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1 I.1. JEFATURA DE GOBIERNO I.1.1. AUDITORÍA FINANCIERA I.1.1.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLESAuditoría ASCM/1/19 FUNDAMENTO LEGAL La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones VI, VII y VIII; y 31 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México. ANTECEDENTES La Jefatura de Gobierno ocupó el decimoséptimo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2019 por las 21 dependencias de la Ciudad de México (81,324,221.3 miles de pesos), con un monto de 219,745.7 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 0.3% del total erogado por las dependencias de la Ciudad de México y fue inferior en 37.8% (133,637.5 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente (353,383.2 miles de pesos) y superior en 10.1% (20,137.5 miles de pesos) al ejercido en 2018 (199,608.2 miles de pesos). Asimismo, no reportó economías en 2019. En el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la Jefatura de Gobierno ejerció 1,431.5 miles de pesos, cantidad que representó el 0.7% del total erogado (219,745.7 miles de pesos) y fue inferior en 97.8% (62,912.2 miles de pesos) al presupuesto aprobado (64,343.7 miles de pesos). El rubro en revisión no presentó economías en el

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I.1. JEFATURA DE GOBIERNO

I.1.1. AUDITORÍA FINANCIERA

I.1.1.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES”

Auditoría ASCM/1/19

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II,

sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62

de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del

Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II,

IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24;

27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad

de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones VI, VII y VIII; y 31 del Reglamento

Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

La Jefatura de Gobierno ocupó el decimoséptimo lugar respecto del presupuesto ejercido

en 2019 por las 21 dependencias de la Ciudad de México (81,324,221.3 miles de pesos),

con un monto de 219,745.7 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 0.3% del total

erogado por las dependencias de la Ciudad de México y fue inferior en 37.8% (133,637.5 miles

de pesos) al presupuesto asignado originalmente (353,383.2 miles de pesos) y superior

en 10.1% (20,137.5 miles de pesos) al ejercido en 2018 (199,608.2 miles de pesos).

Asimismo, no reportó economías en 2019.

En el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, la Jefatura de Gobierno

ejerció 1,431.5 miles de pesos, cantidad que representó el 0.7% del total erogado

(219,745.7 miles de pesos) y fue inferior en 97.8% (62,912.2 miles de pesos) al presupuesto

aprobado (64,343.7 miles de pesos). El rubro en revisión no presentó economías en el

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ejercicio en revisión. En dicho capítulo, destacó la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de

Tecnologías de la Información” con 610.9 miles de pesos, que representó el 42.7% del total

erogado en el capítulo (1,431.5 miles de pesos).

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización superior:

“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e

Intangibles” porque el presupuesto ejercido en 2019 (1,431.5 miles de pesos) significó un

decremento de 97.8% (62,912.2 miles de pesos) en relación con el presupuesto aprobado

(64,343.7 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. Se eligió el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

toda vez que, por su naturaleza y características, pudo estar expuesto a riesgo de errores,

mal uso, ineficiencias e incumplimiento de metas y objetivos.

“Presencia y Cobertura”. Se eligió el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

a fin de garantizar que eventualmente se revisen todos los sujetos de fiscalización y conceptos

susceptibles de ser auditados, por estar incluidos en la Cuenta Pública de la Ciudad

de México.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Jefatura

de Gobierno en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se haya

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con

la normatividad y ordenamientos aplicables.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

En cuanto a los elementos que integran el objetivo de la auditoría, de manera enunciativa,

mas no limitativa, se revisó lo siguiente:

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Gasto Aprobado

Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y autorización

del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que haya existido

congruencia entre la documentación soporte, como el Programa Operativo Anual (POA),

el techo presupuestal, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización del

Congreso de la Ciudad de México.

Gasto Modificado

Se verificó que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones al presupuesto

se hayan tramitado, justificado y autorizado, y que éstas se hayan sujetado al cumplimiento

de metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Gasto Comprometido

Se verificó que los procesos de programación (Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, PAAAPS), solicitud, autorización, adjudicación,

contratación, u otro que justifique el compromiso, y reporte de las operaciones a las

instancias correspondientes se hayan sujetado a la normatividad que los regula.

Gasto Devengado

Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto se encontraran debidamente

soportados con la documentación e información que comprobaran la recepción de bienes,

conforme a la normatividad aplicable y en cumplimiento de los instrumentos jurídicos

formalizados.

Gasto Ejercido

Se verificó que se haya expedido y resguardado la documentación soporte comprobatoria

del gasto por las acciones emprendidas del sujeto fiscalizado, y que ésta haya reunido los

requisitos establecidos tanto en los lineamientos generales, como en la normatividad aplicable;

además, que dicho gasto se encontrara registrado en la partida presupuestal correspondiente

y, en caso de subejercicios, que se hayan justificado las causas.

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Gasto Pagado

Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan extinguido mediante

el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad

aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.

El gasto de la Jefatura de Gobierno con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e

Intangibles” ascendió a 1,431.5 miles de pesos, erogados mediante 10 Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC) y 1 Documento Múltiple, los cuales se pagaron con recursos de origen

federal. Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la

auditoría y del estudio y evaluación del diseño del control interno, se determinó revisar un

monto de 330.4 miles de pesos, por medio de dos CLC expedidas con cargo a una de las

cinco partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión,

así como su documentación justificativa y comprobatoria, que representa el 23.1% del total

ejercido en el rubro examinado.

Para determinar la muestra sujeta a revisión, se consideraron los criterios siguientes:

1. Se integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2019

y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF)

proporcionó a esta entidad de fiscalización, correspondientes a la Jefatura de Gobierno.

2. Se integró el presupuesto ejercido por partida de gasto en el capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” y se seleccionó la partida de gasto más representativa.

3. Se eligió la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” con

un monto ejercido de 610.9 mies de pesos, que representó el 42.7% del total erogado

en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” (1,431.5 miles de pesos).

4. Se integraron las CLC emitidas con cargo a la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de

Tecnologías de la Información”, en la que se ejercieron recursos con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; y los contratos de adquisiciones

celebrados por la Jefatura de Gobierno con cargo a dicha partida.

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5. De la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, se

seleccionaron los convenios modificatorios más representativos en cuanto a presupuesto

ejercido, derivados de un contrato administrativo consolidado.

Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría,

se determinó revisar un monto de 330.4 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra Cantidad Presupuesto

ejercido % Cantidad Presupuesto

ejercido Porcentaje

de la partida CLC Documento Múltiple

CLC Documento Múltiple

5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” 4 0 610.9 42.7 2 0 330.4 54.1 Otras cuatro partidas del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 6 1 820.6 57.3 0 0 0.0 0.0 Total del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 10 1 1,431.5 100.0 2 0 330.4 23.1

Respecto al origen de los recursos, el universo del presupuesto ejercido (1,431.5 miles

de pesos) y la muestra sujeta a revisión (330.4 miles de pesos) correspondieron a los

recursos y fondos o programas siguientes:

(Miles de pesos)

Origen de los recursos Fondo o programa al que pertenecen los recursos de origen federal Locales Federales Universo Muestra

Universo Muestra Universo Muestra Denominación del fondo o programa

Importe Denominación del fondo o programa

Importe

0.0 0.0 1,431.5 330.4 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios-Incentivos derivados de la Coordinación Fiscal

1,431.5 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios-Incentivos derivados de la Coordinación Fiscal

330.4

Los convenios modificatorios seleccionados fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Número de convenio modificatorio Nombre del proveedor Objeto del convenio

Importe Total Muestra

DEAS-02-2019-C4 y DEAS-02-2019-C8

Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.

Adquisición de PC de escritorio para la instalación en “Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES)” correspondiente al ejercicio fiscal de 2019. 330.4 330.4

Total 330.4 330.4

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El muestreo de auditoría permite al auditor obtener y evaluar la evidencia de auditoría

sobre una determinada característica de los elementos seleccionados con el fin de alcanzar o

contribuir a alcanzar una conclusión respecto a la población de la que se ha extraído la

muestra; y puede aplicarse utilizando enfoques de muestreo estadístico o no estadístico.

Tanto la muestra del universo por auditar de la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de

Tecnologías de la Información”, como la selección del contrato para la aplicación de pruebas

de auditoría, se determinó mediante un método de muestreo no estadístico, con fundamento

en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530, “Muestreo de Auditoría”, emitida por la

Federación Internacional de Contadores (IFAC); la Norma Internacional de las Entidades

Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530, “Muestreo de Auditoría”, emitida por el Comité de

Normas Profesionales de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras

Superiores (INTOSAI); y en el Manual del Proceso General de Fiscalización de la Auditoría

Superior de la Ciudad de México (ASCM).

