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viernes, 14 de junio de 2013 CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 Página 1 de 62 FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 212076 CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ REGLAS DE PARTICIPACIÓN BOGOTÁ D.C., JUNIO DE 2013

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viernes, 14 de junio de 2013

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 Página 1 de 62

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 212076

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013

ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

REGLAS DE PARTICIPACIÓN

BOGOTÁ D.C., JUNIO DE 2013

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CAPÍTULO PRIMERO 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. INTRODUCCIÓN Con el fin de complementar el programa de mejoramiento de la infraestructura física de la ESAP, en el año de 2012 se suscribió el contrato interadministrativo No. 212076 (046 ESAP) con el fin de adelantar entre otros proyectos, la consultoría que permitiera actualizar los estudios y diseños para el reforzamiento estructural de la zona sur del campus Sede Bogotá. En ese sentido la ESAP aportó a FONADE la siguiente información: Memorias de cálculo estructural PCA Proyectistas Civiles Asociados (127 folios). Documentos Varios (notariado y registro, impuestos prediales, planeación, zonificación) (52 folios). Estudio de suelos y análisis de cimentación Fernando Vásquez Ávila (110 folios). Estudio de vulnerabilidad sísmica Sector C Fernando Vásquez Ávila (71 folios) Estudio de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento estructural PCA Proyectistas Civiles Asociados (226 folios). Planos de los respectivos diseños arquitectónicos y estructurales (75 planos). Los estudios iniciales reposan en el archivo de FONADE, si el proponente desea revisarlos, en la etapa del proceso podrán ser habilitados para consulta, según alcance a la solicitud enviado el 01 de Abril de 2013 por el gestor de convenio. Una vez efectuada la revisión de lo anteriormente mencionado, se concluye lo siguiente: los estudios datan del año 2001, no existen medios magnéticos o levantamientos aproximados actuales del sitio, el nivel de detalles y memorias se encuentran incompletos. La ESAP como establecimiento de educación superior fue creado en el año de 1958 como sede principal la ciudad de Bogotá, y su construcción data de esa época, con aspectos modernos grandes espacios en su interior e iluminación en gran parte de sus áreas, sin embargo y dada la reglamentación colombiana y sobretodo como producto de la norma NSR-98 la nación inicio un proceso de transformación a fin de realizar construcciones con algún grado de resistencia a sismos, como producto de los desastres del terremoto en el eje cafetero, en el mismo sentido y en el año de 2010 se actualizó dicha norma en gran parte al seísmo de Quetame y como exigencia de los nuevos mercados. En la actualidad la ESAP en Bogotá brinda educación presencial a por los menos 1000 estudiantes de pregrado y otros 500 más en los programas semi presenciales y a distancia, así mismo el centro universitario es pieza fundamental en el desarrollo institucional de los entes territoriales de la nación. Respecto al área, esta es de aproximadamente 14000 m2 construidos en un área de terreno aproximada en planta de 4600 m2, para tener un poco mas de detalle, es la zona del ala sur de la sede central, a partir del espacio del CDIM y biblioteca hasta el bloque administrativo y de alto gobierno. Se adjunta cuadro de áreas del sector sin reforzamiento estructural, correspondiente a la zona del ala sur de la sede central de la ESAP en el CAN – Bogotá.

SEDE CENTRAL CAN - ESAP - AREA CONTINUACION REFORZAMIENTO

Nivel Área Vacios Vacio Auditorio Total

Primer Piso 3294,5 3294,5

Segundo Piso 3372,02 313,13 3058,89

Tercer piso 2953,25 430,44 223,86 2298,95

TOTAL 8652,34

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1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN FONADE, en desarrollo del Convenio Interadministrativo 212076, suscrito con el –ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP, está interesado en contratar la ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ.

1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO

El proyecto, se ubicará en la ciudad de Bogotá, esta se encuentra ubicada a los 4°35´55" de latitud

norte y a 74°04´51" de longitud oeste, está localizada en el centro de Colombia, en la región natural

conocida como la sabana de Bogotá, que hace parte del altiplano Cundiboyacense, formación

montañosa ubicada en la cordillera Oriental de los Andes. Es la tercera capital más alta en América

del Sur (después de La Paz y Quito), a un promedio de 2600 metros sobre el nivel del mar. Posee

el páramo más grande del mundo, localizado en la localidad de Sumapaz. Bogotá Tiene una

longitud de 33 km de sur a norte, y 16 km de oriente a occidente.

Extensión total: 1775,98 Km2

Altitud de la cabecera municipal : 2.625 msnm

Temperatura media: 15 º C

Ilustración 1. Localización de la Ciudad de Bogotá. Fuente: http://www.fonisol.com/es/colombia/bogota/mapa-rutas.htm

VÍAS DE COMUNICACIÓN

Cuenta con dos terminales aéreos: el Aeropuerto Internacional El Dorado, para tráfico nacional e

internacional, servido por dos terminales de pasajeros y dos de carga, y el Aeropuerto Privado de

Guaymaral, que atiende aeronaves pequeñas.

Así mismo, cuenta con un sistema de autobuses en carril exclusivo en las principales avenidas

arterias de la ciudad. Los vehículos articulados de Transmilenio recorren la mayoría de la ciudad a

través de 9 troncales y un sistema auxiliar de buses alimentadores en estaciones intermedias y

portales.

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En las zonas comerciales y céntricas, como en la periferia, varios miles de buses, busetas,

colectivos y taxis completan la oferta de transporte masivo.

Gran parte de los autobuses y taxis intermunicipales parten de la Terminal de Transporte de

Bogotá, ubicada estratégicamente en el centro-occidente de la ciudad.

Movilización dentro de la ciudad:

Las modalidades del servicio y tarifas del transporte urbano varían en calidad, comodidad y rapidez

de desplazamiento. Los más recomendables son el Transmilenio o el servicio de taxis.

Vías de entrada y salida de la ciudad

Las vías de mayor importancia de entrada y salida de la ciudad son las siguientes:

Hacia el norte: Autopista del Norte y carrera Séptima: rutas con destino a Boyacá y a los

Santanderes.

Hacia el sur: Avenida Boyacá, Avenida 68 y Autopista del Sur: hacia Tolima, Huila, Eje Cafetero,

Valle del Cauca y Cauca.

Hacia el occidente: Calle 13, calle 80, Autopista a Medellín: a Caldas, Antioquia y la Costa

Atlántica.

Hacia el suroriente: Avenida Boyacá: Villavicencio y los Llanos Orientales.

Transporte Aéreo:

1.1. 1). Puente Aéreo de Bogotá.

Es una terminal aérea anexa al Aeropuerto Internacional el Dorado que cuenta con amplias vías de

acceso, en la que operan los vuelos domésticos de la Alianza Summa (Avianca y Sam) en seis (6)

destinos e igual número de procedencias, a saber: Cali, Medellín, Barranquilla, Cartagena, Pereira

y Barrancabermeja.

1.2. 2). Aeropuerto Internacional El Dorado.

El ingreso a la ciudad se realiza por el aeropuerto internacional El Dorado, donde se concentra el

65% de las operaciones del país. Allí se realizan abordajes, conexiones, arribos, tránsito de vuelos

y todos los trámites relacionados con entradas y salidas del país.

Fluviales:

NO TIENE

- CONDICIONES ECONÓMICAS

La economía de Bogotá está basada principalmente en la industria, el comercio y los servicios

financieros y empresariales. En 2012 la capital de Colombia fue la quinta ciudad más atractiva para

las inversiones y negocios en América Latina. En 2012 el PIB de Bogotá fue de $92.917 millones

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de dólares que equivalen a $12.000 dólares per cápita. y un PIB PPA de $126.300 millones de

dólares que equivalen a $16.500 dólares per cápita.

VERIFICACIÓN TÉCNICA:

El consultor deberá realizar como mínimo las siguientes actividades, a fin de ejecutar la actualización de dichos estudios y diseños, mejorando los mismos en los aspectos técnicos y arquitectónicos teniendo en cuenta el avance ó actualización de normas para el modelamiento de estos espacios. Actividades generales:

Recopilación de la información existente incluye el análisis de dicha información.

Actualización estudios y diseños técnicos, componentes: concepto geotécnico de suelos e informe, arquitectura (incluye detalles y actualización a la norma técnica colombiana para espacios educativos), estructura, hidráulico (red de suministro, red de aguas residuales y pluviales, redes contraincendio, red de gas), eléctrico (descargas atmosféricas, red de media y baja tensión, cableado estructurado, red de telecomunicaciones), urbanismo, instalaciones especiales (aires acondicionados, montajes electromecánicos), en caso de requerí ensayos de laboratorio u otros para realizar dicha actualización, estos serán por cuenta del consultor.

Entregar el presupuesto del proyecto de construcción que contenga como mínimo los análisis de precios unitarios, programación de obra, especificaciones técnicas de construcción, listados de insumos, demás anexos de tipo técnico que considere oportunos el consultor, la interventoría y la supervisión.

Trámites de licencias, permisos entre otros que se requieran para la ejecución del contrato de obra incluye trámite con las empresas prestadoras de servicios públicos.

ACTUALIZACIÓN ESTUDIOS Y DISEÑOS

Actualización estructural

Con base en el estudio de suelo, el levantamiento topográfico, la información recopilada y analizada, el Consultor deberá realizar la actualización a los estudios y diseños estructurales y elementos no estructurales, dando estricto cumplimiento a la norma de diseño y construcción sismo resistente que se encuentre vigente y demás normas complementarias vigentes. Los diseños deben contemplar los análisis previos, las memorias de cálculo y análisis de resultados, información sobre el software utilizado, los planos de diseño para la construcción de todas las estructuras (elementos portantes y no portantes); así mismo, debe incluir las correspondientes cantidades de obra actualizadas, listas de refuerzo, especificaciones de materiales, figuración y despiece de estructuras y de elementos estructurales y no estructurales que las conforman. El Consultor deberá actualizar, complementar o ejecutar los siguientes estudios:

- Suministrar Memoria de cálculo del diseño y modelo de la estructura, y justificación de idoneidad del conjunto estructural final. Cualquier alternativa de solución debe cumplir en su totalidad con los requerimientos exigidos por la Norma de diseño y construcción sismo resistente vigente.

- Suministra Planos y diseños estructurales a que de lugar y entregar una copia de las memorias de los cálculos estructurales y de los estudios de suelos y presentar el proyecto para la actualización o obtención de la licencia de construcción (Se aclara que el consultor

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deberá realizar todas las gestiones que estén a su alcance para la obtención de la licencia de construcción en la modalidad que corresponda según la situación actual de la edificación y en consideración a los antecedentes de la misma; las expensas para la obtención de la licencia serán canceladas por la ESAP).

Como resultado de la actualización, complementación o ejecución del estudio el Contratista deberá entregar lo siguiente: Informe actualizado y completo del análisis de la situación actual de las estructuras, el cual debe contener por lo menos los siguientes aspectos: Diseños estructurales detallados a que den lugar las soluciones escogidas, el cual debe incluir:

Estudios de suelos.

Memorias de cálculo de la solución estructural adoptada donde se incluyan todos los elementos portantes, se debe incluir la descripción de las teorías y análisis estructurales aplicados, descripción del sistema estructural usado, hipótesis de cargas, evaluación de cargas vivas y muertas, sismo, dinámicas, efectos de temperatura y condiciones especiales ambientales. Indicar el grado de capacidad de disipación de energía del sistema de resistencia sísmica, cálculo de fuerza sísmica, verificación de derivas y listados del procesamiento de datos.

Memoria de cálculo del diseño de los ajustes a la estructura con la correspondiente justificación de que la estructura final tendrá la resistencia y comportamiento esperados cuando actúa en conjunto con la estructura preexistente.

