archivo de lasactuaciones, previa notificación de la pre-sente resolución a las partes, y una vez firme.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Stamp Mailing, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.358/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 203 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Tomás Sánchez Vizcaya, contra laempresa “Construcciones, Reformas yProyectos Cantisur 3000, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente:

En atención a lo expuesto se acuerda:Despachar ejecución del título menciona-

do en los hechos de la presente resoluciónpor un principal de 10.284,12 euros, más lacantidad de 2.056,82 euros en concepto deintereses y de costas provisionales.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Sa-larial y a la parte actora para que en diez díaspuedan designar la existencia de nuevos bie-nes susceptibles de traba, advirtiéndoles quede no ser así se procederá a dictar auto de in-solvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las par-tes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtien-do que contra la misma cabe interponer recur-so de reposición ante este Juzgado dentro delplazo de cinco días hábiles siguientes al de sunotificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Se advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones, Reformas yProyectos Cantisur 3000, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.200/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en autos número 1.167de 2009 de este Juzgado de lo social, segui-dos a instancias de don Andriy Zincehenko,contra “TRM Aislamientos Sociedad Limi-tada”, sobre despido, en cuyas actuaciones yen resolución de esta fecha he acordado porel presente citar en legal forma a “TRM Ais-lamientos Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, al objeto de celebrar acto de conci-liación y, en su caso, juicio el día 2 de febre-ro de 2010, a las doce cuarenta y cinco horas.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revistanforma de auto o sentencia o se trate de empla-zamiento, apercibiéndole, asimismo, que ha-biéndose pedido y admitido la prueba de con-fesión, se le advierte que en caso deincomparecencia podrán ser tenidos por cier-tos los hechos alegados por la parte contraria.

Expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.371/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en autos número 1.291de 2009 de este Juzgado de lo social, segui-

dos a instancias de don Andriy Zincehenko,contra “TRM Aislamientos Sociedad Limi-tada”, sobre reclamación de cantidad, en cu-yas actuaciones y en resolución de esta fe-cha he acordado por el presente citar enlegal forma a “TRM Aislamientos SociedadLimitada”, en ignorado paradero, al objetode celebrar acto de conciliación y, en sucaso, juicio el día 3 de febrero de 2011, a lasdiez cuarenta y cinco horas.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revistanforma de auto o sentencia o se trate de empla-zamiento, apercibiéndole, asimismo, que ha-biéndose pedido y admitido la prueba de con-fesión, se le advierte que en caso deincomparecencia podrán ser tenidos por cier-tos los hechos alegados por la parte contraria.

Expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.376/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en autos número 991 de2009 de este Juzgado de lo social, seguidosa instancias de don Ramón Alfredo Esme-ralda Mera, contra “El Tío Pedro, SociedadLimitada Unipersonal”, sobre reclamaciónde cantidad, en cuyas actuaciones y en reso-lución de esta fecha he acordado por el pre-sente citar en legal forma a “El Tío Pedro,Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignora-do paradero, al objeto de celebrar acto deconciliación y, en su caso, juicio el día 26 deoctubre de 2010, a las diez y veinte horas.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento, apercibiéndole, asimismo,que habiéndose pedido y admitido la pruebade confesión, se le advierte que en caso deincomparecencia podrán ser tenidos porciertos los hechos alegados por la parte con-traria.

Expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.375/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE ALICANTE

EDICTO

Don José Agustín Rifé Fernández Ramos,secretario judicial del Juzgado de lo so-cial número 1 de Alicante.

Page 92: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 121

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos de Seguridad Social, resto nú-mero 282 de 2009, a instancias de don JuanMiguel López Benito, contra Instituto Na-cional de la Seguridad Social y “Mundypro-yect 2000, Sociedad Limitada”, en los quepor medio del presente se cita a “Mundy-proyect 2000, Sociedad Limitada”, quien sehalla en ignorado paradero, y cuyo últimodomicilio conocido es la calle Amado Ner-vo, número 15 (Madrid), y Gran Vía, núme-ros 6-4 (Madrid), para que comparezca anteeste Juzgado de lo social, sito en la calle Par-do Gimeno, número 43, segundo, al objetode celebrar acto de conciliación y, en sucaso, juicio el día 10 de diciembre de 2009, alas diez y treinta horas, con advertencia deque el juicio no se suspenderá por la incom-parecencia injustificada de las partes.

En Alicante, a 14 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.820/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE ALICANTE

EDICTO

Doña Carmen López Rodríguez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 2de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con elnúmero de procedimiento social ordina-rio 337 de 2009, se sigue procedimiento enreclamación de cantidades a instancias dedon Abdelaziz Esabbai, contra “Construc-ciones y Movimientos Ovisa, Sociedad Li-mitada”, “Acial Caminos Inmobiliarios, So-ciedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, en cuyas actuaciones se ha señala-do para que tenga lugar el acto de juicio el21 de diciembre de 2009, a las once horas, eignorándose el actual paradero de la empre-sa “Acial Caminos Inmobiliarios, SociedadLimitada”, cuyo último domicilio conocidofue en camino de Húmera, número 38-B,Pozuelo de Alarcón, por el presente se lecita para dicho día y hora, advirtiéndole quedeberá comparecer al mismo con los mediosde prueba de que intente valerse, con la pre-vención de que si no compareciere le para-rán los perjuicios a que hubiera lugar en de-recho, pudiéndosele tener por confesa en lasentencia y con advertencia de que las si-guientes comunicaciones se harán en estra-dos, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

En Alicante, a 7 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.819/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE ÁVILA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Jesús Martín Chico, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Ávila.

Hago saber: Que en la demanda núme-ro 330 de 2009 de este Juzgado, seguida a ins-

tancias de don El Houssini Tamazight, con-tra Instituto Nacional de la Seguridad Social,Tesorería General de la Seguridad Social y“CFA Construcciones, Sociedad Limitada”,sobre Seguridad Social, se ha dictado la si-guiente resolución:

Acta de juicioEn Ávila, a 6 de octubre de 2009.—

Siendo el día y la hora señalados para elpresente acto, el ilustrísimo señor Mota,magistrado-juez del Juzgado de lo socialnúmero 1 de esta capital, con mi asisten-cia, la secretaria, hace llamar a las partesinteresadas en el presente juicio, compare-ciendo el demandante, don El HoussiniTamazight, asistido del letrado don JuanCampomanes Sanchís; por la parte deman-dada, Instituto Nacional de la SeguridadSocial, Tesorería General de la SeguridadSocial y “CFA Construcciones, SociedadLimitada”; representados por don ÁngelLuis Sánchez Conde, Instituto Nacional dela Seguridad Social y Tesorería General dela Seguridad Social, no comparece la em-presa demandada, no constando su cita-ción en forma.

