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eAdministración: Trámites, aplicaciones y certificados para tramitar con la Administración electrónica

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con la Administración electrónica

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CERTIFICADOS DIGITALES

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. 3

2. ¿ QUE SON LOS CERTIFICADOS DIGITALES? ......................................................... 3

3. ¿ PARA QUÉ SIRVEN LOS CERTIFICADOS DIGITALES? ................................. 4

4. ELEMENTOS DE LOS CERTIFICADOS DIGITALES ................................................ 5

5. TIPOS DE CERTIFICADOS DIGITALES ......................................................................... 6

6. OTROS CERTIFICADOS ............................................................................................................. 7

7. FIRMA ELECTRÓNICA ................................................................................................................ 7

8. CERTIFICADOS DIGITALES EN LA CAPV: IZENPE.............................................11

9. IDENTIFICACIONES ELECTRÓNICAS – B@K Y B@KQ ....................................18

10. ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA ............................................................................19

11. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA CON ADMINISTRACIONES PUBLICAS VASCAS .......................................................................................................................................................21

12. GOBIERNO VASCO .................................................................................................................22

13. DIPUTACIONES FORALES ................................................................................................27

14. AYUNTAMIENTOS ...................................................................................................................37

15. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA ......................................................................................42

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CERTIFICADOS DIGITALES

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1. INTRODUCCIÓN

La Unión Europea ha definido la Administración electrónica como el uso de las Tecnologías

de la Información y las Comunicaciones (TIC) en las Administraciones Públicas, unido a

cambios en la organización, con el propósito de mejorar los servicios públicos y los

procesos democráticos, y de reforzar el apoyo a las políticas públicas.

El modelo de tramitación telematica tiene como objetivo:

Acortar tiempos y evitar que tengamos que desplazarnos para realizar gestiones.

Reducir costes, aumentar la eficiencia y la productividad de las Administraciones.

Ganar confianza y seguridad en Internet. Las transacciones que realizamos por

internet con la Administración y otras entidades, utilizan canales por donde la información

circula encriptada, esto hace que dispongan de total seguridad y podamos confiar en ellas

con tranquilidad.

Digitalizar los trámites. Para ello se debe permitir la integración con los procesos

externos obteniendo de este modo información, tanto de trámites online y offline de los

procesos administrativos y de gestión.

Permitir la interacción entre la Administración y las empresas, que sirvan de

referente para el desarrollo de la Administración electrónica.

Permitir la identificación del interesado de manera rápido y eficaz, realizar los procesos

de información y tramitación administrativa de modo rápido y automático.

2. ¿ QUE SON LOS CERTIFICADOS DIGITALES?

Un certificado digital es un documento digital que contiene nuestros datos

identificativos que están autentificados por un organismo oficial. En nuestro caso,

confirma nuestra identidad en internet como persona física.

Por lo tanto, un certificado digital es una forma digital de identificación, como un

pasaporte o el permiso de conducir. Un certificado digital es una credencial digital que

proporciona información acerca de la identidad de una entidad, así como otra

información auxiliar.

Los certificados digitales los emiten las autoridades competentes, denominadas

entidades emisoras de certificados (CA). Como un certificado digital está emitido por

una entidad emisora de certificados, dicha entidad garantiza la validez de la

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CERTIFICADOS DIGITALES

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información contenida en el certificado. Además, un certificado digital sólo es válido

durante un período específico de tiempo.

Los certificados digitales permiten la criptografía mediante claves públicas, ya que

contienen la clave pública de la entidad identificada en el certificado.

Además, los certificados digitales se basan en la criptografía mediante claves públicas

para su propia autenticación. Cuando se emite un certificado digital, la entidad emisora

firma el certificado con su propia clave privada. Para validar la autenticidad de un

certificado digital, un usuario puede obtener la clave pública de dicha entidad emisora

y utilizarla sobre el certificado para determinar si fue firmado por esa entidad emisora.

3. ¿ PARA QUÉ SIRVEN LOS CERTIFICADOS DIGITALES?

Con el certificado electrónico podremos llevar a cabo diferentes operaciones privadas a

través de páginas webs de instituciones públicas como Gobierno Vasco, Diputaciones,

la Seguridad Social o los Registros Mercantiles. Podremos desde modificar nuestros

datos, a firmar digitalmente.

Por ejemplo:

• Presentación y liquidación de impuestos

• Presentación de recursos y reclamaciones

• Cumplimentación de los datos del censo de población y viviendas

• Consulta e inscripción en el padrón municipal

• Consulta de multas de circulación

• Consulta y trámites para solicitud de subvenciones

• Consulta de asignación de colegios electorales

• Actuaciones comunicadas

• Firma electrónica de documentos y formularios oficiales.

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CERTIFICADOS DIGITALES

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Los certificados digitales son válidos principalmente para autenticar a un

usuario en Internet dentro de la página que estamos visitando y que solicita la

acreditación de la identidad. Un ejemplo sería la página de la Diputación a la hora de

enviar cualquier declaración de impuestos o modelos, obtener información o

certificados personales, etc.

El certificado digital también nos va a servir para firmar documentos

electrónicos, como por ejemplo un PDF, que podemos firmar electrónicamente con

dicho certificado. Si queremos asegurarnos de que el documento no ha sido modificado

tras nuestra firma, es importante que el programa que utilizamos para la generación

de la firma incluya también un sellado de tiempo. Esto introduce una fecha y hora en la

que se ha realizado la firma y asegura que el documento no se ha modificado

posteriormente a dicho proceso.

De esta forma se asegura el no repudio, es decir, que la persona que ha firmado con

su certificado electrónico no pueda negar que ha realizado dicha firma. Por este motivo

es muy importante que el certificado electrónico esté bien custodiado, que no

lo pueda utilizar cualquiera y no cederlo a terceras personas para que lo utilicen en

nuestro nombre, ya que si realizan una firma o se identifican con él, no podremos

negar su uso.

Con nuestro certificado y el software adecuado podemos elaborar facturas

electrónicas, firmar contratos de forma telemática, etc. No sólo es útil para el

trato con la administración electrónica, sino para cualquier cuestión que requiera

nuestra identificación a través de Internet.

4. ELEMENTOS DE LOS CERTIFICADOS DIGITALES

• La identidad del titular: Datos de filiación del titular (empresa, colegio

profesional…)

• La clave pública del titular.

• Los datos propios del certificado: número de serie y fecha de caducidad.

• La identidad de la autoridad de certificación que lo ha emitido.

• La firma de la autoridad de certificación.

• El correo electrónico del titular (opcional).

• Otros atributos (opcional).

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CERTIFICADOS DIGITALES

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5. TIPOS DE CERTIFICADOS DIGITALES

Existen dos tipos de certificados electrónicos fundamentales:

• Certificado electrónico: es un documento firmado electrónicamente por un prestador

de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un

firmante y confirma su identidad.