Una descripción muy clara justificando la definición de los parámetros de evaluación del diseño que provienen del estudio de la situación actual de la edificación y descripción de los principios bajo los cuales se realiza el ajuste a los diseño y los datos identificables tanto de entrada de datos al procesador automático como de salida, con sus correspondientes esquemas.

Diseños de las cimentaciones.

Diseños de todos los elementos estructurales nuevos o afectados por la alternativa planteada.

Planos constructivos con sus respectivos detalles, los cuales deben contemplar las plantas con localización, ubicación del nivel cero concordante con los demás diseños, dimensiones de todos los elementos, los despieces y colocación de refuerzos, traslapos, longitudes de desarrollo, cortes y detalles especiales que se requieran para una fácil interpretación y ejecución. Dentro de los planos, se deberán indicar las especificaciones de los materiales de construcción, los procedimientos constructivos y toda la información que se considere relevante para la construcción y supervisión técnica estructural, grado de capacidad de disipación de energía bajo el cual se diseño el material estructural del sistema de resistencia sísmica, las cargas vivas y de acabados supuestas en los cálculos y el grupo de uso al cual pertenece.

Especificaciones técnicas para el proceso constructivo.

Cuadro resumen de cantidades de obra, listas de hierro y figuración para elementos de concreto y despiece de elementos.

Carta de responsabilidad del Diseñador.

Revisión y diseño de elementos no estructurales (cuando los haya)

Selección y justificación de la escogencia de los elementos no estructurales que se van a diseñar.

Memoria de cálculos de diseño.

Planos de detalles de refuerzos estructurales y anclajes a las estructuras.

Diagnóstico y planteamiento para el sistema de redes Hidrosanitarias y eléctricas.

Redes de suministro hidráulicas

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De acuerdo con el diagnóstico actualizado y con el nuevo planteamiento estructural, se deberá realizar una actualización cumpliendo con la normatividad de la empresa local prestadora del servicio y el RAS 2000 y las establecidas en el Código Colombiano de Fontanería (Norma ICONTEC 1.500). Metodología: Se partirá de los planos arquitectónicos para el diseño de bajantes, ramales principales y secundarios, los cuales no podrán atravesar los elementos estructurales; si por fuerza mayor se presentase lo anterior, deberá consultarse con el ingeniero calculista para que lo apruebe y dé las recomendaciones del caso. Tanto para el diseño de la acometida de agua potable, aguas negras como de aguas lluvias, se deberán evaluar las necesidades, se deberá hacer la evaluación de las redes actuales para poder aprovechar al máximo lo existente y verificar si la red existente suple las necesidades exigidas, además el tratamiento de las aguas residuales para el cumplimiento de las normas ambientales. El contratista como mínimo deberá realizar:

Actualización del Informe general de diagnóstico del sistema de suministro diseñado y la presentación de la actualización al diseño con la debida justificación técnica, el cual debe contener:

o Relación de la información consultada. o Descripción del sistema existente. o Observaciones encontradas en planos y en sitio. o Recomendaciones generales para mejorar los sistemas de suministro. o Identificación de sectores que presenten interferencias con la estructura

actual o la actualización. o Descripción de actividades necesarias para realizar la actualización a los

diseños de redes de suministro y/o evitar interferencias las estructuras. o Memorias de cálculo de los ajustes realizados a los diseños con sus

respectivos planos. Redes sanitarias y sistema de aguas lluvias Se deberá determinar el grado de desempeño de las redes actuales, su funcionamiento y estado y realizar las recomendaciones necesarias para su funcionamiento, de acuerdo con la nueva propuesta estructural para la edificación. El consultor debe presentar como mínimo:

Análisis y actualización al diseño de la totalidad de las redes (aguas lluvias, aguas negras, aguas espumosas, aguas aceitosas aguas industriales) y equipos hidráulicos, sanitarios y de aguas lluvias de las edificaciones y obras civiles involucradas.

Verificación y actualización al diseño de drenajes, red de alcantarillado, pozos de inspección para aguas servidas (lluvias y negras).

Revisión y actualización del sistema de reventilación del proyecto.

Memorias de cálculo y cantidades de obra.

Verificación y actualización de las especificaciones técnicas que deben poseer los aparatos sanitarios que serán utilizados.

Revisión y actualización de las características y propiedades de equipos de bombeo o hidroneumáticos, si se requieren para la disposición final de las aguas al colector principal, se incluyen los sistemas que se requieran para el sistema de tratamiento, así como su localización y estructuras de soporte y protección para su adecuado funcionamiento (cárcamos, bases, etc.).

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Diseño de las conexiones a las redes de servicios públicos y de la forma en que se realizará la disposición final de aguas servidas.

Diseño de redes de aguas lluvias con cálculo de los volúmenes, verificación y actualización de los canales de recolección.

Redes eléctricas El consultor debe realizar las actualizaciones que se requieran a fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las edificaciones, para lo cual deberá tener en cuenta las exigencias de la norma RETIE, la NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC-2050 y regulaciones establecidas del sistema por la empresa local prestadora del servicio. El Consultor de acuerdo con el diagnóstico, deberá realizar la actualización de las redes externas e internas de los sitios a intervenir, para lo cual deberá tener en cuenta las siguientes actividades:

Definir el sitio y especificaciones para la instalación del sistema de puesta a tierra.

Proyectos de redes. Se elaborarán los planos del proyecto de redes exteriores (acometida principal), acometidas primarias y/o cambio de acometidas.

Cuadro de cargas. En el cual se describe la distribución de circuitos, cantidad de tomacorrientes, luminarias, barraje (desbalanceo), cargas, protecciones, destino y localización de los elementos.

Sistema de Puesta a tierra y pararrayos, cumpliendo con las normas NTC 2050 y NTC 4552

Distribución en planta de elementos que constituyen las instalaciones, rutas y diámetros de ductos, demarcación de circuitos, cantidad y calibre de conductores para acometidas y salidas, localización de tableros de circuitos.

Proyectos de redes. Se elaborarán los planos del proyecto de redes exteriores (acometida principal) en los cuales se contemple si es necesario, la instalación de transformador, acometidas primarias, cambio de acometidas, acometidas telefónicas.

Convenciones. Símbolos de los elementos utilizados, de acuerdo con las normas solicitadas.

Notas en planos. Especificaciones particulares en las cuales se precisen calibres, diámetros, tipos de elementos, cantidades de elementos, alturas, normas y aclaraciones especiales.

En la actualización a los estudios y diseños eléctricos el consultor debe tener en cuenta:

Análisis y diseño de la totalidad de las redes eléctricas de las edificaciones (red desde el punto de suministro o alimentación).

Análisis y diseño de la totalidad de las redes eléctricas de las demás obras civiles involucradas (red desde el punto de suministro o alimentación); con la respectiva coordinación de espacios y elementos y con la presentación de las cargas verticales adicionales que puedan generarse y que tengan un efecto sobre la actualización estructural.

Diseño de las Instalaciones interiores.

Planos de Diagramas unifilares.

Planos verticales.

Cuadros de circuitos.

Detalles de construcción.

Diseño de redes eléctricas generales.

Planos de redes de media y baja tensión que se requieran.

Alumbrado exterior

Ductería

Diseño de las acometidas para conexión a las redes de servicios públicos y aprobación del proyecto.

Memorias de cálculo y cantidades de obra.

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Especificaciones técnicas: redes, instalaciones, tableros de circuitos, armarios, cajas y ductos que alberguen instalaciones, redes o equipos.

Especificaciones técnicas acordes con la infraestructura de la subestación, plantas de emergencia (como bases, muros cortafuego, cárcamos, trampas de aceite).

Estudio de resistividad del suelo.

Garantía de estabilidad y calidad de la energía en los sitios con equipos de tecnología de punta.

Diseño del sistema de puesta a tierra para subestación, UPS, pararrayos y equipo potencialización.

Diseño del sistema de calidad de energía

Cuartos fríos

Diseño de seguridad electrónica

Diseño de red de comunicaciones

Certificación RETIE La propuesta debe comprender, los sistemas de supervisión, monitoreo y control, sus componentes, el centro de control, el software, el cableado e interconexión de todos los dispositivos, la forma de operación, programación específica, puesta en operación y los costos para su implantación. El consultor deberá entregar:

Actualización a los diseños y memorias de cálculo de todos los capítulos antes descritos.

Planta general de localización de redes, indicando diámetros, longitudes, equipos y accesorios, especificación de materiales, etc.

Detalles de instalación de tableros y aparatos que se requieran para los sistemas.

Diagramas y tablas de cableados, especificando calibre de conductores, códigos y demás información necesaria para la ejecución del proyecto.

Diagrama unifilar.

Memorias de calculo

Especificaciones técnicas generales y particulares de cada una de las actividades a ejecutar para la ejecución del proyecto donde se incluyan materiales, detalles y procedimientos de construcción.

Cantidades de obra por capítulos e item’s separados y memorias de cantidades de obra.

Presupuesto detallado para cada uno de los estudios.

Análisis de precios unitarios.

Plan de ejecución de las actividades

Actualización y/o elaboración de presupuestos, cantidades de obra y especificaciones

Cantidades de obra Consiste en calcular todas las cantidades de obra de la actualización estructural y las actividades implícitas para el funcionamiento de las edificaciones a intervenir. Para ello el contratista debe presentar un resumen de cantidades de obra por capítulos y la memoria de cálculo de las mismas con planos y detalles constructivos que las respalden. Especificaciones Técnicas Con base en los estudios y diseños técnicos, el Contratista deberá entregar el documento de especificaciones técnicas constructivas; éste documento deberá recoger la totalidad de especificaciones resultantes de los distintos estudios y diseños, perfectamente coordinadas y coherentes entre sí, con el formulario de presupuesto, con los planos y con las memorias de estudios y diseños, obedeciendo a una misma redacción y presentación. Las Especificaciones Técnicas para cada ítem deberán contener como mínimo:

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Número consecutivo del ítem, igual al consecutivo del presupuesto.

Nombre del ítem idéntico al nombre del ítem en el presupuesto.

Actividades preliminares a considerar para la ejecución del ítem.

Alcance: Debe incluir exactamente los componentes de materiales, equipos y mano de obra incluidos en el respectivo APU.

Descripción de la actividad.

Procedimiento básico de ejecución.

Especificación de materiales.

Normas Técnicas que debe cumplir, materiales, equipos, mano de obra, etc.

Aspectos generales y relevantes a considerar por parte del Constructor e Interventor.

En cada una de las especificaciones la unidad y forma de medida y pago deben ser idénticas al presupuesto, indicando el alcance de dicho pago.

Otros (Imágenes, esquemas, etc.).

Presupuesto de Obra Con base en los estudios y diseños técnicos y arquitectónicos, el Contratista deberá medir, cuantificar y presupuestar todos los elementos para cada proyecto. La definición de los valores unitarios de las actividades que conforman el presupuesto, se realizará mediante la metodología de análisis de precios unitarios. El presupuesto general detallado debe ser diligenciado en el formato que entregue FONADE para tal fin. Así mismo, se debe anexar la información completa correspondiente: el listado de insumos, los análisis de precios unitarios, el presupuesto resumido por capítulos, la discriminación de los costos indirectos establecidos y la discriminación del valor por m2 para cada uno de los espacios del proyecto. Para la elaboración del presupuesto y los análisis de precios unitarios el contratista deberá tener en cuenta:

La concordancia de los ítems de pago con las especificaciones generales y

particulares del proyecto y las referencias en planos.

La unidad de medida deberá estar de acuerdo a la especificación correspondiente.

Los precios de los materiales deben corresponder a valores actualizados. Es

necesario relacionar las cantidades requeridas para ejecutar cada Ítem, incluyendo

desperdicios y los materiales auxiliares y o adicionales transitorios (formaletas,

cimbras, etc.).

