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Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid Número 64 6 de noviembre de 2015 X Legislatura COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN SOBRE CORRUPCIÓN POLÍTICA EN LA COMUNIDAD DE MADRID PRESIDENCIA Ilma. Sra. D.ª Dolores González Pastor Sesión celebrada el viernes 6 de noviembre de 2015 ORDEN DEL DÍA 1.- RGEP 4714: Aprobación definitiva del Plan de Trabajo y sus detalles. 2.- C-412(X)/2015 RGEP.4346. Comparecencia de la Sra. D.ª Sonia Martínez Aguilar, Presidenta de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de IVIMA, a petición del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto de informar sobre valoración en la enajenación de viviendas del IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del

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Diario de Sesiones

de la

Asamblea de Madrid

Número 64 6 de noviembre de 2015 X Legislatura

COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN SOBRE

CORRUPCIÓN POLÍTICA EN LA

COMUNIDAD DE MADRID

PRESIDENCIA

Ilma. Sra. D.ª Dolores González Pastor

Sesión celebrada el viernes 6 de noviembre de 2015

ORDEN DEL DÍA

1.- RGEP 4714: Aprobación definitiva del Plan de Trabajo y sus detalles.

2.- C-412(X)/2015 RGEP.4346. Comparecencia de la Sra. D.ª Sonia Martínez Aguilar,

Presidenta de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de IVIMA, a petición

del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto de informar sobre

valoración en la enajenación de viviendas del IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2970

artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

3.- Comparecencias con tramitación acumulada:

C-386(X)/2015 RGEP.4302. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio López, ex-

Directora-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, a petición del Grupo

Parlamentario Socialista, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas,

propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo

75.3 del Reglamento de la Asamblea).

C-390(X)/2015 RGEP.4321. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio López de

Asiaín, ex-Directora Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid (2013-julio 2015), a

petición del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al objeto de informar sobre venta de

viviendas públicas, propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azona.

(Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

C-400(X)/2015 RGEP.4334. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio López de

Asiain, Directora Gerente del Instituto del IVIMA en 2014, a petición del Grupo

Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto de informar sobre valoración en

la enajenación de viviendas del IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del

Reglamento de la Asamblea).

4.- Comparecencias con tramitación acumulada:

C-385(X)/2015 RGEP.4301. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen Rodríguez, ex-

Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, a petición del Grupo

Parlamentario Socialista, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas,

propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo

75.3 del Reglamento de la Asamblea).

C-389(X)/2015 RGEP.4320. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen Rodríguez, ex-

Director General de la Vivienda y Rehabilitación y Director Gerente del Instituto de la

Vivienda de Madrid (IVIMA) (2011-2013), a petición del Grupo Parlamentario de

Ciudadanos, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas, propiedad del

IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo 75.3 del

Reglamento de la Asamblea).

C-406(X)/2015 RGEP.4340. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen Rodríguez,

Director General de Vivienda y Rehabilitación y Director Gerente del Instituto de Vivienda

de Madrid entre 2011 y 2013, a petición del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad

de Madrid, al objeto de informar sobre valoración en la enajenación de viviendas del

IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2971

5.- C-413(X)/2015 RGEP.4347. Comparecencia de la. Sra. D.ª Matilde García Duarte,

en su condición de Secretaria General Técnica de la Consejería de Transportes,

Infraestructuras y Vivienda en el año 2013, a petición del Grupo Parlamentario Popular,

al objeto de informar sobre adjudicación del contrato de enajenación de 32 promociones

de vivienda del IVIMA. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

6.- Ruegos y preguntas.

SUMARIO

Página

- Se abre la sesión a las 9 horas y 9 minutos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2977

- El punto primero del orden del día tiene carácter secreto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2977

─ C-412(X)/2015 RGEP.4346. Comparecencia de la Sra. D.ª Sonia Martínez

Aguilar, Presidenta de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas

de IVIMA, a petición del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de

Madrid, al objeto de informar sobre valoración en la enajenación de

viviendas del IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del

Reglamento de la Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2977

- Interviene la Sra. Martínez Aguilar, Presidenta de la Asociación de Afectados por la

Venta de Viviendas de IVIMA, manifestando conocer sus derechos y los

apercibimientos legales penales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2977

- Interviene el Sr. Ongil López, exponiendo los motivos de la petición de

comparecencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2978

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Zafra Hernández y la Sra.

Martínez Aguilar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2978-2982

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Ongil López y la Sra. Martínez

Aguilar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2983-2987

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, la Sra. Moya Nieto y la Sra. Martínez

Aguilar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2987-2991

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y la

Sra. Martínez Aguilar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2991-2998

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Zafra Hernández y la Sra. Martínez

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2972

Aguilar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2998

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Ongil López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2999

- Intervienen, en turno de aclaraciones, la Sra. Moya Nieto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2999-3000

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y la Sra.

Martínez Aguilar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3000-3003

Comparecencias con tramitación acumulada:

─ C-386(X)/2015 RGEP.4302. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio

López, ex-Directora-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, a

petición del Grupo Parlamentario Socialista, al objeto de informar sobre

venta de viviendas públicas, propiedad del IVIMA, al fondo de inversión

Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la

Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3003

─ C-390(X)/2015 RGEP.4321. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio

López de Asiaín, ex-Directora Gerente del Instituto de la Vivienda de

Madrid (2013-julio 2015), a petición del Grupo Parlamentario de

Ciudadanos, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas,

propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azona. (Por vía

del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3003

─ C-400(X)/2015 RGEP.4334. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio

López de Asiain, Directora Gerente del Instituto del IVIMA en 2014, a

petición del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto

de informar sobre valoración en la enajenación de viviendas del IVIMA a

los fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la

Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3003

- Interviene la Sra. Gomendio López, ex Directora Gerente del Instituto de la Vivienda

de Madrid, manifestando conocer sus derechos y los apercibimientos legales penales. . . . . . . . . . . . . .

3003

- Intervienen el Sr. Espinar Merino y el Sr. Aguado Crespo, exponiendo los motivos

de la petición de comparecencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3004-3005

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Aguado Crespo y la Sra.

Gomendio López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3005-3009

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Espinar Merino y la Sra.

Gomendio López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3009-3015

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2973

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, la Sra. Moya Nieto y la Sra. Gomendio

López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3015-3022

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y la

Sra. Gomendio López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3022-3027

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Aguado Crespo y la Sra. Gomendio

López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3027-3030

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Espinar Merino y la Sra. Gomendio

López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3030-3032

- Intervienen, en turno de aclaraciones, la Sra. Moya Nieto y la Sra. Gomendio López. . . . . . . . . . . . . . 3032-3034

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y la Sra.

Gomendio López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3034-3035

- Se suspende la sesión a las 11 horas y 52 minutos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3036

- Se reanuda la sesión a las 12 horas y 9 minutos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3036

Comparecencias con tramitación acumulada:

─ C-385(X)/2015 RGEP.4301. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen

Rodríguez, ex-Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, a

petición del Grupo Parlamentario Socialista, al objeto de informar sobre

venta de viviendas públicas, propiedad del IVIMA, al fondo de inversión

Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la

Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3036

─ C-389(X)/2015 RGEP.4320. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen

Rodríguez, ex-Director General de la Vivienda y Rehabilitación y Director

Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) (2011-2013), a

petición del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al objeto de informar

sobre venta de viviendas públicas, propiedad del IVIMA, al fondo de

inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento

de la Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3036

─ C-406(X)/2015 RGEP.4340. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen

Rodríguez, Director General de Vivienda y Rehabilitación y Director

Gerente del Instituto de Vivienda de Madrid entre 2011 y 2013, a petición

del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto de

informar sobre valoración en la enajenación de viviendas del IVIMA a los

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2974

fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . 3036

- Interviene el Sr. Van-Halen Rodríguez, ex Director General del Instituto de la

Vivienda de Madrid, manifestando conocer sus derechos y los apercibimientos legales

penales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3037

- Interviene el Sr. Ongil López, por una cuestión de orden. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3037-3038

- Intervienen, exponiendo los motivos de petición de la comparecencia, el Sr. Zafra

Hernández, la Sra. Espinosa de la Llave y la Sra. Moya Nieto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3038-3039

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Zafra Hernández y el Sr. Van-

Halen Rodríguez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3039-3048

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, la Sra. Espinosa de la Llave y el Sr.

Van-Halen Rodríguez.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3048-3055

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, la Sra. Moya Nieto y el Sr. Van-Halen

Rodríguez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3055-3063

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y el

Sr. Van-Halen Rodríguez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3063-3068

- Intervienen el Sr. Espinar Merino y el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino por una

cuestión de orden. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3068

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Zafra Hernández y el Sr. Van-Halen

Rodríguez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3068-3070

- Intervienen, en turno de aclaraciones, la Sra. Espinosa de la Llave y el Sr. Van-

Halen Rodríguez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3070-3072

- Intervienen, en turno de aclaraciones, la Sra. Moya Nieto y el Sr. Van-Halen

Rodríguez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3072-3074

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y el Sr.

Van-Halen Rodríguez.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3074-3075

─ C-413(X)/2015 RGEP.4347. Comparecencia de la. Sra. D.ª Matilde García

Duarte, en su condición de Secretaria General Técnica de la Consejería de

Transportes, Infraestructuras y Vivienda en el año 2013, a petición del

Grupo Parlamentario Popular, al objeto de informar sobre adjudicación del

contrato de enajenación de 32 promociones de vivienda del IVIMA. (Por

vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3076

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2975

- Interviene la Sra. García Duarte, Secretaria General Técnica de la Consejería de

Transportes, Infraestructuras y Vivienda en el año 2013, manifestando conocer sus

derechos y los apercibimientos legales penales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3077

- Interviene el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino, exponiendo los motivos de la solicitud

de comparecencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3078

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Aguado Crespo y la Sra. García

Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3078-3083

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Candela Pokorna y la Sra.

García Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3083-3089

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, la Sra. Moya Nieto y la Sra. García

Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3089-3096

- Intervienen, en turno de pregunta-respuesta, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y la

Sra. García Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3096-3100

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Candela Pokorna y la Sra. García

Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3100-3102

- Intervienen, en turno de aclaraciones, la Sra. Moya Nieto y la Sra. García Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . 3102-3103

- Intervienen, en turno de aclaraciones, el Sr. Serrano Sánchez-Capuchino y la Sra.

García Duarte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3103-3104

─ Ruegos y preguntas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3104

- El punto de Ruegos y Preguntas del orden del día tiene carácter secreto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3104

- Se levanta la sesión a las 15 horas y 8 minutos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3104

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2976

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2977

(Se abre la sesión a las nueve horas y nueve minutos).

La Sra. PRESIDENTA: Buenos días, señorías. Se abre la sesión. Como primera cuestión

previa, se recuerda, como ya saben, que, conforme al artículo 104 a) del Reglamento de la Asamblea,

las sesiones de las comisiones de investigación no son públicas, excepto cuando se tramiten

comparecencias. Por tanto, el primer punto del orden del día de la convocatoria no será público, por lo

cual ruego a los señores diputados que no sean miembros de la Comisión así como al público

asistente o a los representantes de los medios que se ausenten de la sala durante la tramitación de

este punto. A partir del punto segundo y para la tramitación de las comparecencias, la sesión ya será

pública y, de nuevo, dejará de serlo en el punto final, el de ruegos y preguntas.

Como segunda cuestión previa, se solicita de los señores portavoces de los Grupos

Parlamentarios, de conformidad con el artículo 64.2 del Reglamento de la Asamblea, que anuncien las

sustituciones de diputados en sus Grupos con la finalidad de que consten en acta. ¿Tienen sus

señorías que comunicar alguna sustitución a la Mesa? (Denegaciones).

En tal caso, vamos a proceder al primer punto del orden del día, que es secreto, como había

comentado.

(El desarrollo del primer punto del orden del día tiene carácter secreto).

La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias. A partir de este momento, la sesión pasa a ser

pública. Por tanto, se ruega a los señores ujieres que abran las puertas e invito a incorporarse a la

sesión a los comparecientes, al público asistente, así como a los eventuales representantes de medios

de comunicación y diputados, no miembros de la Comisión que deseen asistir. Pasamos al segundo

punto del orden del día.

C-412(X)/2015 RGEP.4346. Comparecencia de la Sra. D.ª Sonia Martínez Aguilar,

Presidenta de la Asociación de Afectados por la Venta de Viviendas de IVIMA, a petición

del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto de informar sobre

valoración en la enajenación de viviendas del IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del

artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

Se invita a la compareciente a que pase a ocupar su lugar en la mesa. (Pausa.) Con carácter

previo a cada comparecencia, preguntaré a cada uno de los comparecientes en relación con los

derechos que les asisten, así como con los apercibimientos legales que se hacen al mismo, que

constan de forma expresa en el requerimiento escrito que se le ha notificado. ¿Nos confirma, por

favor, que ha leído este escrito y le constan los derechos que le asisten y los apercibimientos legales

penales que le son aplicables?

La Sra. PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS POR LA VENTA DE

VIVIENDAS DE IVIMA (Martínez Aguilar): Sí.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias.

Se hace expresa mención a que las sesiones de la Comisión de Investigación en las que se

celebren comparecencias serán públicas, como decía al principio, a tenor de lo dispuesto en el artículo

104. a) del Reglamento de la Asamblea. Se recuerda que el formato de la comparecencia es el de

pregunta y respuesta, tal y como está explicado en el escrito de requerimiento; hay un turno de

presentación de dos minutos por cada Grupo que haya instado la comparecencia, si así lo desea, y

luego un turno de portavoces de los Grupos de menor a mayor, en el formato pregunta-respuesta, de

quince minutos por cada portavoz. Luego hay un posible segundo turno facultativo, también en

formato pregunta-respuesta, de cinco minutos máximo por portavoz interviniente.

Así pues, voy a abrir el primer turno, de máximo dos minutos, de presentación y

contextualización de la comparecencia por el Grupo que la instó, que fue el Grupo Parlamentario

Podemos. Doy la palabra por tiempo máximo de dos minutos al señor Ongil López.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Gracias. Solo quería dar la bienvenida a Sonia. Gracias por venir aquí,

por pasar este mal trago. Solo quería pedirle que se relaje, que no esté nerviosa, simplemente cuente

todo lo que ha vivido, que es lo que nos interesa. Nos parecía importante que pudiéramos tener una

imagen en primera persona de los costes personales y del sufrimiento que tiene como consecuencia

de muchas decisiones políticas. Además, en su caso, en los últimos años ha hecho un máster sobre

todas estas cuestiones y es una persona perfectamente capacitada para contextualizarnos todo lo que

ha pasado y, sobre todo, también, como decía, para darnos la perspectiva desde el otro lado. No

quiero añadir mucho más, solamente recordar también a los portavoces del resto de Grupos que

entiendan que viene como víctima y como afectada y no como investigada, y espero que simplemente

se la trate con la cortesía que se merece y que prime el “fair play”. Estamos deseando escuchar lo que

ella tiene que contarnos. Muchas gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señoría. Se abre, por tanto, ahora mismo el primer turno de

preguntas y respuestas de los Grupos Parlamentarios de menor a mayor. El diálogo con cada portavoz

durará como máximo quince minutos. Paso a dar la palabra al portavoz del Grupo Parlamentario de

Ciudadanos, César Zafra.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Buenos días, señora Martínez. Bienvenida. Como bien ha dicho

el portavoz del Grupo Parlamentario Podemos, espero que este trago sea lo más llevadero posible.

Desde nuestro Grupo Parlamentario nos gustaría que nos contase, que nos pusiese un poco en

situación sobre lo que ha ocurrido con las viviendas del Ivima, con sus afectados y que nos contase, al

menos un poco por encima, cuáles han sido sus experiencias, cuáles han sido las situaciones que ha

vivido y, sobre todo, que nos haga una foto fija para empezar esta Comisión.

La Sra. PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS POR LA VENTA DE

VIVIENDAS DE IVIMA (Martínez Aguilar): Muy buenos días. Quería agradecer, antes de comenzar,

al Grupo Parlamentario Podemos el habernos citado en esta Comisión para que la voz de los afectados

pueda poner de relieve la gravedad de la venta de vivienda pública en la Comunidad de Madrid. Les

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quería hacer un relato, si me da tiempo, de corte cronológico, que pretende poner de manifiesto cómo

la venta de las 2.935 viviendas públicas de Ivima en julio de 2013 al fondo de inversión Azora

Goldman Sachs, a nuestro juicio, se desarrolló con absoluta opacidad hacia los inquilinos de las

citadas viviendas durante el transcurso de esta licitación; en total fraude de ley, a nuestro entender, y

que posteriormente ha afectado a la cotidianidad de nuestras viviendas.

El 1 de julio de 2013, según pudimos leer en la prensa, durante un desayuno informativo

organizado por Executive Forum, el que era Consejero de Vivienda, Pablo Cavero, anunció que la

Comunidad de Madrid había recibido ofertas de doce inversores privados dispuestos a comprar 32

promociones que se habían puesto a la venta del Plan Joven de Vivienda, del Ivima. El precio base de

esta licitación era de 168.900.000 euros. Como curiosidad, quiero mencionar que el señor Cavero en

ese desayuno informativo remarcó que el Ejecutivo autonómico obtendría ingresos para invertir en

políticas sociales; es decir, vende viviendas sociales, habitadas por gente que las necesita, para

invertir en políticas sociales. Nos parece bastante kafkiano todo esto.

Al conocer esta noticia en los medios, algunos vecinos afectados acudieron a la asociación

de vecinos del PAU de Vallecas ya que un tercio de estas viviendas están ubicadas en ese barrio. En

esta asociación de vecinos, a través de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid,

se intenta conseguir una reunión con los diferentes Grupos Parlamentarios que componen en ese

momento la Asamblea de Madrid y lo consiguen con los representantes de vivienda del Partido

Socialista, Antonio Fernández Gordillo y, de Izquierda Unida, Marisa Moreno. Esa reunión tuvo lugar el

1 de agosto de 2013. Para sorpresa de los compañeros que asisten a esa reunión, conocen a través

de estos dos responsables de vivienda que el 18 de julio de 2013, en medio del proceso de

enajenación de las viviendas, se ha aprobado, por decreto, la modificación de uno de los preceptos

que contiene el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid. Esta

modificación del artículo 18 de ese reglamento dice lo siguiente –cito lo que nos parece más

importante-: “Las viviendas con protección pública para arrendamiento y arrendamiento con opción de

compra podrán ser enajenadas por sus titulares, por promociones completas, de manera parcial,

incluso individualmente y a precio libre, en cualquier momento del periodo de vinculación a dicho

régimen de uso, previa autorización de la Consejería competente en materia de Vivienda, a un nuevo

titular o titulares, siempre que sean personas jurídicas, incluyendo sociedades o fondos de inversión

inmobiliaria, pudiendo retener, si así lo acuerdan, la gestión de las promociones, con la obligación, por

parte del nuevo o los nuevos titulares, de atenerse a las condiciones, plazos y rentas establecidos.”

Esto se hace en medio del proceso de enajenación, un 18 de julio. Después de conocer esto, según

nos informan tanto Antonio Fernández Gordillo como Marisa Moreno, piden el expediente de

enajenación a la Mesa Permanente de la Asamblea y nunca se lo entregan.

A partir de tener conocimiento de todo lo acontecido hasta este momento, se van acercando

más afectados a la asociación de Vallecas, se ponen en marcha asambleas para informar y ver la

manera de encarar este nuevo escenario, pero es a partir del 25 de octubre cuando comienza a acudir

a las asambleas el grueso de afectados, ahora de toda la región. Todos esos afectados llegan porque

recibimos una carta de una notaría, de Antonio Morenés Giles, notario, casualmente ubicada en el

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mismo edificio en el que Azora tiene su sede social: Serrano, 30. Al abrir ese sobre en blanco,

solamente con el sello del notario detrás, observamos que la carta en cuestión tiene el logotipo del

Instituto de la Vivienda de Madrid y en ella se nos informa de que se ha transmitido la propiedad de

las viviendas a Encasa Cibeles S.L. y que esta empresa será nuestro nuevo arrendador. Debo reseñar

que, en esa carta, el espacio correspondiente al CIF de la empresa aparecía en blanco.

A pesar de que la mayor parte de los afectados estaban en régimen de alquiler con opción a

compra, nunca se nos dio la oportunidad de optar a la compra de nuestra vivienda; nunca se nos

ofreció antes.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Disculpe la interrupción, señora Martínez. ¿Nunca hubo oferta

de tanteo?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Nunca. Se nos negó, de hecho. Cuando conocimos la noticia

de que habían vendido las casas, solicitamos al Ivima ese derecho de tanteo y retracto y nos lo

negaron. Decían que se habían vendido por promociones completas y que ese era...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Tiene la comunicación de cuando se negó ese derecho?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí. No la tengo aquí, pero se la puedo facilitar si la necesita.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Se lo agradeceríamos.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Esto es importante también. Ellos nos dicen que no nos

pueden vender las viviendas porque se han vendido promociones completas, pero esto no es cierto

porque en esas promociones hay locales del Ivima que se han vendido anteriormente. La promoción

completa contiene trasteros, locales, garajes, etcétera. Engloba más de 7.000 entre las viviendas y

demás, pero no se incluyen algunos locales porque ya se han vendido antes. No entendemos por qué

no se han ofrecido también las viviendas.

Seguimos. Entendemos que teníamos derecho a compra preferente antes que cualquier otra

entidad física o jurídica porque el Ivima nos repercutía el 4 por ciento de IVA en el recibo del alquiler;

IVA que nunca nos devolvió el Ivima cuando vendió las viviendas, por cierto.

Paralelamente a las asambleas de Vallecas, la Plataforma de Afectados de Vivienda Pública y

Social, la PAVPS, estaba organizando con un grupo de afectados, gracias a su equipo jurídico, un

recurso administrativo contra esta operación. Un error en la publicación del precio final de la

adjudicación por parte de la Administración nos otorgó el tiempo suficiente para poner en marcha en

los juzgados varios contenciosos administrativos con la venta de viviendas; se equivocaron, pusieron

que las habían vendido por 201.000 euros, y entonces se amplió el plazo.

Por aquellas fechas también redactamos cartas a la Defensora del Pueblo, que nos recibió en

varias ocasiones, y hace seguimiento del expediente hasta que, hace poco tiempo, nos comunica que,

al estar en los tribunales, se abstiene de involucrarse en este asunto hasta que estos dicten una

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sentencia. Queremos destacar que la Defensoría ha sido la única institución pública que durante la

mayor parte de este tiempo nos ha escuchado y se ha hecho eco de nuestras legítimas

reivindicaciones, habiendo afirmado que, ante situaciones coyunturales de necesidad de los

ciudadanos, la respuesta de la Administración no puede ser dejar a los ciudadanos en desamparo sino

adoptar una posición activa para atender esas situaciones. Para la Defensora del Pueblo, con el

traspaso de la propiedad de las viviendas a una empresa privada, la situación jurídica de los

arrendatarios ha cambiado drásticamente: una vez que las viviendas están en manos privadas ya no

cabe la aplicación de normas de servicio público. Se ha producido así una privatización total de la

situación jurídica de los arrendatarios, que le perjudica, pues antes estaban más protegidos que

nunca. Queremos dar nuestro más sincero agradecimiento por su trabajo cercano, sensible y humano

con nuestro colectivo.

Denunciamos también en la Agencia de Protección de Datos el proceso de enajenación al

haberse hecho públicos en internet, por parte de Ivima, datos personales de los inquilinos en el

momento de la venta. La Agencia Española de Protección de Datos estableció que se había violado

gravemente la Ley Orgánica de Protección de datos, sancionando a Ivima, cuya multa puede llegar a

alcanzar 300.000 euros. Actualmente Ivima ha presentado recurso contra esta resolución y el asunto

se encuentra en estos momentos en la Audiencia Nacional.

Vamos a la querella. En febrero de 2014, al admitirse a trámite una querella por

prevaricación y malversación de caudales públicos interpuesta por el partido socialista en los juzgados,

decidimos constituirnos como Asociación de afectados por la venta de viviendas para poder

personarnos como acusación popular en la querella. Entendemos que, al margen de batallar en los

tribunales, en las calles y en todos los lugares donde veíamos un resquicio, para poder ser escuchados

y se nos permita reclamar nuestros derechos, hay una responsabilidad de quienes son los gestores de

preservar lo común para el conjunto de la ciudadanía y no para intereses personales o privados.

Estas viviendas han sido construidas con los impuestos de toda la ciudadanía, con un fin

social que no se ha cumplido; muy al contrario, finalmente han sido vendidas a entidades financieras

favoreciendo la especulación. Por tanto, me veo obligada a recordarles que el artículo 47 de la

Constitución Española dice: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y

adecuada. Los Poderes Públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas

pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el

interés general para impedir la especulación. La Comunidad participará en las plusvalías que generen

la acción urbanística de los entes públicos.” Pero lo cierto es que la Comunidad de Madrid lo que ha

promovido ha sido el interés de un particular, Azora-Goldman Sachs, al permitir que compre antes que

los adjudicatarios oficiales las viviendas protegidas de la Comunidad de Madrid.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Disculpe, señora Martínez, me gustaría que nos explicase la

situación actual en la que se encuentran esos afectados, si se les ha subido el precio del alquiler, si se

les ha pedido directamente que se vayan, cómo se les ha tratado una vez que ha habido esa venta.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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La Sra. MARTINEZ AGUILAR: Se dan varias situaciones en este caso, y una de las cosas

más graves es el tema de las ayudas. Una parte de los inquilinos afectados, un 30 por ciento quizá,

percibían una ayuda de la Comunidad de Madrid, por su renta, porque hay gente que no cobra ni

paro, que está cobrando la REMI, etcétera, y esas ayudas tienen una duración de dos años. A mucha

gente no le ha cambiado la situación económica y han ido a renovar esas ayudas y, cuando han ido a

renovarlas, el Ivima les ha dicho que ya no les puede renovar las ayudas porque esas viviendas ya no

son públicas, que son privadas. Lo tengo por escrito en una carta, si lo quiere ver. Esa es una de las

cosas más importantes, pero hay otras.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Disculpe que insista, ¿el precio del alquiler?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: El precio del alquiler no ha variado, pero es que no puede

variar; Tenemos un contrato con Ivima y ellos tienen que subrogarse a ese contrato. Lo que sí que

están haciendo, como no pueden subir el precio del alquiler, es intentar quedarse con las juntas

administradoras. Claro, cuando nosotros nos fuimos a vivir a esa casas, tuvimos que constituir unas

juntas administradoras, que sería como una comunidad de propietarios, una comunidad de vecinos,

dar de alta a todos los suministros, etcétera. ¿Qué pasa? Cuando compra Encasa Cibeles estas casas,

quieren quedarse, anular todas esas juntas administradoras, se constituyen como comunidad de

propietarios, para que nosotros no tengamos ninguna decisión sobre esos suministros, las empresas

de mantenimiento, etcétera, etcétera; con lo cual, sí que te pueden subir la cuota de comunidad, si

quieren.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y se ha subido?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No la han subido porque estamos batallando en los edificios

y, en algunos, en bastantes, no les hemos cedido la junta administradora; de hecho, incluso hemos

denunciado a administradores... Hay un dato muy curioso, y es que a los administradores de fincas

que tenía contratados cada edificio les comunican por carta, el 17 de septiembre, un mes antes que a

nosotros, que esas viviendas se han vendido; a nosotros nos lo comunican el 25 de octubre. Es

bastante curioso esto.

La Sra. PRESIDENTA: Vaya terminando, por favor.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí. Hay otra cosa importante también, y es que el señor

Cavero dijo que el Ivima se ahorraba pagar los impuestos municipales: el IBI, la tasa de residuos

urbanos... Claro, ese IBI y esa tasa de residuos urbanos los está pagando Encasa Cibeles, pero los

está repercutiendo a los inquilinos; es decir, nosotros estamos pagando todos los impuestos de esos

edificios. Gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias. Concluido este turno, tiene la palabra el señor

Ongil, portavoz de Podemos.

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El Sr. ONGIL LÓPEZ: Gracias. A mí me gustaría incidir un poco más en la situación de

antes y después. Veo que el precio del alquiler en sí no ha cambiado pero entiendo que sí cambia la

capacidad de muchos inquilinos de poder pagarlo por la pérdida de ayudas; además, entiendo, por lo

último, que supone una merma en esa capacidad el que se empiece a repercutir tanto el IBI como la

tasa de basuras. ¿Se podría extender un poco más?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí. Para que se entienda, voy a poner uno de los casos que

hemos tenido, aunque hemos tenido bastantes. Por ejemplo, a una vecina mía, que tenía un salario

bastante precario, de pronto le diagnostican un tumor en el pecho, por lo que se da de baja en la

empresa, empieza a cobrar menos y no puede pagar ese alquiler. ¡A mi vecina la desahuciaron el año

pasado! Ese es un ejemplo de las cosas que están pasando. ¡Hay gente que no puede pagar ese

alquiler!

Y hay una cosa más grave todavía. Nosotros tenemos un contrato con Ivima, y Encasa

Cibeles quiere que ese contrato desaparezca de todas, todas; siempre nos insisten en que firmemos

un contrato con ellos, y, claro, si firmamos con ellos, perdemos todos los derechos que tenemos, ¿no?

Pues bien, este verano han ofrecido a algunos inquilinos una rebaja en el alquiler; pero, claro, tenía

trampa: era como una adenda al contrato, en la que se decía que le hacían una rebaja por un periodo

de tres meses, pero lo que no habían leído -porque mucha gente que habita estas viviendas no tiene

estudios, etcétera- es que a los tres meses tenían que pagar el alquiler completo. Es decir, gente que

tenía ayudas, ¡tenía que pagar 500 o 600 euros! Con lo cual, pasados esos tres meses, si no podían

pagar esos 500 euros, que es prácticamente lo que mucha gente cobra al mes, con tres meses que no

pagues el alquiler, te desahucian, y ha habido muchos desahucios aunque Encasa Cibeles diga que

no, otra cosa es que no salgan en los medios de comunicación. Yo a mi vecina le dije si quería ir a

algún medio de comunicación y no quería ir, porque les da vergüenza, ¡les da vergüenza!

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Incidiendo en esta pérdida de derechos, entiendo que al subrogar el

contrato, en teoría se subrogan todos los derechos y todas las garantías, pero parte del alquiler que

estaban pagando, en teoría iba hacia una disminución del precio de compra si se hubiese efectuado

esta opción, ¿cómo lo valora o qué dinero cree que se ha podido perder por inquilino?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Lo que valoramos principalmente es que no entendemos

cómo una vivienda a un fondo de inversión se le vende a 68.000 euros y al inquilino se le vende a

140.000 euros; eso es lo que no podemos entender. Nos parece increíble.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Disculpe que incida, dentro de esas ayudas contaban con una especie

de fondo, digamos, de derecho que disminuiría el precio de compra si se efectuara esta opción, ¿había

muchos de estos contratos que incluían la opción de compra?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Muchos. El 70 por ciento de los contratos incluyen la opción

de compra. Eso es.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Y en el período desde que los inquilinos entran hasta finales de...

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Claro, una parte es el 50 por ciento de lo que luego restaría

de esa opción a compra, que sería como un 20 por ciento del total del precio de la vivienda.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Un 20 por ciento de 68.000 o de 140.000?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: De 140.000.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Entonces, eso son 28.000 euros.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, más o menos. Habría que descontar del precio de

compra. Eso es.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Y esto desaparece?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Entiendo que no. Si ejercemos la opción a compra con

Encasa Cibeles, tienen que respetar esa parte que se está aportando de la cuota del alquiler para ese

50 por ciento pero, claro, el precio de la vivienda cambia porque, cuando íbamos a comprar los pisos,

el módulo estaba al 1,3 o 1,5 y ahora hay que multiplicarlo por dos. El problema ya no es tanto la

opción a compra, es que la gente que está de alquiler, cuando les cumpla el contrato, se tienen que ir

a la calle porque Encasa Cibeles ya puede vender esos edificios. Lo que entendemos es que ellos han

comprado los edificios para venderlos.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Pero de facto le niegan el derecho de retracto y tanteo, con lo cual

no pueden efectuar esa opción. Podríamos decir que supone una merma de esos 28.000 euros de

media.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, sí. Es que si nos hubiesen dejar ejercer el derecho de

tanteo y retracto nos hubiesen tenido que vender los pisos al mismo precio que se los vendieron al

fondo de inversión, a 68.000 euros.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Nos explica un poquito lo de los baremos?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: La verdad es que con los nervios no te lo voy a explicar

muy bien.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Bueno, he entendido que es por dos. A mí me llama la atención que a

los inquilinos se les aplica un por dos, digamos, mientras que a los fondos buitre se les aplica un entre

dos, podríamos decir; se les vende por el doble a los inquilinos y a la mitad a los fondos buitre.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Se les dan bastantes facilidades.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Por qué cree que ha ocurrido esto? ¿No tendría la Administración

más ingresos si se vendiera directamente a los inquilinos?

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Claro que tendrían más ingresos. A nosotros los pisos, no

tengo aquí el contrato pero salían a una media de 120.000 euros o algo así. Hubiesen ganado justo el

doble de lo que han ganado vendiéndoselo a un fondo de inversión. De hecho, se ha perdido el

dinero. Hay un informe de la Cámara de Cuentas de 2013 que dice que con esta operación se han

perdido 98 millones de euros de dinero público.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Más el dinero que ha perdido cada uno de ustedes con todas las...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Eso es.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Volviendo al tema de los desahucios, no sé si hay algún otro tipo de

coste humano, personal, si se ha sentido de alguna forma amenazada, si ha habido algún tipo de...

No sé, si ha cambiado su situación personal.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Lo que está pasando en algunos edificios es que se están

produciendo ocupaciones mafiosas. La verdad es que nos llama bastante la atención que Encasa

Cibeles... Ayer hubo un desahucio en mi edificio de una legal adjudicataria; por tanto, veo que no

tienen ningún problema en desahuciar –y va bastante rápido- a gente que no puede pagar y, sin

embargo, hay mafias que ocupan edificios hasta en un 80 por ciento y que hacen imposible la

convivencia en ese edificio. Los legales adjudicatarios sienten miedo de vivir ahí; o sea hablamos de

cosas bastante importantes. ¡Y, contra esa gente no se hace nada!, eso es lo curioso. Nos estamos

llegando a plantear si lo que quieren es que se vayan los legales adjudicatarios y cuando se vacíen los

edificios de esos legales adjudicatarios desalojar a las mafias y venderlos, pero hay edificios en los

que es imposible la convivencia, imposible; hay gente amenazada, que ha puesto denuncias en

comisaria. No es en todos, pero en unos cuantos sí.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Volviendo al tema de los administradores, entiendo que, de alguna

forma, al obligarles a ustedes el Ivima a entrar en estas, digamos, juntas de vecinos, esto supuso una

forma de aunar esfuerzos de los inquilinos sintiendo que esto es así. Me gustaría que explicase un

poquito más lo que ha dicho antes sobre los administradores.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Creo que a los administradores les intentaron convencer –es

el caso del que estaba en nuestro edificio- diciéndoles que le iban a dar más trabajo, más

comunidades... Al final, son empresas. Y les pusieron de su parte; de hecho, nosotros a nuestro

Administrador lo tenemos denunciado en los juzgados; entregó toda la documentación de la

comunidad de vecinos a Encasa Cibeles, cuentas bancarias todo, absolutamente todo.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Y no tienen acceso a eso?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No tenemos acceso a eso; no tenemos acceso, y le hemos

denunciado por eso, precisamente, no tenemos ninguna documentación de la comunidad,

contratamos otro administrador, estamos en los tribunales intentando recuperar esa documentación y,

bueno, el día 20 de octubre pasado fue a declarar y estamos a espera de la resolución.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2986

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Hay algo más que le gustaría añadir o que se haya quedado

pendiente?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pues, quizá muchas cosas, pero eso, con los nervios...

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Tómese un segundo, si quiere.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Poco más. Entendemos que se ha cometido una ilegalidad y

vamos a seguir en los tribunales hasta el final, aunque quedemos diez personas con ese contencioso,

con esa querella penal.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Cuál es el estado de la querella y las perspectivas que tiene?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Bueno, pues la querella hace un par de semanas se volvió a

activar en los tribunales, el Ministerio Fiscal ha solicitado una serie de pruebas bastante concretas,

relaciones entre Pablo Cavero, que era el Consejero de Vivienda, con una Sicav que le gestiona

Golmand Sachs.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿A quién hace usted responsable? Pues eso lo decidirán los

tribunales.

La Sra. MARTINEZ AGUILAR: Pues eso lo decidirán los tribunales. Yo entiendo que los

responsables son los que en ese momento tenían un cargo relacionado con la vivienda.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Ha llegado usted a hablar con alguno de estos responsables?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¿Ni nadie de su asociación?

La Sra. MARTINEZ AGUILAR: Sí. Se han mantenido reuniones con Ana Gomendio, pero,

sobre todo, por el tema de los desahucios, para intentar frenar esos desahucios, porque hubo una

oleada bastante fuerte el año pasado, y se frenaron muchos.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Entiendo que las ayudas del Ivima se daban por un periodo de dos

años, pero no a todo el mundo se le había concedido la ayuda en el mismo momento.

La Sra. MARTINEZ AGUILAR: No, claro.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Entonces, la gente va perdiendo paulatinamente la capacidad de

pagar.

La Sra. MARTINEZ AGUILAR: Hay un grueso de ayudas que se concedieron y finalizaron

en marzo de este año, me parece; no en marzo de este año no, en marzo de 2014.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

2987

Nosotros, desde la Asociación, es cierto que aconsejamos a la gente que, ya que el Ivima no

renueva estas ayudas, siga pagando el alquiler con el importe que pagaba cuando tenía esas ayudas;

o sea, que no dejen de pagar, pero que al menos paguen eso. Claro, el importe total no lo pueden

pagar, porque ya le digo que veces el importe del alquiler es más de lo que cobran mensualmente. La

gente vive en unas situaciones críticas. Hay gente que no puede poner la calefacción, que hace acopio

de mantas, que envuelve a sus hijos en tres mantas en la cama -que no se pueden ni mover- porque

no tienen dinero. Estamos hablando de gente que está en riesgo de exclusión social; son viviendas

sociales.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Lo podemos dejar aquí. Muchas gracias. Gracias, Sonia, por venir.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Tiene la palabra la portavoz del Grupo Socialista, señora

Moya.

La Sra. MOYA NIETO: Gracias, señora Presidenta. Señora Martínez, bienvenida a esta

Comisión, y gracias por su presencia aquí y por la información que nos ha facilitado.

Querría plantear la posición de nuestro Grupo antes de hacerle algunas preguntas, porque

su relato nos reafirma en lo que ya sabíamos, en la opinión que tenemos de todo este proceso y en

las consecuencias que ha tenido para todos ustedes; un proceso en el que está claro que esa

deseable y necesaria transparencia ha brillado precisamente por su ausencia de cara a todo el mundo,

pero especialmente de cara a ustedes, que son los directamente afectados. Nosotros creemos que si

esta enajenación carece de todo sentido económico -¡absolutamente!-, que es reprobable, condenable

y además denunciable –prueba de ello es que mi Grupo Parlamentario presentó una querella en el año

2014 al respecto-, no es menos reprobable la actitud que la empresa Encasa Cibeles está teniendo

con todos ustedes, al margen del proceso de enajenación, que ya de por sí tiene bastante enjundia la

forma en que se realizó.

El señor Cavero manifestó varias veces en esta Asamblea, en la Cámara, que los derechos y

deberes de los inquilinos no se verían afectados. Supongo que usted lo sabe, porque lo ha dicho

reiteradamente. Nosotros sabíamos que no era así –también se lo decíamos- y que eso les afectaría

negativamente a ustedes. Y, si me lo permite, voy a recordar –porque coincidimos totalmente- unas

críticas, que son las que ha hecho el Defensor del Pueblo de esta venta de viviendas. Dice el Defensor

del Pueblo que, aunque la relación contractual sigue siendo la misma, con la venta se ha producido

algo que es trascendental: el arrendador pasa de ser una persona jurídico-pública a ser una sociedad

mercantil. Esto lo digo en referencia a los derechos en los que ustedes han sido afectados, algo que

no es irrelevante, a nuestro juicio, porque los objetivos de ambos son distintos: una sociedad

mercantil, lógicamente, tiene un ánimo de lucro, cosa que es legítima y nosotros no cuestionamos

siempre que se haga dentro de la legalidad, y el Ivima no es un mero promotor de viviendas, es todo

lo contrario, es un órgano que, en el marco de las competencias de la Comunidad de Madrid, tiene

que facilitar el acceso a la vivienda a aquellas personas que no pueden acceder al mercado libre. Y,

una vez que las viviendas están en manos privadas, desde luego, ya no cabe la aplicación de normas

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de servicio público que existían anteriormente; eso es indudable. Por tanto, a nuestro juicio, esta

venta ha sido claramente perjudicial –reitero- para ustedes.

Expresada nuestra posición general sobre el tema, y aunque usted ya nos ha relatado

alguno de los hechos que se han venido sucediendo desde que se produjo la venta, la información

que tenemos –creo que coincide con lo que usted dice- es que en diciembre de 2013, es decir,

prácticamente un mes después -no sé si ha dicho usted octubre; igual estoy yo equivocada, pero el

dato que tenía era diciembre-, ¿los inquilinos ya empezaron a recibir cartas de Encasa Cibeles

avisándoles de que debían pagarles el alquiler a ellos?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: El 25 de octubre.

La Sra. MOYA NIETO: El 25 de octubre. A partir del Decreto 59/2013, que se publica en

julio, que permite vender las viviendas con el plazo de un año a partir de la calificación, se rebajan los

años que existían anteriormente; es decir, en medio del proceso se cambian las reglas del juego. Y,

con esto, tiene usted constancia de que inmediatamente empezaron a avisar a todos los inquilinos, a

todos los arrendatarios con opción a compra, para que se procediera a esa venta de manera

inmediata, puesto que se podían vender todas a partir de ese decreto. ¿Es así?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¿Que si nos comunicaron que podíamos comprar las

viviendas? ¡Nunca! ¡Jamás!

La Sra. MOYA NIETO: ¿Nunca les ha dicho Encasa Cibeles que podían comprar las

viviendas?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No.

La Sra. MOYA NIETO: ¿No? Es que nosotros tenemos noticias de que pretendían venderlas

–eso lo ha dicho usted- por el doble del precio que pagaron al Ivima.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¡Claro, cuando cumpla el contrato de cada promoción!

La Sra. MOYA NIETO: Claro, pero con ese decreto que se produce en julio, cambia esa

posibilidad; con lo cual la inmensa mayoría o prácticamente todas las promociones ya tienen un año.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pues no nos dan opción a compra hasta que no cumple

nuestro contrato.

La Sra. MOYA NIETO: Entonces, nos consta a nosotros que en promociones como, por

ejemplo, la Ventilla, intentaron vender los pisos por el doble sin respetar el precio que existía en el

contrato. Eso sí se ha producido.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Claro, lo que pasa es que esas promociones de Ventilla

fueron las primeras que se entregaron y ya cumplía el plazo de ese contrato.

