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escritos del comité empresa

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COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 12 de noviembre de 2007. Ref.: 1/07. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: Por la presente le comunicamos que el Comit de Empresa, de este Excmo. Ayuntamiento, queda conformado de la siguiente manera: PRESIDENTE: D. JOS M. CABRERA FIGUERAS

SECRETARIO: D. CARLOS NODA ALAYN MIEMBROS: D. Juan Garca Snchez. D. Juan J. Torres Rodrguez. D. Jos A. Perdomo Niz. D. Valentn Fernndez Arrocha. D. Julia Valiente Lpez. D. Jos M. Nuez Llarena. D. Sergio J. Morera Aparicio. D. Juan M. Montero Gonzlez. D. David Robayna Reyes. D. Pedro Lpez Cabrera. D. Diego Machado Caada.

Atentamente,

V B El Presidente

El Secretario

COMIT DE EMPRESA

Arrecife, a 12 de noviembre de 2007. Ref.: 2/07. A TODO EL PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Compaeros: Pongo en conocimiento de todos ustedes que el pasado mircoles 7 de noviembre el Comit de Empresa qued constituido de la siguiente manera:PRESIDENTE: D. JOS M. CABRERA FIGUERAS.

SECRETARIO: D. CARLOS NODA ALAYN. MIEMBROS:

D. Juan Garca Snchez. D. Juan J. Torres Rodrguez. D. Jos A. Perdomo Niz. D. Valentn Fernndez Arrocha. D. Julia Valiente Lpez. D. Jos M. Nuez Llarena. D. Sergio J. Morera Aparicio. D. Juan M. Montero Gonzlez. D. David Robayna Reyes. D. Pedro Lpez Cabrera. D. Diego Machado Caada.

Sin otro particular,

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 23 de noviembre de 2007. Ref.: 8/07. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: El 15 del presente mes, fue firmada por usted: Convocatoria para la seleccin de un animador sociocultural, en rgimen de derecho laboral, con carcter temporal, a tiempo completo. Previa consulta con los servicios jurdicos queremos manifestarle lo siguiente: PRIMERO.- Este Comit de Empresa no tiene constancia alguna de la creacin de dicha plaza ni se le ha informado, en ningn momento, por parte de la Oficina de personal, la Concejal, ni por usted a pesar de la obligacin que ostenta como jefe superior del personal de esta institucin. SEGUNDO.- La Base 2.- Rgimen jurdico de la contratacin, manifiesta que ser de aplicacin el Vigente Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento de Arrecife. TERCERO.- El artculo 60. rganos de Seleccin de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Pblico, (EBEP), recoge que la composicin de los rganos de seleccin deber ajustarse, entre otros, a la paridad entre mujer y hombre y en la presente se compone de tres mujeres y dos hombres por lo que no hay paridad. CUARTO.- Segn el artculo 61. Sistemas selectivos del EBEP, a nuestro juicio la pruebe selectiva de la Base 6, segundo ejercicio: Realizacin en un tiempo mximo de treinta minutos una prueba prctica consistente en crear un documento con alguna de las herramientas de Microsoft Office (Word, Excell, Acell, Pwerd Point), segn determine el Tribunal el da del examen. El Convenio de los Trabajadores recoge en su artculo 22.- Acceso.: Los procedimientos de seleccin cuidarn especialmente la conexin entre el tipo a prueba a superar y la adecuacin a los puestos de trabajo que se hayan de desempear A nuestro juicio no se ajusta, como prueba, a la idoneidad de la plaza de animador sociocultural QUINTO.- En el Captulo 1. Acceso al empleo pblico y adquisicin de la relacin de servicio. Art. 55. Principios rectores, dice que las Administraciones Pblicas deben garantizar los principios constitucionales de igualdad, mrito y capacidad seleccionando al personal laboral y entre otros con los siguientes:

a) Publicidad de las convocatoria y sus bases b) Transparencia e) Adecuacin entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de seleccin. Dnde est la publicidad si no se publican las bases en ningn boletn, ni del estado, comunidad autnoma o de la provincia? SEXTO.- En el artculo anterior se recoge: La Delegacin de Personal informar, por escrito, al presidente de la Junta de Representantes, con diez das de antelacin, de la composicin nominal de los Tribunales de las pruebas accesos, las bases y contenidos de la convocatoria, si lo hubiere, lugar, fecha y hora de la celebracin de los ejercicios. Este Comit no tiene constancia alguna de que dicha informacin se est llevando a cabo. SEPTIMO.- El Convenio de los Trabajadores recoge en su artculo 22. Acceso: En todos los Tribunales o Comisio nes de Valoracin se nombrar por la Alcalda, a propuesta de la Junta de Representantes, un miembro que deber poseer una titulacin acadmica o profesional igual o superior a la exigida para acceder a la plaza que se convoca. Dicho miembro formar parte del Tribunal en calidad de vocal, con voz y voto. Por ello le ruego me comunique quien lo propuso y su identidad. OCTAVO.- Tampoco tenemos constancia de que se le haya comunicado a las secciones sindicales legalmente constituidas dicha informacin para poder asistir a la plaza con voz pero sin voto como as recoge el EBEP y el Convenio. NOVENO.- Derechos Sindicales. Artculo 55.: c) La contratacin de nuevo personal laboral ser precedida de la oportuna comunicacin al Comit de Empresa, al que se entregar copia del modelo de contrato que haya de suscribirse. El incumplimiento de este requisito dar lugar a la ineficacia del contrato, sin perjuicio de los posibles derechos adquiridos por el contratado de buena f. Por todo lo anteriormente expuesto, procedemos a IMPUGNAR las bases de la Convocatoria para la seleccin de un animador sociocultural, en rgimen de derecho laboral, con carcter temporal, a tiempo completo, salvo que subsane los incumplimientos de las bases conforme a lo estipulado en el Convenio Colectivo. En Arrecife, a 23 de noviembre de 2007. V B EL PRESIDENTE EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 31 de enero de 2008. Ref.: 16/07. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: Habiendo solicitado documentacin, segn escrito de 13 de diciembre de 2007 y Registro de Entrada n 70894, el cual le adjunto, y no teniendo respuesta hasta la fecha, pongo en su conocimiento que segn el Convenio, Captulo XII. Derechos de Representacin, Asociacin y Reunin, art. 61 La solicitud de informacin, reclamaciones o recursos formulados por el Comit de Empresa ser contestada en el plazo mximo de 1 mes. Por tanto, de no recibir la misma en el plazo de diez das naturales a partir del da de hoy, nos veremos obligados a proceder ante la Inspeccin de Trabajo y donde proceda y convenga en defensa de los derechos de representatividad.

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 11 de febrero de 2008. Ref.: 17/07. Asunto: Mesa General de Negociacin. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: Habiendo solicitado documentacin, segn escrito de 13 de diciembre de 2007 y Registro de Entrada n 70892, el cual le adjunto, y no teniendo respuesta hasta la fecha, pongo en su conocimiento que segn el Convenio, Captulo XII. Derechos de Representacin, Asociacin y Reunin, art. 61 La solicitud de informacin, reclamaciones o recursos formulados por el Comit de Empresa ser contestada en el plazo mximo de 1 mes. Por tanto, de no recibir la misma en el plazo de diez das naturales a partir del da de hoy, nos veremos obligados a proceder ante la Inspeccin de Trabajo y donde proceda y convenga en defensa de los derechos de representatividad.

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 12 de febrero de 2008. Ref.: 18/08. Asunto: R.P.T. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: Habiendo solicitado documentacin, segn escrito de 18 de diciembre de 2007 y Registro de Entrada n 71725, el cual le adjunto, y no teniendo respuesta hasta la fecha, pongo en su conocimiento que segn el Convenio, Captulo XII. Derechos de Representacin, Asociacin y Reunin, art. 61 La solicitud de informacin, reclamaciones o recursos formulados por el Comit de Empresa ser contestada en el plazo mximo de 1 mes. En el supuesto de que dicha R.P.T., que al parecer est a expensas de que el Sr. interventor le de el visto bueno, el econmico, sin que hasta el momento se hayan dignado en dirigirse a los representantes legales de los trabajadores, sin negociacin previa ni informacin al respecto, este Comit no ha recibido documentacin alguna al da de la fecha. Por tanto, de no recibir la misma en el plazo de diez das naturales a partir del da de hoy, nos veremos obligados a proceder ante la Inspeccin de Trabajo y donde proceda y convenga en defensa de los derechos de representatividad.

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 18 de febrero de 2008. Ref.: 19/08. Asunto: Contratas y Subcontratas ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: Hemos recibido informacin sobre contratados laborales, Registro de Salida 3025 de 14-02-08, y siendo nuestras solicitudes, Registro de Entrada ref.: 70894 de 13-12-07 y 5926 de 06-02-08, relativas a esto y a Contratas y Subcontratas, le reiteramos que de no recibir la informacin reseada, en el plazo de 10 das naturales, procederemos ante la Inspeccin de Trabajo y donde proceda y convenga en defensa de los derechos de representatividad.

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 7 de abril de 2008. Ref.: 20/08. Asunto: Retroexcavadora ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: Por la presente, le solicito copia del escrito de cesin, de la Pala Retroexcavadora Massey Ferguson HX 50, a la asociacin Club Moteros Los Fogaleras.

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 25 de abril de 2008. Ref.: 21/08. Asunto: Convocatoria Tcnico Medio Ambiente ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Seor Alcalde: El pasado martes 22 de abril se celebr la prueba para la seleccin de un tcnico de grado medio (Tcnico Medio Ambiente), en rgimen de derecho laboral, con carcter temporal. Por ello solicitamos: .- Copia del escrito o memoria del Departamento que solicita dicha plaza. .- Copia del informe de secretara con relacin a dicha plaza. .- Copia del informe de Recursos Humanos con relacin a dicha plaza. .- Copia Oficio de Remisin al Boletn Oficial de La Provincia o Diario correspondiente de la convocatoria de dicha plaza. .- Copia del escrito de comunicacin a los organismos que deban proponer miembros del Tribunal. .- Copia del escrito de comunicacin a los miembros del Tribunal. .- Copia de la Resolucin de Alcalda aprobando la lista provisional. .- Copia del Oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia. .- Copia del anuncio en el Boletn Oficial de la Provincia y en el Tabln de Edictos del Ayuntamiento. .- Copia del certificado de secretara con el resultado de la exposicin de las listas provisionales de admitidos y excluidos. .- Copia de la resolucin de alcalda aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos. .- Copia del Oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia.

