exposicion saneamiento, mayo 2012

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1 Ministerio de Economía y Finanzas NORMATIVIDAD DEL SNIP Abril 2012

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Exposicion Saneamiento, Mayo 2012-HVCA

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  • 1

    Ministerio de Economa y Finanzas

    NORMATIVIDAD DEL SNIP

    Abril 2012

  • 2

    1. Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica SNIP. Ley N 27293. 28/06/2000.

    2. Reglamento del SNIP. D.S. N 102-2007-EF del 19/07/2007.

    3. Directiva General del SNIP. Directiva N 001-2011-EF/68.01

    Aprobada con R.D. N 003-2011-EF/68.01 del 09/04/2011.

    4. Directiva para Proyectos de Inversin en Saneamiento

    Formulados y Ejecutados por Terceros. R.D. N 004-2006-

    EF/68.01, del 21/06/2006.

    5. Delegacin de Facultades para Declarar la Viabilidad de

    Proyectos de Inversin Pblica. R.M. N 314-2007-EF/15, del

    01/06/2007.

    Principales Normas del SNIP

  • 3

    Proyecto de Inversin Pblica

    Toda intervencin limitada en el tiempo

    Que utiliza total o parcialmente recursos pblicos

    Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, recuperar o rehabilitar la capacidad productora o provisora de bienes o servicios de una Entidad

    Cuyos beneficios se generen durante la vida til del proyecto

    Debe constituir la solucin a un problema vinculado a los fines y

    competencias de una Entidad, pudiendo ejecutarse en ms de un ejercicio

    presupuestal, conforme al cronograma de ejecucin de los estudios de

    preinversin.

  • 4

    No son PIP:

    Las intervenciones que constituyen gastos de operacin y mantenimiento.

    La reposicin de activos que:

    (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable;

    (ii) est asociada a la operatividad de las instalaciones fsicas para el funcionamiento de la entidad; o

    (iii) no implique ampliacin de capacidad para la provisin de servicios.

    En general, la reposicin de activos es el reemplazo de un

    activo cuyo tiempo de operacin ha superado su periodo

    de vida til o ha sufrido daos por factores imprevisibles

    que afectan la continuidad de sus operaciones.

  • 5

    Recursos Pblicos

    Se consideran Recursos Pblicos a:

    Todos los recursos financieros y no financieros.

    De propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector

    Pblico.

    Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de

    financiamiento.

    Incluye a los recursos provenientes de cooperacin tcnica no

    reembolsable (donaciones y transferencias).

    Incluye a todos los que puedan ser recaudados, captados o

    incorporados por las Entidades sujetas a las normas del SNIP.

  • 6

    APLICACIN DE LAS NORMAS DEL SNIP

  • 7

    Gobiernos Locales en el SNIP

    Aquellos que vayan a concertar una operacin de

    endeudamiento externo para un PIP.

    Los Gobiernos Locales que sean incorporados por

    Resolucin de la DGPI. Se ha dispuesto incorporacin de

    51 GLs.

    Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo del

    Concejo Municipal).

    Los Gobiernos Locales en el SNIP: deben tener OPI haber

    encargado la evaluacin de sus proyectos (Convenio Anexo SNIP

    11).

  • 8

    Todas las Entidades y Empresas del Sector Pblico NO

    FINANCIERO de los 03 niveles de gobierno que ejecutan PIPs

    con recursos pblicos

    Entidades perceptoras de cooperacin tcnica internacional, cuando una institucin sujeta al SNIP asumir los gastos de O & M

    Los PIP de las Mancomunidades Municipales cuando al menos 1

    de los GL que la integra esta sujeto al SNIP.

    Entes privados cuando una entidad del Sector Pblico deba

    asumir los gastos permanentes de operacin y mantenimiento

    MBITO DE APLICACIN DEL SNIP

  • 9

    FINALIDAD

    Optimizar el uso de los Recursos Pblicos destinados

    a la inversin, mediante el establecimiento de

    principios, procesos, metodologas y normas tcnicas

    relacionados con las diversas fases de los proyectos

    de inversin.

    Proyectos

    rentables.

    Proyectos

    sostenibles.

    Proyectos bien

    dimensionados.

    Proyectos integrados, que

    eviten duplicacin de

    esfuerzos.

