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RECOMENDACION N. 73, SOBRE INTERACCION ENTRE EDUCA- CION Y TRABAJO PRODUCTIVO, APROBADA POR LA CONFEREN- CIA INTERNACIONAL DE EDUCACION EN LA SESION DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1981 PREAMBULO La Conferencia Internacional de Edu- cación, convocada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educa- ción, la Ciencia y la Cultura, en su 38." reunión, celebrada en Ginebra del 10 al 19 de noviembre de 1981, Considerando la importancia atribui- da al mejoramiento de la interacción entre la educación y el trabajo producti- vo (1) por la Conferencia General de la Unesco en diversas ocasiones y en par- ticular, en sus resoluciones 100, apro- bada en la 19." reunión, 102, aprobada en la 20." reunión y 1/01, aprobada en la 21." reunión de la Conferencia Ge- neral. Tomando en consideración los conve- nios, recomendaciones y declaraciones pertinentes, aprobados a nivel interna- cional y relacionados con la interacción entre la educación y el trabajo producti- vo y socialmente útil, y entre la educa- ción y el mundo del trabajo, y, más es- pecialmente, la Recomendación Revisa- da relativa a la Enseñanza Técnica y Profesional, aprobada por la Conferen- cia General de la Unesco en su 18." re- unión (1974), la Recomendación relati- va al Desarrollo de la Educación de Adul- tos, aprobada por la Conferencia Ge- neral de la Unesco en su 19." reunión (1976), el Convenio 142 y la Recomen- dación 150 sobre la Orientación Profe- sional y la Formación Profesional en el Desarrollo de los Recursos Humanos, aprobados por la Conferencia Interna- (1) Note: Las palabras "educación" y "tra- bajo" productivo se utilizan en sentido am- plio para que incluyan cualquier tipo de edu- cación, formal o no formal, y cualquier tipo de actividad socialmente útil. cional del Trabajo en su 60." reunión (1975), la Recomendación 136 relativa a los programas de empleo y de forma- ción de los jóvenes con fines de des- arrollo (1970), aprobada por la Confe- rencia Internacional del Trabajo en su 54." reunión (1970), y la Recomenda- ción núm. 68 sobre los vínculos entre la educación, la formación y el empleo es- pecialmente en lo que respecta a la en- señanza secundaria, sus objetivos, es- tructura y contenido, aprobada por la Conferencia Internacional de Educación en su 34." reunión (1973), Considerando las recomendaciones y declaraciones de las últimas conferen- cias regionales de Ministros de Educa- ción y de Ministros encargados de la Planificación Económica en los Estados Miembros de la Unesco. Tomando nota, en particular, de que las Recomendaciones 3 y 5 y la Decla- ración de la Conferencia de Lagos (1976), las Recomendaciones 11 a 16 de la Conferencia de Abu-Dhabi (1977), las Recomendaciones 14 a 18 y la De- claración de la Conferencia de Colombo (1978), las Recomendaciones 9 a 12 y la Declaración de México (1979) y la Recomendación 111/3 de la Conferencia de Sofía (1980) hacen hincapié en la importancia de la interacción entre la educación y la vida laboral a diferentes niveles y en diversas formas; Considerando que cada individuo tie- ne el derecho inherente a recibir y a proseguir su educación, Considerando la importancia tanto para el individuo como para la sociedad de que se establezca una interacción eficaz entre la educación y la vida del trabajo con el fin de satisfacer las de- mandas de una mayor aplicabilidad de la educación y de una constante adap- 298

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RECOMENDACION N. 73, SOBRE INTERACCION ENTRE EDUCA-CION Y TRABAJO PRODUCTIVO, APROBADA POR LA CONFEREN-CIA INTERNACIONAL DE EDUCACION EN LA SESION DE 19 DE

NOVIEMBRE DE 1981

PREAMBULO

La Conferencia Internacional de Edu-cación, convocada por la Organizaciónde las Naciones Unidas para la Educa-ción, la Ciencia y la Cultura, en su 38."reunión, celebrada en Ginebra del 10 al19 de noviembre de 1981,

Considerando la importancia atribui-da al mejoramiento de la interacciónentre la educación y el trabajo producti-vo (1) por la Conferencia General de laUnesco en diversas ocasiones y en par-ticular, en sus resoluciones 100, apro-bada en la 19." reunión, 102, aprobadaen la 20." reunión y 1/01, aprobada enla 21." reunión de la Conferencia Ge-neral.

