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' M" "" '" m- .I INSPECCION PROVINCIAL DEL iWA' · ... L.A SE R'JU<JA 3 1 2009 Ka rdex ............ ... .. ... ----... ---· .. 1[' Association of Universities for Research in Astronomy CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2010 2011 Colina El Pino s/n Casilla 603, La Serena CHILE Phone: 56-51-225 415 FAX: 56-51-205 212 En La Serena, a 29 de Diciembre de 2009, entre la Association of Universities for Research in Astronomy, Inc., de ahora en adelante "AURA, Inc." representada por su Representante Legal, Sefi.or Heman Eduardo Bustos Binvignat, con domicilio en La Serena, Colina El Pino s/n, recinto de AURA y el Sindicato de Trabajadores de AURA, Inc. de ahora en adelante los "Trabajadores" representados por su Comisi6n Negociadora integrada por los senores; Eduardo Toro Rivera, Mario Gonzalez Kemnis, Francisco Delgado Borquez y como Asesores los senores: Tomislav Vucina Parga, Carmen Sofia Paez Garmendia, Edison Bustos Belloy Nelson Ogalde Gonzalez, para estos efectos del mismo domicilio anteriormente seiialado, se ha convenido el siguiente Contrato Colectivo de Trabajo. PRIMERO: PARTES A QUIENES AFECTA ESTE CONTRA TO: Este Contrato afecta al Observatorio de AURA, Inc. en Chile en todas sus instalaciones, y a todos sus Trabajadores de acuerdo a la nomina de ellos que se agrega como Anexo N° 1. SEGUNDO: VIGENCIADEL CONTRATO: Este Contrato tendni una duraci6n de dos aiios a contar del 01 de Enero de 2010 y reemplaza en forma integra dejando sin efecto alguno cualquier otro Contrato, Convenio, Acuerdo o Acta de Avenimiento, suscritos con anterioridad a esta fecha y que hubiera estado vigente al momento de firmarse por las partes el presente instrumento. TERCERO:

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L.A S E R'JU<JA

3 1 Ul~. 2009

Ka rdex N° ............ 4'··~··~~~~·''''*"" ... --~ .. ,.~-~--~-... ----... ---· -~..:.:~.::~::t.~',"',··~~t~ .. 1['

Association of Universities for Research in Astronomy

CONTRA TO COLECTIVO DE TRABAJO 2010 ~ 2011

Colina El Pino s/n Casilla 603, La Serena CHILE Phone: 56-51-225 415 FAX: 56-51-205 212

En La Serena, a 29 de Diciembre de 2009, entre la Association of Universities for Research in Astronomy, Inc., de ahora en adelante "AURA, Inc." representada por su Representante Legal, Sefi.or Heman Eduardo Bustos Binvignat, con domicilio en La Serena, Colina El Pino s/n, recinto de AURA y el Sindicato de Trabajadores de AURA, Inc. de ahora en adelante los "Trabajadores" representados por su Comisi6n Negociadora integrada por los senores; Eduardo Toro Rivera, Mario Gonzalez Kemnis, Francisco Delgado Borquez y como Asesores los senores: Tomislav Vucina Parga, Carmen Sofia Paez Garmendia, Edison Bustos Belloy Nelson Ogalde Gonzalez, para estos efectos del mismo domicilio anteriormente seiialado, se ha convenido el siguiente Contrato Colectivo de Trabajo.

PRIMERO:

PARTES A QUIENES AFECTA ESTE CONTRA TO:

Este Contrato afecta al Observatorio de AURA, Inc. en Chile en todas sus instalaciones, y a todos sus Trabajadores de acuerdo a la nomina de ellos que se agrega como Anexo N° 1.

SEGUNDO:

VIGENCIADEL CONTRATO:

Este Contrato tendni una duraci6n de dos aiios a contar del 01 de Enero de 2010 y reemplaza en forma integra dejando sin efecto alguno cualquier otro Contrato, Convenio, Acuerdo o Acta de A venimiento, suscritos con anterioridad a esta fecha y que hubiera estado vigente al momento de firmarse por las partes el presente instrumento.

TERCERO:

INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABA.JO LA Se!rUlNA

" I DIC. 2008

Asimismo se establece que el sueldo base mensual vtg~~~~e.J..;~em.~o.&Le~lJO sera aumentado en 1% a contar del 01 de Enero de 2011.

AURA, Inc. deja expresa constancia que dado los desfavorables pron6sticos presupnestarios que afectan nuestra principal fuente de financiamiento, a lo que se agrega la apreciaci6n del Peso, esta oferta excede los limites presupuestarios de AURA, Inc. para los aiios 2010 y 2011.

Durante la vigencia del presente Contrato, este sueldo base mensual asi pactado; · · se reajustara cada seis meses, de acuerdo con el 100% de la variaci6n del IPC. Por lo tanto, AURA, Inc., otorgara dichos reajustes en las siguientes fechas:

01 de Abril de 2010

01 de Octubre de 2010

01 de Abril de 2011

01 de Octubre de 20 11

BONO ESPECIAL

Segim el 100% de la variaci6n del IPC desde el 01 de Octubre de 2009 al 31 de Marzo de 2010.

Segim el 100% de la variaci6n del IPC desde el 01 de abril de 2010 al30 de Septiembre de 2010.

