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HOJA 1ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013 En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Ugao-Miraballes, a veintiocho de mayo de dos mil trece, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. EKAITZ MENTXAKA CORRAL y con la asistencia de los Sres. Concejales siguientes: D. ETOR IDIRIN ERCILLA Dª. ANA-MAITE FERNANDEZ OTAMENDI D. JUAN-LUIS ERCILLA ECHAVE Dª. NEREA SOLAGUREN SALAZAR D. JON-IÑAKI LARRABIDE GUINEA Dª. FELICIDAD BAHILLO MORAN Dª. UDIARRAGA ABRISKETA LICERANZU Dª. IZASKUN URIARTE BEITIA D. JUAN-ANTONIO LANDAIDA LOPEZ DE MUNAIN Dando fe del acto el Secretario D. IÑIGO ALEGRIA ITURRI, se celebra Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento en primera convocatoria, y siendo las dieciocho horas y treinta minutos, se declara públicamente abierta la Sesión, pasándose a tratar seguidamente de los asuntos que figuran en el Orden del Día: 1º.- DAR CUENTA DEL ACTA BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR DE FECHA 30-04-13.- Dada cuenta del Acta Borrador de la Sesión anterior de fecha 30-04-13, previa lectura de la misma. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: APROBARLA, ordenando su trascripción por medios mecánicos, de conformidad con el artº. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y acuerdo plenario de 25-02-97. 2º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DICTADAS EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN. El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes resoluciones, que fueron ratificadas por la unanimidad de los concejales presentes.

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HOJA 1ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Ugao-Miraballes, a veintiocho de mayo de dos mil trece, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. EKAITZ MENTXAKA CORRAL y con la asistencia de los Sres. Concejales siguientes:

D. ETOR IDIRIN ERCILLA

Dª. ANA-MAITE FERNANDEZ OTAMENDI

D. JUAN-LUIS ERCILLA ECHAVE

Dª. NEREA SOLAGUREN SALAZAR D. JON-IÑAKI LARRABIDE GUINEA Dª. FELICIDAD BAHILLO MORAN

Dª. UDIARRAGA ABRISKETA LICERANZU Dª. IZASKUN URIARTE BEITIA D. JUAN-ANTONIO LANDAIDA LOPEZ DE MUNAIN

Dando fe del acto el Secretario D. IÑIGO ALEGRIA ITURRI, se celebra

Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento en primera convocatoria, y siendo las dieciocho horas y treinta minutos, se declara públicamente abierta la Sesión, pasándose a tratar seguidamente de los asuntos que figuran en el Orden del Día:

1º.- DAR CUENTA DEL ACTA BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR DE FECHA 30-04-13.- Dada cuenta del Acta Borrador de la Sesión anterior de fecha 30-04-13, previa lectura de la misma. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBARLA, ordenando su trascripción por medios mecánicos, de conformidad con el artº. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y acuerdo plenario de 25-02-97.

2º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DICTADAS EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN.

El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la

LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes resoluciones, que fueron ratificadas por la unanimidad de los concejales presentes.

HOJA 2ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

2.1 Decreto de Alcaldía nº 78/13 de fecha 29-04-2013 Aprobando la relación de facturas nº 04/13, por un importe de 320.038,68 €.

2.2 Decreto de Alcaldía nº 79/13 de fecha 03-05-2013 Resolviendo: PRIMERO: NOMBRAR funcionario interino en el puesto de Auxiliar Administrativo de Servicios Generales, Escala de Admón.General, subescala Auxiliar Administrativo, perteneciente al grupo C2, Perfil Lingüístico 2, a Dª. LIERNI MADARIETA ABURRUZA, con efectos de fecha 06-05-2013. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público. SEGUNDO: CONDICIONAR el presente nombramiento a la preceptiva toma de posesión, que se materializará el día 06-05-2013, a las 8:00 horas en la sede de Alcaldía-Presidencia. TERCERO: APROBAR la bolsa de trabajo que queda de la siguiente manera:

Num. NOMBRE Y APELLIDOS PUNTUACION OPOSICION

PUNTUACION CONCURSO

TOTAL

1 URIA SOLAUN, AINHOA 6,89 3,8 10,69

2 LANGAS PINTO, MIGUEL-ANGEL 6,00 4,5 10,50

3 FERNANDEZ MARTINEZ, Mª CARMEN 6,00 4,4 10,04

4 GARRIDO RUIZ, MANUELA 6,00 4,1 10,01

5 LIZARAZU ITURRIOZ, AINARA 6,00 3,5 9,50

6 VERGEL TALEGON, NAGORE 5,33 4 9,33

7 MADARIETA ABURRUZA, LIERNI 5,00 4,3 9,30

8 MALAXAETXEBARRIA BASURTO, NAGORE 5,56 3 8,56

9 MARTINEZ DEL OLMO, RAFAEL 5,56 3 8,56

10 TARDON GIL, MARIA JOSE 6,22 2,1 8,32

11 CARNERO SESMA, MIREN-NEREA 5,11 3 8,11

12 LARRAÑAGA AGUIRREZABAL, EGOI 6,44 1,6 8,04

13 LLANO CASTRILLO, VIRGINIA 6,00 2 8,00

14 MARTINEZ IBARROLA, LANDER 5,78 2 7,78

15 GANZABAL CUESTA, UNAI 5,78 2 7,78

16 URIARTE LEJARRAGA, JURDANA 5,56 2 7,56

17 COSGAYA OLEA, DAVID 5,44 2 7,44

18 ELORZA ZORROZUA, ITZIAR 5,00 2,3 7,30

19 GARCIA ARRIETA, ASIER 5,11 2 7,11 20 BARRENENGOA PAGAZAURTUNDUA, ARANTZA 5,67 1 6,67

21 ESTRADA FUENTES, BALENDI 5,00 1 6,00

22 JAUREGUI BARAÑANO,JOSEBA-KOLDO 5,11 0 5,11

CUARTO: NOTIFICAR la presente Resolución a la interesada y al Delegado de Personal Funcionario de este Ayuntamiento.

2.3 Decreto de Alcaldía nº 80/13 de fecha 03-05-2013 Resolviendo:

HOJA 3ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

CONTRATAR con la Correduría Marsh, póliza de accidentes en relación con la “VI Herri Krosa”, siendo el periodo de cobertura del 5 de mayo de 2013 al 6 de mayo de 2012.

2.4 Decreto de Alcaldía nº 81/13 de fecha 06-05-2013 Resolviendo: PRIMERO: INVITAR a las empresas Bikailan Construcciones y Reformas, Bermeo Construcciones Lujuma y Laumora Construcciones, para que presenten ofertas para las obras de “Reparación del desprendimiento en la ladera de Usila-Beretxa. SEGUNDO: APROBAR un gasto de 24.790,04 € con cargo al ejercicio presupuestario de 2013.

2.5 Decreto de Alcaldía nº 82/13 de fecha 08-05-2013 Resolviendo:

PRIMERO: REQUERIR a la empresa “RECURSOS UTILIZADOS PARA VENDER”,S.L, para que en el plazo máximo de UN MES, a contar desde el día siguiente de recibir esta notificación, retire el citado vehículo de la vía pública.

SEGUNDO: ADVERTIR a la empresa “RECURSOS UTILIZADOS PARA VENDER”,S.L, que en caso de no retirar su vehículo de la vía pública, en el plazo indicado, será tratado como Residuo Sólido Urbano, y por lo tanto como deshecho para desguace.

TERCERO: COMUNICAR a la empresa “RECURSOS UTILIZADOS PARA VENDER”,S.L que, si manifiesta de forma expresa su voluntad de abandonar el vehículo, el Ayuntamiento se encargará de la retirada del mismo de la vía pública y de su transporte al desguace, previa presentación de la baja en la Jefatura de Tráfico.

CUARTO: NOTIFICAR esta Resolución a la empresa “RECURSOS UTILIZADOS

PARA VENDER”,S.L, significándole que, contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto, o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en virtud de la distribución de competencias previstas en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (B.O.E., núm. 167 de 14 de julio de 1998), en el plazo de dos meses contados, igualmente, a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.2, 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( B.O.E. número 285 de 27 de noviembre de 1992), en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. número 12 de 14 de enero de 1999).

2.6 Decreto de Alcaldía nº 83/13 de fecha 09-05-2013 Resolviendo:

HOJA 4ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:

-EDGARDO GUERRERO DAVILA

-PAUL GIANFRANCO GUERRERO LINARES

SEGUNDO: Dar audiencia a la interesados/as. TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a los interesados, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que los interesados puedan alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en

cualquiera de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.7 Decreto de Alcaldía nº 84/13 de fecha 09-05-2013 Resolviendo: PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de

Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:

-Mª LOURDES SAN JUAN REY

-JOSE IGNACIO VAZQUEZ SAN JUAN

SEGUNDO: Dar audiencia a los/as interesados/as.

TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a los/as interesados/as, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que los/as interesados/as puedan alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en

cualquiera de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.8 Decreto de Alcaldía nº 85/13 de fecha 09-05-2013

HOJA 5ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER, a D. Fernando Heppe Azkoaga, licencia para ocupar 12 m2 de la vía pública, mediante la instalación de sillas y mesas frente al Bar “Aker” que regenta en C/ Barrena, nº 3, para un periodo anual, con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador-Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe E de la “Ordenanza Reguladora de Tasas por la utilización privativa o Aprovechamientos Especiales de Suelo, Vuelo y Subsuelo de las Vías Públicas Municipales”.

SEGUNDO: RECORDAR al solicitante, D. Fernando Heppe Azkoaga, que el horario de

instalación de mesas y sillas frente al Bar “ Aker”, se iniciará de lunes a sábado, a partir de las doce horas y no superará las 23 horas de los sábados y las vísperas de festivos y las 22 horas de los demás días de la semana.

TERCERO: RECORDAR al solicitante, D. Fernando Heppe Azkoaga, que deberá

mantener, durante todo el día, el espacio ocupado en las debidas condiciones de limpieza e higiene, seguridad y ornato. Una vez retirada las mesas y sillas deberá dejar la zona ocupada en perfecto estado de limpieza.

