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TÉRMINOS INTERNACIONALES Material Didáctico : Para uso exclusivo en la instrucción del curso de Gerencia de Logística y Distribución Internacional” del Instituto de Negocios Internacionales de la Universidad ESAN (PERÚ), con auspicio de de la Universidad de MIAMI (USA), dirigido por Prof. Carlos Figueredo R. - 2007 -

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Manual de Incoterms

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TÉRMINOS INTERNACIONALES

Material Didáctico: Para uso exclusivo en la instrucción del curso de

“Gerencia de Logística y Distribución Internacional” del Instituto de

Negocios Internacionales de la Universidad ESAN (PERÚ), con auspicio de

de la Universidad de MIAMI (USA), dirigido por Prof. Carlos Figueredo R.

- 2007 -

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REGLAS PARA LA INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS INTERNACIONALES REVISIÓN 2000 PUBLICACIÓN 560 DE LA CCI

OBSERVACIONES: LA ADECUACIÓN DE LA TRADUCCIÓN OFICIAL DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN ESTUVO BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESOR MAG. CARLOS FIGUEREDO ROBLES. ASIMISMO, LA ASIGNACIÓN DE LOS TÉRMINOS UTILIZADOS PARA EL MERCADO PERUANO, ES DE EXCLUSIVA ELECCIÓN DEL PROFESOR. EL PRESENTE TRABAJO NO ES OFICIAL CON RESPECTO A LA CCI Y SE REALIZA SÓLO CON FINES ACADÉMICOS.

[email protected] 1

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[email protected] 2

A MERCANCÍA "En Almacén" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el local del vendedor o en otro lugar convenido, sin desaduanarla para su exportación, ni cargado en un vehículo receptor.

Este término representa las obligaciones mínimas para el vendedor y el comprador debe cubrir todos los gastos y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía, en el local del vendedor.

Sin embargo si las partes desean que el vendedor sea el responsable por la carga de la mercancía al momento de la salida y hacerse cargo de los riesgos y costos de dicha carga, ésto debe aclararse en el contrato de Compraventa.

Este término no debe ser usado cuando el comprador no puede llevar a cabo las formalidades de la exportación de forma directa o indirecta. En estas circunstancias el término FCA podrá ser usado.

EXW Ex-Works En Fábrica…... (lugar convenido)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización oficial necesarias para exportar la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y costo, las licencias de exportación e importación o cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe colocar a disposición del comprador en el lugar convenido, sin cargar en el vehículo receptor, en la fecha o plazo convenido, o en caso de

[email protected] 3

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que la fecha no haya sido convenida, en los tiempos usuales de entrega. En caso de no haber acordado lugar específico de entrega, el vendedor debe seleccionar un punto específico de entrega, que más se adecue a sus necesidades.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y A7/ B7.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de la entrega, de acuerdo a A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía:

- Desde el momento en que son entregados de acuerdo a A4; y

- Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira ción de cualquier plazo acordado para que la entrega se llevara a cabo, debido a que falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, de acuerdo a lo previsto en B6, pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta su entrega, de acuerdo a A4.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a A4; y

[email protected] 4

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- Cualquier gasto adicional en que se incurra, ya sea por fallar en recoger la mercancía cuando han sido puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado de conformidad con B7. siempre que, la mercancía hayan sido debidamente asignada por el contrato.

- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras, pagaderos al momento de la exportación.

El comprador debe reembolsar todos los gastos y cargos en que incurra el vendedor cuando se proporcione asistencia, de acuerdo a A2.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente acerca de cuándo y dónde la mercancía será puesta a su disposición.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar la fecha dentro de un plazo acordado y/o el lugar de recepción, dar aviso suficiente de ello al vendedor.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. Ninguna obligación.

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe proporcionar al vendedor prueba adecuada de haber recibido la entrega de la mercancía.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias para poner la mercancía a disposición del comprador.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con

[email protected] 5

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antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la exportación y/o la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 6

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[email protected] 7

“Libre Transportista" significa que el vendedor entrega la mercancía, liberada para su exportación, al transporte (porteador) nominado por el comprador en el lugar convenido. Debe hacerse notar que el lugar convenido para la entrega tiene un impacto directo sobre la obligaciones de carga y descarga de la mercancía en dicho lugar.

Si la entrega se desarrolla en el local del vendedor, éste es el responsable de la carga. Si la entrega se lleva a cabo en otro lugar, el vendedor no es responsable por la carga.

Este término puede ser utilizado sin importar el medio de transporte utilizado, incluyendo transporte multimodal.

"Transportista" puede ser utilizado como transporte o porteador y significa cualquier persona que en el contrato de transporte lleve a cabo el transporte por vía ferroviaria, terrestre, aérea, marítima, fluvial o una combinación de éstas.