Los precios de los materiales deben corresponder a valores en el sitio de colocación

incluyendo todos los fletes.

Estimar los costos unitarios de los ítems de obra, definiendo las características de los

materiales y procesos constructivos necesarios.

El contratista debe evitar en lo posible que la unidad de medida sea Global. En caso

de ser necesaria la inclusión de una actividad a precio global, en la especificación

técnica deberá incluirse la descripción detallada de la misma, y las consideraciones

por las cuales se hace necesario contemplarla de esta manera.

Programación de Obra Consiste en la elaboración del cronograma de ejecución de la obra, la cual se presentara por capítulos, a partir del presupuesto de obra y en ella se verán reflejadas todas las pre actividades y los recursos necesarios para que la obra se desarrolle en el plazo establecido por la entidad contratante. El consultor debe elaborar la programación de obra basándose en:

La disponibilidad de recursos en el lugar de la obra

El presupuesto de obra y su correspondiente flujo de caja

En el caso que la programación determine la imposibilidad de ejecutar el proyecto

en el tiempo previsto por la entidad, deberá recomendar el plazo indicado y

soportarlo técnicamente

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Deberá reflejar en la programación las preactividades necesarias para cumplir con

el plazo previsto y los recursos necesarios para ello.

Presentarla en Microsoft project o similar, indicando la metodología a aplicar para el

control de la programación.

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un Presupuesto Total Oficial Estimado de SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA PESOS ($ 78.870.240,00), incluido el IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.

1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo previsto para la ejecución del contrato es de TRES (3.0) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.

1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s):

No. CDP Fecha CDP Código Presupuestal Centro de Costo

Descripción del Rubro Monto

10022 07-06-2013 2-1-7-1-01-07-00-01 212076 Honorarios consultoría– Vigencia actual

$78.870.240,00

Total $78.870.240,00

Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos

1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El proceso de selección se adelantará mediante la modalidad de selección de qué trata el numeral 6.5 (Contratación de Mínima Cuantía) del Manual de la actividad precontractual, contractual y postcontractual de Derecho Privado de FONADE, adoptado mediante Resolución No. 131 del 09 de noviembre de 2012, teniendo en cuenta que se trata de la contratación de una CONSULTORIA cuya cuantía es inferior a 250 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 6.5 (Procedimiento de Mínima Cuantía) del precitado manual. De acuerdo con el decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera). El parágrafo primero del artículo 32 de la Ley 80 de 1.993 (modificado por la Ley 1150 de 2.007 artículo 15) establece que los Contratos que celebren las entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado. FONADE ha abierto el presente procedimiento de Mínima Cuantía, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre

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derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado.

1.8. SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho a la Secretaría de Transparencia, a través de los teléfonos (1) 5 62 93 00 ext 3633, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio web de denuncias de la Secretaría www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la Calle 7 a No. 6-54 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a las páginas www.contratos.gov.co y/o www.fonade.gov.co y al Email: [email protected]

1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE

1. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta

para conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en estas reglas de participación.

2. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.

- Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el

cual se eliminan todos los decimales. - Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente

posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:

Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13. Ejemplo 2: 12,501091 = 13.

Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12. Ejemplo 2: 12,407891 = 12.

3. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar oferta del

presente proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en estas reglas de participación se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, se contarán a partir de la fecha de cierre señalada en la adenda respectiva.

4. En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso

discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.

1.10. ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (aplica como criterio de desempate)

El oferente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997

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tenga vinculado laboralmente personal con limitaciones, como mínimo del 10% de su nómina, deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por la Oficina de Trabajo, en la que conste el nombre e identificación del personal que se encuentra en esta situación. Para efectos de la acreditación de esta circunstancia por parte de oferentes individuales o integrantes de oferentes plurales, que ostenten la condición de extranjeros sin sucursal en Colombia, se dará aplicación al principio de reciprocidad. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.

1.11. CERTIFICACIÓN DE MIPYME - LEY 905 DE 2004 (aplica como criterio de desempate)

El oferente que conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 905 del 2 de agosto de 2004, y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia tenga la condición de MIPYMES deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por un contador o revisor fiscal según corresponda.

Para efectos de la acreditación de esta circunstancia por parte de oferentes individuales o integrantes de oferentes plurales, que ostenten la condición de extranjeros sin sucursal en Colombia, se dará aplicación al principio de reciprocidad. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.

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viernes, 14 de junio de 2013

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CAPÍTULO SEGUNDO 2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA GENERAL

ACTIVIDAD TÉRMINO LUGAR

A Aviso de Invitación 12 de Junio de 2013 FONADE - Página web

www.fonade.gov.co

B Publicación de las reglas

de participación 14 de Junio de 2013

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

C Inicio del término para

presentar ofertas Desde la publicación de las

reglas de participación

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de

ofertas Auditorio

D Finalización del término para presentar ofertas

19 de Junio de 2013 a las 9:00 a.m.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de

ofertas Auditorio

E Audiencia de Cierre 19 de Junio de 2013

a las 9:30 a.m.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de

ofertas Auditorio EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

F

Evaluación y verificación de los requisitos mínimos y Publicación del Informe

de evaluación y recomendación de

aceptación de la oferta

Dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha prevista para

la finalización del término para presentar ofertas.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

G

Observaciones al Informe de evaluación y

recomendación de aceptación de la oferta

Un día hábil siguiente a la fecha de publicación del informe de

Evaluación y Recomendación de aceptación de la oferta.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

H

Informe de respuesta a observaciones al informe

de Evaluación y recomendación de

Aceptación de la Oferta

Al día hábil siguiente a la fecha vencimiento del plazo para la

presentación de observaciones al Informe de evaluación y

recomendación de aceptación de la oferta.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

I Aceptación de la oferta Fecha señalada a través de la

pagina web Fonade FONADE - Página web

www.fonade.gov.co

2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Hacen parte del presente proceso de selección: 1. El aviso de invitación. 2. El certificado de disponibilidad presupuestal. 3. Estas reglas de participación, junto con sus anexos y adendas, incluidos los

Documentos de Estudios Previos los cuales hacen parte integral de estas reglas de participación.

4. Especificaciones técnicas mínimas (cuando aplique). 5. Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para

ello. 6. El acta de finalización del término para presentar ofertas.

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7. Las ofertas que sean presentadas. 8. Las actas de audiencia. 9. Las solicitudes de aclaración a las ofertas y sus respectivas respuestas. 10. El informe de evaluación de los requisitos económicos, jurídicos, técnicos y

financieros, y las observaciones presentadas en relación con él. 11. Los demás documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES

FONADE publicará en su página web (www.fonade.gov.co) la totalidad de los documentos pertinentes que se expidan en desarrollo del proceso de selección y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes. Los documentos oficiales del proceso son los publicados en la mencionada página web. Por regla general, los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica ([email protected]), o radicarlas en el Centro de Radicación e Información de FONADE (en adelante CRIF), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere.

2.4. PROCESO DE SELECCIÓN El presente proceso de selección inicia formalmente a partir de la fecha de publicación de las reglas de participación en la página web de FONADE (www.fonade.gov.co). El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases: 2.4.1 Publicación de las reglas de participación Estas serán publicadas en la página web de FONADE, en la fecha señalada en el numeral 2.1 de estas reglas. 2.4.2 Retiro de las reglas de participación Las reglas de participación pueden ser obtenidas en el sitio web de FONADE donde se encuentran publicadas con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de estas reglas. Para todos los efectos, las reglas de participación oficiales son las publicadas en la página web de FONADE. 2.4.3 Plazo del proceso de selección El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar ofertas y la de su cierre. 2.4.3.1. Inicio y finalización del término para presentar ofertas Dentro de las fechas y horas con las fechas establecidas en el Cronograma General (numeral 2.1), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar ofertas” y “finalización del término para presentar ofertas”, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Las ofertas deberán ser radicadas y entregadas en las fechas indicadas en el

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numeral 2.1. de estas reglas, en FONADE, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No. 13-19, Sala de recepción de ofertas, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal e) del presente numeral.

b. Para la recepción de ofertas se deberá, diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. De todas formas, el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta (sobres 1 y 2). El sobre contentivo de la oferta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y será abierto en la Audiencia de cierre de que trata el numeral 2.4.4.1.

c. Si el día y hora exactos previstos para la “finalización del término para presentar ofertas”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.

d. Una vez vencido el término para presentar ofertas, se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del oferente, fecha y hora de la presentación de la oferta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el número de folios, y las observaciones, si las hubiese.

e. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1369 de 2009 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación en el CRIF. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar ofertas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”, de acuerdo con el numeral 2.1 de esta reglas. Las ofertas recibidas a través de este medio serán registradas en el formato de registro diseñado por FONADE en presencia de los oferentes presentes al momento del cierre, luego de verificado el cumplimiento de su entrega en el CRIF antes de la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”.

Audiencias 2.4.4.1. Audiencia de Cierre El comité evaluador verificará el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para su presentación. En el evento de que se presenten más de tres (03) oferentes, FONADE en primera instancia, al azar, utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen (balota con mayor número, con menor número, etc.), para la consolidación de la lista de oferentes de entre las ofertas recibidas, estableciendo su respectivo orden, del cual solo se procederá a evaluar los requisitos mínimos exigidos a los primeros tres (03) oferentes. De llegar a presentarse empate entre los oferentes una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos, se dará aplicación a lo establecido en el numeral 2.4.7. En el evento que se presenten tres (3) o menos oferentes se omitirá la consolidación de oferentes pero se definirá un orden entre los mismos, para lo cual se utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen (balota con mayor número, con menor número, etc.), de llegar a presentarse empate entre los oferentes una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos, Se dará aplicación a lo establecido en el numeral 2.4.7.

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En el evento de evidenciar que la naturaleza de la póliza no corresponde al exigido en las presentes reglas, se dejará constancia de esta situación en el acta y el oferente tendrá un día hábil para presentar la póliza en las condiciones exigidas A continuación, se procederá a la apertura del Sobre No.2 (Oferta Económica) de las ofertas establecidas para continuar en el proceso, de acuerdo con lo indicado en los párrafos anteriores con el objeto de determinar el cumplimiento de las siguientes condiciones:

a. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa o dicho valor resultante de la verificación aritmética no sea superior al 100% del Presupuesto Total Oficial Estimado POE, señalado en el numeral 1.4, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.

b. En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.

c. En el evento en que el valor del Subtotal de la Consultoría e IVA, no corresponda al valor consignado en la casilla “valor total”, se procederá a su corrección a través de una hoja electrónica de cálculo Excel y se redondeará el valor total ajustado de conformidad con la metodología presentada en el numeral 1.9.

d. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa formato 07 o dicho valor resultante de la verificación aritmética, no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.

Concluido lo anterior se dará por terminada la audiencia de cierre. 2.4.4.2 Devolución de Documentos: A los oferentes que no hayan resultado en la lista de consolidación de oferentes y/o tengan una calificación de “no cumple” en las condiciones técnicas y/o hayan incurrido en una cualquiera de las causales de rechazo, les serán devueltos dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la audiencia de cierre a la devolución de los sobres No 1 y No. 2 sin abrir, previa solicitud por escrito realizada por el oferente. 2.4.5 Evaluación de las ofertas: El comité evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo establecido en las presentes reglas de participación. El comité evaluador recomendará al funcionario competente aceptar la oferta de contrato objeto del presente proceso de selección, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos mínimos. El procedimiento de evaluación de las ofertas se resume en el siguiente cuadro general:

REQUISITOS MÍNIMOS DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

Requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero (cuando aplique)

Cumple / No Cumple

Oferta económica Cumple / No Cumple

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2.4.5.1. Verificación de los requisitos mínimos El Comité Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias de carácter jurídico, técnico y económico para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración a las mismas. FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información. FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes REGLAS DE PARTICIPACIÓN, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité evaluador. A continuación se presentan los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico, y económico que deberán cumplir los oferentes. El contenido de cada uno de tales requisitos se desarrolla en el capítulo 3.