CUARTO: RECORDAR al solicitante, D. Fernando Heppe Azkoaga, que la licencia

tendrá carácter de precario y el Ayuntamiento podrá ordenar, de forma razonada, la retirada de la vía pública, con cargo al particular, de las instalaciones autorizadas, cuando circunstancias de tráfico, urbanización o cualquier otra de interés general o municipal así lo aconsejen y sin derecho a indemnización alguna.

QUINTO: RECORDAR al solicitante, D. Fernando Heppe Azkoaga, que no se le permite

la instalación de aparato musical alguno en el exterior del bar y deberá adoptar las medidas necesarias para que no se produzcan molestias por ruidos.

SEXTO: RECORDAR al solicitante, D. Fernando Heppe Azkoaga que la instalación de

mesas y sillas no puede obstaculizar el paso de peatones.

SEPTIMO: RECORDAR al solicitante, D. Fernando Heppe Azkoaga, que queda prohibida la publicidad en cualquiera de los elementos que componen la terraza, así como en sus distintos elementos auxiliares.

2.9 Decreto de Alcaldía Nº 86/13 de fecha 09-05-2013 Resolviendo:

OTORGAR a D. José-Ramón Ortiz Otaola, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en su vivienda de C/ Torre de Ugao, nº 32-2º “D”, consistentes en el cambio de un ventanal de la misma, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.10 Decreto de Alcaldía nº 87/13 de fecha 09-05-2013 Resolviendo: OTORGAR a D. Juan-Luis Muñoz Santamaria, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en su vivienda de C/Torre de Ugao, nº 8-2º “B”, consistentes en el cambio determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

HOJA 6ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

2.11 Decreto de Alcaldía nº 88/13 de fecha 09-05-2013 Resolviendo:

OTORGAR a D. Julián Vicente Núñez, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en su vivienda de C/ Udiárraga, nº 63-A-4º “A”, consistentes en el cambio de la bañera por plato de ducha del cuarto de baño de la misma, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.12 Decreto de Alcaldía nº 89/13 de fecha 10-05-2013

Resolviendo:

1.- Delegar a favor de Dª. ANA MAITE FERNANDEZ OTAMENDI Concejala del Ayuntamiento de Ugao - Miraballes, la facultad para autorizar el matrimonio de D. JESUS Mª RUIZ DOCASAR y Dª. AINHOA HIDALGO CARRASCOSA a celebrar el próximo día 8 de junio de 2013 en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, condicionado a la resolución judicial de autorización del matrimonio.

2.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima Sesión que

celebre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

3.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Bizkaia, con los

efectos previstos en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

4.-Dar traslado del presente Decreto a los interesados así como a Dª. ANA

MAITE FERNANDEZ OTAMENDI.

2.13 Decreto de Alcaldía nº 90/13 de fecha 13-05-2013 Resolviendo: PRIMERO: ADJUDICAR el contrato para realizar la 1ª fase de las obras de “Reparación de los daños ocasionados por las lluvias de enero-febrero de 2013 en la ladera y camino de Beretxa”, a la Empresa Construcciones “Laumora, S.L.”. SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo a las empresas Bikailan Construcciones y Reformas S.L.L., Bermeo Construcciones Lujuma y a Construcciones “Laumora, S.L.”.

2.14 Decreto de Alcaldía nº 91/13 de fecha 13-05-2013 Resolviendo:

PRIMERO: Al objeto de clarificar las responsabilidades que pudieran derivarse de los hechos denunciados, CONCEDER a Gobierno Vasco, un plazo de audiencia de diez días a contar desde el día siguiente al de recibir la notificación de este acuerdo, al objeto de que formulen las alegaciones y/o aporten los documentos que estimen pertinentes para su defensa, todo ello con carácter previo a dictar resolución que proceda.

HOJA 7ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

SEGUNDO: NOTIFICAR La presente resolución a Gobierno Vasco, adjuntando copia de

las facturas. TERCERO: EVALUAR y RECLAMAR a ese Departamento de Gobierno Vasco, los

daños y perjuicios ocasionados a los bienes municipales, por el siguiente concepto: 29.691,74 € Liquidación definitiva de reparación del Saneamiento en el callejón de C/

Udiarraga, nº 35. Se le comunica que si decide realizar el pago voluntario de forma anticipada, la forma de

pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes: BBK 2095 0164 26 2053000667 siendo el CIF de este Ayuntamiento: P-4807600-D.

Una vez realizado el abono de dicha cantidad, deberá remitirse a este Ayuntamiento de

Ugao-Miraballes, copia del justificante bancario de la transferencia realizada, a efectos de la resolución y terminación de dicho procedimiento.

2.15 Decreto de Alcaldía nº 92/13 de fecha 16-05-2013 Resolviendo: PRIMERO: CONCEDER, a Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, licencia para ocupar 20 m2 de la vía pública, mediante la instalación de sillas y mesas frente al Bar “Nasai” que regenta en Gernikako Enparantza, nº 1, para un periodo de cinco meses, con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador-Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe E de la “Ordenanza Reguladora de Tasas por la utilización privativa o Aprovechamientos Especiales de Suelo, Vuelo y Subsuelo de las Vías Públicas Municipales”.

SEGUNDO: RECORDAR a la solicitante, Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, que el

horario de instalación de mesas y sillas frente al Bar “ Nasai”, se iniciará de lunes a sábado, a partir de las doce horas y no superará las 23 horas de los sábados y las vísperas de festivos y las 22 horas de los demás días de la semana.

TERCERO: RECORDAR a la solicitante, Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, que

deberá mantener, durante todo el día, el espacio ocupado en las debidas condiciones de limpieza e higiene, seguridad y ornato. Una vez retirada las mesas y sillas deberá dejar la zona ocupada en perfecto estado de limpieza.

CUARTO: RECORDAR a la solicitante, Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, que la

licencia tendrá carácter de precario y el Ayuntamiento podrá ordenar, de forma razonada, la retirada de la vía pública, con cargo al particular, de las instalaciones autorizadas, cuando circunstancias de tráfico, urbanización o cualquier otra de interés general o municipal así lo aconsejen y sin derecho a indemnización alguna.

QUINTO: RECORDAR a la solicitante, Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, que no

se le permite la instalación de aparato musical alguno en el exterior del bar y deberá adoptar las medidas necesarias para que no se produzcan molestias por ruidos.

SEXTO: RECORDAR a la solicitante, Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, que la

instalación de mesas y sillas no puede obstaculizar el paso de peatones.

HOJA 8ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

SEPTIMO: RECORDAR a la solicitante, Dña. Inmaculada Abrisqueta Castañiza, que queda prohibida la publicidad en cualquiera de los elementos que componen la terraza, así como en sus distintos elementos auxiliares.

2.16 Decreto de Alcaldía nº 93/13 de fecha 16-05-2013

Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER, a D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, licencia para ocupar 20 m2 de la vía pública, mediante la instalación de sillas y mesas frente al Bar “Guria” que regenta en la Calle Udiárraga, nº 26, por un periodo de abril a octubre, con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador-Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe E de la “Ordenanza Reguladora de Tasas por la utilización privativa o Aprovechamientos Especiales de Suelo, Vuelo y Subsuelo de las Vías Públicas Municipales”.

SEGUNDO: RECORDAR al solicitante, D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, que el

horario de instalación de mesas y sillas frente al Bar “ Guria”, se iniciará de lunes a sábado, a partir de las doce horas y no superará las 23 horas de los sábados y las vísperas de festivos y las 22 horas de los demás días de la semana.

TERCERO: RECORDAR al solicitante, D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, que

deberá mantener, durante todo el día, el espacio ocupado en las debidas condiciones de limpieza e higiene, seguridad y ornato. Una vez retirada las mesas y sillas deberá dejar la zona ocupada en perfecto estado de limpieza.

CUARTO: RECORDAR al solicitante, D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, que la

licencia tendrá carácter de precario y el Ayuntamiento podrá ordenar, de forma razonada, la retirada de la vía pública, con cargo al particular, de las instalaciones autorizadas, cuando circunstancias de tráfico, urbanización o cualquier otra de interés general o municipal así lo aconsejen y sin derecho a indemnización alguna.

QUINTO: RECORDAR al solicitante, D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, que no se

le permite la instalación de aparato musical alguno en el exterior del bar y deberá adoptar las medidas necesarias para que no se produzcan molestias por ruidos.

SEXTO: RECORDAR al solicitante, D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, que la

instalación de mesas y sillas no puede obstaculizar el paso de peatones. SEPTIMO: RECORDAR al solicitante, D. Carmelo Rekakoetxea Aguirrezabala, que

queda prohibida la publicidad en cualquiera de los elementos que componen la terraza, así como en sus distintos elementos auxiliares.

2.17 Decreto de Alcaldía nº 94/13 de fecha 17-05-2013 Resolviendo: PRIMERO: AUTORIZAR a D. Lander Trápaga Corral, autorización para que el día 15 de junio de 2013 realice los actos solicitados para la tercera edición del homenaje que se hace a tres jóvenes fallecidos de este municipio de Ugao-Miraballes: Jon Canibe, Jon Pérez e Iker Beitia. SEGUNDO: RECORDAR a D. Lander Trápaga Corral, que para poder realizar dichos actos deberá:

HOJA 9ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

-Mantener los espacios destinados para su uso, en las condiciones de seguridad, salubridad e higiene. -No causar molestias al vecindario. -Comunicar a este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, cualquier problema o incidencia que pudiese surgir en la celebración de los actos previstos. TERCERO: NOTIFICAR esta Resolución a D. Lander Trápaga Corral.

2.18 Decreto de Alcaldía nº 95/13 de fecha 20-05-2013 Resolviendo

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:

LUCILENE NERI DA SILVA

WALID BARRI NERI

SEGUNDO: Dar audiencia a los/as interesados/as.

TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a los/as interesados/as, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que los/as interesados/as puedan alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en cualquiera

de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.19 Decreto de Alcaldía nº 96/13 de fecha 21-05-2013 Resolviendo:

1.- Delegar a favor de D. JON IÑAKI LARRABIDE GUIEA Concejal del Ayuntamiento de Ugao - Miraballes, la facultad para autorizar el matrimonio de D. ALBERTO EGUILUZ PURAS y Dª. SAIOA MORILLA YENES a celebrar el próximo día 6 de julio de 2013 en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, condicionado a la resolución judicial de autorización del matrimonio.

2.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima Sesión que celebre de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

HOJA 10ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

3.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Bizkaia, con los efectos previstos en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

4.-Dar traslado del presente Decreto a los interesados así como a D. JON IÑAKI

LARRABIDE GUINEA.

2.20 Decreto de Alcaldía nº 97/13 de fecha 24-05-2013 Convocando al Ayuntamiento Pleno a Sesión Ordinaria para el día 28-05-2013.

3º.- DAR CUENTA DEL ESTUDIO DE DETALLE PARA IES DE UGAO-MIRABALLES BHI, PARA LA OBRA DEL NUEVO CENTRO DE SECUNDARIA.

Dada cuenta que Don Jon Iñaki Zuazo Arana, responsable del Area de

Instalaciones y Mantenimiento de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento Vasco de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha remitido a este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, para su tramitación, Estudio de Detalle para IES de Ugao-Miraballes BHI, para la obra del nuevo Centro de Secundaria redactado por los Arquitectos; Don Iñigo Azcarate y Don Miguel Angel Blanco.

Este Estudio de Detalle tiene en cuenta el artículo 21 de las Ordenanzas reguladoras del Plan Parcial del Sector 3 –Usila y trata de complementar la segunda modificación de este Plan Parcial ya que tiene por objeto, “establecer las alineaciones máximas y ordenación de volúmenes edificatorios máximos en la zona de sistemas locales del Plan Parcial del Sector 3, Usila en Ugao-Miraballes”.

Por el Arquitecto Asesor Municipal, el día 20 de mayo de 2013, se emite informe favorable.

Teniendo en cuenta los artículos 65 y 66 del Reglamento de Planeamiento y los artículos 73 y 98 de la Ley 2/2006 de 30 de junio, Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco.

Vista la propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Euskera y de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle en la zona de

sistemas locales del Plan Parcial de Sector 3 –Usila; debiendo estarse a lo dispuesto en el informe emitido por el Arquitecto Asesor Municipal.

HOJA 11ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

SEGUNDO: Someter el proyecto de Estudio de Detalle en la zona de sistemas locales del Plan Parcial de Sector 3 –Usila; a información pública durante veinte días, mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de Bizkaia y en uno de los diarios de mayor circulación del Territorio Histórico de Bizkaia, a fin de que quienes se consideren afectados puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus intereses, estando a su disposición el expediente administrativo y la documentación técnica en las oficinas municipales.

TERCERO: Notificar este acuerdo, a Don Jon Iñaki Zuazo Arana,

“responsable del Area de Instalaciones y Mantenimiento de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento Vasco de Educación, Política Lingüística y Cultura”, y a los demás interesados, con el fin de que en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la notificación, puedan examinar el expediente y formular alegaciones.

4º.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE D. ANGEL

LARREA AÑIBARRO, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE “FAMILIA LARREA,S.L.”, DE LICENCIA PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE “BAR”, EN C/ TORRE DE UGAO, Nº 23.

Dada cuenta de la solicitud de licencia de actividad, formulada por Don

Angel Larrea Añibarro; en representación de “Familia Larrea,S.L.”, para instalar en el local sito en la calle Torre de Ugao, nº 23; una actividad destinada a “Bar”.

Junto a dicha solicitud presenta Proyecto de reforma y actividad de local

destinado a Bar”, redactado por el Arquitecto, Don Manuel J. Negrín Ormaetxea.

Una vez cumplimentado por el señor Larrea; lo requerido por la

Dirección Territorial de Bizkaia del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco; se ha emitido el día 2 de abril de 2013 por esa Dirección, informe favorable.

Visto el informe favorable emitido por el Departamento Foral de Medio

Ambiente, de fecha 20 de mayo de 2013, en el que se indican las medidas correctoras a adoptar por el solicitante.

Igualmente se ha emitido informe, por el Aparejador Municipal, Don

José-Félix Ramsden Iraurgui, de 15 de mayo de 2012, en el que se señala que debe cumplir una serie de medidas correctoras para el adecuado ejercicio de dicha actividad.

HOJA 12ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

Considerando que la actividad en cuestión, es una actividad clasificada sometida a licencia de actividad, según el artículo 55 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de Protección General del Medio Ambiente, modificada por la Ley 7/2012, de 23 de abril, al estar incluida dentro del Anexo II que recoge las actividades clasificadas.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Orden de 15 de mazo de 2002, por la que se regulan las condiciones sanitarias y la clasificación de los comedores colectivos y de los establecimientos no industriales de elaboración de comidas preparadas para consumidor final en la CAPV.

Habiéndose abonado 424,38 euros en concepto de tasa (epígrafe D) de

la Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades Administrativas.

Atendido el parecer favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: AUTORIZAR en la calle Torre de Ugao, nº 23, la actividad destinada a “Bar”, a Don Angel Larrea Añibarro, en representación de “Familia Larrea,S.L.”, siempre y cuando se observen cuantas disposiciones legales de carácter general y de policía local , en especial el informe técnico, afecten a la actividad de que se trata.

SEGUNDO: RECORDAR al solicitante, Don Angel Larrea Añibarro; que la actividad proyectada no podrá ponerse en funcionamiento hasta que girada visita de comprobación por los Técnicos Municipales se acredite la eficacia y la seguridad de las medidas complementarias que se establecen en el informe técnico municipal y que deberá comunicar la fecha en la que podrá girarse la visita de comprobación. En especial, la extracción de humos no está correctamente ejecutada y se deberá proceder a su correcta ejecución.

TERCERO: Deberá solicitar la correspondiente autorización sanitaria/comunicación previa de inicio de actividad de bar (grupoI) en la Dirección Territorial de Bizkaia del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco.

5º.- DAR CUENTA DEL ACTA DE ARQUEO MUNICIPAL AL 30-04-2013

Dada cuenta del Acta de Arqueo de Fondos Municipales a 30 de abril de 2013; cuyo resumen de resultados es el siguiente:

HOJA 13ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

Existencia anterior al período............................ 1.086.658,46 € Total de Ingresos ................................................................ 311.892,50 € Pagos ..................................................................... 582.459,14 € TOTAL EXISTENCIAS AL 31-05-2013.................... 816.091,82 €

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior; de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: APROBAR el Acta de Arqueo de Fondos Municipales, del 31 de mayo de 2013, con las cantidades que se expresan en la misma. 6º.- DAR CUENTA DE LA CUENTA DE TESORERÍA DEL PRESUPUESTO

MUNICIPAL Y DE OPERACIONES EXTRAPRESUPUESTARIAS DEL 1º TRIMESTRE DE 2013.

Dado conocimiento de las Cuentas de Tesorería del Presupuesto

Municipal y de Operaciones Extrapresupuestarias, relativas al primer trimestre de 2013:

Cuentas de Tesorería Operaciones Extrapresupuestarias

Existencias en el Presupuesto Municipal al final del trimestre anterior (31/12/2012)

983.753,40€ 558.192,88€

ingresos realizados durante ese trimestre

1.019.470,31€ 132.810,64€

Pagos en este trimestre 1.515.047,56€ 92.521,21€

Existencias a 31-03-2013 488.176,15€ 598.482,31€

Teniendo en cuenta estos datos y que las Cuentas están

suficientemente justificadas y de conformidad con la propuesta de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y de Personal y Régimen Interior y de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBAR, la Cuenta de Tesorería del Presupuesto Municipal y de Operaciones Extrapresupuestarias, correspondiente al primer trimestre de 2013, con las cantidades que aparecen en las mismas.

HOJA 14ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

7º.- DAR CUENTA DE LA 3ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE

“URBANIZACIÓN DE LA U.E. 10 ARANA Y LUPARDO, FASE I).

Dada cuenta de la tercera certificación de las obras de “Urbanización de la U.E.10 Arana y Lupardo”; en este municipio de Ugao-Miraballes; por importe de 172.773,35 euros, expedida por el Aparejador Municipal, Don José Félix Ramsden; de conformidad con el contratista adjudicatario, de la UTE Hemendik Construcciones S.L. y Excavaciones y Obras de Diego S.L.”

Vista la propuesta favorable de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior.

El Ayuntamiento pleno, por unanimidad acuerda:

APROBAR la tercera certificación de las obras de “Urbanización de la

U.E. 10 Arana y Lupardo”; por importe de 172.773,354 euros (IVA incluido) expedida a favor del contratista adjudicatario, de la UTE Hemendik Construcciones S.L. y Excavaciones y Obras de Diego S.L.”

8º.- DAR CUENTA DE LA 4ª CERTIFICACIÓN DE LAS OBRAS DE

“MEJORA DE LOS ACCESOS A LA BI-625, MEJORA DE INTERSECCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PASO INFERIOR BAJO EL FERROCARRIL DE LA CALLE BARRENA”.

Dada cuenta de la cuarta certificación de las obras de “Mejora de los

accesos a la BI-625 y ampliación del túnel de Renfe en la calle Barrena”); en este municipio de Ugao-Miraballes; por importe de 175.870,91 euros, expedida por el Aparejador Municipal, Don José Félix Ramsden; de conformidad con el contratista adjudicatario, de la UTE Ugaoko Tunela.

Vista la propuesta favorable de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior, a excepción de Bildu, que se posiciona en Pleno.

Doña Izaskun Uriarte Beitia, concejal por Bildu, toma la palabra y

anuncia que su grupo municipal va a votar en contra.

