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Seguridad Social y Seguridad en el Trabajo Facilitadora: Dra. Noralys Villarroel de Espinoza Asesora en Calidad de Vida Laboral Caracas, marzo 2010

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Seguridad Social y

Seguridad en el Trabajo

Facilitadora: Dra. Noralys Villarroel de EspinozaAsesora en Calidad de Vida Laboral Caracas, marzo

2010

Definiciones de Seguridad Social;

Sistemas, Regímenes y Prestaciones;

Origen y Fundamentos Filosóficos y Doctrinales;

Marco jurídico;

Estructura del Sistema de Seguridad Social;

Sistema de Salud y Seguridad Laboral;

LOPCYMAT, Insasel

Cultura de Prevención Laboral.

DEFINICIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) la define como:

"La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante

una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y

sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte

reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad,

accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y

muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de

ayuda a las familias con hijos." (Documento publicado en 1991 denominado

"Administración de la seguridad social).

“Toda persona tiene derecho a la seguridad social

como un servicio público de carácter no lucrativo,

que garantice la salud y asegure la protección en

contingencias de maternidad, paternidad,

enfermedad, invalidez, enfermedades

catastróficas, discapacidad, necesidades

especiales, riesgos laborales, pérdida de

empleo, desempleo, vejez, viudedad,

orfandad, vivienda, cargas derivadas de la

vida familiar y cualquier otra circunstancia

de previsión social.” -

Derecho consagrado en la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela (CRBV)

En la Constitución se establece que

“…El Estado tiene la obligación de

asegurar la efectividad de este derecho,

creando un Sistema de Seguridad Social,

universal, integral, de financiamiento

solidario, unitario, eficiente y participativo,

de contribuciones directas o indirectas…”

(CRBV, Art. 86).

La Seguridad Social es por tanto, el sistema a través del cual el

Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de

aplicación, la protección adecuada frente a las contingencias y en

las situaciones de necesidad que se contemplan en la ley.

En nuestro País, su principal normativa viene recogida en la Ley

Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS), texto aprobado

en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº

37.600, de fecha lunes 30 de diciembre de 2002.

•Asistencia social

•Ahorro individual y colectivo

•Los mecanismos basados en las ideas

de Solidaridad y Mutualidad

•El seguro privado

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

En el ámbito mundial:

El Seguro Social tiene su origen en Alemania, en el año 1883, con la

aprobación de la primera Ley de Seguros Sociales Obligatorios. El

Gobierno de Otto Bismarck creó el sistema que se constituyó en

ejemplo único en su clase durante unos treinta años. Con el tiempo,

este sistema se ha ido perfeccionando en todo el mundo.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Otto Eduard Leopold von Bismarck-Schönhausen

En América Latina:

Chile fue el primer país latinoamericano que instauró el régimen de

Seguro Social, en el año 1924. Posteriormente, en una conferencia

celebrada en este mismo país por los miembros de la Organización

Internacional del Trabajo (O.I.T.), se proclamó que el Seguro Social

Obligatorio constituye el medio más eficaz para dar a los trabajadores

la seguridad social a la cual tienen derecho. Luego, se desarrolló en los

demás países de Latinoamérica.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

En Venezuela:

En Venezuela, los Seguros Sociales tienen su principal antecedente en la

Ley del Trabajo de 1936 que señalaba:

“El Ejecutivo Federal, para la protección de los empleados y obreros en los casos

de riesgos profesionales, instituirá el Seguro Social Obligatorio, a cargo del

patrono, mediante organismos que funcionen legalmente en el país”. (art.127)

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

En 1940 se presentó un proyecto de Ley, cuyo “Ejecútese” fue otorgado

por el General López Contreras, creando el Instituto Central de los Seguros

Sociales, el cual se complementaría con el Reglamento General de la Ley

del Seguro Social en 1944.

Este instituto sólo administraba el seguro de accidentes y enfermedades

profesionales y estaba reducido a una parte muy pequeña de la población.

Luego se reforma la Ley y se cambia el nombre de Instituto Central por

el de Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), con

jurisdicción en todo el territorio nacional.

Finalmente, se sanciona una nueva Ley del I.V.S.S., en la cual se

establecen beneficios en cuanto a prestaciones a largo plazo. Esta Ley es

la que está vigente hoy en día.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

MARCO JURÍDICO DE

LA SEGURIDAD SOCIAL

EN VENEZUELA

Sistema de Seguridad Social en Venezuela

C.R.B.V.Tratados,

Convenios

Internacionales

O.I.T.