    Proyectos Estratgicos (enmarcados en Planes

    de Desarrollo que contribuyan a alcanzar una

    visin de largo plazo).

    EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA

  • 10

    PRINCIPIOS

    Todos los proyectos que se ejecutan en el marco del SNIP, se

    rigen por:

    1. Las Prioridades que establecen los Planes Estratgicos

    Nacionales, Sectoriales, Regionales y Locales.

    2. Los Principios de economa, eficiencia y eficacia.

    3. El mantenimiento en el caso de infraestructura fsica para

    asegurar su utilidad en el tiempo.

  • 11

    OBJETIVOS DEL SNIP

    Propiciar la aplicacin del Ciclo del Proyecto.

    Fortalecer la capacidad de planeacin del Sector Pblico.

    Crear las condiciones para la elaboracin de Programas

    Multianuales de Inversin Pblica.

  • 12

    Fases y Etapas del Ciclo del Proyecto

    PREINVERSION INVERSION

    Perfil

    POST INVERSIN

    Factibilidad Exped. Tcnico o

    Estudio Definitivo

    Ejecucin

    Operacin y

    Mantenimiento

    Evaluacin

    Ex Post

    Declaracin de

    Viabilidad

    Fases

    Etapas

  • 13

    ESTRUCTURA Y FUNCIONES

    RGANOS DEL SNIP

  • 14

    RGANOS DEL SNIP

    Unidad(es) Ejecutora(s)

    Unidad(es) Formuladora(s)

    Oficina de Programacin e Inversiones

    Alcalde Presidente Ministro

    rgano Resolutivo

    En cada

    Gobierno

    Local

    En cada

    Gobierno

    Regional

    En cada

    Sector

    MM

    Pdte

    CD MM

    MM

    OPI GN, GR, GL

    en SNIP

    DGPI

  • 15

    PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LA DGPI

    Determina en ltima instancia, en caso de discrepancia

    entre OPI y/o UF, la metodologa, estudios adicionales y

    parmetros de formulacin y evaluacin de un proyecto.

    OPI tiene 10d para implementar

    recomendaciones de DGPI

    La DGPI cautela que las declaraciones de

    viabilidad renan los requisitos de validez

    tcnica y legal, dispone las acciones respectivas

    segn cada PIP, y las sustenta y registra en la

    Ficha de Registro del PIP en el BP.

  • 16

    Realizar evaluaciones muestrales, cada ao, sobre la

    calidad de las declaraciones de viabilidad que otorguen los

    rganos competentes del SNIP.

    Brindar asistencia tcnica y capacitar en la metodologa de

    identificacin, formulacin y evaluacin de proyectos a las

    UF y OPI.

    PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LA DGPI

  • 17

    Recordemos:

    Ministros Mxima autoridad ejecutiva

    del Sector

    Directorio FONAFE rgano que integra a

    propietarios

    Presidente Regional Alcalde

    RGANO RESOLUTIVO

    Es el Titular o la mxima autoridad ejecutiva en cada Sector, Gobierno

    Regional o Gobierno Local

  • 18

    FUNCIONES OR-GN

    Ministro OR-GR

    Presidente Regional OR-GL Alcalde

    Aprobar el Plan Multianual de Inversin Pblica

    En el marco de los LP del Sector

    Con acuerdo del Concejo Regional en el Marco: - De los LP Sectoriales. - PDRC

    Con acuerdo del Concejo Municipal en el marco: - De los LP Sectoriales. - PDLC

    Autorizar la elaboracin de Exp.

    Tc. o Estudio Definitivo y la

    ejecucin de los PIPs viables

    pudiendo realizar ambas en un solo

    acto, excepto los aprobados en el

    PIA. salvo para aquellos PIP que

    implican modificacin

    presupuestaria (puede ser objeto de

    delegacin).

