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1 EDUCACIÓN; CONDICIÓN NECESARIA PARA EL DESARROLLO HUMANO Y LOS PROBLEMAS DE ASIMETRIAS ECONÓMICOS, EN LA REGIÓN CAPITAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.

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EDUCACIÓN; CONDICIÓN NECESARIA PARA EL DESARROLLO

HUMANO Y LOS PROBLEMAS DE ASIMETRIAS ECONÓMICOS,

EN LA REGIÓN CAPITAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.

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CONTENIDO

I.INTRODUCCIÓN………………………………………………………………….……..3

II. PROBLEMÁTICA DE INVESTIGACIÓN………………………………….………….3

III. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN………………………………….…………...4

IV. JUSTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN……….…………..4

V. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL……………………………………….……….7

VI. MARCO LEGAL……………………………………………………………………....11

VII. FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS………………………………………………….20

VIII. DISEÑO Y METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN………………………....21

IX. ANALISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS……………………………………..21

X. CONSIDERACIONES FINALES…………………………………………………….24

XI. BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………….24

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I. INTRODUCCIÓN

En esta investigación el tema principal que nos enfocaremos es Educación;

formación destinada a desarrollar la capacidad intelectual, moral y afectiva de las

personas de acuerdo con la cultura y las normas de convivencia de la sociedad a la

que pertenecen, la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la

personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia.

En el Estado tenemos varios tipos de educación en el sector privado y sector

público, cada uno se desempeña diferente, tiene ventajas y desventajas, pero todos

llegan a un fin en común, generar el desarrollo de aprendizaje de cada individuo,

para que en el futuro pueda desarrollarse y tener una calidad de viva favorable.

II. PROBLEMÁTICA DE INVESTIGACIÓN

La educación debe participar activamente en la vida y el crecimiento de las

sociedades. En todas las épocas, las sociedades presentan cambios que requieren

de una actualización educativa que le permita al individuo acondicionarse a las

nuevas exigencias del mundo moderno, generar las normas válidas para una vida

armónica y social más acorde a tales exigencias y sobre todo, una formación para

lograr la estabilidad de las relaciones sociales y políticas como sucede en la

actualidad.

La educación representa el sentido de la vida llámese social o individual, es la que

ayuda a orientar el quehacer para nuestra existencia común. El modelo educativo

centrado en el humanismo debe formar al hombre y a la mujer para aplicar

principalmente un servicio hacia la sociedad y a la vez, para alcanzar su propia

felicidad.

Los educadores de hoy no podemos pasar sin ver la realidad actual: no se vale

navegar con la bandera de la ingenuidad. Estamos obligados a recrear las

problemáticas del momento, a echar mano de nuestra capacidad, así como de

nuestra experiencia, a generar un nuevo modo de ver y actuar en la realidad; es

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importante generar un pensamiento más axiológico que dé sustento a una

educación con elementos formativos y que tenga como finalidad a la conducta ética;

la educación tendría como objetivo formar sujetos éticos que tiendan a realizar

valores sociales fundamentales como la libertad y dignidad humana.

Por ejemplo, las instituciones educativas y en especial el sistema educativo

mexicano, hoy día se han preocupado por el aspecto cuantitativo, es decir que sus

pretensiones han sido en el sentido de abrir sus puertas para incrementar el número

de alumnos, profesores, salones, grupos y escuelas, cubriendo la demanda, sobre

todo a niveles básicos, pero estos aspectos no han podido ser claramente

satisfechos, por lo que todavía existe un rezago considerable.

Ahora el reto será atender tanto lo cuantitativo como lo cualitativo, poniendo más

énfasis en la calidad de la educación y atendiendo otros aspectos como programas,

contenidos, propósitos y objetivos, entre otros.

III. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

Objetivo general:

• ¿Cuáles son los principales problemas de la sociedad actual frente a la

educación en la Región Capital?

Objetivos específicos:

• ¿Qué tensiones principales presenta el sistema educativo en la actualidad?

