gaceta - diario oficial de nicaragua - no. 144 del 1 de...

40
LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje:750 Ejemplares 40 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑO CXVI No. 144 Managua, Miércoles 01 de Agosto de 2012 5669 SUMARIO Pág. ASAMBLEA NACIONAL Resolución 001. Comisión de Administración del Conjunto Urbano de la Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino...............................................5670 MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Fundación Ministerio Interdenominacional Revelación en Cristo Jesús (MIRCRISJE)..........................................................................5670 MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio.............................5673 MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA Aviso......................................................................................5693 INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CULTURA Licitación Selectiva No. 02-07-2012.....................................5694 BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Avisos...................................................................................5694 ALCALDIAS Alcaldía Municipal de Diriomo Programa Generalde Adquisiciones...................................5695 Alcaldía Municipal de San Pedro del Norte Programa Generalde Adquisiciones...................................5696 Alcaldía Municipal de San Sebastián de Yalí Ordenanza No. 003-2012.......................................................5696 UNIVERSIDADES Títulos Profesionales...........................................................5705 SECCION JUDICIAL Convocatoria.........................................................................5708

Upload: trinhduong

Post on 08-Oct-2018

228 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETADIARIO OFICIAL

Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344

Tiraje:750 Ejemplares40 Páginas

Valor C$ 45.00Córdobas

AÑO CXVI No. 144Managua, Miércoles 01 de Agosto de 2012

5669

SUMARIOPág.

ASAMBLEA NACIONAL

Resolución 001. Comisión de Administracióndel Conjunto Urbano de la Avenida PeatonalGeneral Augusto C. Sandino...............................................5670

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos Fundación MinisterioInterdenominacional Revelación en Cristo Jesús(MIRCRISJE)..........................................................................5670

MINISTERIO DE FOMENTO,INDUSTRIA Y COMERCIO

Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio.............................5673

MINISTERIO DE TRANSPORTEE INFRAESTRUCTURA

Aviso......................................................................................5693

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CULTURA

Licitación Selectiva No. 02-07-2012.....................................5694

BANCO CENTRAL DE NICARAGUA

Avisos...................................................................................5694

ALCALDIAS

Alcaldía Municipal de DiriomoPrograma General de Adquisiciones...................................5695

Alcaldía Municipal de San Pedro del NortePrograma General de Adquisiciones...................................5696

Alcaldía Municipal de San Sebastián de YalíOrdenanzaNo.003-2012.......................................................5696

UNIVERSIDADES

Títulos Profesionales...........................................................5705

SECCION JUDICIAL

Convocatoria.........................................................................5708

Page 2: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5670

01-08-12 144

ASAMBLEA NACIONAL

COMISION DE ADMINISTRACIÓN DEL CONJUNTOURBANO DE LA AVENIDA PEATONAL

GENERAL AUGUSTO C. SANDINO

RESOLUCION 001COMISION DE ADMINISTRACIÓN

DEL CONJUNTO URBANO DE LA AVENIDA PEATONALGENERAL AUGUSTO C. SANDINO

CONSIDERANDOS

I

Que nuestra Constitución Política establece en su artículo 126 que:“Es deber del Estado Promover el rescate, desarrollo y fortalecimientode la cultura nacional sustentada en la participacióme:n creativa delpueblo. El estado apoyará la cultura nacional en todas sus expresionessean de carácter colectivo o de creadores individuales”. En el artículo128 establece que: “El Estado protege el patrimonio arqueológico,histórico, lingüístico, cultural y artístico de la nación”.

II

Que la Ley No. 711, LEY QUE DECLARA HÉROE NACIONAL ALGENERAL AUGUSTO C. SANDINO, DECLARACIÓN DEPATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DE LA NACIÓN ELCONJUNTO URBANO DE LA AVENIDA PEATONALAUGUSTO C. SANDINO Y ASIGNACIÓN DE BIENES A LAASAMBLEA NACIONAL, establece que “ la Avenida que inicia enel Monumento al Soldado de la Patria, hasta el Lago de Managua, sedenominará Avenida Peatonal Augusto C. Sandino en honor al HéroeNacional y General de Hombres Libres y Defensor de la SoberaníaNacional, la que deberá abrirse y conservarse como Avenida peatonal.Se declaran Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación el conjuntourbano existente, construido sobre las bandas este y oeste de la hoydenominada Avenida Peatonal Augusto C. Sandino desde su origen enel Lago de Managua hasta el Monumento al Soldado de la Patria”.

III

Que de conformidad con la Ley No. 711 la Presidencia de la República,la Asamblea Nacional, laAlcaldía de Managua, el Instituto Nicaragüensede Cultura, el Ejército de Nicaragua, el Ministerio de RelacionesExteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el InstitutoNicaragüense de Turismo han conformado una “Comisión deAdministración del Conjunto Urbano de la Avenida Peatonal GeneralAugusto C. Sandino”, que tiene el mandato de ley de garantizar larealización de las mejoras y adecuaciones para convertirlo en un centrode encuentro de la ciudadanía.

POR TANTO

La Comisión de Administración del Conjunto Urbano de la AvenidaPeatonal General Augusto C. Sandino en base a los artículo 58, 103,126 y 128 de la Constitución Política de Nicaragua, y la Ley No. 711,Ley que Declara Héroe Nacional al General Augusto C. Sandino,Declaración de Patrimonio Histórico Cultural de la Nación el ConjuntoUrbano de la Avenida Peatonal Augusto C. Sandino y Asignación deBienes a la Asamblea Nacional, Publicada en La Gaceta No. 14 del 21de Enero de 2010:

RESUELVE

PRIMERO

Que la Avenida Peatonal Augusto C. Sandino a partir del día 02 deAgosto del 2012 será de uso exclusivo para los fines establecidos enla Ley No. 711, por lo tanto no se permite a partir de esa fecha el accesoni parqueo de vehículos automotores, vehículos de tracción humanao animal a toda persona natural y jurídica. Se exceptúan de la presentedisposición todo tipo de vehículos o medios necesarios a ser empleadospor razones de seguridad nacional.

SEGUNDO

No se permitirá la instalación de ningún tipo de negocios en la Aveniday aceras de la Avenida que no se correspondan con el Plan Maestrode la Avenida Peatonal Augusto C. Sandino, previa autorizacióncorrespondiente.

TERCERO

En caso de incumplimiento de la presente Resolución los infractoresquedaran sujetos a las sanciones recogidas en la legislación nacionalaplicable.

CUARTO

Notifíquese la presente Resolución al Instituto Nicaraguense deCultura, Policía Nacional, Alcaldía de Managua, Instituto Nicaraguensede Turismo y demás Instituciones del Estado a fin de que en el ámbitode su competencia realicen todas las acciones necesarias para darcumplimiento a la presente Resolución; Así mismo notifíquese a todapersona natural y jurídica que posean inmuebles con accesos a laAvenida Peatonal Augusto C. Sandino.

QUINTO

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicaciónen La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintisiete días del mes de juliodel año dos mil doce. Dr. Paul Oquist Kelley, Ministro Secretariopara Políticas Nacionales Presidente. Ing. René Núñez Téllez,Presidente Asamblea Nacional Secretario. Compañera Daysi Torres,Alcaldesa de Managua Miembro. Compañera Vilma de la Rocha,Directora General del Instituto Nicaragüense de Cultura Miembro.General Julio César Avilés, General de Ejército Comandante en Jefedel Ejército de Nicaragua Miembro. Compañero Samuel Santos,Ministro de Relaciones Exteriores Miembro. Compañero Iván Acosta,Ministro de Hacienda y Crédito Público Miembro. Arq. Mario Salinas,Ministro Presidente Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de TurismoMiembro.

MINISTERIO DE GOBERNACION

Reg. 10878 - M. 75663 – Valor C$ 965.00

“FUNDACION MINISTERIO INTERDENOMINACIONALREVELACION EN CRISTO JESUS” (MIRCRISJE)

CERTIFICADO PARA PUBLICAR ESTATUTOS

Page 3: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5671

01-08-12 144

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República deNicaragua. CERTIFICA. Que bajo el Número Perpetuo cuatro milnovecientos setenta y nueve (4979), del folio número dos milseiscientos ochenta y cuatro al folio número dos mil seiscientosnoventa y uno (2684-2691), Tomo II, Libro: DOCEAVO (12º)ante el Departamento de Registro y Control de Asociaciones delMinisterio de Gobernación siendo inscrita el día veinte de mayodel año dos mil once la entidad denominada: “FUNDACIONMINISTERIO INTERDENOMINACIONAL REVELACION ENCRISTO JESUS” (MIRCRISJE). Este Documento es exclusivopara publicar los Estatutos en La Gaceta, Diario Oficial, los quese encuentran inserta en la Escritura Pública numero cincuenta ytres (53) debidamente autenticado por el Licenciado Pedro AntonioLagos González el día veintinueve de abril del año dos mil once,y debidamente sellados y rubricados por el Director delDepartamento de Registro y Control de Asociaciones. Dado en laciudad de Managua, a los a los veinticinco días del mes de junio delaño dos mil doce. (f) Dr. Gustavo A. Sirias Quiroz., Director.

DECIMO CUARTO: (APROBACIÓN DE ESTATUTOS) loscomparecientes reunidos en la asamblea general del común acuerdodiscuten y aprueban unánimemente en este acto, los ESTATUTOSDE LA FUNDACIÓN, que se redactan y forman parte integrantede esta escritura, quedando en los siguientes términos: CAPITULOPRIMERO. NATURALEZA, FINES Y OBJETIVOS. Artículo 1:la fundación se denominara FUNDACIÓN: FUNDACIÓN AMORFRATERNAL Y q u e abrev iad amente se d en o min ara “FUNDACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONALREVELACIÓN EN CRISTO JESÚS” la que podrá conocerse enforma abreviada como MIRCRISJE, nombre con que realizara susprogramas y proyectos de carácter civil, sin fines de lucro y deduración indefinida, con domicilio en la ciudad de Managua delmunicipio de Managua del departamento de Managua y que parael desarrollo de su objetivo podrá establecer filiales en todo o partedel territorio nacional y fuera de su fronteras; e cuanto a su régimeninterno esta función es autónoma y se regirá por las disposicionesque establecen sus estatutos, acuerdos y resoluciones emanadosde la asamblea general y de la junta directiva nacional. Artículo 2:la fundación tiene como objetivos: 1) construir y estableceriglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo anivel nacional como internacional. 2) desarrollar proyectos socialesdirigidos a los de Nicaragua tales como: capacitaciones técnicaslaborales en computación, carpintería, mecánica, electricidad,ebanistería etc. 3) impulsar proyectos de rehabilitación socialpara hombres y mujeres todo con el fin de inculcar en ellosprincipio ético y morales y ofertarles una vida diferente. 4)desarrollar proyectos encaminados al medio ambiente, a las cuencas,huertos familiares etc. 5) Estructurar, organizar y construirproyectos sociales para el beneficio de la población urbana y ruralde Nicaragua, tales como clínicas medicas, farmacias comunales,centro de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelaspreescolares, primarias y secundarias. 6) Construir acilos deancianos para el beneficio de todas aquellas personas abandonadaspor sus familiares. 7) Establecer vínculos de hermanamiento conotras fundaciones y organizaciones afines homologo nacionales einternacionales que ayuden a consolidar los objetivos de lafundación. 8) Construir institutos bíblicos para la formaciónteológica; basados en los cincos ministerios que la biblia establece(apóstol, profeta, evangelista, pastor y maestro) y practicar launidad según lo establece la biblia en la cooperativa mutua, real yefectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los/ as cristianos/as. 9. Gestionar ante organizaciones internacionales ayudasmedicas, como brigadas medicas y medicamentos, igual que la

construcción de viviendas de interés social 10) Desarrollarcampañas educativas a jóvenes en riesgo con la droga a si mismohacer conciertos de alabanza y adoración para la conversión de lasalmas a Jesucristo. 11) Crear escuelas de músicas cristianas parala adoración y alabanza a nuestro señor Jesucristo. 12) Propagaruna cultura sana y recreativa a toda la población en general ypredicar el mensaje de nuestro señor Jesucristo en los diferentesmedios de comunicación (escritos radiales y televisivos, etc.).CAPITULO SEGUNDO. LOS MIEMBROS. Artículo 3: Lafundación tendrá miembros fundadores, miembros activos ymiemb ro s h o n ora r io s . ARTÍCULO 4 : (MIEMBROSFUNDADORES) serán miembros fundadores todos aquellosmiembros que suscriban la escritura de constitución de la fundación.Artículo 5: (MIEMBROS ACTIVOS) son miembros activos de lafundación todas las personas naturales, que a título individualingresen a la fundación y participen por lo menos en un noventapor ciento de las actividades y programas desarrolladas por lafundación; los miembros activos podrán hacer uso de su derechoal voto, tres meses después de su ingreso a la fundación. Aportarsu económicamente a la fundación para su sostén, a dar buenejemplo dentro y fuera de la fundación. Artículo 6: (MIEMBROSHONORARIOS) son miembros honorarios de la fundación aquellaspersonas naturales, nacional o extranjera, que se identifiquen conlos fines y objetivos de la fundación y apoyen activamente larealización de objetivo. Serán nombrados por la asamblea generalen virtud de un merito especial. Tendrán derecho a recibir undiploma que los acredite como tal y tendrán derecho a voz, perono a voto. Artículo 7: la calidad de miembro de la fundación sepierde por las siguientes causas: 1) por causa de muerte (naturalo jurídica). 2) por destino desconocido por más de un año. 3) poractuar contra los objetivos y fines de la fundación. 4) por renunciaescrita a la misma. 5) por sentencia firme que conlleve pena deinterdicción civil. Artículo 8: los miembros de la fundación tienenlos siguientes derechos: 1) participar con voz y voto de lasreuniones y actividades de la fundación. Los miembros colectivos,independientemente del número de sus miembros, representanúnicamente un voto; 2) presentar iniciativas relacionadas con losfines y objetivos de la fundación. 3) Al elegir y ser elegido para loscargos de la junta directiva. 4) presentar propuestas a la asambleageneral de reforma de los estatutos. 5) A retirarse voluntariamentede la fundación. CAPITULO TERCERO. DE LOS ÓRGANOS DEGOBIERNOS Y ADMINISTRACIÓN. La toma de decisiones alos interno de la fundación se hará con la más amplia participacióndemocrática de los asociados. La fundación para su conducción yfuncionamiento administrativo contara con los siguientesorganismos: Articulo 9:: las máximas autoridades de la fundaciónson. 1) la asamblea general. 2) la junta directiva nacional. Artículo10: la asamblea general estará integrada por los miembros fundadoresy los miembros activos. Los miembros activos tendrán igualderecho que los miembros fundadores a participar con vos y votoen las decisiones de la asamblea, siempre y cuando hayan cumplidotres meses de ingreso a la fundación. La asamblea general es elmáximo órgano de dirección de la fundación y sesionaraordinariamente cada año y extraordinariamente cuando lo convoquela junta directiva nacional o un tercio de sus miembros activos. Elquórum se constituirá con la mitad mas uno de la totalidad de losmiembros. Artículo 11: La asamblea general tiene las siguientesatribuciones: a) aprobación del informe anual; b) aprobación delinforme financiero anual de la fundación c) reformar el estatuto;d) presentación y aprobación de los planes económicos y detrabajo anual de la fundación; e) elegir a los miembros de la juntadirectiva nacional; f) cualquier otra que esta asamblea generaldetermine. Artículo 12: la convocatoria a la sesión ordinaria serealizara con siete días de anticipación, la cual contara con la

Page 4: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5672

01-08-12 144

agenda a desarrollar, local, día y hora de inicio. Artículo 13: lasesión extraordinaria será convocada con tres días de anticipación.Artículo 14: la asamblea general tomara sus resoluciones por lasimple mayoría de los presentes, una vez constatado el quórum,mediante votación pública o secreta, según resuelva el máximoorganismo. Artículo 15: la deliberación, resolución y acuerdostomados en la asamblea general serán anotados en el libro de actasde la fundación, enumerados sucesivamente y por sesiones.CAP ITULO CUARTO. DE LA JUNTA DIRECTIV ANACIONAL. Artículo 16: el órgano ejecutivo de la fundación serála junta directiva nacional, integrada de la siguiente manera: 1-presidente; 2- vicepresidente; 3- secretario; 4- tesorero; 5- vocal;que se elegirán por mayoría simple de votos y ejercerán el cargopor un periodo de cinco años a partir de su elección y podrán serreelectos si al asamblea general así lo decide. Artículo 17: la juntadirectiva nacional se reunirá ordinariamente cuando el presidenteo la mayoría simple, de sus miembros lo soliciten. Artículo 18: elquórum legal para las reuniones de las junta directivas nacionalserá la mitad mas uno de sus miembros que la integran. Artículo19: la junta directiva nacional tendrá las siguientes funciones: 1)cumplir los fines y objetivos de la fundación. 2) cumplir con losacuerdos y resoluciones emanados de la asamblea general. 3)cumplir y hacer cumplir los estatutos de la fundación. 4) elaborarel proyecto de presupuesto anual y presentarlo ante la asambleageneral así como informe y balance anual de actividades y estadosfinancieros. 5) proteger los bienes que conforman el patrimonio dela fundación. 6) establecer las oficinas y filiales en el resto del país.7) elaborar propuesta del reglamente de la fundación, para suaprobación por la asamblea general. 8) conformar comisionesespeciales con los miembros de la fundación y personal técnico deapoyo. 9) tramitar administrativamente la admisión de nuevosmiembros. 10) fijar cuota de aportación ordinaria y extraordinariaa los asociados de la fundación. 11) presentar el informe anual enla asamblea general. Artículo 20: el presidente de la junta directivanacional, los será también de la asamblea general y tendrá lassiguientes funciones: 1) representar legalmente a la fundación confacultades de apoderado generalísimo. 2) dirigir las sesiones de laasamblea general y de la junta directiva nacional. 3) refrendar consu firma las actas de las sesiones de la junta directiva nacional yde la asamblea general. 4) convocar a las sesiones de la juntadirectiva nacional y presentar agenda. 5) tener derecho al dobleboto en caso de empate de votación de la junta directiva nacional.6) firmar los cheques junto con el tesorero o el director ejecutivode la fundación. Artículo 21: el presidente de la fundación solopodrá enajenar bienes de la misma, con autorización de la asambleageneral, previo acuerdo en la junta directiva nacional. Artículo 22:son funciones del vicepresidente de la junta directiva nacional lassiguientes: 1) sustituir al presidente en su ausencia temporal odefinitivo; 2) representar a la fundación en aquellas actividadespara las que fuese delegado por el presidente; 3) elaborar con eltesorero el balance financiero de la fundación; 4) administrar ysupervisar el trabajo administrativo de la fundación; y 5) otradesignaciones acordadas en la junta directiva nacional: Articulo23: sus funciones del secretario de la junta directiva nacional lassiguientes: 1) elaborar y firmar las actas de las decisiones de laasamblea nacional y de la junta directiva nacional, llevando elcontrol de acuerdos. 2) convocar a sesiones de la asamblea generaly de la junta directiva nacional. 3) llevar control del archivo y sellode la fundación. 4) dar seguimiento a los acuerdos tomados en laasamblea general y la junta directiva nacional. Artículo 24: sonfunciones del tesorero de la junta directiva nacional las siguientes:1) administrar y llevar el registro contable de la fundación. 2)firmar junto con el presidente o el director ejecutivo los chequese informe financiero de la fundación. 3) llevar control de los

ingresos y egresos de la fundación. 4) tener un control de inventariode los bienes muebles e inmuebles de la fundación. 5) elaborar ypresentar a la junta directiva nacional y la asamblea general elbalance financiero trimestral, semestral y anual. Artículo 25: sonfunciones del vocal de la junta directiva nacional las siguientes: 1)Sustituir a cualquiera de los miembros de la junta directiva enausencia o delegación especifica; 2) Coordinar las comisionesEspeciales de trabajo organizadas por el consejo directivo de lafundación y 3) Asistir a las reuniones de la Asamblea General o lajunte directiva Nacional lo delegue. 4) Asistir a las reuniones dela asamblea general y del consejo directivo. 5) Las demás atribucionesque le designe el presidente, el consejo directivo o la AsambleaGeneral. Artículo 26: la junta directiva nacional nombrara undirector ejecutivo que ejecutara las decisiones de la junta directiva.Sus atribuciones son: 1) representar administrativamente a lafundación. 2) elaborar con el tesorero el balance financiero de lafundación; 3) proponer la integración de comisiones y delegaciones;4) nombrar en consulta con la junta directiva nacional el personaladministrativo y ejecutivo de la fundación; 5) administrar ysupervisar el trabajo del personal administrativo de la fundación;6) firmar cheques junto con el presidente o el tesorero; y 7) otrasdesignaciones acordadas en la junta directiva nacional. Artículo27: CAPITULO QUINTO. DEL PATRIMONIO Y RECURSOSFINANCIEROS. La fundación es un proyecto humanitario queintegra el desarrollo comunal y social basado en los principios dela solidaridad humana por lo que su patrimonio será el productodel aporte de cada asociado y de organizaciones hermanasnacionales y /o extran jeras . Su patr imonio funcionará ,fundamentalmente, con fondos resolventes que auto financien losproyectos de la fundación. El patrimonio de la fundación seconstituyen por: 1. Con la aportación de cada uno de los asociados,tal como lo establecen los estatutos, reglamentos y el pactoconstitutivo. 2. Por la aportación de donaciones, herencias, legadosy demás bienes que la fundación adquiera a cualquier titulo seanacionales o extranjeras. 3. Bienes muebles o inmuebles que lafundación adquiriera en el desarrollo de sus actividades; deorganismos nacionales e internacionales. 4. El ahorro producidopor el trabajo de los asociados, en cada unos de los proyectosimpulsados y por el aporte inicial de los miembros fundadoresconsistente en veinte cinco mil córdobas (C$ 25,000.00). Artículo28: también son parte del patrimonio de la fundación el acervocultural y tecnológico y cualquiera que sean los bienes acumuladosdurante su existencia. Artículo 29: la junta directiva nacional esresponsable de cuidar, proteger y mantener en buen estado elpatrimonio de la fundación. CAPITULO SEXTO. DISOLUCIÓNY LIQUIDACIÓN. Artículo 30: son causas de disolución de lafundación, la decisión voluntaria de las tres cuartas partes de losmiembros activos reunidos en asamblea general convocada para talefecto. 2) las causas que contempla la ley. Artículo 31: en el casode acordarse la disolución de la fundación, la asamblea generalnombrara una comisión integrada por tres miembros activos de lamisma para que procedan a su liquidación, con las bases siguientes:cumpliendo los compromisos pendientes, pagando las deudas,haciendo efectivos los créditos y practicándose una auditoriageneral. Los bienes resultantes de la liquidación serán transferidosa una institución similar o de beneficencia según sea decidido porla asamblea general a propuesta de la comisión liquidadora.CAPITULO SÉPTIMO. DISPOSICIONES FINALES. Artículo32: los presentes estatutos son obligatorios desde el día de hoy enel ámbito interno, pero en cuanto a relaciones y actividadesrespectos a terceros, tendrán vigencia desde la fecha de suaprobación, promulgación y publicación en la gaceta, diario oficial.Artículo 33: en todo lo no previsto en estos estatutos se aplicaranlas disposiciones de nuestra legislación civil, las leyes generales

Page 5: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5673

01-08-12 144

y especiales que rigen la materia. Así se expresaron loscomparecientes, a quienes instruí acerca del objeto, valor ytranscendencia legal de este acto; lo relativo a las clausulasgenerales y especiales que esta escritura contiene y que aseguransu validez en cuanto a las renuncias tanto implícitas como explicitasque hacen y de forma especial lo relativo a la presentación de estaescritura ante la asamblea nacional, las autoridades de esta fundacióndeben mantener fluida comunicación con los funcionarios de lacomisión de defensa y gobernación a los efectos de facilitar lostrámites y gestiones que sean requeridos por el asesor o cualquierautoridad de la misma comisión. Leída que fue íntegramente lapresente escritura por el suscrito notario a los comparecientes laencuentran conforme, por lo que la ratifican y sin hacerlemodificación alguna junto conmigo la firman. (F) Reynaldo M. (F)Ilegible de Marvely Fátima Hernández Chavarría. (F) Ilegible deAna María Soza Gómez. (F)Ilegible de Yuri Massiel MolinaresHernández. (F) Ricardo Neyra N. (F) P. A. Lagos === PASOANTE MI del reverso del folio setenta y nueve al reverso delochenta y tres del protocolo numero diecinueve que llevo en esteaño. A solicitud del señor JOSÉ REYNALDO MOLINARESSOZA, extiendo este primer testimonio en cinco hojas útiles depapel sellado, que firmo, rubrico y sello en la ciudad de Managua,a las diez de la noche del dieciséis de septiembre del dos mil diez.=(F) Pedro Antonio Lagos González, Abogado y Notario P.

MINISTERIO DE FOMENTO,INDUSTRIA Y COMERCIO

MARCAS DE FABRICA, COMERCIO Y SERVICIO

Reg. 7515 – M. 263186 – Valor C$ 1, 035

AMBROSIA DEL CARMEN LEZAMA ZELAYA, Apoderado(a) de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. “INDITEX, S.A.,de España, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio yMarca de Servicios:

ANXERI

Para proteger:Clase: 3Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, locionescapilares; dentífricos; betunes, cremas y pez para el calzado;ceras; champús; neceseres de cosmética; productos depilatorios;productos para desmaquillar; desodorantes para uso personal(perfumería); lápiz de labios; lápices para uso cosmético; lacaspara el cabello y las uñas; productos para quitar las lacas; toallitasimpregnadas de lociones cosméticas; toallitas o paños de limpiezaprehumedecidos o impregnados de lociones cosméticas o condetergentes; lociones para después del afeitado; lociones para usocosmético; productos de maquillaje; pomadas para uso cosmético;quitamanchas; productos para perfumar la ropa; productos parael cuidado de las uñas; decolorantes para uso cosmético; extractosde flores (perfumería); incienso; maderas aromáticas; motivosdecorativos para uso cosmético; pestañas y uñas postizas; piedrapómez; potpurríes aromáticos; preparaciones cosméticas para eladelgazamiento; preparaciones cosméticas para el baño;preparaciones para la ondulación del cabello; productos de lavado;productos de tocador; productos para el cuidado de la boca parauso no medico; sales para el baño que no sean para uso medico;productos higiénicos que sean productos de aseo; aceites detocador; productos antisolares (preparaciones cosméticas para el

bronceado de la piel); agua de colonia; jabones desodorantes; talcopara tocador; adhesivos (pegamentos) para uso cosmético; grasaspara uso cosmético; abrasivos; productos para el afeitado;productos químicos para avivar los colores para uso domestico(lavado de ropa); bastoncillos de algodón para uso cosmético;mascarillas de belleza; cera para bigotes; productos para el blanqueo;colorantes para el cabello; cosméticos para las cejas; cera paradepilar; cera para limpieza; champús para animales de compañía;cosmét icos para an imales ; cremas cosmét icas ; jabonesdesinfectantes; pastillas de jabón; jabones contra la transpiraciónde los pies; detergentes (detersivos) que no sean los utilizadosdurante las operaciones de fabricación y los de uso medico;engrudo (almidón); leches de tocador; lejías; productos de limpiezaen seco; aguas perfumadas; perfumes; cosmética para pestañas;productos cosméticos para el cuidado de la piel; polvos para elmaquillaje; adhesivos para fijar los postizos; suavizantes; tintescosméticos; productos para quitar los tintes; aguas de tocador.

