instituciones del estado del derecho contemporáneo

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Relaciones entre gobernante y gobernados: va ser determinante el rol asignado al estado, en distintos momentos históricos. La forma de organizar los poderes, las atribuciones. Objetivo: lo relevante es el rol que le asignemos al Estado. Derecho Político Normas e instituciones del poder estatales, y de las libertades fundamentales. El régimen del poder estatal. Requieren que existan relaciones de un individuo, problemas con respectos al poder, debe haber convivencia social. El derecho, también requiere la convivencia en sociedad. Cuando lo hace, surge necesariamente el fenómeno del poder, y además, la necesidad de organizarse, hacia un fin. Tiene por objetivo analizar la forma de ejercer el poder. En el Derecho Público, se debe hacer todo lo que está expresamente permitido. La competencia queda circunscrita por la ley. Mundanidad: 1. La asociabilidad humana Estamos hablando de la constatación del individuo en que existe una realidad fuera de él. El elemento clave con el derecho, es si es considera si el que está fuera de mí es un superior, igual o inferior. Superior: una realidad fuera, se percibe un elemento trascendente, en todos los momentos. No se generará una sociedad, pero hay vinculo. No se genera relaciones de asociatividad. a. Inferiores, que se generan con el mundo vivo e inerte. Cuando la sociedad decide proteger a las plantas, animales, lo hace porque es uno de los derechos de los humano es vivir en un medio ambiente. Hay una relación de dominación, pero también se protege. La naturaleza no tiene derecho. b. Se habla de la percepción del otro, también de animales, cosas. Esto depende del tipo dl vinculo. Sociabilidad: 2. Cuando hablamos de derechos hablamos de hombres con hombres, de iguales. Para que exista este vinculo o relación, sea respecto de un igual. Si es inferior, se habla de dominación; o de un superior, es de sumisión. A lo largo de la historia, si aquellos todos lo individuo percibe que otros son iguales o no. Hoy en día, nosotros entendemos que todo ser humano es igual, pues están dotados de una dignidad que nos hace iguales a todos los seres humanos. Todo ser humano es un igual, no ha estado presente siempre. Antes habían diferencias, como la esclavitud. Hay cierta diferencia entre raza y esclavitud. En la diferencia, es que hay algo/alguien que es distinto de mí, por ej, la esclavitud, considerado como objeto. A diferencia de la mujer, que es considerada como ser humano, pero no tiene los mismos derechos, es decir, no sería persona. En este caso, no se niega, pero hay distinción o diferencia respecto de la calidad de concepto de persona jurídica. Hay sociabilidad, pues hay sustrato común, pero de la perspectiva de derecho, no hay plena igualdad. Hoy día, cualquiera sea raza origen, se entiende que es un igual, igual dignidad. Nunca puede ser instrumentalizada, no puede ser medio, solo fin. Es plena del ser humano, somos iguales por la dignidad. La clave de la igualdad, es que todos tenemos los mismos derechos. Como por ej: las mujeres, las Introducción martes, 11 de marzo de 2014 9:57 Instituciones del Estado del Derecho Contemporáneo página 1

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Apuntes del curso de constitucional I en PUC.

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Page 1: Instituciones Del Estado Del Derecho Contemporáneo

Relaciones entre gobernante y gobernados: va ser determinante el rol asignado al estado, en distintos momentos históricos.La forma de organizar los poderes, las atribuciones.

Objetivo: lo relevante es el rol que le asignemos al Estado.

Derecho PolíticoNormas e instituciones del poder estatales, y de las libertades fundamentales. El régimen del poder estatal.

Requieren que existan relaciones de un individuo, problemas con respectos al poder, debe haber convivencia social. El derecho, también requiere la convivencia en sociedad. Cuando lo hace, surge necesariamente el fenómeno del poder, y además, la necesidad de organizarse, hacia un fin.

Tiene por objetivo analizar la forma de ejercer el poder.

En el Derecho Público, se debe hacer todo lo que está expresamente permitido. La competencia queda circunscrita por la ley.

Mundanidad: 1.

La asociabilidad humana

Estamos hablando de la constatación del individuo en que existe una realidad fuera de él. El elemento clave con el derecho, es si es considera si el que está fuera de mí es un superior, igual o inferior.

Superior: una realidad fuera, se percibe un elemento trascendente, en todos los momentos. No se generará una sociedad, pero hay vinculo. No se genera relaciones de asociatividad.

a.

Inferiores, que se generan con el mundo vivo e inerte. Cuando la sociedad decide proteger a las plantas, animales, lo hace porque es uno de los derechos de los humano es vivir en un medio ambiente. Hay una relación de dominación, pero también se protege. La naturaleza no tiene derecho.

b.

Se habla de la percepción del otro, también de animales, cosas. Esto depende del tipo dl vinculo.

Sociabilidad:2.

Cuando hablamos de derechos hablamos de hombres con hombres, de iguales.

Para que exista este vinculo o relación, sea respecto de un igual. Si es inferior, se habla de dominación; o de un superior, es de sumisión. A lo largo de la historia, si aquellos todos lo individuo percibe que otros son iguales o no. Hoy en día, nosotros entendemos que todo ser humano es igual, pues están dotados de una dignidad que nos hace iguales a todos los seres humanos.Todo ser humano es un igual, no ha estado presente siempre. Antes habían diferencias, como la esclavitud.Hay cierta diferencia entre raza y esclavitud. En la diferencia, es que hay algo/alguien que es distinto de mí, por ej, la esclavitud, considerado como objeto. A diferencia de la mujer, que es considerada como ser humano, pero no tiene los mismos derechos, es decir, no sería persona. En este caso, no se niega, pero hay distinción o diferencia respecto de la calidad de concepto de persona jurídica.Hay sociabilidad, pues hay sustrato común, pero de la perspectiva de derecho, no hay plena igualdad.Hoy día, cualquiera sea raza origen, se entiende que es un igual, igual dignidad. Nunca puede ser instrumentalizada, no puede ser medio, solo fin. Es plena del ser humano, somos iguales por la dignidad.La clave de la igualdad, es que todos tenemos los mismos derechos. Como por ej: las mujeres, las

Introducciónmartes, 11 de marzo de 20149:57

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La clave de la igualdad, es que todos tenemos los mismos derechos. Como por ej: las mujeres, las personas que no poseían patrimonio para poder ejercer su derecho de sufragio.

La idea de igualdad en cuanto dignidad básica, es bastante reciente. Como la esclavitud, terminó el siglo XIX; en el siglo XX se encontraron ideologías que llegaban a cuestionar la dignidad del ser humano.

Desde la filosofía, se puede equiparar persona y humano. Boesio, "la persona es una sustancia individual de naturaleza racional". Es relevante, cuando se habla de libertad y la naturaleza racional, es aquel atributo que distingue al ser humano de los demás seres.

Perspectiva jurídica, la persona se entiende como titular de derecho, para adquirir derechos y contraer obligaciones. No había negación de calidad de ser humano, en cuanto al concepto jurídico, no había igualdad.

Desde muy antiguo, se ha planteado la necesidad del ser humano, esta sociabilidad la require

Politicidad3.Es la propia naturaleza humana que incurre en relación con otros y en vivir con otro

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Animal político o social. Santo Tomás distingue entre necesidades materiales y las necesidades espirituales, es decir, la doctrina social de la Iglesia, apunta a la Comunidad Política. Pero no en las necesidades corporales, pero tampoco

El hombre no es solo cuerpo, también es el espíritu. También tiene necesidades espirituales, por ej, el derecho a la educación, es una necesidad espiritual de la persona.Cuando el derecho protege a la familia, no es una necesidad material

La inclinación social, esta relacionado con necesidades, que solo puede alcanzar con los demás. Tiene naturalmente inclinado.Los otros ayudan a alcanzar su fin ultimo. Por lo tanto, requiere de otros, tanto de necesidades materiales o espirituales. Dentro de estas hay preferencias. Todos tenemos necesidades espirituales y necesitamos de otros para alcanzarlas. Verdugo: "El hombre no existe, si no que coexiste, no vive, sino convive".

Como consecuencia de sociabilidad, los hombres establecen múltiples relaciones con otros.

La primera agrupación es la Familia. Es la sociedad mas básica, y provee de las condiciones fundamentales para su desarrollo, sin embargo, hay ciertos objetivos que las familias solas no pueden alcanzar.

Para esto, los seres humanos, libremente, integran distintas asociaciones o cuerpos intermedios, es decir, agrupaciones de personas que tienen objetivos específicos, como la Universidad, club de futbol, junta de vecinos, colegio, partido político, etc.

Privativos o funciones naturales del Estado. Ej, la Defensa Nacional, la Justicia, las Relaciones Internacionales.

Manera subsidiaria, como la educación, salud, relevantes para el Bien Común.•

Pese a esto, existen ciertos fines que solo es posible alcanzar a través de la sociedad política o estado. Estos fines que se alcanzan, hay algunos:

La coordinación de estas organizaciones. Limitación de las competencias de cada sociedad. Cuando las sociedades mayores sustituir a las sociedad, nos encontramos donde no hay libertad.

Fenómeno del PoderEn las sociedades surge este fenómeno. Hay que entender como la capacidad de hacer y también de que otros hagan, es decir, dar órdenes y que otros sigan estas órdenes.El poder entiende que además del orden, también que otros obedecen. Es la capacidad de mando con la capacidad de obediencia.

Poder PolíticoEs las relaciones de mando y obediencia vinculadas al estado. El poder es fundamental para organizar efectivamente la convivencia social. Pueden existir matices en la forma de ejercicio y en la extensión.

Politicidad o Política:3.Se refiere a la vida del hombre en relación con otros, en un contexto organizado, es decir, un marco donde hay poder. Polis, ciudad, de excepción, como conjunto humano y jurídico.

La política es la actividad de conducir a los hombres que viven en un estado o en la ciudad. El nexo

La Asociabilidad Humanamiércoles, 12 de marzo de 201414:06

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La política es la actividad de conducir a los hombres que viven en un estado o en la ciudad. El nexo fundamental de la polis es el ser humano, que se agrupan y asocian con una determinada visión. Esto tiene que ver con la forma de conciencia del ser humano.

La actividad política, organizar de manera eficiente, tiene que ver una concepción de hombre en la sociedad.

¿La politicidad es algo de la naturaleza del ser humano? En las teorías contractualitas (Hobbes, Locke, Rousseau), dicen que la politicidad no es natural, si no que es de voluntad. En este planteamiento, el principal derecho que se pierde es a hacer "justicia por su propias manos".La tesis contraria (Aristóteles), es afirmar que la politicidad es natural, pues plantean que es simultaneo, pues el nacimiento es simultaneo con la organización de esta misma.No hay consenso si es una inclinación natural del ser humano. Es una discusión a nivel filosófica.