Los trabajos de auditoría se efectuaron en la Dirección General de Administración y

Finanzas en la Jefatura de Gobierno, por ser la unidad administrativa encargada de la

aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de las operaciones con

cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, según las atribuciones

y funciones previstas en los manuales administrativos de la Jefatura de Gobierno y de la

Dirección General de Administración y Finanzas en la dependencia, vigentes en 2019.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

A fin de evaluar el diseño y la efectividad del control interno implementado por la Jefatura

de Gobierno y por la Dirección General de Administración y Finanzas en la dependencia y

contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas

de auditoría, en cuanto al diseño, se analizaron las atribuciones de la dependencia y de la

Dirección General de Administración y Finanzas en ésta, el marco normativo y su manual

administrativo vigentes en 2019; se aplicó un cuestionario de control interno, en particular,

a servidores públicos de la Jefatura de Gobierno y de la Dirección General de Administración

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y Finanzas en la dependencia responsables de la aprobación, modificación, compromiso,

devengo y ejercicio del presupuesto, así como del pago de las operaciones con cargo al

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, en relación con los cinco

componentes del control interno (Ambiente de Control, Administración de Riesgos,

Actividades de Control Interno, Información y Comunicación y Supervisión y Mejora

Continua); se requisitó la cédula de evaluación del ambiente de control con base en las

respuestas obtenidas; y se elaboraron tres matrices: una de riesgos, para identificar

los riesgos a que están sujetas las operaciones del rubro en revisión; otra de control, para

analizar la probabilidad de ocurrencia y el impacto de cada riesgo; y una de unidades

administrativas, para determinar la participación conforme a las funciones y atribuciones

de cada una de las áreas de la dependencia relacionadas con las operaciones del rubro

en revisión.

En cuanto a la efectividad del control interno, durante la etapa de ejecución de la

auditoría, se aplicaron pruebas de controles y procedimientos sustantivos, que incluyeron

pruebas de detalle y procedimientos analíticos sustantivos, para determinar la idoneidad,

eficacia y eficiencia en la aplicación del control interno en las unidades administrativas, así

como en los procesos, funciones y actividades de la dependencia.

La evaluación se realizó tomando como referencia la Ley de Auditoría y Control Interno

de la Administración Pública de la Ciudad de México publicada en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México núm. 146 Ter el 1o. de septiembre de 2017 y su modificación publicada

en el mismo medio el 27 de noviembre de 2018; los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México publicados en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México el 8 de enero de 2018; el Manual del Proceso General de Fiscalización

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, en lo relativo a la evaluación del

ambiente de control; y el Modelo de Evaluación del Control Interno para la Fiscalización

Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de la Auditoría Superior de la

Ciudad de México, elaborado con base en el Marco Integrado de Control Interno, para ser

aplicado a los sujetos de fiscalización de la Ciudad de México, con objeto de diagnosticar

el estatus de su control interno establecido y proponer acciones de mejora dirigidas

a su fortalecimiento.

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Ambiente de Control

Se identificaron las unidades administrativas de la Jefatura de Gobierno y de la Dirección

General de Administración y Finanzas en la dependencia que estuvieron relacionadas con

la aprobación, modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como

con el pago de las operaciones con cargo al rubro en revisión; las funciones, objetivos,

actividades y procedimientos aplicados; las normas, procesos y estructura orgánica que

proporcionan la base para llevar a cabo el control interno en el sujeto fiscalizado, así

como la normatividad que proporciona disciplina y estructura para apoyar al personal en la

consecución de los objetivos institucionales; y se verificó si la dependencia y su Dirección

General de Administración y Finanzas establecieron y mantuvieron un ambiente de control

que implique una actitud de respaldo hacia el control interno, como se indica a continuación:

Jefatura de Gobierno

1. En 2019, la Jefatura de Gobierno contó con la estructura orgánica núm. D-JGCDMX-

01/010119, dictaminada favorablemente por la Coordinación General de Evaluación,

Modernización y Desarrollo Administrativo (CGEMDA) de la SAF, notificada a la

dependencia por medio del oficio núm. SAF/SSCHA/000001/2019 del 2 de enero de 2019,

vigente a partir del 1o. de enero de 2019; así como con sus modificaciones autorizadas

con los oficios núms. SAF/SSCHA/000554/2019 y SAF/SSCHA/000822 BIS/2019 del

17 de junio y 21 de agosto de 2019, respectivamente, vigentes a partir del 16 de junio

y 16 de agosto de 2019, en ese orden.

En dicha estructura orgánica se previeron 171 plazas: 22 en la Oficina de la Jefatura

de Gobierno, 87 en la Coordinación General del Gabinete de Seguridad Ciudadana y

Procuración de Justicia, 18 en la Dirección General de Organización Técnica e

Institucional, 15 en la Coordinación General de Asesores y Asuntos Internacionales y

29 en la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México.

2. En 2019, la Jefatura de Gobierno contó con dos manuales administrativos (apartados de

organización y de procedimientos). El primero, elaborado conforme al dictamen de estructura

orgánica núm. D-JGCDMX-38/011217, registrado por la entonces Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA) con el núm. MA-25/221118-D-JGCDMX-38/011217,

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notificado a la persona titular de la Jefatura de Gobierno con el oficio

núm. OM/CGMA/3239/2018 del 22 de noviembre de 2018, publicado en la Gaceta Oficial de

la Ciudad de México núm. 461 el 28 de noviembre de 2018 con el “Aviso por el cual se da a

conocer el Enlace Electrónico para consultar el Manual Administrativo de la Jefatura de

Gobierno de la Ciudad de México con Número de Registro: MA-25/221118-D-JGCDMX-

38/011217”, como medio de difusión, conocimiento y aplicación de sus servidores públicos,

y vigente hasta el 19 de diciembre de 2019. El segundo, elaborado conforme al dictamen

de estructura orgánica núm. D-JGCDMX-01/010119, registrado por la CGEMDA con el

núm. MA-17/181019-D-JGCDMX-01/010119, notificado a la titular de la Jefatura de

Gobierno con el oficio núm. SAF/CGEMDA/0017/2019 del 18 de octubre de 2019, y

publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2019, como

medio de difusión, conocimiento y aplicación de sus servidores públicos, en cuya consulta

se constató su publicación y vigencia a partir del día siguiente.

Los manuales citados se integraron por los apartados de marco jurídico de actuación;

atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de estructura básica;

organización, procesos y procedimientos; glosario; y aprobación del manual administrativo.

Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno

1. En 2019, la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno

contó con la estructura orgánica autorizada por la CGEMDA con el dictamen

núm. D-SEAFIN-02/010119 vigente a partir del 1o. de enero de 2019. Dicha estructura

fue notificada a la persona titular de la SAF con el oficio núm. SAF/SSCHA/000002/2019

del 2 de enero de 2019.

En la estructura orgánica referida se previeron 16 plazas: 2 en la Dirección General de

Administración y Finanzas; 4 en la Subdirección de Finanzas; 4 en la Subdirección

de Administración de Capital Humano; 3 en la Coordinación de Recursos Materiales,

Abastecimientos y Servicios; 2 en la Subdirección de Compras y Control de Materiales;

y 1 en la Dirección de Enlace Administrativo en la Comisión para la Reconstrucción de

la Ciudad de México.

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2. En 2019, la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno contó con dos manuales administrativos (apartados de organización y de procedimientos). El primero, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. D-OM-4/2014, registrado por la entonces CGMA con el núm. MA-28/300715-D-OM-04/2014, notificado a la persona titular de la entonces Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México con el oficio núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015, con el “Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Oficialía Mayor, con Número de Registro MA-28/300715-D-OM-4/2014, Validado por la Coordinación General de Modernización Administrativa, mediante Oficio Número OM/CGMA/1427/2015 de Fecha 30 de Julio de 2015, a través de su Enlace Electrónico” y vigente hasta el 7 de octubre 2019. El segundo, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. D-SEAFIN-02/010119, registrado por la CGEMDA con el núm. MA-12/200919-D-SEAFIN-02/010119, notificado a la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas en la SAF con el oficio núm. SAF/SSCHA/CGEMDA/1487/2019 del 20 de septiembre de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 7 de octubre de 2019 con el “Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, con número de registro MA-12/200919-D-SEAFIN-02/010119”, en cuya consulta se verificó su publicación y vigencia a partir del día siguiente.

Los manuales citados se integraron con los apartados de marco jurídico de actuación; atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura básica; organización y procedimientos; glosario; y aprobación del manual administrativo.

3. La Jefatura de Gobierno contó con unidades administrativas encargadas de cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, fiscalización, rendición de cuentas y armonización contable, así como de administrar los recursos humanos y financieros, para lo cual implementó procedimientos específicos que se formalizaron con su registro ante la CGEMDA y se incorporaron a su manual administrativo; dispuso de un programa de capacitación, un Código de Conducta de las Unidades Administrativas adscritas a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 17 de mayo de 2019 y del Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México publicado en el mismo

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medio el 7 de febrero de 2019, difundidos mediante diversos oficios emitidos entre el 8 de febrero y 22 de mayo de 2019, para conocimiento y aplicación de sus servidores públicos; y en sus manuales administrativos se detectaron los mecanismos de control para evaluar el desempeño de su personal.

Se determinó que el componente Ambiente de Control establecido por el sujeto fiscalizado es alto, toda vez que la Jefatura de Gobierno y la Dirección General de Administración y Finanzas en la dependencia contaron con una estructura orgánica, manuales administrativos dictaminados por la CGMA y la CGEMDA y unidades administrativas encargadas de atender, dar seguimiento y cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, fiscalización, rendición de cuentas y armonización contable; así como con un programa de capacitación, un código de ética y un código de conducta, lo que denota que han establecido y mantenido un ambiente de control que implica una actitud de respaldo hacia el control interno; con manuales administrativos y códigos de ética y de conducta publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México como medio de difusión, conocimiento y aplicación de sus servidores públicos; y con manuales administrativos en los que se detectaron mecanismos de control para evaluar el desempeño de su personal.

