efectos tributarios fut

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Los Principales efectos tributarios

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  • Fondos de Utilidades Tributables

    Profesor: Daniela Vega Gmez UNAB / 1 -2015

  • Tasas Aplicadas durante la Historia

    Material preparado por Daniela Vega

  • Art. 14 de la Ley de la Renta regula el FUT

    Material preparado por Daniela Vega

    Artculo 14

    A B

    Obligados a declarar mediante Cont. Completa Otros

    Rentas Efectivas Sin Contabilidad

    Renta Presunta

    Tributan cuando se percibe o devenga

    Tributan en el ejercicio que corresponde

    E.I.R.L Socios de S.P Socios S.Comanditas

    Accionistas

    Existe Tope de Tributacin Registro, retiros Efectivos y en exceso FUT devengado

    Toda distribucin imputada al FUT tributa

    Registro F.U.T

  • Ci

    Normativa Tributaria

    Circular 40 de 1991 Resolucin 2.154 de 1991 Resolucin 891 de 1985 Resolucin 738 de 1986

    Material preparado por Daniela Vega

    Requisitos - Timbraje (Circular N 7 de 1985)

    - Se confecciona antes de la declaracin anual, salvo excepciones.

    - Debe contar con las firmas del representante legal y el contador.

    - Proporciona informacin para la confeccin de Declaraciones Juradas.

  • Definiciones

    Material preparado por Daniela Vega

    Utilidades Netas: monto al cual se ha deducido el Impuesto de Primera Categora, permitiendo ser retiradas/ distribuidas con crdito.

    Ejemplo: Utilidad Antes de Impuesto : $ 1.000

    $ 2.100 $ 7.900

    Impto Renta Utilidad S/C

    Utilidad Neta

    Objetivo: Controlar la asignacin de crdito y no otorgar un monto mayor al que corresponde por pago de impuesto

  • Definiciones

    Material preparado por Daniela Vega

    Incremento: tiene la finalidad de igualar la tributacin de la empresa, y el crdito por el impuesto terminal.

    Objetivo Final del FUT: Controlar la asignacin de crdito y no otorgar un monto mayor al que corresponde por pago de impuesto

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    Objetivos: controlar utilidades y su respectivo crdito, adems asignar crditos por retiros o remesas. Consideracin: Es determinado al final del ejercicio Si los retiros exceden el FUT, no se genera FUT negativo, surge el concepto de Retiros en Exceso (2014) No se considera el porcentaje de participacin, en los retiros de un socio. Deben imputarse a las utilidades ms antiguas acumuladas

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    Puede generarse FUT negativo por los siguientes conceptos: - Prdidas Acumuladas, Gtos Rechazados y retiros

    presuntos (hasta 2012), nunca por un retiro efectivo.

    - El impuesto pagado de primera categora, debe ser rebajado de las Utilidades Sin Crdito

    - Debe incorporarse la Renta Lquida determinada en el ejercicio, de acuerdo al ejemplo numerico de las Utilidades con Crdito y sin, expresado en en presentacin anterior (5)

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    Prdida por Utilidades Absorbidas

    La normativa se encuentra en el artculo 31, n 3 de la Ley de la Renta

    Surge cuando la sociedad, posee utilidades acumuladas en el FUT y durante el ao se determina Prdida Tributaria. sta prdida, debe imputarse a las utilidades ms antiguas (igual que un retiro)

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    Clculo, siempre se calcula por tasa directa. Ejemplo 1: Saldo FUT $70.000, compuesto por utilidades propias, con crdito del 21% - Prdida Tributaria : $40.000 - PPUA $40.000 x 21% = 8.400

    Ejemplo 2: Absorcin de Utilidades Ajenas, 2.1.- Si la prdida es mayor a las Utilidades Ajenas, aplico tasa directa FUT $ 30.000, tasa del 21% - Prdida Tributaria : $ 40.000 - PPUA $ 40.000 x 21% = 8.400

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    2.2.- Si la prdida es menor a las Utilidades Ajenas, aplico tasa indirecta FUT $ 70.000, tasa del 21%

    - Prdida Tributaria : $ 40.000, al ser bajo este concepto, se debe considerar un ingreso tributario, por lo cual debe aplicarse la siguiente frmula para su determinacin.

    - Prdida antes de PPUA $ 40.000 /1,21 x 21% = 6.942 Prdida Tributaria : $ (40.000)

    PPUA 6.942

    Perdida Tributaria Final 33.058

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    Si son propias, el ingreso no es tributable ya que tal partida cumpli con dicha tributacin (recuperacin de gasto).

    Si son ajenas, el ingreso debe tributar ya que es considerado como un incremento de patrimonio, debido a que la empresa no le implic ningn desembolso.

  • FUT Sociedades de Personas

    Material preparado por Daniela Vega

    Prdida de Arrastre:

    El artculo 31, n 3 indica que se debe deducir la Prdida de arrastre de la Renta Lquida. Por lo anterior, la Prdida de Arrastre no prescribe y por lo tanto el control de ellas tampoco (F.U.T) porque son imputaciones que se estan considerando como imputaciones del perodo.

  • FUT Sociedades Annimas

    Material preparado por Daniela Vega

    Objetivo: Controlar los crditos. Consideraciones: - Es un registro cronolgico. - Toda distribucin tributa, salvo ingreso no renta (que deben

    incluirse en la columna del FUNT) - Al ser un control de distribucin de dividendos, el primer

    reajuste debe realizarse al momento de la primera distribucin.

    - Los ingresos se registran al 31.12 del ao en curso. - Al distribuir Utilidades que exceden el tope del FUT, deben

    tributar sin crdito - La imputacion por dividendos se realiza a las utilidades mas

    antiguas. - Aplica mismo criterio de PPUA del FUT de las Sociedades de

    Personas