Su señoría ilustrísima acuerda la suspen-sión del presente juicio, señalando comonueva fecha el 30 de noviembre de 2009, alas once horas, acordando que se cite a laempresa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y por acuse de reci-bo, quedando en este acto citada la parteactora, el Instituto Nacional de la Seguri-dad Social y la Tesorería General de la Se-guridad Social.

Con todo lo cual se declara por su señoríaterminado el acto; leída que fue el acta, y ha-llada conforme, es firmada por su señoría ydemás comparecientes que saben hacerlo,de todo lo cual doy fe.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “CFA Construcciones, Sociedad Li-mitada”, expido y firmo el presente en Ávi-la, a 8 de octubre de 2009.—La secretariajudicial (firmado).

(03/34.416/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE BADAJOZ

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ángel Estévez Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 1de Badajoz.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 84 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaSusana Rayo Sánchez, contra la empresa“Proturex, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia del secretario judicial, ÁngelEstévez Rodríguez.—En Badajoz, a 7 de oc-tubre de 2009.

La extiendo yo, el secretario, para hacerconstar que se ha recibido la anterior certifi-cación del Registro de la Propiedad de Ba-dajoz, de lo que seguidamente paso a darcuenta a su señoría, doy fe.

ProvidenciaIlustrísimo magistrado-juez de lo social,

señor Sánchez Ugena.—En Badajo, a 7 deoctubre de 2009.

Dada cuenta, únase a los autos de su ra-zón la certificación recibida del Registrode la Propiedad de Herrera del Duque y, ensu virtud, se acuerda el embargo de las si-guientes fincas, propiedad de la empresa“Proturex, Sociedad Limitada”, CIF:B-81452047: finca urbana número 11, ins-crita al tomo 171, libro 25, folio 176; fincaurbana número 2.391, inscrita al tomo 178,libro 16, folio 66; finca urbana número2.345, inscrita al tomo 176, libro 15, folio191, inscripción primera; finca urbana nú-mero 2.346, inscrita al tomo 176, libro 15,folio 193, inscripción primera; finca urba-na número 2.347, inscrita al tomo 176, li-bro 15, folio 195, inscripción segunda; fin-ca urbana número 2.349, inscrita al tomo176, libro 15, folio 193; finca urbana nú-mero 2.348, inscrita al tomo 176, libro 15,folio 196; finca urbana número 2.351, ins-crita al tomo 176, libro 15, folio 199 y fin-ca urbana número 2.350, inscrita al tomo176, libro 15, folio 198; librándose manda-miento por duplicado al señor registradorde la Propiedad antes dicho, haciendoconstar en el mismo, que dicha resolución,por la que se acuerda el embargo de las fin-cas, es ejecutiva, así como que dicho man-damiento está exento de impuestos al ha-ber sido acordado de oficio por laautoridad judicial (artículo 237.2 de la Leyde Procedimiento Laboral en relación conel artículo 48.4 de la Ley de Impuestos deTransmisiones Patrimoniales).

Hágase extensivo dicho mandamiento afin de expedir certificación de la titularidadde los bienes y en su caso, de sus cargas ygravámenes.

Igualmente se deberá comunicar la exis-tencia de ulteriores asientos que pudieranafectar al embargo anotado.

Requiérase al ejecutado para que dentrode los seis días siguientes a la notificaciónde esta resolución presente los títulos depropiedad de las fincas manifestando si lasmismas se encuentran arrendadas y en casoafirmativo el nombre del arrendatario.

Notifíquese la presente resolución a laspartes advirtiendo que, contra la misma,podrán interponer recurso de reposiciónante este Juzgado dentro del plazo de tresdías hábiles, siguientes al de su notifica-ción (artículo 184 de la Ley de Proce-dimiento Laboral) sin perjuicio de su eje-cutividad.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Proturex, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Badajoz, a 7 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.210/09)

Page 93: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - bocm.es · Pág. 30 SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009 B.O.C.M. Núm. 259 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA

SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 122 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE BADAJOZ

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ángel Estévez Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 1de Badajoz.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 104 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Díez Benítez-Donoso, contra“Proturex, Sociedad Limitada”, “EncinaresGestión Hotelera, Sociedad Limitada”, ydon Jesús Díaz Franco, sobre jura de cuen-tas, se ha dictado providencia de esta mismafecha que dice:

ProvidenciaIlustrísiom magistrado-juez de lo social,

señor Sánchez Ugena.—En Badajoz, a 6 deoctubre de 2009.

Dada cuenta, únase a los autos de su ra-zón la certificación recibida del Registro dela Propiedad de Herrera del Duque y en suvirtud se acuerda el embargo de las siguien-tes fincas, propiedad de la empresa “Protu-rex, Sociedad Limitada”, CIF: B-81452047:finca urbana número 2.193, inscrita altomo 163, libro 14, folio 111, inscripciónsegunda; finca urbana número 2.344, inscri-ta al tomo 176, libro 15, folio 189, inscrip-ción primera; finca urbana número 2.345,inscrita al tomo 176, libro 15, folio 191, ins-cripción primera; finca urbana núme-ro 2.346, inscrita al tomo 176, libro 15, fo-lio 193, inscripción primera; finca urbananúmero 2.347, inscrita al tomo 176, libro 15,folio 195, inscripción segunda; finca urbananúmero 2.393, inscrita al tomo 178, libro 16,folio 68, inscripción primera; finca urbananúmero 2.396, inscrita al tomo 178, li-bro 164, folio 76, inscripción primera; fincaurbana número 2.404, inscrita al tomo 178,libro 16, folio 89, inscripción primera; fincaurbana número 2.405, inscrita al tomo 178,libro 16, folio 91, inscripción primera y fin-ca urbana número 2.406, inscrita altomo 178, libro 16, folio 93, inscripción pri-mera, librándose mandamiento por duplica-do al señor registrador de la Propiedad antesdicho, haciendo constar en el mismo, que di-cha resolución, por la que se acuerda el em-bargo de las fincas es ejecutiva, así comoque dicho mandamiento está exento de im-puestos al haber sido acordado de oficio porla autoridad judicial (artículo 237.2 de laLey de Procedimiento Laboral en relacióncon el artículo 48.4 de la Ley de Impuestosde Transmisiones Patrimoniales).