Administración de Riesgos

Se revisó si la dependencia contó con un Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno (CARECI) que le haya permitido desarrollar respuestas al riesgo, así como administrarlo y controlarlo; y con un Órgano Interno de Control (OIC) que lo vigile y, en su caso, que hubiese practicado auditorías al rubro sujeto a revisión. Los resultados se indican a continuación:

1. La Jefatura de Gobierno contó con un CARECI, el cual fue constituido el 18 de enero de 2018 y tuvo un Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno Institucional publicado en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México el 9 de agosto de 2019; asimismo, contó con unidades administrativas encargadas de atender, dar seguimiento y cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información; un portal de transparencia y ventanilla única en el sitio web de la dependencia; un área de armonización contable; y áreas para la administración de recursos humanos y financieros.

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En el CARECI participó el OIC en la Jefatura de Gobierno, contó con integrantes nombrados o ratificados, propició la implementación de controles internos y dio seguimiento a las observaciones determinadas por el OIC.

2. El OIC en la Jefatura de Gobierno, adscrito a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, dispuso de atribuciones para ejecutar auditorías e intervenciones y control interno al sujeto fiscalizado a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas en materia de adquisiciones, activos fijos, bienes muebles e inmuebles, almacenes, inventarios, egresos, gasto de inversión, pasivos, contabilidad, control presupuestal, pagos, cuentas por liquidar certificadas, sistema de información y registro, estadística, organización, procedimientos, planeación, programación y presupuestación. En su Programa de Auditorías consideró una revisión a la dependencia relativa al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por el ejercicio de 2019, y realizó cuatro auditorías de control interno a la dependencia en dicho ejercicio.

En el Programa Anual de Control Interno (PACI) de la Jefatura de Gobierno, proporcionado por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, no se consideraron para la Jefatura de Gobierno revisiones de control interno relacionadas con el rubro en revisión.

Se determinó que el componente Administración de Riesgos establecido por el sujeto fiscalizado es alto, toda vez que la dependencia contó con mecanismos de control efectivos para garantizar el control de sus operaciones, como son el CARECI, que le permitió desarrollar respuestas al riesgo, así como administrarlo y controlarlo, y el OIC que lo vigiló, el cual auditó el rubro sujeto a revisión en el ejercicio de 2019, y realizó cuatro auditorías de control interno a la dependencia en dicho ejercicio; además, dispuso de un PACI en el que no se consideraron revisiones de control interno relacionadas con el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

Actividades de Control Interno

Se verificó si la Jefatura de Gobierno y la Dirección General de Administración y Finanzas en la dependencia tuvieron procedimientos que les hayan permitido prevenir, minimizar y responder a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del

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rubro en revisión, y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones; y si contaron con actividades de control para asegurarse de que los informes y reportes que genera el sujeto fiscalizado sean presentados oportunamente y con información confiable, como se indica a continuación:

1. En 2019, la Jefatura de Gobierno contó con 5 procedimientos integrados al manual administrativo que la entonces CGMA registró con el núm. MA-25/221118-D-JGCDMX-38/011217, y con 16 procedimientos integrados al manual administrativo registrado con el núm. MA-17/181019-D-JGCDMX-01/010119; y la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno contó con 27 procedimientos integrados al manual administrativo que la entonces CGMA registró con el núm. MA-28/300715-D-OM-04/2014, y con 27 procedimientos integrados al manual administrativo que la CGEMDA registró con el núm. MA-12/200919-D-SEAFIN-02/010119.

Del total de 75 procedimientos que estuvieron vigentes en 2019, 15 tienen relación con los momentos contables del gasto en las operaciones del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y son los que se describen a continuación:

Momento contable Nombre del procedimiento*

Gasto aprobado “Elaborar el Programa Operativo Anual” Gasto modificado “Trámite para solicitar Adecuaciones Presupuestarias”

“Gestionar Adecuaciones Presupuestaria” Gasto comprometido “Realizar Licitación Pública”

“Realizar Invitación Restringida a cuando menos Tres Proveedores” “Realizar Adjudicación Directa”

Gasto devengado “Recepción y Registro de Bienes” “Alta de los Bienes Muebles ante la D.G.R.M.S.G.” “Inventario Físico de Mobiliario y Equipo” “Realizar el Inventario Físico de Mobiliario y Equipo” “Realizar el Alta de los Bienes Muebles ante la D.G.R.M.S.G. en la Secretaría de Administración y Finanzas”

Gastos ejercido y pagado

“Trámite de Pago a través de Cuenta por Liquidar Certificada” “Trámite para solicitar Documentos Múltiples” “Gestionar Documentos Múltiples” “Tramitar Pagos a través de Cuenta por Liquidar Certificada”

* Procedimientos de la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno.

2. Para la operación y desarrollo de sus actividades sustantivas, administrativas y financieras, la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno contó con el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), cuyas políticas y lineamientos de seguridad fueron establecidos por la SAF, como autoridad administradora del sistema.

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Se determinó que el componente Actividades de Control Interno establecido por el sujeto

fiscalizado es alto, toda vez que la Jefatura de Gobierno y la Dirección General de

Administración y Finanzas en la dependencia contaron con procedimientos que les permitieron

prevenir, minimizar y responder a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de

los objetivos y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones del rubro sujeto a revisión.

Información y Comunicación

Se revisó si la Jefatura de Gobierno y la Dirección General de Administración y Finanzas

en la dependencia contaron con líneas de comunicación e información reguladas entre los

mandos medios y superiores con las personas servidoras públicas a su cargo que les

permitieron comunicarles sus responsabilidades, así como los objetivos y metas institucionales;

y si generaron información necesaria, oportuna, veraz y suficiente, tanto al interior como al

exterior del sujeto fiscalizado, como se indica a continuación:

1. De las respuestas al cuestionario de control interno, así como de la información y

documentación analizadas, se determinó que la Jefatura de Gobierno contó con líneas

de comunicación e información reguladas entre los mandos medios y superiores con el

personal a su cargo que le permitieron comunicarles sus responsabilidades, así como

los objetivos y metas institucionales.

2. La dependencia generó reportes e informes sobre la gestión de los recursos humanos

y financieros, así como en materia de transparencia y acceso a la información,

fiscalización, rendición de cuentas y contabilidad gubernamental.

Sin embargo, se presentaron deficiencias, particularmente, en la entrega de informes,

las cuales se detallan en el resultado núm. 4 del presente informe.

3. La Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno contó

con el SAP-GRP para gestionar la información relativa a los recursos financieros y

presupuestales con unidades administrativas externas. Respecto al Sistema de

Armonización de Información y Control (SAIC) para dar seguimiento a los controles

internos observados en las revisiones de la Secretaría de la Contraloría General de la

Ciudad de México, ésta indicó que el sistema no estuvo en operación en 2019.

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Se determinó que el componente Información y Comunicación establecido por el sujeto

fiscalizado es bajo, ya que si bien la dependencia contó con líneas de comunicación e

información reguladas, no generó información necesaria, oportuna, veraz y suficiente

tanto al interior como al exterior.

Supervisión y Mejora Continua

Se verificó si los manuales administrativos de la Jefatura de Gobierno y de la Dirección

General de Administración y Finanzas en la dependencia consideraron actividades de

supervisión a fin de verificar si las operaciones institucionales, por medio de las cuales se

ejercieron recursos del rubro en revisión, se ajustaron a las líneas de mando y actividades

establecidas en los citados manuales administrativos, como se indica a continuación:

1. Con base en las respuestas al cuestionario de control interno, así como de la

información y documentación analizadas, se determinó que la Jefatura de Gobierno

promovió el seguimiento y mejora de los controles internos, y supervisó las actividades

de los servidores públicos respecto de sus funciones y atribuciones, así como que

las operaciones relacionadas con el rubro en revisión cumplieran sus objetivos para

el ejercicio de 2019.

2. El CARECI de la dependencia estableció controles para supervisar las actividades

susceptibles de corrupción y los mecanismos para llevar a cabo autoevaluaciones

para el mejor desarrollo del control interno y cumplimiento de metas y objetivos; sin

embargo, no ha establecido planes y programas para supervisar las actividades de

control interno y las operaciones del rubro en revisión, y no elaboró un programa

de acciones para resolver las problemáticas detectadas.

En su respuesta a la confronta por escrito de fecha 15 de septiembre de 2020, la

Directora General de Administración y Finanzas, en representación de la titular de

la Jefatura de Gobierno, remitió el oficio núm. JGCDMX/DGAF/1068/2020 de la misma

fecha, mediante el cual informó que los trabajos del CARECI fueron suspendidos por

la emergencia del COVID-19; y anexó la circular núm. JGCDMX/DGAF/0032/20 del

23 de marzo de 2020, con la cual la Directora General de Administración y Finanzas

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en la Jefatura de Gobierno informó a las unidades administrativas de la dependencia,

integrantes del CARECI, sobre la cancelación de las sesiones ordinarias y extraordinarias

del CARECI derivado de la declaratoria de emergencia por el COVID-19.