Clase: 9Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos,fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición,de señalización, de control (inspección), de salvamento y deenseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad;aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido oimágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos;distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previopago; cajas registradoras, maquinas de calcular, equipos deprocesamiento de datos y ordenadores; extintores; periféricos deordenador; gafas antideslumbrantes; lentes (quevedos); lentillasópticas; cadenitas de lentes (quevedos); lentes de contacto;cordones de lentes (quevedos); metros de costureras; gafas (óptica);cristales para gafas; estuches para gafas; monturas de gafas ylentes (quevedos); gafas de sol; estuches para lentes (quevedos)y para lentes de contacto; calzado de protección contra losaccidentes, las irradiaciones y el fuego; chalecos antibalas, denatación y salvavidas; trajes y ropa para la protección contra elfuego; guantes de inmersión; guantes para la protección contraaccidentes; trajes de inmersión; tarjetas magnéticas; trajes deprotección contra los accidentes y radiaciones; trajes especialesde protección para aviadores; agendas electrónicas; aparatoseléctricos para el desmaquillaje; aparatos telefónicos; basculas(aparatos de pesar); brújulas; cajas contables; cascos de protección;cascos protectores para hacer deporte; catalejos; cronógrafos(aparatos de registro de tiempo); cucharas dosificadoras; cuenta-pasos (podómetros); discos compactos (audio-video); discosópticos compactos; espejos (óptica); flotadores para natación;gemelos (óptica); indicadores de temperatura; instrumentos paragafas; programas de juegos; lectores de casettes; lectores de códigode barras; linternas de señales, mágicas y ópticas; lupas (ópticas);maquinas de dictar y facturar; mecanismos para aparatos que seponen en marcha por la introducción de una ficha; pesos; pilaseléctricas; galvánicas y solares; planchas eléctricas; programas deordenador (programas grabados); traductoras electrónicas debolsillo; transistores (electrónica); termómetros que no sean parauso medico; aparatos para juegos concebidos para ser utilizadosso l amen te co n recep tor de t e l ev is ió n ; ap arato s d eintercomunicación; cassettes de video; dibujos animados; aparatosescolares; aparatos para detectar el llanto infantil; radioteléfonoportátil (walkie-talkies); publicaciones electrónicas (descargableselectrónicamente); relojes de arena; alarmas acústicas; alarmascontra el robo; alarmas de incendio; alfombrillas para el ratón;altavoces; aparatos para la amplificación de sonido; antenas;viseras antideslumbrantes; auriculares telefónicos; cascos (de

Page 6: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5674

01-08-12 144

música); contestadores telefónicos; detectores de moneda falsa;protectores de dientes; maquinas de contar y separar el dinero;aparatos para medir el espesor de las pieles y de los cueros;etiquetas electrónicas para mercancías; gafas para hacer deporte;imanes; punteros electrónicos con luz; tapones para los oídos;teléfonos móviles; aparatos para ampliaciones (fotografía);aparatos e instrumentos para la astronomía; válvulas termoiónicas(radio); automáticos de música de previo pago; balanzas; bolsassalva vidas; registradoras de banda magnética; bandas de limpiezade cabezas de lectura; bandas de video; bandas magnéticas; aparatosdesimantadores de bandas magnéticas; barómetros; bateríaseléctricas; distribuidores de billetes (tickets); aparatos electro-térmicos para ondular el cabello; maquinas de calcular; aparatos decontrol del calor; cámaras (aparatos cinematográficos); cámaras devideo; cartuchos de video-juegos; codificadores magnéticos;cristales graduados; cuentarrevoluciones; diapositivas; aparatospara proyectar diapositivas; dinamómetros; discos reflectoresindividuales para la prevención de accidentes de circulación;confeccionador de dobladillos (bastillas); dosificadores; mecherospara automóviles; tapas de enchufes; equipos radiotelefónicos,escaners (equipo de proceso de datos) (informática); estuches(óptica); flashes (fotografía); aparatos y maquinas para fotocopiar(comprendidos también los aparatos y maquinas electro estáticoso térmicos); hologramas; lectores de discos compactos; señalesluminosas; tubos luminosos para la publicidad; magnetoscopios;aparatos eléctricos de medida; megáfonos; memorias paraordenadores; micrófonos; microprocesadores; módems; aparatosrespiratorios para la natación subacuática; objetos (óptica);ozonizadores ; pan tal las de proyección; peras eléctr icas(interruptores); silbatos para llamar a los perros; pulsadores detimbres; aparatos de radio; receptores (audio, video); reposa-muñecas para material informático; romanas (balanzas); aparatosde televisión; indicadores de temperatura; toca-discos; aparatospara el tratamiento de textos; video-teléfonos; reproductor desonido portátil.

Clase: 14Metales preciosos y sus aleaciones, así como productos de estasmaterias o chapados no comprendidos en otras clases; artículos dejoyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería einstrumentos cronométricos; alfileres de adornos; alfileres decorbatas; alfileteros de metales preciosos; estuches para agujas demetales preciosos; argollas de servilletas de metales preciosos(servilleteros); objetos de arte de metales preciosos; llaveros defantasía; medallas; monedas; orfebrería (con excepción de cuchillos,tenedores y cucharas); insignias de metales preciosos; adornospara calzado y sombreros de metales preciosos; ceniceros parafumadores de metales preciosos; gemelos; bandejas para usodomestico de metales preciosos; cadenas de relojes; cajas derelojes; candelabros (candeleros) de metales preciosos; vajilla demetales preciosos; vinagreras de metales preciosos; vasos demetales preciosos; servicios de café y de té de metales preciosos;recipientes para la casa y para la cocina de metales preciosos;hilados de metales preciosos (bisutería); estuches para joyas(joyeros) de metales preciosos; pitilleras de metales preciosos;polveras de metales preciosos; adornos (bisutería); adornos deplata; adornos de ámbar amarillo; alfileres y amuletos (bisutería);anillos (bisutería); ornamentos (adornos) de azabache; bolas paraté (de metales preciosos); brazaletes (bisutería); broches (bisutería);cadenas (bisutería); cajas de metales preciosos; centros de mesa(de metales preciosos); collares (bisutería); sujeta corbatas;cristales de relojes; cronógrafos (relojes de pulsera); despertadores;diamantes; dijes (colgantes); estras; estuches para relojería; adornosde marfil; medallones (bisutería); pedrería; pendientes; perlas(bisutería); pulseras de relojes; relojes.

Clase: 16Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos enotras clases; productos de imprenta; material de encuadernación;fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) depapelería o para uso domestico; material para artistas; pinceles;maquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles);material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos);materias plásticas para embalar (no comprendidos en otras clases);caracteres de imprenta; clichés de imprenta; objetos de artegrabados; cajas de cartón o papel; patrones para la confección devestidos y para la costura; servilletas de desmaquillar de papel;estuches para patrones; etiquetas que no sean de tela; manteleríasde papel; servilletas de mesa de papel; pañales de papel o decelulosa (desechables); pañales-braga de papel o de celulosa(desechables); pañuelos de bolsillo (de papel); plumieres; portachequeras; neceseres para escribir (escribanías); telas de entintadode maquinas para la reproducción de documentos; saquitos (sobres,bolsitas) para embalaje (de papel o materias plásticas); tiza parasastres (jaboncillo de sastre); servilletas de tocador (toallas) depapel; cajas sombrereras; tela y papel para calcar; tela paraencuadernaciones; telas para la pintura (lienzos); toallas para lasmanos de papel; álbumes; almanaques; aparatos manuales paraetiquetar; archivadores de documentos; artículos e instrumentospara escribir; calcomanías; calendarios; carteles; carpetas paradocumentos; catálogos; cromos; estuches de dibujo; diarios;periódicos; revistas (periódicos); libros; litografías; papel deembalaje; papel higiénico; pisapapeles; posavasos para ponerbajo las jarras de cerveza (discos); señales para libros; sujetalibros;tintas; tinteros; barberos de papel; artículos de dibujo; dibujos;material escolar; pizarras para escribir; periódicos de tiras dedibujos; bandejas para colocar y contar las monedas; modelos debordados; bolsas para la basura de papel o de materias plásticas;mapas geográficos; globos terrestres; humectadores de oficinas;materias plásticas para el modelado; planos; plantillas (papelería);rótulos de papel o de cartón; tarjetas; letras y plumas de acero;acuarelas; acuarios caseros; distribuidores de cinta adhesiva; cintasy tiras adhesivas para la papelería o la casa; adhesivos (artículosde papelería); anillos (vitolas) de cigarros (puros); archivadores(artículos de oficina); arcilla para modelar; tablas aritméticas;papel para armarios (perfumado o no); maquetas de arquitectura;atlas; banderas y banderines de papel; billetes (tickets); blocs(papelería); bolígrafos; bolsitas para la cocción en microondas;borradores para pizarras; gomas de borrar; productos para borrar;embalajes y envolturas para botellas de cartón o papel; caballetespara la pintura; cancioneros; carboncillos; papel de cartas;carteleras (tablones de anuncios) de papel o cartón; cartillas;cartuchos de tinta; cera de modelar que no sea para uso dental; cerapara sellar (lacrar); chinchetas (puntas); cintas y lazos de papel;cintas entintadas para impresoras de ordenador; cintas paramaquinas de escribir; superficies para depositar clips (artículos deoficina); cofrecillos (estuches) para papelería (artículos de oficina),compás de trazado; corchetes de oficina (sujetapapeles o clips);cortapapeles (artículos de oficina); cuadernos; cuadros (pinturas)enmarcados o no; dediles (artículos de oficina); artículos paraencuadernaciones; telas engomadas para la papelería; tamponesentintados; escuadras (reglas); escudos (sellos de papel); tarjetasde felicitaciones; papel de filtro; forros de libro (papelería);soportes para fotografías; gomas (elásticos) de oficina; grapadoras(papelería), grapas (sujeta papeles o clips); hojas (papelería);afilalápices (sacapuntas);portalápices; papel luminoso; paletaspara pintores; papel de plata; papel parafinado; pasta de modelar;perforadores de oficina; brochas para pintores; rodillos parapintores de obras; tarjetas postales; publicaciones; rosarios;secantes; sobres (papelería).

Page 7: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5675

01-08-12 144

Clase: 18Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias nocomprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas;paraguas , sombri l las y bastones; fus tas y ar t ícu los deguarnicionaría; bolsos de alpinistas, campistas y de playa;armazones de bolsos; armazones de paraguas o sombrillas(parasoles); bastones de alpinistas; bolsas de campamento, bolsasde deporte; bolsas de montañismo; bolsas de red para la compra;bolsas de viaje; bolsas de cuero para embalar; bolsos; forro decuero para calzado; estuches de viaje y para llaves (marroquinería);maletines para documentos; monederos que no sean de metalespreciosos; sacos-funda para vestidos (de viajes); cajas de cuerospara sombreros; bolsas de cuero (o tela) para llevar niños; bolsasde ruedas para la compra; botes y cajas de cuero o de cartón cuero;cajas de fibra vulcanizada, carteras (de bolsillo); carteras(marroquinería); carteras (carpetas); carteras para colegiales yporta-documentos (carteras); cartapacios (carteras) de colegiales;cofrecillos para contener artículos de tocador; collares paraanimales; correas de perros; cordones de cuero; fundas de paraguas;fundas de sillas de montar para caballos; macutos; mochilas;mochilas de colegiales; revestimientos de cuero para musiqueros;riendas de caballos; sacos (envolturas, bolsitas) para embalaje (decuero); hi los de cuero; empuñaduras (asas) de maletas;empuñaduras (puños) de bastones y de paraguas; látigos; mantasde caballos; revestimientos de muebles en cuero; ropa para animales;almohadillas de montar (equitación); anillos para paraguas;anteojeras (arreos); herrajes de arneses (jaeces); arneses (jaeces)para animales; arreos; guarniciones de arreos que no sean demetales preciosos; bastones-asientos; bandoleras (correas) decuero; bolsas de herramientas (sacos de cuero) (vacíos); bolsas demalla (que no sean de metales preciosos); bolsas de playa; bozales;bridas (arneses); cabestros o ronzales; cartón-cuero; cinchas decuero; cofres (baúles) de viaje; bolsas para la compra; correaje;correas de arneses; correas de cuero (guarnicionería); correa depatines; cuero artificial; guarniciones de cuero para muebles; tirasde cuero; cueros gruesos; pieles curtidas; disciplinas (látigos);envoltura de pieles (pieles de pelo para abrigos o adorno); estriberas;piezas de caucho para estribos; frenos (arreos); artículos deguarnicionería; guías (riendas); maletines; molesquin o moleskin(imitación de cuero); peletería (pieles de animales);pielesagamuzadas que no sean de para la limpieza; morrales (bolsas) parapienso; redecillas (bolsas); fundas de resortes de cuero, rodilleraspara caballos, sillas de montar para caballos; sujeciones de sillasde montar (cinchas); tarjeteros (porta-documentos) (carteras);tiros (arreos); válvulas de cuero.

Clase: 21Utensilios y recipientes para uso domestico y culinario; peines yesponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material delimpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (exceptovidrio de construcción), artículos de cristalería, porcelana y lozano comprendidos en otras clases; abre-botellas; aceites (que nosean de metales preciosos); agitadores para cocktail; apagavelasque no sean de metales preciosos; aparatos para el desmaquillajeno eléctricos; azucareros que no sean de metales precisos; bandejaspara uso domestico que no sean de metales preciosos; bañeras parabebes (portátiles); bayetas; bolas de cristal, bolas de té (que nosean de metales preciosos); bomboneras que no sean de metalespreciosos; botellas; brochas de afeitar; cacharrería (alfarería);cafeteras no eléctricas; cajas; calientabiberones no eléctricos;calzadores; candelabros (candeleros) que no sean de metalespreciosos; catavinos; cazamoscas; centros de mesa que no sean demetales preciosos; cestas para uso domestico que no sean demetales preciosos; coladores que no sean de metales preciosos;

colgadores de pantalones; cubos para conservar el hielo;dispositivos para mantener en forma las corbatas; empuñaduras depuertas (pomos) de porcelana; estuches para peines; fundas detablas de planchar; guantes de jardinería; guantes de uso domestico;guantes para pulir; hormas para el calzado (formas); huchas nometálicas; jaboneras; jarras; jaulas de pájaros; neceseres de tocador;objetos de arte de porcelana; de barro o de cristal; palilleros queno sean de metales preciosos; palmetas para sacudir las alfombras;paneras; paños y trapos de limpieza; pimenteros; pinzas ytendederos para la ropa; platos que no sean de metales preciosos;plumeros; porta-brochas de afeitar; porta-esponjas; portarrollosde papel higiénico; prensa para pantalones; pulverizadores yvaporizadores de perfume; ralladores; recoge-migas; reposa-botellas que no sean de papel ni ropa de mesa; reposa-platos(utensilios de mesa); sacabotas; saleros que no sean de metalespreciosos; secadores o escurridores de la colada; servicios de caféy té que no sean de materiales preciosos; servilleteros que no seande metales preciosos; tablas de lavar y planchar; tablas para el pan;tablas para trinchar; tazas; tensores de camisas; tensores para elcalzado, teteras; tiestos para flores; utensilios de tocador; vajillasque no sean de metales preciosos; vasos (recipientes); vinagrerasque no sean de metales preciosos; recipientes calorífugos para losalimentos y las bebidas; paños impregnados de detergente paralimpieza; cepillos de dientes; cepillos de dientes eléctricos; hilodental; prensa-frutas que no sean eléctricos y para uso domestico(exprimidores); abotonadores; lana de acero para la limpieza;aparatos destinados a la proyección de aerosoles, que no sean deuso medico; sifones para aguas gaseosas; botellas aislantes;alcachofas de regaderas; desechos de algodón para la limpieza;almirez (utensilios de cocina); prensador de ajos (utensilios decocina);ampollas de vidrio (recipientes); anillas para las aves;cajones para la limpieza de los animales; jaulas para los animalesde compañía; pelo de animales (cepillos y pinceles); pieles de antepara la limpieza; artesas; baldes; tapaderas de bandejas; bañerasde pájaros; barreños; baterías de cocina; batidoras no eléctricas;recipientes para beber; bidones (cantimploras); bocales (tarros);bolsas isotérmicas; bombonas; bombonas de cristal (recipientes);boquillas para mangas de riego; borlas para empolvar; botellasrefrigerantes; botones (empuñaduras) de porcelana; bustos deporcelana, de barro o de cristal; cepillos para el pelo; cacerolas;cacharros; tapaderas de cacharros; cajas de cristal; molinillos decafé a mano; cajas de metal para la distribución se servilletas depapel; cajas para galletas y para piscolabis; cajas para té (que nosean de metales preciosos), calderos; campanas para mantequillay para queso; candelejas (arandelas de palmatoria) que no sean demetales preciosos; cantaros que no sean de metales preciosos;carruseles (utensilios de cocina); cazos de cocina; cazuelas; cepillos(brochas) para lavar la vajilla; cepillos eléctricos (con excepciónde partes de maquinas); cepos para ratas; productos cerámicosdomésticos; jarras para cerveza; cestas para picnic (vajilla); cierrespara tapaderas de marmitas (ollas); utensilios de cocción noeléctricos; moldes de cocina; botes de cola; tinas para la colada;comedores para animales; copas para fruta; sacacorchos; corta-pasta (cuchillo de panadero); utensilios cosméticos; cribas(utensilio domésticos); cristal esmaltado; hilos de cristal que nosean para uso textil; cristal para vehículos; cristal pintado; cubiletesde papel o de materias plásticas; cubiletes que no sean de metalespreciosos; cubos de la basura; cubre-tiestos que no sean de papel;cucharas para mezclar (utensilios de cocina); porta-cuchillos parala mesa; cuencos; damajuanas; desempolvadores no eléctricos;aparatos de desodorización para uso personal; distribuidores dejabón; duchas bucales; embudos; enceradoras de parquet noeléctricas; enceradoras para el calzado no eléctricas; ensaladerasque no sean de metales preciosos; escobas; escobas de flecos

Page 8: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5676

01-08-12 144

(mopas); escobas mecánicas; escobillas para limpiar losrecipientes; escudillas; vidrio esmaltado; espátulas (utensilios decocina); servicios para especias (especieros); estatuas y estatuillasde porcelana de barro o de cristal; estropajos metálicos paralimpiar; filtros de café no eléctricos; filtros para uso domestico;soportes para flores (arreglos florales); frascos que no sean demetales preciosos; freidoras que no sean eléctricas; sartenes parafreír; frotadores (cepillos); fuentes (de mesa) (recipientes);fumívoros para uso domestico; pieles de gamuzas para la limpieza;garrafas; cubos para helados; moldes para helados; hueveras queno sean de metales preciosos; portajabón (jaboneras); legumbres(platos para servir legumbres); letreros de porcelana o cristal;servicios de licor; licoreras (bandejas para servir licores) que nosean de metales preciosos (camareras); limpia-muebles; mangas depastelero; mantequeras (recipientes para mantequilla); marmitas(ollas); mezcladores manuales; moldes (utensilios de cocina);mosaicos de vidrio que no sean para la construcción; neverasportátiles que no sean eléctricas; ollas a presión no eléctricas;orinales; palanganas; palas (accesorios de mesa); palillos(mondadientes);palmatorias que no sean de metales preciosos;rodillos de pastelería; quemadores de perfume (pebeteros);pitorros; soportes de planchas de planchar; soportes para plantas(arreglos florales); platillos que no sean de metales preciosos;polveras que no sean de metales preciosos; rascaderas (almohazas);ratoneras recipientes para uso domestico (que no sean de metalespreciosos); artículos para la refrigeración de alimentos conteniendofluidos para el cambio de calor para uso domestico; regaderas;regaderas; instrumentos de riego; sacabocados (utensilio de cocina);servicios (vajilla) que no sean de metales preciosos; soperas queno sean de metales preciosos; sorbeteras; tamices (utensiliosdomésticos); tampones abrasivos para la cocina; tampones decristal; tazones; cubos de tela; tenedores de vestidos; terrarios deinterior (cultivo de plantas); toalleros que no sean de metalespreciosos; trituradoras domesticas no eléctricas; urnas que nosean de metales preciosos; varillas (utensilios de cocina); vidrio enpolvo para la decoración.

Clase: 24Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases;ropa de cama y de mesa; ropa de baño (con excepción de vestidos);toallitas para desmaquillar de materias textiles; etiquetas de tela;forros (telas); guantes de tocador; tapizados murales de materiastextiles; pañuelos de bolsillo de materias textiles; cortinas dematerias textiles o de materias plásticas, ropa de casa; toallas dematerias textiles; mantas de viaje; visillos; abrazaderas de cortinasde materias textiles; banderas y banderines (que no sean de papel);edredones (cobertores rellenos de plumas); fundas de protecciónpara muebles; fundas para cojines; fundas de colchones; fundaspara almohadas; mosquiteros; limpia cristales; tapetes de billar;tapetes de mesa; tejidos recubiertos de motivos dibujados para elbordado; telas de mobiliario; toallitas de tocador de materiastextiles; sacos de dormir (fundas cocidas que sustituyen a lassabanas); tejidos de algodón; arpillera (tela); tejidos recubiertos demotivos dibujados para el bordado; brocados; tejidos de forro paracalzado; tejidos para calzado; colchas de cama; mantas de cama;cañamazo (tela de cáñamo); céfiro (tejido); centros de mesa;cheviots (tejidos); tela para colchones; cortinas de ducha dematerial textil o de plástico; crepe (tejido); crespón; cubrecamas;damasco; tejidos elásticos; telas enceradas (manteles) (hules parausar como manteles); telas engomadas que no sean para la papelería;tejidos de esparto; tejido de felpilla; fieltro; franela (tejido);fundas para tapas de retretes, gasa (tejido); jersey (tejido); tejidosy telas de lana; tejidos para la lencería; tejidos de lino; mantelesindividuales de materia textil; manteles (que no sean de papel);

mantillas para imprenta de materiales textiles; marabú (tela);tejido para muebles; tejidos que imitan la piel de animales; tejidosde genero de punto; telas para queso; tejidos de ramio; tejidos derayón (seda artificial); tejidos de seda; tafetán (tejidos) ; tejidosde fibra de vidrio para uso textil; tejidos que se adhieren por mediodel calor; tela con dibujo (labrada); terciopelos; tules.

Clase: 26Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes,alfileres y agujas; flores artificiales; abolorios (adornos de vestidos);acericos (almohadilla para alfileres); adornos para el calzado ypara sombreros (que no sean de metales preciosos); artículos demercería (con excepción de hilos); bandas para el cabello; brazaletes;bridas para guiar a los niños; broches (accesorios de vestimenta);cajas de costura; cierres de cinturones; cordones para el calzado;coronas de flores artificiales; cubiertas para teteras; chapas deadorno; dedales (para coser); diademas; estuches de agujas (que nosean de metales preciosos); hebillas (accesorios de vestimenta);hebillas (broches para el calzado); hombreras para vestidos;horquillas para el cabello; insignias que no sean de metales preciosos;lentejuelas (pasamanería); números o letras para marcar la ropa;pasacintas; pasadores (pinzas para el cabello); pasamanería; plumasde pájaros (accesorios de vestir); pompones; cremalleras (mercería);dorsales; piezas que se pegan con calor para el adorno de artículostextiles (mercería); ganchos para alfombras; automáticos; plumasde avestruz (accesorios de vestir); ballenas de corsés; bandas(premios); cordoncillos para bordar; borlas (pasamanería);brazaletes para mantener subidas las mangas; artículos de adornopara el cabello; cabello postizo; redecillas para el cabello; ojetespara calzado; chenillas (pasamanería); chorreras (encajes); pinzaspara ciclistas; cierres para ropa; cintas auto-adherentes (artículosde mercería); cintas elásticas; cintas para fruncir cortinas;cordoncillos para vestidos; varillas para cuellos; falsos dobladillos(dobladillos postizos); escarapelas (pasamanería); festones(bordados); flecos; frutas artificiales; galones; gorros para hacermechas; guirnaldas artificiales; huevos para zurcir; orlas(pasamanería); trenzas de pelo; pelucas; bordados en plata;presillas para ropa; remates (ribetes) para vestidos; rosetas(pasamanería); cremalleras para sacos; tirantes (confección);sujeciones de tirantes; volantes de trajes; trenzas; tupes;abrochadores de zapatos.