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La Sra. MOYA NIETO: En 2014 cumplía ese contrato.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Exacto; es que hay promociones que se entregaron en

2007, me parece que fueron las primeras o algo así.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Encasa Cibeles no está aplicando el año que cambió el Decreto

59/2013?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No, a nosotros nos da la opción a compra justo tres meses

antes de que cumpla el contrato.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Es cierto que algunos inquilinos tienen problemas para materializar

esas compras o que hay casos en que no se giran los recibos a los inquilinos y los inquilinos no

quieren comprar por el precio que Encasa Cibeles plantea y que tienen que depositar esos alquileres

en un juzgado?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, eso ha sucedido en Ventilla. No le puedo dar muchos

datos porque lo lleva un abogado que contrataron, pero eso ha sucedido en las de Ventilla.

La Sra. MOYA NIETO: Usted se ha referido también a los inquilinos que tienen ayudas de

la Comunidad de Madrid. A nosotros nos consta -y no puedo calificarlo de anecdótico porque es

mucho más grave que eso-, a nosotros nos han llegado denuncias de este tipo, de que, en algunos

casos, representantes o comerciales de Encasa Cibeles les dijeron que se iba a poner fin a esos

privilegios y que ellos no eran una ONG. ¿Tiene usted constancia de esto?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Exacto. De hecho, en la primera reunión que hubo en la

Asociación de Vecinos de Vallecas, Enrique Villalobos se reunió con ellos y les dijeron que ellos no

eran una ONG y venían aquí a hacer negocio.

La Sra. MOYA NIETO: Sabemos que en algunas promociones, en Móstoles, por ejemplo,

los nuevos propietarios han incrementado los gastos de comunidad por supuestos nuevos servicios

que antes no existían, y se da la paradoja de que nuevos inquilinos, que no proceden del Ivima sino

que son viviendas alquiladas por Encasa Cibeles, se les dispensa de esos gastos de comunidad,

incluso se les cobra un precio de arrendamiento inferior. ¿Sabe usted que esto se esté produciendo?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, eso es así. Ellos, en el recibo del alquiler que cobran les

incluyen todo en teoría; aparte del IBI que decíamos antes, la comunidad, pero sí que es cierto que,

en algunos casos, el importe de ese alquiler es más bajo que el de los legales adjudicatarios del

Ivima.

La Sra. MOYA NIETO: Es decir, tienen un mejor tratamiento los inquilinos que no proceden

del Ivima.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Los que tienen contrato con Encasa Cibeles.

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La Sra. MOYA NIETO: Los que tienen contrato con Encasa Cibeles. Esto da la impresión,

desde luego, de que estamos ante un “mobbing” inmobiliario, creo que de gran calado. ¿Puede estar

dentro de ese “mobbing” inmobiliario esa ocupación ilegal que usted dice que no se toman medidas

sobre ella? Nos ha llegado que no se toman medidas de ningún tipo para acabar con ella, ¿cree usted

que puede tener el objeto de que los adjudicatarios legales, por decirlo de alguna manera, tengan que

verse obligados a huir de esos edificios para evitar así la venta de esas viviendas?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pues eso es lo que entendemos o lo que creemos. No lo

podemos afirmar, pero es lo que parece.

La Sra. MOYA NIETO: Ha hecho usted referencia al administrador de su finca. ¿Podría

darnos usted el nombre de ese administrador, si es posible?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Creo que se llama Diego Martínez; la empresa se llama

Agrupa.

La Sra. MOYA NIETO: Y, por último -voy terminando, señora Presidenta-, quería resaltar y

preguntarle respecto a un asunto que, a nuestro juicio, parece que demuestra con bastante claridad la

connivencia que hay entre Encasa Cibeles y el Ivima, ¿no? Porque el 20 de febrero de 2015 –ya digo,

si mis datos no están mal, porque, a veces, con tantas fechas acabamos perdiéndonos un poco todos.

La Comunidad de Madrid publicó unas bases reguladoras de ayudas al alquiler, dos meses antes de

las elecciones autonómicas.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: Nosotros tenemos noticias de que dieciséis días antes de que se

publicasen las bases, Encasa Cibeles se dirigió a algunos vecinos por escrito, ofreciéndose para

tramitar la concesión de esas ayudas y relatándoles toda la documentación que se requería.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Efectivamente.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Y coinciden exactamente? ¿Coincidían exactamente con las bases

publicadas dieciséis días después?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Efectivamente.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Esto es cierto?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Eso es cierto.

La Sra. MOYA NIETO: Es decir, se puede deducir que Encasa Cibeles tenía una información

privilegiada que no había llegado al común de los mortales.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pero es más, le digo: es que en la página de la Comunidad

de Madrid, después de haber vendido ya las viviendas, se ofertan esas casas en alquiler con opción a

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compra en mi edificio. Lo tengo aquí impreso (Mostrando un documento.): “Gestora Encasa Cibeles,

Portal Vivienda de la Comunidad de Madrid.” No entendemos, si se han vendido esas casas, por qué

esto está en la página de la Comunidad de Madrid ofertando esos alquileres. Esto y otras muchas

cosas, ¿no?

La Sra. MOYA NIETO: Es sorprendente.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: Yo no sé si usted querría añadir algún dato más que pudiera ser

ilustrativo de lo que, a nuestro juicio, es esa connivencia sobre este tema, como el dato que ha

aportado, por ejemplo, de que esté en la página de la Comunidad de Madrid.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Bueno, pues en relación a eso, también comentar que sí

que es cierto, como decíamos antes, que ha habido reuniones con Ana Gomendio y con Borja

Carabante para intentar frenar desahucios y alguna relación tiene que a haber porque esos

desahucios se han frenado. Tiene que haber alguna relación entre Encasa Cibeles y el Ivima. Si el

Ivima se ha desentendido completamente de las viviendas, no tendría por qué mediar, ¿no? Pero eso

se ha producido y se han parado todos esos desahucios.

La Sra. MOYA NIETO: Bueno, pues celebremos que se han podido parar al menos esos...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, pero hay una relación entre la empresa y el Ivima.

La Sra. MOYA NIETO: Bueno, pues, por nuestra parte, nada más. En todo caso, después,

en el último turno, si acaso, le preguntaríamos algo más. Muchísimas gracias, señora Martínez.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señora Moya. Doy paso al portavoz del Grupo Popular, don

Alfonso Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Buenos días. Muchísimas gracias, señora

Presidenta, y muchas gracias, señora Martínez, por su presencia. Nos pedía el señor Ongil “fair play”,

porque usted no es investigada sino que viene como afectada. Mi Grupo va a tener “fair play” con

todos los comparecientes que vengan... (La Sra. MOYA NIETO: ¡No se oye!) Perdón. ¿Ahora se oye?

(Asentimiento.) Decía que nos pedía “fair play”, y yo voy a tener “fair play” con todos los

comparecientes que vengan a esta Comisión porque creo que, al margen de opiniones que tengamos

sobre los diferentes casos, yo creo que eso es justo en una Comisión Parlamentaria.

Como lo que se está investigando aquí es un caso sobre la gestión del Partido Popular,

permítame, con el máximo respeto a la compareciente y a la Mesa, simplemente hacer una pequeña

reflexión inicial por parte de mi Grupo de todo lo que está ocurriendo aquí. Quería decir que el Partido

Popular tiene un compromiso de tolerancia cero con la corrupción y de absoluta transparencia. No nos

hemos opuesto a la creación de esta Comisión ni nos opondremos en ninguna comparecencia porque

no tenemos nada que esconder. Creemos que, quien haya obrado obedeciendo a intereses espurios,

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quien se haya alejado de la noble obligación de servicio público, que no es otra que servir a los

ciudadanos y servir al interés general, debe pagar con toda las consecuencias. Que ha sido también

este partido quien más ha impulsado medidas de regeneración y de lucha contra la corrupción en los

últimos años. Porque, obviamente no se puede deshacer lo hecho ni los errores deshacerlos, pero sí

tenemos la obligación de impulsar medidas que impidan que hechos como algunos conocidos se

repitan, y, si suceden, que la justicia tenga los medios para perseguirlos de manera más eficaz y

contundente. Pero afirmar esto es perfectamente compatible con sospechar o denunciar nuevamente

que lo que aquí iniciamos hoy pueda parecer una causa general vestida de comisión de investigación.

Sé que a mis compañeros portavoces no les gusta esta expresión, ni cuando se compara con

aquellos procesos inquisitoriales en los que el sospechoso no sabía de qué se le acusaba y el tribunal

obraba con opacidad e interés al ser juez y parte. El tiempo dirá si nuestros prejuicios iniciales, que no

temores, son infundados o no. Lo que es evidente es que nunca ha existido una Comisión en la que

no se conozcan los términos de la misma, los casos a los que afecta o el desarrollo que va a tener;

solo sabemos lo que vamos a trabajar de aquí a las Generales. Y nunca ha habido una Comisión de

Investigación en la que las prisas de algunos Grupos por el encaje temporal de la misma estén por

encima de hacer las cosas bien de manera rigurosa y seria; pero esto no ha sido óbice para que mi

Grupo Parlamentario no haya puesto ningún impedimento para que hoy estemos aquí, empecemos

con normalidad y nos ajustemos a las normas. Es, sin duda, responsabilidad de todos los que estamos

aquí, de esta Comisión, que los madrileños vean que aquí hay compromiso serio con el

esclarecimiento de los hechos, con la verdad y con la responsabilidad política, y no una herramienta

de ataque al adversario o un espectáculo mediático. Vamos a trabajar desde mi Grupo en este

sentido, con respeto a esta Comisión, a sus integrantes y a los comparecientes. El Grupo Popular va a

colaborar no solo con la justicia, como siempre hacemos, sino para que esta Comisión haga un buen

trabajo y sea útil a la Cámara y a los madrileños. Lo que no va a permitir este Grupo ni este portavoz

es que se ponga en duda, sin prueba alguna, la honradez de mi partido ni la legalidad de las

decisiones legítimas que tomaron los Gobiernos anteriores en el marco de sus competencias. El

Partido Popular cuenta con el respaldo de más de un millón de madrileños, personas trabajadoras,

honradas, que quieren lo mejor para su región, como son los más de 90.000 afiliados o los cerca de

mil concejales que trabajan, muchos sin sueldo, para mejorar la calidad de vida de sus vecinos.

Pueden estar seguros todos ellos y el resto de madrileños de que este Grupo va a ser tan beligerante

contra la corrupción como con aquellos que pretendan sembrar un halo de duda general sobre un

partido que, con errores y aciertos, ha contribuido a la prosperidad de esta región, ha extendido los

ámbitos de libertad de los madrileños y está comprometido con la mejora de nuestra democracia.

Dicho eso -y muchísimas gracias por habérmelo permitido-, entro en la cuestión que, gracias

a Podemos, nos ha traído su comparecencia, señora Martínez. Quiero decir una cosa muy claramente:

yo entiendo que haya quien ha querido entrar a valorar esta acción de gobierno; una acción de

gobierno que, desde luego, mi Grupo considera transparente, limpia, y ya veremos en las próximas

comparecencias al respecto. Aquí se han hecho muchísimos juicios de valor, incluso se han hecho

algunas acusaciones que, obviamente, habría que valorar. Usted incluso ha llegado a decir ahora

mismo que una realidad es la connivencia entre el Ivima y la empresa adjudicataria por el hecho de

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que el propio Ivima o responsables políticos estaban ayudando a los inquilinos para que no fueran

desahuciados; es decir, ¡si la Comunidad no ayudaba, porque no ayudaba y, si ayuda, es porque hay

connivencia! Hay muchos juicios de valor; pero, ¿la cuestión cuál es? Que aquí se puede hablar de

todo eso; de hecho, ya hemos hablado de todo eso: de si era pertinente este proyecto, de si unos son

más buenos y otros son más malos... Ha habido comparecencias en la pasada Legislatura, preguntas,

peticiones de información, que han sido sustanciadas durante toda la Legislatura... Es decir, el juicio

político y parlamentario sobre este tema ya tuvo lugar y el veredicto de la gestión del Partido Popular

ya fue emitido por los ciudadanos el pasado 24 de mayo, dándonos nuevamente su confianza. Pero es

que hoy no estamos aquí para hablar de esto; hoy no estamos aquí -con el máximo respeto, le digo, a

su presencia- para hablar de la idoneidad de un proyecto o de una acción de gobierno sino para

hablar de la honorabilidad y del buen hacer de cargos de la Comunidad de Madrid y de funcionarios,

lo cual es un tema muy serio. Entonces, en ese punto yo me tengo que ceñir al tema que nos ocupa

aquí y, por eso, señora Martínez, antes de nada yo le tengo que preguntar si usted, al margen de la

opinión que tenga -que yo la respeto, ya se lo digo, profundamente- como afectada por uno de esos

inmuebles, tiene alguna información que aportar a esta Comisión de Investigación sobre Corrupción,

más allá de su opinión sobre si le parece correcta o no la operación de enajenación. Muchísimas

gracias.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No se trata de que me parezca correcta o no me parezca

correcta, y no es una opinión. Lo que he intentado hacer es un relato de cómo todo esto ha afectado

a las vidas de estas personas. De lo que se ha olvidado su Gobierno es de que, cuando vendieron

esos pisos, los vendieron con gente dentro; o sea, ¡vendieron inmuebles con personas incluidas y han

dejado a esas personas a la deriva! Y no es una opinión, es un hecho.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Aunque no estemos de acuerdo, podemos

hablar de eso, incluso podemos llegar a discrepar sobre si se ha dejado a la deriva o no, porque yo

creo que la Comunidad de Madrid –y creo que hay datos al respecto- no ha dejado a ninguna familia

que estuviera en riesgo de exclusión social abandonada ni en la calle. Usted lo podrá confirmar. Pero

es que no estamos hablando de eso, estamos hablando de que esta es una Comisión de Investigación

sobre Corrupción, sobre posibles casos de corrupción y, cuando se habla de corrupción, usted, yo y

cualquiera de los que estamos aquí sabemos de lo que estamos hablando, sabemos qué queremos

decir o sabemos qué queremos inducir que puede haber estado pasando. ¡Esta es nuestra obligación

aquí! Yo estaría encantado de tratar esto en cualquier otro foro; y, si quiere, luego seguimos y

hablamos de alguna otra cuestión, pero el objetivo principal de esta Comisión es investigar si ha

habido corrupción, si la gente que ha obrado... Usted podrá decir que ha sido una mala operación o

no; usted podrá decir que han sido malos o no han tenido corazón porque han abandonado a la

gente, que ya le digo que no estoy de acuerdo con eso, pero este no es el objeto. Mi pregunta es si a

usted le consta que haya alguien que se haya corrompido, que haya obtenido algún beneficio espurio

por esta operación. Ya le digo que, desde el punto de vista legal, hoy todo parece conforme al

Reglamento y conforme a ley. Mi pregunta es esa; es decir, si usted conoce algo que aportar a esta

Comisión de investigación sobre la Corrupción. Ya le digo que de momento no voy a entrar... Antes de

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entrar en esas cuestiones, quiero saber si usted conoce algo que pueda aportar aquí que sea útil y

esclarezca alguna duda que pueda surgir al respecto.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Lo único que le digo a ese respecto es que eso lo tiene que

dictaminar un juez, serán los tribunales los que tengan que decir eso. En todo caso, no voy a hacer

una afirmación...

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No, no, por supuesto. Nadie le pide una

afirmación. Lo que digo es si usted tiene alguna prueba. Es más...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¡Claro que tenemos pruebas!

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿De corrupción?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¡Claro!

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿De que alguien se haya enriquecido de eso?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Bueno...

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Puede decirlas aquí o llevarlas a un juzgado.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pues en el juzgado están.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿En el juzgado están?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¡Claro!

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿De corrupción? Porque lo que hay es una

imputación por malversación...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Hay una querella por malversación de caudales y

prevaricación.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí, sí; pero de ahí a decir que... Dictar una

orden que pueda ser injusta o que se haya hecho una malversación de fondos públicos porque usted

cree que se haya obrado mal... De ahí a decir que alguien ha obtenido un beneficio espurio por una

acción política en el marco de la ley va un trecho. Y es más: yo estoy de acuerdo con usted. Usted lo

acaba de decir. Yo he tratado de convencer a mis compañeros durante los últimos meses. Es decir,

nosotros creemos que la verdad es la verdad judicial. De hecho, si alguien tiene que decidir si ha

habido corrupción política, es un juez. No obstante, estamos aquí para ver si podemos esclarecer

alguna cosa más, pero en el marco de la corrupción política.

Por lo tanto, ya le digo: si estuviéramos circunscribiéndonos al objeto de esta Comisión,

evidentemente, oiga, su comparecencia es muy respetable, como le digo, pero no arroja luz al

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respecto. Arroja luz en otro aspecto, pero no al objeto de esta Comisión, que es averiguar si ha

habido corrupción política en un tema como el del Ivima. Ya le digo que, por respeto a sus palabras y

a su presencia... Yo podría decir aquí que puedo tratar de ponerme en su piel. Mentiría, porque no

creo que sea difícil, sino imposible que cualquiera de los que estamos aquí se pueda poner en la piel o

imaginarse lo que ha vivido gente con dificultades y verdaderos dramas como los que han pasado

algunos de ustedes. No lo voy a decir, porque lo entiendo, pero me gustaría hacer algunas

apreciaciones respecto a lo que usted ha afirmado.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: De todas formas, si me permite...

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí, por supuesto.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Entiendo que la responsabilidad judicial es una y la política

es otra.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: De corrupción.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Y esta Comisión entiendo que es para derivar la

responsabilidad política, además de lo que los jueces dicten en un tribunal. Son dos responsabilidades

distintas.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Claro, por supuesto; responsabilidad política

sobre posible corrupción.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, claro, por supuesto.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Claro, que es de lo que estamos hablando aquí.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Claro, claro, en la Comisión.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Es decir, la responsabilidad política sobre si uno

ha gestionado bien o mal la deciden ustedes, los ciudadanos, con su derecho a voto, y deciden si este

Gobierno ha obrado bien o mal. Entonces emiten su veredicto y ahí se deriva esa responsabilidad

política en torno a la gestión.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No creo que sea solo con el derecho a voto.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No, no, por supuesto. ¡Hombre!, y durante los

cuatro años. Pero esa es la mejor manera y esa es la más clara de todas. Ustedes ahí pueden... No

hay mayor poder que el del voto. Es el que quita y pone malos y buenos gobernantes.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Sí, pero no hay que esperar cuatro años si las cosas no se

han hecho bien.

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El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No. Para eso están los procesos judiciales, por

supuesto que sí; para derivar...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Claro, y también las Comisiones, que tampoco están mal.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pero, bueno, no nos vamos a enrollar, porque

ya le digo que ese no es el tema.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Muy bien.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Usted ha dicho una cosa aquí, y algunos de los

comparecientes: que se han cambiado las reglas del juego a mitad de camino. Dice que es el decreto

de 2013 el que permite la enajenación de viviendas, y yo quiero recordarle aquí el decreto 11/2005,

que paso a leer. Dice: “Las viviendas con protección pública para arrendamiento calificadas

definitivamente podrán ser enajenadas por sus promotores, sean públicos –el Ivima- o privados, por

promociones completas y a precio libre, en cualquier momento del periodo de vinculación a dicho

régimen de uso, previa autorización de la Consejería competente en materia de vivienda, a nuevos

titulares, incluyendo sociedades o fondos de inversión, pudiendo retener, si así lo acuerdan, la gestión

de las promociones, con la obligación por parte de los nuevos titulares de atenerse a las condiciones,

plazos y rentas máximas establecidas, subrogándose en sus derechos y obligaciones”. Es decir, esa

realidad que ustedes dicen que se cambia en 2013 es de 2005. ¡De 2005! ¿Qué estamos diciendo?

¿Que en 2005 una mente perversa dice: “Vamos a hacer una operación en 2013”, y ya empezamos a

prepararla en 2005? No se cambiaron las reglas a mitad de camino; lo que ocurre, entre otras muchas

cuestiones, en 2013 –y corríjame si me equivoco-, es que una de las cosas que se hace es ampliar el

margen en el decreto de 2013 para que el alquiler con opción a compra no sea exclusivo de jóvenes

menores de 35 años, sino que se amplíe a nuevos segmentos de población que están castigados por

la crisis y que son mayores de 35 años. Pero estará usted de acuerdo conmigo en que este caso

concreto no se cambia en julio, porque esto ya es de 2005. ¿Estamos de acuerdo o no?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Yo quizá no le pueda informar de eso, pero es lo que nos

comentaron los responsables de vivienda, repito, Antonio Gordillo y Marisa Moreno, del Partido

Socialista y de Izquierda Unida, respectivamente.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pues ya les digo que Antonio Gordillo y Marisa

Moreno, con todos mis respetos, quizás no le contaron toda la información, porque ya le digo que

había una norma del año 2005. Es más, que esto no es una cosa del PP, que somos gente malísima.

Oiga, que hay una norma, un decreto del año 2005, nacional, que dice: Titulares de la vivienda

protegida para alquilar, podrán enajenarla nuevos titulares siempre que se trate de sociedades que

incluyen en su objeto social el arrendamiento, incluyendo sociedades o fondos de inversión.” Este es

un decreto del Ministerio de Vivienda, del año 2005, que firma la Ministra Trujillo, y que luego, en el

2007, mantiene la Ministra Chacón. Y yo no estoy censurando eso, lo que estoy diciendo es que el

hecho de que una empresa pública de vivienda, es decir, un instituto como el Ivima, o cualquier

empresa pública de vivienda, venda promociones completas a terceros, incluyendo fondos de

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inversión, siempre y cuando se respeten los derechos de los inquilinos, es algo que está permitido por

la ley y que no tiene nada que ver con una ideología, y lo importante aquí es que, efectivamente, lo

que dice la ley se cumpla. Entonces, entrando en esa cuestión, yo lo que quería preguntarle es: ¿de

cuántos casos, por ejemplo, estamos hablando cuando usted dice que no se están incumpliendo esos

derechos y obligaciones? Porque usted ha dicho que no les han subido la comunidad, que no les han

variado el alquiler.

La Sra. PRESIDENTA: Vaya terminando, por favor.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO ¿Usted sabe de gente que paga más o incluso

menos que antes? Creo que ha dicho que hay gente que paga menos. Había contestado a la señora

Moya que había gente que pagaba menos que antes.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No. Bueno, los nuevos.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¡Ah! Pero de los anteriores, ¿hay alguno que

pague más de lo que pagan ahora?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pues, mire, a quien no le hayan renovado la ayuda, tendría

que pagar el alquiler completo.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Claro, es que eso es otra cuestión.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No, no, no. Eso no es otra cuestión.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Vamos a ver. Usted tiene un contrato en el que

viene una cantidad que tiene que pagar, y luego, aparte, hay una subvención.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Exacto.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pero en su contrato lo que pone es una

cantidad, y esa cantidad es la de su contrato. Esa subvención, que es revisable cada dos años es una

merma, por decirlo de alguna manera, del precio que usted tiene que pagar, pero en su contrato

usted tiene que pagar la cantidad equis.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¿Pero esa subvención, por qué se concede? ¿Porque son

casas de Ivima?

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Claro, porque son casas del Ivima, ciertamente.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: ¡Ah! ¿No?

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí, sí, exacto. Porque, primero, esa subvención

está fijada a casas del Ivima, pero está vinculada a unas circunstancias de renta, y se renueva cada

dos años. Estamos de acuerdo en eso, y yo le estoy diciendo eso.

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La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Mire, si me permite, le leo solo...

La Sra. PRESIDENTA: Es su última intervención. El señor Serrano Sánchez-Capuchino ha

terminado.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¡Ah!, vale. Perdón.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Solo un párrafo. Esta carta, que está firmada por Isabel

Pinilla, Directora Gerente de la actual Agencia de Vivienda Social, se la remite a una inquilina que

solicitó esta renovación de ayuda, y dice: “En primer lugar, indicarle que hemos revisado su situación

y verificado las condiciones de su contrato. Lamentablemente, no podemos atender su solicitud de

reducción de renta al no ser ya la vivienda que ocupa titularidad de la Agencia de Vivienda Social.”.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí, sí, si estamos de acuerdo. Nadie le está

diciendo que no. Lo que le estoy diciendo es que...

La Sra. PRESIDENTA: El tiempo ha terminado. Ahora tenemos otro turno.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Si me quedan 20 segundos... Solamente es una

pregunta, pero, bueno, la dejo para la siguiente intervención, perfecto. Gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Vamos a dejarlo para el segundo turno, que precisamente está para

aclaraciones adicionales, que es el turno que abrimos ahora, que es facultativo y durará como máximo

cinco minutos, en el mismo formato. Le pregunto al portavoz del Grupo de Ciudadanos si quiere hacer

uso de él.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí. Muchas gracias, señora Presidenta. Nosotros intervenimos

solamente por aclarar algo. El IBI, como usted ha dicho, ¿le está repercutiendo de forma directa, o lo

está asumiendo Encasa Cibeles en este caso?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Encasa Cibeles paga ese IBI porque es el propietario de los

edificios, y nos lo repercute a nosotros.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿De qué forma?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Con un recibo. Lo tenemos domiciliado en la cuenta del

banco.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¡Hombre!, Muchas gracias.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: De nada.

La Sra. PRESIDENTA: ¿El señor Ongil quiere hacer uso del turno de aclaraciones?

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El Sr. ONGIL LÓPEZ. Simplemente quiero añadir que también estamos viendo, con la

intervención del portavoz del PP, quién quiere establecer cuáles son los hechos probados. Nosotros

venimos a investigar, y tenemos mucho de qué hablar. Además, a estas alturas, que tengamos que

explicar cuál es la diferencia entre responsabilidad política y responsabilidad judicial... Hay otros

países donde dimiten simplemente por haber copiado en un doctorado o por una multa de tráfico, y

eso en ningún caso es ilegal. Esta es la diferencia entre la responsabilidad política y la responsabilidad

judicial. También muestra sus prejuicios, y está utilizando esto como acto de campaña, mientras que

lo que tenemos en el desfiladero es la vida de muchas familias.

Quiero añadir además que Sonia no puede ser una experta jurídica. Tendremos la

oportunidad, quizá en el futuro de escuchar a alguien que lo sea. Yo lo que entiendo –y ya me

gustaría escucharlo de otros expertos- es que con el Decreto de 2013 se pierde explícitamente el

derecho de retracto y tanteo. Y no sé si quiere añadir Sonia algo más que se haya quedado con ganas

de decir; le ofrezco todo el tiempo que quiera. (Denegaciones por parte de la señora Martínez

Aguilar.) Gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Tiene la palabra la portavoz del Grupo Socialista, por si quiere hacer

uso de este turno de intervención.

La Sra. MOYA NIETO: Sí. Muy brevemente, señora Presidenta. Vamos a ver, lo primero que

quiero decir es que menos mal que el portavoz del Partido Popular ha dicho que venía con “fair play”

porque, si llega a venir en otras circunstancias, no sé cómo hubiera tratado a la compareciente, pero,

bueno...

Lo primero que quiero decir, por las afirmaciones que ha vertido el portavoz del Grupo

Popular, es que, indudablemente, esto no es una causa general, y creo que no vamos a coincidir

nunca en ello. Nadie va a hacer responsable de las conclusiones que se puedan tomar en esta

Comisión a todo el Partido Popular. Se hará responsable a quien corresponda, si así se considera

conveniente, pero no a todo el Partido Popular; no intentemos desviar el asunto de lo que es

transcendental. Entre otras cosas, creo que nuestro deber como representantes de los ciudadanos es

ver si han existido procesos irregulares en la Comunidad de Madrid en los que hay una

responsabilidad política, y no solo para saber lo que ha pasado sino, fundamentalmente, para que no

se vuelva a producir y, sobre todo, cuando hay daños para los intereses de los ciudadanos. A ese

derecho, desde luego, no vamos a renunciar nunca, por lo que les pido, por favor, que no confundan

a la ciudadanía.

Ha hablado también el portavoz del Grupo Popular de que en esta Cámara ya se había

debatido sobre el asunto y que no había habido ningún problema. Pues tengo los datos, ¿eh? Se

informa a la Asamblea con retraso, incumpliendo el plazo de comunicación, el 19 de noviembre de

2013. En junio de 2013, cuando se tiene conocimiento de que este proceso está en marcha, se pide el

expediente de enajenación aprobado por el Consejo de Gobierno, que no se trasladó a esta Asamblea

hasta octubre de 2013. Por cierto, el plazo para remitir las informaciones que solicitan los diputados

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3000

en esta Cámara es de un mes. ¡Parece que tardaron algo más! ¿Eh? Justo cuando tenía que venir el

señor Cavero a dar explicaciones de lo que había hecho fue cuando se puso a su disposición el

expediente; creo que fue un día antes. Y, por cierto, este Grupo Parlamentario también solicitó la

celebración de un Pleno extraordinario –creo que fue en julio- para tratar este tema, y la mayoría del

Grupo Popular impidió su celebración. Se trató, lógicamente, como se tratan las cosas en la

Diputación Permanente, brevemente y sin poder entrar en el fondo del asunto. Por tanto, creo que

conviene que se pongan las cosas en su lugar.

Y, desde luego, nadie duda de que la ley permite que las viviendas se vendan a empresas

privadas; eso ya lo sabemos, y nadie lo ha cuestionado. ¡Nadie lo ha cuestionado! ¡Es así! Lo que aquí

cuestionamos no es la venta, sino la forma en que se hace esa venta, cómo se venden, a qué precios

se venden y las consecuencias que eso tienen. ¿A qué precio se venden? Según la Cámara de Cuentas

–lo ha dicho la compareciente-, 98 millones de daño patrimonial a la Comunidad de Madrid, que no es

ninguna tontería. ¡No es ninguna tontería!

Yo no sé si usted quiere añadir algo. En todo caso, quiero darle las gracias por su presencia,

y por su paciencia también. Gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señoría. Tiene la palabra, por si quiere hacer uso del turno

de aclaración, el señor Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Por empezar por el final, yo no sé cómo lo

recogerán las señoras taquígrafas, pero estos son los diarios de sesiones (Mostrando unos

documentos.) de comparecencias, preguntas tanto al Consejero como al Presidente o diversos cargos;

es decir, es un tema que se trató. A eso me refiero; es decir, estos debates que estamos teniendo hoy

aquí, el de esta mañana en concreto, que yo lo respeto, que creo que el respeto y el “fair play” son

compatibles con la discrepancia; el “fair play” no es darles la razón a todo lo que ustedes piensen, el

“fair play” es discrepar con educación y respeto. Al margen de las diferencias que yo ya pueda tener

con usted a la hora de ver las cosas, creo que he sido educado y si no, ya le digo que ruego que me

disculpe.

Quiero decir dos cosas rápidamente y hacerle una pregunta. Ha habido ya pronunciamientos

de la justicia al respecto. ¿Es cierto? Por la vía de lo civil, por la vía de lo contencioso-administrativo...

Algunos de ustedes han planteado cuestiones y la justicia no les ha está dando la razón. ¿Eso es

cierto?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: No tengo conocimiento de eso.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Yo tengo aquí que ha habido en el juzgado de

lo contencioso-administrativo un expediente que ha sido archivado; otro, de la sentencia firme, que lo

que se pedía eran medidas cautelares y suspender esta operación, y recientemente, de esta semana,

tenemos una sentencia, que, evidentemente, no es firme y voy a leer dos menciones para que

consten en el acta. “Considera acreditado el juez -en los fundamentos de derecho- que el proceso de

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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enajenación y venta a Azora es de conformidad con lo previsto por el pliego que creó la sociedad

Encasa Cibeles, a quien se transmite lo adquirido. Y dice el juez: “La situación de los arrendatarios

permanece tras la venta sin sufrir modificación alguna.” Sigo entrecomillando: “El precio de la opción

de compra estaba predeterminado y no guarda relación alguna con el que haya pagado el

adjudicatario. El cambio de arrendador no puede considerarse como una ventaja o un perjuicio al

permanecer incólume todo el entramado de derechos y obligaciones de los inquilinos y que, obviando

la ausencia de audiencia de los arrendatarios, que ya hemos dicho que era improcedente, puesto que

estos no participaron en el expediente... Es decir, yo entiendo que ustedes quisieran tener ese

derecho de tanteo y retracto que la ley, por desgracia, no les otorgaba.

Pero dicho lo cual, el portavoz de Ciudadanos nos ha hablado del IBI. En el contrato original

del Ivima aparecía. ¿Y quién pagaba el IBI, ustedes o el Ivima?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: El Ivima nunca nos cobró el IBI de esas viviendas.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿Pero en el contrato qué ponía sobre quién

tenía que pagar el IBI? ¿Ustedes o el Ivima?

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Nosotros.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Entonces, usted, cuando firma, sabe que tiene

que pagar el IBI; otra cosa es que su casero se lo perdone, por decirlo de alguna manera. Con lo cual,

en ese aspecto, tampoco ha cambiado.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Ha cambiado en que antes...

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: En que ahora el casero no se lo perdona.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Exacto.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pero en su contrato no cambia.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Por supuesto, pero es muy curioso que el nuevo casero no

perdone nada.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Y finalmente, sin ningún tipo de acritud, señora

Martínez, he visto hoy una información en un medio de comunicación en la que –y quiero saber si es

cierto o no- usted aparece como la Presidenta del Partido Ahora en Común. Me gustaría saberlo. Yo

no quiero entrar en un debate ideológico, porque me da igual las ideas que usted tenga. Me gustaría

saber si usted, que viene aquí como Presidenta de los afectados, es también Presidenta del Partido

Ahora en Común.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Yo solo le voy a decir aquí que estoy a título representativo

de una asociación de afectados por el Ivima y todo lo personal que quiera saber, si quiere, fuera de

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

3002

aquí, con un café, yo se lo cuento, pero eso forma parte de mi vida personal y no tiene nada que ver

con esto.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Por supuesto.

La Sra. PRESIDENTA: Por favor, quiero recordar el artículo 16.2 de la Constitución

Española, en el punto que dice que el requerido no está obligado a declarar sobre su ideología,

religión o creencias.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No le estoy preguntando sobre su ideología. Lo

que he dicho es que hay una información que se ha publicado por el Ministerio del Interior, que es

público, en el registro de partidos, que aparece usted como Presidenta, y quiero saber si eso es así.

Lo único que digo, sinceramente...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: También fui presidenta de un equipo de balonmano cuando

era joven, ¿entiende? Yo creo que hay informaciones que no tienen nada que ver con el tema que

estamos tratando.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Oiga, si vengo aquí con una asociación que se

llama, por ejemplo, “Asociación de defensa de la gestión del Partido Popular en los últimos ocho años”

y resulta que el presidente de esa asociación es el presidente del PP del distrito de Tetuán, pues, oiga,

podrá tener la ideología que quiera, pero digamos que de alguna manera...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Pero yo le voy a preguntar una cosa: ¿usted cree que a mí

me preguntó alguien mi ideología cuando vendieron mi casa?

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No, si es que no estamos hablando de

ideología.

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Entonces no entiendo esta pregunta. Sí estamos hablando

de ideología.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Lo que le estoy diciendo es que creo que

Podemos le hace a usted un flaco favor y, cuando invita aquí a una persona, que estará haciendo una

labor loable, que yo respeto, en la defensa de lo que usted cree que son sus intereses; cosa en la que

yo no entro. Lo que digo es que, invitar a alguien que comparte esa doble condición, que no es algo

privado, que es que es la Presidenta de un partido que es primo hermano suyo, qué quiere que le

diga. (Protestas en los escaños del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid.) Lo quería

dejar de manifiesto; nada más. Y ya digo que como esta no es una Comisión en la que debamos

entrar a opinar sobre la idoneidad de una operación, en tanto en cuanto se ha hecho conforme a

legalidad, yo...

La Sra. MARTÍNEZ AGUILAR: Yo entiendo que el “fair play” se lo dejó en la puerta,

entonces.

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El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No, no. Desde luego que no; no. Esto es una

cuestión de...

La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias, señorías. Ha concluido el tiempo total que teníamos

para esta comparecencia. Muchas gracias, señora Martínez. Vamos a pasar al punto tercero del orden

del día.

Comparecencias con tramitación acumulada:

C-386(X)/2015 RGEP.4302. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio López,

ex-Directora-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, a petición del Grupo

Parlamentario Socialista, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas,

propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo

75.3 del Reglamento de la Asamblea).

C-390(X)/2015 RGEP.4321. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio López

de Asiaín, ex-Directora Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid (2013-julio 2015),

a petición del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al objeto de informar sobre venta de

viviendas públicas, propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azona.

(Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

C-400(X)/2015 RGEP.4334. Comparecencia de la Sra. D.ª Ana Gomendio López

de Asiain, Directora Gerente del Instituto del IVIMA en 2014, a petición del Grupo

Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, al objeto de informar sobre valoración en

la enajenación de viviendas del IVIMA a los fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del

Reglamento de la Asamblea).

Ya les anticipo que habrá una pausa después de esta comparecencia y antes del punto

cuarto del orden del día. Por tanto, se llama a comparecer a doña Ana Gomendio López de Asiaín, ex

Directora Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid entre 2013 y julio de 2015, a petición tanto

del Grupo Parlamentario Socialista como del Grupo Parlamentario de Ciudadanos y del Grupo

Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid; por tanto, es una comparecencia que se acumula. Y el

primer turno de contextualización de la comparecencia se abre para los tres portavoces que la han

solicitado. Se invita a la compareciente a que ocupe su lugar en la mesa. (Pausa.) Buenos días.

Quiero recordar, como haré con todos los comparecientes, que, en relación a los derechos

que le asisten, así como a los apercibimientos legales que se hacen, ambos constan de forma expresa

en el escrito de requerimiento que se le ha notificado. ¿Nos confirma, por favor, que ha leído este

requerimiento cuando se le notificó este escrito y le constan los derechos que le asisten y los

apercibimientos legales penales que le son aplicables?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí. Sí lo conozco.

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La Sra. PRESIDENTA: Muy bien. Vuelvo a hacer expresa mención a que las sesiones de la

Comisión en las que se celebren comparecencias serán públicas, a tenor de lo dispuesto en el artículo

104.a) del Reglamento de la Asamblea, y que el formato de la comparecencia es el de pregunta y

respuesta, tal y como está explicado en el escrito de requerimiento. Por el mismo procedimiento que

la comparecencia anterior, habrá un primer turno de presentación de la comparecencia por parte de

los portavoces que la han solicitado, después habrá un primer turno en bloques de quince minutos

con cada portavoz de los Grupos y la compareciente, y por último habrá un turno de cinco minutos

máximo de preguntas y respuestas para cualquier aclaración.

En el primer turno, de presentación, que será como máximo de dos minutos, tiene la palabra

el portavoz del Grupo Parlamentario Podemos, señor Espinar, si quiere hacer uso de él.

El Sr. ESPINAR MERINO: Vamos a hacer uso a título aclaratorio de algunas cosas.

Primero, buenos días, señora Gomendio. Señor Serrano, le preguntaban a Billy Jones, un jugador de

fútbol, al final de un partido especialmente violento, que qué opinaba del “fair play”, y le contestaba...

La Sra. PRESIDENTA: Señor Espinar, esto es la contextualización.

El Sr. ESPINAR MERINO: Sí, sí, pero déjeme que utilice las citas. (Protestas en los

escaños del Grupo Parlamentario Popular.) Creo que estoy en mi derecho de utilizar las citas que

considere oportuno, Presidenta. (El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pero para contextualizar

la comparecencia que ha pedido, no para contestarme.).

La Sra. PRESIDENTA: No es su turno; no es su turno señor Serrano.

El Sr. ESPINAR MERINO: Le preguntaba, si me deja hablar el señor portavoz del Partido

Popular, en el uso de la palabra que tengo, concedido por la Presidenta, a este futbolista, al terminar

el partido, que si consideraba que en el partido él había sido coherente con el principio del “fair play”,

y él contestaba: ¡claro!, no he matado a nadie. Bueno, pues esta es un poco la actitud del Partido

Popular en esta Comisión.

Lo único que queríamos aclarar, antes de empezar con la comparecencia de la señora

Gomendio, es una cuestión de Barrio Sésamo. Mire, la señora Gomendio está imputada en un juzgado

y ahí se van a dirimir las cuestiones que tienen que ver con su responsabilidad judicial, pero la señora

Gomendio era la Gerente del Ivima cuando se ejecutó una operación en la cual el Ivima perdió 100

millones de euros, incumpliendo además, repito, incumpliendo además con el objeto que tiene el

Ivima, que es proteger el derecho a la vivienda de la ciudadanía en la Comunidad de Madrid. De esas

dos cosas, vamos a hablar aquí, pero la fundamental y la que vamos a dirimir es la segunda: si hubo

una pérdida de 100 millones de euros para la Comunidad de Madrid y si, además, no respetó el

derecho a la vivienda de aquellos ciudadanos que deben estar protegidos por el Instituto Madrileño de

la Vivienda. Y le pido que nos deje hablar en nuestro turno. Gracias, Presidenta.

La Sra. PRESIDENTA: Señor Aguado, ¿quiere hacer uso del turno?

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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El Sr. AGUADO CRESPO: Sí, muy brevemente, simplemente para agradecer la

comparecencia de la señora Gomendio, evidentemente, por razones obvias, porque fue Directora

Gerente del Ivima y nos interesa saber su opinión sobre algunas cuestiones que ahora veremos en el

siguiente turno.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señor Aguado. Señora Moya, ¿quiere hacer uso del turno de

introducción? (Denegaciones.) Gracias. Bien, pues entonces abriremos el primer turno de preguntas y

respuestas de los Grupos Parlamentarios, de menor a mayor. Tiene la palabra el señor portavoz del

Grupo de Ciudadanos, señor Aguado, por tiempo de quince minutos.

El Sr. AGUADO CRESPO: Muchas gracias, señora Presidenta. La primera pregunta es qué

objetivos o qué encargos le hicieron cuando la nombraron Directora Gerente del Ivima.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Muy buenos días, señora Presidenta. Buenos días

a todos. Aquí vengo voluntariamente a responder a todas las preguntas aunque en mi derecho estaba

no haberme acercado por el procedimiento judicial que está en manos del Juzgado número 48, Pero

no tengo ningún inconveniente en poder responder todas las dudas que ustedes me plantean. Yo no

tenía ningún encargo. Yo fui nombrada –es un nombramiento de un alto cargo- y asumes o no

asumes las responsabilidad que supone el tomar posesión de ese cargo.

