gastos deducibles

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Page 1: Gastos deducibles

GASTOS PERSONALES

La deducción total por gastos personales no puede superar el 50%del total de ingresos del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente al 1.3 veces la fracción básica vigente.

Page 2: Gastos deducibles

VIVIENDA

• Arriendo de la vivienda.• Intereses de préstamos hipotecarios

destinados a la reparación, remodelación adquisición o construcción de la vivienda, con los respectivos certificados de la institución que concedió el crédito.

• Impuestos prediales de la vivienda del contribuyente.

Page 3: Gastos deducibles

EDUCACIÓN

• Matrícula y pensión en todos los niveles de educación, además de otros cursos y seminarios aprobados por el Ministerio de Educación o del Trabajo dentro del territorio ecuatoriano.

• Útiles, libros, uniformes y material didáctico necesarios para la educación.

• Educación para personas discapacitadas y cuidado infantil.

Page 4: Gastos deducibles

SALUD• Pago de honorarios profesionales recibidos.• Servicios prestados por clínicas, hospitales y

farmacias.• Insumos médicos como medicinas, lentes,

prótesis entre otros instrumentos para mantener la salud del contribuyente.

• Medicina prepagada y primas de salud

Page 5: Gastos deducibles

ALIMENTACIÓN

• Alimentos: Compras de alimentos para consumo humano.

• Pensiones Alimenticias, debidamente sustentadas en resolución judicial o actuación de la autoridad correspondiente.

• Restaurantes: Compra de alimentos en Centro de expendio de alimentos preparados.

Page 6: Gastos deducibles

VESTIMENTA

• Ropa en General: Se considera gastos de vestimenta los realizados por cualquier tipo de prenda de vestir.

Page 7: Gastos deducibles

Para la deducibilidad de los gastos personales, los comprobantes deberán estar a nombre del contribuyente, su conviviente o sus hijos menores de edad o personas con alguna discapacidad y que al no tener ingresos dependan del contribuyente.