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ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS EN FORMA DIRECTA DISTINTOS DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN 1 DATOS GENERALES DE LA SECRETARIA Y DEPENDENCIA SOLICITANTE 1. Datos del área que requiere el contrato: Secretaría solicitante: GERENCIA DE CAPITAL SOCIAL Dependencia de la Secretaría solicitante que requiere el servicio: GERENCIA DE CAPITAL SOCIAL Nombre del servidor que diligencia el insumo OSCAR PANTOJA PALACIO 2. Nº de item en el plan de compras: 3. Descripción de la necesidad a satisfacer: El Plan de Desarrollo “Atlántico para la Gente” (2020 – 2023), como instrumento de Planeación esencial para la orientación de las acciones administrativas departamentales, se encuentra estructurado en cuatro (4) ejes temáticos, a saber, equidad, dignidad, bienestar e institucionalidad, con los cuales se busca impactar favorablemente la vida, la economía y el medio ambiente del territorio atlanticense, contando, además, con dos (2) los ejes transversales inclusión y progreso. Como parte de los propósitos que establece el Eje Estratégico Igualdad, se encuentra el de “Promover condiciones que permitan garantizar los derechos fundamentales de la gente”. En virtud del cual, se contempla en el artículo 18 del Plan de Desarrollo Departamental, el Programa “Atlántico para la Juventud”, en cabeza de la Gerencia de Capital Social, el cual plantea, entre otros objetivos “Promover la ciudadanía Juvenil a través de acciones adaptadas a las medidas de promoción, protección y prevención dispuestas en la ley 1622 de 2013 y 1885 de 2018”. La Gobernación del Departamento del Atlántico, a través de la Gerencia de Capital Social tiene la misión y facultad para Formular, dirigir, implementar y coordinar la política de prevención social del Departamento del Atlántico, orientada a proteger y promover a la familia, la juventud, la niñez, el adulto mayor y las personas en estado de discapacidad, con el fin de disminuir la pobreza, la iniquidad social, económica, cultural y la explosión demográfica, contando con la dirección del Consejo Departamental de Política social, y actuar conforme a los lineamientos de una función administrativa. Dentro del anterior marco funcional de la Gerencia de Capital social se tiene entre sus funciones las siguientes: Diseñar, dirigir, coordinar, gestionar, hacer seguimiento y control de programas y proyectos de atención integral, formación y capacitación, dirigidos los jóvenes, las familias, adulto mayor el respeto por los derechos individuales, la protección y el afecto, la autoestima y la construcción de su proyecto de vida basado en valores y respeto hacia los demás. Promover y generar procesos de desarrollo social y económico orientados al mejoramiento de las condiciones de vida de los jóvenes en el Atlántico. Entre de las obligaciones establecidas en el Plan de Desarrollo “Atlántico para la gente”, la Gerencia de Capital Social tiene la responsabilidad de desarrollar campañas de Salud Mental en jóvenes, éstas de la mano de las medidas de Prevención, protección y promoción incluidas en el artículo 8 de la ley 1622 de 2013, resorte misional de nuestra responsabilidad por este grupo poblacional. Ahora bien, La salud mental abarca una amplia gama de actividades directa o indirectamente relacionadas con el componente de bienestar mental incluido en la definición de salud que da la OMS: “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” El articulo científico Influence of physical and recreational activities on self-esteem of the younger concluye que las actividades recreativas y de esparcimiento diseñadas son determinantes para el mantenimiento de la salud física y mental como medio de obtención de una mejor calidad de vida en el joven y del adulto mayor, incrementando la autoestima. Las actividades que se pretenden realizar a través de este proyecto fueron recogidas en la Mesa Ciudadana que dirigió nuestra gobernadora el pasado 13 de agosto del año que discurre ante la Plataforma Departamental de Juventud en el Marco de la Celebración de la Semana de la Juventud 2020. La Gobernadora del Atlántico Elsa Noguera de la Espriella en el desarrollo de esta mesa ciudadana que se llevó a cabo con jóvenes de la Plataforma Departamental de Juventud y líderes sociales de este grupo poblacional se comprometió a desarrollar las actividades lúdicas y recreativas que estos propusieron bajo el nombre estratégico “Conéctate, Participa y Disfruta” que apuntan por un lado a la prevención y fortalecimiento de la Salud Mental de las y Los jóvenes en esta época de pandemia y por el otro a celebrar de la semana de juventud 2020 (acción nacional en la cual el Atlántico es el único departamento del país que no lo ha hecho),acciones indispensable para la sociedad joven del departamento del Atlántico y que delego a la Gerencia de Capital Social para la puesta en marcha de la misma.

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         ESTUDIOS  PREVIOS  PARA  LA  CELEBRACIÓN  DE  CONTRATOS  EN  FORMA  DIRECTA  DISTINTOS  DE  CONTRATOS  DE  PRESTACIÓN  DE  SERVICIOS  PROFESIONALES  Y  DE  APOYO  A  LA  GESTIÓN    

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DATOS GENERALES DE LA SECRETARIA Y DEPENDENCIA SOLICITANTE

1. Datos del área que requiere el contrato:

Secretaría solicitante: GERENCIA DE CAPITAL SOCIAL

Dependencia de la Secretaría solicitante que requiere el servicio: GERENCIA DE CAPITAL SOCIAL

Nombre del servidor que diligencia el insumo OSCAR PANTOJA PALACIO

2. Nº de item en el plan de compras:

3. Descripción de la necesidad a satisfacer:

El Plan de Desarrollo “Atlántico para la Gente” (2020 – 2023), como instrumento de Planeación esencial para la orientación

de las acciones administrativas departamentales, se encuentra estructurado en cuatro (4) ejes temáticos, a saber, equidad, dignidad, bienestar e institucionalidad, con los cuales se busca impactar favorablemente la vida, la economía y el medio ambiente del territorio atlanticense, contando, además, con dos (2) los ejes transversales inclusión y progreso.

Co Como parte de los propósitos que establece el Eje Estratégico Igualdad, se encuentra el de “Promover condiciones que

permitan garantizar los derechos fundamentales de la gente”. En virtud del cual, se contempla en el artículo 18 del Plan de Desarrollo Departamental, el Programa “Atlántico para la Juventud”, en cabeza de la Gerencia de Capital Social, el cual plantea, entre otros objetivos “Promover la ciudadanía Juvenil a través de acciones adaptadas a las medidas de promoción, protección y prevención dispuestas en la ley 1622 de 2013 y 1885 de 2018”.

