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FASE IV DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DE LA SUBCUENCA DE LA LAGUNA DE ZAPOTLÁN, JALISCO DOCUMENTO PARA LA CONSULTA PÚBLICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO

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SEMADES i UAQ

Fase IV del Programa de Ordenamiento Ecológico de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán,

Jalisco

Documento para la Consulta Pública

Índice

IV. MODELO DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO 2

A. VISIÓN PARA EL MODELO DE ORDENAMIENTO 2 B. UNIDADES DE GESTIÓN AMBIENTAL Y POLÍTICAS 2 C. CRITERIOS DE REGULACIÓN ECOLÓGICOS POR UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL 5

V. EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL OET: SISTEMA DE INDICADORES 64

A. ANTECEDENTES 64 B. MANEJO ADAPTATIVO, SUSTENTABILIDAD E INDICADORES 64 C. INDICADORES: CONSIDERACIONES GENERALES 66 D. INDICADORES AMBIENTALES DE ZAPOTLÁN 68 E. CONSTRUCCIÓN DE LOS INDICADORES PARA EL OET 69

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 2 UAQ

Fase IV del Programa de Ordenamiento Ecológico de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán,

Jalisco

Documento Para la Consulta Pública

I. MODELO DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

El modelo de ordenamiento ecológico está compuesto por una serie de elementos que lo

conforman en su conjunto: la visión de desarrollo de la región, un conjunto de Unidades de

Manejo Ambiental (UGAs), políticas para cada una de éstas, lineamientos ecológicos que

interpretan la política e indicadores de cumplimiento. A partir de los resultados del diagnóstico

ambiental integrado y la discusión del segundo taller se llegó a una visión para construir el

modelo de ordenamiento:

A. Visión para el modelo de ordenamiento

Se propone la siguiente visión para el modelo de ordenamiento:

“La cuenca de la Laguna de Zapotlán, es un territorio ordenado, donde se cuenta con políticas

públicas y normatividad que permite la conservación del patrimonio natural, humano, social y

monumental y donde la participación social se basa en una sociedad con valores morales y éticos

que contribuyen a la conservación y uso racional de sus recursos naturales promoviendo una

educación y cultura ambiental. La cuenca se caracteriza por la oferta de servicios turísticos de

calidad, y desarrollo de ecotecnias de bajo impacto ambiental, que permiten impulsar una

producción agropecuaria sustentable. Prevalece el capital de desarrollo endógeno, que se

equilibra con inversiones seleccionadas de tipo exógeno, manteniendo la identidad y arraigo de

sus pobladores”.

B. Unidades de Gestión Ambiental y Políticas

Las Unidades de Gestión Ambiental se diseñaron de manera original a partir de criterios

fisiográficos y de paisaje. Posteriormente se añadieron las observaciones realizadas en el segundo

taller para un primer ajuste. Una vez hecho lo anterior, las UGAs nuevamente se ajustaron con

respecto a criterios prácticos de manejo territorial estipulados por la SEMADES y las autoridades

municipales. El resultado final, o modelo de ordenamiento ecológico se presenta en la Figura 1

Se definieron un total de 50 UGAs para la cuenca. Para cada una de las unidades de Gestión se

plantea una política ambiental cuyas definiciones tienen como inspiración los principios de la Ley

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 3 UAQ

General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y lo estipulado en el Manual de

Ordenamiento Ecológico de la Semarnat (ver Cuadro 1). En principio, las políticas se retoman del

Ordenamiento Ecológico del Territorio del estado de Jalisco. Posteriormente, estas políticas

fueron analizadas en el segundo taller y se propusieron nuevas políticas adecuadas a la escala y

realidad de la región sin contravenir las disposiciones estatales.

Cuadro 1. Unidades de Gestión Ambiental definidas para el modelo de ordenamiento y sus

políticas.

UGA Política de Manejo de la Uga

401 Conservación

402 Conservación

403 Aprovechamiento

404 Aprovechamiento

405 Conservación

406 Conservación

407 Aprovechamiento

408 Aprovechamiento

409 Conservación

410 Conservación

411 Conservación

412 Aprovechamiento

413 Aprovechamiento

414 Aprovechamiento

415 Restauración

416 Aprovechamiento

417 Aprovechamiento

418 Aprovechamiento

419 Aprovechamiento

420 Conservación

421 Aprovechamiento

422 Conservación

423 Aprovechamiento

424 Conservación

425 Aprovechamiento

426 Conservación

427 Conservación

428 Restauración

429 Restauración

430 Aprovechamiento

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 4 UAQ

UGA Política de Manejo de la Uga

431 Aprovechamiento

432 Restauración

433 Aprovechamiento

434 Restauración

435 Conservación

436 Protección

437 Restauración

438 Aprovechamiento

439 Restauración

440 Conservación

441 Conservación

442 Conservación

443 Aprovechamiento

444 Aprovechamiento

445 Conservación

446 Conservación

447 Conservación

448 Conservación

449 Protección

450

451

Protección

Protección

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SEMADES 5 UAQ

C. Criterios de Regulación Ecológicos por Unidad de Gestión Ambiental

En él se consigna un resumen de los Criterios de Regulación Ecológicos establecidos para las

distintas UGAs con claves de referencia. En el Cuadro 3 se plasma un resumen de las UGAs y

sus Estrategias (objetivos) y lineamientos (metas) ambientales. En el anexo 1 se presenta un

conjunto de fichas que consignan la política general de la UGA, la adecuación numérica de las

UGAs de acuerdo a la nomenclatura operativa de la Semades, los objetivos generales con

respecto al escenario posible determinado en los talleres (cuando así se determinó), los usos del

suelo condicionados y los Criterios de Regulación Ecológicos. En la Figura 1 se presenta el

modelo de ordenamiento resultante.

Cuadro 2. Criterios de Regulación Ecológica por sector para el OET de la Cuenca de Zapotlán,

Jal.

Clave Descripción

Conservación (Co)

Co01 Promover la reforestación de la UGA con especies nativas de todo tipo de

estrato.

Co02 Incentivar la conservación de la UGA a través de Unidades de Manejo

Ambiental o cualquier otro instrumento formal de conservación como lo pueden

ser Planes de Manejo de Áreas Naturales Protegidas, los Planes de Manejo

Forestal, los Planes Rectores de Microcuencas o los Planes de Desarrollo Rural

Sustentable, asegurando la participación ciudadana conforme los lineamientos

que tienen estos instrumentos.

Co03 Promover técnicas de manejo e infraestructura para la conservación de suelo y

agua, tanto las oficiales sancionadas por Semarnat y Sagarpa, como otras

sugeridas por instituciones académicas y tecnológicas nacionales o

internacionales.

Co04 Promover la rotación de cultivos dentro de la UGA.

Co05 Incentivar los trabajos de conservación con prácticas agrosilvícolas integradas.

Co06 Incentivar programas agroforestales que deriven en el pago por servicios

ambientales.

Co07 Realizar prácticas de preservación del bosque de pino-encino.

Co08 Fomentar el establecimiento de un fideicomiso ambiental para dar seguimiento

al cumplimiento de las metas de las UGAs.

Co09 Fomentar el establecimiento de viveros, tanto de encino como de pino.

Co10 Promover auditorías ambientales dentro de la UGA.

C011 Dar seguimiento a la normatividad federal, estatal y municipal en materia

ambiental a través de inspecciones periódicas, sobre todo la relacionada a

materia forestal.

Co12 Cualquier actividad que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá seguir los

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SEMADES 6 UAQ

Clave Descripción

criterios y lineamientos establecidos en el programa de manejo del Área Natural

Protegida.

Co13 Cualquier actividad que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá seguir los

criterios y lineamientos establecidos en el programa de Protección, Conservación

y Manejo del Sitio Ramsar Laguna de Zapotlán.

Co14 Promover la declaratoria de Área Natural Protegida Estatal, en su modalidad de

Formación Natural de Interés Estatal, bajo los supuestos de los artículos 42,43,

44 Fracc. II y 48 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al

Ambiente del Estado de Jalisco.

Co15 Promover la declaratoria de Área Natural Protegida de tipo Municipal.

Co16 Promover la declaratoria de los cauces como Àrea Natural Protegida de tipo

Municipal con el fin de fomentar corredores biológicos.

Co17 Fomentar las prácticas de uso de horticultura y herbolaria.

Co18 Desarrollar prácticas de conservación de los arroyos de la UGA, protegiendo la

vegetación de galería de la misma, empleando las técnicas que se puntualizan en

el anexo 3.

Co19 En los arroyos intermitentes se deberá favorecer el establecimiento y no

remoción del estrato herbáceo dentro de los cauces de la UGA.

Co20 Cualquier obra que interrumpa los escurrimientos naturales de competencia

federal deberá contar con la autorización de la CNA o la Semarnat en el ámbito

de sus competencias.

Co21 Sin menoscabo en lo establecido en la Norma Ambiental NAE-SEMADES-

006/2005 que establece los criterios y especificaciones técnicas ambientales para

el diseño y la planeación de carreteras y caminos de competencia estatal en

Jalisco, la construcción de caminos deberá evitarse dentro de las zonas ribereñas

y de inundación.

Co22 Sin menoscabo en lo establecido en la Norma Ambiental NAE-SEMADES-

006/2005 que establece los criterios y especificaciones técnicas ambientales para

el diseño y la planeación de carreteras y caminos de competencia estatal en

Jalisco, el diseño de ingeniería de caminos sobre cauces deberá discutirse dentro

de la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente dependiendo de las

atribuciones federales, estatales o municipales.

Co23 Para la restauración de áreas deforestadas se deberá promover el establecimiento

de estratos de vegetación de modo que favorezca el desarrollo de la estructura

del ecosistema original.

Co24 Los cultivos de frutales deberán considerar en su diseño el establecimiento de

zonas de amortiguamiento de vegetación riparia en las zonas aledañas de los

cauces. Este diseño deberá ser incluido en los lineamientos del estudio de

cambio de uso de suelo forestal para que proceda la autorización

correspondiente.

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SEMADES 7 UAQ

Clave Descripción

Co25 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar

auditorías o inspecciones en las Áreas Naturales Protegidas para vigilar el

cumplimiento de las restricciones de los programas de Manejo. Una copia de los

reportes de dichas inspecciones deberá ser enviada al Comité Técnico del POET

y ser incorporada a la bitácora ambiental del POET

Co26 En UGAs con política de Conservación y Protección la autorización para el

cambio de uso del suelo1 estará condicionado a la presentación de una

Manifestación de Impacto Ambiental federal, estatal o municipal y a la

presentación de un “Estudio Técnico Justificativo Federal para cambio de uso

del suelo”. En todo caso el diseño del proyecto en cuestión deberá garantizar la

continuidad de los procesos físicos y biológicos de la UGA y presentar las

garantías que establecen las legislaciones ambientales de los tres órdenes de

gobierno al respecto.

Co27 En UGAs con políticas de conservación y restauración, los proyectos referidos al

lineamiento Co26 sólo podrán emplear el 40% de la superficie del predio para la

actividad propuesta y fomentar la restauración o conservación del predio con

especies forestales originales del sitio.

Co28 En los cauces poco profundos (< 30 cm) de la UGA deberán evitarse cualquier

actividad, y deberá favorecerse el establecimiento de una zona de

amortiguamiento que incluya, a partir del límite de la zona federal, al menos 5

m a cada lado del cauce.

Co29 Se deberá elaborar un programa de restauración del sitio en conjunto con las

autoridades estatales y federales.

Co30

Co31

Se deberá dar seguimiento periódico a la calidad del agua y del suelo dentro de

los límites del área de inundación de la laguna de Zapotlán.

A partir de la zona federal se deberá de proteger el margen de los causes, ríos,

arroyos y escurrimientos (ley de aguas nacionales) poner el doble de la distancia

que se protege en la ley.

1 La remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales.

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SEMADES 8 UAQ

Clave Descripción

Co32

Co33

Co34

No se permite verter residuos no tratados al cuerpo de agua

Cualquier actividad que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá seguir los

criterios y lineamientos establecidos en el Programa de manejo del Parque

Nacional Volcán Nevado de Colima.

Cualquier actividad que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá seguir los

criterios y lineamientos establecidos en el Programa de Aprovechamiento del

Parque estatal Bosque Mesófilo Nevado de Colima.

Industria (In)

In01 El establecimiento de industrias estará condicionado a las disposiciones del

Reglamento Estatal de Zonificación.

In02 Se deberá vigilar el cumplimento de la legislación ambiental con referencia a

establecimientos industriales dentro de la UGA respetando las atribuciones

federales, estatales y municipales correspondientes.

In03 Para su establecimiento, cualquier tipo de desarrollo inmobiliario, de servicios o

industrial en la UGA requerirá de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)

respetando las atribuciones federales, estatales y municipales correspondientes.

In04 La dotación de servicios, equipamiento e infraestructura en la UGA será siempre

a cargo del empresario, constructor o promotor del desarrollo de una instalación

o establecimiento industrial. Los servicios referidos son los siguientes:

Agua potable. Con factibilidad del servicio emitido por la Comisión Estatal del

Agua de Jalisco (CEA) para todo el desarrollo y por conducto de toma

domiciliaria y con garantía de cumplimiento de la NOM-127-SSA1-1994 Salud

ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y

tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización y la NOM-

179-SSA1-1998, Vigilancia y evaluación del control de calidad del agua para

uso y consumo humano, distribuida por sistemas de abastecimiento público.

Aguas residuales y drenaje. A través de conexión al albañal (descarga

domiciliaria) y con garantía de cumplimiento de la NOM-002-Semarnat-1996

que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas

de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal; o, en su

caso, fosa séptica si la Comisión Estatal del Agua de Jalisco (CEA) lo aprueba y

en cumplimiento de la NOM-001-Semarnat-1996 y la NOM-006-Conagua-1997

fosas sépticas – especificaciones y métodos de prueba.

Aguas pluviales. Que cuente con drenes marginales para la eliminación de las

aguas pluviales excedentes con áreas disponibles para la disposición de Plantas

de Tratamiento de Aguas Residuales de conformidad con lo establecido por la la

Comisión Estatal del Agua de Jalisco (CEA).

Energía eléctrica. Debe contar en la vialidad de acceso al terreno y cumplir con

la normatividad que establece la Comisión Federal de Electricidad y empleando

preferentemente el uso de energías alternativas en los esquemas de cogeneración

que tiene la Comisión Federal de Electricidad.

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SEMADES 9 UAQ

Clave Descripción

Alumbrado público. Según necesidades del Conjunto Urbano normadas por cada

municipio de la cuenca.