.- Copia del escrito anunciando en el Boletn Oficial de la Provincia y en el Tabln de edictos de la lista definitiva de admitidos. .- Copia del Acta de constitucin del Tribunal y desarrollo de los ejercicios. .- Copia de escrito de relacin de aprobados o de aptos y no aptos. .- Copia de Diligencias. .- Copia de Baremacin. .- Copia del anuncio de resultado de la Baremacin en el Tabln de Anuncios del Ayuntamiento. .- Copia del Certificado de las alegaciones presentadas. .- Copia de la resolucin de la alcalda. .- Copia del oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia del nombramiento del empleado pblico.

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 25 de abril de 2008. Ref.: 22/08. Asunto: Convocatoria Tcnico Medio Ambiente PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR AYTO. DE ARRECIFE

Seora Presidenta: El pasado martes 22 de abril se celebr la prueba para la seleccin de un tcnico de grado medio (Tcnico Medio Ambiente), en rgimen de derecho laboral, con carcter temporal. Por ello solicitamos: .- Copia del escrito o memoria del Departamento que solicita dicha plaza. .- Copia del informe de secretara con relacin a dicha plaza. .- Copia del informe de Recursos Humanos con relacin a dicha plaza. .- Copia Oficio de Remisin al Boletn Oficial de La Provincia o Diario correspondiente de la convocatoria de dicha plaza. .- Copia del escrito de comunicacin a los organismos que deban proponer miembros del Tribunal. .- Copia del escrito de comunicacin a los miembros del Tribunal. .- Copia de la Resolucin de Alcalda aprobando la lista provisional. .- Copia del Oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia. .- Copia del anuncio en el Boletn Oficial de la Provincia y en el Tabln de Edictos del Ayuntamiento. .- Copia del certificado de secretara con el resultado de la exposicin de las listas provisionales de admitidos y excluidos. .- Copia de la resolucin de alcalda aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos. .- Copia del Oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia.

.- Copia del escrito anunciando en el Boletn Oficial de la Provincia y en el Tabln de edictos de la lista definitiva de admitidos. .- Copia del Acta de constitucin del Tribunal y desarrollo de los ejercicios. .- Copia de escrito de relacin de aprobados o de aptos y no aptos. .- Copia de Diligencias. .- Copia de Baremacin. .- Copia del anuncio de resultado de la Baremacin en el Tabln de Anuncios del Ayuntamiento. .- Copia del Certificado de las alegaciones presentadas. .- Copia de la resolucin de la alcalda. .- Copia del oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia del nombramiento del empleado pblico.

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA Arrecife, a 25 de abril de 2008. Ref.: 23/08. Asunto: Convocatoria Tcnico Medio Ambiente SECRETARIA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR AYTO. DE ARRECIFE

Seora Secretaria: El pasado martes 22 de abril se celebr la prueba para la seleccin de un tcnico de grado medio (Tcnico Medio Ambiente), en rgimen de derecho laboral, con carcter temporal. Por ello solicitamos: .- Copia del escrito o memoria del Departamento que solicita dicha plaza. .- Copia del informe de secretara con relacin a dicha plaza. .- Copia del informe de Recursos Humanos con relacin a dicha plaza. .- Copia Oficio de Remisin al Boletn Oficial de La Provincia o Diario correspondiente de la convocatoria de dicha plaza. .- Copia del escrito de comunicacin a los organismos que deban proponer miembros del Tribunal. .- Copia del escrito de comunicacin a los miembros del Tribunal. .- Copia de la Resolucin de Alcalda aprobando la lista provisional. .- Copia del Oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia. .- Copia del anuncio en el Boletn Oficial de la Provincia y en el Tabln de Edictos del Ayuntamiento. .- Copia del certificado de secretara con el resultado de la exposicin de las listas provisionales de admitidos y excluidos. .- Copia de la resolucin de alcalda aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos. .- Copia del Oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia.

.- Copia del escrito anunciando en el Boletn Oficial de la Provincia y en el Tabln de edictos de la lista definitiva de admitidos. .- Copia del Acta de constitucin del Tribunal y desarrollo de los ejercicios. .- Copia de escrito de relacin de aprobados o de aptos y no aptos. .- Copia de Diligencias. .- Copia de Baremacin. .- Copia del anuncio de resultado de la Baremacin en el Tabln de Anuncios del Ayuntamiento. .- Copia del Certificado de las alegaciones presentadas. .- Copia de la resolucin de la alcalda. .- Copia del oficio de remisin al Boletn Oficial de la Provincia del nombramiento del empleado pblico.

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 6 de mayo de 2008. Ref.: 24/08 Asunto: PRESUPUESTO AYTO. 2008 Sr. Alcalde: Habindonos enterado por la prensa de la inminente aprobacin del Presupuesto Ordinario de 2008 queremos poner en su conocimiento lo siguiente: La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, recoge: Artculo 15. Derechos individuales ejercidos colectivamente. Los empleados pblicos tienen los siguientes derechos individuales que se ejercen de forma colectiva: a. A la libertad sindical. b. A la negociacin colectiva y a la participacin en la determinacin de las condiciones de trabajo. En su artculo 37 recoge que la materia que nos ocupa ser objeto de negociacin en la mesa general, que a fecha de hoy no ha sido convocada por parte del Ayuntamiento, ni la de 2007 ni la de 2008, a pesar de haberlo solicitado el pasado 28 de diciembre en escrito de nuestra referencia 40/07 y Registro de Entrada n 73083. El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, en su Ttulo II recoge los derechos de representacin colectiva en su captulo I: Artculo 64. Derechos de informacin y consulta y competencias. 1. El comit de empresa tendr derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, as como sobre la situacin de la empresa y la evolucin del empleo en la misma, en los trminos previstos en este artculo. Se entiende por informacin la transmisin de datos por el empresario al comit de empresa, a fin de que ste tenga conocimiento de una cuestin determinada y pueda proceder a su examen. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un dilogo entre el empresario y el comit de empresa sobre una cuestin determinada, incluyendo, en su caso, la emisin de informe previo por parte del mismo.

En la definicin o aplicacin de los procedimientos de informacin y consulta, el empresario y el comit de empresa actuarn con espritu de cooperacin, en cumplimiento de sus derechos y obligaciones recprocas, teniendo en cuenta tanto los intereses de la empresa como los de los trabajadores. En el Captulo V del presente Convenio, en sus principios generales se dispone que: la Junta de Representantes formar parte en las distintas Comisiones que se constituyan, para la elaboracin de la Plantilla Municipal y la Relacin de Puestos de Trabajo, antes de la aprobacin de sus correspondientes Presupuestos, para dentro del proceso organizativo establecido, lograr los objetivos marcados en su da por el proceso valorativo. Asimismo, literalmente, se refleja en nuestro Convenio: Artculo 55.- DERECHOS SINDICALES. El Comit de Empresa tendr las siguientes competencias: 1.- Recibir informacin previa sobre las siguientes cuestiones: ....................... b) Recibir informacin de cuantos datos considere necesarios del Presupuesto Ordinario. Al da de hoy no han sido negociadas plazas de nueva creacin, promocin interna, oferta pblica de empleo o las retribuciones complementarias con los representantes sindicales, ni entregado borrador alguno previo ni abierto proceso de dilogo por parte del Ayuntamiento con los representantes legtimos de los trabajadores. Con el Convenio de los Trabajadores en la mano existe, a nuestro juicio, una clara infraccin del ordenamiento jurdico en cuanto a lo dispuesto en relacin a la previa negociacin. Por todo ello SOLICITAMOS, que deje sobre la mesa dicho punto hasta que la Sra. concejal de Personal haga sus deberes que no son otros que los de la negociacin legalmente establecida con los representantes de los trabajadores. En el caso de que su voto sea favorable a la aprobacin inicial ser usted, y slo usted, el responsable ante la Ley y los trabajadores de su decisin y falta de consideracin con los empleados pblicos de esta institucin. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 16 de mayo de 2008. Ref.: 25/08 Asunto: COPIAS BSICAS Sr. Alcalde: El pasado mircoles 14, del presente mes, se nos entreg en las dependencias de la Inspeccin de Trabajo las copias bsicas de los siguientes contratos: Apellidos y Nombre Villalba Hernndez, Gregorio Miranda Elvira, David Hormiga Felipe, Rosa Delia Betancort Cabrera, Anibal Gregorio Crespi Villarias, Mara Jos Mendoza Corujo, Mara Sagrario Montelongo Gonzlez Anabel Saavedra Rodrguez, Elizayda Mara Bravo Guerra, Mara Betancort Perdomo, Gustavo Alxis Leandro De Souza, Leumisin Mendez Peraza, Rafael Antonio Hernndez Tabares, Miguel Lemes Martn, Margarita Jorge Camejo, Mirian Lemes Martn, Jos Domingo Lpez Navarro, Yaiza Estefana Cedrs Montelongo, Mike Noda Lirio, Jos Domingo Garca Santana, Mara Cristo Rodrguez Concepcin, Clara Mara Morales De Len, Magdalena Armas Betancort, Marcial Gabriel Hernndez Toledo, Rut Mara Fecha 27-09-2007 09-01-2008 23-01-2008 04-02-2008 18-02-2008 18-02-2008 18-02-2008 03-03-2008 03-03-2008 05-03-2008 06-03-2008 01-04-2008 01-04-2008 07-04-2008 07-04-2008 07-04-2008 07-04-2008 10-04-2008 17-04-2008 21-04-2008 23-04-2008 23-04-2008 23-04-2008 01-05-2008

Segn el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su Artculo 8. Forma del contrato.

