efluentes minerosd

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EFLUENTES MINEROS EFLUENTES LIQUIDOS Los efluentes líquidos mineros tienen su origen en la manipulación de los productos mineros con agua o soluciones químicas. Por ejemplo, durante los procesos de concentración por vía húmeda o por el empleo del agua para lavar instalaciones mineras. A esto tenemos que sumar las interacciones naturales que se produce entre los productos mineros y las aguas superficiales o de lluvia. Por ejemplo la lluvia cae sobre las escombreras, infiltrándose en las mismas, generado procesos de oxidación, hidrólisis, lavado, etc TRATAMIENTO DE EFLUENTES MINEROS De todos los contaminantes de los cursos de agua, quizás el drenaje ácido de mina sea uno de los más graves, por su naturaleza, extensión y dificultad de resolución. Los ríos y acuíferos afectados por este tipo decontaminación se caracterizan por su acidez, así como por el altocontenido en sulfatos y metales pesados de sus aguas y por el contenidometálico de sus sedimentos. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA Antes de controlar contaminantes, se debe reducir al mínimo el consumode agua, optimizar su recuperación y recirculación.La complejidad de extraer el mineral y sus subproductos desde las rocasmineralizadas no sólo radica en la gran variedad de procesos querequiere, sino también en que esta actividad genera un residual sólido,emisiones gaseosas y efluentes líquidos que contienen especiesmetálicas y otros contaminantes. Los efluentes líquidos más importantesen minería corresponden a drenaje ácidos de mina, aguas de escorrentíae infiltración que atraviesan la roca mineralizada, relaves provenientesde los procesos de concentración, soluciones gastadas utilizadas en losprocesos de lixiviación, extracción por

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EFLUENTES MINEROSEFLUENTES LIQUIDOSLos efluentes lquidos mineros tienen su origen en la manipulacin de los productos mineros con agua o soluciones qumicas. Por ejemplo, durante los procesos de concentracin por va hmeda o por el empleo del agua para lavarinstalaciones mineras. A esto tenemos que sumar las interacciones naturales que se produce entre los productos mineros y las aguas superficiales o de lluvia. Por ejemplo la lluvia cae sobre las escombreras, infiltrndose en las mismas, generado procesos de o!idacin, hidrlisis, lavado, etcTRATAMIENTO DE EFLUENTES MINEROS"e todos los contaminantes de los cursos de agua, qui#s el drenaje cido de mina sea uno de los ms graves, por su naturale#a, e!tensin y dificultad de resolucin. Los ros y acuferos afectados por este tipo decontaminacin se caracteri#an por su acide#, as como por el altocontenido en sulfatos y metales pesados de sus aguas y por el contenidometlico de sus sedimentos.CONTROL DE LA CONTAMINACIN DEL AGUAAntes de controlar contaminantes, se debe reducir al mnimo el consumode agua, optimi#ar su recuperacin y recirculacin.La complejidadde e!traer el mineral y sus subproductos desde las rocasminerali#adas no slo radica en la gran variedad de procesos querequiere, sino tambi$n en que esta actividad genera un residual slido,emisiones gaseosas y efluentes lquidos que contienen especiesmetlicas y otros contaminantes. Los efluentes lquidos ms importantesen minera corresponden a drenaje cidos de mina, aguas de escorrentae infiltracin que atraviesan la roca minerali#ada, relaves provenientesde los procesos de concentracin, soluciones gastadas utili#adas en losprocesos de li!iviacin, e!traccin por solvente y electro obtencin, yaguas provenientes del lavado de gases en fundiciones y plantas decido. %ndependiente de la actividad o proceso que genera el efluente,los contaminantes asociados a estos procesos frecuentementecorresponden a metales, sulfatos y otros componentes inorgnicos.Los principales focos productores de A&" en las e!plotaciones minerasson los drenajes de lasminas subterrneas, por bombeo en las minasactivas y por gravedad en las abandonadas, las escorrentas en laminera a cielo abierto y los li!iviados de las escombreras y residuosmineros. 