Si el vendedor nomina a una persona diferente a un transportista para recibir la mercancía, el vendedor deberá cumplir su obligación de entregar la mercancía al momento de entregárselas a esa persona específica. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador

FCA Free Carrier Entregado al transportista……... (lugar convenido)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia o autorización oficial necesaria para exportar la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

Sin embargo, si se requiere por parte del comprador o si es la práctica comercial y el comprador no da la instrucción para lo contrario, el vendedor puede contratar el transporte en las condiciones usuales, bajo riesgo y costo del comprador. En cualquiera de los casos el vendedor podrá optar por no contratar el transporte, y en caso de hacerlo, notificará al comprador.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

[email protected] 8

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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El comprador debe contratar, a su gasto el transporte de la mercancía desde el lugar convenido, excepto cuando el contrato de transporte sea realizado por el vendedor como se especifica en A3.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía al transporte o a otra persona denominada por el comprador, o escogida por el vendedor, de conformidad con A3 en el lugar acordado, en la fecha o plazo de tiempo acordado.

La entrega estará completa: a) Si el lugar de entrega es el local del vendedor,

cuando la mercancía han sido cargada en el medio de transporte proveído por el transportista nominado por el comprador u otra persona actuando en su representación.

b) Si el lugar convenido es otro diferente a lo establecido en el inciso anterior, cuando la mercancía se pongan a disposición del transportista u otra persona nominada por el comprador, o escogida por el vendedor, de acuerdo a A3 en el medio de transporte del vendedor sin descargar.

Si no se acordó un punto específico dentro del lugar, y existen varias posibilidades, el vendedor podrá escoger el punto en el lugar de entrega que mejor se adapte a sus necesidades. En caso de que se falle en seguir instrucciones precisas del comprador, el debe entregar la mercancía al transportista de acuerdo a las necesidades de éste o de la naturaleza de la mercancía en sí.

[email protected] 9

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B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 .

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de la entrega, de acuerdo a A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía:

- Desde el momento en que son entregadas de acuerdo a A4; y

- Desde la fecha acordada o desde la fecha de expira ción de cualquier plazo acordado para que la entrega, debido a que falló en nominar al transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o persona nominada por el comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6, pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta su entrega, de acuerdo a A4; y

- Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades aduaneras, así como los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación.

[email protected] 10

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B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a A4; y

- Cualquier gasto adicional que se incurra, ya sea por fallar en recoger la mercancía cuando han sido puestos a su disposición, o en dar el aviso adecuado de conformidad con B7. siempre que, la mercancía hayan sido debidamente asignados por el contrato.

- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía fueron entregadas de acuerdo a A4. En caso el transporte falle en la entrega de acuerdo con A4 en el momento acordado, el vendedor debe notificar al comprador de forma adecuada.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe dar aviso suficiente al vendedor sobre el nombre de la parte designada según A4 y cuando sea necesario, especificar el modo de transporte, así como la fecha o plazo dentro del que debe entregarsele la mercancía y llegado el caso, el punto dentro del lugar en que la mercancía debería ser entregada a aquella parte.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe, a su propio costo, proporcionar al comprador, la prueba usual de la entrega de la mercancía, de conformidad con A4.

Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor

[email protected] 11

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debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento de transporte solicitado.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias para poner la mercancía a disposición del comprador.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

[email protected] 12

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El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto y al contratar el transporte de conformidad A3.

El comprador debe proporcionar al vendedor las instrucciones necesarias cuando le solicite ayuda para la contratación del transportista, de acuerdo a A3.

[email protected] 13

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[email protected] 14

"Libre al costado del buque" significa que el vendedor entrega cuando la mercancía es colocada junto al buque en el puerto de embarque acordado. Esto significa que el comprador debe hacerse cargo de todos los costos y riesgos de pérdida o daño que sufran la mercancía desde ese momento.

El término FAS requiere que el vendedor libere la mercancía para su exportación.

“ESTO ES DIFERENTE A LA VERSIÓN ANTERIOR DE INCOTERMS, EN QUE SE REQUERÍA QUE EL COMPRADOR REALIZARA LA LIBERACIÓN PARA EFECTOS DE LA EXPORTACIÓN”.

Sin embargo, si las partes desean que el comprador libere la mercancía para su exportación, esto debe aclararse mediante una cláusula explícita en el contrato de Compraventa. Este término puede ser utilizado únicamente para el transporte marítima o fluvial.

A. Ig B. C. D. E. F. G. H.

FAS Free Alongside Ship Entregado al costado del Buque…... (Puerto de Embarque)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y costo, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

El comprador debe contratar a su costo el transporte de la mercancía desde el puerto de embarque convenido.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

[email protected] 15

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A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe colocar la mercancía al costado del buque especificado por el comprador, en el lugar de carga especificado por el mismo, en el puerto de embarque, en la fecha o durante el plazo establecido, así como en la forma acostumbrada por el puerto.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento de la entrega, de acuerdo a A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía:

- Desde el momento en que son entregadas de acuerdo a A4; y

- Desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo acordado para que la entrega, debido a que falló en nominar al transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o persona nominada por el comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe de acuerdo a las provisiones del punto B6, pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía hasta su entrega, de acuerdo a A4; y

[email protected] 16

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- Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades aduaneras, así como los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada, de acuerdo a A4; y

- Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por que el buque designado por él no ha llegado a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o no admite carga antes del tiempo convenido con arreglo a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada al costado del buque designado.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de la mercancía, de conformidad con A4.