El Sr. AGUADO CRESPO: Y cuando entra, entonces, ¿qué objetivos le ponen a corto o

medio plazo?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Objetivos? Como Directora General de Vivienda,

asumir toda la normativa, modificaciones, cumplimientos de promociones de vivienda protegida,

visados de contratos y adjudicaciones y, en cuanto a gerencia, la gestión como gerente de un

organismo autónomo.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿En qué grado de avance se encuentra la venta de vivienda

pública de Ivima a fondos de inversión cuando usted llega? ¿Qué capacidad tiene de maniobra cuando

llega a su puesto? ¿Podría haberlo paralizado si hubiera querido o lo que encuentra le parece correcto

y decide seguir adelante?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Bueno, es una decisión ya tomada que asumes

cuando entras a aceptar las funciones de Gerente del Ivima. Consideré que era adecuado y las

continúe, y lo hice, o por lo menos intenté, lo mejor posible. Estaban avanzadas hasta el punto de que

ya existía, si no recuerdo mal, la tasación, el informe jurídico estaba solicitado y llegó una vez había

tomado posesión del cargo, y decididas y seleccionadas las promociones mediante un exhaustivo

análisis del patrimonio del Ivima para ver cuáles eran las promociones adecuadas y menos

perjudiciales, para el inquilino y, por tanto, con posibilidad de venta.

El Sr. AGUADO CRESPO: Según nos consta a nosotros, el 7 de junio, que ya estaba usted

al frente del Ivima, es cuando se publicó el concurso para sacar a la venta 32 promociones del Ivima.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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El concurso fue el 7 de junio, se presentó -entendemos que como licitante- Goldman Sachs-Azora y,

luego, unos meses después, salió o resultó adjudicataria Encasa, que se constituyó, por cierto, el 12

de septiembre, después de que se produjera el concurso y, por lo tanto, no se había presentado como

licitante, por lo que nos gustaría saber cómo resultó finalmente adjudicataria de un contrato público.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Vamos a ver, el pliego considera la posibilidad...

Estos son bienes inmuebles con lo cual, al ser bienes inmuebles, se rigen por la Ley de Patrimonio, no

por la de concurso. Con lo cual, existe y preveía el pliego la posibilidad de que un licitador, y no solo

el pliego, sino las circulares interpretativas que se colgaron en el Perfil del Contratante, tanto el pliego

como la aclaración para la fase de la oferta económica que se publicó el 24 de julio de 2013 en el

Perfil del Contratante de la Comunidad de Madrid. De acuerdo con ello, el adjudicatario podía crear

una nueva sociedad que debería estar participada exclusivamente por el licitador o por los licitadores

agrupados en caso de oferta conjunta, a no ser que, al asumir el compromiso de constituir la nueva

sociedad, de manera exprés, en el sobre dos de oferta económica, se definiera la composición del

reparto del capital social de la nueva sociedad en la que podía incorporarse a terceras personas

siempre que el licitador o licitadores formasen parte del capital social inicial en el momento del

otorgamiento de la escritura o escrituras públicas de compraventa. Pero no solo esto, no es solamente

que se ajuste a ley, que se ajuste al pliego, que se ajuste a la aclaración que ha sido publicada, sino

que ayer un tribunal de lo contencioso administrativo sentencia, falla a favor de Ivima diciendo que

considera acreditado en el fundamento de derecho: uno, que Azora, de conformidad con lo previsto

en el pliego, creó la sociedad unipersonal Encasa Cibeles, a quien se transmite lo adquirido con las

mismas condiciones propuestas por Azora.

El Sr. AGUADO CRESPO: Pero me parece un poco extraño que una empresa que no se

presenta al concurso, como es Encasa...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Ya, pero... ¿Perdón?

El Sr. AGUADO CRESPO: Me resulta extraño que una empresa que no se presenta al

concurso, que no es licitante y que, por lo tanto, tampoco había resultado adjudicataria, porque había

resultado adjudicataria Goldman Sachs-Azora, de repente reciba el encargo, la adjudicación, y sea la

empresa responsable de ejecutar esta...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Se ajusta a la ley; se ajusta a derecho. Existe la

posibilidad de utilizar un vehículo específico para la adquisición de las viviendas, un vehículo que es

responsable, junto con el licitador, a la hora de las responsabilidades y pagos económicos de la

operación. Estamos hablando de la venta de inmuebles, no estamos hablando de venta de pantalones,

es un inmueble, que tiene una normativa concreta a la hora de... De hecho, la posibilidad que tiene es

de hacer un concurso abierto o una subasta, o una venta directa, en excepciones. Se ajusta a derecho

y es que hasta se dice por sentencia. ¡Se ajusta a derecho! Tiene la posibilidad de crear un vehículo

única y exclusivamente para la adquisición de esas viviendas y ese es el vehículo que ha creado,

Encasa Cibeles.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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El Sr. AGUADO CRESPO: Si se ajusta a derecho o no, lo tendrán que decir los tribunales.

Yo en cualquier caso...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, no. Es que le estoy...

El Sr. AGUADO CRESPO: Simplemente nos resulta extraño. No estamos entrando a

valorarlo.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, si entiendo que les resulte extraño, pero

estoy hablando del Juzgado contencioso-administrativo número 20. ¡No me lo estoy inventando!

El Sr. AGUADO CRESPO: Al margen de aspectos jurídicos, desde un punto de vista...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Que no me lo estoy inventando, ¿eh? Entonces,

ya tiene usted una sentencia.

El Sr. AGUADO CRESPO: No digo que se lo esté inventando... Bien, pues ya la

analizaremos. A nivel político más que jurídico, ¿a usted le parece una buena gestión de lo público

vender viviendas de protección oficial o viviendas públicas por 68.000 euros de media? ¿Le parece que

es una buena operación?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Tal y como estaba el mercado en ese momento,

se sacó un 20 por ciento más del valor de las viviendas; un 20 por ciento más de lo que valían en ese

momento las viviendas.

El Sr. AGUADO CRESPO: 68.000 euros. ¿Le parece un precio del que sentirse orgulloso por

vender esas viviendas?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Bueno, existe una tasación y de hecho, en la

escritura pública, en la elevación a público, es imprescindible que se adjunte una tasación. La tasación

está realizada por una sociedad de tasación independiente, método RICS, que es un método

internacional para establecer un marco seguro y de garantía a los licitadores, que tiene el código 1 en

el registro de sociedades de tasación en el Banco de España. Además, se solicitó un informe a la

Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio que determinara si esa tasación

estaba bien y fue un informe positivo que consideraba que se había utilizado el método

correctamente. ¡Es que estaba totalmente informado en su conjunto, todo!

El Sr. AGUADO CRESPO: Dice que en ese momento...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Entonces, la tasación es la que da el precio. Una

tasadora, sociedad de tasación, que es independiente, que no está relacionada con ninguna entidad

financiera, con ningún organismo público, que es sociedad independiente, es la que establece el valor.

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El Sr. AGUADO CRESPO: ¿En ese momento contaba con algún informe técnico,

económico, que justificara que la enajenación era necesaria, que era oportuna, que era positiva? ¿O

fue una decisión directamente política, suya o de sus superiores? A la venta me refiero. ¿Había algún

informe económico que dijera que era correcta la operación?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: La situación en el año 2013 creo que es conocida

por todos, es una situación de escasez de liquidez, en la que el organismo público necesitaba de

recursos para hacer frente a políticas sociales, entre cosas para construir 1.500 viviendas que estaban

en construcción y que había que terminar para poder adjudicar.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Vendemos unas para hacer otras?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es que las que se venden están alquiladas, ya

tienen su inquilino, y se respeta el derecho de esos inquilinos. Eso consta en el pliego, además de en

la Ley de Arrendamientos Urbanos.

El Sr. AGUADO CRESPO: Pero, insisto, ¿había algún informe económico?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Está informado, está seleccionado analíticamente

todo el patrimonio del Ivima de cuáles eran los grupos que se podían identificar, de hecho se

especificaban cinco grupos y el análisis fue exhaustivo y, francamente, muy bien hecho, en el que se

identificaban viviendas que estaban sujetas al régimen del derecho de superficie, que no era viable su

venta, viviendas en arrendamiento con opción de compra y promociones mixtas, que es

arrendamiento, y arrendamiento con opción de compra; o sea, había todo tipo de informes que

apoyaban la operación.

El Sr. AGUADO CRESPO: Pues, si nos puede facilitar esos informes donde se acredite que

la enajenación era necesaria se lo agradeceríamos.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es que la Cámara de Cuentas ha hecho la misma

pregunta y se ha contestado a la Cámara de Cuentas. Y por lo que he visto en la declaración anterior,

por lo que se preguntaba, hacía más de uno referencia a la Cámara de Cuentas, y entiendo que la

información la tienen, pero es pública y no tengo ningún inconveniente en que se entregue la

información solicitada por la Cámara de Cuentas, porque es pública.

El Sr. AGUADO CRESPO: Me gustaría saber qué piensa sobre que en un concurso de este

tipo solamente el criterio económico sea el que determine la venta o no venta a un fondo o no, es

decir, ¿por qué Braxton, con la oferta que hizo, se quedó fuera, que era, evidentemente más cara, y

por qué entró Gómez Goldman Sachs-Azora? Es decir, que el criterio económico estrictamente sea el

que determine este concurso, ¿le parece que es un criterio lógico? ¿Deberíamos, tal vez, haber

incluido otro tipo de criterios que tuvieran más que ver con una función social de la vivienda?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El método para la venta que se eligió es concurso

restringido. Este concurso restringido permite diferenciar dos fases, muy distinto que la subasta; la

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subasta tiene como objetivo un único punto: el económico. El concurso restringido lo que nos permite

es, en una primera fase, una selección de los licitadores en cuanto a la solvencia técnica y económica,

y, de hecho, en el pliego se establecen unos criterios y se cuantifican esos criterios, y ahí es cuando

se selecciona a los posibles licitadores, y se les dio paso a la información en un “data room”, es decir,

una información virtual, porque lo que tampoco querían el Ivima ni la Administración que cualquiera

pudiera acceder a una información de un organismo público. Por lo cual, se seleccionaba en la primera

fase a los licitadores y, luego, existía la segunda fase, que era la presentación de ofertas. Hombre,

claro, en la presentación de ofertas lo que se pretendía era elegir la oferta más alta desde luego, la

que superara a los demás ofertantes, pero anteriormente se habían seleccionado los licitadores por su

solvencia económica y técnica.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Usted cree que esta operación, en general, políticamente es

loable? O sea, ¿usted se siente orgullosa de haber hecho esta operación? ¿Piensa que se podía haber

hecho mejor?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es una operación que se ajusta a derecho, es

legal; se ajusta a derecho y es legal. Yo he estado escuchando a la señora Martínez anteriormente y

no he escuchado absolutamente nada, ni ha puesto sobre la mesa nada que demuestre que haya

habido ni corrupción, ni no atención a los derechos del inquilino, ni ninguna ilegalidad; todavía yo no

lo he oído. Esta operación se ajusta a derecho, es legal, es transparente, con libre concurrencia,

informada por todos...

El Sr. AGUADO CRESPO: Nuestro objetivo es determinar responsabilidades políticas, no

penales.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Pero usted estará a favor o no de la decisión

política de otro partido, pero esto no es corrupto, es que no hay corrupción ahí. Estará usted de

acuerdo o no. (El señor Aguado Crespo pronuncia palabras que no se perciben.) Perdón, es que

estaba terminando.

El Sr. AGUADO CRESPO: No es nuestra función determinar responsabilidades judiciales,

simplemente responsabilidades políticas, y entendemos que una pérdida del patrimonio de la

Comunidad de Madrid estimada en 98 millones de euros –casi cien millones de euros- es una mala

maniobra política, y hay que exigir responsabilidades políticas. Creo que fue un gran error vender

vivienda pública por 68.000 euros de media, pero también queríamos conocer su opinión, y ya la

hemos tenido, así que, por nuestra parte, nada más que decir. Muchas gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señoría. Tiene la palabra el representante de Podemos,

señor Espinar.

El Sr. ESPINAR MERINO: Muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días otra vez, señora

Gomendio. La primera pregunta que le quiero hacer es: ¿conoce usted el objeto del Ivima?

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La Sra. PRESIDENTA: Perdón; un momento. El tema de las fotos. Como saben sus

señorías, y ayer fue comunicado, aunque era voluntad de la Mesa y Portavoces de esta Comisión que

se pudieran tomar imágenes y grabaciones dentro, porque es una comparecencia pública, la Mesa de

la Asamblea no lo ha permitido, al amparo del artículo 99 del Reglamento. Gracias.

El Sr. ESPINAR MERINO: Gracias, Presidenta. Ningún problema; yo solo espero que se me

restituya el tiempo.

Señora Gomendio, le preguntaba: ¿cuál es el objeto del Ivima? ¿Por qué existe el Ivima en

la Comunidad de Madrid, en su opinión?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Ivima es el Instituto de la Vivienda de Madrid,

gestiona la vivienda de la Comunidad de Madrid. Es un organismo...

El Sr. ESPINAR MERINO: Digo para qué. ¡Para qué!

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es un organismo autónomo de carácter

mercantil, dependiente de la Consejería, en el momento en que yo entré, de Transportes,

Infraestructuras y Vivienda, y gestiona la vivienda.

El Sr. ESPINAR MERINO: Pero, ¿para qué entiende usted que este instituto existe? ¿Por

qué en la Comunidad de Madrid hay un instituto de vivienda pública? ¿Por qué entiende usted que

este instituto existe?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Bueno, el Instituto de la Vivienda de Madrid lo

que hace es proporcionar vivienda digna a ciudadanos que no pueden tener acceso a una vivienda en

el mercado.

El Sr. ESPINAR MERINO. En régimen de mercado libre, efectivamente. Y conoce usted el

artículo 47 de la Constitución, y conoce usted, seguro, el artículo 25 de la Declaración Universal de los

Derechos Humanos. Por si no lo recuerda, le refresco: son los artículos que se refieren al derecho a la

vivienda, al derecho a la vivienda como un derecho humano y al derecho a la vivienda como un

derecho recogido a la ciudadanía por la Constitución Española.

Cuando estamos hablando del Ivima y del Instituto Madrileño de la Vivienda, y cuando

estamos hablando de un ente público cuyo objetivo y cuya finalidad es la protección del derecho a la

vivienda de aquellos que no pueden concurrir en régimen de libre competencia al mercado para

acceder a la vivienda, que no se concibe en el ordenamiento jurídico español, incluso en el

ordenamiento jurídico internacional como una mercancía, sino como un derecho, entendemos que lo

que tenemos entre manos cuando se hace una operación de enajenación de patrimonio, lo que está

vendiendo, como ha dicho usted, es vivienda, y no pantalones. En este argumento, ¿está usted de

acuerdo con el planteamiento que le hago?

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El planteamiento que usted me hace es que el

inquilino no pierde sus derechos por la venta de estos inmuebles. El inquilino...

El Sr. ESPINAR MERINO: No me ha contestado. ¡Señora Gomendio, no me ha contestado!

¡No me ha contestado!

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¡Perdone, perdone, perdone! Yo le estoy

contestando a lo que usted me está planteando. El inquilino no ha perdido sus derechos, el nuevo

titular se subroga, lo pone en el pliego y, además, así lo establece...

El Sr. ESPINAR MERINO: Señora Gomendio, señora Gomendio...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Déjeme terminar, que yo le he dejado terminar

con tranquilidad.

El Sr. ESPINAR MERINO: ¡Si es que usted no me está contestando! (Rumores en los

escaños del Grupo Parlamentario Socialista y Podemos Comunidad de Madrid.) ¡Usted no me está

contestando, señora Gomendio! Usted no me está contestando, señora Gomendio.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Puedo terminar la respuesta?

El Sr. ESPINAR MERINO: Sí.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El inquilino no pierde sus derechos. El nuevo

titular se subroga en todas sus derechos. ¡Sigue teniendo la vivienda digna! ¡La sigue teniendo! Y,

encima, la posibilidad del Ivima de terminar la promoción de otras 1.500 viviendas para dar vivienda

digna a nuevas unidades familiares. ¡1.500 más!

El Sr. ESPINAR MERINO: Yo le iba a proponer...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Entonces, estoy totalmente de acuerdo en que

esta operación no ha mermado los derechos del inquilino en ningún caso. Viene en el pliego y viene

en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

El Sr. ESPINAR MERINO: Muy bien, señora Gomendio. Podíamos hacer una cosa en

adelante, después de esta respuesta que usted me ha dado, que es que usted me conteste a lo que

yo le he preguntado; si no, puede usted seguir contestando lo que quiera, pero me acaba de dar la

misma respuesta que le ha dado seis veces al señor Aguado a preguntas diferentes. Yo le preguntaba

si usted comparte que la naturaleza del Ivima, de un instituto de vivienda pública en la Comunidad de

Madrid, es la de garantizar el derecho a la vivienda de la ciudadanía en Madrid, y no entraba en el

caso particular del que vamos a hablar después. ¿Usted comparte ese argumento? ¿Está de acuerdo

con eso? Porque usted ha sido Gerente de ese Instituto. ¿Está de acuerdo en que ese Instituto está

para eso en la Comunidad de Madrid? Solo le estoy preguntando eso. ¿Lo puede usted responder?

Incluso, con un sí o un no.

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El Instituto tiene viviendas que en el momento en

que yo estaba, incluso cedía a otro instituto para dar vivienda y lo que se hacía era adjudicar desde la

Dirección General de Vivienda. En la Dirección General de Vivienda es donde se adjudican, donde se

solicitan y donde se adjudican las viviendas patrimonio de la Comunidad.

El Sr. ESPINAR MERINO: ¡Ay! Vamos a utilizar otro método porque por aquí me parece

que usted no me va a contestar. (Protestas en los escaños del Grupo Parlamentario Popular.) ¿Me

puede contestar de forma concreta y sucinta en qué momento se decide esta operación? ¿Cuándo se

decide esta operación, la operación de la que estaos hablando?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿A qué se refiere? ¿A la enajenación? ¿A la

adjudicación? ¿En qué?

El Sr. ESPINAR MERINO: En qué fecha se decide esta operación. ¿Cuándo se decide que

esta operación se va a llevar adelante? ¿Cuándo se decide que se van a vender 2.935 viviendas del

Instituto de la Vivienda?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Dependiendo a lo que usted se quiera estar

refiriendo. Cuando yo tomé posesión del cargo como Gerente del Ivima existían ya decisiones

tomadas. Por favor no hagan fotos. (Protestas).

El Sr. ESPINAR MERINO: Continúe; decía que ya había decisiones tomadas. ¿En

particular, esta?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Existía una tasación, se había solicitado un

informe a la Abogacía, se estaba consultando al Consejo Consultivo. ¿En qué punto está? ¿En el

momento en que el consejo de Gobierno aprueba la operación? Eso, si no recuerdo mal, fue el 6 de

junio.

El Sr. ESPINAR MERINO: Pero, entonces, es usted la responsable política de la operación

o es usted la responsable jurídica de una operación que le dan hecha cuando llega al Ivima?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Yo soy responsable gerente. (Risas).

El Sr. ESPINAR MERINO: Es usted muy ocurrente en las respuestas, eso se lo doy. ¡Eso se

lo doy! Señora Gomendio, como decíamos antes, la responsabilidad judicial de su imputación por

prevaricación y malversación de caudales la va a dirimir un juez –esa la va a dirimir un juez; esa no la

vamos a dirimir aquí en la Asamblea de Madrid-, pero de lo que estamos hablando esta mañana en

esta Comisión y parece que usted estaba de acuerdo con nosotros en que el objeto del Ivima, el

objeto de que exista un Instituto de la Vivienda es garantizar el acceso a la vivienda de aquellas

personas que no pueden acceder a la vivienda de precio libre, es que accedan a través de precio

protegido, y usted sabe que para el precio protegido se establecen unos módulos, y que esos módulos

son los que fijan el precio. Esos módulos fijan un precio máximo, no fijan un precio cerrado, ¿verdad?

¿Los módulos de la vivienda pública fijan un precio máximo o fijan un precio cerrado? Le pregunto.

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Los módulos es precio máximo, por encima del

cual no se puede cerrar la operación, no se pueden vender.

El Sr. ESPINAR MERINO: Pero por debajo del cual sí, ¿verdad?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí.

El Sr. ESPINAR MERINO: Por eso, estas 2.935 viviendas protegidas tenían un valor total,

en su precio de venta a los ciudadanos de la Comunidad de Madrid que necesitaban acceder a la

vivienda en régimen de protección, de en torno a 300 millones de euros, ¿verdad?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Todo depende de la calificación definitiva de cada

promoción. En la calificación definitiva es en la que se establece el precio de módulo de venta, un

coeficiente actualizador y la posibilidad de disminuir el 50 por ciento de las rentas pagadas en

concepto de renta del contrato. Está estipulado, y eso se traslada al contrato de arrendamiento;

entonces, en el contrato de arrendamiento se hace referencia exactamente igual.

El Sr. ESPINAR MERINO: Eso es.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es el valor de cada vivienda; estamos hablando

de viviendas individuales.

El Sr. ESPINAR MERINO: Sí, y el valor de esas 2.935 viviendas en total, aplicándoles el

precio al cual se les vendía a los ciudadanos que accedían a la vivienda en régimen de protección era

de 300 millones de euros. ¿Recuerda el precio al que salió a concurso este paquete de viviendas?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Por qué dice que son 300 millones? No lo

entiendo.

El Sr. ESPINAR MERINO: Porque es la estimación. ¿Recuerda el precio?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Estimación?

El Sr. ESPINAR MERINO: Es que esto no va así. Yo soy el que hago las preguntas y usted

la que contesta.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Pero ¡si no entiendo la pregunta necesito que me

la aclare! (Protestas en los escaños del Grupo Parlamentario Popular).

El Sr. ESPINAR MERINO: La pregunta es: ¿recuerda usted el precio de salida a concurso

de ese lote de viviendas que ustedes vendieron?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Pero le estaba preguntando por qué se refería a

los 300 millones, porque es que no...

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El Sr. ESPINAR MERINO: Porque es la estimación del valor una vez aplicados los módulos

en su precio máximo, que eran los que ustedes cobraban a los ciudadanos que accedían a esa

vivienda en régimen de protección. Y ahora le pregunto: ¿recuerda el precio de salida a concurso?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿De salida a concurso? Sí, el valor de tasación...

El Sr. ESPINAR MERINO: El precio de salida a concurso. El precio al que salieron a

concurso a esas viviendas, señora Gomendio.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El valor de la tasación es un valor de 3.000

viviendas en conjunto; en concreto, 2.935. Es decir, se está valorando 3.000 viviendas en conjunto,

no una vivienda individualizada. ¿De acuerdo?

El Sr. ESPINAR MERINO: Sí, estamos de acuerdo. ¿Recuerda el precio de salida a

concurso?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí. Bueno, el valor de tasación 168.900.000

euros.

El Sr. ESPINAR MERINO: ¿Y el precio de venta final lo recuerda?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: 201.000.007 euros.

El Sr. ESPINAR MERINO: Esto quiere decir, señora Gomendio, esto quiere decir que

ustedes estaban dispuestos desde el Ivima a sacar a concurso para venta a fondos de inversión de

vivienda por 168 millones de euros, pero no estaban dispuestos a reducir, y tenían herramientas

legales en la mano, porque el precio de los módulos fija un precio máximo pero no un precio mínimo.

Ustedes podían haber sacado al mercado protegido esas viviendas en régimen de alquiler con opción

a venta a un precio mucho más barato. Ustedes podían haber sacado esas viviendas al mercado en

régimen de alquiler con opción a compra o en régimen de venta por valor de 168 millones de euros, lo

cual era casi el 50 por ciento de lo que ustedes le estaban cobrando a la ciudadanía. El argumento

que yo estoy manejando y por lo que le quiero preguntar es por qué ustedes le cobran a los

ciudadanos de la Comunidad de Madrid que necesitan acceder a la vivienda en régimen de protección

300 millones de euros por las mismas viviendas por las que ustedes a un fondo buitre le cobran 168

como precio de salida, después el concurso llegó hasta los 200, pero ustedes estaban dispuestos a

venderlas por 168 millones de euros. Es decir, ustedes están dispuestos a venderle la vivienda

protegida de la Comunidad de Madrid a la mitad de precio a Goldman Sachs que a los ciudadanos que

necesitan acceder a la vivienda en régimen de protección. Eso es lo que quiero que usted me

conteste.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Bien, le tengo que decir que el Ivima ha

enajenado desde su creación 68.481viviendas a sus inquilinos, más las 2.900 en este caso, 71.000. En

2015 se han vendido 105 viviendas por un “a sus inquilinos”, por un valor de precio medio de 35.400

euros. ¡35.000!, mucho menos que el valor de tasación de la salida de 3.000 viviendas, y estamos

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hablando de viviendas vendidas individualmente, cuando en este caso se estaban vendiendo 2.935

viviendas en su conjunto; con lo cual, ¿eso qué quiere decir? Que hay que tener un nivel de inversión

o de capacidad económica importante, y muy importante la capacidad de gestión. ¡Muy importante la

capacidad de gestión! Entonces, creo que está comparando usted cosas sin tener en cuenta que Ivima

también vende viviendas a sus inquilinos. ¡También vende viviendas a sus inquilinos!

El Sr. ESPINAR MERINO: De eso le estaba hablando, señora Gomendio, lo que pasa es

que me parece que no nos entendemos mucho.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Bueno, creo que el que no entiende es usted mis

respuestas.

El Sr. ESPINAR MERINO: Tan valoraron ustedes, tan valoraron ustedes la capacidad de

gestión...

La Sra. PRESIDENTA: Vaya terminando, por favor.

El Sr. ESPINAR MERINO: Que ustedes, en la licitación, hicieron dos rondas, insisto, dos

rondas de valoración de los licitantes. En la primera ronda, que era una ronda cerrada –ustedes no

hicieron un concurso abierto sino que hicieron un concurso cerrado-, invitaron a los licitantes a

participar en el concurso –decía-...

La Sra. PRESIDENTA: Estamos fuera de tiempo ya, ¿eh?

El Sr. ESPINAR MERINO: Bueno, termino rápido. Termino rápido con una última pregunta,

si me lo permite la Presidenta.

La Sra. PRESIDENTA: Pues, guárdesela para el segundo turno que tenemos de aclaración.

El Sr. ESPINAR MERINO: Vale. Pues, gracias, Presidenta.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Doy la palabra a la señora Moya, del Grupo Parlamentario

Socialista.

La Sra. MOYA NIETO: Gracias, Presidenta. Buenos días, señora Gomendio. Si me lo

permite, yo le voy a hacer una serie de preguntas que creo que son bastante concretas. Le rogaría

que usted, si es posible y lo considera conveniente, conteste de la misma manera, lo más

concretamente posible y lo más escuetamente posible; se lo agradecería.

Comienzo preguntándole: usted pasó a ser Directora General de Vivienda y Gerente del

Ivima en abril de 2013, ¿tenía usted alguna experiencia previa en la Administración o era el primer

cargo que desempeñaba en la Administración?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Era el primer cargo que desempeñaba en la

Administración; anteriormente trabajaba en el mismo sector, pero en el sector privado.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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La Sra. MOYA NIETO: Es decir, su experiencia laboral, por denominarla así, viene del

sector financiero y del sector inmobiliario, ¿es así?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. (Sonido de móviles.) (Rumores.) Esto suena a broma ya, ¿eh?

La Sra. PRESIDENTA: Ruego desconecten los móviles para que no vuelvan a interrumpir la

sesión. Muchas gracias. He parado el tiempo, señoría, no se preocupe. He parado el tiempo.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. ¿Fue usted quién tomó la decisión de empezar el

procedimiento de enajenación o cuando usted se incorporó al Ivima ese procedimiento ya estaba en

marcha?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Ese procedimiento, habiéndose adjudicado el 9

de agosto, difícilmente se puede en dos meses hacer todo. Ya estaba analizado el patrimonio del

Ivima, solicitado un informe a la Abogacía General, solicitada una tasación... Pero yo continué el

procedimiento, lógicamente. Continué el procedimiento.

La Sra. MOYA NIETO: Pero habría algún momento en el que alguien toma la decisión de

incoar el expediente para llegar en el momento culminante en el que el Consejo de Gobierno...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Yo continué con el procedimiento.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Tomó usted esa decisión?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: La Directora Gerente, con la aprobación del

Consejo de Gobierno -6 de junio de 2013- inicia el procedimiento.

La Sra. MOYA NIETO: No le estoy preguntando eso.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí, el 6 de junio. El último paso, que es la

aprobación del Consejo de Gobierno...

La Sra. MOYA NIETO: Señora Gomendio, por favor, perdóneme un momento. Tal vez no

nos estamos entendiendo. Hay un momento en que la Administración toma la decisión de incoar un

expediente, solicitar los informes correspondientes hacer las tasaciones, etcétera. Hay un acto

reglado, que es ese. ¿Tomó usted esa decisión? ¿Fue usted quién comenzó eso? No le estoy hablando

del Consejo de Gobierno. No sé si nos entendemos, ¿tomó usted esa decisión o ya estaba tomada esa

decisión cuando usted se incorporó? ¡Es que la pregunta es muy simple!

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: La decisión de incoar el procedimiento fue el 6 de

junio por parte de la Gerente. Si lo que está es en los asuntos previos, el procedimiento previo fue

anterior a mi toma de posesión.

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La Sra. MOYA NIETO: Perdóneme, pero...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es que como no sé a qué se está refiriendo...

La Sra. MOYA NIETO: Al Consejo de Gobierno va un expediente, ¿es así?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: hay un procedimiento previo que forma parte de ese expediente.

Entonces contésteme, por favor: ¿ese expediente empezó a tramitarse cuando usted llegó o empezó a

tramitarse antes?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Ese expediente... Cuando yo tomé posesión, ya

se habían iniciado solicitudes de informes. ¡Pero es que se lo he dicho en el primer momento!

Entonces si usted sigue insistiendo, no sé si es que yo me he equivocado.

La Sra. MOYA NIETO: Por favor, yo no sé si esto es una estrategia o no, pero a las

preguntas que se hacen se contestan con respuestas. Además, continuamente están interrumpiendo a

quien interpela. Entonces, ¡esto no tiene sentido! Ruego a la Presidenta que, por favor, le diga a la

compareciente cuál es su actuación.

La Sra. PRESIDENTA: Ruego nos ciñamos lo máximo posible a las preguntas de sus

señorías.

La Sra. MOYA NIETO: Consumimos el tiempo, que probablemente ese es el objetivo, sin

que hayamos entrado en el quid de la cuestión. Tal vez ese es el objetivo. Vamos a ver, se encarga a

la sociedad de tasación un primer informe que se emite en marzo de 2013; usted todavía no está en

el Ivima. Pero hay un segundo informe de tasación que se emite el 27 de mayo de 2013 –ese sí se

emite, cuando usted es Gerente del Ivima. Ese segundo informe rebaja en un millón de euros la

tasación anterior; pasa de 269 millones a 268 millones. Pregunta muy concreta: ¿solicitó usted esta

segunda tasación o la solicitó su antecesor?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Esa segunda tasación es un ajuste de la primera.

Las tasaciones tienen un periodo de vigencia: entre tres y seis meses para una operación; con lo cual,

hubo que actualizarlo si se quería que se adjuntara la escritura pública. O sea, en cuanto pasan tres

meses -depende de la operación- o seis esa tasación no vale; con lo cual, es una actualización...

La Sra. MOYA NIETO: Lo hemos entendido perfectamente, señora Gomendio. Lo hemos

entendido perfectamente. Por favor, Presidenta...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: Y se rebajó en un millón por los gastos de

comercialización.

La Sra. MOYA NIETO: Claro, lo hemos entendido ya. Es una valoración, vale.

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: Bueno, es que tengo que dar la respuesta

completa. ¡No me puede cortar usted donde usted quiera! Perdón.

La Sra. MOYA NIETO: Es usted la que se está extendiendo en consideraciones que no le

hemos pedido. Le hemos dicho que, por favor, nos conteste de manera concreta. Transcurren dos

meses entre el primer informe y el segundo. Usted no ha contestado si lo solicitó o no. Ha dicho que

es una valoración. Yo le pregunto: ¿lo solicitó usted o no? Dígame sí o no. Es tan simple como eso.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: Le he respondido. Es una actualización de la

tasación anterior. Actualización, o sea, poner al día una tasación. (Rumores).

La Sra. MOYA NIETO: Bien. Si es una actualización, ¿me puede decir por qué, señora

Gomendio, se pagan de manera separada a la sociedad de tasación los dos informes? Si es una simple

actualización, ¿por qué se paga de forma separada, que forma parte de esos 200.000 euros de gastos

añadidos? ¿No tiene conocimiento de ello?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: No tengo... Esa sociedad de tasación, que es la

que factura, sabrá por qué se factura. Ahí no le puedo responder, francamente. No es mi

competencia, no le puedo responder.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. Cuando usted recibió este informe de tasación, ¿solicitó usted

alguna aclaración a la empresa tasadora por la diferencia de un millón de euros en tan solo dos

meses, o no?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: ¡Si la justificación en el informe es el ajuste de

gastos de comercialización! Viene específicamente en el informe completo, de 485 páginas. En el

informe completo viene explicado.

La Sra. MOYA NIETO: Bueno. Le he preguntado, señora Gomendio, si solicitó usted alguna

aclaración. Simplemente le valió con lo que informó la empresa. Punto.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: Bueno, vamos a ver... El informe...

La Sra. MOYA NIETO: No pidió usted ninguna aclaración al margen, ¿no? Entiendo que esa

es su respuesta.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: El informe aclara muchísimas cosas y el primero

que lo interpreta es el equipo técnico del Ivima. Es el primero que lo interpreta.

La Sra. MOYA NIETO: No sé si hacerle esta pregunta, porque creo que lo ha expresado

usted en cierta forma cuando le han hecho otra similar. No similar, pero bueno; como ha contestado

usted a más cosas de las que se le preguntaban, pues lo ha dicho. ¿No le sorprendió a usted esta baja

tasación que se hizo por estas viviendas en esos informes de tasación?

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: ¿Perdone?

La Sra. MOYA NIETO: ¿Le sorprendió a usted la baja tasación que se hacía de las viviendas

o le pareció una tasación normal? Le estoy preguntando su apreciación personal, qué le pareció.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: No... En el año 2013, los inmuebles en España y,

en concreto, en la Comunidad de Madrid, bajaron su valor cerca de hasta un 40 por ciento. Hasta un

40 por ciento, insisto, y estábamos en el momento más difícil de la crisis. Además, en cualquier caso,

como Gerente del Ivima, no tengo nada que opinar sobre una tasación de una sociedad

independiente. No es mi profesión, no es mi responsabilidad y es responsabilidad del que tiene que

hacer la tasación, con lo cual, difícilmente puedo opinar si es alta o baja. Lo que sí tenía muy claro es

que, en el momento en que estábamos, había una crisis importante en España y los inmuebles habían

sufrido una importante rebaja.

La Sra. MOYA NIETO: Podemos deducir de sus palabras...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: De ahí la necesidad de recursos.

La Sra. MOYA NIETO: ¿De su circunloquio podemos deducir que le pareció un precio

normal para la situación económica del momento?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: No tengo opinión sobre si es bueno o malo.

Porque no tengo que tenerla.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. Como Gerente del Ivima, y ahí no es que tenga que tener

usted opinión sino conocimiento, debía usted velar por el patrimonio del Ivima. ¿Era usted consciente

de que el precio de adjudicación era inferior en aproximadamente 98 millones al valor contable que

tenía el Ivima?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: Sí. Consciente de que era...

La Sra. MOYA NIETO: Era perfectamente consciente de ello.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: Sí, era consciente. De hecho, las empresas, las

inmobiliarias tienen derecho a una regularización de balances. No tienen obligación, pero sí tienen

derecho. Si haces la regularización de balances, el dato de pérdida es el mismo.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. Cuando usted se incorpora al cargo se encuentra usted con un

informe de los servicios jurídicos, de fecha 26 de abril de 2013, sobre el proyecto inicial del pliego de

condiciones que han de regir la contratación. En ese informe se hacen tres observaciones: una

primera, que la competencia para adoptar el acuerdo es del Consejo de Administración del Ivima; una

segunda, que no está bien justificada la elección del concurso restringido, y una tercera, que el pliego

debe establecer unos criterios objetivos de solvencia técnica y económico-financiera que sean claros y

cuantificables para garantía de los licitadores. Y añade más ese informe: “Esta consideración es

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esencial y es imprescindible para que el pliego esté ajustado a derecho”. ¿Llevó usted al Consejo de

Administración el acuerdo de enajenación cumpliendo lo que decían los informes de los servicios

jurídicos y modificó usted el pliego de condiciones en ese sentido?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASAÍN: El 20 de mayo de 2002 se aprueba delegar en el

Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid las funciones y responsabilidades de enajenación -en

mayo de 2002-, con lo cual, esa responsabilidad está sobre el Gerente de la Comunidad de Madrid. No

es necesaria la aprobación del Consejo de Administración del Instituto, de la Comunidad de Madrid.

En cuanto a la consideración esencial del informe de la Abogacía General, sí se tiene en

cuenta en los pliegos, y, de hecho, se adjunta la respuesta de la Abogacía General en el informe

completo al Consejo de Gobierno.

Atendiendo a la consideración esencial, se han establecido unos criterios objetivos de

solvencia claros y cuantificables, siguiendo los criterios de la Junta Consultiva de Contratación

Administrativa, que considera que los criterios de solvencia técnica deben residir sobre dos pilares

fundamentalmente: de un lado, la experiencia del licitador como manifestación de su

desenvolvimiento profesional; de otro, la especialización del licitador manifestada a través de sus

conocimientos técnicos... (La Sra. MOYA NIETO: Señora Presidenta, le hemos hecho una pregunta

concreta y nos está leyendo la normativa vigente.) Bueno, usted me ha dicho...

La Sra. MOYA NIETO: La he preguntado si usted modificó, punto. Tan simple como eso, si

usted modificó.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Y yo le estoy contestando cómo se responde a la

Abogacía General, y en consecuencia y atendiendo a la consideración esencial, se establecieron unos

criterios objetivos de solvencia claros y cuantificables siguiendo los criterios de la Junta Consultiva de

Contratación Administrativa. Dichos criterios fueron fijados en la condición 10.5 del Pliego de

Condiciones: experiencia técnica del licitador; breve memoria, no superior a diez páginas, y

titulaciones profesionales, y cada uno de ellos con una puntuación. Entonces, le estoy contestando a

su pregunta.

La Sra. MOYA NIETO: Paso a la siguiente pregunta, porque, si no, esto puede ser eterno.

Si alguien tiene que quedar en evidencia, que sea quien conteste.

Usted ha afirmado aquí que en 2002 hay un acuerdo de delegación del Consejo de

Administración del Ivima en el Gerente. ¿Por qué no se mandó ese acuerdo de delegación a los

Servicios Jurídicos, que recuerdo que hacen un primer informe en abril de 2013 y ya hacen esta

indicación? Emiten otro nuevo en junio, y siguen repitiendo lo mismo. ¿Por qué razón no se envió

desde el Ivima a los Servicios Jurídicos ese acuerdo de delegación en el Director General? Y, en todo

caso, si existe ese acuerdo de delegación, que tiene que formar parte de un acta, lógicamente, del

Consejo de Administración, lo que yo rogaría a la Presidenta de la Mesa es que se solicitara por parte

de la Comisión al Consejo de Gobierno que eso se remitiera a esta Cámara, porque parece ser que no

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tienen conocimiento de ellos ni los servicios jurídicos de la Comunidad ni la propia Cámara de

Cuentas; ni nadie, parece ser. Entonces, sería conveniente que esto lo recibiera la Comisión. ¿Usted

no envió ese acuerdo ante el requerimiento de los servicios jurídicos? Ante el hecho de que los

servicios jurídicos dijeran que no existía esa delegación, ¿no envió usted ese acuerdo de delegación a

los servicios jurídicos?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Yo, personalmente, como Gerente, no lo envié.

Existe el departamento jurídico del Ivima y existe la Abogacía General, que son los que están en

contacto y se transmiten la información. En cualquier caso, se mandó; entiendo que se mandó,

porque, si no, la Abogacía General hubiera informado desfavorablemente y no hubiera permitido que

se terminara su informe completo. Entiendo; pero yo, como persona, no tengo esa responsabilidad de

enviarlo, y entiendo que los técnicos sí.

La Sra. MOYA NIETO: Perdón. A lo mejor lo enviaron y los servicios jurídicos no lo vieron;

a lo mejor es eso. Vamos a ver, le voy a preguntar más. ¿Está usted de acuerdo con la definición de

que promoción completa es toda edificación realizada sobre una parcela sometida a la misma

calificación definitiva y que, según el artículo 21 del Decreto 11/2005, de 27 enero -al que tanto se

alude-, la calificación profesional se solicitará para edificaciones que comprendan edificios completos y

sobre una única parcela? ¿Está usted de acuerdo con esto?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Ha sido muy resumida, y promoción completa se

refiere, según el Decreto 11/2005, a viviendas protegidas. Con lo cual, existe la posibilidad de

promociones completas en las que no se tengan en cuenta locales o se hayan vendido anteriormente,

porque no están bajo el régimen de vivienda protegida.

La Sra. MOYA NIETO: O sea, que por esta razón que usted nos ha dado es por la que ha

permitido que se adjudicaran parcelas incompletas, porque el Ivima ya había vendido locales

comerciales y plazas de garaje a otros compradores, incumpliendo así los reglamentos de vivienda

protegida, entiendo yo. Su respuesta incluye que usted considera que no hay que respetar ese

Reglamento y que se podían vender las viviendas. ¿Debo entenderlo así?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, yo no considero; lo considera el Decreto

11/2005: “Las viviendas con protección pública para arrendamiento calificadas definitivamente podrán

ser enajenadas por sus promotores, sean públicos o privados, por promociones completas y a precio

libre, en cualquier momento del periodo de vinculación a dicho régimen de uso, previa autorización de

la Consejería competente en materia de vivienda, a nuevos titulares, incluyendo sociedades o fondos

de inversión inmobiliaria, pudiendo retenerse, si así lo acuerdan, la gestión de las promociones con la

obligación por parte de los nuevos titulares de atenerse a las condiciones, plazos y rentas máximas

establecidas, subrogándose en sus derechos y obligaciones.” La redacción del artículo se refiere

únicamente a la totalidad de las viviendas de la promoción, y no a los locales; por tanto, es posible...

La Sra. PRESIDENTA: Vaya terminando, por favor.

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí, estoy terminando. Es posible transmitir una

promoción aunque se hubiesen transmitido algunos locales comerciales previamente.

La Sra. MOYA NIETO: El artículo 21, también le recuerdo, puesto que usted lo ha leído, del

Decreto 11/2005, dice: “La calificación se solicitará para edificaciones que comprendan edificios

concretos...

La Sra. PRESIDENTA: Señoría, vaya terminando.

La Sra. MOYA NIETO DE ASIAÍN: ... y sobre una única parcela”. Tengo que dejar el resto

para la segunda intervención.

La Sra. PRESIDENTA: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: Presidenta, yo creo que este debate se debe moderar de alguna

manera, porque se hacen preguntas concretas y se nos leen textos normativos.

La Sra. PRESIDENTA: Sí. Yo vuelvo a pedir a los comparecientes que se ajusten lo máximo

posible a las preguntas que se les hacen, aunque también ellos están en su derecho de contestar

como mejor prefieran.