El Ayuntamiento pleno, con el voto favorable de los seis concejales del grupo municipal EAJ-PNV acuerda: APROBAR la cuarta certificación de las obras de de “Mejora de los accesos a la BI-625 y ampliación del túnel de Renfe en la calle Barrena”; por

HOJA 15ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

importe de 175.870,91 euros (IVA incluido) expedida a favor del contratista adjudicatario, de la UTE Ugaoko Tunela 9º.- DAR CUENTA DE LA CERTIFICACIÓN-LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS

DE “REPARACIÓN DE LA RED DE SANEAMIENTO DEL ARROYO DIMUTIO”.

Dada cuenta de la certificación-liquidación de las obras “Reparación en

la red de saneamiento del arroyo Dimutio”; por importe de 16.828,61 euros, expedida por el Aparejador Municipal, Don José Félix Ramsden; de conformidad con el contratista adjudicatario, Edurko S.L”.

Vista la propuesta favorable de la Comisión Informativa Especial de

Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior y de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBAR la certificación-liquidación de las obras de “Reparación en la red de saneamiento del arroyo Dimutio”; por importe de 16.828,61 euros (IVA incluido) expedida a favor del contratista adjudicatario, “Edurko, S.L.”

10º.- DAR CUENTA DEL CONVENIO ENTRE LA SECRETARIA TÉCNICA DE UDALSAREA 21 IHOBE,S.A. Y EL AYUNTAMIENTO DE UGAO-MIRABALLES, PARA LA CESIÓN DEL USO DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA “MUGI 21.V3.1

Examinado el convenio entre la Secretaria Técnica de Udalsarea 21

Ihobe,S.A. y el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, para la cesión del uso de la aplicación informática “MUGI 21.v3.1.

Atendido que el objeto de este convenio, es la concesión por parte de la Sociedad Pública Ihobe S.A., en calidad de Secretaría Técnica de Udalsarea 21, Red Vasca de municipio hacia la sostenibilidad, de una licencia intransferible y no exclusiva para el uso de la aplicación informática MUGI 21 v,3,1, por personal de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, para que pueda gestionar la Agenda Local 21 , en el marco de Udalsarea 21, mientras este Ayuntamiento sea socio de la Red Vasca de Municipios hacia la sostenibilidad.

Atendida la propuesta favorable de la Comisión Informativa de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración

APROBAR en sus propios términos del Convenio entre la Secretaria Técnica de Udalsarea 21 Ihobe,S.A. y el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, para la cesión del uso de la aplicación informática “MUGI 21.v3.1.

HOJA 16ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

11º.- DAR CUENTA DE LA PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE

TRABAJO DEL AÑO 2013.

En el Pleno celebrado el día 30 de abril de 2013, se aprobó inicialmente el presupuesto y se acordó, a propuesta del señor Alcalde, que tanto la plantilla como la relación de puestos de trabajo fuesen tratados en otra sesión plenaria, una vez oído el grupo municipal Bildu quien comentó que estos documentos no estaban con la documentación que se les entregó del Presupuesto.

Tanto la plantilla como la relación de puestos de trabajo para el año

2013 fueron entregadas a los representantes de los empleados públicos (funcionarios y personal laboral) de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes.

Se da cuenta de la plantilla y de la relación de puestos de trabajo de

este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes para el ejercicio 2013 que quedan integrados tal y como se recogen en el Anexo I de esta acuerdo.

Atendido que la plantilla es el conjunto de plazas creadas por la

Corporación Local agrupadas en Cuerpos, Escalas, Subescalas, clases y categorías en lo funcionarial y los diversos grupos de clasificación en lo laboral, de acuerdo con la estructura establecida por la normativa aplicable.

El artículo 74 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que "las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos".

Según establece la Ley 6/1989 de 6 de junio, de la Función Pública

Vasca (en adelante LFPV) en sus artículos 13 y siguientes, la relación de puesto de trabajo es “el instrumento mediante el cual las Administraciones Públicas Vascas racionalizan y ordenan sus estructuras internas, determinan sus necesidades de personal, definen los requisitos exigidos para su desempleo y clasifican cada uno de ellos.

Atendido que de conformidad con la Disposición Transitoria Séptima, en

el plazo de un año de la entrada en vigor de la Ley de la Fundación Pública Vasca, las Administraciones Públicas deben elaborar y aprobar sus relaciones de puestos de trabajo.

HOJA 17ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

De conformidad con lo establecido por el artículo 90.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, las Corporaciones Locales están obligadas a formar la relación de todos los puestos existentes en su organización, de acuerdo con las normas que establezca el Estado para su confección.

Atendido que las relaciones de puestos de trabajo “deberán incluir la

totalidad de los existentes que se hallen dotados presupuestariamente, distinguiendo los reservados a funcionarios, a personal laboral fijo, y personal eventual”.

Por lo tanto, las relaciones de puestos de trabajo deben ajustarse a las previsiones presupuestarias, y su aprobación no puede suponer aumento global de las retribuciones complementarias, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

La aprobación de la relación de puestos de trabajo corresponde al

Ayuntamiento Pleno, en virtud de lo previsto en el artículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, sin que tal atribución pueda ser objeto de delegación (art. 22.4 LRBR).

A su vez, el artículo 16 de la LFPV dispone que “las relaciones de puestos de trabajo, así como sus modificaciones, se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco, o en el del Territorio histórico de Bizkaia”.

Vistos los artículos 72 y siguientes y, disposición transitoria tercera y disposición adicional séptima del Estatuto del Empleado Público.

Visto el parecer de la Comisión Informativa Especial de Cuentas y

Permanente de Hacienda y Patrimonio y Personal:

El Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: APROBAR en sus propios términos la plantilla y la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, que queda recogida en el anexo I, tal y como consta en el Proyecto de Presupuesto para el año 2013.

SEGUNDO: PUBLICAR en el Boletín Oficial de Bizkaia, dicha relación de puestos de trabajo.

TERCERO: NOTIFICAR este acuerdo a los representantes sindicales de los empleados públicos (funcionarios y personal laboral) de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes.

HOJA 18ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

ANEXO I

11. 1 PLANTILLA ORGANICA DEL PERSONAL 2013

A tenor del artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se aprueba la Plantilla Orgánica del Personal, y artículo 72 y siguientes del Estatuto del Empleado Público; como sigue:

FUNCIONARIOS

A) Con habilitación de carácter nacional -Una plaza de Secretario, Grupo A.1, Nivel 28, Perfil Lingüístico 4. B) De carrera Administración General:

-Una plaza de Economista, Grupo A.1, Nivel 26, Perfil Lingüístico 2. -Una plaza de Oficial Administrativo, Grupo C.1, Nivel 17, Perfil Lingüístico 3. -Tres plazas de Auxiliares Administrativos, Grupo C.2, Nivel 12, Perfil Lingüístico 2.

Administración Especial:

-Una plaza de Aparejador, Grupo A.2, Nivel 25, Perfil Lingüístico 4. -Una plaza de Agente 1º de Policía Municipal, Grupo C.1, Nivel 16, Perfil Lingüístico 3. -Cinco plazas de Agentes de Policía Municipal, Grupo C.2, Nivel 12, Perfil Lingüístico 2.

PERSONAL LABORAL

-*(1) Dos plazas de Asistente Social, Grupo A.2, Nivel 14, Perfil Lingüístico 2.

-Una plaza de Animador Socio-Cultural, Grupo C.1, Nivel 14,Perfil Lingüístico 3.

-*(1) Una plaza de Auxiliar Administrativo, Grupo C.2, Nivel 12, Perfil Lingüístico 2.

-Dos plazas de Oficial de Oficios Varios,Grupo C.2,Nivel 13, Perfil Lingüístico 2.

-* Una plaza de Auxiliar Administrativo, Grupo C.2, Nivel 12, Perfil Lingüístico 2.

HOJA 19ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

-* Una plaza de Auxiliar de Biblioteca, Grupo C.2, Nivel 10, Perfil Lingüístico 3.

- (2) Una plaza de Ayudante de Oficios Varios, Grupo A.P , Nivel 10, Perfil Lingüístico 1. -*Una plaza de Técnico de Normalización del Uso del Euskera, Grupo A.2, Nivel 15, Perfil Lingüístico 4.

PERSONAL EVENTUAL

-Una plaza de Asesoramiento, 100% del nivel 22 del Complemento de Destino.

(1) En cumplimiento de los Convenios de Regularización Laboral firmado el día 28 de mayo de 1999 y de 13 de enero de 2010 entre los Ayuntamientos de Ugao-Miraballes, Arrankudiaga, Arakaldo, Zeberio y Orozko, su jornada de trabajo se realiza en todos estos Ayuntamientos, siendo los lunes, los martes y lo miércoles, los días en que lo hacen en Ugao-Miraballes

(2) Agrupación profesional conforme a la disposición transitoria tercera del Estatuto del Empleado Público.

Todos los Grupos vienen establecidos según el artículo 76, disposición transitoria tercera y disposición adicional séptima del Estatuto del Empleado Público.

*Plaza ocupada por personal laboral fijo a extinguir.

HOJA 20ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

11. 2 RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO “2013”

1.- FUNCIONARIOS:

Orden Denominación Titulación Grupo Subescala

Nivel Comp.

Destino

Complemento Específico Centro

Adscripción

Perfil

Lingüístico

Fecha

Preceptividad

Sistema de

Provisión Situación

Régimen

Dedicación T. General T. Dedic.

Espec.

