informe final grupo de trabajo encargado · pdf filesesión de trabajo sobre el...

38
INFORME FINAL GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DEL “SEGUIMIENTO AL PROCESO DE REFORMA Y FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD E IMPLEMENTACIÓN DE LA MISMA” Coordinador: Congresista Segundo Tapia Bernal Lima, 07 de Mayo 2014

Upload: dothuy

Post on 01-Feb-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

INFORME FINAL GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DEL “SEGUIMIENTO AL PROCESO DE REFORMA Y

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD E IMPLEMENTACIÓN DE LA MISMA”

Coordinador: Congresista Segundo Tapia Bernal

Lima, 07 de Mayo 2014

ANTECEDENTES

“Ley Nº 30073, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la Facultad de legislar en Materia de Fortalecimiento del

Sistema Nacional de Salud”.

ANTECEDENTES

CONFORMACION DEL GRUPO DE TRABAJO

18-09-13 la Comisión de Salud y Población del Congreso de la República, en su Cuarta Sesión Ordinaria, a propuesta del Congresista Segundo Tapia Bernal miembro titular de la Comisión, aprobó por unanimidad conformar el Grupo de Trabajo.

ANTECEDENTES

CONFORMACION DEL GRUPO DE TRABAJO

07-11-13, se conformó e instaló el Grupo de Trabajo. La Sesión de Instalación fue presidida por el Congresista Juan Castagnino Lema.

El Grupo de Trabajo quedo conformado por:

Coordinador: Congresista Segundo Tapia Bernal

Integrantes: Congresistas Héctor Becerril Rodríguez, Aurelia Tan de Inafuko, María Cordero Jon Tay, Doris Oseda Soto, Juan Castagnino Lema y Jaime Valencia Quiroz.

DESARROLLO DE LA INVESTIGACION

DOCUMENTACION SOLICITADA Y RECIBIDA

DOCUMENTOS EMITIDOS:

Se ha solicitado información a las siguientes entidades:

Colegios Profesionales, Academia Peruana de Salud, Federación Médica, Foro Salud, Federaciones, Sindicatos, Asociación Médica, Facultades de Medicina, Comisión de Constitución y Reglamento

OPINIONES RECIBIDAS

Se ha recibido opiniones de:

Academia Peruana de Salud.

Colegio Médico del Perú.

Colegio de Obstetras del Perú.

Federación Nacional de Químicos Farmacéuticos del Perú.

Asociación Médica Peruana.

EVENTOS REALIZADOS

Se realizó un PANEL FORUM denominado “Seguimiento y Observaciones a la Reforma de Salud”, el día 27 de noviembre del 2013. Participaron en el evento:

Academia Peruana de Salud, Federación Médica Peruana, Federación Nacional de Obstetras Asociación Médica Peruana Foro Salud Sindicato Nacional de Tecnólogos Médicos de la Seguridad Social Colegio Médico del Perú Colegio de Enfermeras del Perú Colegio de Obstetras del Perú Colegio de Tecnólogos Médicos del Perú Colegio de Odontólogos del Perú Sindicato Nacional de Médicos del Seguro Social del Perú. Federación Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud. Ex Ministros de Salud. Facultad de Medicina Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

SESIONES REALIZADAS

Sesiones Ordinarias del Grupo de Trabajo:

Primera Sesión Ordinaria del Grupo de trabajo: 16-12-13

Segunda Sesión Ordinaria del Grupo de Trabajo: 29-04-14

Sesiones Extraordinarias de la Comisión de Salud y Población:

Tercera Sesión Extraordinaria de la Comisión de Salud y Población: 17-12-13, con presencia de la Ministra de Salud Midori de Habich Rospigliosi.