Vialidad. Debe contar con vialidad de acceso al terreno.

Guarniciones. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a la normatividad

aplicable del estado de Jalisco.

Pavimentación en vialidades. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a

la normatividad aplicable para el estado de Jalisco, las normas que marca la

Secretaría de Desarrollo Social –en todas sus modalidades- y contar con la

aprobación y validación de las Dirección de Obras Públicas municipales de la

cuenca.

Telefonía. De acuerdo a la factibilidad del servicio

Gas. Se requiere para habitar el desarrollo de conformidad con la validación y

aprobación de las direcciones de Protección Civil municipales.

Seguridad. Se deberá presentar un proyecto de seguridad validado y aprobado

por las Dirección de Seguridad Pública municipal correspondiente.

Transporte Público. Acuerdo con la dirección de Tránsito Municipal

correspondiente para la provisión del servicio.

Limpia y disposición de residuos sólidos urbanos. Contar con la aprobación y

visto bueno de la dotación de servicio de recolección de basura y disposición

final de residuos por parte de la autoridad municipal y estatal correspondientes.

Mobiliario Urbano. Deberá desarrollarse conforme a los lineamientos

establecidos por la Secretaría de Desarrollo Social y tomando en consideración

el empleo de materiales de bajo costo de mantenimiento, diseño sustentable e

integrados a los lineamientos de imagen urbana que las autoridades municipales

establezcan.

In05 Para cualquier desarrollo en la UGA en la MIA correspondientes se deberá

demostrar cómo el desarrollador proverá de servicios, equipamiento e

infraestructura para el desarrollo industrial dentro de la UGA.

In06 El desarrollador deberá presentar las garantías suficientes a manera de seguros o

fianzas para asegurar las condicionantes provistas en los resolutivos de impacto

ambiental que emitan las autoridades correspondientes de acuerdo a las

previsiones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al

Ambiente y la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

del Estado de Jalisco de acuerdo a las atribuciones correspondientes.

In07 Se deberá dar fomento al establecimiento de industrias que incorporen técnicas y

procesos productivos con bajo impacto ambiental.

In08 Los establecimientos industriales deberán presentar los planes de manejo de

residuos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los

Residuos, la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco y sus

reglamentos así como lo que establece la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES—007/2008 que establece los criterios y especificaciones técnicas

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 10 UAQ

Clave Descripción

bajo las cuales se deberá realizar la separación, clasificación, recolección

selectiva y valorización de los residuos en el estado de Jalisco. Se dará prioridad

en la gestión y respuesta a aquellos Planes que se incorporen al Sistema

Intermunicipal de Manejo de Residuos (SIMAR).

In09 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar

auditorías o inspecciones a los productores industriales con referencia al manejo

de sus residuos conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley

General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley de Gestión

Integral de los Residuos del Estado de Jalisco y sus reglamentos así como lo que

establece la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES—007/2008 que

establece los criterios y especificaciones técnicas bajo las cuales se deberá

realizar la separación, clasificación, recolección selectiva y valorización de los

residuos en el estado de Jalisco.

In10 Las autoridades ambientales federales, estatales y municipales, en el ámbito de

sus competencias, deberán inspeccionar a los productores industriales con

respecto al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas que regulan los

límites de emisión de contaminantes a la atmósfera (NOM-035-ECOL-1993,

NOM-043-ECOL-1993) y de calidad de agua (NOM-001-Semarnat-1996 y

NOM-002-Semarnat-1996) así como de las obligaciones administrativas que las

empresas tengan en materia de emisiones a la atmósfera y descarga de aguas

residuales.

In11 Se deberá promover la auditoría ambiental voluntaria para las industrias dentro

de la UGA

In12 Las industrias sólo podrán establecerse en UGAs calificadas como de fragilidad

baja.

In13 Toda industria que se pretenda instalar en la UGA deberá contar con una franja

perimetral de aislamiento para el conjunto de sus instalaciones dentro del mismo

predio, en la cual no se permitirá ningún tipo de desarrollo de infraestructura, a

excepción de accesos, pudiéndose utilizar esta franja para fines forestales, de

cultivo o ecológicos. El ancho de esta franja de aislamiento se determinará según

lo señalado en el artículo 42 del Reglamento Estatal de Zonificación.

In14 Para el otorgamiento de la licencia de construcción municipal y dependiendo del

tamaño de lote que se trate, todo proyecto deberá requisitar la documentación

señalada en los diversos incisos del numeral 4.2 de la Norma Ambiental Estatal

NAE-SEMADES-005/2005 que establece los criterios técnico ambientales para

la selección, planeación, forestación y reforestación de especies arbóreas en

zonas urbanas del estado de Jalisco y seguir las indicaciones de dicha norma. En

caso de proyectos industriales en terrenos de más de 2,500 m2 la documentación

de referencia de la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-005/2005 deberá

presentarse a manera de anexo dentro de la MIA correspondiente.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 11 UAQ

Clave Descripción

In15 Se deberá apoyar el desarrollo de iniciativas empresariales locales que busquen

la utilización innovadora de recursos naturales.

In16 Se deberán otorgar facilidades para el establecimiento de empresas que

coadyuven al logro de la seguridad alimentaria del Estado.

In17 Se deberá promover el encadenamiento productivo al interior de la cuenca.

In18 Se deberá promover el establecimiento de pequeñas agroindustrias considerando

los productos locales.

In19 Promover la autorregulación mediante las certificaciones de calidad, producción

y manejo.

In20 Se deberá desalentar la instalación de establecimientos industriales.

In21 Se deberá desalentar la instalación de equipamiento e infraestructura de apoyo a

la industria en UGAs de Conservación y Protección.

In22 Las industrias que empleen como insumo en su sistema productivo el gas

natural, aquellas relacionadas con el sector energético o de generación de energía

eléctrica deberán presentar invariablemente una Manifestación de Impacto

Ambiental (MIA) en su modalidad regional. Dentro de dicha MIA, y como parte

de la evaluación de impactos, se deberá presentar una sección de análisis de

riesgo ecológico, con base en las guías o lineamientos de la “Environmental

Protection Agency” de Estados Unidos (EPA/630/R-95/002F; 1998). Los

resultados de dicho análisis deberán verse reflejados en la sección de Mitigación

de Impactos para el otorgamiento del resolutivo correspondiente en materia de

Impacto Ambiental por parte de las autoridades Federales. Adicional a la MIA,

se deberá presentar invariablemente un estudio de riesgo en su modalidad de

actividad altamente riesgosa de acuerdo a los lineamientos y guías establecidos

por las autoridades federales en la materia.

Minería (Mi)

Mi01 Todo aprovechamiento de materiales pétreos y bancos de material deberán

seguir los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones técnicas

de operación y extracción de bancos de material geológico en el estado de

Jalisco.

Mi02 Sin menoscabo y adicional a los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental

Estatal NAE-SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y

especificaciones técnicas de operación y extracción de bancos de material

geológico en el estado de Jalisco, la autorización o incremento de las cuotas de

explotación de materiales pétreos sólo podrá otorgarse si se presenta una

Manifestación de Impacto Ambiental y un estudio de Riesgo Ambiental que

incluya de manera clara el programa de explotación del banco y el programa de

abandono productivo a los que hace alusión la Norma Ambiental Estatal NAE-

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 12 UAQ

Clave Descripción

SEMADES-002/2003; las características, manejo y almacenamiento de material

no empleado; y la construcción o adecuación de accesos. En caso de ser

favorable, el resolutivo correspondiente deberá condicionarse a que el

promovente otorgue una garantía (fianza) que cubra los costos del Programa de

Abandono Productivo y, en su caso, de restauración del banco conforme a las

estipulaciones de la NOM-EM-138-ECOL-2002, que establece los límites

máximos permisibles de contaminación en suelos afectados por hidrocarburos, la

caracterización del sitio y procedimientos para la restauración, previo a la

terminación del proceso administrativo con la autoridad reguladora de la

extracción dentro de la UGA con base en el o los programas propuestos dentro

del programa de Abandono Productivo y en lo establecido en el artículo 10

fracción VII inciso f) del Reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico

y la Protección al Ambiente del Estado de Jalisco en materia de impacto

ambiental, explotación de bancos de material geológico, yacimientos pétreos y

de prevención y control de la contaminación a la atmósfera generada por fuentes

fijas en el estado de Jalisco.

Mi03 Sin menoscabo de los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental Estatal

NAE-SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones

técnicas de operación y extracción de bancos de material geológico en el estado

de Jalisco, para la autorización de la renovación de las cuotas de explotación, el

promovente deberá acompañar su solicitud de un Programa de Abandono

Productivo con base en los criterios de la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES-002/2003 y presentar una garantía ambiental (fianza) que cubra

tanto los costos de restauración o del cumplimiento de dichos programas dentro

de la UGA como la restauración del banco, en su caso, conforme a las

estipulaciones de la NOM-EM-138-ECOL-2002, que establece los límites

máximos permisibles de contaminación en suelos afectados por hidrocarburos, la

caracterización del sitio y procedimientos para la restauración, previo a la

terminación del proceso administrativo con la autoridad reguladora de la

extracción dentro de la UGA y deberá cumplir con lo establecido en el artículo

10 fracción VII inciso f) del Reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Jalisco en materia de

impacto ambiental, explotación de bancos de material geológico, yacimientos

pétreos y de prevención y control de la contaminación a la atmósfera generada

por fuentes fijas en el estado de Jalisco.

Mi04 Sin menoscabo de los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental Estatal

NAE-SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones

técnicas de operación y extracción de bancos de material geológico en el estado

de Jalisco, todo proyecto minero deberá contemplar como medida ambiental

compensatoria la restauración de cinco veces la superficie afectada, ya sea in situ

o exsitu, para que se autorice el permiso correspondiente de explotación ya sea

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 13 UAQ

Clave Descripción

nuevo, por renovación o ampliación.

Mi05 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar

auditorías o inspecciones mínimamente una vez al año a los productores mineros

con referencia al manejo de sus residuos conforme a los lineamientos y

procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral

de los Residuos, la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco

y sus reglamentos así como lo que establece la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES—007/2008 que establece los criterios y especificaciones técnicas

bajo las cuales se deberá realizar la separación, clasificación, recolección

selectiva y valorización de los residuos en el Estado de Jalisco.

Mi06 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar

auditorías o inspecciones mínimamente una vez al año a los productores mineros

con referencia al cumplimiento de la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones técnicas

de operación y extracción de bancos de material geológico en el estado de

Jalisco y, en su caso, las condicionantes que hayan establecido en su

autorización la SEMARNAT o la SEMADES en el ámbito de sus competencias.

Mi07 Sin menoscabo de los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental Estatal

NAE-SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones

técnicas de operación y extracción de bancos de material geológico en el Estado

de Jalisco, las actividades mineras deberán cumplir con las Normas Oficiales

Mexicanas que regulan los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera

(NOM-035-ECOL-1993, NOM-043-ECOL-1993) y de calidad de agua (NOM-

001-Semarnat-1996 y NOM-002-Semarnat-1996)

Mi08 Se deberá promover el otorgamiento estímulos fiscales a los promoventes que

cuenten con un programa de restauración efectivo auditado y certificado por las

autoridades municipales y estatales.

Mi09 Sin menoscabo de los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental Estatal

NAE-SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones

técnicas de operación y extracción de bancos de material geológico en el Estado

de Jalisco, las actividades mineras se deberán restringir a las zonas de mayor

degradación de la UGA (suelos desnudos).

Mi10 Se deberá dar fomento a que los programas de educación tecnológica y

profesional referentes a la minería incluyan créditos de innovación tecnológica y

ambiental para el sector.

Mi11 En caso de actividades mineras de competencia de la federación, estas deberán

sujetarse a la normatividad ambiental federal y a lo establecido en la NOM-

ECOL-120-1997.

Mi12 Se deberá desalentar el establecimiento y la autorización ambiental para la

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 14 UAQ

Clave Descripción

explotación, exploración y beneficio de concesiones mineras de competencia

federal y aprovechamientos mineros de competencia estatal, en UGAs con

políticas de Protección y Conservación de acuerdo a lo establecido en los

artículos 27 y 115 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, a

los Artículos 27 fracción IV y, en su caso 20, de la Ley Minera; Arts. 58 y 117

de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y, cuando corresponda, al

Art. 59 de la Ley Agraria.

Mi13 Las actividades de beneficio minero definidas como tales en la Ley Minera

realizadas fuera de las áreas de exploración y explotación se considerarán como

actividad industrial y aplicarán los criterios de regulación ecológica “In”.

Mi14 Los sitios de trabajo o trituración para preparación de minerales o sustancias

reservadas para la federación establecidos fuera del área de la concesión minera

deberán contar con una Manifestación de Impacto Ambiental Federal y un

Estudio Técnico Justificativo para cambio de uso del suelo para su autorización.

En la Evaluación de Impacto Ambiental correspondiente se deberá detallar y

explicitar las medidas de control de la contaminación atmosférica por emisión de

polvos, los mecanismos para el cumplimiento de los límites de emisión de

contaminantes a la atmósfera (NOM-035-Semarnat-1993, NOM-043-Semarnat-

1993) y las medidas cautelares para el control de erosión del almacenamiento a

cielo abierto de materiales. En caso de ser autorizado el proyecto, y como parte

de las condicionantes del resolutivo correspondiente, el titular de la concesión

minera o responsable del proyecto, deberá presentar un seguro ambiental por la

vigencia útil de las operaciones por los posibles daños ambientales por efecto de

contaminación atmosférica o de lixiviado de materiales. La Procuraduría Federal

de Protección al Ambiente deberá realizar inspecciones periódicas al menos una

vez al año a estos proyectos para verificar el cumplimiento de las condicionantes

respectivas.

Mi15 En el caso de las actividades de Exploración y Explotación previstas en la Ley

Minera, para el otorgamiento o renovación de la licencia ambiental única estatal

y la licencia de funcionamiento municipal, los titulares de las concesiones

mineras deberán presentar una fianza a favor del fideicomiso ambiental estatal, o

en su defecto el gobierno del estado, que cubra la totalidad de los costos de las

actividades de restauración que indican los numerales 4.1.23 al 27 de la NOM-

Semarnat-120-1997.