La política es un arte de gobernar. Es decir, hay un poder , que necesariamente debe organizarse.Loweistein: "la Política como lucha por el poder".

La política incluye, ciertas concepciones de justicia, principios, valores, cosas emocionales. Sin embargo, cuando se actúa, se hace desde la base del Poder, es decir, una ideología de las personas.

No es un discurso académico, en aras o miras de acceder a ese poder. Justo López, distingue fin inmediato de la política, es acceder al poder. Además a hay un fin mediato, es decir, dotar de contenido a esa actividad, dotándolo de una visión del hombre.

La convivencia social, necesariamente se politiza, sino sería caos, anarquía.

¿Quién manda? ¿Cómo manda (atribuciones, límites y controles)? ¿para que manda (objetivos del poder)? ¿Por qué se obedece?

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Esto es una evolución conceptual, no es histórica.

¿Quién manda? ¿Cómo manda (atribuciones, límites y controles)? ¿para que manda (objetivos del poder)? ¿Por qué se obedece? La respuesta no es porque se está de acuerdo.

La legitimidad del PoderEsta es la cuestión de la legitimidad del poder. Se engloba en la legitimidad del poder. Hay una legitimidad de origen o de ejercicio.

A lo largo de la historia, ha existido un sin numero de elementos para considerar legitima a una autoridad:En el principio fue la fuerza. O por motivos religiosos.A entender que una autoridad actúa legítimamente en la medida que actúa conforme al derecho, es decir, reglas en las que se ha tenido participación. Todo el esfuerzo ha llevado a que la legitimidad de la persona que manda, es el derecho.

Actualmente, en la democracia, el elemento gravitante está en el voto. Y ese voto nos lleva a la construcción normativa u orden jurídico lo que da legitimidad a la autoridad.El poder soberano está en el pueblo, se requiere el voto para darle legitimidad a la autoridad. Una de las características de la democracia, es un tránsito pacifico del poder.

Si la discusión fuera en una sociedad en donde cada uno quiere obedecer o no, no habría organización de la sociedad. La sociedad funciona solo si hay una obediencia-obedecen.

En una democracia, lo relevante que la persona que manda, también al mismo tiempo está obedeciendo a los que le delegaron el poder.

Cumplimiento del derecho o reglas jurídicas para acceder al poder.1.Si bien, el voto voluntario disminuye la participación, pero aumenta la calidad de la votación. Se presume que la persona que votará voluntariamente, es porque está mas informado.

2.

La discusión de la legitimidad, hoy en día, es porque uno de los temas presentes en los Votos Voluntarios, es la abstención (-->Legitimidad).

En la legitimidad, los romanos distinguieron la discusión entre la "Autoritas" y la "Potestas". La autoritas, está el saber socialmente reconocido. Y la Potestas, es la capacidad de mandar y otros que obedezcan.Aquel que está mandando tiene que tener un tipo o grado de reconocimiento social, que mejora la legitimidad de esa autoridad.

Tesis de Platón: Gobierno de los sabiosEl gobierno debe radicar en los sabios, hace una confusión en entre la Autoritas y Potestas, hace que el reconocimiento social tiene sus frutos o cualidades, es decir, la sabiduría. Hay una actividad principal, es el gobierno, por lo tanto las sociedades deben entregárselo a los más sabios. Lo hace desde una perspectiva autoritaria, no importa que choquen la ley y los sabios.

¿Qué entendemos por sabios? 1.Los sabios se equivocan, porque son humanos.2.¿Quién decide, o designa a los sabios? Alguien debe ser más sabio para poder escogerlos.3.Problemas de representatividad, poner limites al cargo.4.

Criticas:

Legitimidad del Poderjueves, 13 de marzo de 201410:08

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Problemas de representatividad, poner limites al cargo.4.

Reflexiones actuales a esta teoría Hayek dice "este gobierno de buenos de Platón, pero ojo, cuando las personas están planteado su visión, muchas veces distinguen si ese gobernante es conforme o no a las ideas que yo tengo, no importa mucho los controles o abusos".Cuando piensa en la forma que se ejerce el poder, no se puede pensar con nombre y apellido, en la institucionalidad debe ser pensada tanto si está en el poder, con alguien con que tengo ideas estrictamente contrarias a las propias.

Poder Personalizado e InstitucionalizadoLos esfuerzos de la civilización es pasar de un poder personalizado a un poder institucionalizado. Es decir, un poder personalizado, su legitimidad está en los atributos de la persona específica, la fuerza, la ideología, valores.En cambio, el poder institucionalizado, basado en reglas generales y abstractas que van más allá de quienes atentan los cargos, por lo tanto no se obedece a las persona, si no a las reglas.

InstitucionalidadLa institución se relaciona con estabilidad y permanencia. Va mas allá de la persona misma, tiene que ver con las atribuciones que tiene ese cargo. No importa la presencia de un individuo, esto se proyecta en el tiempo, ayuda a mayor certeza y predictibilidad.Institutio <<fundamento y cimiento>> Verdugo: "creaciones del obrar humano colectivo con carácter de permanencia procura satisfacer necesidades sociales básicas"

Las instituciones tiene elementos estructural o formal y el intelectual. Toda institución requiere de una organización estructura, es decir, material o técnica, por ej: un auto, reglamento.Lo que define a la esencia misma, es el elemento intelectual, que son las ideas, creencias o valores que sustentan a la institución. Se ordenará a este fin, dado por el elemento intelectual.

Las instituciones políticas, son aquellas que se refieran al poder, a su organización, evolución, ejercicio y legitimidad. El estado se compone de instituciones políticas.

El poder se basa en las instituciones.

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Primera premisa, es que no hay una sola teoría del estado. Dentro de la sociedad política, uno de los tipos es el Estado.

Abstracto e impersonal, y •Capacidad técnica o capacidad para hacer cosas.•

Se utiliza en vocablo estado, desde la época de Maquiavelo. Este mismo se caracteriza por dos elementos:

Historia y Evolución de la Sociedad PolíticaEn la sociedad medieval, se caracterizaba por que el poder estaba repartido o distribuido, entre los distintos estamentos y grupos. No hay estado propiamente tal. Era una sociedad estamental, el poder que se construía sobre la base de estamentos, no de individuos.Y al mismo tiempo, en estos grupos habían asociaciones naturales y jerárquicas. Las agrupaciones que existían eran naturales, y además jerárquicas.No todo el derecho provenía del poder político, sino de la sociedad primariamente, sobre todo el Derecho Privado.Pluralidad en las fuentes del poder político y en el derecho.

A finales de la edad media, guerras civiles, clima de bastante intranquilidad, esta forma no contribuía a un orden y forma determinados, la preocupación se concentro en que haya estados fuertes y organizados.

En la sociedad moderna, surge el estado como ente abstracto, impersonal y soberano, que reemplazaa las múltiples organizaciones sociales.Se van desplazando distintas competencias, que estaban radicadas en las asociaciones, que se traslada al estado.En la sociedad moderna, hay una relación estado-individuo. El estado se relaciona con sus súbditos, al estado le molesta el rol de los cuerpos intermedios, quita poder y privilegios a las agrupaciones. Dará pie al individualismo, igualdad propia de la modernidad.También en la necesidad de ejércitos nacionales. Y el crecimiento de una economía, y la burocracia para administrar las complejidades de la economía, que está radicada en el estado. Sistema único de impuesto, para financiar las actividades estatales.

Se instala una unidad política, jurídica, defensa y la economía.El estado pasa a tener el monopolio del derecho, ya no se admiten varios, solo un único primario que emana de estado. La existencia del derecho único, ayuda a contribuir a la unión de personas que son muy diversas, es decir, unificar a una población diversa.

Los cuerpos intermedios ya no son entendidas como sociedades naturales y jerárquicas, aparece una nueva forma que es voluntaria e igualitarias. La autoridad viene de la voluntad de sus asociados. Entonces, Verdugo, dice "lo propio de la edad moderna es la instauración de la unidad política, de un estado que constituye un centro único de poder, de autoridad y de derecho".Se esfuma la autoridad espiritual.

Sociedad Moderna Sociedad Feudal

Estado (Autoridad, Impersonalidad y Soberano) Poderes distintos

Relación Estado-Individuo Estamental (base)Agrupaciones naturales y jerárquicas

Unidad Pluralidad de fuentes políticas y de derecho

Teoría del Estado (I): Historia y Conceptomartes, 18 de marzo de 201410:06

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La figura de un estado se hace necesaria cuando vez que las estructura, adolecen de la fortaleza y unidad para superar obstáculos.Esta figura sirve a un rey que quiere aumentar su poder.

Concepto de EstadoLa palabra Estado se usa en dos sentidos, amplio, Estado es sinónimo de sociedad política, una forma de sociedad política. En un sentido restringido, el Estado como aparato estatal o conjunto de organismos públicos, principalmente aquellos de carácter político.Ej: cuando se refiere a los órganos políticos del Estado, es restringido, es de forma genérica. Cuando es de sentido amplio es en el fondo a la sociedad política, es decir, al país propio.

Es relevante la distinción porque hay ciertos conceptos de estado presentes. Es altamente polémico. Hoy en día, hay consenso que la sociedad política vigente es el Estado.

La noción o concepto de estado, nos referimos en sentido amplio, pues nos referimos a los elementos del estado.Heller, representante de la concepción sociológica del estado, enfatiza el rol social de estado: "constituye el poder que convierte la ordenación en organización, concibe un fenómeno de convivencia organizada que se va renovando constantemente por gobernados y gobernador". Cuando hay relaciones humanas son ordenadas pero no organizadas.

Kelsen, asume la dimensión jurídica del estado, que "es el sistema jurídico superior". Identifica estado y derecho, para Kelsen estado y derecho son iguales. "La unidad que caracteriza al estado no radica en el reino de la realidad natural, sino que en el de las normas y valores. El estado es un sistema de normas, o mejor dicho, la expresión para designar la unidad de tal sistema."

Jellynek, señala que "el estado es el primer termino una formación histórica social a la que luego se le suma el derecho", pro lo tanto reconoce al estado como dimisión social y luego como jurídica.Desde una dimensión social, el estado cumple un rol unificador. El principio unificador es el fin, y como tiene la mayor magnitudes de fines, los plenifica.Por otro lado, que de las relaciones de personas surge el derecho, y ante el derecho, los hombres existen en cuanto personas, lo mismo con el estado, que pasa a ser sujeto o titular jurídico.