1. El contrato de trabajo se podr celebrar por escrito o de palabra. Se presumir existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del mbito de organizacin y direccin de otro y el que lo recibe a cambio de una retribucin a aqul. 2. Debern constar por escrito los contratos de trabajo cuando as lo exija una disposicin legal y, en todo caso, los de prcticas y para la formacin, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a domicilio, los contratos para la realizacin de una obra o servicio determinado, as como los de los trabajadores contratados en Espaa al servicio de empresas espaolas en el extranjero. Igualmente constarn por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duracin sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumir celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carcter a tiempo parcial de los servicios. 3. El empresario entregar a la representacin legal de los trabajadores una copia bsica de todos los contratos que deban celebrarse por escrito, a excepcin de los contratos de relacin laboral especial de alta direccin sobre los que se establece el deber de notificacin a la representacin legal de los trabajadores. Con el fin de comprobar la adecuacin del contenido del contrato a la legalidad vigente, esta copia bsica contendr todos los datos del contrato a excepcin del nmero del documento nacional de identidad, el domicilio, el estado civil, y cualquier otro que, de acuerdo con la Ley Orgnica 1/1982, de 5 de mayo, pudiera afectar a la intimidad personal. La copia bsica se entregar por el empresario, en plazo no superior a diez das desde la formalizacin del contrato, a los representantes legales de los trabajadores, quienes la firmarn a efectos de acreditar que se ha producido la entrega. Posteriormente, dicha copia bsica se enviar a la oficina de empleo. Cuando no exista representacin legal de los trabajadores tambin deber formalizarse copia bsica y remitirse a la oficina de empleo . . .. Como podr comprobar todas las copias bsicas incluidas en la tabla anterior no cumplen ni con la firma de los representantes de los trabajadores ni con la fecha de entrega, en tiempo y forma, como as fue indicado por la Inspeccin de Trabajo. Por tanto solicitamos que comunique y ordene las instrucciones precisas para que se corrijan y no se repitan dichas actuaciones en el futuro, para el mejor funcionamiento de la institucin en materia de contratacin como es el caso que nos ocupa y as se lo indicamos en el escrito de 21 de noviembre de 2007. (Reg. Entrada 66731) Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 16 de mayo de 2008. Ref.: 26/08 Asunto: AGENTES DE EMPLEO YDESARROLLO LOCAL

Sr. Alcalde: El pasado 23 de abril, del presente mes, firm usted los Contratos de Trabajo de Duracin Determinada de D Magdalena Morales De Len, D Clara Mara Rodrguez Concepcin y D. Marcial Gabriel Armas Betancort como Agentes de Empleo y Desarrollo Local. En Clusulas Adicionales de los mismos se indica textualmente: El contrato tiene como objeto desarrollar la 1 fase (orintate), de las tres fases que forman parte del programa de agentes de empleo y desarrollo local, subvencionado por el SCE, duracin estimada un ao. Puestos en contacto con el Departamento de Desarrollo Local nos han indicado que dichas contrataciones son para desempear funciones en ese departamento. Como quiera que nuestra obligacin es comprobar que dichos trabajadores se ajustan a las funciones y departamentos para los que han sido contratados, hemos constatado que D Magdalena Morales De Len no est en su puesto de trabajo sino en Secretara Gral. Por parte de la Agencia de Desarrollo Local se nos ha dicho que dicha seora est all porque ha sido una peticin para suplir unos das a otra trabajadora. Desconocemos las urgencias y necesidades de los cambios ya que no se nos ha indicado, en ningn momento, por parte de la oficina de personal, ni de la concejala, las previsiones de contratacin que tiene la empresa para el presente ao, ni fijos ni temporales. Asimismo se nos informa por parte de la Agencia de Desarrollo Local la intencionalidad de contratar a 88 trabajadores por parte de la empresa cuando ya han sido solicitados dichos programas, es decir a posteriori, sin comunicarnos previamente la intencionalidad y necesidad empresarial y que esperamos que no sean para ocupar tareas habituales y si de carcter social o de otra ndole que desconocemos. Por todo lo anteriormente expuesto, le recordamos el derecho de Informacin y Consulta que nos asiste como empleados pblicos y trabajadores en el artculo 64 del Estatuto de los Trabajadores por lo que debido a nuestro desconocimiento, solicitamos de usted, o su Concejal de Personal, una reunin a la mayor brevedad posible, con el

Comit de Empresa, con la finalidad de aclarar estas cuestiones en el Derecho de Informacin y Consulta que nos asiste. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 16 de mayo de 2008. Ref.: 27/08 Asunto: PROPUESTA TRIBUNALES Sr. Alcalde: La ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico recoge en su artculo 61, punto 7.: Las Administraciones Pblicas podrn negociar las formas de colaboracin que en el marco de los convenios colectivos fijen la actuacin de las Organizaciones Sindicales en el desarrollo de los procesos selectivos. Como quiera que estamos estudiando la participacin de todos y cada uno de los empleados de esta institucin, y a peticin de ellos, para que los tengamos en cuenta y que no sean siempre los mismos los que acudan como miembros de los tribunales y sin embargo opinando otros, que se realizan dichas pruebas en horario laboral y no debieran cobrarse dietas a tal efecto, ante las quejas, reiteradas, de que solo unos pocos se benefician econmicamente teniendo todos cualificacin, para ser miembros de dichos tribunales y en la duda que pudiese existir, una discriminacin econmica: Solicitamos de usted el nombre de las personas y cantidades abonadas a los mismos, como miembros de los tribunales del ao 2007 y 2008 a fin de constatar dichas percepciones y realizar una propuesta satisfactoria para todos los empleados pblicos. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 27 de mayo de 2008. Ref.: 28/08 Asunto: ACUERDO POLICIA LOCAL 2006. Sr. Alcalde: En el ao 2006 se llev a Pleno un Acuerdo entre la Polica Local y el Ayuntamiento de Arrecife por lo que estando pendiente, desde septiembre del ao pasado, la negociacin del Convenio y el Acuerdo de los empleados pblicos y, a efectos de estar enterado de todos los pormenores que conllevar la futura negociacin: Solicito de usted, de estar vigente el mismo, copia del mencionado documento corregido y aprobado en Pleno y, en que fecha y nmero del Boletn Oficial de La Provincia de Las Palmas fue publicado ya que como representantes de los trabajadores nos ampara la legalidad vigente en el derecho, que ostentamos, a la informacin, consulta y participacin en la empresa. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, publicado en el BOE 29 de marzo de 1995 y que entr en vigor el 1 de mayo de dicho ao. Ttulo I. De la relacin individual de Trabajo. Captulo I. Disposiciones Generales. Seccin Segunda. Derechos y deberes laborales bsicos. Artculo 4. Derechos laborales.- Apartado g). Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 27 de mayo de 2008. Ref.: 29/08 Asunto: DOCUMENTACION RQMTO.INSPECCIN DE TRABAJO.

Sr. Alcalde: El da 19, del presente mes, con Reg. Salida del da 21, del mismo mes, N 8414, recibimos, por requerimiento de la Inspeccin de Trabajo, la siguiente documentacin del Departamento de RR.HH en escrito firmado por La Secretaria: . Decretos de Productividad, correspondiente al periodo 2007 y los meses de Enero a Abril de 2008. . Decretos de Gratificacin, correspondiente al periodo 2007 y los meses de Enero a Abril de 2008. En los Decretos que llevan adjunta documentacin no se nos ha hecho entrega de dichos anexos. A la hora de intentar cotejar los Decretos recibidos con el Libro de Decretos se nos ha impedido tener acceso a dicho Libro, por parte de la Sra. Inmaculada Domnguez Cabrera, Responsable del Departamento de Personal y RR.HH. Por ello, no hemos podido saber a que corresponden los siguientes Decretos: 2007. RR.HH. 01/2007 al 09/2007 (ambos incluidos); 26/2007; del 29/07 al 35/2007 (ambos incluidos); 50/2007; 52/2007; 53/2007; 56/2007; 57/2007; del 60/2007 al 79/2007 (ambos incluidos); del 87/2207 al 91/2007 (ambos incluidos); 97/2007; del 107/2007 al 125/2007 (ambos incluidos); 128/2007; 140/2007 al 141/2007 (ambos incluido); 146/2007; 149/2007 al 158/2007 (ambos incluidos); 162/2007; 178/2007 al 181/2007 (ambos incluido); 185/2007; 190/2007 al 198/2007 (ambos incluidos); 206/2007 al 213/2007 (ambos incluidos); 215/2007 al 217/2007 (ambos incluidos); 234/2007 al 244/2007 (ambos incluidos); 249/2007; 265/2007 al 271/2007 (ambos incluidos); 274/2007 al 278/2007 (ambos incluidos); 289/2007; 297/2007 al 305/2007 (ambos incluidos); 310/2007 al 314/2007 (ambos incluidos); 320/2007; 325/2007 al 327 (ambos incluidos); 333/2007; 334/2007; 337/2007 al 339/2007 (ambos incluidos); 359/2007 al 371/2007 (ambos incluidos); 376/2007 al 384/2007 (ambos incluidos); 390/2007; 402/2007 al 420/2007 (ambos incluidos); 426/2007 al 428/2007 (ambos

incluidos); 430/2007; Desconocemos si hay alguno ms del 2007. Desconocemos si hay alguno ms con numeracin BIS. 2008 RR.HH. 01/2008 al 14/2008 (ambos incluidos); 19/2008 al 21/2008 (ambos incluidos); 40/2008 al 62/2008 (ambos incluidos); 68/2008 al 72/2008 (ambos incluidos); 90/2008 al 101/2008 (ambos incluidos); 106/2008 al 110/2008 (ambos incluidos) 118/2208; 119/2008; 131/2008 al 155/2008 (ambos incluidos); 165/2008; 171/2008; 175/2008 al 178/2008 (ambos incluidos) siendo el ltimo Decreto que se nos ha entregado el 190/2008. Desconocemos si hay alguno ms con numeracin BIS. Por todo ello SOLICITAMOS se nos d copia de los mismos, tambin de los que hayan, si los hubiera, con nmeros BIS y copias de los Libros de Decretos de 2007 y 2008. Asimismo en los Decretos que se nos entregaron, y llevan documentacin adjunta, de la cual no se nos ha hecho entrega, solicitamos tambin dicha informacin.

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 27 de mayo de 2008. Ref.: 30/08Asunto: MUTUA ACCIDENTES

Sr. Alcalde: Teniendo conocimiento que el prximo mes vence la pliza de accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con la Mutua de Accidentes de Canarias, los Empleados Pblicos del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife a travs de este Comit de Empresa manifiestan su entera satisfaccin con los servicios recibidos por dicha mutua en el transcurso de estos aos, expresando a travs de este escrito, su deseo de continuar siendo atendidos por la Mutua de Accidentes de Canarias. Asimismo, en la sesin celebrada el pasado 9 de mayo, del Comit de Seguridad y Salud, en su punto cuarto, el Sr. Secretario mostr su satisfaccin con la mutua actual por lo que le comunican los empleados pblicos del Ayuntamiento. Haciendo uso del derecho que nos confiere la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales (art. 12, 33 y 34) y el R.D. 39/1997, de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencin (art. 1 punto 2) y al existir el deber, por tanto, por parte de la empresa de consultar a los trabajadores a travs de sus representantes, con carcter previo a la adopcin de la decisin de concertar este tipo de servicios, se insta al Excmo. Ayuntamiento de Arrecife a que tenga en cuenta este manifiesto colectivo. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Y CONCEJALES DEL AYTO.