Leyes Orgánicas

Leyes Ordinarias y

Especiales

Decretos. Decretos de leyes Reglamentos

Actos Administrativos de Efectos Generales,

Providencias.

Instructivos, Guías técnicas.

Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.

•Ley Orgánica del Trabajo

•LOPCYMAT (1986-2005)

•Ley del Seguro Social

•Ley Penal del Ambiente

•Ley sobre Sustancias, Materiales

y Desechos Peligrosas.

•Reglamento Parcial de la LOPCYMAT

Marzo 2007.

•Reglamento de las Condiciones

de Higiene y Seguridad en el Trabajo

•Resoluciones, Ordenes.

•Normas Internacionales

Convalidadas.

•Guías Técnicas INPSASEL

•Normas COVENIN.

A partir del 30 de Diciembre 2002, entró en vigencia en Venezuela el

nuevo Régimen de Seguridad Social (Sistema de Seguridad Social) al

publicarse en Gaceta Oficial No. 37.600 la Ley Orgánica del Sistema

de Seguridad Social.

Esta es una Ley marco, por cuanto establece una normativa muy

amplia sobre la seguridad social pero cuyas particularidades se

desarrollarían mediante otras leyes en un plazo de cinco años

contados a partir del 30 de Diciembre 2002.

Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social

(LOSSS)

Marco LOSSS

• UNIVERSALIDAD

• INTEGRALIDAD

• UNIDAD

• EFICIENCIA

• PARTICIPACION

• FINANCIAMIENTO

SOLIDARIO

PRINCIPIOS

GARANTIZA

• DERECHO A LA SALUD

• MATERNIDAD Y PATERNIDAD

• ENFERMEDADES Y

ACCIDENTES

• DISCAPACIDAD

• NECESIDADES ESPECIALES

• PERDIDA INVOLUNTARIA DEL

EMPLEO

• DESEMPLEO

• VEJEZ

• VIUDEDAD

• ORFANDAD

• VIVIENDA Y HABITAT

• RECREACION

• CARGAS DERIVADAS DE LA

VIDA FAMILIAR

PRESTACIONES QUE GARANTIZA

Sistema Prestacional de

Salud

Régimen Prestacional de Salud

Sistema Prestacional de Previsión Social

•Régimen Prestacional Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de

Personas

•Régimen Prestacional de Empleo

•Régimen Prestacional de Pensiones y Otras

Asignaciones Económicas

•Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el

Trabajo

Sistema Prestacional de

Vivienda Y Hábitat

Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat

Artículos 83, 84y 85 CRBV

Artículos 80 y 81 CRBV

Artículos 87 CRBV

Artículo 87 CRBV

Artículo 82 CRBV

ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

Artículos 80 Y 86 CRBV

Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Art. 94)

Sistema Prestacional de Previsión SocialArt. 21

Objeto: Responsable de la promoción del trabajo saludable; del control de las condiciones y

medio ambiente de trabajo; de la prevención de los accidentes de trabajo y de las

enfermedades ocupacionales.

Ámbito de Aplicación:

Trabajadores dependientes afiliados al Sistema de Seguridad Social

Rectoría, gestión y base legal:

• Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo• Gestión a través del INPSASEL e INCRET y creación de Unidad de Apoyo• L.S.S.S y Ley del presente Régimen

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¿El trabajo que realizamos puede afectar nuestra salud?

¿Quién vela por preservar o mantener el estado de salud del trabajador?

¿Qué instituciones garantizan ese derecho de los individuos?

¿Estamos expuestos a riesgos en nuestro trabajo diario?

35

La LOPCYMAT es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada en

Gaceta Oficial Nº 38.236, de fecha 26 de julio de 2005.

LOPCYMAT

¿Cuál es el objeto de la LOPCYMAT?

Artículo 1

•Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de

seguridad y salud

•Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores

•Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa

INPSASEL

INPSASEL

(Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales)

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Funciones:

•Aprobar las Guías Técnicas de Prevención.

•Inspeccionar a las empresas.

•Investigar los accidentes y enfermedades ocupacionales.

•Calificar el origen ocupacional de los accidentes y enfermedades

•Crear y revisar la lista de enfermedades ocupacionales.

•Calificar el grado de riesgo de las empresas.

•Registrar y acreditar a los CSSL.

•Acreditar a las empresas y profesionales asesores.

•Elaborar los criterios de evaluación de la discapacidad.

•Dictaminar el grado de discapacidad.

•Aplicar las sanciones.

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Pasos a seguir para la adecuación a la LOPCYMAT

Elección de los Delegados de Prevención y

Constitución de los Comités.