Doy la palabra ahora al portavoz del Grupo Popular, señor Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchas gracias, Presidenta. Muchas gracias,

señora Gomendio, por su presencia aquí. Usted lo ha dicho al principio, efectivamente, usted está

imputada en un proceso judicial que afecta al caso que nos ocupa; además, existen una serie de

derechos y obligaciones que usted tiene como imputada en el proceso judicial que no tiene aquí, y

hay uno que yo creo que me parece que es relevante, por el cual creo que debemos valorar su

presencia, y es que usted tiene aquí la obligación de decir la verdad. Yo no soy abogado, pero, por lo

visto, un imputado en un juicio no tiene esa obligación; aquí, sí, y, de hecho, aquí se pueden derivar

cuestiones... En fin, muchísimas gracias por su presencia.

He estado escuchando con todo el “fair play” posible al señor Espinar por contestar a lo que

usted decía y, por no dedicarle mucho más tiempo a eso, le digo que estamos de acuerdo con que las

responsabilidades judiciales las dirimirá un juzgado, y aquí se trata de dirimir responsabilidades

políticas; responsabilidades políticas vinculadas a posible corrupción. O sea, responsabilidad política no

es si estoy de acuerdo o no con una tasación, si estoy de acuerdo o no con un procedimiento

administrativo. Eso, que objetivamente está en el día a día de la gestión pública -y ahí se demuestran

los malos y buenos gestores, los malos y buenos gobernantes-, nada tiene que ver con que aquí se

ponga en duda el honor y el correcto funcionamiento de determinados responsables políticos, y si en

el ejercicio de esas funciones... ¡Hablemos claro! Porque aquí nos gusta mucho enseñar la patita y,

luego, no decir nada. Aquí lo que se dice es que ha habido una operación en la que alguien se ha

beneficiado; eso es lo que parece ser que algunos pretenden que otros traguemos. De lo que se trata

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aquí, en esta Comisión, es precisamente de eso, y, en la parte que nos toca, de responsabilidades

políticas, de dirimirlo; de eso es de lo que estamos hablando.

De hecho, lo que estamos asumiendo en esta comparecencia, señora Gomendio... Yo

tampoco es que tenga... Es decir, las dudas que surgen aquí son si el acuerdo de delegación se ha

presentado o no se ha presentado. Lo que está claro es que el acuerdo de delegación de 2002 existe;

por lo tanto, era una responsabilidad del Director Gerente llevar a cabo eso, no del Consejo de

Administración. O, por ejemplo, si efectivamente edificio completo son las viviendas que tienen la

consideración de protegidas o es el total de la estructura, con los edificios. Como, efectivamente,

como decía la señora Moya, es una cuestión jurídica, efectivamente, es una cuestión que dirimirán los

tribunales, y, a día de hoy, lo que tenemos son pronunciamientos constantes en el sentido que dan la

razón al Ivima.

Empezando por algunas cuestiones, señora Gomendio, a mí me gustaría que usted nos

contestara -porque es un tema que ha planteado el anterior compareciente que creo que aquí todos

debemos tener claro- si, en su opinión, se respetaron los derechos de los inquilinos, como así marca la

ley, como así era el objeto del Ivima y como así se determinó en los pliegos.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí, se respetaron los derechos de los inquilinos.

Lo considera el pliego y, además, lo considera jurídicamente la Ley de Arrendamientos Urbanos: “El

nuevo propietario se subroga en los derechos y obligaciones de la relación contractual”, es decir, del

contrato.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿De qué derechos hablamos? Es decir,

¿hablamos del precio?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Del precio. Además, la señora Martínez, que ha

intervenido anteriormente- ha considerado que el precio del contrato no se había modificado, que no

conocía a nadie que hubiera pagado menos. ¡Ella paga un 5 por ciento menos ahora en su contrato de

arrendamiento! ¡Un 5 por ciento menos al nuevo titular con respecto a lo que pagaba a Ivima! Ella es

la primera que reconocía que su contrato no se ha modificado, pero que tiene la posibilidad de pagar

menos ahora. Entonces, los derechos del ciudadano se mantienen; los intereses de la Administración

Pública se defienden, y se ha luchado por ellos.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Hablaba el señor Espinar –y será una de las

cuestiones que supongo que saldrá en la sesión de hoy y no sé si en la próxima-, del tema del valor,

de la posibilidad de que un inquilino comprara la casa. Efectivamente, hay unos contratos que los

inquilinos firman en el momento en que entran en esas viviendas, en las de alquiler con opción a

compra –corríjame si me equivoco- y ya en ese contrato viene el precio al que se tiene que pagar. Y

ese precio que los inquilinos firman es el que se puede ajustar conforme a los módulos que decía el

señor Espinar; no a toro pasado. No que se diga: es que yo, cuando firmo el contrato de alquiler con

opción a compra, si lo quiero comprar dentro de siete años, ya sé cuál es el precio que voy a pagar y

cuál es el estimado en función de la reducción. Con lo cual el inquilino lo sabía. Ese precio que

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firmaron los inquilinos (El Sr. ESPINAR MERINO: ¡Más alto!) No, ese precio... Voy a hacer la

pregunta como me gustaría hacerla a mí, señor Espinar, no como le gustaría hacerla a usted. Ese

precio que firmaron los inquilinos..., es decir, si usted dentro de siete años quiere comprar esta casa,

el precio es este. Para el inquilino, que era su derecho la opción a compra, ¿ha cambiado ese

derecho?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, no ha cambiado, y además se está refiriendo

usted a una opción de compra. Una opción de compra es que tienes el derecho a ejercitar una opción

por un valor que firmas hoy, un valor definido hoy para una adquisición futura. Eso es una opción de

compra, y no se ha modificado ese derecho.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Y en cuanto a lo que sería el valor, que yo creo

que quizá el siguiente compareciente arrojará mayor luz... El señor Espinar y otros portavoces hablan

de 68.000, que es el recurso digamos fácil de decir: oiga, 2.935 viviendas a dividir los 201 millones del

precio final. Pero es que, por esa misma regla de tres, se han vendido 30.000 euros más caras que la

media del precio que vende el Ivima a sus inquilinos. Porque, efectivamente, estoy totalmente de

acuerdo con lo que decía el señor Espinar al inicio sobre cuál es la labor del Ivima; es la labor de

facilitar vivienda, pero de facilitar vivienda y de venderla. Es decir, el Ivima no tiene el afán de

acumular un gran parque de viviendas, ¡nunca lo ha tenido! Ustedes han ido vendiendo viviendas

desde el año 1981 y siempre a sus inquilinos. Corríjame si me equivoco, en 2012 hubo incluso un

intento de vender 9.000 viviendas a sus inquilinos.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es que está el Plan 9.000 vigente y se ofrecen

viviendas a los inquilinos en condiciones favorables. Y hay un plan marco, además con bancos, con el

Colegio de Notarios, con el Colegio de Registradores para dar una financiación y unas condiciones

adecuadas a las posibilidades de los inquilinos. Se mantiene esa oferta; están seleccionadas cerca de

9.000 viviendas para ese fin.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchas gracias. Señora Gomendio, en general,

otra de las cuestiones que se han puesto en duda, y usted, efectivamente, fue la que al final firmó ese

procedimiento, en su opinión, ¿se garantizaba o se ha garantizado -que era un objetivo legal, no solo

del Ivima, sino un mandato legal- que en el proceso se respetaran principios tan básicos como los de

transparencia, objetividad o el de igualdad? Es decir, aquí hay quien parece pensar que esto fue un

procedimiento oscuro, orientado a un objetivo y a un comprador final. Entonces, me gustaría que

explicara, si es posible, cómo garantizaban esos principios, que yo creo que todos estamos de acuerdo

en que deben ser los que velen en una operación de estas características.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sí, el pliego se elaboró en dos premisas: el

respeto a los principios que rigen la licitación pública: publicidad, concurrencia transparencia,

confidencialidad, igualdad y no discriminación, y la conveniencia de configurar un procedimiento de

licitación que ofrezca suficientes garantías a los potenciales licitadores, un marco estable para poder

acudir al proceso. Además, en ese procedimiento se eligió un concurso restringido, es decir, con las

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posibilidades que por ley tienes para sacar a la venta este tipo de inmuebles, en el que se definieron

dos fases para poder analizar capacidad de solvencia, técnica económica, ausencia de prohibición de

contratar y, posteriormente, pasar a la presentación de la ...

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿Y en todo este proceso hubo alguien que le

avisara de algún defecto en cuanto a que se pudieran vulnerar estos principios fundamentales en una

operación de estas? Y no hablo solo del personal que trabaja en el Ivima, donde hay grandes

profesionales –por cierto, quiero hacer una referencia a ellos, porque parece que el Ivima es un

órgano especulador, y ahí hay grandes profesionales, todos con una gran conciencia social,

trabajando durante muchos años-, sino de toda esa gente que ha trabajado con ustedes, incluso toda

la gente que ha estado alrededor de esta operación, incluso los propios interesados que quisieran

participar en esa oferta, ¿alguien denunció: oiga, aquí no se están respetando estos principios; oiga

esto no está conforme a ley; esto no se está haciendo con transparencia? ¿Hay un interés en que se

lo lleve alguien en concreto? ¿Alguien a ustedes les puso sobre la pista o les dijo algo al respecto que

pudiera indicar eso?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¡En absoluto! Nadie hizo ese tipo de comentarios,

sino lo contrario; lo que sí se comentaba es que fue un proceso transparente, limpio, ajustado a

derecho y en unos plazos públicos que no se modificaron en ningún caso para nadie ni se adaptaron

para nadie.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿Usted, como Gerente, participó en la mesa de

contratación? ¿Era miembro?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAIN: ¡No! ¡De ninguna de las mesas de contratación!

No he participado en ninguna de las mesas de contratación, porque no estaba en la Administración y

mucho menos en este proceso.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pero cuándo se abrieran las ofertas finales en

las que se decidió la adjudicación, ¿usted estaba allí?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAIN: Pero como público. Yo estuve como público, igual

que hubo público para escuchar las ofertas que pudieran haber llegado, porque se abren en la mesa.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Yo no he estado en ninguna, pero hay quien va

a una mesa de contratación; es decir, están los que componen la mesa de contratación, que sí me he

leído quienes son, pero, como está abierto al público, ¿puede ir quien quiera?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Bueno, no, hay mesas de contratación que no

están abiertas al público. La mesa, donde se abrieron las ofertas estuvo abierta al público y estuvieron

los fondos que presentaron ofertas.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿Y alguien puso alguna queja, comentó alguna

irregularidad, expuso alguna...?

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Señora Gomendio, usted, como Directora

Gerente del Ivima, ¿recibió presiones, indicaciones o algo que pudiera dirigir este proceso de

adjudicación y este concurso hacia un fin determinado o ilícito?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pues, de momento, simplemente quería saber

qué valoración hace -porque ha sido recientemente conocida, de la sentencia que hemos conocido

recientemente y a la que usted hizo alusión anteriormente de forma breve, porque, al final,

efectivamente aquí no se trata de dirimir responsabilidades judiciales, pero cuando se ponen en duda

procedimientos conforme a ley o no, eso, quien lo dirime al final es un juez. Probablemente aquí yo

tendré mi opinión, que es subjetiva, tan subjetiva como la de los portavoces de Podemos, de

Ciudadanos o del Partido Socialista, y tan respetables nuestras posiciones y nuestras opiniones, pero

aquí la única verdad objetiva es la verdad judicial, que es la que está basada en la prueba y en la ley.

Por lo tanto, me gustaría conocer su valoración sobre esta sentencia.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sobre la sentencia, que se recibió ayer, es del

Juzgado de lo contencioso administrativo número 20, pero es que no es la única; es que también hay

del Juzgado de lo contencioso administrativo número 29, que declara que se mantiene inalterado el

contrato de alquiler de la vivienda, y del Juzgado de lo contencioso administrativo número 4 también,

que dice: lo cierto y verdad es que nada se acredita por la parte recurrente respecto a que la

ejecución de los actos administrativos haya hecho cambiar la situación personal de la demandante. Es

decir, que no son los únicos, y esos son unos cuantos de los que han llegado. El de ayer, el Juzgado

contencioso administrativo número 20 de Madrid considera acreditado, en el fundamento de derecho

1, que Azora, de conformidad con lo previsto en el pliego, creó la sociedad unipersonal Encasa

Cibeles, a quien se transmite lo adquirido con las mismas condiciones propuestas por Azora.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Estaba recordando una cosa que ha dicho el

portavoz de Ciudadanos: que no es que Encasa no se presentara el concurso, es que Encasa no

existía.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No existía. Se crea como vehículo para la firma y

elevación a público, y en el pliego.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Es lo que permite la ley y estaba previsto en los

pliegos. Vale.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Vale? La situación de los arrendatarios

permanece tras la venta, sin sufrir modificación alguna. Todo esto lo dice el Juzgado de lo

contencioso-administrativo. El precio de la opción de compra está predeterminado y no guarda

relación alguna el que haya pagado la adjudicatoria. El cambio de arrendador no puede considerarse

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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como una ventaja o un perjuicio al permanecer incólume todo el entramado de derechos y

obligaciones. Esto no lo digo yo, lo dice el juez.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No sé cómo voy. ¿Puedo hacer una última

pregunta antes de...?

La Sra. PRESIDENTA: Le queda un minuto.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Perfecto. Entiendo que una operación de estas

características requiere, como han dicho otros compañeros míos, una serie de pasos previos, una

serie de informes obligatorios, una serie de pronunciamientos por diversos órganos de la

Administración, entonces, quería saber si están en el expediente todos esos informes preceptivos que

requería una operación de estas características.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El expediente está completo, se ajusta a

Derecho, tiene todos los informes preceptivos y tiene informes no preceptivos que se solicitaron para

acompañar el expediente, como el de la Dirección General de Política Financiera sobre la tasación

establecida; ese no era preceptivo y se solicitó para confirmar si la tasación... O como seguridad para

el expediente. Se pidió preceptivo el de la Abogacía General, el de Calidad de los Servicios, Consejo

Consultivo, ¡todos!, ¡todos!, si no, el Consejo de Gobierno no aprueba el expediente.

La Sra. PRESIDENTA: Se le ha terminado el tiempo.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Vale. Perfecto.

La Sra. PRESIDENTA: Muy bien. Gracias, señorías. Se abre el segundo turno de preguntas

y respuestas, que es aclaratorio y facultativo, y, en todo caso, el diálogo con cada portavoz durará

como máximo cinco minutos. ¿Quiere hacer uso del turno el portavoz de Ciudadanos, señor Aguado?

El Sr. AGUADO CRESPO: Gracias, Presidenta. Una pregunta, señora Gomendio, ¿los

inquilinos tenían derecho de tanteo?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, no tienen derecho de tanteo ni de retracto.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿En ningún momento?

La Sra. OMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Y no es lo mismo que la opción de compra, ¿eh?

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿En ninguna fase? ¿No se les consultó si querían comprar la

vivienda en lugar de venderla a fondos de inversión?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Por ley, no tienen derecho de tanteo y retracto al

ser venta de promociones completas; Decreto 11/2005.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Pero tiene constancia de que exista algún organismo de control

en la Comunidad de Madrid para supervisar que la labor de Encasa está siendo acorde con la función

social que debe tener una vivienda pública o de servicio público?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Comisión como...

El Sr. AGUADO CRESPO: Un órgano que controle que Encasa está haciendo lo que tiene

que hacer, que está cumpliendo los contratos, que está respetando lo acordado en un inicio con el

Ivima.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Yo lo desconozco. Ya no estoy en la

Administración y desconozco si existe algún órgano. El Ivima, desde luego, sí tenía relación fluida con

Encasa Cibeles sobre todo para ver si se mantenían los derechos del inquilino y, por otro lado, para

trasladar absolutamente todo, sin perjuicio de los derechos del inquilino.

El Sr. AGUADO CRESPO: Usted ha hablado de 2013 a 2015, entiendo que estuvo al frente

de...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Perdón?

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿En su etapa no había ningún organismo que se encargara de

recibir, a lo mejor, a los inquilinos?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Organismo como tal que yo sepa no.

El Sr. AGUADO CRESPO: Mesa o alguna...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, no. Que yo sepa, no.

El Sr. AGUADO CRESPO: Se firmó el contrato y...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, no, no. El Ivima tenía relación con Encasa

Cibeles. Organismo, oficialmente no. El Ivima se reunía con Encasa Cibeles normalmente una vez por

semana para poder trasladar toda la información que fuera necesaria sin perjuicio del derecho de los

inquilinos, y eso fue periódico.

El Sr. AGUADO CRESPO: Si los inquilinos hubieran sufrido algún perjuicio, ¿podían dirigirse

a algún órgano de la Comunidad de Madrid? ¿Al Ivima a presentar alguna queja o había algún

mecanismo articulado para resolver estas quejas?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Fuera del Ivima lo desconozco; fuera del Ivima lo

desconozco.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

3029

El Sr. AGUADO CRESPO: Y otra pregunta: ¿Usted conoce las razones de su cese? ¿Por qué

la cesaron? ¿Tiene algo que ver con Ivima? ¿Tiene algo que ver con su gestión al frente del Ivima?

¿Le explicaron por qué no continúa al frente del organismo?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No. Los altos cargos... Yo no tengo ningún

conocimiento de nada. Ahora mismo, mis sustituciones son dos profesionales estupendos, y yo no

tengo...

El Sr. AGUADO CRESPO: No le comunicaron el porqué del cese para no continuar al frente

del Ivima, ¿no?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Es que no hay ninguna... Yo volví al sector

privado, con lo cual no hay ningún...

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Fue una decisión suya o fue...?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, el cese es público. El cese es del Consejo de

Gobierno. El cese es del Consejo de Gobierno.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Y no le comunicaron por qué? Simplemente se lo comunicaron,

cesada y...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Qué me tienen que comunicar?

El Sr. AGUADO CRESPO: Hombre, alguna razón, a lo mejor.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Lo que me tienen que comunicar es que lo tienen

que publicar en el Boletín de la Comunidad de Madrid; eso es lo que tienen que hacer: publicarlo para

que quede constancia del cese.

El Sr. AGUADO CRESPO: Era por ir un poco más allá; los formalismos los conozco, pero

era por...

La Sra. GOMENDIO LÓPEZDE ASIAÍN: Claro, pero es que esos son los formalismos, o

sea, que no hay mucho más. Lo que nosotros podamos hablar...Es que no ha lugar.

El Sr. AGUADO CRESPO: La última pregunta: yo si me pongo en la piel de un gestor, si

tengo que vender unas viviendas, que tienen una función social, por 200 millones cuando están

valoradas en 300 millones, a mí, como gestor, me parece que es una mala operación. Yo entiendo

que usted seguía instrucciones, pero, ¿me puede confirmar si seguía instrucciones, si estaba de

acuerdo en esa venta y si le parece que desde el punto de vista de la gestión pública es una buena

operación?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASÍAÍN: Fue una operación magnifica para el momento en

el que se hizo. ¡Magnifica! Se consiguió un 20 por ciento más del valor de tasación de las viviendas.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

3030

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Aunque estuvieran valoradas en 300 millones?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Y mucho más de lo que se esperaba conseguir.

Un 20 por ciento más de lo que valían esas viviendas en el mercado según la tasación. Creo que fue

extraordinaria la operación; extraordinaria.

El Sr. AGUADO CRESPO: Perfecto. Pues no tengo nada más que decir.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Y transparente, además.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señor Aguado. ¿Quiere hacer uso del turno de aclaración,

señor Espinar, de Podemos? (Asentimiento.) Muy bien. Tiene cinco minutos.

El Sr. ESPINAR MERINO: Muchas gracias. Señora Gomendio, como usted no quiere

contestar a las preguntas le voy a hacer una solo y al final. Voy a empezar aclarando una cosa:

cuando hablamos de vivienda protegida no es lo mismo valor que precio, porque estamos hablando

de un tipo de vivienda que no solo atiende a su precio de mercado, sino a la necesidad de vivienda de

quienes tienen que adquirirla en régimen de protección porque no pueden hacerlo en régimen de

vivienda libre. Así que ustedes confunden valor y precio y ya saben ustedes lo que decía Machado al

respecto.

Miren, señorías, tiene sentido que en esta Comisión de corrupción comparezca la señora

Gomendio y tiene sentido que hablemos de esto porque si esta Comisión tiene algún sentido es el de

poner en relación las responsabilidades políticas y las judiciales en los casos de corrupción. Y para

poner en relación responsabilidades judiciales y políticas en esta Comisión, este caso, el caso de la

venta de las viviendas del Ivima, es un caso paradigmático, casi para aparecer como ejemplo en los

libros de texto.

Hago un repaso del resultado de la gestión de la señora Gomendio en lo que atiende a la

venta de este paquete de vivienda del Ivima a fondos de inversión, a fondos buitre. Se trata de una

vivienda pública cuyo valor contable, cuando uno atiende al precio de los módulos y al precio de venta

que se le aplicaba a quienes accedían a esta vivienda en régimen de protección -hay que recordarlo

siempre: estamos hablando de vivienda protegida para gente que no podía acceder a la vivienda a

precio de mercado; estamos hablando de vivienda protegida que garantizaba el derecho a la vivienda-

, era de más de 300 millones de euros; ese era el valor contable. ¿Qué hace el Ivima bajo el mandato

de la señora Gomendio y nos tememos que también del señor Van-Halen, que va a comparecer

después? Las saca a concurso por 168 millones de euros. ¿A qué tipo de concurso? ¿A un concurso

abierto? No, a un concurso cerrado en dos rondas. En la primera se presentan doce empresas a las

que se invita a participar –se invita a participar-; se estiman las condiciones de esas empresas para la

gestión de esta vivienda y, ¿quién gana el concurso? Goldman Sachs y Azora. Se pasa una segunda

ronda en la que solo concurren tres empresas y Goldman Sachs, que había concurrido en primera

ronda, no concurre en la segunda. ¿Por qué? Porque tiene un acuerdo con Azora a través del cual

Azora gana el concurso, tiene menos del 2 por ciento de la propiedad y de la gestión de las viviendas

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

3031

y Goldman Sachs tiene más del 98; después, terminan por constituir una sociedad que en Encasa

Cibeles, que es la actual gestora de los pisos.

¿Qué resultado tiene esto para los afectados? El cambio de propiedad conlleva la pérdida del

derecho de tanteo y retracto porque se trataba de alquileres con opción a compra. El IBI y el

impuesto de basuras, que el Ivima no les pasaba por ser personas que tenían que acceder a la

vivienda en régimen de protección, ahora lo pagan. Han perdido las ayudas al alquiler, que no son las

mismas, cuando el propietario de la vivienda es el Ivima o cuando el propietario de la vivienda es un

fondo buitre. Y ahora, además, están sufriendo acoso para aumentarles los gastos de comunidad que

les quieren imponer las empresas propietarias. Esto en lo que atiende a los afectados, por no

preguntarle a usted, señora Gomendio, porque no iba a contestar, por cuánta gente había en lista de

espera esperando vivienda pública en la Comunidad de Madrid cuando ustedes decidieron convertir

por cuatro duros la vivienda pública en vivienda propiedad de un fondo de inversión.

Usted tenía dos obligaciones al frente del Ivima: una, proteger el patrimonio del Ivima, y ya

ha dicho el Tribunal de Cuentas que hay un quebranto patrimonial de casi cien millones de euros; dos,

y mucho más importante, garantizar el derecho a la vivienda de los ciudadanos que en la Comunidad

de Madrid no pueden adquirirla en régimen de mercado libre, y tampoco lo hizo, señora Gomendio; no

hizo ninguna de esas dos cosas. Pero es que, además –y aquí está la clave de la cuestión y el nombre

que todavía no ha salido-, el consejero delegado de Azora, empresa a la que usted adjudica la venta

de estas viviendas por cuatro duros, don Rafael Tomás Codoñer Seguí, es su socio en dos empresas

inmobiliarias: en La Casa Magenta Inmuebles y en la urbanizadora Viña del Mar; es decir, estamos

delante de un caso de corrupción de libro, y por eso usted comparece en una comisión de

investigación y por eso usted está imputada ante un juez por malversación de caudales y por

prevaricación.

Señora Gomendio, la única pregunta que le quiero hacer antes de que concluya mi turno, la

única pregunta que le quiero hacer es si reconoce que siente vergüenza por lo que les ha hecho a los

afectados, lo que ha hecho con la vivienda en la Comunidad de Madrid, y si quiere pedir perdón.

Gracias, Presidenta.

La Sra. PRESIDENTA: Termine, por favor.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Creo que ha sido un concurso transparente, se

ajusta a derecho y se mantienen los derechos de los ciudadanos. Se ha velado por los derechos de los

ciudadanos y, además, creo que la señora Martínez lo ha confirmado. No se han...

El Sr. ESPINAR MERINO: Solo un consejo, señora Gomendio.

La Sra. PRESIDENTA: Está fuera de tiempo ya. (El Sr. ESPINAR MERINO: No estoy fuera

de tiempo, Presidenta; no estoy fuera de tiempo.).

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Me ha dicho que se mantienen los derechos de

los ciudadanos.

El Sr. ESPINAR MERINO: Ayudaría el arrepentimiento a su situación procesal, pero usted

sabrá. Yo pediría perdón a las familias afectadas y a las familias que no pueden acceder a la vivienda

por gestores como usted, señora Gomendio. Gracias, Presidenta.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Sus condiciones no han terminado.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Pregunto a la portavoz del Grupo Socialista si va a

intervenir. (Asentimiento por parte de la señora Moya Nieto.) Muy bien, proceda.

La Sra. MOYA NIETO: Gracias, señora Presidenta. Señora Gomendio, ¿organizó usted un

acto, el día 14 de junio, de presentación de esta venta con inversores, al que asistieron

representantes de los principales fondos de inversión y consultoras inmobiliarias mundiales?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: El acto fue realizado por la sociedad a la que se

había subcontratado, externalizado, la presentación de la posible operación, en el que se dio a

conocer que esta operación se iba a realizar. Estaba yo presente.

La Sra. MOYA NIETO: Por utilizar su propia expresión, se trataron estas viviendas como

pantalones; es la expresión que usted ha utilizado al principio de su intervención.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No, al revés; yo he dicho que no lo son.

La Sra. MOYA NIETO: Señora Gomendio, ¿cree usted que Encasa Cibeles, constituida con

un capital de 3.000 euros para adquirir las viviendas, 3.000 euros –tengo la escritura de constitución

aquí, que supongo que usted conocerá también- para una adquisición de 201 millones, cumplía las

condiciones de solvencia técnica y profesional y, sobre todo, la económica que exigía el pliego de

condiciones? ¿Con un capital de 3.000 euros?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Está hablando de Encasa Cibeles?

La Sra. MOYA NIETO: Sí, por supuesto.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Ese es el vehículo. Si usted considera que no

tenía dinero suficiente, ¿cómo es que pagó posteriormente?

La Sra. MOYA NIETO: No. Le pregunto si lo considera usted, no si lo considero yo. Usted

es quien me tiene que contestar.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¡Por ley! El Tribunal contencioso-administrativo

número 20 acredita que Azora, de conformidad con lo previsto en el pliego, creó la sociedad

unipersonal Encasa Cibeles, a quien se transmite lo adquirido con las mismas condiciones, con lo cual

tenía...

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La Sra. MOYA NIETO: Ya hemos oído la decisión. Yo le estoy preguntando si usted cree

que 3.000 euros para 201 millones es suficiente solvencia.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Pagó, pagó.

La Sra. MOYA NIETO: Quiere decir que usted considera que hay suficiente solvencia por

parte de esa empresa. De acuerdo. Alguna pregunta más: ¿por qué negó el Ivima a los inquilinos

reiteradamente que sus viviendas iban a ser vendidas cuando el proceso estaba en marcha, siendo

usted gestora del Ivima? Y si me permite, queremos saber si usted autorizó que los datos personales

de los adjudicatarios estuvieran a disposición de las empresas que se presentaron al concurso, sin

autorización de los arrendatarios.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿La primera pregunta cuál era? ¿Por qué no se

notificó a los...?

La Sra. MOYA NIETO: No. ¿Por qué negaban ustedes reiteradamente a los inquilinos, a los

arrendatarios, que estaban en proceso de venta esas viviendas?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No tengo conocimiento de que se negara a los

inquilinos que se estuviera en proceso. Era público. El proceso es público. Era un concurso restringido

y está publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil del Contratante.

La Sra. MOYA NIETO: Bien, bien, perfecto. Ha quedado muy claro, señora Gomendio.

Muchas gracias. ¿Autorizó usted que se dieran los datos personales a las empresas que se

presentaron al concurso?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Datos personales a quién?

La Sra. MOYA NIETO: A las empresas que se presentaron al concurso, lógicamente, a los

licitadores. ¡Los datos personales de los inquilinos!

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: ¿Que si se dio...?

La Sra. MOYA NIETO: ¿Lo autorizó usted?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Desconozco... Primero...

La Sra. MOYA NIETO: Debo estar hablando en hebreo o algo así, no sé.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No: es que me está haciendo una pregunta, en la

cual yo no tengo acceso a esa respuesta, porque existe un “data room” que es oficial... Vamos, y se

publicó, única y exclusivamente para que los licitadores...

La Sra. MOYA NIETO: Porque la Agencia de Protección de Datos no sé si sabe que ha

abierto un expediente y le va a caer una sanción al Ivima por esto. Entonces, le pregunto si usted...

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La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Yo no sé, porque yo no estoy en el Ivima ahora

mismo, que, además, no es el Ivima; con lo cual, desconozco lo que me está diciendo.

La Sra. MOYA NIETO: Le he preguntado lo que pasó en el Ivima cuando se autorizó dar

esos datos; es lo que le he preguntado, no lo que está pasando ahora.

Una cuestión más. ¿Por qué en la escritura de compraventa hay un tratamiento, a nuestro

juicio, descarado a favor del comprador? Los derechos pendientes de cobro se atribuyen al

comprobador conforme a los pliegos, pero los gastos u obligaciones impagados siguen siendo por

cuenta del vendedor, y no es esto lo que establecía el pliego de condiciones. ¿Por qué se cambian

esas condiciones en la escritura de compraventa?

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: No se cambian las condiciones del pliego en la

escritura de compraventa. La oferta está sobre la mesa, en una mesa de contratación, el 9 de agosto

y la escritura es un 25 de octubre. En ese período de tiempo hay cosas que recoger en la escritura, y

en la escritura se recoge, entre otras cosas, el 10 por ciento de régimen concertado, al que tiene

derecho el nuevo comprador, porque tiene más de 6.000 euros en fianzas y más de cinco viviendas,

con lo cual tiene derecho a ese 10 por ciento. Además, hay una subrogación de hipotecas que hay

que actualizar los intereses. Existen unas rentas pendientes de cobro que hay que regularizar; con lo

cual, todas esas cosas hay que recogerlas en la escritura, y no hay ningún cambio del pliego. La

cliente soportó los gastos notariales, de registro de la propiedad, así como los tributos que gravan la

transmisión, sin que Ivima tuviera que poner ninguna de las cantidades que le corresponderían al

vendedor.

La Sra. MOYA NIETO: Resumiendo, que autorizó y conocía usted esos cambios que se

produjeron en la Escritura de compraventa, deduzco de sus palabras, ¿no, señora Gomendio?

La Sra. PRESIDENTA: Si quiere hacer uso del turno, tiene la palabra el señor Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí. Muchísimas gracias. Para concluir, como han

hecho algunos de los otros portavoces. La verdad, señor Espinar, es que no sé para qué deberíamos

seguir, si usted tiene ya sus conclusiones perfectamente redactadas, según le hemos entendido. Ya ha

llegado usted a una serie de conclusiones; ha hecho una serie de afirmaciones aquí, que yo respeto,

pero la verdad es que si precisamente estamos aquí para investigar, para conocer y, en teoría,

llevamos dos horas desde que esta Comisión se ha puesto a trabajar, y usted ya es capaz de hacer

esas afirmaciones, pues alguno se preguntaría para qué seguimos aquí. No obstante, yo quiero seguir

aquí profundizando en esta y en otras cuestiones, y quiero centrarme en dos de ellas, sobre las que

simplemente querría su confirmación. Es decir, aquí se juega con las palabras, y no podemos decir

que esas viviendas tenían un valor de 300 millones de euros, por mucho que... (El señor Espinar

Merino pronuncia palabras que no se perciben.) Ese es un matiz que es cierto, con el que sí podía

estar de acuerdo, señor Espinar, efectivamente. Pero, claro, el valor de las cosas es el valor que uno

le da cuando lo compra. Yo puedo pensar que esto vale equis, y únicamente se puede dar un valor

real haciéndose una tasación, que es independiente, que es lo que ustedes establecieron.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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Por otra parte, podemos estar todos de acuerdo en que lo fundamental aquí es proteger a la

gente más débil, señor Espinar y señora Moya, pero, entonces, seamos justos y seamos rigurosos.

Cuando hablamos de personas en exclusión social, cuando hablamos de personas que lo están

pasando mal, reconozcamos al mismo tiempo, y no olvidemos, que más del 80 u 85 por ciento de las

viviendas a las que estamos haciendo referencia eran del plan joven de arrendamiento con opción a

compra, que implicaba unos salarios muy por encima de los que se suelen pedir en otro tipo de

viviendas. Estamos hablando de gente que ganaba más incluso de 50.000 euros; esa gente es la que

accedió a estas viviendas, que tendrán los mismos derechos que el resto, pero estamos hablando de

gente que ganaba más de 50.000 euros, porque eran jóvenes, lo que pasa es que en una época en la

que no había facilidad de crédito y estaba el Ivima para ello. No obstante, vuelvo a lo de antes -y con

esta pregunta termino-: aquí podemos hacer todo tipo de disquisiciones -valoraciones políticas sobre

si este es un contrato correcto o no, si se ajusta a un pliego, si se ajusta a la norma, si se ajusta al

Reglamento, si fue transparente-, pero aquí, cuando hablamos de responsabilidades políticas en una

Comisión de investigación sobre corrupción, hablamos de lo que hablamos, y, efectivamente, aquí, en

esta Asamblea, hay otra Comisión, que es la de estudio de la deuda. Si aquí hay un uso incorrecto del

dinero, precisamente, como se está viendo en la otra Comisión, llevémoslo allí.

Si ustedes tienen una duda sobre la diferencia entre valor patrimonial, valor contable y valor

real eso será una cuestión de la Comisión de deuda, pero aquí de lo que estamos hablando es de

posible corrupción, y aquí se está poniendo nuevamente en duda la honorabilidad de gente, altos

cargos y funcionarios. No olvidemos que hay muchos funcionarios que están obligados por la ley a ser

parte de este proceso. Seamos serios a ese respecto.

Por lo tanto, quiero terminar, simplemente, con una valoración final por su parte, y es sobre

este proceso en general: lo que marcaba la ley, lo que marcaban los pliegos y el resultado final; si

usted conoce o cuál es su valoración global de este proceso, cómo lo calificaría, y si, finalmente, hay

alguien que le haya podido decir en algún momento que esto no es legal o que alguien –hablemos

claro- se lo está llevando por otro lado.

La Sra. PRESIDENTA: Quedan dos minutos.

La Sra. GOMENDIO LÓPEZ DE ASIAÍN: Considero que es un expediente que está

completo con todos los informes preceptivos e incluso informes no preceptivos, que es un

procedimiento que se ajusta a derecho, transparente, abierto y de libre concurrencia y que los

objetivos eran defender los derechos -y así ha sido- de los inquilinos, así como los intereses de la

Administración. Y, como dice Alfonso, quiero dar las gracias a todo el equipo de funcionarios y

trabajadores que han intervenido en este procedimiento y cuya colaboración es de agradecer.

Muchísimas gracias a todos.

La Sra. PRESIDENTA: Ruego a todos los portavoces –también lo recordaré para los

próximos comparecientes- ajustarnos lo máximo posible a los tiempos. Vamos a hacer un receso de

diez minutos exactos, con lo cual, reanudamos a las 12:00h.

DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID / NÚM. 64 / 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

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(Se suspende la sesión a las once horas y cincuenta y dos minutos).

(Se reanuda la sesión a las doce horas y nueve minutos).

La Sra. PRESIDENTA: Señorías, vamos a reanudar la sesión, que ya empezamos con diez

minutos de retraso sobre los diez que había concedido; les pido que nos ajustemos lo máximo posible

a los tiempos. Les recuerdo que no se pueden tomar imágenes gráficas ni sonoras, a petición de la

Mesa de la Asamblea y del Vicepresidente de esta Mesa, del Partido Popular, en virtud del artículo 99,

aunque las sesiones son públicas y se retransmiten por “streaming”, tal y como se ha pedido desde

Presidencia y Portavoces de esta Comisión. Muchas gracias. (El Sr. ONGIL LÓPEZ: Disculpe,

Presidenta, tengo una cuestión de orden.) No se puede.

Pasamos al cuarto punto del orden del día.

Comparecencias con tramitación acumulada:

C-385(X)/2015 RGEP.4301. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen Rodríguez,

ex-Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, a petición del Grupo

Parlamentario Socialista, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas,

propiedad del IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo

75.3 del Reglamento de la Asamblea).

C-389(X)/2015 RGEP.4320. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen Rodríguez,

ex-Director General de la Vivienda y Rehabilitación y Director Gerente del Instituto de la

Vivienda de Madrid (IVIMA) (2011-2013), a petición del Grupo Parlamentario de

Ciudadanos, al objeto de informar sobre venta de viviendas públicas, propiedad del

IVIMA, al fondo de inversión Goldman Sachs-Azora. (Por vía del artículo 75.3 del

Reglamento de la Asamblea).

C-406(X)/2015 RGEP.4340. Comparecencia del Sr. D. Juan Van-Halen Rodríguez,

Director General de Vivienda y Rehabilitación y Director Gerente del Instituto de Vivienda

de Madrid entre 2011 y 2013, a petición del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de

Madrid, al objeto de informar sobre valoración en la enajenación de viviendas del IVIMA a

los fondos buitre. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

Iniciamos la comparecencia de don Juan Van-Halen Rodríguez, ex director general de

Vivienda y Rehabilitación y director gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, Ivima, entre los

años 2011 y 2013. (El Sr. ONGIL PÉREZ: Presidenta, por favor, tengo una cuestión de orden.) Se

trata de una comparecencia conjunta a petición tanto del Grupo Parlamentario Socialista como del

Grupo Parlamentario de Ciudadanos, como del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid.

Se invita al compareciente a que tome asiento en la mesa. (El Sr. ONGIL LÓPEZ: Presidenta...).

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Voy a recordar, como he hecho con los otros comparecientes, los derechos que le asisten,

así como los apercibimientos legales que se hacen al mismo; ambos constan de forma expresa en el

escrito de requerimiento que se le ha notificado. ¿Nos confirma, por favor, que ha leído este escrito y

le constan los derechos que le asisten y los apercibimientos legales penales que le son aplicables? (El

Sr. ONGIL LÓPEZ: Presidenta, tengo una cuestión de orden, por favor, antes de empezar.).

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Sí. (El Sr. ONGIL LÓPEZ: Presidenta, tengo una

cuestión de orden, por favor, antes de empezar.).

La Sra. PRESIDENTA: Señoría, hay un turno de ruegos y preguntas al final de la sesión.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: ¡No, no!, es una cuestión de orden. Creo que lo puedo decir ahora.

La Sra. PRESIDENTA: Tiene la palabra, señor Ongil.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Quiero hacer constar nuestra protesta porque no se puedan tomar

imágenes. Creemos que desde el momento en el que esta sesión se hace pública, y se hace pública

por “streaming”, tenemos derecho igualmente a grabar y a tomar imágenes. De hecho, hay una

sentencia del 25 de junio de este año del Tribunal Supremo, donde explicita que los reglamentos no

pueden ir por encima del artículo 20 de la Constitución, y el derecho a grabar imágenes está por

encima de eso. Creo que, además, como hemos demostrado en la Comisión de deuda, se puede hacer

algo legítimo, aunque, a lo mejor, no pueda estar autorizado exactamente y, si hace falta, tendremos

que llegar a la vía judicial para que esto se resuelva, y, si hace falta, tendremos otra sentencia del

Supremo, que no está de más.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias por sus palabras, señoría. Recuerdo, como he dicho

anteriormente, cuando he tenido que llamar la atención, que no era precisamente la voluntad de la

Mesa ni de la Junta de Portavoces de esta Comisión; de hecho, se ha pedido expresamente, y tengo el

escrito, tanto que se facilitara el “streaming” como que se obviara el artículo 99, que es justamente el

que lo impide, el que impide lo que usted está diciendo. Tengo que decirle que fue mayoría de la

Mesa solicitarlo, a excepción del Vicepresidente del Grupo Parlamentario Popular, y también fue

decisión de la Mesa de la Asamblea -que, como saben todos ustedes, es quien provee y quien

finalmente autoriza los medios materiales- denegarlo. Si bien se ha permitido el “streaming” y facilitar

la señal a los medios, no así obviar el artículo 99, que impide la grabación de imágenes sonoras o

gráficas.

El Sr. ONGIL LÓPEZ: No estamos representados en la Mesa de la Comisión. (El señor

Serrano-Sánchez Capuchino pronuncia palabras que no se perciben).

La Sra. PRESIDENTA: Señorías, luego podemos comentarlo en el punto de ruegos y

preguntas del final, para proceder con la comparecencia, también en deferencia al compareciente que

está aquí presente.

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3038

El Sr. ONGIL LÓPEZ: Simplemente, aceptamos las consecuencias que tenga tomar fotos en

la Comisión.

La Sra. PRESIDENTA: Señor Van-Halen, le recuerdo, por si no ha estado en las

comparecencia anteriores, que el formato es el de pregunta y respuesta, tal y como está explicado en

el escrito de requerimiento. Hay un primer turno de presentación de dos minutos por cada Grupo que

haya instado la comparecencia y hay un turno de portavoces de los Grupos, de menor a mayor,

también en formato de pregunta y respuesta, por tiempo de quince minutos cada uno, y un posible

segundo turno facultativo para cualquier aclaración, por cinco minutos. Tiene la palabra el señor

Zafra, del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, solicitante de esta comparecencia -uno de los tres

Grupos que la ha pedido- por tiempo máximo de dos minutos.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Muchas gracias, señora Presidenta. Solamente, queremos

darle la bienvenida al señor Van-Halen y esperar sus declaraciones.

La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias, señoría. Tiene la palabra la señora Espinosa en

representación del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Gracias, señora Presidenta. Me gustaría utilizar este

turno de palabra para hacer una aclaración sobre el objeto de esta comparecencia, incluso de esta

Comisión. Sobre todo es un llamamiento al portavoz del Grupo Parlamentario Popular, que viene

poniendo en duda los objetos de las comparecencias. Quiero decir que, quizá, debería revisar su

concepto de corrupción, y que la corrupción es emplear el dinero público, el dinero de todos los

madrileños y madrileñas o españoles para el interés de unos pocos frente al interés general.