En el análisis de la información y documentación presentadas por la Jefatura de

Gobierno, esta entidad de fiscalización superior de la Ciudad de México determinó

que con motivo de la emergencia sanitaria por el COVID-19, los trabajos de CARECI

no continuaron, por lo que aún no ha establecido planes y programas para supervisar

las actividades de control interno y las operaciones del rubro en revisión, ni elaboró un

programa de acciones para resolver las problemáticas detectadas.

3. En los manuales administrativos de la Jefatura de Gobierno y de la Dirección General

de Administración y Finanzas en la dependencia se encontraron plasmados los tramos de

control y supervisión en los diferentes niveles jerárquicos para el cumplimiento de los

objetivos de la dependencia.

Sin embargo, se presentaron deficiencias en las operaciones del momento contable

del gasto comprometido, que denotaron debilidades en los procesos de supervisión

establecidos, como se detalla en el resultado núm. 4 del presente informe.

Se determinó que el componente Supervisión y Mejora Continua establecido por el sujeto

fiscalizado es medio, ya que si bien la dependencia acreditó haber emprendido acciones

de supervisión y monitoreo para el ejercicio de 2019, su CARECI no ha establecido planes

y programas para supervisar las actividades de control interno y las operaciones del rubro

en revisión, y no elaboró un programa de acciones para resolver las problemáticas

detectadas; y la dependencia presentó deficiencias en las operaciones en el momento

contable del gasto comprometido que denotaron debilidades en los procesos de supervisión

establecidos.

Por lo expuesto, se determinó que el diseño del control interno de la dependencia es alto,

toda vez que el sujeto fiscalizado contó principalmente con riesgos controlados y de

seguimiento, no obstante que se observaron deficiencias en los componentes Información

y Comunicación, pues no generó información necesaria, oportuna, veraz y suficiente tanto

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al interior como al exterior; y Supervisión y Mejora Continua, toda vez que su CARECI no

ha establecido planes y programas para supervisar las actividades de control interno y las

operaciones del rubro en revisión, y no elaboró un programa de acciones para resolver

las problemáticas detectadas; y la dependencia presentó deficiencias en las operaciones en

el momento contable del gasto comprometido, que denotaron debilidades en los procesos

de supervisión establecidos.

En cuanto a su efectividad, el control interno del sujeto fiscalizado es alto, ya que, de manera

general, la dependencia se ajustó a los controles establecidos y cumplió la normatividad

aplicable, aun cuando presentó incumplimientos normativos en el momento contable del gasto

comprometido que impactaron en los componentes Información y Comunicación y Supervisión

y Mejora Continua, como se detalla en el resultado núm. 4 del presente informe.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno establecido y con base en las

herramientas utilizadas, se determinó que el control interno del sujeto fiscalizado es alto,

pues su diseño propició el cumplimiento de la normatividad, y aun cuando presentó

incumplimientos normativos en el momento contable del gasto comprometido, las condiciones

de los componentes de control estuvieron documentadas, lo cual propició una seguridad

en la ejecución de las operaciones y la consecución, en términos generales, de los objetivos

específicos de la dependencia e impactó en el logro de los mismos.

Recomendación ASCM-1-19-1-JG

Es conveniente que la Jefatura de Gobierno, por conducto de la Dirección General de

Administración y Finanzas, implemente mecanismos de control y supervisión para

asegurarse de que su Comité de Administración de Riesgos y Evaluación del Control

Interno cuente con planes y programas para supervisar las actividades de control interno y

sus operaciones y elabore un programa de acciones para resolver problemáticas

detectadas, a fin de fortalecer el control interno.

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Gasto Aprobado

2. Resultado

De conformidad con la norma sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el Consejo

de Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF) y vigentes en 2019, que

actualizaron las normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC),

publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 674 el 11 de septiembre de 2009, el

momento contable del gasto aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias

anuales contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México.

Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y autorización

del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que exista congruencia

entre la documentación soporte, como el POA, el techo presupuestal, el Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos y la autorización del Congreso de la Ciudad de México, se verificó

que el proceso de programación y presupuestación, en específico, en los módulos de

integración por resultados y de integración financiera, así como autorización del presupuesto,

se haya ajustado a la normatividad aplicable; que en el POA del sujeto fiscalizado se haya

reflejado de forma desglosada el presupuesto asignado al rubro en revisión y que éste haya

servido de base para la integración de su anteproyecto de presupuesto anual; que en la

presupuestación del rubro en revisión, se hayan considerado elementos de valoración para

la determinación de sus metas físicas y financieras y que éstas hayan sido congruentes con

las necesidades operativas del sujeto fiscalizado; y que se haya tramitado oportunamente

ante la SAF, la aprobación del anteproyecto y proyecto de presupuesto de egresos

del sujeto fiscalizado, conforme a la normatividad aplicable. Al respecto, se determinó

lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SAF/SE/5000/2018 del 6 de diciembre de 2018, la Subsecretaría

de Egresos de la SAF comunicó a la Dirección Ejecutiva de Administración en la

Jefatura de Gobierno el techo presupuestal preliminar por un monto de 354,802.7 miles

de pesos, de los cuales, 154,837.9 miles de pesos se destinarían a otros gastos, entre

ellos, el correspondiente al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

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La SAF indicó que las fechas límite establecidas para la entrega de los Módulos de

Integración por Resultados y de Integración Financiera serían el 8 y 10 de diciembre

de 2018, respectivamente; y la versión impresa, el 12 de diciembre de 2018.

Mediante el oficio núm. JGCDMX/DEA/1355/2018 del 12 de diciembre de 2018, con

sello de recepción de la misma fecha, la entonces Dirección Ejecutiva de Administración

en la Jefatura de Gobierno remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SAF, en forma

impresa, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2019, en el que se incluyó

la información de los Módulos de Integración por Resultados y de Integración

Financiera, por un monto de 353,383.2 miles de pesos, de los cuales 64,343.7 miles

de pesos fueron destinados al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

2. La estructura del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2019 consideró las

bases para la programación; es decir, incluyó los objetivos, políticas, prioridades y

metas del sujeto fiscalizado; y el presupuesto del rubro sujeto a revisión se programó

en una actividad institucional, de conformidad con el Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2019,

emitido por la Subsecretaría de Egresos de la SAF.

Mediante el oficio núm. JGCDMX/DGAF/0939/2020 del 4 de agosto de 2020, la Dirección

de General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno proporcionó

información y documentación sobre los parámetros y criterios que se consideraron

para estimar las metas física y financiera del capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, tendentes a la creación de la Agencia Digital de Innovación

Pública, la cual se adscribió a la Jefatura de Gobierno a partir del ejercicio de 2019.

Por lo anterior, se determinó que la Jefatura de Gobierno sí consideró elementos de

valoración, como lo fueron la estimación de los recursos para la creación de la Agencia

Digital de Innovación Pública, para determinar la presupuestación del rubro sujeto a

revisión, en cumplimiento de los artículos 24, fracción II; y 25, fracción III, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018; y el Manual

de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2019.

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3. En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 482, Tomo II, del 31 de diciembre

de 2018, se publicó el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la

Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019, en cuyo artículo 5 se estableció que

a la Jefatura de Gobierno se le asignó un presupuesto de 353,383.2 miles de pesos.

4. Mediante el oficio núm. SAF/SE/0052/2019 del 10 de enero de 2019, la Subsecretaría

de Egresos de la SAF comunicó a la Dirección General de Administración y Finanzas

en la Jefatura de Gobierno, el Analítico de Claves y el Decreto por el que se expide el

Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019,

correspondiente al presupuesto aprobado por el Congreso de la Ciudad de México,

por 353,383.2 miles de pesos, de los cuales, 153,418.3 miles de pesos se destinaron

a otros gastos, entre ellos el correspondiente al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, por 64,343.7 miles de pesos.

5. Con los oficios núms. SAF/SE/0330/2019 y SAF/SE/0588/2019 del 28 de enero

y 11 de febrero de 2019, respectivamente, la Subsecretaría de Egresos de la SAF

comunicó Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno,

el calendario presupuestal y el POA definitivos para el ejercicio fiscal de 2019,

respectivamente, por un monto de 353,383.2 miles de pesos, que coincidió con el

indicado en el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de

México para el Ejercicio Fiscal 2019 y en la Cuenta Pública de la Ciudad de México

de 2019.

6. En el Analítico de Claves se asignaron 64,343.7 miles de pesos al capítulo 5000

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, los cuales fueron reportados en el Informe

de Cuenta Pública 2019 de la Jefatura de Gobierno; a la partida 5151 “Equipo de

Cómputo y de Tecnologías de la Información”, seleccionada como muestra, se le asignaron

32,000.0 miles de pesos, los cuales se programó ejercer en el eje, finalidad, función,

subfunción y actividad institucional del POA que se indican a continuación:

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(Miles de pesos)

Eje / Finalidad / Función / Subfunción / Actividad institucional Importe

Partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” 5 “Efectividad, Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción”

1 “Gobierno” 3 “Coordinación de la Política de Gobierno”

1 “Presidencia/Gubernatura” 304 “Coordinación y seguimiento de políticas sectoriales” 32,000.0

Otras dos partidas 32,343.7

Total del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 64,343.7

Por lo anterior, se concluye que la Jefatura de Gobierno estimó originalmente recursos

para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por 64,343.7 miles de

pesos, los cuales programó ejercer en tres partidas de gasto, entre ellas, la 5151 “Equipo

de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, seleccionada para su revisión; y

consideró elementos de valoración en el proceso de programación-presupuestación de los

recursos del rubro sujeto a revisión.