    Designar al rgano encargado de realizar las funciones de la OPI, el cual debe ser distinto a la UF y UE

    Designar al responsable de la OPI informando a la DGPI dicha designacin, el mismo que debe cumplir con el Perfil Profesional aprobado por la DGPI. (Anexo SNIP 14)

    Principales Funciones y Responsabilidades rgano Resolutivo -

    OR

  • 19

    FUNCIONES OR-GN

    Ministro OR-GR

    Presidente Regional OR-GL Alcalde

    Puede delegar previa opinin favorable de la OPI la facultad para evaluar y DV de los PIPs que se enmarquen en su responsabilidad funcional, a favor de la mxima autoridad de las Entidades y Empresas

    Del Sector Adscritas al GR Adscritas al GL

    Velar por la aplicacin del Ciclo del Proyecto

    Slo en el caso de PIPs enmarcados en conglomerados legalmente autorizados, puede delegar previa opinin favorable de la OPI, la facultad para evaluar y DV a favor de las UEs de las entidades y empresas.

    Promover la generacin y fortalecimiento de capacidades del personal de la OPI, as como de sus UF y UE.

    Del Sector Del GR Del GL

    Principales Funciones y Responsabilidades

    (continuacin)

    rgano Resolutivo -

    OR

  • 20

    OFICINA DE PROGRAMACIN E INVERSIONES (OPI)

    Es el rgano tcnico del SNIP en cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local.

    En el nivel de Gobierno Nacional, sus competencias estn relacionadas tanto al mbito institucional del Sector, como a la Responsabilidad Funcional que le sea asignada.

    En el nivel Regional o Local, sus competencias estn relacionadas al mbito institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, en el marco de sus competencias, establecidas por la normatividad de la materia.

    Declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin que no se financien con endeudamiento.

    Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de preinversin de los

    proyectos financiados con endeudamiento y Programas de Inversin.

  • 21

    En el caso de los GR y GL, la OPI slo est facultada para evaluar y declarar la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin que formulen las UF pertenecientes o adscritas a su nivel de gobierno.

    Declara la viabilidad de los PIP o Programas de Inversin que se

    financien con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento,

    siempre que haya recibido la delegacin de facultades.

    Actualmente se ha delegado a OPIs Regionales y Locales para PIPs que se financien con

    endeudamiento interno, con monto de inversin igual o menor de S/.10 millones de

    nuevos soles.

    Promueve la generacin y fortalecimiento de capacidades del personal

    de la OPI de su Sector, Gobierno Regional o Local, as como de

    sus UF y UE.

    Solicita a las UF y/o Ejecutoras la informacin que requiera del PIP.

    PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LA OPI

  • 22

    PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LA OPI

    Elabora el PMIP del Sector, GR, GL, segn corresponda y lo somete a

    consideracin de su OR.

    Realiza el seguimiento de los PIP durante la fase de inversin Evala y emite informes tcnicos sobre los estudios de preinversin Emite opinin tcnica sobre cualquier fase del Ciclo del Proyecto, dentro de sus

    competencias OPI-GR y OPI-GL

    Emite opinin favorable sobre cualquier solicitud de modificacin de la informacin de un estudio o registro de un PIP en el BP.

    Aprueba expresamente los TdRs cuando la UF contrate la elaboracin de los estudios de preinversin.

    Aprueba el plan de trabajo, cuando la misma UF elabore los estudios de preinversin

    No aplica a los proyectos de un conglomerado

  • 23

    PRINCIPALES RESPONSABILIDADES DE LA OPI

    Determina si la intervencin propuesta se enmarca en la definicin de PIP.

    Verificar en el Banco de Proyectos que no exista un PIP registrado con los

    mismos objetivos, beneficiarios, localizacin geogrfica y componentes, del que

    ser evaluado, a efectos de evitar la duplicacin de proyectos, debiendo realizar

    las coordinaciones correspondientes.

    RESPONSABLE DE LA OPI Suscribir los Informes Tcnicos de evaluacin, as como los formatos que

    correspondan.

    Visar los estudios de preinversin.

    Velar por la aplicacin de las recomendaciones que formule la DGPI, as como, cumplir con los lineamientos que dicha Direccin emita.

    La persona designada como Responsable de una OPI NO puede formar parte directa o indirectamente de una UF ni de una UE.

  • 24

    UNIDAD FORMULADORA (UF)

    Es cualquier rgano o dependencia de las Entidades, registrada

    ante la DGPI por la OPI (el registro es informtico).

    Su registro debe corresponder a criterios de capacidades y

    especialidad :

    Requisitos para el registro de la UF:

    Contar con profesionales especializados en la materia de los proyectos cuya formulacin le sea encargada.

