facultad de agropecuaria y nutriciÓnnutriciÓn · página 4444 decana de la facultad de...
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN Enrique Guzmán y Valle
Alma Máter del Magisterio Nacional
FACULTAD DE AGROPECUARIA Y FACULTAD DE AGROPECUARIA Y FACULTAD DE AGROPECUARIA Y FACULTAD DE AGROPECUARIA Y NUTRICIÓNNUTRICIÓNNUTRICIÓNNUTRICIÓN
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS
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DECANATODECANATODECANATODECANATO
DPTO. ACAD. DE INDUSTRIA ALIMENTARÍA
Y NUTRICIÓN
DPTO. ACAD. DE AGROPECUARIA Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS
COORDINACIÓN
DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN
SECRETARíA DOCENTE
COORDINACIÓN DEL INST. DE EXTENSIÓN Y
PROY. SOCIAL
JEFE DE LA UNIDAD
DE PRODUCCIÓN
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La ciencia, la tecnología y la investigación son actos indispensables que nos permiten afrontar con acierto los retos y las demandas de la sociedad y del mundo moderno. En este contexto la Facultad de Agropecuaria y Nutrición asume su responsabilidad con mucha firmeza en sus diferentes especialidades, pues su fuerza principal reside en la conjunción de una formación académica rigurosa y un potencial científico importante, que se nutren de la motivación y de las iniciativas de sus profesores, en función de las necesidades prioritarias de la comunidad, aplicando principios científicos, tecnológicos y pedagógicos, con el fin de mejorar los niveles de producción y desarrollo sostenible en el ámbito nacional. El personal directivo, docente y administrativo de la Facultad estamos comprometidos para que nuestra Institución desarrolle actividades por resultados , en el marco del mejoramiento de la calidad educativa en nuestra casa de estudios superiores, dentro del contexto de la globalización y descentralización, teniendo como eje principal el desarrollo de la cultura alimentaria, ecológica y de la producción agropecuaria, con visión de futuro, como temáticas de importancia consideradas en el sistema educativo del país.
D ra. N em esia H idalgo Penadillo
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D ecana de la F acultad de A gropecuaria y N utrición
En el presente año 2008, al cumplir sus 55 años de vida
Institucional, nuestra Casa de Estudios, la Facultad de Agropecuaria y Nutrición se encuentra a la vanguardia del desarrollo de la Ciencia y Tecnología, para responder a los desafíos y demandas de la sociedad y el mundo globalizado. Nuestros estudiantes y docentes constituyen la parte fundamental en estos logros, al desempeñar un papel fundamental en el avance académico, al igual que el personal administrativo en las diferentes oficinas y laboratorios que tiene la Facultad. Motivo por el cual, la Facultad busca propiciar el logro de la excelencia académica y la simplificación administrativa, con logros con los que estamos realizando como actualizar los Planes de Estudios, la optimización de los procesos de Matricula, la capacitación de los docentes, estudiantes y personal administrativo, los ascensos y ratificaciones de los docentes, las nuevas páginas Web en la Facultad donde nuestros estudiantes podrán obtener toda la información que necesitan y tramitar su Grado Académico de Bachiller y/o Titulo Profesional por Internet, ahorrando tiempo y economía. Esperamos que esta Guía del Estudiante, sirva como un documento de orientación para los estudiantes de la FAN durante su permanencia en esta Casa Superior de Estudios.
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VISIÓNVISIÓNVISIÓNVISIÓN
Acreditar profesionales en Desarrollo Ambiental, Agropecuaria y en Industrias Alimentarías y Nutrición, preparado Científico, Tecnológico, y humanístico, que permita comprender y desempeñarse con eficiencia en el marco de la educación, contribuyendo al desarrollo sostenible del país.
MISIÓNMISIÓNMISIÓNMISIÓN
� Formar educadores críticos, competentes en las áreas de Desarrollo Ambiental, Agropecuaria y Industrias Alimentarías y Nutrición, en función de los avances científicos y su aplicación a nuestra propia realidad educativa, socio cultural y política.
� Integrarse en el sistema de la globalización mundial adaptándose a los cambios tecnológicos y adecuándolos hacia la comunidad nacional.
� Fomentar la investigación Científica – Tecnológica en concordancia con las necesidades de la sociedad peruana.
� Formar docentes con competencias cognitivas, procedimentales y creatividad capaz de desempeñarse en zonas rurales y urbano marginales, aprovechando racionalmente los recursos naturales, fomentando la educación ambiental, agropecuaria e Industria Alimentaría y Nutrición, contribuyendo a la solución de problemas locales, regionales y nacionales del país.
� Formar docentes con valores éticos y cívicos, con responsabilidad y solidaridad social y el conocimiento de la realidad nacional.
� Formar docentes que responden a las demandas y necesidades de la comunidad en el ámbito educativo, ambiental, agropecuaria, alimentaría y nutricional.
� Formar docentes con actitud emprendedora y productiva.
OBJETIVOSOBJETIVOSOBJETIVOSOBJETIVOS
• Formar profesionales en las especialidades de Agropecuaria, Industria Alimentaría y Nutrición y Desarrollo Ambiental, brindándoles un servicio académico en el marco de la excelencia y acorde con los avances de la ciencia, tecnología y humanística.
• Promover la proyección social de los integrantes de la Facultad a través de cursos de capacitación y seminarios, talleres y otros proyectos de desarrollo en la comunidad a nivel local, provincial y nacional.
• Cubrir la demanda de instituciones y empresas del sector educativo y productivo a través de convenios para desarrollar prácticas profesionales a favor de los alumnos de cada una de las especialidades.
• Propiciar la mayor identificación del personal docente y administrativo de la Facultad a través de actividades conjuntas de difusión y de proyección social.
• Diagnosticar la Práctica curricular de las especialidades. Poner en marcha los nuevos equipos de laboratorio.
• Potenciar la organización, funcionamiento y producción académica para el cumplimiento eficiente de su tarea de profesionalización, investigación y proyección social.
• Implementación y funcionamiento de la Especialidad de Educación Alimentaría y Nutrición y de Educación Agropecuaria para el Desarrollo Sostenible en la Escuela de Post grado de la UNE, a nivel de Maestría.
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OOOORIENTACIRIENTACIRIENTACIRIENTACIÓÓÓÓN PN PN PN PAAAARA LARA LARA LARA LA CONSEJERIA ACADCONSEJERIA ACADCONSEJERIA ACADCONSEJERIA ACADÉÉÉÉMICAMICAMICAMICA
1. Los alumnos ingresantes realizarán la matrícula directamente en la Facultad;
para ello deben mostrar: documento original de identidad, recibos originales de matrículas, recibo original por carné universitario, constancia original de ingreso expedida por la Dirección de Admisión.
2. Los estudiantes de otras promociones deben mostrar Carné Universitario o
documento de identidad, record académico del ciclo anterior.
3. Los pagos que debe realizar el estudiante para la matricula normal, varia cada ciclo académico, por lo que no se tiene una cifra exacta.
4. Las fechas señaladas para el proceso de matrícula son:
a. Matricula Normal : b. Matricula Extemporánea: c. Rectificación de matricula: d. Ultimo día de retiro de cursos:
Estas fechas pueden variar por disposición del Vicerrectorado Académico.
5. El profesor consejero, autorizado por la Facultad entrega al estudiante, el
consolidado de matrícula, aquí se presentan dos casos: a) El consolidado está conforme: en este caso el consejero entrega dicho
documento al estudiante, previa firma en el listado entregado por la OCRYSA.
b) El consolidado No está conforme; en este caso el estudiante anota las correcciones o agrega las llaves, asignaturas y créditos correspondientes, luego el consejero escribe su nombre y firma en el documento, inmediatamente el estudiante se dirigirá a la ORYSA, para realizar las correcciones por pantalla y recabar al instante el nuevo consolidado de matricula. Si agrega asignaturas de cargo deberá mostrar los recibos de pago, dejar la copia.