[email protected] 17

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Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costos de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento de transporte solicitado.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

[email protected] 18

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El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 19

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[email protected] 20

"Libre a Bordo" significa que el vendedor entrega la mercancía una vez que ésta a pasado la borda del buque en el puerto establecido. Esto significa que el comprador tendrá que cubrir los gastos y riesgos de pérdida o daño desde ese punto. Este término necesita que el vendedor libere las mercancías para su exportación.

Podrá ser utilizado únicamente para transporte marítimo o fluvial. Si las partes no pretenden entregar la mercancía una vez pasada la borda del buque, debe utilizarse el término FCA. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador

FOB Free on Board Libre a Bordo…... (Puerto de Carga )

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y si es necesario para su tránsito por cualquier país.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El comprador debe contratar a su costo, el transporte de las mercancías desde el puerto de embarque convenido.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

[email protected] 21

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A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque especificado por el comprador, en la fecha o durante el plazo establecido, así como en la forma acostumbrada por el puerto.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía:

- Desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y

- Desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo acordado para que la entrega, debido a que falló en nominar al transportista u otra persona, de acuerdo a A4, o porque el transportista o persona nominada por el comprador falla en hacerse cargo de la mercancía en el tiempo convenido, o porque falló en dar aviso de acuerdo a B7, siempre que, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, de acuerdo a las provisiones de B6, pagar: - Soportar todos los gastos relacionados a la mercancía

hasta el momento en que sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

[email protected] 22

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- Cuando sea aplicable, los gastos de las formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados a la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido; y

- Cualquier gasto adicional en que se incurra, bien por que el buque designado por él no ha llegado a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercancía o no admite carga antes del tiempo convenido con arreglo a B7, o bien porque el comprador no ha dado aviso adecuado conforme B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

- Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás cargos, así como los gastos relacionados con las formalidades aduaneras exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de conformidad con A4.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el punto de carga y la fecha de entrega a respetar.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas de aquellos, la prueba usual de la entrega de la mercancía, de conformidad con A4.

[email protected] 23

Page 25: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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Salvo que el documento mencionado en el párrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y expensas de éste, la ayuda necesaria para obtener el documento de transporte solicitado.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la

[email protected] 24

Page 26: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 25

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[email protected] 26

"Costo y Flete" implica que el vendedor entrega la mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.

El vendedor debe hacerse cargo de los costos del flete, hasta que la mercancía hayan llegado al puerto de destino designado, SIN EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la mercancía, así como gastos adicionales debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, son transferidos del vendedor al comprador.

El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de la mercancía para la exportación.

Este término puede ser usado solamente para tráfico marítimo y transporte fluvial. Si las partes no desean que la entrega se efectué cuando se sobrepasa la borda del buque, el término CPT debe ser usado. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador

CFR Cost and Freight Costo y Flete…………………(Puerto de Descarga)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de Compraventa y cualquier otra evidencia que pueda ser requerida por el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y costo, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y costo, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

El vendedor debe contratar en las condiciones usuales y a su propio costo, el transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la ruta usual del buque, del tipo normalmente usado para el transporte de la mercancía descrita en el contrato.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

[email protected] 27

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b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo acordado.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el puerto de destino convenido.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.

El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo fijado para el embarque, sin embargo, siempre que la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

[email protected] 28

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- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y por el tránsito a través de cualquier otro país si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4.

- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contrato de transporte; y

- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es

[email protected] 29

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decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, aranceles y otros cargos así como gastos de transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y sin retraso, al comprador el documento usual de transporte para el puerto de destino convenido.

Este documento debe cubrir la mercancía objeto del contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para el embarque. habilitar al comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino y salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al comprador para vender la mercancía en tránsito, por medio de la transferencia del documento a un comprador posterior (conocimiento de embarque negociable ) o por notificación al transportista.

[email protected] 30

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Cuando el documento de transporte se emita en varios originales, el juego completo de originales debe ser entregado al comprador.

Cuando el vendedor y comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento referido puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de intercambio de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, siempre que conozca las condiciones de transporte con antelación a la terminación del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de embarque y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

[email protected] 31

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El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 32

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[email protected] 33

"Costo, Seguro y Flete" implica que el vendedor entrega la mercancía, una vez que ésta a sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.

El vendedor debe pagar los costos y fletes necesarios para traer la mercancía al puerto de destino designado, SIN EMBARGO el riesgo de pérdida o daño a la mercancía así como otros gastos adicionales por la entrega, transferidos del vendedor al comprador. Pero en el término CIF el vendedor también debe proveer de un seguro marítimo por el riesgo de pérdida o daño de la mercancía del comprador durante el transporte.

Consecuentemente, el vendedor debe contratar el seguro de las mercancía. El comprador debe anotar que bajo el término CIF, se requiere que el vendedor obtenga el seguro por una mínima cobertura.

