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GUIA PARA LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LOS CONCURSOS DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LLENAR LAS VACANTES EXISTENTES EN EL BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P. CONVOCATORIA QUE SE REALIZARÁ A PARTIR DEL 26 DE ENERO DE 2016. OBJETIVO.- Guiar a los interesados en participar en los Concursos de Méritos y Oposición convocados por el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., además sentar la base para las decisiones de los Tribunales de Méritos y Oposición y de Apelaciones. BASE LEGAL CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.- Art. 228.- El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la Ley, con excepción de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su inobservancia provocará la destitución de la autoridad nominadora”. LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO.- Art. 65.- Del ingreso a un puesto público.- El ingreso a un puesto público será efectuado mediante concurso de merecimientos y oposición, que evalúe la idoneidad de los interesados y se garantice el libre acceso a los mismos. Art. 66.- “De los puestos vacantes.- Para llenar los puestos vacantes se efectuará un concurso público de merecimientos y oposición, garantizando a las y los aspirantes su participación sin discriminación alguna conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República, esta Ley y su Reglamento. Estos concursos deberán ser ejecutados por las respectivas Unidades de Administración del Talento Humano”.

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GUIA PARA LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LOS CONCURSOS

DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LLENAR LAS VACANTES EXISTENTES EN EL

BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P. CONVOCATORIA QUE SE REALIZARÁ A PARTIR DEL 26 DE ENERO DE

2016.

OBJETIVO.- Guiar a los interesados en participar en los Concursos de Méritos y Oposición convocados por el Banco de Desarrollo del Ecuador

B.P., además sentar la base para las decisiones de los Tribunales de Méritos y Oposición y de Apelaciones.

BASE LEGAL

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.-

“Art. 228.- El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la Ley, con excepción de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su inobservancia provocará la destitución de la autoridad nominadora”.

LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO.-

Art. 65.- “Del ingreso a un puesto público.- El ingreso a un puesto público será efectuado mediante concurso de merecimientos y oposición, que evalúe la idoneidad de los interesados y se garantice el libre acceso a los mismos”.

Art. 66.- “De los puestos vacantes.- Para llenar los puestos vacantes se efectuará un concurso público de merecimientos y oposición, garantizando a las y los aspirantes su participación sin discriminación alguna conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República, esta Ley y su Reglamento. Estos concursos deberán ser ejecutados por las respectivas Unidades de Administración del Talento Humano”.

REGLAMENTO GENERAL A LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO.-

Art. 176.- “Del subsistema de selección de personal.- El subsistema de reclutamiento y selección de personal es el proceso técnico mediante el cual se define y selecciona a la o el aspirante idóneo, que cumpla con los requisitos establecidos para el desempeño de un puesto en el servicio público a través del concurso de méritos y oposición correspondiente.”.

Art. 177.- “Principios del subsistema.- El subsistema de reclutamiento y selección de personal se sustentará en los siguientes principios:

a) Legalidad.- De acuerdo con lo que dispone la Constitución de la República, en su artículo 228, y la LOSEP en sus

artículos 65, 66 y 68, el ingreso al sector público, el ascenso y la promoción en la carrera se realizarán mediante

concurso de méritos y oposición;

b) Transparencia.- La aplicación de métodos y procedimientos para seleccionar el talento humano competente,

responderá a un tratamiento técnico, transparente, objetivo e imparcial para todos los aspirantes a desempeñar un

puesto público;

c) Credibilidad.- El proceso selectivo se ajustará a la observancia de políticas, normas, procedimientos, métodos y

técnicas preestablecidas que den confianza y seguridad en su aplicación, obtención y verificación de resultados;

d) Igualdad.- La aplicación del proceso selectivo en condiciones de igualdad para las y los aspirantes y en función de

los requisitos de los puestos;

e) Inserción y equidad.- Contempla acciones afirmativas para precautelar la equidad de género, la inserción y el acceso

de las personas con discapacidad, con enfermedades catastróficas, de las comunidades, pueblos y nacionalidades

y de migrantes ecuatorianos en el exterior que hayan prestado servicios con anterioridad en el servicio público, a un

puesto público; y,

f) Difusión.- La difusión en la convocatoria y conocimiento, en las normas del concurso de méritos y oposición y su

respectivo procedimiento y resultados”.