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Burdeau, concibe el estado "como la institucionalización del poder", surge junto con la idea de poder institucionalizado v/s poder centralizado.El estado es la institución de las instituciones, hay que identificar un soporte permanente de este poder. Lo de identifica como sede del poder político. Estado es el titular abstracto y permanente del poder, del que los gobernantes son solo agentes pasajeros.

Otros autores definen al estado según sus elementos, como "agrupación humana fijada en un territorio determinado, en la que existe un orden social político y jurídico, orientado hacia el bien común establecido y mantenido por una autoridad".

Elementos del EstadoEn la doctrina se identifican 5 elementos o condiciones de existencia del estado. Es la doctrina clásica.

Pueblo, es el elemento humano del Estado. 1.Es fundante del estado, si no hay personas no existe el estado. Hace alusión a las personas que forman o componen un determinado estado. Se utiliza la palabra pueblo para destacar la idea de cohesión que debería existir entre estos individuos. Es un vinculo político.La Nacionalidad es el vinculo jurídico entre el individuo y el Estado. Es un concepto jurídico que apunta a un concepto jurídico. Genera derechos y obligaciones en términos jurídicos.

Población (referida al agregado matemático , con fines estadísticos). •Cuerpo Electoral, que es un grupo de personas organizada para participar en las organizaciones de sufragio, es parte de la población, pero en un aspecto especifico, con el ejercicio de la soberanía.

Raza o etnia, un elemento humano puede estar conformado por diversas razas o etnias.•Nación, que se refiere a la comunidad del personas que están vinculadas por valores, tradición ,cultura, historia, lengua, religión , raza entre otros. El concepto nación se incluye tanto a las personas que actualmente conforman la nación, y parte de las personas que existieron y que se espera que existan. Trasciende y va mas allá que el concepto de pueblo, y además es más amplio.

Un estado requiere un territorio, pero una nación no requiere esto. Los estados nacionales se construyeron sobre la base Estado-Nación, pero hoy en día esta lógica no corre mucho, pues se demuestra que hay estados integrados bajo varias naciones o naciones que trascienden los estados.

Lo que no es pueblo:

Un estado mas solido es aquel que se basa en una nación unida y cohesionada.El sentimiento de nación ha servido de fundamento tanto para procesos de independencias y comunidades, y también para la reincorporación de unidades políticas pequeñas.

La Autodeterminación de los Pueblos, es un principio que dicta que los propios pueblos escojan el tipo de gobierno que desean tener.Parte del Derecho Internacional, reconoce el principio de la Libre Determinación de los Pueblos, cada nación tiene derecho a estructurarse libremente, a organizarse. Este derecho, no ampara la cesión de independencia unilateral, pero si reconoce el derecho de cada nación a gobernarse.Esto a llevado, a la práctica que, cuando hay estado que conviven diversas naciones lo frecuente, es que este estado plurinacional, inciden en la forma del estado, en la forma de gobierno, en la organización política.

Algunos dicen que debiera avanzarse al Principio de la Autodeterminación de las Naciones, es decir, si no existe un estado en la cual quiere radicarse, tiene derecho a crear su estado.Criticas:

Teoría del Estado (II): Elementosmiércoles, 19 de marzo de 201414:19

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Contra con el principio de Integración Territorial. 1.Genera desestabilización, conflicto y violencia. 2.Son conceptos que son están claros al ejecutarlos e implementarlos.3.

Criticas:

No existe identificación entre Nación y PuebloLas consecuencias son que cada sociedad tenga conciencia de

Grados de Heterogeniedad en un determinado

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Territorio:2.El espacio geográfico donde habita el pueblo y el Estado ejerce su poder y derecho. No existe estado sin territorio, además este tiene un rol de limite del propio estado.

Considera el suelo, el subsuelo; •En el espacio acuático, están las aguas interiores, las que se encuentran en el interior de las fronteras. El mar territorial, que son 12 millas de base recta, y el estado ejerce plena soberanía. La Zona Contigua, son 24 millas, se aplican normas de policía y aduana del respectivo estado, la Zona Económica Exclusiva, que son 200 millas contadas de la línea de base recta. Esta zona es de explotación de los recursos naturales. Lo que está reconocido en el Derecho Internacional, son las 12 millas y las 24 millas, la ZEE no estaba reconocido. También aplica a Chile Insular, excepto Isla de Pascua.

Dentro del territorio estará el Espacio Aéreo, que incluye el que existe sobre el suelo, aguas interiores y mar territorial

Está el Territorio Ficticio que son las naves y aeronaves de guerra, y también a las naves y aeronaves mercantes que tengan la respectiva bandera del estado, mientras se encuentran en territorios de alta mar.

Poder del Estado3.

Una parte es condición de existencia, y otro lado, es un límite.

Es el elemento energético del Estado. Elementos central del estado.Es originario, es consustancial al nacimiento de la sociedad. Es uno e indivisible, es independiente, no depende de otro en la esfera de su territorio. Es supremo, en términos políticos. Se entiende hoy en día, que es limitado.

Hay preguntas en relación al poder: ¿Dónde proviene?, ¿Quién es el titular?, El limite de este.Tradicionalmente los autores hicieron énfasis en las dos primeras preguntas. Para Platón, el titular del poder eran los sabios. En la Revolución Francesa, el titular era el pueblo.Con el tiempo, la doctrina se ha dado cuenta, que lo central es discutir y determinar los limites del poder del estado. Establecer mecanismos de control del poder del estado.

Uno de los grandes temas, es la Soberanía.La soberanía es una cualidad del poder del estado, que lo pone por encima de cualquier otro poder de la sociedad. En una sociedad que hay múltiples poderes, hay uno soberano, que está radicadoSe empezó a utilizar por Bodin, y la entendió por el "poder absoluto y perpetuo de una Republica", coincide con el surgimiento del concepto Estado.La sociedad moderna se caracteriza con el nacimiento del concepto estado, junto con la noción de soberanía.En esta virtud, se entiende que el estado puede unificar, centralizar, todos los poderes que antes estaban distribuidas y repartidas en la sociedad, se llega a la noción de Estado. Se justificará con el proceso de concentración del poder en el monarca.

Surgirá la primera discusión, que es con el titular de esta soberanía: le corresponde al rey, pueblo. Con el tiempo, se ha centrado en los límites de la soberanía.

HistoriaLa soberanía se vinculará en la figura del monarca, por decisión divina. Sigue vigente la idea del poder terrenal es por delegación de Dios. Será de manera absoluta, sin limites. Será usado como sustrato conceptual. El absolutismo monárquico surge con esta lógica.

Cuando surge la Revolución Francesa, se desarrolla conceptualmente las teorías de la concepción de la

Teoría del Estado (III): Elementos y Soberaníajueves, 20 de marzo de 201410:12

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Cuando surge la Revolución Francesa, se desarrolla conceptualmente las teorías de la concepción de la soberanía, es el pueblo, debe ser el titular. Se instalará el concepto de Separación de Poderes. Otro tema, es la discusión del titular de la soberanía, por que por fruto de un pacto, de la sociedad que se organiza mediante alianza, serán ellos mismos que deben entenderse como titular de soberanía.El poder del Estado proviene del pacto, por lo tanto, es el pacto que le da al poder político, entonces, el pueblo es el titular de soberanía.

Fue la misma Revolución Francesa que dejó en evidencia, que si cambiaba el titular de soberanía, seguía estando el problema de los limites. Asumiendo que la soberanía se la entregaban al pueblo, no había riesgo de error y abusos. Para Rousseau, si la soberanía la ejercía el pueblo, ese poder era infalible. Es La Tesis de la infalibilidad de la voluntad general.La voluntad general está radicada en la Ley, es la expresión de la voluntad general. Del Congreso, Parlamento. El pueblo escoge sus representantes para que legisle.

La soberanía está radicada en el pueblo, la concibieron absoluta, ilimitada, pensaba porque el soberano iba a gobernar de acuerdo a ella. Esta idea de voluntad general llevó a que no se estableciera un sistema que controlara la constitucionalidad de la ley.

Los excesos que se cometieron durante la Revolución Francesa, precisamente en nombre del pueblo, llevó a buscar una concepción distinta que permitiera moderar las decisiones y vincularlas a otro concepto. Se cambió de soberanía popular a una soberanía nacional, la idea es de vincularla a algo más permanente que temporal. "La soberanía radica en la nación, en la unidad que incluyen a los que fueron, que son y serán."

La Gran Crisis de la Soberanía, viene con la Segunda Guerra Mundial...

Instituciones del Estado del Derecho Contemporáneo página 12

Page 13: Instituciones Del Estado Del Derecho Contemporáneo

Si la soberanía recae en el pueblo, y no tiene ningún limite. Cuando una decisión adoptada por el pueblo soberano, es correcta, de la perspectiva, dado que es tomada por la que tiene la facultad de hacerlo, no debe ser cuestionada. ¿Quién es el pueblo soberano en la práctica? La regla de la mayoría.

Para tratar de moderar estas decisiones, pasamos a una noción de Soberanía Nacional. Se radica en un ente, en algo que trasciende, más que una mayoría transitoria.

El gran quiebre en la soberanía se producirá en la Segunda Guerra Mundial. ¿Es legítimo juzgar a otro soberano por las decisiones que ha tomado dentro de su territorio, respecto de su propio pueblo?Una autoridad que ejerce la soberanía, que es absoluta, se podrá juzgar sus decisiones. No son cuestionables.

¿Hay decisiones que son vinculantes?Con la noción de soberanía ilimitada, nada puede detenerla, pues no tiene límites. Entonces se cuestiona la idea teórica de la Soberanía Ilimitada. Reconoce la cualidad del estado, pero también asigna limites anteriores, entre ellos, los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.El estado existe en razón de la persona, no puede ser, que termine afectando o vulnerando los derechos de las personas. Un soberano bajo ningún pretexto, por mucho que tenga el apoyo de la mayoría del pueblo, no puede afectar los derechos de las personas.Aun cuando hay un derecho positivo y un derecho que tiene que respetar un orden natural del derecho de las personas. Esta noción de soberanía limitada permite reprochar una conducta dentro de un territorio que ejerce soberanía.

Actualmente, se considera como cualidad del estado, que permite auto determinarse o darse la organización que estime pertinente, que es la soberanía interna. Y también exigir respeto a los estado, ya que está en un mismo plano de igualdad, y eso es soberanía externa.Puede enfatizar el aspecto jurídico de la soberanía interna, producto o fruto de la soberanía, cuando el estado dicta ley, la validez de esas instituciones derivan de si mismo, no de otros.

Actualmente, se entiende la soberanía limitada. Aun en contra , se le puede exigir a los estados que respete ciertas reglas.