SESIONES REALIZADAS

Sesiones de Trabajo: Seminario Taller Seguimiento al Proceso de Reforma y Fortalecimiento al Sistema Nacional de Salud: 23-12-13. Asistieron al evento: Funcionarios del Ministerio de Salud. Representantes de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú. Representantes de la Federación Médica Peruana. Representantes de la Asociación Médica Peruana. Coordinador Nacional de Foro Salud. Decano Nacional del Colegio Médico del Perú. Decana del Colegio de Tecnólogos Médicos del Perú. Representantes de la Federación Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud – FENUTSA. Decano Nacional del Colegio de Obstetras del Perú. Representantes de la Asociación Nacional de Biólogos del Sector Salud del Perú. Representantes de la Sanidad de las FF AA. Representante de la Asociación de Farmacias y Boticas del Perú. Representantes de la Federación Nacional de Enfermeras del Ministerio de Salud. Representantes del Centro de Estudios Químicos Farmacéuticos. Representantes del Sindicato Nacional de Tecnólogos Médicos del Ministerio de Salud. Representantes del Sindicato de Médicos Civiles de la FAP.

SESIONES REALIZADAS

Sesiones de Trabajo: Sesión de Trabajo sobre el análisis, conclusiones y recomendaciones del informe final del Grupo de Trabajo. El día 28-04-14. Participaron en la reunión: Academia Peruana de Salud. Federación Médica Peruana. Colegio de Obstetras del Perú. Asociación Médica Peruana. Foro Salud. Sindicato de Tecnólogos Médicos. Colegio Médico del Perú. Colegio de Enfermeras del Perú. Sindicato Médico del Seguro Social del Perú. FENUTSSA. Presidente Cuerpo Médico INPE Presidente Cuerpo Médico Hospital Sergio Bernales. Presidente Cuerpo Médico Hospital Dos de Mayo Vicepresidente Cuerpo Médico Hospital Nacional Arzobispo Loayza Cuerpo Médico Hospital Cayetano Heredia Representante Cuerpo Médico Universidad Nacional Federico Villarreal Representante Sindicato Médicos Civiles de la FAP.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

1. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1153: “Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del estado”. 2. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1154: “Decreto Legislativo que autoriza los servicios complementarios en salud”. 3. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1155: “Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a mejorar la calidad del servicio y declara de interés publico el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento en los establecimientos de salud a nivel nacional”. 4. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1156: “Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones”.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

5. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1157: “Decreto Legislativo que aprueba la modernización de la gestión de la inversión publica en salud”. 6. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1158: “Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la superintendencia nacional de aseguramiento en salud”. 7. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1159: “Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para la implementación y desarrollo del intercambio prestacional en el sector público”. 8. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1160: “Decreto Legislativo que modifica el porcentaje que debe pagar el Seguro Social de Salud – EsSalud a la superintendencia nacional de aduanas y de administración tributaria – SUNAT, por la recaudación de sus aportaciones”.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

9. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1161: “Decreto Legislativo que aprueba la ley de organización y funciones del ministerio de salud”.

10. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1162: “Decreto Legislativo que incorpora disposiciones al decreto legislativo nº 1153”.

11. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1163: “Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del seguro integral de salud”.

12. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1164: “Decreto Legislativo que establece disposiciones para la extensión de la cobertura poblacional del seguro integral de salud en materia de afiliación al régimen de financiamiento subsidiado”.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

13. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1165: “Decreto Legislativo que establece el mecanismo de “farmacias inclusivas” para mejorar el acceso a medicamentos esenciales a favor de los afiliados del Seguro Integral de Salud (SIS)”. 14. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1166: “Decreto Legislativo que aprueba la conformación y funcionamiento de las redes integradas de atención primaria de salud”. 15. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1167: “Decreto Legislativo que crea el instituto de gestión de servicios de salud”. 16. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1168: “Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a mejorar la atención de la salud a través del desarrollo y transferencia de las tecnologías sanitarias”.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

17. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1169: “Decreto Legislativo que establece la implementación del sistema de comunicación por vía electrónica para que EsSalud notifique los embargos en forma de retención y actos vinculados por deudas no tributarias a las empresas del sistema financiero”. 18. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1170: “Decreto Legislativo que establece la prelación del pago de las deudas a la seguridad social en salud”. 19. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1171: “decreto legislativo que modifica la Ley Nº 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y establece la realización de estudios actuariales en el régimen contributivo de la Seguridad Social en salud”. 20. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1172: “Decreto Legislativo que establece medidas para cautelar el cumplimiento de las normas a la seguridad social en salud y la obligación de informar del trabajador”.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

21. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1173: “Decreto Legislativo de las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud de las fuerzas armadas”.

22. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1174: “Ley del fondo de aseguramiento en salud de la Policía Nacional del Perú”.

23. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1175: “Ley del régimen de salud de la Policía Nacional del Perú”.

ANALISIS DE LAS MATERIAS DE LA DELEGACION DE FACULTADES LEGISLATIVAS:

Se ha realizado el análisis de los D.L expedidos en materia de:

Reorganización del Ministerio de Salud y sus Organismos Públicos para el ejercicio y el fortalecimiento de la rectoría sectorial.

Modernización del Sistema Nacional de Salud.

Modernización de las inversiones públicas en salud.

Política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales y personal asistencial de la salud del sector público.

Extensión de la cobertura de protección financiera en salud.

Fortalecimiento del financiamiento de ESSALUD.

CONCLUSIONES

1. Los Decretos Legislativos expedidos en materia de reorganización del Ministerio de Salud y sus Organismos Públicos para el ejercicio y el fortalecimiento de la rectoría sectorial. Mantiene la Fragmentación y Segmentación del Sector Salud. El Ministerio de Salud como único ente rector del sector salud queda debilitado, porque los diversos sectores, como el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, los Gobiernos Regionales y el IGSS son los entes rectores de sus propios pliegos. El Ministerio de Salud ve reducida su rectoría, como acción de gobierno y ejecutor de políticas públicas, al establecimiento de convenios con los sectores públicos y contratos con el sector privado. Es decir, la rectoría como acción de gobierno se reduce a multiplicidad de convenios y contratos, que firmarían voluntariamente los gobiernos regionales, los otros sectores y el sector privado. El artículo 18º del D.L. Nº 1158 debilita aún más la rectoría del Ministerio de Salud, al dejarlo en minoría absoluta en el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud al tener 2 de los 7 miembros, quedando implícito, que parte importante de la rectoría de salud es compartida con el Ministerio de Economía y Finanzas.

CONCLUSIONES

2. Los Decretos Legislativos promulgados en materia de modernización del Sistema Nacional de Salud. No abordan los principales problemas del sistema nacional de salud a fin de lograr su eficiencia en su desempeño coordinado, sino por el contario, ha sido profundizada la rectoría involutiva sometida a la prioridad del mercado, ahora más debilitada en el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud. No plantea un SISTEMA NACIONAL DE SALUD para todos los peruanos, sino un sistema de aseguramiento fraccionado y desarticulado con paquetes de atención y sin rectoría real, solo con interés económico de la prestación de un servicio.

3. Los Decretos Legislativos promulgados en materia de modernización de las inversiones públicas en salud. RECORTA las funciones a los gobiernos regionales y locales, centralizándolas en el MINSA. En la Ley de las Asociaciones Público Privadas y en la Ley de Obras por Impuestos, un rol protagónico tenían los gobiernos locales y regionales, por cuanto las normas aportan inversión rápida y necesaria para cerrar la brecha de necesidades en salud.

CONCLUSIONES

4. Los Decretos Legislativos promulgados en materia de política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales y personal asistencial de la salud del sector público. No plantea una verdadera política de recursos humanos en salud. El Colegio Médico del Perú señala que el DL 1153 es inconstitucional porque distorsiona el concepto de “remuneración” establecido en el artículo 24º de la Constitución Política del Perú, creando en su reemplazo las “compensaciones” y “entregas económicas”. El Colegio Médico del Perú, declara, que el DL 1153 transgrede los derechos establecidos en la Constitución Política del Perú y vulnera la Ley del Trabajo Médico. Por su parte la Academia Peruana de Salud manifiesta que el atraso en el sistema nacional de salud y en el aseguramiento posterga indefinidamente la consideración debida a los recursos humanos, cuya difícil situación se muestra cotidianamente en la insuficiencia de profesionales en los hospitales y distintos niveles de atención, en la migración creciente al extranjero sin retorno de los profesionales de la salud, en las deficientes condiciones del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (SERUMS) y en los reiterados conflictos sociales.