Funcionamiento

de los Comités de Seguridad y Salud Laboral

Informes mensuales a INPSASEL / Notificaciones de

Accidentes y Enfermedades Ocupacionales / entre otros.

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

(Norma Técnica Inpsasel / Relación OHSAS )

Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

(Norma Técnica) Servicio Médico

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Todo suceso que produzca una lesión resultante de una acción originada por el

trabajo.

TIPOS DE ACCIDENTES DE TRABAJO:

1. Por el hecho.

2. Determinada o sobrevenida en el curso del trabajo.

3. Con ocasión del trabajo.

Este tipo de accidentes incluye:

Lesión interna por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes

físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales y condiciones

meteorológicas;

Actos de salvamento o análogos.

El sufrido en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo; El sufrido en actividades

sindicales. (Trayecto, In Itinere)

DEFINICIONES¿Qué es un Accidente de Trabajo?

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Los accidentes ocurridos en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo deben:

Guardar Coherencia Cronológica y Topográfica.

El suceso debe haber ocurrido en un período de tiempo coherente con el tiempo estimado

que el trabajador utiliza para desplazarse de su vivienda hacia su centro laboral y viceversa.

(Declaración de ruta, art. 69 LOPCYMAT)

DEFINICIONESAccidentes IN ITINERE (en el trayecto)

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¿Qué es una enfermedad ocupacional?

La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

en su artículo 70 dice:

"Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos

contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio

en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a

trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y

mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes

químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se

manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o

bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales

o permanentes de salud."

¿Qué es una enfermedad ocupacional?

Las enfermedades ocupacionales o profesionales tradicionales más

comunes en todos los países de América Latina y el Caribe son los

trastornos músculo esqueléticos, la hipoacusia ocupacional (sordera

ocupacional), las intoxicaciones agudas por plaguicidas y metales

pesados, las enfermedades dermatológicas y las enfermedades

respiratorias. (OIT: 2008)

La cultura de la prevención es el resultado de un proceso de

aprendizaje que debe comenzar con la educación básica.

En este nivel formativo el aprendizaje debe integrarse en la

formación en valores, concretamente dentro del valor “salud”.

Este proceso formativo debe continuarse en la formación

profesional, mediante la integración de actividades preventivas

especialmente en sus aspectos prácticos. El concepto sería: un

trabajo está bien hecho si se hace de manera segura.

Qué es Cultura de Prevención Laboral?

¿Cómo fortalecer la Cultura de Prevención Laboral?

Tenga en cuenta lo siguiente:

La seguridad empieza en usted mismo.

Más vale prevenir que lamentar.

Manténgase siempre alerta e informado.

Obedezca las instrucciones.

Utilice su equipo de protección individual de manera constante.

Conserve en buenas condiciones sus herramientas, maquinarias y

equipos de trabajo.

Piense y después actúe.

Planifique su trabajo.

No corra riesgos innecesarios.

Los accidentes no son casuales, son causados.

Coordine acciones correctas con sus compañeros y supervisores.

Bibliografía

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http://inpsasel.gov.ve

http://ivss.gov.ve

http://www.elergonomista.com/artpsicosociocarga.htm

http://www.latincurso.com/Cursos-de-calidad-y-medio-ambiente-catego58.html

http://www.prevencion-laboral.com/outsourcing/recomendacion.htm

Páginas de Consulta

González, Benjamín (2003): La seguridad social en el mundo, Siglo XXI Editores, México.

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. (LOPCYMAT). Gaceta Oficial Nº

38.236/ 26 de Julio de 2005. Venezuela.

Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. Gaceta oficial Nº 37.600, de fecha lunes 30 de diciembre de 2002.

Venezuela.

Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial Nº 37.271, de fecha 29 de agosto de 2001. Venezuela.

Méndez Cegarra, A. (2004) Estructura organizativa y funcional del Sistema de Seguridad Social. En: Cuadernos

de postgrado Nº 18, 73-94. Caracas.

Mesa-Lago, Carmelo (2004): Las reformas de pensiones en América Latina y su impacto en los principios de la

seguridad social, CEPAL, Santiago de Chile.

OIT(1991): Administración de la Seguridad Social. Informe. Ginebra.

Villarroel, Noralys (2008): Cultura de Prevención Para Un Mundo Desprevenido. Ponencia presentada en el 6to

Congreso ORP de Prevención de Riesgos Laborales. A Coruña, España.