• ¿Qué principios o pilares fundamentales se necesitan para la educación

actual?

IV. JUSTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

La región capital es la quinta región administrativa del Estado de Veracruz, alberga

a la capital del estado, Xalapa y a la sede de los poderes estatales.

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La región ofrece diversas expresiones de cultura, especialmente en la "Atenas

Veracruzana", en ella se muestra una amplia gama de municipios culturales como

los son, Coatepec y Naolinco, entre otros.

La zona centro del estado de Veracruz es una de las más ricas y pujantes, ya que

cuenta con recursos naturales que la distinguen a nivel nacional, es una zona

industrial. Debido a que esta región cuenta con valles, llanuras y montañas, el

desarrollo agro-industrial es importante ya que cuenta diez Ingenios Azucareros,

convirtiéndola en la zona productora de azúcar más importante del país, así como

importantes beneficios de café y arroz que transforman los productos agrícolas de

esta región para su consumo nacional y exportaciones que han dado renombre a

esta región.

En el aspecto educativo cuenta con escuelas reconocidas a nivel nacional, como es

el Tecnológico de Monterrey campus Veracruz, el Tecnológico de Orizaba, Facultad

de medicina, Facultad de arquitectura, etc., con esta diversidad se logra cubrir las

necesidades y expectativas de la población, ya que no existe la necesidad de

emigrar a otras ciudades para desarrollar la capacidad intelectual. Con esto es

posible lograr la capitalización del crecimiento personal en todos los ámbitos

coadyuvando al desarrollo social y económico de la zona.

Aunque la industria turística no se encuentra desarrollada en esta zona, por estar

en una región privilegiada se cuenta con una gran diversidad de atractivos naturales

que van desde las selvas tropicales, hasta los bosques de coníferas de las altas

montañas, pudiéndose mencionar ríos , cascadas, lagunas, grutas, entre otros.

La presente investigación está enfocada a la región Capital perteneciente al estado

de Veracruz Ignacio de la llave y el cual alberga un total de 31 municipios, entre

estos:

1. Jalacingo

2. Altotonga

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3. Perote

4. Villa Aldama

5. Tatatila

6. Las vigas de Ramírez

7. Tlacolulan

8. Ayahualulco

9. Ixhuatlán de los Reyes

10. Xico

11. Acajete

12. Xalapa

13. Tepetlán

14. Chiconquiaco

15. Cosautlán de Carvajal

16. Coatepec

17. Emiliano Zapata

18. Alto Lucero de Gutiérrez Barrio

19. Actopan

20. Jalcomulco

21. Apazapan

22. Teocelo

23. Tonayán

24. Miahuatlán

25. Landero y Coss

26. Acatlán

27. Coacoatzintla

28. Jilotepec

29. Rafael Lucio

30. Banderilla

31. Tlalnelhuayocan

32. Tonayan

33. Villa Aldama

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V. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL

Matrícula escolar en todos los niveles educativos durante el ciclo escolar 2009 –

2010 se registraron en todos los niveles educativos, poco menos de 381 mil

alumnos, atendidos en 2,902 escuelas por 25,720 docentes. Por nivel educativo

destaca que el 39.6% de la matrícula total se encuentra en primaria, el 14.8% en

secundaria, 13.7% cursa bachillerato, 11.8% en universidades y tecnológicos y

10.6% preescolar.

Por su parte, los niveles de técnico superior universitario y profesional técnico

representan una proporción poco significativa en la matrícula escolar, apenas del

0.3%. De la misma manera, en educación especial destaca que la matrícula también

es poco significativa, con poco menos de 2,600 alumnos (0.7% de la matrícula

escolar total), localizados en 19 municipios, principalmente en Xalapa, Coatepec y

Emiliano Zapata, en donde se dispone de 42 de los 70 centros educativos de este

nivel.

