introduccion al derecho laboral terceros

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MODULO NORMATIVA LABORAL Y PREVISIONAL PROFESOR DANIEL FERNÁNDEZ FUENTEALBA INTRODUCCION AL DERECHO LABORAL CONCEPTOS Y CARACTERISTICAS DEL DERECHO LABORAL DEFINICION: El derecho laboral es el conjunto de teorías, doctrinas y normas destinadas a proteger al débil económicamente y reglar las relaciones contractuales entre el patrón y el trabajador. CARACTERISTICAS: Este derecho encierra las siguientes características fundamentales: 1.- Es autónomo: Es decir, diferente e independiente del derecho tradicional 2.- Es realista: Debe reflejar las condiciones socioeconómicas de la época. 3.- Es informal: No exige, por regla general, solemnidades ni requisitos esenciales para su aplicación. 4.- Es un derecho mixto: Encierra disposiciones tanto de orden público como privado. 5.- Es clasista: Porque principalmente persigue amparar al económicamente débil para colocarlo en un pie de relativa igualdad con los patrones que contratan sus servicios. 6.- Es universal: Los principios generales en que se inspira son los mismos, gracias a la labor realizada por la organización Internacional del Trabajo (OIT), al punto que hoy se habla de un derecho internacional del trabajo. LA PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL LA PREVISION SOCIAL: La previsión social es una rama importante del derecho del trabajo. Dentro de nuestra legislación laboral ha venido a reemplazar los antiguos conceptos sustentados por la escuelas liberales acerca de los medios de que podían valerse el individuo incapacitado para generarse el sustento, como era la caridad, la beneficencia, o bien el abono voluntario. Hoy día se la señala como el conjunto de acciones e instituciones humanas destinadas a organizar la seguridad contra los riesgos que amenaza a los asalariados, y que transformados en siniestros privan al trabajador de percibir su sueldo o salario que le permitan subvenir a sus 1

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Page 1: Introduccion Al Derecho Laboral Terceros

MODULO NORMATIVA LABORAL Y PREVISIONALPROFESOR DANIEL FERNÁNDEZ FUENTEALBA

INTRODUCCION AL DERECHO LABORAL

CONCEPTOS Y CARACTERISTICAS DEL DERECHO LABORALDEFINICION: El derecho laboral es el conjunto de teorías, doctrinas y normas destinadas a proteger al débil económicamente y reglar las relaciones contractuales entre el patrón y el trabajador.

CARACTERISTICAS: Este derecho encierra las siguientes características fundamentales:1.- Es autónomo: Es decir, diferente e independiente del derecho tradicional2.- Es realista: Debe reflejar las condiciones socioeconómicas de la época. 3.- Es informal: No exige, por regla general, solemnidades ni requisitos esenciales para su aplicación.4.- Es un derecho mixto: Encierra disposiciones tanto de orden público como privado.5.- Es clasista: Porque principalmente persigue amparar al económicamente débil para colocarlo en un pie de relativa igualdad con los patrones que contratan sus servicios.6.- Es universal: Los principios generales en que se inspira son los mismos, gracias a la labor realizada por la organización Internacional del Trabajo (OIT), al punto que hoy se habla de un derecho internacional del trabajo.

LA PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

LA PREVISION SOCIAL: La previsión social es una rama importante del derecho del trabajo. Dentro de nuestra legislación laboral ha venido a reemplazar los antiguos conceptos sustentados por la escuelas liberales acerca de los medios de que podían valerse el individuo incapacitado para generarse el sustento, como era la caridad, la beneficencia, o bien el abono voluntario.Hoy día se la señala como el conjunto de acciones e instituciones humanas destinadas a organizar la seguridad contra los riesgos que amenaza a los asalariados, y que transformados en siniestros privan al trabajador de percibir su sueldo o salario que le permitan subvenir a sus necesidades fundamentales y olas de quienes viven a sus expensas, cuando este fenómeno se produce por causas ajenas a su voluntad. Indudablemente que al Estado le corresponde un rol preponderante en los aportes que deben hacerse, conjuntamente con el patrón y el propio trabajador.