Hágase extensivo dicho mandamiento afin de expedir certificación de la titularidadde los bienes y en su caso, de sus cargas ygravámenes.

Igualmente se deberá comunicar la exis-tencia de ulteriores asientos que pudieranafectar al embargo anotado.

Requiérase a la ejecutada para que dentrode los seis días siguientes a la notificaciónde esta resolución presente los títulos depropiedad de las fincas manifestando si lasmismas se encuentran arrendadas y en casoafirmativo el nombre del arrendatario.

Notifíquese la presente resolución a laspartes advirtiendo que, contra la misma, po-drán interponer recurso de reposición anteeste Juzgado dentro del plazo de tres díashábiles, siguientes al de su notificación (ar-tículo 184 de la Ley de Procedimiento Labo-ral) sin perjuicio de su ejecutividad.

Así lo acuerda y firma su señoría por antemi, el secretario, de lo que doy fe.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Proturex, Sociedad Limitada”,“Encinares Gestión Hotelera, Sociedad Li-mitada”, y don Jesús Díaz Franco, en igno-rado paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Badajoz, a 6 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.213/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE BARCELONA

EDICTO

Según lo acordado en los autos de despi-do número 611 de 2009, seguidos en esteJuzgado a instancias de don Nicolás MaríaMaqueira Bonet, contra Fondo de GarantíaSalarial y “Ventask Force, Sociedad Limita-da”, por el presente se notifica a “VentaskForce, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero la resolución dictada en los presentesautos, cuyo tenor literal de su parte disposi-tiva dice:

Sentencia número 453 de 2009Barcelona, a 18 de septiembre de 2009.—

Vistos por el magistrado-juez del Juzgadode lo social número 3 de Barcelona, don F.Xavier González de Rivera y Serra, los pre-sentes autos de procedimiento de despidonúmero 611 de 2009, seguidos a instanciasde Nicolás María Maqueira Bonet, contra“Ventask Force, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre despido.

FalloEstimo la demanda presentada por don

Nicolás María Maqueira Bonet, contra“Ventask Force, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre despido,declaro la improcedencia del despido de laparte demandante realizado con efectos deldía 7 de mayo de 2009 y, con extinción de larelación laboral con efectos del día de estaresolución, condeno a la empresa demanda-da a que le indemnice en la cuantía de2.066,40 euros, con pago de los salarios detramitación por importe de 5.234,88 euros.Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sinperjuicio de las responsabilidades subsidia-rias que se puedan derivar de la insolvenciaempresarial.

Notifíquese esta resolución a las partes,hágaseles saber que cabe interponer recursode suplicación ante la Sala de lo social delTribunal Superior de Justicia de Cataluña,anunciándolo ante este Juzgado por compa-

recencia o por escrito en el plazo de cincodías hábiles siguientes a la notificación delpresente fallo, siendo indispensable que enel momento de anunciarlo acredite la parteque no ostente el carácter de trabajador ha-ber consignado el importe íntegro de la con-dena en el banco “Banesto”, entidad 0030,oficina 2015, situada en la ronda Sant Pere,número 47, de esta ciudad, en la cuenta co-rriente número 5203/0000/65/0611/2009,de este Juzgado, o presentar aval solida-rio de entidad financiera por el mismo im-porte, depositando además la cantidadde 150,25 euros en la cuenta corriente nú-mero 5203/0000/64/0611/2009, en el mo-mento de la formalización del recurso, sin locual no se admitiría.

Así lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma

a la referida demandada, cuyo domicilio sedesconoce, advirtiéndole que las sucesivasnotificaciones, salvo que revistan forma deauto o sentencia, se harán en estrados y parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID a los efectos perti-nentes, expido el presente edicto en Barce-lona, a 1 de octubre de 2009.—La secretariajudicial, Alicia Visitación Pérez Carro.

(03/34.225/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE BARCELONA

EDICTO

Por la presente cédula de citación dictadaen méritos de resolución de fecha 4 de sep-tiembre de 2009 en autos instruidos por esteJuzgado de lo social a instancias de “MutuaAsepeyo”, contra Instituto Nacional de laSeguridad Social, Tesorería General de laSeguridad Social, “Blancafort, Sociedad Li-mitada”, doña Dolores Morales Martín, donMalo Leurente Larher, don Yumei Clemen-te Aceituno, don Eduardo de la Vega Taiño,don Eduardo Madrona Matito, don CarlosJavier Monroy Quirante, don Esteban PérezSevilla, doña Nuria Arman Muns, don JoanJosep Balart García, doña Neris MercedesFerrera Herasme, don José Julián Ávila Ex-pósito, don Javier García Ahunfinger, doñaNadia Berkan, doña Rocío Abad Ruiz, donRamiro Enrique López Ustaris, don AlaaMellouk, don Antonio Bellera Barrera, doñaFátima Taoud el Hassani, doña María Ma-nuela Andame Maye, don Antonio HerreroPerales, don Raúl Lorente Sibina y don Mi-guel Vilella Barrachina, en reclamación devarios en Seguridad Social, seguido con elnúmero 355 de 2009, se cita a doña NerisMercedes Ferrera Herasme, en ignorado pa-radero, para que comparezca ante la Sala deaudiencias de este organismo, sito en estaciudad, el día 1 de febrero de 2010, a las diezy veinte horas de la mañana, para celebrar eloportuno acto de conciliación, significándo-les que caso de no existir avenencia en talacto, el juicio, en única convocatoria, se ce-lebrará a continuación, y al que concurriráncon los medios de prueba de que intentenvalerse; advirtiéndoles que no se suspende-rá el juicio por falta de asistencia de la de-mandada debidamente citada, y de que caso

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 123

de incomparecencia de la parte demandadapodrá ser tenida por confesa.

Lo que hace público por medio del BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDa los efectos pertinentes, con la advertenciade que las siguientes modificaciones se rea-lizarán en estrados, salvo aquellas que revis-tan forma de auto o sentencia, de acuerdocon lo establecido en el artículo 59 de la Leyde Procedimiento Laboral.

En Barcelona, a 6 de octubre de 2009.—El secretario judicial, Jesús Solís Aragón.