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Indicadores educativos. La escolaridad promedio de la región es de 6.2 años. Los

tres municipios con más alto grado de escolaridad son Xalapa (10.3 años),

Banderilla (8.8 años) y Coatepec (8.6 años). En lo que se refiere a analfabetismo,

la tasa promedio en la región se ubica en 9.7%.

Primaria

La matrícula total en primaria es de poco menos de 151 mil alumnos; Xalapa,

Coatepec, Perote y Altotonga son los municipios que concentran la mayor parte de

alumnos en este nivel. Respecto a la tasa de reprobación, 14 ésta fluctúa entre el

19.4% en el municipio de Miahuatlán y el 4.1% en Apazapan, mientras que la tasa

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promedio es del 10.0%. La tasa de deserción es del 2.7%; también muestra una alta

disparidad, en Apazapan la tasa es de apenas 0.5% y en el municipio de Acatlán es

10 veces más alta (5.1%).

La eficiencia terminal en la región es relativamente alta (90.7%) 16; la menor tasa

de eficiencia terminal se observa en Acatlán, donde 64 alumnos de cada 100

finalizaron sus estudios de primaria, mientras que en 8 municipios (Apazapan,

Jalcomulco, Jilotepec, Landero y Coss, Rafael Lucio, Tonayán, Xalapa y

Tlalnelhuayocan) casi todos los que ingresaron a primaria la concluyeron.

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Secundaria

La atención en secundaria se ubicó en poco más de 56 mil estudiantes. En lo que

se refiere a la tasa de absorción, ésta es, en promedio, de 82.4% y oscila entre

35.7% y 118.6%, tasas observadas en Banderilla y Apazapan, respectivamente;

sólo Apazapan, Xalapa, Teocelo, Naolinco y Coatepec logran absorber al 100% o

más de sus egresados de la primaria. En lo que se refiere a reprobación, la tasa

promedio es del 12.6%, mientras que a nivel municipal van del 0.0% en Acatlán,

Landero y Coss, Las Minas y Tatatila al 30.5% en Rafael Lucio.

La tasa de deserción promedio es del 4.7% y varía entre el 1.4 en Acatlán y 9.6%

en Ixhuatán. Finalmente, las tasas de eficiencia terminal al interior de los municipios

van de 65.2 al 100%, en los municipios de Tlacolulan y Landero y Coss,

respectivamente.

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Bachillerato

En este nivel se atendieron poco más de 52 mil alumnos. La tasa de absorción

media es del 78.0% y fluctúa entre el 307.0% en el municipio de Banderilla, al 0.0%

en Las Minas. La tasa media de reprobación es del 34.9%; la tasa más alta se

reportó en Acatlán (64.4%), mientras que en Las Minas se registró una tasa del

0.0%. La tasa promedio de deserción es del 11.1%, pero su rango va del 0.0% en

Apazapan y en Las Minas, hasta el 30.1% en Rafael Lucio.

Finalmente, la de eficiencia terminal es del 60.9% en promedio, registrándose la

menor tasa en Las Minas (0.0%) y la más alta en Tepetlán (85.3%). Educación para

adultos La región dispone de 57 escuelas para educación de los adultos.

En ellas se atienden a poco menos de 2 mil personas, lo que equivale al 0.5% del

total de la matrícula escolar. Vale resaltar que este servicio educativo sólo se tiene

en 10 municipios de la región: Acatlán, Altotonga, Banderilla, Coatepec, Emiliano

Zapata, Xalapa, Xico, Naolinco, Perote y Teocelo.

Destaca que solo en Xalapa se concentra el 45.0% de la matrícula de este nivel.

Resto de los sistemas se tiene 116 escuelas de capacitación para el trabajo, que

atienden a 18,396 alumnos. Destaca que un total de 85 escuelas se localizan en el

municipio de Xalapa y atiende a poco menos de 16 mil alumnos.