• Certificado reconocido: es un certificado electrónico que cumple con los requisitos

recogidos en la Ley de Firma Electrónica 59/2003 tanto en cuanto a su contenido,

como en ciertas condiciones que debe cumplir el prestador de servicios de certificación.

Atendiendo a la normativa actual podemos diferenciar entre certificados de persona

física, de representante de persona jurídica, de entidad sin personalidad jurídica y

certificado de Administración Pública.

A partir del 1 de julio de 2016 dejaron de emitirse certificados de firma electrónica a

favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, si bien estos

certificados (conforme a las directrices del Ministerio de Industria, Energía y

Turismo) podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación. Para

sustituir a dichos certificados, se podrán utilizar certificados de firma electrónica de

representante de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.

De acuerdo con esta nueva normativa los tipos de certificados son:

• Certificado de persona física: es el que identifica a una persona individual.

• Certificado de representante de persona jurídica: se expide a las personas físicas como

representantes de las personas jurídicas. .

• Certificado de representante entidad sin personalidad jurídica: se expide a las personas

físicas como representantes de las entidades sin personalidad jurídica en el ámbito

tributario y otros previstos en la legislación vigente.

• Certificados AP (Administración Pública).

Atendiendo al soporte del certificado, se habla de:

• Certificado software: es aquel que consiste en un fichero software, que no tiene

soporte físico alguno más que el propio ordenador o servidor donde se instala.

• Certificado de tarjeta: es aquel que se encuentra alojado en una tarjeta.

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6. OTROS CERTIFICADOS

Una Autoridad de certificación es una entidad de confianza, responsable de emitir y

revocar los certificados digitales o certificados, utilizados en la firma electrónica.

Jurídicamente es un caso particular de Prestador de Servicios de Certificación.

Las principales Autoridades de Certificación españolas que emiten certificados

electrónicos de empresa son:

▪ IZENPE

▪ Ministerio de Interior. Dirección General de la Policía. DNI electrónico

▪ Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT): trabaja para entidades

públicas y privadas, ofreciendo soluciones adaptadas, con total garantía de

custodia de los datos facilitados, diseñando y fabricando documentos a los que

incorpora las más adelantadas medidas de seguridad, desarrollando nuevos

sistemas de identificación...

▪ Agència Catalana de Certificació (CATCert): Permite operar con las

administraciones públicas asegurando la integridad y confidencialidad de las

transacciones electrónicas por internet. También permire la firma de

documentos y correos electrónicos.

▪ Agencia Notarial de Certificación (ANCERT): Tiene como objetivo

desarrollar la Firma Electrónica Reconocida Notarial (FEREN), gracias a la cual

hoy en día las notarías pueden realizar los más de 12 millones de trámites

telemáticos con plena seguridad jurídica. También,

desarrollan certificados electrónicos notariales de uso personal o

corporativo, y ofrecenservicios de certificación electrónica para empresas y

particulares.

▪ Camerfirma

7. FIRMA ELECTRÓNICA

Cuando firmas por escrito, le das al documento cierto grado de seriedad, se supone que

has leído el texto, lo has comprendido y cuando finalmente lo firmas, es que aceptas todo

lo convenido y que adquieres cierto compromiso.

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La razón por la que podemos desear ese grado de seriedad se relaciona con la posibilidad

de existan ciertas diferencias entre las partes que han llegado a ese acuerdo.

La firma electrónica es un concepto jurídico, equivalente a la firma manuscrita.

La firma electrónica es el conjunto de datos, en forma electrónica, que nos permiten

acreditarnos y cerrar acuerdos por medios electrónicos, principalmente Internet. En

España, desde el año 2003, la firma electrónica tiene el mismo valor a efectos legales

que la firma manuscrita. (LEY 59/2003, del 19 de diciembre, de firma electrónica). Las

funciones principales que ofrece la firma electrónica son: Identificación del firmante: la

firma identifica al firmante de forma única igual que su firma manuscrita. Integridad

del contenido firmado: es posible verificar que los documentos firmados no hayan sido

alterados por terceras partes. No repudio del firmante: un documento firmado

electrónicamente no puede repudiarse por parte de su firmante.

7.1 TIPOS DE FIRMA ELECTRÓNICA:

La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica define la firma

electrónica distinguiendo tres tipos:

• Firma electrónica básica (FAB). Se define como el conjunto de datos en

forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden

ser utilizados como medio de identificación del firmante. (Algunos ejemplos de

este tipo de firma pueden ser: Firma con un lápiz electrónico al usar una trajeta

de crédito o débito en una tiendo, o a través de usuario y contraseña).

• Firma electrónica avanzada (FEA). Es la firma electrónica que permite

identificar al firmante –identidad- y detectar cualquier cambio realizado en los

datos tras haber sido firmados –integridad-. Está vinculada al firmante de

manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que

el firmante puede mantener bajo su exclusivo control. (Las tarjetas con juegos

de barcos o números PIN las clasificamos en esta tipología de firma).

• Firma electrónica reconocida (FER). Se considera firma electrónica

reconocida la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y

generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma. A diferencia de

las dos tipos de firma mencionadas anteriormente, la firma electrónica

reconocida tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el

mismo valor que la firma manuscrita. (La firma electrónica reconocida es aquella

generada por ejemplo por los certificados digitales (Izenpe y otros) y el DNI

electrónico).

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7.2 RELACIÓN FIRMA ELECTRÓNICA Y CERTIFICADO ELECTRÓNICO

Un certificado electrónico es un documento digital que identifica a una persona física o jurídica con un par de claves, conteniendo la siguiente información: Identificación del

titular del certificado (Nombre del titular, NIF, e-mail, …) Distintivos del certificado: número de serie, entidad que lo emitió, fecha de emisión,

periodo de validez del certificado, etc.

Una pareja de claves: pública y privada. La privada se uriliza para firmar los

documentos y la pública para verificar la autenticidad del un documento firmado. La

firma electrónica del certificado con la clave de la autoridad de certificación que lo

emitió. Según el soporte, los tipos de certificados que puede obtener son básicamente

dos: Certificado de software: se trata de un fichero de software cuyo soporte físico es

el propio ordenador o servidor donde se instala. Certificado de tarjeta: en este caso, el

certificado electrónico se encuentra en una tarjeta criptográfica. El DNI electrónico se

enmarca en esta categoría. El certificado electrónico es un instrumento necesario para

firmar electrónicamente, pero no en todos los casos, ya que no todas las firmas

electrónicas necesitan de un certificado electrónico. Siguiendo con las tres tipologías

vistas anteriormente, la firma electrónica básica y la avanzada, no necesitan de

certificado electrónico, en cambio, la firma electrónica reconocida sí.

FIRMA SIN CERTIFICADO: En esta categoría está considerada la firma electrónica

básica y avanzada. Este tipo de firma sin certificado elimina la necesidad de chip en las

tarjetas, la instalación de software específico en nuestros ordenadores o el uso del

lector de tarjetas. Tengamos en cuenta también que su valor legal, respecto a los

datos electrónicos consignados, no es equiparable a la firma manuscrita.