Tomando en consideración los conve-nios, recomendaciones y declaracionespertinentes, aprobados a nivel interna-cional y relacionados con la interacciónentre la educación y el trabajo producti-vo y socialmente útil, y entre la educa-ción y el mundo del trabajo, y, más es-pecialmente, la Recomendación Revisa-da relativa a la Enseñanza Técnica yProfesional, aprobada por la Conferen-cia General de la Unesco en su 18." re-unión (1974), la Recomendación relati-va al Desarrollo de la Educación de Adul-tos, aprobada por la Conferencia Ge-neral de la Unesco en su 19." reunión(1976), el Convenio 142 y la Recomen-dación 150 sobre la Orientación Profe-sional y la Formación Profesional en elDesarrollo de los Recursos Humanos,aprobados por la Conferencia Interna-

(1) Note: Las palabras "educación" y "tra-bajo" productivo se utilizan en sentido am-plio para que incluyan cualquier tipo de edu-cación, formal o no formal, y cualquier tipode actividad socialmente útil.

cional del Trabajo en su 60." reunión(1975), la Recomendación 136 relativaa los programas de empleo y de forma-ción de los jóvenes con fines de des-arrollo (1970), aprobada por la Confe-rencia Internacional del Trabajo en su54." reunión (1970), y la Recomenda-ción núm. 68 sobre los vínculos entre laeducación, la formación y el empleo es-pecialmente en lo que respecta a la en-señanza secundaria, sus objetivos, es-tructura y contenido, aprobada por laConferencia Internacional de Educaciónen su 34." reunión (1973),

Considerando las recomendaciones ydeclaraciones de las últimas conferen-cias regionales de Ministros de Educa-ción y de Ministros encargados de laPlanificación Económica en los EstadosMiembros de la Unesco.

Tomando nota, en particular, de quelas Recomendaciones 3 y 5 y la Decla-ración de la Conferencia de Lagos(1976), las Recomendaciones 11 a 16de la Conferencia de Abu-Dhabi (1977),las Recomendaciones 14 a 18 y la De-claración de la Conferencia de Colombo(1978), las Recomendaciones 9 a 12 yla Declaración de México (1979) y laRecomendación 111/3 de la Conferenciade Sofía (1980) hacen hincapié en laimportancia de la interacción entre laeducación y la vida laboral a diferentesniveles y en diversas formas;

Considerando que cada individuo tie-ne el derecho inherente a recibir y aproseguir su educación,

Considerando la importancia tantopara el individuo como para la sociedadde que se establezca una interaccióneficaz entre la educación y la vida deltrabajo con el fin de satisfacer las de-mandas de una mayor aplicabilidad dela educación y de una constante adap-

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tación de sus estructuras, programas ycontenidos a las nuevas situacioneseconómicas, culturales y sociales y alas condiciones de trabajo, así como deuna adecuada preparación de todos losniños y jóvenes a su profesión futura ya una vida enriquecedora, y de fortale-cer la pertinencia de los programas deeducación permanente,

Considerando que la aplicación prác-tica de los conocimientos teóricos y eltrabajo productivo efectuado por losalumnos y estudiantes, tanto dentrocomo fuera del establecimiento de for-mación, son factores importantes de laeducación moderna que favorecen eldesarrollo de la personalidad creandomás vínculos con el mundo exterior, in-cluyendo el mundo del trabajo, y quecontribuyen además a la comprensiónpor parte del individuo y de la comuni-dad de los valores sociales, morales, es-téticos y económicos.

Tomando nota de la tendencia positi-va que conduce a la eliminación gradualde las barreras que existen entre el tra-bajo físico y el trabajo intelectual,

Consciente de que las formas quepuede adoptar la interacción entre laeducación y el trabajo productivo varíande un país a otro,

Considerando la importancia de que,en un mundo del trabajo en rápida evo-lución, se introduzca la formación co-rrespondiente a los sectores de las nue-vas tecnologías a la vez que se profun-dizan los conocimientos en los sectorestradicionales, y de que la educación per-manente ofrezca a los jóvenes y adultosla oportunidad de actualizar y perfec-cionar regularmente sus conocimientosteóricos y prácticos en relación con losadelantos del desarrollo científico, tec-nológico, económico, cultural y social.