Art. 178.- “Normativa de reclutamiento y selección.- Sobre la base de las políticas, normas e instrumentos técnicos de aplicación obligatoria para los puestos de carrera en el servicio público, emitidos por el Ministerio de Relaciones Laborales, las UATH aplicarán los mecanismos técnicos que permitan la obligatoria, correcta y eficiente administración del subsistema de reclutamiento y selección de personal”.

Art. 180.- “Concurso Abierto.- El concurso abierto es el proceso mediante el cual se convoca a servidoras, servidores y personas ajenas a la institución, que reúnan los requisitos establecidos en la LOSEP y en las bases del concurso, dados a conocer a través de la convocatoria para que participen en los procesos selectivos a que hayan lugar en las Instituciones del sector público, para llenar puestos vacantes.”

NORMA TÉCNICA DEL SUBSISTEMA DE SELECCIÓN DE PERSONAL REGISTRO OFICIAL Nº 383 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y SUS REFORMAS

Mediante la cual se norma el procedimiento para la ejecución de los concursos de méritos y oposición, según el siguiente esquema:

NORMA TÉCNICA DEL SUBSISTEMA DE SELECCIÓN DE PERSONAL

PLANIFICACIÓN CONCURSOS DE

MÉRITOS Y OPOSICIÓN

MÉRITO

CONVOCATORIA

OPOSICIÓN

CONCURSOS DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN

Pasos PreviosResponsable: UATH - Tribunales

Bases de Concurso

Difusión: UATH

Postulación

Verificación Manual de Postulaciones: UATH Apelación a la Verificación Manual de Postulaciones:

Postulantes

Pruebas Técnicas y Psicométricas

Apelación Pruebas Técnicas Entrevistas Puntaje tentativo final

Acciones Afirmativas

Mérito Adicional Puntaje Final Ganador

DESARROLLO DEL PROCESO DE LOS CONCURSOS DE MÉRITOS Y OPOSCIÓN

RESPONSABLES DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN.-

a) Dirección de Administración del Talento Humano DATH;

b) Tribunal de Méritos y Oposición; y,

c) Tribunal de Apelaciones.

Responsable Responsabilidades

Dirección de Administración de Talento Humano

Responsable y encargada de administrar el

concurso de méritos y oposición

De signa administrador

Tribunal de Méritos Declarar al ganador del concurso de méritos y

oposición

Declarar Desierto el concurso de méritos y

oposición; entre otras previstas en la norma

Tribunal de Apelaciones Resolver las apelaciones presentadas por los

postulantes en la verificación al mérito y en las

pruebas de conocimientos técnicos

POLÍTICAS DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN

POSTULACIÓN

Las personas interesadas en postular en los concursos de Méritos y Oposición en las Instituciones del Estado, únicamente pueden

hacerlo registrando y llenando su hoja de vida en la página web www.socioempleo.gob.ec, en el enlace 'Buscadores de Empleo'. La información ingresada deberá describir su instrucción formal, es decir, su formación primaria, secundaria, tercer y cuarto nivel (con número del registro de la SENESCYT), experiencia laboral en donde se detalle de manera exacta las fechas, la descripción del cargo y las funciones cumplidas, conforme los certificados laborales emitidos por los empleadores y en caso de contar con acciones afirmativas, esto es discapacidad, enfermedad catastrófica, héroe o heroína, excombatiente, exmigrante o migrante (debidamente respaldados) y autodefinición étnica, deberán registrar esta información con los respaldo necesarios.

Toda la información registrada en la hoja de vida deberá estar respaldada con los documentos correspondientes, puesto que la Dirección de Administración de Talento Humano del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. la requerirá en el momento pertinente. El postulante es el único responsable de la veracidad y exactitud de la información y de sus declaraciones incluidas en el registro de su hoja de vida.

Previo a la postulación, los participantes podrán verificar los requerimientos establecidos para el puesto de acuerdo con el perfil detallado en las bases del concurso, en el enlace 'Ofertas del Sector Público', y determinarán si cumplen o no con el mismo; sin perjuicio de ello, toda la información relacionada al proceso se podrá visualizar a través de la página web institucional del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.: www.bancoestado.com

La postulación no tiene costo alguno.

El participante puede postular únicamente a un cargo por convocatoria. Es importante considerar que la hoja de vida registrada se congelará para el desarrollo del proceso, por lo que no podrá ser modificada después de su postulación.