Segim el 100% de la variaci6n del IPC desde el 01 de Septiembre de 2010 al 31 de Marzo de 2011.

Segun el 100% de la variaci6n del IPC desde el 01 de Abril de 2011 al30 de Septiembre de 2011.

AURA, Inc. otorgara a los Trabajadores afiliados al Sindicato de Trabajadores de AURA, Inc., un Bono Especial de $135.000 por unica vez, que se pagara junto con la liquidaci6n de sueldos del mes de Enero de 2010.

CUARTO:

Sin perjuicio de lo mencionado en el punto anterior, se deja establecido que los Programas son libres para negociar y otorgar aumentos de sueldos discrecionales a sus trabajadores, no existiendo ningful tipo de impedimenta u oposici6n de parte de este Sindicato.

QUINTO:

INDEMNIZACION POR ANOS DE SERVICIOS:

1965, una

-,f<.tSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJC

r LA S~RI:~NA I

~ 3 1 UIC. 2009

indemnizacion equivalente al ultimo sueldo base mensual mas la gra ficaci6n ~roporciona.l, por cada aiio de servicios continuados en AURA, Inc. seglin formula de ca c~f6dl~Pera(~$;&"'"'""'" que se contiene al final de este punto y que pasa a formar parte integrante del presente Contrato. Esta indemnizacion tendra un tope maximo de doce aiios pudiendo llegar a trece aiios solo cuando el Trabajador que cese en sus funciones tenga una fracci6n mayor a seis meses y aim no reciba su anticipo de indemnizaci6n anual. Esta indemnizaci6n sera incompatible con cualquier otra que establezcan las leyes.

Completado el primer aiio de trabajo, se consideraran aiios de servicios las fracciones superiores a seis meses de labores efectivas y continuas en AURA, Inc. Para el efecto del pago de esta indemnizaci6n, no se entendera incluido en el sueldo base mensual, la asignaci6n familiar, Ia asignaci6n de colaci6n, pagos de sobretiempo u horas extraordinarias y cualquier beneficia o asignaci6n tales como Aguinaldo de Navidad, Aguinaldo de Fiestas Patrias, Asignaci6n de Escolaridad, Beca de Estudios, Asignaci6n de F eriado legal, Asignacion Especial por afios de Servicios u otros.

AURA, Inc. se reserva el derecho de pagar esta indemnizacion a un maximo de quince Trabajadores por cada aiio calendario. Si dentro de un aiio calendario dado cesan en sus funciones en AURA, Inc. mas de quince Trabajadores, Ia indemniz(J.ci6n se les pagara a los que excedan de quince dentro del pr6xin1o afio calendario, seglin lo permitan los recqrsos presupuestarios de AURA, Inc. en ese momento. Estos Trabajadores, en todo caso tendran preferencia en el pago respecto de los Trabajadores que se acojan a este beneficia con posterioridad a aquellos. Esto, sin perjuicio de que AURA, Inc. decida pagar de inmediato a todos los Trabajadores que se encuentran en esta situaci6n.

Sin embargo, si AURA, Inc. cesare en sus actividades en Chile se pagara la correspon~ente indemnizaci6n, seglin lo permitan los recursos presupuestafios de AURA, Inc. en ese momenta, a todos los Trabajadores que esten prestando sus servicios en es~ instante y tengan derecho de recibirla.

En caso de fallecimiento del Trabajador, el pago de la correspondiente indemnizaci6n se hara a sus herederos o a la(s) pt(rsona(s) a quien(es) el Trabajador haya designado y, en la proporci6n que el causante haya fijado previamente mediante declaraci6n notarial, documento que debera encontrarse en poder de AURA, Inc. con anterioridad al fallecimiento del Trabajador. En todo caso, operara el tope establecido en el inciso 3 o del articulo 60 del Codigo del Trabajo. El exceso sobre dicho tope debera insertarse en el inventario de la posesi6n efectiva, de acuerdo a lo dispuesto en el C6digo Civil. En esta situacion, la indertmizaci6n se hara efectiva cualquiera que sea el numero de Trabajadores que lo haya impetrado en un aiio calendario dado.

Los Trabajadores que cumplan trece aiios de servicios continuos en AURA, Inc. tendnin derecho al pago de una indemnizaci6n anticipada, por una sola vez, que sera equivalente al sueldo base mensual mas la gratificaci6n proporcional, que debe percibir en el mes que cumple trece afios, siempre y cuando el Trabajador siga prestando sus servicios a AURA, Inc. Se aplicara igual

rocedimiento cuando el Trabajador cumpla 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, -----~JI'.~X18\ll 0, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45 aiios de servicios continuos ~ ~ ~n ~~ Inc. Para pagar esta indemnizaci6n por aiios de servicios anticipada, se considerara ~ Co1n~~tij'~"iopO aximo de antigiiedad el 0 1 de Enero de 1965. Para efectos del pago de esta ~ D.l. 23ib:dt1"fl¥tll.ta~ anticipada se utilizaran las siguientes modalidades: ~ LA SERENA C: ~ ElQUf ~ 0 lnsc. 2518 ~ ~/S ~ontr~t~~ tivo de Trab~o 2010-2011