La La Gobernación del Departamento del Atlántico, a través de la Gerencia de Capital Social tiene la misión y facultad para

Formular, dirigir, implementar y coordinar la política de prevención social del Departamento del Atlántico, orientada a proteger y promover a la familia, la juventud, la niñez, el adulto mayor y las personas en estado de discapacidad, con el fin de disminuir la pobreza, la iniquidad social, económica, cultural y la explosión demográfica, contando con la dirección del Consejo Departamental de Política social, y actuar conforme a los lineamientos de una función administrativa.

D D Dentro del anterior marco funcional de la Gerencia de Capital social se tiene entre sus funciones las siguientes:

• Diseñar, dirigir, coordinar, gestionar, hacer seguimiento y control de programas y proyectos de atención integral, formación y capacitación, dirigidos los jóvenes, las familias, adulto mayor el respeto por los derechos individuales, la protección y el afecto, la autoestima y la construcción de su proyecto de vida basado en valores y respeto hacia los demás.

• Promover y generar procesos de desarrollo social y económico orientados al mejoramiento de las condiciones de vida de los jóvenes en el Atlántico.

Entre de las obligaciones establecidas en el Plan de Desarrollo “Atlántico para la gente”, la Gerencia de Capital Social tiene la responsabilidad de desarrollar campañas de Salud Mental en jóvenes, éstas de la mano de las medidas de Prevención, protección y promoción incluidas en el artículo 8 de la ley 1622 de 2013, resorte misional de nuestra responsabilidad por este grupo poblacional. Ahora bien, La salud mental abarca una amplia gama de actividades directa o indirectamente relacionadas con el componente de bienestar mental incluido en la definición de salud que da la OMS: “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” El articulo científico Influence of physical and recreational activities on self-esteem of the younger concluye que las actividades recreativas y de esparcimiento diseñadas son determinantes para el mantenimiento de la salud física y mental como medio de obtención de una mejor calidad de vida en el joven y del adulto mayor, incrementando la autoestima. Las actividades que se pretenden realizar a través de este proyecto fueron recogidas en la Mesa Ciudadana que dirigió nuestra gobernadora el pasado 13 de agosto del año que discurre ante la Plataforma Departamental de Juventud en el Marco de la Celebración de la Semana de la Juventud 2020. La Gobernadora del Atlántico Elsa Noguera de la Espriella en el desarrollo de esta mesa ciudadana que se llevó a cabo con jóvenes de la Plataforma Departamental de Juventud y líderes sociales de este grupo poblacional se comprometió a desarrollar las actividades lúdicas y recreativas que estos propusieron bajo el nombre estratégico “Conéctate, Participa y Disfruta” que apuntan por un lado a la prevención y fortalecimiento de la Salud Mental de las y Los jóvenes en esta época de pandemia y por el otro a celebrar de la semana de juventud 2020 (acción nacional en la cual el Atlántico es el único departamento del país que no lo ha hecho),acciones indispensable para la sociedad joven del departamento del Atlántico y que delego a la Gerencia de Capital Social para la puesta en marcha de la misma.

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De igual manera, las actividades a realizar están acordes a estos lineamientos planteados por la Consejería Nacional para las Juventudes Colombia Joven, órgano rector del Sistema Nacional de Juventud y estas acciones están acordes a estos lineamientos, ya que son las medidas de promoción prevención y protección dispuestas en el estatuto de ciudadanía juvenil, ley 1622 de 2013 que para la procuraduría bajo su estrategia Hechos y derechos se considera que acciones enmarcadas en estas medidas se denomina “Garantía de derecho”. Los jóvenes son una pieza clave para la transformación social, es por eso que debemos dar importancia a todos los procesos que apoyen la formación y ayuden a motivar a todos ellos; propiciarlos a liderar y a continuar con su trabajo social e incentivar a los jóvenes a emprender trabajos para su comunidad.

La Ley 1622 de 2013, por medio de la cual se expide el Estatuto de ciudadanía juvenil, garantiza a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país. La citada Ley en su artículo 8, prevé que: “Medidas de Prevención, Protección, Promoción y Garantía de los Derechos de los y las Jóvenes. El Estado en coordinación con la sociedad civil, implementará gradual y progresivamente las siguientes medidas de prevención, protección, promoción y sanción, tendientes a garantizar el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil que permitan a las y los jóvenes realizar su proyecto de vida y participar en igualdad de derechos y deberes en la vida social, política, económica y cultural del país: (…)”. De igual manera, el artículo 18 de la Ley 1622 de 2013, dispone entre las competencias de los Departamentos, las siguientes: “(…) 7. implementar estrategias para el fortalecimiento de las capacidades de los jóvenes como sujetos de derechos y protagonistas del desarrollo local. (..) 9. Consolidar el capital social e institucional en el nivel departamental, municipal hacia la gestión de recursos favorables a la implementación de programas con y para los jóvenes. (…)”. Las Entidades territoriales bajo su autonomía han promovido programas especiales para los jóvenes, en el que se desarrollen actividades culturales, deportivas, y académicas de análisis y propuestas para la juventud en cada uno de sus espacios y entornos, tales como la educación, la salud, el medio ambiente, la sociedad, y el Estado”. El fortalecimiento de la población juvenil liderado desde la Gerencia de Capital Social, como una forma de desarrollar acciones de prevención, promoción y protección; permite la instalación de capacidades psicosociales para dar respuesta a proceso de madures que atraviesa un joven en relación con salud sexual y reproductiva, y el consumo de sustancias psicoactivas. El desarrollo integral adolescente supone por lo menos seis (6) dimensiones que interactúan dinámica y circularmente y por lo tanto, se impactan recíprocamente. De aquí, la importancia de atender integralmente las necesidades, problemas y deseos asociados a esta multidimensional. Las políticas públicas de juventud pretenden incidir en las condiciones materiales, sociales, políticas y culturales que producen lo juvenil, como parte del sistema estructural de la sociedad; por lo tanto, se inscriben en un contexto histórico y espacial concreto que les determina su especificidad, alcance y limitaciones, al igual que explica la diversidad, heterogeneidad y complejidad del ser, estar, actuar y producir de los jóvenes, esto es, su condición juvenil. En paralelo, la evolución de los discursos, políticas y acciones en torno de los jóvenes dependen tanto de factores endógenos como de condicionantes externos (elaboración teórica, políticas internacionales, cooperación técnica y financiera). Conforme a este marco institucional, dentro de las metas del Plan de Desarrollo Departamental “Atlántico Para la Gente (2020-2023) se encuentra “Jóvenes participando de las medidas de prevención, promoción y protección previstas”. De igual manera, entre los indicadores de productos del Programa Atlántico para la juventud del citado Plan de Desarrollo Departamental, se contempla la realización de Campañas de prevención de situaciones de riesgo y Salud Mental dirigidos a adolescentes y Jóvenes, los cuales se realizarán con objetivos estratégicos de corto, mediano y largo plazo, fijando pautas de acción, para asegurar el cumplimiento de la misión y el logro de sus metas. Es evidente que existen dificultades en la salud mental del adolescente en Colombia y en el Departamento del Atlántico. El impacto de la violencia, el consumo de alcohol y sustancias psicoactivas y el deterioro de la calidad de vida, hacen que