Mi16 Las Manifestaciones de Impacto Ambiental federales para la exploración o

explotación de minerales o sustancias reservadas a la federación; o estatal, en el

caso de materiales pétreos en sitios con pendientes mayores al 20% y sin

menoscabo de los criterios y lineamientos de la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES-002/2003, que establece las condiciones y especificaciones técnicas

de operación y extracción de bancos de material geológico en el Estado de

Jalisco, deberán contener un estudio específico de los procesos erosivos del sitio,

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 15 UAQ

Clave Descripción

así como una sección en donde se detallen las medidas de ingeniería ambiental

para el control de la erosión y la protección de cauces o arroyos permanentes o

intermitentes. En caso de ser autorizados, los resolutivos correspondientes

estarán condicionados a la presentación de un seguro ambiental (en el caso

federal) o una fianza a favor del Fideicomiso Ambiental por la vigencia de la

licencia ambiental única federal y estatal que cubra los posibles daños

ambientales por efecto de incremento en las tasas de erosión ladera y cuenca

abajo del proyecto que se trate así como los posibles daños a arroyos y cauces.

Asentamientos Humanos y Vivienda (AhVi)

AhVi01 Cualquier desarrollo inmobiliario o de vivienda deberá respetar las normas de

los Planes de Desarrollo Urbano de los municipios de Zapotlán el Grande y

Gómez Farías al municipio que corresponda, las disposiciones del Reglamento

Estatal de Zonificación y, para su autorización, deberán seguir los principios del

Código de Edificación de Vivienda emitido por la Comisión Nacional de

Vivienda.

AhVi02 Cualquier tipo de desarrollo inmobiliario o de servicios nuevos en la UGA

requerirá de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo a las

modalidades y términos de referencia que emitan las autoridades de los tres

órdenes de gobierno en el ámbito de sus competencias.

AhVi03 La dotación de servicios, equipamiento e infraestructura urbana en la UGA será

siempre a cargo del desarrollador. Los servicios, equipamiento e infraestructura

se refiere a los siguientes rubros establecidos por la Comisión Nacional de

Vivienda:

Agua potable. Con factibilidad del servicio emitido por la Comisión Estatal del

Agua de Jalisco (CEA) para todo el desarrollo y por conducto de toma

domiciliaria y con garantía de cumplimiento de la NOM-127-SSA1-1994 Salud

ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y

tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización y la NOM-

179-SSA1-1998, Vigilancia y evaluación del control de calidad del agua para

uso y consumo humano, distribuida por sistemas de abastecimiento público.

Aguas residuales y drenaje. A través de conexión al albañal (descarga

domiciliaria) y con garantía de cumplimiento de la NOM-002-Semarnat-1996

que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las

descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o

municipal; o, en su caso, fosa séptica si la Comisión Estatal del Agua de Jalisco

(CEA) lo aprueba y en cumplimiento de la NOM-001-Semarnat-1996 y la

NOM-006-Conagua-1997 fosas sépticas – especificaciones y métodos de

prueba.

Aguas pluviales. Que cuente con drenes marginales para la eliminación de las

aguas pluviales excedentes con áreas disponibles para la disposición de Plantas

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 16 UAQ

Clave Descripción

de Tratamiento de Aguas Residuales de conformidad con lo establecido por la la

Comisión Estatal del Agua de Jalisco (CEA).

Energía eléctrica. Debe contar en la vialidad de acceso al terreno y cumplir con

la normatividad que establece la Comisión Federal de Electricidad y empleando

preferentemente el uso de energías alternativas en los esquemas de cogeneración

que tiene la Comisión Federal de Electricidad.

Alumbrado público. Según necesidades del Conjunto Urbano normadas por cada

municipio de la cuenca.

Vialidad. Debe contar con vialidad de acceso al terreno.

Guarniciones. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a la

normatividad aplicable del estado de Jalisco.

Pavimentación en vialidades. Se requiere para habitar el desarrollo de acuerdo a

la normatividad aplicable para el estado de Jalisco, las normas que marca la

Secretaría de Desarrollo Social –en todas sus modalidades- y contar con la

aprobación y validación de las Dirección de Obras Públicas municipales de la

cuenca.

Telefonía. De acuerdo a la factibilidad del servicio

Gas. Se requiere para habitar el desarrollo de conformidad con la validación y

aprobación de las direcciones de Protección Civil municipales.

Seguridad. Se deberá presentar un proyecto de seguridad validado y aprobado

por las Dirección de Seguridad Pública municipal correspondiente.

Transporte Público. Acuerdo con la dirección de Tránsito Municipal

correspondiente para la provisión del servicio.

Limpia y disposición de residuos sólidos urbanos. Contar con la aprobación y

visto bueno de la dotación de servicio de recolección de basura y disposición

final de residuos por parte de la autoridad municipal y estatal correspondientes.

Mobiliario Urbano. Deberá desarrollarse conforme a los lineamientos

establecidos por la Secretaría de Desarrollo Social y tomando en consideración

el empleo de materiales de bajo costo de mantenimiento, diseño sustentable e

integrados a los lineamientos de imagen urbana que las autoridades municipales

establezcan.

Servicios ambientales: espacios que deben contar con arbolado

AhVi04 Para cualquier desarrollo inmobiliario y de servicios en la UGA se deberá

demostrar en la MIA cómo el desarrollador proverá de servicios, equipamiento e

infraestructura urbana referidos en el lineamiento AhVi03.

AhVi05 Las licencias de construcción estarán condicionadas a que el desarrollador

presente las garantías suficientes a manera de seguros o fianzas para asegurar las

condicionantes provistas en los resolutivos de impacto ambiental que emitan las

autoridades correspondientes de acuerdo a las previsiones de la Ley General del

Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, la Ley Estatal del Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Jalisco y el Reglamento de

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 17 UAQ

Clave Descripción

la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado

de Jalisco en materia de impacto ambiental, explotación de bancos de material

geológico, yacimientos pétreos y de prevención y control de la contaminación a

la atmósfera generada por fuentes fijas en el estado de Jalisco.

AhVi06 Se deberá incentivar desde el punto de vista fiscal a aquellos desarrollos o

inmuebles que demuestren la aplicación de técnicas de ahorro y reciclamiento de

agua. Las ecotecnias susceptibles de éstos estímulos son las certificadas por el

Instituto de Fomento a la Vivienda dentro de su programa “Hipotecas Verdes”.

AhVi07 Incentivar desde el punto de vista fiscal a aquellos desarrollos o inmuebles que

demuestren la aplicación de técnicas de ahorro de energía así como su uso

equilibrado. Las ecotecnias susceptibles de éstos estímulos son las certificadas

por el Instituto de Fomento a la Vivienda dentro de su programa “Hipotecas

Verdes”.

AhVi08 Para la autorización y otorgamiento de la licencia de construcción el

desarrollador deberá presentar un plan de manejo de “Residuos de manejo

especial” correspondiente a los residuos de construcción con base en lo

estipulado en los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General para

la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley de Gestión Integral de

los Residuos del Estado de Jalisco y sus reglamentos así como lo que establece

la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES—007/2008 que establece los

criterios y especificaciones técnicas bajo las cuales se deberá realizar la

separación, clasificación, recolección selectiva y valorización de los residuos en

el estado de Jalisco.

AhVi09 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente y las autoridades municipales, en el ámbito de sus

competencias, deberán realizar auditorías o inspecciones al menos una vez,

durante la etapa de construcción de un desarrollo inmobiliario con referencia al

cumplimiento del Plan manejo de los “Residuos de Manejo Especial”, producto

de la construcción, referido en el lineamiento AhVi08 y estar conforme con los

lineamientos y procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y

Gestión Integral de los Residuos, la Ley de Gestión Integral de los Residuos del

Estado de Jalisco y sus reglamentos así como lo que establece la Norma

Ambiental Estatal NAE-SEMADES—007/2008 que establece los criterios y

especificaciones técnicas bajo las cuales se deberá realizar la separación,

clasificación, recolección selectiva y valorización de los residuos en el estado de

Jalisco.

AhVi10 Las Áreas de donación que marcan las disposiciones del Reglamento Estatal de

Zonificación deberán estar aledañas a la zona federal de cauces y arroyos.

AhVi11 Sólo podrán autorizarse desarrollos inmobiliaros y de servicios en la UGA en

sitios fuera de las zonas de riesgo señaladas en el Atlas de Riesgo de los

Municipios de la subcuenca.

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SEMADES 18 UAQ

Clave Descripción

AhVi12 Se deberá fomentar el rescate y conservación del patrimonio histórico cultural

de la UGA a partir de los catálogos del Instituto Nacional de Antropología e

Historia.

AhVi13 Fomentar la consolidación e integración de la infraestructura y equipamiento

urbano de saneamiento de la UGA.

AhVi14 En caso de ser autorizado un desarrollo inmobiliario o de servicios, en el

resolutivo correspondiente deberá establecerse que el promovente aporte un

porcentaje del valor declarado de su proyecto a favor del fideicomiso ambiental

que se cree e incorporar garantías ambientales (fianza o seguro ambiental) a

favor del mismo fideicomiso ambiental con fin de promover los costos de

conservación de la UGA.

AhVi15 En caso de ser autorizado, el tamaño de lote mínimo para los nuevos desarrollos

inmobiliarios dentro de la UGA a las disposiciones del reglamento de

zonificación del estado así como los Planes de Desarrollo Urbano y este propio

ordenamiento.

AhVi16 Se deberá desalentar el establecimiento de asentamientos humanos.

AhVi17 Desalentar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares.

AhVi18 Para el otorgamiento de la licencia de construcción municipal y dependiendo del

tamaño de lote que se trate, todo proyecto deberá requisitar la documentación

señalada en los diversos incisos del numeral 4.2 de la Norma Ambiental Estatal

NAE-SEMADES-005/2005 que establece los criterios técnico ambientales para

la selección, planeación, forestación y reforestación de especies arbóreas en

zonas urbanas del estado de Jalisco y seguir las indicaciones de dicha norma.

AhVi19 Se deberá promover e impulsar el establecimiento de áreas verdes con el

propósito de alcanzar una superficie mínima de 10 m2/hab.

AhVi20 Las nuevas construcciones deberán ser armónicas con la arquitectura que se

encuentre a su alrededor.

Turismo (Tu)

Tu01 Cualquier actividad turística que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá

seguir los criterios, acciones, restricciones de zonificación y lineamientos

establecidos en el programa de manejo del Área Natural Protegida.

Tu01b Cualquier actividad turística que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá

seguir los criterios, acciones, restricciones de zonificación y lineamientos

establecidos en el programa de Protección, Conservación y Manejo del Sitio

Ramsar Laguna de Zapotlán.

Tu02 La construcción de infraestructura turística dentro del lago ―Laguna de

Zapotlán‖ estará sujeta a las autorizaciones que marquen la CNA y la Semarnat,.

A su vez podrá solicitar una opinión técnica a la comisión de cuencas y de los

gobiernos municipales de Gómez Farias y Zapotlán el Grande, en el ámbito de

sus competencias respectivas

Tu03 Se deberá de promover la conservación y difusión de las actividades culturales

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SEMADES 19 UAQ

Clave Descripción

dentro de la UGA.

Tu04 Se deberá de fomentar la elaboración de productos artesanales y la

comercialización de los mismos, en establecimientos fijos, utilizando los

recursos naturales para la elaboración de las artesanías de manera sustentable.

Tu05 Se deberá fomentar y favorecer los programas para la mejora de la prestación de

servicios turísticos en la UGA.

Tu06 Se deberá fomentar la creación y difusión de una imagen de marca propia de la

cuenca.

Tu07 Se deberá de promover los programas oficiales de turismo rural o ambiental de

carácter público, privado y social en la UGA.

Tu08 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente y las autoridades municipales, en el ámbito de sus

competencias, deberán realizar auditorías o inspecciones a las instalaciones

turísticas con referencia al manejo de sus residuos conforme a los lineamientos y

procedimientos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral

de los Residuos, la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco

y sus reglamentos así como lo que establece la Norma Ambiental Estatal NAE-

SEMADES—007/2008 que establece los criterios y especificaciones técnicas

bajo las cuales se deberá realizar la separación, clasificación, recolección

selectiva y valorización de los residuos en el estado de Jalisco.

Tu09 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente y las autoridades municipales, en el ámbito de sus

competencias, deberán inspeccionar a las instalaciones turísticas al menos una

vez al año con respecto al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas que

regulan los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera (NOM-035-

ECOL-1993, NOM-043-ECOL-1993- en caso de contar con calderas en sus

establecimientos-) y de calidad de agua (NOM-001-Semarnat-1996 y NOM-

002-Semarnat-1996) así como de las obligaciones administrativas que las

empresas tengan en materia de emisiones a la atmósfera y descarga de aguas

residuales.

Tu10 Todo desarrollo o actividad turística que implique la modificación de la

cobertura natural del suelo, requerirán de una autorización en materia de

Impacto Ambiental de carácter federal, estatal y municipal en el ámbito de sus

competencias.

Tu11 Se deberá fomentar la consolidación y ampliación de los corredores turísticos

de la subcuenca.

Tu12 Se deberá de promover la participación de grupos organizados y usuarios

comunes en la creación, mantenimiento y conservación de infraestructura

turística.

Tu13 Con el fin de desarrollar el turismo rural se deberá propiciar el contar con casas

de la comunidad como albergues, casas rurales, haciendas y paraderos

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SEMADES 20 UAQ

Clave Descripción

carreteros.

Tu14 Se deberá promover la oferta hotelera que responda a las demandas de la

promoción turística y de organización de eventos.

Tu15 Las instalaciones turísticas deberán observar medidas de seguridad contra

fenómenos naturales adversos.

Tu16 Las maniobras de reparación, mantenimiento, y abastecimiento de combustible

para embarcaciones que así lo requieran, deberán restringirse a sitios especiales

fuera del embalse.

Tu17 Se deberá de fomentar los servicios turísticos que de acuerdo con las

características del lugar pueda instalarse. Cumpliendo con las autorizaciones

correspondientes.

Tu18

Tu19

Tu20

Tu21

Tu22

Tu23

Tu24

Solo se permite la construcción de cabañas en áreas desprovistas de vegetación.

Se permite la construcción semipermanente de cabañas sin afectar ó modificar el

arbolado natural del sitio, elaboradas sobre el nivel del suelo con pilotes para

permitir el paso de fauna, donde los servicios sean ecológicos y autosuficientes

pudiendo ser letrina o baño seco, sistema fotovoltaico, calentador solar,

captación de agua de lluvia, biofiltro para el reuso de las aguas grises, estufas

ahorradoras de leña etc. Las cabañas se podrán ubicar preferentemente en sitios

que ya cuenten con caminos o terracerías para su acceso y el arbolado existente

permita la captación de los rayos solares para su aprovechamiento, evitando así

la modificación o alteración del entorno.