Al postular a un proceso convocado por el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. o cualquier otra institución pública, el postulante adquiere la responsabilidad de monitorear su participación durante todo el concurso en la web www.socioempleo.gob.ec

La Dirección de Administración de Talento Humano del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., en caso de comprobar falsificación de documentos, comunicará a la autoridad nominadora para los fines de Ley pertinentes. La información proporcionada por el postulante será verificada al final del proceso, conforme notificación previa de la referida Dirección y a través de la página web de socio empleo.

NOTA IMPORTANTE: El inciso cuarto del artículo 8 del Código Orgánico Monetario y Financiero señala “Los miembros, servidores y funcionarios que formen parte de los organismos que realicen actividades de regulación, supervisión y control, estarán impedidos de prestar sus servicios en las entidades reguladas o en las que están bajo su ámbito de control, según su caso, bajo cualquier modalidad contractual, y de intervenir o gestionar directa o indirectamente ante estos órganos, en beneficio de tales entidades reguladas y controladas hasta después de dos (2) años de terminar sus funciones, sin perjuicio de las limitaciones que el artículo 153 de la Constitución determina. La infracción a este impedimento constituirá infracción grave por parte de la entidad regulada o controlada, que se sancionará conforme a la Sección 11 del Capítulo 3 de este Código, al artículo 208 de la Ley de Mercado de Valores o al artículo 40 de la Ley General de Seguros, según corresponda de acuerdo con la naturaleza de la entidad infractora. Esta prohibición aplica exclusivamente para el caso de las entidades reguladas, controladas o supervisadas conforme al ámbito de este Código”. Por esta razón, los servidores de los organismos de control del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., como es la Superintendencia de Bancos, no podrán postularse a los cargos convocados por esta entidad.

VERIFICACIÓN DE POSTULACIONES

Al siguiente día de culminada la postulación, la Dirección de Administración de Talento Humano procederá a verificar el cumplimiento de las bases

del concurso detalladas en la página web www.socioempleo.gob.ec, de acuerdo con las hojas de vida congeladas de los participantes; para lo cual

la DATH deberá considerar los siguientes parámetros:

o Instrucción Formal: se aprobará únicamente las hojas de vida de los postulantes que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en

las bases del concurso, para el efecto se considerará:

a. Requisito “título de tercer nivel” y/o “cuarto nivel”: los títulos de tercer y cuarto nivel deben estar debidamente registrados en

la SENESCYT, y el número de registro debe especificarse en la hoja de vida llenada de la página web de socio empleo.

b. Requisito “bachillerato”: los participantes registrarán en la hoja de vida llenada en la web de socio empleo, el título de bachiller

con su respectiva especialización y en caso de que el postulante cuente con títulos de niveles superiores deberá hacer constar el

número de registro de la SENESCYT.

Nota 1: Para determinar las carreras afines a las detalladas en la especificidad de la instrucción formal en las bases del concurso, se considerará la Resolución No. RPC-SO-27-No.289-2014 de 16 de julio de 2014, expedida por el CES, mediante la cual se emitió el "Reglamento de Armonización de la Nomenclatura de Títulos Profesionales y Grados Académicos que confieren las Instituciones de Educación Superior del Ecuador", y sus reformas.

Nota 2: Para la calificación del mérito adicional por instrucción formal, la UATH institucional reconocerá a la o el postulante tres (3) puntos de mérito adicional cuando registre en su "Hoja de vida" al momento de la postulación, un título legalmente inscrito en la SENESCYT de un nivel superior al requerido, el mismo que deberá ser afín al área del perfil del puesto.

Nota 3: Experiencia Laboral. Se aprobará únicamente la experiencia laboral que los postulantes registren en la hoja de vida y que se encuentre relacionada con las bases del concurso, de acuerdo a la descripción del puesto, considerando tiempo de experiencia adicional relacionada. La experiencia debe estar debidamente respaldada con documentos otorgados por sus empleadores, los cuales deben indicar fecha de ingreso y salida, cargo desempeñado y funciones cumplidas. Se podrá tomar en cuenta la experiencia de prácticas preprofesionales y/o pasantías en el sector público o privado, siempre y cuando sea en el área relevante al puesto y se cuente con el certificado correspondiente.

Para la calificación del mérito adicional por experiencia, la UATH institucional reconocerá a la o el postulante un puntaje adicional cuando haya registrado en su "Hoja de vida" al momento de la postulación, una trayectoria profesional o laboral superior por lo menos en un (1) año a la requerida, misma que tendrá relación con la especificidad de la experiencia establecida en la descripción del puesto. Por cada año adicional se concederá un (1) punto hasta el máximo de tres (3) puntos.

o Acciones Afirmativas: en caso de que los postulantes cuenten con alguna de las acciones afirmativas deberán contar con los debidos

documentos de respaldo de acuerdo a cada categoría:

Acciones afirmativas

Documentación de respaldo

Héroe o heroína: Certificación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para quienes hubieren obtenido la calidad de héroes y heroínas.