Arrecife a, 2 de junio de 2008. Ref.: 31/08Asunto: SENTENCIA N 38/2007

Sr. Alcalde y Sres. Concejales: El 23 de enero de 2007 se public el FALLO de la Sentencia, por parte del MAGISTRADO-JUEZ DEL Juzgado de lo Social N 1 de Arrecife y su partido, en audiencia pblica, el juicio sobre CLASIF. PROFESIONAL, seguido ante el Juzgado bajo el n 0000515/2006, promovido a instancia de D. Antonio Jess Martn Arrocha, contra el Ayuntamiento de Arrecife. Que en los Hechos Probados, dicho empleado pblico, ha estado trabajando con la categora de pen desde el 1 de abril de 1995 pero ejerciendo como conductor desde dicha fecha aproximadamente. Asimismo, en dichos trminos, lo reconoce mediante informe la Inspeccin de Trabajo. Que el FALLO dice textualmente: Que estimando ntegramente la demanda interpuesta por Don Antonio Jess Martn Arrocha contra Excmo. Ayuntamiento, debo declarar y declaro la categora profesional del actor como conductor-gruista, y en su consecuencia debo condenar y condeno a la expresada demandada a estar y pasar por estas declaraciones. Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno. A pesar de haberlo intentado, que se reponga a dicho trabajador como conductor, no ha habido manera. Todos son buenas palabras, por parte de todos, es decir se preocupan pero no se ocupan de restituir a dicho empleado como conductor. El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante E.T.) recoge en su Seccin Segunda. Derechos y deberes laborales bsicos. Art. 4 Derechos Laborales, en su punto 2, en la relacin de trabajo, tienen derecho en su apartado a) A la ocupacin efectiva. El art. 5. Deberes laborales.- Los trabajadores tienen como deberes bsicos: a) Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.

Que al da de hoy no puede realizar las funciones de su categora profesional no imputable a su persona ya que a pesar de haberlo intentado, no ha habido manera por lo que se atenta contra la ocupacin efectiva que se deriva del contrato de trabajo.

En la Seccin Segunda. Derechos y deberes derivados del contrato del E.T. en su artculo 17. No discriminacin en las relaciones laborales.- Se entendern nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las clusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razn de edad o discapacidad o favorables o adversas en el empleo, as como en materia de retribuciones, jornada y dems condiciones de trabajo por circunstancias de sexo, origen, incluido el racial o tnico, estado civil, condicin social, religin o convicciones, ideas polticas, orientacin sexual, adhesin o no a sindicatos y a sus acuerdos, vnculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado espaol. Sern igualmente nulas las rdenes de discriminar y las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reaccin ante una reclamacin efectuada en la empresa o ante una accin administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminacin. El E.T. recoge en su art. 41. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo solo podrn producirse por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores ya que afectan al rendimiento del trabajador. Que se ha dado la paradoja de que se han llamado a conductores, estando de permiso, alegando que no hay conductores para cumplir los servicios mientras el afectado que si puede hacer estas funciones est de pen y curiosamente ya se recoge las funciones como conductor de servicios en el borrador, que se nos ha entregado recientemente, de la R.P.T. Es obligacin de los trabajadores y sus representantes, mejorar la productividad en la empresa y por ello: SOLICITAMOS, una reunin, a la mayor brevedad, con la Sra. Concejal de Personal, la responsable del Departamento de Personal y Recursos Humanos, el Sr. Concejal de Obras, el Encargado de Obras y Servicios, el empleado pblico afectado y el Presidente del Comit de Empresa. Llevamos esperando mas de un ao, sin necesidad ninguna, por lo que sera lo ms conveniente y razonable, llegar a un acuerdo definitivo por el bien de la salud del trabajador y por el rendimiento del propio Ayuntamiento que sin duda redundar en beneficio, sobre todo, de los ciudadanos de Arrecife. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 3 de junio de 2008. Ref.: 32/08Asunto: ACTAS REGIMEN INTERIOR Y PERSONAL

Sr. Alcalde: El Convenio de los Trabajadores expresa en su Artculo 55.DERECHOS SINDICALES. El Comit de Empresa tendr las siguientes competencias: 1.- Recibir informacin previa sobre las siguientes cuestiones: a) En todos los asuntos de personal de esta Corporacin a travs del Orden del da de la Comisin donde se trate los asuntos de Rgimen Interior y Personal, as como el acta de la sesin anteriormente realizada. El Comit de Empresa podr expresar peridicamente su opinin sobre dichos asuntos verbalmente o por escrito a travs del Concejal Delegado de Personal. Por ello, SOLICITAMOS se nos d por escrito el orden del da de las comisiones de Rgimen Interior y Personal, as como actas de las sesiones de 2007 y 2008 y las sucesivas que se celebren a partir del da de la fecha.

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 3 de junio de 2008. Ref.: 33/08Asunto: BOLSA DE VACACIONES

Sr. Alcalde: El Convenio de los Trabajadores expresa en su Articulo 42.BOLSA DE VACACIONES Con el objeto de que los trabajadores del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife puedan disfrutar de sus vacaciones, la empresa abonar a cada trabajador al inicio de sus vacaciones la cantidad de 480 Euros. Dicha ayuda se har efectiva de la siguiente forma: * El 33% en el ao 2006 * El 66% en el ao 2007 * El 100% a partir del ao 2008

Por ello, SOLICITAMOS se abone el 100%, de la Bolsa de Vacaciones, a cada empleado pblico, en la fecha que fija el artculo anterior. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 6 de junio de 2008. Ref.: 34/08Asunto: ABSENTISMO LABORAL

Sr. Alcalde:

El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores recoge en su: Artculo 64. Derechos de informacin y consulta y competencias. 2. El comit de empresa tendr derecho a ser informado trimestralmente: d. De las estadsticas sobre el ndice de absentismo y las causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los ndices de siniestralidad, los estudios peridicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevencin que se utilicen. Por ello SOLICITAMOS, todo lo concerniente a lo anteriormente expuesto en dicho punto 2, apartado d. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Y CONCEJALES DEL AYTO. Arrecife a, 6 de junio de 2008. Ref.: 35/08Asunto: POLIZA DE SEGURO

Sr. Alcalde y Sres. Concejales: El Convenio de los Trabajadores de este Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, expone en su: Artculo 38.- SEGURO DE VIDA Se acuerda adaptar la redaccin de ambos textos, Acuerdo y Convenio, a la actual pliza de Seguro de Vida, entregndose a cada trabajador copia de la misma. Este seguro slo afecta al personal en activo. Con fecha 31 de marzo de 2005, Reg. Entrada n 015183, (adjuntamos copias) se solicit dicha pliza contestndonos con Reg. Salida n 005416, de fecha 20 de abril de 2005: En contestacin a su escrito con registro de entrada nm. 15183, de 31 de marzo de 2005, y entendiendo que la informacin solicitada puede resultar necesaria para la correcta gestin de los intereses amparados por el comit de empresa, por la presente se pone en conocimiento que ante la imposibilidad de hallar el original de la pliza de seguro de vida de los trabajadores del Ayuntamiento ha sido solicitado el mismo a AON GIL Y CARVAJAL (GROUPAMA SEGUROS Y REASEGUROS S.A.), por lo que tan pronto como sea recibido les ser facilitado. Sin perjuicio de ello, se le comunica que la pliza, con referencia 25892, cubre el fallecimiento, invalidez absoluta, fallecimiento accidental y fallecimiento en accidente de circulacin de todo el personal laboral fijo, funcionario, eventual (personal de confianza) y poltico del Ayuntamiento de Arrecife. Arrecife, 19 de abril de 2005 LA ALCALDESA Entendiendo este Comit de Empresa que ya han pasado tres aos y en el supuesto de que hubiesen encontrado dicho original o hubieran recibido dicha copia: SOLICITAMOS, se enve a todos los trabajadores como recoge el artculo 38, anteriormente mencionado, as como una copia para este Comit de Empresa. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

SRES. CONCEJALES DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 6 de junio de 2008. Ref.: 36/08 Asunto: DOCUMENTACION RQMTO.INSPECCIN DE TRABAJO.

Sr. Concejal: El pasado 27 de mayo, enviamos carta al Sr. Alcalde que le transcribimos a continuacin: El da 19, del presente mes, con Reg. Salida del da 21, del mismo mes, N 8414, recibimos, por requerimiento de la Inspeccin de Trabajo, la siguiente documentacin del Departamento de RR.HH en escrito firmado por La Secretaria: . Decretos de Productividad, correspondiente al periodo 2007 y los meses de Enero a Abril de 2008. . Decretos de Gratificacin, correspondiente al periodo 2007 y los meses de Enero a Abril de 2008. En los Decretos que llevan adjunta documentacin no se nos ha hecho entrega de dichos anexos. A la hora de intentar cotejar los Decretos recibidos con el Libro de Decretos se nos ha impedido tener acceso a dicho Libro, por parte de la Sra. Inmaculada Domnguez Cabrera, Responsable del Departamento de Personal y RR.HH. Por ello, no hemos podido saber a que corresponden los siguientes Decretos: 2007. RR.HH. 01/2007 al 09/2007 (ambos incluidos); 26/2007; del 29/07 al 35/2007 (ambos incluidos); 50/2007; 52/2007; 53/2007; 56/2007; 57/2007; del 60/2007 al 79/2007 (ambos incluidos); del 87/2207 al 91/2007 (ambos incluidos); 97/2007; del 107/2007 al 125/2007 (ambos incluidos); 128/2007; 140/2007 al 141/2007 (ambos incluido); 146/2007; 149/2007 al 158/2007 (ambos incluidos); 162/2007; 178/2007 al 181/2007 (ambos incluido); 185/2007; 190/2007 al 198/2007 (ambos incluidos); 206/2007 al 213/2007 (ambos incluidos); 215/2007 al 217/2007 (ambos incluidos); 234/2007 al 244/2007 (ambos incluidos); 249/2007; 265/2007 al 271/2007 (ambos incluidos); 274/2007 al 278/2007 (ambos incluidos); 289/2007; 297/2007 al 305/2007 (ambos incluidos); 310/2007 al 314/2007 (ambos incluidos); 320/2007; 325/2007 al 327 (ambos incluidos); 333/2007; 334/2007; 337/2007 al 339/2007 (ambos incluidos); 359/2007 al 371/2007 (ambos incluidos); 376/2007 al 384/2007 (ambos incluidos);