Por otra parte, la única opción para la formación de técnico superior universitario se

encuentra en el municipio de Xalapa. Existe la opción de educación normal en el

municipio de Xalapa. Asimismo, en los municipios de Banderilla, Coatepec, Xalapa

y Perote se concentra el total de las universidades y tecnológicos (45 existentes en

la región). Se precisa que el municipio de Xalapa concentra el 98.0% de la matrícula

de licenciatura y el 90% de la de posgrado.

VI. MARCO LEGAL

CAPITULO IV DEL PROCESO EDUCATIVO

Sección 1.-De los tipos y modalidades de educación.

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Artículo 37.-

La educación de tipo básico está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria

y el de secundaria. El tipo medio-superior comprende el nivel de bachillerato, los

demás niveles equivalentes a éste, así como la educación profesional que no

requiere bachillerato o sus equivalentes. Se organizará, bajo el principio de respeto

a la diversidad, a través de un sistema que establezca un marco curricular común a

nivel nacional y la revalidación y reconocimiento de estudios entre las opciones que

ofrece este tipo educativo. El tipo superior es el que se imparte después del

bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la licenciatura, la

especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas

a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus

niveles y especialidades.

Artículo 38.-

La educación básica, en sus tres niveles, tendrá las adaptaciones requeridas para

responder a las características lingüísticas y culturales de cada uno de los diversos

grupos indígenas del país, así como de la población rural dispersa y grupos

migratorios. Para el caso de los servicios 19 de 74 educativos correspondientes a

los tipos medio superior y superior, las autoridades educativas promoverán acciones

similares.

Artículo 39.-

En el sistema educativo nacional queda comprendida la educación inicial, la

educación especial y la educación para adultos. De acuerdo con las necesidades

educativas específicas de la población, también podrá impartirse educación con

programas o contenidos particulares para atender dichas necesidades.

Artículo 40.-

La educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo,

afectivo y social de los menores de cuatro años de edad. Incluye orientación a

padres de familia o tutores para la educación de sus hijas, hijos o pupilos.

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Artículo 41.-

La educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y eliminar las

barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad

de las personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de

conducta o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes.

Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, estilos

y ritmos de aprendizaje, en un contexto educativo incluyente, que se debe basar en

los principios de respeto, equidad, no discriminación, igualdad sustantiva y

perspectiva de género.

Tratándose de personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje,

de conducta o de comunicación, se favorecerá su atención en los planteles de

educación básica, sin que esto cancele su posibilidad de acceder a las diversas

modalidades de educación especial atendiendo a sus necesidades.

Se realizarán ajustes razonables y se aplicarán métodos, técnicas, materiales

específicos y las medidas de apoyo necesarias para garantizar la satisfacción de

las necesidades básicas de aprendizaje de los alumnos y el máximo desarrollo de

su potencial para la autónoma integración a la vida social y productiva.

Las instituciones educativas del Estado promoverán y facilitarán la continuidad de

sus estudios en los niveles de educación media superior y superior. La formación y

capacitación de maestros promoverá la educación inclusiva y desarrollará las

competencias necesarias para su adecuada atención.

Para la identificación y atención educativa de los estudiantes con aptitudes

sobresalientes, la autoridad educativa federal, con base en sus facultades y la

disponibilidad presupuestal, establecerá los lineamientos para la evaluación

diagnóstica, los modelos pedagógicos y los mecanismos de acreditación y

certificación necesarios en los niveles de educación básica, educación normal, así

como la media superior y superior en el ámbito de su competencia.

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Las instituciones que integran el sistema educativo nacional se sujetarán a dichos

lineamientos. Las instituciones de educación superior autónomas por ley, podrán

establecer convenios con la autoridad educativa federal a fin de homologar criterios

para la atención, evaluación, acreditación y certificación, dirigidos a alumnos con

aptitudes sobresalientes. La educación especial deberá incorporar los enfoques de

inclusión e igualdad sustantiva.

Esta educación abarcará la capacitación y orientación a los padres o tutores; así

como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica y media

superior regulares que atiendan a alumnos con discapacidad, con dificultades

severas de aprendizaje, de comportamiento o de comunicación, o bien con aptitudes

sobresalientes.