Considerando además que las reco-mendaciones de las recientes Conferen-cias Regionales de Ministros de Educa-ción convocadas por la Unesco señalanclaramente que una de las necesidadesmás agudas de las sociedades contem-poráneas, particularmente de las socie-dades en vías de desarrollo, es la decrear una mano de obra calificada quecorresponda a las exigencias de la situa-

ción del empleo y del desarrollo, sobretodo en función de sus planes y pro-gramas nacionales de desarrollo econó-mico y técnico,

Observando además que, sobre todoen los países en vías de desarrollo, exis-te una falta aguda de recursos para sa-tisfacer las demandas más legítimas deque haya una interacción entre la es-cuela, el trabajo productivo y el mundodel trabajo, y que muchos países envías de desarrollo están preocupadospor la falta de infraestructuras, debida ala escasez de recursos para adquirir has-ta las herramientas y equipos más bási-cos, y para crear instalaciones destina-das a actividades prácticas o para ase-gurar el suministro regular de los mate-riales necesarios para llevar a cabo lasformas más elementales del trabajoproductivo,

Considerando el vínculo entre el de-recho a la educación y el derecho altrabajo y reconociendo la necesidad quetienen todas las sociedades de una edu-cación que contribuya eficazmente albienestar material y cultural y al des-arrollo socio-económico y cultural,

Considerando que el éxito del desarro-llo económico de toda sociedad es fo-mentado por la movilización de todoslos recursos humanos, sin distinción desexo, lo que implica ante todo la promo-ción real de la igualdad de oportunida-des en la educación y en la formacióntécnica y profesional, como factores debienestar y del progreso cultural, social,tecnológico y económico,

Convencida del papel esencial quedesempeña el desarrollo de la coopera-ción regional e internacional en el cam-po de la educación para promover lapaz, el respeto mutuo y el entendimien-to entre los pueblos,

Tomando en consideración las dispo-siciones constitucionales de los distin-tos Estados Miembros y de sus necesi-dades y sistemas educacionales particu-lares,

Aprueba el 19 de noviembre de 1981y somete a la consideración de los mi-nisterios de educación y demás autori-dades y organismos competentes de losdiferentes Estados Miembros, a la de

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otras organizaciones competentes delsistema de las Naciones Unidas asícomo a la de las organizaciones no gu-bernamentales apropiadas, la siguienteRecomendación:

A PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

1. Debería haber una interaccióneficaz y constante entre la educación yel trabajo productivo, entendiendo portal la producción de bienes y serviciosmateriales o de índole intelectual úti-les al individuo o a la sociedad, no ne-cesariamente retribuidos, y tomando encuenta el aporte formador del propiosector productivo.

2. Los esfuerzos en pro de esa inte-racción deberían concernir, de maneraadecuada, a todos los niveles y formasde la educación y, al mismo tiempo quemantienen una cierta independencia delos elementos constituyentes, deberíanponer de relieve la interdependenciaentre la teoría y la práctica, el lugar ysignificación del trabajo productivo enel marco de los valores sociales, estéti-cos, culturales, económicos e individua-les y la mejor formación posible, gene-ral y profesional.

3. Entre las medidas encaminadas acrear, reforzar y fomentar esa interac-ción en diferentes niveles de la educa-ción cabe incluir la adopción en los pla-nes y programas de estudio de disposi-ciones que favorezcan las actividadescreadoras y productivas o su desarrolloulterior, y la participación en otras deutilidad social o en trabajos de aplica-ción real dentro o fuera de los estable-cimientos docentes.

4. La interacción entre la educacióny el trabajo productivo debería llevarsea cabo de dos maneras fundamentales:

a) incluyendo al trabajo productivoen el proceso de enseñanza y de educa-ción en escuelas y en otros estableci-mientos educacionales;

b) por medio de la creación de con-diciones más adecuadas para que todala población activa pueda continuar sueducación sin interrumpir su labor pro-ductiva.

Las actividades relacionadas conmundo del trabajo que se incorporen

a los planes y programas de estudio delos establecimientos educativos (inclu-yendo las actividades creativas prácti-cas y el trabajo productivo en la escuelao la participación en actividades de uti-lidad social) deberían, de la maneraadecuada y de acuerdo con las estruc-turas nacionales de educación en cadacaso:

a) conformarse a las finalidades yobjetivos de la educación y formar parteintegrante del proceso educativo y apun-tar ar mantenimiento del medio educa-tivo en condiciones adecuadas o a lamejora de los factores determinantesen dicho medio:

b) tener como objetivo un desarrolloequilibrado de las aptitudes físicas, afec-tivas y mentales y de los valores mora-les y estéticos del individuo en su pro-pio interés y en el de la sociedad;

c) educar para lograr una aprecia-ción del valor social y económico de di-ferentes tipos de trabajo e inculcar me-diante la educación el respeto de lostrabajadores y del mundo del trabajo engeneral, y desarrollando al mismo tiem-po la capacidad del individuo para haceruna elección libre y acertada de una lí-nea ulterior de educación, trabajo y ca-rrera, proporcionando una orientaciónconstructiva y facilidades de asesora-miento en las instituciones y a nivelnacional;