390/2007; 402/2007 al 420/2007 (ambos incluidos); 426/2007 al 428/2007 (ambos incluidos); 430/2007; Desconocemos si hay alguno ms del 2007. Desconocemos si hay alguno ms con numeracin BIS. 2008 RR.HH. 01/2008 al 14/2008 (ambos incluidos); 19/2008 al 21/2008 (ambos incluidos); 40/2008 al 62/2008 (ambos incluidos); 68/2008 al 72/2008 (ambos incluidos); 90/2008 al 101/2008 (ambos incluidos); 106/2008 al 110/2008 (ambos incluidos) 118/2208; 119/2008; 131/2008 al 155/2008 (ambos incluidos); 165/2008; 171/2008; 175/2008 al 178/2008 (ambos incluidos) siendo el ltimo Decreto que se nos ha entregado el 190/2008. Desconocemos si hay alguno ms con numeracin BIS. Por todo ello SOLICITAMOS se nos d copia de los mismos, tambin de los que hayan, si los hubiera, con nmeros BIS y copias de los Libros de Decretos de 2007 y 2008. Asimismo en los Decretos que se nos entregaron, y llevan documentacin adjunta, de la cual no se nos ha hecho entrega, solicitamos tambin dicha informacin. Por lo anteriormente expuesto solicitamos de usted su colaboracin, si a bien lo tiene, para conocer dichos decretos y a que temas se refieren ante la imposibilidad, momentnea, de tener acceso a los mismos. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 10 de junio de 2008. Ref.: 37/08 Asunto: ACUERDO POLICIA LOCAL 2006. Sr. Alcalde: Habiendo recibido contestacin a nuestro escrito segn asunto, con Reg. Salida N 9345, de fecha 9 del presente mes, pongo en su conocimiento que NO hemos pedido certificacin del punto dcimo primero de la sesin celebrada el da 21 de abril de 2006 relativa a la modificacin del complemente especfico de la Polica Local del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife. Lo que pedimos, en todo caso de dicho punto, es el Acuerdo o anexo supletorio al Convenio colectivo: 4,- Por tanto debe hacerse constar expresamente en el Acuerdo que se adopte, que dicho aumento retributivo se realiza a cuenta de la futura R.P.T., y a expensas de lo que resulte de la misma . . . Este es, o era en principio, el enunciado del borrador-documento que se discuti en el Pleno y que consta, inicialmente, de 5 Secciones con 17 puntos y cuatro disposiciones adicionales: ACUERDO 2006-09 DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE CON LA REPRESENTACIN SINDICAL DE LA POLICA LOCAL PARA LA IMPLANTACIN DEL SISTEMA DE TRABAJO DE 6 DAS TRABAJADOS, UN SALIENTE DE SERVICIO Y TRES DESCANSOS CONSECUTIVOS. Por lo anteriormente expuesto le reiteramos, a la vez que SOLICITAMOS, por segunda vez, de estar vigente el mismo, copia del mencionado documento corregido y aprobado en Pleno y, en que fecha y nmero del Boletn Oficial de La Provincia de Las Palmas fue publicado ya que como representantes de los trabajadores nos ampara la legalidad vigente en el derecho, que ostentamos, a la informacin, consulta y participacin en la empresa. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, publicado en el BOE 29 de marzo de 1995 y que entr en vigor el 1 de mayo de dicho ao. Ttulo I. De la relacin individual de Trabajo. Captulo I. Disposiciones Generales. Seccin Segunda. Derechos y deberes laborales bsicos. Artculo 4. Derechos laborales.Apartado g). Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

SECRETARIA ACCDTAL. DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 10 de junio de 2008. Ref.: 38/08 Asunto: ACUERDO POLICIA LOCAL 2006. Sra. Secretaria: Habiendo recibido de Alcalda contestacin a nuestro escrito segn asunto, con Reg. Salida N 9345, de fecha 9 del presente mes, pongo en su conocimiento que NO hemos pedido certificacin del punto dcimo primero de la sesin celebrada el da 21 de abril de 2006 relativa a la modificacin del complemente especfico de la Polica Local del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife. Lo que pedimos, en todo caso de dicho punto, es el Acuerdo o anexo supletorio al Convenio colectivo: 4,- Por tanto debe hacerse constar expresamente en el Acuerdo que se adopte, que dicho aumento retributivo se realiza a cuenta de la futura R.P.T., y a expensas de lo que resulte de la misma . . . Este es, o era en principio, el enunciado del borrador-documento que se discuti y que consta, inicialmente, de 5 Secciones con 17 puntos y cuatro disposiciones adicionales: ACUERDO 2006-09 DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE CON LA REPRESENTACIN SINDICAL DE LA POLICA LOCAL PARA LA IMPLANTACIN DEL SISTEMA DE TRABAJO DE 6 DAS TRABAJADOS, UN SALIENTE DE SERVICIO Y TRES DESCANSOS CONSECUTIVOS. Por lo anteriormente expuesto reiteramos, a la vez que SOLICITAMOS, por segunda vez a la alcalda, y por primera de esa SECRETARA GENERAL, que de estar vigente el mismo, se nos d copia del mencionado documento corregido y aprobado en Pleno y, en que fecha y nmero del Boletn Oficial de La Provincia de Las Palmas fue publicado ya que como representantes de los trabajadores nos ampara la legalidad vigente en el derecho, que ostentamos, a la informacin, consulta y participacin en la empresa. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, publicado en el BOE 29 de marzo de 1995 y que entr en vigor el 1 de mayo de dicho ao. Ttulo I. De la relacin individual de Trabajo. Captulo I. Disposiciones Generales. Seccin Segunda. Derechos y deberes laborales bsicos. Artculo 4. Derechos laborales.Apartado g). Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

SRES. CONCEJALES DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 16 de junio de 2008. Ref.: 39/08 Asunto: CONTRATAS Y SUBCONTRATAS Sr./Sra. Concejal: Por la presente le adjunto copia de la denuncia ante la Inspeccin de Trabajo referente a la falta de informacin de las Contratas y Subcontratas en esta Institucin a la vez que le pedimos su colaboracin para que nos informe de todas aquellas que conozca y considere de inters para general conocimiento de este Comit. Asimismo adjuntamos escrito de las empresas que nos han sido comunicadas y que prestan sus servicios en este Municipio. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 25 de junio de 2008. Ref.: 40/08 Asunto: TRABAJADORES EN PRCTICAS? Sr. Alcalde: Habiendo detectado que en esta institucin pblica existen varias personas, desconociendo su nmero, las cuales estn trabajando, al parecer en prcticas y no siendo informado, como uso y costumbre, este Comit de todos aquellos asuntos que le son de su competencia, por la presente SOLICITAMOS se nos informe en calidad de que estn trabajando, sus nombres y dos apellidos, en que departamentos estn ubicados, si tienen contrato en prcticas o formacin y con que organismos existe este tipo de colaboracin, etc. Asimismo le solicitamos que en el futuro se nos informe debidamente antes de cualquier asunto de la incumbencia de este Comit y expresamente en asuntos de personal. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 9 de julio de 2008. Ref.: 41/08 Asunto: OFERTA EMPLEO PBLICO 2008. Sr. Alcalde: Habiendo recibo escrito de RR.HH. con Registro de Salida 8-072008 n 10962, solicitando que traslade por escrito a la Concejal D Luisa M Blanco Caraballo, acuerdo sobre la forma de provisin de las plazas que componen la Oferta de Empleo correspondiente al ao 2008 (Personal Laboral), ponemos en su conocimiento lo siguiente: Segn acuerdo de este Comit de Empresa le trasladamos el mismo: Este Comit ante la solicitud de la Sra. Concejal referente a la Oferta de Empleo Pblico 2008, nos remitimos al Convenio y Acuerdo de esta institucin, a la: CLAUSULA ADICIONAL Cuarta.- El Ayuntamiento acordar con la Junta de Representantes la oferta pblica de empleo y las plazas de promocin interna de cada ao. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 9 de julio de 2008. Ref.: 42/08Asunto: CESE Y NOMBRAMIENTO DELEGADO PREVENCION

Sr. Alcalde: Pongo en su conocimiento que en sesin celebrada de este Comit, en el da de hoy, ha sido cesado como Delegado de Prevencin D. Pedro Lpez Cabrera siendo sustituido por D. Juan Garca Snchez, por lo que los Delegados de Prevencin que representan a este Comit de Empresa son:

D. JUAN GARCA SNCHEZ D. JOSE ANTONIO PERDOMO NIZ D. VALENTN FERNANDEZ ARROCHA

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE y Jefa de Negociado del Registro Gral. Arrecife a, 11 de agosto de 2008. Ref.: 43/08Asunto: DOCUMENTACION COMIT DE EMPRESA

Sr. Alcalde: Teniendo conocimiento de que se est entregando documentacin diversa para este Comit de Empresa y la misma no se nos entrega, desconociendo el motivo, (Reg. Entrada n 037382 de fecha 03-07-2008) solicito de usted que d las rdenes precisas para que toda la documentacin que venga dirigida a este Comit de Empresa nos sea entregada bien al Secretario o al Presidente. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 11 de agosto de 2008. Ref.: 44/08Asunto: ASIGNACION DE TRABAJADORES

Sr. Alcalde: Habiendo recibido escrito del 23-07-2008, con Reg. De Salida n 011696, referente a copias bsicas de los contratos de 35 trabajadores, por la presente solicitamos de usted nos comunique por escrito, los departamentos en los cuales han sido destinados dichos trabajadores. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 13 de agosto de 2008. Ref.: 45/08Asunto: LOCAL SINDICAL

Sr. Alcalde: Habiendo recibido escrito de RR.HH., de la Sra. Concejal de Personal, con Registro de Salida del da 07-07-2008, pero firmada un da despus, el 08-07-2008, y no teniendo constancia del motivo de registrar primero y firmar 24 horas despus, con el n 010879, comunicndonos que el local destinado para el Comit de Empresa y la Junta de Personal, que tan pronto como se traslade el personal que lo ocupa, las dependencias del Negociado de Multas, sito en la calle? (que no es Calle, que es Pasaje) Fotgrafo Gabriel Fernndez y no concretando fecha, es por ello por lo que: SOLICITAMOS de usted o la Sra. Concejal de Personal, nos informe de la fecha exacta o aproximada de dicho traslado y entrega. Esperando que dicha respuesta no sea el fruto de la precipitacin, ante la denuncia hecha por este Comit de Empresa donde la Inspeccin de Trabajo nos vuelve a dar nuevamente la razn, segn resolucin de 18 de julio y Reg. de Salida 6137, nos gustara, por el bien de los trabajadores, que no sea una tctica dilatoria por lo que le pedimos que se implique, apelando a su autoridad como mximo responsable del personal de esta institucin, y ponga especial inters en la resolucin de este caso. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 16 de septiembre de 2008. Ref.: 46/08Asunto: INCUMPLIMIENTOS DE CONVENIO