CONCLUSIONES

5. Los Decretos Legislativos promulgados en materia de extensión de la cobertura de protección financiera en salud. ELUDEN hacer referencia a la carencia de financiación efectiva del aseguramiento en salud que significa la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud promulgada el 2009, lo cual prolonga y profundiza la inequidad y la exclusión, por lo que dos tercios de peruanos seguirán sin acceso a la atención integral de salud. Actualmente, más del 20% de la población no tiene ningún tipo de seguro, al seguro social solo aporta el 25% de la población ocupada, el gasto per cápita del SIS fue de US$ 35 en el año 2012, en ESSALUD fue de US$ 196 y en las EPS es de US$ 542. Según informe de la OMS en el 2010 el gasto per cápita en salud fue de 933 dólares en Chile, 720 dólares en Venezuela y 258 dólares en el Perú, incluyendo el gasto de bolsillo. En ninguno de los decretos legislativos promulgados se trata los problemas cardinales del aseguramiento en salud.

CONCLUSIONES

6. Los Decretos Legislativos promulgados en materia de fortalecimiento del financiamiento de ESSALUD. NO FORTALECE el financiamiento de ESSALUD, por cuanto no plantea como aumentar los aportes al fondo de la seguridad social, tampoco como recuperar los aportes de los aguinaldos y gratificaciones. El concepto de sostenibilidad del Fondo de Seguridad Social no existe. Sino que por el contrario, para cerrar la brecha insatisfecha de infraestructura, recursos humanos, equipamiento, servicios y otros bienes, se plantea la tercerización vía contratos-ley con el sector privado, reduciendo a ESSALUD a un fondo de carácter financiero obviando su enorme capacidad prestadora de servicios de salud, prestaciones sociales y económicas, es una forma de liquidar la seguridad social en salud.

RECOMENDACIONES

1. Derogar los Decretos Legislativos: 1153, 1154, 1155, 1156, 1157, 1159, 1160, 1161,1162, 1163, 1164, 1165, 1166, 1167, 1168, 1173, 1174 y 1175.

2. No Derogar los Decretos Legislativos: 1158, 1169, 1170,1171 y 1172.

3. Insistir en la Ley del Sistema Nacional de Salud que obra en el Pleno de Congreso de la República.

RECOMENDACIONES

1. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1153: “Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del estado”.

ANALISIS.- El DL 1153 no plantea una verdadera política de recursos humanos en salud. Es inconstitucional porque atenta contra el artículo 24º de la Constitución Política del Perú.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, visto que es inconstitucional porque distorsiona el concepto de remuneración establecido en el artículo 24 de la Constitución Política del Perú, creando en su reemplazo las “compensaciones y entregas económicas”; asimismo vulnera la Ley de Trabajo Médico. No respeto a la ley 20530, congela la pensión con la remuneración de agosto 2013, los servidores han sido pasados a na AFP sin su conocimiento. 2. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1154: “Decreto Legislativo que autoriza los servicios complementarios en salud”. RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, debido que es una norma que no tiene financiamiento y además prolonga la jornada laboral del médico. Contiene medidas predominantemente reglamentarias y administrativas muy complejas y burocráticas para su aplicación. Tal como está la norma, viola derechos y es inaplicable.

RECOMENDACIONES

3. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1155: “Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a mejorar la calidad del servicio y declara de interés público el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento en los establecimientos de salud a nivel nacional”. RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo debido a que propone declarar de interés público el mantenimiento de la infraestructura el equipamiento de los establecimientos de salud, se crea el Observatorio Nacional y obliga a la realización de planes multianuales según los lineamientos técnicos del Minsa y que además contiene una unica controversial disposición complementaria transitoria que autoriza un procedimiento abreviado que elude la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que queda rezagada como supletoria hasta el 31 de diciembre. No aporta financiamiento y sólo intenta resolver la ineficacia del Minsa en el gasto presupuestal restando transparencia. 4. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1156: “Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones”. RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, debido a que con el supuesto afán de reafirmar el rol del Minsa se modifica la Ley de Contrataciones del Estado, que ya norma la situación de emergencia, para hacerla más permisiva y así mismo define la situación de emergencia en forma más amplia, hecho que abre las puertas al abuso de la declaratoria de emergencias para eludir el control y fiscalización de los gastos.