'l drenaje cido de la mina puede emanar desde diferentesactividades y lugares. 'ntre ellos(> )rabajos en la superficie y subterrneos.>"esechos rocosos *provenientes de la planta chancadora+.>,itios de acopio de est$riles provenientes de la molienda u otro>"esechos provenientes de embalses de relave, flotacin, entre otros.APRUEBA LOS NIVELES MAXIMOS PERMISIBLES PARA EFLUENTESLIQUIDOS PARA LAS ACTIVIDADES MINERO METALURGICASResoluci! Mi!is"e#i$l N% &''()*(EM+VMM ,'-.e!e.'))*/Artculo -. ./ Aprueba los 0iveles &!imos Permisibles para 'fluentes Lquidos Aprobar los 0iveles &!imos Permisibles para efluentes lquidos minerometalrgicos. Artculo 12 ./ 0iveles &!imos Permisibles Los 0iveles &!imos Permisibles a los cuales se sujetarn las 3nidades &inero&etalrgicas estn se4alados en elAne!o -. Las 3nidades &ineras en 5peracin y aqu$llas que reinician sus operaciones podrn sujetarse a lo se4alado en el Ane!o 1, siguiendo lo establecido en el "ecreto ,upremo 0. 6-7 /89/'&. 'stos Ane!os forman parte de la presente :esolucin &inisterial. Artculo 92./ Ajuste gradual de los valores contemplados en el Ane!o 1 hasta igualar los del Ane!o - Los valores establecidos en el Ane!o 1, se ajustarn gradualmente hasta igualar a los 0iveles &!imos Permisibles *Ane!o -+, en un perodo no mayor de -6 a4os a partir de la entrada en vigencia de la presente :esolucin &inisterial. Artculo ;2./ :esultados analticos no e!cedern los niveles contemplados en el Ane!o - 1, segn sea el caso Los resultados analticos obtenidos para cada parmetro regulado a partir de la muestra recogida del efluente minero/metalrgico, no e!cedern en ninguna oportunidad los niveles establecidos en la columna del Ane!o - 1 segn corresponda. Artculo ?2./ @oncentraciones promedio anuales no e!cedern los niveles contemplados en el Ane!o - 1, segn sea el caso Las concentraciones promedio anuales, para cada parmetro regulado no e!cedern los niveles establecidos en la columna en el Ane!o - 1 segn corresponda. Artculo 72./ @aso de los parmetros no regulados Los titulares mineros debern asegurar que las concentraciones de los parmetros no regulados por la presente :esolucin &inisterial, tales como cadmio, mercurio, cromo y otros,cumplan con las disposiciones legales vigentes en el pas o demostrar t$cnicamente ante la autoridad competente, que su vertimiento al cuerpo receptor no ocasionar efectos negativos a la salud humana y al ambiente. Artculo A2./ 'stablecimiento de un punto de control para cada efluente minero/metalrgico Los titulares mineros estn obligados a establecer en el '%A yBo PA&A o "eclaracin Curada de PA&A, un punto de control en cada efluente lquido minerometalrgico, a fin de determinar la concentracin de cada uno de los parmetros regulados y el volumen de descarga en metros cbicos por da, que ser medido al momento de efectuar la toma de la muestra. "icho punto decontrol deber ser identificado de acuerdo a la ficha del Ane!o 9 que forma parte de la presente :esolucin &inisterial. Artculo D2./ 'liminacin o cambio de ubicacin de los puntos de control Los titulares mineros podrn eliminar o cambiar la ubicacin de uno o ms puntos de control, previa aprobacin de la "ireccin Eeneral de &inera, con la opininfavorable de la "ireccin Eeneral de Asuntos Ambientales, para lo cual ser necesario presentar la documentacin sustentatoria.Artculo 82./ "eterminacin de la frecuencia de muestreo Para efectos de determinar la frecuencia de muestreo, de anlisis qumicos y de presentacin de reportes, los titulares mineros sern clasificados de acuerdo al volumen de descarga total de efluentes minero/metalrgicos