Sr. Alcalde: Habiendo recibido escrito de RR.HH., de la Sra. Concejal de Personal, con Registro de Salida del da 02-09-2008 y N de Reg. 13679, con el objeto de una mejor organizacin de la distribucin del trabajo de los diferentes departamentos, recordndonos el Art. 54 en su punto 3, referente al deber de comunicar a Recursos Humanos los cedentes y los cesionarios de horas sindicales con una antelacin de tres das hbiles. Ponemos en su conocimiento que comunicaremos a todos los representantes de los trabajadores de la obligatoriedad de cumplir con dicho artculo, ya que as lo especifica claramente el Convenio de los Trabajadores. Asimismo, ya que hablamos de cumplimientos, no es menos cierto que la reciprocidad debiera de ser en la misma medida, es decir que convenio significa acuerdo entre dos partes y no cumplimientos por nosotros e incumplimientos, sucesivos y reiterados, por parte de su grupo de gobierno. Por tanto y al amparo de los recordatorios mutuos, y para una mejor organizacin de los propios trabajadores, le manifestamos lo siguiente: Artculo 2.- MBITO TEMPORAL El presente Convenio entrar en vigor el 1 de Enero de 2.004, salvo aquellos artculos en que se exprese otra fecha y extender su vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2.007, comenzando su revisin tres meses antes del vencimiento. Al da de hoy, nos ha resultado imposible sentarnos en una mesa para la negociacin del nuevo Convenio. Artculo 14.- VACACIONES ANUALES . . . Las vacaciones anuales se disfrutarn entre el 1 de Junio y 30 de Octubre, pudiendo disfrutarse, a solicitud del trabajador y previo acuerdo entre las partes, a lo largo de todo el ao.

. . . El calendario vacacional deber ser elaborado durante el primer trimestre de cada ao. Le recordamos la obligatoriedad de la elaboracin del calendario as como que se incluyan, sin excepcin ni discriminacin alguna, de todos los compaeros incluidos los de Guaguas Municipales. A unos se les obliga, a otros se les permite el olvido y algunos, los elegidos, no se les importuna por su cargo para que las disfruten a su libre albedro e incluso a algunos se le han regalado hasta diez das. Artculo 32.- HORAS EXTRAORDINARIAS Se establece la prohibicin de realizar horas extraordinarias y en caso de que deban realizarse por necesidades del servicio, nicamente se abonarn hasta un mximo de 80 al ao, a eleccin del trabajador (tiempo o dinero), en el supuesto de que hayan sido autorizadas su realizacin por la Alcalda, a propuesta de la Delegacin de Personal. En aquellos Servicios en los que peridicamente se realicen horas extraordinarias se proceder, por parte de la Corporacin y la Junta de Representantes, a la revisin de las mismas para la creacin de empleo o la acomodacin de puestos de trabajo, de manera que se evite la realizacin de aquellas. Artculo 42.- BOLSA DE VACACIONES Con el objeto de que los trabajadores del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife puedan disfrutar de sus vacaciones, la empresa abonar a cada trabajador al inicio de sus vacaciones la cantidad de 480 Euros. Este artculo se incumple sistemticamente con todos y cada uno de los trabajadores, salvo con los que casualmente coincida su periodo de vacaciones, en el mes de agosto. CAPTULO XI Rgimen de vestuario Artculo 49.- Los trabajadores municipales sern dotados de un Reglamento de Vestuario, que tenga por objeto regular el derecho del personal municipal a disfrutar del vestuario necesario para su trabajo, que le ser suministrado por el Excmo. Ayuntamiento de Arrecife. . . . Artculo 51.- . . . El vestuario deber ser entregado en el primer trimestre de cada ao y contendr como mnimo dos pantalones o faldas, dos camisas y calzado, pudiendo ser sustituidas por otras prendas acordes con la actividad a desarrollar. El resto de las prendas, si las hubiera, sern renovadas peridicamente segn los plazos que se fijen para cada una de ellas. A fecha de hoy los porteros de colegio llevan ya varios aos sin uniforme alguno recibiendo algn que otro cachetn por parte de los ciudadanos que dicen que no los reconocen como tal porque no estn identificados

CAPTULO XII Derechos de Representacin, Asociacin y Reunin. JUNTA DE REPRESENTANTES Se reconoce como rgano de representacin conjunto del Personal Funcionario y Laboral de este Ayuntamiento a la Junta de Representantes que estar compuesta por los miembros de la Junta de Personal y los miembros del Comit de Empresa. Aunque la Sra. Concejal de Personal no reconoce al Presidente legtimo de esta Junta, en breve remitiremos escrito con toda la documentacin al respecto. Artculo 55.- DERECHOS SINDICALES. El Comit de Empresa tendr las siguientes competencias: 1.- Recibir informacin previa sobre las siguientes cuestiones: . . .Recibir informacin de cuantos datos considere necesarios del Presupuesto Ordinario. Le recordamos que con fecha 6 de mayo del presente ao, con Reg. Entrada 25491, se le envi carta pidiendo informacin al respecto no teniendo por parte de usted ni su corporacin, respuesta alguna salvo que la callada sea una respuesta habitual, pero inaceptable para nosotros en un partido con cien aos de honradez. Artculo 61.- RELACIONES COMITE DE EMPRESA-CORPORACIN. . . . La solicitud de informacin, reclamaciones o recursos formulados por el Comit de Empresa sern contestada en el plazo mximo de 1 mes. Queda suficientemente demostrado, en nuestras reiteradas peticiones algunas de hace aos, que acudimos a la Inspeccin de Trabajo porque no nos ha quedado ms remedio y no por capricho de veinticuatro horas.

DISPOSICIONES ADICIONALES Dcima.- La Corporacin impulsar y promover el proceso de funcionarizacin del Personal Laboral Fijo de este Ayuntamiento. Para llevar a cabo este proceso, se crear una comisin mixta entre la Corporacin y el Comit de Empresa para proceder a la reconversin de los puestos de trabajo laborales, que sean susceptibles de transformacin en el marco legalmente establecido, en plazas de la plantilla de Funcionarios. En esta institucin hay Laborales con ms de 25 aos trabajando honradamente por este municipio sin que sus servicios merezcan al parecer el privilegio de ser funcionarios.

A fecha de hoy nadie se ha reunido con nosotros para tratar la funcionarizacin pero si prevalece la idea de que los ltimos sern los primeros y los primeros, solo Dios sabr cuando. DISPOSICIN TRANSITORIA Primera.- La Corporacin se compromete con carcter extraordinario y de acuerdo con la Junta de Representante a ascender de categora dentro del mismo grupo, si existiera, a aquellos trabajadores del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife que, teniendo mas de 10 aos de antigedad, realicen funciones en el grupo V, siempre y cuando continen realizando dichas funciones a travs del correspondiente proceso selectivo. A pesar de que algunos ya son Ayudantes, hay ms compaeros en esta situacin. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 17 de septiembre de 2008. Ref.: 47/08Asunto: VESTUARIO CONDUCTORES GUAGUAS MUNICIPALES

Sr. Alcalde: Ante la peticin de los conductores de Guaguas Municipales de querer cambiar el vestuario de trabajo, este Comit no manifiesta ninguna objecin a dicho cambio. Se adjunta documento con las firmas de conformidad por parte de los conductores. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 17 de septiembre de 2008. Ref.: 48/08Asunto: POLIZA DE SEGURO

Sr. Alcalde: Habindonos comunicado mediante escrito de junio pasado, Reg. Salida N 10092, que el Efecto-Vencimiento de la Pliza de los Empleados Pblicos de este Ayuntamiento venca el 04/09/2008, y agotado dicho plazo, SOLICITAMOS copia de la nueva si ha sido renovada. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 17 de septiembre de 2008. Ref.: 49/08Asunto: ASIGNACION DE TRABAJADORES

Sr. Alcalde: Habiendo recibido escrito del 29-08-2008, con Reg. de Salida N 13437, referente a copias bsicas de los contratos de 40 trabajadores, por la presente solicitamos de usted nos comunique por escrito, los departamentos en los cuales han sido destinados dichos trabajadores. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 17 de septiembre de 2008. Ref.: 50/08Asunto: EXTINCIN CONTRATOS

Sr. Alcalde: El pasado 3 de julio del presente ao, con Reg. de Salida N 10637, recibimos escrito de RR.HH. mediante el cual se nos comunicaba la extincin de los contratos temporales de trabajo de los siguientes trabajadores: Cabrera Luis, Aida Hernndez Villalba, Salvador En dicha carta, no se nos comunica los motivos de dicha extincin por lo que SOLICITAMOS, que nos lo indique por escrito a la mayor brevedad posible. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

D. ANGEL PADRN DE LA TORRE ARRECIFE Arrecife a, 17 de septiembre de 2008. Ref.: 51/08Asunto: RECONOCIMIENTO CATEGORA

Estimado Sr.: Vista la peticin solicitando informe del Comit de Empresa, referente a su situacin laboral, este Comit, hecha las averiguaciones oportunas y por los escritos que obran en nuestro poder, informamos que dicho Empleado Pblico, del Excmo. Ayto. de Arrecife, viene desarrollando la labor de COORDINADOR DEL PARQUE MVIL desde el 15 de enero de 1991. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

D. ROMN RODRGUEZ CONCEPCIN ARRECIFE

Arrecife a, 17 de septiembre de 2008. Ref.: 52/08Asunto: INFORME DE FUNCIONES

Estimado Sr.: Vista la peticin solicitando informe del Comit de Empresa, referente a sus funciones en los ltimos aos, este Comit, hecha las averiguaciones oportunas y por los escritos que obran en nuestro poder, informamos que dicho Empleado Pblico, del Excmo. Ayto. de Arrecife, viene desarrollando la labor de ENCARGADO DEL MANTENIMIENTO Y PERFECTO ESTADO DE LAS GUAGUAS MUNICIPALES, desde el 15 de noviembre de 2004. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 23 de septiembre de 2008. Ref.: 53/08Asunto: EXTINCIN CONTRATOS