Clase: 35Publicidad; gestión de negocios comerciales; administracióncomercial; trabajos de oficina; servicios de ayuda en la direcciónde los negocios o funciones comerciales de una empresa industrialo comercial; organizaciones de exposiciones y ferias con finescomerciales o de publicidad; servicios de promoción prestadospor una empresa comercial a través de una tarjeta de fidealizaciónde clientes; servicios de modelos para fines publicitarios o depromoción de ventas; edición de textos publicitarios; decoraciónde escaparates; servicios de ayuda a la explotación de una empresacomercial en régimen de franquicia; demostración de productos;promoción de ventas (para terceros); ventas en pública subasta;servicios de promoción y gestión de centros comerciales; serviciosde ayuda a las funciones comerciales de un negocio consistente enla gestión de pedidos a través de redes globales de comunicación;agencias de importación-exportación; publicidad en línea en unared informática; servicios de abastecimiento para terceros (comprade productos y servicios para otras empresas); difusión(distribución) de muestras; gestión de ficheros informáticos;relaciones publicas; agencias de información comercial; agenciasde publicidad; alquiler de distribuidores automáticos; alquiler deespacios publicitarios; difusión de anuncios publicitarios;

Page 9: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5677

01-08-12 144

asistencia en la dirección de negocios; búsqueda de informacionesen ficheros informáticos (para terceros); compilación de datos enun ordenador central; trascripción de comunicaciones; correopublicitario; asistencia a la dirección de empresas comerciales oindustriales; dirección profesional de negocios artísticos;distribución de material publicitario (folletos, prospectos,impresos, muestras); puesta al día de documentación publicitaria;reproducción de documentos; estudio de mercados; fijación decarteles (anuncios); sondeos de opinión; sistematización de datosde un ordenador central; publicación de textos publicitarios;reagrupamiento, por cuenta de terceros, de productos diversos(con excepción de su transporte), permitiendo a los consumidoresexaminar y comprar estos productos con comodidad; servicios deagencias para la venta y para la organización de ventas; serviciosde venta al por mayor y al por menor en comercios, así como através de redes mundiales de informática, a través de correo, decatalogo, por teléfono, a través de emisiones televisivas oradiofónicas, a través de otros medios electrónicos de preparacionespara blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparacionespara limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos deperfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares;dentífricos; betunes, cremas y pez para el calzado; ceras; champús;neceseres de cosmética; productos depilatorios; productos paradesmaquillar; desodorantes para uso personal (perfumería); lápizde labios; lápices para uso cosmético, lacas para el cabello y lasuñas; productos para quitar las lacas; toallitas impregnadas delociones cosméticas; toallitas o paños de limpieza prehumedecidoso impregnados de lociones cosméticas o con detergentes; locionespara después del afeitado; lociones para uso cosmético; productosde maquillaje; pomadas para uso cosmético; quitamanchas;productos para perfumar la ropa; productos para el cuidado de lasuñas; decolorantes para uso cosmético; extractos de flores(perfumería); incienso; maderas aromáticas; motivos decorativospara uso cosmético; pestañas y uñas postizas; piedra pómez;potpurríes aromáticos; preparaciones cosméticas para eladelgazamiento; preparaciones cosméticas para el baño;preparaciones para la ondulación del cabello; productos de lavado;productos de tocador; productos para el cuidado de la boca parauso no medico; sales para el baño que no sean para uso medico;productos higiénicos que sean productos de aseo; aceites detocador; productos antisolares (preparaciones cosméticas para elbronceado de la piel); agua de colonia; jabones desodorantes; talcopara tocador; adhesivos (pegamentos) para uso cosmético; grasaspara uso cosmético; abrasivos; productos para el afeitado;productos químicos para avivar los colores para uso domestico(lavado de ropa); bastoncillos de algodón para uso cosmético;mascarillas de belleza; cera para bigotes; productos para el blanqueo;colorantes para el cabello; cosméticos para las cejas; cera paradepilar; cera para limpieza; champús para animales de compañía;cosmét icos para an imales ; cremas cosmét icas ; jabonesdesinfectantes; pastillas de jabón; jabones contra la transpiraciónde los pies; detergentes (detersivos) que no sean los utilizadosdurante las operaciones de fabricación y los de uso medico;engrudo (almidón); leches de tocador; lejías; productos de limpiezaen seco; aguas perfumadas; perfumes; cosmética para pestañas;productos cosméticos para el cuidado de la piel; polvos para elmaquillaje; adhesivos para fijar los postizos; suavizantes; tintescosméticos; productos para quitar los tintes; aguas de tocador;aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos,fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición,de señalización, de control (inspección), de salvamento y deenseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad;aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o

imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos;distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previopago; cajas registradoras, maquinas de calcular, equipos deprocesamiento de datos y ordenadores; extintores; periféricos deordenador; gafas antideslumbrantes; lentes (quevedos); lentillasópticas; cadenitas de lentes (quevedos); lentes de contacto;cordones de lentes (quevedos); metros de costureras; gafas (óptica);cristales para gafas; estuches para gafas; monturas de gafas ylentes (quevedos); gafas de sol; estuches para lentes (quevedos)y para lentes de contacto; calzado de protección contra losaccidentes, las irradiaciones y el fuego; chalecos antibalas, denatación y salvavidas; trajes y ropa para la protección contra elfuego; guantes de inmersión; guantes para la protección contraaccidentes; trajes de inmersión; tarjetas magnéticas; trajes deprotección contra los accidentes y radiaciones; trajes especialesde protección para aviadores; agendas electrónicas; aparatoseléctricos para el desmaquillaje; aparatos telefónicos; basculas(aparatos de pesar); brújulas; cajas contables; cascos de protección;cascos protectores para hacer deporte; catalejos; cronógrafos(aparatos de registro de tiempo); cucharas dosificadoras; cuenta-pasos (podómetros); discos compactos (audio-video); discosópticos compactos; espejos (óptica); flotadores para natación;gemelos (óptica); indicadores de temperatura; instrumentos paragafas; programas de juegos; lectores de casettes; lectores de códigode barras; linternas de señales, mágicas y ópticas; lupas (ópticas);maquinas de dictar y facturar; mecanismos para aparatos que seponen en marcha por la introducción de una ficha; pesos; pilaseléctricas; galvánicas y solares; planchas eléctricas; programas deordenador (programas grabados); traductoras electrónicas debolsillo; transistores (electrónica); termómetros que no sean parauso medico; aparatos para juegos concebidos para ser utilizadosso l amen te co n recep tor de t e l ev is ió n ; ap arato s d eintercomunicación; cassettes de video; dibujos animados; aparatosescolares; aparatos para detectar el llanto infantil; radioteléfonoportátil (walkie-talkies); publicaciones electrónicas (descargableselectrónicamente); relojes de arena; alarmas acústicas; alarmascontra el robo; alarmas de incendio; alfombrillas para el ratón;altavoces; aparatos para la amplificación de sonido; antenas;viseras antideslumbrantes; auriculares telefónicos; cascos (demúsica); contestadores telefónicos; detectores de moneda falsa;protectores de dientes; maquinas de contar y separar el dinero;aparatos para medir el espesor de las pieles y de los cueros;etiquetas electrónicas para mercancías; gafas para hacer deporte;imanes; punteros electrónicos con luz; tapones para los oídos;teléfonos móviles; aparatos para ampliaciones (fotografía);aparatos e instrumentos para la astronomía; válvulas termoiónicas(radio); automáticos de música de previo pago; balanzas; bolsassalva vidas; registradoras de banda magnética; bandas de limpiezade cabezas de lectura; bandas de video; bandas magnéticas; aparatosdesimantadores de bandas magnéticas; barómetros; bateríaseléctricas; distribuidores de billetes (tickets); aparatos electro-térmicos para ondular el cabello; maquinas de calcular; aparatos decontrol del calor; cámaras (aparatos cinematográficos); cámaras devideo; cartuchos de video-juegos; codificadores magnéticos;cristales graduados; cuentarrevoluciones; diapositivas; aparatospara proyectar diapositivas; dinamómetros; discos reflectoresindividuales para la prevención de accidentes de circulación;confeccionador de dobladillos (bastillas); dosificadores; mecherospara automóviles; tapas de enchufes; equipos radiotelefónicos,escaners (equipo de proceso de datos) (informática); estuches(óptica); flashes (fotografía); aparatos y maquinas para fotocopiar(comprendidos también los aparatos y maquinas electro estáticoso térmicos); hologramas; lectores de discos compactos; señalesluminosas; tubos luminosos para la publicidad; magnetoscopios;

Page 10: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5678

01-08-12 144

aparatos eléctricos de medida; megáfonos; memorias paraordenadores; micrófonos; microprocesadores; módems; aparatosrespiratorios para la natación subacuática; objetos (óptica);ozonizadores ; pan tal las de proyección; peras eléctr icas(interruptores); silbatos para llamar a los perros; pulsadores detimbres; aparatos de radio; receptores (audio, video); reposa-muñecas para material informático; romanas (balanzas); aparatosde televisión; indicadores de temperatura; toca-discos; aparatospara el tratamiento de textos; video-teléfonos; reproductor desonido portátil; metales preciosos y sus aleaciones, así comoproductos de estas materias o chapados no comprendidos en otrasclases; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículosde relojería e instrumentos cronométricos; alfileres de adornos;alfileres de corbatas; alfileteros de metales preciosos; estuchespara agujas de metales preciosos; argollas de servilletas de metalespreciosos (servilleteros); objetos de arte de metales preciosos;llaveros de fantasía; medallas; monedas; orfebrería (con excepciónde cuchillos, tenedores y cucharas); insignias de metales preciosos;adornos para calzado y sombreros de metales preciosos; cenicerospara fumadores de metales preciosos; gemelos; bandejas para usodomestico de metales preciosos; cadenas de relojes; cajas derelojes; candelabros (candeleros) de metales preciosos; vajilla demetales preciosos; vinagreras de metales preciosos; vasos demetales preciosos; servicios de café y de té de metales preciosos;recipientes para la casa y para la cocina de metales preciosos;hilados de metales preciosos (bisutería); estuches para joyas(joyeros) de metales preciosos; pitilleras de metales preciosos;polveras de metales preciosos; adornos (bisutería); adornos deplata; adornos de ámbar amarillo; alfileres y amuletos (bisutería);anillos (bisutería); ornamentos (adornos) de azabache; bolas paraté (de metales preciosos); brazaletes (bisutería); broches (bisutería);cadenas (bisutería); cajas de metales preciosos; centros de mesa(de metales preciosos); collares (bisutería); sujeta corbatas;cristales de relojes; cronógrafos (relojes de pulsera); despertadores;diamantes; dijes (colgantes); estras; estuches para relojería; adornosde marfil; medallones (bisutería); pedrería; pendientes; perlas(bisutería); pulseras de relojes; relojes; papel, cartón y artículosde estas materias no comprendidos en otras clases; productos deimprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos depapelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para usodomestico; material para artistas; pinceles; maquinas de escribiry artículos de oficina (excepto muebles); material de instruccióno material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas paraembalar (no comprendidos en otras clases); caracteres de imprenta;clichés de imprenta; objetos de arte grabados; cajas de cartón opapel; patrones para la confección de vestidos y para la costura;servilletas de desmaquillar de papel; estuches para patrones;etiquetas que no sean de tela; mantelerías de papel; servilletas demesa de papel; pañales de papel o de celulosa (desechables);pañales-braga de papel o de celulosa (desechables); pañuelos debolsillo (de papel); plumieres; porta chequeras; neceseres paraescribir (escribanías); telas de entintado de maquinas para lareproducción de documentos; saquitos (sobres, bolsitas) paraembalaje (de papel o materias plásticas); tiza para sastres(jaboncillo de sastre); servilletas de tocador (toallas) de papel;cajas sombrereras ; t e la y papel pa ra calcar ; te la paraencuadernaciones; telas para la pintura (lienzos); toallas para lasmanos de papel; álbumes; almanaques; aparatos manuales paraetiquetar; archivadores de documentos; artículos e instrumentospara escribir; calcomanías; calendarios; carteles; carpetas paradocumentos; catálogos; cromos; estuches de dibujo; diarios;periódicos; revistas (periódicos); libros; litografías; papel deembalaje; papel higiénico; pisapapeles; posavasos para ponerbajo las jarras de cerveza (discos); señales para libros; sujetalibros;

tintas; tinteros; barberos de papel; artículos de dibujo; dibujos;material escolar; pizarras para escribir; periódicos de tiras dedibujos; bandejas para colocar y contar las monedas; modelos debordados; bolsas para la basura de papel o de materias plásticas;mapas geográficos; globos terrestres; humectadores de oficinas;materias plásticas para el modelado; planos; plantillas (papelería);rótulos de papel o de cartón; tarjetas; letras y plumas de acero;acuarelas; acuarios caseros; distribuidores de cinta adhesiva; cintasy tiras adhesivas para la papelería o la casa; adhesivos (artículosde papelería); anillos (vitolas) de cigarros (puros); archivadores(artículos de oficina); arcilla para modelar; tablas aritméticas;papel para armarios (perfumado o no); maquetas de arquitectura;atlas; banderas y banderines de papel; billetes (tickets); blocs(papelería); bolígrafos; bolsitas para la cocción en microondas;borradores para pizarras; gomas de borrar; productos para borrar;embalajes y envolturas para botellas de cartón o papel; caballetespara la pintura; cancioneros; carboncillos; papel de cartas;carteleras (tablones de anuncios) de papel o cartón; cartillas;cartuchos de tinta; cera de modelar que no sea para uso dental; cerapara sellar (lacrar); chinchetas (puntas); cintas y lazos de papel;cintas entintadas para impresoras de ordenador; cintas paramaquinas de escribir; superficies para depositar clips (artículos deoficina); cofrecillos (estuches) para papelería (artículos de oficina),compás de trazado; corchetes de oficina (sujetapapeles o clips);cortapapeles (artículos de oficina); cuadernos; cuadros (pinturas)enmarcados o no; dediles (artículos de oficina); artículos paraencuadernaciones; telas engomadas para la papelería; tamponesentintados; escuadras (reglas); escudos (sellos de papel); tarjetasde felicitaciones; papel de filtro; forros de libro (papelería);soportes para fotografías; gomas (elásticos) de oficina; grapadoras(papelería), grapas (sujeta papeles o clips); hojas (papelería);afilalápices (sacapuntas);portalápices; papel luminoso; paletaspara pintores; papel de plata; papel parafinado; pasta de modelar;perforadores de oficina; brochas para pintores; rodillos parapintores de obras; tarjetas postales; publicaciones; rosarios;secantes; sobres (papelería); cuero y cuero de imitación, productosde estas materias no comprendidos en otras clases; pieles deanimales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones;fustas y artículos de guarnicionaría; bolsos de alpinistas, campistasy de playa; armazones de bolsos; armazones de paraguas osombrillas (parasoles); bastones de alpinistas; bolsas decampamento, bolsas de deporte; bolsas de montañismo; bolsas dered para la compra; bolsas de viaje; bolsas de cuero para embalar;bolsos; forro de cuero para calzado; estuches de viaje y para llaves(marroquinería); maletines para documentos; monederos que nosean de metales preciosos; sacos-funda para vestidos (de viajes);cajas de cueros para sombreros; bolsas de cuero (o tela) para llevarniños; bolsas de ruedas para la compra; botes y cajas de cuero ode cartón cuero; cajas de fibra vulcanizada, carteras (de bolsillo);carteras (marroquinería); carteras (carpetas); carteras paracolegiales y porta-documentos (carteras); cartapacios (carteras)de colegiales; cofrecillos para contener artículos de tocador; collarespara animales; correas de perros; cordones de cuero; fundas deparaguas; fundas de sillas de montar para caballos; macutos;mochilas; mochilas de colegiales; revestimientos de cuero paramusiqueros; riendas de caballos; sacos (envolturas, bolsitas) paraembalaje (de cuero); hilos de cuero; empuñaduras (asas) de maletas;empuñaduras (puños) de bastones y de paraguas; látigos; mantasde caballos; revestimientos de muebles en cuero; ropa para animales;almohadillas de montar (equitación); anillos para paraguas;anteojeras (arreos); herrajes de arneses (jaeces); arneses (jaeces)para animales; arreos; guarniciones de arreos que no sean demetales preciosos; bastones-asientos; bandoleras (correas) decuero; bolsas de herramientas (sacos de cuero) (vacíos); bolsas de

Page 11: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5679

01-08-12 144

malla (que no sean de metales preciosos); bolsas de playa; bozales;bridas (arneses); cabestros o ronzales; cartón-cuero; cinchas decuero; cofres (baúles) de viaje; bolsas para la compra; correaje;correas de arneses; correas de cuero (guarnicionería); correa depatines; cuero artificial; guarniciones de cuero para muebles; tirasde cuero; cueros gruesos; pieles curtidas; disciplinas (látigos);envoltura de pieles (pieles de pelo para abrigos o adorno); estriberas;piezas de caucho para estribos; frenos (arreos); artículos deguarnicionería; guías (riendas); maletines; molesquin o moleskin(imitación de cuero); peletería (pieles de animales);pielesagamuzadas que no sean de para la limpieza; morrales (bolsas) parapienso; redecillas (bolsas); fundas de resortes de cuero, rodilleraspara caballos, sillas de montar para caballos; sujeciones de sillasde montar (cinchas); tarjeteros (porta-documentos) (carteras);tiros (arreos); válvulas de cuero; utensilios y recipientes para usodomestico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales parafabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio enbruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción), artículosde cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases;abre-botellas; aceites (que no sean de metales preciosos); agitadorespara cocktail; apagavelas que no sean de metales preciosos;aparatos para el desmaquillaje no eléctricos; azucareros que nosean de metales precisos; bandejas para uso domestico que no seande metales preciosos; bañeras para bebes (portátiles); bayetas;bolas de cristal, bolas de té (que no sean de metales preciosos);bomboneras que no sean de metales preciosos; botellas; brochasde afeitar; cacharrería (alfarería); cafeteras no eléctricas; cajas;cal ientabiberones no eléctr icos; calzadores; candelabros(candeleros) que no sean de metales preciosos; catavinos;cazamoscas; centros de mesa que no sean de metales preciosos;cestas para uso domestico que no sean de metales preciosos;coladores que no sean de metales preciosos; colgadores depantalones; cubos para conservar el hielo; dispositivos paramantener en forma las corbatas; empuñaduras de puertas (pomos)de porcelana; estuches para peines; fundas de tablas de planchar;guantes de jardinería; guantes de uso domestico; guantes parapulir; hormas para el calzado (formas); huchas no metálicas;jaboneras; jarras; jaulas de pájaros; neceseres de tocador; objetosde arte de porcelana; de barro o de cristal; palilleros que no seande metales preciosos; palmetas para sacudir las alfombras; paneras;paños y trapos de limpieza; pimenteros; pinzas y tendederos parala ropa; platos que no sean de metales preciosos; plumeros; porta-brochas de afeitar; porta-esponjas; portarrollos de papel higiénico;prensa para pantalones; pulverizadores y vaporizadores deperfume; ralladores; recoge-migas; reposa-botellas que no sean depapel ni ropa de mesa; reposa-platos (utensilios de mesa);sacabotas; saleros que no sean de metales preciosos; secadores oescurridores de la colada; servicios de café y té que no sean demateriales preciosos; servilleteros que no sean de metales preciosos;tablas de lavar y planchar; tablas para el pan; tablas para trinchar;tazas; tensores de camisas; tensores para el calzado, teteras;tiestos para flores; utensilios de tocador; vajillas que no sean demetales preciosos; vasos (recipientes); vinagreras que no sean demetales preciosos; recipientes calorífugos para los alimentos y lasbebidas; paños impregnados de detergente para limpieza; cepillosde dientes; cepillos de dientes eléctricos; hilo dental; prensa-frutas que no sean eléctricos y para uso domestico (exprimidores);abotonadores; lana de acero para la limpieza; aparatos destinadosa la proyección de aerosoles, que no sean de uso medico; sifonespara aguas gaseosas; botellas aislantes; alcachofas de regaderas;desechos de algodón para la limpieza; almirez (utensilios decocina); prensador de ajos (utensilios de cocina);ampollas devidrio (recipientes); anillas para las aves; cajones para la limpiezade los animales; jaulas para los animales de compañía; pelo de

animales (cepillos y pinceles); pieles de ante para la limpieza;artesas; baldes; tapaderas de bandejas; bañeras de pájaros; barreños;baterías de cocina; batidoras no eléctricas; recipientes para beber;bidones (cantimploras); bocales (tarros); bolsas isotérmicas;bombonas; bombonas de cristal (recipientes); boquillas para mangasde riego; borlas para empolvar; botellas refrigerantes; botones(empuñaduras) de porcelana; bustos de porcelana, de barro o decristal; cepillos para el pelo; cacerolas; cacharros; tapaderas decacharros; cajas de cristal; molinillos de café a mano; cajas de metalpara la distribución se servilletas de papel; cajas para galletas ypara piscolabis; cajas para té (que no sean de metales preciosos),calderos; campanas para mantequilla y para queso; candelejas(arandelas de palmatoria) que no sean de metales preciosos;cantaros que no sean de metales preciosos; carruseles (utensiliosde cocina); cazos de cocina; cazuelas; cepillos (brochas) para lavarla vajilla; cepillos eléctricos (con excepción de partes de maquinas);cepos para ratas; productos cerámicos domésticos; jarras paracerveza; cestas para picnic (vajilla); cierres para tapaderas demarmitas (ollas); utensilios de cocción no eléctricos; moldes decocina; botes de cola; tinas para la colada; comedores para animales;copas para fruta; sacacorchos; corta-pasta (cuchillo de panadero);utensilios cosméticos; cribas (utensilio domésticos); cristalesmaltado; hilos de cristal que no sean para uso textil; cristal paravehículos; cristal pintado; cubiletes de papel o de materias plásticas;cubiletes que no sean de metales preciosos; cubos de la basura;cubre-tiestos que no sean de papel; cucharas para mezclar (utensiliosde cocina); porta-cuchillos para la mesa; cuencos; damajuanas;desempolvadores no eléctricos; aparatos de desodorización parauso personal; distribuidores de jabón; duchas bucales; embudos;enceradoras de parquet no eléctricas; enceradoras para el calzadono eléctricas; ensaladeras que no sean de metales preciosos;escobas; escobas de flecos (mopas); escobas mecánicas; escobillaspara limpiar los recipientes; escudillas; vidrio esmaltado; espátulas(utensilios de cocina); servicios para especias (especieros); estatuasy estatuillas de porcelana de barro o de cristal; estropajos metálicospara limpiar; filtros de café no eléctricos; filtros para uso domestico;soportes para flores (arreglos florales); frascos que no sean demetales preciosos; freidoras que no sean eléctricas; sartenes parafreír; frotadores (cepillos); fuentes (de mesa) (recipientes);fumívoros para uso domestico; pieles de gamuzas para la limpieza;garrafas; cubos para helados; moldes para helados; hueveras queno sean de metales preciosos; portajabón (jaboneras); legumbres(platos para servir legumbres); letreros de porcelana o cristal;servicios de licor; licoreras (bandejas para servir licores) que nosean de metales preciosos (camareras); limpia-muebles; mangas depastelero; mantequeras (recipientes para mantequilla); marmitas(ollas); mezcladores manuales; moldes (utensilios de cocina);mosaicos de vidrio que no sean para la construcción; neverasportátiles que no sean eléctricas; ollas a presión no eléctricas;orinales; palanganas; palas (accesorios de mesa); palillos(mondadientes);palmatorias que no sean de metales preciosos;rodillos de pastelería; quemadores de perfume (pebeteros);pitorros; soportes de planchas de planchar; soportes para plantas(arreglos florales); platillos que no sean de metales preciosos;polveras que no sean de metales preciosos; rascaderas (almohazas);ratoneras recipientes para uso domestico (que no sean de metalespreciosos); artículos para la refrigeración de alimentos conteniendofluidos para el cambio de calor para uso domestico; regaderas;regaderas; instrumentos de riego; sacabocados (utensilio de cocina);servicios (vajilla) que no sean de metales preciosos; soperas queno sean de metales preciosos; sorbeteras; tamices (utensiliosdomésticos); tampones abrasivos para la cocina; tampones decristal; tazones; cubos de tela; tenedores de vestidos; terrarios deinterior (cultivo de plantas); toalleros que no sean de metales