al cuerpo receptor, segn la siguiente escala( a+ &ayor de 966 metros cbicos por da b+ 'ntre ?6 y 966 metros cbicos por da c+ &enor de ?6 metros cbicos por da Artculo -62./ :esultado del &uestreo 'l resultado del muestreo ser puesto en conocimiento de la "ireccin Eeneral de &inera, a partir de la entrada en vigencia de la presente :esolucin &inisterial, de acuerdo a la frecuencia de presentacin de reportes que se indica en el Ane!o ; que forma parte de la presente :esolucin. Artculo --2./ Frecuencia de Anlisis Gumicos La frecuencia de anlisis qumicos de los efluentes minero / metalrgicos se regir por lo establecido en el Ane!o ? que forma parte de la presente :esolucin. Artculo -12./ :egistro a ser llevado por los )itulares &ineros Los titulares mineros llevarn un registro segn el formato especificado en el Ane!o 7, de la presente :esolucin &inisterial, el mismo que deber ser presentado al AuditorAmbiental, cuando $ste lo requiera. Artculo -92./ "efiniciones Para efectos de la presente :esolucin &inisterial setomar en consideracin las siguientes definiciones( 'fluentes Lquidos &inero/&etalrgicos./ ,on los flujos descargados al ambiente, que provienen( a+ "e cualquier labor, e!cavacin o trabajo efectuado en el terreno, o de cualquier planta de tratamiento de aguas residuales asociadas con labores, e!cavaciones o trabajos efectuados dentro de los linderos de la 3nidad &inera.b+ "e depsitos de relaves u otras instalaciones de tratamiento que produ#can aguas residuales. c+ "e concentradoras, plantas de tostacin, fundicin y refineras, siempre que las instalaciones sean usadas para el lavado, trituracin, molienda, flotacin, reduccin, li!iviacin, tostacin, sinteri#acin, fundicin, refinacin, o tratamiento de cualquier mineral, concentrado, metal, o subproducto. d+ "e campamentos propios. e+ "e cualquier combinacin de los antes mencionados. &uestra Puntual./ 's el tipo de muestra, en un punto de control definido en el Protocolo de &onitoreo de @alidad de Agua para el ,ubsector &inera. Parmetro :egulado./ ,on aquellos parmetros que se encuentran definidos en los Ane!os - y 1 de la presente :esolucin &inisterial. Punto de @ontrol./ 3bicacin aprobada por la autoridad competente, establecida de acuerdo a los criterios del Protocolo de &onitoreo de AguasH descrita de acuerdo a la ficha del Ane!o 9. 3nidad &inera en 5peracin./ 's aquella @oncesin yBo 3nidad 'conmica Administrativa *3'A+ que se encontraba en operacin antes de la entrada en vigencia del "ecreto ,upremo 0. 6-7/89/'&. 3nidad &inera que reinicia 5peraciones./ 's aquella @oncesin yBo 3nidad 'conmica Administrativa *3'A+ que vuelve a operar tras haber estado parali#ada antes de la entrada en vigencia del "ecreto ,upremo 0. 6-7 /89/'&. 3nidad &inera 0ueva./ 's aquella @oncesin yBo 3nidad 'conmica Administrativa *3'A+ que comien#a a operar con posterioridad a la entrada en vigencia del "ecreto ,upremo 0. 6-7 /89/'&. @oncentracin Promedio Anual./ 's la media aritm$tica de los resultados analticos obtenidos durante un a4o calendario.ANEXO 'NIVELES MAXIMOS PERMISIBLES DE EMISION PARALAS UNIDADES MINERO(METALURGICASPARAMETRO VALOR EN CUALQUIERMOMENTOVALOR PROMEDIO ANUALph&ayor que 7 y &enor que 8 &ayor que 7 y &enor que 8,lidos suspendidos *mgBl+?6 1?Plomo *mgBl+6.; 6.1@obre *mgBl+-.6 6.9Iinc *mgBl+9.6 -.6Fierro *mgBl+1.6 -.6Ars$nico *mgBl+-.6 6.?@ianuro total *mgBl+ J-.6 -.60 @%A03:5 )5)AL, equivalente a 6.- mgBl de @ianuro Libre y 6.1 mgBl de@ianuro fcilmente disociable en cido.ANEXO 1VALORES MAXIMOS DE EMISION PARA LASUNIDADES MINERAS EN OPERACION O QUEREINICIAN OPERACIONESPARAMETRO VALOR EN CUALQUIERMOMENTOVALOR PROMEDIO ANUALph&ayor que ?.? y &enor que -6.? &ayor que ?.? y &enor que -6.?,lidos suspendidos *mgBl+-66 ?6Plomo *mgBl+- 6.?@obre *mgBl+1 -Iinc *mgBl+7 9Fierro *mgBl+? 1Ars$nico *mgBl+- 6.?@ianuro total *mgBl+ 1 -