    Deben tener por lo menos 01 (un) ao de experiencia en evaluacin de proyectos, aplicando las normas y metodologa

    del SNIP.

  • 25

    Funciones y Responsabilidades de la UF

    FUNCIONES: Elabora, suscribe y registra los estudios de preinversin. Poner a disposicin de la DGPI u OPI toda la informacin del PIP, en caso sea solicitada. Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicacin de proyectos .

    Elabora los TdRs cuando se contrate la elaboracin de los estudios de preinversin, siendo

    responsable por el contenido de dichos estudios;

    Elabora el plan de trabajo cuando la elaboracin de los estudios de preinversin la realice la

    propia UF.

    OJO: Deber tener en cuenta las Pautas de los

    TdRs o planes de trabajo para la elaboracin de

    estudios de preinversin (Anexo SNIP-23)

  • 26

    RESPONSABILIDADES DE LA UF: Cuando los gastos de O y M estn a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF, solicita la opinin favorable de dichas entidades antes de remitir el Perfil para su evaluacin. Levanta las observaciones o recomendaciones planteadas por la OPI o por la DGPI, segn sea el caso Considera, en la elaboracin de los estudios, los Parmetros y Normas Tcnicas para Formulacin (Anexo SNIP-09), as como los Parmetros de Evaluacin (Anexo SNIP-10) No fraccionar proyectos, para lo cual debe tener en cuenta la definicin de PIP contenida en la presente Directiva y dems normas del SNIP.

    Para asegurar la sostenibilidad del PIP: Verifica que se cuenta con el saneamiento fsico legal

    correspondiente o con los arreglos institucionales respectivos para la implementacin del PIP.

    En el caso de los GR y GL, verifica que la localizacin geogrfica del PIP corresponda a su

    circunscripcin territorial, salvo que se trate de un PIP de alcance intermunicipal o de influencia

    interregional.

    Para el registro del Perfil, deber incluir escaneados:

    Los TdRs o el plan de trabajo, segn sea el caso, y el Informe de aprobacin de la OPI.

  • 27

    UNIDAD EJECUTORA - UE

    Cualquier rgano o dependencia de las Entidades, con capacidad legal para ejecutar Proyectos de Inversin Pblica de acuerdo a la normatividad presupuestal vigente.

    Es la responsable de la fase de inversin, aun cuando alguna de las acciones que se realizan en esta fase, sea realizada directamente por otro rgano o dependencia de la Entidad. Adems est a cargo de la evaluacin ex post del proyecto.

    FUNCIONES: Ejecuta el PIP autorizado por el rgano Resolutivo, o el que haga sus veces. Elabora el expediente tcnico u otro documento equivalente, supervisa su elaboracin,

    cuando no sea realizado directamente por ste rgano. Tiene a su cargo la evaluacin ex post del PIP. RESPONSABILIDADES: La UE debe ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para

    disponer y/o elaborar directa o indirectamente los estudios definitivos y para la ejecucin del PIP, bajo responsabilidad de la autoridad que apruebe dichos estudios y del responsable de la UE.

    Elabora y suscribe el Formato SNIP -15, informando sobre la consistencia entre el ED o ET detallado y el estudio de preinversin por el que se otorg la viabilidad.

    Informa OPORTUNAMENTE al rgano que declar la viabilidad, toda modificacin en la fase de inversin.

    Elaborar el Informe de Cierre.

  • 28

    Convenio SNIP 11 OBJETO: GL sujeto al SNIP encarga la evaluacin de sus PIP a

    otro GL sujeto al SNIP o a su GR.

    Convenio SNIP 12 OBJETO: GL sujeto al SNIP formula, evala y declara viable

    PIPs de GL no sujeto.