Todos los establecimientos comerciales y/o turísticos que utilicen servicios

sanitarios aledaños al Lago – Laguna de Zapotlán deberán contar planta de

tratamiento de aguas residuales, para que pueda operar en el sitio.

Se deberá apoyar el desarrollo de iniciativas empresariales vinculadas con el

aprovechamiento turístico sustentable del Lago – Laguna de Zapotlán, previas

autorizaciones emitidas por parte de CNA, SEMARNAT y los Gobiernos

Municipales de Gómez Farías y Zapotlán el Grande en el ámbito de sus

competencias.

Se deberá apoyar la realización de actividades deportivas dentro del lago –

Laguna Zapotlán, de acuerdo al programa de Protección, Conservación y

Manejo del Sitio Ramsar Laguna de Zapotlán y previa autorización de

navegación de Capitania de Puerto y la Unidad Estatal y Municipal de

Protección Civil respectiva.

Todas las embarcaciones que naveguen al interior del Lago – Laguna de

Zapotlán deberán contar con autorización de navegación de Capitanía de Puerto

y las Unidad Estatal y Municipal de Protección Civil respectiva para poder

operar.

Solo se permiten las prácticas de campismo, rutas interpretativas, observación

de fauna y paseos fotográficos.

Agricultura (Ag)

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 21 UAQ

Clave Descripción

Ag01 Se deberá fomentar la rotación de cultivos dentro de la UGA, preferentemente

empleando algún cultivo de leguminosas así como la trituración al suelo de los

esquilmos al término de la cosecha.

Ag02 Favorecer el establecimiento de cultivos con técnicas de ahorro de agua.

Ag03 Favorecer el establecimiento de cercos vivos entre parcelas como técnica para el

control de la erosión-

Ag04 Se limitarán y condicionarán los apoyos oficiales y subsidios a las actividades

agropecuarias a aquellos productores que manejen sistemas de riego de agua

rodada.

Ag05 Favorecer el establecimiento de invernaderos tecnificados.

Ag06 Sólo se podrán emplear agroquímicos que estén dentro de los catálogos y

normas establecidos por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso

y Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST)

Ag07 Se deberá fomentar la capacitación de los productores agrícolas en el uso

apropiado y seguro de agroquímicos.

Ag08 Se favorecerán los subsidios agropecuarios oficiales a aquellos productores que

eviten o minimicen el uso de agroquímicos sobre aquellos productores que

empleen el uso de éstas sustancias.

Ag09 Se deberán cumplir con las disposiciones de la Ley General de Desarrollo

Forestal Sustentable dentro de la UGA.

Ag10 El establecimiento de huertas frutícolas en la UGA requerirá de un estudio

técnico justificativo conforme a lo estipulado en la Ley General de Desarrollo

Forestal Sustentable. El consejo forestal basará su determinación y autorización,

en su caso, con base en los planes de manejo forestales establecidos dentro de la

UGA con base en la NOM-152-Semarnat-2006 que establece los lineamientos,

criterios y especificaciones de los contenidos de los programas de manejo

forestal para el aprovechamiento de recursos forestales maderables en bosques,

selvas y vegetación de zonas áridas. A falta de estos se requerirá adicionalmente

de la presentación de una manifestación de impacto ambiental previa al cambio

de uso de suelo y seguir, en su caso, el Art. 59 de la Ley Agraria.

Ag11 Se deberán promover los Planes de Manejo Forestal dentro de la UGA con base

en la NOM-152-Semarnat-2006 que establece los lineamientos, criterios y

especificaciones de los contenidos de los programas de manejo forestal para el

aprovechamiento de recursos forestales maderables en bosques, selvas y

vegetación de zonas áridas.

Ag12 El cambio de uso del suelo estará condicionado a la presentación de una

Manifestación de Impacto Ambiental federal, estatal o municipal y a la

presentación de un Estudio Técnico Justificativo Federal para cambio de uso del

suelo. En todo caso el diseño del proyecto en cuestión deberá garantizar la

continuidad de los procesos físicos y biológicos de la UGA y presentar las

garantías que establecen las legislaciones ambientales de los tres órdenes de

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 22 UAQ

Clave Descripción

gobierno al respecto.

Ag13 Para la UGA se deberán seguir los lineamientos de la NOM-062-Semarnat-1994

que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos sobre la

biodiversidad ocasionados por el cambio de uso del suelo de terrenos forestales

a agropecuarios.

Ag14 Los cultivos de maíz y sorgo aledaños a cauces de agua deberán preveer una

zona de amortiguamiento de al menos 5 metros a partir de los límites de la zona

federal del cauce.

Ag15 En la UGA se deberá observar la NOM—015-SEMARNAT/SAGARPA-1997

que regula el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios, y que

establece las especificaciones, criterios y procedimientos para ordenar la

participación social y de gobierno en la detección del combate de los incendios

forestales.

Ag16 Se deberán promover opciones de cultivos semiperenes o perenes en suelos con

pendientes mayores al 15% y evitar la siembra de cultivos anuales.

Ag17 Las prácticas agrícolas tales como barbecho, surcado y terraceo deben realizarse

en sentido perpendicular a la pendiente.

Ag18 Se deberá mantener una franja mínima de 20 metros de ancho de vegetación

nativa sobre el perímetro de los predios agrosilvopastoriles.

Ag19 Las áreas agrícolas de alta fertilidad se consideraran como espacios y recursos

estratégicos y estos no podrán ser sustituidas por desarrollos urbanos. Los

umbrales de fertilidad serán discutidos y publicados de manera anual por el

Comité Técnico del POET.

Ag20 Promover la fertilización de cultivos con fuentes orgánicas y manteniendo al

suelo dentro del ciclo de carbono.

Ag21 Incorporar abonos orgánicos en áreas sometidas en forma recurrente a

monocultivos.

Ag22 Incorporar coberturas orgánicas sobre el suelo para evitar la erosión.

Ag23 En áreas agrícolas cercanas a centros de población y/o hábitats de fauna silvestre

se deberá evitar la aplicación de agroquímicos.

Ag24 El uso de plaguicidas en áreas de alta y muy alta fragilidad estará vigilado y

sancionado por la Semades, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y

las autoridades municipales, en el ámbito de sus competencias.

Ag25 La Procuraduría Federal de Protección al ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente, en el ámbito de sus competencias deberán vigilar que

las aguas residuales empleadas para el riego agrícola cumplan con lo establecido

en la normatividad ambiental en la materia.

Ag26 La ampliación y apertura de zonas de riego se hará en función de los excedentes

disponibles a partir del balance hídrico de la cuenca. Dicho balance de agua será

evaluado y sancionado de manera conjunta por el Comité técnico del POET, la

Semades y la CNA.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 23 UAQ

Clave Descripción

Ag27 Para las áreas de frutales se deberá promover el establecimiento de cultivos de

cobertera de ciclo largo entre las hilares de árboles; preferentemente de especies

coberteras forrajeras o abonos verdes que no interfieran con las especies

frutales.

Ag28 Se promoverá la captación de agua de lluvia in situ para cultivos perennes.

Ag29 Ningún programa de fomento gubernamental se autorizará para el aumento de la

superficie de cultivo sobre terrenos en suelos delgados, pendientes mayores al

15% y de alta susceptibilidad a la erosión.

Ag30 En pendientes mayores al 15% se retendrán los sedimentos preferentemente con

represamientos escalonados.

Ag31

Ag32

La asignación de parcelas ejidales dentro de la UGA deberá ceñirse al Art. 59 de

la Ley Agraria.

Se desalentar las huertas frutícolas

Ag33

Ag34

Se deberá evitar el establecimiento de huertas frutícolas

En los predios ya identificados en donde se realice la agricultura antes de este

Ordenamiento Ecológico deberán acatar lo que establecen los siguientes

criterios 1, 2, 3, 6, 7, 13, 14, 17, 18, 20, 21, 22, 29, 30, 31.

Pesca (Pe)

Pe01 La continuación de los subsidios oficiales a la pesca de la laguna deberán

condicionarse al establecimiento y lineamientos resultantes del “Programa de

Protección, Conservación y Manejo del Sitio Ramsar Laguna de Zapotlán” y de

un Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria y el Programa de Manejo

Pesquero del lago “Laguna de Zapotlán” bajo los auspicios del conjunto de

programas de Alianza para el campo aprobado y sancionados de manera

conjunta por la SAGARPA, Propesca, el Instituto de Acuacultura y de Pesca del

estado de Jalisco, la Semades y el Comité Técnico del POET.

Pe02 Se deberá promover y fomentar el desarrollo integral del sector pesquero y

acuícola a través del aprovechamiento sustentable de los recursos de la “Laguna

de Zapotlán” a través del programa de manejo pesquero y el “Programa de

Protección, Conservación y Manejo del Sitio Ramsar Laguna de Zapotlán”.

Pe03 La Secretaría de Salud, en el ámbito de sus competencias, deberá llevar un

programa de vigilancia epidemiológica.

Pe04 Cualquier actividad Pesquera que se pretenda realizar dentro de la UGA deberá

seguir los criterios, acciones, restricciones de zonificación y lineamientos

establecidos en el “Programa de Protección, Conservación y Manejo del Sitio

Ramsar Laguna de Zapotlán”.

Pe05 Las maniobras de reparación, mantenimiento, y abastecimiento de combustible

para embarcaciones que así lo requieran, deberán restringirse a sitios especiales

fuera del embalse.

Pe06 Las actividades de acuacultura en la UGA requerirán de un permiso,

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 24 UAQ

Clave Descripción

autorización o concesión de acuerdo a lo estipulado por la Ley de Pesca y sus

reglamentos, otorgado por las dependencias federales, estatales y municipales

correspondientes en el ámbito de sus competencias.

Pe07 Los establecimientos de procesamiento pesquero deberán presentar los planes de

manejo de residuos que marca la Ley General para la Prevención y Gestión

Integral de los Residuos, la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado

de Jalisco y sus reglamentos así como lo que establece la Norma Ambiental

Estatal NAE-SEMADES—007/2008 que establece los criterios y

especificaciones técnicas bajo las cuales se deberá realizar la separación,

clasificación, recolección selectiva y valorización de los residuos en el estado de

Jalisco. Se dará prioridad en la gestión y respuesta a aquellos Planes que se

incorporen al Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos (SIMAR).

Pe08 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente y las autoridades municipales, en el ámbito de sus

competencias, deberán realizar auditorías o inspecciones mínimamente una vez

al año a las instalaciones de procesamiento pesquero con referencia al manejo de

sus residuos conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley

General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley de

Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco y sus reglamentos así

como lo que establece la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES—

007/2008 que establece los criterios y especificaciones técnicas bajo las cuales

se deberá realizar la separación, clasificación, recolección selectiva y

valorización de los residuos en el estado de Jalisco.

Pe09 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente y las autoridades municipales, en el ámbito de sus

competencias, deberán realizar auditorías o inspecciones mínimamente cuatro

veces al año, de manera aleatoria, para erradicar la pesca ilegal. En dichas

inspecciones y auditorías deberá participar tanto la Sagarpa como los Comités

de vigilancia e Inspección pesquera existentes

Forestal (Fo)

Fo01 Todo proyecto de explotación de recursos forestales debe de sustentarse en

estudios que garanticen los siguientes elementos: a) la sustentabilidad

productiva a largo plazo; b) las microcuencas como unidad de manejo espacial;

y c) el concepto de uso múltiple de ecosistemas como principios rectores. Estos

elementos se desarrollarán bajo los lineamientos y autorizaciones que dictan la

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley de Desarrollo Forestal

Sustentable para el Estado de Jalisco y sus reglamentos así como los dictados de

la NOM-152-Semarnat-2006 que establece los lineamientos, criterios y

especificaciones de los contenidos de los programas de manejo forestal para el

aprovechamiento de recursos forestales maderables en bosques, selvas y

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 25 UAQ

Clave Descripción

vegetación de zonas áridas

Fo02 Se deberán emplear en las reforestaciones exclusivamente especies nativas y las

densidades naturales, según el tipo de vegetación en su expresión local.

Fo03 Se debe dar preferencia a la rehabilitación de terracerías existentes en vez de

construir nuevas.

Fo04 Los propietarios y poseedores de terrenos forestales y de aptitud

preferentemente forestal están obligados a prevenir los incendios forestales

mediante la apertura e guardarrayas entre predios colindantes, limpieza y control

de material combustible y la integración de brigadas preventivas.

Fo05 El aprovechamiento de leña para uso doméstico deberá sujetarse a lo establecido

en la NOM-012-Semarnat-1996, que establece los procedimientos, criterios y

especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento

de leña para uso doméstico.

Fo06 En la UGA se deberá observar la NOM—015-SEMARNAT/SAGARPA-1997

que regula el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios, y que

establece las especificaciones, criterios y procedimientos para ordenar la

participación social y de gobierno en la detección del combate de los incendios

forestales.

Fo07 En áreas con pendientes mayores a 8% se deberá desalentar el aprovechamiento

forestal y se deberá conservar o en su caso restaurar la vegetación del

sotobosque.

Fo08 El uso de maquinaria para el aprovechamiento forestal estará condicionado a la

autorización correspondiente por parte de las autoridades federales en la materia.

Fo09 Se deberá promover la cultura forestal, a través de programas educativos, de

capacitación, desarrollo tecnológico e investigación en materia forestal.

Fo10 El sector público dará prioridad a los productores que apliquen esquemas que

aseguren la conservación y el adecuado aprovechamiento de los recursos

forestales bajo programas de manejo forestal sustentable autorizados por las

autoridades competentes en la materia.

Fo11 Para la UGA se deberán seguir los lineamientos de la NOM-061-Semarnat-1994

que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados

en la flora y fauna silvestres por el aprovechamiento forestal.

Fo12 Se deberán establecer áreas de exclusión temporal de ganadería y uso público en

los sitios reservados para la regeneración natural del bosque.

Fo13

Fo14

Fo15

Para la UGA se deberán seguir los criterios de manejo del área natural

protegida.

En áreas con pendientes mayores a 30 grados se deberá evitar el

aprovechamiento forestal.

Evitar el cambio de uso de suelo con fines agropecuarios o de cualquier otra

índole que afecte la permanencia y potencialidad de las áreas forestales.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 26 UAQ

Clave Descripción

Pecuario (Pc)

Pc01 La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Estatal de

Protección al Ambiente, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar

auditorías o inspecciones mínimamente una vez al año a los productores

pecuarios con ganado estabulado con referencia al manejo de sus residuos

sólidos conforme a los lineamientos y procedimientos que marca la Ley General

para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la Ley de Gestión

Integral de los Residuos del Estado de Jalisco y sus reglamentos.