La globalización, también ha contribuido a limitar la soberanía de cada estado. Hoy en día, la vinculación entre un estado y otro, en organización en grupos supranacionales. También existe mayor autonomía de relacionarse con personas de otro estado

Territorio•Derecho interno,•Derecho internacional y, •Derecho natural o humano.•

Limites jurídicos de la Soberanía

Limites facticos o de hecho que son:Poder de cada nación y con la interdependencia que exista con otras naciones.

La constitución chilena, vamos a ver un articulo muy impórtate, el 5. "La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece".La posibilidad de discutir el poder que se alza el poder, también está presente.

Teoría del Estado (IV): Soberanía y Derechomartes, 25 de marzo de 201410:13

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Derecho:4.Elemento jurídico que es el derecho. El derecho es regla de conducta social que permite la convivencia entre las personas. Cuando existen grupos de personas que viven en sociedad, surge la necesidad del derecho, que establece las reglas de conducta social que van a permitir la convivencia.Las reglas jurídicas son obligatorias, y su cumplimiento está amparado por la coacción del Estado.

Desde una perspectiva social, el derecho es una herramienta que permite organizar la convivencia. Una característica esencia es la Alteridad o la referencia a terceros. Hay derecho en la medida que hay otros.

El derecho restringe la libertad para hacer posible garantizar esta misma.El Estado soberano, va a definir el derecho positivo con el objeto de regular las relaciones de entre los individuos, y también, la organización del Estado, y las relaciones entre este y los individuos. Sin perjuicio de lo anterior, este acto reconoce límites.

El derecho supone coacción, si no se cumple, no afecta a la gente también hay un tercero afectado. También obliga a esa persona a cumplir su obligación. El estado tiene el monopolio en la sanción a través de la función jurisdiccional, y las fuerzas publicas.

La finalidad u objetivo es la Justicia, la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Las reglas de derecho buscan llegar a la justicia. Buscan el concepto de Bien Común.

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El estado tiene el monopolio de la coacción. Utiliza la fuerza para que se cumplan las obligaciones y derechos.

A través del derecho se institucionaliza. Hoy hay mecanismos de control de las instituciones, que ejercerán el poder. Esta función cumple el derecho.

Relación Estado-DerechoHay distintas doctrinas que tratan de explicar Estado-Derecho, como la Kelsen. Para Kelsen, el Estado se identifica con el Derecho. Al final, el derecho daba con la unidad del Estado. La unidad que permite que sea estado, la da el derecho.Hay otros que señalan que el Estado está sobre el Derecho, y que es una autolimitación del estado. Jellynek.Otros autores, iusnaturalistas comprenden el Derecho como orden natural, que es anterior al Estado. Entonces, está sobre la organización del Estado.

Estado de DerechoEs un estado que está sujeto a derecho. Y la existencia se considera fundamental e indispensable en los funcionamiento de los estados contemporáneo. Se busca asegurar que los órganos del estado estén limitados y sujetos a un régimen estable que suponga limites, es decir, el derecho.Parte del supuesto que se requieren limites. El derecho limita los ordenes públicos.

La sola existencia de un estado de derecho, ya constituye una garantía para las personas. Hay un grado de certeza, las personas conocen las funciones del Estado, y los derechos respectos de otros. Que exista certeza constituye una garantía para las personas. Y es una garantía absoluta.El derecho va a cualificar al estado y a sí mismo.

Existencia de ordenamiento jurídico estructurado a partir de normas objetivas y generales.1.La sujeción de gobernantes y gobernados en el ordenamiento jurídico (se someten).2.La presencia de poderes públicos institucionalizados. Se distingue el ejercicio de la institución y la persona que ejerce ese poder.

3.

Separación de las funciones del Estado de modo que esta se radican en órganos distintos con competencias específicas y exclusivas. (Ejecutiva, Legislativa, Judicial y de Control).

4.

Elementos o Condiciones de Estado de Derecho

La doctrina afirma para que haya Estado de Derecho deben estar estos elementos.

La critica a esta forma de estado de derecho, es que es muy formal, en estos elementos está dejando de lado los contenidos; no puede desconocer el contenido del ordenamiento, y la finalidad y la orientacióndel estado. Por lo tanto, en la actualidad se ha afirmado, para que exista estado de derecho, debe estar orientado al Bien Común y además respetar los Derechos Humanos.La idea de Estado de Derecho, en Chile, está en la CPR, en los Art 6 y 7, podemos encontrar los elementos fundamentales de un Estado de Derecho.

Bien Común, o elemento teleológico5.Debe estar dirigido a una finalidad u orientación, que es el Bien Común. Se ha discutido mucho si es que debemos considerar dentro de los elementos del estado, este elemento. Hay algunos que dicen que no debe ser parte del Estado, dicen que cada estado tiene un fin específico, por lo tanto, no debería ver una finalidad común. Otros dicen, que escapa de la teoría del estado, y que complejiza en incorporar un elemento En general se ha reconocido que el elemento teleológico debe existir, todo estado debiera perseguir e Bien Común de los mismos.

Teoría del Estado (V): Derechomiércoles, 26 de marzo de 201414:05

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Bien Común de los mismos.Silva Bascuñán, "resulta incongruente e inoficioso desmenuzar los organismos del poder estatal ignorando para que sirve, la esencia del estado no puede describir sin su finalidad, es el bien común".Tiene efecto en orientar en tanto el diseño de las instituciones como las acciones específicas de la autoridad.

Concepto de Bien ComúnLas nociones que existen están vinculadas a la nociones de Estado.Algunos han entendido que Bien Común es lo mismo que el bien de un ente colectivo, distinto de las personas que lo integran un determinado estado. Puede ser identificado como el pueblo, la nación, la raza, el propio estado. En la lógica de los colectivismo y en la antigüedad. La persona y sus derechos quedan subordinados al Bien Común.

Una segunda concepción, es entender el Bien Común como una agregación o suma de bienes individuales. El bien común es cuando mas individuos tienen bien individual, habrá bien común. Para esta concepción no existe el bien distinto del personal. Cada persona procura su bien particular y la suma para los bienes de la sociedad. Por lo tanto, el Bien Común serpa el bien de la mayoría. Genera el riesgo de asumir como único criterio, el del mayor bien posible, el riesgo de caer en utilitarismo, es altísimo. La definición de la normativa, tenga como criterio utilitario. Por eso estará dispuesto sacrificar la minoría en aras, de una mayoría.

Una posición intermedia, ha sido entender, como el bien de la persona en comunidad. Ha sido desarrollada por la Doctrina Social de la Iglesia. Entiende que no hay una contradicción del bien de la persona con el bien de la comunidad. No puede existir contradicción entre bienes, cuando parece existir una oposición, hay que diferenciar entre el bien verdadero y el bien aparente, así se puede afirmar que pagar impuestos, puede haber una contradicción entre bien individual y social. Es conforme a la naturaleza de la persona, buscar el bien social.Esta posición la opta en la Constitución.

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¿Cuándo el Estado busca el Bien Común? Cuando el estado gobierna y ejerce el poder, debe estar velando por el Bien Común. Si alguna actividad del Estado se conforma con el Bien Común, será dependiendo de la concepción de este.

Esto no es filosofía conceptual, tiene un componente practico. Por ej, en la primera noción de Bien Común, las acciones del estado se ver pian justificadas por el Bien Común. Aquí no hay bienes individuales, vivimos en sociedad y el estado actúa por un bien mayor. Hay un bien superior, que el Estado tiene propiedad y actúa.

En la concepción individualista del Bien Común, ej, el sueldo mínimo, tendría que rechazarlo, porque genera un mal a mayor cantidad de personas. Simplemente debería rechazar la procedencia de esa política. Si se consideran otros elementos, cambia la percepción, pues

Una concepción que trata de equilibrar un bien colectivo y un bien individual, tiene más propuestas diversas. Es más difícil, pero es el ideal. La sociedad existe en razón del individuo, para él, tampoco se puede rechazar; igual que el individuo comparte en una comunidad.

Ejemplos, están, como los colectivismos, en el marxismo o en el nazismo.

Rol del EstadoLa gran discusión del Estado, hoy en día, es respecto a su concepción restringida. ¿Cuál es el rol del Estado, pensado como aparato estatal? Determina la relación entre el Estado y los individuos.

La doctrina clásica decía que la sociedad se ordena esencialmente al bien de las personas, pues existe para buscar el Bien Común. Entonces, la personas se ordenan accidentalmente a la sociedad política para que puedan cumplir sus fines. En esta afirmación no se evidencia ninguna pugna entre persona y asociación.

El problema en la modernidad, ha sido el cómo coordino la existencia de un Estado con facultades suficientes para cumplir sus fines, y el respeto a la libertad y derechos de las personas. En la practica, se transforma en un juego de suma y cero, si hay más atribuciones, tiene más facultades de incidir en los aspecto de las personas, entonces, limita más la libertad de las personas.Hay que buscar un equilibrio. En otras palabras, ¿cómo logro el Bien en sociedad, sin sacrificar los bienes individuales de las personas?

Historia del Rol EstatalEn el siglo XIX se caracterizó por la preminencia del liberalismo, como respuesta al absolutismo. Expresión de la soberanía popular, se entendió al Estado como "juez y gendarme", un Estado que no puede perturbar la esfera privada de las personas, sino ciertas reglas de convivencia básica, para que haya una convivencia. Por ej, "no hacer justicia por propias manos", es decir, autotutela.Es un Estado que administra justicia y protege la sociedad. Protege a nivel interno y externo.Para una concepción liberal del Estado, la autoridad publica debe asumir tareas que permitan proteger los derechos y libertades de las personas.

la administración de justicia (sistema que permita resolver los conflictos que se generan con los individuos),

además debe existir una policía u orden interno, que permita hacer cumplir las resoluciones de los jueces y mantener la paz interna entre los demás miembros de la sociedad.

También le corresponderá dictar la legislación, las reglas que deben ser acatadas por todos; •

Hacia el exterior, al Estado le competen las Relaciones Exteriores y la Defensa. Hacia el interior, al Estado le cabe:

Teoría del Estado (VI): Rol del Estadomartes, 01 de abril de 201410:10

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También le corresponderá dictar la legislación, las reglas que deben ser acatadas por todos; originalmente las leyes se vincularon con temas de impuestos y milicia. Luego, se amplió el ámbito.

Y también le correspondía la realización de ciertas obras que necesita la sociedad, pero que privadamente no pueden abordarse.

Adam Smith, representante de la concepción liberal.

El problema de este estado es que queda al nivel de un ciudadano, también se generan abusos, por la falta de regulación. Más allá del problema y desventajas materiales. Esta falta de atribuciones tuvo como consecuencia en la postergación material de ciertos sectores, y la falta de regulación que derivó en abusos.