Page 12: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5680

01-08-12 144

preciosos; trituradoras domesticas no eléctricas; urnas que nosean de metales preciosos; varillas (utensilios de cocina); vidrio enpolvo para la decoración; tejidos y productos textiles nocomprendidos en otras clases; ropa de cama y de mesa; ropa debaño (con excepción de vestidos); toallitas para desmaquillar dematerias textiles; etiquetas de tela; forros (telas); guantes detocador; tapizados murales de materias textiles; pañuelos debolsillo de materias textiles; cortinas de materias textiles o dematerias plásticas, ropa de casa; toallas de materias textiles;mantas de viaje; visillos; abrazaderas de cortinas de materiastextiles; banderas y banderines (que no sean de papel); edredones(cobertores rellenos de plumas); fundas de protección para muebles;fundas para cojines; fundas de colchones; fundas para almohadas;mosquiteros; limpia cristales; tapetes de billar; tapetes de mesa;tejidos recubiertos de motivos dibujados para el bordado; telas demobiliario; toallitas de tocador de materias textiles; sacos dedormir (fundas cocidas que sustituyen a las sabanas); tejidos dealgodón; arpillera (tela); tejidos recubiertos de motivos dibujadospara el bordado; brocados; tejidos de forro para calzado; tejidospara calzado; colchas de cama; mantas de cama; cañamazo (tela decáñamo); céfiro (tejido); centros de mesa; cheviots (tejidos); telapara colchones; cortinas de ducha de material textil o de plástico;crepe (tejido); crespón; cubrecamas; damasco; tejidos elásticos;telas enceradas (manteles) (hules para usar como manteles); telasengomadas que no sean para la papelería; tejidos de esparto; tejidode felpilla; fieltro; franela (tejido); fundas para tapas de retretes,gasa (tejido); jersey (tejido); tejidos y telas de lana; tejidos parala lencería; tejidos de lino; manteles individuales de materia textil;manteles (que no sean de papel); mantillas para imprenta demateriales textiles; marabú (tela); tejido para muebles; tejidos queimitan la piel de animales; tejidos de genero de punto; telas paraqueso; tejidos de ramio; tejidos de rayón (seda artificial); tejidosde seda; tafetán (tejidos) ; tejidos de fibra de vidrio para uso textil;tejidos que se adhieren por medio del calor; tela con dibujo(labrada); terciopelos; tules; prendas de vestir, calzado, artículosde sombrerería; vestimenta para automovilistas y ciclistas; baberosque no sean de papel; bandas para la cabeza (vestimenta);albornoces; trajes de baño (bañadores); gorros y sandalias de baño;boas (para llevar alrededor del cuello); pañales-braga (de materiastextiles); bufandas; calzados de deporte y de playa; capuchas(para vestir); chales; cinturones (vestimenta); cinturones-monedero(ropa); trajes de esquí acuático; corbatas; corsés (fajas); echarpes;estolas (pieles); fulares; gorros; gorras; guantes (vestimenta);impermeables; fajas (ropa interior); lencería interior; mantillas;medias; calcetines; pañuelos para el cuello; pañales de materiastextiles; pieles (para vestir); pijamas; suelas; tacones; velos (paravestir); tirantes; trajes de gimnasia y deporte; canastillas (ropa debebe); esclavinas (para vestir); maillots; mitones; orejeras(vestimenta); plantillas; pajaritas; pareos; puños para vestir;sobaqueras; vestidos de playa; batas; bolsillos de vestidos; ligaspara calcetines; ligueros; enaguas; pantis (medias completas oleotardos); delantales (para vestir); tocados (sombrerería); trajesde disfraces; uniformes; viseras (sombrerería); zuecos; cofias;jarreteras; abrigos; alpargatas; antideslizantes para el calzado;albornoces de baño; babuchas de baño; birretes (bonetes); blusas;body (ropa interior); boinas; bolsas para calentar los pies que nosean eléctricas; borceguies; botas; cañas de botas; tacos de botasde fútbol; botines; herrajes de calzado; punteras de calzado;refuerzos de calzado; taloncillos para calzado (refuerzos deltalón), calzoncillos; camisas; canesúes de camisas; pecheras decamisas; camisetas; camisetas de manga corta; camisolas; chalecos;chaquetas de pescador; chaquetones; combinaciones (para vestir);combinaciones (ropa interior); vestidos confeccionados; cuellospostizos y cuellos; vestidos de cuero; vestidos de imitaciones de

cuero; gorros de ducha; escarpines; faldas; pantalones; forrosconfeccionados (partes de vestidos); gabanes (abrigos) (paravestir); gabardinas (para vestir); zapatillas de gimnasia; jerseys(para vestir); jerseys (pullovers); jerseys (sweaters); libreas;manguitos (para vestir); palas (empeines) de calzado; pañuelos debolsillo (ropa); parkas; pelerinas; pellizas; polainas (medias);prendas de punto; vestidos de genero de punto; ropa de gimnasia;ropa exterior; ropa interior; sandalias; saris; slips; sombreros,tocas (para vestir); togas; trabillas; trajes; turbantes; vestidos(trajes); artículos de vestir; zapatillas (pantuflas); zapatos; zapatosde sport; encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchosy ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales; abolorios (adornosde vestidos); acericos (almohadilla para alfileres); adornos para elcalzado y para sombreros (que no sean de metales preciosos);artículos de mercería (con excepción de hilos); bandas para elcabello; brazaletes; bridas para guiar a los niños; broches (accesoriosde vestimenta); cajas de costura; cierres de cinturones; cordonespara el calzado; coronas de flores artificiales; cubiertas parateteras; chapas de adorno; dedales (para coser); diademas; estuchesde agujas (que no sean de metales preciosos); hebillas (accesoriosde vestimenta); hebillas (broches para el calzado); hombreras paravestidos; horquillas para el cabello; insignias que no sean demetales preciosos; lentejuelas (pasamanería); números o letraspara marcar la ropa; pasacintas; pasadores (pinzas para el cabello);pasamanería; plumas de pájaros (accesorios de vestir); pompones;cremalleras (mercería); dorsales; piezas que se pegan con calorpara el adorno de artículos textiles (mercería); ganchos paraalfombras; automáticos; plumas de avestruz (accesorios de vestir);ballenas de corsés; bandas (premios); cordoncillos para bordar;borlas (pasamanería); brazaletes para mantener subidas las mangas;artículos de adorno para el cabello; cabello postizo; redecillas parael cabello; ojetes para calzado; chenillas (pasamanería); chorreras(encajes); pinzas para ciclistas; cierres para ropa; cintas auto-adherentes (artículos de mercería); cintas elásticas; cintas parafruncir cortinas; cordoncillos para vestidos; varillas para cuellos;fa l so s d o blad i l l o s (do b lad i l lo s po s t i zo s) ; esca rap e las(pasamanería); festones (bordados); flecos; frutas artificiales;galones; gorros para hacer mechas; guirnaldas artificiales; huevospara zurcir; orlas (pasamanería); trenzas de pelo; pelucas; bordadosen plata; presillas para ropa; remates (ribetes) para vestidos;rosetas (pasamanería) ; cremal leras para sacos; t i rantes(confección); sujeciones de tirantes; volantes de trajes; trenzas;tupes; abrochadores de zapatos.

Opóngase. Presentada el veinticinco de abril, del año dos mil once.Expediente Nº 2011-001252. Managua, nueve de noviembre, delaño dos mil once. Opóngase. Adriana Díaz Moreno, RegistradorSuplente.

—————————Reg. 9907- M. 7874-A- Valor C$ 475.00

VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PLEXA

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado como analgésico.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001892. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

Page 13: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5681

01-08-12 144

VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

METGLI

Para proteger:Clase: 5P roductos farmacéut icos, especia lmente ind icado comoantidiabético, hipoglucemiante.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001890. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ACTIVEX

Para proteger:Clase: 5P roductos farmacéut icos, especia lmente ind icado comoVitamínicos.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001884. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DELMARIL

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado como tratamientopara padecimientos dermatológicos.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001882. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

FELCIDER

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado como tratamientopara padecimientos dermatológicos. .

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001885. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 9908- M. 7875-A- Valor C$ 475.00

VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DAFROSIL

Para proteger:Clase: 5P roductos farmacéut icos, especia lmente ind icado comopreparaciones hormonales.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001883. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

BELSARAC

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado para tratamientode padecimientos cardiovasculares.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001881. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

CACERDAN

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado para tratamientode padecimientos cardiovasculares.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001880. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

AIRVEN

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado para tratamientode padecimientos respiratorios.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001879. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DERMAGENTIL

Para proteger:Clase: 5

Page 14: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5682

01-08-12 144

Productos farmacéut icos, especia lmente ind icado comoantibacteriano de amplio espectro.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001891. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 9909-M. 7876-A- Valor C$ 380

VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

CARDIAL

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado como tratamientocardiovascular.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001886. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

BELA

Para proteger:Clase: 5P roductos farmacéut icos, especia lmente ind icado comopreparaciones hormonales.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001889. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TACOR

Para proteger:Clase: 5P roductos farmacéut icos, especia lmente ind icado comoantiinflamatorio, antirreumático, relajante muscular.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001888. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————VIDALUZ AUXILIADORA ICAZA MENESES, Apoderado (a)de Panzyma Laboratories, Sociedad Anónima de República deNicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

LUMINDIAC

Para proteger:Clase: 5Productos farmacéuticos, especialmente indicado como tratamientoantiparasitario.

Presentada: cuatro de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001887. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

————————Reg. 9910 - M 7913-A - Valor C$ 190.00

Conforme al artículo 136 inc. e, Ley 380 y artículos 130 y 131 Ley312, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos se informa:En esta fecha se Inscribió la Obra:

Número de Registro: AM-043-2012 Tipo: MUSICALNúmero de Expediente: 2012-0000110

Libro III de Inscripciones de Obras Artísticas y Musicales Tomo:III, Folio: 43

Autores: Enrique Vargas Pérez y Luis Enrique Vargas Briceño

Títulos: “HIMNO A SANTO TOMÁS DE LOVIGÜISCA”

Fecha de Presentado: 4 de Mayo, del 2012A nombre de ParticularidadEnrique Vargas Pérez SolicitanteEnrique Vargas Pérez MusicalizaciónEnrique Vargas Pérez Autor (Letra)Luis Enrique Vargas Briceño Autor (Arreglo)

Descripción:Consiste en un Himno, inspirado en la Historia del pueblo deLovigüisca, hoy Santo Tomás, Municipio fundado en abril de1961, por decreto presidencial firmado el 12 de abril de 1961, porTomás Martínez, el Género musical es Marcha y el Ritmo:Andante.

Publíquese por una sola vez en La Gaceta, Diario Oficial.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, diecisiete del dosmil doce. Erwin Ramírez C., Registrador Suplente.

————————Conforme al artículo 136 inc. e, Ley 380 y artículos 130 y 131 Ley312, Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos se informa:En esta fecha se Inscribió la Obra:

Número de Registro: AM-042-2012 Tipo: MUSICALNúmero de Expediente: 2012-0000109

Libro III de Inscripciones de Obras Artísticas y Musicales Tomo:III, Folio: 42

Autores: Enrique Vargas Pérez y Luis Enrique Vargas Briceño

Títulos: “HIMNO COOPERATIVA AVANCES”

Fecha de Presentado: 4 de Mayo, del 2012A nombre de ParticularidadEnrique Vargas Pérez SolicitanteEnrique Vargas Pérez Autor (Letra)Enrique Vargas Pérez MusicalizaciónLuis Enrique Vargas Briceño Autor (Arreglo)

Descripción:Consiste en un Himno, inspirado en la Fortaleza, Visión y Emblema,que simboliza la eterna unidad, alianza y Prosperidad de laCooperativa de Ahorro y Crédito Avances R.L., Genero: Marchay Ritmo: Andante.

Page 15: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5683

01-08-12 144

Publíquese por una sola vez en La Gaceta, Diario Oficial.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, diecisiete del dosmil doce. Erwin Ramírez C., Registrador Suplente.

—————————Reg. 9911- M. 7907-A- Valor C$ 95.00

MAYRA NAVARRETE CROVETTO, Gestor (a) Oficioso (a) deJ. García Carrión, S.A. de España, solicita registro de Marca deFábrica y Comercio:

DON SIMON

Para proteger:Clase: 32CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRASBEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DEFRUTA, FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONESPARA HACER BEBIDAS.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001271. Managua, diez de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 9965-M. 8100-A- Valor C$ 95.00

ALVARO JOSE MOLINA VACA, Apoderado (a) de BANCO DEAMÉRICA CENTRAL, S.A. (BAC) de República de Nicaragua,solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PYMERCADO

Para proteger:Clase: 35Servicios cuya finalidad es la de facilitar el intercambio entreempresas, a través de una plataforma virtual que permita un mejorposicionamiento de sus productos y/o servicios y generar una redde contactos a los cuales puedan ofrecer los mismo.

Clase: 36Servicios Financieros.

Clase: 42Servicios Tecnológicos.

Presentada: uno de junio, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001866. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10013-M. 698956- Valor C$ 95.00

RUDDY A. LEMUS SALMAN, Apoderado (a) de IndustriasAlimenticias Kern´s y Compañía, Sociedad en Comandita porAcciones. de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

KIPara proteger:Clase: 32Bebidas de todo tipo, incluyendo aguas minerales y gaseosas yotras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes,cerveza, bebidas de malta y otras preparaciones para hacer bebidas.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001840. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

Reg. 10014-M. 698921- Valor C$ 95.00

RUDDY A. LEMUS SALMAN, Apoderado (a) de IndustriasAlimenticias Kern´s y Compañía, Sociedad en Comandita porAcciones. de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

GUT! Kern´s

Para proteger:Clase: 32Bebidas de todo tipo, incluyendo aguas minerales y gaseosas yotras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes,cerveza, bebidas de malta y otras preparaciones para hacer bebidas.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. AdrianaDíaz Moreno., Registrador Suplente. Expediente Nº 2012-001839.Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.

—————————Reg. 10015-M. 698883- Valor C$ 95.00

RUDDY A. LEMUS SALMAN, Apoderado (a) de IndustriasAlimenticias Kern´s y Compañía, Sociedad en Comandita porAcciones. de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

Ki Kern´s

Para proteger:Clase: 32Bebidas de todo tipo, incluyendo aguas minerales y gaseosas yotras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes,cerveza, bebidas de malta y otras preparaciones para hacer bebidas.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. AdrianaDíaz Moreno., Registrador Suplente. Expediente Nº 2012-001838.Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.

—————————Reg. 10016-M. 698832- Valor C$ 95.00

RUDDY A. LEMUS SALMAN, Gestor (a) Oficioso (a) de ACMde Francia, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DEPIWHITE

Para proteger:Clase: 3Jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, locionescapilares, dentífricos, preparaciones depilatorias, preparacionesdesmaquilladoras, lápices labiales, mascarillas de belleza,preparaciones para afeitar.

Presentada: veinticinco de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001752. Managua, treinta y uno de mayo del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10017-M. 8252-A- Valor C$ 190.00

DR. MARVIN ABARCA BLEN, Apoderado de ALIMENTOSNUTRACEUTICOS TRES CORONAS SOCIEDAD ANONIMAde República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Fábricay Comercio:

NUPRO

Para proteger:

Page 16: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5684

01-08-12 144

Clase: 5Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicospara la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentospara bebés; emplastos, material para apósitos; material paraempastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes;productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas,herbicidas.

Clase: 29Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbresen conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas,compotas; huevo, leche y productos lácteos; aceites y grasascomestibles

Clase: 30Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café,harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería yconfitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura,polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos);especias; hielo.

Clase: 32Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas noalcohólicas; bebidas y zumos de frutas, frutas; siropes y otraspreparaciones para hacer bebidas.

Opóngase. Presentada: Expediente Nº 2011-000620, uno de marzo,del año dos mil once. Managua, ocho de marzo, del año dos milonce. Erwin Ramírez C. Registrador Suplente.

—————————DR. MARVIN ABARCA BLEN, Apoderado de ALIMENTOSNUTRACEUTICOS TRES CORONAS SOCIEDAD ANONIMAde República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Fábricay Comercio:

UNIKA

Para proteger:Clase: 3Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada;preparaciones para l impiar , puli r , desengrasar y raspar(preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales,cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos.

Clase: 5Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicospara la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentospara bebés; emplastos, material para apósitos; material paraempastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes;productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas,herbicidas.

Opóngase. Presentada: Expediente Nº 2011-000619, uno de marzo,del año dos mil once. Managua, cuatro de agosto, del año dos milonce. Harry Peralta López., Director/Registrador.

—————————Reg. 10018-M. 539475-Valor C$ 95.00

ANGELICA ARGUELLO DAMHA, Gestor (a) Oficioso (a) deCar Connectivity Consortium LLC de Estados Unidos de América,solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

MirrorLink

Para proteger:Clase: 9Hardware para computador y computadoras, televisores, consolasde juegos de computador para ser usadas con monitores o pantallasde visualización externa, periféricos para computador, y equiposelectrónicos de consumo, específicamente cámaras, videocámaras,grabadoras y reproductores de audio y video, reproductores deMP3, grabadoras y reproductores de CD, teléfonos celularesdigitales personales, dispositivos para transmisión de radioinalámbrica, y sistemas de posicionamiento global que consistenen computadoras, software para computador, transmisores,receptores y dispositivos de interfaz de red; e instrumentos deprueba y medición electrónica, específicamente, software devalidación y maquina de simulación, para el diseño y prueba derendimiento, características, compatibilidad, funcionalidad,cumplimiento y adherencia a los estándares de la industria de losdispositivos antes mencionados, componentes y sistemas; cablesy conectores de cable de computador; software de computadorpara el envió de contenido vía inalámbrica; software de computadorpara uso en la operación de todos de lo anterior; software paracomputador para probar el rendimiento, característ icas,compatibilidad, interoperabilidad, funcionalidad, cumplimiento yadherencia a los estándares de la industria de las computadoras,productos electrónicos y de telecomunicaciones.

Presentada: nueve de marzo, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-000967. Managua, doce de marzo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10019 - M. 0252135 - Valor C$ 95.00

ANGELICA ARGUELLO DAMHA, Ap od erad o (a ) d eJABONERIA WILSON, S.A. de Ecuador, solicita registro deMarca de Fábrica y Comercio:

SUAZ

Para proteger:Clase: 3Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones;productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, locionescapilares; dentífricos.

Presentada: quince de marzo, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001032. Managua, dieciséis de marzo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10020 - M. 025213 - Valor C$ 95.00

ANGELICA ARGUELLO DAMHA, Apoderado (a) de CreativeNail Design, Inc. de Estados Unidos de América, solicita registrode Marca de Fábrica y Comercio:

POWER POLISH

Para proteger:Clase: 3Cosméticos; Productos para el cuidado de la uñas; Lacas de uñas;Esmalte de uñas; Uñas artificiales; Cremas para las uñas;Endurecedor de uñas; Polvo para formar decoraciones en las uñasesculpidas; Quitaesmaltes para las uñas; Adhesivos para fijar uñaspostizas.

Page 17: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5685

01-08-12 144

Presentada: uno de marzo, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-000842. Managua, seis de marzo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10021-M. 0252137- Valor C$ 95.00

ANGELICA ARGUELLO DAMHA, Apoderado (a) de PROCTER& GAMBLE BUSINESS SERVICES CANADA COMPANY deCanadá, solicita registro de Marca de Fabrica y Comercio:

PRO-FLEX

Para proteger:Clase: 21Cepillos de dientes.

Presentada: veintidós de marzo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001139. Managua, veintitrés de marzo, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

——————————Reg. 10022- M. 0252187-Valor C$ 95.00

MARTHA ROSA URTECHO SACASA, Gestor (a) Oficioso (a)de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX S.A.) deEspaña, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

XDYE

Para proteger;Clase: 26Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, corchetes yojetes, alfi leres y agujas; flores artificiales; alfi leteros;acericos(almohadillas para alfileres); adornos para el calzado ypara sombreros (que no sean de metales preciosos); artículos demercería (con excepción de hilos); bandas para el cabello; brazaletes;arneses para guiar a los niños; broches (accesorios de vestimenta);costureros; cierres de cinturones; cordones para el calzado; coronasde flores artificiales; chapas de adorno; dedales (para coser);diademas; estuches de agujas; hebillas (accesorios de vestimenta);hebillas (para calzado); hombreras para vestidos; horquillas parael cabello; insignias que no sean de metales preciosos; lentejuelas(pasamanería); números o letras para marcar la ropa; pasacintas;pasadores (pinzas para el cabello); pasamanería; plumas(complementos de vestir); pompones; puntillas (encajes);cremalleras (mercería); dorsales; parches termoadhesivos paraadornar artículos textiles [mercería]; ganchos para tejer alfombras;automáticos (broches); plumas de avestruz (accesorios de vestir);ballenas de corsés; bandas (insignias); cordoncillos para ribetear;borlas (pasamanería); cintas elásticas para subir las mangas;artículos de adorno para el cabello; cabello postizo; redecillas parael cabello; ojetes para el calzado; felpilla (pasamanería); chorreras(encajes); pinzas para pantalones de ciclistas; cierres para prendasde vestir; cintas auto-adherentes (artículos de mercería); cintaselásticas; cintas para fruncir cenefas de cortinas; cordoncillos paraprendas de vestir; pasadores para cuellos; dobladillos postizos;escarapelas (pasamanería); festones (bordados); flecos; frutasartificiales; galones; gorros para hacer mechas; guirnaldasartificiales; huevos para zurcir; orlas (pasamanería); trenzas decabello; pelucas; bordados en plata; remates (ribetes) para prendasde vestir; rosetas (pasamanería); tirantes (confección); sujecionesde tirantes; volantes de faldas y vestidos; trenzas; tupés; ganchospara calzado.

Presentada: veintinueve de marzo, del año dos mil doce. Expediente

Nº 2012-001212. Managua, nueve de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

———————————————Reg. 10023-M. 0252185- Valor C$ 95.00

MARTHA ROSA URTECHO SACASA, Apoderado (a) deBIOCOMBUSTIBLES S.A. de Colombia, solicita registro deMarca de Servicios:

BIOMAX

Para proteger:Clase: 37Servicios de reabastecimiento y mantenimiento, a saber estacionesde servicio.

Presentada: dieciséis de febrero, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-000689. Managua, diecisiete de febrero, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10024 - M 0252139 - Valor C$ 95.00

AVISOSOLICITUD DE PATENTE

(19) Registro de la Propiedad Intelectual de Nicaragua(12) Solicitud de Patente de: invención(21) Número de Solicitud: 2011-00205(22) Fecha de presentación: 21/11/2011(71) Solicitante:

Nombre: DAINIPPON SUMITOMO PHARMA CO. LTD. yASTRAZENECA AB

Dirección: 6-8, Dosho-machi 2-chome, Chu-ku, Osaka-shi, Osaka5418524, Japon. y SE-151 85 Södertälje, Suecia.

Inventor (es): NICHOLAS JAMES BENNETT, THOMASMCINALLY, AUSTEN PIMM, STEPHEN THOM y YOSHIAKIISOBE

(74) Representante/ Apoderado (a)

Nombre: MARTHA ROSA URTECHO SACASA

(30) Prioridad invocada(33) Oficina de presentación: Oficina de Reino Unido(32) Fecha: 21/05/2009(31) Número: 0908772.7

(54) Nombre de la Invención:SALES DE DISACARINA, ÁCIDO DIFUMÁRICO, ACISO DI- 1 - HIDROXI - 2 NAFTOICO Y ÁCIDO MONOBENZOICODEL 2 - ( 4 - (( 2 - AMINO - 4- METIL - 6 -( PENTILAMINO) PIRIMIDIN - 5 - IL ) METIL ) FENIL ) ACETATO DE 4 - (DIMETILAMINO ) BUTILO

(51) Símbolo de clasificación (IPC^7)CO7D 239/49; A61K 31/505; A61P 11/00; A61P 17/00; A61P 27/14; A61P 31/00; A61P 35/00

(57) Resumen:La invencion proporciona sales de 2 - ( 4 - (( 2 - amino - 4 - metil- 6 - ( pentilamino ) pirimidin - 5 - il ) metil ) fenil ) acetato de 4

Page 18: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5686

01-08-12 144

- ( dimetilamino ) butilo, composiciones farmaceuticas que lascontienen y su uso en terapia.

En virtud del Artículo 33 de la Ley 354, Ley de Patentes deInvención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, losinteresados podrán presentar al Registro de la PropiedadIntelectual, OBSERVACIONES a la misma.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, 16 de Abril de2012. Adriana Díaz Moreno; Registradora Suplente.

—————————Reg. 10025 - M 0252138 - Valor C$ 95.00

AVISOSOLICITUD DE PATENTE

(19) Registro de la Propiedad Intelectual de Nicaragua(12) Solicitud de Patente de: invención(21) Número de Solicitud: 2011-00211(22) Fecha de presentación: 05/12/2011(71) Solicitante:

Nombre: INTERMUNE INC.

Dirección: 3280 Bayshore Boulevard, Brisbane, CA 94005-1021,Estados Unidos de America.

Inventor (es): RAMACHANDRAN RADHAKRISHNAN, MIKECYR y SABINE MARIE- FRANÇOISE BRIGITTE BOUTET

(74) Representante/ Apoderado (a)

Nombre: MARTHA ROSA URTECHO SACASA

(30) Prioridad invocada(33) Oficina de presentación: Oficina de Estados Unidos deAmerica(32) Fecha: 03/06/2009(31) Número: 61/183,588

(54) Nombre de la Invención:MÉTODO MEJORADO PARA SINTETIZAR PIRFENIDONA

(51) Símbolo de clasificación (IPC^7)C07D 401/10; C07D 213/64; A61K 31/4412; A61P 9/00

(57) Resumen:Un proceso para sintetizar pirfenidona a partir de bromobencenocon menos de aproximadamente 0,15% en peso de dibromobenceno.También proceso para sintetiza prifenidona sin usar acetato deetilo o n - butanol, y pirfenidona con niveles controlados deacetato de etilo n - butanol, di ( 5 - metil - 2 - piridona ) bencenos,y otras impurezas con los tiempos de retencion que se especifican.También, formas de dosificacion que se formulan incluyendo lapirfenidona que se divulga.

En virtud del Artículo 33 de la Ley 354, Ley de Patentes deInvención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, losinteresados podrán presentar al Registro de la PropiedadIntelectual, OBSERVACIONES a la misma.

Registro de la Propiedad Intelectual. Managua, 28 de mayo de2012. Adriana Díaz Moreno; Registradora Suplente.

Reg. 10026- M. 0252183-Valor C$ 290.00

MARTHA ROSA URTECHO SACASA, Gestor (a) Oficioso (a)de INDUSTRIA DE DISEÑO TEXTIL, S.A. (INDITEX S.A.) deEspaña, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PULL & BEAR

Para proteger;Clase: 9Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos,fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición,de señalización, de control (inspección), de salvamento y deenseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad;aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido oimágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discoscompactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; software;mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras,maquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos yordenadores; extintores; periféricos de ordenador; gafasantideslumbrantes; lentes (quevedos); lentillas ópticas; cadenitasde lentes (quevedos); lentes de contacto; cordones de lentes(quevedos); metros de costureras; gafas (óptica); cristales paragafas; estuches para gafas; monturas de gafas y lentes (quevedos);gafas de sol; estuches para lentes (quevedos) y para lentes decontacto; calzado de protección contra los accidentes, lasirradiaciones y el fuego; chalecos antibalas; chalecos salvavidas;trajes y ropa para la protección contra el fuego; guantes de buceo;guantes para la protección contra accidentes; trajes de buceo;tarjetas magnéticas; trajes de protección contra los accidentes yradiaciones; trajes especiales de protección para aviadores; agendaselectrónicas; aparatos telefónicos; basculas (aparatos de pesar);brújulas; máquinas contables; cascos de protección; cascosprotectores para deportes; catalejos; cronógrafos (aparatos deregistro de tiempo); cucharas dosificadoras; cuenta-pasos(podómetros); discos compactos (audio-video); discos ópticoscompactos; espejos (óptica); gemelos (óptica); indicadores detemperatura; cadenas y cordones para gafas; programas de juegosinformáticos; lectores de casetes; lectores de código de barras;linternas de señales, mágicas y ópticas; lupas (ópticas); maquinasde dictar y facturar; mecanismos para aparatos accionados porficha; pesos; pilas eléctricas; galvánicas y solares; programasinformáticos grabados; traductoras electrónicas de bolsillo;transistores (electrónica); termómetros que no sean para usomédico; aparatos de intercomunicación; casetes de video; dibujosanimados; radioteléfono portátil (walkie-talkies); publicacioneselectrónicas (descargables electrónicamente); relojes de arena;alarmas acústicas; alarmas contra el robo; alarmas de incendio;alfombrillas para el ratón; altavoces; aparatos para la amplificaciónde sonido; antenas; viseras antideslumbrantes; aparatos telefónicos;cascos (de música); contestadores telefónicos; detectores de monedafalsa; protectores de dientes; maquinas de contar y separar eldinero; aparatos para medir el espesor de las pieles y de los cueros;etiquetas electrónicas para mercancías; gafas para hacer deporte;imanes; punteros electrónicos con luz; teléfonos móviles; aparatospara ampliaciones (fotografía); aparatos e instrumentos para laastronomía; válvulas termoiónicas (radio); aparatos automáticosde música de previo pago; balanzas; bolsas salvavidas; registradorasde banda magnética; cintas para limpiar cabezales de lectura;bandas de video; bandas magnéticas; aparatos desmagnetizadoresde cintas magnéticas; barómetros; distribuidores de billetes(tickets); maquinas de calcular; aparatos de control del calor;cámaras (aparatos cinematográficos); cámaras de video; cartuchos

Page 19: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5687

01-08-12 144

de video-juegos; codificadores magnéticos; cristales graduados;cuentarrevoluciones; diapositivas; aparatos para proyectardiapositivas; dinamómetros; discos reflectantes individuales parala prevención de accidentes de circulación; marcadores dedoblad i l los ; dosi f icadores ; tapas de enchufes ; equ iposradiotelefónicos, escáneres (equipo de proceso de datos)(informática); estuches (óptica); flashes (fotografía); aparatos ymaquinas para fotocopiar (comprendidos también los aparatos ymaquinas electro estáticos o térmicos); hologramas; lectores dediscos compactos; señales luminosas; tubos luminosos para lapublicidad; magnetoscopios; aparatos eléctricos de medida;megáfon o s ; memo r ias para o rden ado res ; mic rófo n os ;microprocesadores; módems; aparatos respiratorios para lanatación subacuática; objetivos (óptica); ozonizadores; pantallasde proyección; peras eléctricas (interruptores); silbatos parallamar a los perros; pulsadores de timbres; aparatos de radio;receptores (audio, video); reposamuñecas para ordenador; romanas(balanzas); aparatos de televisión; toca-discos; maquinas deprocesamiento de textos; video-teléfonos; reproductor de sonidoportátil.