Si el comprador desease una cobertura más amplia, debe acordarse con el vendedor o bien, que el mismo comprador se haga cargo del seguro extra.

EL TÉRMINO CIF REQUIERE QUE EL VENDEDOR LIBERE LAS MERCANCÍAS EN LA ADUANA DE EXPORTACIÓN.

Este término puede ser utilizado en tráfico marítimo, o transporte fluvial. Si las partes no pretenden entregar las mercancías a través de la borda, el término CIP debe ser usado.

A. B. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del co

CIF Cost,Insurance and Freight Costo, Seguro y Flete…………………………….……………(Puerto de Descarga)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

El vendedor debe contratar sobre los términos usuales a su propio gasto, el transporte de la mercancía al puerto de destino designado, por la ruta usual en un buque de navegación marítima, del tipo normalmente usado para el transporte de la mercancía descrita en el contrato.

b) Contrato de seguro. El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un seguro de carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador o cualquier otra persona para que pueda reclamar directamente a la aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza

[email protected] 34

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de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de seguro.

El seguro debe ser contratado en una compañía aseguradora de buena reputación, de lo contrario, estar en acuerdo con la cobertura mínima expresada por el Institute Cargo Clauses (Institute of London Underwriters) u otros lineamientos para el establecimiento de cláusulas.

La duración de la cobertura debe ser según lo establecido en B5 y B4.

Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor debe proporcionar al comprador de un seguro contra guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles que puedan ser aseguradas.

La suma asegurada mínima debe cubrir el precio establecido en el contrato mas un diez por ciento (110%) y se concertará en la moneda del contrato.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo acordado.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el puerto de destino convenido.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, de acuerdo a B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el

[email protected] 35

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momento en que sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque.

El comprador debe, si no da aviso al vendedor como lo indica B7, correr con todos los riesgos pérdida o daño a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo fijado para el embarque, sin embargo, siempre que la mercancía haya sido debidamente determinada por el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargosexigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar:

[email protected] 36

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- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4.

- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra to de transporte; y

- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance les y otros cargos así como gastos de transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

[email protected] 37

Page 39: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la mercancía y/o el puerto de destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe bajo proporcionar, a su propio costo y sin retraso, al comprador el documento usual de transporte para el puerto de destino convenido.

Este documento debe cubrir la mercancía objeto del contrato. Estar fechado dentro del plazo acordado para el embarque. habilitar al comprador para reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino y salvo que se haya acordado otra cosa, habilitar al comprador para vender la mercancía en tránsito, por medio de la transferencia del documento a un comprador posterior (conocimiento de embarque negociable ) o por notificación al transportista.

Cuando el documento de transporte se emita en varios originales, el juego completo de originales debe ser entregado al comprador.

Cuando el vendedor y comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento referido puede ser reemplazado por un mensaje electrónico de intercambio de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN.

El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

[email protected] 38

Page 40: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y en caso de ser necesario, para el tránsito a través de cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro complementario.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

El comprador debe proporcionar al vendedor, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

[email protected] 39

Page 41: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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[email protected] 40

"Transporte pagado hasta…", significa que el vendedor entrega la mercancía al transportista nominado por él, pero el vendedor debe, adicionalmente, pagar el gasto del transporte necesario para llevar la mercancía hasta el punto de destino. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y gastos adicionales posteriores a la entrega.

"Carrier" (transportista o porteador) significa cualquier persona que, de acuerdo al contrato de transporte, realiza o procura el transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo, marítimo fluvial, o una combinación de varios.

Si se utilizan diferentes transportistas para el traslado al destino final, el riesgo se traspasa cuando la mercancía son entregados al primer transportista.

EL TÉRMINO CPT REQUIERE QUE EL VENDEDOR LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN.

Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a utilizar, incluyendo el multimodal. es del Vendedor B. Obligaciones del comprador

CPT Carriage Paid To… Transporte pagado hasta…………………(Lugar Determinado)

Page 42: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier País.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto acordado en el destino designado, por una ruta usual y en la forma acostumbrada.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

[email protected] 41

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A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de comformidad con A3 o si hay porteadores sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar convenido.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino

[email protected] 42

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que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4.

- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercancía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contrato de transporte; y

- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo cargos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, aranceles y otros cargos así como gastos de

[email protected] 43

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transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de eexpedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador, si es costumbre, el documento de transporte usual para el transporte contratado de conformidad con A3.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía,

[email protected] 44

Page 46: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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ordenado por él. El embalaje ha de ser marcados adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y para su tránsito por cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 45

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[email protected] 46

"Transporte y seguro pagados hasta...” significa que el vendedor entrega la mercancía al transportista nominado por él, pero adicionalmente debe pagar los gastos de transporte necesarios para poner la mercancía en el lugar de destino acordado. Esto significa que el comprador se hará cargo de los riesgos y gastos adicionales posteriores a la entrega de la mercancía. Sin embargo, en el término CIP el vendedor debe, adicionalmente, procurar el seguro contra los riesgos que puede correr el comprador de pérdida o daño de los bienes durante el transporte. Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima. El comprador debe tomar nota que bajo el término CIP se le requiere al vendedor obtener el seguro de cuota mínima. Si el comprador requiere un seguro cuya cobertura sea más amplia, debe acordarlo expresamente con el vendedor o realizar acuerdos sobre seguro adicionales.