Más modernamente, en el siglo XX, encontramos autores modernos que han revindicado las ventajas de este estado liberal. Como Hayek, que plantea un estado liberal...

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Estado LiberalAl estado le corresponde generar un marco de convivencia fijando reglas y leyes. El Estado debe garantizar un estado de cosas que hacen posible el desarrollo de personas pero no lo garantiza. Surge en oposición a la idea de un estado que rige la vida de las personas a través de la intervención buscando resultados específicos.

No existe distribución ideal de los bienes. No hay en cuanto, numéricamente, se le debe dar a cada uno. Las reglas del juego, la distribución de los bienes, no hay planificación ideal.

Además plantea que las personas se comportan de manera distinta cuando actúa el estado o cuando actúa con privados. Cuando actúan los privados, solo es el interés propio. Habrán personas que cuando estén ejerciendo en el cargo público, también tengan un interés estatal o público, pero no abandonarán sus intereses privados.Toqueville, "no temo a los villanos a los jefes, si no a los tutores".

Es una reivindicación del estado liberal. Dentro de las reglas del juego, los individuos en el ejercicio de su libertad. Es peligroso concebir un estado que empieza a dirigir la actividad de los individuos, y que rigen el comportamiento en sociedad.Siempre buscarán el interés en general.

Una visión de Hayek, es que el estado fija las reglas para dar la igualdad de todos. Si no le va bien, sería costo hundido.Pero una intervención económica, no es posible en este modelo.

Uno de los problemas, en el extremo, es que se pierde la dignidad y la justicia. En un estado que controla todo, pasará a desconocer que existen distintas visiones de la vida, el desarrollo. Estará sesgada la visión de los demás.

Los excesos del liberalismo, dio al origen de movimientos de reforma social producto de abusos de un Estado liberal que permitió. Se empieza a plantear la idea de que el Estado, debe velar, también por la situación económica y social de sus súbditos. Hayek, también afirma esto. Por lo tanto, da pie para que se estime que el Estado intervenga, para modificar o intervenir los resultados que se producen en los hechos.

Estado ColectivistaEn el extremo opuesto, surge el Estado colectivista, en la primera mitad del siglo XX, como reacción al individualismo del Estado Liberal. En este estado, los individuos y las personas pasan a estar subordinados a la finalidad que anima este Estado.Estos estados tenían ciertos objetivos, pero lo relevante es que el ser humano está subordinado al bien de un ente colectivo. Marxismo, por ejemplo, romper con la estructura de clases.

Estado de BienestarTambién como reacción del estado liberal, en el siglo XX, nace el Estado de Bienestar. La relación del estado con la persona se da "desde la cuna, hasta la sepultura", representa la idea de un Estado que se preocupa, y que tiene como objetivo principal el bienestar de las personas, y una de las características, es que se dota de fuertes atribuciones para intervenir en la economía.El gran impulsor, fue la Crisis del 29'. Cuando se produce, el problema fue el resultado de la falta de intervención del Estado, lo cual llevará a aceptar la idea de un estado que se preocupa del Bienestar de las personas.Se instala la idea de un estado con mas atribuciones en la economía, que sacrifique algunos derechos y libertades en aras del bien común.

La persona que lideró el movimiento fue Roosevelt, no se invoca el argumento jurídico, si no lo hace el respaldo popular para insistir en leyes ante la crisis económica, con un plan de obras públicas para generar empleo, es decir, el New Deal.

La crisis de este modelo, se produce a finales del siglo XX, primero, porque cae el principal paradigma político, además de que se producen grandes problemas en iniciativa económica. Se cuestiona el estado bienestar y colectivista, que lleva a una suerte de revolución de libre mercado, que se manifestó en políticas que reducen las atribuciones del Estado en el mercado. Ejemplos: Inglaterra , EEUU, Chile en los 70 y 80'. Las ideas de Hayek, surgen en esta época.

Estado Social de DerechoEn la actualidad de ha hecho común, la idea de un Estado Social de Derecho, que podría sintetizarse como un intento de equilibrio entre liberalismo y colectivismo. Se denomina la tercera vía, intermedia que intenta conciliar aquellos elementos positivos que busca cada noción.Reaparece la idea de un estado que intervenga, pero sin reemplazar la libertad y la autonomía de los privados, sino como un complemento que ajuste las imperfecciones que se producen en el mercado.Se pasa de una lógica de un estado productor a un estado regulador. Es importante porque hay doctrina y movimientos, porque actualmente, no produce, regula. En esta regulación, hay una general y otra que afecta la libertad de las personas, incluso de un estado productor.

Roe vs WadeLas leyes contra abortoEran insconstitucionales

Teoría del Estado (VII): Estado Liberalmiércoles, 02 de abril de 201414:10

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personas, incluso de un estado productor.Desde la perspectiva de los derechos fundamentales, el Estado debe garantizar las libertades y también los derechos económicos, sociales y culturales.Estado de SubsidiarioEl Estado no solamente, debe garantizar el disfrute básico de las libertades, sino que el hombre goce de un cierto bienestar social, identificándose con formulas como la del Estado Subsidiario, en virtud de las cuales, el Estado entra de forma más activa a suplir las deficiencias de las personas o grupos, pero respetando la autonomía de los grupos intermedios. El principio de subsidiariedad orienta el principio de l estado, resguardando la libertad de los individuos y laautonomía de los cuerpos intermedios.

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Principio de SubsidiariedadElementos del PrincipiosSon modelos que no se aplican íntegramente. Integran distintas acepciones. No se atropellen los derechos de las personas. El estado existe por la persona.

Orienta la intervención del Estado, y el objetivo final es establecer cuando corresponder la intervención del Estado.Tenemos dos supuestos, la libertad del individuo y la autonomía de los cuerpos intermedios. Se afirma que estos deben gozar de la adecuada autonomía, para cumplir sus fines específicos, y debe ser lícito y conforme a derecho. Ésta autonomía es consecuencia de la libertad de las personas que conforman el cuerpo intermedio, y garantizar que estén libre de otras sociedades definan la forma que alcanzarán su fin, parte de la esta autonomía es que no respeten las reglas y normas que ellos estimen, y también los medios para alcanzar su fin. Siempre deben estar en conformidad de la ley, regula distintos ámbitos y distintas formas. El fin específico de cada cuerpo intermedio fija el ámbito de la autonomía pero también es su límite, no puede robarse una autonomía para otras formas. No puede convocar autonomía para otras cosas.

La aplicación, respecto del individuo y de los cuerpos intermedios, el individuo con el Estado, en la que exista una relación entre un ente mayor y un ente menor. Es relevante con el Estado, porque tiene amplitud de fines, el problema competencial es por la amplitud de fines. A diferencia de los cuerpos intermedios es porque solo hay un solo fin.

Funciones del EstadoHay que distinguir funciones son connaturales del Estado, y cuáles son las subsidiarias. Se han entendido como connaturales, aquellas del Estado Liberal, como defensa, RRII, policía. Solo el Estado puede realizar. Explica la existencia del Estado. Con llevan la representación de la comunidad toda.El Estado Liberal, en su concepción más pura, lo que agrega, es que hay otras funciones que eventualmente se pueden asumir, que son las Funciones Subsidiarias del Estado, son tareas que pueden los privados realizar, pero que el Estado asumen en forma subsidiaria porque los privados no quieren, y que debieran asumir, debiera intervenir.

Para que el Estado intervenga, debe cumplirse determinados requisitos:1. Que sea una actividad necesaria para el Bien Común.2. No existan particulares desarrollando estas actividades, o lo hagan imperfectamente.3. Que se hayan agotado los esfuerzos para los particulares intervengan.4. Una vez que el Estado interviene, lo haga de manera eficiente, descentralizada y transitoria.5. El estado debe retirarse cuando los particulares asuman la actividad compatible con el Bien Común.

El objetivo de este principio, se requiere que el Estado intervenga en otras cosas, es consiente que requiere poner condiciones al Estado porque puede que subordine la dignidad y los derechos de los individuos. El Bien Común es tarea de todos, es el bien de la comunidad, si falta un bien superfluo, no es tarea del Estado. Aquellas tareas que no son connaturales, pertenecen por naturaleza a los privados.

Prejuicios del Principio de Subsidiariedad, es que se dice que de justifica un Estado Liberal, abstención de la actividad estatal. El estado debe intervenir, para que se pueda cumplir el Bien Común. Lo que hace reconoce que las tareas asumida por los privados, es sano.

El Bien Común es de todos, son los privados los llamados a que lo hagan. El Estado interviene debe ser de manera eficiente, descentralizada y transitoria, porque el objetivo de este principio es orientar la

Teoría del Estado (IX): Principio de Subsidiariedadjueves, 03 de abril de 201410:00

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manera eficiente, descentralizada y transitoria, porque el objetivo de este principio es orientar la intervención del Estado, respetando la libertad y autonomía de los cuerpos intermedios.

Este principio, está garantizado en diversas disposiciones de la Constitución.

No impide que entre el Estado Productor. Es un tema cualitativo, no importa la cantidad que asume el Estado.

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Formas Jurídicas del Estado:La estructura que adopta un determinado estado desde la perspectiva jurídica. Cada estado, cualquiera sea su forma debe darse una organización desde lo jurídico. Es cómo se canaliza la soberanía interna de cada uno de los estados. Cuando se habla de forma jurídica es la soberanía interna en movimiento.

La doctrina distingue forma de Estados Simples y CompuestosLa forma clásica en el estado simple, es el Estado Unitario. Se caracteriza por tener un solo centro político y un solo centro jurídico donde se manifiesta el poder. En la practica, todo el estado se encuentra sujeto a las mismas leyes, y un solo centro de poder, es que la estructura de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) existen sólo a nivel estatal, realizan sus tareas a nivel país. Es más consistente con la idea de estado soberano tradicional y clásica.Buldock, señala que "estado unitario encontramos una idea de derecho, un solo poder, un solo estado", dice para que haya estado, es que haya poder, que se aplique a un orden jurídico.

La crítica a este estado unitario, son loes que genera diferencias económicas y de desarrollo en las demás regiones, también hay problemas de gestión regional, porque no se adapta a las necesidades de cada localidad, es decir, una relación más distantes; pero también se presenta problemas de legitimidad e incentivos de participación, porque el control de responsabilidad política se hace más difícil, pues en los extremos, la autoridad está más alejada, hay un diálogo menos estrecho.Cuando la ciudadanía controla, el principal mecanismo de control es el voto, y centralizado es más difícil, porque no hay tanta consistencia con el control, por consecuencia, menos incentivos a la participación.Por otro lado, es más eficiente, es más ordenado, hay una soberanía más unitaria, hay un control estatal más uniforme.