d) contribuir a la pertinencia de losprogramas educativos y al fomento deldesarrollo económico, cultural y socialde la comunidad, región o país de quese trate, así como del desarrollo del in-dividuo y de todos los grupos intere-sados;

e) contribuir a mejorar las perspec-tivas de empleo y carrera de cada indi-viduo sin distinción de sexo, ofreciendoa todos iguales oportunidades de acce-der a todos los niveles de la educaciónformal y no formal y de la formaciónprofesional tecnológica en los diversoscampos de la economía urbana y rural;

f) promover la investigación relativaa la planificación y la implementaciónde los planes de estudio, su evaluación

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y desarrollo, y sobre el financiamiento,la administración, los métodos, los ma-teriales y la formación de profesores;

g) fomentar una comprensión de losprincipios científicos básicos que se apli-can en las diversas esferas de la pro-ducción.

Las actividades apropiadas deberíanser emprendidas en el marco de unaeducación para la comprensión, la co-operación y la paz internacionales y deuna educación relativa a los derechoshumanos y las libertades fundamentales.

6. Las disposiciones relativas al tra-bajo productivo que haya de ser efec-tuado por niños y jóvenes como partede su educación deberán conformarseen todo momento a las leyes y normasnacionales e internacionales relativas altrabajo de niños y jóvenes y, en particu-lar, a los convenios y recomendacionesinternacionales pertinentes en lo querespecta a la edad mínima para empe-zar a trabajar y a las leyes y normas na-cionales e internacionales relativas a laprotección de los niños, jóvenes y de-más grupos de personas.

B PROGRAMAS Y MEDIDAS

I. POLITICAS Y OBJETIVOS NACIONALES

7. La instrucción y las actividadesrelacionadas con la vida del trabajo de-berían ser igualmente asequibles a laspersonas de cada sexo y deberán ele-girse con miras a combatir los prejui-cios en la sociedad en general y en elmundo del trabajo en particular toman-do en cuenta las características socio-culturales específicas de que se trate:

8. La participación de los niños delas escuelas en las actividades produc-tivas no deberá entrañar ninguna formade explotación que vaya en su detri-mento.

9. Los programas de interacción en-tre la educación y el trabajo productivodeberían elaborarse dentro de la pers-pectiva de la educación permanente. Sepreverán disposiciones para fomentar lainteracción entre la educación para losniños y jóvenes y la vida laboral de ma-nera continua y en todas las materiaspertinentes.

10. Deberían estimularse las expe-riencias nacionales sobre la interacciónentre la educación y el trabajo producti-vo prestando asistencia técnica, finan-ciera y en equipo a las unidades de pro-ducción de los centros educacionales yde formación.

11. Deberían fomentarse las inves-tigaciones y la publicación de manualesde enseñanza para facilitar el desarrollode vínculos entre la educación y el tra-bajo productivo.

12. Las autoridades educacionalesdeberían, conjuntamente con otros or-ganismos, participar siempre en la su-pervisión y el control de la organizaciónde la formación general y técnica de losjóvenes y adultos.

13. Las actividades educacionalesque conlleven una interacción entre laeducación y la vida laboral deberían:

a) estimular el desarrollo de aptitu-des y disposiciones creadoras y contri-buir a la comprensión de las actividadesadministrativas, científicas y de investi-gación en el lugar de trabajo en la so-ciedad moderna; en lo posible, losalumnos y en particular los estudiantespodrían participar en actividades practi-cas completas, la investigación científi-ca, los proyectos de estudios, la asis-tencia médica, técnica y de organiza-_ción y en las actividades socioculturalesconjuntamente con los maestros y de-más especialistas, contribuyendo así aldesarrollo nacional;

b) familiarizar con las condiciones devida y de trabajo en una serie de activi-dades económicas adecuadas a las ne-cesidades presentes y futuras de la co-munidad o región y de la sociedad en suconjunto;

c) ampliar los conocimientos, las ap-titudes y la experiencia en -cuanto almanejo correcto y seguro de herramien-tas, maquinas y otros equipos y mate-riales en las situaciones de trabajo;

d) facilitar el conocimiento de las re-laciones económicas y sociales en la vi-da del trabajo, con especial referencia ala conservación del medio físico, y esti-mular la participación de los alumnos yestudiantes en la vida económica y so-cial;

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e) poner de relieve la adquisición deconocimientos y aptitudes socialmenteútiles, el desarrollo de la capacidad decomprensión de las ventajas y exigen-cias del trabajo de equipo y de las acti-vidades administrativas y de resoluciónde problemas;

f) asegurar la participación de losestudiantes en la organización del tra-bajo de grupo, y en la planificación delos procesos de trabajo y evaluación,desarrollando distintas formas de admi-nistración;

g) estimular las iniciativas que tien-den a transmitir a la nueva generaciónlas tradiciones nacionales de artesaníapor medio de cursos facultativos en di-cha materia.