1. Requisitos de carácter jurídico: a. Formato No. 01 - Carta de presentación b. Acreditación de la existencia y representación legal - para personas jurídicas c. Certificado de Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales. d. Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación – RUP. e. Documento de constitución del consorcio o unión temporal (Si aplica). f. Garantía de seriedad de la oferta en original y el recibo de pago. g. Otros Documentos (ver numeral 3.2.1.7)

2. Requisitos de carácter técnico a. Formato No. 03 – Experiencia del Oferente b. Acreditación de la Experiencia Específica del Oferente

3. Oferta económica. a. Formato No. 07

En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación, por esta circunstancia, no será posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE se reserva el derecho de aceptar respuestas a aclaraciones hasta antes de publicar el Informe de verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero. Tratándose de los requisitos de carácter jurídico, financiero, técnico, la experiencia específica del oferente y los Requisitos de Experiencia específica del personal principal requerido, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de la misma. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismo términos aporte el oferente debe corresponder a los proyectos relacionados en la oferta, razón por la cual,

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no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de proyectos diferentes a los allí aportados. 2.4.5.2. Publicación del informe de evaluación de las ofertas y recomendación de

aceptación de la oferta – Observaciones a dicho informe

Una vez realizada la verificación de los requisitos mínimos de carácter económico, jurídico, técnico, de Experiencia específica del personal principal requerido y financiero, la Entidad procederá a la publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta en su página web (www.fonade.gov.co), según lo establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación. Dentro del término señalado en el numeral 2.1., podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes. Vencido el término para la presentación de observaciones el comité evaluador emitirá el documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación, el cual será publicado en la página web (www.fonade.gov.co), según lo señale el numeral 2.1 “Cronograma General”, de las presentes reglas de participación. 2.4.6 Causales de rechazo FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos:

a. Cuando el oferente no cumpla alguno de requisitos mínimos exigidos en las presentes reglas de participación.

b. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos, y el oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, que sea determinante para la evaluación, en los plazos y condiciones señalados por el Comité Evaluador.

c. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

d. Cuando FONADE, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos mínimos.

e. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas.

f. Cuando la oferta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en las presentes reglas de participación, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.

g. Cuando en la oferta económica impresa FORMATO 7, sea superior al 100% del valor total del presupuesto oficial estimado indicado en el numeral 1.4. de estas Reglas de Participación.

h. Cuando en la oferta económica impresa se presente algún valor en moneda extranjera.

i. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica y no evidencie con el documento

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pertinente que contaba al vencimiento del término para presentar ofertas, con la autorización expresa del órgano competente

j. En cualquier evento en que la Oferta sea inválida, contenga salvedades, excepciones, condicionamientos o contradiga las Reglas de Participación.

k. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales

l. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida o se modifique el representante del consorcio o unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

m. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta o cuando el objeto social no le permita la ejecución del objeto del proceso de selección.

n. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

o. Cuando el oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.

p. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en el literal e) del numeral 3.2.3.1.2

q. Cuando el oferente, persona natural o jurídica, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, sus cónyuges, compañeros o compañeras permanentes, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil, o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, hayan celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE que se encuentre dentro del plazo de ejecución o liquidación.

r. Cuando el oferente, alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

s. Cuando no presenta la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta

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2.4.7 Desempate de Ofertas En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 1. Experiencia específica del oferente: Si se presenta el empate entre dos o más

ofertas se aplicará el siguiente procedimiento: Se considerará como primero en el orden aquella que haya presentado en la sumatoria de contratos, el mayor valor de contratos expresados en SMMLV para el cumplimiento del requisito de que trata el numeral 3.2.3. No obstante en el evento en que dos o más oferentes para el cumplimiento del precitado requisito, acrediten contratos cuya sumatoria expresada en SMMLV supere 3.0 veces el POE, persistirá el empate entre estos y se aplicara la causal de desempate siguiente. NOTA: Para efectos de determinar el valor de los contratos aportados, en los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta el valor de acuerdo al porcentaje de participación del oferente en dicho consorcio o unión temporal.

2. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la oferta de bienes y servicios extranjeros. Para el presente proceso de selección, se tendrá como nacional aquella oferta en la cual el oferente individual sea de origen colombiano, y en caso de oferente plural, como mínimo el 51% de la participación de sus integrantes sea de origen colombiano.

3. De persistir el empate, se preferirá al oferente que acredite la condición de Mipyme nacional, sea oferente singular, o consorcio, unión temporal conformada únicamente por Mipymes nacionales. Si no se presenta la circunstancia antes enunciada y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme nacional, éste se preferirá

4. Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1.10 de las presentes reglas de participación. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicho requisito deberá ser cumplido por todos los integrantes. En el evento en que 2 o más oferentes acrediten el cumplimiento de la precitada disposición, persistirá el empate entre estos y se aplicará la causal de desempate siguiente.

5. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como instrumento de desempate el orden resultante del sorteo realizado en la Audiencia Pública de Cierre, es decir, aquel oferente que haya ocupado el primer lugar de dicho orden y haya dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos será al cual se le acepte la oferta, de no ser así se continuará con el oferente ubicado en el segundo lugar, si este tampoco cumple se recomendará a aquel oferente que ocupe el tercer lugar siempre y cuando de cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos.

2.4.8 Definición del proceso de selección. El presente procedimiento de Mínima Cuantía NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado. 2.4.9 Cancelación y Declaratoria de Fallido

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Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para cancelar el proceso de selección, el proceso podrá ser declarado fallido, entre otras, por las siguientes circunstancias cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta. b. No se presente ninguna oferta. c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de

rechazo. d. Habiéndose presentado más de una oferta, lista de oferentes, ninguna de ellas se

ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en estas reglas de participación.

2.4.10 Aceptación de la oferta de contrato La aceptación de la oferta y consecuente decisión de contratar por parte del ordenador de gasto, se podrá efectuar a través de un mensaje de datos, fax o cualquier otro procedimiento comercial aceptado.

2.5. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El oferente deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad.Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión y no suscribe el contrato, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación, o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matricula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la aceptación de la oferta y podrá contratar, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha, caso en el cual se podrá contratar con el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.

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CAPÍTULO TERCERO 3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA

3.1. CONDICIONES GENERALES

3.1.1 Modalidades de participación. Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley. 3.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la oferta Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las reglas de participación y sus anexos, publicados en la página web de FONADE. 3.1.2.1 Ofertas alternativas o parciales No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales. 3.1.2.2 Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación de la misma La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos: a. La oferta debe ser presentada en idioma castellano, escrita por cualquier medio

mecánico, numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio. La oferta, todos los documentos que la integran y la totalidad de la correspondencia remitida dentro del presente proceso de selección deberán estar redactados en idioma castellano. Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o que se prevea en las presentes reglas de participación.

b. La oferta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral.

c. La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.

d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido:

SOBRE No. 1: REQUISITOS MÍNIMOS

SOBRE No. 2: OFERTA ECONÓMICA IMPRESA. e. Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013

OBJETO: ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL,

AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

Sobre No: ___ Contenido: ______________________________

Oferente: ______________________________ Nit o C.C. del Oferente: _________________

Dirección, Ciudad, _____________ Teléfono: _____________

Fax: _____________ 3.1.3 Vigencia de la oferta. La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta por el término que se requiera. Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma.

3.2. REQUISITOS MÍNIMOS 3.2.1. Requisitos de carácter jurídico 3.2.1.1. Carta de presentación de la oferta De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, y avalada por un Ingeniero Civil o Arquitecto. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la matrícula o tarjeta profesional de este último. Cuando el oferente o su representante tengan la condición de Ingeniero Civil o Arquitecto, no será necesario el aval de otra persona con igual profesión. Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá:

a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar aceptada su oferta) y liquidarlo. Si

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la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 1925 de 2009 o si el representante legal tiene limitaciones delegadas de los estatutos sociales, el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.

b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante principal del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.

3.2.1.2. Acreditación de la existencia y la representación legal Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el finalización del término para presentar ofertas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá contar con el documento de autorización expresa del órgano competente desde el momento mismo de la presentación de la oferta. En el evento en que no se presente este documento con la oferta, el Comité Evaluador podrá solicitarlo, pero en todo caso la fecha de éste no podrá ser posterior a la de cierre del proceso. Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes. Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. 3.2.1.3. Certificado de Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes

Parafiscales.

Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la Finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones ó fotocopia de las planillas de pago en donde conste que se encuentra al día por este concepto para la fecha de cierre del presente proceso, el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad Promotora de Salud y y riesgos profesionales a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar. En el caso de que tenga personal a su cargo, deberá acreditar la correspondiente declaración juramentada (Ley 789 de 2002).

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En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. 3.2.1.4. Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación - RUP NO APLICA

3.2.1.5. Documentos de constitución del consorcio o unión temporal El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:

a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.

b. Designación del representante legal y copia de la cedula.

c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la

ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.

d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder, ni ser menor del 100%

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y pos contractual:

Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.

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Suscribir el contrato y sus modificaciones. Suscribir el acta de liquidación y notificarse del acta de liquidación

unilateral.

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección. Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita. El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante. Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar los literales a, b y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.4.6. 3.2.1.6. Garantía de seriedad de la oferta El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía consistente en póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida, que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del PRESUPUESTO TOTAL OFICIAL ESTIMADO, con una vigencia de 90 días contados a partir de la fecha indicada en el cronograma general para la “finalización del término para presentar ofertas”. La garantía debe ser tomada, en formato entre particulares, a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. De no ser presentada en formato entre particulares, el oferente tendrá un día hábil para realizar la subsanación solicitada en la audiencia de cierre. El oferente debe anexar el recibo de pago de la prima o documento equivalente que certifique el pago de la misma. So pena de dar aplicación de la causal de rechazo prevista en el numeral 2.4.6.

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3.2.1.7. Otros Documentos: En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Certificación Bancaria El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.

Registro Único Tributario – RUT. El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.

En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Registro Único Tributario – RUT. El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.

Certificación Bancaria El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.

Formato de creación de terceros Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral y el Nit. del Consorcio. 3.2.2.1 Formato de Creación de Terceros. El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: http://www.fonade.gov.co, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista: FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con lo siguiente:

Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar.

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NOTA: El Oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante su NO presentación no será causal de rechazo. FORMATOS 07A. y 11 Dentro del día hábil siguiente a la publicación de la carta de aceptación, el oferente a quien se haya aceptado la oferta deberá presentar diligenciado el Formato 07A y el Formato 11. Para ello deberá dar cumplimiento a las condiciones señaladas en el numeral 3.3 de las presentes reglas de participación y la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07 3.2.2.2 Requisitos de Carácter Financiero NO APLICA 3.2.3 Requisitos de carácter técnico 3.2.3.1. Formato No. 03 – Experiencia del Oferente El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES Y/O ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES La experiencia deberá ser acreditada con la ejecución de mínimo UNO (01) y máximo CINCO (5) CONTRATOS terminado en los últimos DIEZ años, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta.

Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a 2.5 VECES el valor del POE, expresado en SMMLV.

MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe ser de valor igual o superior

al 100% del POE expresado en SMMLV.

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MÍNIMO uno de los contratos aportados, deberá demostrar ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES Y/O ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES de por lo menos un área de 8700 m2.