Sr. Alcalde: El pasado 17 de septiembre del presente ao, solicitbamos los motivos de la extincin de dos contratos temporales de dos trabajadores habiendo recibido las causas ayer 22 de septiembre, con Reg. de Salida n 14485. Agradecemos la rapidez con que se nos ha contestado teniendo en cuenta el volumen de trabajo de la Oficina de Personal y RR.HH. ya que somos conscientes de la carencia de plantilla del departamento para contestar con prontitud, ante la cantidad ingente de trabajadores de esta institucin. Se nos informa que la extincin de los dichos contratos de trabajo es la recogida en la clusula adicional de los mismos y a su vez nos adjuntan copias de los referidos contratos. Nada tiene que objetar este Comit de Empresa cuando a un trabajador se le acaba el motivo de la contratacin, al contrario felicitamos a su grupo de gobierno por cumplir con lo convenido por ambas partes. Otra cosa bien distinta es el agravio comparativo que supuestamente se pueda cometer ya sea por error o por otras causas. En el presente caso que nos ocupa han llegado quejas hasta este Comit del trato que se da a unos o a otros dependiendo no sabemos muchas veces de su causa y porqu. La clusula adicional invocada dice textualmente: Debido a la aprobacin inicial del documento de revisin del Plan Gral. de ordenacin, es necesario hacer efectivo el derecho de informacin pblica y dems tramitacin hasta la aprobacin definitiva del mismo. Por tanto entendemos que ha sido con motivo de que ya no tenemos revisin del Plan General de Ordenacin. Con fecha 1-05-2008, firm usted contrato de trabajo de duracin determinada, al igual que los otros dos, de un Licenciado en Biologa, especializado en el mbito marino. Como Clusulas adicionales justificativas se adjuntaba al mismo un pliego con siete folios, firmado por el Ingeniero Jefe de la Oficina Tcnica y el Ex-Concejal de

Urbanismo, el cual le adjuntamos, cuya argumentacin no viene al caso salvo la Conclusin final: . . . se justifica la necesidad de contratar por obras y servicios por el tiempo que dure la elaboracin, publicacin y aprobacin definitiva de la REVISIN DEL PLAN GENERAL DE ARRECIFE . . . Por lo anteriormente expuesto, este Comit de Empresa, ante las coincidencias subrayadas, no entiende por qu unos siguen en la institucin con la misma argumentacin que para otros ha sido causa de extincin. Por todo ello SOLICITAMOS nos aclare, por escrito, si va a seguir con la continuacin del contrato de trabajo de dicho Tcnico. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 7 de octubre de 2008. Ref.: 54/08Asunto: MESA GENERAL DE NEGOCIACIN.

Sr. Alcalde: Habiendo recibido escrito con Registro de Salida 14909, con fecha 6 de octubre firmado por la Concejal de Personal para reunirnos el viernes 10 del presente mes, le manifiesto lo siguiente: Las competencias del Comit de Empresa nada tienen que ver con las de las Organizaciones Sindicales. La Mesa General de Negociacin de los Empleados Pblicos es una competencia de mbito superior a este Comit. Por tanto, y segn la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, debe dirigirse a las Organizaciones Sindicales que hayan obtenido ms del 10% de representatividad en el conjunto de los Empleados Pblicos de la corporacin, es decir una vez visto los nmeros y porcentajes dichos requisitos lo ostentan, CC.OO, U.G.T. y ASIPAL.

Atentamente,

EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA

SECRETARIA GRAL. DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 10 de octubre de 2008. Ref.: 55/08Asunto: CONTRATAS Y SUBCONTRATAS.

Sra. Secretaria: En relacin al escrito remitido al Comit de Empresa por la Secretaria Accidental, M Elena Martn Martn, de fecha 13-06-08 y Reg. de Salida 9925, el cual adjuntamos, con el informe del Tcnico de Contratacin con fecha del mismo da, 13-06-08, firmado por M Elena Martn Martn, es decir la misma persona, por medio de la presente le manifestamos lo siguiente: Dicho documento no se ajusta a lo solicitado por este Comit, as como lo establecido en la resolucin de la Inspeccin de Trabajo de fecha 18-07-08 y Reg. de Salida 6133. (Adjuntamos documento). Por todo lo expuesto, y en aras de evitar conflictos innecesarios, solicitamos nuevamente dicha documentacin, dando as cumplimiento a lo establecido por la Inspeccin de Trabajo, y se nos remita toda la informacin sobre Contratas y Subcontratas con los datos correspondientes. Atentamente,

EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 7 de octubre de 2008. Ref.: 56/08Asunto: VACACIONES GUAGUAS URBANAS.

Sr. Alcalde: En el Convenio de los Trabajadores de este Ayuntamiento, se recoge: Artculo 14.- VACACIONES ANUALES . . . Las vacaciones anuales se disfrutarn entre el 1 de Junio y 30 de Octubre, pudiendo disfrutarse, a solicitud del trabajador y previo acuerdo entre las partes, a lo largo de todo el ao. Asimismo, el propio convenio, en este mismo artculo dice: . . . El calendario vacacional deber ser elaborado durante el primer trimestre de cada ao. Por lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS que para los conductores de Guaguas Urbanas, se tenga en cuenta en la elaboracin del Calendario de Vacaciones 2009, los trminos pactados, es decir del 1 de junio al 30 de octubre de 2009. Atentamente,

EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Y SECRETARA GENERAL Arrecife a, 20 de octubre de 2008. Ref.: 57/08Asunto: EXTINCIN CONTRATOS.

Sr. Alcalde: El pasado 23 de septiembre del presente ao, solicitbamos se nos aclarara la continuacin del contrato de trabajo de la Tcnico de Grado Medio, Licenciada en Biologa ya que a nuestro entender coincidan las causas de extincin para unos con las de justificacin para la continuidad de otros. Con fecha 14-10-08 y Reg. Salida 15285 nos contesta la Concejal de Personal con escrito o certificado? de la Oficina Tcnica Municipal, del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, donde se hace necesaria la continuidad del mencionado contrato de trabajo con fecha, del documento, 25 de junio de 2008. La fecha de dicha motivacin es anterior a la anulacin definitiva de la aprobacin inicial del Plan General de ordenacin previsto. Asimismo queremos hacer constar que dicho supuesto certificado incumple la Circular de este ayuntamiento ya que con fecha 3 de mayo de 2006 dice textualmente: . . . en los informes que se emitan deben estar identificados los tcnicos firmantes con nombre y apellidos, as como que de constar dichos informes de varias pginas, deben rubricarse cada una de ellas; todo ello en virtud de acuerdo plenario y de conformidad con los dispuesto en la Ley de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, Ley 30/1992 modificada por la Ley 4/1999. (Se adjunta fotocopia) Por tanto se incumplen en dicho supuesto certificado tanto la Ley como el propio Acuerdo Plenario, y las circulares al respecto, segn se desprende de la lectura de la misma firmada por la Sra. Concejal Delegada de Urbanismo. Por lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS certificacin actualizada debidamente segn circular adjunta y se nos aclare lo ya solicitado anteriormente. Atentamente, EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA

A TODOS LOS CONCEJALES DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 20 de octubre de 2008. Ref.: 58/08Asunto: IMPAGO PREVIMAC.

Sr. Alcalde: Ante las quejas recibidas en este Comit, por parte de los trabajadores, de que PREVIMAC ya no atiende, voluntariamente, las peticiones de mamografas y pruebas de la prstata que tanto bien nos venan haciendo, ya que se haban detectado gracias a ellas y a tiempo para la salud de los empleados pblicos, hemos tenido conocimiento, en este Comit de Empresa, que el motivo de las mismas ha sido debido al no poder afrontarlas por el impago a PREVIMAC de la prevencin de riesgos laborales del ao 2007 y 2008. Dichas pruebas eran gratuitas por lo que PREVIMAC solo hace ahora las acordadas en dicha pliza y estas no figuran en la misma, pero debido al pago puntual y buen entendimiento hasta la fecha entre la corporacin, trabajadores y PREVIMAC, se venan realizando. Teniendo en cuenta la afeccin negativa que produce en la salud de los trabajadores dicha medida, SOLICITAMOS a la mayor brevedad posible, estudie la posibilidad de solventar dicho impago ya que de lo contrario afectar seriamente a la salud y rendimiento de la plantilla de esta institucin. Atentamente,

EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA

COMISIN DE SEGUIMIENTO E INTERPRETACIN DEL CONVENIO EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 27 de octubre de 2008. Ref.: 59/08Asunto: GUAGUAS URBANAS

Sres. Miembros: Ante la cuestin planteada por los diversos incumplimientos con los conductores de Guaguas Urbanas, referente a los artculos 11 y 20 del presente Convenio, as como los de vestuario y otros, es por lo que SOLICITO de ustedes la reunin de dicha comisin para la interpretacin de dichos asuntos. Atentamente,

EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

CONCEJALES DEL ILMO. AYTO. DE SAN BARTOLOM

Arrecife a, 18 de diciembre de 2008. Ref.: 60/08Asunto: APOYO EMPLEADOS AYTO. SAN BARTOLOM

Seores Concejales: Ante la pretensin del Alcalde de San Bartolom, y Parlamentario Regional (un hombre un voto, un voto dos cargos) D. Marcial Martn, de culpar, cargando sobre las espaldas de los Empleados Pblicos, el desatino polticoeconmico y social, de los ltimos aos del Ayuntamiento de San Bartolom, este Comit de Empresa quiere manifestar ante la opinin pblica lo siguiente: PRIMERO.- Nuestro apoyo incondicional a los Empleados Pblicos del Ayuntamiento de San Bartolom, su Comit de Empresa y Junta de Personal. SEGUNDO.- Que de seguir con las pretensiones, el Sr. Alcalde SOCIALISTA?, repercutirn negativamente en la poblacin del municipio ya que a menos personal y menos salario, menores sern las prestaciones de los empleados y servicios pblicos. TERCERO.- Si el Presidente del Gobierno de Espaa, SOCIALISTA, decret el sueldo de los empleados para el 2009 y ayudas para los municipios dinamizando el empleo: Qu directriz sigue D. Marcial Martn? CUARTO.- Si la incapacidad manifiesta del Sr. Alcalde y su Grupo de Gobierno y Asesores, no son capaces de buscar y negociar una salida satisfactoria, les proponemos el dilogo para entre todos buscar una solucin aceptable. Este Comit de Empresa (CC.OO, U.G.T y CO.BAS.) estar siempre en la defensa a ultranza de los empleados pblicos ya que somos los garantes de que los ciudadanos reciban los servicios pblicos en las mejores condiciones posibles. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

SECRETARIA GENERAL DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 18 de diciembre de 2008. Ref.: 61/08Asunto: FIRMA ALCALDE

Seora Secretaria: Por la presente, solicitamos de usted nos comunique por escrito quien ostentaba la firma de alcalda el pasado 5 de febrero de 2007.