Clase: 26Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, corchetes yojetes, alfi leres y agujas; flores artificiales; alfi leteros;acericos(almohadillas para alfileres); adornos para el calzado ypara sombreros (que no sean de metales preciosos); artículos demercería (con excepción de hilos); bandas para el cabello; brazaletes;arneses para guiar a los niños; broches (accesorios de vestimenta);costureros; cierres de cinturones; cordones para el calzado; coronasde flores artificiales; chapas de adorno; dedales (para coser);diademas; estuches de agujas; hebillas (accesorios de vestimenta);hebillas (para calzado); hombreras para vestidos; horquillas parael cabello; insignias que no sean de metales preciosos; lentejuelas(pasamanería); números o letras para marcar la ropa; pasacintas;pasadores (pinzas para el cabello); pasamanería; plumas(complementos de vestir); pompones; puntillas (encajes);cremalleras (mercería); dorsales; parches termoadhesivos paraadornar artículos textiles [mercería]; ganchos para tejer alfombras;automáticos (broches); plumas de avestruz (accesorios de vestir);ballenas de corsés; bandas (insignias); cordoncillos para ribetear;borlas (pasamanería); cintas elásticas para subir las mangas;artículos de adorno para el cabello; cabello postizo; redecillas parael cabello; ojetes para el calzado; felpilla (pasamanería); chorreras(encajes); pinzas para pantalones de ciclistas; cierres para prendasde vestir; cintas auto-adherentes (artículos de mercería); cintaselásticas; cintas para fruncir cenefas de cortinas; cordoncillos paraprendas de vestir; pasadores para cuellos; dobladillos postizos;escarapelas (pasamanería); festones (bordados); flecos; frutasartificiales; galones; gorros para hacer mechas; guirnaldasartificiales; huevos para zurcir; orlas (pasamanería); trenzas decabello; pelucas; bordados en plata; remates (ribetes) para prendasde vestir; rosetas (pasamanería); tirantes (confección); sujecionesde tirantes; volantes de faldas y vestidos; trenzas; tupés; ganchospara calzado.

Presentada: veintinueve de marzo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001211. Managua, nueve de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10123-M. 244421- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deBIOCODEZ. de Francia, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

STIMOL

Para proteger:Clase: 5PRODUCTO FARMACÉUTICO COADYUVANTE EN ELTRATAMIENTO DEL CANSANCIO.

Presentada: veintiocho de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001775. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10124-M. 24422- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ENALAM

Para proteger:Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001851. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10125-M. 24423- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

LANCID

Para proteger:Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001852. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

——————————Reg. 10126-M. 24424- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

VALS

Para proteger:Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001854. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

Page 20: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5688

01-08-12 144

Reg. 10127-M. 24425- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

NITAPAX

Para proteger:Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001855. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

——————————Reg. 10128-M. 24426- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TAVAL

Para proteger:Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001853. Managua, cuatro de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

———————————Reg. 10129-M. 24427- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

CELCOX

Para proteger:Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001850. Managua, seis de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

——————————Reg. 10130-M. 24428- Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) deACTIVA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque puede abreviarse ACTIVA, S.A. DE C.V. de República de ElSalvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

FLOQUIN

Para proteger:

Clase: 5SERV IRA P ARA AMP ARAR: P RODUCTOSFARMACEUTICOS.

Presentada: treinta y uno de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001849. Managua, seis de junio, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10131-M. 44602- Valor C$ 95.00

MARGIE ISABEL GONZALEZ, Apoderado (a) de EXXONMOBIL CORPORATION de Estados Unidos de América, solicitaregistro de Marca de Fábrica y Comercio:

MOBIL SHC GEAR

Para proteger:Clase: 4Aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; productos paraabsorber, rociar y asentar el polvo; combustibles (incluida lagasolina para motores) y materiales de alumbrado; velas y mechasde iluminación.

Presentada: veintidós de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001721. Managua, veintitrés de mayo del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10132-M. 44599- Valor C$ 95.00

MARGIE ISABEL GONZALEZ, Apoderado (a) de EXXONMOBIL CORPORATION de Estados Unidos de América, solicitaregistro de Marca de Fábrica y Comercio:

SHC

Para proteger:Clase: 4Aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; productos paraabsorber, rociar y asentar el polvo; combustibles (incluida lagasolina para motores) y materiales de alumbrado; velas y mechasde iluminación.

Presentada: veintidós de mayo, del año dos mil doce. ExpedienteNº 2012-001720. Managua, veintitrés de mayo del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————————Reg. 10133-M. 44623- Valor C$ 145.00

CERTIFICA

SERIE ¨A¨ No 010869

Que el registro de la Marca de Fábrica y Comercio:

FLUVILAQ

SE ENCUENTRA INSCRITA CONFORME LA LEY 380MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS:

Número: 2011093514 LMFolio: 218Tomo: 291 InscripcionesFecha de Resolución: 5 de Marzo, 2012Fecha de Vencimiento: 4 de Marzo, 2022

Page 21: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5689

01-08-12 144

Titular: LABORATORIOS QUÍMICOS INDUSTRIALES, S.A.

Domicilio: 1.5 kilómetros al Este del Periódico La Nación, Lorentede Tibas, San José, Costa Rica.Número y Fecha de la Solicitud de Registro: 2007-001734 del 23de Mayo, 2007Publicaciones, La Gaceta, D.O.: 171 del 06/06/2007Protege y Distingue:PRODUCTOS VETERINARIOS.

Clase: 5 Internacional

Publíquese. Dado en la Ciudad de Managua, a los cinco días del mesmarzo del año dos mil doce. Adriana Díaz Moreno, RegistradorSuplente; Secretario.

——————————Reg. 10134-M. 44620- Valor C$ 145

CERTIFICASERIE ¨A¨ No 009920

Que el registro de la Marca de Fábrica y Comercio:

BRUFER

SE ENCUENTRA INSCRITA CONFORME LA LEY 380MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS:

Número: 2012094283 LMFolio: 195Tomo: 294 InscripcionesFecha de Resolución: 26 de Enero de 2012Fecha de Vencimiento: 25 de Enero de 2022Titular: IP INTERNATIONAL

MANAGEMENT, S.A. DE C.V.

Domicilio: Calle E No. 21, Col. Modelo, Naucalpan de Juárez,53330. México.Número y Fecha de la Solicitud de Registro: 2011-000336 del 3 deFebrero, 2011Publicaciones, La Gaceta, D.O.: 138 del 26/07/11Protege y Distingue:HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS DE MANOACCIONADOS MANUALMENTE, ARTÍCULOS DECUCHILLERÍA, TENEDORES Y CUCHARAS, ARMASBLANCAS; NAVAJAS Y MAQUINILLAS DE AFEITAR.

Clase: 8 Internacional

Publíquese. Dado en la Ciudad de Managua, a los veintiséis díasdel mes enero del año dos mil doce. Harry Peralta López, DirectorRegistrador.

——————————Reg. 10135-M. 44617- Valor C$ 145

CERTIFICA

SERIE ¨A¨ No 010923

Que el registro de la Marca de Fábrica y Comercio:

PACHICLETA

SE ENCUENTRA INSCRITA CONFORME LA LEY 380MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS:

Número: 2012094489 LMFolio: 143Tomo: 295 InscripcionesFecha de Resolución: 9 de Marzo de 2012Fecha de Vencimiento: 8 de Marzo de 2022Titular: Cuanda, Sociedad Anónima de Capital

VariableDomicilio: Sauzalez No 27, Letra B, ColoniaGranjas Coapa, C.P. 14330, Delegación Tlalpan, México, DistritoFederal.Número y Fecha de la Solicitud de Registro: 2011-001151 del 11de Abril, 2011Publicaciones, La Gaceta, D.O.: 168 del 06-09-2011Protege y Distingue:DULCES CARAMELOS SUAVES DE DULCE, BARRAS DEDULCE SUAVES CON SABOR A FRUTAS, CHICLOSOS,BOMBONES, GOMITAS DE DULCE, CHICLES,CHOCOLATES, PALETAS DE CARAMELO, MACIZO Y MIELDE ABEJA.

Clase: 30 Internacional

Publíquese. Dado en la Ciudad de Managua, a los nueve días delmes marzo del año dos mil doce. Adriana Díaz Moreno, RegistradorSuplente; Secretario.

——————————Reg. 10136-M. 44614- Valor C$ 145

CERTIFICASERIE ¨A¨ No 007717

Que el registro de la Marca de Fábrica y Comercio:

U BY UNGARO

SE ENCUENTRA INSCRITA CONFORME LA LEY 380MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS:

Número: 2011093462 LMFolio: 170Tomo: 291 InscripcionesFecha de Resolución: 31 de Octubre, 2011Fecha de Vencimiento: 30 de Octubre, 2021Titular: EMANUEL UNGARODomicilio: 2, Avenue Montaigne, Paris, Francia.Número y Fecha de la Solicitud de Registro: 2010-001818 del 22de junio, 2010Publicaciones, La Gaceta, D.O.: 02 del 06/01/2011Protege y Distingue:METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y ARTÍCULOSDE ESTAS MATERIAS O DE CHAPADO NO COMPRENDIDOSEN OTRAS CLASES. JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRASP RECIOSAS. RELOJERÍA E INSTRUMENTOSCRONOMÉTRICOS.

Clase: 14 Internacional

Publíquese. Dado en la Ciudad de Managua, a los treinta y uno díasdel mes octubre del año dos mil once. Adriana Díaz Moreno,Registrador Suplente; Secretario.

—————————Reg. 10137-M. 44613- Valor C$ 145

CERTIFICA

Page 22: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5690

01-08-12 144

SERIE ¨A¨ No 008580

Que el registro de la Marca de Fábrica y Comercio:

FAMPYRA

SE ENCUENTRA INSCRITA CONFORME LA LEY 380MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS:

Número: 2011093772 LMFolio: 204Tomo: 292 InscripcionesFecha de Resolución: 28 de Noviembre de 2011Fecha de Vencimiento: 27 de Noviembre de 2011Titular: Acorda Therapeutics, Inc.-Domicilio: 15 Skyline Drive Hawthorne New York10532, Estados Unidos de América.

Número y Fecha de la Solicitud de Registro: 2010-002009 del 7 deJulio, 2010Publicaciones, La Gaceta, D.O.: 02 del 06/01/2011Protege y Distingue:PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICASUTILIZADAS EN EL TRATAMIENTO DE LESIONES EN LAMEDULA ESPINAL, ESCLEROSIS MÚLTIPLE Y OTROSTRASTORNOS O CONDICIONES NEUROLÓGICAS.

Clase: 5 Internacional

Publíquese. Dado en la Ciudad de Managua, a los veintiocho díasdel mes Noviembre del año dos mil once. Harry Peralta López.,Director Registrador; Secretario.

———————————Reg. 10138- M. 705812- Valor C$ 95.00

HOWARD DAVID ROQUE CASTILLO, Gestor (a) Oficioso (a)de Ken´s Foods, Inc. de Estados Unidos de América, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

KEN´S

Para proteger:Clase: 30Aderezo para ensalada, aderezo para ensalada de col (repollo),aderezos para alimentos a base de mayonesa y otros productoslácteos, vegetales, frutas, y/o aceites; salsas tártara, salsa marinada,vinagre y salsas alimenticias similares.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001265. Managua, diez de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

———————————Reg. 10139- M. 705839- Valor C$ 95.00

HOWARD DAVID ROQUE CASTILLO, Gestor (a) Oficioso (a)de Ken´s Foods, Inc. de Estados Unidos de América, solicitaRegistro de Marca de Fábrica y Comercio:

KEN´S STEAK HOUSE

Para proteger:Clase: 30Aderezo para ensalada, aderezo para ensalada de col (repollo),aderezos para alimentos a base de mayonesa y otros productos

lácteos, vegetales, frutas, y/o aceites; salsas tártara, salsa marinada,vinagre y salsas alimenticias similares.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente Nº2012-001266. Managua, diez de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno., Registrador Suplente.

—————————Reg. 10167 - M 736602 - Valor C$ 95.00

FRANCISCO ORTEGA GONZALEZ, Gestor (a) Oficioso (a) deNicoventures Limited. De Reino Unido, solicita registro de Marcade Fábrica y Comercio:

VOKE

Para proteger:Clase: 5Preparaciones farmacéuticas, a saber preparaciones para usohumano incluyendo, pero no limitado a, parches transdérmicos,pastillas y microtabletas.

Clase: 10Dispositivos médicos, a saber, dispositivos médicos para usohumano incluyendo, pero no limitado a sprays (rociadores) bucales,sprays (rociadores) nasales, e inhaladores.

Clase: 34Sustitutos del tabaco, cigarrillos que contienen sustitutos deltabaco, dispositivos que contienen nicotina, no para propósitosmédicos; cigarrillos, tabaco, productos del tabaco, encendedores,cerillos, artículos para fumadores.

Presentada: Quince de mayo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001653. Managua, veintinueve de mayo, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————Reg. 10168 - M 70225 - Valor C$ 95.00

MANUEL JOSUE DAVILA ALVAREZ, Apoderado (a) de“INDUSTRIAS FACELA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE” de República de El Salvador, solicita registro deMarca de Fábrica y Comercio:

FACELA MASTER LINE

Para proteger:Clase: 16Papel Higiénico, papel, cartón y artículos de estas materias, nocomprendidos en otras clases; productos de imprenta; artículos deencuadernación; fotografías; papelerías; adhesivos (pegamentos)para la papelería o la casa; material para artistas; pinceles; máquinasde escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material deinstrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticaspara embalaje (no comprendidas en otras clases); caracteres deimprenta; clichés.

Presentada: dieciocho de abril, del año dos mil doce. ExpedienteN° 2012-001368. Managua, veintidós de mayo, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————Reg. 10169 - M 70158 - Valor C$ 95.00

DARLISS MARCELA GORDON ARANA, Gestor (a) Oficioso

Page 23: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5691

01-08-12 144

(a) de SOLUCIONES SEGURAS, S.A. de República de Nicaragua,solicita registro de Expresión o Señal de Publicidad Comercial:

JUGA Y GANA TODOS LOS DIAS

Se empleará:

Se empleará en relación con los productos y servicios de publicidad,gestión de negocios comerciales. Clase 38: Telecomunicaciones yClase 41: Juegos de loterías de cualquier naturaleza. Con relacióna las solicitudes de registro número: 2011-01014 LOT MAYOR35/38/41 2011-01015 LOTO DIARIA 35/38/41 2011-01016 LOTOTe cambia la vida 35/41/38 2011-01026 LOTO Te cambia la vidaN/C.

Presentada el veintiuno de Febrero, del año dos mil doce. ExpedienteN° 2012-000748. Managua, veinticuatro de febrero, del año dosmil doce. OPONGASE. Adriana Díaz Moreno, RegistradorSuplente.

—————————Reg. 10253 - M 70529 - Valor C$ 380.00

ANA CAROLINA BARQUERO URROZ, Apoderado (a) Especialde Central Americana de Distribución, Sociedad Anónima deRepública de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

FIGHTER

Para proteger:Clase: 12Motocicletas, motores para vehículos terrestres y repuestos paramotocicletas.

Presentada: ocho de mayo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001582. Managua, catorce de mayo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————ANA CAROLINA BARQUERO URROZ, Apoderado (a) Especialde Central Americana de Distribución, Sociedad Anónima deRepública de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

TOMCAT

Para proteger:Clase: 12Motocicletas, motores para vehículos terrestres y repuestos paramotocicletas.

Presentada: ocho de mayo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001583. Managua, catorce de mayo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————ANA CAROLINA BARQUERO URROZ, Apoderado (a) Especialde Central Americana de Distribución, Sociedad Anónima deRepública de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

RANGER

Para proteger:Clase: 12Motocicletas, motores para vehículos terrestres y repuestos paramotocicletas.

Presentada: ocho de mayo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001585. Managua, catorce de mayo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————ANA CAROLINA BARQUERO URROZ, Apoderado (a) Especialde Central Americana de Distribución, Sociedad Anónima deRepública de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica yComercio:

STARK

Para proteger:Clase: 12Motocicletas, motores para vehículos terrestres y repuestos paramotocicletas.

Presentada: ocho de mayo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001584. Managua, catorce de mayo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————Reg. 10223 - M 1502674 - Valor C$ 950.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) deSONAX GmbH de Alemania, solicita registro de Marca de Fábricay Comercio:

SONAX

Para proteger:Clase: 1PRODUCTOS QUÍMICOS PARA USO EN LA INDUSTRIA;ANTICONGELANTE P ARA RADIADORESLIMPIAPARABRISAS, DESHELADORES, PRESERVATIVOSP ARA INSTALACIONES DE EX HAUSTACIÓN;PREPARACIONES PARA DESPLAZAMIENTO DE AGUA,FLUIDOS SINTÉTICOS PARA FRENOS Y EMBRAGUES ASICOMO OTROS FLUIDOS SINTÉTICOS PARA SISTEMASHIDRÁULICOS (INCLUIDOS EN LA CLASE 01); ADITIVOSQUÍMICOS; ADITIVOS QUÍMICOS PARA COMBUSTIBLEY COMBUSTIBLE DE MOTOR; PRODUCTOS CÁUSTICOSPARA PROP ÓSITOS INDUSTRIALES; LÍQUIDOS DEFRENOS, PRODUCTOS QUÍMICOS IMPREGNADORES DETEJIDOS; PREPARACIONES IMPREGNADORAS PARACUBIERTAS ASÍ COMO PARA TIENDAS DE CAMPAÑA YROPA; PRODUCTOS QUÍMICOS PARA IMPREGNARCUERO; PRODUCTOS QUÍMICOS RENOVADORES PARACUERO; ADITIVOS QUÍMICOS P ARA ACEITAR;PRODUCTOS QUÍMICOS QUE PREVIENEN LAS MANCHASPARA USO EN TELAS; ANTICONGELANTES; DISOLVENTESDE CAUCHO; REFRIGERANTES; PRESERVATIVOS DELCAUCHO; ENFRIADORES PARA MOTORES DE VEHÍCULOS;PREPARACIONES CRIOGÉNICAS; MASILLA PARA CUERO;PEGAMENTOS PARA CUERO; PREPARACIONES PARAFLEXIBILIZAR EL CUERO; ACEITES PARA CURTIR ELCUERO; MORDIENTES PARA METALES; PREPARACIONESPARA ENDURECER METALES; JABONES (METÁLICOS)PARA PROPÓSITOS INDUSTRIALES; PREPARACIONESP ARA EV ITAR EL EMPAÑAMIENTO DEL VIDRIO;PRODUCTOS QUÍMICOS PARA SEPARAR ACEITES;P RODUCTOS QUÍMICOS P ARA DECOLORAR/BLANQUEAR ACEITES; DISPERSANTES DE ACEITES;PRODUCTOS QUÍMICOS PARA PURIFICAR ACEITES;P REP ARACIONES P ARA EV ITAR ELSOBRECALENTAMIENTO DE REFRIGERANTES PARA

Page 24: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5692

01-08-12 144

VEHÍCULOS MOTORIZADOS; ADITIVOS DETERGENTESPARA EL PETRÓLEO; COMPOSICIONES PARA REPARARLOS TUBOS INTERNOS DE LAS LLANTAS (NEUMÁTICOS);HOLLÍN P ARA PROP ÓSITOS INDUSTRIALES OAGRÍCOLAS; NEGRO DE CARBÓN PARA PROPÓSITOSINDUSTRIALES; P RODUCTOS QUÍMICOS P ARASOLDADURAS; MASILLAS PARA CARROCERÍA DEVEHÍCULOS; PREPARACIONES DE ACABADO PARA USOEN LA FABRICACIÓN DE ACERO; ACELERADORES DEVULCANIZACIÓN; PREPARACIONES VULCANIZADORAS;PRODUCTOS QUÍMICOS PARA DECOLORAR CERAS;PREPARACIONES COMBUSTIBLES (ADITIVOS QUÍMICOSP ARA COMBUSTIBLE DE MOTORES); LÍQUIDOSAUXILIARES PARA USO CON ABRASIVOS.

Clase: 3PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE AUTOMÓVILES,ESPECÍFICAMENTE, PREPARACIONES PARA LAVAR YCONSERVAR; PRODUCTOS LÍQUIDOS Y PASTAS PARALIMPIAR Y CONSERVAR LACAS; CERAS PARA LACAS;CHAMP ÚS; PRODUCTOS DE LIMP IEZA P ARAINSTALACIONES DE LAV ADO DE AUTOMÓV ILES;SUBSTANCIAS LÍQUIDAS Y EN POLVO PARA LAVAR YPRE-LAVAR PARA APARATOS DE CHORRO DE AIRE YPARA INSTRUMENTOS DE LIMPIEZA DE ALTA PRESIÓN;P REP ARACIONES REPELENTES AL AGUA P ARAINSTALACIONES DE LAV ADO DE AUTOMÓV ILES;ADITIVOS PARA USO EN INSTALACIONES DE LAVADODE PARABRISAS; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ELALQUITRÁN; P RODUCTOS P ARA LIMP IEZA DEPARABRISAS; PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y CUIDADOPARA MOTORES Y MÁQUINAS; PREPARACIONES DELIMPIEZA PARA PLÁSTICOS.

Presentada: veintitrés de agosto, del año dos mil once. ExpedienteN° 2011-002958. Managua, veintiuno de mayo, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————GUY JOSE BENDAÑA GUERRERO, Apoderado (a) de Bacardi& Company Limited de Liechtenstein, solicita registro de Marcade Fábrica y Comercio:

WHITE LABEL

Para proteger:Clase: 33BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO CERVEZAS), VINOS,ESPÍRITUS Y LICORES, PRINCIPALMENTE WHISKY.

Presentada: dieciséis de marzo, del año dos mil doce. ExpedienteN° 2012-001060. Managua, veintitrés de abril, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de MerckSharp & Dohme Corp. De Estados Unidos de América, solicitaregistro de Marca de Fábrica y Comercio:

NYXUVA

Para proteger:Clase: 5

P REP ARACIONES FARMACÉUTICAS PARA ELTRATAMIENTO DE DESÓRDENES NEUROLÓGICOS YENFERMEDADES Y DESÓRDENES DEL SISTEMANERVIOSO CENTRAL.

Presentada: diecinueve de marzo, del año dos mil doce. ExpedienteN° 2012-001080. Managua, veinticuatro de abril, del año dos mildoce. Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Gestor (a) Oficioso (a)de American Express Marketing & Development Corp. de EstadosUnidos de América, solicita registro de Marca de Servicios:

CENTURION

Para proteger:Clase: 36SERV ICIOS FINANCIEROS, ESP ECÍFICAMENTE,SERVICIOS DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DE CARGO.

Clase: 39SERVICIOS DE VIAJE.

Presentada: treinta de marzo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001214. Managua, once de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) deCOOPERATIVA AGRICOLA PISQUERA ELQUI LIMITADAde Chile, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

MADDERO

Para proteger:Clase: 33BEBIDAS ALCOHÓLICAS, RON, CON EXCEPCIÓN DECERVEZAS.