LA SEGURIDAD SOCIAL: Hoy día se habla con mas propiedad de seguridad social. Se le podría definir como una rama de la política socioeconómica de un país, por la cual la comunidad protege a sus miembros asegurándoles condiciones de vida, de salud y de trabajo socialmente suficientes, a fin de lograr mejor productividad, más progreso y mayor bienestar comunes. La tranquilidad y paz social de una nación se aseguran así de una manera efectiva.Con la seguridad social se pretende, en consecuencia, mantener condiciones de vida minimas suficientes a todos los sectores de la población (medicina social, pensiones, asignaciones familiares, crédito social etc.). Por otra parte, debe atenderse a los estados de necesidad de los miembros de la colectividad y servir de instrumento de redistribución de rentas.

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ORIGENES DEL DERECHO SOCIAL

ÉPOCA DEL TRABAJO LIBRE: En la antigüedad, donde los pueblos primitivos tuvieron como único medio de subsistencia el apoderamiento de los frutos naturales, mandaron y sobrevivieron los más fuertes.Posteriormente el hombre evoluciona, al perfeccionarse sus facultades y es capaz de comprender la relación que existe entre el árbol que produce frutos y la semilla desechada al aprovechar estos. Aprende el cultivo. La domesticación y, por tanto, el incremento de los medios de subsistencia. Viene el NOMADISMO y el PASTOREO.Con el acrecentamiento del ganado y de los bienes que le producen mayor riqueza y civilización, aparece el sedentarismo y se construyen las primeras aldeas con habitaciones estables.En al época que podemos denominar de trabajo libre, el hombre lo ejecutaba solamente en el grado necesario para satisfacer sus necesidades vitales y la de su familia.

LA ESCLAVITUD: Viene después la ambición. Los pueblos más poderosos codiciaban a los más débiles, se apropian de sus tierras y reducen a la esclavitud a los vencidos. Es la apropiación del hombre por el hombre. Es lo más usual en Egipto, Caldea, Persia y otros países de la antigüedad y como recuerdos de esta funesta institución han quedado las imponentes pirámides de Egipto, que sin lugar a dudas costaron miles y miles de vidas de los esclavos. Esta es la Época de la EsclavitudEste periodo dura largos años en el viejo mundo y solamente con el advenimiento del cristianismo se aminoran sus efectos.El nuevo mundo también lo conoció, ya que se trajeron a nuestra América numerosos africanos para aprovecharlos en las plantaciones y trabajos de esfuerzos. Chile, a este respecto, por su lejanía, clima y la baratura de la mano de obra (encomienda e inquilinaje), puede decirse que casi no se conoció este sistema. De ahí que la LIBERTAD DE VIENTRE (1811) resulto de muy fácil aplicación. En E.E.U.U. fue necesaria una guerra (1864) para abolir la esclavitud y Brasil solo la elimino en 1888.

LOS GREMIOS: Durante la edad el trabajador se agrupaba en colegios y gremios, ya que el trabajo se reunía por oficios y el grupo familiar practicaba un trabajo determinado. Los grupos gremiales eran cerrados y no se podían abandonar, los asociados se llaman entre si hermanos, existiendo una jerarquía que comienza en los aprendices, le siguen los compañeros y culmina en los maestros. A este grado se llegaba solamente después de ejecutar una obra calificada como “maestra”.Los gremios se regían por estatutos propios, gozaban de privilegios y monopolios (reales o municipales) que podían agruparse en Confederaciones. Su inspiración era cristiana y fraternal.Con este sistema se aseguraba el trabajo permanente a sus asociados (estabilidad), ya que gracias a los monopolios y privilegios de que gozaba el gremio, se podía regular el mercado de los productos.Paralelamente a lo que sucedía en la ciudad, en el campo se organizaba el feudo, que impero en la edad media y que consistía en un régimen social, político y económico basado en la autoridad plena del “señor feudal”.Con el correr de los años decaen los gremios por las luchas fratricidas, las ambiciones, la competencia entre ellos y otras causales de orden externo como son los descubrimientos geográficos, las ilustraciones, la política mercantilista de las potencias europeas, etc.

LA REVOLUCION FRANCESA Y EL LIBERALISMO: Llega así la revolución francesa, que al proclamar los principios de igualdad, libertad y fraternidad, da un golpe de gracia a las corporaciones medievales. En el año 1791 se dicta la ley de Chapelier que prohibe la asociación y la huelga, principios que es repetido posteriormente en el código Napoleónico y otros códigos europeos.