    Convenio SNIP 13 OBJETO: GN GR pueden formular PIPs de competencia

    municipal exclusiva, siempre que firmen este Convenio con

    el GL respectivo

    Convenio SNIP 11

    ASPECTOS IMPORTANTES DE LA PREINVERSIN

  • 29

    PROCEDIMIENTOS DEL CICLO DEL PROYECTO

    Elabora el Perfil en base a los

    Contenidos Mnimos (Anexos SNIP

    05A, 05B, 06, 07 y 08), Parmetros

    y Normas Tcnicas para F y E

    (Anexo-09 y 10) y TDR y PT

    aprobados

    Unidad Formuladora

    1. Evala el Perfil

    2. Observar, Rechazar o Declarar la

    viabilidad (de ser el nivel de estudios

    requeridos) (recomendar otro nivel)

    3.Comunica la viabilidad

    OPI

    Gobierno Regional o

    Gobierno Local

    Autoriza expediente tcnico

    y ejecucin

    Ejecuta y realiza

    evaluacin ex post

    Unidad Ejecutora

  • 30

    Los estudios y sus anexos tienen carcter de DJ, y su

    veracidad es de estricta responsabilidad de la UF,

    siendo aplicables las responsabilidades que determine

    la CGR y la legislacin vigente.

    El rgano que declar la viabilidad del PIP es el

    responsable de la custodia de los estudios conforme al

    marco legal vigente.

    ESTUDIOS DE PREINVERSIN

  • 31

    DECLARACIN DE VIABILIDAD

    La viabilidad de un proyecto es requisito previo a la fase

    de inversin. Se aplica a un PIP que a travs de estudios

    de preinversin evidenci:

    Ser socialmente rentable,

    Sostenible y

    Compatible con los Lineamientos de Poltica y con los

    Planes de Desarrollo respectivos.

  • 32

    SOLO PODR OTORGARSE LA

    VIABILIDAD SI: La intervencin es un PIP, de acuerdo a las definiciones

    establecidas.

    No se trata de un PIP fraccionado.

    La UF tiene las competencias legales para formular el PIP.

    La OPI tiene la competencia legal para declarar la viabilidad del PIP.

    Los PIP no estn sobredimensionados respecto a la demanda prevista y los beneficios del proyecto no estn sobreestimados

  • 33

    PARA QUE OPI DECLARE LA VIABILIDAD:

    Excepciones

    Las excepciones se aprobarn por la DGPI sobre la base de un

    Informe Sustentatorio elaborado por la UF y aprobado por la OPI

    correspondiente. (Art. 22 de la Directiva General)

    Est prohibido el fraccionamiento de un PIP, bajo

    responsabilidad de la UF que formula y registra la

    intervencin en el Banco de Proyectos, y del rgano que lo

    declara viable, de ser el caso.

    Formato SNIP 04 (Perfil Simplificado) hasta S/.1200,000

    Anexo SNIP 5A: > S/.1200,000 < = S/.10 millones.

    Anexos SNIP 5B + 07: > S/.10 millones.

  • 34

    El archivo electrnico del estudio de preinversin que

    sustenta la viabilidad,

    el Resumen Ejecutivo del estudio escaneado

    el Informe Tcnico de declaracin de viabilidad escaneado.

    DECLARACIN DE VIABILIDAD

    Para el registro de la DV del PIP deber incluir en la Ficha de Registro

    del PIP:

  • 35

    ESTUDIO DE PREINVERSIN

    OPI / DGPI

    PERFIL SIMPLIFICADO 10

    PERFIL 30

    FACTIBILIDAD 40

    PLAZOS DE EVALUACION - EXPRESADOS EN DAS HBILES:

    * Para los TdRs son 15 das hbiles

  • 36

    FASE DE INVERSION

  • 37

    FASE DE INVERSION

    Un PIP ingresa en la fase de inversin luego de ser declarado viable

    La fase inversin comprende la elaboracin del ED, ET u otro documento equivalente, y la ejecucin del PIP,

    tambin son aplicables los TDR para los ED, ET para la

    ejecucin del PIP, conforme al marco legal vigente.

    La fase de inversin culmina luego de que el PIP ha sido totalmente ejecutado, liquidado y de corresponder,

    transferido a la entidad responsable de su OyM, la UE debe

    elaborar el informe de cierre del PIP y remitir al rgano

    que declar la viabilidad, para que lo registra en el BP, en

    la Ficha de Registro del Informe de Cierre (Formato SNIP-

    14).