En Chile, está este Estado Unitario, aunque desde hace años se ha tratado de ir a la descentralización, de manera lenta. A pesar de los esfuerzos realizados, Chile sigue obedeciendo a la caracterización de un estado unitario.

Estado RegionalEl Estado Regional continúa siendo un estado simple, surge en el siglo XX, y su objetivo es contar con un esquema institucional político jurídico que permita avanzar en esta descentralización pero sin llega al diseño federal propiamente tal. Este modelo intenta aprovechar los elementos positivos de un estado unitario dándole autonomía a la región.Se ha desarrollado en países en que hay localidades muy fuertes y distintas, por ejemplo, España e Italia. Es un reconocimiento por traspasar potestades, y entregar cierta autonomía regional a estas autoridades. Existirán órganos públicos propios de las regiones, que no son delegados o sedes del órgano central que están dotas de cierta competencia suficiente para trabajar. Estarán dotados de un sistema jurídico propia, y dependerá de la autonomía financiera y normativa, que generalmente serán de menor importancia.Es una solución que han encontrado ciertos estados, respuesta a la realidad de los Estados.No hay derechos paralelos ni competencia paralelas en los mismos ámbitos.

Estado CompuestoEl Estado Federal es la forma más compleja y avanzada de estado compuesto. Es una creación moderna que nación en la Constitución de los EEUU (1787) y su objetivo es aprovechar las ventajas de una sociedad mayor, sin perder el vigor, las particularidades y las potencialidades de las sociedades originarias. En EEUU, fue una formula buscada para buscar la unión de las 13 colonias, y fue producto de la búsqueda de un sistema más solido que de confederación. No había opción de estado unitario.Supone la existencia de dos ordenes de poder político, el nivel federal y el nivel estatal o estadual. También existen dos ordenes normativos y jurídicos, el ordenamiento federal , que dicta los órganos

Teoría del Estado (X): Formas de Estadomartes, 08 de abril de 201410:10

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También existen dos ordenes normativos y jurídicos, el ordenamiento federal , que dicta los órganos federales y que rige en toda la nación, y el ordenamiento estatal, que originan los estados y que rige en ese estado. En general, los estados tienen libertad para su ordenamiento, en la medida que no contravenga lo consagrado a nivel general.

Los ámbitos de nivel federal, en EEUU, hay un modelo de competencia federal reducida, por lo tanto, las tareas o funciones son reducidas, y todo lo demás es competencia de los estado. Alemania le da mayor relevancia, y da mayores competencias a nivel federal.

La regla declarada de los estados federales, se ha ido respetando, pero aumentando el número de tareas. La excepción es la afectación del poder federal a nivel estadual. Para el derecho internacional, el estado federal es un solo estado. Sin embargo, a veces se les reconocen a los estados, la posibilidad de establecer ciertos vínculos con independencia de la federación.

Un problema práctico, es dónde se instala la capital del Estado Federal, algunos han optado por crear una ciudad con el objeto de que sea la capital, como Brasil y EEUU; y otros han optado por reconocer la ciudad más relevante, que tiene cierta preeminencia económica, histórica, como Alemania, México, Argentina.

En la práctica se topan las competencias del nivel federal y el nivel estatal. Tiene preeminencia el orden federal. La legislación nacional sirve de limite a cada estado, pero hay ciertos ámbitos que no están regulados por el federal, y que quedan a elección estatal.A nivel de jurisprudencia, la Corte Suprema Federal, seleccionará casos que hay problemas de interpretación, pero no revisa cada caso, pues lo hacen en las Cortes Supremas de los Estados.

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El espíritu de facción es cuando un grupo tiene intereses comunes, con la misión de perseguir y alcanzar su interés, incluso si sus acciones son contrarios a todos.El autor es contrario a enfrentar el problema por las causas, porque uno, eliminaría la libertad individual, que es el principio de varias instituciones. Establece un diseño idóneo, el Estado Federal modera el espíritu de facciones. La segunda alternativa, es tratar de imponer una sola idea, un gran interés; no habrá problemas del espíritu de facciones. El autor, decía que la primera causa es imposible, contrario al ser humano; y la otra es impracticable, porque el ser humano al reunirse, piensa.

El estado federal, modera el espíritu de facciones, porque si la facción tomaba el poder de un estado, los demás estados pueden moderar el interés de la facción. También, porque un estado grande que reúne estados diversos, habrá una diversidad en la representación e impedirá que una sola tome el poder, y cuando hay una población más amplia, y cuando busca el interés de su facción, es más difícil de engañar a la población más grande que una pequeña; ya también se aleja de donde surge la facción, será más difícil cambiar los intereses de partido.Un diseño institucional tan sencillo, busca estos efectos.

ConfederaciónEs un segundo modelo de estado compuesto. Busca general vínculos entre sus integrantes pero sin consolidar órganos con competencia cooperativa sobre el conjunto. El sistema federal consolida órganos en dos niveles (federal y estatal). En una confederación no existen órganos a nivel central que tengan competencia con respecto a los Es un esquema de alianza formalizada mas que un estado propiamente tal. Las confederaciones han tendido evolucionar hacia otras alternativas, como un estado federal o varios unitarios.Son débiles porque cada estado conserva su individualidad frente al Derecho internacional. Mantiene su personalidad internacional. Además pueden separarse con facilidad de la Confederación.

Teoría del Estado (XI): Formas de Estadomiércoles, 09 de abril de 201414:16

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La idea de Soberanía Limitada, es el concepto de los Derechos Humanos. Son los límites a la soberanía.

Concepto de Derechos HumanosSon atributos inherentes a la persona humana, tiene carácter de derechos humanos si están positivizados o no. Los derechos fundamentales son aquellos derechos humanos que se encuentran positivizados en una norma jurídica sean de carácter interno o internacional. La distinción entre derecho y garantía, derecho es la facultad que cada individuo tiene, en cambio, la garantía es el mecanismo que el ordenamiento jurídico ha diseñado para la protección de los derechos. Por ej, Derecho a la Vida, es derecho; libertad de expresión, es derecho. Las acciones que lo garantizan, como el recurso de protección es una garantía. En Chile, el principal mecanismo para la garantía, es el recurso de protección.

Límite de la SoberaníaLa noción es relevante, porque representa un limite a la soberanía, es más allá del propio estado. Existe algo con independencia del estado y es anterior a éste, y será un marco a la actuación del estado, aun cuando no los reconocieran, estos igualmente existen. Los derechos fundamentales, le da un limite al estado, es evidente que los reconoce, y hay una mayor protección que esté positivizado.

La Constitución en el Art 5 inciso 2°, el ejercicio de la soberanía tiene como límite los derechos que emanan de la naturaleza humana. Otro ej, la declaración de independencia de los EEUU, confiere a los derechos individuales dados por el Creador, y ha sido iguales.

Hay que personas que estiman que lo único que tiene validez es lo dicho por el Estado. Lo que le da validez al Derecho a la Vida, y si no estuviera allí, no sería respetado.

Derechos como Normas Jurídicas VálidasUn elemento fundamental en materia de Derechos Humanos, es que no son principios orientadores o inspiradores del diseño institucional, sino que son normas jurídicas válidas y vigentes, aplicables directamente. Además juegan el rol de orientar. Se ha avanzado en ser normas jurídicas propiamente tal. Es exigible, obligatoria, valida y vinculante; no solamente una poesía política que orienta al sistema.

Críticas a las nociones de Derechos Humanos

En primer lugar, se creía que negaba el monopolio del estado sobre la generación de reglas de derecho.

También suponía ciertas reglas de derecho que son parte del ordenamiento , aun que la autoridad publica no esté de acuerdo y tenga una posición abiertamente contraria ante estos Derechos Humanos.

La noción también supone que si bien el estado puede darse la organización interna que estime conveniente, no tiene tal libertad para ello, si no que debe sujetarse a este marco.

Se ha sostenido que la aceptación de los Derechos Humanos representa un debilitamiento de los estados, como se concebía a principio de siglo XX.

El estado puede regular el ejercicio de los derechos, pero no puede desconocerlos. Además la noción de Derechos Humanos se ha traducido en la aceptación de esquemas de conducción internacional, incluso universal. Por ej, en Chile, tanto el Estado como los individuos están en jurisdicción de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

Derechos Humanos (I)jueves, 10 de abril de 201410:13

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Han surgido una serie de convenciones y tratados de Derecho Internacional. Tenemos la Declaración de los Derechos Humanos en el año 1948. Surgiendo un derecho específico, el Derecho internacional de los Derechos Humanos.

Los problemas que genera es cómo afecta estas convenciones a la soberanía de los países. Sujeto a las convenciones, los países libres y autónomamente, ha sido beneficioso desde la perspectiva ha ayudado a instalar una perspectiva de los DDHH, es decir, un respeto y protección de estos.El problema con los tratados, es que surgen organismos internacionales, con objetivo de protección y garantía. Son universales, radicado en la ONU y además sistemas regionales, como el Interamericano, Europeo y Africano. En Chile, en términos de órganos, la Corte Interamericana, la Comisión, y otras también dedicadas a la protección de los Derechos Humanos. Van acompañados de una jurisdicción.

La Convención Interamericana, surge como una jurisdicción complementaria. En otras palabras, se parte del supuesto que la persona debe recurrir a los tribunales de su ordenamiento, y solo una vez que ha agotado los recursos, o que no existe el debido proceso. Surge una jurisdicción internacional, que tiene por objetivo proteger y garantizar estos derechos.El problema, no es respecto de los Derechos Humanos estamos más o menos en cuales son. Los catálogos de derecho son bastante similares, y no hay duda cuáles son los garantizados.

El problema surge cuál es el sentido y alcance de estos derechos. Aquí hay controversia.

Otro problema, es qué aspectos son de núcleo esencial y cuáles son las manifestaciones. Hay conductas que limitan el derecho en sí mismo, como la prohibición de la libertad de expresión ,pero hay otros que son manifestaciones que están vinculadas, por ej, la regulación de los medios de comunicación.Además, el sistema internacional de Derechos Humanos ha desarrollado una serie de principios formulados en términos amplios, como ej, el principio de progresividad y no retroceso.