Presentada: treinta de marzo, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001215. Managua, once de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MAX FRANCISCO LOPEZ LOPEZ, Apo derado (a) deINDUSTRIA COSMETICA KENT, S.A. de Guatemala, solicitaregistro de Marca de Fábrica y Comercio:

NOVADERM

Para proteger:Clase: 3P REP ARACIONES P ARA BLANQUEAR Y OTRASSUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONESPARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR;JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITESESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES;DENTÍFRICOS.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001238. Managua, dieciséis de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MAX FRANCISCO LOPEZ LOPEZ, Apo derado (a) de

Page 25: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5693

01-08-12 144

INDUSTRIA COSMETICA KENT, S.A. de República deGuatemala, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DERMABLEND

Para proteger:Clase: 3P REP ARACIONES P ARA BLANQUEAR Y OTRASSUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONESPARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR;JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITESESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES;DENTÍFRICOS.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001239. Managua, diez de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) deKIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC. de Estados Unidosde América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

COTTON FLEX

Para proteger:Clase: 5ALMOHADILLAS Y ROP A INTERIOR P ARAINCONTINENCIA.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001240. Managua, dieciséis de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MAX FRANCISCO LOPEZ LOPEZ, Apoderado (a) de THECOCA-COLA COMPANY de Estados Unidos de América, solicitaregistro de Expresión o Señal de Publicidad Comercial:

JUNTOS HACEMOS MAGIA

Se empleará:

La señal de propaganda será utilizada para atraer la atención delconsumidor y usuario en relación a la marca: COCA-COLA,Expediente No. 2011-000697, presentada el 7 de marzo del 2011,para amparar productos de la clase 32: CERVEZAS; AGUASMINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NOALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y JUGOS DE FRUTAS; SIROPESY OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001257. Managua, trés de mayo, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

—————————MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de AVONPRODUCTS, INC. de Estados Unidos de América, solicita registrode Marca de Servicios:

POR AMOR A LA MUJER

Para proteger:Clase: 35COMERCIALIZACIÓN MINORISTA DE P RODUCTOSPUERTA A PUERTA, SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN,SERVICIOS DE TIENDAS MINORISTAS, SERVICIOS

MINORISTAS DE VENTAS DIRECTAS DE PRODUCTOS PORREP RESENTANTES DE V ENTA INDEPENDIENTES,SERVICIOS DE VENTA POR TELÉFONO DESDE CASA,SERVICIOS DE VENTAS POR CATÁLOGO, SERVICIOSINTERACTIVOS DE TIENDAS MINORISTAS PRESTADOSP OR MEDIO UNA RED INFORMÁTICA MUNDIALCONECTADA CON LA V ENTA DE SERV ICIOS DETRATAMIENTOS DE BELLEZA Y SALONES DE BELLEZA,ROPA, ARTÍCULOS DE TOCADOR, COSMÉTICOS, JOYAS,P RODUCTOS P ARA EL CUIDADO P ERSONAL,SUPLEMENTOS NUTRITIVOS, EQUIPOS PARA EJERCICIOSY MEJORAMIENTO DE LA APTITUD FÍSICA, ARTÍCULOSDEP ORTIV OS, LIBROS, CINTAS MAGNÉTICASPREGRABADAS DE AUDIO Y VÍDEO, DISCOS COMPACTOS(CD POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) Y ARTÍCULOS DERAGALO; PUBLICIDAD; PUBLICIDAD POR CORREODIRECTO; PREPARACIÓN, PRODUCCIÓN Y COLOCACIÓNDE ANUNCIOS PUBLICITARIOS Y TRANSMISIONESP UBLICITARIAS; SERV ICIOS DE INFORMACIÓNCOMERCIAL, PUBLICITARIOS, PROMOCIONALES Y DEMERCADOTECNIA; INVESTIGACIONES COMERCIALES;ASESORAMIENTO COMERCIAL RELACIONADO CONMERCADOTECNIA; SUMINISTRO DE INFORMACIÓNCOMERCIAL; SERVICIOS PUBLICITARIOS EN LOS CAMPOSDE COSMÉTICOS, P ERFUMERÍA, ARTÍCULOS DETOCADOR, TODO TIPO DE ROPA, JOYAS, ARTÍCULOS DEREGALO, JUGUETES, VÍDEOS, CINTAS MAGNÉTICAS,DISCOS COMP ACTOS Y P RODUCTOS SIMILARES;SERVICIOS DE INFORMACIÓN, ASESORAMIENTO YCONSULTORÍA RELACIONADOS CON TODOS LOSSERVICIOS MENCIONADOS.

Presentada: nueve de abril, del año dos mil doce. Expediente N°2012-001260. Managua, diez de abril, del año dos mil doce.Adriana Díaz Moreno, Registrador Suplente.

MINISTERIO DE TRANSPORTEE INFRAESTRUCTURA

Reg. 11281 - M. 82883 - Valor C$ 95.00

AVISO

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA ANUALDE COMPRAS Y CONTRATACIONES

El Ministerio de Transporte e Infraestructura, en cumplimientodel arto. 20 de la Ley No 737 “Ley de ContratacionesAdministrativa del Sector Público, los artículos 55 al 58 de suReglamento General, hace del conocimiento a todos los proveedoresen público, que durante el presente mes de Julio se realizarontres (03) Modificaciones al Programa Anual de Compras yContrataciones del año 2012.

Así mismo para efectos de información se encuentra publicado enel portal: www.nicaraguacompra.gob.ni

Para cualquier información:

Teléfono: 22222591 - Correo [email protected]

Managua, Nicaragua, 30 de Julio del año 2012 (F) LIC. RICARDOCORTEZ ABURTO, Director División de Adquisiciones (a.i).

Page 26: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5694

01-08-12 144

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE CULTURA

Reg. 11283 - M. 82768 - Valor C$ 95.00

CONVOCATORIA LICITACION SELECTIVANo. 02-07-2012

El área de Adquisiciones del Instituto Nicaragüense de Cultura,ubicada Contiguo al Palacio Nacional de la Cultura, costadosuroeste, donde fueron las ruinas del Gran Hotel, a cargo derealizar el procedimiento de contratación bajo la modalidad deLicitación Selectiva 02-07-2012, de acuerdo a la Ley N° 737 deContrataciones Administrat ivas del Sector Público y suReglamento, INVITA a los proveedores autorizados en Nicaraguae inscritos en el Registro Central de Proveedores del Ministerio deHacienda y Crédito Público, interesados en presentar ofertas, parael “proyecto de Desarrollo Humano y Recuperación delPatrimonio de León Viejo”, cuya actividad será “Suministro eInstalación del Sistema Hidrosanitario de Agua Potable yAguas Servidas para el Sitio Ruinas de León Viejo”.

LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS: Las obrasse realizarán en el Sitio Histórico Ruinas de León Viejo que seencuentra ubicado en el Municipio de La Paz Centro, Departamentode León a 68 km. de Managua. Tres kilómetros después de laintersección de la Planta Geotérmica Ormat; tiene un plazo deejecución de (50) cincuenta días calendarios posteriores a laentrega del sitio.

FINANCIAMIENTO: Esta contratación es financiada con fondosprovenientes de Agencia Andaluza de Cooperación Internacionalpara el Desarrollo (AACID).

PLIEGO, PLANOS Y ALCANCES: Los interesados podráningresar al Portal www.nicaraguacompra.gob.ni para descargar elPliego de Bases y Condiciones o llevar su dispositivo digital a laOficina de Adquisiciones del Instituto Nicaragüense de Cultura,ubicada en el Segundo Piso del edificio “Antiguo Gran Hotel”(Costado sur-oeste del Palacio Nacional de la Cultura), paraguardar los planos y Alcances, a partir del 15 al 17 de Agosto enhorario de 8:00 am - 12:00 a.m.

REUNIÓN DE HOMOLOGACIÓN ACLARATORIA Y VISITAAL SITIO DE LA OBRA: .La discusión de los antecedentes delPliego de Bases y Condiciones se realizará el día 20 de Agosto del2012, a las 10:30 a.m., en el Sitio Histórico Ruinas de León Viejo.Esta Reunión de Homologación será de carácter obligatorio parala presentación de las Ofertas, recordar llevar todas lasespecificaciones y planos al sitio.

PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LA OFERTA: La Ofertadeberá entregarse en idioma español y con sus precios en monedanacional, en fecha límite 23 de Agosto a las 09:00 a.m., en laOficina del Área de Adquisiciones, iniciando el acto de aperturaa las 9:15 a.m. del mismo día, en presencia del Comité deEvaluación y de los representantes de los Oferentes que deseenasistir.

(f) Vilma de la Rocha, Directora General INSTITUTONICARAGUENSE DE CULTURA.

BANCO CENTRAL DE NICARAGUA

Reg. 11284 - M. 82084 - Valor C$ 190.00

Aviso Gaceta

El Banco Central de Nicaragua (BCN) avisa a los Proveedores delEstado y público en general, que se dará inicio al Proceso deLicitación Selectiva No. BCN-2-113-12, cuyo objeto es laContratación de: “Servicio de Cafeteria”. Se ha designado parala correcta ejecución del proceso a la Unidad de Adquisiciones ypara la evaluación de las ofertas al Comité de Evaluación, conformea Resolución de Inicio No. UA-07-136-12-BCN del 24 de Juliodel año 2012.

La Convocatoria y el Pliego de Bases y Condiciones podránadquirirse a un costo total de C$100.00 (cien córdobas netos)durante el período del 03 al 07 de Agosto del año 2012, conhorario de 8:30 a.m. a 2:00 p.m. en la Recepción del Banco Centralde Nicaragua, adicionalmente lo encontrara en la página web delBCN: www.bcn.gob.ni. y en el Sistema de ContratacionesAdministrativas Electrónicas (SISCAE) www.nicaraguacompra.gob.ni.

(f) Guadalupe Morales, Jefa de la Unidad de Adquisiciones.----------------

Unidad de AdquisicionesAviso Gaceta

El Banco Central de Nicaragua (BCN) avisa a los Proveedores delEstado y público en general, que se dará inicio al Proceso deLicitación Selectiva No. BCN-24-114-12, cuyo objeto es laContratación de: “Mantenimiento y Reparación de EquiposAires Acondicionados”. Se ha designado para la correcta ejecucióndel proceso a la Unidad de Adquisiciones y para la evaluación delas ofertas al Comité de Evaluación, conforme a Resolución deInicio No. UA-07-132-12-BCN del 24 de Julio del año 2012.

La Convocatoria y el Pliego de Bases y Condiciones podránadquirirse a un costo total de C$100.00 (cien córdobas netos)durante el período del 03 al 07 de Agosto del año 2012, conhorario de 8:30 a.m. a 2:00 p.m. en la Recepción del Banco Centralde Nicaragua, adicionalmente lo encontrara en la página web delBCN: www.bcn.gob.ni. y en el Sistema de ContratacionesAdministrativas Electrónicas (SISCAE) www.nicaraguacompra.gob.ni.

(f) Guadalupe Morales, Jefa de la Unidad de Adquisiciones.

ALCALDIAS

Reg. 11282 - M. 82766 - Valor C$ 95.00

Alcaldía Municipal de Ciudad Antigua,Departamento de Nueva Segovia

CONVOCATORIA PARA LICITACION DE COMPRA PORCOTIZACION MAYOR CUANTIA No: 02-2012

1. El Comité de Licitación a cargo de tramitar el procedimiento deCompras por Cotización, según Resolución No. 03-2012, delAlcalde del municipio de Ciudad Antigua, invita a las personasnaturales o jurídicas autorizadas en nuestro país para ejercer laactividad comercial e inscrita en el Registro de proveedores delMunicipio o Registro de proveedores del Estado. Losinteresados en presentar ofertas para la adquisición de lossiguientes proyectos:

- Reparación de 20 km de carretera Estadio Municipal hastaempalme Mayela.

Page 27: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5695

01-08-12 144

-Adoquinado de 467 m2 de calles en el Casco Urbano.-Mantenimiento y reparación de 16 km de carretera Palo blanco, Mojón, Carrizal, Garcias, Araditos.

2. Esta adquisición e financiada con fondos provenientes de Transferencias Municipales.

3. Los oferentes elegibles podrán obtener el documento completo en Idioma Español del Pliego de Bases y Condiciones objeto de esta Comprapor Cotización mayor Cuantía en las oficinas de Adquisiciones, ubicadas en la Alcaldía Municipal de Ciudad Antigua, Departamento deNueva Segovia, el día (06) de Agosto del año 2012, de las 08:00 AM a las 05:00 PM.

4. Para obtener el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Compra por Cotización Mayor Cuantía, los oferentes interesados deben dehacer un pago de C$ 200.00 en efectivo no reembolsable, ubicado en Caja General, de las oficinas de la Alcaldía Municipal de Ciudad Antiguay retirar el Documento en la oficina de Adquisiciones, previa presentación del recibo oficial de caja a nombre del oferente interesado, en conceptode pago de Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación Compra por Cotización Mayor Cuantía, señalado en el párrafo anterior.

5. Los oferentes interesados en presentar sus ofertas para la licitación Compra por Cotización Mayor Cuantía deberán de ser de acuerdo alo estipulado en los Pliegos de Bases y Condiciones, objeto de esta Adquisición y deberán de ser entregados en la Oficina de la Unidad deAdquisiciones de la Alcaldía Municipal de Ciudad Antigua en un plazo no mayor a 10 días Calendario, contados a partir de la fecha depublicación.

6. Las Disposiciones Contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Compra por Cotización Mayor Cuantía tienen su base legal en la LeyNo.622" Ley de Contrataciones Municipales”.

(f) Ing. Lenis Martínez Q., Área Proyecto. (f) Carlos A. Olivas, Área Catastro. (f) Harold Ruiz R., Administración y finanzas. Ing. Claudio RamírezM., Unidad Adquisiciones. (f) Lic. Angélica M. Rosales, Asesoría Legal.

------------------Reg.10879-M. 73910- Valor C$ 145.00

ALCALDIA MUNICIPAL DE DIRIOMO

PROGRAMA GENERAL DE ADQUISICIONES 2012

LA ALCALDIA DE DIRIOMO, EN CUMPLIMIENTO DEL ARTO. 9 DE LA LEY No. 622 “LEY DE CONTRATACIONES MUNICIPALESY ARTO. 5 DE SU REGLAMENTO GENERAL PUBLICA SU I MODIFICACION DEL PLAN GENERAL DE ADQUISICIONES DELAÑO 2012.

No. ProcesoDESCRIPCION DE LA CONTRATACION

MODALIDAD DE LA

CONTRATACION

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO

FECHA DE

PUBLICACION

OBRAS C$3,231.005.00

1 Adoquinado de calle del Parque hacia arriba 200 ml Licitaciòn por Registro Fondo Propios 01/06/2012

2 Adoquinado de250 ml en Avenida Ruben Darío Licitaciòn por Registro Fondo Propios 01/04/2012

3 Adoquinado calle El Guanacaste 1ra. Etapa Compra x cotización Fondo Propios 15/07/2012

4 Enverjado de atrio de la Iglesia de la Candelaria. Compra x cotización Fondo Propios 01/07/2012

5 Construcción de una Vivienda Social Compra x cotización Fondo Propios 15/07/2012

BIENES C$ 497,656.00

6 Compra de terreno para uso social. Compra x cotización Fondos propios 15/07/2012

7 Productos Agroforestales. Compra x cotización Fondos propios 01/07/2012

8 Piedras , Arcillas, Arena y productos derivados. Compra x cotización Fondos propios 20/06/2012

9 Cemento, cal, yeso y productos derivados. Compra x cotización Fondos propios 20/07/2012

10 Publicidad Compra x cotización Fondos propios 02/07/2012

SERVICIOS

GENERALES.C$ 1,966,442.8

11 Reparación de Caminos rurales priorizados. Compra x cotización. Fondos Propios 15/07/2012

12

Proyecto de Electrificación publica y domiciliar en comunidades

priorizadas.Compra x cotización. Fondos Propios 30/06/2012

13 Mantenimiento menor al C.I.C.O. Compra x cotización. Fondos Propios 15/07/2012

14 Ampliación y acondicionamiento de la Casa del adulto mayor. Compra x cotización. Fondos Propios 15/07/2012

15 Mantenimiento y Mejora en el Cementerio Central. Compra x cotización. Fondos Propios 12/07/2012

16 Mantenimiento y Rep. De vehículos y medios de transporte. Compra x cotización. Fondos Propios 03/07/2012

17 Llantas y Neumáticos. Compra x cotización. Fondos Propios 05/07/2012

Elaborado por: Salvadora González Flores, Resp. Unidad de Adquisiciones. Autorizado Por: Sandra Rosa Vasquez López, Alcaldesa MunicipalDiriomo.

Page 28: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5696

01-08-12 144

Reg. 10886 - M. 79313 - Valor C$ 145.00

Alcaldia Municipal de San Pedro del Norte, Chinandega Nicaragua

Plan General de Adquisiciones 2012

La Alcaldia Municipal de San Pedro del Norte en Cumplimiento del Arto.9 de la Ley No 622, Ley de Contrataciones Municipales y el Arto 5del Reglamento General da a conocer la segunda modificacion del Plan General de Adquisiciones 2012.

EJECUCION

No.

Proceso

Tipo de

Gasto

Código

Presupuesto

Proyecto/

ProgramaCódigo CBS Descripción de la Contratación

Monto

Estimado C$

Modalidad de

Contratación (Tipo)

Fuente de

Financiamiento

FECHA DE

PUBLICACION

-1 -2 -3 -4 -5 -6 -8 -9 -10 -11

I II III IV 330,000.00

1 Capital 4220000

3022 -

Estructuras

Permanentes

Contrapartida para el proyecto:

Construccion de Aulas en Escuelas

Rurales San Pedro del Norte x 330,000.00 Compra por Cotización Fondos Nacionales 03/07/2012

TOTAL OBRAS

PREPARACION

PLAN GENERAL DE ADQUISICIONES

Fecha de Necesidad

-7

(F) MOISES MARTINEZ CORRALES, ALCALDE MUNICIPAL AN PEDRO DEL NORTE.

------------------Reg. 11206 - M. 75030 - Valor C$ 2,945.00

Alcaldía Municipal de San Sebastián de Yalí

(Continuación)

Título II

Capítulo IV.

Descripción de la Zonificación Municipal de Usos del Suelo.

Arto 13.

1) Mapa de Zonificación Funcional, donde se definen diferentes zonas:

a) Zona de Conservación y producción: Conformada por los bloques de las zonas núcleo de las Áreas Protegidas Reserva Natural Cerrosde Yalí y Paisaje Terrestre Protegido Mira flor - Moropotente, Su función estratégica consiste en la protección de la vida silvestreespecialmente del bosque húmedo tropical que reviste de particular importancia para la producción de agua para diversos usos.

b) Zona de Contención y Producción: Esta zona asume una función combinada de contener los avances de frontera agrícola sobre lasÁreas Protegidas y al mismo tiempo de establecer zonas productivas sostenibles en una intención de revertir los conflictos de uso dela tierra hacia alternativas diversas de producción de alimentos; por trayectoria económica el uso productivo predominante es la del caféde sombra y el uso de protección es el bosque latifoliado abierto y cerrado.

c) Zona de desarrollo y protección: desde el punto de vista económico y social es la zona más importante dado que aquí se concentranlas partes del suelo municipal con mayor condición de habitabilidad y rangos permisibles de pendientes para el desarrollo agropecuarioen la modalidad de Sistemas Agroforestales; además de condiciones agroecológicas para el cultivo de café, lo cual es una coincidenciafavorable que permitirá el estimulo de la concentración de la población rural hacia esta zona.

En términos de desarrollo es la parte de mayor rentabilidad y generación de empleo y en términos de protección es la zona en donde debeprocurarse la reducción de escorrentías y procesos erosivos que afectan la zona baja.

a) Zona de Desarrollo y Rehabilitación: Esta es la zona en la que se espera ocurran los cambios más drásticos en el uso y manejo dela tierra dado el alto nivel de conflicto respecto de su vocación y alto grado de erodabilidad de los suelos. Es aquí donde se manifiestala mayor parte de los sitios con riesgo de deslizamiento y por tanto el ordenamiento territorial está orientado a la reversión de los procesosy la recuperación de potencial edáfico.

Page 29: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5697

01-08-12 144

2) Mapa de Estructura de Asentamientos Humanos, se definendiferentes zonas:

a) Zonificación del Suelo habitable: Corresponde a las partesdel territorio con pendientes entre 2 y 15%. La condición adecuadadel suelo para habitar no es exclusiva y puede compartirse deforma integrada para usos forestales, agropecuarios o deconservación

b) Zonificación de Suelos con restricciones: Son aquellos conpendiente mayor al 15% en los que resulta muy costoso realizarobras de construcción horizontal y vertical, la edificación en estaszonas supone que la escorrentía agregada y generada por el suelopavimentado y techado contribuye a la erosión del suelo y lageneración de riesgo por inundación en las zonas bajas por tantola ocupación de suelo para habitar en esta categoría debe mantenerseen baja densidad no mayor a 17 viviendas por hectárea.

c) Zonificación de Suelo no habitable: Corresponde a las zonasvaloradas como susceptibles a inundación o en las que se adviertenprocesos erosivos severos que pueden provocar deslizamiento. Seha delimitado la parte de suelo inestable según los estudios de basesobre amenazas y agregando una franja preventiva de 200 metrosa la redonda, con el propósito de evitar el aumento de estabilidadgenerado por usos del suelo para habitar y cultivar.

3) Mapa de Zonificación del Uso de la Tierra, se definen diferenteszonas:

a) Bosque de protección: Comprende un conjunto de zonas en lasque existe alguna vegetación boscosa de especies coníferas ylatifoliadas y otras en las que se requiere repoblar el bosque paracontribuir a la infiltración de agua, a la mitigación de los procesoserosivos y a la restitución de materia orgánica de suelos de lasladeras.

b) Bosque de protección hídrica: se divide en tres Bosqueripario o de galería: Comprenderá las franjas de 50 metros deancho a cada lado de los principales ríos y quebradas. En algunoscasos la existencia de suelos de potencial agrícola podría exceptuarel uso forestal mientras estos fuesen cultivados o estructurarSistema agroforestal especiales para las zonas rivereñas.

Protección de toma de agua: Abarca el área de la micro cuenca,suficiente para abastecer a la población urbana, En esta zona sepromoverá el crecimiento del bosque mediante regeneración natural,se protegerá mediante el cercado y rotulación del área para evitarel tránsito de ganado y la defecación humana. Las actuaciones deprotección y manejo de esta zona se articularán con la aplicacióndel plan de manejo del Área Protegida Cerros de Yalí a la cualpertenece. Protección de laderas: Son las partes del territorioque presentan riesgo de deslizamiento, o no hay bosque peropresentan muy alto nivel de conflicto de uso de la tierra y/opresentan niveles severos a catastróficos de erosión. Comprendeademás las partes del territorio en las que hay bosque abierto ointervenido con pendientes mayores del 45%.

c) Bosques de producción: Es la parte de suelo fuera del áreaprotegida y de amortiguamiento, con pendientes menores de 45%y fuera de la protección de fuentes hídricas. El bosque deproducción podría ser de uso energético o maderable y suexplotación deberá realizarse conforme plan de manejoavalado y supervisado por la Unidad Ambiental Municipal deSan Sebastián de Yalí

d) Café: Comprende las zonas que actualmente se usan paracultivo de café y las zonas que se encuentran sin bosque y situadasa más de 800 - 900 m de altura sobre el nivel del mar. se esperaríaun crecimiento del cultivo del café con sombra y podrá mezclarsecon el bosque abierto y formar parte de sistemas agroforestales.

e) Sistemas Agroforestales: está orientada a suelos queactualmente presentan de alto a bajo nivel de conflicto de uso dela tierra. Ello implica la incorporación más inmediata de bosque,la diversidad agrícola hacia especies perennifolias de mayorrentabilidad económica y menor exigencia ambiental, la aplicaciónde buenas prácticas agrícolas (BPA) y de obras de conservaciónde suelos y aguas (OCSA).

f) Uso agrícola: Las zonas para uso agrícola particularmente seencuentran en las partes más planas (pendientes menores del 8%).El uso agrícola estará destinado a los cultivos anuales con laaplicación de las recomendaciones de los sistemas agroforestalesen el manejo de la tierra y el agua, a fin de prevenir la erosión delos suelos.

Arto 14. Las normas generales para las zonas de uso de suelo delmunicipio son las siguientes:

a) Todas las actividades de uso y manejo del bosque debenrealizarse conforme a lo establecido en un plan de manejo aprobadopor el INAFOR y revisado por la unidad de Gestión Ambiental yRiesgo de la Alcaldía.

b) Todas las actividades de uso y manejo del suelo para actividadesagropecuarias y/o agroforestales deben realizarse conforme a loestablecido en un plan de finca aprobado por la unidad deGestión Ambiental y Riesgo de la Alcaldía.

c) Se prohíbe la actividad agrícola y pecuaria extensiva en sueloscon pendientes mayores de 45%.

d) Se prohíbe la práctica de quemas en todo el territorio municipal.

e) En Áreas Protegidas, el uso y manejo de los recursos se actuaráconforme lo normado en los Planes de Manejo.

f) Se prohíbe el cambio de uso de suelo sin previa autorización dela Municipalidad, estableciendo coordinación con el Magfor en elcaso de los sistemas de producción.

Arto 15. Para realizar la extracción de materiales como arena,rocas, arenilla o cualquier otro recurso mineral superficial deberácontarse con la autorización de las organizaciones comunitarias delos Distritos, con evaluación ambiental del sitio y el permiso dela Alcaldía. Las extracciones en áreas protegidas deberán contarcon permiso del MARENA y deberán ser utilizados para beneficiosdentro del Área Protegida afectada.

El permiso de extracción mineral superficial será otorgado por laAlcaldía Municipal a la persona natural y jurídica que presentesolicitud escrita y sea valorada como permisible mediante estudiode evaluación ambiental que realice la Oficina Municipal deGestión Ambiental y Riesgo. La entrega del permiso supondrá elpago de una tasa por servicio de C$50.00 por m3 de material aextraer.

Capítulo V.

Page 30: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5698

01-08-12 144

De la Capacidad de la Tierra en el Municipiode San Sebastián de Yali

Arto 16. Capacidad de Uso de la Tierra en el municipio

1. Tierras de capacidad Clase III: Tierras con limitacionesmoderadas que solas o combinadas, restringen la elección decultivos o incrementan costos de producción. Entre las restriccionesse encuentran profundidad moderada (50 a 75 cm); textura arcillosao franco arenosa y drenaje moderado rápido, topografíamoderadamente ondulada o moderada inclinada, pendientes de 4a 8 %, erosión fuerte, drenaje interno moderado, periodo canicularacentuado. Requieren para su manejo prácticas intensivas deconservación de suelos y agua.

2. Tierras de capacidad Clase IV: Con fuertes limitaciones quesolas o combinadas restringen la amplitud de uso a vegetaciónsemipermanente y permanente; entre las limitaciones se encuentran:pendientes de 8 a 15 %, erosión severa, poco profundidad (25 a50 cm), textura gruesa en la superficie y muy gruesas en elsubsuelo, o finas en la superficie y muy finas en el subsuelo;fertilidad media, salinidad leve, drenaje interno imperfecto amoderadamente excesivo, riesgo de inundación moderado. Cultivosanuales pueden desarrollarse sólo de manera ocasional y conprácticas muy intensivas de conservación de suelos y agua.

3. Tierras de capacidad Clase V: Tierras en pendientes menoresa 2 %, con severas limitaciones tales como profundidad efectivade 50 a más 100 cm, arcillosos en todo el perfil (Vertísole), drenajeinterno imperfecto con fuertes problemas de encharcamientos,que solas o combinadas restringen su uso a pastos, regeneraciónnatural, forestales, SAF, arroz y caña de azúcar.