Quienes presten servicios educativos en el marco del sistema educativo nacional

atenderán las disposiciones en materia de accesibilidad señaladas en la Ley

General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en la Ley General de

la Infraestructura Física Educativa, y en las demás normas aplicables.

Artículo 42.-

En la impartición de educación para menores de edad se tomarán medidas que

aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su

integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad, y que

la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad.

Se brindarán cursos a los docentes y al personal que labora en los planteles de

educación, sobre los derechos de los educandos y la obligación que tienen al estar

encargados de su custodia, de protegerlos contra toda forma de maltrato, perjuicio,

daño, agresión, abuso, trata o explotación.

En caso de que las y los educadores así como las autoridades educativas, tengan

conocimiento de la comisión de algún delito en agravio de las y los educandos, lo

harán del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente.

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Artículo 43.-

La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que

no hayan cursado o concluido la educación primaria y secundaria. Se presta a través

de servicios de alfabetización, educación primaria y secundaria, así como de

formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población.

Esta educación se apoyará en la participación y la solidaridad social.

Artículo 44.-

Tratándose de la educación para adultos la autoridad educativa federal podrá

prestar los servicios que, conforme a la presente Ley, corresponda prestar de

manera exclusiva a las autoridades educativas locales.

Los beneficiarios de esta educación podrán acreditar los conocimientos adquiridos,

mediante evaluaciones parciales o globales, conforme a los procedimientos a que

aluden los artículos 45 y 64. Cuando al presentar una evaluación no acrediten los

conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas, recibirán un informe que

indique las asignaturas y unidades de aprendizaje en las que deban profundizar y

tendrán derecho a presentar nuevas evaluaciones hasta lograr la acreditación

respectiva.

El Estado y sus entidades organizarán servicios permanentes de promoción y

asesoría de educación para adultos y darán las facilidades necesarias a sus

trabajadores y familiares para estudiar y acreditar la educación primaria, secundaria

y media superior.

Quienes participen voluntariamente brindando asesoría en tareas relativas a esta

educación tendrán derecho, en su caso, a que se les acredite como servicio social.

Artículo 45.-

La formación para el trabajo procurará la adquisición de conocimientos, habilidades

o destrezas, que permitan a quien la recibe desarrollar una actividad productiva

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demandada en el mercado, mediante alguna ocupación o algún oficio calificados.

Esta educación incluirá un capítulo especial dirigido a personas con discapacidad.

La Secretaría, conjuntamente con las demás autoridades federales competentes,

establecerá un régimen de certificación, aplicable en toda la República, referido a la

formación para el trabajo, conforme al cual sea posible ir acreditando conocimientos,

habilidades o destrezas -intermedios o terminales- de manera parcial y acumulativa,

independientemente de la forma en que hayan sido adquiridos.

La Secretaría, conjuntamente con las demás autoridades federales competentes,

determinarán los lineamientos generales aplicables en toda la República para la

definición de aquellos conocimientos, habilidades o destrezas susceptibles de

certificación, así como de los procedimientos de evaluación correspondientes, sin

perjuicio de las demás disposiciones que emitan las autoridades locales en atención

a requerimientos particulares.

Los certificados, constancias o diplomas serán otorgados por las instituciones

públicas y los particulares que señalen los lineamientos citados.

En la determinación de los lineamientos generales antes citados, así como en la

decisión sobre los servicios de formación para el trabajo a ser ofrecidos, las

autoridades competentes establecerán procedimientos que permitan considerar las

necesidades, propuestas y opiniones de los diversos sectores productivos, a nivel

nacional, local e incluso municipal.

Podrán celebrarse convenios para que la formación para el trabajo se imparta por

las autoridades locales, los ayuntamientos, las instituciones privadas, las

organizaciones sindicales, los patrones y demás particulares.