II DISPOSICIONES PARA UNAINTERACCION EN LOS DIFERENTESNIVELES DE EDUCACION

14. En los años de escuela primaria,se pondrá especial empeño en dar a co-nocer el mundo del trabajo en general,sus diversas facetas y principales dife-rencias y los aspectos de las condicio-nes sociales y materiales de las diferen-tes esferas de la actividad económica;un objetivo principal en este nivel debe-ría ser el de transmitir al niño una apre-ciación del valor social de todos los ti-pos de trabajo, y un entendimiento deltrabajo en grupo y de la solución deproblemas, y de la noción de investiga-ción acerca de los problemas que seplantean en su propio medio.

15. En el programa de estudios deeste nivel se deberá incluir la familiari-zación con la actividad creadora, los ins-trumentos y máquinas más comunes,los materiales, los procedimientos deltrabajo y la producción, y una primeraapreciación de las condiciones del tra-bajo y la producción y los principios bá-sicos de la ciencia y la tecnología apli-cados a amplias esferas de la actividadeconómica y el valor educativo de susproductos y servicios.

16. Los programas especiales debe-rían incluir una enseñanza de base so-bre las interrelaciones entre el trabajoproductivo y aquellas esferas que valo-ran los niños y adolescentes.

17. A un nivel adecuado dentro delsistema educativo debería darse un ca-rácter más amplio a los programas e in-cluir en ellos el estudio de varios tiposde actividades y profesiones con el finde facilitar la elección de una línea deeducación y formación ulterior o de unacarrera. Esos estudios más avanzadosde diversos sectores de actividades eco-nómicas pueden incluir visitas a los lu-gares de trabajo, reuniones con los tra-bajadores y, si fuera conveniente, parti-cipación directa en la producción. De-berían ir acompañados del estudio delos principios básicos de la economía dela producción, de las relaciones socialesy económicas en las actividades profe-sionales, de las perspectivas de carreraen las diferentes ocupaciones y de otrosaspectos que puedan ser útiles a los es-tudiantes a la hora de elegir una orien-tación en materia de educación y for-mación, trabajo u ocupación.

18. Los programas educacionales ylos planes de estudio podrán, si fueraconveniente, incluir disposiciones sobrela educación y formación preprofesiona-les en relación con los conocimientos yaptitudes más adecuados al medio am-biente socioeconómico o en las esferasprofesionales a que desee acceder o dehecho pueda acceder más tarde el es-tudiante. Podrán incluir asimismo la par-ticipación directa en actividades profe-sionales que tengan un claro valor edu-cativo.

19. Los programas de educación, deformación profesional y técnica, debe-rían siempre que sea posible, ser pla-neados para proporcionar formación enprofesiones que no sean altamente es-pecializadas, como una interacción en-tre la educación en general, la instruc-ción teórica, la formación práctica en ta-lleres y otras instalaciones similares,incluyendo trabajos prácticos. Con esteobjeto, sería útil asegurarse de la parti-cipación de especialistas.

20. Los aprendices y demás perso-nas sujetas a formación en el empleosobre quienes las autoridades no edu-cacionales o empleadores tienen unaresponsabilidad primaria o conjunta de-ben tener oportunidades adecuadas pa-ra asistir a la escuela a tiempo parcial o

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seguir cursos de instrucción relaciona-da con su actividad, y de enseñanza ge-neral, mediante permisos de un día, pe-ríodos de práctica, períodos alternadosde estudio u otras disposiciones simila-res. Debe mejorarse la situación de losaprendices en lo que respecta a sus de-rechos y obligaciones como trabajado-res, así como al derecho a una educa-ción completa. Los responsables de di-cha formación deben necesariamentetomar en cuenta las necesidades del in-dividuo en formación, incluyendo la ne-cesidad de una movilidad futura. Lasautoridades e instituciones educativasdeberán tomar gradualmente medidaspara facilitar esas oportunidades o par-ticipar en su concepción y asegurar suaplicación.

21. La participación de los estudian-tes de la enseñanza superior en el tra-bajo productivo debería permitir la ad-quisición de nuevos conocimientos y ex-periencias y no solamente ser el mediode aplicación de los conocimientos teó-ricos adquiridos en el proceso educa-cional. Dicha participación debería con-siderarse deseable y fomentarse de mo-do que pueda, hasta donde sea posible,formar parte integrante del proceso edu-cativo.