FIRMA CON CERTIFICADO: Aquí encontramos a la firma electrónica reconocida, la

única que tendrá respecto a los datos consignados en forma electrónica el mismo valor

que la firma manuscrita. Además, esta firma tiene aceptación transfronteriza, es decir,

reconocimiento y aceptación en todos los países miembros de la Unión Europea.

7.3 PROCESO DE FIRMA ELECTRÓNICA RECONOCIDA.

El funcionamiento de la firma electrónica reconocida está basado en algoritmos

criptográficos asimétricos en los que son necesarias un par de claves para el

intercambio de la información: una clave pública y una clave privada. La clave privada

se almacena en el equipo del emisor y solamente es conocida por él, mientras que la

pública es distribuida entre todos los posibles destinatarios de nuestros mensajes o

documentos firmados.

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La clave pública y la privada están relacionadas de modo que lo que cifra una lo puede

descifrar la otra.

El proceso de firma electrónica reconocida es el siguiente: El emisor obtiene un

resumen del mensaje a firmar con una función llamada “hash” (resumen). El resumen

es una operación que se realiza sobre un conjunto de datos, de forma que el resultado

obtenido es otro conjunto de datos de tamaño fijo, independientemente del tamaño

original, y que tiene la propiedad de estar asociado unívocamente a los datos iniciales,

es decir, es imposible encontrar dos mensajes distintos que generen el mismo

resultado al aplicar la función “hash”.

El emisor cifra el resumen del mensaje con la clave privada. Ésta es la firma

electrónica que se añade al mensaje original. El receptor, al recibir el mensaje, obtiene

de nuevo su resumen mediante la función “hash”. Descifra la firma utilizando la clave

pública del emisor obteniendo el resumen del documento recibido. Si ambos

documentos coinciden significa que la firma es válida y que el contenido del mensaje

no ha sido manipulado. La firma electrónica, por si misma, no aporta confidencialidad

al mensaje pero es habitual que los mensajes firmados electrónicamente se suelan

enviar cifrados con la misma clave privada utilizada para mayor seguridad.

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Fuente: Ayuntamiento de Gijón

8. CERTIFICADOS DIGITALES EN LA CAPV: IZENPE

IZENPE es un prestador de servicios de confianza, es decir una organización que

proporciona servicios de firma electrónica.

IZENPE es una sociedad anónima constituida en 2002 y supone un proyecto impulsado

por el Gobierno Vasco y las Diputaciones Forales, constituida a través de sus

sociedades informáticas: EJIE, LANTIK, IZFE y CCASA.

Los objetivos que tiene Izenpe son :

• El fomento del uso y potenciación del desarrollo del gobierno electrónico sobre redes

de telecomunicaciones con las necesarias garantías de seguridad, confidencialidad,

autenticidad e irrevocabilidad de las transacciones.

• La expedición, fabricación y suministro de los títulos o certificados de usuario o

soportes en tarjeta necesarios para personas o entidades públicas o privadas.

• La expedición, fabricación y suministro de los títulos o certificados de servidor.

• Servicios de consultoría relacionados con la promoción del gobierno electrónico.

8.1 TIPOS DE CERTIFICADOS DE IZENPE

CERTIFICADO CIUDADANO: El certificado Ciudadano se configura como un

certificado de firma electrónica, con la consideración legal de certificado

reconocido, el más seguro de los certificados digitales y su firma es

legalmente reconocida como la manuscrita.

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Este certificado Izenpe te permite relacionarte telemáticamente con las

distintas administraciones (locales, forales, autonómicas y estatales) y cada

día con más entidades, como las financiera.

CERTIFICADO DE REPRESENTANTE DE ENTIDAD Y ENTIDAD SIN

PERSONALIDAD JURÍDICA: es un certificado de firma

electrónica cualificado que permite relacionarse de forma

telemática (autenticarse y firmar) con las distintas administraciones (locales,

forales, autonómicas y estatales) y viene a cubrir el espacio al que antes se

accedía con el certificado de persona jurídica o entidad sin personalidad

jurídica.

El solicitante deberá ser un representante legal o un apoderado general con

facultad inscrita para representar a la organización ante toda clase de

personas privadas o públicas. Pueden solicitarse en soporte tarjeta, Token

USB o formato SOFTWARE.

CERTIFICADO DE SELLO DE IDENTIDAD: El certificado de sello de

entidad en software de Izenpe permite firmar de forma fácil y ágil

documentos y facturas de forma desatendida y/o automatizada, además de

acceder a diversos servicios de las administraciones públicas. Su solicitante,

exclusivamente, deberá ser representante legal de la entidad.

CERTIFICADOS PROFESIONALES CORPORATIVOS Y DE PERSONAL DE

EMPLEADO PÚBLICO: Van dirigidos tanto para empresas privadas como

públicas y personal empleado público, que se configura como una nueva

herramienta que integra soluciones tecnológicas que contribuirán a una

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mayor eficacia en la gestión telemática diaria, además de permitir a sus

titulares la realización de trámites digitales con distintas Administraciones

Públicas y en los trámites internos profesionales.

CERTIFICADO PROFESIONAL CORPORATIVO

Estos certificados identifican al trabajador como persona ligada laboralmente

con su empresa o institución, lo que le permite hacer gestiones en su ámbito

de trabajo de forma ágil y segura.

Estos certificados son solicitados por la dirección de la entidad, y serán

revocados por la misma lo que permite una gestión sencilla de permisos y

autorizaciones ante cambios en la organización.

Los certificados corporativos por su configuración permiten realizar

operaciones complementarias a las tramitación online como son:

• Acceso a certificados en la nube

• Iniciar Sesión en el Ordenador

• Firma de Correos Electrónicos

• Conexión a red VPN

CERTIFICADO DE PERSONAL DE EMPLEO PÚBLICO

Son certificados dirigidos a personas de entidades públicas que solicitan un

certificado para su uso en el ámbito corporativo y pueden ser:

• Personal de las Entidades públicas.

• Corporativo reconocido.

• Corporativo no reconocido.

Los corporativos públicos se destinan a:

• Entidades de derecho público creadas por Ley o vinculadas a una o

varias Administraciones Públicas o dependientes de las mismas.

• Organismos autónomos.

• Universidades públicas.

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• Sociedades mercantiles con participación pública mayoritaria (directa o

indirecta).

• Consorcios, fundaciones y asociaciones con participación pública

mayoritaria.

• Entes públicos de derecho privado.

CERTIFICADOS SSL Y SEDE ELECTRÓNICA: Dotar de un certificado SSL a

nuestros dominios web e identificarlos como sitios seguros y de confianza

para el usuario supone un reflejo de la fortaleza y buena gestión tecnológica

de las administraciones y empresas vascas.