(03/34.417/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE GRANOLLERS

EDICTO

Según lo acordado en los autos núme-ro 389 de 2009 seguidos en este Juzgado ainstancias de don Agustín Marín Matas, donLuis Santano Moreno, don Joaquim CantosIglesias y don H. Hamed el Berkani, contra“Gurb Cénter, Sociedad Limitada”, Fondode Garantía Salarial, “Grupo Inversor Nau-tor, Sociedad Limitada”, y “Corporación Fi-nanciera Urdile, Sociedad Limitada”, en re-lación a reclamación de cantidad, por elpresente se notifica a “Gurb Cénter, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, elauto dictado en fecha 6 de octubre de 2009que es del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña JuanaVera Martínez.— En Granollers, a 6 de oc-tubre de 2009.

Parte dispositiva:

Dispongo: Acumúlense a estos autos losque se siguen en este Juzgado con el núme-ro 436 de 2009, discutiéndose conjuntamen-te en un solo procedimiento y debiendo re-solverse en una sola resolución todas lascuestiones planteadas. En cuanto a la fechade la celebración del auto de juicio, déjesesin efecto el señalamiento acordado en laspresentes actuaciones, señalándose para eldía 18 de enero de 2010, a las diez horas, fe-cha del señalamiento acordado en el proce-dimiento número 436 de 2009.

Tómese nota en los libros de registro co-rrespondientes, dejando la debida constan-cia en los autos que se acumulan

Notifíquese la presente resolución a laspartes de todos los procedimientos, advirtién-doles que no es firme, pudiendo interponercontra la misma recurso de reposición a pre-sentar en este Juzgado dentro de los cincodías hábiles siguientes al de recibirla, cuyasola interposición no suspenderá la ejecu-tividad de lo que se acuerda (artículo 184 dela Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda, manda y firma la magis-trada-juez de lo social. Doy fe.—La secreta-ria judicial (firmado).—La magistrada-juezde lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se procede acumplimentar lo acordado, notifíquese lapresente resolución a las partes por correocertificado con acuse de recibo de conformi-

dad con lo previsto en el artículo 56 de laLey de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en for-ma a la persona anteriormente referencia-da, cuyo domicilio se desconoce, advirtién-dole que las sucesivas notificaciones, salvoque revistan forma de auto o sentencia, seharán en estrados, y para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID a los efectos pertinentes, expido elpresente edicto en Granollers, a 6 de octubrede 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.427/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE GUADALAJARA

EDICTO

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria delo social del número 2 de los de Guadala-jara.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el proceso seguido a instancias de donJosé María Picazo Asenjo, contra InstitutoNacional de la Seguridad Social, TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, “Medacons,Sociedad Anónima”, y “Unión de Mutuas”,en reclamación por Seguridad Social, regis-trado con el número 263 de 2009, se ha acor-dado citar a “Medacons, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 15 de febrero de 2010, alas trece horas, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, juicio quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 2, sito en la pla-za de Fernando Beladíez, sin número, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Meda-cons, Sociedad Anónima”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Guadalajara, a 7 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.423/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE LAS PALMAS

DE GRAN CANARIA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA

En virtud de lo acordado por el ilustrísi-mo señor magistrado-juez de este Juzgado,en resolución de esta fecha, dictada en losautos de referencia, que en este Juzgado sesiguen a instancias de don Adrián MiguelMedina de Feyler, contra “Partner Ho-tels & INSS, Sociedad Limitada”, la indica-

da resolución, expresiva de su tenor literal yrecurso que contra la misma cabe interpo-ner, Órgano y plazo al efecto.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor don Adrián Miguel Medina de Feyter,frente a la mercantil “Partner Hotels & INSS,Sociedad Limitada”, en materia de despido,debo declarar y declaro improcedente el des-pido efectuado por la empresa demandada ala parte actora con efectos desde el día 30 deabril de 2009; en virtud, debo condenar ycondeno a la demandada a estar y pasar poresta declaración, y a la empresa demandadaa que, a su elección, readmita al trabajadoren las mismas condiciones de trabajo que re-gían con anterioridad al despido, o bien leindemnice con la suma de 2.038,50 euros, ya que en ambos casos le abone los salariosdejados de percibir desde la fecha del despi-do y hasta la de la notificación de esta sen-tencia, ambos inclusive, a razón de 45,30euros brutos, y lo mantenga en situación dealta en la Seguridad Social durante el perío-do correspondiente a tales salarios; debien-do advertir por último a la demandante quela opción señalada, habrá de efectuarse anteeste Juzgado de lo social, en el plazo de cin-co días siguientes, desde la notificación dela sentencia, entendiéndose que de no hacer-lo así se opta por la readmisión.

Contra la presente sentencia cabe recursode suplicación ante la Sala de lo social delTribunal Superior de Justicia de Canarias, elcual, en su caso, deberá ser anunciado anteeste Juzgado en el acto de notificación deesta sentencia, bastando para ello la manifes-tación en tal sentido de la parte, de su aboga-do o de su representante en el momento dehacerle la notificación, o dentro de los cincodías siguientes al que tenga lugar dicha noti-ficación, por escrito o comparecencia. En elcaso de que la recurrente no fuera trabajadorni tuviese el derecho a la justicia gratuita, de-berá acreditar al tiempo de anunciar el recursohaber ingresado en la cuenta corriente de esteJuzgado, número 3487/0000/65/0634/09,abierta en la entidad bancaria “Banesto”, en-tidad 0030, oficina 1105 de la calle Triana,número 120, de Las Palmas de Gran Cana-ria, la cantidad total objeto de condena, pu-diendo sustituirse la consignación en metá-lico por el aseguramiento mediante avalbancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista. Deigual modo, la demandada deberá, al tiempode anunciar el recurso, haber consignadocomo depósito la cantidad de 150,25 eurosen la entidad bancaria y cuenta indicadas.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “PartnerHotels & INSS, Sociedad Limitada”, con do-micilio en avenida de Italia, número 21, Pla-ya del Inglés, San Bartolomé de Tirajana,expido la presente en Las Palmas de GranCanaria, a 25 de septiembre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.008/09)

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 124 B.O.C.M. Núm. 259

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE LUGO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Varela Rebolo, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 2 de Lugo y su provincia.