Gasto Modificado

3. Resultado

De conformidad con la norma séptima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2019, el momento contable del gasto modificado refleja la

asignación presupuestaria que resulta de incorporar el registro de las adecuaciones

presupuestarias autorizadas por la SAF y que afectan las asignaciones previstas en el

presupuesto aprobado.

Se verificó que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones del

presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento

de metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable. Para ello se analizaron

cinco afectaciones presupuestarias y su documentación soporte, a fin de verificar que las

modificaciones al presupuesto original asignado al rubro en revisión se hayan sujetado a

los montos aprobados y contado con las justificaciones y autorizaciones correspondientes,

en las que se identificaran las causas que las originaron; y que dichas afectaciones

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presupuestarias hayan sido consecuencia de un proceso de programación, presupuestación y

calendarización eficiente, y hayan contribuido al cumplimiento de las metas y objetivos del

sujeto fiscalizado. Al respecto, se observó lo siguiente:

1. En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2019, la Jefatura de Gobierno

reportó en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” un presupuesto

original de 64,343.7 miles de pesos, el cual tuvo una disminución de 62,912.2 miles

de pesos (97.8%), para quedar en 1,431.5 miles de pesos, importe que fue ejercido

en su totalidad por el sujeto fiscalizado, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Cantidad de movimientos

Importe Parcial Total

Presupuesto original

64,343.7 Más:

Adiciones compensadas 8 1,628.8 1,628.8

Menos: Reducciones compensadas 3 (64,343.7) Reducciones líquidas 6 (197.3) (64,541.0)

Modificación neta

(62,912.2)

Presupuestos modificado y ejercido 1,431.5

Los movimientos se soportaron con cinco afectaciones presupuestarias autorizadas

por la SAF, por conducto de la Dirección General de Gasto Eficiente “A”, en el caso de

las afectaciones compensadas; y por medio de la Dirección General de Planeación

Presupuestaria, Control y Evaluación del Gasto, cuando se trató de afectaciones

líquidas, ambas áreas de la Subsecretaría de Egresos de la SAF, en cumplimiento de

los artículos 75, fracción IX; y 81, fracción XIV, del Reglamento Interior del Poder

Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México publicado en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México núm. 1 Bis el 2 de enero de 2019; y de los numerales

78 y 80 del apartado A, “De las Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”;

y 81 y 84 del apartado B, “De las Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la

Sección Tercera, “De las Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la

Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de octubre

de 2018, ambos vigentes en 2019.

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Las afectaciones programático-presupuestarias con las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” fueron elaboradas, registradas, autorizadas y tramitadas en el sistema SAP-GRP establecido por la SAF para tal efecto y por los servidores públicos facultados para ello, en cumplimiento del artículo 87 de Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México publicada en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México núm. 482, Tomo II, el 31 de diciembre de 2018 y vigente en 2019.

2. En el análisis de las afectaciones presupuestarías con las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se observó que las justificaciones de los movimientos consistieron en lo siguiente:

a) Las adiciones compensadas, por un monto de 1,628.8 miles pesos, tuvieron por objeto adquirir muebles de oficina y estantería; equipo de cómputo y tecnologías

de la información; equipos y aparatos audiovisuales; equipo de comunicación y telecomunicación; y equipos de generación electrónica, aparatos y accesorios eléctricos, tales como computadoras, sillas plegables, mesas multiusos, no break, bocinas, laptops, mezclador digital, controlador de micrófono, base portaluces, etc.

b) Las reducciones compensadas, por un monto de 64,343.7 miles de pesos, se gestionaron en cumplimiento del artículo sexto transitorio del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019, que estableció dentro del presupuesto de la Jefatura de Gobierno la cantidad de 186,924,697.00 pesos para la creación de la Agencia Digital de Innovación Pública.

c) Las reducciones líquidas, por un monto de 197.3 miles de pesos, tuvieron por objeto aprovechar de manera óptima los recursos autorizados en el presupuesto de 2019 y dar cumplimiento al numeral 2, inciso b, de la Circular de Cierre núm. SAFCDMX/SE/011/2019 del 2 de octubre de 2019.

3. Los movimientos registrados en las afectaciones contribuyeron al cumplimiento de los objetivos y metas programados, toda vez que tuvieron por objeto destinar recursos para la creación de la Agencia Digital de Innovación Pública en atención al Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el

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Ejercicio Fiscal 2019, de conformidad con los artículos 86, fracciones I y II, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y 37, fracción IV, de su Reglamento, ambos vigentes en 2019.

Por lo expuesto, se determinó que la disminución por 62,912.2 miles de pesos realizada al presupuesto asignado al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por 64,343.7 miles de pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 1,431.5 miles de pesos, se sujetó a los montos aprobados y contó con las justificaciones correspondientes, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México vigente en 2019; que los montos de los presupuestos autorizado, modificado y ejercido por la Jefatura de Gobierno coinciden con los reportados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2019; y que las afectaciones presupuestarias se realizaron para el cumplimiento de los objetivos y metas

programados y atendieron la situación extraordinaria que fue la creación de la Agencia Digital de Innovación Pública.

Gasto Comprometido

4. Resultado

De conformidad con la norma octava de las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el CONSAC-DF y vigentes en 2019, el momento contable del gasto comprometido refleja el registro de los documentos que considera la aprobación de la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes.

Con objeto de verificar que los procesos de programación y reporte de las operaciones a las instancias correspondientes se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se verificó que los reportes mensuales de presupuesto comprometido se hayan presentado a la SAF en los plazos establecidos y que las cifras reportadas concordaran con las operaciones del sujeto fiscalizado; que el PAAAPS se haya presentado a la instancia administrativa correspondiente y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en los plazos

establecidos, que sus modificaciones se hayan capturado en el sitio web establecido para

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tal efecto y que las cantidades reportadas concordaran con las operaciones del sujeto fiscalizado; y que los informes sobre las operaciones realizadas al amparo de los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019 se hayan presentado a la instancia administrativa correspondiente.

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

1. Mediante el oficio núm. JGCDMX/DGA/0105/2019 (sic) del 17 de enero de 2019,

la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno remitió el PAAAPS 2019 de la dependencia a la Dirección General de Planeación Presupuestaria, Control y Evaluación del Gasto de la Subsecretaría de Egresos de la SAF, para su validación y autorización, de conformidad con el artículo 19, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

Con el oficio núm. SAF/SE/DGPPCEG/0190/2019 (sic) del 24 de enero de 2019,

la SAF comunicó a la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno la aprobación del PAAAPS, por un importe de 156,983.9 miles de pesos, en virtud de que se sujetó a los importes autorizados mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019.

2. De conformidad con el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2019, los montos máximos de adjudicación directa y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores aplicables a la Jefatura de Gobierno ascendieron a 260.0 miles de pesos y 3,840.0 miles de pesos, en ese orden, para el ejercicio de 2019.

3. Con el oficio núm. JGCDMX/DGA/0154/2019 (sic) del 29 de enero de 2019, con sello

de recibido de la misma fecha, la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SAF, el PAAAPS de 2019 de la dependencia, acompañado de la copia de validación y autorización presupuestal emitida por la SAF, en cumplimiento del numeral 4.2.1, párrafo segundo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

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y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015) publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 179, Tomo I, el 18 de septiembre

de 2015 y vigente hasta el 2 de agosto de 2019.

4. La Jefatura de Gobierno publicó su PAAAPS de 2019 en la Gaceta Oficial la Ciudad

de México núm. 22, Tomo I, el 31 de enero de 2019, en cumplimiento del artículo 19,

párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

5. El PAAAPS de 2019 de la Jefatura de Gobierno y los montos máximos de actuación, se presentaron al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios en la primera sesión ordinaria de 2019, celebrada el 1o. de febrero de 2019, en cumplimiento del numeral 4.1.10, fracciones V y IX, Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015) vigente hasta el 2 de agosto de 2019.

6. La Dirección General de Administración y Finanzas en la dependencia capturó en el sitio web establecido por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SAF, las modificaciones a su PAAAPS, así como las síntesis que identificaron los movimientos efectuados a los cuatro trimestres de 2019, correspondientes a los trimestres primero, tercero y cuarto dentro del plazo establecido, y las del segundo trimestre con un desfase de 12 días.

En su respuesta a la confronta por escrito de fecha 15 de septiembre de 2020, la Directora General de Administración y Finanzas, en representación de la titular de la Jefatura de Gobierno, remitió el oficio núm. JGCDMX/DGAF/1068/2020 de la misma fecha, al que anexó el oficio núm. JGCDMX/DGAF/1027/2019 del 10 de julio de 2019, mediante el cual la Dirección General de Administración y Finanzas en la dependencia solicitó a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la SAF una prórroga para la entrega del PAAAPS en su versión modificada correspondiente al segundo trimestre del ejercicio de 2019, debido a que la página de internet en la que se realiza dicha modificación no estaba funcionando correctamente; asimismo, anexó impresión de la captura de pantalla con la leyenda “No se puede acceder

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a este sitio web”, y la captura de pantalla del envío de la copia de conocimiento vía correo electrónico de dicha solicitud de prórroga al OIC en la dependencia.