Aquellas entidades que dispongan de sitios web especialmente delicados por

su tratamiento de datos, comercio electrónico, deberían solicitar un SSL con

EV; un certificado que ofrece a los visitantes de las páginas Web una forma

fácil y fiable de establecer su confianza en línea, ya que proporciona una

capa adicional de protección a los certificados de servidor seguro.

SELLO U ÓRGANO ADMINISTRATIVO : Estos certificados de se definen

como un certificado de firma electrónica con la consideración legal de

certificado reconocido.

Se emiten en soporte software y tiene una vida de 3 años. El certificado de

sello electrónico emitido por Izenpe para la Actuación Administrativa

Automatizada, permite la identificación y autenticación del ejercicio de la

competencia de la Administración Pública, órgano o entidad de derecho

público, según lo determinado en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso

electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

APLICACIÓN Y FIRMA DE CÓDIGO : Certificado empleado por una

aplicación informática para asegurar la autenticidad e integridad de los

mensajes o ficheros firmados por la propia aplicación. El suscriptor del

certificado es la entidad que utiliza la aplicación para la que se solicita el

certificado. En el certificado se identifica a la entidad de modo que su

instalación en una aplicación informática permite identificar a la entidad que

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la utiliza. Este Certificado emitido por Izenpe, será utilizado exclusivamente,

por parte del Suscriptor, para la autenticación e integridad de los mensajes

y/o ficheros generados por la aplicación.

El Certificado de Firma de Código es un certificado empleado para

asegurar la autenticidad e integridad de un componente de software. El

suscriptor del certificado es la entidad a la cual pertenece el componente de

software firmado por el certificado; sin identificación de persona física

alguna. Este Certificado emitido por Izenpe, será utilizado exclusivamente,

por parte del Suscriptor, para garantizar la autenticación e integridad de un

componente de software.

8.2 SOLICITUD DE CERTIFICADOS IZENPE

CERTIFICADO CIUDADANO:

La solicitud del certificado ciudadano Izenpe puede realizarse de 2 formas:

En el caso de contar con su certificado ciudadano Izenpe u DNIe activo y

conocer sus claves, podrá tramitarlo de forma completamente on-line y

recibirá la tarjeta con el certificado y las claves en la dirección postal indicada.

En caso contrario tras cumplimentar la solicitud se deberá acudir para su

identificación presencial, y se podrá acudir a cualquiera de los centros

KZGunea habilitados para su solicitud, o en alguno de los puntos de registro

habilitados por Izenpe con cita previa.

Importe certificado de Ciudadano:

Actualmente las Administraciones Públicas subvencionan a la emisión del

certificado Ciudadano para su utilización ante los diferentes servicios públicos

que requieran identificación o firma electrónica.

CERTIFICADO DE REPRESENTANTE DE ENTIDAD Y ENTIDAD SIN

PERSONALIDAD JURÍDICA:

La solicitud se inicia completando el formulario a través de nuestra de la

aplicación on-line de Izenpe, y presentando la documentación requerida según

el tipo de entidad.

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La aplicación indicará el procedimiento en cada caso e Izenpe remitirá un correo

electrónico con todas las indicaciones una vez cumplimente dicha solicitud.

El trámite puede completarse online con certificado, o realizar la solicitud a

través de la pasarela y completarla de forma presencial acudiendo a identificarse

a cita previa.

Si se solicita el certificado en formato software la solicitud consta de un segundo

paso:

Generar la petición técnica: para la emisión de un certificado en software es necesario

que se remita a Izenpe una petición técnica para su correcta emisión. Para ello se deben

seguir los pasos que se describen en la una siguiente guía, con un software gratuito que

se ofrece desde la misma página de Izenpe.

Para conocer el importe del certificado de representante de entidad y entidad sin

personalidad jurídica visita la página web.

CERTIFICADO DE SELLO DE IDENTIDAD:

Para llevar a cabo la solicitud de este certificado se debe completar el trámite

administrativo: Según el tipo de entidad, la documentación a aportar y el procedimiento difiere ligeramente.

Su solicitante, exclusivamente, deberá ser representante legal de la entidad, pero con la finalidad de facilitar al usuario información sobre cómo

solicitar el certificado y qué documentación debe aportar. Para la emisión de un

certificado en software es necesario que se remita a Izenpe una petición técnica

para su correcta emisión.

Para conocer el importe del certificado de representante de entidad y entidad sin

personalidad jurídica visita la página web.

CERTIFICADOS PROFESIONALES CORPORATIVOS Y DE PERSONAL DE EMPLEADO PÚBLICO:

• CERTIFICADOS PROFESIONALES CORPORATIVOS: Izenpe ofrece la posibilidad

solicitar certificados corporativos privados reconocidos de forma unitaria sobre

una tarjeta de elementos y diseño genéricos.

• CERTIFICADO DE PERSONAL DE EMPLEADO PÚBLICO: Según el tipo de entidad,

la documentación a aportar y el procedimiento difiere ligeramente.

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CERTIFICADOS SSL Y SEDE ELECTRÓNICA:

Izenpe pone a disposición de los solicitantes de certificados Web una sencilla

aplicación que facilita la solicitud, control y pago de los distintos certificados SSL

y Sede que una misma entidad gestione. Deberá darse de alta y completar

según el certificado deseado. Una vez finalizada, Izenpe se pondrá en contacto

para indicar los pasos siguientes.

SELLO U ÓRGANO ADMINISTRATIVO:

El proceso de emisión de ambos certificados exige una exhaustiva comprobación

de la documentación a aportar. Por ello, Izenpe establece en 30 días los

necesarios para llevar a cabo la correcta emisión del certificado una vez recibida

la solicitud.

8.3 RENOVACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DIGITALES

CERTIFICADO CIUDADANO

Para solicitar la renovación debe contar con su certificado ciudadano

Izenpe (tarjeta verde) activo y conocer sus claves. Este certificado tiene una

validez de 4 años.

CERTIFICADO DE REPRESENTANTE DE ENTIDAD Y ENTIDAD SIN

PERSONALIDAD JURÍDICA:

En las renovaciones se emitirá un certificado nuevo con fecha de inicio posterior

a la de caducidad de su actual certificado para que se puedan usar de forma

continua. Estos certificados tienen una validez de 4 años, 60 días antes de la

fecha de caducidad del certificado Izenpe remitirá un correo electrónico a la

dirección cedida en el momento de la solicitud para informar del proceso de

renovación.

CERTIFICADO DE SELLO DE IDENTIDAD

La emisión de este certificado tiene un coste y no se renueva.

CERTIFICADOS PROFESIONALES CORPORATIVOS Y DE PERSONAL DE

EMPLEO PÚBLICO

Izenpe remitirá un correo electrónico a la dirección cedida en el momento de la

solicitud para recordárselo 60 días antes de la fecha de caducidad del

certificado. En las renovaciones se emitirá un certificado nuevo con fecha de

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inicio posterior a la de caducidad de su actual certificado para que se pueda usar

de forma continua.

Nota: El resto de certificados no se renuevan.