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esta realidad se haya complejizado aún más. Las juventudes es un segmento poblacional mayoritario en nuestro país que sobrepasa el 25% del total de la población, se vuelve necesario el invertir de tal manera que esta población se convierte en polo de desarrollo; la ONU manifiesta que en esta pandemia una de las necesidades que más apremia a la humanidad es la Salud Mental. Hoy en día afrontamos como humanidad la crisis sanitaria que vive el país y el mundo entero por la pandemia del nuevo Coronavirus (Covid-19), por tal motivo, estos espacios se vuelven relevantes, más aun que afecta directamente la salud mental de muchos jóvenes por eso Hemos propuestos actividades que se adaptan a esta contingencia, dentro de ellas destacan la muestra de talento, el fortalecimiento a las Plataformas de Juventudes y la participación en foros virtuales que enriquezcan el conocimiento de diversas expresiones juveniles. Este proyecto ha sido construido con la participación de diferentes jóvenes de los territorios municipales que comprende nuestro departamento, algunos de ellos provenientes de las Plataforma Departamental de Juventudes, a fecha de hoy el máximo espacio de representatividad juvenil según las leyes vigentes quienes han tenido el beneplácito de nuestra gobernadora Elsa Noguera de la Espriella en el desarrollo de estas actividades. Las Plataformas de Juventudes son el máximo espacio de participación de las organizaciones juveniles en un territorio, regidas por la ley 1622 de 2013 y la 1885 de 2018 reúnen a organizaciones formalmente, no formales e informalmente constituidas que propenden por una agenda integral para la garantía de derecho de las y los jóvenes. Desde su constitución, las Plataformas de juventudes se han convertido en la voz de las y los jóvenes en territorio y son quienes llevas las temáticas más prioritarias para este grupo poblacional ante la administración publica, dentro de ella han estado: Embarazo a temprana edad, deserción escolar, Consumo de Drogas, Salud mental, Cuting y suicidio entre otros.

Uno de los aspectos clave de la etapa juvenil y de los primeros años de la edad adulta es la sucesión de cambios que se experimentan en este breve periodo, tales como el cambio de colegio o de vivienda, la entrada en la universidad o en el mercado laboral, los cambios en las relaciones sociales y familiares, etc. Estas nuevas situaciones, aunque deseadas, pueden actuar como importantes generadores de estrés, posicionando a los jóvenes en una situación de especial vulnerabilidad para el desarrollo de problemas de salud mental. A este respecto, aunque la mitad de los problemas de salud mental se inician en esta etapa, muchos jóvenes no suelen ser diagnosticados ni tratados.

A nivel mundial, la depresión es la cuarta causa principal de enfermedad y discapacidad entre los adolescentes de edades comprendidas entre los 15 y los 19 años, y la decimoquinta entre los de edades comprendidas entre los 10 y los 14. La ansiedad es la novena causa principal entre los adolescentes de 15 a 19 años, y la sexta para los de 10 a 14. Los trastornos emocionales pueden afectar profundamente al rendimiento académico y la asistencia escolar. El retraimiento social puede exacerbar el aislamiento y la soledad. En el peor de los casos, la depresión puede conducir al suicidio. La adolescencia puede ser una etapa complicada, y la epidemia del coronavirus (COVID-19) que vive actualmente el País y el mundo entero, la puede hacer todavía más difícil. Los cambios en tu rutina y el encierro te obligan a adaptarte a formas diferentes de emplear tu tiempo; situación ésta que en muchas oportunidades puede afectar la salud mental de las y los jóvenes. Tenemos además que esta propuesta va acorde a estos indicadores:

o Campañas de prevención de situaciones de riesgo y Salud Mental dirigidos a adolescentes y Jóvenes realizadas o 80.000 jóvenes participando de las medidas de prevención, promoción y protección previstas. o 4.000 jóvenes haciendo parte de los espacios de participación contemplados en la Ley 1622 de 2013.

Para efectos de atender con la debida seguridad jurídica, las responsabilidades que le han sido asignadas a la Gerencia de Capital Social, se requiere del apoyo de una persona jurídica sin ánimo de lucro que se asocie con la entidad para la realización de actividades tendientes al fortalecimiento de la salud mental de las y los jóvenes del Departamento del atlántico, a través de la realización de actividades enmarcadas en las medidas de promoción, prevención y protección estipuladas en la ley 1622 de 2013. La CORPORACION UNIVERSITARIA REFORMADA - CUR, ha manifestado su interés de aportar el 30% del valor que aporte la entidad para la ejecución del proyecto.

4. Fundamentos jurídicos de la contratación:

Para fundamentar jurídicamente la modalidad de Asociación, a realizarse en el presente caso, debemos tener en cuenta que la Ley 489 de 1998 en su artículo 96 señala la posibilidad de que las entidades públicas se asocien con personas jurídicas particulares mediante la celebración de convenios para el desarrollo conjunto de actividades y para el desarrollo de sus funciones y objetivos.