En cualquier caso, quizá, señor Serrano, no ha sido usted consciente de los acuerdos que

han existido en el seno de esta Comisión, porque se ha acordado por parte de todos los Grupos

Parlamentarios que esta operación que el Ivima hace de venta de vivienda pública a fondos buitre sea

objeto de esta Comisión. Por tanto, su puesta en duda permanente de este asunto empieza a ser

inoperativa. En cualquier caso, quizá debería preguntar a los otros dos portavoces que ha tenido su

Grupo Parlamentario, porque quizá -como tienen ustedes sus líos internos- eso no le permite

enterarse bien de cuáles son los acuerdos de esta Comisión. En cualquier caso, quiero hacer

referencia a que el Ivima es objeto de esta Comisión porque así ha sido acordado en el plan de

trabajo por todos los Grupos Parlamentarios, incluido el suyo.

Hacer referencia también –y dar expresamente esta información al compareciente, aunque

ya la sabrá- que no tenemos intención de hacer ningún juicio paralelo, no tenemos intención de

determinar responsabilidades judiciales, sino que queremos determinar quién es responsable político

de una operación de vivienda que entendemos que ha sido para el interés de unos pocos y en contra

del interés general.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Doy la palabra a la señora Moya, del Grupo Socialista, por

tiempo máximo de dos minutos.

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La Sra. MOYA NIETO: Gracias, Presidenta. No voy a hacer uso del turno; prefiero acumular

el tiempo para la segunda intervención.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señoría. Pasamos, pues, a la intervención de los bloques de

quince minutos, de menor a mayor. Doy la palabra al señor Zafra por el Grupo Parlamentario de

Ciudadanos.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Muchas gracias, señora Presidenta. Señor Van-Halen, la

primera pregunta que me gustaría que me respondiese es en qué momento se decidió enajenar ese

parque de viviendas del Ivima, concretamente esas 8.000 viviendas de las que estamos hablando

exactamente hoy.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Se refiere a las 9.000 viviendas que se enajenaron a sus

inquilinos?

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Eso fue en el año 2012 y fue un programa que se puso

en marcha para que aquellos inquilinos que tenían capacidad, que estaban pagando un alquiler y

podían y querían comprar su vivienda –por supuesto, era voluntario-, pudieran acceder a la compra y,

de esa forma, en vez de tener un alquiler por el que estaban haciendo gasto de los fondos, tener una

inversión y ser propietarios. Eso se hizo buscando un acuerdo; se llegó a un acuerdo con todos los

bancos que lo desearon para financiar...

La Sra. PRESIDENTA: Perdón, señor Van-Halen. Está prohibido... (Palabras que no se

perciben por parte de los fotógrafos.) Discúlpenme. Ha sido decisión de la Mesa de la Asamblea, que

trasciende de esta Comisión, que no se puedan sacar, en virtud del artículo 99 del Reglamento,

imágenes gráficas o sonoras; sí que está permitido el acceso a los medios por “streaming”. Lo siento.

(Palabras que no se perciben por parte de los fotógrafos.) Yo les transmito lo que nos transmitió ayer

por la tarde la Mesa de la Asamblea. (Palabras que no se perciben por parte de los fotógrafos.) Yo de

eso no tengo constancia; de lo que sí tengo constancia es de que, ayer, la Mesa de la Asamblea nos

pidió expresamente no saltarnos el artículo 99. Lo siento, ¿eh? No quiero seguir interrumpiendo la

sesión; si son tan amables... (Palabras que no se perciben por parte de los fotógrafos.) Nosotros lo

pedimos, pero ha sido decisión de la Mesa de la Asamblea. (Palabras que no se perciben por parte de

los fotógrafos.) No, no, no, no. (Palabras que no se perciben por parte de los fotógrafos.) No, no, no;

perdonen. Lo he dicho al principio y lo he recordado en cada comparecencia. He llamado también la

atención a alguna señoría que ha estado sacando fotos. Insisto, no nos posibilitan que ustedes

puedan sacar fotos aquí dentro. Bien lo siento, pero simplemente les transmito la decisión de la Mesa

de la Asamblea. (Palabras que no se perciben por parte de los fotógrafos.) Sí, sí, yo lo comprendo,

pero es una decisión que trasciende de esta Comisión y ha sido decisión de la Mesa de la Asamblea;

así que, por favor, les ruego que salgan. (Pausa.) Gracias. Reanudamos la sesión.

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3040

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mire, estaba explicando que, efectivamente, en el año

2012 se pone en marcha -así lo decidió el Consejo de Gobierno- un programa para ofrecer a 10.000

inquilinos las 23.000 o 24.000 viviendas que tenía el Ivima en ese momento, porque el régimen

jurídico así lo permitía; eran viviendas que llevaban muchísimos años en alquiler, parece que su

destino final iba ser que los inquilinos siguieran viviendo de alquiler por otros muchos años, y se

decidió ofrecer la posibilidad de que pudieran comprarla sabiendo que había transcurrido un plazo

más que razonable con financiación, que, en los casos en que se pudo, se ajustó más o menos a la

renta que pagaban, y, de esa manera, cambiaban un flujo de alquiler por la posibilidad de ser

propietarios. A este programa se acogieron, creo recordar, más de 500 familias, que pudieron acceder

a sus viviendas.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y cuántas viviendas fueron?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Se ofrecieron 9.000 y, si no recuerdo mal... Porque sigue

abierto –lo ha recordado antes mi sucesora en el Ivima- el programa; pero, cuando yo me fui, creo

recordar que estaban como 500 viviendas vendidas.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¡500! O sea, de las 9.000 que se ofrecieron, ¿solamente 500

consiguieron vender?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, era una decisión que correspondía a cada

inquilino, que, en su mejor juicio, podía decidir si comprar o no comprar esa vivienda.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Ya, pero, efectivamente, desde el Consejo de Gobierno lo que

se intentaba conseguir es que 9.000 viviendas del Ivima pasasen a manos de propiedad privada y

solamente se consiguieron 500.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No, no, se vendieron a los inquilinos...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí, sí, a los inquilinos; pero fueron 500 en vez de 9.000, que

era el objetivo que tenían.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, con esta práctica que se ha dicho antes, que

lleva en marcha desde que se fundó el Ivima en el año 83, me parece que se han vendido unas

70.000 viviendas –hablo de memoria-...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí, pero nosotros estamos hablando de estas viviendas en

concreto. De estas 9.000, ¿solamente fueron 500?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Fueron 500, sí.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Entonces, una vez llegado ese punto, si, como bien usted ha

dicho, viene por parte del Consejo de Gobierno conseguir que esas 9.000 viviendas pasen a dejar de

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ser del Ivima y las compren los inquilinos y usted no consigue vender esas 9.000 viviendas, ¿qué

ocurre?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No ocurre nada.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿No ocurre nada?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Paralelamente a esa operación de ofrecer a los inquilinos

la posibilidad de ser propietarios –y quiero decir también que esa política de ofrecer al inquilino que

sea propietario es una política que ha marcado la política de vivienda en España desde los años

iniciales, con los Gobiernos de todos los colores políticos...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Estamos muy de acuerdo con esa política...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo lo que quiero decir es que en el momento en que...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Señor Van-Halen, no estamos hablando de si estamos de

acuerdo o no; estamos muy de acuerdo con esa política. Le estoy diciendo que a usted, como Director

General, le dicen que tiene que vender 9.000 viviendas y solamente vende 500. Cuando llega ese

punto, ¿qué ocurre?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que no entiendo la pregunta.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Estoy preguntando si es posible que su cese tenga que ver con

que a usted le dijeron que tenía que vender 9.000 viviendas y solamente vendió 500.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mi cese tuvo que ver con una imposibilidad legal de ser,

a la vez, Viceconsejero de Empleo y Director General de Vivienda y del Ivima. ¡Me parecían ya muchos

cargos! (Risas en los escaños del Grupo Parlamentario Popular).

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Entonces, ¿me está queriendo decir que, como no consiguió

vender las viviendas que se supone que tenía que vender, entró a ser Viceconsejero?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Le estoy diciendo simplemente que el Consejo de

Gobierno decide que sea Viceconsejero, si no recuerdo mal, el día 25 de abril del 2013, y, por

supuesto, eso supone inmediatamente el cese en mi condición de Director Gerente del Ivima. Si

conoce usted la norma y la vía aplicable, se produce así.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: De acuerdo. Durante ese proceso, ¿en algún momento se

encargó algún tipo de informe o algún tipo de asesoría que justificase esas ventas o ayudase a

promocionar la siguiente venta que nos ha estado comentado la señora Gomendio?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Es que no sé qué pregunta me está haciendo! Un

informe...

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El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Que si usted encargó, como Director General, algún tipo de

informe que ayudase a justificar la venta de todas esas viviendas.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Una vez que se toma la decisión de poner en marcha

otra posibilidad, que es la de poner en venta un paquete distinto, que no tiene nada que ver con las

9.000 viviendas de alquiler que estaban siendo alquiladas desde hacía años por los inquilinos... Este

era un paquete de viviendas, exactamente de 2.535 en régimen de alquiler con opción de compra. La

gran mayoría –también se ha dicho-, el 84 por ciento, creo recordar, eran viviendas que el Ivima

promocionaba en la misma condición y en el mismo régimen que los promotores privados. Ahora

mismo, en la Comunidad de Madrid habrá unas 15.000 de este tipo. El Ivima empezó a hacerlo en

2004 para empujar...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Para conseguir vender todas esas viviendas de otra forma que

no se había conseguido vender a los particulares, yo le estoy preguntando si se encargó algún tipo de

informe.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Pero es que usted está asumiendo que fue para

vendérselo a unos particulares! ¡No fue así! Paralelamente se puso en marcha la posibilidad de

analizar si era viable...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y cómo se analizó?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Y se encargó un estudio, y se encargó una

colaboración...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿A quién se encargó el estudio?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Se hizo por un procedimiento negociado, como la ley

establece por razón del importe, se invitó a tres empresas y se adjudicó a la que tenía la mejor oferta,

que era “Price Waterhouse”.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y cuántos informes fueron?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Cuántos informes fueron?

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Hasta que yo me fui de Director Gerente –le repito que

voy a contestar, si le parece bien, hasta que soy Viceconsejero de Empleo y ya no puedo seguir en el

Ivima-, un informe.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Un informe solo. ¿Cuánto costó el informe?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Creo recordar que estaba por debajo de 60.000 euros,

que es el límite para ese tipo de procedimiento.

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El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Justo en el límite, ¿no?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Por debajo del límite.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¡Justo en el límite! Hay una diferencia entre por debajo y justo

en el límite.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, como usted quiera.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Y cuando usted está de Director General en el Ivima...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: De todas formas, le quiero recordar que estos

procedimientos no los hace el Director Gerente del Ivima; son procedimientos en los que hay una

autorización administrativa, hay unos funcionarios, y hay una intervención, hay un servicio jurídico...

¡Hay una serie de garantías! La mejor propuesta, que es la que se eleva a la firma y decisión del

Director Gerente, es la que se decide.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Hablando justamente de funcionarios, ¿algún funcionario, en

algún momento, cuando usted tuvo que comunicar a todo ese equipo, que tenía en el Ivima lo que le

habían pedido hacer por parte del equipo de Gobierno, le comentó que a lo mejor no era la mejor

forma y, después, ocurrió lo del informe, le dijo que ese informe seguramente era desfavorable y que

no tendría la utilidad que ustedes querían que tuviese?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo eso no lo recuerdo, francamente.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Ningún funcionario?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No lo recuerdo.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Durante ese momento, en el Ivima, ¿algún funcionario cambió

de puesto?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Supongo que en el Ivima, en el que trabajan

exactamente 600 funcionarios, ¡alguno cambiaría de puesto!

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Estoy seguro. ¿Pero alguno que estuviese asesorando en este

tema en concreto?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pues, francamente, no lo recuerdo. ¿Me está

preguntando si alguien cambió de puesto en ese tiempo?

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: De 600 trabajadores del Ivima, usted me pregunta...

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El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: No; alguien que estuviese asesorando en concreto en el Ivima

sobre esta venta...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Asesorando la venta de viviendas?

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí, de esta venta de viviendas.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Si se refiere a que hubo un cambio en el Director del

Área Económico Administrativa en ese momento...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Le estoy preguntando.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Que yo sepa, se le cesó porque se pensó que no era el

más adecuado para el desempeño de esa función. Hacía falta dar un empujón a esa Área, y se cambió

de persona. Por cierto, un nombramiento que se hizo conforme a la ley, Consejo de Gobierno,

etcétera; por supuesto, como marca el procedimiento.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¡No lo dudábamos! ¡No lo dudábamos!

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No, ¡como dudan de todo!

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Fue alguien del Consejo de Gobierno y le explicó la situación

en la que se encontraba el Ivima, que, por desgracia, estaba dando muchos gastos, y justamente en

ese momento fue cuando ocurrió ese intento de venta de esas 9.000 viviendas a particulares? ¿Quién,

por parte del Consejo de Gobierno, se puso en contacto con usted?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Vamos a ver, los Gobiernos funcionan de una forma

colegiada. Hay un órgano superior, en la cúspide, que se llama Consejo de Gobierno, en el que hay

unos Consejeros, cada uno con unas competencias y unas deliberaciones. A partir de ahí –yo no

estuve invitado a ese Consejo-...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Por eso le pregunto quién se puso en contacto con usted.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Como se traslada a través de los canales jerárquicos

oportunos, y yo tenía un Viceconsejero y un Consejero.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Pero, ¿usted con quién se comunicó?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Me comunicaba todos los días con el Viceconsejero y el

Consejero.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y quiénes eran?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿En ese momento?

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí.

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pues Borja Carabante era el viceconsejero y, Pablo

Cavero, el consejero.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Muchas gracias.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es algo conocido y público.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí, sí. Disculpe que no tenga buena memoria y a veces me la

tengan que refrescar.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Lo tiene escrito.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Me alegro. ¿Hubo más asesores independientes que ayudaron

a calificar la venta tanto de las 9.000 viviendas a los particulares como, después, en paquete?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿A calificar la venta? Esa expresión no la entiendo.

Tenga en cuenta que yo trabajé en lo que se llaman “trabajos preparatorios”; en uno me tocó decidir

sobre la enajenación, me tocó preparar un expediente, y eso había que hacerlo conforme a la ley. El

artículo 50 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid marcaba que hacía falta una tasación

oficial –pericial, se dice-; es decir, hay que buscar a un experto que tenga la capacidad de valorar

viviendas -cosa que no es sencilla- y se buscó a un experto –ya se ha comentado antes-

suficientemente cualificado. Además, hacía falta un experto que tuviera capacidad para asesorar en

procesos de selección de inmuebles y de lo que se llama depuración de los datos; ese fue Price

Waterhouse. Y, luego se utilizó el trabajo de una plataforma para colocar la información de forma que

se pudiera entender desde el punto de vista de análisis de la información.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Y, analizando el informe de Price Waterhouse, ¿qué recoge ese

informe? ¿Cuáles eran las conclusiones de ese informe?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, el informe lo que contemplaba era una serie de

supuestos para decir cómo estaba en ese momento el patrimonio de viviendas del Ivima y cuántas

viviendas podían ser susceptibles de ese análisis. Era una colaboración necesaria, porque los técnicos

de la Administración, los funcionarios, no siempre tienen las capacidades técnicas precisas para ese

tipo de operaciones. Los funcionarios sí tienen la capacidad para analizar la legalidad del

procedimiento, por supuesto; pero, cuando se trata de análisis más técnicos y más profesionales, se

recurre a un experto, que, por cierto -si no recuerdo mal- en aquel momento asesoraba en

muchísimas de estas operaciones y tenía el conocimiento del mercado, de la realidad...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Es una asesoría bien conocida. Estoy de acuerdo. ¿Y la

valoración de ese informe era positiva a la hora de vender ese parque de viviendas?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Es que no tenía que valorar si era positivo o no! Lo que

tenía que hacer era simplemente un estudio para que permitiera valorar esa posibilidad. Por supuesto,

¡era positiva!

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El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Valoraba como positiva la posibilidad de vender todas esas

viviendas en paquete?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, lo que valoraba era la posibilidad de producir una

venta de esas viviendas teniendo en cuenta, como he dicho antes, que era una tipología de vivienda

muy específica; es decir, son viviendas de alquiler con opción a compra en el 85 por ciento y, por

tanto, estaban destinadas a la venta. ¡No era un patrimonio del Ivima que iba a quedar de forma

patrimonial durante los años! En el término de siete años se iba a producir una venta a sus inquilinos,

y lo que se pretendía era adelantar esos fondos durante el tiempo que fuera necesario para

reinvertirlos en políticas de vivienda.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Una vez que usted dejó de ser Director General, ¿se reunió en

algún momento con la señora Gomendio para explicar la situación en la que estaba ese proceso de

venta?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo me reuní con la señora Gomendio para darle el

traspaso de poderes en el momento en que se produce el cambio, como se hace siempre -es una

cortesía que algún día conocerán-, y le conté cómo estaba el procedimiento; nada más.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y qué le contó exactamente sobre el procedimiento?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Qué le conté? Simplemente le conté la fase en la que

estaba el procedimiento, como una de las mil cosas que tuve que contarle sobre los expedientes que

había en marcha en el Ivima; además, era muy complicado, muy complejo, muy grande... Tenga en

cuenta que, además, lleva aparejado este puesto la Dirección General de Vivienda y le conté los

expedientes que había en ese momento en marcha.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí; pero, ¿le aconsejó seguir con el proceso de venta?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Es que no era mi deber aconsejarle! En una

organización jerárquica, se tienen instrucciones y lo que hay que hacer es simplemente dar

cumplimiento a las mismas.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: De acuerdo. Entonces, ¿usted le dio instrucción de continuar

con el proceso que usted comenzó?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Nadie tenía instrucciones de continuar con el proceso.

Había una valoración de alternativas para enajenar unas viviendas con el fin, por cierto, de conseguir

fondos para reinvertir en viviendas públicas del Ivima; salvo que me diga cómo se pueden inventar

esos fondos, por una vía que no estaba dentro de la legislación y dentro de la legalidad, nadie

aconsejó nada.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: No estamos hablando de aconsejar; lo que le estoy

preguntando es que...

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Es que no entiendo su pregunta!

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Usted empezó un proceso y, cuando dejó de ser Director

Gerente del Ivima, entró la señora Gomendio y, cuando usted se reunió con la señora Gomendio, le

dijo: esto es lo que está ocurriendo... Y usted tenía la orden de que continuase.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Entiendo que no se producen así estas reuniones. He

tenido algunas reuniones, porque he cambiado de puesto algunas veces en la Administración, y es

una reunión con una serie de expedientes y carpetas, y lo que se cuenta es la situación actual: mire,

esto está ahora mismo así, está pendiente de informe de tal...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¿Y cómo estaba la situación en ese momento?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En ese momento se había encargado y se había recibido

la valoración del tasador y se había enviado un primer borrador de los pliegos que aún no había sido

contestado por los servicios jurídicos. Si no recuerdo mal, el valor de los pliegos se envía el día 23 de

abril; consta en expediente, creo.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Para terminar, simplemente me gustaría preguntarle: ¿usted

cree que esta venta ha sido adecuada?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿En qué sentido?

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Si ha sido positiva para los madrileños.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Si no, no se hubiera hecho.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: O sea, que usted considera que ha sido una venta positiva.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Vamos a ver, esta venta permitía, por una parte, que los

inquilinos mantuvieran todos los derechos legales, como se ha reiterado en ocasiones diferentes en

esta sesión -he estado antes oyéndolo- y como ha dicho algún tribunal... Otra cosa serán otras

precisiones que he oído también pronunciar y otras opiniones, pero los derechos legales –no lo ha

desmentido la primera compareciente- se han mantenido, y de lo que se trataba era de conseguir

unos fondos para reinvertirlos...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Y, señor Van-Halen, solamente para cerrar, que a mí ya no me

queda tiempo: ¿usted considera que todo este proceso, toda esta venta, ha sido positiva?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡No veo qué tiene que ver mi parecer en esta Comisión!

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: ¡Hombre, usted empezó este proceso de venta!

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Pero me está preguntando si me parece que el

resultado final ha sido positivo?

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El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Sí.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Y yo le digo que el resultado final ha sido que se han

vendido las viviendas y que, por supuesto, se han conseguido unos fondos que se han reinvertido en

políticas de vivienda pública, que era lo que se perseguía.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señoría. Doy paso a la intervención de la señora Espinosa,

por parte del Grupo Parlamentario Podemos.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Gracias. En primer lugar, preguntarle si desea usted

colaborar activamente en esclarecer las responsabilidades políticas, que es la labor de esta Comisión

parlamentaria.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Por supuesto.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: En el momento en el que se realizó esta operación de

venta, usted no era ya director gerente del IVIMA. ¿Es cierto?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Dije antes la cronología. El día 25 de abril tengo que

abandonar el IVIMA porque soy nombrado Viceconsejero de Empleo, y a partir de ese momento me

centré con todos mis esfuerzos, mi tiempo y dedicación a mi nueva responsabilidad.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Bien. ¿Intercaló usted actividad privada con cargo

público en algún momento?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: No.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No, por supuesto que no.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¿Y qué relación tiene usted con Pablo Cavero?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: De amistad, y fue mi jefe durante algún tiempo. Amistad

por el tiempo que hemos pasado juntos.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Muy bien. ¿Qué competencias tenía como director

gerente del IVIMA?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Las que se atribuyen en la legislación vigente.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Me puede resumir así de forma sucinta.

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Si quiere se lo resumo. Es que es un artículo muy largo.

Si quiere, se lo leo; lo he traído, pero vamos, por así decirlo, es la dirección de un ente público que es

organismo autónomo, como es el IVIMA, y entre las competencias que tiene están las de ordenar el

patrimonio, gestionar las viviendas, ordenar los pagos correspondientes... lo que hace un director

gerente.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Vale. ¿O sea que considera usted que está incluida la

competencia de garantizar el derecho a la vivienda de los ciudadanos madrileños y especialmente de

aquellos que tengan dificultades para acceder a una vivienda?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No figura en la lista, pero por supuesto, eso ya se da por

hecho.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Bien. ¿Cuál es su cualificación? ¿Cree que usted tiene la

cualificación debida para ocupar ese puesto de director gerente?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es una buena pregunta, pero no me corresponde a mí

decirlo, le corresponde a quien lo decide. Usted sabe que esas cosas son nombramientos que hace un

órgano que tiene la Comunidad para hacerlo y cuando decide y confía en alguien, se supone que es

porque tiene la capacidad suficiente.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Bien. Así lo consideró Pablo Cavero, la persona que le

nombró, ¿no?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: El que me nombra es el Consejo de Gobierno a

propuesta del consejero, que es como se hacen los nombramientos de altos cargos en la Comunidad

de Madrid.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Perfecto. La compareciente anterior, la señora

Gomendio, ha calificado esta operación, la operación que nos ocupa hoy, de una operación magnífica,

ha dicho claramente.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que no fue así, y respondo también al primer

preguntante.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Fue magnífica, ¿También según usted, fue una

operación magnífica?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No me gusta poner esos calificativos, magnífica,

extraordinaria, grande... Quiero decir simplemente que fue una operación que consiguió enajenar un

patrimonio del IVIMA sin alterar los derechos, que se mantuvieron, lo han dicho los tribunales en

varias ocasiones, lo dicen los pliegos. Son viviendas que siguen estando al amparo de la protección

pública, y yo creo que eso no se ha mencionado demasiadas veces y tal vez convenga que se aclare.

El régimen de protección pública aplicable a las viviendas con opción de compra, que tiene que ver

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con los precios de compra, de renta, es el aplicable a todo el dinero de contratación pública de la

Comunidad de Madrid, sean de gestión privada o de gestión pública. Mismos derechos. Se garantizó y

se consiguieron recursos que se emplearon en la promoción de viviendas nuevas a satisfacción de

necesidades de personas con recursos limitados.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Sí. Le sigo preguntando, porque tengo muchas

preguntas todavía pendientes y no quiero agotar el tiempo.

¿Qué motivó la operación de esta venta? Porque usted no estaba en el momento de la firma,

en el momento en que se produjo la enajenación, pero usted sí que ideó y planificó toda esta

operación de vivienda pública de los fondos buitre y, por tanto, podrá contestarme, mejor que ningún

otro cargo, qué motivó esa operación.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Se produjo una venta, pero al que pudiera poner el

fondo y tuviera capacidad económica necesaria. He oído hacer una calificación que no entiendo. Pero,

en todo caso, ¿qué motivó la operación de venta? Pues mire, hacía falta en aquel momento, 2012, la

Comunidad de Madrid tenía en marcha diferentes procesos para optimizar el patrimonio. Se vendieron

sedes públicas, se redujeron alquileres, se optimizó el uso de recursos públicos, porque estábamos en

un momento, le recuerdo, de enorme crisis económica en el que hacía falta gestionar de la forma más

eficiente posible para que los recursos públicos pudieran llegar a aquellos que tienen más necesidades

precisamente, porque, si no, no se pueden gestionar.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Eficiente. O sea que usted afirma que motivó esta

operación para hacer una gestión eficiente, calificada de eficiente, además de magnífica, la

operación...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo lo que le he dicho es que esta operación, como la

llama usted, estaba dentro de una política general que en el año 2012 se puso en marcha para

optimizar la gestión de los recursos públicos en todas las Consejerías.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Vale. ¿También es posible que fuera motivada para

ampliar la liquidez? ¿Existían problemas de liquidez en el Ivima y por eso se realiza esta operación?

Pregunto.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Qué entiende usted por liquidez?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Pues, dinero líquido; “cash”.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que el concepto de liquidez en la Administración no es

el mismo que en la empresa privada. La liquidez en la Administración es para atender pagos que

tienen que ver con servicios públicos. No es una cuestión de liquidez, de tesorería, sino cuestión

simplemente de poder asegurar el mantenimiento de servicios públicos esenciales.

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La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: O sea, que se produjo para mantener el servicio público

del Ivima. Era necesaria para...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mire, usted. Mire usted, se lo voy a explicar, porque es

muy fácil. Los recursos en un presupuesto público tienen ingresos y tienen gastos. Si usted no es

capaz de generar los ingresos suficientes...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: No necesito clases de Economía. Necesito que me diga

qué motivó esa operación.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Ya le estoy diciendo que fue una decisión que se tomó, y

yo me dediqué a ejecutarla, a ponerla en marcha, de hecho; no a ejecutarla, a ponerla en marcha.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Vale.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Que era motivo, y le estoy diciendo en aquel momento,

en aquel contexto, de que hubiera una necesidad de gestionar adecuadamente los recursos públicos

para invertirlos de la forma más adecuada posible. ¿Qué hubiera pasado si no hubiera conseguido

aflorar esos 200 millones de euros? Pues que, probablemente, no hubiera sido posible poner en

marcha promociones de vivienda nueva, que han beneficiado a muchos cientos de madrileños con

pocos recursos. Eso es lo que le puedo decir.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Bien. Para gestionar correctamente el servicio público

del Ivima y obtener fondos para las ayudas al alquiler, ¿se planteó usted también firmar con el

Ministerio de Fomento un convenio de colaboración para el impulso y la rehabilitación de los edificios

y la tenencia en alquiler?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo no firmé ningún convenio con el Ministerio de

Fomento.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Le pregunto por eso que si se planteó que sería positivo

firmar un convenio con el Ministerio de Fomento para recibir esos ingresos.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Si usted lo que me está planteando es si se articuló uno

de los convenios previstos dentro de la política general de vivienda, como usted muy bien sabe, el

marco competencial distingue entre las competencias del Estado y las de las comunidades autónomas,

que tienen competencia exclusiva para poderlo gestionar. Y, además, ahora mismo, me está

preguntando como responsable de vivienda...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Las competencias de las comunidades autónomas y del

Estado las conozco perfectamente.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pues, no lo sé.

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La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: No necesito que usted me dé lecciones de Derecho, lo

que necesito es que usted me diga la voluntad política que le llevó a tomar esta decisión.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En aquel momento había firmado ya algún convenio.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Repito la pregunta por si acaso no ha quedado clara.

Ustedes decidieron vender vivienda pública con inquilinos dentro. Y yo le pregunto: ¿ustedes vieron

como opción también firmar un convenio con el Ministerio de Fomento para la rehabilitación de

vivienda y ayuda al alquiler? ¿O no era siquiera posible porque los fondos que había recibido del

Ministerio de Fomento los habían malgastado y no se lo habían dado a las familias que había

modificado, por ejemplo, sus ascensores?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Los ascensores se financiaron con fondos públicos de la

Comunidad de Madrid, no del Ministerio de Fomento; eso en primer lugar.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Eso no es cierto.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En su gran parte sí. En segundo lugar...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: En gran parte. Bien, ya estamos...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Por no decir en su totalidad.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Salvo algunas cosas.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En segundo lugar, lo que le quiero decir es que el

convenio al que usted se refiere –si se refiere al convenio actual, es de hace pocas fechas-, el 5 de

abril del año 2013 es cuando se publica el Real Decreto 233/2013. El plan actual de vivienda del

Ministerio de Fomento no se ha podido firmar con las comunidades autónomas, con la primera de

ellas, hasta el mes de agosto del año 2014.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Pero es que yo le estoy hablando de voluntad política,

no de legislación.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero es que me está planteando...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: O sea, aquí las leyes son para los juzgados. Nosotros

estamos hablando de voluntad política. Entonces, usted decidió vender vivienda con inquilinos dentro

y no consideró la opción de firmar el convenio con el Ministerio de Fomento. Y me pregunta es:

¿usted no consideró esa opción...?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Pero es que esa afirmación suya es mentira!

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La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Déjeme terminar la pregunta. ¿Usted no consideró esa

opción como válida porque no era posible porque ustedes habían malgastado previamente el dinero

recibido por esos convenios del Ministerio de Fomento?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Eso que dice usted que es una autopregunta es

equivocada, porque en aquel momento ya está firmado el convenio. El plan de vivienda que se estaba

ejecutando era el plan de vivienda anterior, tenía el convenio firmado. Y no era posible firmar el

convenio del plan siguiente porque no estaba en marcha. Entonces, usted me pregunta: ¿usted puede

firmar un convenio...?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Estaba en marcha. Y los que se pusieron luego en

marcha no se firmaron por parte de la Comunidad de Madrid, así como otras comunidades sí han

firmado ese convenio con el Ministerio de Fomento.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: La Comunidad de Madrid lo ha firmado hace pocas

fechas.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Entonces, deduzco de sus respuestas que no

contemplaron la opción de firmar un convenio con el Ministerio de Fomento para recibir liquidez, para

ayudar a alquiler y a la rehabilitación de las viviendas. No lo contemplaron.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero si en aquel momento...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Me queda claro.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Perdone, Presidenta, ¿puedo intervenir?

La Sra. PRESIDENTA: Sí.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que se pregunta y se responde ella sola. ¡Me parece

increíble!

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Es que la pregunta es muy clara: ¿Contempló usted la

posibilidad...?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En aquel momento no era posible firmar el convenio

porque no estaba todavía articulado el procedimiento.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Vale, me ha quedado muy claro. Perfecto. Bien, sigo

preguntando, porque no quiero agotar mi tiempo. Ha venido aquí a comparecer una de las afectadas

representando a la plataforma y nos comenta que, antes de esta operación, los inquilinos, los que

vivían ahí -los que no han sido desahuciados, claro-, antes no pagaban IBI ni tasas de basura, y ahora

sí; antes pagaban una cantidad de comunidad y ahora pagan más; antes recibían ayudas, y ahora ya

no porque ahora alega el Ivima que no son vivienda pública; antes tenían opción a compra con el

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alquiler y ahora ya no, y antes tenían derecho de tanteo y retracto y ahora ya no. Explique cuál es la

justificación por la que usted decide que esto es magnífico y, además, eficiente.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero es que lo que ha dicho no es verdad. Vamos a ver,

antes tenían opción a compra y ahora también; antes pagaban una renta y ahora pagan la misma

renta, y lo demás que ha dicho...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¿Y las ayudas?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Con respecto al IBI, el IBI estaba previsto en el contrato

de alquiler que habían firmado; si el casero les perdona el IBI o no, es otra cuestión, pero el IBI

estaba en el contrato de alquiler y, legalmente, los derechos y obligaciones legales... Usted está

confundiendo algunas cosas. Eso lo han dicho los jueces, los derechos y obligaciones legales se han

mantenido exactamente igual. Y déjeme que le explique, por favor, por sacarle de su equivocación.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Sí, que me falta información.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Déjeme que se lo explique. El alquiler con opción de

compra, por supuesto que lo siguen teniendo vigente porque son viviendas que tienen un régimen

jurídico determinado. De hecho, cuando llegue el año siete, las promociones que se calificaron hace

justo siete años, lo podrán ejercer...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¿Al derecho de tanteo y retracto se está refiriendo?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: El tanteo y retracto, por el artículo 25 de la LAU, la Ley

de Arrendamientos Urbanos, impide en estos casos ejercer el derecho de tanteo y retracto, en los

casos en los que se vende una promoción completa. No es un tema de decisión de la Comunidad de

Madrid, que no puede decidir...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¿Y por eso ustedes reforman la ley el 18 de julio de

2013?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En esa fecha yo no estaba de responsable de vivienda, y

le ruego que no me pregunte por el periodo en que no estuve.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Sí, pero ideó toda la operación para que se pudiera

concluir en esa otra fecha.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mire, yo no ideé toda la operación para nada, yo preparé

unos trabajos previos que había que preparar, y le ruego que se ciña.

La Sra. PRESIDENTA: Deben ir terminando.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Yo tengo once minutos, no quince.

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La Sra. PRESIDENTA: No, tienen quince minutos, menos los dos minutos de la

introducción.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¡Ah, tiene razón! Disculpe. Quiero terminar con la

justificación de este proceso. Usted es abogado y sabrá perfectamente que estas operaciones deben

justificarse en función de la ley de contratos con un informe técnico que así lo avale. ¿Existe un

informe técnico que avale esa idea que usted y su equipo tuvieron para poner a la venta estas

viviendas? Es decir, ¿cuál es ese informe que justifica la necesidad y la idoneidad de esa operación?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Vamos a ver, la necesidad e idoneidad de la operación

está en el expediente, se hizo el trabajo que había que hacer...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Yo no lo he encontrado.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo creo que se ha contestado a la Cámara. No me

corresponde, porque yo no contesté a la Cámara de Cuentas, pero entiendo que se ha contestado a la

Cámara de Cuentas en ese sentido.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: La Cámara de Cuentas dice que no existe un informe

que justifique.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Vamos a ver, si yo no recuerdo mal -y son hechos de

hace dos años-, por supuesto que se completó el expediente, el expediente pasó por los servicios

jurídicos, pasó por todos los formatos y ámbitos de supervisión legal que son necesarios y llegó a

buen puerto. Eso es lo que le puedo decir.

La Sra. PRESIDENTA: Hemos terminado el tiempo destinado a esto.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En todo caso -déjeme una precisión porque acabo de

hacer memoria-, la persona a la que usted se refiere que salió del Ivima en aquella época fue porque

le nombraron Director General del Parque Móvil del Estado; es que es imposible mantener dos cargos

juntos. Entonces, la persona, que fue el señor Cepeda...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Sí, lo conocemos.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No fue cesado por nada, fue cesado simplemente porque

fue nombrado como alto cargo del Estado y era imposible que mantuviera los dos cargos.

La Sra. PRESIDENTA: A continuación, prosigue la portavoz del Grupo Socialista, la señora

Moya.

La Sra. MOYA NIETO: Gracias, señora Presidenta. Señor Van-Halen, buenos días. Yo iba a

preguntarle en primer lugar, pero creo que no es necesario, si la decisión de la puesta en marcha de

este proceso fue del Consejo de Gobierno y se transmitió a usted, lógicamente, a través del

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Consejero, Viceconsejero, de sus superiores jerárquicos. Entiendo que fue así por lo que ha

contestado usted a otras preguntas. ¿Fue usted quién seleccionó las promociones que iban a venderse

en este acto único? ¿Fue usted quién las seleccionó?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Vamos a ver, el trabajo que se hace en un organismo

autónomo donde hay 600 personas y manejas 25.000 inmuebles no lo hace una persona sola, no me

haga ese honor. Ese es un trabajo que se hace con un equipo grande de profesionales, y se hizo una

selección a base de valorar las diferentes opciones. Y le digo que la selección de los diferentes

inmuebles tuvo que ver simplemente con una cuestión, y es que esas son unas viviendas, como ha

dicho antes el portavoz del Grupo Popular, que van dirigidas a un sector de renta más alta -5,5 veces

el salario mínimo- y que, además, la selección de inquilinos no tiene nada que ver, como antes se ha

insinuado, con un baremo, como hacía el Ivima siempre, sino con un sorteo.

La Sra. MOYA NIETO: Perdóneme, señor Van-Halen. Lógicamente, no estoy diciendo que

lo elaborara usted y se pateara usted las calles -perdóneme la expresión- para ver las promociones.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Le entendí mal, perdone.

La Sra. MOYA NIETO: La decisión última la tomaría usted. ¿La tomó usted –es lo que estoy

diciendo- en la selección de esas promociones?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Se hizo una propuesta...

La Sra. MOYA NIETO: Y usted la aprobó.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Que se sometió a valoración para ver cómo se podía...

La Sra. MOYA NIETO: Bien. ¿Se trató o se informó en alguna reunión del Consejo de

Administración de esta operación que el Ivima planeaba llevar a cabo en 2013?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En el Consejo de Administración se abordó el tema de

gestionar y utilizar el patrimonio del Ivima. Se abordó el tema. En aquel momento creo que

estábamos trabajando ya en la venta de esas 9.000 viviendas a sus inquilinos y esta operación, que

todavía no estaba decidida, como he dicho antes, que todavía no era más que unos trabajos previos

para ver si se podía conducir al final, no recuerdo que se tratara en ese Consejo de Administración,

porque tampoco era necesario.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Esa fue la razón por la que no incluyó usted como ingresos las

previsiones que había por la enajenación de estas promociones?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No se incluyeron como ingresos porque todavía no se

conocía el resultado. No soy adivino.

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La Sra. MOYA NIETO: No se conocía el resultado, pero no había previsión; por tanto, el

Consejo de Administración tampoco pudo tener noticia, porque no se hizo esa previsión en el

presupuesto. ¿Es así?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mire usted, el Consejo de Administración del Ivima, en

2002, delegó la facultad de disponer del patrimonio en el Director Gerente, con lo cual, no tenía por

qué ser informado en aquel momento de esa operación.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Tiene usted algún documento que demuestre que esa delegación

en el Director Gerente del Ivima se realizó? Porque nos consta que ni lo tiene...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No lo llevo encima ahora mismo, pero seguro que existe.

La Sra. MOYA NIETO: De todas formas, ya he solicitado antes a la Presidenta de la Mesa

de la Asamblea que lo solicite, porque ese documento, esa delegación no la tiene la Cámara de

Cuentas y creo que los servicios jurídicos tampoco. La piden dos veces, reiteradamente.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero, mire, déjeme que le aclare una cosa.

La Sra. MOYA NIETO: No, lo que quiero decir es que sí existe... ¡Si yo no tengo dudas! No

le estoy cuestionando que exista o no.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Con toda la buena fe del mundo, déjeme que le diga una

cosa: si en el informe jurídico hay una frase que dice: En virtud de la delegación de competencias por

acuerdo de fecha tal, etcétera, y lo firma un abogado, se supone que el letrado de la casa que ha

hecho ese informe jurídico conoce el informe. Y no me voy a ir a buscar todas las citas de fuentes

jurisprudenciales o legales que hacen, obviamente. En los informes jurídicos está puesta esa

delegación.

La Sra. MOYA NIETO: Estoy diciendo simplemente que nadie conoce esa delegación de

competencias. Simplemente le estoy diciendo eso. No estoy cuestionando que se haya hecho o no;

digo que todo lo que conocemos es que nadie la conoce.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mire, yo era miembro...

La Sra. MOYA NIETO: Por eso, perdóneme, hemos pedido que para aclarar este punto se

solicite por la Mesa de esta Comisión. Es que creo que no hay que darle muchas más vueltas.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Y me parece muy bien. De todas formas, le diré que yo,

en lo que puedo acordarme –y he sido parte de ese Consejo de Administración con anterioridad

incluso, cuando era Director General de Vivienda-, tengo entendido que esa delegación existía. No la

he visto físicamente ni tenía por qué, pero la he visto reflejada en innumerables documentos oficiales.

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La Sra. MOYA NIETO: Bien. Deduzco de lo que usted ha dicho –lo ha dicho hace un

momento- que en este mes de diciembre se celebró la última sesión de ese Consejo de Administración

-creo que fue el 11 de diciembre de 2012- en la que no se planteó nada de esta operación. No se

incluyó la previsión en el presupuesto cuando ustedes ya estaban trabajando en ello. No se había

tomado la decisión, pero estaban muy de cerca trabajando en ello. ¿Encargó usted los trabajos de

valoración –supongo- a la sociedad de tasación?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Sí, claro, por supuesto.

La Sra. MOYA NIETO: Por supuesto.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Como dice la ley.

La Sra. MOYA NIETO: Sí, claro, claro. Bueno, pues en los informes de la sociedad de

tasación se expresa que las visitas a los inmuebles comienzan el 15 de diciembre, cuatro días después

del Consejo de Administración y antes de que usted firmara el contrato, que, si mis datos no son

erróneos, son de 4 de enero de 2010. Supongo que si ellos empezaron a girar estas visitas fue porque

les constaba que el Ivima les iba a hacer el encargo. Lo deduzco. Ninguna empresa se pone a trabajar

sin tener esa garantía.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Por supuesto. Ese encargo estaría...

La Sra. MOYA NIETO: O sea, usted ya sabía que esto estaba en un proceso en el que la

verdad es que se había metido la velocidad directa, aunque no soy especialista en temas de

automóviles. Le vuelvo a repetir: usted dice que esto no había que decírselo al Consejo de

Administración, porque hay esa delegación.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No. Yo le digo que en el orden del día del Consejo de ese

día, que no recuerdo, no sé si figuraba o no, pero que, por supuesto, esa competencia estaba

delegada.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. Lo tengo aquí; si quiere, le puedo refrescar la memoria. Está

aquí el orden del día de ese Consejo de Administración, por si tiene usted alguna duda.

El Consejo de Gobierno, mediante la Ley de Medidas Fiscales para 2013, cambia la

composición del Consejo de Administración del Ivima, curiosamente, porque este cambio sirvió para

que saliera del Consejo el único alcalde socialista que formaba parte de él.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No creo que fuera por eso.

La Sra. MOYA NIETO: No lo sé; quizás.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No sería por eso.

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La Sra. MOYA NIETO: No lo sé, le estoy preguntando; no estoy afirmando que sea por eso,

estoy constatando hechos. Se produce una reforma del Consejo de Administración y de cuatro o cinco

alcaldes -no recuerdo bien- que son representantes por la Federación de Municipios se deja en uno, y

el único alcalde socialista que hay en ese Consejo de Administración sale a partir de febrero, cuando

que se elabora y se publica el decreto en base a la Ley de Medidas Fiscales. Constato los hechos, es

así: se queda solamente un representante de la Federación de Municipios. ¿Es cierto lo que le estoy

comentando?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, pero el cambio no tuvo que ver con colores

políticos, tuvo que ver simplemente con que, en vez de haber equis alcaldes representados, parecía

más razonable...