Certifico: Que en los autos número 1.064de 2008, seguidos a instancias de doña Dia-na Mourin Fernández, contra “CreativeCreature, Sociedad Limitada”, sobre re-clamación de cantidad, se ha dictado senten-cia, cuyo encabezamiento y parte dispositi-va dicen:

En Lugo, a 30 de septiembre de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña BeatrizMartínez Vega, magistrada-juez del Juzga-do de lo social número 2 de Lugo, los pre-sentes autos número 1.064 de 2008, sobrereclamación de cantidad, en los que ha sidoparte actora doña Diana Mourín Fernández,representada por el letrado don José ManuelPombo Injerto, y parte demandada, “Creati-ve Creature, Sociedad Limitada”, que nocompareció, y el Fondo de Garantía Sala-rial, representado por el señor abogado delEstado sustituto, don Juan Manuel VidalPardo.

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor doña Diana Mourín Fernández, contra laempresa “Creative Creature, Sociedad Li-mitada”, debo condenar y condeno a la de-mandada a abonar a la demandante la canti-dad de 10.274,48 euros, a la que será deaplicación un recargo por mora del 10por 100 anual. Todo ello sin perjuicio de laresponsabilidad del Fondo de Garantía Sa-larial.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que contra la mismacabe interponer recurso de suplicación paraante la Sala de lo social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Galicia-A Coruña, dentrode los cinco días siguientes al de su notifi-cación, por conducto de este Juzgado de losocial, previo el depósito de las cantidadesobjeto de condena, y con los requisitos exi-gidos en los artículos 189 y siguientes deltexto refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, y en especial lo dispuesto en el ar-tículo 228 del citado cuerpo legal, consisten-te en que será indispensable que el recurren-te que no gozare del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso desuplicación, haber consignado en la “Cuen-ta de depósitos y consignaciones”, núme-ro 2323/65 número de autos 1.064 de 2008,que este Juzgado de lo social tiene abierta enla entidad “Banesto”, sucursal en la calleSan Marcos, número 3, 27001, de esta ciu-dad, la cantidad objeto de la condena, pu-diendo sustituirse la consignación en metá-lico por el aseguramiento mediante avalbancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista. Elresguardo de consignación en metálico o, ensu caso, el documento de aseguramiento, enlos que deberá constar el número de proce-dimiento, quedará bajo la custodia del secre-tario, que expedirá testimonio de los mis-mos para su unión a los autos, facilitando el

oportuno recibo, más el depósito de 150,25euros, prevenido para esta clase de recursosque deberá constituirse en la misma cuentanúmero 2.323 de 1965 número de autos 1.064de 2008 de la entidad “Banesto”, que alefecto y bajo la denominación de “Recursode suplicación” existe, debiendo entregarselos resguardos en la Secretaría de este Juz-gado al tiempo de interponer el recurso, casode ser la empresa demandada condenadaquien lo interpusiera, de conformidad con lodispuesto en el artículo 227 del referido tex-to legal.

Así por esta mi sentencia definitiva, lopronuncio, mando y firmo.

Concuerda bien y fielmente con el origi-nal al que me remito, y para que sirva de no-tificación a la empresa “Creative Creature,Sociedad Limitada”, cuyo domicilio conoci-do lo tuvo en calle Mayor, número 66, Al-corcón (Madrid), hallándose actualmente enparadero desconocido, y a la que se le ad-vierte que las demás notificaciones se le ha-rán en estrados, salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de em-plazamiento, expido y firmo la presente enLugo, a 2 de octubre de 2009.—La secreta-ria judicial (firmado).

(03/33.983/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE MÁLAGA

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de resolución dictada por elilustrísimo señor don José Ramón JuradoPousibet, magistrado-juez del Juzgado de losocial número 3 de esta capital y su provin-cia, en los autos número 846 de 2009, segui-dos a instancias de doña María José Ruiz Pé-rez, contra “Revelance, Sociedad Anónima”y otros, sobre cantidad, se ha acordado citara “Francos Elewen, Sociedad Limitada”,“Multifactory Productos, Sociedad Limita-da”, y “Revelance, Sociedad Anónima”,como parte demandada, por tener ignoradoparadero, para que comparezcan el día 9 demarzo de 2010, a las diez y treinta horas desu mañana, para asistir a los actos de conci-liación o juicio, en su caso, que tendrán lu-gar en este Juzgado de lo social, sito en lacalle Fiscal Luis Portero García, Ciudad dela Justicia, “Teatinos”, debiendo compare-cer personalmente o por persona legalmenteapoderada y con los medios de prueba deque intenten valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se cita para que en el mismodía y hora la referida parte demandada reali-ce prueba de confesión judicial y documental.

Se pone en conocimiento de dicha parteque tiene a su disposición en la Secretaría deeste Juzgado las copias de la demanda pre-sentada, y se les advierte de que las siguien-tes comunicaciones se harán en estrados delJuzgado, salvo las que deban revestir la for-ma de autos o sentencias o se trate de empla-zamientos.

Y para que sirva de citación a “FrancosElewen, Sociedad Limitada”, “Multifactory

Productos, Sociedad Limitada”, y “Reve-lance, Sociedad Anónima”, se expide la pre-sente cédula de citación para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y su colocación en el tablón deanuncios de este Juzgado (por término dediez días), que habrán de efectuarse conquince días hábiles de antelación con res-pecto a la fecha señalada por aplicación delartículo 82.3.a) de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Málaga, a 5 de octubre de 2009.—La se-cretaria judicial, Cristina Campo Urbay.

(03/34.414/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE SALAMANCA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Florencio E. Sánchez García, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 1de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 144 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Felicísimo Criado Velasco, contra la em-presa “Esesex 2001, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, sobre ordinario,se ha dictado la siguiente providencia:

ProvidenciaMagistrado-juez de lo social, don Anto-

nio de Castro Cid.—En Salamanca, a 27 dejulio de 2009.

Visto el anterior escrito, únase a los autosde su razón. Se tiene por interpuesto recursode reposición por el ejecutante contra la re-solución de fecha 13 de julio de 2009. Desetraslado de copia de lo presentado a las otraspartes para que en el plazo de cinco días loimpugnen si así les conviene, y una veztranscurrido este, dese cuenta para su reso-lución.

Notifíquese esta resolución.Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Y para que le sirva de notificación en le-

gal forma a “Esesex 2001, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 6 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.216/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE SALAMANCA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Florencio E. Sánchez García, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 1de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 161 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Rosa Narcisa Carvajal Macías, contraFondo de Garantía Salarial y “Esesex 2001,

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 125

Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la siguiente providencia:

ProvidenciaMagistrado-juez de lo social, don Anto-

nio de Castro Cid.—En Salamanca, a 27 dejulio de 2009.