6. Los estudiantes que realizan Reingreso y/o Adscripciones a diferentes
promociones, realizan directamente su matricula en la OCRYSA, presentarán copia de la respectiva resolución, los demás requisitos para la matricula y además una fotografía tamaño carné, al instante se le entregará el consolidado de matricula.
7. Para la rectificación de matrícula, el estudiante se dirigirá a la OCRYSA, portando
documento de identidad y el original del consolidado de matricula con los cambios respectivos.
8. La matrícula es un acto académico celebrado entre la Facultad o Escuela de
Post grado y el Estudiante, mediante el cual esto adquiere los derechos y obligaciones correspondientes. El periodo de matricula se fija en el calendario académico y correspondiente a los cinco (05) días útiles previos al inicio de cada semestre. (Art. 494 y495.RG.)
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FUNCIONES DEL DOCENTE CONSEJEROFUNCIONES DEL DOCENTE CONSEJEROFUNCIONES DEL DOCENTE CONSEJEROFUNCIONES DEL DOCENTE CONSEJERO
Atención directa con los estudiantes que están a su cargo desde el 1er ciclo hasta
la culminación de sus estudios.
Orientar y asesorar al estudiante en la matricula y en todos los tramites académicos
y administrativos.
Atención extracurricular de los problemas, personal y social.
Disponer de un archivo personal de cada alumno, de la promoción que asesora
donde incluya su directorio, récords de notas, asistencia a clases.
Velar por el rendimiento académico haciendo las respectivas coordinaciones con
los docentes que dictan en dicha promoción.
Orientar constantemente el perfil profesional elegido a través de mesas redondas.
Organizar charlas de relaciones humanas, ética y valores.
NORMAS GENERALES PARA LA MATRICULANORMAS GENERALES PARA LA MATRICULANORMAS GENERALES PARA LA MATRICULANORMAS GENERALES PARA LA MATRICULA
1. Es alumno de la Facultad, quien ha cumplido con los requisitos establecidos para su admisión y sea matriculado en una de las especialidades que brinda la Facultad (Art. 5 Reglamento de Estudios)
2. La condición del alumno es conferida por la matricula, valida hasta la
matricula siguiente.
3. La matricula es personal.
4. Los alumnos pueden tener matricula regular o especial: 4.1 Matrícula regular: es a partir de 12 hasta 22 créditos en forma excepcional
se matricularán hasta 26 créditos por ampliación, siempre y cuando el estudiante tiene promedio ponderado de 14 ó más y hayan aprobado todas las asignaturas del ciclo anterior, o semestre (Artº.500 R.G.)
4.2 Matrícula especial: Procede para regularizar situaciones académicas pendientes y en el número de créditos es de 01 a 11; previa solicitud del estudiante y autorización con la Resolución de autorización de la Facultad. (Artº. 499 R.G.).
Además en toda su vida académica el alumno (a) podrá tener un máximo de cuatro matrículas especiales para nivelarse.
5. Curso de cargo: toda asignatura desaprobada obligará al estudiante llevar a
través de la modalidad del “cargo”, con el pago respectivo, con un tope máximo de 4 asignaturas por ciclo.
6. Matricula Extemporánea: Se refiere cuando el estudiante no se matriculó en el
cronograma prevista por autoridad académica y se admite su matricula previo pago con el recargo del 50% de la tasa de matricula, además de los otros pagos establecidos, con la finalidad de apoyar al estudiante.
7. Cursos programados de otra especialidad: El estudiante podrá matricularse
automáticamente. En cursos que se dictan en otras Facultades sin excederse
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de 11 créditos, siempre y cuando estas asignaturas no se programen en su facultad de origen.
8. Rectificación de Matrícula, en la fecha establecida en el calendario
académico, el estudiante podrá rectificar matricula de oficio, si aparece en la relación de observados, publicado y distribuida por OCRYSA o si se matriculo con una llave de curso de manera incorrecta o inconvenientemente; el mismo que se realizara en un plazo que no exceda los quince (15) días de calendario de iniciadas las actividades del ciclo. Los casos excepcionales son contemplados por el Consejero de Facultad, instancia que aprobará o denegará la Matricula: (Art. 503. R.G.)
9. Reserva de Matricula: El estudiante que no pudiera continuar sus estudios por
razones de trabajo o de otra naturaleza justificada, podrá Solicitar Reserva de Matricula antes durante el proceso de matrícula para dicho periodo. La solicitud debe estar acompañada de los documentos que la sustenten, la Facultad emitirá la resolución correspondiente.
10. Licencia de Estudios: El estudiante que no pudiera continuar sus estudios
durante uno o varios ciclos por razones de trabajo o de otra naturaleza justificada, podrá solicitar Licencia de Estudios dentro del ciclo académico y solo durante toda su formación profesional. La solicitud debe estar acompañada de los documentos que sustenten de manera sólida, coherente y valedera. La facultad emitirá la Resolución correspondiente.
11. Reingreso: El estudiante realizará tramite de Reingreso a la UNE en la Facultad
adjuntando los documentos correspondientes, una vez obtenida la Resolución respectiva, efectuará la matricula correspondiente en la OCRYSA.
12. Retiro de Cursos: Si el alumno (a) tiene que retirarse de algún o algunos cursos,
por problemas de fuerza mayor y con el fin de no perjudicarse en su promedio ponderado, deberá hacerlo dentro de los 30 días de iniciadas las clases; con la autorización resolutiva de su Facultad.
13. Retiro o Desmatricula del Ciclo Académico: Si el alumno(a), por alguna razón
justificada, no puede seguir estudiando; solicitara a la Facultad dentro de los treinta días del inicio de clases, el Retiro del Ciclo Académico, quien emitirá la resolución correspondiente.
14. Un estudiante no puede matricularse en dos o más Facultades
simultáneamente, se incluyen la Escuela de Pos-Grado y Segunda Especialidad (Art. 479 y 506° Reglamento UNE)
15. Los Estudiantes que se hubieran trasladado de una Facultad a otra, para
matricularse en la Facultad receptora deben cumplir con los siguientes requisitos:
a) Acreditar la aprobación de por lo menos treinta y dos (32) créditos.
b) Obtener una de las Vacantes ofrecidas por la Facultad en que
aspira proseguir sus estudios, consignadas en el cuadro anual que aprueban las Facultades para traslado interno. Finalmente la Matricula será autorizada mediante Resolución de la Facultad respectiva; el Reglamento de la Facultad norma las exigencias académicas, para tal fin. (Art. 502)
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RRRREQUISITOS, CONCEPTOS, LUGARES DE PAGO Y EQUISITOS, CONCEPTOS, LUGARES DE PAGO Y EQUISITOS, CONCEPTOS, LUGARES DE PAGO Y EQUISITOS, CONCEPTOS, LUGARES DE PAGO Y
PROCEDIMIENTOS PARPROCEDIMIENTOS PARPROCEDIMIENTOS PARPROCEDIMIENTOS PARAAAA LA MATRICULA LA MATRICULA LA MATRICULA LA MATRICULA
I. REQUISITOS:
1. Copia de recibos de pagos de tesorería o Banco de la Nación. 2. Mostrar recibos de pago originales: por matricula y carné Universitario. 3. Mostrar record académico. 4. Presentar carné universitario o documento de identidad. 5. Los reingresos y adscripciones serán mediante resolución de la Facultad.
REGLAMENTO GENERAL DE LA UNE.REGLAMENTO GENERAL DE LA UNE.REGLAMENTO GENERAL DE LA UNE.REGLAMENTO GENERAL DE LA UNE.