"Carrier" (transporte) significa cualquier persona que, de acuerdo al contrato de transportación, realiza o procura el transporte, ya sea ferroviario, terrestre, aéreo, marítimo fluvial, o una combinación de varios. Si se utilizan diferentes transportistas para el traslado al destino final, el riesgo se traspasa cuando la mercancía son entregados al primer transportista.

EL TÉRMINO CIP REQUIERE QUE EL VENDEDOR LIBERE LA MERCANCÍA PARA SU EXPORTACIÓN.

Este término puede ser utilizado sin importar el transporte a utilizar, incluyendo el multimodal.

O

CIP Carriage and Insurance Paid to… Transporte y Seguro pagado hasta………………(Lugar de Destino)

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A. A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto acordado en el destino designado, por una ruta usual y en la forma acostumbrada.

b) Contrato de seguro. El vendedor debe obtener, a su propio gasto, un seguro de carga según lo acordado en el contrato, que faculte al comprador o cualquier otra persona para que pueda reclamar directamente a la aseguradora, y proporcionar al comprador la póliza

[email protected] 47

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de seguro o cualquier otra evidencia de cobertura de seguro.

El seguro debe ser contratado en una compañía aseguradora de buena reputación y a falta de acuerdo en contrario será conforme a los cobertura mínima expresada por el Institute Cargo Clauses (Institute of London Underwriters) u otros lineamientos para el establecimiento de cláusulas.

La duración de la cobertura debe ser según lo establecido en B5 y B4.

Cuando sea requerido por el comprador, el vendedor debe proporcionar al comprador de un seguro contra guerras, huelgas, tumultos y manifestaciones civiles que puedan ser aseguradas.

La suma asegurada mínima debe cubrir el precio establecido en el contrato mas un diez por ciento (110%) y se concertará en la moneda del contrato.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de conformidad con A3 o si hay porteadores sucesivos, al primer porteador para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar convenido.

[email protected] 48

Page 50: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece el punto A4; y

- El flete y otros gastos resultantes de A3, incluyendo el gasto de embarque de las mercancías a bordo y cualquier gasto de descarga en el puerto de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

- Los gastos del seguro resultantes de A3.

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargosexigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueron bajo la cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte.

[email protected] 49

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B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe, sujeto a las provisiones de A3, pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4.

- Todos los gastos y cargos relacionados con la mercan cía mientras se está en tránsito hasta su llegada al puerto de destino, a menos que dichos gastos y cargos hayan sido a cuenta del vendedor de acuerdo con el contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos bajo el contra to de transporte; y

- Gastos de descarga de la mercancía incluyendo car gos de pesaje y cargos por muellaje, a menos que dichos gastos y cargos hubiesen estado a cargo por el vendedor conforme al contrato de transporte; y

- Todos los gastos adicionales incurridos si no notifica de acuerdo con B7, por la mercancía desde la fecha acordada o de expiración del plazo de embarque, proporcionado, sin embargo, siempre que la mercancía hayan sido apropiadamente al contrato, es decir, claramente establecidos o de otra forma identificados como bienes del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, todos los impuestos, arance les y otros cargos así como gastos de transporte por formalidades aduanales pagables sobre la mercancía importados y, cuando fuese necesario, por el tránsito a través de cualquier otro país a menos que se haya incluido el gasto del contrato de transporte.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente que la mercancía ha sido entregada de acuerdo con A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador

[email protected] 50

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para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador, si es costumbre, el documento de transporte usual para el transporte contratado de conformidad con A3.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para el transporte de la mercancía, ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

[email protected] 51

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A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y para su tránsito por cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro complementario.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

El comprador debe proporcionar al vendedor, a petición de éste, la información necesaria para obtener cualquier seguro complementario.

[email protected] 52

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[email protected] 53

"Entrega en Frontera”, significa que el vendedor entrega cuando la mercancía son puestos a disposición del comprador al momento del arribo de los medios de transporte SIN DESCARGA, liberados para la EXPORTACION pero no liberados para la importación, en un lugar establecido en la frontera, pero antes de cruzar la frontera aduanal del país vecino.

El término "frontera" puede ser usado para cualquier frontera, incluyendo aquella del país de exportación. Por lo tanto, es de vital importancia que la frontera en cuestión sea definida de forma precisa, nombrando el punto y lugar en el término.

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor sea responsable de la descarga de la mercancía del medio de transporte y estar a cargo de todos los riesgos y gastos de dicha descarga, esto debe aclararse agregando una cláusula escrita en el contrato de venta respectivo.