I 3 1 OiC. 2009

A) Para aquello~ Tr~b~jadores ~ue .c~~len anualidad dentro de los ~~ItQSI'J'() .. d!,~~~":~~a~, ....... . mes se les mclutra en la bqmdac10n de sueldo del mes ante&r---af crurtpltnrffififo'"'~oei -- · aniversario;

B) Para aquellos Trabajadores que cumplen anualidad entre los dias 11 al 31 de cada mes se les incluini en la liquidaci6n de sueldo del mismo mes del aniversario;

C) Para aquellos trabajadores sefialados en la Letra A y que cumplan anualidad en los meses de Abril u Octubre se les pagani con cheque dentro de los diez primeros dias del mes;

D) Aquellos Trabajadores que no deseen que esta indemnizaci6n se les incluya en sus liquidaciones de sueldos, deberan solicitarlo por escrito al Depto de Recursos Hmnanos.

Los trabajadores que hayan recibido o que en el futuro reciban anticipos de indemnizaci6n acumulada, deberan optar por una de las siguientes opciones para garantizar Ia acumulaci6n de once meses de indemnizaci6n:

a) Restituir los meses anticipados mediante Ia renuncia a percibir Ia indemnizaci6n anual por afio de servicios, hasta la acumulaci6n de once meses, o

b) Firmar un pagan~ equivalente al ultimo sueldo base mensual mas la gratificaci611 proporcional devengada, por cada mes anticipado, hasta salvaguardar los once meses establecidos en el articulo 163 del C6digo del Trabajo.

AURA, Inc. y los Trabajadores acuerdan dejar expresa constancia que no tendran derecho a la indemnizaci6n por afios de servicios y/o indemnizaci6n anticipada, los Trabajadores quv incurran en algunas de las causales seiialadas en el articulo 160 del C6digo del Trabajo o por las normas legales que conteniendo las mismas causales tengan vigencia en el futuro. Asimismo, no tendran derecho a indemnizaci6n alguna los Trabajadores que tengan menos de un afio de servicios continuos y efectivos en AURA, Inc.

1.

2.

3.

4.

F 6rmula de Calculo a operar para pago de indemnizaci6n por afios de servicios:

Siendo "I"

Siendo "S"

Siendo "16/12" :

Siendo "A"

la indemnizaci6n que corresponde pagar

el sueldo base mensual vigente en el que este deja de prestar servicios a AURA, Inc.

el factor para incluir la gratificaci6n proporcional en un afio, es decir, el equivalente de 16 sueldos bases mensuales dividido por 12 meses

el nu.mero de afios de servicio del trabajador

I = s X 16/12 X A

---,·------lCClON PROVINCIAL DEL TRABAJO

L..A SERENA

' 3 1 DIC. 2009 ASIGNACION ESPECIAL POR ANOS DE SERVICIOS:

Kd:fdQJX. N®,J•u••e!a8tn,AauaujH'u'*•u

AURA, Inc. realizani una vez al aiio una Ceremonia deE ~. '17'(1.!'~~:~, ~ ·. · " . "

Afios de Servicios, incluyendo una Asignaci6n Especial en dinero para aquellos trabajadores que cumplan uno o mas quinquenios trabajados en forma continua en AURA, Inc.

El aporte en dinero se calculara en base a la siguiente formula:

A porte 0.25 x S x N° de Quinquenios

Donde S = Sueldo Base Mensual vigente a la fecha de la ceremonia mas Gratificaci6n proporcional

Dicho a porte se pagara, segun una de las siguientes opciones:

Opci6n 1:

Opci6n 2:

Opci6n 3:

Se pagara y liquidara la Asignaci6n Especial por afios de servicios en una sola cuota durante el mes de Abril de cada aiio. Se pagara y liquidara la Asignaci6n Especial por aiios de servicios en dos o tres cuotas seguidas durante los meses de Abril, Mayo y Junio de cada aiio. Se pagara y liquidara la Asignaci6n Especial por aiios de servicios en cuatro~ cinco, seis o siete cuotas seguidas durante los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre de cada afio.

Los Trabajadores tendran la facultad de elegir una de las opciones mencionadas, la cual le sera solicitada por AURA, Inc. antes del 31 de Marzo de cada aiio, previa notificaci6n al Trabajador del cumplimiento del quinquenio correspondiente y que se contabilizara basta el dia 30 de Abril de cada aiio.

AURA, Inc. y los Trabajadores dejan expresamente establecido que, si algnn Trabajador dejare de prestar servicios en AURA, Inc. por cualquier motivo y ala fecha de su retiro, ya ha cumplido un quinquenio o un nuevo quinquenio y la Asignaci6n Especial no le ha sido pagada, no esperara hasta la fecha de premiaci6n (Abril) para recibir su Asignaci6n, sino que esta le sera pagada en su finiquito. De igual forma, en caso de retiro del trabajador de AURA, Inc. durante el periodo en que se le esta pagando en cuotas la Asignaciqn Especial, segun la opci6n elegida por el, en el finiquito se incluiran las cuotas restantes impagas hasta completar la Asignaci6n.

Asimismo, cuando el Trabajador deje de prestar servicios en AURA, Inc. y no hubiere completado el siguiente quinquenio, se incorporara a su finiquito el pago proporcional del quinquenio incomplete. Para tener derecho a este beneficia se requiere haber cumplido al menos un quinquenio en AURA, Inc.