Pc02 Los Planes de Desarrollo Pecuario estipulados en el Reglamento de la Ley de

Desarrollo Pecuario del Estado de Jalisco deberán contar con la opinión técnica

de la Semades para evaluar su congruencia con las condiciones ambientales de

la UGA.

Pc03 Las granjas porcinas deberán seguir los lineamientos de la NAE-SEMADES-

003/2004, que establece los criterios y especificaciones técnico ambientales para

la prevención de la contaminación ambiental, producida por el manejo

inadecuado de los residuos orgánicos pecuarios, denominados cerdaza,

generados en aprovechamientos porcícolas en el Estado de Jalisco y la NAE-

SEMADES-004/2004, Que establece los criterios técnico ambientales para la

prevención de la contaminación ambiental, producida por el manejo inadecuado

de cadáveres porcinos, generados en aprovechamientos porcícolas en el Estado

de Jalisco

Pc04 En la UGA se deberá observar la NOM—015-SEMARNAT/SAGARPA-1997

que regula el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios, y que

establece las especificaciones, criterios y procedimientos para ordenar la

participación social y de gobierno en la detección del combate de los incendios

forestales.

Pc05 Se deberán seguir los lineamientos de la NOM-020-Semarnat-2001 que

establece los procedimientos y lineamientos que se deberán observar para la

rehabilitación, mejoramiento y conservación de los terrenos forestales de

pastoreo.

Pc06 Se deberán seguir los coeficientes de agostadero estipulados por la Comisión

Técnico Consultiva de Coeficientes de Agostadero (Cotecoca) de la SAGARPA

y su comisión estatal.

Pc07 Sólo se autorizarán programas oficiales de fomento pecuario de ganadería

intensiva a predios con pendientes menores al 10%. En caso que el terreno en

cuestión sea mayor del 10%, la propuesta deberá ser sometida a un

procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental mismo que será sancionado

y autorizado, en su caso, por la Semades.

Pc08 Los programas oficiales de fomento pecuario deberán tomar en consideración la

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 27 UAQ

Clave Descripción

pendiente del terreno. Se autorizarán dichos programas si existen condiciones

probadas para la realización de ganadería controlada en zonas con pendientes

entre 11-30%.

Pc09 La modalidad de las actividades pecuarias estarán sujetas a las disposiciones del

Programa de Manejo del Área Natural Protegida.

Pc10 Se deberá realizar una campaña permanente de regularización de cédulas

agropecuarias como instrumento normativo oficial para la vigilancia ambiental

del sector dentro de la UGA.

Pc11 Los programas de fomento oficiales deberán favorecer el establecimiento de

ganadería diversificada

Pc12

Pc13

Inducir el crecimiento de pastizales con prácticas de manejo, evitando el uso del

fuego.

Desalentar la actividad ganadera.

Pc14

Pc15

Se permite dentro de la UGA la ganadería extensiva.

En los predios ya identificados en donde se realice la ganadería antes de este

Ordenamiento Ecológico deberán acatar lo que establecen los siguientes

criterios 1,2, 3, 4, 6,10, 14.

Infraestructura (If)

If01 Se deberá seguir la NAE-SEMADES-006/2005, que establece los criterios y

especificaciones técnicas ambientales para el diseño y la planeación de

carreteras y caminos de competencia Estatal en Jalisco.

If02 En los caminos que atraviesan áreas naturales protegidas, se considerará en el

diseño y operación, la no interrupción de corredores naturales.

If03 Los sitios para la disposición de residuos sólidos deberán seguir los lineamientos

de la NOM-083-Semarnat-2003 que establece las especificaciones de protección

ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo,

clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos

sólidos urbanos y de manejo especial.

If04 Se deberán formular los planes de manejo de residuos por parte de las

autoridades municipales conforme a los lineamientos y procedimientos que

marca la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la

Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco y sus reglamentos.

If05 En la construcción de infraestructura carretera se deberá tomar en consideración

el respeto de los recursos y valores paisajísticos, a partir de lo estipulado en la

NAE-SEMADES-006/2005, que establece los criterios y especificaciones

técnicas ambientales para el diseño y la planeación de carreteras y caminos de

competencia Estatal en Jalisco.

If06 La construcción de caminos y carreteras deberán estar por lo menos a 200 m de

zonas históricas o arqueológicas o estar sujeta a lo que en su momento dictamine

el Instituto Nacional de Antropología e Historia en el ámbito de su competencia.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 28 UAQ

Clave Descripción

If07 Se deberá desalentar el establecimiento de infraestructura en la UGA

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 29 UAQ

Figura 1. Modelo de Ordenamiento Ecológico para la cuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 30 UAQ

Cuadro 3. Modelo de Ordenamiento Ecológico por Unidad de Gestión Ambiental

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

401 Conservación Lograr un

aprovechamiento de los

bancos de material de

una manera controlada y

estudiada

Aprovechamiento de

bancos de material

pétreo

Contar con

programas de

manejo ambiental

en el 80% de los

aprovechamientos

mineros de la

UGA

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co10 Co11 Co12

Co13 Co14 Co15

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi01

Mi02 Mi03 Mi04

Mi05 Mi06 Mi07

Mi08 Mi09 Mi10

Mi11 Mi13 Mi14

Mi15 Mi16 Ag09

Ag11 Ag12 Ag15

Ag33 Ag34 Fo01

Fo02 Fo15

AhVi16 AhVi17

Tu07 Tu10 Tu11

Tu12 Tu13 Tu18

Tu19

Km de obras

realizados y

control de

erosión,

presentación

de la MIA, %

de control de

erosión,

estudios de

erosión.

402 Conservación Delimitar Frenar el

crecimiento de los

terrenos de aguacate

Contar con

programas de

manejo forestal

en toda la UGA

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Cobertura de

vegetación

natural de la

UGA. Tasas de

Erosión.

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SEMADES 31 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Co20 Co28 Mi12

Ag01 Ag02 Ag03

Ag09 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15 Ag33

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo09

Fo10 Fo11 Fo12

Fo14

403 Aprovechamiento Lograr el

mantenimiento actual de

la delimitación de la

zona con los criterios de

la 4

Evitar el crecimiento

de la zona, evitar

ampliar la frontera

agrícola

Mantener el área,

para producción

agrícola y

conservar las

áreas aledañas

como forestales

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi16 AhVi17

Tu07 Tu10 Tu11

Tu12 Tu13 If01

If05 If06

Medir

constantemente

las áreas

destinadas a la

agricultura

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 32 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

404 Aprovechamiento Mantener el mismo

aprovechamiento actual

Lograr el

mantenimiento

del lugar para su

uso actual

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi16

AhVi17

Mantener la

misma

superficie para

la gricultura,

medir el

crecimiento

urbano de la

comunidad de

la UGA

405 Conservación Delimitar predios Huertas frutícolas

condicionadas a la

legislación forestal

federal

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Ag34

Pc03 Pc04 Pc05

Pc06 Pc07 Pc08

Pc10 Pc12 Fo01

Fo02 Fo03 Fo07

Fo12 Fo14 Fo15

RI porcentaje

forestal

(mantenerlo),

los niveles de

erosión

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 33 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

406 Conservación Mantener la producción

(actividad productiva)

pero respetando los

límites de monte actual

Restringir el cambio

del uso de suelo

Lograr la

restauración de la

zona evitando la

implementación

de cultivos no

aptos para la zona

(aguacate y

maguey)

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag11

Ag12 Ag14 Ag15

Ag33 Fo01 Fo02

Fo05 AhVi16

AhVi17

Cantidad de

arboles vivos

de la

reforestación

407 Aprovechamiento La localidad mantenga

la misma delimitación

actual

Que se

mantengan la

delimitación

actual junto con

su área de

amortiguamiento

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi01

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi06 AhVi07

Tasa de

cambio de uso

del suelo

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 34 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

AhVi11 AhVi12

AhVi13 AhVi14

AhVi16 AhVi17

Pc13

408 Aprovechamiento Mantener el

aprovechamiento

agrícola de la zona

detener el

crecimiento urbano

Mantener los

límites del uso de

suelo actual

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi01

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi06 AhVi07

AhVi11 AhVi12

AhVi13 AhVi14

If01 If03 If04 If05

If06 Pc13

Delimitación

del polígono

409 Conservación Conservar la vegetación

de selva baja para

mantener la

biodiversidad de la

Recreación, con plan

de manejo de

residuos

Lograr la

conservación de

la selva baja

caducifolia en la

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Supervivencia

de especies,

plan de manejo

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 35 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

cuenca ladera de las

montañas

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag03

Ag04 Ag05 Ag08

Ag09 Ag12 Ag14

Ag15 Ag33 Fo01

Fo02 AhVi16

AhVi17 Pc01

Pc02 Pc03 Pc04

Pc05 Pc06 Pc07

Pc08 Pc10 Pc11

Pc12 Mi12 If07

410 Conservación Conservación de la

vegetación natural de la

UGA

Huertas frutícolas

condicionadas a la

legislación forestal

federal

Delimitar estas

UGAS donde se

puedan definir las

tres políticas de

manera más

detallada

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag15

Ag33 Ag34 Fo01

Fo02 Fo15

AhVi16 AhVi17

Mi12 Tu18 Tu19

RI porcentaje

forestal

(mantenerlo),

los niveles de

erosión

411 Conservación Explotación de la

mina pero con los

estudios de impacto

ambiental

Lograr la

restauración del

lugar con arboles

nativos de la zona

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co10 Co11 Co12

Co13 Co14 Co15

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SEMADES 36 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi01

Mi02 Mi03 Mi04

Mi05 Mi06 Mi07

Mi08 Mi09 Mi10

Mi11 Mi13 Mi14

Mi15 Mi16 Ag01

Ag02 Ag03 Ag11

Ag12 Ag14 Ag15

Fo01 Fo02

AhVi16 AhVi17

Pc13

412 Aprovechamiento Mantener el

aprovechamiento

agricola de la zona

detener el

crecimiento urbano

Mantener los

límites del uso de

suelo actual

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi01

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi06 AhVi07

AhVi11 AhVi12

Delimitación

del polígono

urbanos

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SEMADES 37 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

AhVi13 AhVi14

AhVi17 If01 If02

If03 If04 If05 If06

Mi12 In20

413 Aprovechamiento Mantener el desarrollo

agrícola

Que se defina un

área de

amortiguamiento

para ña Cd de san

Andres

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi01

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi06 AhVi07

AhVi11 AhVi12

AhVi13 AhVi14

AhVi17 If01 If02

If03 If04 If05 If06

Mi12

No de apoyos

oficiales de

reconversión

agrícola

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SEMADES 38 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

414 Aprovechamiento Consolidación de

servicios turísticos y

educativos y patrimonio

cultural

Reducción de

migración local

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi01

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi06 AhVi07

AhVi11 AhVi12

AhVi13 AhVi14

AhVi17 Tu03

Tu04 Tu05 Tu06

If01 If02 If03 If04

If05 If06 Mi12

Visitantes a

balneario,

ingreso por

concepto de

venta al

turismo

415 Restauración Agricultura sustentable

de conservación de la

masa forestal

Evitar la agricultura

transhumante

Recuperar 30%

de la masa

forestal de la

UGA a 10 años

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 39 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 Fo01 Fo02

Mi12 Pc13 Tu07

Tu10 Tu11 Tu12

Tu13 Tu18 Tu19

416 Aprovechamiento Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi12

Ag01 Ag02 Ag03

Ag04 Ag05 Ag06

Ag07 Ag08 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi01 AhVi02

AhVi03 AhVi04

AhVi05 AhVi06

AhVi07 AhVi11

AhVi12 AhVi13

AhVi14 AhVi17

If01 If02 If03 If04

If05 If06 Pc01

Pc02 Pc03 Pc04

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 40 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Pc05 Pc06 Pc07

Pc08 Pc10 Pc11

Pc12 Pc14

417 Aprovechamiento Consolidar el centro de

población

Limitar

emigración

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi01

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi06 AhVi07

AhVi11 AhVi12

AhVi13 AhVi14

AhVi16 AhVi17

Tu02 Tu03 Tu04

Tu05 Tu06 Pc13

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 41 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Mi12 If01 If02

If03 If04 If05 If06

418 Aprovechamiento Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi01

Mi02 Mi03 Mi04

Mi05 Mi06 Mi07

Mi08 Mi09 Mi10

Mi11 Mi13 Mi14

Mi15 Mi16 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag11

Ag12 Ag14 Ag15

Ag33 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

Fo06 Fo07 Fo08

If01 If02 If05 If06

Pc13

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 42 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

419 Aprovechamiento Consolidar y evitar

riesgo geológico a la

población

Vivienda Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag15 Ag34 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Pc13 Mi12

Tu08 Tu09 Tu10

Tu11 Tu15 Tu17

Tu18 Tu19

420 Conservación Consolidación de la

parte alta de la cuenca

Reforestación 5%

de UGA con

vegetación

original

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag15

Ag33 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

Fo06 Fo07 Fo08

Fo15 Pc01 Pc02

Pc03 Pc04 Pc05

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 43 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Pc06 Pc07 Pc08

Pc10 Pc11 Pc12

If07

421 Aprovechamiento Vivienda e

infraestructura

urbana

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co13

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Co30 Ag01 Ag02

Ag03 Ag04 Ag05

Ag06 Ag07 Ag08

Ag09 Ag10 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi15 AhVi17

Pe01 Pe02 Pe03

Pe04 Pe05 Pe06

Pe07 Pe08 Pe09

Mi12 Pc13 Pc15

Tu03 Tu04 Tu05

Tu06 Tu07 Tu08

Tu09 Tu10 Tu11

Tu12 Tu13 Tu14

Tu15 Tu17 Tu19

Tu20 Tu21

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 44 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

422 Conservación Conservación de la

masa forestal

Agricultura,

ganadería

100% de la UGA

sujeta a programa

formal de

conservación

Co01 Co02 Co03

Co07 Co08 Co10

Co11 Co14 Co16

Co18 Co19 Co20

Co28 Ag09 Ag11

Ag12 Ag15 Ag33

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo15

Mi12 If07 Pc13

Tu05 Tu08 Tu09

Tu10 Tu15 Tu17

Tu24

423 Aprovechamiento Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 45 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 Ag33 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 AhVi16