La formación para el trabajo que se imparta en términos del presente artículo será

adicional y complementaria a la capacitación prevista en la fracción XIII del apartado

A) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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Artículo 46.-

La educación a que se refiere la presente sección tendrá las modalidades de

escolar, no escolarizada y mixta.

Sección 2.- De los planes y programas de estudio

Artículo 47.-

Los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio.

En los planes de estudio deberán establecerse:

I.- Los propósitos de formación general y, en su caso, la adquisición de

conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas que correspondan a cada

nivel educativo;

II.- Los contenidos fundamentales de estudio, organizados en asignaturas u otras

unidades de aprendizaje que, como mínimo, el educando deba acreditar para

cumplir los propósitos de cada nivel educativo;

III.- Las secuencias indispensables que deben respetarse entre las asignaturas o

unidades de aprendizaje que constituyen un nivel educativo, y

IV.- Los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación para verificar que el

educando cumple los propósitos de cada nivel educativo. En los programas de

estudio deberán establecerse los propósitos específicos de aprendizaje de las

asignaturas u otras unidades de aprendizaje dentro de un plan de estudios, así

como los criterios y procedimientos para evaluar y acreditar su cumplimiento.

Podrán incluir sugerencias sobre métodos y actividades para alcanzar dichos

propósitos.

Artículo 48.-

La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y

obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria,

la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de

educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los

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artículos 7 y 8 de esta Ley. Para tales efectos la Secretaría considerará las

opiniones de las autoridades educativas locales, y de los diversos sectores sociales

involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia, expresadas a

través del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación a que se refiere

el artículo 72, así como aquéllas que en su caso, formule el Instituto Nacional para

la Evaluación de la Educación.

Cuando los planes y programas de estudio se refieran a aspectos culturales,

históricos, artísticos y literarios, la Secretaría de Cultura propondrá el contenido de

dichos planes y programas a la Secretaría a efecto de que ésta determine lo

conducente, conforme al párrafo primero de este artículo.

Las autoridades educativas locales, previa consulta al Consejo Estatal Técnico de

Educación correspondiente, propondrán para consideración y, en su caso,

autorización de la Secretaría, previa opinión de la Secretaría de Cultura, contenidos

regionales que -sin mengua del carácter nacional de los planes y programas citados-

permitan que los educandos adquieran un mejor conocimiento de la historia, la

geografía, las costumbres, las tradiciones, los ecosistemas y demás aspectos

propios de la entidad y municipios respectivos.

La Secretaría realizará revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los

planes y programas a que se refiere el presente artículo, para mantenerlos

permanentemente actualizados. En el caso de los programas de educación normal

y demás para la formación de maestros de educación básica serán revisados y

evaluados, al menos, cada cuatro años, y deberán mantenerse actualizados

conforme a los parámetros y perfiles a los que se refiere la Ley General del Servicio

Profesional Docente.

Los planes y programas que la Secretaría determine en cumplimiento del presente

artículo, así como sus modificaciones, deberán publicarse en el Diario Oficial de la

Federación y en el órgano informativo oficial de cada entidad federativa y, previa a

su aplicación, se deberán capacitar a los maestros respecto de su contenido y

métodos.

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Artículo 49.-

El proceso educativo se basará en los principios de libertad y responsabilidad que

aseguren la armonía de relaciones entre educandos y educadores y promoverá el

trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre educandos,

educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas. De igual manera

se fomentará el uso de todos los recursos tecnológicos y didácticos disponibles.

Además, estará sujeto a los fines y criterios dispuestos en los artículos 7 y 8 del

presente ordenamiento, para lo cual se brindará capacitación al personal docente

para que éste, a su vez, transmita esa información a los educandos, así como a los

padres de familia.

Artículo 50.-

La evaluación de los educandos comprenderá la medición en lo individual de los

conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general, del logro de los

propósitos establecidos en los planes y programas de estudio.

Las instituciones deberán informar periódicamente a los educandos y, en su caso,

a los padres de familia o tutores, los resultados de las evaluaciones parciales y

finales, así como, de haberlas, aquellas observaciones sobre el desempeño

académico de los propios educandos que permitan lograr mejores

aprovechamientos.