9. IDENTIFICACIONES ELECTRÓNICAS – B@K Y B@KQ

Es un nuevo medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite

relacionarse telemáticamente con las administraciones.

B@k tiene dos niveles o versiones. Uno básico para trámites y servicios sin criticidad; y

B@kQ, un nivel superior que garantiza una mayor seguridad en las transacciones pero

igual de simple en su uso.

B@K nivel básico es un medio de identificación electrónica de nivel básico formado

por:

• Un número de referencia coincidente con el DNI/NIE del usuario.

• Una contraseña.

• Y un certificado no cualificado emitido en un repositorio centralizado seguro de

Izenpe, la “nube”, que servirá para los actos de firma.

Además, puede ser complementado para todos o algunos de sus usos por un código

enviado a un dispositivo móvil.

B@k exige un proceso de emisión y de activación online para la puesta en marcha y

para preparar su uso. Es un proceso sencillo que se debe hacer desde un ordenador o

cualquier dispositivo móvil.

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B@KQ

Será cuando el nivel sea medio (sustancial) y está formado por:

• Un identificador coincidente con el DNI/NIE del usuario.

• Una contraseña. (compartida con B@k)

• Un juego de coordenadas con 16 posiciones

• Y un certificado cualificado emitido en un repositorio centralizado que servirá

para los actos de firma.

En realidad es B@k con un elemento de seguridad añadido: las coordenadas. Y un

certificado en la “nube” de mayor consideración jurídica.

B@kQ también se debe solicitar y además se emite al tener asociada la generación de

un certificado de firma electrónica, pero:

Al ser un certificado cualificado requiere IDENTIFICACIÓN PRESENCIAL o mediante

otro medio de identificación electrónica valido.

Con B@k y B@kQ será posible la consulta y tramitación online en distintos servicios de

las administraciones vascas.

10. ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

La Administración electrónica o e-Administración es el conjunto de soluciones que

permite a la ciudadanía y a las empresas poder relacionarse con las administraciones

públicas a través de medios electrónicos.

Podría asimilarse a la creación de una "ventana virtual" única que permite la prestación

de los servicios públicos por parte de las administraciones a la ciudadanía y a las

empresas.

El individuo, al relacionarse con la Administración a través de estos medios

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CERTIFICADOS DIGITALES

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electrónicos, percibirá una mayor transparencia y control sobre el estado de

tramitación de cualquier procedimiento por él iniciado. Advertirá, sin duda, una mejora

sustancial en la calidad del servicio que la Administración le presta.

Nos encontramos en un contexto de modernización de los servicios prestados y de la

sociedad de la información, en el que la ciudadanía y las empresas demandan la

necesidad de un nuevo modelo de relación con la Administración pública. La Ley

11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos regula este

nuevo modelo de relación, transformando la demanda de la ciudadanía en un derecho,

y el desarrollo por parte de la Administración en un deber.

Las ventajas de la Administración electrónica son múltiples, y ofrecen beneficios tanto

a la ciudadanía y a las empresas, como a la propia Administración.

• Disponibilidad: ya que permite interactuar y realizar trámites con las

administraciones las 24 horas del día. No es necesario adaptarse a un horario de

oficinas.

• Facilidad de acceso: No es necesario acudir a la oficina de manera presencial

para realizar las gestiones; se puede hacer desde cualquiera parte del mundo a

través del teléfono o internet.

• Ahorro de tiempo: para realizar una gestión se puede realizar desde casa o

cualquier lugar que deseemos, sin la necesidad de tener que desplazarse a la

oficina de manera presencial.

• Simplificación de los trámites: en cuanto a que los solicitantes no

necesitarán presentar documentos que ya posea la Administración debido a

tramitaciones anteriores.

La principal ventaja que tiene para la Administración pública es la simplificación de los

procedimientos administrativos, lo que supone:

• Reducción del coste y plazo de tramitación.

• Aumento de las transacciones realizadas

• Reducción de los papeles y archivos necesarios para la tramitación.

• Mejora de la seguridad de las transacciones.

• Eliminación de la necesidad de introducir la misma información en varios

sistemas.

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11. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA CON ADMINISTRACIONES PUBLICAS VASCAS

La Administración gubernamental, foral y municipal más transparente y cercana es uno de

los principales objetivos del Gobierno Vasco, Diputaciones y Ayuntamientos de Euskadi.

En este sentido, la evolución de la Sociedad de la Información y del Conocimiento

representa, también en la Comunidad Autónoma Vasca, un cambio esencial en las

relaciones sociales como consecuencia de las facilidades que podemos tener para acceder

de forma inmediata a recursos de la información con independencia de su contenido y

origen.

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Dichas facilidades de acceso inmediato a la información están desencadenando profundas

transformaciones en las relaciones entre los empresas y las administraciones públicas. En

este contexto, y por su mayor cercanía, las diputaciones y ayuntamientos vascos pueden

jugar un papel fundamental para impulsar iniciativas que fomenten los hábitos de las

empresas en el uso de los nuevos canales de comunicación, y de esa manera fomentar el

desarrollo y consolidación de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en su

entorno geográfico.

La e-Administración abre una nueva puerta, un nuevo canal, para que las administraciones

públicas puedan ofrecer servicios de forma telemática teniendo siempre en cuenta dos

claves básicas:

La Racionalización, Simplificación y Agilidad en la tramitación administrativa.

La posibilidad de ofrecer una administración 24 horas todos los días del año.

En este curso conoceremos los trámites y servicios que se ponen a disposición de las

empresas en las administraciones gubernamentales, forales y municipales vascas. No todos

los ayuntamientos disponen de este servicio, por lo que en este curso, en lo que a

administración municipal se refiere, expondremos los trámites más comunes que cada

ayuntamiento presentará como crea conveniente.

12. GOBIERNO VASCO

En la página web del Gobierno Vasco, hay un apartado denominado Sede electrónica que

se va a explicar en el siguiente punto, tal y como se cita en la portal del Gobierno Vasco.

https://www.euskadi.eus/y22-home/es

La sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi

constituye un punto de acceso seguro a la información y los trámites de la ciudadanía,

garantizando la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los

que pueda accederse a través de la misma.

IDENTIFICACIÓN DE LA SEDE

Para identificarse y garantizar una comunicación segura, la sede electrónica utiliza un

sistema de firma electrónica basado en certificados de dispositivo seguro. Se trata de un

certificado con validación extendida (EV), que aporta una capa extra de protección al

usuario.

TITULARIDAD Y RESPONSABILIDAD

La titularidad de la sede electrónica y la competencia para su gestión corresponde al

Departamento de Administració Pública y Justicia.

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Cada uno de los órganos y organismos que publican contenidos y servicios en la sede es

responsable de dicha información, de su accesibilidad, disponibilidad, integridad y

seguridad, de acuerdo con las exigencias legales de esta sede.