En el análisis de la documentación proporcionada por la Jefatura de Gobierno, esta entidad de fiscalización superior de la Ciudad de México determinó que si bien solicitó prórroga para la entrega del PAAAPS en su versión modificada correspondiente al segundo trimestre del ejercicio de 2019, debido a que la página de internet en la que se realiza dicha modificación no estaba funcionando correctamente, no acreditó que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la SAF haya concedido dicha prórroga ni que hubiese enviado impreso dicho informe en el plazo establecido, señalando que se realizaba en esa forma en razón de las fallas técnicas que presentaba la página de internet, por lo que la presente observación no se modifica.

Por no haber capturado las modificaciones y la síntesis que identificaron los movimientos

efectuados a su PAAAPS correspondientes al segundo trimestre de 2019 en el sitio web establecido por la SAF dentro del plazo establecido, la Jefatura de Gobierno incumplió el numeral 4.2.1, párrafo último, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015) vigente hasta el 2 de agosto de 2019, que establece lo siguiente:

“4.2.1. […] Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los primeros diez días hábiles posteriores del mes inmediato al período que se reporta.”

En las modificaciones al PAAAPS correspondientes al segundo, tercero y cuarto trimestre de 2019, se incluyó la información relativa a los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4 y DEAS-02-2019-C8, derivados del contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019, seleccionados como muestra, relacionado con la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”.

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Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

En 2019, la Jefatura de Gobierno remitió a la SAF, y vía correo electrónico al OIC

en la dependencia y a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la SAF, los informes mensuales sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de

servicios realizadas con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2019 dentro del plazo establecido, y éstos reflejaron las

operaciones del sujeto fiscalizado.

Reportes Mensuales del Presupuesto Comprometido

La Jefatura de Gobierno presentó a la Dirección General de Gasto Eficiente “A” de la SAF

los reportes mensuales del presupuesto comprometido de enero a diciembre de 2019 en

el plazo establecido, de conformidad con el artículo 63 de la Ley de Austeridad,

Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de

México vigente en 2019.

Los reportes del presupuesto comprometido consignaron los recursos fiscales, crediticios

y provenientes de transferencias federales que se encontraban comprometidos a la fecha

de su presentación por la Jefatura de Gobierno y reflejaron las operaciones de la dependencia.

Por lo anterior, se concluye que la Jefatura de Gobierno elaboró y publicó en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México su PAAAPS de 2019, obtuvo su validación presupuestal

por parte de la SAF y remitió los reportes del presupuesto comprometido en el plazo

establecido; sin embargo, no capturó oportunamente las modificaciones a su PAAAPS del

segundo trimestre de 2019.

Recomendación ASCM-1-19-2-JG

Es necesario que la Jefatura de Gobierno, por conducto de la Dirección General de

Administración y Finanzas, implemente mecanismos de control y supervisión para asegurarse

de que las modificaciones trimestrales de su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios se capturen en el plazo y sitio web establecidos para tal efecto,

conforme a la Circular Uno 2019, Normatividad en materia de Administración de Recursos.

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5. Resultado

Con objeto de comprobar que los procesos de solicitud, autorización, adjudicación

y contratación de las operaciones, u otro que justifique el compromiso, se hayan sujetado

a la normatividad que los regula, se verificó si las requisiciones de bienes dispusieron de

suficiencia presupuestal en las partidas seleccionadas como muestra; si las adquisiciones

de bienes se ajustaron a los procedimientos de adjudicación (directa, invitación restringida

a cuando menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional) o, en su

caso, de adquisición y contratación consolidados, y si dichos procedimientos se sujetaron

a lo establecido en la normatividad aplicable; si los contratos se elaboraron en los plazos y

con los requisitos establecidos en la normatividad, y si se formalizaron con proveedores

que hayan entregado la totalidad de la documentación relativa, que hayan manifestado que

se encontraron al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales, que no se encontraran

inhabilitados por las autoridades administrativas correspondientes y que hayan presentado

las garantías correspondientes en los plazos establecidos conforme a la normatividad

aplicable; si el sujeto fiscalizado no contrajo compromisos que implicaran obligaciones

anteriores a la fecha en que se suscribieron los instrumentos jurídicos correspondientes ni

suscribió convenios modificatorios de los contratos con proveedores por montos, plazos

y un porcentaje diferente al establecido en la normatividad; si la documentación legal y

administrativa de los proveedores adjudicados se recabó y se encuentra debidamente

integrada y resguardada; y si se tuvo la autorización expresa por la persona titular del

sujeto fiscalizado, y la justificación fundada y motivada para realizar procedimientos

de adjudicación directa por excepción a la licitación pública.

En 2019, la Jefatura de Gobierno ejerció 1,431.5 miles de pesos con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, de los cuales se determinó revisar un

monto de 330.4 miles de pesos (23.1% del total del capítulo), que correspondió a la

partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”.

En la revisión de los expedientes de los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4

y DEAS-02-2019-C8, derivados del contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019,

formalizados por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales en la

SAF con Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V., con cargo a la partida

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5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” seleccionada como

muestra, por un importe de 330.4 miles de pesos, se constató que el procedimiento de

adquisición consolidada se llevó de la manera siguiente:

1. El 1o. de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales en la SAF publicó la convocatoria de la licitación pública internacional

núm. SSCHA-DGRMSG-LP-01-19 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para

la adquisición consolidada de PC de escritorio para la instalación en los Puntos de

Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES), de acuerdo con los requisitos

del artículo 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

2. Las bases de la licitación pública internacional consolidada núm. SSCHA-DGRMSG-

LP-01-19, para la adquisición de PC de escritorio para la instalación en los PILARES,

describieron las etapas del procedimiento, los requisitos para participar e información

de los bienes, entre otros requisitos, de conformidad con el artículo 33 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

3. Los eventos de la licitación pública internacional consolidada núm. SSCHA-DGRMSG-

LP-01-19 se llevaron a cabo por la SAF en la Sala de Licitaciones de su Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales. La junta y acta de aclaración

de bases se celebró el 11 de febrero de 2019; el acto de la presentación y apertura de

propuesta técnicas y económicas e información legal, el 15 de febrero de 2019; y la

emisión del fallo de la licitación, el 19 de febrero de 2019. En todos los eventos se contó

con la presencia del representante del Órgano Interno de Control en la SAF.

Derivado del fallo de la licitación pública internacional consolidada

núm. SSCHA-DGRMSG-LP-01-19, la SAF adjudicó a la persona jurídica Coordinación

de Servicios en Informática, S.A. de C.V., la adquisición de PC de escritorio

para la instalación en los PILARES, toda vez que cumplió cuantitativamente

y cualitativamente la documentación legal y administrativa y las propuestas técnica y

económica las bases del concurso; así como por haber ofertado el precio más bajo.

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4. El 20 de febrero de 2019, la SAF suscribió con la persona jurídica Coordinación

de Servicios en Informática, S.A. de C.V., el contrato administrativo consolidado

núm. DEAS-02-2019 por un monto de 9,790.4 miles de pesos (IVA incluido), para la

adquisición de 800 PC de escritorio para la instalación en los PILARES, a cargo de

la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, con una vigencia

del 20 de agosto al 31 de diciembre de 2019.

Dicho instrumento jurídico fue suscrito por los servidores públicos de la SAF

facultados para tal efecto dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la

emisión del fallo de la licitación pública internacional, de conformidad con el artículo 59,

párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; y cumplió los

requisitos establecidos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal, ambos vigentes en 2019.

5. El proveedor presentó la garantía de cumplimiento (póliza de fianza) por el 15.0% del

importe del contrato (sin considerar contribuciones), la cual fue expedida en favor de

la SAF por afianzadora autorizada para garantizar el cumplimiento de las obligaciones

establecidas en el instrumento jurídico celebrado, de conformidad con el artículo 73,

fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

6. En el análisis de la documentación legal y administrativa que presentó el proveedor

adjudicado, se constató que contó con el escrito de cumplimiento de obligaciones

fiscales en la Ciudad de México, y el escrito bajo protesta de decir verdad de que se

encontraba al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que éstas

se habían cubierto conforme a la normatividad correspondiente, de conformidad con el

artículo 58, párrafo último, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones,

Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México vigente en 2019.

7. En la consulta realizada por este órgano superior de fiscalización de la Ciudad de México

a las páginas de internet de la de la Secretaría de la Contraloría General de

la Ciudad de México (http://cgservicios.df.gob.mx/contraloria/consultaHistoricos.php) y

de la Secretaría de la Función Pública (https://directoriosancionados.funcionpublica.

gob.mx/SanFicTec/jsp/Ficha_Tecnica/SancionadosN.htm), no se detectaron registros

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relativos a que el proveedor Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.,

se encontrara inhabilitado para presentar propuestas o celebrar contratos en materia

de adquisición de bienes, de conformidad con el artículo 39, fracción X, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

8. Con los oficios núms. JGCDMX/DGAF/1104/2019 y JGCDMX/DGAF/1151/2019 del

23 de julio y 1o. de agosto de 2019, la Dirección General de Administración y Finanzas en

la Jefatura de Gobierno solicitó a la persona titular de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales en la SAF, considerar la adhesión de la Jefatura de

Gobierno al contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019, para la adquisición

de 20 PC de escritorio, indicando que contaba con suficiencia presupuestal por

244.7 miles de pesos.