PARA LA MATRICULAPARA LA MATRICULAPARA LA MATRICULAPARA LA MATRICULA
Art.494° La matricula es un acto académico celebrado entre la Facultad o Escuela de Post grado y el estudiante, mediante el cual éste adquiere los derechos y obligaciones correspondientes. Art. 495º El periodo de matricula se fija en el calendario académico y corresponde a los cinco (5) días útiles previos al inicio de cada semestre académico. Art. 496º La matricula en la Universidad es semestral a anual, de acuerdo con el currículo y las condiciones de cada Facultad. En el sistema anual, el estudiante puede rectificar su matricula si hubiera desaprobado en el semestre inmediato anterior alguna asignatura que es requisito para estudiar se secuencia.
Art. 498º Para el Régimen Regular, de acuerdo con la Ley Universitaria 23733, el inicio del primer semestre del año académico correspondiente se efectúa el primer día del mes de abril.
Art. 500º El tope máximo de créditos en que puede matricularse un estudiante es de veintidós (22) créditos por semestre. Por razones excepcionales y previa verificación de la aprobación de la totalidad de créditos del semestre anterior, el Decano de la Facultad puede autorizar la matricula en veintiséis (26) créditos como máximo, para aquellos estudiantes que tienen un promedio ponderado de catorce en el semestre anterior.
Art.501° Para matricularse el estudiante debe presentarse:
� Constancia de Ingreso a la universidad ó record académico del último ciclo. � Ficha de Matrícula debidamente llenada con la relación de asignas, su creditaje y
firmada por el profesor consejero. � El recibo de pago por derecho de Matrícula. � Certificado Médico emitido por el Área de salud.
La ficha de matrícula es única en la universidad, según diseño aprobado por el Vicerrectorado Académico.
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Art. 502° Los estudiantes que se hubieran trasladado de una facultad a otra, para matricularse en la facultad receptora deben cumplir con los siguientes requisitos:
� Acredita la aprobación de por lo menos treinta y dos � Obtener una de las vacantes ofrecidas por la facultad en se aspira proseguir
sus estudios, consignadas en el cuadro anual que aprueban las facultades para traslado interno.
La matrícula será finalmente autorizada mediante Resolución de Facultad.
Art.503° La rectificación de matrícula, así como la matrícula extemporánea se realizan en un plazo que no debe exceder los quince (15) días calendarios de iniciadas las actividades académicas del ciclo. Los casos excepcionales son contemplados por el consejo de facultad, instancia que aprobará o denegará la matrícula.
Art.504° La matricula es personal, salvo casos justificados en que se puede aceptar mediante carta poder notarial.
Art. 505° Los alumnos que interrumpen sus estudios pueden solicitar la actualización de su matrícula, debiendo adeudarse en dos o más facultades simultáneamente. Art. 506° El estudiante no puede, por ningún motivo, matricularse en dos o más facultades simultáneamente. Art.507° Los ingresantes que no pudieren matricularse en el ciclo correspondiente conservan sus derechos hasta por el término de dos (2) semestres académicos, previa solicitud dirigida a la Decana de la Facultad de Agropecuaria y Nutrición.
DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTESDE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTESDE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTESDE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Art. 348º
Para ser Ayudante de Cátedra o de Laboratorio se requiere: a) Ser alumno regular de la UNE con matricula vigente en el IX o X ciclo, b) Poseer un promedio ponderado en la especialidad ubicado dentro del tercio
superior en la escala de evaluación vigente en la UNE, c) Ser propuesto por escrito, por dos docentes ordinarios de mayor categoría de la
especialidad; y d) Obtener el puntaje establecido en el Reglamento respectivo.
Art. 439º. Los Ayudantes de Cátedra y de Laboratorio perciben una remuneración única correspondiente a las dos (2) terceras partes del haber básico de un Jefe de Práctica a tiempo Completo. Art. 508° Son deberes de los estudiantes, además de los fijados en el artículo 57° de la ley 23733 y el artículo 126° del Estatuto de la UNE, los siguientes:
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a) Dedicarse de manera plena y con responsabilidad a su formación académica y profesional.
b) Cumplir con todas las actividades académicas de investigación y proyección social que exigen los planes de estudio de su carrera.
c) Abonar oportunamente los derechos universitarios correspondientes. d) Asistir a todos los actos oficiales y culturales. e) Observar el debido comportamiento dentro y fuera de la universidad, de
acuerdo con su responsabilidad estudiantil y futura condición profesional. f) No comprometer el nombre de la Universidad en actividad pública o privada
alguna, con fines personales. Art. 509° Además de los derechos reconocidos por el artículo 58 de la ley 23733 y el artículo 127° del estatuto de la UNE, los alumnos tienen derecho a:
a) Ejercer el derecho de petición oral o escrita ante las diversas instancias, administrativas y académicas de la universidad.
b) Ser estimulado y distinguido mediante el otorgamiento de premios por sus méritos estudiantiles y su destacada participación en proyectos de Investigación y/o actividades de proyección social.
c) La defensa y audiencia en caso de ser sometidos a sanciones disciplinarias. d) Acceso a las Ayudantías de Cátedra rentadas en función a su alto rendimiento
académico.
Art. 510° El alumno puede solicitar revisión de la nota que obtenga en un examen, ante el propio docente; y, si lo considera fundado, ante la Dirección de Estudios de la Facultad, en un plazo de tres (3) días útiles contados a partir de la segunda revisión y/o entrega del examen por parte del docente, planteando sus fundamentos por escrito.
Art.511° El derecho a la tacha de profesores que reconoce el inciso “p” del artículo 127° del estatuto de la universidad sólo procede por motivos de orden académicos-pedagógico. Este derecho es válido solamente a solicitud escrita de la mitad más uno de los alumnos del aula.
Art.512° Los beneficios de Bienestar Universitario a los estudiantes son:
a) Servicio de Comedor. b) Becas integrales, las que comprenden gratuidad de la enseñanza, alimentación
y alojamiento.
DE LA INCOMPATIBILIDAD DE LOS ESTUDIANTESDE LA INCOMPATIBILIDAD DE LOS ESTUDIANTESDE LA INCOMPATIBILIDAD DE LOS ESTUDIANTESDE LA INCOMPATIBILIDAD DE LOS ESTUDIANTES
Art. 513° Además de las incompatibilidades señaladas en el artículo 129° del Estatuto UNE, el alumno está impedido de:
a) Ser elegido en dos periodos consecutivos como miembro del tercio Estudiantil ante
la asamblea Universitaria, Consejo de Facultad y Escuela de Post Grado de acuerdo con el artículo 60° de la Ley 23733.
b) Ejercer actividad rentada dentro de la universidad mientras es miembro del Tercio Estudiantil de cualquier órgano de gobierno y hasta un año después de finalizado su mandato.
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DE LAS FALTAS Y SANCIONESDE LAS FALTAS Y SANCIONESDE LAS FALTAS Y SANCIONESDE LAS FALTAS Y SANCIONES Art. 514° Constituyen faltas, además de las estipuladas en el artículo 130| del Estatuto UNE, las siguientes:
a) Violar el Estatuto, Reglamento General y los Reglamentos de Facultad y Escuela de Post Grado.
b) Atentar contra los bienes, muebles e inmuebles de la universidad. c) Impedir por la fuerza el ejercicio de los derechos de otros estudiantes, docentes,
trabajadores, no docentes y/o atentar contra su integridad física dentro del campus universitario.
d) Descuidar sus deberes universitarios o cumplirlos con notario deficiencia. e) Sufrir condena por delitos comunes.