SERVICIOS Y UTILIDADES DE LA SEDE

En la sede electrónica del Gobierno Vasco se puede encontrar:

• Información sobre los servicios proporcionados por el Gobierno Vasco y cómo consultarlos,

solicitarlos y/o tramitarlos. Para algunos de ellos, se podrá acceder a la tramitación

electrónica.

• Mis Gestiones es el lugar donde se consultan y tramitan expedientes ya iniciados.

• Acceso al Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

• Información sobre los procesos de empleo público relativos a todas las

Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

• Información sobre el perfil de contratante; esto es, información sobre los procesos de

contratación pública del Gobierno Vasco.

Otras utilidades como la Pasarela de pagos (mi pago) del Gobierno Vasco, firma y

verificación de documentos electrónicos.

NORMATIVA DEL REGISTRO ELECTRÓNICO

El registro electrónico es único para toda la Administración General e institucional de la

CAE. Se utiliza para la recepción y remisión de escritos, solicitudes y comunicaciones

que se transmitan por medios electrónicos, a través de Internet, entre la ciudadanía y

los organismos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

También se recepcionará cualquier documento electrónico distinto de los mencionados

dirigido a cualquier órgano de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de

Euskadi, siendo remitido al órgano que corresponda.

La particularidad de un registro electrónico frente al registro presencial es,

principalmente, su disponibilidad 24 horas todos los días del año y en el marco de los

procedimientos administrativos que expresamente prevean la tramitación electrónica.

Tanto en la sede electrónica del Gobierno Vasco como en euskadi.net el registro

electrónico se encuentra integrado en la propia tramitación electrónica de los

procedimientos o servicios al ciudadano, procediéndose al registro de los documentos

aportados en el momento de la recepción de los mismos por medios telemáticos.

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CERTIFICADOS DIGITALES

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A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, y en lo que se

refiere a cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un

día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente,

salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.

A estos efectos, en el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de

presentación aquellas en las que se produjo efectivamente la recepción, constando

como fecha y hora de entrada las cero horas y un segundo del primer día hábil

siguiente.

TRÁMITES DISPONIBLES PARA EMPRESAS Y PARTICULARES

• Consultar expedientes, tanto en curso como ya finalizados.

• Recibir notificaciones y comunicaciones. Se puede acceder a notificaciones

pendientes y a las ya recibidas o rechazadas.

• Realizar pagos. Se pueden consultar pagos realizados y pendientes. Para los pagos

pendientes se tiene acceso directo a la pasarela de pagos, que permite realizar el

pago online.

• Consultar certificaciones.

MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA ADMITIDOS

La Orden de 27 de junio de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública,

aprueba la política de firma electrónica y de certificados de la Administración Pública

de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

PERSONAS FÍSICAS:

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REPRESENTANTES:

A través de este canal puede ejercer el derecho de acceso a la información pública que

obre en poder del Gobierno Vasco y su administración institucional y haya sido

elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones.

Cualquier persona tiene derecho a acceder a esta información con algunas limitaciones

si su contenido afecta, por ejemplo, a la seguridad pública, la propiedad intelectual e

industrial, la protección de datos personales y otros límites recogidos en la norma. Ello

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no significa que no pueda, una vez ponderado el interés a proteger, concederse un

acceso parcial a la información, siempre que ello no distorsione o haga carecer de

sentido la información que se facilita.

REGISTRO ELECTRÓNICO DE REPRESENTANTES

El Registro electrónico de representantes es la aplicación que gestiona las

representaciones que las personas interesadas otorgan a terceras personas para actuar

en su nombre, de forma electrónica, ante la Administración Pública de la Comunidad

Autónoma de Euskadi.

ACCESO AL REGISTRO ELECTRÓNICO:

https://xlnets.servicios.euskadi.net/n38a/N38LoginEuskadi.jsp?n38id=-1756525995

- Mi pago online

- Facturación electrónica

- Registro telemático de terceros

- Verificador de documentos con localizador

- Firmar y verificar firma de documentos

- Solicitar medio de identificación electrónica

- Consulta de fecha y hora oficial

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13. DIPUTACIONES FORALES

DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA

La sede electrónica de la Diputación Foral de Álava es la puerta de acceso para

empresas y particulares a todos aquellos servicios que la Institución pone a su disposición a través de Internet. Garantiza la máxima seguridad y confidencialidad de

las operaciones realizadas mediante el uso de certificados electrónicos y conexiones seguras.

A través de la sede electrónica de la DFA (diputaciondigital) podemos:

1. Obtener información sobre:

• La propia sede electrónica (funcionamiento, noticias, ayudas, normativa

reguladora, certificados electrónicos admitidos, etc.)

• Cada uno de los servicios que incluye (descripción básica, plazos de

presentación, documentación necesaria, etc.).

2. Utilizar los servicios telemáticos de la sede electrónica, tales como:

• Solicitar de subvenciones.

• Realizar trámites tributarios, etc.

Los servicios disponibles pueden variar en función de los plazos de presentación,

requisitos para su utilizarlos, etc.

3. Gestionar su propia información mediante las siguientes opciones:

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• Mis datos: Consulta y actualiza los datos personales y de contacto.

• Mis trámites: Informa sobre el estado de algunos servicios en los que conste

como interesado.

• Mis actuaciones: Consulta sobre las acciones y conexiones que ha realizado en

diputaciondigital.

• Mis avisos: Informa sobre la actualización de distintos procedimientos de su

interés.

• Mis autorizados y Mis autorizaciones: Permiten gestionar las autorizaciones, con

el fin de que otros usuarios de la sede (autorizados) realicen determinadas

actuaciones por cuenta del autorizador.

• Mis documentos: Consulta de la documentación que haya anexado para la

tramitación telemática de determinados servicios.

• Mis notificaciones: Acceso a la plataforma de notificaciones telemáticas aceptada

por la DFA.

• Favoritos: Accesos directos a los servicios de la sede que haya seleccionado

como tales.

ACCESO A SEDE ELECTRÓNICA

Para utilizar los servicios de la sede electrónica de la DFA (diputaciondigital) es

necesario identificarse telemáticamente mediante:

• B@K

• B@KQ (antiguo juego de barcos)

• Certificados electrónicos

• Claves emitidas por la DFA (de forma excepcional).

Estos sistemas tienen distintos niveles de seguridad. En función del que se use se

podrá acceder a diferentes servicios electrónicos.

1. B@KQ (antiguo juego de barcos):

Es un sistema emitido por IZENPE sólo para personas físicas.

Dado que IZENPE está actualizando sus Juegos de Barcos convirtiéndolos al sistema

B@KQ, la primera vez que lo utilice en la sede a partir del día 02/02/2018, se iniciará

el proceso de conversión (sencillo y completamente telemático) que deberá

completarse para acceder a la sede.

2. Certificados electrónicos:

En esta sede electrónica se admiten todos los certificados incluidos en la "Lista de

confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza" (TSL),

publicada en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda

Electrónica.