Nota: Se entiende por Edificaciones aquellas construcciones fijas de carácter

permanente de uno o más pisos, públicas o privadas, cuyo uso es la ocupación por seres humanos, diferentes de bodegas de almacenaje, escenarios deportivos y parqueaderos. La experiencia específica podrá acreditarse con contratos en ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES Y/O ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES por el oferente individual o por cualquiera de los integrantes del oferente plural. En todo caso, el número de contratos con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso primero del presente numeral. Para demostrar la experiencia específica el oferente debe presentar con su oferta el Formato No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los proyectos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral. Los documentos del proyecto presentado y aportado con la oferta, que acrediten los relacionados en el Formato No. 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. La oferta deberá cumplir los requisitos mínimos antes señalados. 3.2.3.1.1. Acreditación de la Experiencia Específica del Oferente 4. Para acreditar la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas

señaladas en el numeral 3.2.3.1., el oferente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el supervisor del proyecto. La documentación que se presente para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:

a. Nombre del contratante. b. Nombre del contratista. c. Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta,

deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse copia del documento de constitución del consorcio, la unión temporal o la forma conjunta respectiva, o copia del contrato celebrado cuando en este consten tales porcentajes de participación.

d. Objeto del proyecto. e. Valor total del proyecto que se pretende acreditar. f. Lugar de ejecución. g. Fecha de inicio del proyecto. h. Fecha de terminación del proyecto i. En caso que se presente(n) certificación(es) o constancia(s) que contenga(n) más

de un proyecto, el oferente debe señalar claramente en su oferta, cual o cuáles de

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ellos aporta al proceso, que desde luego en ningún caso podrá ser superior al número de proyectos establecido en el numeral 3.2.3.1.

j. Constancia de cumplimiento a satisfacción del contrato, o recibo del informe final o del acta de recibo final o de terminación del contrato.

No se permite presentar auto-certificaciones, entendidas como:

Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia

experiencia. Cualquier certificación expedida por Consorcios en los cuales el oferente o los

integrantes del Consorcio o Unión Temporal hayan hecho parte. 3.2.3.1.2. Verificación de la Experiencia Específica del oferente La valoración de la experiencia específica del oferente se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando no cuente con más de cinco (5) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social. La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias del numeral anterior

b. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del consorcio, unión temporal, este deberá tener una participación igual o superior al 60% en el consorcio, unión temporal, en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en proyectos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación superior al 50% en el consorcio, unión temporal, en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución. De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal mínimo del 20% cada uno en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución

c. El valor total del o los proyectos ejecutados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del proyecto, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:

Cuando el valor del proyecto esté dado en dólares americanos (USD) se

convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.

Cuando el valor del proyecto esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de

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conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda.

d. El proyecto deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del

término para presentar ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del proyecto la del recibo del informe final o del acta de recibo final, suscrita por el contratante o su representante, o la de terminación del proyecto.

e. En los casos en que el proyecto o los proyectos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo al porcentaje de participación.

f. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la Consultoría.

g. No será considerada la experiencia adquirida en calidad de subcontratista. h. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con

ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES Y/O ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES, cuyo proyecto sea de propiedad del oferente o de cualquier integrante del consorcio o unión temporal que quiera acreditarla.

3.2.3.2. Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido 3.2.1.2.1. Relación del personal principal requerido

I. PERSONAL MINIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia General

Experiencia Específica

% de dedicación en la duración del contrato

Como/en: Número

de proyectos

Requerimiento particular

PERSONAL MÍNIMO PARA LA EJECUCIÓN DE LA CONSULTORIA (plazo 3 meses)

Director de Consultoría

Ingeniero Civil o

Arquitecto 8 Años

Director de consultoría y/o interventoría de consultoría, para

estudios y diseños de edificaciones y/o Actualización

de estudios y diseños de

edificaciones.

5

Mínimo uno de estos debe ser igual o superior al 50 % del presupuesto oficial estimado indicado en el numeral 4.1, en SMMLV a la fecha de su terminación.

30% durante la

ejecución de la consultoría

Especialista estructural

Ingeniero civil con estudio de posgrado en estructuras.

6 años

Especialista en estructuras para

proyectos de construcción y/o ampliación de

edificaciones que contengan análisis de estructuras o

patología estructural

4 N.A.

50% durante la

ejecución de la consultoría

3.2.1.2.2 Acreditación y Verificación de la experiencia específica del personal principal requerido

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CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 Página 33 de 62

Para efectos de la evaluación, el oferente deberá presentar, junto con su oferta, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el equipo de trabajo principal señalado en el numeral anterior. No obstante, el oferente a quien se le acepte la oferta deberá contar para la ejecución del objeto contractual, con la totalidad del equipo humano requerido, es decir el personal principal requerido (I) más el personal mínimo requerido (II) y todo aquel indicado en el numeral 4.8.1 de las presentes reglas de participación. La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones exigidas para el equipo de trabajo principal requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del personal principal requerido deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional vigente. (La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.) Y certificaciones de los contratos ejecutados o su respectiva acta de terminación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante que contenga como mínimo la siguiente información:

Nombre del contratante Nombre del contratista Objeto del proyecto Valor del proyecto Cargo desempeñado Fechas de inicio y terminación del proyecto Firma del personal competente

b. Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán

acompañarse de la traducción correspondiente.

c. La experiencia de los profesionales cuando se solicite, se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior. Para el caso de los profesional cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma o la certificación expedida por el ente de educación superior respectivo en donde conste la fecha de terminación y aprobación del pensum académico. Para el caso particular de los Ingenieros, la experiencia profesional sólo se computará a partir de la expedición de la Matrícula Profesional - autorización estatal del respectivo ejercicio. Únicamente para efectos de la contabilización del tiempo mínimo de experiencia del personal profesional ofertado para el presente proceso de selección, las fechas traslapadas serán contadas una sola vez.

d. En el caso en que el oferente o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal sea quien certifique la experiencia de alguno de los profesionales que presenta en la oferta por haber sido su contratante, deberá adjuntarse adicionalmente el respectivo contrato. Así mismo, Fonade se reserva la facultad de solicitar documentación adicional para verificar los requisitos de los profesionales.

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CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 Página 34 de 62

e. Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente

f. En caso que se presente(n) certificación(es) o constancia(s) que contenga(n) más de un proyecto, el oferente debe señalar claramente en su oferta, cuál o cuáles de ellos aporta al proceso, que desde luego en ningún caso podrá ser superior ni inferior al número de proyectos establecido en el numeral 3.2.3.1.2.

g. El valor total del o los proyectos ejecutados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del proyecto, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación.

3.3. OFERTA ECONÓMICA

El oferente debe formular su oferta económica exclusivamente en el Formato 07, mediante una hoja de cálculo de formato Excel, el cual deberá presentar en medio físico impreso y magnético, de acuerdo con las siguientes reglas:

Deberá discriminar claramente:

a. Sub-Total Consultoría b. IVA. c. Valor total Consultoría

3.3.1 VALOR TOTAL DE LA OFERTA. 3.3.1.1 La totalidad del personal requerido para la ejecución del objeto contractual de conformidad con el numeral 4.8.1., de las presentes reglas de participación. 3.3.1.2 Elaborarse utilizando la metodología del factor multiplicador, para lo cual deberá utilizar la guía adjunta al presente documento, (Anexo 08 - Metodología del factor multiplicador).

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3.3.1.3Un factor multiplicador que en ningún caso podrá ser inferior al mayor establecido en el presente proceso de selección, el cual solo deberá ser aplicado a los costos del personal requerido para la ejecución del contrato de 195.99%. 3.3.1.4 Expresar todos los valores en pesos colombianos. 3.3.1.5 Ajustar todos los valores al peso, es decir sin decimales. Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo indicada en las presentes reglas de participación. 3.3.1.6 El plazo de ejecución de la Consultoría señalado en el numeral 1.5. 3.3.1.7 La forma y el sistema de pago señalados en el capítulo cuarto de las presentes reglas de participación. 3.3.1.8. Las variables económicas que estime pertinentes, teniendo en cuenta la totalidad de las condiciones previstas en las presentes reglas de participación. Las variables deben tener en cuenta, así como las proyecciones que de ellas se realicen, para efectos de la formulación de la oferta económica, son de responsabilidad exclusiva del oferente y, por tanto, serán por su cuenta y riesgo las diferencias que puedan presentarse entre dichas proyecciones y el comportamiento real de las variables durante la ejecución del contrato. 3.3.1.9 Las condiciones y especificaciones técnicas del objeto de Consultoría, así como la información técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, materiales, etc. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público. 3.3.1.10 La totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección, serán de su cargo exclusivo. 3.3.1.11 Que el valor de la oferta económica NO puede ser superior al 100% del Presupuesto Total Oficial Estimado POE, señalado en el numeral 1.4. “Los siguiente numerales solo aplicaran una vez haya sido emitida la carta de aceptación” 3.3.1.12El valor total de la oferta económica impresa formato 07A o dicho valor resultante de la verificación aritmética no puede ser superior al 100% del presupuesto oficial estimado. 3.3.1.13 El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”. 3.3.1.14 El factor multiplicador no puede ser inferior al estimado como mínimo en las presentes reglas de participación (numeral 3.3.1.2). 3.3.1.15 A la oferta presentada en el Formato No 07A no se le puede aplicar el factor multiplicador a componentes diferentes del personal ofertado. 3.3.1.16 El factor multiplicador aplicado no puede ser diferente al valor impreso del Formato 11; en caso de lo contrario, se procederá por parte del oferente, si es el caso, a realizar la corrección aritmética de la oferta económica utilizando el valor impreso del factor multiplicador del Formato 11. En el evento en que no se haya diligenciado dicho valor, éste se determinará sumando los valores correspondientes a las filas identificadas con las letras A, B, C, D, E y F del Formato 11 y redondeado con dicha metodología. 3.3.1.17 El Formato 07A presentado por el oferente, de debe cumplir con las siguientes reglas:

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No puede omitir la cotización de alguna de las personas requeridas en el numeral 4.8.1.

No puede cotizar porcentajes de dedicación para el personal solicitado, inferiores a los requeridos en el numeral 4.8.1.

En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.

En el evento en que la sumatoria de los valores de personal profesional, personal técnico y auxiliar, otros e IVA, no corresponda al valor consignado en la casilla “valor total”, se procederá a su corrección a través de una hoja electrónica de cálculo Excel y se redondeará el valor total ajustado de conformidad con la metodología presentada en el numeral de Oferta Económica. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”.

Hará parte de la oferta económica, igualmente, la estimación del factor multiplicador, para lo cual el oferente deberá diligenciar y presentar el Formato No. 11, en medio físico y magnético. La estimación que realice el oferente del factor multiplicador deberá considerar la información presentada en el Anexo 1 adjunto a las presentes reglas de participación.

3.4. RECIPROCIDAD En los términos señalados en la Ley 816 de 2003, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las Ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii). Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la Certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad.

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CAPÍTULO CUARTO 4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES

4.1. OBJETO

El objeto del contrato es la ejecución, por parte de EL CONSULTOR, de la ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en las presentes reglas de participación, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la oferta presentada por EL CONSULTOR, así como también, las condiciones y especificaciones técnicas del contrato objeto de consultoría todo lo cual hace parte integral del contrato. Las reglas de participación y adendas referidas en esta cláusula se entienden incorporadas al contrato aún cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, las reglas de participación y este contrato, y de otra, la oferta presentada por EL CONSULTOR, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre las reglas de participación y el presente contrato, prevalecerá el contenido de aquellas. La descripción técnica detallada y completa del proyecto está contenida en el documento de estudios previos.