Art. 515° Las sanciones que se aplican a los estudiantes en concordancia con la ley Universitaria y el Estatuto de la UNE son:
a) Amonestación pública. b) Suspensión hasta por su semestre por acuerdo de Consejo de Facultad o de la
Escuela de Post Grado. c) Suspensión por más de un semestre o separación definitiva de la universidad por
acuerdo del Consejo Universitario. Para estos dos últimos casos es necesario el veredicto y la propuesta de
sanciones emitidas por el tribunal de honor, previo proceso de investiga torio.
Art.516° Los estudiantes que cometen actos de disciplina o que incurran en actos que atenten contra los derechos de los docentes, trabajadores no docentes, u otros estudiantes, así como los tipificados por el artículo 514° de este reglamento serán sancionados, de acuerdo con la gravedad del caso, por las autoridades competentes o por el Tribunal de Honor. Art.517° El Tribunal de Honor de la Universidad investiga como procesa y dictamina sobre la procedencia de las denuncias que contra los estudiantes formule los miembros de la universidad por falta de carácter disciplinario, las que por su especialidad naturaleza o gravedad son traslados a esta instancia por el Concejo de Facultad en que esta matriculado el estudiante procesado. Art.518° Para la aplicación de sanciones a los estudiantes se observa el siguiente procedimiento:
a) La denuncia es formulada por escrito ante la oficina de bienestar Universitario, cuyo titular la trascribe al estudiante demandado y al Consejo de Facultad en que este curso estudio.
b) El Consejo de Facultad, luego de tomar conocimiento y convocar a una audiencia especial al estudiante, se pronuncia al respecto, pudiendo emitir sanción en primera instancia. Si el caso revistiera gravedad o requiere investigación reservada, lo traslada al Tribunal de Honor de la Universidad.
c) El Tribunal de Honor notifica al estudiante procesado para en que en un plazo máximo de 10 días calendarios formule por escrito los respectivos descargo.
d) Fenecido el plazo indicado, en sesión cerrada y con los descargos formulados o sin ellos, el Tribunal de Honor se pronuncia sobre los méritos de denuncia y en presencia del denunciante lee sus conclusiones
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e) El Tribunal de Honor hace conocer por escrito al Consejo de Facultad sobre el mérito de los hechos acreditados en el proceso así como sus conclusiones y su opinión en caso que el hecho mereciera sanción.
f) El Consejo de Facultad resuelve lo conveniente en base al informe del Tribunal de Honor.
g) El estudiante puede solicitar reconsideración de la resolución que expida al Consejo de Facultad si así lo considera oportuno, aportando nuevas pruebas instrumentales, y sólo dentro de los 10 días hábiles de haber sido notificados del acuerdo.
h) Para que se determine la separación definitiva de un estudiante se requiere, necesariamente, ratificación del Consejo Universitario.
Art. 519° Para todos sus efectos, el informe del Tribunal de Honor debe especificar:
a) Los cargos acreditados y las pruebas de ellos. b) La sanción a aplicar. c) Los fundamentos de su propuesta.
El Manual del Tribunal de Honor especifica lo concerniente al proceso investiga torio. Para todos sus efectos, el informe del Tribunal de Honor debe especificar:
d) Los cargos acreditados y las pruebas de ellos. e) La sanción a aplicar. f) Los fundamentos de su propuesta.
CAPITULO VIIICAPITULO VIIICAPITULO VIIICAPITULO VIII
De la Representación EstudiantilDe la Representación EstudiantilDe la Representación EstudiantilDe la Representación Estudiantil Art. 520° La Universidad reconoce el derecho de los estudiantes a agremiarse libre y voluntariamente con fines científicos, culturales, técnicos, deportivos y de representatividad estamental. Art. 521º La Universidad reconoce la personería de la Federación de Estudiantes y Centros Federados elegidos democráticamente, en uso de los derechos constitucionales del estudiantado y reconocidos por la Ley, el Estatuto y el Reglamento de la UNE. Art. 522º La participación de la representación estudiantil en los órganos de gobierno de la Universidad está establecida por la Ley Universitaria 23733 y el Estatuto de la UNE. Los delegados estudiantiles ante la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario y Consejote Facultad son elegidos anualmente mediante el voto directo, secreto y obligatorio de los estudiantes, en un acato único de sufragio, debiendo votar por lo menos el 60% de los mismos par ser válidos. Art. 523º Para ser elegido representante estudiantil ante los órganos de gobierno de la UNE se requiere reunir los siguientes requisitos:
a) Ser alumno regular de la Universidad con matricula vigente y estar en uso de los derechos inherentes a tal estatus;
b) Haber aprobado por lo menos dos semestres o un año académico o tener acumulados 36 créditos en su récord académico, dentro de la UNE;
c) No haber ejercido representación en el periodo inmediato anterior y ante el mismo órgano de gobierno; y
d) No haber incurrido en responsabilidad legal por acto contra la Universidad.
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Art. 524º La Federación de Estudiantes elabora un Reglamento de Elecciones de la representación estudiantil ante los órganos de gobierno, de acuerdo con el Reglamento de Comité Electoral Universitario, en que se consignan el procedimiento, las obligaciones, los derechos y sanciones referidas al proceso eleccionario, el mismo que será sancionado por el Consejo Universitario. Art. 525º El Comité Electoral Universitario vela por el estricto cumplimiento del Reglamento a que se refiere el artículo anterior y dirige el acto eleccionario, establece además las sanciones a los estudiantes omisos a sufragio. Art. 526º El acto de sufragio es único en toda la Universidad, en donde se elige a la representación estudiantil completa a los órganos de gobierno de la Universidad. Este proceso es conducido por el Comité Electoral Universitario.
ESTUDIANTES Y GRADUADOSESTUDIANTES Y GRADUADOSESTUDIANTES Y GRADUADOSESTUDIANTES Y GRADUADOS Art. 479º Son estudiantes de la UNE quienes han cumplido con los requisitos establecidos para su admisión y se han matriculado en una de las Facultades o la Escuela de Postgrado. Art. 480º El ingreso para realizar estudios profesionales en la Universidad Nacional de Educación se realiza de acuerdo a las siguientes modalidades:
a) Concurso de Admisión para los postulantes egresados de Educación Secundaria; b) Exoneración del Concurso de Admisión para los dos (2) primeros alumnos que
hayan obtenido los más altos calificativos en los centros educativos del nivel secundario de carácter estatal, particular o fiscalizado del área de influencia de la Universidad.
c) Exoneración del Concurso de Admisión de los titulados o graduados en universidades nacionales o extranjeras y los centros educativos de nivel superior señalados en el artículos 99º de la Ley Universitaria;
d) Exoneración del Concurso de Admisión a deportistas de reconocida calidad a nivel nacional y/o internacional, a propuesta del Consejo de Facultad y con el voto unánime del Consejo Universitario, y
e) Traslado externo para estudiantes de otras universidades del país o del extranjero y de los centros de educación superior que hayan aprobado por lo menos dos (2) años, cuatro semestres académicos completos o 72 créditos. En los casos “c” y”e”, los postulantes se sujetan a una evaluación individual, a la convalidación de los estudios realizados en atención a la correspondencia de los sílabos y a la existencia de vacantes. Los traslados externos deben realizarse a la misma carrera de origen o a fin.
Art. 481º Para el ingreso al Régimen Semi presencial se requiere: a) Ser docente intitulado en servicio y acreditar por lo menos (2) años académicos de trabajo ininterrumpido con documentos expedidos por la División de Escalafón de a Dirección Departamental de Educación, de la USE correspondiente a de la sede del Ministerio de Educación. Los docentes que laboren en Centros Educativos Particulares presentarán en original o copia legalizada el contrato de prestación de servicios visado por la Dirección Departamental de Educación, la USE correspondiente o la sede del Ministerio de Educación; y b) Los demás requisitos que señala el Reglamento de Admisión.