AhVi17 If07 Pc13

424 Conservación Conservación de la

masa forestal

Agricultura,

ganadería

100% de la UGA

sujeta a programa

formal de

conservación

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo15

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Ag34

Pc13 Mi12 If07

Tu05 Tu08 Tu09

Tu10 Tu15 Tu17

Tu24

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 46 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

425 Aprovechamiento Vivienda e

infraestructura

urbana

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag10

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 AhVi02

AhVi03 AhVi04

AhVi05 AhVi15

AhVi17 Tu07

Tu08 Tu09 Tu10

Tu11 Tu12 Tu13

Tu15 Tu17 Tu18

Tu19 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

Fo06 Fo07 Fo08

Pc13 Mi12

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SEMADES 47 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

426 Conservación Desarrollar un programa

de manejo sustentable

para la laguna

Ecoturismo,

construcción de

infraestructura

Mejorar la

calidad del agua,

del habitat y la

agricultura

Co01 C02 Co03

Co04 Co05 Co13

Co20 Co21 Co32

AhVi16 AhVi17

Tu01b Tu02 Tu06

Tu12 Tu16 Tu17

Tu21 Tu22 Tu23

Ag15 Ag16 Ag19

Ag20 Ag21 Ag23

Ag24 Pe01 Pe02

Pe03 Pe04 Pe05

Pe06 Pe07 Pe08

Pe09 If07 In20

Mi12 Pc13

427 Conservación Mantener su cobertura y

fauna asociada

Fruticultura de

aguacate, garantizar

la conservación del

suelo y cobertura

10% de cultivo de

aguacate mas

100% de

rehabilitación de

zonas erosionadas

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Ag34

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo15

AhVi16 AhVi17

If07 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 48 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Tu17 Tu24

428 Restauración Control de pérdida de

suelo y avenidas desde

la cuenca alta

Habitacional

campestre de muy

baja densidad > a

2500 m

Recuperación de

la cobertura

vegetal al 50% de

superficie de la

UGA

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co09 Co10

Co11 Co14 Co16

Co18 Co19 Co20

Co28 Ag09 Ag11

Ag12 Ag15 Ag33

Ag34 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

Fo06 Fo07 Fo08

Fo15 AhVi16

AhVi17 Tu07

Tu08 Tu09 Tu10

Tu11 Tu12 Tu13

Tu15 Tu17 Tu18

Tu19 Pc13

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

429 Restauración Manejo integral de los

residuos sólidos en el

vertedero

incompatibles con

vivienda

Restaurar el área

y regular la

minima

contaminación

preventiva del

vertedero

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15 Fo01

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SEMADES 49 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu24

AhVi16 AhVi17

430 Aprovechamiento Hacer la reconversión

de agrícola a silvícola-

fruticola

Ecoturismo Mantener el

aprovechamiento

de los límites de

la UGA

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Tu07 Tu10

Tu11 Tu12 Tu13

If01 If02 If03 If04

If05 If06 Mi12

AhVi16 AhVi17

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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SEMADES 50 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

431 Aprovechamiento Promover el desarrollo

sustentable urbano

Incrementar áreas

verdes al 10% de

la superficie,

contar con

servicios urbanos

sustentables

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 In02

In03 In04 In05

In06 In07 In10

In11 In14 In15

Ag01 Ag02 Ag03

Ag04 Ag05 Ag06

Ag07 Ag08 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi01 AhVi02

AhVi03 AhVi04

AhVi05 AhVi06

AhVi07 AhVi11

AhVi12 AhVi13

AhVi14 AhVi16

AhVi17 Tu03

Tu04 Tu05 Tu06

Tu08 Tu09 Tu10

Tu12 Tu14 Tu15

Tu17 Pc13 Mi12

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SEMADES 51 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

432 Restauración Control de pérdida de

suelo y avenidas desde

la cuenca alta

Recuperación de

la cobertura

vegetal al 50% de

superficie de la

UGA

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 Ag33 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Mi12 Pc01

Pc02 Pc03 Pc04

Pc05 Pc06 Pc07

Pc08 Pc10 Pc11

Pc12 AhVi16

AhVi17

433 Aprovechamiento Mantener su identidad

impulsando su

tecnificación, constituir

la reserva territorial de

la ciudad

Urbano Vincular con el

turismo

(agroturismo),

áreas verdes % en

ciudades,

planificación en

PDU con áreas

verdes,

reforestación con

nativas

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi15 AhVi17

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SEMADES 52 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 In01

In02 In03 In04

In05 In06 In07

In08 In09 In10

In11 In12 In13

In14 In15 In16

In17 In18 In19

In21 In22 Pc13

Tu03 Tu04 Tu05

Tu06 Tu08 Tu09

Tu10 Tu12 Tu14

Tu15 Tu17

434 Restauración Promover el desarrollo

frutícola con criterios de

conversión

Ganadero Mantener las

cuencas y el 40%

de la UGA en

condiciones

naturales

mejoradas

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag15

Ag33 Ag34 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Fo15

AhVi06 AhVi17

Mi12 Tu05 Tu08

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 53 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu18 Tu19

435 Conservación Funcionar como

cinturón verde

Urbano por debajo

de cota 1600 msnm

Mantener 50% de

la UGA verde

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Fo09 Fo10

Fo11 Fo12 Fo15

AhVi16 AhVi17

Tu03 Tu04 Tu05

Tu06 Tu07 Tu08

Tu09 Tu10 Tu11

Tu12 Tu13 Tu14

Tu15 Tu17 Tu18

Tu19 If01 If02

If03 If04 If05 If06

Pc13 Mi12

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

436 Protección Proteger la cobertura de

la cabecera de la cuenca

Forestal con plan de

manejo, aguacate sin

Mantener la

cobertura

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Porcentaje de

Cobertura

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SEMADES 54 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

nueva cobertura Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co13

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Ag34

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo15

Mi12 Pc13 Tu05

Tu08 Tu09 Tu10

Tu15 Tu17 Tu24

vegetal natural

437 Restauración Aguacate con

conversión de suelo

y cobertura

Restauracion del

30% de la UGA

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag14

Ag15 Ag32 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu24

AhVi16 AhVi17

Pc13

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 55 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

438 Aprovechamiento Mantener su identidad

impulsando su

tecnificación, constituir

la reserva territorial de

la ciudad

Urbano Vincular con el

turismo

(agroturismo),

areas verdes % en

ciudades,

planificación en

PDU con áreas

verdes,

reforestación con

nativas, control

de emisiones de

ladrilleras

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi02 AhVi03

AhVi04 AhVi05

AhVi15 AhVi17

AhVi19 AhVi20

If01 If02 If03 If04

If05 If06 Pc13

In01 In02 In03

In04 In05 In06

In07 In08 In09

In10 In11 In12

In13 In14 In15

In16 In17 In18

In19 In22 Tu03

Tu04 Tu05 Tu06

Tu07 Tu08 Tu09

Tu10 Tu11 Tu12

Tu13 Tu14 Tu15

Tu17 Tu18 Tu19

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

439 Restauración Cobertura vegetal Urbano Restaura 100% Co01 Co02 Co03 Porcentaje de

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 56 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

cobertura vegetal Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi01

Mi02 Mi03 Mi04

Mi05 Mi06 Mi07

Mi08 Mi09 Mi10

Mi11 Mi13 Mi14

Mi15 Mi16 Ag09

Ag10 Ag11 Ag12

Ag14 Ag15

AhVi16 AhVi17

In01 In02 In03

In04 In05 In06

In07 In08 In09

In10 In11 In12

In13 In14 In15

In16 In17 In18

In19 In22

Cobertura

vegetal natural

440 Conservación Establecer un ANP

municipal por su

relevancia

incompatible con

urbano

Conservar y

proteger un

ecosistema unico

en la sub cuenca

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co10 Co11 Co12

Co13 Co14 Co15

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi01

Mi02 Mi03 Mi04

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 57 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Mi05 Mi06 Mi07

Mi08 Mi09 Mi10

Mi11 Mi13 Mi14

Mi15 Mi16 Ag03

Ag11 Ag12 Ag15

Fo01 Fo02 fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo09

Fo10 Fo11 Fo12

Fo15 AhVi16

AhVi17

441 Conservación Servicios ambientales Forestal sustentable

y ecoturismo de bajo

impacto

Incorporación de

superficie al pago

de servicios

ambientales

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Mi12 Ag09 Ag11

Ag12 Ag15 Ag33

Ag34 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

Fo06 Fo07 Fo08

Fo15 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu24

AhVi16 AhVi17

exclusión de

espcies

exóticas,

superficie

restaurada y

número de

UMAS

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SEMADES 58 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

442 Conservación Impulsar un desarrollo

agroforestal sustentable

Ecoturismo,

agroforestal,

ganadería y

actividades humanas

Reducir la

pérdida de suelo

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag09

Ag11 Ag12 Ag15

Ag33 Ag34 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Fo15 Mi12

Pc13 Pc15 Tu05

Tu08 Tu09 Tu10

Tu15 Tu17 Tu24

Erosión

hídrica,

consumo de

agua,

superficie

reforestada,

cabezas de

ganado,

toneladas de

residuos

confinados.

443 Aprovechamiento Promover la producción

con ecotecnias (viveros)

Minero Superficie con

uso de tecnología

sustentable

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag01

Ag02 Ag03 Ag04

Ag05 Ag06 Ag07

Ag08 Ag09 Ag11

Ag12 Ag14 Ag15

Ag32 Mi12 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

No. Proy

autorizados,

superficie

reforestada,

superficie

minera

regularizada,

ton RSU

controlados

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SEMADES 59 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Fo08 Fo09 Fo10

Fo11 Fo12 Fo15

Tu07 Tu10 Tu11

Tu12 Tu13 Tu18

Tu19 AhVi16

AhVi17 In20 If07

444 Aprovechamiento Promover la producción

con ecotecnias (viveros)

Minero Superficie con

uso de tecnología

sustentable

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Ag08

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag32 Ag34

Mi12 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

fo06 Fo07 Fo08

Tu07 Tu10 Tu11

Tu12 Tu13 Tu18

Tu19 AhVi16

AhVi17 If07

No. Proy

autorizados,

superficie

reforestada,

superficie

minera

regularizada,

ton RSU

controlados

445 Conservación Servicios ambientales Forestal sustentable

y ecoturismo de bajo

impacto

Incorporación de

superficie al pago

de servicios

ambientales

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

exclusión de

espcies

exóticas,

superficie

restaurada y

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SEMADES 60 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Mi12 Ag09 Ag11

Ag12 Ag15 Ag33

Ag34 Fo01 Fo02

Fo03 Fo04 Fo05

Fo06 Fo07 Fo08

Fo15 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu24 Pc13

número de

UMAS

446 Conservación Conservación de la

vegetación

Ecoturismo Conservar el

ecosistema

existente

Co01 Co02 Co03

Co04 Co05 Co06

Co07 Co08 Co09

Co10 Co11 Co14

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi12

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Ag34

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo15

AhVi16 AhVi17

Pc01 Pc02 Pc03

Pc04 Pc05 Pc06

Pc07 Pc08 Pc10

Pc11 Pc12 Tu05

Tu08 Tu09 Tu10

Tu15 Tu17 Tu24

Decreto,

superficie

certificada

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SEMADES 61 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

447 Conservación Servicios ambientales Forestal sustentable

y ecoturismo de bajo

impacto

Incorporación de

superficie al pago

de servicios

ambientales

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Mi12 Ag09 Ag11

Ag12 Ag15 Ag33

Fo01 Fo02 Fo03

Fo04 Fo05 Fo06

Fo07 Fo08 Fo15

Pc13 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu24

exclusión de

especies

exóticas,

superficie

restaurada y

número de

UMAS

448 Conservación Ganadería, agroforestal

y asentamientos

humanos

Reducir la

pérdida de suelo

Co01 Co02 Co03

Co05 Co06 Co07

Co08 Co10 Co11

Co14 Co16 Co18

Co19 Co20 Co28

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Fo01

Fo02 Fo03 Fo04

Fo05 Fo06 Fo07

Fo08 Fo15 Mi12

Pc13 Tu05 Tu08

Tu09 Tu10 Tu15

Tu17 Tu24

Superficie

urbanizada

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SEMADES 62 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

449 Protección Proteger los ecosistemas

y la biodiversidad

Ecoturismo Aumentar la

recarga del

acuífero y

proteger los

ecosistemas

Co01 Co02 Co03

Co06 Co07 Co08

Co10 Co11 Co12

Co16 Co18 Co19

Co20 Co28 Mi12

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Fo07

Fo15 Pc13 Tu05

Tu08 Tu09 Tu10

Tu15 Tu17 Tu24

Superficie

reforestada,

num de UMAS

45O

451

Protección

Protección

Proteger los ecosistemas

Proteger los ecosistemas

Ecoturismo

Ecoturismo

Co01 Co02 Co03

Co06 Co08 Co10

Co11 Co12 Co16

Co18 Co19 Co20

Co28 Co33 Mi12

Ag09 Ag11 Ag12

Ag15 Ag33 Fo07

Fo15 Pc13 Tu05

Tu08 Tu09 Tu10

Tu15 Tu17 Tu24

Co01 Co02 Co03

Co06 Co08 Co10

Co11 Co12 Co16

Co18 Co19 Co20

Co28 Co34 Mi12

Ag09 Ag11 Ag12

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

Porcentaje de

Cobertura

vegetal natural

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 63 UAQ

UGA

Política de

Manejo de la

UGA

Estrategia Ambiental

(Objetivos generales) Usos condicionados

Lineamientos

Ambientales de la

UGA (Metas)

Criterios de

Regulación

Ecológica

Indicadores

Ag15 Ag33 Fo07

Fo15 Pc13 Tu05

Tu08 Tu09 Tu10

Tu15 Tu17 Tu24

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SEMADES 64 UAQ

II. EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL OET: SISTEMA DE

INDICADORES

A. Antecedentes

Uno de los aspectos destacados del territorio es la diversidad de usos que puede tener el suelo. La

decisión sobre que uso darle a un terreno está determinada al menos en parte, por su “aptitud

ambiental”, es decir, por las características que lo vuelven útil para cierto fin, aunque

frecuentemente está determinado por consideraciones económicas, sociales o históricas.

Para conciliar las aptitudes, prioridades y necesidades de los usos del suelo, se emplea el

Ordenamiento Ecológico del Territorio (OET). El OET es un instrumento de planeación y gestión

ambiental sustentado en el análisis de los elementos naturales y sociales que conllevan a los

patrones de ocupación del territorio y el aprovechamiento de recursos naturales bajo un escenario

de sustentabilidad. Este instrumento está dirigido a evaluar y programar el uso del suelo, el

manejo de los recursos naturales y orientar la planeación del desarrollo. A partir del modelo

descrito en la sección anterior, el OET se traduce en políticas de desarrollo territorial con

lineamientos o criterios concretos que permitan minimizar, reducir o resolver los conflictos

ambientales que experimenta el territorio.