RECOMENDACIONES

5. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1157: “Decreto Legislativo que aprueba la modernización de la gestión de la inversión pública en salud”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque no respeta el proceso de descentralización, por el contrario las decisiones de inversión pública en infraestructura, se tomará desde el Ministerio de Salud, quitando el poder de decisión a los gobiernos locales y regionales.

6. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1158: “Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA)”.

RECOMENDACIÓN: No Derogar el Decreto Legislativo, porque fortalece las facultades sancionadoras, se le asignan competencias sobre categorización y acreditación de las IPRESS, se amplía su actuación a todos los ciudadanos (no solo a los asegurados) y permite interpretar las normas que rigen a las IAFAS y a las IPRES y sentar jurisprudencia al respecto.

RECOMENDACIONES

7. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1159: “Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para la implementación y desarrollo del intercambio prestacional en el sector público”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, ya que existen normas establecidas que permiten realizar el intercambio prestacional.

8. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1160: “Decreto Legislativo que modifica el porcentaje que debe pagar el Seguro Social de Salud – EsSalud a la superintendencia nacional de aduanas y de administración tributaria – SUNAT, por la recaudación de sus aportaciones”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, visto que no fortalece el financiamiento de EsSalud, por cuanto no plantea como aumentar los aportes al Fondo de la Seguridad Social. Plantea la tercerización de los servicios, lo que conllevaría a la desaparición de EsSalud. El Decreto Legislativo mantiene la tasa de cobro de la SUNAT por la recaudación de aportes a EsSalud en 1.4%, lo ideal sería una tasa de 0.5%.

RECOMENDACIONES

9. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1161: “Decreto Legislativo que aprueba la ley de organización y funciones del Ministerio de Salud”.

ANALISIS.- Mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final del D.L. 1161 se reactiva la Escuela Nacional de Salud Pública, con rango de categoría universitaria y autonomía académica, economía y administrativa, lo cual vulnera la normatividad vigente, por cuanto ya existen los formadores que son las universidades.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, por ser inconstitucional. La reorganización del MINSA y sus organismos públicos requieren de una ley orgánica. Según el Reglamento del Congreso no se pueden delegar facultades para legislar leyes orgánicas, tal como lo señala el Artículo 76 inciso d) del Reglamento del Congreso.

10. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1162: “Decreto Legislativo que incorporar disposiciones al Decreto Legislativo Nº 1153”. (Es una Fe de Erratas del D.L. 1153)

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, visto que es inconstitucional.

11. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1163: “Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del seguro integral de salud”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, visto que son medidas predominante reglamentarias y administrativas, que no implican ninguna reforma de la salud, por cuanto no existe aumento del presupuesto, constituyéndose en un mero registro de afiliados con cobertura mínima.

RECOMENDACIONES

12. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1164: “Decreto Legislativo que establece disposiciones para la extensión de la cobertura poblacional del seguro integral de salud en materia de afiliación al régimen de financiamiento subsidiado”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, visto que son medidas predominante reglamentarias y administrativas, que no implican ninguna reforma de la salud.

13. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1165: “Decreto Legislativo que establece el mecanismo de “farmacias inclusivas” para mejorar el acceso a medicamentos esenciales a favor de los afiliados del Seguro Integral de Salud (SIS)”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque no es inclusivo, No fortalece a la autoridad nacional del medicamento (DIGEMID), para que se constituya como un ente autónomo, regulador, supervisor y sancionador, como organismo público especializado. Asimismo, el Decreto Legislativo no plantea la adscripción a la PCM y tampoco resuelve los álgidos problemas del acceso a medicamentos de calidad y bajos precios.

RECOMENDACIONES

14. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1166: “Decreto Legislativo que aprueba la conformación y funcionamiento de las redes integradas de atención primaria de salud”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque se requiere de una rectoría de salud moderna, con financiación efectiva y articulación eficiente, la cual no existe; asimismo, se debería respetar la decisión de los pacientes para elegir libremente donde debería atenderse.

RECOMENDACIONES

15. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1167: “Decreto Legislativo que crea el instituto de gestión de servicios de salud”.

ANALISIS.- Transferencias de Hospitales a la Municipalidad de Lima Metropolitana.