, 3 1 DIC. 2009

GRATIFICACIONES: Kard~x N~ .. ~,,., .. ,,~il~~"'''"'"'"''"''

AURA, Inc. pagani las cuatro gratificaciones que actualmente perciben los Trabajadores, equivalentes a un sueldo base mensual cada una, segful la siguiente modalidad:

Se pagani y liquidani todos los meses un tercio ( 1/3) de los respectivos sueldos bases, reteniendose las imposiciones e impuestos correspondientes al mes de pago.

Las gratificaciones, asi pagadas, no estanin afectas a reajustes calculados con posterioridad a su liquidaci6n final.

AURA, Inc. y los Trabajadores dejan expresamente establecido que si algt'in Trabajador dejare de prestar servicios en AURA, Inc. por cualquier motivo, se le pagani la gratificaci6n proporcional entre la ultima fecha de pago y la fecha de termino de la relaci6n }aboral del Trabajador. Del mismo modo, al Trabajador que ingresa por primera vez, se le pagara dicha gratificaci6n en forma proporcional entre su fecha de ingreso y el mes en que se devenga la gratificaci6n.

OCTAVO:

PAGO DE REMUNERACIONES EN CASO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO Y/0 ENFERMEDAD:

AURA, Inc. continuara pagando a sus Trabajadores las remuneraciones liquidas aproximadas que normalmente habrian percibido si se encontrar(;}n trabajando, durante todo el periodo en que los trabajadores se ausenten por accidente del trabajo y/o enfermedad, (DFL. 44, del29.07.78, Art. 14) siempre y cuando AURA, Inc. tenga el derecho de recibir de la Instituci6n de Salud Previsional (ISAPRE), Fondo Nacional de Salud (FONASA), Mutualidad de Empleadores administradora de Ia ley N° 16.744 a la cual AURA, h1c. se encuentre adherida, Caja de Compensaci6n con Ia que AURA, Inc. haya suscrito convenios, u otro organismo semejante de prevision o salud, el subsidio que tal organismo habria pagado a los trabajadores, pudiendo en ese caso AURA, Inc. retener estos subsidios que les habria correspondido percibir a los trabajadores. Dado lo anterior, si una Instituci6n de salud Previsional redujere o rechazare una licencia medica, el trabajador afectado estara obligado a apelar ante la Comisi6n de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) dentro de lo$ quince di~s habiles contados desde Ia fecha de la notificaci6n. Si la Comisi6n de Medicina Preventiva e Invalidez rechazare la apelaci6n del Trabajador, este debera apelar ante Ia Superintendecia de Seguridad Social. En caso de fallo adverso el trabajador debera restituir el anticipo de subsidio otorgado pot AURA, Inc. o restar los dias de ausencia de su sal do de vacaciones.

E VIDA:

3 1 IJIC. 2009

AURA, Inc. Contratani un Seguro de Vida con las cob ~Me~Ne ... se ... indiGan .. ·a::<·,:· .. ·. continuaci6n para todos sus trabajadores:

Muerte Natural Muerte Accidental Invalidez 2/3

1. 000 Unidades de Fomento (UF) 1.000 Unidades de Fomento (UF) I. 000 Unidades de Fomento (UF)

Aquellos trabajador~s que no resulten completamente asegurables de acuerdo a los criterios de las Compaiiias aseguradoras, mantendnin las coberturas parciales que ellas ofrezcan.

SEGURO COMPLEMENT ARlO Y CATASTROFICO DE SALUD:

AURA, Inc. pagara los gastos derivados de la contrataci6n por parte del Servicio de Bienestar, del Seguro Colectivo Complementario de Salud y del Seguro Catastr6fico de Salud, hasta el monto neto de 1,2 U.F. (uno coma dos Unidades de Fomento) por trabajador. Si en las futuras renovaciones 'del seguro el costo de este supera una coma dos unidades de fomento, el Servicio de Bienestar de los Trabajadores de AURA, Inc. se hara cargo del mayor costo que el seguro represente para sus socios. El personal no asociado al Servicio de Bienestar de los Trabajadores de AURA, Inc. tendra la opci6n de pagar la diferencia mediante un descuento por planilla o bien desahuciar el seguro.

DECIMO:

ASIGNACION DE FERIADO LEGAL ANUAL:

AURA, Inc. pagara a sus Trabajadores de jomada completa (40 horas semanales) una Asignaci6n de Feriado Legal en los afios 2010 y 2011, segitn las pautas que se indican a continuaci6n:

1.- A contar del 01 de Enero de 2010 el valor de la Asignaci6n de Feriado Legal sera equivalente a $ 515.000.- Los trabajadores con jomada parcial recibiran esta Asignaci6n proporcionalmente en relaci6n con sujomada de trabajo. El valor de la fl.Signaci6n de Feriado Legal a contar del 01 de Enero de 2011 sera de$ 530.000.-.

2.- Sera requisito esencial para solicitar esta Asignaci6n, que el Trabajador tenga a lo menos un afio de servicios continuos en AURA, Inc. y que haga uso efectivo de un feriado deal menos 80 horas habiles por cada anualidad.