Sección 3.- Del calendario escolar

Artículo 51.-

La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la

República, para cada ciclo lectivo de la educación básica y normal y demás para la

formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y

programas aplicables. El calendario deberá contener un mínimo de ciento ochenta

y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos.

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Los lineamientos que expida la Secretaría, podrán ajustar el calendario escolar al

que se refiere el párrafo anterior. Dichos ajustes deberán prever las medidas para

cubrir los planes y programas aplicables.

Artículo 52.-

En días escolares, las horas de labor escolar se dedicarán a la práctica docente y a

las actividades educativas con los educandos, conforme a lo previsto en los planes

y programas de estudio aplicables.

Las actividades no previstas en los planes y programas de estudio, o bien la

suspensión de clases, sólo podrán ser autorizadas por la autoridad que haya

establecido o, en su caso, ajustado el correspondiente calendario escolar.

Estas autorizaciones únicamente podrán concederse en casos extraordinarios y si

no implican incumplimiento de los planes y programas ni, en su caso, del calendario

señalado por la Secretaría. De presentarse interrupciones por caso extraordinario o

fuerza mayor, la autoridad educativa tomará las medidas para recuperar los días y

horas perdidos.

Artículo 53.-

El calendario que la Secretaría determine para cada ciclo lectivo de educación

preescolar, de primaria, de secundaria, de normal y demás para la formación de

maestros de educación básica, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

La autoridad educativa de cada entidad federativa publicará en el órgano informativo

oficial de la propia entidad, las autorizaciones de ajustes al calendario escolar

determinado por la Secretaría.

VII. FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS

Enfocado a los problemas anterior que se mencionados, la educación es un tema

importante, por el cual se le debe dar seguimiento a las solicitudes para su

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desarrollo y para poder mejorarla y no exista tanta deserción en la Región, por lo

que se plantea la siguiente hipótesis.

Ho: ¿La deserción que existe en la Región se debe a la mala práctica al educar?

VIII. DISEÑO Y METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

La presente investigación desarrollara la problemática que se tiene en los

municipios que se abarcan la Región Capital de manera gráfica y descriptiva

enfocándose a la problemática que se tienen y analizando analíticamente para dar

una solución, reforzando con las dependencias públicas toda la información que se

otorga y se muestra.

IX. ANALISIS Y PROCESAMIENTO DE DATOS

En lo que respecta al nivel de instrucción, en primera instancia se puede analizar el

índice de analfabetismo, indicador que revela una diferencia notoria entre la región

Capital y las otras regiones para el año 2001, estas últimas con valores que se

encuentran por encima de la media provincial, con áreas rurales donde la ausencia

de escuelas o probablemente el hecho de insertarse laboralmente a temprana edad

o colaborar con el entorno familiar para el sustento diario, sumado a las grandes

distancias que existen entre las instituciones escolares, está dejando a una parte

importante de la población sin un recurso tan básico como saber leer y escribir.

En este caso, se hace necesario aplicar políticas que permitan alfabetizar a este

conjunto de personas, además de (posteriormente) favorecer la continuidad en la

educación formal.

La baja tasa de analfabetos en la región Capital, muestras las oportunidades

educativas que existen en esta región, lo que actúa como factor de atracción para

las familias del interior provincial, que quieren mejorar la instrucción de sus hijos.

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En este aspecto, vale la pena mencionar que la tasa de analfabetismo en Argentina

para el año 2001 es de 2,7. De esta forma, la región Capital se aproxima

porcentualmente al valor nacional, a pesar de la diferencia que existe entre los

valores absolutos entre uno y otro. La tasa de analfabetismo, muestra que hay

mayor número de hombres analfabetos que mujeres. De otra manera, la tasa para

la provincia, está por encima de la media nacional, lo que lleva a inferir que se deben

incrementar los establecimientos educativos en el territorio, especialmente en

aquellos municipios donde no cuentan con instituciones educativas o se localizan a

grandes distancias.