22. Las instituciones de enseñanzasecundaria y superior deberían, dondela legislación en materia de educaciónlo permita, tomar en consideración parala admisión o readmisión en sus cursosel valor educativo de la experiencia ad-quirida en la vida laboral y crear losprogramas necesarios a tal efecto.

23. En materia de educación de adul-tos, la interacción entre el trabajo pro-ductivo y la educación debería estable-cerse por medio de

a) la programación de las activida-des educativas como parte integrantede los planes y programas nacionalesde desarrollo técnico y económico, lamodificación de las estructuras ocupa-cionales, la lucha contra el subempleo yel desempleo y el desarrollo de nuevasactividades económicas;

b) la creación de oportunidades edu-cativas de acuerdo con las necesidadesde los países, por una parte, y de los in-dividuos o grupos que intentan mejorar

sus posibilidades de empleo y promo-' ,n, por otra parte;

c) la aplicación, según convenga, deprincipios funcionales en el campo de laenseñanza de la lectura y escritura bá-sicas y de las cuatro operaciones arit-méticas, y estimulando el pensamientocreativo y crítico.

24. Los esfuerzos destinados a ga-rantizar la interacción entre la educa-ción y el trabajo productivo deberían ex-tenderse también a la educación de lostrabajadores inmigrantes y de sus hijos.

III PERSONAL DOCENTE Y OTROPERSONAL DE EDUCACION

25. Los candidatos a una formacióncomo profesores de la enseñanza gene-ral que han adquirido una experienciadirecta de la vida del trabajo fuera delsistema educacional, deberían poder ha-cer valer esa experiencia en la etapa deselección, cuando asi lo permita la le-gislación en vigor.

26. Los profesores de enseñanza pro-fesional y técnica o los profesores dematerias que incluyan actividades crea-doras u otras actividades productivas yde utilidad social deberían tener expe-riencia de trabajo práctico en el campode actividad de que se trate; el conoci-miento y la aptitud adquiridos en talesactividades deberían completarse y ac-tualizarse mediante programas de for-mación y perfeccionamiento en el em-pleo.

27. Los programas de formación pre-via y complementaria para el personaldocente, de educación profesional o ge-neral, deberían incluir disposiciones so-bre alguna forma de trabajo de aplica-ción y hacer hincapié en los principiosbásicos aplicados a dicho trabajo, entreellos su organización, la reflexión inter-disciplinaria, la manera de resolver losproblemas y el trabajo en equipo.

28. Los profesores de enseñanza pro-fesional y técnica, tanto general comoespecializada, deberían tener la oportu-nidad de actualizar e incrementar susconocimientos y su comprensión del mun-do del trabajo a intervalos regulares ymediante la adopción de medidas ade-

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cuadas, tales como visitas a los lugaresde trabajo, seminarios y cursillos sobrelas situaciones y problemas de la vidalaboral y períodos más o menos largosde asignación a un trabajo productivo;esas oportunidades deberían ser parti-cularmente frecuentes para los profeso-res de materias directamente relaciona-das con la vida laboral y para aquellosque asesoran en el plano educativo yprofesional o que organizan y supervi-san actividades prácticas dentro o fuerade la institución educacional de que setrate.

29. Los profesores de materias queinvolucren actividades prácticas y crea-tivas en las escuelas y demás estable-cimientos educacionales y los instructo-res en el trabajo productivo fuera de di-chos establecimientos deberían recibiruna formación especial para tales fun-ciones y en ella se incluirá una instruc-ción pedagógica adecuada, además dela enseñanza teórica y práctica en de-terminadas especialidades técnicas

30. Se debería fomentar la forma-ción del personal de enseñanza en ejer-cicio en cuanto a la relación entre laeducación y el trabajo productivo por di-versos medios, como, por ejemplo, cur-sos de actualización de conocimientos,seminarios, coloquios, viajes de estu-dios, etc.

31. Se deberían incluir en los cur-sos normales y en las escuelas norma-les cursos relativos a la pedagogía de laproducción para complementar la forma-ción de los maestros sobre la interac-ción entre la educación y el trabajo pro-ductivo.

32. El personal no docente que par-ticipe en la organización y supervisiónde las actividades prácticas dentro o fue-ra de los centros educacionales deberíaestar plenamente informado de los ob-jetivos educativos de la actividad de quese trate y, en su caso, recibir una for-mación especial para tal fin.