Excombatiente: Certificación del Ministerio de Defensa Nacional para quienes hubieren obtenido la calidad de excombatientes efectivos que hayan enfrentado un conflicto armado.

Exmigrante o migrante:

Documento que certifique que resida o hubiese residido fuera del país por lo menos un (1) año continuo (Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana).

Discapacidad: Carné expedido por la institución del Estado competente (Ministerio de Salud Pública) o el carné del CONADIS vigente (Debe contar con por lo menos un treinta por ciento (30%) de discapacidad).

Enfermedad Catastrófica:

Diagnóstico médico correspondiente extendido o avalado por un facultativo de las unidades de salud pública (Ministerio de Salud Pública – emitido con fecha hasta el día de la postulación, no posterior). Se considerarán enfermedades catastróficas únicamente aquellas que se encuentren definidas como tales por la institución del Estado competente.

Sustitutos de personas con discapacidad severa y/o enfermedad catastrófica:

Declaración juramentada ante notario público señalando que el familiar con discapacidad severa (por lo menos 75%) o enfermedad catastrófica, se encuentre bajo su cuidado, dentro de su núcleo familiar, entiéndase al cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida, padre, madre, hermano o hermana, hijo o hija. El carnet de la discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública o el CONADIS y/o el diagnóstico médico correspondiente extendido o avalado por un facultativo de las unidades de salud pública, deberán estar incluidos en la declaración juramentada (Artículo 32 de la Norma Técnica del Subsistema de Selección de Personal).

MANEJO DE LA PLATAFORMA SOCIO EMPLEO ( www.socioempleo.gob.ec ) PARA LOS POSTULANTES

Los interesados en participar en el concurso de méritos y oposición convocado por el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., deberán ingresar la

hoja de vida en el sistema informático de la Red Socio Empleo, tomando como referencia el siguiente procedimiento:

1. Ingresar a la página web de Socio Empleo www.socioempleo.gob.ec en el enlace “Busco Empleo Regístrate”;

2. Registrarse

3. Ingresar su hoja de vida conforme los respaldos físicos (instrucción formal, experiencia y acciones afirmativas)

4. Actualizar la hoja de vida antes de postularse a los concursos de méritos y oposición

5. Buscar las ofertas de empleo disponibles seleccionando el enlace “Ofertas del sector público”

6. Visualizar las vacantes disponibles de la institución requerida (Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.), pulsar “VER”para enlistar las vacantes existentes

7. Verificar las Bases del Concurso en el campo “Ver bases del concurso” para confirmar que su perfil se ajusta alrequerido por la institución conforme a las 'Políticas del Concurso' definidas en la presente guía.

Bases del Concurso

8. Si la vacante revisada es de su interés y cumple con los requisitos solicitados, haga click en “Aplicar”;

9. Seleccionar la información de Instrucción formal que cumpla con los requerimientos del perfil del puesto

10. Seleccionar la información de experiencia que cumpla con los requerimientos del perfil del Puesto

11. Aceptar el acuerdo de confidencialidad

El sistema le indicará que su aplicación fue realizada con éxito, y podrá regresar a visualizar la pantalla con otras ofertas laborales. Usted podrá aplicar a una sola vacante por convocatoria.

NOTAS GENERALES

Los participantes a los diferentes cargos darán estricto cumplimiento al cronograma establecido por la Dirección de Administración de Talento Humano del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. No existirán modificaciones de fechas ni horas fijadas por temas de índole personal; se considerarán únicamente los casos fortuitos (catástrofes, factor climático, manifestaciones, cierre de vías), por lo que se solicita puntualidad en la asistencia a las diferentes fases del concurso.

El Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., agradece su interés en participar en el concurso público de méritos y oposición. Se recuerda que la convocatoria 10.2 - segunda fase, se difundirá a través la página web de Socio Empleo (www.socioempleo.gob.ec) del 26 al 29 de enero de 2016.

Las postulaciones se receptarán únicamente conforme el procedimiento y fechas establecidas en el reporte de la convocatoria.

Quito, 20 de enero de 2016

Dirección de Administración de Talento Humano Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.