4.2. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

El plazo, valor, condiciones, cambios, ajustes, aclaraciones, entre otras, establecidas en el contrato inicial, procederán a través de las modificaciones contractuales suscritas por las partes. Sin autorización escrita de FONADE, previo concepto de la Supervisión, el CONSULTOR no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del contrato. En el evento en que lo haga perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de la modificación y será responsable de los daños que por esa acción le cause a FONADE y/o el ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP, sin perjuicio de la obligación de ejecutar el contrato en las condiciones previstas. El contratista deberá manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prórrogas, suspensiones, otrosí, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan mayor valor; en caso de que el contratista suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumplirá lo acordado sin que haya lugar a mayores valores o pago adicional alguno.

4.3. PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL

El plazo previsto para la ejecución del contrato es el señalado en el numeral 1.5, contado a partir de la suscripción del acta de inicio.

4.4. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO

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a) Perfeccionamiento del contrato, el cual se da con la suscripción del contrato por las partes contratantes.

b) Registro presupuestal efectuado por FONADE. c) Aprobación de FONADE de la garantía entregada por EL CONSULTOR. d) La acreditación por EL CONSULTOR y el SUPERVISOR que todo el personal

necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa o retraso por parte de EL CONSULTOR a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar.

4.5. CONDICIÓN RESOLUTORIA La ejecución del contrato se encuentra condicionada a la suscripción del acta de inicio correspondiente, al contrato objeto de la Consultoría. De esta circunstancia se dejará constancia en las actas de inicio que suscribirán las partes de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4. En caso de que la condición no acaeciere dentro de los seis (6) meses siguientes a la suscripción del contrato de Consultoría se entenderá fallida y el mismo se dará por terminado anticipadamente, situación que no generará obligaciones ni pagos a favor de EL CONSULTOR.

4.6. VALOR El valor del contrato corresponderá a la suma por la cual sea aceptada la oferta, la cual incluye todos los gastos, costos, impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato.

4.7. FORMA DE PAGO FONADE pagará al CONSULTOR el valor por el cual le fue aceptada la oferta, teniendo en cuenta el cumplimiento y avance en la ejecución del contrato objeto de Consultoría así: ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS Un primer pago del 30% del valor de la consultoría, al primer mes vencido, contra la entrega y recibo a satisfacción por la interventoría y FONADE de los siguientes productos: • Recopilación información existente y consultas previas. • Propuesta de actualización de estudios • Actualización, verificación o complementación de las memorias de cálculo del diseño y modelo de la estructura, revisadas y aprobadas por el interventor y la supervisión. • Actualización, verificación o complementación de la validación geotécnica de las alternativas de reforzamiento, revisados y aprobados por el interventor y la supervisión. Un segundo pago del 30% del valor de la consultoría, al segundo mes vencido, contra la entrega y recibo a satisfacción por la interventoría y FONADE de los siguientes productos: • Actualización, verificación o complementación de los planos y diseños

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estructurales, revisados y aprobados por el interventor y la supervisión. • Actualización, verificación o complementación de estudios y diseños hidrosanitarios y eléctricos, revisados y aprobados por el interventor y la supervisión. Un tercer pago del 30% del valor de la consultoría, al tercer mes vencido, contra la entrega y recibo a satisfacción por la interventoría de los siguientes productos: • Actualización, verificación o complementación Presupuesto, especificaciones y programación de obra, revisada y aprobada por el interventor y la supervisión. • La aprobación por parte de FONADE de la totalidad de la actualización, verificación o complementación estudios y diseños y la radicación del proyecto ante la Curaduría Urbana. Un último pago del 10% del valor de la consultoría, contra la obtención de la licencia para el reforzamiento estructural, entrega y recibo a satisfacción del informe final, aprobación por parte de la Subgerencia de Contratación de FONADE de la póliza de calidad de los servicios y liquidación del contrato de consultoría. Cada solicitud de pago deberá ir con la cuenta de cobro o factura, informe del avance y porcentaje de consultoría ejecutado, informes de los proyectos contemplados en el plazo correspondiente a la cuenta de cobro, las demás obligaciones establecidas en el contrato y las requeridas por el Supervisor del Contrato. 4.7.1 Sistema de pago El sistema de pago del contrato es por precio global fijo sin fórmula de ajuste. En consecuencia, el precio previsto en el numeral 4, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación de la totalidad del equipo de trabajo del CONTRATISTA; desplazamiento, transporte y almacenamiento de materiales, herramientas y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para CONTRATISTA y, en general, todos los costos en los que deba incurrir el CONTRATISTA para la cumplida ejecución del contrato. FONADE no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el CONTRATISTA en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución del contrato y que fueron previsibles al momento de la presentación de la propuesta. 4.7.2 Requisitos de pago Los pagos y el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Deberán ser refrendados por el Supervisor en los formatos que FONADE suministre

para el efecto. b. La acreditación por parte de EL CONSULTOR al Supervisor de que todo el personal

necesario para la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de

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seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día

c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.

d. Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.

e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL CONSULTOR, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.

f. Presentación de los informes y productos requeridos al CONSULTOR debidamente aprobados por el Supervisor del contrato.

Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por FONADE.

4.8. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del Manual de la actividad precontractual, contractual y postcontractual de derecho privado de Fonade, del Estatuto Anticorrupción, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, y de aquellas contenidas en otros apartes de las presentes reglas de participación y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, y las siguientes: 4.8.1 Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual. Presentar al supervisor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.

I. PERSONAL MINIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cant Cargo a

desempeñar Formación Académica

Experiencia General

Experiencia Específica % de dedicación

en la duración

del contrato

Como/en: Número de proyectos

Requerimiento particular

PERSONAL MINIMO PARA LA EJECUCION DE LA CONSULTORIA (plazo 3 meses)

1 Director de Consultoría

Ingeniero Civil o

Arquitecto 8 Años

Director de consultoría y/o interventoría de

consultoría, para estudios y

diseños de edificaciones

y/o Actualización de estudios y diseños de

edificaciones.

5

Mínimo uno de estos debe ser igual o superior al 50 % del presupuesto oficial estimado indicado en el numeral 4.1, en SMMLV a la fecha de su terminación.

30%

durante la ejecución

de la consultoría

1 Arquitecto

Arquitecto 4 años

Arquitecto diseñador en

3 N.A. 15%

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I. PERSONAL MINIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cant Cargo a desempeñar

Formación Académica

Experiencia General

Experiencia Específica % de dedicación

en la duración

del contrato

proyectos de construcción y/o ampliación de edificaciones

durante la ejecución

de la consultoría

1 Especialista estructural

Ingeniero civil con estudio de posgrado en estructuras.

6 años

Especialista en estructuras para

proyectos de construcción y/o ampliación de edificaciones

que contengan análisis de

estructuras o patología estructural

4 N.A.

50% durante la ejecución

de la consultoría

1 Especialista

en Geotecnia

Ingeniero civil o de

fundaciones con estudio de posgrado en

geotecnia

4 años

Especialista en geotecnia para

proyectos de construcción y/o ampliación de edificaciones

3 N.A.

15% durante la ejecución

de la consultoría

1 Especialista Hidráulico

Ingeniero Civil o sanitario con posgrado en el área hidráulica

4 Años

Especialista en hidráulica, para proyectos de

construcción y/o ampliación de edificaciones

3 N.A

15% durante la ejecución

de la consultoría

1 Especialista

Eléctrico

Ingeniero Eléctrico o electricista

4 años

Especialista en diseño de instalaciones eléctricas, para proyectos de construcción y/o ampliación de edificaciones

3 N.A

15%

durante la ejecución

de la consultoría

1 Profesional Costos y

Presupuesto

Ingeniero Civil o Arquitecto con estudios

en gerencia de obras o

proyectos.

4 años

Profesional de costos y presupuesto, para proyectos de construcción y/o ampliación de edificaciones

3 N.A

20% durante la ejecución

de la consultoría

1 Dibujante Dibujante o Delineante

3 años N.A. N.A N.A

100%

durante la ejecución

de la consultoría

1 Auxiliar de Ingeniería

Estudiante Ingeniería Civil

1 años N.A. N.A N.A

30%

durante la ejecución

de la consultoría

1 Topógrafo Topógrafo 3 años N.A. N.A N.A

30%

durante la ejecución

de la consultoría

2 Cadenero N.A. N.A. N.A. N.A N.A

30%

durante la ejecución

de la consultoría

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CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 Página 42 de 62

El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual los oferentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su propuesta económica. En caso de incumplimiento por parte de EL CONSULTOR en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes. Los soportes para acreditar las condiciones mínimas exigidas deberán sujetarse a las siguientes condiciones:

a. Para los profesionales del equipo de trabajo, se deberá presentar la respectiva matrícula o tarjeta profesional. La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.

b. Para el caso particular de los Ingenieros, la experiencia profesional sólo se computará a partir de la expedición de la Matrícula Profesional - autorización estatal del respectivo ejercicio.

c. Los postgrados se acreditarán mediante la copia de los diplomas respectivos o de las actas de grado. Igualmente, podrán ser acreditados mediante certificados en los que conste la obtención del título.

d. La experiencia general y específica se acreditarán mediante certificaciones o actas de liquidación o cualquier otro documento proveniente del contratante, el interventor o supervisor en el conste la ejecución del proyecto y que contenga como mínimo, la siguiente información: - Nombre del contratante - Nombre del contratista - Objeto del proyecto - Valor del proyecto - Cargo desempeñado - Fechas de inicio y fecha de terminación del proyecto

1 Contar con los profesionales o técnicos que se requieran para cumplir

cabalmente el contrato, además del personal mínimo exigido. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FONADE.

2 Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente.

3 Garantizar que el personal mínimo requerido será el utilizado para la ejecución del contrato. Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el CONSULTOR vincula un reemplazo de cualquiera de ellos por uno de menores calidades, o de menor experiencia general o específica a las soportadas en el proceso de selección que, sin embargo, cumpla con las exigencias mínimas establecidas en las reglas de participación, se impondrá un descuento a cargo del CONSULTOR y a favor de FONADE, correspondiente al 0.1% del valor del contrato por cada día de permanencia del personal que no reúne las condiciones ofrecidas en la propuesta. En caso de presentarse la ausencia injustificada, durante la ejecución del contrato, de uno o algunas de las personas que conforman el equipo de trabajo principal, por cada día, procederá la aplicación de las multas previstas.

4 Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo, el personal profesional ofrecido, exigido y necesario. En caso de que el CONSULTOR requiera cambiar alguno de los profesionales y demás

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personal ofrecido y/o presentado, este deberá tener un perfil igual o superior al exigido en las reglas de participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el equipo de trabajo principal. En todo caso, el supervisor deberá aprobar, previamente, el reemplazo.

5 Dedicar el personal mínimo requerido en el sitio de obra y contar con la disponibilidad de trabajo de acuerdo con el cronograma de ejecución del proyecto y las necesidades del mismo. Igualmente se deberá tener disponibilidad de personal para atender emergencias, para esta actividad se informará al supervisor sobre el personal disponible, junto con los teléfonos y direcciones donde se puedan ubicar.

6 Asumir, por su cuenta y riesgo, el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y honorarios de todo el personal que ocupe en la ejecución la Consultoría, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de tal personal con FONADE, ni responsabilidad en los riesgos que se deriven de esa contratación.

7 Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve su personal o sus subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.

8 Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del

objeto contractual será objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.

4.8.2 Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, LA CONSULTORIA deberá presentar, para aprobación del supervisor del contrato:

4.8.2.1 Organización de los trabajos

a. El organigrama general del proyecto debe contener:

Frente de trabajo mínimo requerido.

Las líneas de mando y coordinación.

Los niveles de decisión.

El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la oferta y requerido para la ejecución de los trabajos.

Las funciones del personal que interactuará con FONADE y el CONSULTOR durante la ejecución del contrato.

Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.