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Art.482º
Para la admisión de Post grado de la UNE son requisitos: A) Para la Maestría:
a) Poseer Grado Académico de Bachiller y Titulo Profesional otorgado por una Universidad Nacional o extranjera; en este último caso debidamente revalidado;
b) Acreditar, mediante certificados oficiales, la culminación de sus estudios de profesionalización;
c) Aprobar el examen de admisión y obtener vacante; y d) Los demás requisitos que señala el reglamento de Admisión.
B) Para el Doctorado a) Poseer Grado Académico de Maestro en Ciencias de la Educación; b) Acreditar, mediante certificados oficiales, la culminación de sus estudios de
profesionalización y Maestría; c) Aprobar el examen de admisión y obtener vacantes, y d) Los demás requisitos que señala el Reglamento de Admisión.
(Art. Modificado por Res. Nº 0209-2002-R-UNE,05-02-02, ver Anexo 01)
Art. 483º Para el acceso a los estudios de Segunda Especialidad son requisitos :
a) Poseer título profesional expedido por una Universidad nacional o extranjera; en este último caso es obligatoria la revalidación;
b) Acreditar, con certificados oficiales, la culminación de sus estudios de profesionalización;
c) Aprobar el examen de admisión y obtener vacante, y d) Los demás requisitos que señala el Reglamento de Admisión. Los estudios de Segunda Especialización no conducen a la obtención de Grado
Académico sino de Titulo de Segunda Especialidad. Art. 484º Para los docentes egresados de Escuela Normal o Instituto Superior Pedagógico sin categoría universitaria, la UNE ofrece, previo examen de admisión, a través de sus Facultades estudios de complementación de cuatro (4) semestres académicos conducentes al Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación. Las exigencias para la graduación de los docentes que aprueben los ciclos de complementación aparecen normado en el Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad. Art. 485º Las Facultades y la Escuela de Post grado establecen el numero de vacantes que ofrecen anualmente, tanto para el régimen regular como para el régimen mixto, en concordancia con las disponibilidades de servicios académicos y de bienestar estudiantil , y de acuerdo con el Plan anual de Funcionamiento de la UNE. El Consejo Universitario sanciona el número de vacantes respectivo sesenta (60) días antes del proceso de Admisión. Art. 486º De acuerdo con el articulo 21º de la Ley Universitaria 23733, el número de vacantes que la Universidad ofrece es inmodificable después de aprobado y publicado para cada concurso.
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Art. 493º La comisión Ejecutiva es responsable de la seriedad que debe observarse en el proceso del concurso de Admisión. Está obligada a presentar un Informe Académico y Administrativo dentro de los 20 días siguientes a la fecha de examen. El Consejo Universitario, aprueba el cuadro final de ingresantes antes de su publicación. Los resultados de los exámenes son inapelables:
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AGROPECUARIAAGROPECUARIAAGROPECUARIAAGROPECUARIA
DESCRIPCIÓN La especialidad de Agropecuaria forma profesionales con capacidad para planificar, organizar, dirigir, coordinar, controlar, conducir, y evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje, desde el punto de vista pedagógico, didáctico, metodológico, científico y tecnológico, aplicando las Ciencias Agropecuarias en la Agricultura y la Producción Animal. En la Agricultura, se cultivan plantas para la alimentación humana y pastos y forrajes para la producción de animales, se previene, trata y controla las plagas y enfermedades de las plantas, aplicando los principios Agroecológicos, así como el control biológico. En la producción animal, se aplican las ciencias veterinarias y zootecnia en la investigación, experimentación y producción pecuaria en lo concerniente a la Anatomía Animal, Zootecnia, Fisiología Animal, Microbiología e Inmunología, Patología Animal, control de calidad de los productos y sub-productos de origen animal y disciplinas que los forman como especialistas en el diagnostico, prevención, tratamiento y control de enfermedades infecciosa y parasitarias de los animales domésticos, contribuyendo positivamente en la solución de la problemática ganadera y agrícola nacional, así como con el abastecimiento de recursos de origen animal para superar la escasez de alimentos y la desnutrición de nuestra población. En la producción Agropecuaria, formulan, ejecutan y evalúan proyectos de inversión de Micro, pequeño y empresas productivas agropecuarias y educativas. PERFIL El titulado en Agropecuaria, es un profesional con conocimientos habilidades, destrezas, aptitudes, competencias y responsabilidades, para cumplir con las siguientes funciones: 1. Área Pedagógica
1.1. Aplicar los conocimientos pedagógicos, las estrategias metodológicas activas y tecnológicas en la planificación, organización, dirección y evaluación de la enseñanza-aprendizaje, así como la transferencia de la tecnología, propiciando el desarrollo de capacidades y responsabilidades que lo hacen competitivo en el mercado ocupacional y profesional.
1.2. Organizar, programar, desarrollar, supervisar, evaluar y proponer los planes y programas curriculares en los diferentes niveles del sistema educativo: Inicial, Primaria, secundaria científico-humanista, secundaria – técnica y superior del país.
1.3. Brindar una eficiente Educación para el Desarrollo Ambiental en los colegios e Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos, así como en instituciones tecnológicas y Universidades del país.
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2. Área de Investigación
2.1. Formular, ejecutar y evaluar proyectos de investigación agropecuaria, agro ecología y saneamiento ambiental con fines educativos, productivos y de desarrollo empresarial y de la comunidad.
2.2. Proponer y desarrollar proyectos de Investigación de manejo de los ecosistemas productivos y de salud pública en Instituciones locales, regionales y nacionales orientados a la creación y al mejoramiento de tecnología ambiental. Rescatando y revalorando la tecnología andina.
3. Área Administrativa
3.1. Asesorar tecnológicamente a las instituciones educativas, empresas comunales, empresas de producción, de tecnología ambiental.
3.2. Administrar cooperativas agropecuarias, empresas públicas privadas y agroindustriales ambientales.
3.3. Analizar, interpretar, aplicar los procedimientos administrativos y las normas de la gestión administrativa pública, privada y de las educativas en función de las necesidades educativas y de la comunidad.
3.4. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, evaluar y controlar las acciones educativas en las instituciones educativas del sistema educativo peruano.
4. Área de Proyección Social
4.1. Asesorar y orientar profesionalmente a las comunidades Educativas (Maestros, Alumnos y Padres de Familia), Comunidades Campesinas, Empresas, Cooperativas Agrícolas y Ganaderas del País usando tecnologías limpias.
4.2. Organizar y promover programas de educación para la salud en coordinación con el Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Educación, Institutos Superiores Tecnológicos, Pedagógicos, Universidades, Ministerios de Agricultura, Municipalidades y otras Instituciones Públicas y Privadas del País.
4.3. En el sector Público y Privado, trabajar como promotores y capacitadores de Extensión y Promoción Ambiental; así como en la planificación, organización, Dirección, Ejecución y Control de Empresas Ganaderas y Agroindustriales.
5. El planeamiento, formulación y ejecución y evaluación de Proyectos de
Experimentación, producción e investigación Agropecuaria en sus diferentes áreas de Producción Pecuaria y Agroindustrial.
6. Producir abonos orgánicos y ecológicos como una alternativa de solución al uso
indiscriminado de productos agroquímicos y fertilizantes inorgánicos.
MERCADO OCUPACIONAL El Licenciado en Ciencias Agropecuarias es un Profesional capacitado para: 1. Brindar una eficiente Educación Agropecuaria en los Colegios e Institutos
Agropecuarios, así como en Instituciones Tecnológicas y Universidades del País. 2. Proporcionar la enseñanza Agropecuaria de formación laboral en los diferentes
niveles y modalidades del sistema educativo peruano. 3. Asesorar y orientar técnica y profesionalmente a las comunidades Educativas
(Maestros, Alumnos y padres de familia), Comunidades Campesinas, empresas, cooperativas agrícolas y ganaderas del país.