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Que este artículo, hace remisión expresa del artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, el cual prevé la posibilidad para que las entidades territoriales celebren con recursos de sus respectivos presupuestos, contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional de Desarrollo y los Planes Seccionales de Desarrollo, en los siguientes términos: “El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar convenios con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la materia”. De igual forma, el artículo 96 de la Ley 489 de 1998 dispone: “Constitución de asociaciones y fundaciones para el cumplimiento de las actividades propias de las entidades públicas con participación de particulares. Las entidades estatales, cualquiera sea su naturaleza y orden administrativo podrán, con la observación de los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución, asociarse con personas jurídicas particulares, mediante la celebración de convenios de asociación o la creación de personas jurídicas, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que les asigna a aquéllas la ley. Los Convenios de Asociación a que se refiere el presente artículo se celebrarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política, en ellos se determinará con precisión su objeto, término, obligaciones de las partes, aportes, coordinación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes”. La Entidad Estatal del Gobierno nacional, departamental, distrital y municipal que contrata bajo esta modalidad deberá indicar expresamente en los Documentos del Proceso, cómo el Proceso de Contratación cumple con las condiciones establecidas en el presente artículo y justificar la contratación con estas entidades en términos de eficiencia, eficacia, economía y manejo del Riesgo. Prevé el artículo 5 del Decreto 092 de 2017 que: “Asociación con entidades privadas sin ánimo de lucro para cumplir actividades propias de las Entidades Estatales. Los convenios de asociación que celebren entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad y Entidades Estatales para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones que a estas les asigna la Ley a los que hace referencia el artículo 96 de la Ley 489 de 1998, no estarán sujetos a competencia cuando la entidad sin ánimo de lucro comprometa recursos en dinero para la ejecución de estas actividades en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio. Los recursos que compromete la entidad sin ánimo de lucro pueden ser propios o de cooperación internacional”. El artículo 5 del Decreto 092 de 2017, desarrolla el artículo 96 de la Ley 489 de 1998, el cual autoriza a las Entidades Estatales a celebrar negocios jurídicos con entidades sin ánimo de lucro para cumplir sus funciones y por esta razón su ámbito de aplicación es diferente al de los otros artículos del decreto 092 de 2017. El artículo 5 busca reconocer el esfuerzo de la entidad privada con ánimo de Lucro para conseguir recursos propios o de cooperación para el desarrollo conjunto de actividades de las Entidades Estatales en el marco del artículo 96 de la Ley 489 de 1998 y eximirla de competencia cuanto aporta 30% o más de los recursos requeridos. La entidad Estatal, no está obligada a hacer un proceso competitivo, pero debe garantizar que hace una selección objetiva en términos de la obtención de los objetivos del Plan de Desarrollo. El proceso que el Departamento del Atlántico adelantará se surtirá a través de una alianza que involucre a entidades sin ánimo de lucro, con el fin de aunar esfuerzos para lograr los resultados planteados en el proyecto mediante la suscripción de un Convenio de Asociación con personas jurídicas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad. Teniendo en cuenta que se trata de celebrar negocios jurídicos con entidades sin ánimo de lucro, para cumplir funciones estatales, la modalidad para seleccionar la oferta más favorable es el procedimiento previsto en el art. 5 del Decreto 092 de 2017, con el fin de suscribir convenio de asociación. Que LA CORPORACION UNIVERSITARIA REFORMADA - CUR, -entidad sin ánimo de Lucro- presentó al Departamento del Atlántico propuesta manifestando la entrega de un aporte (30% del valor total del convenio) para destinarlos única y exclusivamente a la ejecución de la propuesta, referente a la ejecución de un programa para el fortalecimiento de la salud mental de las y los jóvenes del Departamento del Atlántico.

5. Objeto del contrato o convenio (descripción general):

AUNAR ESFUERZOS TECNICOS, ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA SALUD MENTAL DE LAS Y LOS JOVENES DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, A TRAVÉS DE LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ENMARCADAS EN LAS MEDIDAS DE PROMOCION, PREVENCION Y PROTECCION ESTIPULADAS EN LA LEY 1622 DE 2013.

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.1 Descripción del objeto del contrato o convenio/Actividades:

El fortalecimiento de la salud metal de las y los jóvenes del Departamento del Atlántico, en el marco de la realización de actividades enmarcadas en las medidas de promoción, prevención y protección incluye la protección y asistencia técnica social de la siguiente población:

POBLACION IMPACTADA EN REDES SOCIALES

POBLACION IMPACTADA PARTICIPANTE

Mínimo 44.000 personas del Departamento del Atlántico

2.000 jóvenes del Departamento del Atlántico.

OBJETO GENERAL: Fortalecer la salud mental de las y los jóvenes del departamento del Atlántico a través de las actividades enmarcadas en las medidas de prevención, promoción y protección estipuladas en la Ley 1622 de 2013. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 1. Desarrollar una estrategia comunicacional en la que se promocionen efectivamente todas las actividades encaminadas en los estudios previos. 2. Ejecutar actividades tendientes a promover las medidas de promoción y protección de la Ley 1622 de 2013 en el Departamento del Atlántico, de acuerdo con las normas de Bioseguridad dispuestas para la mitigación del Coronavirus COVID -19. 3. Fortalecer el accionar de las Plataformas de Juventudes del Departamento del Atlántico. 4. Impactar: a) En redes sociales mínimo Mínimo 44.000 personas; b) Participantes: 2.000 Jóvenes del Departamento del Atlántico.

5.2. DESCRIPCIONES TECNICAS :

Este proyecto se enmarca en su largo y ancho principalmente en la Ley 1622 de 2013 por el cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil donde establecen las acciones para garantizar los derechos de las y los jóvenes del país y distintas acciones como que se realice una semana de la juventud, restablecimiento de derecho entre otros. Sin embargo, el departamento del Atlántico a través de este proyecto se propicia por realizar dos meses de actividades para este grupo poblacional, algunas en el marco del ya tradicional mes de las juventudes que desarrolla el Atlántico y las otras en el marco de las medidas de prevención, promoción y protección de esta ley.

Promoviendo una dinámica participativa entre los jóvenes del departamento del Atlántico se deberán diseñar tres logos, los cuales se someterán a votación vía web y se escogerá el que las juventudes participen.

Se deberán desarrollar las siguientes actividades:

1. FORTALECIMIENTO A LAS PLATAFORMAS DE JUVENTUDES

Teniendo en cuenta que las elecciones de consejo de juventud se han aplazado, se deberá fortalecer el funcionamiento de las plataformas de juventudes municipales en la cual se acompañará técnicamente a los entes territoriales para generar la dinamización, funcionamiento y / o actualización de por lo menos el 80% de estos espacios de participación.

Por lo anterior se vuelve necesario, caracterizar cada una de las Plataformas de Juventudes a corte 2020 e identificar la cantidad de organizaciones Juveniles formales, no formal e informales que las integran; además es necesario el número de jóvenes que pertenecen tanto a las plataformas como a las organizaciones que la integran y de estas poder caracterizarlos según su sector.

Para lograrlo se deberán realizar las siguientes acciones:

- Levantamiento de diagnóstico del estado inicial de todas las plataformas municipales y la Departamental de juventud.

- Visita técnica virtual y/o en territorio para particularizar el estado de cada Plataforma de juventud.

- Elaboración de una hoja de ruta para cada Plataformas de juventud caracterizada que permita su funcionamiento eficiente.

- Apoyar la difusión de las convocatorias de actualización y/o dinamización de las Plataformas de Juventudes que acepten el acompañamiento.