Al organigrama general deberá anexarse un documento en el que EL CONSULTORIA manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.

b. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato. Corresponde a un documento en el que se realice una descripción detallada de la metodología a seguir para la ejecución de la consultoría, frentes de trabajo y actividades del proyecto.

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La metodología para la ejecución de la consultoría deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el CONSULTOR, FONADE y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos.

Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, así como el plan de manejo de seguridad industrial, salud ocupacional y la vinculación del personal no calificado de la región incluyendo las personas en condición de desplazamiento.

En el documento es necesario precisar:

Características sobresalientes de la metodología ofertada para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de Consultoría.

Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.

Mecanismos para analizar, evaluar e implementar los rendimientos propuestos para ejecutar la Consultoría en el plazo contractual, los registros e informes de la interventoría.

EL CONSULTOR deberá utilizar un software ágil y compatible con el actual software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con FONADE.

4.8.3 Obligaciones de carácter particular Corresponderá al CONSULTOR controlar, exigir, y verificar la construcción del proyecto objeto de consultoría velando por los intereses de FONADE, atendiendo criterios de menor costo, menor tiempo y mayor calidad. Para el manejo técnico, administrativo y de control presupuestal de los contratos de CONSULTORIA aplicará la organización, procedimientos y metodología de FONADE referentes al manejo, trámite y cumplimiento de las actividades durante la ejecución y terminación de los contratos, de acuerdo con el manual de Consultoría. El CONSULTOR constatará su legalización, verificará su amparo presupuestal, conocerá y accederá a los documentos inherentes a su realización y verificará la aprobación de las garantías que correspondan. Adicional a las obligaciones contenidas en el anexo 01, se deberán tener en cuenta las siguientes: 4.8.3.1. Responder, en los términos previstos en la legislación tanto por el cumplimiento

de las obligaciones derivadas del contrato de CONSULTORIA, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen daño o perjuicio a LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP, derivados de la celebración y ejecución del contrato respecto del cual haya ejercido o ejerza las funciones de CONSULTORIA.

4.8.3.2. Adelantar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por FONADE

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CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013 Página 45 de 62

sobre las obligaciones a cargo del contratista. 4.8.3.3. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la

ejecución contractual. 4.8.3.4. EL CONSULTOR, su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente

hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, deberá abstenerse de celebrar contratos de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE, durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del presente contrato.

4.8.3.5. EL CONSULTOR deberá garantizar que el contratista de obra desarrolle y cumpla con las fases y actividades definidas en el alcance durante el desarrollo del contrato.

4.8.3.6. Verificar el alcance del componente de obra del contrato, revisar, verificar, validar y aprobar todos los estudios y diseños realizados por el contratista.

4.8.3.7. Verificar que sean adoptadas por el contratista de obra las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.

4.8.3.8. Mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato. En el evento de que EL CONSULTOR no informe oportunamente de un posible incumplimiento del contrato objeto de consultoría, parcial o total, de alguna de las obligaciones a cargo del contratista de obra, será solidariamente responsable con éste de los perjuicios que se ocasionen con el incumplimiento por los daños que le sean imputables al interventor.

4.8.3.9. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

4.8.3.10. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.

4.8.3.11. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y terminación del contrato.

4.8.3.12. Dar cumplimiento en un todo al Plan y cargas de trabajo, entregadas por FONADE junto con las reglas de participación. En caso de realizar ajuste a los mismos, deberá presentar la justificación que soporta dicha solicitud y la respectiva propuesta, siempre y cuando esta no sea de inferior calidad, requerimientos y obligaciones.

4.8.4 Obligaciones específicas de la consultoría para el proyecto

Adicionalmente y considerando el alcance de las actividades a desarrollar en el proyecto, el Área de Estudios Previos considera conveniente incorporar las siguientes obligaciones específicas: Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por la consultoría y el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acarreará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.

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4.8.5 Obligaciones de carácter técnico

. Cumplir con el personal requerido solicitado en el numeral 4.8.1; además de las condiciones técnicas generales y específicas para la correcta ejecución del objeto contractual del presente proceso. 4.8.6 Obligaciones de carácter administrativo Sin perjuicio de aquellas otras obligaciones establecidas en el manual de consultoría de FONADE y en las presentes reglas de participación, serán obligaciones de carácter administrativo a cargo del CONSULTOR, las siguientes: 4.8.6.1 Consultar con la subgerencia de contratación de FONADE las inquietudes de

orden legal que se presenten en relación con la ejecución del contrato. 4.8.6.2 Elaborar y suscribir el acta de inicio de ejecución del contrato de Consultoría,

previo el cumplimiento de los requisitos necesarios para ello. 4.8.6.3 Asistir a todas las reuniones que se celebren en el sitio de ejecución de las

actividades o en las instalaciones de FONADE relacionadas con los trabajos objeto de la Consultoría y elaborar y suscribir las actas correspondientes, garantizando que las mismas sean suscritas por todas las personas que hayan intervenido.

4.8.6.4 Elaborar y entregar los documentos en los plazos establecidos de acuerdo al numeral 2.1 de las presentes reglas de participación; adicionalmente presentar los informes que le sean requeridos por FONADE para mantener actualizada la información sobre el desarrollo del contrato.

Responder, en los términos previstos en la legislación colombiana por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de Consultoría

4.9. OBLIGACIONES DE FONADE Son obligaciones de FONADE las siguientes:

1. Pagar el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas. 2. Ejercer la supervisión general del contrato. 3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en

el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del contratista de Consultoría.

4.10. SUPERVISIÓN

La supervisión del contrato será ejecutada por el Gestor del Convenio No. 212076, quien de manera permanente realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado. En particular el supervisor ejercerá las siguientes funciones: a) Aprobar la solicitud de desembolso que el CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente contrato. b) Verificar que el contratista se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal. c) Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados. d) Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su cumplimiento.

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e) Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual. PARÁGRAFO: El supervisor del contrato está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.

4.11. CLÁUSULA PENAL DE APREMIO En caso de mora o retrasos por parte de EL CONSULTOR en la ejecución de sus obligaciones contractuales o deficiencia o inconsistencia en la ejecución de las mismas, FONADE podrá hacer efectiva a EL CONSULTOR por cada semana de retraso, la clausula penal de apremio, por un valor equivalente al 2.0% del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, la Supervisión verificará semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo de EL CONSULTOR, de acuerdo con lo señalado en las reglas de participación, especificaciones técnicas, oferta presentada por EL CONSULTOR y cláusulas del contrato. Para efectos de que EL CONSULTOR cancele los valores por concepto de cláusula penal de apremio no se requiere que FONADE lo constituya en mora, el simple retardo imputable a EL CONSULTOR dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral. EL CONSULTOR autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL CONSULTOR o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar.

4.12. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo de EL CONSULTOR después de terminado el plazo de ejecución, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título de pena, por un monto equivalente hasta por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, razón por la cual, FONADE tendrá derecho a obtener de EL CONSULTOR el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL CONSULTOR autoriza a FONADE a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena

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pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las modificaciones al valor del mismo.

4.13. PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA Y/O DE LA CLAUSULA PENAL DE APREMIO:

a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONSULTOR, FONADE lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de la supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONSULTOR en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) En desarrollo de la audiencia, el Subgerente de Contratación o su designado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONSULTOR en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal de EL CONSULTOR o a quien lo represente, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad. c) Hecho lo precedente, mediante comunicación motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia, FONADE procederá a decidir sobre la imposición o no de la clausula penal de apremio y/o pecuniaria. Contra la decisión así proferida EL CONSULTOR podrá presentar descargos dentro de los tres (3) días siguientes a su envío. La decisión sobre los descargos será comunicada por FONADE por escrito. d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, El Subgerente de Contratación o su designado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. FONADE podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.

4.14. COMPENSACIONES Para efectos de valores a favor de FONADE, referentes a cláusula penal de apremio, y cláusula penal pecuniaria procederá la compensación.

4.15. GARANTÍAS El CONSULTOR deberá constituir a favor de FONADE y LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, o una garantía bancaria expedida por un establecimiento bancario establecido en Colombia, en formato para entidades particulares, que otorgue los siguientes amparos:

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO

ESTIMACIÓN DEL RIESGO

VIGENCIA RESPONSABLE

Cumplimiento 30% del valor del

contrato Vigente por el plazo de ejecución

del contrato y ocho (8) meses Contratista

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TIPIFICACIÓN DEL RIESGO

ESTIMACIÓN DEL RIESGO

VIGENCIA RESPONSABLE

mas

De Salarios, prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales

5% del valor del contrato

Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.

Calidad del Servicio 30% del valor del

contrato

Vigente por tres (3) años contados a partir de la

suscripción del acta de recibo final.

4.15.1Término para su entrega El CONSULTOR entregará a FONADE, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral, junto con el recibo que acredite el pago de la misma, con excepción de la de calidad de los servicios, la cual se otorgará por EL CONSULTOR a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo del informe final, previo recibo a satisfacción de la totalidad de la obra objeto de la CONSULTORIA. Las garantías deben contener la manifestación por parte del asegurador que las mismas se encuentran cubiertas por un reasegurador inscrito en la Superintendencia Financiera de Colombia. FONADE se reserva el derecho de solicitar la certificación por parte del reasegurador que contenga dicha manifestación. En caso de que EL CONSULTOR no entregue dentro del plazo antes señalado las respectivas. 4.15.2 Requisitos generales En las póliza deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista. Los amparos de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales y calidad del servicio deben ser constituidos, en su oportunidad, a favor de FONADE Y/O LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA ESAP. La aprobación por parte de la Sugerencia de Contratación de FONADE de dichas pólizas es condición previa para realizar el último pago del contrato. El hecho de la constitución de las garantías previstas en la presente cláusula no exonera a EL CONSULTOR de las responsabilidades contractuales y legales en relación con los riesgos asegurados. 4.15.3 Suficiencia de las garantías EL CONSULTOR debe mantener en todo momento de vigencia del contrato la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL CONSULTOR deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, EL CONSULTOR deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y/o de recibo a satisfacción de las obras objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, será de cargo exclusivo de EL CONSULTOR.

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4.16. CESIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato se celebra en consideración a las calidades de EL CONSULTOR; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.

4.17. CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO Los derechos económicos del contrato, no podrán cederse en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.

4.18. SUBCONTRATOS En el evento en que EL CONSULTOR subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, podrá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. No obstante lo anterior, EL CONSULTOR continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En consecuencia no hay lugar a solidaridad entre FONADE y EL CONSULTOR y/o terceros

4.19. CONOCIMIENTO DEL CONSULTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Se entiende por las partes que EL CONSULTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la CONSULTORIA. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo.

4.20. OMISIONES Cualquier omisión, error o vicio en los documentos e información técnica de la Oferta, que al momento del estudio para la presentación de la misma debió advertir EL CONSULTOR, o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la Oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la ejecución serán asumidos íntegramente con su patrimonio y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.

4.21. INDEMNIDAD

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EL CONSULTOR mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo obligaciones de carácter tributario, costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONSULTOR en el desarrollo de este contrato. EL CONSULTOR se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la celebración, ejecución y terminación del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito a EL CONSULTOR. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONSULTOR se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito a EL CONSULTOR, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del CONSULTOR todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor de EL CONSULTOR, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.

4.22. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.

4.23. PERFECCIONAMIENTO El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes

4.24. REQUISITOS DE EJECUCIÓN Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere de la suscripción del acta de inicio de acuerdo con lo establecido en el plazo y condiciones del acta de inicio, previa verificación de:

1. Expedición del registro presupuestal efectuado por FONADE 2. Aprobación por parte de FONADE de las garantías entregadas por el

CONSULTOR. 3. Suscripción del acta de inicio del contrato de CONSULTORIA.