Visto el anterior escrito, únase a los autosde su razón. Se tiene por interpuesto recursode reposición por la ejecutante contra la re-solución de fecha 13 de julio de 2009. Desetraslado de copia de lo presentado a las otraspartes para que en el plazo de cinco días loimpugnen si así les conviene, y una veztranscurrido este, dese cuenta para su reso-lución.

Notifíquese esta resolución.Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.Y para que le sirva de notificación en le-

gal forma a “Esesex 2001, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 6 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.215/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 150 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ramón Enri Bellance, contra don Al-fonso Fernández Sosa y “Contalfo, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do la siguiente resolución:

Primero.—Proceder a la ejecución del tí-tulo mencionado en los hechos de la presen-te resolución solicitada por don Ramón EnriBellance, contra don Alfonso FernándezSosa y “Contalfo, Sociedad Limitada”, porun importe de 3.850 euros de principal, másotros 770 euros presupuestados para costase intereses provisionales.

Segundo.—Trabar embargo de los bienesde los demandados en cuantía suficiente, ydesconociéndose bienes concretos, procéda-se a la averiguación de los mismos, y a talfin expídanse los correspondientes oficios ymandamientos al señor jefe provincial deTráfico, ilustrísimo señor alcalde, Serviciode Índices del Registro de la Propiedad, Ge-rencia del Centro de Gestión Catastral ytambién al señor director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juz-gado si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a los ejecutados porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y asimismo, para que todos ellos, y sinperjuicio de las exigencias legales, en el pla-zo máximo de cinco días faciliten la relaciónde todos los bienes o derechos de los deudo-res de que tengan constancia. Advirtiéndosea las autoridades y funcionarios requeridos

de las responsabilidades derivadas del in-cumplimiento injustificado de lo acordado(artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral). En caso positivo, seacuerda el embargo de los posibles vehícu-los propiedad de los ejecutados, interesán-dose a su vez la correspondiente anotación yconsiguiente certificación, así como el embar-go de las cantidades pendientes de devoluciónpor la Hacienda Pública a los ejecutadoshasta cubrir la cantidad objeto de apremio,interesándose la remisión de las mismas a la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto”, plazade Zocodover, número 4, de Toledo, cuentacorriente número 4320/0000/64/0150/09.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de los apremiados, en los que la co-rrespondiente entidad financiera actuaracomo depositaria o mera intermediaria, has-ta cubrir el importe del principal adeudado eintereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de los apremiadospara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conlos apremiados para ocultar o sustraer algu-na parte de sus bienes o créditos (artícu-los 519 y siguientes del Código Penal y 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Tercero.—A tal fin líbrese testimonio dela presente resolución con comunicación alServicio Común de Notificaciones y Embar-gos de los Juzgados competentes, al efectode que por la comisión judicial se proceda alembargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el pre-sente de mandamiento en forma, pudiendosolicitar, si preciso fuere, el auxilio de lafuerza pública, así como hacer uso de losmedios personales y materiales necesariospara poder acceder a los lugares en que seencuentren los bienes cuya traba se pretende.

Cuarto.—Y para el caso de que no se tu-viese conocimiento de la existencia de losbienes suficientes, diríjanse oficios a lospertinentes organismos y registros públicoscon el fin de que faciliten relación de todoslos bienes y derechos de los deudores de quetengan constancia.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma. Doy fe.—El secretario judicial (fir-

mado).—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a don Alfonso Fernández Sosa y“Contalfo, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Toledo, a 29 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.219/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de de-manda número 295 de 2008 de este Juzgadode lo social, seguido a instancias de don Ma-nuel Ron López, contra la empresa “Art’DecoInfantil, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con laque se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 18 de noviembre de 2009,a las diez cuarenta y cinco horas, en la Salade audiencias número 10 de este Juzgado,sita en la calle Marqués de Mendigorría, nú-mero 2, de esta ciudad, debiendo citarse alas partes, con entrega a los demandados y alos interesados de copia de la demanda y de-más documentos aportados, así como del es-crito de subsanación, con las advertenciasprevistas en los artículos 82.2 y 83 de la Leyde Procedimiento Laboral.

Ha lugar al interrogatorio de la demanda-da, debiendo comparecer el representantelegal personalmente a la vista. Se requiere ala demandada para que aporte a la vista ladocumental solicitada.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso de

reposición a presentar en este Juzgado dentrode los cinco días hábiles siguientes al de reci-birla, expresándose la infracción en que la re-solución hubiera incurrido a juicio del recu-rrente, y cuya sola interposición no suspenderála ejecutividad de lo que se acuerda (artículo184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma doña María Cristina García Carballo,ilustrísima señora magistrada-juez del Juz-gado de lo social número 2 de los de Toledo.Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009Pág. 126 B.O.C.M. Núm. 259

trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Art’Deco Infantil, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 25 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.752/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 735 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de donDavid Rebato Arévalo, contra las empresas“Urbanizaciones Omega, Sociedad Limita-da”, “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limi-tada”, “Soluciones Gabela, Sociedad Limita-da”, y “Urbanizaciones Némesis, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado lasentencia número 402 de 2009, cuyo fallo esdel tenor literal siguiente:

Que estimando subsidiariamente la preten-sión de la demanda de despido, interpuestapor don David Rebato Arévalo, contra lasmercantiles “Urbanizaciones Omega, Socie-dad Limitada”, “Urbanizaciones Némesis,Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Che-mu, Sociedad Limitada”, y “Soluciones Ga-bela, Sociedad Limitada”, debo declarar ydeclaro la improcedencia del despido del ac-tor, y, en consecuencia, debo condenar ycondeno a las demandadas a estar y pasar pordicha declaración, declarando extinguida larelación laboral entre las partes, procediendoa abonar al actor de forma solidaria, por par-te de las mercantiles, la indemnización de20.057,18 euros, así como el abono de los sa-larios dejados de percibir desde la fecha dedespido hasta la notificación de la presentesentencia en cuantía de 43,25 euros diarios.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, el cualdeberá anunciarse en este Juzgado dentro delos cinco días siguientes a la notificación deesta resolución, bastando para ello la meramanifestación de la parte o de su abogado, osu representante, al hacerle la notificaciónde aquella, de su propósito de entablarlo, obien por comparecencia o por escrito de laspartes, de su abogado o su representantedentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación enlegal forma a “Urbanizaciones Omega, So-ciedad Limitada”, “Urbanizaciones Chemu,Sociedad Limitada”, “Soluciones Gabe-la, Sociedad Limitada”, y “UrbanizacionesNémesis, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Toledo, a 10 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.986/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 217 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Francisco Cuadros Muñoz, contra laempresa “Actividades Cinegéticas Villalón,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado el siguiente auto:

Parte dispositiva:Se declara extinguida la relación laboral

que unía a don Francisco Cuadros Muñozcon la empresa “Actividades CinegéticasVillalón, Sociedad Limitada”, condenandoa esta a que abone a aquel las cantidades si-guientes:

Nombre del trabajador: Francisco Cua-dros Muñoz.