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- Capacitar a los miembros de las Plataformas de juventudes en 3 temas distintos: § Ley 1622 de 2013 § Manejo documental § Trabajo en Equipo.

- Apoyo a la cualificación de las Plataformas municipales de juventudes del Atlántico.

- Apoyo a la cualificación de La Plataforma Departamental de juventudes del Atlántico.

Al finalizar esta actividad vamos a tener:

- Caracterización de mínimo el 80% de las Plataformas de Juventudes

- Actualización y/o dinamización del 80% de las Plataformas de Juventudes Municipales.

- Archivo actualizado de los documentos de registros de las plataformas municipales de Juventud del Atlántico.

2. FOROS VIRTUALES DE JUVENTUD

Dentro del desarrollo de las medidas de promoción, protección y prevención, se debe generar un espacio para el crecimiento cognoscitivo de este grupo poblacional, por lo que se deberá establecer una semana de capacitación virtual el cual debe apuntar a temas consideramos relevantes tanto por el contexto que estamos pasando con la aparición del COVID19, como con el transito normal de los seres humanos en el estadio de la juventud y las coyunturas propias que se les presentan a quienes se encuentran en roles de liderazgo en esta edad, tales como:

1. Como llegar a ser un Influencer.

Teniendo en cuenta la crisis sanitaria que cruza el país, el cual trae como consecuencia la inactividad de los jóvenes, se deberá crear este espacio para orientarlos en cómo seguir generando impacto juvenil por medio de las redes.

§ Preguntas problemas: ¿Cómo puede la juventud manejar el impacto en las redes? ¿Cuáles son los retos y desafíos a los que se enfrentan los jóvenes en el mundo de las redes?

2. Mitos y realidades de la pandemia (COVID-19).

Observando el pánico que ha generado la pandemia del virus (Covid-19) se ve necesario abrir un espacio para informar y conservar la calma de nuestros jóvenes ante esta situación.

§ Preguntas problemas:

- ¿es verdad que es un virus creado en un laboratorio, un tipo de arma biológica?

- ¿Qué tan cierto es que el virus proviene de un mamífero como el murciélago?

- ¿toda la persona que contrae el virus automáticamente genera anticuerpos volviéndose inmune?

- Una persona que se contagió del virus (Covid-19), puede contagiarse nuevamente?

- Es cierto que tendremos que vivir con el virus siempre?

3. Casos de éxitos y fracaso de líderes sociales, e importancia de la Salud Mental.

El departamento del Atlántico cuenta con muchos líderes jóvenes que han dejado muchas marcas positivas en el departamento y como líderes han llegado momentos de éxito y muchos fracasos, por esta razón se deberá crear este espacio donde podrán escuchar los procesos de líderes sociales y así conseguir una buena orientación para nuestros jóvenes.

§ Preguntas problemas:

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- ¿Cómo levantar el liderazgo después de fallar?

4. Emprendimientos Juveniles de Éxito!

Es importante acompañar a los jóvenes en sus procesos de emprendimiento, por lo cual se tomará esta temática para orientar a los jóvenes.

§ Preguntas problemas:

- ¿Cómo podemos hacer para estabilizar nuestros negocios? (economía).

- ¿Cómo iniciamos un negocio?

5. Mitos y Realidades sobre Salud Sexual y Reproductiva.

La salud sexual y reproductiva es un tema muy importante para los jóvenes ya que no todos cuentan con los conocimientos para manejar esta situación.

§ Preguntas problemas:

- ¿Qué tácticas podemos utilizar para dar pedagogía temprana y bajar los índices de embarazos a temprana edad?

- ¿Qué sucede cuando se da un embarazo a temprana edad?

Cabe resaltar que, si bien serán 5 foros, las temáticas principales podrán variar si las organizaciones juveniles así lo solicitan por escrito, ya sea a la Gerencia de Capital Social y/o al asociado.

Sin embargo, la metodología de desarrollo está centrada en la siguiente configuración:

1 moderador

4 invitados máximos de acuerdo con la temática

1 pregunta problema para que los invitados respondan

2 trasmisión en vivo a través de redes sociales

Participación de los jóvenes a través de preguntas a invitados en redes sociales.

Nota: las redes sociales por donde se trasmitirán se definirán en coordinación con la Gerencia de Capital Social del Atlántico.

6. El reto de los enlaces de juventudes en la transformación social entre los años 2020-2023. Espacio para debatir el rol de los que estarán al frente de la garantía de derecho de las y los jóvenes en este cuatrienio

CONCURSO PARA ORGANIZACIONES JUVENILES

Se deberá fortalecer a algunas organizaciones juveniles con elementos logísticos que les permitan potencializar su accionar post pandemia y que incluso según las medidas de prevención del COVID-19 puedan apoyar desde su activismo para que la sociedad se adapte a la “Nueva Normalidad” que nos prepara el mundo.

Con el equipo organizador que establezca la Gobernación del Atlántico se generara Challenge para que las organizaciones juveniles participen e inclusos jóvenes de manera individual.

Estos Challege serán definidos en armonía con la Plataforma Departamental de Juventudes y el grupo de voluntarios que apoya la ejecución de este proyecto.

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         ESTUDIOS  PREVIOS  PARA  LA  CELEBRACIÓN  DE  CONTRATOS  EN  FORMA  DIRECTA  DISTINTOS  DE  CONTRATOS  DE  PRESTACIÓN  DE  SERVICIOS  PROFESIONALES  Y  DE  APOYO  A  LA  GESTIÓN    

8  

   

Sin embargo, se deberán tener unas temáticas orientadoras:

1. Concursos de conocimiento sobre: ley 1622 de 2013, ley 1885 de 2018, cultura general e idiosincrasia del departamento del Atlántico.

2. Sketches.

3. StoryTellin sobre participación Social en la Pandemia.

4. Una que pueda escoger la Plataforma Departamental de Juventudes.

Estos videos deberán ser enviados a un correo electrónico que se definirá y con las siguientes especificaciones:

1- El vídeo debe grabarse de forma horizontal y con la mejor precisión posible para lograr apreciar la presentación de la mejor manera.

2- El vídeo tendrá una duración de máximo 1.30 minutos.

3- El video debe pesar 150mb máximo.

4- En el cuerpo del correo dejar los datos de contacto

Los mejores serán premiados con implementos que sirvan para su accionar social.