1 Secretario

Licenciado

Derecho, Ciencias

Políticas y de la Administración o

Sociología o Economía o

Administración y

Dirección de Empresas o

Ciencias

Actuariales y Financieras

A.1 Secretario

Interventor 28 29.312,22 € ---- Ayuntamiento 4 31-12-94

Concurso de

Méritos Cubierta

Jornada

completa

2 Economista

Licenciado

Economía o

Administración y Direccción de

empresas o

Ciencias Actuariales y

Financieras

A.1 Técnica 26 27.871,06 € ---- Ayuntamiento 2 27-03-07 Concurso-

Oposición Cubierta

Jornada

completa

3 Oficial

Administrativo

Bachiller, F.P. II o

equivalente C.1

Administrati

vo 17 23.254,42 € ---- Ayuntamiento 3 20-12-02 Oposición Cubierta

Jornada

completa

4 Auxiliar

Administrativo

Graduado Escolar

o F.P. I C.2 Auxiliar 12 18.460,40 € ---- Ayuntamiento 2 NO Oposición Cubierta

Jornada

completa

5 Auxiliar

Administrativo

Graduado Escolar

o F.P. I C.2 Auxiliar 12 18.460,40 € ---- Ayuntamiento 2 31-12-94 Oposición Cubierta

Jornada

completa

6 Auxiliar

Administrativo

Graduado Escolar

o F.P. I C.2 Auxiliar 12 18.460,40 € ---- Ayuntamiento 2 30-09-01 Oposición Cubierta

Jornada

completa

7 Aparejador Diplomado o

Arquitecto Técnico A.2 Técnica 25 29.779,96 € ---- Ayuntamiento 4 NO Oposición Cubierta

Jornada completa

8

Agente 1º

Policía

Municipal

Bachiller, F.P. II o equivalente

C.1 Servicios

Especiales 16 10.319,26 € 19.123,86 € Ayuntamiento 3 NO

Concurso-Oposición

Cubierta Especial

9 Agente Policía

Municipal Bachiller, F.P. II

o equivalente C.1

Servicios Especiales

14 18.283,86 € ---- Ayuntamiento 2 27-03-07 Oposición Cubierta Jornada

completa

10 Agente Policía

Municipal Bachiller, F.P. II

o equivalente C.1

Servicios Especiales

14 18.616,08 € ---- Ayuntamiento 2 30-06-01 Oposición Cubierta Jornada

completa

11 Agente Policía

Municipal

Bachiller, F.P. II

o equivalente C.1

Servicios

Especiales 14 18.616,08 € ---- Ayuntamiento 2 30-06-01 Oposición Cubierta

Jornada

completa

12 Agente Policía

Municipal

Bachiller, F.P. II

o equivalente C.1

Servicios

Especiales 14 18.283,86 € ---- Ayuntamiento 2 27-03-07 Oposición Cubierta

Jornada

completa

HOJA 21ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

13 Agente Policía

Municipal

Bachiller, F.P. II

o equivalente C.1

Servicios

Especiales 14 18.283,86 € ---- Ayuntamiento 2 31-03-08 Oposición Vacante

Jornada

completa

2.- PERSONAL LABORAL:

Nº Orden

Denominación Categoría Titulación Grupo Situación Perfil

Lingüístico Fecha

Preceptividad Concepto Adscripción Régimen Dedicación

* 1 Asistente Social Técnico Medio Diplomado Trabajo Social A.2 Cubierta 2 NO Unidad Social de Base (1)

* 2 Asistente Social Técnico Medio Diplomado Trabajo Social A.2 Cubierta 2 NO Unidad Social de Base (1)

3 Animador Socio-Cultural Monitor Bachiller Superior C.1 Cubierta 3 31-12-94 Casa Cultura Jornada completa

* 4 Auxiliar Administrativo Auxiliar Graduado Escolar o F.P. I C.2 Cubierta 2 NO Unidad Social de Base (1)

5 Oficial de Oficios Varios Oficial Graduado Escolar C.2 Cubierta 2 NO Ayuntamiento Jornada completa

6 Oficial de Oficios Varios Oficial Graduado Escolar C.2 Cubierta 2 NO Ayuntamiento Jornada completa

* 7 Auxiliar Administrativo Auxiliar Graduado Escolar o F.P. I C.2 Cubierta 2 23-07-90 Ayuntamiento Jornada completa

* 8 Auxiliar Biblioteca Auxiliar Biblioteca Graduado Escolar C.2 Cubierta 3 25-11-97 Biblioteca Dedicación parcial

(2) 9 Ayudante Oficios Varios Peón Certificado Escolaridad A.P. Cubierta 1 NO Ayuntamiento Jornada completa

* 10 Técnico Normalización

Uso de Euskera Técnico Diplomado Universitario A.2 Cubierta 4 NO Ayuntamiento Dedicación parcial

(1) En cumplimiento del Convenio de Regularización Laboral firmado el día 28 de mayo de 1999 entre los

Ayuntamientos de Ugao-Miraballes, Arrankudiaga, Arakaldo, Zeberio y Orozko, y su modificación de fecha

13 de enero de 2010, su jornada de trabajo se realiza en todos estos Ayuntamientos, excepto en Orozko, siendo

los lunes, martes y miércoles los días en que lo hacen en Ugao-Miraballes

(2) Agrupación profesional conforme a la disposición transitoria tercera del Estatuto de Empleado Público.

* Plaza ocupada por personal laboral fijo a extinguir.

Todos los grupos vienen establecidos según el artículo 76, disposición transitoria tercera y disposición

adicional séptima del Estatuto del Empleado Público.

HOJA 22ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

12º.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE RETIRADA DE SÍMBOLOS

FRANQUISTAS.

En julio de 1936, se produce el golpe de Estado contra la República, gobierno legítimo de ese momento y comienza la guerra civil española

La caída del “Cinturón de Hierro” en Bilbao el 19 de junio de 1937 supuso, en la práctica, el fin de la guerra en Euskadi, aunque prosiguió hasta la firma del Pacto de Santoña (24 de agosto de 1937). A partir de ese momento se configuraron dos bandos: los “vencedores” o golpistas (carlistas, conservadores, falangistas, franquistas) y los “vencidos” (nacionalistas vascos, izquierdistas).

Las consecuencias fundamentales de la guerra en Euskadi (1937) son:

procesos a los detenidos, fusilamientos, encarcelamientos, exilios y confiscaciones de bienes. Sin embargo, la “gran represión” no se produjo hasta la finalización de la llamada guerra civil (1939).

Finalizada la guerra, los golpistas no tuvieron intención alguna de

perdonar los crímenes de sus adversarios ni de iniciar un proceso de reconciliación nacional. El nuevo sistema político iniciado a partir del 1 de abril de 1939 se basaba en la división entre vencedores y vencidos, en la imposición de los valores de los primeros y en la negación de los principios políticos e ideológicos de los segundos. Por ello, la inmediata posguerra estuvo presidida por la represión y la persecución política, la escasez de alimentos y productos de primera necesidad y el juego de influencias de las distintas familias que habían formado el bando victorioso en la Guerra Civil.

Por lo tanto, la dictadura franquista (1939-1975), basó su concepto de

Estado en el totalitarismo: una España sin divisiones y con una fuerte represión que afectó tanto a los derechos humanos y políticos como a las lenguas y costumbres territoriales.

Entre otras cosas y en lo que se refiere a la simbología franquista, se

valieron “de un imaginario simbólico propio que abarcó todos los ámbitos de la sociedad y del espacio público, persiguieron la consolidación de su identidad colectiva, así como la eliminación de todo elemento vinculado al simbolismo republicano, liberal y del nacionalismo vasco” (Dictamen de la Dirección Vasca de Recursos Humanos).

El artículo 15 de la Ley 52/2007 de la Memoria Histórica dispone que

las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de símbolos franquistas.

HOJA 23ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

En cumplimiento de dicho artículo se ha procedido a comprobar la existencia de símbolos franquistas en este municipio de Ugao-Miraballes, encontrándose solamente las placas de vivienda del entonces Instituto Nacional de la Vivienda, que tienen el símbolo de la FALANGE.

Examinado el Dictamen recomendatario de la Comisión Técnica para la retirada de símbolos de la dictadura franquista de Euskadi de la Dirección de Derechos Humanos del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública del Gobierno Vasco.

Atendido que por el Ararteko se ha preparado el documento de “Verdad, justicia y reparación para las víctimas de la dictadura franquista: significado y políticas públicas en la Comunidad Autónoma del País Vasco”.

El concejal por EAJ-PNV, Don Jon Iñaki Larrabide Guinea, recuerda

que cuando entraron las tropas fascistas en Ugao-Miraballes había 1617 habitantes, de los cuales 817 debieron huir y a 235 se les abrió expedientes de represaliados.

Visto el parecer de la Comisión Informativa de medio Ambiente y

Personal. El Ayuntamiento Pleno, por la unanimidad de los presentes acuerda:

PRIMERO: MANIFESTAR su total desacuerdo con la presencia de símbolos franquistas de cualquier naturaleza en este municipio de Ugao-Miraballes.

SEGUNDO: PROCEDER a la retirada de todos los símbolos franquistas que existan en el término municipal de Ugao-Miraballes. 13º.- DOS SOLICITUDES DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EXPTES.: AES 1664/13 Y AES 1448/13

Visto los expedientes AES 1664/13 y AES 1448/13, y la propuesta del Servicio Social de Base, una vez comprobadas las solicitudes y documentación presentadas.

Teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre,

para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión; el Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social y la Orden de 27 de marzo de 2013 de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, por los que se establecen, para el año 2013, las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social, se señalan los criterios para la distribución de los créditos consignados para su cobertura y se fija el límite

HOJA 24ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

presupuestario que, para el año 2013, corresponde a cada uno de los Territorios Histórico y Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno, en su sesión de 29 de marzo de

2005.

Atendida la propuesta de la Comisión Informativa de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO: CONCEDER las ayudas de Emergencia Social, para el año

2013.

Nº EXPTE CONCEPTO TOTAL

1664 Alquiler 1902,00

1448 Otros gastos 721,56

SEGUNDO: Estas ayudas tienen carácter finalista, debiendo destinarse

únicamente a la finalidad para la que han sido concedidas. El Ayuntamiento comprobará, posteriormente, si dicho carácter finalista se ha respetado, estando obligado el usuario/a a la presentación de facturas y/o justificantes del gasto realizado, en el plazo señalado.

El plazo máximo de presentación de facturas o justificantes de pago será de un mes a partir de la fecha de notificación de la resolución en el caso de un único pago, y, en el caso de pagos fraccionados, en el plazo de quince días a partir del momento en el que se realicen los diferentes pagos parciales. En el supuesto de que dichas facturas o justificantes no se presentaran en el mencionado plazo, se iniciará, en su caso, el correspondiente procedimiento de reintegro de las prestaciones.