------~-~----~ IN,~~~c~''ION p:{OV\NCIAL OEI. TAABA.JO , .,r, "' L.A. St!RtE.N,.).

l 1 CIC. 2009 .. .

En caso de aquellos Trabajadores que tieuen acumu\ado feria e~.l.· tP?.~ ... ~~RX~~.,:J~m ........... . periodos anuales calculados a su fecha de ingreso a AURA, Inc. estar ~i{i~~tt~- · -, como minimo, 120 horas o 15 dias habiles de feriado para obtener el pago de la Asignaci6n de F eriado Legal.

Si al mes de Noviembre de cada aiio el Trabajador ai:m no hubiere recibido la Asignaci6n correspondiente, AURA, Inc. le pagara la Asignaci6n de Feriado Legal de ese aiio en dicho mes.

4.- Si el Trabajador deja de pertenecer a AURA, Inc. y ala fecha de termino de su Contrato tiene acumuladas como minimo 80 horas del equivalente a 10 dias habiles de vacaciones, acreditadas durante el aiio que deje de pertenecer a AURA, Inc., y ai:m no ha recibido la Asignaci6n de Feriado Legal correspondiente, entonces esta le sera pagada en su finiquito.

UNDECIMO:

APORTE AL SERVICIO DE BIENESTAR:

AURA, Inc. aportara al Servicio de Bienestar de los Trabajadores de AURA, Inc. el equivalente al 4.50% de los sueldos base mensual de los Trabajadores que sean socios de dicho Servicio. Por su parte los Trabajadores que sean socios del Servicio mencionado aportanin el 2.25% de sus sueldos base mensual.

DECIMO SEGUNDO:

BECA DE ESTUDIOS:

AURA, Inc. atendiendo al hecho que la mejor educaci6n es la que se imparte en los establecimientos educacionales pagados y cuyos costos generalmente exceden la capacidad econ6mica del trabajador, otorgara a los hijos biol6gicos o legalmente adoptados de sus trabajadores (Becarios) una Beca de Estudios Anual, pagadera anual o semestralmente, entendiendo como tal los meses de Marzo a Julio y de Agosto a Diciembre de cada afio, destinada a ayudar al financiamiento de Ia educaci6n de los alumnos (becarios) que cutsen estudios Pre­basicos, Basicos, Medios, Tecnicos y Universitarios, de acuerdo a los siguientes montos y requisitos: .

La beca correspondera a 2/3 del gasto escolar anual, que comprende los costos por concepto de matricula, el pago de la escolaridad y cursos formales paralelos a la educaci6n escolar, tales ,como; preparaci6n de PSU y o preparaci6n en castellano, matematicas, quimica, fisica, biologia, idiomas, educaci6n diferencial y en el caso de los alumnos que estudien en educaci6n superior los cursos deberan estar de acuerdo con la malla curricular de cada carrera, con los siguientes topes minimos y maximos:

3 1 OIC. 2009

Para Educaci6n Media, un minimo de $621.000.- anuales por correspondiente a 2/3 del arancel anual del colegio The International Scho<D.L.J:le-La . ..:ser.en~~~:.::=~__~ nivel Educaci6n Media.

Para Educaci6n Superior, un minimo de $855.715.- anuales por alumno, y un maximo de 2/3 del costo anual de Ia carrera (matricula y arancel anual) con un tope maximo de $1.777.000.­anual por alumno. Los estudiantes de Educaci6n Superior que acrediten estudiar fuera dellugar de residencia de sus tutores legales, recibiran una Asignaci6n de Residencia de $ 300.000.- anuales por alumno, la que estara incluida dentro del tope maximo de $ 1. 777.000-.

Para acreditar Ia condici6n de estudiantes, aquellos que cursen entre Pre-Kinder y 3ero Medio, deberan presentar durante el mes de Marzo de cada afio un certificado de alumno regular. Los estudiantes de 4to. Medio y Enseiianza Tecnica Superior o Universitaria, deberan presentar semestralmente durante el mes de Marzo o Abril y en Septiembre los respectivos certificados de alumno regular. Para el otorgamiento de la Beca de Estudios al Becario, sera requisito indispensable que el trabajador presente un certificado con el detalle del costo de la escolaridad anual o semestral (Marzo-Julio) o (Agosto-Diciembre) del alumno, o mediante la presentaci6n de la boletq de servicios educacionales correspondiente. En el caso de los escolares AURA, Inc. pagara la Beca directamente al establecimiento educacional en una sola cuota anual. Para los alumnos de la enseiianza tecnica superior o universitaria, la Beca se pagara directamente al Becario en 10 cuotas mensuales de Marzo a Diciembre. Podra solicitarse tambien que el pago sea efectuado en dos cuotas anuales, Ia primera para el periodo Marzo-Julio y la segunda para el periodo Agosto­Diciembre.

Aquellos trabajadores que no puedan acreditar el pago de la escolaridad o que el costo de esta sea inferior al monto de Ia Beca de Estudios, se les pagara la diferencia resultante entre el monto de la Beca y el costo efectivo de la escolaridad, en la forma de una asignaci6n de escolaridad que tendra caracter imponible y tributable. Esta asignaci6n se podra pagar en Ia liquidaci6n de sueldos en una o dos cuotas anuales a conveniencia del trabajador.