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La revolución francesa y los principios filosóficos del siglo XVIII, al proclamar el culto a la libertad personal, la libre concurrencia y otros principios individualistas, dieron auge al comienzo del capitalismo con todas sus secuelas y a la desaparición definitiva de los gremios.El trabajador, en consecuencia, queda solo, desamparado, frente al capitalista. Las jornadas de trabajo alcanzan las 16 horas diarias, a los niños se les empleaba desde los 7 años, no hay vacaciones, ni indemnizaciones por despidos, se dan condiciones de higiene deficientes, etc. Este régimen capitalista, aminorado naturalmente por los conflictos y avances sociales, subsiste hasta el día de hoy.

En general, sus características principales son:1. Separación entre el capital y el trabajo2. Aglomeración de los trabajadores en las grandes ciudades3. Superproducción y crisis4. Fortalecimiento del espíritu de asociación entre los patrones y también entre los

trabajadores5. Huelgas y lockout (huelga de empresarios).

Poco a poco el estado comienza a intervenir a favor del trabajador y a desarrollar asistencia y previsión social, y nace el derecho dl trabajo, cuyas fuentes son la ley, la jurisprudencia, la doctrina y la costumbre.

LA CUESTION SOCIAL Y EL SOCIALISMO: El sociólogo Olgiati define la cuestión social como “el conjunto de males que actualmente reinan en las sociedades respecto al trabajo, de los cuales deseamos saber las causas y buscar los remedios”. Tal vez, desde comienzos de la humanidad ha existido, pero se agudiza en este periodo liberal, ya que desaparecidos los gremios, las clases trabajadoras quedaron entregadas a la oferta y la demanda de trabajo y el obrero tiene siempre que aceptar las exigencias del patrón. Esto trajo el hacer más rico a los ricos y más pobres a los pobres y el consiguiente rencor de estos por aquellos.A pesar de la intención del estado, el problema sigue subsistiendo y empiezan a aparecer las diferentes doctrinas sociales, siendo la más importante la doctrina marxista, que podría definirse como la acción internacional del proletariado por su emancipación material y moral, mediante la expropiación del capitalismo y su reemplazo por un capital colectivo único. Destruir el régimen capitalista y crear un sistema nuevo, es su finalidad básica.Hay diversas formas de socialismo, que van desde la intervención estatal hasta la revolución violenta por el cambio del actual “status”.Dentro de los medios legales, al socialismo se puede llegar por:a) Socialización de la propiedad privada mediante la abolición de la herencia.b) Impuestos progresivos a la renta y a las herencias.c) La expropiación.

Desde el romántico movimiento de 1848 (Francia) hasta la revolución de octubre de 1917 (Rusia) y la revolución cubana (1959), el socialismo ha tratado de alcanzar su implantación.

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LA LEGISLACION DEL TRABAJO EN CHILE

PERIODOS DE LA HISTORIA LABORAL EN CHILE: En nuestro país la historia de la legislación social se desenvuelve en cinco periodos:

1. Colonial2. Códigos tradicionales3. Leyes anteriores al 08 de septiembre de 19244. Leyes de 08 de septiembre de 19245. Leyes posteriores al 08 de septiembre de 1924

PERIODO COLONIAL: Durante gran parte de la colonia casi no existieron relaciones laborales, solo rigen la encomienda y el inquilinaje. Abolidos estos, las relaciones laborales se ciñen por las costumbres.

PERIODO DE LOS CODIGOS TRADICIONALES: El Código Civil se refiere muy secundariamente al contrato de trabajo en las partes del arrendamiento de servicios de criados domésticos, en los contratos para la confección de una obra material y en el arrendamiento de servicios inmateriales. Subsisten hasta hoy; al respecto, causales de termino del contrato, duración del mismo y otras disposiciones, pero en el articulo 1995 se establece la presunción legal respecto a lo que declara el amo en cuanto a la cuantía del salario, al pago del mes y a los anticipos.El Código de Comercio (1865) significa un avance social en cuanto al trabajo. Clasifica a los trabajadores en:

a) Factores, mancebos o dependientes de comercio.b) Hombres de mar.