4. Tierras de capacidad Clase VI: Con severas limitaciones talescomo relieve fuertemente ondulado, pendientes de 15 a 30 %,erosión severa, poca profundidad (menos de 40 cm), texturas muygruesas, muy baja fertilidad, salinidad moderada, drenaje internomoderado, excesivo o moderado lento, que solas o combinadasrestringen uso a la producción forestal, así como cultivospermanentes (pastos y frutales), pero con prácticas intensivasde conservación suelos y agua.

5. Tierras de capacidad Clase VII: Con limitaciones muy severastales como relieve escarpado, pendientes de 30 a 75 %, erosiónsevera, pedregosidad en la superficie y en el perfil, que solas ocombinadas restringen su uso a bosques.

6. Tierras de capacidad Clase VIII: No reúnen las condicionesmínimas para actividades de producción agropecuaria o forestalalguna, debido al alto riesgo ambiental que implican estos usos.Son áreas con suelos superficiales ó pedregosos en terrenosescarpados; deben destinarse a la preservación de la vidasilvestre, protección de áreas de recarga acuífera, bellezaescénica, entre otras.

Arto 17. Recomendaciones de uso y manejo de suelos por clasesde capacidad de uso:

1. Tierras de capacidad Clase III: Cultivos anuales: Granosbásicos, raíces y tubérculos, hortalizas, oleaginosas, cucurbitáceas,cultivos de enramadas.

Cultivos semi perennes: caña de azúcar, musácea, frutal, cultivosde enramadas, plantas aromáticas y medicinales.

Cultivos perennes: especies forestales, sistemas agroforestales,frutales, pastos, plantas aromáticas y medicinales.

2. Tierras de capacidad Clase IV: Cultivos semi perennes: cañade azúcar, musáceas, frutales, cultivos de enramadas. Cultivosperennes: sistemas agro-forestales con frutales, sistemassilvopastoriles con pastos extensivos/ pastos de corte, plantacionesforestales. Cultivos anuales: con prácticas especiales, granosbásicos, raíces y tubérculos, hortalizas, oleaginosas, cucurbitáceas,cultivos de enramadas.

3. Tierras de capacidad Clase V: Pastos, regeneración natural,plantaciones forestales, sistemas agroforestales y silvopastoriles,arroz y caña de azúcar.

4. Tierras de capacidad Clase VI: Cultivos semi perennes:musáceas, raíces y tubérculos, frutales, plantas medicinales.Cult ivos perennes: Sistemas agro-forestales con plantasmedicinales, forestales.

5. Tierras de capacidad Clase VII: Plantaciones forestales,Sistemas agroforestales con: café, frutales, nueces, aromáticas ymedicinales.

6. Tierras de capacidad Clase VIII: Zonas de preservación deflora y fauna, protección de áreas de recarga acuífera, reservagenética y belleza escénica.

Arto 18. Zonificación del uso del suelo:

Zonificación Biofísica: Partiendo de lo establecido en el Decreto78-2002, en la Norma Técnica Nicaragüense para el Uso y Manejodel Suelo (NTN 11 020 – 07) y tomando en consideración larealidad socioeconómica y productiva del municipio, se proponeuna Zonificación productiva del Territorio que contiene lassiguientes categorías:

-Tierras aptas para la agricultura: representan una extensiónde 47.75 km2, equivalente al 11.96% del territorio municipal.

a. Agricultura con leves restricciones (A2):

Comprende suelos profundos (más de 90 cm), en pendientes de 2a 4 %, con drenaje bueno a moderado, de textura franca a francoarcillosa, de fertilidad media a alta, lo que los hace aptos paracultivos en monocultivo o asociados, en forma intensiva o extensiva,que pueden ser objeto de mecanización, y que demandan pocasprácticas intensivas de conservación de suelos. Cubren unaextensión de 2.65 km2, equivalente al 0.66 % del territoriomunicipal.

b. Agricultura con moderadas restricciones (A3).

Incluye suelos moderadamente profundos (60 a 90 cm), enpendientes de 4 a 8 %, con drenaje bueno a moderado, de texturafranco arcillosa a arcillosa, de fertilidad media, lo que los haceaptos para cultivos en monocultivo o asociados, en forma intensivao extensiva, que pueden ser objeto de mecanización, y que demandanpocas prácticas intensivas de conservación de suelos.

Abarcan una extensión de 10.63 km2, equivalente al 2.66 % delterritorio municipal.

Las categorías A2 y A3 se consideran aptas para maíz, arroz,

Page 31: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5699

01-08-12 144

cítricos, hortalizas, caña de azúcar, tubérculos, frutales, pastos yforestales. El manejo de los suelos incluye prácticas para el controlde la erosión: siembra en contorno, cultivos en fajas y terrazas;incremento de la fertilidad mediante la incorporación de materiaorgánica, cultivos de cobertura, rotación de cultivos, obras dedrenaje, fertilización complementaria, acorde a las necesidades delos cultivos.

c. Agricultura con fuertes restricciones (A4):

Comprende tierras marginales para una agricultura anual e intensiva,debido a restricciones moderadas de pendiente (8 a 15 %), consuelos poco a moderadamente profundos (40 a 90 cm), texturaarcillosa, pedregosidad (no mayor del 20%) y/o drenaje (imperfectoa pobre), por lo que para ser utilizadas con cultivos anuales serequiere de prácticas intensivas de manejo y conservación desuelos, acordes al tipo de cultivo establecido. Cubren una extensiónde 32.00 km2, equivalente al 8 % del territorio municipal.

Son aptos para pastos mejorados y desarrollo de una ganaderíasemi-intensiva, cultivos perennes y semiperennes tales como caféy frutales tropicales nativos; también permite cultivos anualescomo la yuca, tubérculos, maíz, frijoles, hortalizas, peroenmarcados en sistemas agroforestales y bajo prácticas intensivasde conservación de suelos que incluyen incorporación de materiaorgánica, cultivos de cobertura, siembra en contorno, acequias,terrazas, obras de drenaje, fertilización complementaria connitrógeno, fósforo y potasio, entre otras.

d. Agroforestería con cultivos anuales (Afca):

Incluye tierras marginalmente aptas para cultivos anuales desurco, debido a restricciones de pendiente (15 a 30 %), pedregosidad(menor de 20 %) y/o profundidad efectiva del suelo (menor de 60cm). Abarcan una extensión de 2.47 km2, equivalente al 0.62 % delterritorio municipal. En éstos suelos se permiten cultivos de surcoúnicamente bajo sistemas agroforestales y la aplicación de prácticasde conservación de suelos, tales como incorporación de materiaorgánica, siembra en contorno, barreras vivas y muertas, abonosverdes, fertilización complementaria de acuerdo a las necesidadesde cada cultivo.

-Tierras aptas para Sistemas Agroforestales y Manejo Forestal

Abarcan una extensión de 127.43 km2, equivalente al 31.95 % delterritorio municipal.

a. Sistemas Agroforestales (AF) y Silvopastoriles (Ss)

Comprende áreas con severas restricciones de pendiente (15 a 30%), profundidad de suelos (60 a 90 cm), limitaciones permanenteso transitorias de pedregosidad (20 a 50 %) y/o drenaje (imperfectoa pobre), lo cual las vuelve aptas para el establecimiento desistemas de cultivos anuales, semiperennes y perennes asociadoscon árboles (AF), así como pastos naturales y/o cultivadosasociados con especies arbóreas (Ss).

b. Tierras forestales para aprovechamiento y producción (FPA):

Incluye áreas con severas limitaciones para usos agropecuarios,tales como pendientes de 15 a 30 % y/o escasa a moderadaprofundidad (60 a 90 cm), lo que los hace aptas para bosque oplantaciones forestales con fines de aprovechamiento, pero con unmanejo forestal sostenible, que evite el deterioro de otros recursosnaturales. La sustitución del bosque por otros sistemas deaprovechamiento conllevaría a la degradación de los suelos.

- Tierras aptas para Agroforestería con Cultivos Perennes(AFp) y Aprovechamiento Forestal Restringido (FPAr).Representan una extensión de 47.19 km2, equivalente al 11.83 %del territorio municipal.

a. Agroforestería con cultivos permanentes (AFp):

Incluye áreas con severas restricciones de pendiente (30 a 45 %)y profundidad suelos (40 a 60 cm), y/o pedregosidad en lasuperficie (20 a 50 %) que las hace aptas para el establecimientode sistemas de cultivos permanentes asociados con árboles, yasean especies frutales, café y otras con fines de producción demadera y otros productos forestales, pero con un manejo sostenible,que evite el deterioro de otros recursos naturales.

b. Tierras forestales de aprovechamiento restringido (FPAr):

Incluye áreas con limitaciones de pendiente (30 a 45 %), suelos deescasa profundidad (40 a 60 cm) y/o pedregosidad en la superficie(20 a 50 %), lo cual las vuelve aptas para bosque de protección.Se permite el aprovechamiento restringido, condicionado a unmanejo forestal sostenible.

- Tierras aptas para Agroforestería con Cultivos Perennes(AFp), Sistemas Silvopastoriles con Restricciones (Ssr) yAprovechamiento Forestal Restringido (FPAr)

Esta categoría es similar a la anterior, con la diferencia que seincluye la posibilidad de establecer Sistemas Silvopastoriles, perocon manejo restringido. Abarca una extensión de 91.64 km2,equivalente al 22.97 % del territorio municipal.

- Protección de la vida silvestre (PVS)

Incluye tierras con suelos muy superficiales (menor de 40 cm) y/o pedregosos (mayor del 50 %), en terrenos escarpados conpendientes mayores a 45 %, por lo que no reúnen las condicionesmínimas para actividades de producción agropecuaria oaprovechamiento forestal alguno, debido al alto riesgo ambientalque implican estos usos. Estas áreas deben destinarse a lapreservación de la vida silvestre, protección de áreas de recarga deacuíferos, belleza escénica, entre otras. En ellas se permite lainvestigación científica y el ecoturismo en ciertos sitios habilitadospara tales fines, sin que esto afecte negativamente el o los ecosistemaspresentes. Abarcan una extensión de 84.82 km2, equivalente al21.26 % del territorio municipal.

Esta categoría también incluye las zonas denominadas bosques degalería, las cuales son áreas ubicadas en las márgenes de los ríos,riachuelos o quebradas y en los nacimientos de agua. Tienen comofunción, retener sedimentos que proceden de las partes altas, laprotección de fauna propia de este ecosistema, protección decauces, espejos de agua y captación del agua de lluvia, a través dela parte aérea de la vegetación existente. De acuerdo a la legislaciónforestal pueden delimitarse con una franja de 50 de ancho decobertura vegetal, a partir de las márgenes de los ríos, riachuelos,quebradas y nacimientos de agua, a lo largo de los mismos.

Es importante hacer notar que el hecho de clasificar una unidad detierra dentro de una categoría de uso intensivo no excluye quepueda ser utilizada con usos menos intensivos; de manera que, siun área fue clasificada para uso agrícola intensivo, perfectamentepuede ser utilizada con sistemas agroforestales o uso forestalproductivo. Sin embargo, lo contrario no se considera técnicamente

Page 32: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5700

01-08-12 144

factible; es decir que una unidad de tierra clasificada con usoforestal, no soporta usos más intensivos como cultivos agrícolaso pecuarios, sin que se ponga en riesgo la estabilidad del suelo,principalmente debido a la susceptibilidad del recurso a serafectado por procesos erosivos y el deterioro general del terreno.

Arto 19. Limitación del uso del suelo con fines habitables Noson tierras aptas para el establecimiento y expansión deasentamientos humanos las que tienen las siguientes características:

1) Las ubicadas en las laderas inestables de macizos montañososcon pendientes mayores de quince por ciento; las tierras ubicadasen las laderas de volcanes activos, bordes y áreas internas decalderas tectónicamente activas, las que se ubican en las zonasdonde incide la caída de cenizas y gases emanados por actividadvolcánica y aquellas tierras cercanas a los cauces de las zonasvolcánicas por donde fluyen corrientes de lodo.

2) Las ubicadas en la proximidad de fallas sísmicas principales,cuyo uso debe limitarse en los trazos de las fallas geológicasactivas.

3) Las ubicadas en zonas laterales inmediatas a los trazos de lasfallas geológicas, cuyo ancho de la zona paralela a la falla quedarásujeto a estudios geológicos locales, donde debe adoptarse unmargen de quince metros para aquellas fallas de trazo sinimplicaciones de fracturamiento paralelo. Para las fallas quepresenten esas manifestaciones el estudio geológico localestablecerá el punto de medida de los quince metros.

4) Las que presenten peligro de subsidencia (hundimiento), ubicadasen zonas donde existe una extensiva explotación minera o defluidos y aquellas en donde se presentan fenómenos cársticos odonde la tierra es de composición carbonatada.

5) Las ubicadas en zonas de relleno mal compactadas o emplazadasen antiguas lagunas; o bien aquellas tierras cubiertas por depósitosgruesos o suelos de aluvión.

6) Las ubicadas a menos de 50 metros del límite de máxima crecidao cota de inundaciones de cuerpos de agua.

7) Las tierras con antecedentes conocidos de haber sufrido rupturaso deformaciones en anteriores eventos sísmicos.

Arto 20. Zona de protección. Se distinguen dos tipos de zonas:

1) Zona de protección natural. Corresponden a áreas inmediatasal área urbana relacionadas con la protección natural de sitios deinterés, ambiental, científico, paisajístico, escénico y a ladistracción de la población.

El desarrollo de actividades culturales, científicas y/o turísticas enestas zonas se ejecutará sobre la base de un plan de manejo de lazona. En esta clasificación se comprenden las áreas degradadas querequieren conservación y rehabilitación y que una vez rehabilitadapueden ser aprovechada bajo manejo e incorporada a los parquesecológicos municipales.

Considerando el destino específico esta zona se sub clasifica en:a) De protección hídrica: Aquellas áreas que se destinan para laprotección de cuerpos de agua o zonas de recarga de acuíferossubterráneos. Para los recursos de agua superficial se cumplirá lanorma de 200 metros establecida por el Reglamento Forestal.

b) De protección de laderas: Aquellas áreas de altas pendientescuya intervención puede causar procesos erosivos.

c) De protección de biodiversidad: Aquellas áreas de protecciónde hábitat de especies de flora y fauna nativas, incluyendo bosquesnaturales primarios o secundarios, humedales u otras formacionesvegetales.

2) Zona de patrimonio cultural. Son las áreas en las cuales seubican sitios o monumentos de valor artístico, históricoarqueológico, declarados por la autoridad competente, entre otros:

a) Vías públicas, plazas y otras zonas con valor histórico.

b) Construcciones civiles, religiosas y militares tradicionales.

c) Equipamiento urbano tradicional.

Arto 21. Zona de Producción Mixta. Se establecerá la localizaciónde la zona de producción mixta en la que se desarrolla actividadindustrial a escala artesanal y que es compatible con la zonavivienda y comercio, siempre y cuando no contamine, alterenegativamente la estética del lugar y la tranquilidad de los habitantesde la zona. Esta se clasificará en:

Son actividades industriales de tipo artesanal aquellas que cumplancon las siguientes características:

a) Demanda de servicios públicos e infraestructura similar al usovivienda.

b) No depende de usos vecinos complementarios.

c) Uso compatible con vivienda.

d) Empleo familiar o menor o igual a 10 personas.

e) Espacio utilizado similar a una vivienda.

f) Bajo volumen de producción.

Arto 22. Zona de industria liviana. Corresponde exclusivamentea la actividad industrial de tipo liviano que se desarrolla a unaescala mayor que el nivel artesanal, preferentemente no nociva, notóxica, ni contaminante. Este tipo de industria demanda de serviciospúblicos e infraestructuras mayores al uso vivienda; depende deusos vecinos complementarios; su ubicación es incompatible convivienda; genera empleo mayor de 10 personas; requiere espaciomayor que una vivienda y hasta 10,000 mts2.; y su volumen deproducción es medio. En el caso de las actividades que no cumplanesta condición, la ubicación se regulará conforme normas jurídicasy técnicas de la materia.

Arto 23. Zona de aprovechamiento turístico comprenderá áreasde interés según el tipo de turismo:

1) Convencional. Comprenderá las áreas urbanas, costeras y otrascon potencial para el uso y servicios turísticos tradicionales.

2) No convencional. Comprenderá las áreas naturales, históricasy otras con potencial para el uso y servicios turísticos noconvencionales.

Título III

Page 33: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5701

01-08-12 144

Normas para el Manejo del Suelo

Capítulo I

Protección al Medio Ambiente

Arto 24. Prohibiciones

Sin perjuicio de la normativa vigente, en el municipio de SanSebastián de Yalí se cumplirán las siguientes normas para laprotección del suelo:

1. No se permitirán cambios de uso de suelo agrícola en zonasforestales de protección y conservación, a no ser realizado contécnicas agroforestales o silvopastoriles, de igual manera no sepermitirá lo siguiente:

a) La construcción de infraestructura productiva (corrales ybeneficios húmedos) que no cumplan con las normas establecidaspara la mitigación de impactos ambientales.

b) El cambio de uso de suelo a actividades de mayor impactoambiental negativo.

c) La tala de áreas boscosas y quemas agrícolas.

d) El secado de árboles con técnicas que dañen o expongan enpeligro la conservación de los ecosistemas, ya sea con aplicaciónde químicos, serruchado de raíces y otros.

e) La introducción de especies, individuos o genes de flora y faunaa excepción de aquellas planificadas y aprobadas por programasde reintroducción correspondientes.

f) El aprovechamiento forestal con fines comerciales en toda elárea protegida a excepción de usos domestico, medicinal, sin finescomerciales y con técnicas de manejo que no dañen la biodiversidad.

g) La cacería y el envenenamiento de cualquier especie de faunasilvestre, para evitar los ataques a los animales domésticos en todaárea protegida.

h) Las actividades de explotación extractiva de especies de faunasilvestre en todo el territorio municipal.

i) La construcción de cualquier tipo de infraestructura que afectelos ecosistemas y las especies encontradas en los mismos.

j) La instalación de antenas para telecomunicaciones.

k) Riego ni lavado de café con agua proveniente de tuberías deproyectos.

l) Represamiento de agua para actividades productivas.

m) Construcción de beneficios cerca de fuentes de agua.

n) La ampliación de las áreas para producción agrícola, ganaderay otros.

o) La tala de áreas boscosas y quemas agrícolas.

p) La contaminación de los cuerpos de agua por agroquímicos,estiércol y aguas mieles, por lavado de bombas, envases, recipienteso cualquier otro que pueda contener residuos de los agroquímicos.

q) la siembra en pendientes superiores a 45º sin obras deconservación de suelos y sin sistemas agroforestales. Ni potrerossin sistema silvopastoriles

2. No se permitirán usos agropecuarios dentro de los 30 metrosmedidos horizontalmente de la marca máxima de la ultima crecidade los ríos o fluctuaciones de cuerpos de agua, ni dentro de la franjalos 200 metros de protección forestal como de las orillas de loscauces, quebradas, ríos y cuerpos de agua y la construcción deviviendas ubicadas a menos de 50 metros del límite de máximacrecida o cota de inundaciones de cuerpos de agua.

Arto 25. Manejo de desechos en las zonas habitacionales y deprotección

Sin perjuicio de la normativa nacional vigente, en el municipio deSan Sebastián de Yalí no se permitirán vertederos, rellenossanitarios u otros acopios de desechos en forma espontanea oplanificada dentro de las zonas habitacionales y en las zonas deprotección, conservación y reserva, con exclusión de las áreasdefinidas para esta función con los respectivos estudios técnicospor la Alcaldía Municipal.

Arto 26. Manejo de los desechos líquidos

Sin perjuicio de la normativa nacional vigente, en el municipio deSan Sebastián de Yalí se cumplirá las siguientes normas de manejopara los desechos líquidos:

a) No se permitirán plantas de tratamiento de aguas negras a cieloabierto, debiendo construirse tanques sépticos cerrados alservicio del turismo.

b) Se permitirán plantas de tratamiento para las aguas grises. Enningún caso los conjuntos habitacionales podrán verter aguasservidas sin tratamiento en la red de drenaje del municipio.

Arto 27. Normas para prevenir la contaminación

En el municipio de San Sebastián de Yalí, se cumplirán, además dela normativa nacional vigente, las siguientes normas para laprevención de fenómenos de contaminación:

a) No se permitirán la instalación de industrias de cualquiernaturaleza en las zonas habitacionales y de reserva natural.

b) No se permitirán el almacenamiento y uso de insecticidas enzonas habitacionales y tirar envases vacios en los ríos, quebradasy cauces.

Capítulo II

Protección de los Cuerpos de Agua

Arto 28. De protección hídrica: Para la protección de las aguassuperficiales se cumplirá la norma de 200 metros establecida porel Reglamento Forestal; además de protegerse los cuerpos de aguao zonas de recarga de acuíferos subterráneos.

Arto 29. Se consideran asentamientos humanos en zona de riesgolas ubicadas a menos de 50 metros del límite de máxima crecida ocota de inundaciones de los ríos, quebradas, cauces y/o cuerpos deagua.

Page 34: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5702

01-08-12 144

Arto 30. Según el Arto. 57 de la Ley Especial de Delitos contra elMedio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley Nº 559 y el Arto.96 de la Ley General de Aguas Nacionales, Ley Nº 620, se prohíbela tala o corte de arboles o plantas de cualquier especie, que seencuentren dentro de una franja de 200 metros a partir de lasriveras de los ríos, de acuerdo al Arto. 9, inciso f) de la Ley Generalde Aguas Nacionales, Ley Nº 620.

Arto 31. La protección hídrica implica que no se debe admitir elrepresamiento, aterramiento o cualquier otra forma de alteracióndel libre y natural flujo de los cuerpos de agua, exceptuando paraabastecimiento domiciliar y producción de energía.

Arto 32. Para la protección de cuerpos de agua no se admite lacontaminación de ríos con grasa, aceites, combustibles y otrassustancias nocivas, que provengan del lavado de vehículos omaquinaria de cualquier tipo.

Capítulo III

De la Constancia de Uso de Suelo.

Arto 33. Toda acción que suponga variación en el uso y/o manejodel suelo debe ser autorizado por la Alcaldía Municipal, mediantela emisión de la Constancia de Uso de Suelo de valoración positivasobre la correspondencia entre las intenciones de uso y manejo delpropietario y los usos destinados según la Zonificación del Usodel Suelo que orienta el Plan Municipal de Ordenamiento yDesarrollo Territorial.

La Constancia de Uso de Suelo es un trámite de obligatoriocumplimiento para todas las personas naturales y jurídicas queactúen mediante un proyecto de edificación o de aprovechamientoagropecuario y forestal que implique cambios de uso y manejo delsuelo.

Arto 34. La aprobación de la constancia de uso de suelo escompetencia de la Dirección de Planificación y Proyectos,específicamente la Unidad de Planificación Territorial, a excepciónde aquellos proyectos estratégicos de interés municipal seránecesaria la aprobación final por parte del Concejo Municipal delmunicipio.

Arto 35. Toda persona interesada en obtener información oficialrelativa a la zonificación y normas aplicables a un terrenodeterminado, puede solicitar a la unidad de Planificación Territorial,la Constancia de Uso del Suelo con sus parámetros edificatorios.

Arto 36. La solicitud de Constancia de Uso de Suelo será realizadapor su propietario o su representante legal debidamente acreditadomediante el uso de un formato numerado y prediseñado por laOficina de Planificación de la Alcaldía Municipal, que será llenadoa mano por el solicitante y para el uso correcto del formato laAlcaldía facilitará asistencia técnica a la ciudadanía.

Arto 37. Todas las instituciones privadas o estatales que ofrezcanservicios financieros o apoyen programas cuyas actuacionessupongan modificación del uso y manejo del suelo del municipiodeberán solicitar a sus beneficiaros la presentación de la respectivaConstancia de Uso de Suelo.

La Autoridad Municipal establecerá mecanismos de estimulo a losdueños que procuren cambios acordes a los usos destinados demanera que se contribuya con las orientaciones del Plan Municipalde Ordenamiento y Desarrollo Territorial.

Arto 38. Es obligatorio para las personas naturales y jurídicas, y/o instituciones públicas o privadas, solicitar la Constancia de Usodel Suelo y se deben señalar los usos a que pueden destinarse losterrenos, indicando las normas técnicas y urbanísticas aplicables.Esta constancia no constituye reconocimiento de propiedad sobreel inmueble, ni autorización de realizar cualquier tipo deconstrucción, ni ocupar el inmueble.

Art 39. La Constancia de Uso de Suelo emitida por la Alcaldíacomo documento público:

· No reconoce la propiedad sobre el inmueble.

· No autoriza a realizar cualquier tipo de construcción, usosagropecuarios y forestales.

· No autoriza la ocupación del inmueble.

Arto 40. La Alcaldía Municipal extenderá dos tipos de constanciasde uso de suelo, una para los usos agropecuarios y forestales y otrapara las edificaciones. Su aplicación será flexible, paulatina yprogresiva durante el primer año contado a partir de la aprobaciónde esta Ordenanza para que el Plan Municipal de Ordenamientoy Desarrollo Territorial y esta normativa sean divulgados paraconocimiento y manejo de todos los funcionarios de la Alcaldía,l as o rgan izac io n es co mu n i t a r ia s , l a s o rgan izac io nesgubernamentales y ONG’s presentes en el territorio municipal.

Arto 41. Los requisitos obligatorios para obtener la Constancia deUso de Suelo son:

1. Pagar la tasa de C$100.00 por servicio correspondiente por elformato de solicitud y la tasa de C$ 100.00 por la impresión delmapa o plano de ubicación en caso de ser aprobada, en el caso deno ser aprobada no pagara ninguna tasa.

2. Presentar solicitud de Constancia de Uso de Suelo por el dueñode la propiedad o terreno.

3. Presentar fotocopia de cedula del solicitante.

4. Presentar Solvencia Municipal del propietario.

5. Presentar escritura de propiedad.

6. Presentar plano o mapa de ubicación del polígono de la propiedadinmueble a escala 1:25,000, 1:5,000, el cual podrá ser facilitadopor la Oficina de Catastro de la Alcaldía.

7. Presentar credencial de representación legal cuando el solicitanteno sea el propietario.

8. Todo proyecto de obra de construcción está sujeto a evaluaciónambiental del sitio, el que realizará la Unidad de Gestión Ambientalde la Alcaldía al momento de solicitar la Constancia de Uso deSuelo. Si el proyecto se ubica en cualquiera de las categorías deldecreto 76-2006, publicado en la Gaceta 248, el dueño de la obradeberá presentar Permiso Ambiental o EIA según los criteriosdefinidos por el MARENA.