La Instrumentación corresponde a la última fase del proceso de de Ordenamiento Ecológico del

Territorio, y en tal sentido, la consulta pública continuará hasta su aprobación por los cabildos

correspondientes y la publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado. Asimismo, la

planeación participativa debe ser considerada en la Fase de Instrumentación que corresponde a la

ejecución y evaluación del ordenamiento ecológico del territorio a través del comité técnico

instalado para tal efecto.

B. Manejo Adaptativo, Sustentabilidad e Indicadores

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 65 UAQ

El Ordenamiento Ecológico es dinámico por naturaleza. Basta revisar el reglamento federal2 o

consultar los documentos fuente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

(Semarnat) en la materia3. El ordenamiento ecológico se basa, entre otros, en el principio del

manejo adaptativo y en el de sustentabilidad.

El manejo adaptativo permite, bajo una aproximación metodológica rigurosa, el aprender de los

resultados de las acciones de manejo, adecuar los cambios requeridos en el proceso y mejorar la

práctica de manejo. El manejo adaptativo, con referencia al OET, presupone que el instrumento

deba ser permanentemente evaluado si se quieren lograr los objetivos del escenario de

sustentabilidad donde se inserta.

Por otra parte, el OET tiene como base un escenario de desarrollo económico sustentable y como

tal debe estar alineado con las políticas nacionales referentes a la sustentabilidad. A partir de que

México firmó el acuerdo del Programa de Acción para el Desarrollo Sustentable o Agenda 21,

suscrito durante la Cumbre de la Tierra en Río, el país se comprometió a adoptar medidas

nacionales y globales en la materia y a realizar acciones orientadas a la generación de indicadores

a través de los cuales se puedan medir y evaluar las políticas y estrategias de desarrollo

sustentable.

De acuerdo con el párrafo 40.4 de la declaración de la Agenda 21, “los indicadores de desarrollo

sustentable necesitan ser desarrollados para proporcionar bases sólidas para la toma de decisiones

en todos los niveles y contribuir a autorregular la sustentabilidad de los sistemas integrados del

ambiente y el desarrollo”. Estos indicadores constituyen un punto de referencia para la

evaluación del bienestar y de la sustentabilidad de un país.

En este sentido la generación de indicadores ambientales permite cubrir diversas condicionantes

de las políticas e instrumentos de planeación ambiental. En primer término, bajo el precepto de

manejo adaptativo, los indicadores facilitan, al nivel local y en particular para el caso, las

siguientes acciones:

2 DOF, 2003. Ibidem 3 http://www.semarnat.gob.mx/queessemarnat/ordenamientoecologico/Pages/inicio.aspx

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 66 UAQ

La evaluación y seguimiento del OET, permiten generar información para evaluar las

prácticas de desarrollo en una entidad, y sentar las bases para evaluar la sustentabilidad de

una entidad.

C. Indicadores: Consideraciones generales

El empleo de indicadores tiene ya una larga historia. Los indicadores permiten proveer de

información instantánea en parámetros en los cuales un usuario determinado está interesado. Para

fines de planeación, los indicadores de mayor uso han sido los de tipo económico. Por ejemplo, el

Producto Interno Bruto es un indicador económico que evalúa el valor monetario de los bienes y

servicios finales producidos por una economía en un período determinado. De acuerdo a la

interpretación de éste indicador se establece e interpreta el estado de una economía. Sin embargo,

los indicadores económicos tradicionales no abordan cuestiones de sustentabilidad.

La sustentabilidad requiere de la evaluación de parámetros en los siguientes temas:

Equidad social

Racionalidad en la toma de decisiones

Aprovechamiento de Recursos Naturales

Conservación de Recursos Naturales

Transparencia y participación social

Para ello, se consideran horizontes temporales de mediano y largo plazo (5-25 años) y se

reconoce de manera tácita que existen recursos públicos. Así, el diseño de un sistema de

indicadores de sustentabilidad que permitan evaluar el OET, bajo un marco de manejo adaptativo

debe tomar en consideración estas premisas.

De acuerdo a las Naciones Unidas los indicadores de sustentabilidad han sido efectivos en asistir

a la toma de decisiones (UN, 2001). Para esta institución es claro que el uso de indicadores

permite:

resaltar aspectos relevantes dentro de las agendas políticas,

identificar tendencias en sectores prioritarios,

facilitar la comunicación del estado del desarrollo a los tomadores de decisiones y público

en general,

promover el diálogo en los temas del desarrollo sustentable,

auxiliar al cumplimiento de objetivos y metas gubernamentales y la revisión y evaluación

de estos objetivos y metas,

evaluar el desempeño de las políticas y las acciones cuando se instrumenta un plan,

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 67 UAQ

aclarar en términos prácticos los términos de los conceptos relacionados con la

sustentabilidad, y

enfocar los programas sectoriales y los presupuestos para lograr los objetivos de

sustentabiliadad.

En suma, la pertinencia del desarrollo de indicadores con respecto al OET radica en poder hacer

operativos tanto el propio instrumento en los objetivos para los que fue diseñado y proveer de

información que permita también hacer práctico y dar sentido al escenario de desarrollo

sustentable. Esto se logra al integrar aspectos ambientales y socioculturales adicionales a los

parámetros económicos tradicionales.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 68 UAQ

D. Indicadores ambientales de Zapotlán

Como se discutió en las secciones anteriores, los documentos del OET en su fase diagnóstica

consignan una serie de indicadores básicos que brindan un panorama general de la ubicación

espacial de los problemas de calidad ambiental dentro del AOE. Uno de los principales

indicadores de calidad ambiental discutidos dentro del diagnóstico del OET es el cambio de uso

del suelo. Según los resultados de las primeras fases del Ordenamiento Ecológico del Territorio

de la Subcuenca de Zapotlán el cambio del uso del suelo y la disminución de la cobertura vegetal

de los bosques de pino-encino ha derivado en problemas de erosión, cambios microclimáticas,

reducción en la productividad agropecuaria, entre otros problemas. Las zonas boscosas de la

cuenca han sido sustituidas por áreas agrícolas y de fruticultura poco integradas desde el punto de

vista funcional de la cuenca.

La calidad ecológica de la región puede considerarse, en general, como muy baja y media. La

distribución de éstos índices presenta patrones de distribución geográfica marcados. La categoría

baja muestra un patrón de distribución que incluye la mancha urbana de Cd. Guzmán y las zonas

agrícolas alrededor de la Laguna de Zapotlán con “parches” de calidad ecológica baja y media.

En las partes altas de la cuenca el patrón consiste de áreas de calidad ecológica media con

“parches” de las categorías alta y baja. En ésta última categoría, las zonas que evidencian mayor

presión en el cambio de categoría es la zona sur suroeste de la cuenca por el cambio de uso de

suelo de zonas boscosas a frutícolas. Estas zonas son las que espacialmente deberán tener mayor

consideración tanto en el diseño de políticas como de lineamientos ecológicos en la elaboración

del modelo de ordenamiento.

El mayor potencial para servicios ambientales corresponde a las partes altas de la cuenca. Sin

embargo destacan los resultados del diagnóstico en términos del indicador medio de éste

indicador. La mayor distribución de potencial medio para servicios ambientales corresponde al

sur y surponiente del AOE. Los resultados son consistentes con los del indicador de áreas

prioritarias de la conservación sobre todo en las inmediaciones del ANP Volcán de Colima. Estos

resultados confirman la importancia de éstas regiones como relevantes para el establecimiento de

políticas de conservación dentro del modelo de ordenamiento ecológico. Por su parte las zonas

relevantes para la protección se ubican en las partes altas y medias del propio volcán de Colima y

la propia laguna de Zapotlán.

Las zonas de restauración identificadas en el diagnóstico se asignan con la finalidad de contener

y/o en su caso revertir algún deterioro existente. El uso del suelo está en función del conjunto de

actividades y técnicas que puedan ser desarrolladas y que tiendan a la recuperación y el

restablecimiento de las condiciones que permiten la evolución y continuidad de los procesos

naturales. Para la asignación de esta categoría de restauración se asigno básicamente a zonas que

tienen calidad ecológica baja y muy baja; es decir, se trata de áreas que muestran alto deterioro de

sus recursos (suelo, agua, vegetación), y que se pueden presentar con diferentes grados de

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 69 UAQ

fragilidad, que va desde baja hasta muy alta. Estas zonas están claramente identificadas en la

región, ya que se refieren a las áreas medias de la cuenca.

E. Construcción de los Indicadores para el OET

Con base en lo discutido en la sección de políticas sectoriales se hace evidente que la

instrumentación de los indicadores es un ejercicio de transversalidad en el quehacer

gubernamental. En este sentido, el papel de la SEMADES se transforma en ser un facilitador para

la gestión de recursos de otras dependencias del sector federal y estatal y coordinar, en conjunto

con los municipios involucrados, los esfuerzos de la inversión privada y social en el área de

Ordenamiento Ecológico del Territorio. De esta manera la definición y viabilidad para el

seguimiento de los indicadores para la instrumentación del OET conlleva a un ejercicio que

concilie e identifique los siguientes elementos fundamentales: el problema ambiental existente, la

política y/o lineamiento ambiental estipulado en el OET y la factibilidad de ser financiado por los

propios programas sectoriales de las políticas públicas existentes en la región.

El sistema de indicadores que se propone está dividido en tres grandes grupos: Indicadores de

monitoreo o seguimiento ambiental, indicadores de impacto y, por último, indicadores de gestión

o administrativos. Los indicadores propuestos pretenden ser la base de un sistema de monitoreo

que tendrá que irse adecuando con base en los preceptos de manejo adaptativo discutidos con

anterioridad.

Uno de los aspectos metodológicos más importantes del sistema de indicadores propuesto es la

definición de un conjunto de “Indicadores de Monitoreo” (M) que permitan evaluar la respuesta

de los ecosistemas representativos en la cuenca a acciones de manejo. Se entiende como

indicadores a una medida cuantitativa, cualitativa ó descriptiva, cuyos valores se registran

periódicamente, y cuyo análisis permite el modelaje de posibles cambios y la dirección del

cambio. En este caso, los indicadores cuantitativos proporcionarían información principalmente

sobre las condiciones de la estructura de los sistemas biológicos y sociales de las UGAs

representativas y los indicadores cualitativos evaluarían las funciones o valores y beneficios

asociados con los bienes y servicios que producen estas UGAs.

Los indicadores están ligados y dirigidos hacia las políticas ambientales del Modelo de

Ordenamiento Ecológico y a los criterios más relevantes de ellas. La dificultad de dar

seguimiento a cada uno de los lineamientos ecológicos rebasaría la capacidad de aprendizaje y

gestión del comité técnico y ejecutivo de ordenamiento como de las autoridades estatales y

municipales. Los indicadores propuestos son generales pero permiten dar cabida a la mayoría de

los lineamientos propuestos dentro del modelo de ordenamiento ecológico.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 70 UAQ

De este modo, los parámetros que intervienen en los llamados indicadores se agrupan en por

política ambiental del modelo. El objeto final de los indicadores de monitoreo será integrar una

base de datos ambientales normalizada, a través de un monitoreo continuo y que rinda un

universo estadístico que permita la validación rigurosa de los resultados.

Los indicadores de monitoreo se completan y retroalimentan con la descripción de las presiones o

intervenciones directas e indirectas que las actividades humanas ejercen sobre el medio natural.

Para ello se toman en consideración primordialmente los planes y programas que el gobierno del

estado pudiese ejercer, así como los actos de autoridad que tienen un efecto sobre el uso y

aprovechamiento de los recursos naturales. Estos “indicadores de impacto” (I) permitirán, a partir

de los indicadores de monitoreo, evaluar los cambios positivos o negativos de las acciones de

manejo que se propongan.

Los indicadores de gestión (G) o administrativos tienen como objeto el evaluar las capacidades

institucionales de los municipios y la SEMADES en la aplicación y seguimiento de los recursos

de los programas propuestos. La evaluación tendrá como propósito contar con procesos de

mejora continua en el cumplimiento de los objetivos del proyecto en su conjunto y cumplir con

los objetivos de sustentabilidad y del manejo adaptativo del ordenamiento ecológico.

En el Cuadro 4 se presentan los indicadores propuestos. El cuadro describe la política ambiental,

el conflicto principal que da pie a esta política, el nombre del indicador y sus características, los

umbrales de medición del indicador y las metas de cumplimiento al mediano plazo. Por último se

establecen las posibles fuentes de financiamiento o responsables para llevar a cabo el programa

dentro de los programas sectoriales existentes que no llevarían a erogaciones presupuestales

particulares para la instrumentación del programa de indicadores; por último se establece una

columna de prioridades para el desarrollo de los indicadores de 1 a 3 por orden de importancia.

.

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 71 UAQ

Cuadro 4. Indicadores propuestos para el seguimiento y monitoreo del OET cuenca de Zapotlán

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

Protecci

ón

UGA’s

con

ecosistema

s de

asociacion

es de

encinares

y bosques

de

coníferas

con

diverso

grado de

deterioro y

Manejo

Ambiental

G El

indicador

evalúa los

esfuerzos

de

conservaci

ón formal

dentro de

la cuenca

Evaluar la

capacidad

de gestión

ambiental

formal

dentro de

la cuenca

Superfici

e (ha)

con

programa

s de

manejo

ambienta

l formal

(ANP,

UMAs,

microcue

ncas,

Programa

s

Superfic

ie

complet

a de las

UGAs

propuest

as con

política

de

protecci

ón

dentro

del

modelo

Consoli

dación

de la

ANP

volcán

de

Colima

en las

UGAs

marcada

s con

esta

estrategi

a de

Evaluació

n

administra

tiva por el

comité de

ordenamie

nto

Anual Sector

ambiental,

forestal,

agropecuari

o Federal,

Estatal y

Municipal

Sector

social y

privado

UMAs,

Programas

Forestales,

1

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 72 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

con

elevada

riqueza

taxonómic

a y

funcional

forestales

)/año

de

ordenam

iento

protecci

ón

dentro

del

modelo

de

Ordena

miento

Programas

de

microcuenc

as

Conserv

ación

Conservac

ión de

vegetación

natural

con poco

grado de

perturbaci

ón

Conservaci

ón de

parches de

asociacione

s de encino

y bosques

de

coníferas

M El

indicador

evalúa la

eficacia de

las

acciones

de manejo

para la

protección

Mantener

e

increment

ar la

cobertura

actual de

vegetación

conservad

a

Cobertur

a vegetal

de

asociacio

nes de

encino y

bosques

de

coníferas

Cobertu

ra

actual.