Para el cumplimiento del requisito referente a la entrega de las garantías, EL CONSULTOR dispone de tres (03) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato.

4.25. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

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Con la suscripción del presente contrato el CONSULTOR autoriza expresamente a FONADE para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al CONSULTOR, en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga; b) Por disolución de la persona jurídica del CONSULTOR, o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de FONADE c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONSULTOR, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato; d) Cuando el CONSULTOR, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a FONADE los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello; e) Cuando el CONSULTOR, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; f) Cuando del incumplimiento de las obligaciones se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; g) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, el CONSULTOR no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; h) Cuando el CONSULTOR abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de FONADE, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; i) Cuando el CONSULTOR ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de FONADE sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; j) Cuando el CONSULTOR incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del CONSULTOR en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del CONSULTOR o de alguna de sus filiales); k) Cuando el miembro de la oferta conjunta que aportó el certificado de gestión de calidad se retire y no sea reemplazado de conformidad con lo señalado en el presente contrato o cuando pierda vigencia dicho certificado durante la ejecución del contrato; l) Por mutuo acuerdo; m) Por orden legal judicial; ñ) Por las demás causas dispuestas en la ley. Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al CONSULTOR por parte de FONADE; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma. Igualmente el CONSULTOR tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por FONADE hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente el CONSULTOR no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta.

4.26. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO De conformidad con el Manual de la Actividad Precontractual, Contractual y Postcontractual de Derecho Privado de FONADE, debe formalizarse la terminación y cierre de la ejecución del contrato con la suscripción por parte del supervisor del contrato, con un Acta de Cierre en la cual se consigne el cumplimiento del objeto contractual y de

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las condiciones contractuales. En caso de que se verifique el incumplimiento del contratista o la existencia de obligaciones pendientes derivadas del objeto contractual, deberá adelantarse el procedimiento de cierre y liquidación de los contratos derivados y de funcionamiento establecido en la Entidad, en el que se deje constancia de tales circunstancias y se consagren de manera clara, expresa y exigible las obligaciones y/o actividades pendientes a cargo del contratista.

4.27. PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EL CONSULTOR manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONSULTOR autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONSULTOR se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.

4.28. CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA EL CONSULTOR adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONSULTOR, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni

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otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONSULTOR acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONSULTOR. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONSULTOR en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.

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FORMATO 01 CARTA DE PRESENTACIÓN Señores: FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE. Calle 26 No. 13-19 Bogotá D.C. El suscrito __________________________________ de conformidad con lo requerido en las Reglas de Participación de la CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013, cuyo objeto es contratar la “ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ”, presento oferta y solicito ser evaluado para la celebración del contrato objeto del presente proceso. En caso de resultar aceptada la oferta presentada me(nos) comprometo(emos) a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y de las reglas de Participación. Declaro(amos) así mismo: 1. Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas aquí, tiene participación en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha oferta. 2. Que hemos estudiado las Reglas de Participación y demás documentos, así como las condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en dichos documentos. Así mismo, manifestamos que FONADE facilitó de manera adecuada y de acuerdo con nuestras necesidades la totalidad de la información técnica requerida para la elaboración de la oferta, garantizando siempre la reserva de la misma. 3. Que nuestra oferta cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos del proceso. 4. Que declaro (amos) bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente documento, que no existe información engañosa, inexacta o que falte a la verdad en la documentación que conforma la oferta, y por ello acepto las consecuencias jurídicas y aquellas dispuestas en las Reglas de Participación que conlleven la contravención de mi (nuestra) parte a esta manifestación. 5. Que, en caso de resultar aceptada nuestra oferta, nos comprometemos a ejecutar la totalidad del objeto del contrato respectivo. 6. Que entendemos que el valor del contrato, conforme está definido en los documentos de las Reglas de Participación, incluye la totalidad de los impuestos, tasas o contribuciones de cualquier orden, directas o indirectas que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como todos los costos directos e indirectos que se causen por labores de administración y las utilidades del contratista. 7. Que realizamos bajo nuestra responsabilidad, las inspecciones necesarias al sitio donde se desarrollará el proyecto, y conocemos las condiciones técnicas del sitio

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especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y los demás aspectos donde se desarrollará el proyecto. 8. Que el (los) abajo firmante(s), obrando en nombre y representación del oferente manifiesto (amos) que me (nos) obligo(amos) incondicionalmente a firmar y ejecutar el contrato, en los términos y condiciones previstos en las Reglas de Participación. 9. Que en caso de ser aceptada la oferta presentada para la celebración del contrato derivado del presente proceso, me comprometo a suscribir y perfeccionar el contrato en los plazos previstos en las Reglas de Participación del presente proceso. 10. Que de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Participación, adjunto se anexa la documentación requerida en la forma en que la entidad la solicita en el numeral 3.1.4. Que, a solicitud del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE, me (nos) Obligo (amos) a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la oferta. 12. Que conozco detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riegos sociales, de orden público, normativos, climáticos, ambientales, técnicos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto que asumo los resultados económicos de los mismos. 13. Que nuestra oferta se encuentra DEBIDAMENTE LEGAJADA Y FOLIADA, y cuenta con un total de ____ folios y que la oferta económica (Formato 07), la presentamos en medio magnético en formato Excel, de acuerdo con lo requerido en el numeral 3.3.de las presentes reglas. 14. Que he (hemos) leído y por lo tanto conocemos el Anexo 11 (PACTO SOBRE ÉTICA PÚBLICA Y PRIVADA EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL) cuyos preceptos compartimos y propiciaremos. 15. Que ni el oferente, ni las personas naturales o jurídicas, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, que integran el oferente plural, ni sus cónyuges, compañeros o compañeras permanentes, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil, o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, han celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE que se encuentre dentro del plazo de ejecución o liquidación Así mismo bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta declaro (amos),

a. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo con que se ejecutara la CONSULTORIA, incurso(s) en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales.

b. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de

trabajo con que se ejecutara la consultoría, incurso(s) en conflicto de interés con causa o con ocasión de la presentación de esta oferta, ni por la celebración del contrato del que llegue(mos) a ser adjudicatario(s).

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c. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo con que se ejecutara la Consultoría en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

d. Que la información contenida en la oferta es verídica y que asumimos total

responsabilidad frente a FONADE cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes.

Esta oferta es presenta por __________ con cedula de ciudadanía No. _______ y quien firma la carta de presentación y no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con el FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE. El (Los) abajo firmante(s) declaro(amos) que he(mos) recibido todos los documentos y anexos descritos en las Reglas de Participación, así como las adendas a las mismos. De ustedes atentamente, NOMBRE DEL OFERENTE: _____________________________

CIUDAD: DIRECCIÓN: TELÉFONOS: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: NIT: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO:

______________________________ CEDULA DE CIUDADANÍA: __________________ TELÉFONO CELULAR: __________________

FIRMA: ______________________________ NOMBRE DEL PROFESIONAL QUE AVALA LA OFERTA:

______________________________ CIUDAD: DIRECCIÓN: TELÉFONOS: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: CEDULA DE CIUDADANÍA: M.P. / T.P.: FIRMA: _____________________________

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE FORMATO 03 EXPERIENCIA DEL OFERENTE OBJETO: ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 029-2013

No Contratista Porcentaje de Participación

Entidad contratante o Propietaria

Localización Objeto Área Construida (m2)

Valor del Contrato ejecutado a la terminación ($)

Valor del Contrato ejecutado a la terminación (SMMLV)

Fecha de Terminación dd/mm/aaaa

1

2

3

4

5

6 N.A.

7 N.A.

Notas:

1 El contenido del presente formato no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad. 2 Deberá relacionar en conjunto máximo las certificaciones indicadas en el numeral 3.2.3.1.

3 Registre el objeto de la experiencia específica del oferente, tal como aparece en el respectivo soporte. No relacione experiencia ni actividades que no estén debidamente soportadas.

4 La experiencia relacionada en ese formato debe contar con la totalidad de los soportes solicitados en las reglas de participación.

5 Al resultado de la operación matemática que se realice para hacer la conversión del valor del contrato en pesos al Salario Mínimo Legal Vigente (SMMLV) se le aplicará el procedimiento de redondeo indicado en el numeral 1.9.

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FORMATO 04 PERSONAL PRINCIPAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL

Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE

Objeto: ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

Proceso de Selección: MCC 029-2013

Oferente:

Cargo a Desempeñar:

Nombre:

Profesión:

Matrícula No.: Fecha Expedición

Experiencia Específica Soportada

No. Objeto del Proyecto Aportado Tipo de

Proyecto Cargo

desempeñado Vr

Contrato Fecha Inicio

Fecha Terminación

1

2

3

4

5

6

Nota: El oferente deberá diligenciar este formato para cada uno de los integrantes del personal principal requerido para la ejecución del objeto contractual establecido en el numeral 3.2.3.2.1. de las Reglas de Participación.

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE

ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

FORMATO 07 – OFERTA DE PRECIO GLOBAL CONSULTORIA – MCC 029 – 2013

NOMBRE DEL OFERENTE:

REPRESENTANTE LEGAL:

DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA:

TELÉFONOS: FAX:

E-MAIL:

SUBTOTAL CONSULTORIA $

IVA 16% $

VALOR TOTAL CONSULTORIA $

Valor en letras:

Firma y nombre del Representante Legal de la firma Oferente o su delegado:

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FORMATO 07A PROPUESTA ECONÓMICA MCC 029-2013 OBJETO: ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

OFERTA ECONOMICA

OFERENTE:

PERSONAL PROFESIONAL

CONCEPTO A B C D E F

Personal Profesional

CANTIDAD SUELDO MES BÁSICO

% DEDICACIÓN F.M. % VALOR MES (AxBxCxD)

No. DE MESES

TOTAL PARCIAL (ExF)

SUBTOTAL COSTO PERSONAL PROFESIONAL (1)

PERSONAL TECNICO

Personal Técnico

CANTIDAD SUELDO MES BÁSICO

% DEDICACIÓN F.M. % VALOR MES (AxBxCxD)

No. DE MESES

TOTAL PARCIAL (ExF)

SUBTOTAL COSTO PERSONAL TÉCNICO (2)

OTROS COSTOS DIRECTOS

OTROS COSTOS DIRECTOS UND CANTIDAD VR. UNITARIO TOTAL

SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3)

RESUMEN GENERAL

COSTO TOTAL (1+2+3)

IVA 16%

VALOR TOTAL

Nota: “Dentro del día hábil siguiente a la publicación de la carta de aceptación, el oferente a quien se haya aceptado la oferta deberá presentar diligenciado el Formato 07A y el Formato 11. Para ello deberá dar cumplimiento a las condiciones señaladas en el numeral 3.3 de las presentes reglas de participación y la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”

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FORMATO 11 CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR MCC 029-2013 OBJETO: ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR

ÍTEM DESCRIPCIÓN %

A Salario Básico (Nómina Total Mensual)

B Prestaciones Sociales

-

-

C Sistema de Seguridad Social Integral

-

-

D Otros

-

Subtotal B+C

Subtotal A+B+C+D

ÍTEM DESCRIPCIÓN %

E Costos Indirectos

E1 Gastos Generales

-

-

E2 Impuestos, timbres, perfeccionamiento

-

Subtotal (E1+E2)

ÍTEM DESCRIPCIÓN %

F Honorarios (incluye Gastos contingentes)

FACTOR MULTIPLICADOR (A+B+C+D+E+F)

Nota: “Dentro del día hábil siguiente a la publicación de la carta de aceptación, el oferente a quien se haya aceptado la oferta deberá presentar diligenciado el Formato 07A y el Formato 11. Para ello deberá dar cumplimiento a las condiciones señaladas en el numeral 3.3 de las presentes reglas de participación y la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”