  • 38

    ELABORACION DE ED Y ET ELABORACION DE ED Y ET

    La elaboracin de los ED y ET debe ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la

    declaracin de viabilidad y observar el

    cronograma de ejecucin del estudio de

    preinversin

    Los TDR para la elaboracin del ED y ET debe incluir como Anexo, el estudio de preinversin,

    mediante el cual se declar la viabilidad del PIP y

    la ficha de registro de variaciones en la fase de

    inversin (Formato SNIP-16) o el Informe

    Tcnico de VV y sus respectivo formato, segn

    corresponda

  • 39

    INFORME DE CONSISTENCIA FORMATO SNIP 15

    Se informa si existe consistencia en:

    objetivo del PIP;

    monto de inversin;

    localizacin geogrfica y/o rea de influencia

    Alternativa de solucin

    metas asociadas a la capacidad de produccin del

    servicio;

    tecnologa de produccin; y

    plazo de ejecucin.

  • 40

    En los ET de los PIP que no sean ejecutados mediante

    contratacin pblica, debe consignarse las frmulas de

    reajuste de precios.

    El BP ha habilitado un campo para el

    registro de la frmula de reajuste.

    Tambin debe informarse sobre

    modalidad de ejecucin

    INFORME DE CONSISTENCIA FORMATO SNIP 15

  • 41

    EJECUCION DEL PROYECTO

    Previamente al inicio de la ejecucin deber estar ingresado el Formato SNIP-15 y aprobado el ET o ED.

    El cronograma de ejecucin del proyecto debe basarse en el cronograma de ejecucin previsto en los estudios de

    preinversin del mismo, a fin que el proyecto genere los

    beneficios estimados de manera oportuna

    Durante la ejecucin del proyecto, La UE deber supervisar permanentemente el avance del mismo, verificando que se

    mantengan las condiciones y parmetros establecidos en el ED

    y que se mantengan el cronograma previsto.

  • 42

    SISTEMA OPERATIVO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO

    - El seguimiento de los PIP est a cargo de la OPI que declar viable,

    cuyos resultados se registran en el aplicativo informtico del SOSEM

    del SNIP.

    - Adicionalmente la OPI conformar un Comit de Seguimiento, que

    incluir necesariamente a las UEs de los PIP, materia de seguimiento,

    y se reunir en la ultima semana de cada trimestre como mnimo. Las

    actas de cada sesin del Comit se elaboran de acuerdo al Anexo

    SNIP-21, las cuales debern ser registradas en el SOSEM-SNIP.

  • 43

    SISTEMA OPERATIVO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO

    - Sern materia de seguimiento los PIP que cumplan con por lo menos una

    de las condiciones siguientes:

    Su monto de inversin total a precios de mercado supere los S/. 10

    millones.

    Requieran para su financiamiento una operacin de endeudamiento u

    otra que conlleve el aval o garanta del Estado. PIPs que se financien

    con operaciones de endeudamiento interno, cumplan con la condicin

    antes sealada;

    Sean seleccionados por la OPI o la DGPM.

    - La DGPI tendr a su cargo el seguimiento de los PIP que declar viables

    y lo realizar de acuerdo a las disposiciones que emita. Para los dems

    PIP la DGPI dar asistencia tcnica, asimismo podr asistir a cualquier

    reunin de seguimiento y emitir las pautas o lineamientos que considere

    necesarios.

  • 44

    MODIFICACIONES FASE DE INVERSIN

    MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES

    Aumento en metas asociadas a la capacidad de produccin del servicio

    Aumento en metrados

    Cambio en tecnologa de produccin

    Cambio de la alternativa de solucin por otra prevista en el estudio

    Cambio de localizacin geogrfica dentro de mbito de influencia del PIP

    Cambio de modalidad de ejecucin

    Resultado del proceso de seleccin

    Plazo de ejecucin

  • 45

    VARIACIONES EN FASE DE INVERSIN SIN VV

    Por Modificaciones NO Sustanciales

    MONTO DV % VARIACIN

    Menor o igual a S/.3 Millones No ms de 40%

    Mayor a S/.3 Millones y Menor o igual a

    S/.6 Millones

    No ms de 30%

    Mayor a S/.6 Millones No ms de 20%

    Variaciones las registra rgano que DECLAR VIABILIDAD en el Formato SNIP

    16, en el plazo mximo de 03 das hbiles.