Arto 42. La evaluación ambiental que requiere la solicitud deConstancia de Uso de Suelo se realizará considerando lo siguiente:

a) Valorar las condiciones sociales y ambientales del sitio y su

Page 35: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5703

01-08-12 144

entorno para identificar factores de riesgo que pongan en peligrola inversión que se pretende realizar.

b) Valorar si alguno de los aspectos o componentes de la intenciónde uso suponen afectación social y/o ambiental al sitio a utilizary/o a su entorno y que medidas están contempladas para controlaresa afectación y valorar si esas medidas son adecuadas y suficientes.

c) Establecer las medidas obligatorias que el dueño tendría queaplicar para poder practicar el uso y manejo del suelo que haplaneado.

Arto 43. Una vez revisados los documentos referidos en el artículoanterior, la unidad de Planificación Territorial, extenderá laConstancia de Uso de Suelo, en un tiempo no mayor a los 5 díaslaborables, contado desde la fecha de recibo de la documentacióncompleta a satisfacción de la unidad de Planificación Territorial.Dicha constancia tendrá una vigencia de seis meses, pudiendo serrenovada con procedimiento simplificado por parte de la mismaárea.

Arto 44. Para la realización del trámite de la Constancia de Usodel Suelo deberá abonar una tasa en la Administración municipalde C$ 200.00 en caso de ser aprobada, y deberá ser cancelado enla administración de la municipalidad una vez aprobada por elDepartamento de Planificación.

Título IV

Inspecciones, Formatos, Sanciones y Recursos

Capítulo I

De las Inspecciones

Arto 45. Es atribución de la Unidad de Planificación Territorial,velar y controlar el uso de suelo conforme a las normas ydisposiciones de esta Ordenanza que Reglamenta el Plan Municipalde Ordenamiento y Desarrollo Territorial (PMODT).

Arto 46. Las inspecciones serán efectuadas en horarios de trabajode 8:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a viernes, por personal autorizadoy calificado de la unidad de Planificación Territorial, quien deberáidentificarse para poder ingresar a la propiedad/terreno.

Arto 47. Las inspecciones municipales no sustituyen ni causanperjuicio alguno a las facultades de inspección de otras áreas einstituciones como MARENA, MTI, ENACAL, INAFOR u otrasinstituciones en materia de sus propias funciones o competenciasy la unidad de Medio Ambiente de la municipalidad. En caso deidentificar posibles infracciones, competencias de las instituciones,la unidad de Planificación Territorial, le dará comunicación a lasmismas por escrito.

Arto 48. Al terminar la inspección, el responsable de la unidadde Planificación Territorial elaborara un Acta de Inspección queserá entregada al dueño de la propiedad, que se dará así pornotificado de las recomendaciones y observaciones emitidas en elmismo.

Capítulo II

De los Formatos, Boletas y Recibos

Arto 49. Se reglamenta el Plan Municipal de Ordenamiento yDesarrollo Territorial (PMODT), mediante la aprobación y laelaboración de los siguientes formatos:

a) Formato de solicitud de Constancia de Uso de Suelo

b) Formato de notificación de Sanciones, recursos e inspecciones.

Arto 50. Los formatos para solicitudes y aprobaciones seránnumerados en orden progresivo, deberán ser firmados y selladospor el o la responsable de la unidad de Planificación Territorial.

Arto 51. Se utilizaran los formatos municipales correspondientespara boletas de pagos para multas, o recibo de caja para trámitespara servicios urbanísticos.

Capítulo III

De las Sanciones por Incumplimiento

Arto 52. Corresponde al Alcalde Municipal a propuesta de AsesoríaLegal y Comité Técnico Municipal de revisión y el Departamentode Planificación, aplicar las sanciones establecidas en estaOrdenanza que Reglamenta el Plan Municipal de Ordenamiento yDesarrollo Territorial (PMODT).

Arto 5 3 . Las infracc io nes a l a p resen te Orden anza ,independientemente de la responsabilidad civil y penal en que sepudiera incurrir, se sancionan bajo las siguientes formas:

a) Suspensión de obras y actividades

b) Multas de acuerdo al valor Catastral

c) Vía Judicial

Arto 54. Para efectos de las infracciones a lo dispuesto en lapresente Ordenanza, estas se clasifican en base al nivel de riesgoque conlleven en leve, grave y muy grave.

Arto 55. Las infracciones a las disposiciones de la presenteordenanza, independiente de la responsabilidad civil y penal enque pudiera incurrir, se sancionan en la vía administrativa bajo lassiguientes formas:

a) Multas a pagar para cualquier tipo de infracción.

b) Desalojos de materiales y/o obras de los espacios públicos oprivados.

c) Suspensión de obras aprobadas hasta pago de multas yrecuperación de situación conforme lo aprobado.

d) Cancelación de la autorización de la Constancia de Uso de Suelo.

e) Demolición de las Obras realizadas.

Arto 56. El objetivo de las sanciones es el de garantizar elcumplimiento de la presente ordenanza y de corregir las obras queno cumplen con los requerimientos establecidos, a través de laaplicación progresiva de sanciones hasta la corrección de lasinfracciones.

Arto 57. En caso que exista la posibilidad de rectificar la situación

Page 36: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5704

01-08-12 144

generada por la infracción, esta se hará bajo las condicionestécnicas del Departamento de Planificación, en un periodo nomayor de 30 días, a partir de la notificación.

Arto 58. Las infracciones o faltas se clasifican en Leves, Gravesy Muy graves, se establecen las siguientes multas y otras sancionesaplicables de conformidad con la siguiente tabla:

Arto 59. La suspensión de la obra se notificara por escrito,formulada por el responsable de la unidad de PlanificaciónTerritorial, Asesoría Legal y con la aprobación del AlcaldeMunicipal. El notificado está obligado a presentarse alDepartamento de Planificación para aclarar y legalizar su situación,debiendo hacerlo en un máximo de 3 días hábiles, tiempo duranteel cual no podrá continuar con sus actividades productivas o conla obra de construcción. El responsable de la unidad de PlanificaciónTerritorial pegara en un lugar visible aviso de notificación osuspensión de obra y actividad, debiendo mantenerla el dueñosin alteración alguna, hasta resolver dicha situación.

Arto 60. Si el propietario no se presentara en ese término se lenotificara por segunda vez, sumando una multa equivalente al 5%del valor de la multa correspondiente.

Arto 61. En el caso que el propietario sometido a suspensión delas actividades productivas u obras de edificación continuara conlas actividades o con la obra en rebeldía de las disposicionescomunicadas, la unidad de Planificación Territorial solicitara elauxilio de la Asesoría Legal y Policía Nacional para suspendertales actividades o trabajos, emitiendo un acta de cancelación dela Constancia de Uso de Suelo. El propietario deberá presentarseen el término de tres días hábiles para resolver la situación de laobra, pagando también la multa correspondiente a la segundanotificación.

Arto 62. La demolición de una obra únicamente es una medidaextrema cuyos costos serán asumidos por el dueño de la obra y serealizara después de haber agotado todas las vías administrativasy que podrá ejecutarse inmediatamente solo en los siguientescasos:

a) Si la construcción fuera ejecutada sin la aplicación de las normasde construcción vigentes en el país y que representara un peligroreal y evidente para el tránsito de personas, vehículos en la víapública.

b) Cuando se ha invadido propiedad pública, ejidal o municipal,obstaculizando el paso de personas y bienes o propiedad privada.

c) Cuando se hubiese agotado todos los otros medios de correcciónde infracciones.

Arto 63. Las multas y sanciones impuestas por la AlcaldíaMunicipal y que no sean cumplidas por el dueño o responsable delproyecto o actividad, pasaran para su cumplimiento y ejecuciónforzosa a la autoridad judicial correspondiente conforme a loestablecido por la ley.

Capítulo IV

De los Recursos de Revisión y Apelación

Arto 64. Toda persona afectada por una decisión sobre los usosde suelo o una sanción, puede interponer los recursos yprocedimientos que establece la Ley de Municipios, dentro de losprimeros 15 días hábiles subsiguientes a la fecha que se le notificodicho acto.

Arto 65. Los recursos de revisión y apelación sobre decisiones deluso de suelo se someterán a la atención del Alcalde y de la AsesoríaLegal que tendrá un máximo igual y no superior al tiempo provistode aprobación del mismo servicio, correspondiente a 7 días hábiles.

Arto 66. Los solicitantes que hayan sido analizados por el ComitéTécnico de Revisión podrán interponer un recurso de apelación,conforme a la ley de Municipio y sus reformas Nº 40 y 261, alConcejo Municipal, que tendrá 30 días como máximo parapronunciarse.

Capítulo V

Del Comité Técnico Municipal de Revisión

Arto 67. Integración del Comité Técnico Municipal

Intégrese al Comité Técnico Municipal de Revisión como instanciade revisión de las decisiones sobre el uso del suelo en el municipiode San Sebastiàn de Yali, las siguientes autoridades y personaltécnico:

a) Alcalde Municipal/Alcaldesa

b) Vice Alcalde /Vice Alcaldesa

c) Secretario del Concejo Municipal/Secretaria del ConcejoMunicipal

d) Asesoría Legal

e) Director o Directora de Planificación y Proyectos

Multas Otras Sanciones

No permitir la entrada a

la propiedad a los

técnicos de la Unidad de

Planificación Territorial.

Alteración, falsificación,

modificación de la

documentación

aprobada.

Suministro de

información errónea o

falsa

Iniciar obras de

construcción o

actividades productivas

sin aviso previo de la

unidad de Planificación

Territorial.

Iniciar o concluir

actividades productivas

u obras de edificación en

completa ausencia de la

Constancia de Uso de

Suelo.

Faltas Muy Graves

10% del Valor Catastral

de la propiedadSuspensión de la obra

Faltas LevesNo comunicar los

cambios de Uso de Suelo 1% del Valor Catastral

de la propiedad

Suspensión de la Obra

según el caso

Faltas Graves

5% del Valor Catastral

de la propiedad

Suspensión de la obra,

cancelación de Constancia

de Uso de Suelo según el

caso.

Page 37: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5705

01-08-12 144

f) Responsable del Departamento de Planificación

g) Responsable del Departamento Obras Publicas y Proyectos

h) Responsable de la Unidad de Planificación Territorial

i) Responsable de la Unidad de Gestión Ambiental y Riesgo

j) Responsable de la Unidad Catastral

k) Responsable de la Unidad Municipal de Agua y Saneamiento

Arto 68. El Comité se reunirá cada vez que exista la necesidad paraanalizar los recursos de revisión conforme a lo establecido por la

Ley de Municipios y sus reformas. Se podrá convocar una sesiónextraordinaria quincenal bajo solicitud del Departamento dePlanificación, si la urgencia o cantidad de recursos lo amerite.

Arto 69. Una vez reunido el Comité Técnico de Revisión elresponsable de la unidad de Planificación Territorial expondrá los

casos sometidos a recursos de revisión, las motivaciones yargumentos a favor podrán ser depositados por escrito por partede los solicitantes, y serán expuestos por la asesoría legal.

Arto 70. El resultado del análisis del caso y la decisión final seoficializara bajo la forma de Resolución Técnica Municipal, por

parte de la Asesoría Legal Municipal y se comunicara al interesadoen el plazo máximo de tres días hábiles.

Título V

Disposiciones Finales

Arto 71. El Concejo Municipal de San Sebastián de Yalí apruebael Plan Municipal de Ordenamiento y Desarrollo Territorial

(PMODT) y mandata a las diferentes direcciones, departamentosy unidades de la municipalidad a su implementación y cumplimiento.

Arto 72. Es responsabilidad de la Dirección de Planificación yProyectos, Departamento de Planificación, Asesoría Legal, launidad de Gestión Ambiental y Riesgo y la unidad de Planificación

Territorial, vigilar el cumplimiento e implementación de dichaordenanza.

Arto 73. La presente Ordenanza que Reglamenta el Plan Municipalde Ordenamiento y Desarrollo Territorial (PMODT) estarásometido a reformas y/o modificaciones que el Concejo Municipal

considere necesario bajo un procedimiento técnico y bajo losprocedimientos que estipula la Ley Nº 40 – 261, Ley de Reformase incorporaciones a la ley Nº 40, Ley de Municipios y con previo

proceso de revisión técnica exhaustiva que realice el EquipoTécnico Municipal.

Arto 74.La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de supublicación en La Gaceta, Diario Oficial u cualquier medio escrito,radial y televisivo.

Dado en la sala de sesiones del Concejo Municipal de San Sebastiánde Yalí, a los diez días del mes de mayo del año dos mil doce. (f)

Prof. Víctor Fornos Centeno, Alcalde Municipal. (f) Sr. JoséDavid Zeledón Tinoco, Secretario del Concejo Municipal.

UNIVERSIDADES

TITULOS PROFESIONALES

Reg. 10736 – M. 73126 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro Académico Estudiantily Estadístico de la UNAN-MANAGUA, certifica que a la Página 121,Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias eIngeniería , que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Títuloque dice: “La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua -POR CUANTO:

JUAN BOSCO RAMIREZ COREA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Ciencias e Ingeniería. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciado en Ciencias de laComputación, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintidósdías del mes de junio del dos mil doce. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime López Lowery”.

Es conforme, Managua, 22 de junio del 2012. (f) Directora.

————————Reg. 11278 – M. 82395 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadístico de la UNAN-MANAGUA, certifica quea la Página 252, Tomo I, del Libro de Registro de Título de laFacultad de Humanidades y Ciencias Jurídicas, que ésta Direcciónlleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadNacional Autónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

IMELDA MOLINA ZEAS, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad Humanidades y Ciencias Jurídicas.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Derecho,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losquince días del mes de Julio del dos mil nueve. El Rector de laUniversidad, Francisco Guzman P. El Secretario General, N.González R.”

Es conforme, Managua, 15 de Julio del 2009. Directora.————————

Reg. 11279 – M. 82399 – Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN,certifica que a la Página 244, Tomo II, del Libro de Registro deTítulo de la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Estelí, queésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

EVELYN MARIBEL UBEDA GARCIA, ha cumplido con todos

Page 38: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5706

01-08-12 144

l os req u i s i t os es t ab lec id o s p o r l a Facul t ad Regio na lMultidisciplinaria de Estelí. POR TANTO: Le extiende el Títulode Profesora de Educación Media con Mención en Lengua yLiteratura Hispánica, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a loscuatro días del mes de Junio del dos mil doce. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisneros Moreira, El Secretario General,Jaime Lopez Lowery.

Es conforme, Managua, 4 de Junio del 2012. Directora.————————CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN,certifica que a la Página 237, Tomo II, del Libro de Registro deTítulo de la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Estelí, queésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

EVELYN MARIBEL UBEDA GARCIA, ha cumplido con todoslos req u i s i t os es t ab lec id o s p o r l a Facul t ad Regio na lMultidisciplinaria de Estelí. POR TANTO: Le extiende el Títulode Licenciada en Ciencias de la Educación con Mención enLengua y Literatura Hispánica, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dosdías del mes de Febrero del dos mil doce. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisneros Moreira, El Secretario General,Jaime Lopez Lowery.

Es conforme, Managua, 2 de Febrero del 2012. Directora.————————

Reg. 11280 – M. 82730 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de laUniversidad Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 311,Página 007, Tomo I-2011 , del Libro de Registro de Títulos de laUniversidad, correspondiente a la Facultad de Ciencias Jurídicasy Políticas , y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA.POR CUANTO:

JOSE ERASMO FLORES, natural de Managua, Departamentode Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudio de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTOse le extiende el Título de: Licenciado en Derecho, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delpaís le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diezdías del mes de Julio del año dos mil doce. Rector de la Universidad,Dra. Olga María del S. Soza Bravo. Secretaria General, Lic. OlgaAsunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Luz MarinaVílchez, Ing. Manuel Lopez Miranda, Director de RegistroNacional, UPONIC.

————————Reg. 10737 – M. 73122 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN,certifica que a la Página 475, Tomo X, del Libro de Registro deTítulo de la Facultad de Ciencias Económicas, que ésta Direcciónlleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadNacional Autónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

MAYELA DE JESUS PRADO, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Ciencias Económicas.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Banca yFinanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de diciembre del dos mil once. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, JaimeLópez Lowery”.

Es Conforme, Managua 12 de diciembre 2011del. (f) Directora.————————

Reg. 10738 – M. 73121 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua certifica que a laPágina 93, Tomo II, del Libro de Registro de Título de la Facultadde Humanidades y Ciencias Jurídicas, que ésta Dirección lleva asu cargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

ARLEN FRANCELA GUTIERREZ GUERRERO, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad Humanidadesy Ciencias Jurídicas. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciada en Derecho, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveintitrés días del mes de mayo del dos mil doce. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, JaimeLópez Lowery”.

Es conforme, Managua, 23 de mayo del 2012. (f) Directora.—————————

Reg. 10720 – M. 73049 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El subscrito Vice-Rector Académico de la Universidad EvangélicaNicaragüense, Martín Luther King, Recinto de Managua, certificaque en la Página 068, Tomo VI, del Libro de Registro de TítulosUniversitarios de la Escuela de Ciencias de la Computación queesta dirección tiene bajo su responsabilidad, se inscribió el Títuloque literalmente dice: La Universidad Evangélica Nicaragüense,Martín Luther King Jr,. POR CUANTO:

MANUEL DE JESUS BOJORGE GALO, ha cumplido con todoslos requisitos académicos establecidos en el plan de estudios de sucarrera y en las normativas de culminación de estudios vigentes.POR TANTO: Le otorga el Título de Ingeniero en Sistemas deInformación Automatizada, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Page 39: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5707

01-08-12 144

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los nuevedías del mes de septiembre del año dos mil once. El Rector de la

Universidad, Benjamín Cortés Marchena. El Presidente de la JuntaDirectiva, Eduviges Pineda Llanes. El Vice-Rector Académico,Omar Antonio Castro. La Secretaria General, Mabel del Socorro

Leiva Miranda.

Es conforme a nuestros Libros de Registros, que extendemos la

presente en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mesde mayo del año dos mil doce. (f) Lic. Omar Antonio Castro, Vice-Rector Académico.

————————Reg. 10328 – M. 70492 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Académico Central de la

Universidad Popular de Nicaragua: Certifica que bajo el No. 03,Página 135, Tomo XII, del Libro de Registro de Títulos de laUniversidad, correspondiente a la Facultad de Ciencias de la

Economía , y que esta instancia lleva a su cargo, se inscribió elTítulo que dice: UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA.POR CUANTO:

MARVIN RAMON GONZALEZ , natural de Jino tepe ,Departamento de Carazo, República de Nicaragua, ha cumplido

con todos los requisitos académicos del plan de estudios de sucarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.POR TANTO se le extiende el Título de: Licenciado en

Contabilidad Pública y Finanzas, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losCatorce días del mes de marzo del año dos mil ocho. Rector de laUniversidad, Dra. Olga María del S. Soza Bravo. Secretaria General,

Lic. Ninoska Meza Dávila. Decano de la Facultad, Lic. ,MaxMontenegro Ortiz. (f) Lic. Ricardo Lara Silva, Dir. RegistroAcadémico Central, UPONIC.

——————Reg. 9905- M.- 7329-A - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Coordinadora de Registro Académico de la Universidad

Americana (UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro deTítulos de Pregrado Tomo XXIV del Departamento de RegistroAcadémico rola con el Número 031 en el Folio 031 la inscripción

del Título que íntegramente dice: “Número 031. Hay una foto enla parte superior derecha. La Suscrita Coordinadora de RegistroAcadémico de la Universidad Americana procede a inscribir el

Título que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaragua repujado.LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAM endorado. Considerando que:

EDWIN SUAREZ PEREZ, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del plan de estudio de su carrera y en virtud de las

potestades otorgadas por las leyes de la República de Nicaragua,por tanto le extiende el TÍTULO de Licenciado en Marketing yPublicidad, para que goce de los derechos y prerrogativas que las

leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los tres días del mesde diciembre del año dos mil once. Firma Ilegible. Doctor Ernesto

Medina Sandino. Rector. Firma Ilegible. Doctora Thelma SandovalSuazo. Secretaria General. Hay un sello seco de la Rectoríaimpregnado en una estampa dorada.

Registrado con el Número 031, Folio 031, Tomo XXIV del Librode Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 03 de Diciembre del

año 2011" Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, tres de diciembre del año dos mil once. Firmailegible. Licenciada Yanina Argüello Castillo. Coordinadora de

Registro Académico.”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.

Managua, tres de diciembre del año dos mil once. (f) LicenciadaYanina Argüello Castillo. Coordinadora de Registro Académico.

——————

Reg. 9744 – M. 66482 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro y Control Académico de laUniversidad del Valle, certifica que bajo el Número 960, Folio 033

, Tomo 001 del Libro de Registro de Títulos de la Universidad,correspondiente a la Facultad de Administración , que esta instancialleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: UNIVERSIDAD

DEL VALLE. STUDIUM SEMPER ADEST - POR CUANTO:

CRISEIDA STEFANNY ZELEDON RUIZ, natural de Granada ,

Departamento de Granada , República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de sucarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enAdministración Turística y Hotelera, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le

conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los

veinte días del mes de Agosto del año once- Rectoría, MBA.Kathia, Sehtman Secretaria General Lic. Arnoldo Arreaga Carrera.

Es conforme. Managua, a los 20 días del mes de agosto de 2011.Lic. Silvia Arreaga, Directora Registro y Control.

————————

Reg. 10758 – M. 10508282– Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director del Departamento de Registro de U.C.A.N.,Certifica que la Página 066 Tomo I del Libro de Registro de Títulos

de la Facultad de FF.CC.EE.AA que este Departamento lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice “La Universidad CristianaAutónoma de Nicaragua”. POR CUANTO:

VIRGEN MARIA BARBERENA MIRANDA, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias

Económicas y Administrativas. POR TANTO: Le extiendo elTítulo de Licenciada en Banca y Finanzas, para que goce de losderechos y prerrogativas que Legalmente se le conceden.

Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los dieciséisdías del mes de mayo del año dos mil doce. El Rector de la

Page 40: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 144 del 1 de ...sajurin.enriquebolanos.org/vega/docs/G-2012-08-01.pdf · Ministerio de Gobernación siendo inscrita el día veinte ... hacer

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5708

01-08-12 144

SECCION JUDICIAL

Reg. 11285 - M. 82715 - Valor C$ 145.00

OFICIO

LA GACETA DIARIO OFICIAL

PARA SU CONOCIMIENTO Y DEMÁS EFECTOS LEGALESLE TRANSCRIBO AUTO QUE INTEGRA Y LITERALMENTEDICE.

JUZGADO DEL DISTRITO CIVIL DE MASAYA. VEINTITRÉSDE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE. LAS ONCE DE LAMAÑANA.-

I.- Visto el escrito que antecede en el que el Licenciado Erasmo JoséVanegas Berríos, se presenta en calidad de Apoderado GeneralJudicial del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS),Ente Autónomo del Estado de la República de Nicaragua, estandoconforme al Poder otorgado téngase al Licenciado Vanegas Berríosen la calidad que comparece y otórguesele la debida intervenciónde ley que en derecho corresponde. II.- De la solicitud queantecede y de conformidad al arto. 252 CC, convóquese a laAsamblea General Extraordinaria a los accionistas de la SociedadInversiones de Desarrollo Vacacional, Sociedad Anónima(INDEVASA), con el objeto de elegir Junta Directiva y serápresidida y organizada por ésta Autoridad. III.- Publíquese estaconvocatoria por medio de Cartel en la Gaceta, Diario Oficial,señálese en el Cartel como fecha de reunión a la Asamblea el díadieciséis de Agosto del presente año a las diez de la mañana en ellocal de éste despacho judicial, emítase el cartel de ley.NOTIFÍQUESE. (F) E. MEDINA V. JUEZ... (F) M. R. LAINEZC. SRIA.

Es conforme con su original Masaya veintitrés de julio del año dosmil doce. (F) DR. ERNESTO MEDINA VELÁSQUEZ, JUEZCIVIL DEL DISTRITO DE MASAYA.

(F) MA. DEL ROSARIO LAINEZ, SECRETARIA DEACTUACIONES.

Universidad, Msc. Jeannette Bonilla de García. El SecretarioGeneral, Lic. Manelly Bonilla Miranda.

Es conforme. León, 16 de mayo del 2012. (f) Director de RegistroU.C.A.N.

--------------------Reg. 10759 – M. 73365 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Rector de la Universidad Metropolitana “UNIMET”,

Certifica que en el Folio número 06 Partida 026 del Tomo Primero,Libro de Registro de Títulos de la Universidad Metropolitana“UNIMET” que la Dirección de Registro y Control Académico

lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadMetropolitana POR CUANTO:

CRISTHIAN ANTONIO SUAREZ MORALES, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasJurídicas. POR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en

Derecho, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a los 30días del mes de marzo del año dos mil doce.

Es conforme, Managua, a los treinta días de marzo del año dos mildoce. Ing. Elmer Acevedo Sanchez..

———————

Reg. 10760 – M. 73339 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad de Managua, certifica que bajo el No. 257 Página

No. 129, Tomo No. II del Libro de Registro de Títulos deGraduados en la Universidad de Managua, que esta Oficina llevaa su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDAD DE

MANAGUA, POR CUANTO:

BETSY MICHAEL ARDILA LUNA natural de Managua

Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.

POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en ContaduríaPública, para que goce de los derechos y prerrogativas que lasleyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losdieciocho días del mes de diciembre del año dos mil diez. El Rector

de la Universidad, Ing. Dora María Meza Cornavaca. El SecretarioGeneral, Msc. María Leticia Valle Dávila. El Director de Registro,Margarita Cuadra Ferrey.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, a los dieciochodías del mes de diciembre del año dos mil diez. (f) Margarita

Cuadra Ferrey, Director de Registro.—————————

Reg. 10761 – M. 73282 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4019

Acta No. 24 Tomo IX Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

LEA PATRICIA MORALES MENDOZA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas

y Administrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Títulode Licenciada en Comercio Internacional, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le

conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 28

días del mes de octubre del 2011. Rector General: (F) EvenorEstrada G., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 28 de octubre del 2011. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.