Las solicitudes estuvieron acompañadas del formato “Anexo 2. Formato Único para la

Contratación Consolidada”, el cual indicó que se requerían 20 PC de escritorio y contó

con los nombres, cargos y firmas del Responsable del Almacén, de la Subdirección de

Compras y Control de Materiales como área requirente, de la Subdirección de Finanzas,

y de la Dirección General de Administración y Finanzas como área administrativa que

lo autoriza; asimismo, dicho formato dispuso del sello de “No Existencia en el Almacén”.

El 7 de agosto 2019, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales en la SAF y la Dirección General de Administración y Finanzas en la

Jefatura de Gobierno suscribieron con la persona jurídica Coordinación de Servicios

en Informática, S.A. de C.V., el convenio modificatorio al contrato administrativo

consolidado núm. DEAS-02-2019-C4, para la adquisición de 20 PC de escritorio, por

un monto de 244.7 miles de pesos (IVA incluido), de conformidad con la cláusula

Décima Octava, “Modificaciones al Contrato”, del contrato administrativo consolidado

núm. DEAS-02-2019; y con los artículos 65, párrafo último; y 67 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

La persona jurídica Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V., presentó a

la SAF la actualización de la garantía de cumplimiento (póliza de fianza) por el 15.0%

de importe del contrato (sin considerar contribuciones), la cual fue expedida a favor de

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la dependencia, por una afianzadora autorizada para garantizar el cumplimiento del

convenio modificatorio núm. DEAS-02-2019-C4, de conformidad con la cláusula

Décima Tercera, “Garantía de Cumplimiento”, del contrato administrativo consolidado

núm. DEAS-02-2019, y el artículo 61, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2019.

9. Mediante el oficio núm. JGCDMX/DGAF/1416/2019 del 13 de septiembre de 2019, la

Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno solicitó

una vez más a la persona titular de la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales en la SAF, considerar la adhesión de la Jefatura de Gobierno al

contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019, para la adquisición de 7 PC

de escritorio, indicando que contaba con suficiencia presupuestal por 85.7 miles de pesos.

La solicitud estuvo acompañada del formato “Anexo 2. Formato Único para la Contratación

Consolidada”, el cual indicó que se requerían 7 PC de escritorio y contó con los

nombres, cargos y firmas, del Responsable del Almacén, de la Subdirección de Compras

y Control de Materiales como área requirente, de la Subdirección de Finanzas, y de la

Dirección General de Administración y Finanzas como área administrativa que lo

autoriza; asimismo, dicho formato dispuso del sello de “No Existencia en el Almacén”.

El 20 de septiembre 2019, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales en la SAF y la Dirección General de Administración y Finanzas en la

Jefatura de Gobierno suscribieron con la persona jurídica Coordinación de Servicios

en Informática, S.A. de C.V., el convenio modificatorio al contrato administrativo

consolidado núm. DEAS-02-2019-C8, para la adquisición de 7 de PC de escritorio, por

un monto de 85.7 miles de pesos (IVA incluido), de conformidad con la cláusula

Décima Octava, “Modificaciones al Contrato”, del contrato administrativo consolidado

núm. DEAS-02-2019, y los artículos 65, párrafo último; y 67 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2019.

La persona jurídica Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V., presentó

a las SAF la actualización de la garantía de cumplimiento (póliza de fianza) por el

15.0% de importe del contrato (sin considerar contribuciones), la cual fue expedida

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a favor de la dependencia, por una afianzadora autorizada para garantizar el

cumplimiento del convenio modificatorio núm. DEAS-02-2019-C8, de conformidad con

la cláusula Décima Tercera, “Garantía de Cumplimiento”, del contrato administrativo

consolidado núm. DEAS-02-2019, y el artículo 61, del Reglamento de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

Por lo anterior, se concluye que la Jefatura de Gobierno contó con suficiencia presupuestal

en la partida seleccionada como muestra, se adhirió al contrato administrativo consolidado

que celebró la SAF y suscribió dos convenios modificatorios que justificaron la adquisición

de bienes con cargo a la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la

Información”.

Gasto Devengado

6. Resultado

De conformidad con la norma novena de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2019, el momento contable del gasto devengado refleja

el registro de la solicitud de la CLC o documento equivalente, debidamente aprobado por

la autoridad competente de las Unidades Responsables del Gasto, mediante el cual

reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de

bienes adquiridos; así como de las obligaciones que derivan de leyes, decretos, resoluciones

y sentencias definitivas.

Se constató que los pagos realizados con cargo al presupuesto del sujeto fiscalizado se

encontraran debidamente soportados con la documentación e información que comprueben

la recepción de los bienes, conforme a la normatividad aplicable y en cumplimiento de los

instrumentos jurídicos formalizados, específicamente que los bienes se hayan recibido

oportunamente a entera satisfacción y que correspondan al objeto y a las condiciones

establecidas en los contratos celebrados. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Se constató el cumplimiento del Anexo 2, “Calendario de Entregas y Cantidades a Entregar

por Unidad Administrativa”, de los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4

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y DEAS-02-2019-C8 del contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019, por

medio de las remisiones núms. 126 y 1007-19 del 13 de septiembre y 7 de noviembre

de 2019, respectivamente, con sello de recepción en el Almacén Central de la Jefatura de

Gobierno de esas fechas, así como con las Actas Circunstanciadas de Recepción

de Bienes Consolidados 2019 con folios DEAS-02-2019-C4/01 y DEAS-02-2019-C8/01

del 13 de septiembre y 7 de noviembre de 2019, en ese orden, en las que se indicó que el proveedor realizó la entrega total de 27 PC de escritorio (desktop), en el lugar y

dentro de las fechas establecidas en el Anexo 2, y que los equipos cumplieron las

especificaciones pactadas en los convenios modificatorios.

2. Mediante el oficio núm. JGCDMX/DGAF/0982/2020 del 14 de agosto de 2020, la

Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno

proporcionó a esta entidad de fiscalización evidencia fotográfica de las 27 PC de

escritorio adquiridas mediante los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4

y DEAS-02-2019-C8, derivados del contrato administrativo consolidado

núm. DEAS-02-2019, en las que se apreció los números de serie de los CPU coinciden

con los asentados en las remisiones núms. 126 y 1007-19, y Actas Circunstanciadas

de Recepción de Bienes Consolidados 2019 con folios DEAS-02-2019-C4/01 y

DEAS-02-2019-C8/01. Ello denota que los equipos están operando y se destinaron al

cumplimiento las acciones previamente determinadas, en cumplimiento del artículo 72

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019.

Por lo anterior, se concluye que para los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4 y

DEAS-02-2019-C8, derivados del contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019, la

Jefatura de Gobierno contó con la documentación e información que comprobó la recepción

de los bienes de acuerdo con la normatividad aplicable y con los instrumentos jurídicos

formalizados; y que dichos bienes se encuentran en operación.

7. Resultado

Con objeto de verificar si la Jefatura de Gobierno contó con evidencia de la entrada y

salida del almacén de los bienes patrimoniales adquiridos durante 2019 y con los

resguardos correspondientes a dichos bienes; y si registró en su padrón inventarial de

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bienes instrumentales la información de dichos bienes, se revisó la documentación que

soporta las entradas y salidas del almacén, así como el padrón inventarial de la dependencia.

Sobre el particular, se observó lo siguiente:

1. Las 27 PC de escritorio que amparan los comprobantes físcales núms. FD 4368 y

FD 4469, expedidos por la persona jurídica Coordinación de Servicios en Informática,

S.A. de C.V., ingresaron al almacén de la Jefatura de Gobierno mediante las

remisiones núms. 126 y 1007-19 del 13 de septiembre y 7 de noviembre de 2019.

Dichas remisiones detallaron la descripción de los bienes, cantidad y número de serie

y cuentan con el nombre, cargo y firma del responsable del almacén central de la

dependencia y sello de recepción del Almacén Central de la Jefatura de Gobierno.

Mediante los formatos “Vale de Salida del Almacén” núms. 000774 del 25 de septiembre

de 2019, y 000048 y 000060 del 11 y 14 de febrero de 2020, respectivamente, se

realizó la salida del almacén de la Jefatura de Gobierno de las 27 PC de escritorio

seleccionadas como muestra, las cuales fueron solicitadas y recibidas por la Dirección

General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno. Los formatos contaron

con la autorización del Jefe de Unidad Departamental de Almacenes y Abastecimientos

y del Subdirector de Compras y Control de Materiales de la dependencia.

2. Las 27 PC de escritorio seleccionadas como muestra contaron con el Comprobante

de Reguardo de Bienes Muebles del 12 de marzo de 2020, por medio del cual

la Subdirección de Compras y Control de Materiales de la Dirección General de

Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno recibió bajo su resguardo las

27 PC de escritorio adquiridas, de conformidad con el numeral 8.3.2.1, párrafo primero,

de la Circular Uno 2019, Normatividad en materia de Administración de Recursos,

vigente a partir del 3 de agosto de 2019.