La Sra. MOYA NIETO: Señor Van-Halen...

El Sr. VAN-HALEN ACEDO: ¿Me deja que le conteste, por favor?

La Sra. MOYA NIETO: Perdóneme, no le he pedido su opinión, le he preguntado, por favor,

que me confirme si es cierto lo que le estoy diciendo: que se publicó ese decreto y que salió, quedó

solamente un representante.

El Sr. VAN-HALEN ACEDO RODRÍGUEZ: Usted ha hablado de partidos políticos y le digo

que no fue así. Le digo simplemente que lo que se hizo fue que, en vez de haber muchos alcaldes que

representaban a ayuntamientos concretos, como el Ivima tiene intereses en toda la Comunidad de

Madrid, estuvieron todos los alcaldes, y todos los alcaldes están cuando está el Presidente de la

Federación Madrileña de Municipios.

La Sra. MOYA NIETO: Nos parece perfecta su opinión, pero los hechos son los que son los

que son y...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No, la opinión es la suya, lo mío son los hechos.

La Sra. MOYA NIETO: Usted contrató con la empresa de tasación el 4 de enero. ¿Conocía

usted alguna valoración interna realizada por los servicios técnicos del Ivima sobre esta enajenación?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Que yo sepa, esos servicios técnicos del Ivima no tenían

capacidad ni cualificación para hacer esas valoraciones. Por eso mismo la ley pide que se haga con un

experto pericial independiente.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. Nosotros tenemos conocimiento, yo no puedo afirmarlo como

cierto, pero nos ha llegado información de que existía un informe de que esa valoración era cercana a

los 400 millones de euros y que ese informe, al parecer, desapareció. Por eso le pregunto si usted lo

conocía.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No, no lo conocía.

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La Sra. MOYA NIETO: No lo conocía. Bien. Se hace un primer informe de la sociedad de

tasación el 12 de marzo de 2013. ¿Encargó usted una nueva tasación?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: El proceso de tasación, que es un proceso complejo,

fíjese usted que estamos hablando de sociedades que son entidades financieras, y eso no se ha dicho

aquí. El Banco de España supervisa a las sociedades de tasación porque son entidades financieras,

que tienen un requerimiento determinado, que operan con el Banco de España, y la supervisión es

compleja; es una actividad profesional, compleja, que requiere capacitación, y el proceso de

valoración no es en un día, no es hacer un papel diciendo esto. Es un proceso donde se declara la

información y no sé cuántas reuniones se produjeron, pero muchas, y recuerdo alguna donde se pidió

por parte de la tasadora más información; querían saber por ejemplo la rotación de los inquilinos,

querían saber si había mucha conflictividad social o no en distintas promociones, querían conocer por

ejemplo si había viviendas desocupadas u ocupadas ilegalmente, porque todo eso, en la metodología

aplicada, que es la que la Comunidad de Madrid impone para la valoración de activos y la que se

impone en todo el mundo porque es la estándar, que se llama RICS, y es la metodología...

La Sra. MOYA NIETO: Señor Van-Halen, perdóneme, vamos a aprender mucho con sus

lecciones, pero yo solo le he preguntado si usted encargó un segundo informe de tasación, no las

razones por las que emite el informe.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo nunca he encargado un informe de tasación.

La Sra. MOYA NIETO: No encargó usted el informe de tasación, bien. ¿Por qué razón no

encargó usted otra tasación que contemplara otra venta distinta, por ejemplo, en lotes? Me explico: el

Ivima, es decir usted como representante de él, fijó a la empresa tasadora las condiciones para la

tasación, entre ellas que debería de hacerse para el supuesto de venta conjunta de las 32

promociones a un único comprador, sin otra alternativa. ¿Por qué razón el Ivima no se planteó otras

alternativas de esa tasación, como le decía, por ejemplo, por...?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Porque parecía la más razonable a la que se llegaba

desde el análisis de los informes técnicos que se habían hecho con todos los asesores del proceso;

parecía lo más razonable porque era la mejor forma de garantizar, en igualdad de condiciones, los

derechos de todos los inquilinos.

La Sra. MOYA NIETO: Bien. ¿Sabía usted que algunos locales comerciales y plazas de

garaje de algunas de esas promociones ya se habían vendido anteriormente por el Ivima?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Y le parece que no incumple el Reglamento tomar esa decisión?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que no me compete esa decisión. Para ello hay unos

servicios jurídicos, con abogados, el Abogado General de la Comunidad de Madrid, la Secretaria

General Técnica -que la puede preguntar luego-, que tienen que hacer esa valoración técnica; yo no.

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La Sra. MOYA NIETO: O sea, ¿a usted los servicios técnicos le dijeron que esas

promociones no...?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que, si no, no se hubieran vendido. Están ustedes

cuestionando la legalidad del proceso y el proceso tiene todos los informes pertinentes.

La Sra. MOYA NIETO: Bien, ¡pero si nosotros no cuestionamos que tenga informes!

Aunque algunos faltan, todos los pertinentes no.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Hasta que yo respondo de ello.

La Sra. MOYA NIETO: Bueno, lo entiendo, se está usted poniendo a la defensiva, pero yo

no estoy cuestionando que haya informes o no haya informes, le estoy preguntando si tenía usted

conocimiento de esto. Bien, si a usted los informes le dicen que eso es legal, pues adelante.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Tenía conocimiento, y los informes decían que legal.

La Sra. MOYA NIETO: Sigo insistiendo, el informe de la sociedad de tasación dice: el valor

de mercado se determina bajo el supuesto que hemos dicho de 32 promociones como un conjunto

único. Y especifica: la adquisición conjunta de todas las promociones se contempla atendiendo al

importante nivel de inversión que supone tal operación de compra, que implica un elevado nivel de

liquidez. De aquí se deduce que lo que se le dice a esa sociedad de tasación es que lo que importa es

que eso se haga como conjunto y, lógicamente, por ese informe ustedes saben que a lo que se

atiende es al importante nivel de inversión que tiene que tener cualquier licitador que quiera acceder

a esas viviendas. ¿No se planteó usted otra posibilidad más que esa como adquisición única?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Lo que se le dice a un tasador para que pueda tasar, es

qué tiene que tasar porque si no es muy difícil que acierte. Entonces, le dijimos: este perímetro es el

que hay que tasar y se tiene que tasar de forma conjunta. ¿Se planteó otra alternativa? Los informes

que teníamos nos aconsejaban que esa era la mejor alternativa posible, para garantizar además,

insisto, que los derechos se mantienen por el mismo propietario de las viviendas; igual para todos.

La Sra. MOYA NIETO: Desde mi ignorancia, perdóneme que insista: a la sociedad de

tasación se le puede encargar que considere esa venta como un único bien, por decirlo de alguna

manera, o que considere esa venta por lotes o por promociones; es decir, la empresa va a hacer lo

que el Ivima le encargue, ¿no? Desde mi ignorancia supongo que es así.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Por supuesto.

La Sra. MOYA NIETO: Ustedes tomaron la decisión de que informara solamente sobre esta

posibilidad; es lo que quiero que me aclare, señor Van-Halen. Le pidieron solamente esta posibilidad.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No se hizo una valoración por parte del tasador,

solamente valoraron la opción de vender el conjunto.

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La Sra. MOYA NIETO: Bien, porque figuraba en el contrato.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Por supuesto.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Era usted consciente –creo que como cualquiera- de que de hacer

esa valoración en conjunto tendría como resultado que los licitadores tendrían que tener un nivel de

inversión muy elevado y mucha liquidez, que cualquier inversor de tamaño mediano, por decirlo de

alguna manera, no tendría las mismas facilidades para acceder a esa posible adjudicación? ¿Eran

ustedes conscientes de ello o no?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En todos los contratos, en todos los pliegos, se fijan las

condiciones de solvencia técnica y económica que deben cumplirse, por supuesto.

La Sra. MOYA NIETO: Sí, por eso se adjudicó a Encasa Cibeles, con 3.000 euros de capital,

pero bueno, ahí no es usted responsable y entonces no le voy a hacer una pregunta al respecto.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Gracias.

La Sra. MOYA NIETO: ¿No le sorprendió a usted la baja valoración de las viviendas

respecto al precio de venta?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Le sorprendió a usted? No tengo capacidad para

juzgarlo.

La Sra. MOYA NIETO: A mí sí; me sorprendió.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En una valoración de un conjunto de inmuebles, además

es una cuestión en la que no se ha entrado, habría valorar la opción de compra. Es decir, cuando se

habla de precios y de lo que valían las viviendas estamos hablando de precios del año 2007; el año

2007 no es ahora, es el año 2007. Habría que hacer una valoración en el momento actual y eso lo

tiene que hacer el experto. Yo no puedo entrar a valorar lo que el experto dice; supongo que una

entidad que está acreditada con el número 1 en el banco de España, que es auditada por el Banco de

España, que no tiene ningún tipo de relación accionarial ni de ningún tipo con ninguna empresa de

inversión, esa empresa entiendo que realiza un trabajo profesional, independiente y valioso.

La Sra. MOYA NIETO: Señor Van-Halen, una última pregunta. Usted me ha preguntado si a

mí me había sorprendido el precio, pues se lo digo sinceramente: sin duda, por eso estamos aquí; eso

es indudable. La pregunta sobra.

Como Gerente del Ivima usted debía velar por el patrimonio de ese urbanismo, lógicamente.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Y eso hice.

La Sra. MOYA NIETO: Esa tasación, según la Cámara de Cuentas, ha supuesto un daño

patrimonial de 98 millones de euros; lo dice la Cámara de Cuentas, no lo decimos nosotros.

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero la Cámara de Cuentas es un tasador. El artículo 50

de la Ley del Patrimonio lo que dice es...

La Sra. MOYA NIETO: Yo no le he preguntado a usted sobre lo que dice la Cámara de

Cuentas. Le he hecho la afirmación de que la Cámara de Cuentas dice esto, no le he preguntado su

opinión al respecto.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Le digo lo que dice el artículo 50 de la Ley del

Patrimonio.

La Sra. MOYA NIETO: Sí. Supongo que usted sabe multiplicar. ¿No era usted consciente de

que si se vendían esas viviendas a los arrendatarios los ingresos hubieran sido superiores?

La Sra. PRESIDENTA: Señoría, ha agotado su tiempo. Hay otro turno de aclaración

posterior.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Le contesto luego.

La Sra. PRESIDENTA: Ha terminado el tiempo, lo siento. Voy a dar el turno de palabra al

señor Serrano, portavoz del Grupo Parlamentario Popular.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchas gracias, Presidenta. Gracias, señor

Van-Halen, por su presencia hoy aquí. Aunque llevamos sesenta minutos de su comparecencia, no

quería dejar de hacer una referencia a lo que ha comentado la señora Espinosa. No vamos a estar

todo el día dando vueltas sobre el tema de cuál es la definición de corrupción política o no; yo no

tengo ningún problema –ya lo ha dicho mi Grupo- en analizar esta cuestión, lo que pasa es que el

objetivo de mi Grupo es saber si aquí ha habido corrupción política; corrupción política en el sentido

de que alguien haya obtenido un beneficio por una operación, un beneficio espurio. De lo de

beneficiar a unos pocos para perjudicar a muchos hay muchos ejemplos y eso podrá ser calificado

como usted desee, pero cuando hablamos de corrupción política, si salimos ahí fuera, todo el mundo

sabe de lo que estamos hablando, con lo cual no malinterpretemos las palabras.

Por cierto, simplemente un recordatorio, la primera compareciente ha confirmado

precisamente que la comunidad no se la han tocado; no es que no se la hayan subido, es que no se la

han tocado. Yo le pediría que repasara un poco el diario de sesiones para ver lo que ha dicho la

primera compareciente.

Señor Van-Halen, yo tengo que formularle varias cuestiones. Una va referida sobre todo a

esa primera etapa, esa de las 9.000 viviendas que había dicho el portavoz de Ciudadanos. La

Comunidad no tenía el objetivo de vender 9.000 viviendas, ¿no? Estamos hablando de que lo que hizo

la Comunidad fue -corríjame si me equivoco pero creo que todavía sigue abierto ese plan- poner a

disposición de los inquilinos 9.000 viviendas en las que vivían ellos, pero no era un objetivo; no le

dijeron: oiga, señor Van-Halen -como si fuera la empresa privada-, objetivo de aquí a tres meses,

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venda usted 9.000 viviendas. Lo digo para que explique un poco en qué consistía esa fase, que no es

otra cosa que lo que lleva haciendo, como usted ha dicho, el Ivima desde el año 1980.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Efectivamente. La cuestión no era vender ese objetivo, la

cuestión es que había 9.000 viviendas que eran susceptibles, por su régimen jurídico, de ser

adquiridas, porque habían pasado los plazos legales correspondientes, por los inquilinos, que llevaban

todos mucho tiempo alquilados y alguno de ellos había expresado el deseo de comprarla, por carta o

por otros medios, al Ivima, y lo que se dijo es: todo este conjunto de 9.000 viviendas, damos la

posibilidad, se abre un periodo, que sigue abierto, por lo que veo, de que las puedan adquirir. Lo que

hicimos fue buscar facilidades financieras para que pudieran adquirirlas de forma asequible y, de ese

modo, dejar de ser inquilinos y pasar a ser propietarios, que me parece que es una forma de

favorecer también la promoción social al que lo desee; no era una obligación, era simplemente una

posibilidad.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No sé si usted tendrá el dato; yo lo tengo, si

quiere se lo digo. ¿Sabe usted las viviendas que ha vendido el Ivima en este último año, por ejemplo,

a sus inquilinos?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No lo sé. Si me lo dice, mejor.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pues son 105 viviendas que, con los cálculos

que hacen otros Grupos Parlamentarios, saldrían a una media de 35.400 euros cada vivienda; sería el

precio medio por el que se vendieron, que más o menos coincide con el precio medio al que durante

su época se vendían las viviendas a los inquilinos.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Señoría, es que la cuestión de los precios no es una

cuestión discrecional que decida nadie, ni el director gerente ni nadie, es una cuestión de valoración

técnica. En el caso de las viviendas que se vendían a los inquilinos, se valoraban técnicamente por

parte de los servicios propios, que eso lo pueden hacer porque eran unas fórmulas que se aplican en

base a una serie de coeficientes. En el caso de la promoción completa y conjunta de promociones,

evidentemente hacía falta utilizar los servicios, como la ley establece en el artículo 50 de la Ley de

Patrimonio, de un tasador oficial independiente autorizado por el Banco de España. No es una

decisión de nadie. Lo que sí es cierto es que en el caso de las promociones en las que se vendieron

uno a uno a cada inquilino el precio fue de treinta y pico mil euros.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Yendo ya al proceso de las 2.935 viviendas,

aquí estamos oyendo a los portavoces, con pequeños matices sobre si se informó primero o no se

informó. Entiendo que la Administración tiene unas normas mucho más regladas porque, obviamente,

tiene unos reglamentos y una legislación que implican una serie de procedimientos, pero hay algo que

creo que no es ajeno a la Administración Pública con respecto a la empresa privada, y es que, si usted

a sus jefes tiene que llevarles un proyecto o algo, usted antes hará un trabajo previo, que es de lo

que también estamos hablando aquí. Entonces, como usted acordó la iniciación del expediente de

enajenación de los inmuebles, me gustaría saber qué es lo que hizo, es decir, cuál es el resumen del

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trabajo previo, en qué consistió y, de alguna manera, lo que usted dejó en herencia para su sucesor,

o sea, esos trabajos previos antes de que se tomara la decisión de iniciar este proceso.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Como ya expliqué anteriormente, los trabajos

preparatorios que se hacen son, primero, analizar qué cartera de viviendas desde el punto de vista

legal, desde el punto de vista de quiénes son los inquilinos, pueden servir a estos propósitos, y lo que

le he dicho antes, y esto debe quedar claro porque es así.

El Ivima a partir del año 2004 –que antes no lo pude decir- decide poner en marcha

promociones de alquiler con opción a compra y lo hace en el mismo régimen jurídico que lo hacen lo

privados; es decir, el Ivima cuando adjudica viviendas lo hace a través de un procedimiento de

baremo, teniendo en cuenta las condiciones de cada inquilino para las viviendas, por debajo de 3,5 de

IPREM, en régimen de alquiler, que es el ámbito natural del Ivima. En 2004 se puso en marcha un

sistema nuevo de acceso a la vivienda, que era el de alquiler con opción de compra, pensado para los

jóvenes que no tienen ahorro previo, por el que se les garantizaba la posibilidad de acceder al alquiler

y ahora a la compra, teniendo la posibilidad de que el 50 por ciento de las rentas abonadas en el

alquiler de estos siete años se dedujeran del precio. El Ivima en su momento participó de esta política

-año 2004, un escenario distinto- para ayudar a los jóvenes a acceder a las viviendas y no lo hace con

los clientes -entre comillas- con los habituales usuarios de las viviendas del Ivima del 3,5 el IPREM,

sino que se va al límite de 5,5 el salario mínimo de IPREM, que, si no recuerdo mal, la cifra de

aquellos años era de 41.000 euros de máximo; antes se dijo una cifra: 41.000 euros de máximo

anual. Es decir, los ingresos que permitían acceder a estas viviendas eran 41.000 euros al año.

¿Cómo se podía acceder a estas viviendas? Con el mismo sistema que cualquier promoción

privada, es decir, con un sorteo ante notario, que se celebraba de vez en cuando, cuando había

viviendas disponibles porque se terminaban. Lo que se hizo fue, teniendo en cuenta que este parque

de viviendas, que son esas 3.000 viviendas, van a acabar vendiéndose al cabo de siete años,

garantizar que los derechos se mantienen, como se ha hecho en los pliegos y como han certificado los

diferentes autos y sentencias judiciales que se han mencionado en esta sala, y a partir de aquí, lo

único que va a haber es un adelanto de los recursos, que se van a poder emplear para financiar la

puesta en marcha de nuevas promociones para familias que lo necesitan. Esa es la idea generatriz.

El Sr SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Quiero corregir un error que he tenido yo

personalmente, porque yo había estimado que era en torno a 50.000 y sí ahora son 41.000,

reconozco el error en lo de 5,5 veces el IPREM, que lo ha dicho antes el anterior compareciente. Por

lo tanto, a un inquilino de estos pisos de arrendamiento con opción a compra en el contrato ya le

venía, según tengo entendido, el precio al que al cabo del año siete tendría derecho a comprarlo,

menos la reducción de 50 por ciento de las cantidades aportadas. A esas personas, en teoría, la ley,

los pliegos y el contrato de toda esta operación les permites que el año siete lo compren a ese precio,

tiene derecho a ese precio y no a otro superior, es decir, la empresa adjudicataria no puede subirle el

precio de esa vivienda cuando ya es el año siete; le acompaña la ley entiendo.

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En el borrador de pliegos que se prepara estando yo en

las responsabilidades y que se someten al servicio jurídico, supongo que con la capacidad acreditada

de los técnicos del Ivima y funcionarios, aunque no conozco el texto final, recuerdo que las

instrucciones fueron muy claras: primero, garantizar que se mantengan los derechos iguales de los

inquilinos; segundo, garantizar la protección pública, es decir, además de que la protección pública

que se garantiza por ley, porque por ley esas viviendas –quiero también aclararlo- están calificadas -la

calificación es un documento administrativo que lo que determina es un régimen de protección

durante una serie de años- y en el caso de las viviendas de alquiler con opción a compra ese régimen

de protección dura diez años y está así establecido en la calificación, no puede cambiar, sea quien sea

el propietario de esas viviendas la calificación lo protege, aun así, di la instrucción de que se

incorporara en los pliegos también esa mención para que, contractualmente, hubiera también

vinculación, aparte de la superior legal que existe y en tercer lugar, que el proceso fuera transparente

y sometido a concurrencia, como así fue.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Me ha parecido muy oportuno, porque hemos

estado hablando en las otras dos comparecencias –y yo sinceramente no soy experto, no sé si

algunos de mis compañeros aquí lo es- desde el punto de vista de contabilidad, valor, tasación,

etcétera, ya ha salido el tema en las otras comparecencias, pero, como digo, me ha parecido muy

oportuna la pregunta de la señora Moya y yo quería ahondar al respecto, porque al final es usted el

que encarga el primer informe de la tasación. Entonces, aquí muchas hablamos de que se está

vendiendo un patrimonio de 300 millones por 201 y me gustaría que nos explicara cuál es la

justificación, porque, claro, a cualquiera que salga por ahí fuera si le dices: oiga, me han tasado mi

casa en 100 millones y la he conseguido vender en 120, cómo explicar que eso ha sido una mala

venta pues es difícilmente justificable, no. Porque al final lo que importa es el valor de las cosas que le

da alguien objetivo, pero me gustaría que usted, que fue el responsable, de alguna manera, pusiera

luz a un debate al que aquí yo creo que estamos dando demasiadas vueltas y entendamos todos cuál

realmente es ese beneficio que, de alguna manera, se obtuvo entre las previsiones del Ivima y el

precio final por el que se vendieron las promociones.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: El valor de un bien no puede ser otro que el valor que en

cada momento tiene ese bien. Para garantizar en la Administración Pública, que una venta de

patrimonio público se realiza de forma adecuada, el artículo de la Ley de Patrimonio, y otros artículos,

pero también el 50, lo que exigen es que haya una tasación pericial. Lo que están diciendo es: no

venda usted por el valor en libros, que es una foto en un momento dado del tiempo; no venda usted

por valor de otros criterios que no conocemos. Haga usted, en cada momento previo a la venta, una

tasación pericial. De hecho, la tasación pericial, como se ha dicho antes -me ha parecido escucharle a

una compareciente-, tiene un nivel temporal, caduca, y caduca, porque, como el mercado de los

precios cambia, la tasación tiene una relación con el momento del tiempo correspondiente. Es decir, el

valor de un bien en un momento determinado es la tasación. Cualquier otro valor...

En fin, aquí se ha hablado del valor de 300 millones de euros, 400... (El Sr. SERRANO-

SÁNCHEZ CAPUCHINO: El valor es el que aparece en los libros de contabilidad, ¿eh?) Hombre, si se

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cogen los valores del año siete de cada vivienda, que era el resultado de multiplicar el módulo –el

módulo es un valor teórico de calificación que da lugar al precio, aplicando los coeficientes- por dos -

que es lo que fijaba la legislación en aquel momento-, igual a un valor para ejercer la opción de

compra en el año siete. Claro, sumamos todos los módulos, ¡pero habrá que traer ese dinero al

presente, habrá que descontar! ¿Alguien ha descontado ese flujo a un tipo de interés determinado?

Porque eso es lo que se hace en las valoraciones; por eso, lo que se hace es encargar a una tasadora,

que hace exactamente eso, descuenta flujos, hace un valor real. Yo no conozco cómo se tasan los

bienes -es un procedimiento muy complicado-, no soy master en RICS, Royal Institution of Chartered

Surveyors, que es lo que se exigió al tasador –que sí lo era-, que es el estándar internacional por el

que todo el mundo se rige. Es, para entendernos, la normativa de contabilidad oficial y por eso lo que

hizo la Comunidad de Madrid fue contratar un tasador; un tasador, insisto –porque es que a lo mejor

aquí hay que preguntar al Banco de España-, supervisado por el Banco de España. Se pidieron ofertas

a los mejores tasadores de España, -uno de ellos, quizá la mejor oferta, fue la que hizo el estudio-

que tenían capacidad, que tenían medios, que tenían experiencia, y estos señores, que son los que

tienen la capacidad -insisto, que yo no la tengo-, fueron los que hicieron esa tasación, que es el valor

del bien en ese momento. Cualquier otra cuestión es una hipótesis, que me parece estupenda, pero

que no responde ni a lo que dice la ley ni a lo que es la realidad de un precio.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¿Cuánto tiempo me queda, señora Presidenta?

La Sra. PRESIDENTA: Le quedan dos minutos.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pues, una última cuestión que me parece muy

relevante, que usted ha dicho. Efectivamente, aquí se ha dicho que ustedes plantean la tasación como

un conjunto de las 2.935 viviendas, y aquí algún portavoz ha planteado que se podía haber hecho por

lotes. La Cámara de Cuentas -que no olvidemos, es un anteproyecto; es decir, igual que los informes

que hacen los tribunales de cuentas y las cámaras de cuentas de otros organismos, eleva un informe,

que es un anteproyecto en el que hacen las alegaciones, para que explique si eso es correcto o no la

institución que está siendo objeto del análisis y, posteriormente, se emite el informe o proyecto

definitivo de esas conclusiones. Pero la Cámara de Cuentas efectivamente valora que podía haberse

hecho por lotes, etcétera, y haber sacado otro resultado. Y, efectivamente, si hubiésemos hecho la

venta en el año 2007, en pleno boom, hubiésemos tenido otros resultados. Pero me quedo con una

cosa que usted ha dicho, y que me gustaría que explicara un poco por qué haberlo hecho por

separado hubiera podido dar lugar a diferentes realidades jurídicas entre promociones y haber

afectado a los derechos de los inquilinos. Yo creo que...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No tanto los derechos, que están garantizados por el

pliego, por supuesto, como el diferente modo de gestionar, el diferente modo de ofrecer. Se ha dicho

aquí, no lo conocía, pero lo he oído mencionar, que la empresa adjudicataria está ofreciendo

reducciones de precio, está ofreciendo algunas ventajas que no están previstas en la legislación y no

son su obligación. Bueno, eso entra dentro de la facultad de disponer que tiene cada uno. Lo que

tiene que garantizar la normativa, y, por supuesto, que está garantizado -la Dirección General de

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Vivienda de la Comunidad de Madrid es la que se encarga- que las viviendas de protección oficial, es

decir, las antiguas VPO, las llamadas de protección pública, cumplen los estándares legales.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Vamos a abrir el segundo turno de preguntas y respuestas,

que es facultativo y es aclarativo. ¿Quiere hacer uso...?

El Sr. ESPINAR MERINO: Una cuestión, señora Presidenta.

La Sra. PRESIDENTA: Luego tenemos el turno de ruegos y preguntas.

El Sr. ESPINAR MERINO: Me gustaría, si pudiéramos, comprobar si todos los que estamos

en la sala somos diputados o no lo somos y, si no lo somos, que quien no lo fuera, entiendo que en

virtud de los acuerdos alcanzados...

La Sra. PRESIDENTA: Hay permiso para dos personas que lo pidieron a la Mesa de la

Comisión.

El Sr. ESPINAR MERINO: Entonces, no he dicho nada, Presidenta.

La Sra. PRESIDENTA: Yo tampoco conozco a todo el mundo...

El Sr. ESPINAR MERINO: Sólo nos gustaría constatar si todos los que estamos en la sala

somos diputados y, si no lo somos, saber quién más está en la sala. Nada más.

La Sra. PRESIDENTA: ¿Hay alguien que no sea diputado y que no tenga permiso para

asistir? (Denegaciones).

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí, se puede, son públicas.

La Sra. PRESIDENTA: Sí, sí, las sesiones son públicas, y no hay ningún problema.

Seguimos. (El señor Gómez Montoya pronuncia palabras que no se perciben.) Bueno, pero hay gente

que lo ha pedido, y no ha habido ningún problema.

Quiero dar la palabra al señor Zafra en el turno de aclaración de cinco minutos.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Muchas gracias, señora Presidenta. Yo solamente le quería

preguntar una cosa más al señor Van-Halen. Entre estos dos proyectos que ha tenido el Ivima de

vender las viviendas a particulares y venderlas en paquetes a fondos de inversión, usted, ¿cuál cree

que es mejor opción para los madrileños, para el beneficio de todos los madrileños?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pues yo creo que aquel que permita gestionar mejor los

recursos públicos y que permita beneficiar a más madrileños. Si hacemos la cuenta de aquellos

madrileños que han podido obtener ahora una subvención para acceder a una vivienda por esos

recursos, esos 98 millones de euros que se emplearon -o que se iban a emplear; yo no estaba allí

para acreditarlo- en la programación de viviendas públicas, es una opción favorable. Yo lo que le

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quiero decir es, primero, que agradezco el tono de sus preguntas y, en segundo lugar, le quería decir

que la voluntad que se tuvo en todo momento fue favorecer, primero, la mejor gestión, optimizar los

recursos y, por supuesto, garantizar los derechos de los inquilinos, que es la responsabilidad que

tienen el Ivima y la Comunidad de Madrid.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Pero, al final -ya para cerrar-, ¿no cree que es un poco

frustrante que se hayan perdido casi cien millones?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero es que eso es una cuestión... Insisto, se han

perdido ¿con respecto a qué?

El Sr. ZAFERA HERNÁNDEZ: Es lo que dice el Tribunal de Cuentas.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Bueno, el Tribunal de Cuentas debería encargar la

tasación a una auditora independiente del Banco de España, auditado...

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Entonces, usted cree que el Tribunal de Cuentas que tenemos

no sirve para nada, o, al menos, que está equivocado.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo no he dicho eso; lo dice la Cámara de Cuentas.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: La Cámara de Cuentas, perdón.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: De todas formas, el Tribunal de Cuentas es el Estado.

Yo no he dicho eso. Yo lo que he dicho es que la tasación se hace conforme a lo que la ley

establece, y se utiliza un procedimiento que es el de que un perito... El que tiene capacidad para

determinar el precio es el tasador; respetemos su capacidad.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Si yo lo entiendo, pero cuando yo tengo que ponerme en la

situación de entender que o bien el tasador está equivocado o bien está equivocada la Cámara de

Cuentas, usted me dice que es la Cámara de Cuentas la que está equivocada.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: No, yo lo que le digo –y respeto, obviamente, como no

puede ser de otra manera, a la Cámara de Cuentas y al Tribunal de Cuentas, que es quien fiscaliza

ahora todas mis responsabilidades-, simplemente, es que ahí lo que se está haciendo es una

comparación entre un valor de mercado, un valor de mercado que es el real, el que conocemos, que

se puede conocer –decían en la Escuela de Salamanca que el valor solo lo conoce Dios, ¿eh? Los

humanos conocemos el de mercado-; no hay otra forma de conocerlo que ver el de mercado. Y lo que

le quería decir es que, al final, cualquier comparación con otro valor me parece estupenda, pero el

valor real que tenemos es el que dijo el tasador, que es quien está acreditado para ello. Respeto

cualquier otra opinión, por supuesto, pero, puede referirse a valores en libros, que eran valores que

se fijaron en momentos históricos, que, a lo mejor, no vuelven. Fíjese usted en que, ahora mismo, el

precio de la vivienda en España está muy por debajo del precio que había hace siete años nada más.

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No sabemos cuándo volverá o si volverá a esos niveles. Esos son futuribles, y no es ocasión de

juzgarlo; por tanto, no le puedo decir nada.

El Sr. ZAFRA HERNÁNDEZ: Muchas gracias, señor Van-Halen.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señoría. Doy la palabra a la señora Espinosa, si quiere hacer

uso del turno.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Una pregunta: ¿cuántos madrileños y madrileñas

estaban inscritos como demandantes de una vivienda en el momento en que se ideó esta operación?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Esos demandantes inscritos para una vivienda pública,

¿se refiere a aquellos que están inscritos para ser sorteados para viviendas de alquiler con opción de

compra o a los demandantes del Ivima?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: En general, a las personas que estaban...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: En general no es una pregunta. ¿Los del Ivima...?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¡A los dos! ¡A los dos! Personas que deseaban acceder a

una vivienda porque...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Es que esto así no funciona. El Ivima tenía una lista de

demandantes de vivienda pública que querían una vivienda pública...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¿Y cuántos eran?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Déjeme acabar, por favor!

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Es que tengo cinco minutos y quiero que sea usted muy

conciso.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero es que no le puedo contestar porque no sé lo que

pregunta.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¡El número! ¡Necesito un número!

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Seis? ¡Es que no sé qué pregunta! ¿Qué número le voy

a dar? Si no me dice qué quiere saber... Mire, hay unos jóvenes...

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: ¿Cuántas personas necesitaban vivienda pública en ese

momento, y a las que se les ha negado ese derecho y ha preferido usted venderlas a los fondos

buitre?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Pero ¿qué dice usted? ¡No la entiendo! Nadie le ha

negado el derecho a nadie.

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La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Bueno, como veo que no quiere colaborar...

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Haga preguntas que le pueda responder.

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Quiero recordarle, no obstante, que esta operación está

investigada por el Ministerio Fiscal y que está en el juzgado tanto por vía penal como por vía

contencioso-administrativa. Usted no está imputado, de momento, pero quería hacer este

recordatorio.

No ha aclarado usted que hubiera ningún informe que justificara la venta de vivienda

pública; tampoco ha aclarado por qué no se vendió a los inquilinos y se vendió a los fondos buitre; no

ha aclarado por qué el precio para los inquilinos era del módulo por dos, mientras que, para los

fondos buitre, era el módulo dividido entre dos, y afirma además que esta operación se hacía para

obtener ingresos. Pero, según la Cámara de Cuentas, acredita que las pérdidas fueron de 100 millones

de euros; no obstante, usted afirma que es una operación eficiente y magnífica -la han calificado así-.

Dice además que usted respeta los derechos de los inquilinos –su derecho a la vivienda, el artículo 47,

y también el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos-, sin embargo, vemos –

y han testificado aquí, o mejor dicho han comparecido aquí los afectados- que antes ni pagaban IBI ni

pagaban tasas de basura, y ahora sí; que antes pagaban una cantidad de comunidad y que ahora se

les sube; que antes recibían ayuda a la vivienda, y que ahora ya no reciben esas ayudas al alquiler.

Además, antes han comparecido y han podido demostrar que al alquiler con opción de compra ya no

tienen derecho y tampoco al de tanteo y retracto; es decir, que les cambian ustedes las reglas del

juego en mitad del partido, por lo hablar de los desahucios que esto ha generado.

Si analizamos los agentes implicados en toda esta operación, tenemos a la ciudadanía, a los

inquilinos o afectados y a los fondos buitres, y a mí me gustaría analizar qué persona o qué agente o

qué ente es el más beneficiado en esta operación. Si analizamos a la ciudadanía, vemos que pierden

98 millones, según la Cámara de Cuentas; por tanto, la ciudadanía no ha sido beneficiaria de esta

operación. Si analizamos los inquilinos o afectados, vemos que pierden el derecho a opción a compra,

que pierden estos derechos económicos a los que ahora hacíamos referencia y pierden incluso la

opción de tanteo y retracto. Ahora bien, si analizamos qué es lo que ganan con esta operación Azora y

Goldman Sach, vemos que adquieren unas viviendas que, según ustedes, están calificadas por 300 o

400 millones -porque ya no me queda claro cuál es su valoración-; en cualquier caso, de esos 300

millones que aparecen como valor contable ustedes se lo venden en 200 millones. Por tanto, Azora y

Goldman Sach reciben una rebaja por su parte de 100 millones de euros.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¿Es una pregunta?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: No, es una afirmación. Claramente, los beneficiarios de

esta operación han sido sus amigos.

La Sra. PRESIDENTA: Le queda un minuto.

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Los amigos ¿de quién?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Me queda un minuto. Simplemente, un deseo y una

pregunta.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: ¡Me parece insultante!

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Deseo, señor Va-Halen, que duerma usted igual de mal

que duermen por la noche los afectados de esta operación de la vivienda pública a los fondos buitre.

Lo mismo. Igual.

Por último, quisiera preguntarle: ¿está usted orgulloso de esta operación?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Mire, usted, yo soy muy educado y nunca deseo mal a

nadie, y a usted tampoco. ¡Que duerma bien!

Lo que le puedo decir simplemente es que, en la parte que a mí me tocó en este proceso...

Primero, los informes que se pidieron, que fueron los adecuados... No tengo todo el expediente,

porque, como le he explicado antes, un expediente administrativo es un expediente que se va

conformando con el paso del tiempo, que se nutre de informes, que se van añadiendo informes,

expedientes, se va completando en base a lo que opinan los órganos que tienen que opinar. Yo dejé

el expediente exactamente en la remisión al servicio jurídico de un borrador de pliego. Por tanto, no

conozco lo que pasó después del día 25 de abril de 2013. Eso para empezar.

En segundo lugar, ha hablado usted, si no recuerdo mal, de las valoraciones, los módulos,

los precios, y ha mezclado todo. Lo que se hizo fue, siguiendo lo que marca la ley -por lo menos en la

preparación, que es la parte a la que le puedo responder- encargar una valoración, como dice el

artículo 50 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, que es lo que dice la ley y, a partir de

ahí, se procedió siguiendo el estricto cumplimiento de la realidad. Y estoy convencido, y no lo dudo,

que la capacidad –como le he dicho antes- de los responsables que me sucedieron y de los

funcionarios del Ivima garantizaron el mejor fin de este bien.

¿Me pregunta que si duermo bien por la noche?

La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Si está usted orgulloso de su gestión.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Yo gestioné lo mejor que supe y lo mejor que pude,

siempre en beneficio del interés público de los madrileños.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Doy la palabra, por si quiere hacer –me imagino que sí-

alguna consideración, a la señora Moya.

La Sra. MOYA NIETO: Muchas gracias, señora Presidenta. Bueno, yo creo que aquí se está

tratando de transmitir la idea de que estamos cuestionando que esta operación no se pudiera hacer.

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No es cierto; sabemos que esta operación se podía hacer; no lo hemos cuestionado en ningún

momento. Lo que hemos cuestionado es la forma en que se hace esta operación, que es muy distinto,

y los beneficios que hay por el medio. Porque, oyendo al señor portavoz del Grupo Parlamentario

Popular da la impresión de que Goldman Sachs es una hermanita de la caridad o algo así, que compró

esos pisos, que no iba a tener ningún beneficio, etcétera. Y todos sabemos con simples operaciones

aritméticas que, -lógicamente, se tiene que respetar la opción a compra, ¡faltaría más!, es que figura

en el contrato-, insisto, todos sabemos que vendiéndolo a ese precio que está estipulado en el

contrato tienen un beneficio superior al cien por cien sobre lo que se tasó. ¡Eso es lo que estamos

intentando averiguar aquí, no si esta operación es legal o no! Estamos investigando cómo se llevó a

cabo, cómo se ejecutó. Le decía que, mediante una sencilla operación, partiendo de la base de que a

esa empresa tasadora no se le dio ninguna opción, más que esas 32 promociones juntas, no había

otra. Luego, entonces, había un interés determinado en trabajar en esa dirección, no en trabajar en

ninguna otra. Yo soy de letras, pero sé más o menos multiplicar, y supongo que usted también, señor

Van-Halen; es decir, en 10 de las 32 promociones que se vendieron se podía ejercer la opción de

compra en el año 2014, 10 de esas 32, y ese tercio del total de las promociones suponía unos

ingresos en el año 2014 que eran de la mitad del precio de la licitación. Estamos hablando de 81

millones de euros, solo en el año 2014; luego, quedaban las finalizaciones de opción a compra de

2015 y de 2016, pero solamente en un año el Ivima hubiera podido ingresar 81 millones por la venta

de las de 2014. Por tanto, la operación carece de sentido económico. Yo lo que pregunto es: ¿ustedes

no hicieron algún cálculo al respecto? Las pérdidas que se producen en el Ivima son por esa venta

única y por esa tasación que se hace, cuando se sabía que en un plazo no muy elevado de tiempo se

podía ingresar la misma cantidad por la que se estaban vendiendo esas viviendas a Goldman Sachs.

Yo lo que le pregunto también es, en su doble condición de Director General y Gerente del Ivima, si

conocía usted que se estaba elaborando el Decreto 59/2013, que, a nuestro juicio, fue una jugada

maestra que cambió las condiciones del proceso porque permitía a los compradores vender las

viviendas prácticamente al día siguiente de la enajenación, porque bajan los siete años a uno si hay

acuerdo entre inquilino y propietario. Es una pregunta: si conocía usted, cuando se inició todo este

proceso, que se iba a aprobar ese decreto en julio, en mitad del proceso.

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Vamos a ver, la flexibilización de las condiciones de la

opción de compra era una cuestión... No recuerdo si en aquella época estaba ya el decreto sobre la

mesa -no lo creo-, pero lo que sí recuerdo es que esa posibilidad de flexibilizar las condiciones del

inquilino, es decir, de dar más derechos al inquilino de la opción de compra, pudiendo acceder al

derecho de la opción a partir del año uno, se venía hablando desde hacía tiempo. Era una

reivindicación, una cuestión de sentido común, teniendo en cuenta que teníamos problemas para que

se ocuparan todas las viviendas de alquiler con opción a compra, y lo que no parecía razonable es que

hubiera viviendas vacías o que, por el contrario, hubiera gente que quisiera comprarlas y no pudiera.

Pero no recuerdo si en aquella fecha estaba... Por supuesto, es una cosa que se aprobó después, no

estaba yo para decir cuando se aprobó ese decreto.

La Sra. MOYA NIETO: Bien, pero respecto al decreto -no sé si he entendido mal-, ¿no

conocía usted que se estaba elaborando este decreto?

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El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Le estoy diciendo que yo conocía que se estaba

planteando revisar, desde hacía tiempo, las condiciones para favorecer a los inquilinos del alquiler con

opción a compra.

La Sra. MOYA NIETO: Bien, por nuestra parte, nada más. Solamente quería decirle, señor

Van-Halen que, lamentablemente, nuestro Grupo Parlamentario no ha cambiado de opinión después

de su comparecencia y que para nosotros sigue siendo, todo lo que se ha hecho, un atentado contra

el patrimonio de todos que los jueces dirán si es un delito o no y, desde luego, sí es una auténtica

vergüenza para todos los representantes de los ciudadanos, aparte de los perjuicios para ellos, que es

lo fundamental de todo.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario

Popular, señor Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchas gracias. Hemos comenzado la sesión

de hoy apelando al “fair play”. Y, señora Espinosa, el “fair play” se practica tanto en las

comparecencias que solicita uno como con el resto, tanto si tienes una opinión favorable como si no.

Con lo cual, creo que deberíamos ser un poco más respetuosos en cuanto a los deseos y juicios de

valor que hagamos al respecto; pero, bueno, allá cada cual.

Yo querría, en primer lugar, simplemente compartir algo con el resto de los portavoces,

porque parece que hay un informe oculto, hay una delegación escondida. Esa delegación escondida

de competencias del Consejo de Administración del Ivima al Director Gerente está publicada en el

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 136, del 10 de junio de 2002, es decir, es tan

secreto como que está publicado en el Boletín, y dice: “Acuerdo de 23 de mayo adoptado por el

Consejo de Administración del Ivima en su sesión de 20 de mayo de 2002. Primero, delegar en el

Director Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid la competencia de adoptar los acuerdos de

adquisición, explotación, administración, gestión y disposición sobre bienes inmuebles y derechos

sobre los mismos, así como el acuerdo de incorporación de bienes inmuebles al patrimonio de la

Comunidad de Madrid”. Es decir cómo, de repente, uno no encuentra, o es que no sabe buscar, un

determinado informe que aparece publicado en el Boletín sobre eso, ya estamos haciendo una teoría

de la conspiración sobre si nos estamos saltando pasos, sobre si estamos haciendo las cosas mal, con

opacidad. Bueno, pues si todas las cuestiones son como esta, que he tardado media hora en buscar

una respuesta a esto, que yo se la entrego para que ustedes la tengan, me gustaría que fuéramos un

poco más rigurosos al respecto.