Atentamente,

EL PRESIDENTE

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 14 de enero de 2009. Ref.: 1/09Asunto: PROHIBICIN FUMAR

Seor Alcalde: Ante las quejas recibidas en este Comit de Empresa, ya que por parte de una minora que siguen empeados en fumar dentro de las oficinas de trabajo, queremos manifestarle lo siguiente: La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales, manifiesta en su Artculo 14. Derecho a la proteccin frente a los riesgos laborales: 1. Los trabajadores tienen derecho a una proteccin eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de proteccin de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de proteccin constituye, igualmente, un deber de las Administraciones pblicas respecto del personal a su servicio. . . 2. En cumplimiento del deber de proteccin, el empresario deber garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. . . La Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, dice asimismo: Artculo 7. Prohibicin total de fumar. Se prohbe totalmente fumar, adems de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autnomas, en: a. Centros de trabajo pblicos y privados, salvo en los espacios al aire libre.

b. Centros y dependencias de las Administraciones pblicas y entidades de Derecho pblico. . . Hasta el da de la fecha, la gran mayora del personal de esta institucin cumple con dicha norma, salvo una minora que sigue empeado en fumar dentro de las dependencias municipales cuando el resto lo hace en los patios o en la calle. No se trata de coartar el derecho a fumar, lo que no quiere este Comit es perjudicar la salud de los trabajadores y que se cumpla la ley y que el personal que quiera seguir fumando que lo haga en los espacios al aire libre, es decir los patios pero no dentro de las oficinas. Por lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS recuerde a los trabajadores dicha obligacin y derecho. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

DIRECTOR TERRITORIAL DE INDUSTRIA Y ENERGA CONSEJERA DE INDUSTRIA Y COMERCIO GOBIERNO DE CANARIAS

Arrecife a, 19 de enero de 2009. Ref.: 2/09Asunto: TALLERES MUNICIPALES.

Seor Director: Con fecha 9 de julio de 2008, ref. 956160 y ref. 956116, presentamos escritos en la oficina de Arrecife, solicitando se personaran en las instalaciones municipales. (Adjuntamos escritos) Como quiera que hasta la fecha de hoy no sabemos nada al respecto, solicitamos de usted nos informe por escrito del estado actual de dichos asuntos a la siguiente direccin: COMIT DE EMPRESA DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Avda. Vargas, 4 CC.OO. 1 PLANTA 35500-ARRECIFE

Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE

Arrecife a, 20 de enero de 2009. Ref.: 3/09Asunto: PRODUCTIVIDADES CONDUCTORES

Seor Alcalde: Ante las quejas recibidas, en este Comit de Empresa, relativas a la productividad correspondiente al servicio de Guaguas Municipales, por la que se gratifica por servicios de turnos rotativos, desde hace ya mucho tiempo, a D. Juan A. Morales Alonso, y no realizando dicho trabajador turno alguno, y ya que el vigente convenio especifica claramente quien tiene que cobrar dichos turnos, SOLICITAMOS se nos comunique por escrito el motivo del pago mensual por Complemento de Productividad a dicho seor. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE (A la atencin del Sr. Interventor) Arrecife a, 20 de enero de 2009. Ref.: 4/09Asunto: PAGOS CORRIENTES

Sr. Alcalde: Reunida la Mesa General de Negociacin para la negociacin del nuevo Convenio de los Trabajadores, parte sustancial de la misma es la referente a la informacin econmica. Como quiera que siendo el Ayuntamiento de Arrecife una entidad pblica y teniendo usted la obligacin de informarnos, al ostentar la Jefatura Superior del Personal segn la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Rgimen Local (LRBRL) en su artculo 21, apartado h, jefatura superior que no puede delegar segn dicho artculo en su punto 3 y nosotros, los representantes de los trabajadores, la atribucin de tener el mayor conocimiento de los asuntos que tratamos, en base a los datos o informaciones que obren en poder de los servicios de la Corporacin y resulten precisos para el desarrollo de nuestra funcin. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, recoge: Artculo 15. Derechos individuales ejercidos colectivamente. Los empleados pblicos tienen los siguientes derechos individuales que se ejercen de forma colectiva: c. A la libertad sindical. d. A la negociacin colectiva y a la participacin en la determinacin de las condiciones de trabajo. El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores recoge en su: Artculo 64. Derechos de informacin y consulta y competencias. 1. El comit de empresa tendr derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, as como sobre la

situacin de la empresa y la evolucin del empleo en la misma, en los trminos previstos en este artculo. Se entiende por informacin la transmisin de datos por el empresario al comit de empresa, a fin de que ste tenga conocimiento de una cuestin determinada y pueda proceder a su examen. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un dilogo entre el empresario y el comit de empresa sobre una cuestin determinada, incluyendo, en su caso, la emisin de informe previo por parte del mismo. . 2. El comit de empresa tendr derecho a ser informado trimestralmente: a. Sobre la evolucin general del sector econmico a que pertenece la empresa. b. Sobre la situacin econmica de la empresa . . . 4. El comit de empresa, con la periodicidad que proceda en cada caso, tendr derecho a. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria . . . El Convenio de los Trabajadores de este Excmo. Ayuntamiento de Arrecife, expone en su: Artculo 55.- DERECHOS SINDICALES. El Comit de Empresa tendr las siguientes competencias: 1.- Recibir informacin previa sobre las siguientes cuestiones: ....................... b) Recibir informacin de cuantos datos considere necesarios del Presupuesto Ordinario. Asimismo le comunicamos que ante la negativa a entregar dicha documentacin argumentado la excusa de la proteccin de datos, ya se recoge tanto en el estatuto de los trabajadores como en la la Ley Orgnica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical el deber de sigilo profesional cosa que respetamos y que dicha informacin es interior y para la elaboracin del Comit de Empresa. En este sentido, la doctrina del Tribunal Constitucional declara que incluye la actividad sindical mantener informados a los miembros del sindicato en la empresa en todas la cuestiones que incidan de forma directa o indirectamente o que puedan tener repercusin en las relaciones laborales. En definitiva, se trata de garantizar el acceso de los representantes a determinadas informaciones que resultan fundamentales para el ejercicio de nuestras funciones, mxime si se repara en el dato de que la poltica de personal seguida por la empresa se ampara fundamentalmente en la evolucin de su situacin econmica. En palabras de su ltima circular: Corren tiempos de crisis y sus consecuencias se hacen sentir, al igual que en el resto de instituciones del pas, en el Ayuntamiento de Arrecife . . . con el propsito de hacer frente a las limitaciones presupuestarias y contener en la medida de las posibilidades el gasto. . .

A tenor de lo anteriormente expuesto por nuestra parte y la suya, los representantes de los trabajadores tenemos la atribucin y el derecho a conocer la documentacin contable de la empresa. La LRBRL recoge en su: Artculo 78: 1. Los miembros de las Corporaciones locales estn sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo. Por lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS se nos entregue copia trimestral de 2008 de los pagos corrientes pormenorizados y de los Pagos cerrados es decir, de aquellos ya comprometidos a pagar. Atentamente,

V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 12 de febrero de 2009. Ref.: 5/09Asunto: CONTRATACIN

Sr. Alcalde: Con fecha 28 de enero de 2008, DECRETO CO 13/2008 y firmado por usted, fue contratada D Jess Beln Martn Garca, para realizar el Servicio de COORDINACIN DE LOS RECURSOS HUMANOS ADSCRITOS A LA CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES, por un importe de once mil novecientos setenta euros (11.970 ) con una duracin de seis meses y segn el punto 5, dicho contrato no sera objeto de prrroga ni de revisin de precios. Seis meses despus, es decir el 28 de julio de 2008, se firma otro calcado del anterior, DECRETO CO 144/2008, mismo importe, 11.970 , con la diferencia que este es para realizar el servicio de COORDINACIN MULTIDISCIPLINAR DE LA CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES DE ESTE AYUNTAMIENTO. Seis meses despus, es decir el 28 de enero de 2009 y un ao posterior al primero, se firma otro contrato DECRETO CO 12/2009, en la misma lnea de los anteriores, con las diferencias de que el importe es de catorce mil euros (14.000 ) y para realizar las funciones de COORDINADORA DE LAS DIFERENTES AREAS DE LA CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES y este firmado por el Alcalde Acctal., D. Vctor Betancort De Len. Como ver, todos tienen en comn la encadenacin de la contratacin, de dicha Sra., para la Coordinacin de la Concejala de los Servicios Sociales de esta institucin. Por lo anteriormente expuesto, y ya que nadie nos ha dado explicacin alguna y para tener un mayor conocimiento de causa, SOLICITAMOS el informe del Sr. Interventor y de la Sra. Secretaria, si tienen conocimiento de esta contratacin, y donde diga que la misma se ajusta a la legalidad vigente. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

INTERVENTOR GENERAL DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 12 de febrero de 2009. Ref.: 6/09Asunto: CONTRATACIN

Sr. Interventor: Con fecha 28 de enero de 2008, DECRETO CO 13/2008 y firmado por el Sr. Alcalde, fue contratada D Jess Beln Martn Garca, para realizar el Servicio de COORDINACIN DE LOS RECURSOS HUMANOS ADSCRITOS A LA CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES, por un importe de once mil novecientos setenta euros (11.970 ) con una duracin de seis meses y segn el punto 5, dicho contrato no sera objeto de prrroga ni de revisin de precios. Seis meses despus, es decir el 28 de julio de 2008, se firma otro calcado del anterior, DECRETO CO 144/2008, mismo importe, 11.970 , con la diferencia que este es para realizar el servicio de COORDINACIN MULTIDISCIPLINAR DE LA CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES DE ESTE AYUNTAMIENTO. Seis meses despus, es decir el 28 de enero de 2009 y un ao posterior al primero, se firma otro contrato DECRETO CO 12/2009, en la misma lnea de los anteriores, con las diferencias de que el importe es de catorce mil euros (14.000 ) y para realizar las funciones de COORDINADORA DE LAS DIFERENTES AREAS DE LA CONCEJALA DE SERVICIOS SOCIALES y este firmado por el Alcalde Acctal., D. Vctor Betancort De Len. Como ver, todos tienen en comn la encadenacin de la contratacin, de dicha Sra., para la Coordinacin de la Concejala de los Servicios Sociales de esta institucin. Por lo anteriormente expuesto, y ya que nadie nos ha dado explicacin alguna y para tener un mayor conocimiento de causa, SOLICITAMOS nos informe por escrito si tiene conocimiento de esta contratacin, y donde diga que la misma se ajusta a la legalidad vigente. Atentamente, V B EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO

COMIT DE EMPRESA

SECRETARIA GENERAL DEL EXCMO. AYTO. DE ARRECIFE Arrecife a, 12 de febrero de 2009. Ref.: 7/09Asunto: CONTRATACIN

Sra. Secretaria: Con fecha 28 de enero de 2008, DECRETO CO 13/2008 y firmado por el Sr. Alcalde, fue contratada D