En cuanto a los primeros, reglamenta sus contratos dentro del mandato comercial, considerando como gerentes a los factores y como empleados subalternos a los dependientes que auxilian al comerciante en las diversas operaciones de su giro. En diversas disposiciones protege el trabajo de estos colaboradores.Acerca de los hombres de mar legisla en forma bastante avanzada sobre sus relaciones de trabajo con los armadores o navieros.Mas tarde, otros Códigos, como el de Procedimiento Civil establecieron disposiciones relativas al trabajo. Entre ellas, la que señala la inembargabilidad de los sueldos, salarios y jornales, como de los objetos indispensables al ejercicio personal del arte de oficio del artista, artesano y obrero. PERIODO DE LAS LEYES ANTERIORES AL 08 DE SEPTIEMBRE DE 1924: Las leyes dictadas en esta época son escasas y poco aplicadas y menos fiscalizadas.Pueden citarse, entre las principales, hoy derogadas o incorporadas al Código del Trabajo o sustituidas por otras más modernas, las siguientes:

1. Ley N° 1.838 de 1906 sobre habitaciones para obreros.2. Ley N° 1.990 de 1907 sobre descanso dominical, reemplazado mas tarde

por la Ley N° 3.321 de 1917.3. Ley N° 2.951 de 1915 sobre sillas.4. Ley N° 3.170 de 1916 sobre accidentes del trabajo.5. Ley N° 3.185 de 1917 sobre salas cunas.

Analizaremos brevemente algunas de estas leyes: Con respecto al descanso dominical hoy se estipula que es absolutamente obligatorio, estatuyendo que los dueños, gerentes o administradores de establecimientos comerciales o industrias y también en las empresas públicas o privadas de cualquier naturaleza, debe darse un día de descanso cada semana a los operarios y empleados con goce de remuneraciones.

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La Ley de la Silla se refiere a que el patrón o empresario esta obligado en los establecimientos de su dependencia a disponer del numero suficiente de sillas o asientos a disposición de los dependientes, o empleados u obreros. Las infracciones que contempla al respecto el Código del Trabajo varían entre el 1 y el 2% de un sueldo vital. La fiscalización en el cumplimiento de esta disposición legal esta a cargo de los inspectores del trabajo, carabineros e inspectores municipales.Sobre salas cunas, el código del Trabajo estipula que los establecimientos con 20 o mas obreros y empleados de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexas o independientes del local de trabajo, en donde las mujeres, puedan amamantar a sus hijos menores de 2 años y dejarlos mientras están en el cumplimiento de su deber.

LEYES DEL OCHO DE SEPTIEMBRE DE 1924: En esta fecha, con ocasión del movimiento revolucionario producido en esos días, se promulgaron diversas leyes en forma apresurada.Entre ellas las siguientes Leyes:

1. 4053 sobre contrato de trabajo2. 4054 sobre un seguro obligatorio de enfermedades, vejez e invalidez3. 4055 sobre indemnizaciones por accidentes del trabajo.4. 4056 sobre tribunales de conciliación y arbitraje5. 4057 sobre organizaciones sindicales.6. 4058 sobre sociedades cooperativas.7. 4059 sobre contrato de empleados particulares.

LEYES POSTERIORES AL OCHO DE SEPTIEMBRE DE 1924: Existieron varios decretos-leyes. Entre ellos, el que creo la secretaria de estado de Higiene, asistencia, Previsión Social y Trabajo (hoy Ministerio del Trabajo y previsión social; y ministerio de Salud Publica); el decreto ley sobre alquileres (llamado comúnmente de vivienda); el que fomenta la edificación barata; el que da protección a la maternidad obrera; y el que creo los tribunales del trabajo y, sin lugar a dudas, las leyes del trabajo que en 1931 se pasaron a llamar Código del Trabajo.

1. La propina para garzones y camareros (1924).2. La calidad de empleados particulares de los agentes de seguro (1944).3. La calidad de empleados particulares de los conductores y cobradores de

vehículos de locomoción colectiva (1945).4. La calidad de empleados particulares de los peluqueros (1947).5. La semana corrida (1948).6. Jubilación de los empleados particulares (1953).7. Indemnización por años de servicio a los obreros (1953).8. Salario mínimo para los obreros agrícolas (1953).9. Asignación familiar para obreros (1953).10. Protección a la maternidad (1953).11. Anticipos de gratificación (1954).12. Revalorización de pensiones (1963).13. Inamovilidad de los trabajadores (1966).14. Sindicatos agrícolas (1967).

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