3. Las 27 PC de escritorio contaron con la clave del Catálogo de Bienes Muebles y

Servicios de la Ciudad de México (CABMSCDMX) y se encontraron identificadas en el

padrón inventarial de la Jefatura de Gobierno, en cumplimiento del numeral 8.3.1.1 de

la Circular Uno 2019, Normatividad en materia de Administración de Recursos,

vigente a partir del 3 de agosto de 2019.

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4. El padrón inventarial de la Jefatura de Gobierno se encontró actualizado con el conjunto de registros de los bienes instrumentales que recibió y que conformaron su patrimonio en 2019, de acuerdo con los numerales 8.1.5 y 8.1.6 de la Circular Uno 2019, Normatividad en materia de Administración de Recursos, vigente a partir del 3 de agosto de 2019.

5. Mediante el oficio núm. JGCDMX/DGAF/0775/2020 del 29 de junio de 2020, la Dirección General de Administración y Finanzas en la Jefatura de Gobierno solicitó a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SAF, el aseguramiento de las 27 PC de escritorio, en cumplimiento del numeral 9.6.2 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno 2015) vigente hasta el 2 de agosto de 2019.

Por lo anterior, se concluye que la Jefatura de Gobierno dispuso del resguardo de los bienes patrimoniales asignados a sus servidores públicos, los cuales se encuentran en operación, con la clave CABMSCDMX e identificados en el padrón inventarial de la dependencia, por lo que éste se encontró actualizado.

Gasto Ejercido

8. Resultado

De conformidad con la norma décima de las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el CONSAC-DF y vigentes en 2019, el momento contable del gasto ejercido refleja el registro de una CLC o documento equivalente debidamente aprobado por la autoridad competente.

Con objeto de comprobar que se haya expedido y resguardado la documentación soporte comprobatoria de las operaciones y que ésta reúna los requisitos establecidos en la normatividad aplicable, se verificó que no se hayan efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores o de pasivos sin que éstos se hubieran registrado y reportado a la SAF en el ejercicio en que se devengaron; que se hayan aplicado las penas convencionales

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o sanciones a los proveedores por incumplimiento de los contratos y, en su caso, se hayan aplicado en las CLC tales sanciones o descuentos o que se hubieran hecho efectivas las garantías correspondientes; que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago a nombre del Gobierno de la Ciudad de México, con los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación vigente en 2019; que se haya expedido, resguardado y conservado la documentación original comprobatoria de los pagos realizados; en su caso, que el pago de anticipos se haya informado a la SAF para el registro presupuestal correspondiente; que el gasto se haya registrado presupuestalmente con cargo a la partida que le corresponde de acuerdo con su naturaleza y al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2019; que los recursos no devengados al 31 de diciembre del ejercicio fiscalizado, hayan sido enterados a la SAF en los plazos establecidos; y que las CLC indiquen el importe, fuente de financiamiento, temporalidad,

número de oficio mediante el cual se autorizó por la persona titular y que hayan cumplido los requisitos establecidos en la normatividad aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Las CLC núms. 01 C0 01 101753 y 01 C0 01 101754, ambas emitidas el 31 de diciembre de 2019, por un monto de 330.4 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, fueron tramitadas para pagar al proveedor Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V., la adquisición de 27 PC de escritorio, al amparo de los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4 y DEAS-02-2019-C8, seleccionados como muestra, derivados del contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019, y se encontraron soportadas con los comprobantes fiscales núms. FD 4368 y FD 4469, expedidos a nombre del Gobierno de la Ciudad de México, y con los documentos que acreditaron la entrega de los bienes a resguardo de la Jefatura de Gobierno.

Las CLC revisadas fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados para ello y contaron con los comprobantes fiscales correspondientes en resguardo de la Jefatura de Gobierno.

2. Los comprobantes fiscales revisados reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2019; y se constató su autenticidad por medio de la consulta realizada en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

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3. El registro presupuestal del pago de los bienes pactados en los convenios seleccionados como muestra se realizó en la partida de gasto que correspondió y atendió a la naturaleza de las operaciones, conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal y en cumplimiento del artículo 51, párrafo primero, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, ambos vigentes en 2019.

4. Las cifras reportadas por la Jefatura de Gobierno coinciden con lo reflejado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2019, en cumplimiento del artículo 51, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, y con el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México, ambos vigentes en 2019.

5. Mediante el oficio núm. JGCDMX/DGAF/0032/2020 del 8 de enero de 2019, con sello de recibido en la misma fecha, la Jefatura de Gobierno informó a la SAF del pasivo circulante para el ejercicio de 2019.

El pasivo correspondió a los compromisos no cubiertos por la Jefatura de Gobierno durante el ejercicio de 2019, y se reportó dentro del plazo establecido en el oficio circular de cierre núm. CIRCULAR SAFCDMX/SE/011/2019 del 2 de octubre de 2019, signado por la Subsecretaría de Egresos de la SAF, en cumplimiento del artículo 67 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México vigente en 2019.

6. Al 31 de diciembre de 2019, la Jefatura de Gobierno no tuvo recursos no devengados que tuviera que enterar a la SAF, relacionados con la muestra revisada.

Por lo anterior, se concluye que la Jefatura de Gobierno dispuso de la documentación comprobatoria original de los pagos efectuados por la adquisición de los bienes, la cual cumplió los requisitos fiscales y administrativos establecidos en la normatividad aplicable; registró presupuestalmente el pago de los bienes adquiridos en la partida correspondiente de acuerdo con su naturaleza; y reportó cifras que coinciden con las reflejadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2019.

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Gasto Pagado

9. Resultado

De conformidad con la norma undécima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal implementadas por el

CONSAC-DF y vigentes en 2019, el momento contable del gasto pagado refleja el registro

de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago documentadas mediante CLC

o documento equivalente, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier

otro medio de pago.

Con objeto de comprobar que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan

extinguido mediante el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento

de la normatividad aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la

obligación, se verificó la efectiva extinción de las obligaciones de pago a cargo del sujeto

fiscalizado; y que dichos pagos se hayan realizado por los medios establecidos en la

normatividad aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. En la revisión de los “Reportes de Pago de 2019” emitidos por el SAP-GRP, se constató

que las obligaciones de los convenios modificatorios núms. DEAS-02-2019-C4 y

DEAS-02-2019-C8, derivados del contrato administrativo consolidado núm. DEAS-02-2019,

suscritos con la persona jurídica Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.,

por la adquisición de 27 PC de escritorio, fueron liquidadas mediante transferencias

electrónicas, con cargo al presupuesto de la Jefatura de Gobierno en 2019 y, por tanto,

canceladas sus obligaciones.

2. En las operaciones revisadas como muestra de auditoría, se verificó que la persona

jurídica Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V., cumplió sus

obligaciones contractuales, por lo que no fue necesario aplicarle sanciones o penas

convencionales.

Con base en lo anterior, se concluye que el proveedor recibió el pago por los bienes

entregados y pactados en los instrumentos jurídicos seleccionados.

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RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron nueve resultados; de éstos, dos resultados generaron dos observaciones,

las cuales corresponden a dos recomendaciones.

La información contenida en el presente apartado refleja los resultados derivados de la

auditoría que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y procedimientos

de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones adicionales producto de

los procesos institucionales, de la recepción de denuncias y del ejercicio de las funciones

de investigación y sustanciación a cargo de esta entidad de fiscalización superior.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación e información presentadas por el sujeto fiscalizado mediante el oficio

núm. JGCDMX/DGAF/1068/2020 del 15 de septiembre de 2020 aclaró y justificó parcialmente

las observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el

Informe de Resultados de Auditoría para Confronta, por lo que se modificaron los resultados

como se plasman en el presente Informe Individual, que forma parte del Informe General

Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad

de México.

DICTAMEN

La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y

lineamientos de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales

del Sistema de Fiscalización; las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras

Superiores, emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores;

y demás disposiciones de orden e interés públicos aplicables a la práctica de la auditoría.

Este dictamen se emite el 6 de octubre de 2020, fecha de conclusión de los trabajos de

auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado,

que es responsable de su veracidad. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría,

cuyo objetivo fue verificar que el presupuesto aplicado por la Jefatura de Gobierno con

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cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se haya aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, de acuerdo con la normatividad y

ordenamientos aplicables, y específicamente respecto de la muestra revisada que se

establece en el apartado relativo al alcance y determinación de la muestra, se concluye

que, en términos generales, el sujeto fiscalizado cumplió parcialmente las disposiciones

legales y normativas aplicables en la materia.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización

Superior de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas

servidoras públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la

realización de la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

Mtra. María Guadalupe Xolalpa García Directora General

Mtro. Christian Tinajero Santana Director de Auditoría “C”

C.P. Patricia Carmela Rodríguez Pérez Subdirectora de Área

L.C. Rafael Martínez Rodríguez Auditor Fiscalizador “D”

C.P. Bezaleel Baranda Ibáñez Auditor Fiscalizador “B”