Este término puede ser utilizado sin importar el medio de transporte a utilizar cuando la mercancía serán entregados en una frontera terrestre. Cuando la entrega se lleve a cabo en el puerto de destino, sobrepasando la borda de un buque o en el muelle, los términos DES o DEQ deben ser utilizados. Vendedor B. Obligaciones del comprador

DAF Delivered at Frontier Entregado en frontera………………(Lugar convenido)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier otro documento necesario para poner la mercancía a disposición del comprador.

El vendedor debe llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía hasta el lugar de entrega convenido en la frontera y para su tránsito a través de cualquier País.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial, así como cualquier documento, y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la Importación de la mercancía y para su transporte posterior.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar sobre términos usuales y bajo su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto de destino designado, o en su caso, al lugar de entrega en la frontera. Si un lugar de entrega en frontera no fue acordado o no es determinado por la práctica, el vendedor podrá seleccionar un punto

[email protected] 54

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específico en el destino que mejor se acomode a su conveniencia.

Sin embargo, si es requerido por el comprador, el vendedor puede acordar el contratar bajo los términos usuales, y bajo el riesgo y gasto del comprador, un transporte continuo de la mercancía una vez pasado el punto de entrega en frontera hasta el destino final en el país de importación establecido por el comprador. El vendedor puede declinar la realización del contrato, y en caso de hacerlo, notificar al comprador adecuadamente.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en los mediosde transportes utilizados y no descargados, en el lugar de entrega convenido en la frontera , en la fecha o dentro del plazo acordado.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

[email protected] 55

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B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios para recibir la entrega de la mercancía, a la llegada de los medios de transporte utilizados, en el lugar de entrega convenido en la frontera; y

- Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido

[email protected] 56

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debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y otros cargos exigibles a la importación de la mercancía y por su transporte posterior.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del envio de la mercancía al lugar convenido en la frontera. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento,dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. - El vendedor debe, a sus propias expensas, propor

cionar al comprador, si es costumbre, el documento de transporte usual u otra prueba de la entrega de la mercancía en el lugar convenido en la frontera de conformidad con A3.

- El vendedor debe, en caso de que las partes acuerden un transporte sucesivo más allá de la frontera de acuerdo con A3, proporcionar al comprador a petición, riesgo y gasto de éste, el documento de transporte de puerta a puerta normalmente obtenido en el país del despacho, cubriendo en los términos usuales el transporte de la mercancía, desde el punto del despacho hasta el punto de destino final en el país de importación designado por el comprador.

[email protected] 57

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Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar el documento de transporte u otra prueba de entrega de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía en la frontera y para el transporte posterior, en la medida en que las circunstancias lo permitan. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía, y para su tránsito por cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

[email protected] 58

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B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

Si fuera necesario y de acuerdo con A3, el comprador debe proporcionar al vendedor, bajo solicitud de éste, y bajo riesgo y gasto del comprador, la autorización del control de cambios, permisos y otros documentos o copias certificadas, o la dirección del destino final de la mercancía en el país de importación con el propósito de obtener los documentos de transporte de puerta a puerta o cualquier otro documento contemplado en A8.

[email protected] 59

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[email protected] 60

"Entregado sobre el Buque”, significa que el vendedor entrega cuando la mercancía es colocada a disposición del comprador a bordo del buque, pero no está liberada para la importación en el puerto de destino.

El vendedor debe hacerse cargo de los riesgos y gastos relacionados con el transporte de la mercancía hasta el puerto de destino y antes de la descarga. Si las partes desean que el vendedor se haga cargo de los riesgos y gastos de la descarga, debe utilizarse el término DEQ.

Este término puede ser utilizado solamente cuando la mercancía serán entregados vía marítima, fluvial o multimodal, en un buque en el puerto de destino. A. Obligaciones del Vendedor B. Obligaciones del comprador

DES Delivered Ex - Ship Entregado en el Buque……………(Puerto de Destino)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la Importación de la mercancía.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar bajo su propio gasto, el transporte de la mercancía al punto de destino designado, o en su caso, puerto de destino especificado. Si un punto no fue acordado o no es determinado por la práctica, el vendedor podrá seleccionar un punto específico en el destino que mejor se acomode a su conveniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

[email protected] 61

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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner las mercancías a disposición del comprador a bordo del buque, en el punto de descarga especificado en A3, en el puerto de destino convenido, de manera que puedan ser levantadas del buque por medios de descarga apropiados a la naturaleza de la mercancía.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

[email protected] 62

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- Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios para recibir la entrega de la mercancía, desde el buque; y

- Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y otros cargos exigibles a la importación de la mercancía.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada del buque designado conforme a A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

[email protected] 63

Page 65: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el puerto de destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte usual que autorice al comprador a reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los

[email protected] 64

Page 66: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 65

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[email protected] 66

"Entregado sobre el Muelle”, significa que el vendedor entrega la mercancía cuando es puesta a disposición del comprador sin ser liberada para la importación en el muelle del puerto de destino.

El vendedor debe hacerse cargo de los costos y riesgos en que se incurre al llevar la mercancía al puerto de destino y descargarlos en el muelle. El término DEQ requiere que el comprador libere la mercancía para la importación y pague las formalidades, aranceles e impuestos, así como otros cargos para efectos de la importación.