Con respecto a la población mayor a 5 años que asiste a un establecimiento

educativo para el año 2001, es marcada la concurrencia a establecimientos

públicos, ya que la oferta educativa privada no era tan numerosa, así como la

posibilidad de cubrir las cotas mensuales de estos establecimientos educativos, no

siempre es accesible a toda la población (cuadro Nº 6).

Especialmente, se destacan la región Capital con poca más de un tercio de

individuos asistiendo a establecimientos estatales. Es importante reconocer que la

oferta educativa en la esta región, y especialmente en el municipio de Corrientes,

son numerosas y se concentran en el ámbito urbano de la capital provincial. En el

caso de Riachuelo, cuenta con establecimientos correspondientes al ciclo básico,

pero no tiene instituciones de nivel superior.

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Por proximidad, la población tiende a asistir a universidades o instituciones terciarias

que se localizan en la ciudad de Corrientes.

Refiriéndonos a los jefes de hogar, de acuerdo con los años de educación formal

aprobados, se ha optado por definir tres grupos, aquellos que no superan los 7 años

de instrucción, entre 7 y 11 años y los que hay tenido 12 y más años de instrucción

escolar.

La región Capital, muestra una mejor situación en la condición educativa, ya que

poco más del 20% de los hogares, tienen a sus jefes familiares con menos de 7

años de educación formal, en contraposición a un 40% con más de 12 años de

instrucción.

Por lo tanto, las ofertas educativas son importantes en esta región, especialmente

en el municipio Capital, porque Riachuelo tiene una situación educativa que se

asemeja a las regiones anteriores. Al discriminar por municipios, también se

observan los contrastes.

En la región Capital, las diferencias entre municipios son notorias, en el municipio

Corrientes existen varones con mayor cantidad de años de instrucción, inclusive

superior al resto de los municipios de las otras regiones en estudio.

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El municipio de Riachuelo, al igual que la mayoría de los municipios rurales de las

otras dos regiones, revelan un alto grado de población con educación primaria (7

años de instrucción), porcentaje que es mayor en el conjunto de las varones. Es

decir, en los municipios rurales como, por ejemplo, Estación Torrent, Yaraví, San

Antonio, Perugorría, Tapebicuá, etc., las mujeres muestran un valor más alto en el

grupo que tiene menos años de instrucción formal.

Aquí influye el ciclo familiar, porque en los sectores rurales, la mujer está encargada

del cuidado del hogar y no siempre tienen la posibilidad de proseguir su educación

formal. Esto es importante, porque habría que brindar mayor posibilidad de acceso

a la educación que vive en comunidades rurales.

X. CONSIDERACIONES FINALES

La educación formal se ha sistematizado a lo largo de los últimos 2 siglos en las

instituciones escolares y en las universidades, si bien en la actualidad el modelo de

educación a distancia o semipresencial ha comenzado a abrirse camino como un

nuevo paradigma. La educación es un factor importante en la actualidad, se

recomienda que todo ciudadano se enfoque en el gran privilegio que tiene al recibir

esta educación, la cual para otros no es tan favorable, decae mucho en la

económica que se tiene y afecta a la mayoría impidiendo que se culmine en su

totalidad.

XI. BIBLIOGRAFÍA

http://www.veracruz.gob.mx/wp-content/uploads/sites/2/2012/01/tf07-er-07-capital-

reg.pdf

http://competenciasdocentessxxiveracruz.blogspot.mx/2014/04/diversidadcultural-

del-estado-de.html

http://www.suitesmariaantonieta.com.mx/individual.php?id=1

file:///C:/Users/Usuario/Downloads/4_REGION_CAPITAL.pdf

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http://itzel.lag.uia.mx/publico/publicaciones/acequias/acequias17/a17P15.html

https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/558c2c24-0b12-4676-ad90-

8ab78086b184/ley_general_educacion.pdf