También, se añade cuál es la interpretación que prima, la interna o internacional. El gran conflicto se genera a cómo se relacionan los sistemas internos a los internacionales. Ej, el sistema europeo, ha sido deferente a los internos. Si hay más de dos interpretaciones, ha admitido un cierto margen, para que internamente se le dé el sentido y alcance de los derechos.El sistema interamericano, no es para nada deferente que el europeo, ha desarrollado tesis que apuntan a extender la actuación de la Corte. Hoy en día, la corte ha entendido que no solamente estados obligados a cumplir con los derechos, sino que los estados están vinculados a la interpretación de la Corte, a las decisiones adoptadas, opiniones consultivas. "los estados no solo deben estar protegiendo a la constitucionalidad si no a la convención"El sistema internacional a ayudado a extender la protección de los DDHH, en Chile, por la Corte Internacional, como la transparencia de la información publica, libertad de expresión. Puede pasar que a ciertos estados, se le imponga visión al Derecho de la Vida.

Clasificación de los Derechos Humanos

Primera generación, libertades o derechos individuales. 1.Son los derechos cásicos, que tradicionalmente se le reconocieron al ser humano. Propios del estado liberal, que reconoce ciertas libertades al individuo que se traducen en la definición de áreas que excluyen la injerencia estatal.Son derechos en que el individuo respecto del Estado. Son esquemas de protección del individuo del esquema de protección del estado. No pretende que otorgue, sino que la abstención del Estado.Ej, Derecho de Propiedad, es un derecho individual y busca una propiedad sin intervención del estado y de otros individuos.

Se clasifican en los de:

Derechos Humanos (II)martes, 15 de abril de 201410:10

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estado y de otros individuos.Derecho a la Vida, se pide que no afecte a la vida ni la integridad física, y que evite que los otros que lo hagan.Libertad Personal, en la que se puede mover, en la que no se puede tomar preso, excepto si se cometió un delito.Libertad de conciencia,

Segunda Generación2.

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Segunda Generación2.Son también llamados derechos económicos, sociales y culturales. El fundamento está en la igualdad material. Surge tras la reflexión para el adecuado ejercicio de los derechos de primera generación se requiere garantizar estos derechos económicos, sociales y culturales. sin estos, se entiende que la persona no podrá ejercer sus derechos de primera generación.Se entiende que garantizan la participación de la persona en el medio social, o una cierta igualdad en la sociedad de los individuos.El rol del estado debe intervenir, debe proporcionar una determinada prestación. Ej, salud, si no se le garantiza estos mínimas condiciones, no puede. Pide que el estado intervenga positivamente para la protección de estos derechos a ciertos grupos colectivos, no a la universalidad. Involucra gasto de estos derechos.En materia de trabajo, el derecho a la sindicalización.

Los derechos sociales traen críticas por la asignación de los recursos para garantizarlo, porque para mayor protección, se tendrá a limitar los derechos de primera generación.También, para distinguir a quien se le otorgan los recursos para proteger, los niveles de protección serán determinados por el legislador. El resultado de esto, es de un juicio de mérito. Y lo que hacen estos juicios son los órganos políticos. En estos juicios, provienen de resolver la conveniencia de ciertas prioridades políticas, de acuerdo con la Constitución.Se regulará en primer términos, del legislador. Y luego viene el ejecutivo, en conformidad con políticas públicas.

Se discutió si eran o no propiamente derechos. Porque no son justiciables en un 100%, porque involucra recursos, lo definían como meras expectativas. Esta visión doctrinaria está superada, estos son derechos.

Hay otro problema con la separación de poderes. En la actualidad, existe una acción constitucional, llamada recurso de protección, que tiene por objeto garantizar los derechos, es una acción que permite recurrir a tribunales, pero no incluye a los derechos sociales, dicho en el Art 20.Ej, choque entre poderes, porque los niveles de satisfacción es materia de los órganos políticos, pero en el practico, un tribunal mediante los fallos, definiría las políticas públicas.El Art 19, tiene derechos sociales garantizados, pero no hay recurso de protección. Otro problema es que como las sentencias obligan a las partes involucradas, obligarán solo a ellos, a diferencia de la ley, que obliga a todos. Por eso se le designa al legislador. Si no ocurre esto, habría un problema de igualdad ante la ley.En la vida real, hay derechos sociales garantizados en la Constitución. Pero hay otros casos que no han sido definido. En los tribunales, en la practica, los abogados han creado el resquicio para poder llegar, a través de los derechos de primera generación. Otro ha sido mediante la invocación por no igualdad ante la ley.El problema final, es que solamente los tribunales intervengan si el legislador ya ha definido los niveles de protección. El problema es cuando no lo ha fijado. Los tribunales aceptan estos fallos, para no dejar a criterio los derechos sociales.

Tercera Generación3.Son los derechos son los denominados de desarrollo o de integración. Se plantean como instituciones necesarias para alcanza run desarrollo más integral de las personas, y que alcanza a todos los integrantes de la comunidad. Se refieren a temas muy variados y diversos, como por ej, la protección de los recursos no renovables, la paz, derecho a la solidaridad entre los pueblos, el derecho a vivir en un medio libre de contaminación.El problema de estos derechos, es que son bastante recientes. Son derechos cuyo titular son difusos, son colectivos, no se define a quién es el titular de la acción porque involucra un numero determinado

Derechos Humanos (III)miércoles, 16 de abril de 201414:04

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son colectivos, no se define a quién es el titular de la acción porque involucra un numero determinado de personas que no es capaz de individualizar. Y en muchos casos, la justificación está en proteger a las generaciones futuras. También se traducen a limitaciones al los derechos de primera generación. Y desde la perspectiva jurídica presenta el inconveniente en la determinación precisa de lo obligado y de los alcances de la obligación.Es una noción compleja, por el titular, el obligado y el contenido del derecho.

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GlobalizaciónEs un fenómeno amplio

El primer elemento, es que es un fenómeno amplio. Se origina y entendida como un fenómeno económico, pero como señala la definición, el concepto es amplio. Esta interacción entre las distintas unidades del orden mundial no se refiere al orden económico, sino se amplia a efectos políticos, sociales y culturalesDesde el punto de vista político, se puede ver en las cláusulas democráticas, que se insertan en tratados económicos. Este acuerdo tendrá validez en que ambos estados se comprometan a respetar los elemento s propios de una democracia. Se han condicionado los acuerdos económicos, al cumplimiento de ciertos mínimos.

El proceso de globalización se sustenta en dos pilares fundamentales: la democracia, en lo político y el mercado, en lo económico.

El concepto clásico del Derecho Internacional son los tratados de los estados, entendido como un derecho entre los estados. Para que los tratados obliguen, deben pasar por procedimiento. Se han desdibujado las fronteras de los estados, se han relativizados las decisiones de los estados, por esta interrelación.Hoy en día, se encuentra difusa los términos nacionales e internacionales. Hay ciertos criterios y estándares internacionales, que deben ser considerados nacionalmente, como por ej, el tratado de libre comercio con EEUU, que debe considerar materias de protección en derecho laboral, de propiedad intelectual, etc. Los estados deben considerar el medio internacional. No se manda solo. Algunos impuestos por el orden internacional, otros por países que son más poderosos.

Se traduce en la compresión espacio-tiempo. Lo que ocurren en un lugar, se siente inmediatamente en otras partes del mundo. Se han intensificado las relaciones sociales a nivel mundial, por lo tanto lo que ocurre a nivel local, impacta muchas veces al resto del mundo, ej, el atentado a las torres gemelas.Tiene efectos políticos, sociales, jurídicos, culturales en el resto del mundo. Tiene que ver con la revolución de los medios de comunicación y eso, desde una perspectiva politica-juridica se traduce en

Globalizaciónjueves, 17 de abril de 201410:15

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revolución de los medios de comunicación y eso, desde una perspectiva politica-juridica se traduce en mayor grado de accountability, proporciona a la sociedad civil más elementos para poder controlar a nuestras autoridades o hacerlos rendir cuenta, es redición de cuenta con responsabilidades consecuentes.La globalización mejora el proceso de rendición de cuentas.

El Estado deja de ser el actor monopólico en las relaciones internacionales1.Se reduce el rol intermediador del estado ya que las personas que pertenecen a un estado, pueden relacionarse fácilmente y directamente con individuos que pertenece a otros estados.

2.

Actualmente, en el ámbito internacional existen multiplicidad de actores: Estado, además a las ong, organismos internacionales, empresas trasnacionales, jurisdicciones internacionales, y el individuo que pasa a ser considerada como sujeto del derecho internacional.

3.

Potestad estatal: Aparecen ámbitos de muy difícil control para las autoridades estatales, como internet, empresas transnacionales a nivel económico

4.

Los efectos que tiene sobre el Estado:

CríticasIncentiva a uniformar, estandarizar, homogeneizar culturalmente el mundo. Se plantean ciertos patrones dominantes, culturas de países más fuertes que otras. También se ha planteado que los tratados de libre comercio, nos homogeneiza, transforma a la sociedad en una sola, de tipo global.Al mismo tiempo los estados que tiene n el poder de disminuir, dejan de tener poder. Porque están amarados a otros países, o sus funciones estatales no tienen la competencia suficiente para eso.Más que uniformar, lo que hace es llevar a cada estado tome conciencia de sus particularidades y diferencias, lo que se ha traducido en una reivindicación en los temas locales. Ha llevado al desmembramiento de algunos estados, por nacionalismos que buscan ciertos espacios de autonomía.

Los efectos de la globalización en estudio de Derecho

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Estado en sentido amplio, es sinónimo de sociedad política. Dentro de este entramado social: familia, grupos intermedios.El sentido restringido es el aparato estatal, o en conjunto de organismo públicos, habla del ejercicio del poderLas atribuciones del órgano del estado. En el estado liberal se distingue del colectivo, son las organizaciones que tiene. El rol que tiene depende del ejercicio del poder.

Los cuerpos intermedios son privados. Y el principio de subsidiariedad, opera entre cuerpos privados, y en sociedades mayores y menores. No opera dentro del Estado

Diferencia entre DDHH y Derechos Fundamentales, los derechos humanos son los que están en una norma positiva. El tema de las jurisdicciones, los estados tienen norma los tratados. Las jurisdicciones internacionales hacen velar por el cumplimiento de los tratados o convenciones. A veces, ocurre que algunas normas deben ser interpretadas por las organizaciones internacional, y a veces chocan con las interpretaciones internas.

Los límites fácticos se manifiestan en las relaciones entre países.

Teoría del Gobierno

Separación de PoderesSi bien encontramos antecedentes de esta teoría, desde la antigüedad, como Aristóteles habla de esta idea de poder tripartito. El autor que se asocia a este planteamiento es Montesquieu, en su obra el "Espíritu de las Leyes", en el siglo XVIII.La separación de poderes es un elemento fundamental del estado de derecho. Se afirma que sin separación de poderes no hay estado de derecho. La idea de esta tesis es general un sistema de control a través de la separación de las funciones del estado y de a generación de un sistema de frenos y contrapesos.