ESTO ES DIFERENTE A LOS INCOTERMS 1990, EN QUE SE REQUERIA QUE EL VENDEDOR SE HICIERA CARGO DE LA LIBERACION A LA IMPORTACION.

Si las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor, una parte o el total de los gastos pagables a la importación de la mercancía, esto debe aclararse explícitamente en el contrato de compraventa.

Este término puede ser utilizado solamente cuando la mercancía vayan a ser entregados vía marítima o fluvial o por transporte multimodal al momento de descargar el buque en el muelle del puerto de destino. Sin embargo, si las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor, los riesgos y gastos del manejo de la mercancía del muelle hacia otro lugar (almacén, terminal, estación de transporte, etc.), en o fuera del puerto, deben utilizarse los términos DDP o DDU.

A. Obligacion

DEQ Delivered Ex - Quay Entregado sobre el Muelle……………(Puerto de Destino)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la Importación de la mercancía.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar bajo su propio gasto el transporte de la mercancía hasta el muelle en el puerto de destino designado. Si un muelle específico no fue acordado o no es determinado por la práctica, el vendedor podrá seleccionar el muelle específico en el destino que mejor se acomode a su conveniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

[email protected] 67

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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en el muelle referido en A3, en la fecha o dentro del plazo acordado.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

[email protected] 68

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- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4, incluyendo cualquier gasto de manipulación de la mercancía, en el puerto para su transporte o depósito posteriores en un almacén o terminal; y

- Todos los gastos adicionales incurridos, por no recibir la entrega de la mercancía cuando ha sido entregada de acuerdo con A4 o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y otros cargos exigibles a la importación de la mercancía y por su transporte posterior.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada del buque designado conforme a A4. así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recoger su mercancía.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el puerto de

[email protected] 69

Page 71: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte usual que le autorice a recibir la mercancía y retirarla del muelle.

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía.

[email protected] 70

Page 72: Incoterms   2000   Figueredo[1]

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El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

[email protected] 71

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[email protected] 72

"Entregado, Derechos no Pagados”, significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador, sin ser liberados para su importación y sin descargarlos del medio de transporte en el lugar de destino.

El vendedor debe hacerse cargo de los gastos y riesgos relacionados con el transporte de la mercancía, excepto aquellos relacionados con el pago de impuestos (cuyo término engloba la responsabilidad por los riesgos de llevar a cabo las formalidades y pago de las formalidades, aranceles aduaneros, impuestos y otros cargos relacionados) para la importación en el país de destino. Dicho "derecho" debe ser cubierto por el comprador, así como cualquier gasto y riesgo causado por su falla al liberar la mercancía para su importación.

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor realice las formalidades aduaneras y cubra los gastos y riesgos resultantes de lo anterior, así como de algunos de los gastos pagables a la importación de la mercancía, esto debe ser aclarado de forma explícita agregando una cláusula para tal efecto en el contrato de Compraventa.

Este término puede ser utilizado sin importar el medio de transporte a utilizar, pero cuando la entrega se vaya a llevar a cabo en el puerto de destino a bordo del buque o en el puerto, los términos DES o DEQ deben ser utilizados. A

DDU Delivered Duty Unpaid Entregado Derechos no pagados…………(Lugar de Destino)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier País.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe obtener, bajo su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de Importación u otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la Importación de la mercancía.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar bajo su propio gasto el transporte de la mercancía al lugar de destino convenido. Si no se acuerda un punto concreto o no lo determina la práctica, el vendedor podrá seleccionar el punto en el lugar de destino convenido que mejor se adecue a su conveniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

[email protected] 73

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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona asignada por éste, sobre los medios de transporte utilizados y sin descargar, a su llegada al lugar de destino convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado para la entrega.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, correr con todos los riesgos adicionales de perdida o daño de la mercancía contraidos por tal causa.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

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A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones del inciso B6, pagar:

- Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduaneras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4; y

- Todos los gastos adicionales incurridos, si no cumple sus obligaciones de B2, o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

- Cuando fuese aplicable, el gasto de las formalidades aduaneras, así como todos los derechos, impuestos y otros cargos exigibles a la importación de la mercancía.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recibir la entrega de la mercancía.

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B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte usual que pueda requerir el comprador para recibir la entrega de la mercancía de cuerdo con A4 / B4. a

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte apropiado de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo de éste la ayuda precisa para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente emitido

[email protected] 76

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o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES. El comprador debe pagar los gastos y costos contraidos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

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"Entregado, Derechos Pagados”, significa que el vendedor entregará la mercancía al comprador, liberada de importación y sin descargar, de cualquier medio de transporte en el lugar de destino. El vendedor debe hacerse cargo de los gastos y riesgos relacionados con el transporte de la mercancía, incluyendo, cuando sea aplicable, cualquier "impuesto" (término que incluye la responsabilidad y riesgo de llevar a cabo las formalidades aduaneras, su pago, aranceles, impuestos y otros cargos) para la importación en el país de destino.