  • 46

    El monto de inversin aumenta o

    disminuye, exclusivamente por la

    actualizacin de precios por frmulas

    polinmicas de reajuste de precios. No

    hay porcentaje mximo.

    Registro procede an cuando la UE

    informe luego de haber ejecutado

    incrementos

    Debe adjuntar el clculo de los

    reajustes de las valorizaciones

    respectivas mediante las frmulas

    polinmicas de reajuste de precios.

    El monto de inversin disminuye

    como resultado del proceso de

    seleccin hasta el lmite permitido en

    la normatividad de contrataciones del

    Estado o la que resulte aplicable.

    Registro procede an cuando la UE

    informe luego de haber adjudicado la

    buena pro.

    VARIACIONES EN FASE DE INVERSIN SIN VV

  • 47

    MODIFICACIONES FASE DE INVERSIN

    MODIFICACIONES SUSTANCIALES

    Cambio en el objetivo del PIP

    Cambio de la alternativa de solucin por otra no prevista en el

    estudio de preinversin

    Cambio del mbito de influencia

  • 48

    MODIFICACIONES SUSTANCIALES

    SI PIP EST EN ET:

    RGANO QUE DV DETERMINA SI ES POR DEFICIENCIA EN PREINVERSIN O EN

    ET.

    SI POR DEFICIENCIA EN PREINVERSIN SOLICITA RETIRO DE DV O DISPONE

    INFORME DE CIERRE.

    SI ES POR DEFICIENCIA EN ET: UE REFORMULA ET.

    SI PIP EST EN EJECUCIN:

    VERIFICACIN DE VIABILIDAD.

  • 49

    VERIFICACIN DE VIABILIDAD - OBJETO

    Las modificaciones no sustanciales que originen incrementos por

    encima de los % establecidos segn norma.

    Si el monto de inversin del PIP vara de tal forma que

    correspondera ser evaluado con un nivel de estudio de

    preinversin distinto a aquel al que sirvi para declarar su

    viabilidad

    Si el proyecto pierde alguna condicin necesaria para su

    sostenibilidad;

    Se suprimen metas asociadas a la capacidad de produccin del

    servicio o componentes;

    Se aumentan o cambian componentes, inclusive si el monto de

    inversin no vara o disminuye.

    Modificaciones sustanciales cuando PIP est en ejecucin.

  • 50

    INFORME DE VARIACIONES:

    En cualquier caso, la UE tiene 20 das hb. para

    informar sobre variaciones antes de ejecutar, al rgano

    que declar la viabilidad.

    Si ejecuta sin informar (salvo casos sealados en Anexo

    SNIP 18):

    rgano que DV: Realiza anlisis para determinar existencia de prdidas econmicas, que el Estado estara

    asumiendo.

    Informa al OCI

  • 51

    FASE DE POSTINVERSIN

  • 52

    RECORDATORIOS:

    Un PIP se encuentra en la fase de postinversin una vez que ha culminado totalmente la ejecucin del PIP.

    Comprende la operacin y mantenimiento del PIP ejecutado, as como la evaluacin ex post.

    La Entidad a cargo de la O y M del PIP, ejecuta las actividades, operaciones y procesos necesarios para su produccin de acuerdo a lo previsto en el estudio que sustent su declaracin de viabilidad.

    El OR correspondiente debe velar por que el PIP cuente con un mantenimiento adecuado.

    FASE DE POSTINVERSIN

  • 53

    OTRAS DISPOSICIONES

  • 54

    SOSEM

    Seguimiento es RESPONSABILIDAD DE LA OPI QUE DECLAR LA

    VIABILIDAD. Cuando es PIP con deuda, la responsable es DGPI.

    Conformado por procesos, indicadores, comit de seguimiento y

    aplicativo informtico (SOSEM- Mdulo de Seguimiento a la Inversin

    Pblica).

    Aplica a:

    PIP mayores a S/.10 millones;

    Con deuda total o parcialmente;

    Los que OPI y DGPI decidan.

    Obligatorios: Agricultura, Educacin, Energa y Minas, Salud,

    Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construccin y

    Saneamiento, Poder Judicial.

  • 55

    VIGENCIA DE ESTUDIOS DE PREINVERSIN

    Y EXPEDIENTE TECNICO

    Tienen una vigencia mxima de tres (3) aos.