Asimismo, el Ayuntamiento comprobará con los medios oportunos si se mantienen los requisitos para la concesión de las ayudas.

TERCERO: RECORDAR a los solicitantes, que la cuantía de la Ayuda

de Emergencia Social puede ser modificada por este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, en función del crédito consignado y del grado de cobertura de la demanda susceptible de alcanzarse durante el año.

CUARTO: RECORDAR a los beneficiarios de la Ayuda de Emergencia

Social, que durante el periodo de percepción de esta prestación económica, deberán comunicar a este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, en el plazo máximo de quince días, todos los hechos sobrevenidos que en relación con el cumplimiento de los requisitos establecidos, supongan cambios que afectan a

HOJA 25ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

la Ayuda, tales como cambio de la situación económica, del número de miembros de la composición familiar, etc.

QUINTO: NOTIFICAR, este acuerdo a los solicitantes de la Ayuda de Emergencia Social AES 1664/13 y AES 1448/13

14º.- UNA SOLICITUD DE PARALIZACIÓN TEMPORAL DE EXPEDIENTE DE SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, EXPTE. SAD 1347/13.

Por acuerdo de este Ayuntamiento-Pleno, en sesión celebrada el día

veintiséis de marzo de dos mil trece, se acordó, entre cosas, conceder la Ayuda a Domicilio, expedientes SAD 1347/13.

Posteriormente, se ha solicitado que dicha ayuda sea interrumpida temporalmente.

Teniendo en cuenta que la Ayuda a Domicilio es un servicio integral, polivalente y comunitario, orientado a las familias que presentan problemas para la realización de las actividades elementales de la vida diaria, proporcionándoles atención directa en el propio hogar, mediante intervenciones específicas que favorezcan su permanencia e integración en su entorno habitual y compensen su restricción de autonomía funcional.

Atendida la propuesta favorable de la Comisión Informativa de de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PROCEDER a interrumpir la ayuda a domicilio, expedientes SAD 1347/13.

15º.- DAR CUENTA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA Y EL AYUNTAMIENTO DE UGAO-MIRABALLES, PARA LA COMARCA DEL NERVIÓN, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA VÍCTIMAS DE MALOS TRATOS Y AGRESIONES SEXUALES DIRIGIDO A LAS PERSONAS RESIDENTES EN LA COMARCA DEL NERVIÓN.

Examinado el “Convenio de Colaboración entre la Diputación Foral de

Bizkaia y el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, para la prestación del servicio de atención Psicológica para víctimas de malos tratos y agresiones sexuales dirigido a las personas residentes en la Comarca del Nervión”.

Visto que en dicho convenio cuando se habla de residentes en la Comarca del Nervión, se refiere a personas residentes en los municipios de

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Arakaldo, Arrankudiaga, Arrigorriaga, Orozko, Zaratamo y Zeberio y Ugao-Miraballes.

Para la prestación del servicio de atención Psicológica para víctimas de malos tratos y agresiones sexuales a residentes de los municipios mencionados, el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes se compromete a poner a disposición del Departamento Foral de Acción Social, un despacho debidamente equipado para la prestación del servicio y a aportar la infraestructura administrativa necesaria para la gestión de dicho servicio.

A su vez, el Departamento Foral de Acción Social, se compromete a aportar el equipo profesional para la prestación y coordinación del Programa de Atención Psicológica, desplazándose una terapeuta a la sede del Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, en principio, los miércoles en horario comprendido entre las 8:00 y las 15:00 horas

Atendido que este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes y el Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia, deben ajustar sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos; tal y como dispone el artículo 10 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (en adelante LBRL).

Igualmente, el artículo 57 de la LBRL contiene una habilitación general

a la cooperación voluntaria (económica, técnica y administrativa) entre la Administración Local y otras Administraciones; que puede concretarse en convenios.

Atendida la propuesta favorable de la Comisión Informativa de Acción

Social, Tercera Edad, e Inmigración

PRIMERO: APROBAR en sus propios términos el “Convenio de Colaboración entre la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, para la prestación del servicio de atención Psicológica para víctimas de malos tratos y agresiones sexuales dirigido a las personas residentes en la Comarca del Nervión”.

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo al Departamento de Acción Social y a los Ayuntamientos de Arakaldo, Arrankudiaga, Arrigorriaga, Orozko, Zaratamo y Zeberio.

16º.- DAR CUENTA DEL PROGRAMA “VACACIONES EN PAZ 2013” PARA

ACOGER NIÑOS/AS SAHARAUIS/RUSOS. 16.1 “Vacaciones en Paz 2013

HOJA 27ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

Al igual que en años anteriores; este año se va a organizar a solicitud

del Frente POLISARIO en Euskadi, el Proyecto “Vacaciones en Paz 2013”.

Con el programa “Vacaciones en Paz 2013”; entre otras cosas, se trata de que familias del municipio acojan temporalmente, durante los meses de junio(llegarán aproximadamente entre los días 24 y 25 de junio) y agosto(regresarán entre los días 24 y 25 de agosto), a niños/as saharauis, entre 7 y 12 años que han nacido y crecido en los campamentos de refugiados y que junto a sus familias están soportando un largo exilio, desde 1975, sufriendo carencias alimenticias, sanitarias y educativas y temperaturas de hasta 50 grados. De esta manera tengan la oportunidad de convivir con estos niños y además, éstos puedan ver una realidad diferente a la suya.

Atendido que los Ayuntamientos de acogida hacen frente a algunos

costos como el de los billetes, pólizas de pasaportes de niños/as y monitores, seguros de los niños/as, gastos de los acompañantes, etc. y las familias de acogida asumen el alojamiento y la manutención de los niños/as,

Atendido que en ediciones anteriores de este Proyecto, familias de este

municipio acogieron a niños saharauis, y que este año puede que estén dispuestas a acogerlos una vez más, por la relación surgida entre familias de acogida y niños acogidos.

Atendido que por el momento, sólo hay una solicitud realizada por vecinos de Ugao-Miraballes.

Visto el parecer de la Comisión Informativa de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: TOMAR PARTE en el Proyecto “Vacaciones en Paz 2013, y acoger niños/as saharauis del campamento de Tindouf.

SEGUNDO: ESTABLECER, con el objeto de conceder las ayudas previstas en el escrito de solicitud; que el numero máximo de niños/as a acoger este verano de 2013, será de 12, de entre el proyecto de Vacaciones en Paz 2013, el proyecto Bikarte de niños rusos y bielorrusos y el programa de Chernobil. Además, solo se tendrán en cuenta aquellos niños de estos programas, siempre y cuando sean acogidos por familias empadronadas en este municipio de Ugao-Miraballes y se dará preferencia a las familias que el verano pasado acogieron a estos niños.

HOJA 28ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

TERCERO: ESTABLECER que el costo al que debe hacer frente este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes en el Proyecto “Vacaciones en Paz 2013, sólo será por el de los niños acogidos por familias de este municipio, y que es de 675 euros por niño.

CUARTO: NOTIFICAR este acuerdo a la delegación del Frente POLISARIO en Euskadi, y a su vez, SOLICITARLE que entre los niños que vengan este año, estén, a ser posible, los que ya estuvieron el verano pasado.

16. 2 Acogida temporal de menores rusos y bielorrusos desfavorecidos

para su descanso recuperativo de salud dentro del ámbito familiar en hogares de la Comunidad Autónoma de Euskadi; presentada por Bikarte.

Atendida la situación de algunos niños/as rusos y bielorrusos que proceden de familias rotas o desestructuradas o llegan de orfanatos de regiones desfavorecidas o que sufren las consecuencias de Chernobil, se ha previsto la acogida de alguno de estos niños/as por vecinos del municipio y así puedan disfrutar de una familia convencional.

El objeto de esta acogida temporal, para verano, y tal como se hace con los niños/as saharauis tiene por objeto el ayudarles a mejorar en su autoestima, salud y nivel afectivo.

Atendido que los Ayuntamientos de acogida hacen frente a algunos

costos como el de los billetes, pólizas de pasaportes de niños/as y monitores, seguros de los niños/as, gastos de los acompañantes, etc., y las familias de acogida asumen el alojamiento y la manutención de los niños/as.

Atendido que sólo hay una familia del municipio que ha solicitado la acogida de un niño ruso o bielorruso.

Visto el parecer de la Comisión Informativa de de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: TOMAR PARTE este verano 2013, en la acogida de niños rusos y encargarse del coste del billete de avión, pólizas de pasaportes de niños/as, seguros de los niños/as.

SEGUNDO: ESTABLECER, con el objeto de conceder las ayudas previstas en el escrito de solicitud; que el numero máximo de niños/as a acoger este verano de 2013, será de 12, de entre el proyecto de Vacaciones en Paz 2013, el proyecto Bikarte de niños rusos y bielorrusos y el programa de Chernobil. Además, solo se tendrán en cuenta aquellos niños de estos

HOJA 29ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

programas, siempre y cuando sean acogidos por familias empadronadas en este municipio de Ugao-Miraballes y se dará preferencia a las familias que el verano pasado acogieron a estos niños.

TERCERO: NOTIFICAR este acuerdo a Bikarte, Asociación benéfica de acogida de niños/as rusos/as

16.3 Programa de acogida de niños de Chernobil por la Asociación para el

acogimiento Chernobileko Umeak hartzeko Elkartea Bizkaia

Atendido que la Asociación para el acogimiento Chernobileko Umeak hartzeko Elkartea Bizkaia tiene por objeto la ayuda humanitaria a menores de ambos sexos afectados por el accidente nuclear de Chernobil, así como a menores afectados por cualquier otra catástrofe; entre otras medidas, mediante la acogida temporal de niños ucranios residentes en la región afectada.

Por el señor Alcalde, se comenta que sólo hay una familia del municipio

que ha solicitado la acogida de un niño ucraniano.