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Los más usados en la sede son:

a) Para personas físicas:

• Certificado de Ciudadano (IZENPE)

• DNIe -DNI electrónico (Ministerio del Interior)

• Certificado de persona física (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - FNMT)

b) Para personas jurídicas:

• Certificado de Entidad (IZENPE)

• Certificado de persona jurídica (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - FNMT) .

3. Claves emitidas por la DFA:

En el caso de que cuente con un usuario y contraseña activos, se podrá seguir

haciendo uso de los mismos hasta la caducidad o revocación de las claves. Dado que,

salvo casos excepcionales, no se crearán nuevos usuarios y/o contraseñas, se

recomienda que se inicien los trámites para conseguir cualquiera de los otros sistemas

de identificación.

4. B@K:

Es un sistema emitido por IZENPE sólo para personas físicas.

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DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

La sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia es la dirección

electrónica https://www.ebizkaia.eus que la Diputación Foral pone a disposición de la

ciudadanía para realizar todo tipo de consultas y trámites a través de internet con

plenas garantías de seguridad en el acceso a la información y en la tramitación de sus

actuaciones.

La titularidad de la sede electrónica corresponde a la Diputación Foral de Bizkaia.

La gestión de los contenidos y servicios específicos ofrecidos en la sede electrónica es

responsabilidad de los Departamentos Forales titulares de dicha información,

correspondiendo al Departamento Foral competente en materia de administración

electrónica la gestión de los contenidos comunes.

IDENTIFICACIÓN DE LA SEDE ELECTRÓNICA

La identificación de la sede electrónica se realizará mediante un certificado de sede

electrónica.

Los certificados de sede electrónica sirven para identificar fehacientemente a las sedes

electrónicas y garantizar una comunicación segura con las mismas, de tal forma que se

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asegura la privacidad e integridad de la información que se ofrece, evitando la

posibilidad de ser víctimas de intrusiones malintencionadas de terceros.

El certificado reconocido de sede electrónica básicamente es un certificado de servidor

web seguro emitido por un prestador de servicios de certificación que actúa como

tercero de confianza. El certificado incluye la identificación del titular de la sede

electrónica y se emite en un dispositivo seguro o medio equivalente.

Para verificar la validez del certificado de la sede electrónica de la Diputación Foral de

Bizkaia que estará accesible de forma directa y gratuita, se deben llevar a cabo los

siguientes pasos :

1. Haz “Click” en el candado que aparece en la barra de direcciones del navegador

y seleccionar “Ver certificado”. Cada navegador mostrará el certificado de

manera ligeramente diferente, pero siempre incorporará la misma información.

2. Para visualizar el contenido del certificado hay que hacer click en la pestaña de

Detalles y seleccionar el campo “Sujeto”.

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3. Click en la ruta de certificación para comprobar qué certificado raíz de confianza

se ha utilizado para emitir el certificado de sede electrónica y el estado del

certificado.

En aquellos procedimientos, trámites o servicios que progresivamente se vayan

incorporando a la sede electrónica se podrá: presentar solicitudes, escritos y

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comunicaciones, realizar consultas sobre el estado de tramitación de los expedientes,

suscribirse y acceder a las notificaciones electrónicas.

SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN Y FIRMA ADMITIDOS

Las personas interesadas podrán identificarse y autenticar su actuación a través de los

sistemas de identificación y firma admitidos por la Diputación Foral de Bizkaia para

cada concreto procedimiento, trámite o servicio.

Con carácter general, los sistemas de identificación y firma admitidos en la sede

electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia son los siguientes:

• Certificados electrónicos reconocidos o cualificados admitidos en la Diputación

Foral de Bizkaia

• Juego de Barcos de Izenpe

• B@k y B@kQ de Izenpe

Cada procedimiento, trámite o servicio concreto podrá determinar los sistemas de

identificación y firma admisibles para actuar electrónicamente de acuerdo con la

legislación general y sectorial aplicable así como los datos e intereses afectados, por lo

que el número de opciones disponibles puede variar en función del procedimiento,

trámite o servicio del que se trate el contenido al cual se quiere acceder o el

documento a firmar.

Catálogo de trámites: https://www.ebizkaia.eus/es/catalogo-de-tramites-y-

servicios

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DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

La sede electrónica dispone del certificado de dispositivo seguro emitido

por Izenpe que garantiza su identificación y el establecimiento de comunicaciones seguras.

Para la identificación y autenticación del ejercicio de su competencia en la actuación administrativa automatizada, la Diputación Foral de Gipuzkoa utiliza un sello

electrónico expedido por Izenpe.

Las personas, tanto físicas como jurídicas, nos autenticamos a través de Internet

utilizando nuestra firma electrónica.

Modalidades de autenticación

Personas y entidades en nombre propio:Clave operativa o certificado electrónico

• Representante profesional: Certificado electrónico

• Representante no profesional: Clave operativa o certificado electrónico

Utilidad de la firma electrónica

• Firmar un documento dirigido a la administración electrónicamente equivale a firmar

un documento en presencia de funcionario/a público/a.

• La firma electrónica permite realizar trámites desde cualquier equipo informático

con la misma validez que si estuviéramos ante el o la funcionaria que verifica

nuestra identidad.

• La firma electrónica también permite acceder a información personal desde

cualquier equipo informático.

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CERTIFICADOS DIGITALES

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Tipos de firma electrónica

• Clave operativa

• Firma electrónica avanzada B@kQ (novedad desde el 20 de febrero)

• Certificado electrónico cualificado

CLAVE OPERATIVA

La clave operativa es un sistema de firma electrónica avanzada emitida por la

Diputación Foral de Gipuzkoa que permite a la persona que la posee identificarse y

firmar documentos en la sede electrónica de la Diputación y en cualquier otra

administración que la admita.

En previsión de que la clave operativa pueda evolucionar hacia un sistema de firma

electrónica avanzada emitida por IZENPE S.A que, adaptada a los requerimientos de la

normativa europea, le permita relacionarse con cualquier administración con garantías

legales, se ha incorporado en la solicitud de clave operativa de persona física la opción

para que ésta pueda autorizar la cesión del contenido de su solicitud a dicho organismo

con esa finalidad.

QUIÉN PUEDE OBTENER LA CLAVE OPERATIVA

Pueden obtener clave operativa las personas físicas con capacidad de obrar y las

entidades con personalidad jurídica propia.

No obstante, teniendo en cuenta que a partir de la entrada en vigor del Reglamento

(UE) nº 910/2014 relativo a la identificación electrónica desaparecerá el certificado

electrónico de persona jurídica, la emisión de claves de entidad se considera “a

extinguir”.

En cualquier caso, si el representante legal de una entidad inscrito como tal en el

censo de representantes legales, dispone de la clave operativa o de un certificado

electrónico como persona física, puede actuar tanto en nombre propio como en el de la

entidad a la que representa. Asimismo, si tramita las inscripciones necesarias en los

censos de representación de la DFG podrá encomendar a otras personas que realicen

las actuaciones que decida en nombre de la entidad.