Mediante la Tercera Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo 1167, se autoriza la transferencia de los establecimientos de salud a cargo del Ministerio de Salud al Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGSS), de todos los niveles de complejidad, desde puestos de salud hasta institutos especializados, para luego transferirlos a la Municipalidad de Lima Metropolitana en tanto se desempeña ésta, como Gobierno Regional de Lima Metropolitana. La Municipalidad de Lima, no puede con los servicios que presta en la actualidad a la ciudad, menos aún podrá hacerse cargo de los establecimiento de salud.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque crea burocracia para la gestión autónoma de prestaciones de salud, duplicando los riesgos de complejidades y desarmonías ya señalados en el D.L. Nº 1161 por la creación de dos vice ministerios.

RECOMENDACIONES

16. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1168: “Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a mejorar la atención de la salud a través del desarrollo y transferencia de las tecnologías sanitarias”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, visto que son medidas predominante reglamentarias y administrativas, que no implican ninguna reforma de la salud.

17. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1169: “Decreto Legislativo que establece la implementación del sistema de comunicación por vía electrónica para que EsSalud notifique los embargos en forma de retención y actos vinculados por deudas no tributarias a las empresas del sistema financiero”.

18. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1170: “Decreto Legislativo que establece la prelación del pago de las deudas a la seguridad social en salud”.

19. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1171: “decreto legislativo que modifica la Ley Nº 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y establece la realización de estudios actuariales en el régimen contributivo de la Seguridad Social en salud”.

RECOMENDACIONES 20. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1172: “Decreto Legislativo que establece medidas para cautelar el cumplimiento de las normas a la seguridad social en salud y la obligación de informar del trabajador”.

RECOMENDACIÓN: No Derogar los Decretos Legislativos 1169,1170, 1171 y 1172. Si bien son normas que no suponen una gran reforma de salud, si incorporan al ordenamiento jurídico disposiciones que ayudarían a mejorar el financiamiento de EsSalud.

21. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1173: “Decreto Legislativo de las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud de las fuerzas armadas”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque la Ley autoritativa Nº 30073, no lo faculta.

22. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1174: “Ley del fondo de aseguramiento en salud de la Policía Nacional del Perú”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque la Ley autoritativa Nº 30073, no lo faculta.

RECOMENDACIONES

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1175: “Ley del régimen de salud de la Policía Nacional del Perú”.

RECOMENDACIÓN: Derogar el Decreto Legislativo, porque la Ley autoritativa Nº 30073, no lo faculta.

OPORTUNIDAD PERDIDA

El Ministerio de Salud ha perdido una enorme oportunidad para legislar en relación:

1. La salud como derecho humano fundamental y respeto a los derechos conexos: a la interculturalidad, de género, participación social, de usuario y consumidor y de no discriminación.

2. Al fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud Coordinado y Descentralizado.

3. Asegurar el financiamiento para la seguridad social universal a través del presupuesto público pero también con los aportes de la población, no sólo a través de la planilla, que le den factibilidad y sostenibilidad al sistema de salud.

OPORTUNIDAD PERDIDA

4. Crear mecanismos contra la concentración empresarial y el monopolio en Salud. (Artículo 61 de la Constitución Política) Reglamentar la iniciativa privada y pública dentro de una economía social de mercado cuyo norte sea la seguridad social universal. El bienestar de la población como fin supremo de la sociedad y el Estado.

5. Promover una política de Estado en Salud que trascienda a los gobiernos y a los periodos gubernamentales.

6. Fortalecer el proceso de descentralización en salud mejorando la rectoría del Sistema Nacional de Salud por parte del Minsa. Rechazar la centralización de las necesidades de inversión en salud de las regiones y gobiernos locales.

OPORTUNIDAD PERDIDA

7. Fortalecer la participación social y la movilización social en salud.

8. Además, hay que tomar en cuenta que la reforma no ha tocado el rubro de la necesaria reforma de la política de medicamentos, logrando la accesibilidad, bajo costo y de calidad y la promoción de los genéricos.

9. La Reforma de Sistema de Emergencias y Desastres.

10. La Formación de Recursos humanos en Salud

11. El fortalecimiento de la medicina preventiva y la Atención Primaria de Salud como estrategia y no sólo como fortalecimiento del primer nivel de atención.

GRACIAS!