FESTIVAL VIRTUAL NUEVOS TALENTOS

Este festival por años se viene realizando de la mano de las juventudes asociadas del departamento del Atlántico y se ha convertido en su mayor evento de incidencia social que busca fortalecer el talento de las juventudes atlanticenses y a su vez servir como espacio recreativo, de esparcimiento y distracción que fortalece su autonomía y sirve como un impulso para sus proyectos de vida.

apoyando las acciones de distracciones para fortalecer la salud mental de las juventudes en medio del desarrollo de esta pandemia del COVID19 se ha dividido en siete fases de ejecución estableciendo así el “paso a paso” de lo programado y las condiciones en las que se efectuara el FESTIVAL NUEVOS TALENTOS 2020:

• Fase 1: Planeación

En esta primera fase se deberán realizar encuentros virtuales entre los organizadores y aliados donde se tendrán en cuenta todas las sugerencias emitidas por las entidades de salud pública y se tomarán las experiencias de las ediciones anteriores del festival para buscar las estrategias que permitan alcanzar los objetivos propuestos por el festival, se desarrollará una lluvia de ideas y luego se tomaran las decisiones correspondientes que permitan diseñar las líneas de trabajo durante la realización del FESTIVAL NUEVOS TALENTOS 2020.

• Fase 2: Publicidad y promoción del festival.

Esta se iniciará por la divulgación de los formatos previamente diseñados para la inscripción, así mismo de las reglas a seguir por las participantes, direcciones electrónicas y medidas de bioseguridad que se implementarán a lo largo de todo el festival.

Este año Las audiciones no serán presenciales debido a las medidas de bioseguridad adoptadas por el Gobierno, por tal razón, cada participante debe grabar un video y luego enviarlo en un plazo de 8 días a la dirección electrónica destinada para este fin, el cual debe ser grabado acatando las siguientes reglas:

1- El vídeo debe grabarse de forma horizontal y con la mejor precisión posible para lograr apreciar la presentación de la mejor manera.

2- El vídeo tendrá una duración de máximo 2 minutos.

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3- El video debe pesar 120mb máximo.

4- Enviar un correo electrónico que se estipulará en concenso.

5- Una audición por video.

6- En el cuerpo del correo dejar los datos de contacto

Nota: Toda esta información se presentará de manera clara y explícita en las imágenes que circularan a manera de promoción del Festival Nuevos Talentos 2020.

Todo lo anterior deberá ser divulgaro por las redes oficiales de los organizadores Festival Nuevos Talentos 2020 junto con el formato de inscripción para los participantes de este año.

Otras de las estrategias para este año en la fase promocional es solicitarle a cada enlace de juventud de los municipios del departamento replicar la información en las redes sociales que dispongan para el fomento de información juvenil de su población, teniendo en cuenta que el FESTIVAL NUEVOS TALENTOS 2020 forma parte de las actividades a desarrollar por un lado en el marco de la celebración de la semana de la juventud 2020 de la GOBERNACIÓN DEL ATLÁNTICO y por otro lado cubre las medidas de promoción prevista en el estatuto de ciudadanía juvenil, Ley 1622 de 2013.

• Fase 3: Audiciones 2020

Al finalizar la fase de promoción y recolección de los videos enviados por los jóvenes participantes en las audiciones, se deberá hacer la escogencia de los actos 12 actos que participaran de la gran gala del FESTIVAL NUEVOS TALENTOS 2020.

Este punto deberá estar a cargo de un panel de 5 jurados con distintos perfiles descritos a continuación:

-Folclorista reconocida a nivel departamental.

-Manager de importantes agrupaciones de la región.

-Asesor de imagen y modelo profesional reconocido en la costa.

-Presentantes de la Gobernación del Atlántico.

Teniendo en cuenta los siguientes criterios:

CANTO BAILE MODELAJE TEATO Y TRADICION ORAL

TALENTOS ALTERNATIVOS

Afinación coreografía Pasarela Guion Innovación Ritmo Planimetría Expresión corporal Expresión corporal Creatividad Técnica vocal Sincronización registro Apoyo audiovisual Puesta en escena

Manejo de escenario

Acompañamiento musical

Presentación personal

Vestuario Mensaje a trasmitir

• Fase 4: Contacto telefónico y virtual de los preseleccionados.

Se deberá realizar un filtro con los perfiles anteriormente descritos, luego se deberá contactar con todos aquellos que a criterio de los jurados hayan destacado, si este número sobre pasa los 12 actos, se hará un nuevo filtro y/o se intentará fusionar los actos para así logra un ensamble que permita que más talentos puedan salir en la gran noche de gala.

• Fase 5: Montaje, rodaje y filmación de las presentaciones.

Para esta fase se deberá contar con un escenario en estructura truss fondo negro, diseñado y ajustado a las necesidades requeridas por cada una de las puestas en escena anteriormente seleccionadas.

Equipado con un sistema profesional de audio con consola digital, monitores, set de micrófonos, atriles, kit percusión, que

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permitirá hacer capturas limpias y tener un sonido de alta calidad, un juego de luces y efectos profesional con cabezas móviles robóticas, par led, opti par led, atomic led, máquina de humo, spliter señal y consola digital de luminarias, que garantizaran un ambiente y escenografía con gran calidad visual.

Se deberá contar con un mezclador, cámaras HD y go pro con las cuales se captaran las puestas en escena desde diferentes puntos y no perder ningún detalle de las presentaciones.

Este escenario deberá estar ubicado en un lugar amplio con baños, dispensadores de gel, alcohol y lavamanos para cumplir con normas de bioseguridad establecidas por el gobierno nacional

. Para este rodaje se deberá destinar varios días de planeación y ensayo donde lo importante y centro de atención será que los mismos jóvenes sean los protagonistas. La trasmisión será en vivo por lo que el reto es mayor y podrá llegar cientos de hogares del Atlántico.

• Fase 6: Trasmisión del festival por las redes sociales.

Se deberá trasmitir a manera de en vivo el material entregado por el equipo de producción y se mantendrá en constante interacción con los espectadores contestando sus comentarios.

Para esta fase se le deberá hacer llegar el Link a los participantes y a los enlaces de Juventudes municipales para que sean partícipes del festival como espectadores, ya que, en años anteriores se contaba con la asistencia de delegaciones de más de 40 jóvenes de todos los municipios, lo que generaba un impacto de gran magnitud en todo el departamento, este año proponemos que a ese número igual de delegaciones se les suministre el acceso a internet durante los dos días de trasmisión para que la asistencia de manera virtual se le garantice a toda la población de nuestro departamento.