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4. Puede desempeñarse en los servicios asistenciales, consultorios y clínicas veterinarias como asistente y/o técnico veterinario.
5. Organizar y promover la educación para la salud en coordinación con el Ministerio
de Salud Pública, Ministerio de Educación, Ministerio de Agricultura, IVITA, Municipalidades y otras Instituciones Públicas y Privadas del País.
6. En el sector público y privado, trabajar como promotores y capacitadores de
extensión y promoción agrícola-pecuaria; así como en la planificación, organización, dirección y ejecución de empresas ganaderas y agro-industriales.
7. La investigación agropecuaria, salud animal, salud pública y otras instituciones
afines y educación para la salud en Instituciones nacionales e internacionales. 8. El planeamiento, formulación y desarrollo de proyectos de experimentación,
producción e investigación pecuaria en sus diferentes áreas de producción pecuaria y agroindustriales.
9. Identificar, prevenir y controlar los problemas sanitarios que se presentan en la
producción animal y agrícola. 10. Transferir su tecnología como investigador y/o extensionista pecuario y agrícola. Así
como rescatar, crear o mejorar las tecnologías de uso pecuario y agrícola. 11. Asesoramiento tecnológico en empresas de producción y comercialización
agropecuaria. 12. Administrar cooperativas agropecuarias y Empresas Agrícolas, pecuarias y agro-
industriales. 13. Promover la transformación y/o tecnología de los alimentos, conservación,
refrigeración, congelación molinera y procesamiento de productos cárnicos, lácteos y derivados.
14. Realizar la inspección y control de productos, y sub productos de origen animal. 15. Plantear alternativas curriculares en los diferentes niveles del sistema educativo. 16. Producir abonos ecológicos como una alternativa de solución al uso
indiscriminado de productos agro-químicos y fertilizantes inorgánicos.
INDUSTRIA ALIMENTARIA Y NUTRICIÓNINDUSTRIA ALIMENTARIA Y NUTRICIÓNINDUSTRIA ALIMENTARIA Y NUTRICIÓNINDUSTRIA ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN DESCRIPCIÓN La especialidad de Industrias Alimentarías y Nutrición es una especialidad que vienen ofertando la Facultad de Agropecuaria y Nutrición de la Universidad Nacional de Educación; creada con la finalidad de propugnar una educación para la producción, conservación, transformación y el aprovechamiento racional de los recursos alimentarios existentes en nuestro país. El conocimiento de la nutrición de la población nos permite evaluar la calidad de vida de los habitantes y establecer el modo como la educación puede contribuir al mejoramiento de dicha calidad. Es importante identificar las principales causas de la mortalidad, desnutrición de la población, así como los servicios de salud existentes.
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PERFIL
El educador en Industria Alimentaría y Nutrición es un profesional de la educación con habilidades, destrezas y aptitudes, en los cuales:
1. Aplica los conocimientos de las ciencias pedagógicas, didácticas y tecnológicas como instrumentos en la planificación, organización, dirección y evaluación del aprendizaje; dedicados a la formación de los educandos en sus diferentes niveles y modalidades.
2. Utiliza la Tecnología Alimentaría para la transformación y conservación de los recursos alimentarios, de su entorno, regional y nacional.
3. Formula, desarrolla y evalúa proyectos y programas de Industria Alimentaría y Nutricional contribuyendo al mejoramiento del nivel de vida de la comunidad.
4. Realiza investigaciones en el campo de la educación, la nutrición y la Industria Alimentaría para contribuir con el desarrollo sostenible del país.
5. Propone innovaciones educativas y tecnológicas propiciando el desarrollo de su Institución y Comunidad.
6. Diagnostica la problemática alimentaría y nutricional de la población para programar y desarrollar alternativas educativas que mejoren su nivel nutricional.
7. Práctica los valores éticos, democráticos y promueve el liderazgo en la institución educativa y sociedad.
8. Docente con actitud emprendedora
OBJETIVOS ACADÉMICOS
1. Formar profesionales competentes de conocimientos científicos- tecnológicos, en la especialidad de Industria Alimentaría y Nutrición.
2. Conocer y aplicar la tecnología alimentaría para aprovechar mejor y promover el uso de los recursos alimenticios de su entorno local, regional y nacional.
3. Formular y ejecutar proyectos en Industria Alimentaría y Nutrición y Salud, para mejorar la calidad de vida de la población.
4. Desarrollar la investigación científica para contribuir al desarrollo nacional, optimizando el uso de recursos alimenticios y buscando superar la problemática educativa, alimentaría y nutricional de su comunidad.
5. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar programas de Educación Alimentaría, Nutricional y Salud que contribuyan al desarrollo de su comunidad.
6. Desarrollar la producción de alimentos nutritivos, conservando su valor cultural y social de cada región.
7. Recuperar y valorar la tecnología alimentaría tradicional para lograr una alimentación sostenida y el uso prioritario de los alimentos andinos y amazónicos en la dieta diaria.
8. Diagnosticar la situación alimentaría y nutricional a nivel pre- escolar y escolar y participar activamente en la implementación de programas de alimentación desarrollándose como agente de cambio dirigido a este grupo etárea.
9. Promover la formación de microempresas y pequeñas empresas alimentarías que contribuyan al desarrollo de su comunidad.
10. Demostrar los valores éticos y liderazgos en la sociedad.
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MERCADO OCUPACIONAL
El profesional de Industrias Alimentarías y Nutrición está capacitado para desempeñarse en:
Centro Educativos Técnicos
Centro Educativos Humanísticos.
Centro de Educación Ocupacional
Institutos Superiores que ofrecen la especialidad.
Universidades que oferten la especialidad
Organizaciones no gubernamentales (ONG)
DESARROLLO AMBIENTALDESARROLLO AMBIENTALDESARROLLO AMBIENTALDESARROLLO AMBIENTAL El titulado en Desarrollo Ambiental, es un profesional con conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes, competencias y responsabilidades, para cumplir con las siguientes funciones: 1. Área Pedagógica 1.1 Aplicar los conocimientos pedagógicos, las estrategias metodológicas activas y
tecnológicas en la planificación, organización, dirección y evaluación de la enseñanza-aprendizaje, así como la transferencia de la tecnología ambiental, propiciando el desarrollo de capacidades y responsabilidades que lo hacen competitivo en el mercado ocupacional y profesional.
1.2 Organizar, programar, desarrollar, supervisar, evaluar y proponer los planes y
programas curriculares en los diferentes niveles del sistema educativo: Inicial, Primaria, secundaria científico-humanista, secundaria – técnica y superior del país.
1.3 Brindar una eficiente Educación para el Desarrollo Ambiental en los colegios e
Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos, así como en instituciones tecnológicas y Universidades del país.
2 Área de Investigación
2.1 Formular, ejecutar y evaluar proyectos de investigación agropecuaria, agro ecología y saneamiento ambiental con fines educativos, productivos y de desarrollo empresarial y de la comunidad.
2.2 Proponer y desarrollar proyectos de Investigación de manejo de los ecosistemas productivos y de salud pública en Instituciones locales, regionales y nacionales orientados a la creación y al mejoramiento de tecnología ambiental. Rescatando y revalorando la tecnología andina.
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3. Área Administrativa
3.1 Asesorar tecnológicamente a las instituciones educativas, empresas comunales, empresas de producción, de tecnología ambiental.
3.2 Administrar cooperativas agropecuarias, empresas públicas privadas y
agroindustriales ambientales. 3.4 Analizar, interpretar, aplicar los procedimientos administrativos y las normas de la
gestión administrativa pública, privada y de las educativas en función de las necesidades educativas y de la comunidad.