Indemnización: 6.304,35 euros.Salarios: 7.930 euros.Notifíquese esta resolución a las partes.Contra la presente resolución no cabe re-

curso, salvo lo dispuesto en el artículo 189de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma doña María Cristina García Carballo,ilustrísima señora magistrada-juez del Juz-gado de lo social número 2 de los de Toledo.Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguien-tes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legalforma a “Actividades Cinegéticas Villalón, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 15 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.989/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 2de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.188 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Milton Castillo Chamba, contra laempresa “Dosmarsam, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado la siguiente re-solución:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, conla que se formará el oportuno procedimien-to, regístrese en el libro registro correspon-diente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 9 de noviembre de 2009, alas once y treinta horas, en la Sala de audien-cias número 10 de este Juzgado, sita en lacalle Marqués de Mendigorría, número 2, deesta ciudad, debiendo citarse a las partes,con entrega a la demandada y a los interesa-dos de copia de la demanda y demás docu-mentos aportados, así como del escrito desubsanación, con las advertencias previstasen los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral.

Ha lugar a la confesión judicial de la de-mandada, debiendo comparecer el represen-tante legal personalmente a la vista. Se re-quiere a la demandada para que aporte a lavista la documental solicitada.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, expresándose la infracción enque la resolución hubiera incurrido a juiciodel recurrente, y cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma doña María Cristina García Carballo,ilustrísima magistrada-juez del Juzgado delo social número 2 de los de Toledo. Doyfe.—El secretario judicial (firmado).—Lamagistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Dosmarsam”, en ignorado pa-radero, expido la presente en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 13 de octubre de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/34.443/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE VALENCIA

EDICTO

Doña Pilar Ferrán Dilla, secretaria del Juz-gado de lo social número 1 de los de Va-lencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos número 74 de 2009, a instancias

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SÁBADO 31 DE OCTUBRE DE 2009B.O.C.M. Núm. 259 Pág. 127

de don Manuel Puchol Ojeda y don Francis-co Almodóvar Larrea, contra “Construccio-nes Cyrval, Sociedad Limitada”, “Edicón,Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, en los que el día 1 de octubre de 2009se ha dictado resolución, cuya parte disposi-tiva dice:

FalloQue procede tener a los actores por desis-

tidos de las demandas formuladas contra“Edificaciones y Contratas Rachelas, Socie-dad Limitada” (“Edicón”).

Que estimando la demanda interpuestapor don Manuel Puchol Ojeda y donFrancisco Amodóvar Larrea, contra la mer-cantil “Cyrval, Sociedad Limitada”, conaudiencia del Fondo de Garantía Salarial,no compareciendo ninguno de estos, debodeclarar y declaro la improcedencia deldespido de los actores por la empleadora“Cyrval, Sociedad Limitada”, llevado aefecto en fecha 1 de diciembre de 2008,procediendo a voluntad del empleador me-diante el ejercicio de opción en el plazo decinco días a partir de la notificación de lapresente a la readmisión de los trabajadoreso al abono de las indemnizaciones que acontinuación se señalarán, con abono enambos supuestos de los salarios de tramita-ción previstos desde la fecha del despidohasta la notificación de la presente, sin per-juicio de la devolución, en su caso, en elproceso adecuado de las prestaciones pordesempleo que hubieran podido percibirlos actores, comunicando la presente reso-lución al Instituto Nacional de Empleo alos efectos oportunos.

Indemnizaciones:A don Manuel Puchol Ojeda, 6.582,55

euros.A don Francisco Almodóvar Larrea, 6.244

euros.Notifíquese a las partes, con advertencia

de que la resolución no es firme y contra lamisma cabe recurso de suplicación para antela Sala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Valenciana, quedeberá anunciarse dentro de los cinco díashábiles siguientes a esta notificación, bas-tando para ello la mera manifestación de laparte o de su abogado o representante al ha-cerle la notificación de su propósito de enta-blar tal recurso, o por comparecencia o porescrito, también de cualquiera de ellos, anteeste Juzgado de lo social. Siendo requisitosnecesarios que al tiempo de hacer el anunciose haga el nombramiento del letrado que hade interponerlo.

Así por esta mi sentencia, juzgando defi-nitivamente en primera instancia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificacióna “Edicón, Sociedad Limitada”, que se en-cuentra en ignorado paradero, así como parasu inserción en el tablón de anuncios y pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido el presente enValencia, a 1 de octubre de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(03/34.207/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE VALENCIA

EDICTO

Don Sagrario Plaza Golvano, secretario delJuzgado de lo social número 15 de Va-lencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel expediente número 1.173 de 2009-B, ainstancias de don Róger Pardo López, donRui Marco Antonio Bicalho de Alencar, donRafik Sellidj y don Luis Marco Estelles,contra “C7 Control y Servicios, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial, enreclamación por despido, en el que por me-dio del presente se cita a “C7 Control yServicios, Sociedad Limitada”, quien se ha-lla en ignorado paradero, para que compa-rezca ante este Juzgado de lo social, sito enavenida del Saler, número 14, cuarta amari-lla, al objeto de celebrar acto de conciliacióny, en su caso, de juicio y confesión, conapercibimiento de que de no comparecer po-drá ser tenida por confesa, estando señaladoel día 10 de diciembre de 2009, a las nuevey quince horas, con advertencia de que eljuicio no se suspenderá por la incompare-cencia injustificada de las partes.

Igualmente, se le advierte que las siguien-tes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento.