Mientras que el término EXW representa obligaciones mínimas para el vendedor, DDP REPRESENTA EL MÁXIMO DE OBLIGACIONES. (Son opuestos).

Este término NO DEBE SER UTILIZADO si el comprador no puede obtener, directa o indirectamente, la licencia de importación en su país. Sin embargo, si las partes desean quitarle responsabilidad al vendedor sobre los gastos pagaderos a la importación de la mercancía (gastos como el impuesto al valor agregado: IVA), esto debe ser aclarado de forma explícita en el contrato de Compraventa.

Si las partes desean que el comprador sea responsable de todos los riesgos y gastos relacionados con la importación, debe utilizarse el término DDU.

Este término puede ser utilizado sin importar el medio de transporte, pero cuando la entrega sea realizada en un puerto de destino a bordo de un buque o en el muelle, deben utilizarse los términos DES o DEQ.

A. Obligaciones del Ve

DDP Delivered Duty Paid Entregado Derechos Pagados………..…(Lugar de Destino)

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A1. SUMINISTRO DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial o su equivalente en mensaje electrónico, de acuerdo con el contrato de Compraventa o cualquier otra evidencia de conformidad con lo que podría haber sido requerido en el contrato.

B1. PAGO DEL PRECIO. El comprador debe pagar el precio de acuerdo al contrato de Compraventa.

A2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y gasto, cualquier licencia de exportación e importación y otra autorización oficial, así como cualquier documento y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía, para su tránsito por cualquier País y para su importación.

B2. AUTORIZACIONES Y FORMALIDADES. El comprador debe prestar al vendedor, a solicitud, riesgo y gastos de éste, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial necesaria para la Importación de la mercancía.

A3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar bajo su propio gasto el transporte de la mercancía al lugar de destino convenido. Si no se acuerda un punto concreto o no lo determina la práctica, el vendedor podrá seleccionar el punto en el lugar de destino convenido que mejor se adecue a su conveniencia.

b) Contrato de seguro

Ninguna obligación.

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B3. CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS. a) Contrato de transporte.

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro. Ninguna obligación.

A4. ENTREGA DE LA MERCANCÍA. El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona asignada por éste, sobre los medios de transporte utilizados y sin descargar, a su llegada al lugar de destino convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado para la entrega.

B4. RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe recibir la mercancía cuando ésta haya sido entregada de conformidad con A4.

A5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B5, hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

B5. TRANSMISIÓN DEL RIESGO. El comprador debe hacerse cargo de todos los riesgos de pérdida y daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, sino cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, correr con todos los riesgos adicionales de perdida o daño de la mercancía contraidos por tal causa.

El comprador debe, sino da aviso con arreglo de B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo establecido para el embarque, sin embargo, si la mercancía han sido apropiadamente en el contrato, es decir, claramente colocados a un lado o de otra forma identificados como mercancías del contrato.

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A6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El vendedor debe, sujeto a las provisiones de B6, pagar:

- Además de los gastos resultantes de A3, todos los gastos relacionados a la mercancía hasta que hayan sido entregados como lo establece A4; y

- De ser aplicable, los gastos de formalidades aduane ras necesarias para la exportación, así como todos los derechos, impuestos, y otros cargos exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4.

B6. DISTRIBUCIÓN DE GASTOS. El comprador debe pagar:

- Todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento que han sido entregados de conformidad con A4; y

- Todos los gastos adicionales incurridos, si no cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, o si no notifica de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según al contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

A7. AVISO AL COMPRADOR. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otro aviso que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias para recibir la entrega de la mercancía.

B7. AVISO AL VENDEDOR. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del plazo acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

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A8. PRUEBA DE LA ENTREGA. El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el documento de transporte usual que pueda requerir el comprador para recibir la entrega de la mercancía de cuerdo con A4 / B4. a

Si el vendedor y el comprador han acordado en comunicarse electrónicamente, el documento mencionado, podrá ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI).

B8. PRUEBA DE LA RECEPCIÓN. El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte apropiado de acuerdo con A8.

A9. VERIFICACIÓN, EMBALAJE Y MARCADO. El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad, medidas, peso, conteo) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a su propio costo el embalaje requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

B9. INSPECCIÓN DE LA MERCANCÍA. El comprador debe cubrir los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea solicitada por las autoridades del país de exportación.

A10. OTRAS OBLIGACIONES. El vendedor debe prestar al comprador, a solicitud, riesgo y costo contraidos para obtener los documentos o mensaje electrónico equivalente mencionados en B10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el comprador al prestar su ayuda al respecto.

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El vendedor debe proporcionar al comprador, a solicitud de éste, la información necesaria para obtener un seguro.

B10. OTRAS OBLIGACIONES.

El comprador debe prestar al vendedor, a solicitud, riesgo y costo de éste, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensajes electrónicos equivalente, emitido o transmitido en el país de importación, que el vendedor pueda requerir para poner la mercancía a disposición del comprador de acuerdo con éste término.

- FIN -

[email protected] 83