IV MEDIDAS PARA MEJORARLA INTERACCION

33. Las medidas para mejorar la in-teracción entre la educación y el trabajoproductivo, para incluir al mundo del

trabajo, tanto dentro como fuera de laescuela, deberían ser planeadas y pro-gramadas cuidadosamente. Dicho pla-neamiento y programación debería in-cluir, según convenga, las etapas si-guientes:

a) determinación de los objetivos edu-cativos a todos los niveles;

b) consulta con las autoridades gu-bernamentales competentes, los orga-nismos de educación, las organizacio-nes de patrones, obreros, padres, profe-sores y demás grupos interesados, paragarantizar que los programas preprofe-sionales y profesionales ofrecidos por laescuela, por una parte, y los programasde formación inicial ofrecidos por losestablecimientos industriales y agríco-las, por la otra, se complementen mu-tuamente y estén debidamente planeados;

c) información al público en general,a los padres, a las autoridades compe-tentes y a los demás organismos intere-sados sobre los objetivos y las líneasgenerales de programación y aplicacióndel programa;

d) planificación e investigación queincluyan, cuando proceda, programas ex-perimentales y una constante evalua-ción de los costos del programa, asícomo de su eficiencia y efectividad;

e) determinación de las interrelacio-nes entre las materias y, cuando proce-da, modificación de los planes de estudio;

I) planeamiento para extender el pro-grama a la población total prevista, in-cluyendo, según las necesidades, sub-venciones presupuestarias, acuerdos conlos patrones y obreros y medidas para laadmisión y colocación de aprendices oestudiantes, formación e información detodas las personas interesadas dentro yfuera de los establecimientos educati-vos que participen en el programa yformación del personal enseñante, in-cluidos los profesores de materias co-nexas;

g) modificaciones, cuando procede,de los acuerdos administrativos dentrode las entidades e instituciones educa-cionales interesadas para facilitar uncontinuo intercambio y diálogo entre di-chas entidades y otros organismos edu-cacionales y el mundo del trabajo;

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h) acuerdos con los representantesdel mundo del trabajo para que tomenpor su parte las disposicioner corres-pondientes;

i) disposiciones para programar yapoyar las actividades de investigaciónrelativas a la preparación de planes deetudios, la selección y concepción de ta-reas orientadas hacia las actividadescreadoras y otras actividades prácticasen las instituciones educacionales y lasdisposiciones correspondientes fuera deellas y el establecimiento de normas re-lacionadas con tales disposiciones parala evaluación de programas y proyectosy otros fines pertinentes;

j) inclusión de los alumnos y de losestudiantes en el proceso de programa-ción, realización y evaluación de los re-sultados del trabajo productivo median-te la aplicación de diferentes formas departicipación y administración;

k) fomentar la introducción en el sec-tor de ciencias de la educación y en loscentros de enseñanza superior de cur-sos que vinculen la educación al trabajoproductivo;

1) fomentar, en los centros de for-mación técnica, diversos tipos de cursosen los que se enseñen las técnicas de laproducción.

dustriales en lo que se refiere a la for-mación, la educación y el trabajo de losestudiantes.

36. Las tareas que hayan de ejecu-tarse en dichas actividades de trabajodeberían elegirse teniendo plenamenteen cuenta el grado de desarrollo físico ymental, la experiencia previa y los inte-reses individuales en tales asuntos delas personas o grupos de que se trate.

37. En la instrucción relativa a lasactividades creativas y otros trabajosproductivos que son útiles tanto para lasociedad como para el individuo se de-bería hacer hincapié, en función de latarea que haya de realizarse, en lasmedidas relativas a la seguridad y elbienestar del individuo y del grupo enque se lleva a cabo la actividad y, enparticular, incluir la instrucción relativaa la postura correcta del cuerpo y a lasprecauciones que deben tomarse paraevitar accidentes o el deterioro de la sa-lud. Los representantes de los docentes,trabajadores, padres y estudiantes, asícomo los de las empresas, deberían po-der participar en la supervisión de laaplicación de las medidas adecuadas deprotección, seguridad y salud en los lu-gares donde se realizan las actividadescreadoras y el trabajo práctico.

V DISPOSICIONES EN MATERIA DEACTIVIDADES PRACTICAS

34. Las actividades prácticas y, enparticular, el trabajo productivo, debe-rían llevarse a cabo, dentro y/o fuera dela institución educacional de que se tra-te, en instalaciones apropiadas espe-cialmente concebidas para tales fines,como, por ejemplo, jardines es , ,olares ycampos para actividades agrícJlas o zo-nas y equipos de trabajo esp,,cialmenteseleccionados con ese objet , . Según lasposibilidades y las condici,Jnes locales,los alumnos y los estudiaates deberíanser familiarizados con los procesos pro-ductivos en la industri.i, la agricultura,la construcción, etc.