En Valencia, a 13 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.428/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE VALENCIA

EDICTO

Don Vicente Calatayud Segarra, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 17 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos de procedimiento social ordina-rio número 1.080 de 2009, a instancias dedoña María Teresa Moya Hernández, contra“Uninet Shaft Light, Sociedad Limitada”,Fondo de Garantía Salarial y “AmaranthAccesories, Sociedad Limitada”, en el quepor medio del presente se cita a “UninetShaft Light, Sociedad Limitada”, y “Ama-ranth Accesories, Sociedad Limitada”, quese hallan en ignorado paradero, para quecomparezcan ante este Juzgado de lo social,sito en avenida del Saler, número 14, al ob-jeto de celebrar acto de conciliación y, en sucaso, juicio, el día 6 de mayo de 2010, a lasdiez cuarenta y cinco horas, con advertenciade que el juicio no se suspenderá por la in-comparecencia injustificada de las partes.

En Valencia, a 28 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.817/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE VALLADOLID

EDICTO

Don José Luis García Roig, secretario de losocial del número 2 de los de Valladolid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Simón Vi-llamuza Fernández, contra el Fondo deGarantía Salarial y “Prasi, Sociedad Anóni-ma”, en reclamación por ordinario, registra-do con el número 758 de 2009, se ha acorda-do citar a “Prasi, Sociedad Anónima”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 1 de febrero de 2010, a las once y diezhoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 2, sitoen la plaza del Rosarillo, sin número, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Prasi, So-ciedad Anónima”, se expide la presente cé-dula para su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a 13 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.818/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE VIGO

EDICTO

Doña Marta Lagos Súrez-Llanos, secretariade lo social del número 4 de Vigo.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Abel Posada Lago, contra“FCC Construcción, Sociedad Anónima”,“Excavaciones Vilariño Deza, Sociedad Li-mitada”, “Acciona Infraestructuras, Socie-dad Anónima”, y “FCC Construcción, So-ciedad Anónima-Acciona Infraestructuras,Sociedad Anónima, UTE Vigo-Das Macei-ras”, en reclamación por cantidades, regis-trado con el número 835 de 2009, se ha acor-dado citar a “FCC Construcción, SociedadAnónima”, “Acciona Infraestructuras, So-ciedad Anónima”, y “FCC Construcción,Sociedad Anónima-Acciona Infraestructu-ras, Sociedad Anónima, UTE Vigo-Das Ma-ceiras”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezcan el día 19 de febrero de 2010, alas nueve y cuarenta horas, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, juicio que tendrán lugar en la Sala devistas de este Juzgado de lo social número 4,sito en calle Lalín, número 4, tercera planta,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que ese únicaconvocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que deban

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revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “FCC Cons-trucción, Sociedad Anónima”, “Acciona In-fraestructuras, Sociedad Anónima”, y “FCCConstrucción, Sociedad Anónima-AccionaInfraestructuras, Sociedad Anónima, UTEVigo-Das Maceiras”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Vigo, a 16 de octubre de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/34.816/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE VITORIA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Yolanda Martín Llorente, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 3de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos de despido nú-mero 471 de 2009 de este Juzgado de lo so-cial, seguido a instancias de don AlfonsoAngulo Calvajal, contra la empresa “Servi-cios Técnicos Avanzados y Mantenimiento,Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondode Garantía Salarial, sobre despido, se hadictado la siguiente resolución:

Vitoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 2009.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez delJuzgado de lo social número 3, doña EstherPinacho García, los presentes autos núme-ro 471 de 2009, seguidos a instancias de donAlfonso Angulo Carvajal contra “ServiciosTécnicos Avanzados y Mantenimiento, So-ciedad Limitada”, sobre despido.

FalloQue desestimando la demanda interpues-

ta por don Alfonso Angulo Carvajal, frentea la empresa “Servicios Técnicos Avanza-dos y Mantenimiento, Sociedad Limitada”,siendo parte interviniente el Fondo de Ga-rantía Salarial, debo declarar y declaro ca-ducada la pretensión de despido ejercitadapor el actor, absolviendo a la demandada delos pedimentos formulados en su contra.

Contra esta sentencia cabe recurso de su-plicación ante la Sala de lo social del Tribu-nal Superior de Justicia del País Vasco, de-biendo ser anunciado tal propósito mediantecomparecencia o por escrito ante este Juzga-do en el plazo de cinco días a contar desdesu notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Servicios Técnicos Avanzadosy Mantenimiento, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

Victoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.221/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE VITORIA

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO

Y A INTERROGATORIO

Don Luis Fernando Andino Axpe, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 3 de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en las actuaciones quese dirán se ha acordado citar a quien segui-damente se indica en los términos que tam-bién se expresan:

Órgano que ordena citar: Juzgado de losocial número 3 de Vitoria-Gasteiz.

Asunto en que se acuerda: juicio núme-ro 977 de 2009, promovido por don IbánCelso Estébez Fernández, sobre reclama-ción de cantidad.

Empresa que se cita: “Servicios TécnicosAvanzados y Mantenimiento, Sociedad Li-mitada”, en concepto de parte codemandadaen dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos deconciliación y juicio y, en su caso, respon-der al interrogatorio solicitado por don Ibán

Celso Estébez Fernández sobre los hechos ycircunstancias objeto del juicio y que el tri-bunal declare pertinente.

Lugar y fecha en la que debe comparecer:en la sede de este Juzgado, sito en avenidade Gasteiz, número 18, quinta planta, Vito-ria-Gasteiz, Sala de vistas número 11, plan-ta 0, el día 8 de marzo de 2010, a las once yquince horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada noimpedirá la celebración del juicio, que con-tinuará sin necesidad de declarar su rebeldía(artículo 83.3 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Las siguientes comunicaciones se haránen los estrados del Juzgado, salvo las que re-vistan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento (artículo 59 de la Ley deProcedimiento Laboral).

2. Debe concurrir a juicio con todos losmedios de prueba que intente valerse (ar-tículo 82.2 de la Ley de Procedimiento La-boral).

3. Si pretende comparecer en el juicioasistido de abogado o representante por pro-curador o graduado social colegiado debemanifestarlo a este Juzgado por escrito den-tro de los dos días siguientes a la publica-ción del presente edicto (artículo 21.2 de laLey de Procedimiento Laboral).

4. Si no comparece, y no justifica elmotivo de la incomparecencia, el tribunalpodrá considerar reconocidos los hechoscontrovertidos que le perjudiquen (artícu-lo 304 de la Ley 1/2000, de EnjuiciamientoCivil, en relación con el artículo 91 de laLey de Procedimiento Laboral).

5. La publicación de este edicto sirve decitación en legal forma a la parte demanda-da que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar losautos en la Secretaría del Juzgado hasta eldía de la celebración del juicio.

Vitoria-Gasteiz, a 14 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.421/09)

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