estructuras contractuales y emprendimiento de proyectos mineros (derecho y soc.) (742724)

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Estructuras Contractuales y Emprendimiento de Proyectos Mineros

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Diapositiva 1

www.rubio.pe

Peru Law Firm of the Year 2012 & 2013

Xennia FornoMarzo, 2014Estructuras Contractuales para el emprendimiento de Proyectos Mineros1Consideraciones PreviasRUBIO LEGUIA NORMAND

Etapas de un proyecto minero, generan distinta informacinCalidad de la informacin (-)Calidad de la informacin (+)Prospeccin - Exploracin InicialExploracin AvanzadaPre factibilidad -FactibilidadDesarrolloOperacinCierre7-16 aos aproximadamenteConsideraciones PreviasRUBIO LEGUIA NORMAND

Los acuerdos as como su complejidad van de la mano con las etapas de un proyecto:

Convenios de ConfidencialidadAcuerdos PreliminaresJoint VenturesConvenios de AccionistasAcuerdos MinerosAcuerdos no regulados en la LGM:Acuerdos de ConfidencialidadAcuerdos Preliminares: Memorndums de Entendimiento (MOU) y Cartas de Intencin (LOI)Joint Ventures (JV)Convenio de AccionistasPrincipales Contratos Mineros - LGM:Transferencia Cesin MineraOpcinCesin + OpcinRiesgo CompartidoExplotacin (PMA)RUBIO LEGUIA NORMAND

Convenio de Confidencialidad(non-disclosure agreementNDA; Confidentiality agreement)

Una parte evala entrar en una relacin comercial y necesita entender o conocer los procesos o los resultados en la otra compaa. No vinculante

Objeto: compartir material confidencial o conocimiento para ciertos propsitos, restringiendo su uso pblico.

Crea una relacin confidencial entre los participantes para proteger cualquier secreto comercial.

Pueden ser mutuos o afectar slo a una de las partes.

Plazo: Para evaluar la informacin y para guardar confidencialidad.RUBIO LEGUIA NORMAND

Memorndum de Entendimiento(MOU)

Carta de Intencin (LOI)

Describe un acuerdo entre partes.

Expresa una convergencia de deseo, indicando intencin de emprender una lnea de accin comn.

No vinculante: no se desea o no se puede crear un acuerdo legalmente obligatorio.

Incluir clusulas especficas de liberacin de efectos legales.

No incluir elementos para que se considere un contrato vlido.

Puede establecer plazo para contrato definitivo.

RUBIO LEGUIA NORMAND

Joint VentureAcuerdo comercial de inversin conjunta a plazo entre dos o ms partes con la finalidad de obtener beneficioseconmicos.

Puede o no constituirse una compaa o entidad legal nueva.

Objeto variado: produccin debienes, prestacin deservicios, bsqueda de nuevos mercados, apoyo mutuo en diferentes eslabones de la cadena de un producto.

Los aportes son de diversa ndole: materia prima, capital, tecnologa, conocimiento del mercado, ventas y canales de distribucin, personal, financiamiento, productos, o el simpleknow how (saber cmo).

Puede tener alguna formalidad de legislacin nacional

RUBIO LEGUIA NORMAND

Convenio de AccionistasCompleta, modifica y regula relaciones de socios en la sociedadgestin social, poltica de distribucin de utilidades, compromisos de votar en un determinado sentido, limitaciones o restricciones a la transferencia de las acciones o participaciones socialesPactos de relacin: derecho de adquisicin preferente, Pactos de no agresin, Tag along o acuerdo de acompaamiento, Drag along o acuerdo de arrastre.Pactos de organizacin: rgano de administracin, Polticas de distribucin de dividendos, financiamiento e inversin de la sociedad, alcance e interpretacin de Estatuto, regulacin de la poltica de informacin y fiscalizacin de aspectos econmicos y contables.Pactos de atribucin, establecen ventajas a favor de la sociedad, para maximizar beneficios: compromisos de no competencia, compromisos de financiamiento adicional.

RUBIO LEGUIA NORMAND

Contenido Acuerdos MinerosContenido bsico de todo acuerdo:Derechos y obligaciones.Intereses y objetivos.Mecanismos de terminacin (Vas de escape).Mecanismo para Solucin de ConflictosRepresentations ywarrantiesRecomendaciones:Lenguaje claro y sencillo.Evitar ambigedades.Flexibilidad.Clusulas y condiciones razonables para ambas partes.Creatividad.RUBIO LEGUIA NORMAND

RUBIO LEGUIA NORMAND

Contratos MinerosDisposiciones Generales:

Libertad para la configuracin contractual (autonoma de la voluntad de las partes, limitada por el orden pblico y las buenas costumbres). Aplicacin supletoria de las disposiciones generales del Derecho Comn en todo lo que no se oponga a la LGM (Cdigo Civil, Ley General de Sociedades).

Para su eficacia frente al Estado y terceros se requiere: (i) escritura pblica, e (ii) inscripcin registral.

Cesin MineraEl titular entrega su concesin minera, de beneficio, la labor general o transporte minero a un tercero, percibiendo a cambio una compensacin.

Plazo

Compensacin

No explotacin por niveles o tipos de minerales.

Contrato de Explotacin

RUBIO LEGUIA NORMAND

OpcinEl titular minero se obliga a celebrar un contrato definitivo. El beneficiario de la oferta tiene el derecho exclusivo de decidir si celebra o ni el contrato dentro del plazo.

Opcin: Cesin, transferencia (elementos del contrato definitivo)

Plazo: 5 aos. (C.C. hasta el 2001 6 meses, ahora decisin de las partes)

Onerosa o gratuita?

RUBIO LEGUIA NORMAND

transferenciaEl titular transfiere el dominio sobre el derecho minero (concesin minera o petitorio minero).

Comprende las partes integrantes y accesorias (se requiere pacto expreso).

No hay recisin por causa de lesin.

No aplica el retracto.RUBIO LEGUIA NORMAND

Regalas ContractualesCompensacin en contratos mineros (total o parcial) suele ser un porcentaje de las ventas netas (Net Smelter Return) o de las utilidades del operador (Net Profit Interest).Es un derecho de crdito, pactado contractualmente, con lo que se encuentra limitada por el efecto relativo de los contratos. Al no ser un derecho real o carga sobre propiedad minera, debe protegerse contractualmente su transmisin a futuros titulares de la actividad o propiedad (consentimiento previo/negativa). La obligacin de pago de la regala puede inscribirse en el Registro Minero, pero no perseguir a la concesin, afectar nicamente al obligado originario. En caso de nueva transferencia/cesin la obligacin no ser exigible frente al nuevo adquirente/cesionario del bien, salvo que la asuma expresamente.RUBIO LEGUIA NORMAND

A modo de conclusinLa regulacin de la LGM sobre contratos mineros constituy innovacin frente al rgimen comn actualmente ello no es as.Hoy en da la flexibilidad del rgimen comn (civil) permite asegurar de mejor manera los intereses de las partes involucradas en el emprendimiento de un proyecto minero.Los contratos mineros (caso de cesin, transferencia), permiten: (i) asumir responsabilidades frente a terceros y el Estado, y; (ii) materializar acuerdos privados previos, que son los que importan.

Excesivas formalidades para el registro terminan constriendo la voluntad de las partes y su libertad para contratar. RUBIO LEGUIA NORMAND

GRACIASRUBIO LEGUIA NORMAND