3.4 Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, evaluar y controlar las acciones educativas
en las instituciones educativas del sistema educativo peruano.
4. Área de Proyección Social
4.1 Asesorar y orientar profesionalmente a las comunidades Educativas (Maestros, Alumnos y Padres de Familia), Comunidades Campesinas, Empresas, Cooperativas Agrícolas y Ganaderas del País usando tecnologías limpias.
4.2 Organizar y promover programas de educación para la salud en coordinación
con el Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Educación, Institutos Superiores Tecnológicos, Pedagógicos, Universidades, Ministerios de Agricultura, Municipalidades y otras Instituciones Públicas y Privadas del País, que fomente la conservación del medio ambiente.
4.3 En el sector Público y Privado, trabajar como promotores y capacitadores de
Extensión y Promoción Ambiental; así como en la planificación, organización, Dirección, Ejecución y Control de Empresas Ganaderas y Agroindustriales.
4.4 El planeamiento, formulación y ejecución y evaluación de Proyectos de Experimentación, producción e investigación Ambiental en sus diferentes áreas de Producción utilizando técnicas de Tecnologías Limpias.
4.5 Producir abonos orgánicos y ecológicos como una alternativa de solución al uso
indiscriminado de productos agroquímicos y fertilizantes inorgánicos.
MERCADO OCUPACIONAL
El Licenciado en Desarrollo Ambiental es un Profesional capacitado para:
1. Brindar una eficiente Educación para el Desarrollo Ambiental en los Colegios e Institutos Agropecuarios, así como en Instituciones Tecnológicas y Universidades del País.
2. Proporcionar la enseñanza Ambiental de formación laboral en los diferentes
niveles y modalidades del sistema educativo peruano.
3. Asesorar y orientar técnica y profesionalmente a las comunidades Educativas (Maestros, Alumnos y padres de familia), Comunidades Campesinas, empresas, cooperativas agrícolas y ganaderas del país.
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4. Organizar y promover la educación ambiental en coordinación con el Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Educación, Ministerio de Agricultura, IVITA, Municipalidades y otras Instituciones Públicas y Privadas del País.
5. En el sector público y privado, trabajar como promotores y capacitadores de
extensión y promoción ambiental; así como en la planificación, organización, dirección y ejecución de empresas ganaderas y agro-industriales.
6. La investigación en Agrosistemas y otras instituciones afines.
7. El planeamiento, formulación y desarrollo de proyectos de experimentación,
producción e investigación ambiental en sus diferentes áreas de producción y utilizando técnicas de tecnologías limpias.
8. Identificar, prevenir y controlar los problemas de impacto ambiental que se
presentan en la producción animal y agrícola y degradación de los ecosistemas.
9. Transferir su tecnología como investigador y/o extensionista pecuario y agrícola. Así como rescatar, crear o mejorar las tecnologías de uso pecuario y agrícola.
10. Asesoramiento tecnológico en empresas de producción y comercialización
agropecuaria desde el punto de vista ambiental.
11. Administrar cooperativas agropecuarias y Empresas Agrícolas, pecuarias y agro-industriales.
12. Promover la transformación y/o tecnología de los alimentos, conservación,
refrigeración, congelación molinera y procesamiento de productos cárnicos, lácteos y derivados.
13. Realizar la inspección y control de productos, y sub productos de origen animal.
14. Plantear alternativas curriculares en los diferentes niveles del sistema educativo.
15. Producir abonos e insecticidas orgánicos como solución al uso indiscriminado de
productos agro-químicos y fertilizantes inorgánicos.
16. Manejar la producción de insectos útiles como controladores y enemigos naturales para el uso agrícola.
17. Producir plantas resistentes frente a enfermedades y ataque de plagas.
18. Evaluar, Diseñar e implementar políticas de impacto ambiental, producidas por
actitud del hombre así como por la explotación de los recursos naturales por las empresas.
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RESOLUCIÓN Nº0917-2006-R-UNE
FORMACIÓN GENERALFORMACIÓN GENERALFORMACIÓN GENERALFORMACIÓN GENERAL
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE
REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
Lenguaje y Comunicación I Matemática I Informática
02 02 00
02 02 04
04 04 04
03 03 02
II
Lenguaje y Comunicación II Matemática II
02 02
02 02
04 04
03 03
III
Lenguaje y Comunicación III Biología
02 02
02 02
04 04
03 03
IV
Lenguaje y Comunicación IV Ecología y Ambiente
02 01
02 02
04 03
03 02
V
Conocimiento Científico del Universo Geografía del Perú y del Mundo
01 02
02 02
03 04
02 03
VI
Filosofía Proceso Histórico Peruano y Mundial
02 02
02 02
04 04
03 03
VII Educación Alimentaria
01
02
03
02
VIII
Realidad e Identidad Nacional
01
02
03
02
IX
X
TOTAL
40
Página Página Página Página 25252525
FORMACIÓN FORMACIÓN FORMACIÓN FORMACIÓN PEDAGÓGICAPEDAGÓGICAPEDAGÓGICAPEDAGÓGICA
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE
REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
Sociedad, Cultura y Educación
01
02
03
02
II
Teoría de la Educación Psicología General
02 02
02 02
04 04
03 03
III
Teoría Curricular Psicología del Desarrollo
02 02
02 02
04 04
03 03
IV
Didáctica General Psicología del Aprendizaje
02 01
02 02
04 03
03 02
V
Evaluación Educativa
02
02
04
03
VI
Orientación del Desarrollo Personal
01
02
03
02
VII
Proyectos Educativos Constitución y Legislación Educacional
01 01
02 02
03 03
02 02
VIII
Ética y Deontología Docente
01
02
03
02
IX
Gestión Educacional
01
02
03
02
X
TOTAL
32
Página Página Página Página 26262626
PRÁCTICAS PRE PROFESIONALESPRÁCTICAS PRE PROFESIONALESPRÁCTICAS PRE PROFESIONALESPRÁCTICAS PRE PROFESIONALES
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
II
III
IV
V P.P.P. de Observación Análisis y Planeamiento
01
02
03
02
VI P.P.P. Discontinua
00
04
04
02
VII P.P.P. Continua
00
06
06
03
VIII
P.P.P. Intensiva
00
10
10
05
IX
P.P.P. Administrativa
00
06
06
03
X
P.P.P. en la Comunidad
00
08
08
04
TOTAL
19
ACTIVIDADESACTIVIDADESACTIVIDADESACTIVIDADES
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
Actividad I (Educación Física)
00
02
02
01
II
Actividad II(Música y Danza)
00
02
02
01
III
Actividad III (Artes Plásticas)
00
02
02
01
IV
Actividad IV (Teatro y Cine)
00
02
02
01
V
Actividad V (Productivas)
00
02
02
01