Visto el parecer de la Comisión Informativa de de Acción Social, Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: TOMAR PARTE en la acogida de niños de la región de Chernobil y encargarse del coste del billete de avión, pólizas de pasaportes de niños/as, seguros de los niños/as.

SEGUNDO: ESTABLECER, con el objeto de conceder las ayudas previstas en el escrito de solicitud; que el numero máximo de niños/as a acoger este verano de 2013, será de 12, de entre el proyecto de Vacaciones en Paz 2013, el proyecto Bikarte de niños rusos y bielorrusos y el programa de Chernobil. Además, solo se tendrán en cuenta aquellos niños de estos programas, siempre y cuando sean acogidos por familias empadronadas en este municipio de Ugao-Miraballes y se dará preferencia a las familias que el verano pasado acogieron a estos niños.

TERCERO: NOTIFICAR este acuerdo a Chernobeliko Umeak hartzeko Elkartea Bizkaia

17º.- CONOCIMIENTO DE CORRESPONDENCIA:

Se pone en conocimiento de los señores concejales quienes se dan por enterados, de lo siguiente:

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-Del curso de atención a personas enfermas de alzehimer dentro del plan comarcal de empleo, que se va a desarrollar el próximo mes de junio. -Del l curso de “Primeros Auxilios” organizado por el Area de Juventud, para los

días 10 y 12 de junio.

-De asuntos tratados en el último comité del Udaltalde 21. -Udaltalde 21 Por el Grupo Bildu, se comenta que en la Comisión Informativa de Personal y

Medio Ambiente, uno de los puntos, suele ser el de explicar lo tratado en reunión celebrada en Udaltalde 21, y por ese solicita copia del acta de esas reuniones.

El Concejal D. Jon-Iñaki Larrabide Guinea, explica que el acta de las reuniones puede llegar el mismo día de las Comisiones, pero que de todas manera ya les hará llegar una copia.

-Plenos a celebrar en junio y julio El Sr. Alcalde recuerda que se van a celebrar los Penos de estos meses de

junio y julio, a las 8 de la mañana. -Euskaltegi Municipal: Alusiones a la anterior Alcaldesa de Ugao-Miraballes. El Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral, lee la carta enviada por la que fue

Alcaldesa de Ugao-Miraballes, y que dice lo siguiente:

“Desde el pasado 9 de febrero no soy alcaldesa del municipio. Ante la lectura por parte de la concejala Udiarraga Abrisketa en el Pleno de Abril de un escrito presentado por la alumna del grupo de mañana del euskaltegi Gotzone Fernández, agradezco la posibilidad de replica que se me da pues carezco ya de responsabilidades municipales.

Dadas las formas entiendo que ninguna de las dos personas mencionadas quiere una explicación personal mía, pues la concejala de Bildu, tiene mi móvil personal y en cualquier caso coincido con las dos en la escuela en innumerables ocasiones a la salida de clase, ya que nuestros hijos e hijas van al mismo curso. Pero efectivamente están en su perfecto derecho de optar por esta vía más formal, aunque sepan que ya en el ayuntamiento no van a poder encontrar mis respuestas. Por ello les solicito les hagan llegar este texto explicativo.

Paso a relatar cómo se gestionó el asunto:

El 21 de diciembre de 2012 el grupo de mañana del euskaltegi municipal, que recibe sus clases en Ugao, se reúne con el concejal de cultura y conmigo en calidad de Alcaldesa en mi despacho. El grupo muestra su protesta por el

HOJA 31ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

cambio de profesora al que van a tener que ajustarse a partir del reinició de las clases a la vuelta de vacaciones. En este sentido, presentan escrito el mismo 21 de diciembre solicitando la readmisión de la profesora y si no puede ser así, que continúe hasta finalizar el curso. Nos ponemos inmediatamente en contacto con el euskaltegi, al que solicitamos explicaciones al respecto y nos señalan que finaliza el contrato de la profesora y siendo así, a partir de ese momento tienen que tirar del personal de la bolsa de trabajo elaborada al efecto. Esto se comunica al alumnado.

El primer día de clase, tras la vuelta de vacaciones de Navidad, al inicio de la clase, se acerca a la misma la Directora del euskaltegi para ofrecer las explicaciones oportunas en relación a la contratación de la profesora, que coinciden con lo expuesto anteriormente.

A continuación, ese mismo día, al final de la clase, nos acercamos al grupo el técnico de euskera municipal y yo misma para dar las explicaciones oportunas relativas a quejas en cuanto al aula. En este encuentro que mantenemos con el grupo, creo recordar que se tratan diferentes cuestiones: se hace saber cómo se han elaborado los grupos, que la agrupación de niveles es igual a la que se realiza en las aulas de Arrigorriaga, que se seleccionó el aula polivalente del hogar de jubilados/as para impartir las clases debido a que, dado que el número de alumnos del grupo que se había matriculado era grande, se consideró que el aula donde estaba previsto en un principio dar las clases era muy pequeña, y por lo tanto, nos parecía que la seleccionada ofrecía mas posibilidades. Era la mejor de las opciones, ya que era el único espacio del que disponíamos con amplio tamaño y que permitía la impartición del grupo de mañana y de tarde en los horarios seleccionados. Se habló de las aulas de los grupos de EPA, pero se dijo que eran bastante más pequeñas y además, no era posible ya que a la hora de inicio de las clases estaba ocupada por los alumnos de la EPA. Esta reunión tuvo lugar hace 4 meses, y tras intercambiar puntos de vista, ya que es cierto que había diversidad de opiniones, pudimos dar cuenta de las oportunas explicaciones en cuanto al aula, y creo recordar que concluimos que en aquel momento era la mejor de las opciones, que se tendría que continuar en el aula hasta finalizar el curso, ya que no disponíamos de mejores alternativas, y que trataríamos de localizar un espacio más idóneo de cara al próximo curso. El acta no recoge todos estos extremos, pero me refería a esto cuando señalo que hubo un consenso y que percibimos que la gente quedaba satisfecha al recibir las oportunas explicaciones de primera mano.

Igual esto no se consideró como una contestación, pero sinceramente tanto el técnico de euskera como yo misma así lo entendimos. Era más cercano, serio, fructífero y directo el encuentro personal con el grupo para debatir la problemática suscitada que un simple escrito. Por lo visto no se entendió así.

HOJA 32ª Sesión Pleno 6/13 28-05-2013

Han pasado más de 4 meses desde el encuentro al que hacemos referencia. Le puedo garantizar que ni por parte del técnico de euskera ni por mi parte hubo mala fe, ni pretendíamos evitar dar respuesta a la problemática, más bien lo contrario, por eso se optó por el contacto personal y directo.

Estoy convencida de que el nuevo Alcalde y el nuevo concejal de euskera, así como el propio técnico de euskera gestionarán el asunto de manera satisfactoria en su afán de ofertar las mejores condiciones para que se puedan impartir las clases de euskera en Ugao”. Dª. Udiárraga Abrisketa Liceranzu concejal oor Bildu, contesta que lo que había hecho era dar traslado de una carta que una vecina de este municipio, le había entregado en relación con lo ocurrido en el Euskaltegi Municipal. Asímismo indica que agradece la respuesta de la anterior Alcaldesa, Dª. Izaskun Landaida Larizgoitia, y añade que le va a transmitir su agradecimiento. Interviene, Dª. Felicidad Bahillo Morán concejal por Bildu, para explicar que quien envió la carta, fue porque leyó el acta en el tablón de anuncios, y en este acta se mencionaba a la entonces Alcaldesa, Dª. Izaskun Landaida Larizgoitia. Por lo tanto, consideraba que no era nada personal contra Dª Izaskun Landaida. Toma la palabra el Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral quien resalta que en dicha carta no es sólo una simple mención de la Alcaldesa, Dª. Izaskun Landaida Larizgoitia, sino que hace una alusión a su persona, cuando dice algo así (no recuerda el contenido exacto) como “que soltó un discurso políticamente correcto y dijo unas bonitas palabras” con tono irónico. 18º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 18.1 Despido de profesora del Euskaltegi Municipal. La concejal por Bildu, Dª. Felicidad Bahillo Morán informa que la profesora que fue despedida del Euskaltegi, interpuso recurso contra su despido y ha obtenido una sentencia favorable. Esto puede suponer un coste de 46.000,00 € por el despido. El Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral le contesta que esta tarde le han comunicado la sentencia y que se va a readmitir a dicha profesora. A continuación, recalca que la decisión que en su día se adoptó de dar por finalizado el contrato de la profesora y de contratar a quien le correspondía en la Bolsa de Trabajo, se fundamentaba en las Directrices de la Secretaria del Euskaltegi y en las recomendaciones dadas por el Secretario del Ayuntamiento de Arrigorriaga. No hay que olvidar que en esta Corporación se toman en

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consideración, los informes emitidos por los técnicos, asistentes, etc. Toma la palabra, el Concejal por EAJ-PNV D. Jon Iñaki Larrabide Guinea quien destaca que quien adoptó la decisión de despedir a la profesora, fue el propio Euskaltegi, y no el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, ya que es un Organismo Autónomo. Intervienen en el debate, las concejales por Bildu Dª. Udiárraga Abrisketa Liceranzu y Dª. Izaskun Uriarte Beitia quienes resaltan que el Euskaltegi depende de los Ayuntamientos de Arrigorriaga y Ugao-Miraballes y que son estos los que en última instancia deciden. Además, hay un concejal, D. Etor Idirin Ercilla que es miembro de esa Junta. Toma la palabra, el Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral quien explica como se creó una bolsa de trabajo para profesores de Euskaltegi. Siguiendo las recomendaciones dadas en el informe de la Secretaría de Arrigorriaga se “iba tirando de listas”. La demandante, ocupaba el puesto 28 en dicha lista. Esta manera de proceder fue aceptada por todos los grupos municipales. En referencia a la manifestación realizada por Dª. Felicidad Bahillo Morán que había que haber realizado un acto de conciliación de llegar a un acuerdo. El Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral le recuerda que el acto de conciliación es obligatorio y ahora que se sabe el resultado de la demanda (la sentencia) es más fácil decir lo que no tenía que haber hecho y lo que se debe hacer. Desde luego, esta manera de actuar es totalmente ventajista. Acaba su intervención diciendo que la bolsa de trabajo ha funcionado correctamente, y que se ha actuado conforme a lo informado. La Concejal Dª. Felicidad Bahillo Morán, solicita que se incorpore al acta la Sentencia citada cuyo texto literalmente dice lo siguiente. “En BILBAO (BIZKAIA), a 13 de mayo de 2013. Vistos por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social n° 10 D/ña. FERNANDO BREÑOSA ALVAREZ DE MIRANDA los presentes autos número 119/2013, seguidos a instancia de ROSA OTXOA CASTAÑO contra ARRIGORRIAGA UDAL EUSKALTEGIA sobre DESPIDO.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente

SENTENCIAN0

177/2013 ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 5 de febrero de 2013 tuvo entrada demanda formulada por ROSA OTXOA CASTAÑO contra ARRIGORRIAGA UDAL EUSKALTEGIA y admitida a trámite se citó de comparecencia a las partes asistiendo todas, y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecidas manifestaron cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestaron por su orden sus conclusiones.