Pláticas

formales

en los

niveles

educativ

Fortalec

imiento

de

program

as de

manejo

forestal

en la

cuenca

Evaluació

n

administra

tiva por

parte de

PROFEPA

y gobierno

del estado

Anual PROFEPA

Convenios

y acuerdos

con el

sector

educativo,

social y

privado

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 73 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

forestal

dentro de

las partes

altas y

medias de

la cuenca

(ha/año)

Educació

n

ambienta

l

os

básico y

medio

Conservac

ión de la

laguna de

Zapotlán

Conservaci

ón Laguna

G El

indicador

evalúa la

inclusión

de un

programa

de manejo

específico

para la

Laguna de

Zapotlán

Mantener

la

integridad

de la

laguna

para fines

pesqueros,

recreativos

y de

conservaci

ón de aves

Programa

de

manejo

ambienta

l

Program

a de

manejo

ambient

al

avalado

por el

pleno

del

comité

de

Mantene

r e

increme

ntar la

calidad

ambient

al de la

laguna

Evaluació

n

administra

tiva por el

comité de

ordenamie

nto y el

Gobierno

del Estado

(semades)

Bianu

al

SEDESOL

Gobierno

del Estado

1

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 74 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

migratoria

s

Ordena

miento

Ecológi

co

Restaura

ción

UGA’s

con

procesos

de

deterioro

significati

vo

Restauraci

ón

I El

indicador

evalúa los

cambios

en las

tasas de

erosión

del suelo

en la

cuenca

Reducir

las tasas

de erosión

de suelo

dentro de

la cuenca

Superfici

e bajo

programa

s de

conserva

ción de

suelo y

agua

Número

de

proyecto

s

CONSA

/ha

dentro

de la

subcuen

ca

Todas

las

UGAs

de la

región 1

con al

menos

dos

program

as

CONSA

operand

o

Evaluació

n

administra

tiva por

parte del

comité

Estimació

n de tasas

de erosión

mediante

la

ecuación

Anual SAGARPA

(Programa

de uso

sustentable

de recursos

naturales

para

producción

primaria)

Gobierno

del Estado-

SEDER

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 75 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

universal

de pérdida

de suelo

Restaura

ción

conserva

ción

UGA’s

con

ecosistema

s de

encinares,

y bosques

de

coníferas

con

diverso

grado de

deterioro

Forestación

-

Deforestaci

ón

M Este

indicador

evalúa la

tasa anual

de cambio

de uso del

suelo. Es

de

particular

interés los

cambio

anuales de

las

comunida

Evaluar la

eficacia de

las

medidas

de manejo

ambiental

en la

cuenca

Cambio

de

cobertura

de

vegetació

n natural

(ha/año)

NA Tasa de

deforest

ación <

1%

anual

Evaluació

n a través

de

sensores

remotos y

procesami

ento con el

uso de

Sistemas

de

Informaci

ón

Geográfic

a

Anual Programa

Nacional de

Reforestaci

ón

SAGARPA

(Programa

de uso

sustentable

de recursos

naturales

para

producción

primaria)

1

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 76 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

des de

vegetación

natural del

estado

Publicació

n

periódica

de los

resultados

en la

bitácora

ambiental

Gobierno

del Estado-

SEDER

Restaura

ción

para

conserva

ción

UGAs con

presión

por parte

de

Asentamie

ntos

Humanos

o

Forestación I El

indicador

permite

evaluar la

eficiencia

en una

política de

conservaci

Evluar la

forestació

n de las

UGAs con

presión de

deterioro

Cobertur

a de

vegetació

n natural

local

(ha/año)

NA Tasa de

forestaci

ón ≥

20%

/año

/UGA

Evaluació

n a través

de

recorridos

físicos en

el área y

levantamie

nto de

Anual SEDUR

Proarbol

(CONAFO

R)

PROFEPA

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 77 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

actividade

s

agropecua

rias de

relevancia

para la

conservaci

ón

ón a través

de la

restauració

n de

sistemas

de

relevancia

dentro de

la cuenca

sujetos a

fuertes

presiones

de

aprovecha

miento

inventario

s de

cobertura

Aprovec

hamient

Descargas

en la

Gestión en

Calidad del

G/ I Evalúa la

capacidad

Evaluar

los

Tasa del

número

Con

base en

Reducir

los

Pruebas

estandariz

Mens

ual

CNA

Gobierno

1

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 78 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

o

agrícola

y

pecuario

laguna de

sustancias

orgánicas

y de

fertilizante

y

plaguicida

s en

general

con

deterioro

en la

calidad del

agua del

sistema

lagunar

agua de los tres

órdenes de

gobierno

en el

seguimient

o y

cumplime

nto de la

legislación

en materia

de agua

esfuerzos

en el

cumplimie

nto de la

legislación

en materia

de agua

de

inspeccio

nes /

cumplim

ento de

parámetr

os en las

normas

oficiales

mexicana

s

respectiv

as

cada

parámet

ro que

estipula

la

normati

vidad en

materia

de

calidad

de agua

y sus

anexos

metodol

ógicos

de las

pruebas

lixivado

s de

agroquí

micos

hacia la

laguna

en un

5% año

hasta

lograr

contar

con

parámet

ros de

calidad

de agua

en el

adas para

la

medición

de calidad

de agua

del estado

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 79 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

estandar

izadas

para la

medició

n de

calidad

de agua

sistema

lagunar

de

acuerdo

a lo

estableci

do en la

normati

vidad en

la

materia

Ubicación

de fuentes

puntuales

de

contamina

ción de

Gestión en

calidad de

agua en

cauces

G/I El

indicado

Evalúa la

capacidad

de los tres

órdenes de

Evaluar

los

esfuerzos

en el

cumplimie

nto de la

Cumpli-

miento

de

parámetr

os en las

normas

Con

base en

cada

parámet

ro que

estipula

Increme

ntar la

calidad

de agua

superfici

al

Pruebas

estandariz

adas para

la

medición

de calidad

Mens

ual

durant

e la

tempo

rada

CNA

Gobierno

del estado

Asociacion

es de

productores

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 80 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

agroquími

cos en la

cuenca

gobierno

en el

seguimient

o y

cumplime

nto de la

legislación

en materia

de agua

legislación

en materia

de agua

superficial

oficiales

mexicana

s

respectiv

as.

Especial

atención

a Calidad

de

nutriente

s y

calidad

físico

química

de los

ríos

(Nitrógen

la

normati

vidad en

materia

de

calidad

de agua

y sus

anexos

metodol

ógicos

de las

pruebas

estandar

izadas

para la

medició

dentro

de la

subcuen

ca con

base en

la

normati

vidad

vigente

en la

materia

de agua de

lluvia

s

organizados

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 81 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

o,

Fósforo,

Oxígeno

Disuelto,

Amonio

y Materia

Orgánica

(DBO/D

QO).

n de

calidad

de agua

Uso no

sustentabl

e de

agroquími

cos

Gestión de

uso de

agroquímic

os

I M El

indicador

evalúa la

capacidad

de los

agricultore

s en

prácticas

Uso y

aplicaci

ón de

insectici

das y

herbicid

as

conform

Increme

nto en el

seguimi

ento de

la

normati

vidad en

el 20%

Evaluació

n de

gestión y

educación

ambiental

Anual SAGARPA

Secretaría

de Salud

SEDER

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 82 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

sustentabl

es de uso

de

agroquími

cos

e la

normati

vidad de

la

CICOP

LAFES

T

(Comisi

ón

Intersecr

etarial

para el

Control,

Producc

ión y

Uso de

Pesticid

de los

cultivos

por año

hasta

llegar a

la

totalidad

de la

superfici

e

agrícola

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 83 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

as,

Fertiliza

ntes y

Substan

cias

Tóxicas)

, o la

instanci

a

correspo

ndiente.

Auditoría

de

agroquímic

os

I M indicador

permite

auditar el

uso de

agroquími

cos

Evaluar y

fomentar

prácticas

adecuadas

en el uso y

destino de

No de

auditoría

s a

créditos y

programa

s

NA Se

plantea

un

mínimo

de 20

auditorí

Gestión

por parte

de la

SEDER y

la

SEMADE

Anual SEMADES

SEDER

Comité de

Ordenamie

nto

Ecológico

1

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 84 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

auspiciado

por los

programas

oficiales o

de crédito

bancario y

asegurar

que éstos

estén

incorporad

os al

catálogo

del

Ciclopafes

t y su

empleo se

lleve a

agroquími

cos y

establecer

políticas

oficiales

para sus

uso

agrícolas/

año

as a

program

as/ año e

increme

ntar este

mismo

número

hasta

llegar a

la

totalidad

de

program

as y

créditos

otorgad

os cada

S

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 85 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

cabo con

las

técnicas y

dosis

adecuadas

al

caso.dentr

o de la

subcuenca

año

Increment

o de la

frontera

agrícola

en áreas

con

vegetación

natural

Frontera

agrícola

I / M Este

indicador

evalúa los

cambios

de la clase

“agricultur

a” en

todas sus

Evaluar el

comporta

miento de

la

agricultura

con

respecto a

la

Cambio

de

cobertura

de la

clase

“agricult

ura” con

respecto

Tasa de

crecimie

nto de la

frontera

agrícola

< 1%

anual

Mantene

r la

frontera

agrícola

a través

de la

intensifi

cación y

Evaluació

n a través

de

sensores

remotos y

procesami

ento con el

uso de

Anual SAGARPA

(Diversos

Programas)

/

Gobierno

del Estado-

SEDER

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 86 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

modalidad

es con

respecto a

la

vegetación

natural del

mapa de

uso del

suelo y

vegetación

cobertura

de

vegetación

natural de

la

subcuenca

a la de

vegetació

n natural

(ha/año)

expresad

a en

porcentaj

e

mejora

técnica

de la

producci

ón

Sistemas

de

Informaci

ón

Geográfic

a

Publicació

n

periódica

de los

resultados

en la

bitácora

ambiental

Monoculti

vos y

Diversifica

ción

G El

indicador

Evaluar

los

Número

de

NA Al

menos

Evaluació

n

Anual SAGARPA

SEMADES

3

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 87 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

prácticas

pecuarias

no

sustentabl

es dentro

de la

cuenca

Agropecua

ria

evalúa el

fomento a

las

políticas

de

diversifica

ción

agropecua

ria

esfuerzos

del estado

en

términos

de cumplir

con las

metas de

sustentabil

idad en el

campo

proyectos

de

diversific

ación/año

/UGA

un

proyecto

de

diversifi

cación

de

carácter

demostr

ativo en

las

UGAs

con

aprovec

hamient

os

agropec

uarios

administra

tiva por el

comité de

ordenamie

nto y el

Gobierno

del Estado

(SEMAD

ES)

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 88 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

Ganadería

en zonas

de

pendiente

Estabulació

n

G I El

indicador

evalúa el

fomento a

la

estabulaci

ón

pecuaria y

evitar el

pastoreo

en áreas

de

pendiente

Reducir la

erosión y

pérdida de

cobertura

vegetal

por

prácticas

pecuarias

en zonas

no aptas

para la

actividad

Número

de

proyectos

de apoyo

a la

estabulac

ión en

zonas

rurales/a

ño

NA un

proyecto

de

diversifi

cación

de

carácter

demostr

ativo en

las

UGAs

con

aprovec

hamient

os

pecuario

s

Evaluació

n

administra

tiva y de

campo en

las UGAs

de la

subcuenca

Anual SAGARPA

SEDER

SEMADES

Comité de

Ordenamie

nto

Ecológico

3

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 89 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

Aprovec

hamient

o urbano

Preservaci

ón de

paisaje en

reservas

urbanas de

las UGAs

correspon

dientes a

Cd.

Guzmán y

Gómez

Farías

Preservació

n de

paisaje

G El

indicador

evalúa la

inclusión

de

criterios

de paisaje

(cuencas

visuales)

en los

programas

de

desarrollo

urbano y

los

programas

parciales

Mantener

cuencas

visuales

abiertas en

los centros

de

población

con el fin

de contar

con sitios

recreativos

y de

recarga de

acuíferos

dentro de

las

localidade

Porcentaj

e del área

dedicada

como

reserva

territorial

para fines

de

conserva

ción y

recreació

n dentro

de los

Programa

s de

Desarroll

o Urbano

Superfic

ies del

área

urbana

dedicad

a a áreas

de

conserv

ación

formal

dentro

de los

PDU

municip

ales

Mantene

r al

menos

un 30%

de la

superfici

e de

Desarrol

lo

Urbano

con

destino

formal

de

conserv

ación

dentro

Evaluació

n

administra

tiva por el

comité de

ordenamie

nto y el

Gobierno

del Estado

(SEMAD

ES)

Anual Sector

privado y

público

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 90 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

de

desarrollo

urbano al

interior de

la cuenca

s de la

cuenca

Municipa

les

de las

reservas

territoria

les

Aprovec

hamient

o-

Conserv

ación

Regulariza

ción la

situación

ambiental

en predios

mineros

Auditoría

minera

M G El

indicador

evalúa el

desempeñ

o

ambiental

de las

actividade

s mineras

en la

cuenca,

tanto de

Mejorar el

desempeñ

o

ambiental

de las

actividade

s mineras

en el

estado

Auditoría

s

ambienta

les a

proyectos

mineros/

año

NA Auditorí

a

ambient

al a

todos

los

predios

mineros

de la

subcuen

ca

Evaluació

n

administra

tiva y de

cumplimie

nto de

condiciona

ntes de

impacto

ambiental

Perma

nente

PROFEPA

SEMADES

2

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Fase IV del POE de la Subcuenca de la Laguna de Zapotlán Jalisco

SEMADES 91 UAQ

Política

ambient

al del

OET

Conflicto

o

problema

ambiental

Indicador

Tipo

de

indi-

cado

r

Descripció

n Objetivo

Unidad

de

Medida

Umbrale

s de

medició

n

Meta 5

años

Método o

técnica

general de

evaluación

Perio

dicida

d de

segui-

mient

o

Financia-

miento o

programa

instituciona

l

Priorida

d

exploració

n y

explotació

n de

minerales

no

metálicos

y, vigilar

las

actividade

s mineras

competenc

ia de la

federación

G Gestión; I, Impacto; M, Monitoreo; NA, No aplica; ND, No disponible

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SEMADES 92 UAQ