Los montos enunciados anteriormente regiranpara el afio lectivo de 2010.

A partir del 01 de F ebrero de 20 11, los val ores minimos escolares se mantendran iguales a los del afio 2010. Los montos maximos de Ia educaci6n escolar se reajustaran de acuerdo a la variaci6n que experimenten el arancel del Colegio enunciado como referenda para el caso de la ensafianza Pre-basica, Basica y Media.

Para Ia Educaci6n Superior, los valores se reajustaran segfu1 el 100% de la variaci6n que experimente el IPC entre el 01 de Enero de 2010 y el31 de Diciembre de 2010.

AURA, Inc. pondra termino a la Beca de Estudios al cumplirse alguna de las siguientes causales:

1. Cuando cese el Contrato de Trabajo del Trabajador con AURA, Inc.

uando el Becario fuese eliminado del Establecimiento donde realiza los estudios, o donare voluntariamente estos, el trabajador debe comunicar por escrito de tal decision

r~o. .... -.r .. , Inc. al mes siguiente de ocurrida la desvinculaci6n.

3 1 DIC. 2009

3. Cuando los documentos presentados a AURA~ Inc. no fuesen fid~-i,.xljf\ .. este .. ca.sQ·61 ........... :.

Becario debera restituir las Becas de Estudios indebidamente percib~"'· ·

4. A1 termino del afio academico en el que el Becario cun1pla 25 afios de edad. Este limite no se aplicani para el caso de hijos minusvaJidos~ asi definido por la autoridad competente.

5. Unica y exclusivamente cuando el Becario deba suspender sus estudios por razones medicas o por cumplir con el Servicio Militar, se suspendera Ia Beca de Estudios durante el tiempo que la causal provoque y el beneficia se otorgara cuando el Becario retorne a sus estudios por el mismo tiempo que estuvo suspendido, aful cuando haya cumplido la edad legal para dejar de ser carga familiar. No obstante lo anterior, el bene:ficio podra impetrarse solo por el tiempo a que legalmente hubiera tenido derecho el estudiante, de acuerdo con las condiciones estipuladas para otorgar Ia Beca de Estudios.

La Beca de Estudios no se otorgara para los hijos de los Trabajadores que cursen Estudios de Post-Grado, de Temporada y/o de Extension Cultural.

BECA DE EXCELENCIA ACADEMICA:

AURA, Inc. establecera Ia creacion de una Beca de Excelencia Academica para los hijos de los trabajadores que cursen estudios Universitarios en Instituciones de Educacion Superior Acreditadas por el Ministerio de Educaci6n, y que sean continuaci6n del cuarto afio de ensefianza media.

El monto de Ia beca sera el tercio no cubierto por la beca escolar normal otorgada por AURA, Inc., establecida en el Contrato Colectivo, y hasta un tope de $888.500 anuales por alumno para el afio 2010. Para el2011 esta ultima cifra se reajustara en Ia misma proporcion en que varie el tope maximo de Ia beca universitaria.

Para el afio calendario 2010 se establece ellimite de un becario anual y para el afio 2011 un limite de dos becarios.

El mecanismo para la seleccion de los bene:ficiarios se estableceni en un reglamento especial creado por una comisi6n bipartita integrada por las partes firmantes de este documento, que regulara este beneficia.

DECIMO TERCERO:

AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS:

1.

2.

3.

~~0~\fl.~lA~ ~Ek \WAJO kA ~~~~~t~A

3 1 UICl 2009

El Aguinaldo completo se han\ efectivo a aquellos Trabaja ores au. ~se e~~uentt;x:nu ........ . dt:TX . it:iUth&tHIH

trabajando jornada completa en AURA, Inc., durante el periodo · '. ·~;,:~~, · · · de Enero y Ia fecha de pago del Aguinaldo, establecida para los ailos anteriormente sefialados. Los Trabajadores conjomada parcial recibiran el Aguinaldo proporcionalmente en relaci6n con su jomada contratada.

A los nuevos Trabajadores contratados por jomada completa con posterioridad al 01 de Enero del ailo que corresponda, se les pagara un monto del Aguinaldo que sera directamente proporcional al tiempo efectivamente trabajado en dicho ailo, acumulado a los meses de Septiembre de 2010 o 2011.

Los Trabajadores que dejen de prestar servtctos en AURA, Inc. por cualquier circunstancia antes de Ia fecha de pago de este Aguinaldo, Septiembre de 2010 o 2011, no tendran derecho de recibir tal beneficio.

El valor completo del Aguinaldo de 2010 sera de $87.000.­El valor completo del Aguinaldo de 2011 sera de $89.000.-

DECIMO CUARTO:

AGUINALDO DENA VIDAD:

AURA, Inc. otorgara a los Trabajadores un Aguinaldo de Navidad que se pagara durante la segunda semana de los meses de Diciembre de 2010 y 2011, respectivamente de acuerdo a las siguientes pautas:

1. El Aguinaldo completo se pagara a aquellos Trabajadores que se encuentren trabajando jomada completa en AURA, Inc. durante el periodo comprendido entre el 01 de Enero y la fecha de pago de este Aguinaldo, establecido para los ailos precedentemente sefialados. Los Trabajadores con jomada parcial recibiritn el Aguinaldo proporcionalmente en relaci6n con sujomada.