Lamentablemente, poco a poco vamos viendo que algunos prejuicios que tenemos se van

viendo aquí; que la realidad y los hechos no nos estropeen un eslogan. Aquí, una compareciente dice:

no, no me han subido la comunidad. Y alguien dice: ¡Les han subido la comunidad! La compareciente

reconoce: no, no me han tocado la renta. Y alguien dice: ¡No, no, les han subido la renta! Se le

pregunta: Oiga, los derechos y obligaciones legales, ¿se los han mantenido? Y dice: Sí. Y aquí alguien

dice: ¡No, no, se los han tocado; se los han pervertido! Le preguntan: Oiga, usted no tenía legalmente

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derecho a tanteo y retracto. Y alguien dice: ¡Oiga, les han quitado ese derecho! Miren, aquí hay una

realidad, unos hechos que hoy están quedando cada vez más constatados, y algunos grupos de la

oposición lo que pretenden es, da igual lo que digan, da igual lo que diga la norma, da igual lo que

demuestren los hechos, que yo ya tengo el esquema mental y voy a ir con el argumentario ya

directamente para aquí y para cuando salgamos de aquí.

Y, señora Moya, efectivamente, ¡Goldman Sachs no es una Hermanita de la Caridad! Nadie

lo ha dicho. Efectivamente, Goldman Sachs, como cualquier inversor privado, tendrá intereses

legítimos, siempre y cuando cumpla la ley, en una operación de estas características. Pero, vamos,

¡entiendo que tampoco son Hermanitas de la Caridad quien compra suelo público para hacer negocio

en el Ayuntamiento de Madrid a la señora Carmena! Una operación que, efectivamente, inicia el

Ayuntamiento con Ana Botella y que concluye la señora Carmena vendiendo patrimonio público, suelo

público, a gente: ¿Para qué? Para hacer viviendas. Como tampoco digo yo que sería una Hermanita

de la Caridad el fondo de inversiones afincado en las Islas Vírgenes que pretendió comprar; lo que

pasa es que no salió la operación, no porque se echaran ustedes para atrás ¡3.000 viviendas de VPO

por 300 millones al Gobierno de Patxi López en el País Vasco! Oiga, yo no estoy cuestionando estas

cosas. O la Junta vende suelo público y patrimonio público...

La Sra. PRESIDENTA: Señor Serrano, es un turno aclaratorio.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Al final haré una pregunta, como la señora

Espinosa. Haré una exposición y al final meteré una pregunta.

La Junta vende locales por 300 millones, pero pagará por su alquiler el doble en veinte años.

O sea, vendo patrimonio público por 300 millones y, luego, pagando alquileres sobre ese patrimonio

del que me he desprendido, que le he quitado a los andaluces, voy a pagar más dinero del que

consigo. Ese es el ejemplo. ¿A quién? A inversores privados, a fondos de inversión. Por supuesto que

los fondos de inversión tienen un interés legítimo...

La Sra. PRESIDENTA: Vaya terminando, señor Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: De lo que aquí se trata es de que lo hagamos.

Y, finalmente, una pregunta muy rápida. ¿Cómo lo calificaría? Aquí han preguntado si está

usted satisfecho. ¿Usted cree que esta operación ha beneficiado, a la larga, a los intereses de los

madrileños, de la Comunidad de Madrid, para ese objetivo que tenía el Ivima, que era conseguir hacer

más viviendas y que más ciudadanos tuvieran acceso a una vivienda cuando no podían acceder en el

mercado libre?

El Sr. VAN-HALEN RODRÍGUEZ: Sí.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Ya está.

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La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias. Muchas gracias, señor Van-Halen. Vamos a

proseguir con la siguiente comparecencia.

C-413(X)/2015 RGEP.4347. Comparecencia de la. Sra. D.ª Matilde García Duarte,

en su condición de Secretaria General Técnica de la Consejería de Transportes,

Infraestructuras y Vivienda en el año 2013, a petición del Grupo Parlamentario Popular, al

objeto de informar sobre adjudicación del contrato de enajenación de 32 promociones de

vivienda del IVIMA. (Por vía del artículo 75.3 del Reglamento de la Asamblea).

Se invita a la compareciente a que ocupe su lugar en la mesa. (Pausa.) Quiero saludar a los

fotógrafos, que vuelven a entrar. Yo quiero leerles la notificación que nos llegó ayer de la Presidenta

de la Mesa de la Asamblea –literal- para que ustedes entiendan lo que voy a exponerles. Bueno, se

hace primero referencia en un párrafo al servicio de enlace de fibra óptica para el “streaming”, en otro

párrafo se hace referencia a que se han tomado las medidas necesarias para que también en el resto

de las Comisiones se siga por “streaming”, y el último párrafo, que era el que les podía afectar a

ustedes, dice -leo textual-: “Asimismo le informo” –a mí- “que no se autorizará ninguna grabación de

audio o vídeo por parte de los asistentes a la Comisión, independientemente de la condición en virtud

de la cual acceden a la sala en la que se celebra la sesión.”.

Yo, sinceramente, no tengo ninguna aclaración sobre si esto incluye pases de prensa,

visitas, cualquier persona, diputados... O sea, es así de genérico. Y, por las condiciones en las que

estamos teniendo esta Comisión, convendrán ustedes... Nos han pedido, igual que en otras ocasiones,

en las que también algún asistente ha sacado fotos con la cámara... Esto es todo lo que tengo, por

aclaración. Quería leérselo literal. (Palabras que no se perciben por parte de los señores fotógrafos.)

¡No, no, si yo lo entiendo perfectamente! Les aseguro que yo he sido la primera que ha pedido, desde

hace dos y tres semanas, que esto fuera público; a mí no me tienen que convencer. (Palabras que no

se perciben por parte de los señores fotógrafos).

Yo se lo he leído literal para que ustedes entiendan lo que dice es: “independientemente de

la condición en virtud de la cual acceden a la sala en la que se celebra la sesión.” No se especifica si la

prensa está excluida o no. Y, por las circunstancias que hemos tenido en otras Comisiones... No sé si

es un tema de ambigüedad del comunicado, pero a mí corresponde ser estricta, como me lo piden en

el resto de la aplicación del Reglamento. (Palabras que no se perciben por parte de los señores

fotógrafos.) No, no, si a mí no me tiene que decir... (Palabras que no se perciben por parte de los

señores fotógrafos.) ¡Totalmente! ¡Totalmente! ¡Así lo he expresado! ¡Por supuesto! ¡No, no! Soy la

primera que lo he manifestado y que lo llevo manifestando desde hace varias semanas; o sea, no

están hablando ustedes con la persona que ha enviado esta carta. (Palabras que no se perciben por

parte de los señores fotógrafos.) Yo, por mi parte, no tengo ningún problema, pero les he leído

textualmente el comunicado que yo tengo. (El señor Serrano Sánchez-Capuchino pronuncia palabras

que no se perciben.) ¡No; claro! Pero dice: “independientemente de la condición en virtud de la cual

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acceden a la sala.” Insisto, sin especificar si queda excluida gente con un pase de prensa. (El señor

Serrano Sánchez-Capuchino pronuncia palabras que no se perciben.) Yo no sé si el portavoz del Grupo

Parlamentario Popular está hablando en nombre de la Mesa de la Asamblea, pero yo... (El Sr.

SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Es que tampoco hablo en nombre de...) ¡No, no! Yo tengo la

carta de la Presidenta de la Asamblea y he leído el párrafo literal. (El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-

CAPUCHINO: Igual que aquí, en el Pleno, igual que los medios gráficos pueden que entrar al

principio de cada comparecencia. Ese es el espíritu –entiendo- de esto. Lo que no tiene sentido es

grabar aquí cuando se está dando por streaming. Usted quiere interpretar, Presidenta, esa hoja....)

¡No, no! Yo he leído, ¡yo no interpreto! (El Sr. CANDELA POKORNA: Perdón, ¿la Presidenta va a

abrir un turno sobre esta cuestión para que opinemos todos los Grupos?) Miren, vamos a continuar.

(La Sra. ESPINOSA DE LA LLAVE: Sí. En cualquier caso, el Grupo Parlamentario Podemos quiere

dejar constancia de que llevará la voz de estos periodistas a la Mesa la Cámara.- El Sr. SERRANO

SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Presidenta, consensue con el letrado.) Si todos los portavoces aquí

presentes están conformes, por mi parte, como he manifestado desde el principio, no tengo ningún

problema; yo no tengo ningún problema. (El Sr. CANDELA POKORNA: Por nuestra parte,

claramente sí.) Yo les he leído literalmente las instrucciones que tenemos, pero si aquí hay

unanimidad de todos los Grupos... Lo digo también porque hubo una aclaración específica...

(Rumores.) Bueno, aquí no especifica; aquí dice lo que dice. (Pausa.) Acabo de consultar con el

letrado y me dice que, efectivamente, es potestad de la Presidenta de la Comisión decidir en base a la

controversia que se ha suscitado –el texto es el que es- y, bueno, yo creo que por coherencia con lo

que desde la Mesa de esta Comisión se ha pedido desde el principio y dado que hay unanimidad y la

única voz que podría ser un poco discrepante es la del Grupo Parlamentario Popular y está de

acuerdo, yo, por supuesto... (El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: ¡Pero si lo propuse yo!)

Ustedes tomen las imágenes que quieran; lo interpretaremos así. Gracias. Ahora sí, proseguimos con

la comparecencia de la señora García Duarte.

Como he hecho con el resto de los comparecientes, con carácter previo a la intervención, en

relación con los derechos que le asisten así como a los apercibimientos legales que se hacen al

mismo, ambos constan de forma expresa en el escrito de requerimiento que se le ha notificado. ¿Nos

confirma, por favor, que ha leído este escrito y le constan los derechos que le asisten y los

apercibimientos legales penales que le son aplicables?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Se recuerda, por si no ha estado presente en las anteriores

comparecencias, que el formato de la comparecencia es el de pregunta y respuesta, tal y como está

explicado en el escrito de requerimiento. Hay un turno de presentación de dos minutos por cada

Grupo que le haya instado, en este caso solo ha sido a instancias del Grupo Popular; luego, habrá un

turno de portavoces de los Grupos, de menor a mayor, en el mismo formato de pregunta y respuesta,

por tiempo de quince minutos por cada portavoz, y al final habrá un segundo turno facultativo de

aclaración con el compareciente, también en formato de pregunta y respuesta. Se abre, pues, el turno

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de presentación, que lo instó el Grupo Popular y, por lo tanto, tiene la palabra Alfonso Serrano hasta

un máximo de dos minutos.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchísimas gracias, Presidenta. Miren,

señorías, la verdad es que los políticos, aquellas personas que tienen, además, alguna responsabilidad

de gestión, muchas veces quieren hacer cosas que, obviamente, la ley no les permite. Y ahí hay

figuras y ahí tenemos un gran cuerpo de funcionarios en todos los niveles de la Administración,

figuras como incluso los letrados de esta Cámara y de cualquier organismo público, que hacen una

tarea que yo creo que es encomiable, porque muchas veces incluso paran los pies a los políticos en

cuestiones que, incluso, por muy loables que sean, pueden no ser ajustadas a la ley.

Hemos pedido la comparecencia de Matilde García, que fue secretaria general técnica de la

Consejería durante el tiempo en el que se produjo esta operación de enajenación. Me gustaría decir

aquí que es licenciada en Derecho, especialidad jurídico-empresarial; que ingresó en 2001 en el

Cuerpo de Abogados del Estado, que ha sido abogada del Estado en la sala de lo contencioso-

administrativo del TSJ de Madrid, que –y esto me parece importante y relevante- fue Abogada del

Estado-Jefe en el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte entre 2007 y 2009 con la ministra

Cabrera; que, luego, fue Directora General de Infraestructuras Deportivas del Consejo Superior de

Deportes de 2009 a 2011 –no con el señor Gabilondo, porque fue cuando Deportes pasó directamente

a depender del Presidente del Gobierno, con lo cual dependía directamente del señor Lissavetzky-; en

2011 siguió siendo Directora General de Deportes y, en 2012, ocupó la Secretaría General Técnica en

la Consejería de Vivienda. Con lo cual, yo creo que es una profesional de reconocido prestigio y

creemos que es importante saber su opinión ya que ella, como Secretaria General Técnica, tuvo

mucho que ver en la legalidad, en la transparencia y en el correcto orden en este proceso de

enajenación. Muchísimas gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias, señor Serrano. Doy la palabra, pues, al señor Aguado,

representante del Grupo de Ciudadanos, por tiempo máximo de quince minutos.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿No hay que hacer uso de los dos minutos y luego...?

¿Directamente vamos a los quince minutos?

La Sra. PRESIDENTA: Ah, no. Directamente, sí, porque era solo a petición del que estaba

interviniendo, que era el Grupo Popular. Empieza el turno normal de comparecencias porque solo lo

pedía el Grupo Popular.

El Sr. AGUADO CRESPO: Perfecto. Muchas gracias, señora Presidenta. Muchas gracias por

estar en esta Comisión, señora García. Me gustaría saber, en primer lugar, quién la nombró como

Secretaria General Técnica.

La Sra. GARCÍA DUARTE: El órgano competente, que era el Consejo de Gobierno.

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El Sr. AGUADO CRESPO: Dentro de su responsabilidad, cuando llega a la Secretaría

General Técnica, en materia de vivienda y de responsabilidades en relación con el Ivima, ¿cuáles son

las instrucciones que tiene? ¿Cómo está planteado el tema? ¿Cómo se encuentra, en definitiva, la

situación cuando usted llega a su cargo?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Cuando llego a la Consejería, esta no tenía todavía las

competencias de Vivienda porque yo llegué a la Consejería concretamente en enero. Creo que mi

nombramiento fue en enero de 2012; entonces, solamente estaban en ella Transportes e

Infraestructuras. En todo caso, mi función ha sido ejercer las competencias que le corresponden a una

secretaria general técnica: toda la competencia en materia del personal de la Consejería o asesoría

jurídica de la Consejería. La función principal que tiene un secretario general técnico es velar por la

legalidad de los procedimientos en esta Consejería y en las que yo conozco, en todas las demás, al

igual que por ejemplo un subsecretario dentro de un ministerio.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Tuvo algo que ver el hecho de que fracasara el primer proyecto

de vender 9.000 viviendas públicas a personas, inquilinos –de hecho, solamente se vendieron 500, si

no recuerdo mal-, para iniciar un segundo proceso algo más agresivo -si me permite la expresión-

respecto a la venta de vivienda pública?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Desconozco cuáles eran las intenciones de vender, si tenían algo

que ver o no. Yo insisto en que mi función como Secretaria General Técnica ha sido velar por la

legalidad de los procedimientos. En este caso, era un procedimiento que se llevaba a Consejo de

Gobierno de la Comunidad de Madrid y, por tanto, lo hacía yo junto con el equipo de la Secretaría

General Técnica de la Consejería. No tomaba la decisión ni valoraba la decisión. Quiero decir que, si

era legal y se podía hacer, se hacía.

El Sr. AGUADO CRESPO: Aprovechando su corriente técnica y su conocimiento, me llama

la atención que en un proceso de licitación una empresa no participe y luego resulte adjudicataria.

Eso, según ha comentado una compareciente anterior, es legal. Me gustaría saber su opinión, si es

legal o no; y, en el caso de serlo –entiendo que sí-, si es muy habitual en la Administración que una

empresa que no se presenta a concurso de licitación resulte adjudicataria.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Primero, creo que es legal. Considero que es legal que,

efectivamente, una empresa que no participe, luego, a través de una sociedad –en este caso, un

vehículo jurídico que se creó al efecto de acuerdo con lo que establecían los pliegos- pueda participar

en la misma de acuerdo con las condiciones que establecía el pliego, y se respetaron las condiciones

que establecía el pliego. Es muy común, por ejemplo, en las sociedades concesionarias que eso

ocurra. No es este caso, pero hay otros supuestos en la Administración en que eso ocurre.

El Sr. AGUADO CRESPO: Y en este caso en concreto, en el caso de Encasa Cibeles, es una

S.L. que tiene una responsabilidad de 3.000 euros frente a una posible liquidación. ¿Existiría alguna

responsabilidad subsidiaria por parte de Goldman Sachs-Azora en el caso de que esta empresa dejara

de prestar sus servicios o los prestara de manera deficiente, o simplemente con la liquidación de esa

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sociedad se darían por cubiertas todas las responsabilidades derivadas de la venta de vivienda pública

al fondo de inversión?

La Sra. GARCÍA DUARTE: A ver, toda la responsabilidad la asumía el licitador. En este

caso, el licitador, quien resultó adjudicatario, fue Azora, y lo que se hizo en el procedimiento para

garantizar que no ocurriera eso que usted está diciendo es obligar a Azora a que se garantizase la

financiación y que pudiera al efecto constituir una sociedad vehículo. Fue así como se hizo y, de

hecho, así consta en los pliegos y así fue analizado en su momento por el informe correspondiente de

la Abogacía General al efecto.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Existiría capacidad legal, jurídica, de exigir responsabilidad

subsidiaria en el caso de que Encasa Cibeles incumpliera, fuera negligente o quebrara? Me refiero a

exigir responsabilidad subsidiaria a Goldman Sachs-Azora. ¿Lo permite el contrato?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Discúlpeme, no he entendido muy bien la pregunta.

El Sr. AGUADO CRESPO: La pregunta es si existe capacidad jurídica para que, en el caso

de que Encasa Cibeles no responda con la diligencia debida o que quiebre por cualquier circunstancia

que se produzca respecto a Encasa Cibeles, se pudiera derivar responsabilidad subsidiaria hacia

Goldman Sachs-Azora, que fueron, en definitiva, los que se presentaron al concurso de licitación y los

que ganaron el concurso.

La Sra. GARCÍA DUARTE: En eso discrepo. El que se presentó al concurso de licitación y el

que ganó el concurso fue Azora y el licitador fue Azora. Toda la adjudicación se hizo a Azora y quien

cumplió lo establecido en el pliego de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego fue Azora.

El Sr. AGUADO CRESPO: Azora.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Entonces, cuando Azora constituye la sociedad y participa en

esa sociedad un fondo de inversión, está cumpliendo con lo que dice el pliego y la responsabilidad la

tenía el licitador, que era Azora.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Azora respondería en el caso de que Encasa no cumpliera con

sus obligaciones? Es pregunta técnica, simplemente para conocer su versión, siendo abogada del

Estado y Secretaria General Técnica. ¿Cómo terminaría esto?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Me está diciendo ahora, en este momento, o me está diciendo

en el momento si no se hubiera realizado el pago, que era la operación de la que estamos hablando?

Yo ahora...

El Sr. AGUADO CRESPO: No, en este momento. Si Encasa, por lo que fuera, no...

La Sra. GARCÍA DUARTE: Es que yo, ahora mismo, no sé... A ver, lo que sí sé es que la

sociedad, que en este caso es Encasa, tiene los mismos derechos y obligaciones, o sea, tiene la

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obligación de mantener los mismos derechos y obligaciones que tenían todos los arrendatarios. Y,

entonces, Encasa tendrá la obligación de responder por los derechos y obligaciones que tienen los

arrendatarios.

El Sr. AGUADO CRESPO: Pongamos solo el caso de Encasa quiebra; 3.000 euros de

capital... Eso es con lo que tiene, en principio, que rendir cuentas. ¿Y qué pasa con los derechos

con...? Imagínese, pongámonos en lo peor, que deja de prestar el servicio, que no atiende todo lo

que está comprometido. ¿A quién reclaman responsabilidad los inquilinos que a día de hoy ocupan en

esas viviendas? Encasa ha quebrado, ¿quién tiene capacidad para responder de forma subsidiaria en

el caso de una quiebra de Encasa?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Eso, ahora mismo yo no lo he analizado. O sea, yo no he

analizado qué ocurría, si Encasa quebrase, qué derechos y obligaciones tendrá los inquilinos frente a

los mismos. Yo creo que serían idénticamente los mismos que tenían frente al Ivima como anterior

arrendador; o sea, no sería diferente.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Ante quién reclamarían?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Tendrían que reclamar contra su arrendador, contra el

arrendador actual; contra el propietario.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Que es Encasa?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡Claro!

El Sr. AGUADO CRESPO: Que está en quiebra. Por eso me refiero...

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Pero está en quiebra ahora mismo?

El Sr. AGUADO CRESPO: ¡No!, ¡no! Pregunto. Lo que quiero poner de manifiesto es que lo

que ha pasado aquí es que parece que, a priori, Azora ha delegado en una sociedad S.L. una

responsabilidad de gestionar un parque muy importante de vivienda, de 3.000 viviendas, que puede

generar problemas, controversias, exigencias de responsabilidades, y que, en cualquier caso, está

empresa podría cerrar, podría quebrar y estos ciudadanos que están ocupando unas viviendas

públicas, que están viviendo en unas viviendas públicas, no tendría capacidad para recurrir ni para

exigir responsabilidades, porque la Administración, voluntariamente, dolosamente, se ha mantenido al

margen, se ha salido de ese negocio inicial que era la cesión mediante alquiler de una vivienda pública

a los madrileños, y no quiere saber nada de esas viviendas; las cede, las enajena, pierde el control

sobre ellas, no responde por tanto a la función social ni a la subsidiaria que le corresponde, pero

tampoco responde a una responsabilidad patrimonial; subsidiaria en el caso de que Encasa falle en su

gestión o esta sea negligente. ¿Eso lo tenían ustedes previsto cuando presentaron el concurso?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo le digo que del proceso que estamos hablando es del

proceso de enajenación. Entonces, en el proceso de enajenación -de hecho, así consta en los

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informes- el pliego estaba dirigido a preservar, en este caso, el interés general y el interés de la

Comunidad de Madrid y, por tanto, el interés del organismo que los proponía, que era el Ivima, y, por

ende, respetar las funciones del Ivima, entre las que se encuentran las que usted ya ha mencionado.

Entonces, una de las condiciones que expresamente se dijo en el pliego que tenía que

acreditarse para evitar eso que usted me está diciendo era que quedara muy claro que las condiciones

técnicas y objetivas del adjudicatario fueran acordes para poder seguir gestionando este tipo de

viviendas. Y así se hizo de acuerdo con la exigencia de los informes jurídicos al efecto, y así se

cumplió por parte del organismo proponente. Entonces, yo creo que lo que se intentó –la intención

desde el punto vista jurídico-, a lo largo del procedimiento y con los trámites que constan en el

procedimiento, era que eso no ocurriese y poner todas las garantías para que eso no ocurriese.

El Sr. AGUADO CRESPO: Vale. Perdone la insistencia. Pero, imaginemos, esta empresa

quiebra, ¿quién responde? ¿Responde Azora jurídicamente?

La Sra. GARCÍA DUARTE: A ver, toda la responsabilidad desde mi punto de vista -pero yo

aquí ya no estoy haciendo una interpretación como abogada del Estado, sino sobre la marcha-

entiendo que sería el licitado: Azora, porque el licitador era en todo momento el que asumía toda la

responsabilidad del procedimiento, porque a quien se le adjudicó fue a Azora. Ese sería mi criterio.

El Sr. AGUADO CRESPO: Políticamente, no sé...

La Sra. GARCÍA DUARTE: Pero se lo digo ahora sobre la marcha, no...

El Sr. AGUADO CRESPO: Entonces, en la etapa en la que usted estaba al frente, eso no se

pensó. Es decir...

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, sí, ¡claro que se pensó! Por eso...

El Sr. AGUADO CRESPO: Una S.L. de 3.000 euros va a ser la que va a controlar este

negocio, y no se plantea jurídicamente qué pasa si esta sociedad, por lo que sea, ya no es capaz de

afrontar esa gestión. ¿No se planteó jurídicamente? ¿Ni legalmente?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡Sí! Sí se planteó. Por eso, el pliego prevé de hecho la

posibilidad de que se constituya una sociedad para que la capacidad técnica y económica del

adjudicatario quede garantizada; por eso es por lo que se le permite crear una sociedad, para que la

capacidad técnica y la capacidad económica estuvieran garantizadas, es decir, que se pagar el precio

y que tuviera la capacidad suficiente de poder gestionar las viviendas. Por eso es por lo que el pliego

lo prevé y establece la posibilidad de que se cree una sociedad de tasación; esa era la intención y lo

que yo, leyendo los pliegos y los informes, desde mi humilde opinión de jurista, interpreto.

El Sr. AGUADO CRESPO: Usted como gestora también de lo público, ¿considera que esta

operación, una vez terminada, ha sido beneficiosa para los madrileños y beneficiosa para el

patrimonio, en general, de la Comunidad de Madrid? Su opinión personal.

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La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo prefiero hacer valoración jurídica, que fue la que tuve que

hacer en todo momento.

El Sr. AGUADO CRESPO: ¿Jurídicamente cree que se hizo todo cien por cien correcto?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí.

El Sr. AGUADO CRESPO: Vale. Pues, yo no tengo nada más qué preguntar. Muchas

gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Doy la palabra al señor Candela, portavoz del Grupo

Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid.

El Sr. CANDELA POKORNA: Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, señora García. Lo

primero, como no hemos tenido turno de dos minutos para hacer la introducción, la hago ahora

brevemente. Por nuestra parte, quiero mostrar nuestra sorpresa porque el Partido Popular llamase a

declarar a la señora doña Matilde García, que era secretaria general técnica en el momento en que se

conduce esta operación, y, como ella misma ha dicho, su función era primordialmente verificar la

legalidad del procedimiento. Si estamos en una Comisión de Investigación, que es un órgano

eminentemente político y que busca una valoración política de la operación y la búsqueda de

responsabilidades políticas, no entendemos muy bien a qué viene que venga a una sesión de esta

Comisión investigando este tema una secretaria general técnica que simplemente se supone que tiene

que explicar si se hizo acorde a la ley o no esta operación. Esta es una cuestión que ahora mismo

están evaluando varios tribunales de lo contencioso-administrativo en el procedimiento que para eso

corresponde; no tiene mucho sentido. Además, creo que demuestra cierta incoherencia por parte del

Partido Popular en tanto que cuando nuestro Grupo plantea una proposición no de ley en esta Cámara

para estudiar precisamente ese acogimiento a la ley de ese procedimiento, acaba votando en contra.

No nos parece muy serio. Lo que creo que demuestra esto es que realmente el Partido Popular ha

traído a esta persona aquí a declarar para poder reafirmarse en que esto se ha hecho acorde a la

legalidad desde el punto de vista administrativo. Es una cuestión que se está valorando en tribunales

y, por ende, no corresponde a esta Comisión.

Por otro lado, lo corto del interrogatorio del portavoz del Grupo Parlamentario de

Ciudadanos creo que demuestra que no vamos a sacar demasiado de aquí. Pero, bueno, aun así, si

tengo un minuto para preguntarle algunas cosas, se las pregunto. ¿Nos puede decir cuántas personas

había inscritas en el Ivima para que se les adjudicase una vivienda protegida pública en cualquier tipo

de régimen, alquiler o alquiler con opción a compra, cuando se decide realizar esta operación?

La Sra. GARCÍA DUARTE: No se lo puedo decir. Ahora mismo no lo sé, no tengo ese dato.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿Sabe dónde puedo obtener ese dato? Usted fue secretaria

general técnica en ese momento.

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La Sra. GARCÍA DUARTE: Discúlpeme, a lo mejor es ignorancia. Discúlpeme si no me lo he

estudiado lo correctamente que me lo debería haber estudiado, pero desconozco ahora mismo cuál es

el número de viviendas inscritas. También discúlpeme, porque esta operación se hizo hace dos años y

mis funciones ya no son esas. Si en algún momento no soy lo precisa que a lo mejor le gustaría que

fuera, no es en el ánimo de no colaborar, sino porque la memoria me falla o no es el punto que

conozca con mucha precisión, que probablemente usted conozca mejor que yo porque está

analizando las características de la operación.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿En ese momento se conocía ese dato? ¿Se tuvo en cuenta a

la hora de tramitar este procedimiento?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿El número?

El Sr. CANDELA POKORNA: Si se conocía en ese momento, en el momento de tramitar

esta operación. Si se conocía este número de personas solicitando vivienda pública. Es que se lo

hemos preguntado al señor Van-Halen y a la señora Gomendio creo que también, y ninguno de los

dos nos lo ha comentado. Por su parte, creo que a lo mejor tiene más derecho a no saberlo, por así

decir, porque usted tenía que verificar tan solo que la operación se adecuase a la legalidad, pero en el

caso de ellos a lo mejor era más importante saberlo en tanto que tiene que ver con la idoneidad de la

operación desde un punto de vista más de política de vivienda, pero aprovecho para preguntárselo a

usted también. ¿Se sabía en ese momento cuántas personas había inscritas solicitando vivienda?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Aplicando un poco de lógica jurídica, estoy segura de que en el

organismo se tendría que saber cuántas personas eran las que solicitaban.

El Sr. CANDELA POKORNA: Bien.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Dicho eso, en el procedimiento que estamos valorando, cuya

legalidad se intentó preservar en todo momento desde el organismo autónomo, que era el que lo

proponía, y, en su caso, posteriormente, la Secretaría General Técnica, no era un requisito ni

necesario, ni vinculante, ni preceptivo, ni que tuviera que tenerse en cuenta para saber la legalidad de

la operación.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿En lo estrictamente administrativo no...

La Sra. GARCÍA DUARTE: En lo legal, que es lo que me corresponde a mí, como usted

muy bien decía, no tendría por qué analizarse ese requisito. Yo, como Secretaria General Técnica,

¿cuál es mi función? Como Secretaria General Técnica -y cuando he ejercido de Abogada del Estado,

pues como Abogada del Estado-, cuando llegan unos papeles a mi mesa, lo primero que hago, como

he funcionado -yo soy funcionaria-... Siendo funcionaria y teniendo responsabilidades públicas, lo que

siempre he intentado hacer es... A mí me llega un papel y digo: ¿esto está bien o está mal?

El Sr. CANDELA POKORNA: Está bien. Se ha entendido. Gracias. No se tuvo en cuenta,

básicamente. Vale. Respecto...

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La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, no es que no se tuviera en cuenta, es que yo, desde mi

perspectiva, desde la visión jurídica, no la tenía que tener en cuenta.

El Sr. CANDELA POKORNA: Vale. La visión de cada cual. Respecto al informe de la

Cámara de Cuentas, de 2013, que establece que sufrió un quebranto patrimonial de casi 100 millones

de euros la Comunidad de Madrid por esta operación, ¿qué opinión le merece?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Perdone, ¿qué informe?

El Sr. CANDELA POKORNA: El informe de la Cámara de Cuentas de 2013.

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Un informe de la Cámara de Cuentas de 2013? No sé de qué

me está hablando.

El Sr. CANDELA POKORNA: No le consta tampoco.

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Informe de la Cámara de Cuentas, de 2013, de un quebranto

patrimonial por esta operación? No lo conozco. No sé a qué informe se refiere.

El Sr. CANDELA POKORNA: De acuerdo. Esto de nuevo me hace...

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Un informe de quebranto patrimonial?

El Sr. CANDELA POKORNA: De nuevo me hace pensar que esta comparecencia no tiene

demasiado sentido, pero yo insisto, porque alguna cosa le podré sacar, supongo.

Informe de valoración de los servicios técnicos de la tasación de las viviendas que se

enajenaban. ¿Nos podría informar un poco sobre si consta ese informe, sobre su tramitación?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Del informe? ¿A qué informe se refiere desde el punto de vista

del procedimiento administrativo? ¿A qué informe se refiere? De verdad, yo no quiero que parezca

que no quiero colaborar con las respuestas que le estoy dando. Entonces, desde el punto de vista del

procedimiento administrativo que se inició, tramitó y aprobó, ¿a qué informe legal se refiere? ¿A cuál

de ellos dentro de lo que requería la ley para aprobarse? ¿Cuál era ese informe?

El Sr. CANDELA POKORNA: El informe del valor contable neto de esas viviendas. Ese dato

figuraría en algún momento en el informe, quiero creer.

La Sra. GARCÍA DUARTE: O sea, el informe que requería la ley de acuerdo con el artículo

50 de la Ley de Patrimonio tendría que ser una tasación pericial y luego se requirió además un

informe de la Dirección General de Política Económica que aprobase esa tasación y que validase la

metodología utilizada. Ese informe existe. De hecho, creo que es un informe de 3 de abril de 2013, en

el que informa sobre el cumplimiento del mismo acerca de la tasación que se ha hecho de las

viviendas. Informe de 3 de abril de 2013.

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El Sr. CANDELA POKORNA: Gracias. Otra pregunta. Respecto del informe -creo que esto

puede ser la madre del cordero- de idoneidad, lo que antes se llamaba la idoneidad y que luego se

pasó a llamar la innecesariedad de la vivienda que se quería enajenar, ¿este informe existía? ¿Había

un informe que estableciese la idoneidad de la operación y su correlato, que era la innecesariedad de

esta vivienda pública, y que por tanto se podía vender, se podía enajenar? ¿Existía este informe?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, existe un informe de la Abogacía General donde se pone de

manifiesto que tiene que existir una memoria que justifique la innecesariedad de las viviendas;

informe de 23 de abril de 2013. Después existe una memoria justificativa que acredita dicha idoneidad

y después, a posteriori, existe un informe de la Abogacía General que vuelve a examinar el

procedimiento con ese informe ya dentro del mismo, informe de 3 de junio de 2013, donde estima

que esa memoria es suficiente; con lo cual, si se refiere a este informe, es la memoria de 28 de mayo

de 2013. Sí existe.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿Nos podría explicar brevemente la argumentación por la cual

se llega a la conclusión de que son innecesarias esas viviendas? Muy brevemente.

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Me permite que lo mire un momento?

El Sr. CANDELA POKORNA: Entiendo, Presidenta, que se descuenta tiempo mientras lo

mira.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No hay problema en que se descuente. Creo que lo que se

analiza es cuáles son las funciones del Ivima, y por el propio organismo; si para esas funciones esas

viviendas eran necesarias para el ejercicio de esas funciones. En la memoria queda acreditado que no

son necesarias para el ejercicio de las funciones del Ivima, de acuerdo con las funciones propias del

mismo.

El Sr. CANDELA POKORNA: Se entiende, en ese caso, la pregunta que hice al principio de

cuántas personas estaban solicitando vivienda. Se entiende ahora la relación que tiene con esto la

innecesariedad de la vivienda cuando, según nos costa por personas que trabajaban en el Ivima en

esa época, se apilaban en montones en las estanterías del Ivima solicitudes de personas que

necesitaban esa vivienda social. Y tenemos un informe de su departamento diciendo que eran

innecesarias esas viviendas.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No, no es un informe de mi departamento. Es una memoria. El

informe de la Abogacía General es una memoria que justifica que para el organismo, que es quien lo

tiene que valorar, los técnicos del organismo, dichas viviendas son innecesarias para el ejercicio de las

funciones del Ivima. Son los técnicos del organismo autónomo los que lo valoran y lo que se

manifiesta a través de dicha memoria, de acuerdo con las exigencias de la Abogacía General.

El Sr. CANDELA POKORNA: Muy bien, como usted es jurista, valorará distintas opiniones

jurídicas autorizadas sobre este asunto, y le doy dos: una, la Cámara de Cuentas, según hemos

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sabido hoy por la prensa y sabremos cuando termine de emitir el nuevo informe de la auditoría

completa de esta operación, dice que ese informe se puede considerar que no existía, porque lo que

decía era: sí es idóneo, sí es innecesaria esa vivienda, sí es idónea la operación; lo cual es tautológico

y no entra a explicar por qué eran innecesarias esas viviendas; la Cámara de Cuentas nos explica en

su informe, al parecer, que no era el caso. Y le doy otra fuente, el Comité de Derechos Económicos,

Sociales y Culturales de la ONU, mediante sus observaciones generales, en su desarrollo del artículo

25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece una serie de criterios en base a los

cuales se deberían permitir a los Estados enajenar vivienda pública por el motivo que sea, y esos

criterios no corresponden, en ningún caso, con lo brevemente alegado en ese informe de

innecesariedad. ¿Qué opinión le merece que esas dos fuentes, creo que bastante autorizadas desde

un punto de vista jurídico y técnico, contradigan esa breve justificación de innecesariedad de esas

viviendas?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, yo, ahora que me hace esta pregunta, entiendo la

pregunta inicial. Yo simplemente quiero decir que las viviendas que se vendieron estaban adjudicadas

y tenían arrendatarios. Es decir, que no eran viviendas vacías a las cuales pudiera acceder un número

de personas que estaba pendiente de adjudicar viviendas; eran viviendas adjudicadas y viviendas que

tenían arrendatarios.

Dicho esto, en cuanto a la valoración del informe de la Cámara de Cuentas y de una

resolución de la Organización de las Naciones Unidas, yo, insisto, primero, desconocía este informe,

porque creo que no está publicado, si no, que me lo indiquen, porque creo que no existe un informe

definitivo, ni se ha publicado por la Cámara de Cuentas dicho informe.

El Sr. CANDELA POKORNA: Sale en prensa hoy que se va a publicar ya.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, ya, sale en prensa. De acuerdo, sale en presa, pero por

eso digo que no lo conozco, porque, como usted muy bien dice, no se ha publicado y sale en prensa.

Entonces, yo desconozco la valoración y respeto y considero legítimo, en el ejercicio de las funciones

de la Cámara de Cuentas, que haga las valoraciones. Yo le digo que, como responsable jurídica de la

Consejería en ese momento, se entendió que el mayor garante que debería valorar si esa memoria

era suficiente o insuficiente era, en ese caso, la Secretaría General Técnica, pero, además, la Abogacía

General. De la Abogacía General, como le digo, existen dos informes. Uno primero que pone de

manifiesto que no existe la memoria y uno segundo que considera que la memoria es suficiente,

porque, si no, hubiera vuelto a decir que la memoria no era suficiente y no estaba suficientemente

motivada. La motivación es un requisito de cualquier acto administrativo y son los juristas los que

tienen que valorar dicha motivación. Entonces, yo, sin perjuicio y con respeto a la valoración que hace

la Cámara de Cuentas, entiendo que esa valoración se hizo por las personas que en ese momento

intervinieron en el procedimiento de acuerdo con los cauces legales, que era la Abogacía General en

este momento, bueno, los Letrados de la Comunidad de Madrid, a los cuales respeto y considero que

son unos magníficos profesionales.

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El Sr. CADELA POKORNA: Se entiende. Gracias. Respecto del derecho de tanteo de los

inquilinos, la Ley de Arrendamientos Urbanos impedía el tanteo para los inquilinos en tanto que se

vendiesen en bloque las viviendas. ¿Le consta que todas esas viviendas se vendiesen en bloque?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, las promociones eran completas.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿Le consta que había promociones en las que ya se habían

vendidos locales, previamente a esa operación?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, me consta. Me consta que existían locales que se habían

vendido, sí.

El Sr. CANDELA POKORNA: Por tanto, ¿no se puede considerar que se vendiese en

bloque?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo le digo la valoración jurídica que yo hice, que vuelvo a hacer

a aquí y que en su momento se hizo por los técnicos de la Dirección General de Vivienda, que no eran

los del Ivima; de hecho existe un informe -discúlpeme un momento solamente porque no me acuerdo

de la fecha del informe- donde se hace referencia a esta circunstancia: informe de 19 de marzo de

2013. (El señor Candela Pokorna pronuncia palabras que no se perciben.) Sí, no hay problema, me

pueden descontar el tiempo por lo que tardo en responder. Informe de 19 de marzo de 2013 en el

que los técnicos de la Dirección General de Vivienda hacen esa valoración jurídica, entendiendo que

por promoción completa se entiende solamente el concepto de vivienda, no locales, de acuerdo con la

normativa en materia de financiación que se aplicaba a esta materia.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿De quién es el informe, perdón?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Informe de la Subdirección General de Calificaciones y

Subvenciones de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

El Sr. CANDELA POKORNA: O sea, que entendía que el hecho de que se hubiesen vendido

unos locales previamente... Interpretaba, vamos.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, claro, interpretaba; yo aquí lo que estoy haciendo es

interpretando. El término promoción completa excluye a dichos locales, literalmente; el término

promoción completa excluye a dichos locales y esa valoración, además, a posteriori, se ha hecho

también por la Subdirección de Régimen Jurídico de la propia Consejería de la Comunidad de Madrid,

perteneciente a la Secretaria General Técnica.

La Sra. PRESIDENTA: Señoría, le quedan diez segundos.

El Sr. CANDELA POKORNA: ¿Y respecto a otras promociones, sí se incluían en locales? Es

decir, ¿respecto a ciertas promociones se entendía que se vendían completas a pesar de haberse

vendido locales previamente y en otros casos no?

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La Sra. GARCÍA DUARTE: No. Desde mi perspectiva, lo que yo analizo que se entiende

para que se pueda excluir la aplicación del derecho de tanteo y retracto que exige la Ley de

Arrendamientos Urbanos es que necesario que la promoción sea completa. Entonces, la pregunta

jurídica es: ¿qué es una promoción completa? Pues, desde el punto de vista jurídico, tanto por la

Subdirección de la Dirección General de Vivienda, como, en su momento, por la Subdirección de

Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica, así como por la Abogacía General, se entendió que

por promoción completa solo se refiere a viviendas; es decir, que se incluyen todas las viviendas,

independientemente de que haya todos, parte o ningún local, eso es lo que se entiende por

promoción completa. Ese es el criterio jurídico que yo entiendo que se hizo por la Subdirección de

Vivienda, se acogió por la Secretaria General Técnica y se acogió por el informe de la Abogacía

General.

El Sr. CANDELA POKORNA: Muchas gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias. Ha Acabado el tiempo, paso a dar la palabra a la

señora Moya del Grupo Parlamentario Socialista.

La Sra. MOYA NIETO: Gracias, señora Presidenta. Buenos días, señora García, bienvenida a

esta Comisión. La primera pregunta concreta que le voy a hacer, aunque es probable que nos

repitamos, es la siguiente: ¿A usted le solicitó el Ivima informes sobre el régimen jurídico aplicable a

las promociones de vivienda protegida objeto de este contrato?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Se lo solicitó a usted doña Ana Gomendio?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí. Me lo solicitó la Gerente del Ivima, que era Ana Gomendio.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Tuvo usted conocimiento después de los informes de los servicios

jurídicos que exigían subsanar errores en el pliego de condiciones?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿A qué se refiere? ¿Que hacían consideraciones esenciales?

La Sra. MOYA NIETO: Sí. ¿Tuvo usted conocimiento? ¿Se subsanaron esos errores?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Se subsanaron todos esos errores?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Todos. Todas las consideraciones esenciales se recogieron en

los pliegos.

La Sra. MOYA NIETO: En el primero y...

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La Sra. GARCÍA DUARTE: En el primero y en segundo; todas las consideraciones

esenciales.

La Sra. MOYA NIETO: Se lo digo porque hay dos informes.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, todas.