VI
VII
VIII
IX
X
TOTAL
05
Página Página Página Página 27272727
INVESTIGACIÓNINVESTIGACIÓNINVESTIGACIÓNINVESTIGACIÓN
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE
REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
Metodología del Trabajo Universitario
01
02
03
02
II
III
IV
Estadística General
02
02
04
03
V
VI
Taller de Investigación I
02
02
04
03
VII
Taller de Investigación II
02
02
04
03
VIII
Taller de Investigación III
01 04
05
03
IX
X
TOTAL
14
Página Página Página Página 28282828
ESPECIALIDAD AGROPECUARIA G1ESPECIALIDAD AGROPECUARIA G1ESPECIALIDAD AGROPECUARIA G1ESPECIALIDAD AGROPECUARIA G1
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE
REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
ANAG0107 ANAG0108
Anatomía y Fisiología Animal Botánica y Fisiología Vegetal
03 02
04 04
07 06
05 04
II
ANAG0216 ANAG0217 ANAG0218
Zootecnia y Helicicultura Química Orgánica Agrotecnia
02 02 02
03 02 02
05 04 04
03 03 03
III
ANAG0325 ANAG0326 ANAG0327
Microbiología e Inmunología Bioquímica de la Especialidad Propagación de Plantas
01 0101
04 04 04
05 05 05
03 03 03
IV
ANAG0435 ANAG0436 ANAG0437
Nutrición y Alimentación Animal Enfermedades Infecciosas y Parasitarias Manejo de Suelos
02 01 01
03 04 03
05 05 04
03 03 02
V
ANAG0544 ANAG0545 ANAG0546
Didáctica de la Especialidad Entomología y Fitopatología General Mejoramiento Genético
02 02 02
04 04 02
06 06 04
04 04 03
VI
ANAG0653 ANAG0654 ANAG0655
Sanidad Vegetal Farmacología y Toxicología Elaboración y Gestión de Proyectos de Desarrollo Agropecuarios
01 01 02
04 04 02
05 05 04
03 03 03
VII
ANAG0762 ANAG0763 ANAG0764
Pastos y Forrajes Producción de Animales Menores Topografía y Construcciones Rurales
02 02 01
04 03 04
06 05 05
04 03 03
VIII
ANAG0870 ANAG0871 ANAG0872
Huerto Ecológico Integral Producción de Vacunos de Carne y Leche Administración y Autogestión Empresarial
01 01 02
04 04 04
05 05 06
03 03 04
IX
ANAG0976 ANAG0977 ANAG0978 ANAG0979
Producción de Porcinos Producción de Gramíneas y Leguminosas Producción de Raíces y Tuberosas Producción de Aves
01 01 01 02
04 04 04 04
05 05 05 06
03 03 03 04
X
ANAG1081 ANAG1082 ANAG1083 ANAG1084 ANAG1085
Fruticultura Emergencias Operatorias de Animales Métodos de Extensión Rural Producción de Ovinos, Caprinos y Camélidos Comercio Internacional y Mercadotecnia
01 01 01 02
01
02 03 02 03
04
03 04 03 05
05
02 02 02 03
03
TOTAL
100
Página Página Página Página 29292929
ESPECIALIDAD INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ESPECIALIDAD INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ESPECIALIDAD INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ESPECIALIDAD INDUSTRIA ALIMENTARIA Y
NUTRICIÓN NUTRICIÓN NUTRICIÓN NUTRICIÓN G2 G2 G2 G2
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE
REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
ANINO107 ANINO108 ANINO109
Química General e Inorgánica Anatomía y Fisiología Humana Cultura Alimentaria
02 02 01
04 02 02
06 04 03
04 03 02
II
ANINO216 ANINO217 ANINO218
Química Orgánica Análisis y Composición de Alimentos Diseños de Medios y Materiales de la Especialidad
02 02 01
02 02 04
04 04 05
03 03 03
III
ANINO325 ANINO326
Bioquímica de Alimentos Selección y Preparación de Alimentos
02 03
04 04
06 07
04 05
IV
ANINO435 ANINO436 ANINO437
Bioquímica Nutricional Microbiología e Higiene de Alimentos Panadería y Pastelería
01 01 01
02 04 04
03 05 05
02 03 03
V
ANINO544 ANINO545 ANINO546
Nutrición en el Ciclo de Vida Didáctica de la Especialidad Manejo Post Cosecha
02 02 01
04 04 04
06 06 05
04 04 03
VI
ANINO653 ANINO654 ANINO655
Fisiopatología de la Nutrición Tecnologías de Productos Lácteos Procesa. de Recursos Hidrobiológicos
01 01 01
04 04 04
05 05 05
03 03 03
VII
ANINO762 ANINO763 ANINO764
Procesamiento de Productos Agrícolas Evaluación Nutricional Biotecnología y Fermentaciones Industriales
01 02 01
04 04 04
05 06 05
03 04 03
VIII
ANINO870 ANINO871 ANINO872
Epidemiología Humana Desarrollo de Proyectos Productivos Control de Calidad de los Alimentos
01 02 01
04 04 04
05 06 05
03 04 03
IX
ANINO976 ANINO977 ANINO978 ANINO979
Salud Pública y Ambiental Procesamiento de Productos Cárnicos Diseño y Evaluación de Proyectos de Desarrollo Social Técnica Dietética
01 01 02
01
04 04 04
04
05 05 06
05
03 03 04
03
X
ANIN1081 ANIN1082 ANIN1083 ANIN1084
Gestión Empresarial y Liderazgo Alimentación Terapéutica Toxicología y Seguridad Alimentaria Nutrición Pública
01 01 01 01
04 04 04 04
05 05 05 05
03 03 03 03
TOTAL
100
Página Página Página Página 30303030
ESPECIALIDAD DESARROLLO AMBIENTAL G3ESPECIALIDAD DESARROLLO AMBIENTAL G3ESPECIALIDAD DESARROLLO AMBIENTAL G3ESPECIALIDAD DESARROLLO AMBIENTAL G3
HORAS
CICLO
CÓDIGO
PRE
REQUISITO
ASIGNATURA
T P
TOTAL HORAS
CRED.
I
ANDA0107 ANDA0108 ANDA0109
Tecnologías Apropiadas para el Desarrollo Sostenible Química General e Inorgánica Educación Ambiental y Desarrollo Sostenible
01
02 02
04
03 03
05
05 05
03
03 03
II
ANDA0216 ANDA0217 ANDA0218
Química Orgánica Diagnóstico y Manejo de Recursos Naturales Física General
02 01
01
04 03
04
06 04
05
04 02
03
III
ANDA0325 ANDA0326 ANDA0327
Química Ambiental Botánica Ecosistema y Biodiversidad
02 02 01
02 02 04
04 04 05
03 03 03
IV
ANDA0435 ANDA0436 ANDA0437
Microbiología General Bioquímica de la Especialidad Meteorología y Cuencas Hidrográficas
01 01 01
04 04 02
05 05 03
03 03 02
V
ANDA0544 ANDA0545 ANDA0546
Topografía y Construcciones Ecológicas Huerto Ecológico Integral Didáctica de la Especialidad
02 02 02
04 02 04
06 04 06
04 03 04
VI
ANDA0653 ANDA0654 ANDA0655
Manejo Ecológico de Suelos Manejo de Recursos Hidrobiológicos Uso de Energías Renovables I
01 02 01
04 04 03
05 06 04
03 04 02
VII
ANDA0762 ANDA0763 ANDA0764
Manejo Ecológico de Plagas Uso de Energías Renovables II Diseños de Medios y Materiales de la Especialidad
01 02 02
04 02 04
05 04 06
03 03 04
VIII
ANDA0870 ANDA0871 ANDA0872 ANDA0873
Producción de Cultivos Nativos Crianza Ecológico Métodos de Extensión y Seguridad Alimentaria Ecoturismo
01 01 01
01
04 04 03
03
05 05 04
04
03 03 02
02
IX
ANDA0976 ANDA0977 ANDA0978 ANDA0979
Agroecología Contaminación Ambiental y Desastres Naturales Legislación y Economía Ambiental Diseño y Gestión de Proyectos Educativos y Ambientales
01 02
02 02
03 04
04 02
04 06
06 04
02 04
04 03
X
ANDA1081 ANDA1082 ANDA1083 ANDA1084
Evaluación de Impacto Ambiental Administración y Autogestión Empresarial Manejo de Productos Residuales Métodos de Análisis de Datos
02 01 01 02
04 02 02 04
06 03 03 06
04 02 02 04
TOTAL
100