División de funciones

Es definir claramente las funciones que corresponden a cada poder del estado, asignarlas mediante el ordenamiento jurídico, a un órgano específico. El objetivo va a ser que existan órganos distintos con competencias distintas, para constituir cada función del estado.Es susceptible de ser dividido en tres: ejecutivo, legislativo y judicial. Los poderes corresponden a ciertas tareas o ámbitos, que se le reconocen al poder público. Pero el poder del Estado es un solo. El dividir el poder del estado, no afecta su unidad. En la actualidad, se habla de funciones del estado: (1) para enfatizar, (2) para dejar en claro que no se trata de atribuciones o poderes, sino tareas que son funciones o poder de llevar de mejor manera el cumplimento al bien común.

Montesquieu entendió que la separación de poderes, era una garantía y condición básica para la existencia de un gobierno libre, ya que de esta manera, cada poder, ejercería su propio ámbito de funciones, sirviendo de limites a los otros poderes. Fundamental para garantizar la libertad de las

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funciones, sirviendo de limites a los otros poderes. Fundamental para garantizar la libertad de las personas, y para evitar el abuso, la corrupción por parte del poder, que indefectiblemente sucedería si una persona ostentara los poderes. Fue el primero que súper editó la libertad política a la separación de poderes. También en la "Declaración de los de Hombres y Ciudadanos", Art 16.

La doctrina de Montesquieu, ha evolucionado, se ha ido modificando. Sigue estando presente el núcleo de la teoría, pero la teoría ha tenido transformaciones, se ha ido incorporando la idea de frenos y contrapesos.

Frenos y ContrapesosLa formulación original de Montesquieu enfatizaba la separación absoluta o rígida de los tres poderes del estado. Esta idea se ha complementado con la idea de frenos y contrapesos, que consiste en formulas de cooperación e interrelación entre poderes. Se entiende que el trabajo coordinado entre los poderes, constituye un límite a los mismos.

Cuando ciertos elementos de una función que por naturaleza le pertenece a uno, le se entrega a otro. Ej, la colaboración del Pdte de la República con mensajes, función que es propia del Congreso. También el Veto Presidencial.

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Se diferencia en la designación de un titular de un órgano interviene órganos que pertenecen a otros poderes. Ej, cuando los ministros de Corte Suprema, lo propone el poder judicial, lo elige el ejecutivo y lo ratifica el legislativo.

Existen ciertos actos institucionales en los que participan o intervienen órganos de distintos poderes. Ej: en la declaración de un estado de excepción constitucional, interviene el legislativo y ejecutivo. Para la aprobación de tratados internacionales, el tratado lo negocia el presidente, lo firma, lo aprueba el Congreso, y lo ratifica el presidente.Otro, puede ser es la asignación de atribuciones relacionadas con competencias que por naturaleza le corresponden a otro órgano. Cuando el ejecutivo interviene en el legislativo, es la representación de este principio.

La separación de poderes, se justifica en cuanto limita el poder. La idea de frenos y contrapesos, incrementa la limitación del poder.Estos mecanismos no sirven si no hay separación de poderes.

En la actualidad, se ha superado el dogma de la separación tripartita de los poder del estado, lo que se ha traducido en la creación de nuevos órganos constitucionales, dotados de autonomía que tienen por objetivo controlar a los poderes clásicos. Es lo que se denomina el Poder de Control.Además se han agregado esquemas informales de control del poder, es decir, no forman parte del diseño institucional, pero que sí cumplen un rol en el límite del poder. Ej, ONG, medios de comunicación, opinión publica, grupos de interés.

Síntesis: los poderes públicos requieren mecanismos de control que ayuden a evitar los abusos y arbitrariedades. Popper señala "que la discusión acerca de como seleccionamos a los mejores para los cargos, no tiene ningún sentido, porque no hay ninguna garantía de logarlos, lo que es importante es desarrollar mecanismos de control que incentiven buenos comportamientos en el poder".

Poder EjecutivoEs el encargado de ejecutar o poner en ejecución la ley. Tradicionalmente se ha entendido como este, en la actualidad prima una visión más amplia, en virtud de la cual entendemos que el poder ejecutivo está a cargo del gobierno y la administración del Estado.

Las tareas de gobiernos son aquellas referidas a aquellas decisiones de carácter político, esta función responde a la particular orientación que tenga el gobernante respecto de la sociedad, el rol del estado y los derechos de las personas.

Las tareas de administración se refiere a decisiones vinculadas a la satisfacción permanente y continua de las necesidades de las personas. Por lo tanto, la actividad de la administración esta menos relacionada con las decisiones de carácter político, su cumplimiento requiere de una estructura operacional permanente. Es la burocracia y el aparato estatal.La administración puede ser de manera concentrada, desconcentrada o descentralizada.

Las tareas de gobierno, destaca el ejercicio prudencial, existen varias opciones posibles dentro del marco jurídico y la autoridad escogerá la que le parezca mas adecuada según su visión política.Las tareas de administración, se asocian con un régimen procedimental, existe un régimen prestablecido. Deben ajustarse al marco de la ley y las normas correspondientes. Es discrecionalidad v/s legalidad.

Tareas de Administración Tareas de Gobierno

Teoría de Gobierno (II)miércoles, 23 de abril de 201414:03

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Tareas de Administración Tareas de Gobierno

Legalidad Discrecionalidad

Procedimental Prudencial

Potestad ReglamentariaPara el cumplimiento de sus tareas, el poder ejecutivo cuenta con potestad normativa. El instrumento jurídico de actuación de este poder, es la Potestad Reglamentaria. Son normas de rango inferior a la ley, son decretos, reglamentos, instrucciones. Esta puede ser general o especial, a diferencia de la ley que es de carácter general. Lo importante es que cuando el poder ejecutivo actúa, lo hace a través de un instrumento jurídico.

De ejecución tiene por objetivo concretar una ley. Las leyes son generales y abstractas, para implementarla, muchas veces se requieren normas que las concreten o detalles.

La autónoma son normas que dicta el ejecutivo que no tiene por objetivo ejecutar la ley, que no se refiere a materias de dominio legal. El ordenamiento jurídico ha definido las materias son de dominio legal, todo lo demás puede ser regulado por la potestad reglamentaria autónoma.

Esta potestad reglamentaria, puede ser de ejecución o autónoma:

La potestad reglamentaria tiene dos justificaciones, la primera es el órgano encargado de ejecutar la ley, para ejecutarla se necesita detallarla y concretarla, es el encargado de detallar la norma. Segundo, se entiende que el Presidente tiene una capacidad técnica. Y el poder ejecutivo en general tiene una mayor capacidad técnica que el poder legislativo.

Debe ser controlada, sujeta a control. El límite sustantivo es la Constitución, además la potestad reglamentaria de ejecución está sujeta a la ley que ejecuta,(1) no puede contravenir la ley, (2) no puede ir más allá. El limite de la potestad autónoma es la constitución y el dominio legal (materias de ley). Respecto a los órganos autónomos o de control, la Contraloría General de la Republica, controla la potestad reglamentaria. Y también el Tribunal Constitucional, en ciertos casos específicos.

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Poder LegislativoEs aquel que legisla o elabora la ley, crea las normas jurídicas denominadas leyes, que se caracterizan por ser abstractas, general y objetivas.En el Sistema Europeo Continental, la ley tiene un rol preponderante como fuente del derecho. La jurisprudencia y la costumbre ocupan roles secundarios, a diferencia del Sistema Anglosajón o Common Law.El rol de este poder, es muy importante, porque genera la principal fuente de derecho.

El órgano principal del poder legislativo es el Congreso o Parlamento. En Chile, el poder recae también este poder en el Presidente de la Republica, es un colegislador.

Órganos Colegiados y Fuente de la LeyEl Congreso o Parlamentos, han sido órganos colegiados, puesto que se ha entendido que la generación de las normas, en particular, las leyes; debe generarse a partir de la discusión, interacción y consensos de los representantes del pueblo . Son colegiados porque las normas requieren que se produzcan espacios de debate, deliberación de los representantes soberanos

HistoriaLos congresos no surgieron inicialmente como órganos legisladores, eran fiscalizadores del poder real. Entonces, era un órgano de representación de la comunidad, que tenía como principal función, ordenar el poder real. Las primeras funciones legislativas están orientadas a esta lógica de control, las primeras leyes fueron con impuestos, y luego fueron reguladas las fuerzas militares, precisamente para controlar los fondos y la fuerza del rey.

Surge esta idea de poder legislador, con la Revolución Francesa. Rousseau, decía que la voluntad general residía y se generaba en el parlamento. Se recibe y expresa la voluntad general, a través de leyes de carácter general y abstracto. Con esta idea de soberanía popular, se entiende que el titular es el pueblo, y los representantes actúan en el congreso.

VentajasEn el Congreso se expresan las distintas visiones o aproximaciones que tenga una sociedad. Se caracteriza por la discusión, deliberación, representación, pluralismo y debate. Existe para que se discuta y se debata. Transparencia, porque los procesos legislativos son más transparentes, porque la ley tiene un procedimiento que está regulado.

La negociación y el consenso, es lago que es propio de la naturaleza de ese órgano. Cuando se llega a acuerdos y consensos se tienen que ceder. Por eso aquellas materias relevantes, se entregan al Congreso, y constituye una garantía para las personas.

Desventajas

Estas son la menor capacidad técnica, es una estructura técnica y el nivel de especialización que no posee.

Es menor eficaz, porque tienen que ponerse de acuerdo.•En este órgano, es 100% político. Se ha entendido que el congreso tiene mayores incentivos a la demagogia que el poder ejecutivo. Lo que se manifiesta en materia de uso y disposición de recursos económicos. El Presidente de la República es el responsable de los recursos fiscales y del resultado económicos, por lo tanto, tienen todo los incentivos para que tenga una administración prudente. El Congreso no es responsable, siempre tendrá incentivo a gastar más plata en aprobar

Sin embargo, el parlamento tiene ciertas desventajas respecto al ejecutivo.

Teoría de Gobierno (III)jueves, 24 de abril de 201410:11

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prudente. El Congreso no es responsable, siempre tendrá incentivo a gastar más plata en aprobar bonos.

Síntesis, hay una serie de ventajas, es por eso que la Constitución le entrega al Congreso, la formación de materias más importantes. Un ej, restringir, modificar derechos fundamentales, deben hacerse por ley.Sin perjuicio de lo anterior, no podemos desconocer que hay desventajas, que pasan por menos capacidad técnica, menos eficiente, y además mayores incentivos a la demagogia.

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