En todo caso, se excluyen y, por tanto, no pueden obtener clave operativa:

• Las/los menores de edad

• Las personas incapacitadas

• Los colectivos obligados a relacionarse con la Diputación Foral de Gipuzkoa por

medio de certificado de firma electrónica reconocida

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• Las entidades sin personalidad jurídica como comunidades de bienes o de

propietarios

• Las personas jurídicas con representación mancomunada o con órganos de

representación colegiada que no dispongan de una persona designada como

consejera delegada.

Para obtener la clave operativa las personas físicas deberán solicitar su clave operativa

personándose con su DNI o con otro documento de los previstos para verificar la

identidad del solicitante.

La persona física que solicite una clave de entidad (“a extinguir”), deberá además

figurar inscrita como representante legal de la entidad en el Censo de Representación

Legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA - B@KQ

CERTIFICADO ELECTRÓNICO CUALIFICADO:

Existen certificados electrónicos de persona física (o de ciudadano) y de representante

de entidad con o sin personalidad jurídica.

Los antiguos certificados de entidad, aunque no será posible su renovación, podrán

seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación.

Catálogo de trámites : https://egoitza.gipuzkoa.eus/es/listado-tramites

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14. AYUNTAMIENTOS

AYUNTAMIENTO DE GASTEIZ

La Sede Electrónica es un nuevo entorno seguro que permite a la ciudadanía acceder a

la información, servicios y trámites electrónicos del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

La Sede se establece en el sitio https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org y será única

para el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y sus Organismos Autónomos adscritos.

La titularidad, gestión y administración de esta Sede Electrónica corresponde al

Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en el ejercicio de sus competencias.

La política de privacidad y garantía en el ámbito de la protección de datos se establece

conforme a la Ley orgánica 15/1999. En este sentido el Ayuntamiento de Vitoria-

Gasteiz colabora con la Agencia de Protección de Datos - AVPD en el cumplimiento de

la legalidad vigente y la adopción de buenas prácticas en la gestión de la información

sobre las personas.

MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN ADMITIDOS

La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz admite dos tipos de medios de identificación digital: certificados digitales y la Tarjeta Municipal Ciudadana.

• D.N.I. electrónico.

• Tarjeta Izenpe. Tarjeta verde para ciudadanía y azul para entidades.

• FNMT - Certificados de persona física

• Certificado ACA

• Otros certificados digitales de entidad admitidos.

Tarjeta Municipal Ciudadana

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz emite la TMC o Tarjeta Municipal Ciudadana, que permite realizar gestiones municipales online si bien no es una tarjeta con certificado

digital.

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CERTIFICADOS DIGITALES

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AYUNTAMIENTO DE BILBAO

En e-Udala encontrarás información sobre todos los trámites y servicios que puedes

hacer con el Ayuntamiento de Bilbao y podrás realizar electrónicamente los trámites

disponibles.

En el portal Mis trámites podrás consultar tus datos y el estado de tus trámites con el

Ayuntamiento y además:

- Imprimir el Volante de empadronamiento.

- Realizar consultas sobre tus datos de Hacienda y Recaudación:

- Recibos pendientes.

- Recibos pagados.

- Autoliquidaciones tributarias.

- Acceso a la Oficina virtual del Catastro.

- Pago a la Carta.

- Consultar el estado de procesos de inscripción.

- Consultar el estado de las subvenciones solicitadas.

Y en el caso de que seas un proveedor podrás acceder a la consulta de tus facturas,

operaciones o expedientes con el Ayuntamiento.

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CERTIFICADOS DIGITALES

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La clave de acceso web te permitirá realizar más fácilmente en Internet parte de tus

gestiones que se tramiten por vía telemática, así como acceder a tu espacio

personalizado "Mis trámites", donde podrás consultar tus datos y el estado de tus

trámites con el Ayuntamiento.

Puedes consultar los trámites que puedes realizar con tu clave de acceso web en

el "Buscador de trámites y servicios" del Catálogo de trámites del Ayuntamiento de

Bilbao.

Puedes acceder a todos nuestros trámites y servicios web si dispone de un certificado

digital reconocido. El Ayuntamiento de Bilbao tiene reconocidos los siguientes

certificados:

• DNI electrónico

• Izenpe

• Tarjeta ONA

• Ancert

• Camerfirma

• FNMT

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AYUNTAMIENTO DE DONOSTI

Se establece como sede electrónica general de la Administración municipal el punto de

acceso electrónico general, www.donostia.eus/egoitzaelektronikoa. En esta sede se

pondrá a disposición de la ciudadanía la relación de servicios y el modo de acceso a los

mismos, debiendo mantenerse coordinado, al menos, con los restantes puntos de

acceso electrónico de la Administración municipal y sus Organismos Públicos.

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15. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

Uno de los procesos más importantes dentro de una empresa, es la emisión y

recepción de facturas, tanto para cumplir con las obligaciones tributarias de la empresa

como para mantener un control sobre las ventas y adquisiciones que se realizan en el

negocio.

El modo de operar de numerosas empresas se basa en la emisión y recepción

convencional de facturas en formato papel, con el consecuente gasto de recursos para

realizar las distintas operaciones que, en muchos casos, aún se realizan de modo

manual. La factura electrónica optimiza y agiliza el proceso entre comprador y

vendedor y tiene exactamente la misma validez y funcionalidad tributaria que la

factura tradicional en papel.

La factura electrónica, se puede decir que es la evolución de la factura en papel y que

a diferencia de ésta, se usan soportes electrónicos para su almacenamiento, en lugar

de soportes físicos. Además para su transmisión, se emplean medios electrónicos,

como el correo electrónico o los servicios web. Estas facturas también deben estar

firmadas digitalmente por un certificado de seguridad.

A partir del 15 de Enero de 2015, la facturación electrónica es obligatoria*

para todos los proveedores de las Administraciones Públicas (Estatal,

Autonómica y Local) tal como se establece en la Ley de impulso de la

facturación electrónica 25/2013 enmarcada dentro del conjunto de reformas

El Servicio de facturación electrónica de la Comunidad Autónoma de Euskadi es un

servicio puesto a disposición de los proveedores que entreguen bienes o presten

servicios a las entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi y

otras instituciones para que presenten facturas electrónicas y consulten el estado de

las mismas.

Ef4ktur es una iniciativa de las Diputaciones Forales Vascas para dotar gratuitamente a

sus emisores de facturas de una solución de factura electrónica que de forma sencilla y

práctica permite a las empresas trabajar entre sí y con las administraciones vascas. El

software de ef4ktur ofrece alta autonomía de gestión en las operaciones telemáticas

con las máximas garantías de seguridad y, adicionalmente, la posibilidad de adaptación

a las necesidades funcionales del cliente.

https://www.euskadi.eus/web01-

s2oga/es/contenidos/informacion/efactura_portal/es_def/index.shtml