Cronograma requerido de desarrollo del proyecto:

Actividad Sem. 1 Sem. 2 Sem. 3 Sem. 2 Sem. 5 Sem. 6 Sem. 7 Sem. 8

Planeación X

Diseño publicitario X

Difusión X

Fortalecimiento A Las Plataformas De Juventudes

X X X X X X

Festival Virtual Nuevos Talentos

X X X X X X X

Foros Virtuales De Juventud

X X X

Concurso Para Organizaciones Juveniles

X X X X

Cierre X

6. Clasificación UNSPSC:

ITEM Clasificación UNSPSC Descripción 1 93141500 Desarrollo y servicios sociales

7. Plazo de ejecución: El plazo del convenio de asociación es de dos (2) meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.

8. Lugar de ejecución: El lugar de ejecución del convenio de asociación es el Departamento del Atlántico.

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11  

 

9. Obligaciones del Departamento:

1. Realizar los aportes al convenido en la forma y términos establecidos en el convenio. 2. Suministrar oportunamente la información que requiere el asociado para el cumplimento de sus actividades. 3. Realizar la supervisión del convenio.

10. Obligaciones generales de la entidad con quien se celebra convenio como ejecutora (las obligaciones generales cambiaran si se trata de contratos interadministrativos, o convenios donde el Departamento aporta recursos:

a) Dar cumplimiento a los fines propuestos en el objeto de este Convenio dentro de un estándar de calidad, garantizando la correcta inversión de los recursos y el aporte de la entidad, específicamente en realizar las actividades descritas en la propuesta. b) Coordinar la ejecución de dichas actividades, aportando el aspecto logístico, administrativo que sea necesario para el desarrollo de las actividades. c) Informar oportunamente al supervisor del contrato, de cualquier situación que pueda afectar la correcta ejecución de este. d) Recibir los recursos del Departamento para destinarlos exclusivamente al cumplimiento del objeto del Convenio. e) Poner a disposición del Convenio, su infraestructura y experiencia técnica, administrativa y de gestión. f) Presentar al Departamento informes parciales e informe final del cumplimento de las actividades objeto del Convenio. g) Mantener una comunicación constante con las partes involucradas en el Convenio. h) Llevar el control pormenorizado y detallado de la ejecución de los recursos por medio de recibos, con el fin de presentar el informe final de ejecución del contrato al Supervisor de este. i) Asumir la organización general de las actividades programadas. j) Cumplir con las obligaciones tributarias y administrativas a que haya lugar. k) Cumplir con los pagos de seguridad social de conformidad con lo señalado en la Ley 789 de 2002, a las personas que hayan participado en la ejecución del presente Convenio. l) Presentar informes técnicos antes de cada pago.

11.  Verificación de la idoneidad de la entidad sin ánimo de lucro y demás requisitos legales:

La CORPORACION UNIVERSITARIA REFORMADA - CUR, ha demostrado su idoneidad y experiencia, a través del desarrollo de su labor misional con más de 18 años de haber sido constituida y registrada ante el Ministerio de Educación Nacional, participando en el desarrollo de diversos proyectos de tipo social, cultural, educativo, que le han permitido construir una trayectoria de gestión y ejecución.

LA CORPORACION UNIVERSITARIA REFORMADA – CUR ofrece de manera permanente a la comunidad actividades que procuran la prestación de servicios de beneficencia y desarrollo social con la posibilidad de acceso a toda la comunidad.

De igual forma la entidad ha desarrollado diversas actividades en donde siempre ha demostrado cumplimiento en las obligaciones adquiridas con el mismo.

DESCRIPCION CUMPLE

Entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida X Entidad con mínimo 6 meses de constituida. X Entidad con duración no menor a la terminación del contrato y un año más

X

Coherencia entre el objeto social de la Entidad y la actividad a desarrollar

X

Propuesta de interés público y debidamente cofinanciada X Sujeción de la propuesta a Plan de Desarrollo y Plan de acción institucional

X

12. Valor estimado del contrato y/o convenio:

El valor estimado del convenio es de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($260.000.000,oo), donde el aporte del asociado corresponde a la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($60.000.000,oo) y el valor del aporte del Departamento corresponde a la suma de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($200.000.000,oo).

Ítem Capítulo/

Artículo

Descripción del Capítulo/Artículo

Dep Tipo Fuente Valor

1

25230

Medidas de Promoción para la Juventud

2- Gerencia de Capital Social

RPCLD-1100

$200.000.000,oo

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12  

 

TOTAL $200.000.000,oo

13. Forma de Pago o desembolso:

El DEPARTAMENTO realizará el desembolso de los aportes de la siguiente manera: 1) Un cincuenta por ciento (50%) en calidad de anticipo, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. 2) Un segundo desembolso correspondiente al veinticinco por ciento (25%), del valor del aporte del Departamento, al primer mes de ejecución del convenio, previa presentación de informe parcial de actividades, certificado de recibido a satisfacción de ejecución de actividades expedido por el supervisor designado, y certificación de encontrarse a paz y salvo con el pago de los aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales. 3) Un desembolso final correspondiente al veinticinco por ciento (25%) del valor del aporte del Departamento al finalizar actividades, previa presentación de informe final de actividades, recibo a satisfacción por parte del supervisor, certificación de encontrarse a paz y salvo con el pago de los aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales.

14. Certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) y Rubro Presupuestal:

NUMERO: 202002897

VALOR: $200.000.000,oo

FECHA: SEPTIEMBRE 11 DE 2020

15.     Supervisión (sugerencia del servidor público que el área propone que se designe como supervisor del contrato y/o convenio):

Nombre del Funcionario: ILSY MUÑOZ MOVILLA

Identificación del Funcionario: 22635809

Cargo del Funcionario: PROFESIONAL ESPECIALIZADA

Dependencia: GERENCIA DE CAPITAL SOCIAL

16.Garantías solicitadas (Indicar Tipo, porcentaje, plazo)

EL ASOCIADO constituirá las siguientes garantías: DE CUMPLIMIENTO. Por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y cuatro meses más. SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Por un monto equivalente al 5% del valor del contrato y una vigencia igual al termino de duración pactado y tres años más. BUEN MANEJO E INVERSION DEL ANTICIPO: Equivalente al 100% del valor del entregado como pago anticipado, con vigencia igual al término de duración de este y cuatro (4) meses más. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. En cuantía de doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (200 SMLMV), y una vigencia igual al plazo del contrato.

17. Plazo de liquidación del contrato/Convenio

El convenio será liquidado de común acuerdo por las partes, dentro de los 4 meses siguientes a su terminación en la forma que lo establece la ley. Si el CONTRATISTA no se presenta a la liquidación, o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, se practicará la liquidación unilateral por la GOBERNACION, en los términos establecidos en ley.