35. Debería est Jblecerse una coope-ración práctica ms amplia entre las es-cuelas y las en-presas, las explotacio-nes agrícolas y otras organizaciones in-

C COOPERACION REGIONALE INTERNACIONAL

38. Los Estados miembros deberíancooperar en los planos subregional, re-gional e internacional, en el desarrollode programas y prácticas destinados amejorar la interacción entre la educa-ción y el mundo del trabajo en sus res-pectivos países. Dicha cooperación de-berá incluir:

a) el intercambio sistemático y con-tinuo de experiencias e informacionesincluso mediante seminarios, reunionesy conferencias nacionales, subregiona-les, regionales o internacionales relacio-nados con los principios y prácticas dela preparación y ejecución de progra-mas destinados a mejorar la interacciónentre la educación, el trabajo productivoy el mundo del trabajo en general;

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Page 9: INTERACCION ENTRE EDUCA- TRABAJO PRODUCTIVO, … · cuela, el trabajo productivo y el mundo del trabajo, y que muchos países en vías de desarrollo están preocupados por la falta

b) experimentos conjuntos relativosa la aplicación de dichos programas y laevaluación de su eficiencia, efectividade impacto;

c) intercambio de administradores dela educación y de profesores que parti-cipen en programas de interacción en-tre la educación y el trabajo productivoy el mundo del trabajo en general;

d) cooperación subregional, regionale internacional en la esfera de la inves-tigación educacional;

e) el fomento de reuniones regiona-les para centralizar las informacionessobre experiencias nacionales en estaesfera.

39. La Unesco debería, por conductode su programa ordinario y de su red deinstituciones para la innovación educa-tiva en pro del desarrollo —el Programapara Asia de Innovaciones Educativaspara el Desarrollo (APEID), la Red de In-novación Educativa para el Desarrolloen Africa (NEIDA), el Programa de Co-operación en Materia de Investigación yDesarrollo con miras a la Innovación enEuropa Suroriental (CODIESEE), el Pro-grama de Innovaciones Educativas alServicio del Desarrollo en los EstadosArabes (EIPDAS) y la Red de Innovacio-nes Educativas para el Desarrollo en elCaribe (CARNEID)— y en colaboracióncon otros organismos y organizacionesinternacionales, en particular con la Or-ganización Internacional del Trabajo, laOrganización de las Naciones Unidaspara la Agricultura y la Alimentación, elPrograma de las Naciones Unidas parael Desarrollo y el Unicef, proporcionar:

a) un intercambio organizado de in-formación y documentación sobre lasmedidas adoptadas en los diferentes paí-ses y regiones para mejorar la interac-ción entre la educación y el trabajo, in-cluyendo informaciones detalladas rela-tivas a los conceptos, los programas deejecución, la metodología y la evalua-

ción de proyer • )s relativos a la interac-ción entre la educación y el trabajo pro-ductivo, haciendo uso de computadorasy de otras tecnologías modernas de in-formación;

b) servicios de cooperación técnica,a petición de los interesados, relaciona-dos con la planificación, organización yaplicación de programas creados paratales fines y con la evaluación de su efi-ciencia, efectividad e impacto;

c) la organización de conferencias,reuniones y seminarios a nivel regionalo internacional sobre cuestiones y pro-blemas relativos al establecimiento ydesarrollo de la interacción entre la edu-cación y la vida del trabajo en general opara determinados grupos de personal ydiferentes grados de educación.

40. La Oficina Internacional de Edu-cación debería, en colaboración con laUnesco:

a) prestar especial atención, dentrode la red internacional de informacióneducacional, a fomentar y facilitar el in-tercambio de informaciones sobre la in-teracción entre la educación y el trabajoproductivo y el mundo del trabajo engeneral, especialmente sobre las expe-riencias nacionales en la materia;

b) preparar y publicar estudios, re-pertorios, listas de terminología y bi-bliografías sobre este tema que sirvande elementos de referencia para los quetrabajan en este campo;

c) colaborar estrechamente con lasorganizaciones nacionales, subregiona-les, regionales e internacionales, en par-ticular con la Organización Internacio-nal del Trabajo, la Organización de lasNaciones Unidas para la Agricultura y laAlimentación y el Unicef, así como conlas organizaciones no gubernamentales,a fin de asegurar la asequibilidad de in-formaciones útiles sobre los programasencaminados a la mejora de la interac-ción entre la educación y el trabajo pro-ductivo.

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