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales. HECHOS PROBADOS

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1°.- La demandante DÑA, ROSA OTXOA CASTAÑO, ha venido prestando servicios para ARRIGORRIAGA UDAL EUSKALTEGIA, con una antigüedad de 5-1-2003, categoría profesional de profesora de euskara y salario mensual de 3.409,00 euros, incluido p/p de pagas extras. 2°,- Actora y demandada han venido suscribiendo todos los años contratos de interinidad para la sustitución de la trabajadora DÑA OLATZ BOURGEAUD ZARANDONA, toda vez que esta había sido nombrada para la realización de funciones como técnica en el Ayuntamiento de Arrigorriaga. Los dos últimos lo han sido en fechas 1 de abril del 2.010 y 1 de enero 2.011. Se dan por reproducidos estos dos contratos al obrar en la prueba documental. 3°.-. Por resolución de la presidencia del Ayuntamiento se nombró de nuevo, como desde enero de 2.003, a Olatz Bourgeaud como técnica para que continúe realizando las funciones en el plan de normalización del uso del euskara hasta el 31-12-12. 4º.- La demandada notificó a la demandante la extinción del contrato de trabajo con fecha 31 de diciembre 2012 por fin de contrato en razón a lo que literalmente dice:

“Honen bitartez, datorren 2012ko abenduaren 31n, Arrigorriagako Udal Euskaltegiarekin duzun lan kontratua amaituko dela jakinarazten dizut, beraz, goian aipaturiko datan, ondorio guztietarako, zure lanari utzi behar diozu”,

5°.- La Sra. Olatz Bourgeaud, no se ha reincorporado a la prestación de servicios en el euskaltegui habiéndose prorrogado su actividad del plan de normalización del uso del euskara hasta el 30 de septiembre 2.017. Dicha decisión estaba tomada desde mediados de diciembre del 2.012.

6°.- Por parte del demandado se ha procedido a la contratación mediante contrato de interinidad de fecha 7-1-12 a D. Fernando Krutxaga Barga, para la sustitución de la Sra. Borgueaud.

7°.- Por el Euskaltegui Municipal de Arrigorriaga se publicaron las bases de creación de una bolsa de trabajo de profesores de euskera, a ella se presentó la demandante como el Sr. Krutzaga, obteniendo mejor puntuación este.

8°.- La demandante no ostenta ni ha ostentado cargo de representación legal o sindical alguno.

9°.- Se ha formulado reclamación previa siendo la misma desestimada. FUNDÁMENTOS DE DERECHO

1.- Se ha de destacar que la relación de hechos probados se infiere de la prueba de interrogatorio de la demandada, documental y testifical, practicada en el acto del juicio y valorada todas ellas conforme a las reglas de la sana crítica (art, 97.2 LRJS).

II.- Pacífica la existencia de la relación laboral el primer debate lo es la antigüedad, toda vez que las partes mantienen posiciones distintas, pues la demandada se fija en el contrato suscrito con la demandante de fecha 1-4-10 y la demandante entiende que sus contratos se iniciaron en fecha 5-1-03, siendo los contratos todos ellos sin solución de continuidad.

La prueba practicada, desvela la existencia de una prestación de servicios desde el año 2.003 consecuencia de la sustitución de la Sra. Bourgeaud, cuyos nombramientos para la prestación de servicios en el Ayuntamiento lo han sido por periodos anuales. Por otro lado se requirió a la demandada la aportación de los contratos desde tal inicio y no aporta, solo aporta los dos últimos la demandante, ello determina que al amparo del art. 94.2 LRJS, se tenga por probado que todos los contratos lo han sido sin solución de continuidad. Por último la realidad de que en las nóminas la empresa desde siempre la reconozca una antigüedad del mes de enero del 2.003, determina con evidencia el reconocimiento y la realidad de que la antigüedad de la demandante lo es en la fecha 5-1-2003. III.- Sentado lo anterior, se está en el supuesto de examinar el fondo de la litis que lo es el debate de si nos encontramos ante una extinción del contrato de trabajo temporal por haber devenido la causa de extinción, como refiere la demandada o un despido como señala la demandante, pues, refiere, que la persona a sustituir no se reincorporó a la prestación de servicios en el euskaltegui contratando la demandada a otro trabajador.

Pacifico el contrato de interinidad, este finaliza por las siguientes causas: Reincorporación del trabajador sustituido; Vencimiento del plazo legal o convencionalmente establecido para la reincorporación; y la extinción de la causa que dio lugar a la reserva de puesto de trabajo (art,8 RD 2720/1 998, de 18 de diciembre).

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Pues bien, en el presente supuesto el contrato de interinidad viene vinculado a la sustitución de la Sra. Bourgcaud, y esta como queda acreditado no se ha reincorporado, sino que se ha procedido a nuevo nombramiento para el plan de normalización del uso del euskara hasta el 30 de septiembre 2.017, esto es, en ningún momento se ha reincorporado para que el contrato de la demandante se extinga en virtud de la reincorporación de la sustituida.

Y es que si examinarnos el contrato, el ultimo aportado por la demandante solo refiere a la sustitución de la Sra. Borgeaud, “con derecho a reserva del puesto de trabajo”, por tanto corno destaca la doctrina jurisprudencial, si el contrato suscrito no hace mención a causa alguna de la interinidad, sino más ampliamente al “derecho a reserva” del trabajador sustituido y ésta se mantiene sin solución de continuidad por diversas causas, no cabe extinguir el contrato cuando cese la primera causa que dio derecho a la reserva, porque el contrato no contemplaba como causa generatriz la ‘causa de la reserva”, sino la propia “reserva’ y mientras la misma se mantenga no llega a producirse la extinción del contrato (STS 10 de mayo de 2011, rec.2588/2010).

La representación de la demandada ha incidido en la circunstancia de la existencia de la bolsa de trabajo y por tal se ha aplicado el nuevo contrato al primero de la lista, pero ello no es el supuesto conforme lo dicho, pues la sustituida en ningún momento se ha reincorporado en la prestación de servicios como profesora en el euskaltegui.

En su consecuencia la decisión extintoria de la empresa no es tal sino que se trata de un despido que a! no estar amparado en causa legal debe ser calificado de improcedente (art, 55.4 ET).

IV.- Por tanto procede la condena de la empresa demandada, a que en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia opte entre la readmisión de la demandante o el abono de una indemnización consistente en 45/33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y hasta un máximo de 42/24.mensualidades, lo que supone la cantidad de 49.621,96 euros; y sin que procedan salarios de tramitación salvo que la empresa opte por la readmisión, en cuyo caso lo serán desde la fecha del despido (31-12-12), hasta la notificación de esta sentencia a razón de 112,08 euros (arts. 56.1 y 2,57.1 del ET).

V.- De confonnidad con el art, 191.1 LRJS, contra esta sentencia procede recurso de suplicación.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación. FALLO

Que estimando la demanda formuladas por DÑA. ROSA OTXOA CASTAÑO frente a ARRIGORRIAGA UDAL EUSKALTEGIA, debo declarar y declaro el despido causado a la demandante como improcedente y en su consecuencia debo condenar y condeno a la demandada a que en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia opte entre la readmisión de la trabajadora o al abono de la indemnización de 49.621,96 euros; y sin que procedan salarios de tramitación salvo que la empresa opte por la readmisión, en cuyo caso lo serán desdé la fecha del despido (3 1-12-12), hasta la notificación de esta sentencia a razón de 112,08 euros. -

Notifíquese esta sentencia a las partes, previniéndoles de su derecho a interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del T.S.J. de la C.A. del País Vasco en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo”.

18.2 Protocolo contra desahucios. Dª. Felicidad Bahillo Morán recuerda que este asunto está pendiente. El Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral, le explica que se quiere redactar un protocolo, pero antes que hacer nada es conveniente tener en cuenta el

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protocolo que el gobierno Vasco va a publicar en junio, ya que algunas líneas de actuación, pueden ser tenidas en cuenta. 18.3 Ordenanza para actos civiles y homenajes. Dª. Felicidad Bahillo Morán recuerda que este asunto está pendiente. El Sr. Alcalde D. Ekaitz Mentxaka Corral, le contesta que se están estudiando distintas Ordenanzas y que se verá si es interesante o no redactar una Ordenanza. Si se entiende que es conveniente redactarla, antes de adoptar acuerdo alguno, se les hará entrega a Bildu de un borrador de la misma. No habiendo más asuntos que tratar y siendo las veinte horas, por el Sr. Alcalde se levanta la Sesión, de todo lo cual, yo el Secretario, doy fe.

CUMPLASE: A reserva de lo que resulte de la aprobación de la aprobación definitiva del Acta. Ugao-Miraballes, a 6 de junio de 2013 EL ALCALDE