Principios de la Seguridad Social

a. Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna

discriminación y en todas las etapas de la vida;

b. Solidaridad: Es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los

contribuyentes al sistema;

c. Integralidad: Es la garantía de cobertura de todas las necesidades de previsión amparadas dentro del Sistema.

d. Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos y prestaciones, a fin de alcanzar su objetivo.

e. Participación: Es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados,

involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral.

f. Autofinanciamiento: Es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible.

g. Eficiencia: Es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que esta Ley asegura sean

prestados en forma oportuna, adecuada y suficiente

Antecedentes históricos de la Seguridad Social en Venezuela

1936 La Constitución de 1936 estableció algunos derechos sociales, entre ellos los de asociación y libertad de trabajo, pero no incluyó nada referente a la seguridad social.

1940 Se promulga la primera Ley del Seguro Social.

1946 Se reformula esta Ley dando origen a la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad jurídica y patrimonio propio

1947 La Constitución aprobada por la asamblea Nacional Constituyente, amplió sustancialmente el

campo de los derechos sociales introduciendo, entre otros, los derechos de sindicalización, fuero sindical, condiciones de trabajo, contratación colectiva, huelga. En materia de Seguridad Social, por primera vez aparece el término en una Constitución Venezolana.

1951 Se deroga la Ley del Seguro Social y se sustituye por el Estatuto Orgánico del Seguro Social Obligatorio

1953 La Constitución de 1953, durante el régimen de Marcos Pérez Jiménez, redujo a su mínima expresión los derechos sociales, a tal punto que no se mencionaban los de salud, educación gratuita, formación profesional, vivienda, condiciones de trabajo y otras.

1961 En la Constitución promulgada por el Congreso Nacional, se consagran en capítulo aparte los derechos sociales, se garantizan los de asociación, protección a la familia, protección especial a la maternidad, derecho universal a la salud, educación gratuita, derecho al trabajo, a la

contratación colectiva, a la sindicalización, protección especial a las mujeres y a los menores y a la seguridad social.

1966 Se promulgó otra Ley del Seguro Social Obligatorio donde se amplían los beneficios, además de establecer las prestaciones a largo plazo (pensiones) por concepto de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes y las asignaciones por nupcias y funerarias.

1986 Se promulga la Ley orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

1987 Es promulgada la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud

1989 Se pone en funcionamiento el Seguro de Paro Forzoso, cuya última reforma fue publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.322 Extraordinario de fecha 3 de octubre de 1991.

1990 Es promulgada la Ley Orgánica del Trabajo

1997 Se crea la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral

2002 Se decreta la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS)

Glosario

ASISTENCIA SOCIAL:

Se refiere a la ayuda, el apoyo o la caridad que se le brinda a las personas en situación de desventaja social.

BIENESTAR SOCIAL

Se refiere al nivel alcanzado en la satisfacción de las necesidades básicas fundamentales de la sociedad, que se expresan

en los niveles de educación, salud, alimentación, seguridad social, vivienda, desarrollo urbano y medio ambiente .

SERVICIO PÚBLICO:

Prestación concreta que tiende a satisfacer las necesidades de la colectividad y que se realiza directamente por la

Administración Pública o Gobierno Federal o los particulares mediante concesión, arriendo o una simple reglamentación

legal en la que se determinen las condiciones técnicas y económicas en que debe prestarse, a fin de asegurar su menor

costo, eficiencia, continuidad y eficacia.

COBERTURA DE UN SISTEMA DE S.S.

La cobertura hace referencia a la población a la que va dirigido.

Cobertura Universal:

Comprende toda la población de un determinado país, con independencia de su vinculación con el mercado de trabajo y

situación económica.

CONTINGENCIA

Circunstancia especial o accidental a la que una persona puede verse sometida en el medio social y familiar, por ejemplo:

Maternidad

Paternidad

Enfermedades

Accidentes

Discapacidad

COTIZACIONES

Es el porcentaje del salario total del trabajador con que deben contribuir empleador y trabajadores para financiar

determinado seguro.

DISCAPACIDAD: Toda restricción o impedimento del funcionamiento de una actividad, ocasionados por una deficiencia, en

forma o dentro del ámbito considerado normal para el ser humano. Se define una deficiencia como una pérdida -

psicológica, fisiológica o anatómica - de estructura o función.

GRAN INVALIDEZ

Incapacidad permanente cuando, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, se necesita la asistencia de otra

persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

PRESTACIONES: Son las adiciones a los sueldos y salarios de los trabajadores, pagadas por los empleadores y pueden

ser en dinero o en especie. Incluye: Aportaciones a la seguridad social, primas de antigüedad, cajas privadas de pensiones,

despensas, ayudas para renta, etc.