2. A los Trabajadores contratados por jomada completa con posterioridad al 01 de Enero del ailo que corresponda, se les pagara un monto de Aguinaldo directamente proporcional al tiempo efectivamente trabajado en dicho ailo, acumulado a los meses de Diciembre de 2010 0 2011.

3. Los Trabajadores que dejen de prestar semc1os en AURA, Inc. por cualquier circqnstancia antes de Ia fecha de pago de este Aguinaldo no tendran derecho a recibir tal beneficia.

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PERMISO PARA AUSENTARSE DEL TRABAJO CON GOCE D -"StJ'ELDO:'-~'""'~~'~';'Jc!J~

AURA, Inc. se compromete a conceder a los Trabajadores, seis (6) dias habiles (48 horas habiles) no acumulativos de permiso para ausentarse de sus labores con goce de sueldo en cada afio calendario, previa presentaci6n de los documentos que justifiquen Ia ausencia del Trabajador al Supervisor inmediato, mediante el al Jefe del Departamento respective, y mediante este a Ia Administraci6n de AURA, Inc. (Recursos Humanos), quienes determinaran si la ausencia respectiva se cargara o no al concepto de Permiso con Goce de Sueldo.

Como circunstancias especiales que justificaran tales ausencias de los Trabajadores, se sefialan las siguientes posibilidades:

1. -Casos de enfermedad del c6nyuge o hijos y de enfermedad grave o fallecimiento de nietos~ hermanos, cufiados, primos, tios, abuelos o suegros del Trabajador.

2. -Casos de controles medicos de hijos que deban viajar fuera de la ciudad de residencia del Trabajador y que deben ser acompafiados por su padre y/o madre. Para obtener dicho permiso debera presentarse previamente un certificado del medico tratante.

3. -En caso de muerte de un hijo o del c6nyuge el trabajador tendra derecho a 7 dias corridos de permiso pagado. Este permiso sera de tres dias habiles en caso de muerte de un hijo en gestaci611, asi como en el caso de muerte del padre o madre del trabajador.

4. -Citaciones de Tribunales q autoridades competentes, previa exhibici6n de la citaci6n correspondiente.

5.-Renovaci6n de docun1entos oficiales tales como: cedula de identidad, licencia de conductor, etc., previa exhibici6n del documento vencido o que vaya a veneer.

6.-Tramites bancarios que requieran la presentaci6n del Trabajador, previa exhibici6n de la citaci6n escrita del Banco o documento que haga sus veces.

7. -Cualquier otro tramite que exijan las leyes chilenas y que tenga que ser cumplido durante los dias habiles.

8. -Mudanzas dentro o fuera de la ciudad de La Serena, con un maximo de dos dias.

9.-Tiempo utilizado por el Trabajador en viajes desde y bacia La Serena, por motivos de salud que no sean objeto de una Licencia Medica, ej.: consultas con medicos especialistas, tratamientos especializados o examenes de laboratorio o image_nol6gicos.

10.-Por cumplimiento de quinquenio, se otorgara un dia (total de horas de la jomada diaria normal _ rabajador), el que podra tomarse el dia de la Ceremonia de Premiaci6n o dentro de los treinta

'\~~'OA 1\9 ; ntes a esta.

~c .~J' onsttt ct : . . _ 0 17 -1~ ara ~ ersonal de planta con JOrnada completa cuyo Iugar de trab~JO sea en Ia montana, con ___ _ ~ D.L. 23~P'a1 1Yi0Htd~ ~ trabajo distri?u~da en cinco dias a la se~ana y ,que deba reali~a~ el trayecto a s·u/,- ~:~~-~c.~-·-~, .... -r('~~:-", ~ LA s ft&it-Jde t aJO en forma diana, AURA, Inc. otorgara tres dias anuales, adic10nales a los s_e ___ 1? ~~-::-y_; _ '·1°--Y-Pc-.\ ~ ElQlJI .A ~- ~ ~' 0 lnsc.2518 , 1 /:5 . ~\-., ~/s Contra.~ ctivode Trabajo2010 -2011 Pagina #{ ~-~~A, Inc. .'_._~---~

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existentes, de penniso con soce de sueldo a todo evento y sin necesid dK~Y cti.l¥fl~~¥H-11R~··, J~:~t~ ........... . permiso se podni solicitar en forma parcial o en su totalidad. i ..... _ .. ..c~e:'~'~,,~~._.,~,~ ·

PERMISO PARA AUSENTARSE DEL TRABAJO SIN GOCE DE REMUNERACIONES

AURA, Inc. otorgara permisos sin goce de remuneraciones, considerando las necesidades de la empresa, bajo las siguientes condiciones:

El trabajador que solicite un permiso sin pago de remuneraciones debera pagar en forma directa sus cotizaciones previsionales correspondientes a salud y quedara a su discreci6n los aportes que voluntariamente desee enterar en el Fondo de Pensiones. Por su parte AURA, Inc. mantendra los seguros de vida, salud y dental contratados con la Compaiiia de Seguros en la cual se hubiere contratado la Poliza de Seguro correspondiente durante los primeros 30 dias de permiso sin pago de remuneraciones. Cumplidos los 30 dias, el trabajador debera pagar el costo completo del seguro de vida, salud y dental. El contrato de trabajo continuara vigente para el c6mputo de vacaciones y antiguedad !aboral. Durant~ la vigencia del permiso sin goce de remuneraciones, no se podran impetrar los aguinaldos de navidad y de fiestas patrias.