La Sra. MOYA NIETO: Que los dos son prácticamente coincidentes.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No. Solamente en el primero... Le digo, porque es verdad que,

cuando llegué a la Comunidad de Madrid, tuve que entender cómo funcionaba la Abogacía de la

Comunidad de Madrid, que, por ejemplo, la Abogacía del Estado no funciona así en el ámbito estatal.

En la Abogacía de la Comunidad de Madrid el sistema, que yo creo que era un sistema bastante

funcional y correcto, era que se hacían cuando se consideraba que había que modificar alguna cosa, o

cuando ellos consideraban que no era legal, se hacían consideraciones esenciales. Entonces, si usted

ve los dos informes, en un primer informe no sé si hay cinco o seis consideraciones esenciales y, en

un segundo informe, hay una consideración esencial, son las relativas a los criterios técnicos que

tenían que mejor justificarse. Con lo cual lo que yo ahí interpreto -y es así- es que la mecánica con la

que se funciona, con los informes de la abogacía -y por eso luego está la Secretaría General Técnica

para validar que eso ha ocurrido así-, es que, primero, se le manda el informe, hacen una primer

informe, después se remite al organismo, el organismo recoge esas consideraciones esenciales y se

vuelve a mandar para que vuelvan a emitir el informe, si se han corregido o no. Y, en ese segundo

informe -que es verdad que la primera veinte páginas reproducen al principio... pero eso es por

técnica jurídica de los letrados, que me parece correcta, porque, además, es una formula muy fácil

para recordar cuál es el régimen jurídico del procedimiento- solamente se hace una observación

esencial. ¿Eso qué significa? Que se han recogido las otras, ya no hace falta que vuelvan a hacer otra

observación esencial.

Y hay un último informe, dando respuesta, en el que se recoge que se han observado todas

las observaciones; o sea, esto es un procedimiento que se realiza por organismos autónomos, que es

una persona jurídica, que tiene personalidad jurídica propia, y luego la Secretaría General Técnica de

la Consejería lo analiza y lo revisa para que se garantice la legalidad del procedimiento. Y, después,

cuando se manda al Consejo de Gobierno, los servicios técnicos del Consejo de Gobierno también lo

revisan. A mí me ha pasado en muchas ocasiones que hemos mandado una cosa y nos la han hecho

para atrás, porque nos han dicho: oye, se os ha pasado y esto está mal. Y se mandaba para atrás, o

sea que hay todos estos cauces. En ese sentido es en el que yo entiendo que el pliego final recoge

todas las observaciones esenciales de los informes de la Abogacía.

La Sra. MOYA NIETO: Aparte de unas consideraciones esenciales, el segundo informe de

los servicios jurídicos habla de la competencia para adoptar el acuerdo de enajenación de las

viviendas del Consejo de Administración del Ivima, y aparece en los dos, en los dos informes; aparte

de la esencial a la que usted ha hecho referencia. ¿Tiene algún dato sobre esto?

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La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿Sobre la competencia?

La Sra. MOYA NIETO: ¡Claro! Sobre el decreto, o la orden.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Pues, sí; yo le digo. Acerca de la competencia, yo considero que

en ningún caso se puso en tela de juicio por parte de la Abogacía General la competencia; de hecho,

ni en el primer informe ni el segundo se dice que sea una consideración esencial que sea

incompetente quien lo promueve. ¡En ninguno de los dos! En los dos se analiza la competencia

porque debe ser así, es decir, los letrados lo que tienen que hacer para hacer un buen informe es

analizar todos los trámites de la operación. ¿Por qué? Bueno, pues, básicamente, por un principio

constitucional: la Administración actúa de acuerdo con el principio de legalidad. ¿Eso qué significa?

Que solo puede actuar de acuerdo con lo que la ley le permite hacer y de acuerdo con el

procedimiento que la ley le permite hacer. Entonces, a los letrados no se les dice: analízame la

competencia; ¡no!, los letrados, o en su caso la Abogacía del Estado, para lo que están es para hacer

ese examen de lo que las leyes exigen. Entonces, ellos hacen ese examen, y en ese examen se

verifica que es competente, porque tanto en el primer informe como en el segundo no se hace

ninguna observación acerca de la competencia. Más aún, es que lo que se dice es que quien es

competente es el Director Gerente; en los dos informes se dice que el competente es el Director

Gerente.

La Sra. MOYA NIETO: ¡No!

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡Sí! Esa es mi interpretación.

La Sra. MOYA NIETO: ¡No! No debemos tener los mismos informes.

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡Sí, sí, sí! Tengo los mismos y, además, me los he repasado

para esto.

La Sra. MOYA NIETO: ¡Lo tengo aquí!

La Sra. GARCÍA DUARTE: Mire, si quiere, yo le digo -y los dos son idénticos, ¿eh?-: de

todo ello resulta que la competencia para adoptar el acuerdo de enajenación es del Consejo de

Administración, sin perjuicio de la declaración de que de esta facultad tiene el Director Gerente. Eso

es lo que dicen los dos informes. Y existe una resolución, publicada en el Boletín Oficial...

La Sra. MOYA NIETO: ¡No! Mire. (Mostrando un documento.). ¿Si lo quiere?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡No, no, no! No.

La Sra. MOYA NIETO: Si la hubiere; la facultad es de...

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡No! Eso no lo dice, no dice que si la hubiere. Habla de la

delegación de esta facultad, de la facultad de enajenar, que previamente ha analizado en el propio

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párrafo de informe. Es que, además, una de las primeras... Este es mi criterio, ¿eh?, es mi criterio

jurídico, y le digo mi criterio jurídico como abogado del Estado. Efectivamente, como decía el portavoz

de otro Grupo, esto está en sede judicial y, oye, a lo mejor luego hay otro criterio jurídico; es decir,

que con esto no quiero decir que esté en posesión de la verdad, yo le digo cuál es mi criterio y el que

creo que además tuvo la Abogacía General. Porque una de las primeras cosas, además, que da la

casualidad que yo pregunté y que yo me planteé cuando vimos esto, fue: oye, ¿pero quién es

competente aquí? Lo primero que tenemos que tener claro es quién tiene la competencia, y a la

conclusión a la que todos llegamos fue que la competencia era del Director Gerente por la facultad

que había hecho el Consejo de Administración. Entonces, esa, le digo, es mi interpretación: por la

desviación de esa facultad que tenía el Consejo de Administración, una facultad delegada del año

2002, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Esa es la conclusión a la que usted llega?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, a la que yo llego y a la que llegan los informes de la

Comunidad, porque en ninguno de los informes de la Comunidad se hace ninguna observación

esencial respecto de la competencia del órgano, ¡en ninguno!

La Sra. MOYA NIETO: No, no, yo no he dicho que sea esencial, he dicho que hace la...

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡No, no, no! No hace ninguna observación, no recomienda que

se cambie la competencia ni dice que sería mejor que lo hiciera otro. ¡No! Porque, además, cuando se

manda el expediente a los letrados, se manda la resolución de inicio, que firma el Director Gerente y

si ellos hubieran entendido que no tenía competencia, es lo primero que hubieran dicho: oiga, mire

usted, es que ese señor no puede firmarlo. O sea, yo le digo, así es como funcionamos en su

momento y como funciona ahora la Administración en general.

La Sra. MOYA NIETO: Yo entiendo que es su interpretación.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, esa es mi interpretación, sí.

La Sra. MOYA NIETO: Yo no soy jurista, indudablemente, pero leo en ese informe que la

competencia es del Consejo de Administración, salvo que se hiciera delegación, claro. Si la delegación

existe, ¡por supuesto!, no hay problema; ahora, si no existe, hay un problema.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Pero es que eso es lo que le digo: que existe. Y yo, de verdad,

que ahí no quiero pecar... O sea, antes le he dicho a otro portavoz que yo no voy a hacer ninguna

valoración política porque, al igual que mis grandes competencias probablemente no estén en hacer

valoraciones políticas, en hacer valoraciones jurídicas sí. Entonces, le digo, de verdad, que esa

interpretación es la que hago yo y la que creo que muchos juristas como yo harían; habrá otros que

no, pero creo que es una interpretación razonada.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Le solicitó a usted también la Directora Gerente del Ivima un

informe para saber si era posible la venta de las viviendas a una sociedad distinta de la licitadora?

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La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Y emitió usted favorablemente ese informe?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, porque lo recogían los pliegos, porque los pliegos lo

permitían y así se aclaró en la resolución. Además, en ese sentido, así se ha confirmado en todo el

procedimiento, que esa operación se podía hacer así, porque así estaba previsto en los pliegos.

Hay que recordar que este contrato tiene una regulación. Hubo que analizar muy en

profundidad con los letrados de la Comunidad cuál era el régimen jurídico porque se aplica, si ven, la

legislación básica del Estado en unos aspectos y la legislación no básica de la Comunidad Autónoma

en otros, o sea, que se requería un rigor jurídico bastante importante para tener claro todo esto.

Entonces, cuando le digo que es un contrato privado, en un contrato en el que se enajenan bienes

patrimoniales lo primero que rige, al igual que en los contratos puramente administrativos, es el

pliego. En cierto sentido en el pliego estaba prevista esta posibilidad. Pliegos que se informaron por la

Abogacía General.

La Sra. MOYA NIETO: Bien, bien. Lo que pasa es que, si yo no recuerdo mal, el pliego de

condiciones, me parece que era en la condición quinta, cuando se habla de la posibilidad de la

creación de estas empresas, habla de que esto se prevé para la presentación de ofertas conjuntas.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, pero luego hay una aclaración, posterior a ese informe,

aclaración posterior que se publica, que es conocida por todos los licitadores y que emana del órgano

de contratación que es competente para ello, porque también tenemos que recordar que la

Administración es la competente para interpretar los pliegos y entonces así se hace, aclaración que

dice que se puede hacer a través de una sociedad vehículo.

La Sra. MOYA NIETO: O sea, el pliego de condiciones limita esa posibilidad a que las

ofertas se hubieran presentado de manera conjunta y después hay una interpretación que lo abre.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No, no, no. Pero vamos a ver, es una interpretación...

La Sra. MOYA NIETO: Está en el perfil del contratante para información de los licitadores.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, y que forma parte del pliego; es decir, tiene el mismo valor

jurídico que el pliego.

La Sra. MOYA NIETO: Bien, bien, pero el pliego inicial...

La Sra. GARCÍA DUARTE: Sí, pero que tiene el mismo valor jurídico que el pliego; eso

también quiero que quede claro. Es decir, la aclaración que hace el órgano de contratación, el que

tiene competencia para ello, de lo que significa el pliego forma parte del cuerpo del pliego, es como si

fuera el pliego; es el pliego.

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La Sra. MOYA NIETO: Perfecto, pero es un hecho que hay unos pliegos iniciales y, luego,

pasan unos meses y, al final, se cambia eso.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No.

La Sra. MOYA NIETO: Aunque pase a incorporarse al pliego.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No, pero yo ahí, de verdad, desde el punto de vista jurídico... Yo

entiendo que a lo mejor –es lo que decía antes- quien no es experto en temas legales pues ve un

papel, otro y otro, y a lo mejor, en una visión no tan técnica, dice: lo han cambiado. Yo le digo la

visión jurídica, que es la que a mí me correspondería hacer, la que me corresponde tener aquí, y en

esa visión jurídica, y además así lo han reiterado y manifestado los tribunales en abundantísima

jurisprudencia, en este caso, las aclaraciones o interpretaciones que se hagan del pliego por el órgano

competente forman parte del pliego; no es que tú modifiques el pliego con posterioridad, es una

interpretación del pliego; no es que metas una condición nueva, no. Y así es como se recoge con esa

aclaración. Entonces es el pliego, no se cambia el pliego. No se cambia el pliego, al igual que, con esa

misma interpretación, si mañana...

La Sra. MOYA NIETO: Es decir, que se hace una interpretación del pliego que permite algo

que no estaba tan claro al principio.

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡No!, que lo permite el pliego, porque nunca una interpretación

del pliego...

La Sra. MOYA NIETO: Perdóneme un segundo, señora García. Si estuviera muy claro el

pliego, ¿hubiera sido necesaria la interpretación? Pregunto, ¿eh?, en mi desconocimiento y desde mi

ignorancia.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Pues yo le digo, ninguna interpretación del pliego puede ir en

contra de lo que diga el pliego, porque, si hubiera sido así, tendríamos que haber vuelto a empezar. Si

hubiera sido así, tendríamos que haber vuelto a empezar, porque, entonces, el pliego sería distinto;

entonces, como el pliego sería distinto, hubiera habido que iniciar otra vez el procedimiento. La

interpretación era acorde al pliego, ¿de acuerdo?, Y por eso formaba parte del cuerpo jurídico del

pliego esa interpretación. No se puede hacer una interpretación contraria a lo dispuesto en el pliego.

Eso es una materia técnico jurídica, no es una... Discúlpeme un momento, solo para acabar que no

quiero que se me olvide. Cuando me dice: si fuera lo suficientemente claro... Esa es mi pelea

constante desde que soy Abogada del Estado y funcionaria: vamos a intentar hacer los pliegos lo

mejor posible, porque es que luego surgen siempre mil dudas, siempre se te escapa algo. O sea, lo

que le quiero decir es que es muy habitual tener que interpretar luego los pliegos.

La Sra. MOYA NIETO: Hubo que interpretar en los pliegos... Es lo que quiero saber.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No, hubo que aclararlo, porque lo solicitó una de las partes.

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La Sra. MOYA NIETO: Aclararlo o interpretarlo, era lo que quiero saber.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Si, sí, sí. Hubo que aclararlo.

La Sra. MOYA NIETO: ¿Participó usted en la parte, por decirlo así, del procedimiento que

tiene que ver con la compraventa, con Encasa Cibeles?

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¿A qué se refiere con que si participé? Es decir, ¿que si vi la

escritura final? Sí, sí la vi.

La Sra. MOYA NIETO: Sí la vio. Desde su punto de vista de técnico -usted es una técnica,

no es una política, eso lo sabemos todos y lógicamente el planteamiento de nuestras preguntas tiene

que ser distinto-, que Azora cree una empresa que se constituya con un capital de 3.000 euros y, aun

así, se vendan las 32 promociones, ¿usted cree que eso es respetar las garantías de solvencia

financiera, etcétera? Porque la inyección de capital se produce después. Porque la inyección de capital

se produce después.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Como le he dicho antes, yo creo que sí; además, en otras

operaciones más habituales, en las que esto es habitual, en las sociedades concesionarias, pasa

siempre; o sea, lo creo y... Vamos, sí.

La Sra. MOYA NIETO: O sea, que la Administración, por decirlo de alguna manera, prevé

las posibilidades de futuro: bueno, tiene 3.000 euros, pero va a llegar a los 201.

La Sra. GARCÍA DUARTE: ¡No, no, no! A ver, es lo que he dicho antes, que probablemente

no me he explicado bien. Voy a intentar a ver si me explico mejor. La responsabilidad la tenía el

citador y lo que se pretendió, el objetivo -y, de hecho, es otra consideración esencial que hace la

Abogacía General; es una consideración esencial- era que se tenía que objetivar cuáles eran los

requisitos técnicos y de solvencia que podía tener el licitador, porque, claro, era una operación de

muchísimo calado y con muchísimas consecuencias y tenía que ser muy específico. Y así se recogió.

Con lo cual, eso estaba garantizado con lo previsto en el pliego y con el procedimiento que se

desarrolló: que fuera el licitador quien cumpliera con los requisitos para cumplir el objeto del contrato,

que en este caso era la enajenación, el pago del precio y, con posterioridad, la administración de ese

patrimonio. Yo creo que esa fue la finalidad con la que se hizo: para que se estuviera; de hecho, por

eso se acredita que tenga financiación, es decir, que no vaya a venir aquí uno que, no sé, pues eso

que usted está diciendo, que yo, mañana, con 3.000 euros me presente a comprar un patrimonio de

500 millones y, luego, cuando me lo adjudiquen, digo: ¡Aaah, no tengo! ¡No, no! Por eso era

necesario que hubiera una sociedad y que estuviera respaldada con una inversión, para que eso

estuviera garantizado, para que esos derechos y obligaciones que el pliego exigía para preservar los

intereses generales y, en este caso, los intereses del Ivima, estuvieran asegurados. Entonces, yo creo

que el pliego siempre fue enfocado a eso: a que se garantizase. Es decir, era una preocupación que

no pudiera cualquiera quedárselo para que luego los intereses públicos pudieran estar perjudicados.

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La Sra. PRESIDENTA: Se ha acabado el turno. Voy a dar la palabra al señor Serrano, del

Grupo Popular.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchísimas gracias, Presidenta. Muchas

gracias, señora García.

La Sra. PRESIDENTA: Tiene trece minutos.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Sí, tengo trece, es verdad, que he utilizado dos

anteriormente, con lo cual, voy a ser un poco telegráfico. Una cuestión, en aras de aclarar alguna

cuestión y de ayudar a esta Comisión -esta es también la voz que tenemos el Grupo Popular de tratar

de ayudar a esclarecer también las cosas-, efectivamente, he estado viendo que en el pliego, en el

punto 10.4, así como en la nota aclaratoria que fue colgada en el perfil del contratante, habla de que

siempre el licitador, individual o agrupado, responderá solidariamente con la nueva sociedad

constituida del cumplimiento de las obligaciones; es decir, esa duda que planteaba el señor Aguado

de: oiga, si la sociedad vehículo que ha creado quebrara, en este caso Encasa Cibeles, responde

Azora. Yo creo que eso queda claro en el pliego y queda claro en la nota aclaratoria.

Luego, no comparto el criterio del portavoz de Podemos, es decir, me parece mal que venga

usted aquí para hacer cuestionamientos sobre la legalidad del proceso cuando llevamos toda la

mañana cuestionando el proceso, si ha sido oscuro, si no, si ha sido conforme a ley o no, y ahora

llega usted y, entonces, como usted viene a aclarar algunas cosas, no entiendo por qué no le parece

bien su presencia.

En cualquier caso, hay otra cosa que sí que no acabo de entender, y es esa cuestión de

decir que, como la Comunidad de Madrid vende 2.500 viviendas, ¡que no están vacías y que no saca a

la gente que está dentro de esas viviendas!, siguen ahí, con sus contratos, con sus derechos y

obligaciones, ¿qué tiene que ver eso con que haya 500, 1.000 o 3.000 personas en lista de espera? Es

más, lo que se está diciendo aquí es que precisamente ese beneficio económico que saca la

Comunidad de Madrid permite construir más viviendas para que esas personas que están en la lista de

espera las ocupen; de hecho, quiero recordar que desde entonces hasta hoy hay 500 personas que

han entrado, con una familia, en el Ivima, con lo cual, me parece, de alguna manera, coger el...

este... por los rábanos, como se dice.

Pero quería yo aclarar un par de cuestiones que, de la conversación con los otros Grupos, no

me han quedado del todo claras. Lo ha dicho usted: su tarea es velar por la legalidad. Y, al final,

efectivamente, esas cuestiones las tendrá que dirimir un juez si, efectivamente, el proceso ha sido

ilegal y hay algún delito. Pero, claro, un proceso de estas características, que es un proceso complejo,

requiere una supervisión muy amplia. Usted, como secretaria general técnica, ¿interviene siempre en

todas las cuestiones de la Consejería, intervenía en todo lo del IVIMA, o interviene en este caso

concreto por algún motivo?

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La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, yo no intervengo en todas las operaciones del IVIMA, ni

del IRIS, ni de la sociedad dependiente de la Consejería, lo que pasa es que este era un negocio

jurídico que, por su importe, y de acuerdo con las normas de la Comunidad de Madrid, tenía que ser

autorizado por el Consejo de Gobierno; con lo cual, para que se autorizara por el Consejo de

Gobierno, tenía que pasar por la Secretaría General Técnica, y después, como he dicho, por los

servicios técnicos del Consejo de Gobierno.

Entonces, yo participo para asegurarme que la legalidad está bien, es decir, para que

cuando llegue a mi mesa y con el grupo del equipo que tenía la Secretaría General Técnica no

observemos que ha habido nada irregular, o que se ha hecho mal desde el punto de vista

administrativo para tener que echarlo para atrás y tener que devolverlo; con lo cual, el seguimiento

fue por ese motivo, y eso es habitual, eso no pasa solo en este procedimiento, sino en cualquiera que

tiene que pasar por la Secretaría General Técnica.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: De la valoración total de este expediente,

¿usted cree que fue tramitado de acuerdo con la legislación que había vigente en ese momento,

considerándose atendidas las exigencias de índole procedimental, garantía de legalidad, etcétera? ¿Ve

usted alguna irregularidad al respecto en todo ese proceso?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo considero que el proceso fue totalmente legal.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Al margen, quiero decir, como decía la señora

Moya, de las observancias que tengan que hacer los diversos departamentos jurídicos para la

corrección de errores materiales, etcétera. Es decir, en lo que es el proceso desde el punto de vista de

la transparencia, etcétera, ¿usted vio alguna cuestión...?

La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo, en ese sentido, a ver, insisto, es verdad que mi visión es

puramente jurídica y, además, a lo mejor por deformación profesional, por mi condición de

funcionaria pública, siempre, el ejercicio de mi labor profesional, intento que se acomode a la

legalidad, pero, en ese sentido tengo que añadir: uno, no solamente lo visé yo, que yo me puedo

confundir y me confundo todos los días, lo visó también todo el equipo de la Secretaría General

Técnica de la Consejería, tanto la subdirección del régimen jurídico, como la subdirección de la

actuación administrativa; bastante personal de la Consejería, muy cualificado, muy preparado,

responsable, fantásticos profesionales, que todos entendimos. Si alguno de mi equipo hubiera

entendido que había algo irregular dentro del procedimiento me lo hubiera hecho saber, porque así ha

ocurrido en otros procedimientos, y lo hubiéramos puesto de manifiesto y hubiéramos devuelto el

expediente. Entonces, en ese sentido, yo lo veo así. Además, es verdad que, como bien decía la

portavoz, a lo mejor esta es mi opinión pero puede haber otros juristas que tengan otra opinión. Yo

también aquí quiero, bueno, un poco también no por mi profesionalidad solo, sino por el cargo que

ostentaba desde la Secretaría General Técnica.

Solo quiero hacer mención a que también un juzgado recientemente ha dicho literalmente

que el proceso ha respetado los principios de concurrencia y publicidad de acuerdo con la ley. Y eso lo

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ha dicho recientemente una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo. Luego puede

haber otras, evidentemente, que digan que no, pero, bueno, que también hay más juristas que

consideran que este procedimiento se ha respetado, y yo, desde luego, considero que le

procedimiento se hizo legalmente. ¿Que luego se haya podido hacer algo mal? Bueno, pues, como

bien decía antes, los órganos judiciales tendrán que analizarlo y otros órganos que depurar

responsabilidades si ha habido otras.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Se está poniendo en cuestión, y lo he oído

alguna vez, el hecho de que durante este proceso se cambiaron las reglas del juego a mitad de

partido. Había una legislación vigente, hay una serie de decretos, que desarrollan el Reglamento de

Vivienda, y mi pregunta es si se llevó a cabo alguna modificación legal que afectara en aquel

momento directamente a ese proyecto, o que redujera, que me parece todavía más importante, los

derechos de los inquilinos.

La Sra. GARCÍA DUARTE: No, ninguna. No se llevó a cabo; es decir, el procedimiento, se

inició y se tramitó de acuerdo con la normativa vigente, y permitía desde su inicio realizar el

procedimiento.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: O sea, que el decreto famoso, este del verano

de 2013 no interfería en el proceso, ni mermaba...

La Sra. GARCÍA DUARTE: No; desde mi punto de vista jurídico, no. Y en cuanto a si se

hizo para cambiar o modificar los derechos y obligaciones de los inquilinos, bueno, también aquí yo

creo que es importante, que esa era una de las premisas que establecían los pliegos, y que además

tendría que haber sido así para respetar los derechos y obligaciones de los arrendatarios, que se han

mantenido los mismos derechos y obligaciones de los arrendatarios. Así lo recogían los pliegos, así se

interpretó por esta Secretaría General Técnica, y así recientemente también lo acaba de interpretar un

juzgado. Es decir, que el cambio de arrendador no perjudica en nada; así lo dice literalmente el

juzgado de lo contencioso-administrativo: que un cambio de arrendador no perjudicaría en nada los

derechos y obligaciones de los arrendadores, porque, de acuerdo con los pliegos, estaba garantizado

que tendrían que ser los mismos derechos y obligaciones.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Pero, de hecho, he oído aquí, y con razón, que,

efectivamente, una de las cosas que hace este decreto –creo recordar- es que habilita, que, en vez de

esperar al año siete para comprar, se adelantaba y desde el año uno ya se podía comprar esa

vivienda, no había que esperar a 2007, pero siempre con acuerdo del inquilino y del propietario en

tanto en cuanto... Es decir, no es una cosa que sitúa a uno en una posición de fortaleza, sino que

tiene que haber un acuerdo entre las partes; es decir, el propietario del piso no puede echar al

inquilino en tanto en cuanto está pagando su renta y tiene derecho a estar por siete años, pero, si

llegan a un acuerdo, desde el año uno podría comprar esa vivienda...

La Sra. GARCÍA DUARTE: Exacto. La opción de compra es un derecho que se le otorga al

inquilino y, como derecho, puede ejercerlo; si no lo ejercer, tiene todo el derecho a no ejercerlo; o

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sea, igual que tiene el derecho a ejercerlo, tiene el derecho a no ejercer; por lo tanto, por no ejercerlo

no le puede derivar ninguna consecuencia negativa ni perjudicial para sus intereses.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Bien. Luego, le iba a preguntar respecto al

tema del órgano competente, si era competente, si había delegación... Pero yo creo que aquí está

claro. Yo creo que ya estamos todos de acuerdo en que, efectivamente, el competente es el Consejo

de Administración -de eso a nadie le cabe la menor duda-, pero que esa competencia la tenía

delegada en el Director Gerente tampoco hay ninguna duda al respecto; ahí está publicado. Como lo

he dicho yo, antes de su presencia ya había enseñado aquí el acuerdo de 10 de junio, la publicación

del Boletín Oficial de 10 junio de 2002, donde aparecía dicha delegación.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo aquí creo que hay que tener en cuenta la interpretación del

ordenamiento jurídico si siempre se hace con carácter sistemático, y creo que es la interpretación que

hace el informe de la Abogacía General –que era lo que decía anteriormente-: que la competencia la

tiene delegada el Gerente. ¿Por qué? Porque hay que estar a la Ley 1/1984, de 19 de enero, que es la

que regula las competencias del Consejo de Administración, y, en segundo lugar, a las delegaciones,

de acuerdo con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, que estaban vigentes y

publicadas, que es la delegación de 2002. Así es como lo interpreto yo, y así es como entiendo que lo

interpreta la Abogacía General.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muy bien.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Porque, además, de eso sí que no me cabe la menor duda. A lo

mejor nos hemos confundido todos ¿eh? A lo mejor nos hemos confundido todos, pero lo que sí digo

es que todos los interpretadores jurídicos de la Comunidad de Madrid -no políticos, jurídicos-

consideraron que era competente para hacerlo, porque, si no, eso se hubiera puesto de manifiesto,

nunca hubiera llegado a Consejo de Gobierno por un órgano incompetente, porque se vio por todos

los técnicos jurídicos que era su competencia. Que a lo mejor nos confundimos todos, puede ser -eso

lo dirá un órgano judicial-, pero, en principio, la interpretación fue esa.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Le iba a preguntar si se ajustó al pliego y a la

ley la proposición de Azora de crear una sociedad vehículo. Usted ya nos ha contestado y ha sacado a

colación la sentencia, pero, claro, es que aquí, cuando conseguimos obtener una respuesta y no nos

termina de convencer, tratamos de ver si podemos estirar un poquito más el tema. Usted lo ha dicho,

y me gustaría que lo aclarara aquí: aclarar un pliego no es interpretarlo o cambiarlo; es decir, dicho

de otro modo –y le pregunto-: ¿el pliego prohibía que el licitador creara una sociedad a tal efecto?

¡No! Entiendo que no. Y le pregunto. Contéstelo usted. Dígamelo.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, yo creo que el pliego permitía que una sociedad se

creara, y así lo establece; el pliego lo permitía.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Efectivamente usted es lo que aclara, porque

de lo hablaba el pliego, como bien decía la señora Moya, era de varias sociedades, pero el pliego no

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impedía en ningún momento –y eso es lo que entiendo que hace la nota aclaratoria- que el

adjudicatario uno creara una sociedad vehículo para, finalmente, hacer el efecto.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Yo entiendo que no, y así es como lo he explicado antes. Si

quiere que le haga alguna otra aclaración...

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: No; de momento, con eso terminaría.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Pasamos al segundo turno, facultativo, por tiempo máximo

de cinco minutos. Le pregunto al portavoz del Grupo de Ciudadanos si quiere hacer uso de él.

El Sr. AGUADO CRESPO: No; no haremos uso del turno. Gracias.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Le pregunto al señor Candela, de Podemos, si quiere hacer

uso del turno.

El Sr. CANDELA POKORNA: Sí. Vamos a ver, yo le quería hacer una observación al

portavoz del Grupo Popular: cuando dice que esta operación era idónea porque se iba a sacar dinero

para poder luego reinvertir en vivienda pública... Hombre, es que aquí ocurrieron dos cosas: por un

lado, un quebranto patrimonial que ha reconocido la Cámara de Cuentas de 98 millones, y luego está

el hecho de que la diferencia entre el valor neto contable, que eran 300 millones, y el valor al que se

podía haber llegado a vender esas viviendas a sus inquilinos, que era de 400. Ahí existe lo que se

llama un lucro cesante de otros 100 millones; entonces, difícilmente se puede considerar que produjo

muchos recursos esta operación para poder posteriormente invertir en vivienda pública. Pero es que,

además, se desmonta esa teoría según la cual la finalidad era aquella en tanto que la vivienda pública

no son –y se ha dicho antes en esta Comisión- pantalones, es vivienda pública, es un derecho social

del cual tienen que gozar las personas en mayor riesgo de exclusión que no pueden permitirse

acceder a la vivienda por el mercado libre. Entonces, desde el momento en que se da la circunstancia

material y real de que se acaba echando a la gente de sus casas, pues difícilmente se puede

considerar que esa operación ha revertido en asegurar mejor el derecho a la vivienda de las personas.

Yo le quería preguntar a la señora Matilde García hasta qué punto considera, desde su punto

de vista informado como jurista, que la operación respetaba el que es un derecho fundamental por vía

del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y, por otro lado, un principio rector

de la política económica y social en la Constitución Española, como es el artículo 47.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Pues, desde el punto de vista jurídico, yo creo que se

respetaban totalmente ambos preceptos de la Constitución. Se respetaban el orden constitucional y el

sistema jurídico integrado totalmente, porque, si no hubiera sido así, se hubiera puesto de manifiesto.

El Sr. CANDELA POKORNA: En tanto que la Comunidad de Madrid se desprendía de 2.000

viviendas sociales, ¿considera usted que se estaba cumpliendo ese principio rector?

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La Sra. GARCÍA DUARTE: Le insisto, yo no voy a entrar a hacer una valoración política de

si se debería o no se debería haber hecho o de si me puede gustar más o menos. Yo preferiría no

hacerla porque no me corresponde a mí. Yo le digo que, desde el punto de vista jurídico, mi función

aquí y en todos los puestos que he tenido como funcionaria pública... De hecho, si alguno es

funcionario habrá oído muchas veces esta afirmación: pues te puede gustar más o menos lo que

hayan hecho, pero, bueno, lo que tiene que respetar el funcionario es si es legal o es ilegal, y si es

legal, no solamente es la ley de la Comunidad Autónoma, también es de la Constitución.

El Sr. CANDELA POKORNA: De acuerdo, de acuerdo.

La Sra. GARCÍA DUARTE: O sea, tiene que respetar también la Constitución, porque eso

es lo primero que tiene que respetar.

El Sr. CANDELA POKORNA: De acuerdo. Gracias. Bueno, pues entonces, en ese caso, no

me queda más que concluir, en cuanto a esta comparecencia, repitiendo lo que ya he dicho

anteriormente: yo entiendo que esta comparecencia –creo que lo ha dicho repetidas veces la

compareciente- no aporta al trabajo de esta Comisión en tanto que su labor, que la labor que ha

hecho ella aquí y que hemos hecho entre todos los Grupos al fin y al cabo, es la labor de una de las

salas de un tribunal contencioso-administrativo. Estamos valorando la legalidad o no de un

procedimiento administrativo por el cual se llegó a la enajenación de estas viviendas, y no creo que

sea el objeto de esta Comisión, sinceramente, porque para eso está demandada esta operación en

varios tribunales contencioso-administrativos. Según vayan saliendo las sentencias, iremos sabiendo.

Y, por cierto, también está por la vía penal; confiemos en que por esa vía se haga justicia y que la

señora Gomendio tenga las responsabilidades penales que deba tener y, luego, que, evidentemente,

por efecto de esa sentencia, se anulen estos contratos, evidentemente. Aquí lo que nos da la

impresión que ocurre es que el Partido Popular ha llamado a declarar a la señora García para hacer

una cosa muy sencilla, que es, por la vía de tecnicismos y de un análisis pormenorizado de un

procedimiento administrativo, el que se llama el “nuevo PP” en esta Asamblea, intentar buscarle la

coartada al viejo Partido Popular que realizó esta operación, porque, desde el punto de vista político,

desde el punto de vista de la política de vivienda, desde el punto de vista de derechos humanos,

desde el punto de vista de los principios rectores de la política social y económica de la Constitución

de este país, no se sostiene por ningún sitio que esta operación fuese en beneficio de los madrileños.

Por tanto, nos cuesta realmente creer que tenga alguna utilidad esta comparecencia, más allá de

buscarles la coartada a las personas que antes han comparecido en esta Comisión y que lo harán el

20 de noviembre también para explicar los motivos políticos y, en su caso, las conexiones que se

puedan considerar corruptas de esta operación.

La Sra. PRESIDENTA: Ha terminado el turno. Gracias. (La Sra. GARCÍA DUARTE:

Perdone, ¿puedo decir algo?) Sí.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Gracias. Siento muchísimo si no le ha servido de nada; insisto,

mi objetivo ha sido de verdad colaborar -y no solo aquí sino en cualquier otra que sea necesaria- en

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esta comparecencia o para su Grupo o cualquier otro. O sea, que discúlpenme si no...

Independientemente de la valoración política.

El Sr. CANDELA POKORNA: Se lo agradecemos.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Doy paso a la señora Moya por si quiere hacer uso del

turno.

La Sra. MOYA NIETO: Sí, de forma muy breve. Solamente quería decir, dada la

intervención del Grupo Popular, que le ha preguntado expresamente si el pliego prohibía la creación

de esa empresa para la venta, que me parece que había quedado suficientemente claro en su

intervención que no lo prohibía, que solo lo contemplaba en caso de ofertas conjuntas. Por eso hubo

que hacer la aclaración, creo. ¿No?

La Sra. GARCÍA DUARTE: No, no.

La Sra. MOYA NIETO: ¡Ah! Usted me ha dicho que alguien solicitó la aclaración.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Claro, se solicitó la aclaración durante la tramitación del

procedimiento.

La Sra. MOYA NIETO: Luego ahí no estaría muy claro.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Claro. Por eso se hizo.

La Sra. MOYA NIETO: En todo caso, le quiero preguntar una cosa. La verdad es que me

asombra y admiro su buena fe en lo que pone en los papeles cuando usted dice que los derechos y

deberes fueron respetados en todo momento, como si los papeles fueran sagrados. Y es que ha

hecho usted referencia a la memoria de innecesariedad que se emitió por el Ivima, y en esa memoria

de innecesariedad, que tengo aquí, dice: “Se ha previsto, entre los recursos que constituyen el estado

de ingresos del presupuesto del presente ejercicio, los procedentes de la enajenación de estos bienes

patrimoniales, los cuales servirán de base para financiar diversas inversiones recogidas en este

presupuesto”. Alguien no dice la verdad: o no dice la verdad la señora Gerente del Ivima aquí o no ha

dicho la verdad el señor Van-Halen, porque el señor Van-Halen ha confirmado esta mañana que esos

ingresos no se habían consignado en los presupuestos del 93. Se lo digo como indicativo de que no

siempre los papeles se corresponden con la realidad. Seguramente usted, si vio esto, tampoco sabría

si era cierto o no. No sé si era su competencia mirarlo o no, no lo sé; simplemente lo quiero apuntar

para que quede constancia de que no siempre lo que pone en el papel coincide con la realidad. En

todo caso, yo le haría una última pregunta: ¿valida usted ante esta Comisión legalmente todo este

proceso de enajenación del principio al fin? Es una pregunta muy concreta.

La Sra. GARCÍA DUARTE: A ver. Yo creo, a lo mejor por deformación profesional... No me

quiero exceder de mis competencias. Como no me quiero exceder de mis competencias y no sé si soy

la competente en la Comisión para decir si estaba bien o mal, lo que le puedo decir es que mi opinión

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jurídica acerca del procedimiento es que el procedimiento fue legal en todo momento y que la

tramitación del procedimiento se ajustó a las leyes vigentes y que eran de aplicación. Ese es mi

criterio, criterio que se confirmó luego por otros muchos informes, como así consta en el expediente

administrativo.

Me agrada que diga que tengo buena fe, porque es lo que pretendo siempre, tenerla. Los

papeles no siempre reflejan la realidad, de acuerdo; pero yo también le digo que un juzgado, una

sentencia judicial, acaba de decir que la situación de los arrendatarios permanece tras la venta sin

sufrir modificación alguna, puesto que el adquirente queda obligado a respetar todas las condiciones

del arrendamiento al aceptar el pliego de condiciones y firmar el anexo XI una vez que resulta

adjudicatario del proceso. Esa, desde luego, fue la finalidad que se persiguió al tramitar el

procedimiento y así luego ha habido alguna resolución judicial que lo ha confirmado.

La Sra. MOYA NIETO: En el papel también.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, de un órgano judicial.

La Sra. MOYA NIETO: ¡Es papel!

La Sra. GARCÍA DUARTE: Bueno, vale. Sí, es papel.

La Sra. MOYA NIETO: Muchas gracias, señora García.

La Sra. PRESIDENTA: Gracias. Doy la palabra, si quiere hacer uso de ella, al señor

Serrano.

El Sr. SERRANO SÁNCHEZ-CAPUCHINO: Muchas gracias, señora Presidenta.

Efectivamente, es que lo he dicho en algún momento de esta Comisión: la única verdad, la verdad

objetiva, es la que se basa en los hechos y en la ley; el resto, incluso mi propia opinión, con todos mis

respetos, es una opinión subjetiva. Evidentemente, esa sentencia, señora Moya, lo dice muy

claramente. Dice claramente: “El cambio de arrendador no puede considerarse como una ventaja o un

perjuicio al permanecer incólume todo el entramado de derechos y obligaciones”. Usted dirá: “Es una

opinión en el papel”. ¡Sí, pero es que es de un juez! Entonces, ya sé que esto al señor Candela no le

gusta porque no le gusta hablar de leyes, le gusta solo hablar de política; pero, oiga, aquí estamos

también para eso. (El Sr. CANDELA POKORNA: Yo soy abogado, ¿eh?) Yo no, fíjese; confío en

aprender algo con usted en estas sesiones. Lo que le estoy diciendo es que dicen: “Esta

comparecencia no ha aportado nada”. Pues mire, efectivamente, no ha aportado infundios, no ha

aportado circo, no ha aportado escándalos; ha aportado rigor, ha aportado seriedad, ha aportado

responsabilidad y ha aportado claridad, porque lo importante en estas sesiones es saber si las cosas

se han hecho correctamente. Y vuelvo a decir: decía usted, señor Candela, que si esta operación ha

beneficiado o no a los madrileños, a la gente en riesgo de exclusión social. Es que eso, efectivamente,

será opinable; usted tendrá su opinión y yo tendré la mía, y tan respetable es la suya como la mía,

pero es que eso no es el objeto de esta sesión. ¡Eso no es el objeto de esta Comisión! Aquí estamos

hablando de si esta gente, de los que han venido esta mañana y de los que vendrán, ha hecho algo

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contrario a la ley y, sobre todo, si ha habido corrupción política; por eso le digo lo de política. ¿Y eso

qué supone? No supone que esa operación, en su opinión, responde o no al interés general. No, no

estamos hablando de eso; estamos hablando de una cosa muy seria. Lo que pasa es que hay que

llamar a las cosas por su nombre, y tener la valentía y la gallardía de decir las cosas por su nombre y,

si alguno sospecha algo, decirlo y, sobre todo, probarlo. Por lo tanto, yo no quiero más que añadir a

lo que he dicho hasta ahora, y con sus palabras, una última cuestión, y es: al final, este proceso, en

términos generales, desde el punto de vista de una abogada del Estado, con una trayectoria que va

más allá de una vinculación partidista, en diferentes niveles de la Administración, ¿considera que este

proceso fue legal, transparente, abierto, en libre concurrencia? Muchas gracias.

La Sra. GARCÍA DUARTE: Gracias. Yo, como he dicho anteriormente, considero que el

procedimiento es legal y, además, considero que así lo ha confirmado posteriormente un juzgado que

lo dice, aunque puede ser que otros digan otra cosa, pero que también consideran que es legal; pero,

en todo caso, lo que también quiero poner de manifiesto es que en todo momento en mi actuación

como Secretaria General Técnica de la Consejería de Transportes, que lo que se buscaba era velar por

la legalidad del procedimiento, por lo que hemos primado ha sido por lo siguiente: primero, porque la

Administración en donde trabajan políticos, pero que no olvidemos que es Administración, está sujeta

al principio de legalidad y, como está sujeta al principio de legalidad, solo puede hacer lo que la ley le

permite y de acuerdo con el procedimiento que la ley le permite. En eso consiste el procedimiento de

legalidad.

Lo que sí le puedo garantizar es que, desde el punto de vista jurídico, el procedimiento ha

sido legal; que todo el procedimiento, desde mi punto de vista, es legal, y que hemos intervenido no

solamente yo sino muchísimos funcionarios de la Comunidad de Madrid, a los cuales agradezco,

porque mi labor durante mi etapa en la Consejería de la Comunidad de Madrid no hubiera sido posible

sin los magníficos funcionarios de la Comunidad de Madrid, y lo que se pretendió siempre es velar por

que esa legalidad se cumpliera. Con lo cual, casi que es ya una cuestión de prestigio también

profesional mío y de todo el equipo que vio esto, que a lo mejor nos hemos confundido, pero, desde

luego, todos considerábamos que el procedimiento era legal y de acuerdo con la ley.

La Sra. PRESIDENTA: Muchas gracias, señora compareciente. Al haberse celebrado las

comparecencias, la sesión vuelve a dejar de ser pública; por lo tanto, ruego a los medios de

comunicación, al público y a los diputados no miembros de la Comisión, que abandonen la sala porque

tiene que continuar la sesión con carácter secreto para el último punto, que es el de ruegos y

preguntas entre los miembros de la Comisión. (Pausa).

(El desarrollo del sexto punto del orden del día tiene carácter secreto).

Se levanta la sesión.

(Eran las quince horas y ocho minutos).

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