    UF debe actualizar el estudio de preinversin y remitirlo a

    la OPI correspondiente,

    OPI realiza una nueva evaluacin y comunica su

    resultado a la DGPI.

    Si el PIP contina siendo viable, se deshabilitar la

    viabilidad anterior del PIP para que UF registre la

    informacin actualizada en el Banco de Proyectos, y

    OPI registra la nueva evaluacin y nueva declaracin de

    viabilidad.

  • 56

    OTRAS DISPOSICIONES

    VINCULADAS AL SNIP

  • 57

    CONTRATACIONES DEL ESTADO

    Expediente de Contratacin (art. 10 Reglamento de la Ley de Contrataciones

    del Estado)

    Cuando se trate de PIPs, la Entidad es responsable de:

    Que los proyectos estn viables, en el marco del SNIP

    Tomar las previsiones para que se respeten los parmetros de la

    viabilidad, incl. costos, cronograma, diseo u otros. Cuando el PIP

    contenga obras, se adjuntar:

    El ET respectivo

    La declaratoria de viabilidad

    Cuando el PIP se va ejecutar por concurso oferta:

    El estudio de preinversin que sustent viabilidad

    El IT de viabilidad

    Cuando el PIP se va a ejecutar por llave en mano e incl. la elaboracin del

    ET, tambin se adjuntan dichos dctos.

  • 58

    CONTRATACIONES DEL ESTADO

    Valor Referencial

    Cuando se trate de proyectos de inversin, se establece de

    acuerdo al monto de inversin del estudio de preinversin

    que sustenta la declaracin de viabilidad. (Ver: art. 27

    LCE DLeg. 1017)

    En la ejecucin de obras bajo la modalidad de concurso

    oferta, se determina segn: (Ver: art. 14 Rglto LCE)

    El objeto de la obra

    El alcance previsto en los estudios de preinversin que

    dieron lugar a la viabilidad del PIP,

    El resultado del estudio de las posibilidades de precios

    de mercado

  • 59

    LEY PPTO. 2009

    (PRORROGADO EN LEYES PPTO 2010 Y

    2011)

    Usos del Canon y Regala Minera

    Los GR y GL pueden utilizar hasta un 20% para mantenimiento de la

    infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y

    local.

    Los GR y GL pueden usar hasta el 5% para la formulacin y

    evaluacin de estudios de preinversin perfiles de PIP en sus PDC.

    Las entidades que no reciban canon, sobrecanon o regala minera o

    que reciban anualmente MENOS de S/.1 milln de nuevos soles,

    pueden usar hasta el 8% del Grupo Genrico Gasto 2,6. Inversiones,

    para formulacin y evaluacin perfiles.

  • 60

    El GN y los GR podrn formular proyectos de competencia municipal exclusiva, siempre y cuando se celebren los convenios a que se refiere el artculo 45 de la Ley N 27783, Ley de Bases de la Descentralizacin.

    Ley 29010 mod. por Ley 29611: Faculta a los GR y GL a utilizar recursos procedentes de toda fte de financiam, salvo operaciones oficiales de crdito, para realizar Gastos de Inversin en materia de Seguridad Ciudadana, infraestructura y equipamiento en el mbito de su jurisdiccin. Para lo cual deben suscribir convenios con el Ministerio del Interior y la PNP, as como con el GR y GL correspondientes. No abarca adquisicin de armas de fuego, municiones, armas qumicas o elctricas.

    SOBRE PIP Y COMPETENCIA DE CADA NIVEL DE

    GOBIERNO

    Los GL y GR pueden formular PIP del subprograma seguridad vecinal,

    que se encuentra en el programa Orden Interno

  • 61

    Mediante la COEJECUCIN, ms de una Entidad va a participar en la ejecucin de diferentes componentes o

    metas en un solo Proyecto de Inversin Pblica. (Es

    posible tener ms de una Unidad Ejecutora en un PIP).

    Mediante el COFINANCIAMIENTO una Entidad transfiere a

    otra recursos para la ejecucin de un Proyecto de

    Inversin Pblica.

    COEJECUCIN Y COFINANCIAMIENTO

  • 62

    Gracias

    [email protected]

    Econ. DORA MARIA LLACZA YACHACHIN