FIRMAS Y APROBACIONES

Firma quien proyecto el estudio (Dependencia Generadora de la Necesidad)

NOMBRE: PAZ LESTHY RENTERIA MENA

CARGO: PROFESIONAL ESPECIALIZADA

FECHA: SEPTIEMBRE 14 DE 2020

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13  

 

FIRMA:

Firma responsable (Secretario de Despacho)

NOMBRE: OSCAR PANTOJA PALACIO

CARGO: GERENTE DE CAPITAL SOCIAL

FECHA: SEPTIEMBRE 14 DE 2020

FIRMA:

   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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14  

 

 

 

 

 

 

MATRIZ  DE  RIESGOS  

CLASE (1)

TIPIFICACION DEL RIESGO (2) ASIGNACION DEL RIESGO (6)

CATEGORIZACION DEL RIESGO PORCENTAJE SEGÚN PROBABILIDAD Y MAGNITUD (9)

PORCENTAJE DE RIESGO A ASUMIR (18)

REFERENCIA A TENER EN CUENTA (17)

RIESGO PONDERADO EN (%) PROBABILIDAD 45% MAGNITUD-45% DURACION 105 (18)

PROBABILIDAD (10) MAGNITUD (13)

DESCRIPCION (4)

OBSERVACIONES (5)

DPTO ATLÁNTICO (7)

ASOCIADO(8)

EVALUADA (11)

VALORADA EN PORCENTAJE (12)

EVALUADA (14)

VALORADAEN PORCENTAJE (15)

No firma del convenio por parte del ASOCIADO

Porque el ASOCIADO se rehusó a firmarlo, no estuvo de acuerdo con el clausulado. Riesgo que asume el ASOCIADO

X B 25% A 100% 100%

AD

MIN

ISTR

ATI

VOS

5,00

Demora en la iniciación del por falta de Supervisor

Esperar a que se nombre Supervisor. Riesgo que asume EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

5,00

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15  

 

Errores involuntarios que hayan quedado en los descripciones del proyecto, estudios previos, anexos Técnicos, operaciones aritméticas, Etc.

Hacer referencia a cualquier error que se pueda presentar en los archivos publicados en la página WEB. Riesgo que asume EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

5,00

Errores cometidos por el ASOCIADO en la elaboración de las propuestas y/o errores cometidos en documentos elaborados por el ASOCIADO durante la ejecución del convenio

Riesgo que asume el ASOCIADO

X A 100% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

14,50

No pago oportuno por parte del ASOCIADO, a toda clase de proveedores en relación con compras, alquileres, servicios, convenios, etc.

Riesgo que asume el ASOCIADO

X M 50% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

14,00

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16  

 

Problemas presentados entre la Junta Directiva del Asociado o entre trabajadores, que amenacen con paralizar las actividades previstas en el Convenio

Riesgo que asume el ASOCIADO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

5,00

Liquidación forzosa del ASOCIADO y/o cambio del representante legal.

Riesgo que asume el ASOCIADO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

5,00

Escasez de cualquier tipo de insumo para la ejecución del convenio.

El ASOCIADO debe estudiar esta situación y tener planes de contingencia. Riesgo que asume el ASOCIADO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

5,00

Demora en la radicación oportuna por parte del ASOCIADO de las actas (correctamente diligenciadas y firmadas y/o cuentas)

Riesgo que asume el ASOCIADO, teniendo en cuenta que le corresponde a éste tener planes de contingencia y/o calidad para las actas se elaboren correctamente y radiquen oportunamente de acuerdo con lo manifestado en el convenio

X A 100% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

11,75

Errores cometidos por el ASOCIADO Y/o Supervisor en la elaboración de las actas y/o cuentas que ocasionan demoras en su radicación

Riesgo que asume el ASOCIADO, teniendo en cuenta que le corresponde a este coordinar con la Supervisión la elaboración de las actas de acuerdo con lo manifestado en el convenio

X A 100% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

11,75

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17  

 

Aplicación de la Ley de intervención económica al ASOCIADO

Riesgo que asume EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

X X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

11,75

Muerte de personal del ASOCIADO durante la ejecución del convenio

Hace referencia a muerte a causa de deficiencias en el proceso de ejecución del convenio, por deficiencias en el sistema de seguridad industrial aplicado por el ASOCIADO. Riesgos que asuma el ASOCIADO

X B 25% A 100% 1,00

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

$ 5,00

Demora en la legalización del convenio por parte del ASOCIADO

Causada por parte del ASOCIADO, por No radicar completa, correcta y oportunamente la documentación de legalización, según el instructivo y lo manifestado en el convenio. Riesgo que asume el ASOCIADO

X M 50 A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

7,25

Demora en la radicación en EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, por parte del ASOCIADO, de los documentos soportes relacionados con precios no previstos

Hace referencia a la demora en la radicación de documentos en EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, de forma completa, correctamente elaborados y con los respectivos vistos buenos. Riesgo que asume el ASOCIADO

X A 100% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

14,50

Abandono del convenio por parte del ASOCIADO

Riesgo que asume el ASOCIADO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

13,25

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18  

 

Suspensiones del convenio por parte del ASOCIADO

Riesgo que asume el ASOCIADO, para este cálculo se debe tener en cuenta el cronograma de ejecución Vigente del Convenio

X M 50% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

10,00

Baja tasa y/o valoración de riesgo estimada por el ASOCIADO comparada con el valor y tipo de convenio a ejecutar

Riesgo que asume el ASOCIADO

X M 50% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

10,00

Fluctuación de precios en los materiales cuyos precios sean regulados por el Gobierno

Riesgos que asume EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO en caso que la fluctuación haya sido exorbitante, o de lo contrario lo asume el ASOCIADO.

X X M 50% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

10,00

Insolvencia del ASOCIADO

Riesgo que asume el ASOCIADO

X B 25% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

13,25

Demora en la revisión y/o aprobación de las actividades, por parte de la supervisión cuando sean por causas técnicas eludibles al ASOCIADO, Si aplica

Riesgo que asume el ASOCIADO

X A 100% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

20,00

Discrepancias entre el ASOCIADO Y Supervisor

Riesgo que asume el ASOCIADO

X M 50% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

10,00

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19  

 

Devolver todos los productos y elementos defectuosos que no cumplan con las especificaciones y normas

Hace referencia a las órdenes de la supervisión de EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO para devolver los bienes y servicios entregados por el ASOCIADO, (sin costo para el Departamento) que no cumplan con especificaciones y/o normatividad vigente. Riesgo que asume el ASOCIADO

X M 50% A 100% 100%

Porcentaje a asumir de acuerdo con el monto del evento presentado

10,00