DECIMO SEXTO:

Respecto del dia del Director, y dada su discrecionalidad, este sera otorgado en consulta con el Sindicato y los Programas adscritos a AURA, Inc. que operan en Chile. Este cambio debe acordarse a mas tardar en Diciembre de cada aiio para regir el afio siguiente.

DECIMO SEPTIMO:

ASIGNACION DE COLACION:

AURA, Inc. otorgara una Asignaci6n de Colaci6n a los Trabajadores que laboran en la Oficina de AURA, Inc. en Santiago, segimlas pautas que se indican a continuaci6n.

A contar del 01 de Enero de 2010, esta Asignaci6n de Colaci6n tendra un valor de $3.190 ( tres mil ciento noventa pesos).

A contar del 01 de Enero de 2011, esta Asignaci6n de Colaci6n para los Trabajadores que laboran en la Oficina de AURA, Inc. en Santiago, se reajustara en el 100% de Ia variaci6n que experimente el IPC entre el 01 de Enero de 20 I 0 y el 31 de Diciembre de 2011.

iNJPECCION PR(>VINCLoJ. DEL lAABAJO l U -~\RENA

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Las horas de trabajo efectuadas en una jomada e*tttt~&Hhria.se.ajustaran .. a.lP dispuesto en los Articulos 29, 30 y 31 del C6digo del Trabajo y a lo··seiiala0oeii1os · · 4 y 5 del Reglamento Intemo de AURA, Inc. Cualquier tnodi:ficaci6n a estas normas sera incorporada al reglamento anteriormente sefialado, en las revisiones peri6dicas que realiza la Direcci6n del Observatorio a este instrumento.

De producirse una emergencia, el Supervisor a cargo podra contactar a cualquiera de sus colaboradores y si alguno de ellos puede concurrir a subsanar la emergencia, todo el tiempo que esta e.tnergencia involucre, incluido el tiempo de trayecto, sera considerado como sobre tiempo, teniendo presente que no existe la facultad del empleador para obligar al trabajador a interrumpir su descanso.

DECIMO NOVENO:

MOVILIZACION:

AURA, Inc. proporcionara movilizaci6n a sus trabajadores desde los puntos comprendidos entre sus instalaciones en Cerro Tololo/Cerro Pach61.1!La Serena y Ia ciudad de Coquimbo, los qlle se realizaran en vehiculos aptos erl seguridad y comodidad para este prop6sito, pudiendo ser estos de propiedad de Ia Organizaci6n o subcontratados, de acuerdo a las necesidades del momento.

VIGESIMO:

JORNADAS DE TRABAJO FLEXIBLES

Sujeto a las limitaciones impuestas por la Legislaci6n Laboral y ala Politica de AURA, Inc., esta Ultima y el Sindicato de Trabajadores reconocen que las jomadas de trabajo descritas en la Secci6n 3 del Reglamento Intemo que regula las relaciones laborales de los trabajadores de AURA, Inc., pueden estar sujetas a cambio por AURA, Inc., con Ia aprobaci6n de Ia Direcci6n del Trabajo. Toda modificaci6n sera notificada con 30 dias de anticipaci6n, en conformidad con los acuerdos entre las partes y con el prop6sito de mantener unbalance que permita cumplir con los objetivos de cada Division o Departamento de AURA, Inc y los trabajadores involucrados.

VIGESIMO PRIMERO:

CAPACITACION:

SEGUNDO:

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DEPORTES RECREACION Y ACTIVIDADES CULTURALES: Kardex No ••••••t••••o••••.r••••••••••••••••••

AURA, Inc. continuant con su politica de fomentar las actividades deportivas, recreativas y culturales de sus Trabajadores, de acuerdo a la disponibilidad de recursos presupuestarios 2010 -2011.

VIGESIMO TERCERO:

Cualquier controversia surgida de o en relaci6n con las prestaciones y contraprestaciones pactadas en el presente contrato colectivo, incluida cualquier cuesti6n relativa a su existencia, validez o extinci6n, y aplicaci6n de los beneficios acordados, se sometera y sera finalmente resuelta mediante negociaci6n directa entre el Representante Legal de AURA, Inc. y el Presidente del Sindicato de Trabajadores de AURA, Inc. A petici6n de cualquiera de las partes, se podra fonnar una comisi6n tripartita, confonnada por AURA, Inc., la Directiva del Sindicato de Trabajadores de AURA, Inc., y un representante de Programas, que tendra un caracter de asesor. En el evento de no alcanzar una soluci6n satisfactoria a las controversias existentes, el asunto se someteni al arbitraje del Jefe de Misi6n de AURA, Inc. en Chile. Lo anterior, sin perjuicio del sometimiento a las nonnas que regulan esta materia contenidas en el C6digo del Trabajo.

EDUARDO TORO RIVERA p. Comision Negociadora

~~ :. ComisiOn ~Lociadora

p. Comisi6n Negociadora

Representante Legal p.p. AURA, Inc.

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