discurso fideicomisos

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1 Excelentísimo Presidente de la República, Lic. Danilo Medina Señoras y Señores, La República Dominicana cuenta con un déficit habitacional de aproximadamente 1.1 millones de viviendas. Este déficit está presente en todo el territorio nacional y está estrechamente ligado con el porcentaje de hogares pobres, sobre todo en la región Sur. Un 40% del déficit habitacional se debe a viviendas nuevas que deben ser construidas, y el 60% que deben ser mejoradas. El costo estimado para resolver este grave problema es de más de RD$ 300 mil millones. Dada la magnitud de recursos, se requiere de la participación conjunta del sector público y privado. Con el objetivo de eliminar el déficit habitacional se diseñó y se promulgó la Ley de Mercado Hipotecario y Fideicomiso. Esta Ley creó mecanismos que incentivan el desarrollo de proyectos habitacionales, principalmente aquellos de bajo costo, mediante facilidades al financiamiento y la construcción. La Ley ofrece una variedad de instrumentos para alcanzar sus objetivos: crea el fideicomiso para facilitar la separación y administración de patrimonios; los instrumentos financieros hipotecarios como las letras, los bonos, las cédulas, los contratos de participación y los mutuos; hace operativos los fondos de inversión; establece los criterios para la titularización -el agrupamiento de activos financieros para ser transformados en títulos valores- lo que dará mayor liquidez al sistema financiero al convertir activos ilíquidos en líquidos; acredita los proyectos de vivienda de bajo costo y las cuentas de ahorro programadas para la adquisición de vivienda. La Ley conjuga los fundamentos necesarios para desarrollar de forma integral y sólida un mercado hipotecario sano y contribuir a la solución del déficit habitacional. Los beneficios

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Excelentísimo Presidente de la República, Lic. Danilo Medina

Señoras y Señores,

La República Dominicana cuenta con un déficit habitacional de

aproximadamente 1.1 millones de viviendas. Este déficit está presente en todo

el territorio nacional y está estrechamente ligado con el porcentaje de hogares

pobres, sobre todo en la región Sur. Un 40% del déficit habitacional se debe a

viviendas nuevas que deben ser construidas, y el 60% que deben ser

mejoradas. El costo estimado para resolver este grave problema es de más de

RD$ 300 mil millones. Dada la magnitud de recursos, se requiere de la

participación conjunta del sector público y privado.

Con el objetivo de eliminar el déficit habitacional se diseñó y se promulgó la

Ley de Mercado Hipotecario y Fideicomiso. Esta Ley creó mecanismos que

incentivan el desarrollo de proyectos habitacionales, principalmente aquellos

de bajo costo, mediante facilidades al financiamiento y la construcción. La

Ley ofrece una variedad de instrumentos para alcanzar sus objetivos: crea el

fideicomiso para facilitar la separación y administración de patrimonios; los

instrumentos financieros hipotecarios como las letras, los bonos, las cédulas,

los contratos de participación y los mutuos; hace operativos los fondos de

inversión; establece los criterios para la titularización -el agrupamiento de

activos financieros para ser transformados en títulos valores- lo que dará

mayor liquidez al sistema financiero al convertir activos ilíquidos en líquidos;

acredita los proyectos de vivienda de bajo costo y las cuentas de ahorro

programadas para la adquisición de vivienda. La Ley conjuga los fundamentos

necesarios para desarrollar de forma integral y sólida un mercado hipotecario

sano y contribuir a la solución del déficit habitacional. Los beneficios

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económicos, financieros y sociales que va a generar la Ley de Mercado

Hipotecario y Fideicomiso la harán una de las más trascendentales de la

historia económica reciente.

Los mecanismos introducidos por esta Ley abarcan todos los agentes que

participan en el mercado hipotecario: desde los hogares que aspiran a adquirir

una vivienda, los constructores que necesitan financiar sus obras, las entidades

de intermediación financieras que captan los ahorros de los hogares y

financian al sector construcción, y a las instituciones públicas que intervienen

en estos sectores. La Ley también integra a las instituciones reguladoras y

supervisoras de forma coordinada para poder realizar un mejor trabajo en base

a reglas claras y respetando las normativas de los sectores que interactúan en

la presente Ley.

Actualmente, la República Dominicana presenta un ahorro bruto interno del

8% del PIB, inferior al promedio de la región y con tendencia decreciente. Al

mismo tiempo, los préstamos para la adquisición de viviendas

tradicionalmente han ido destinados a las familias de clase media y alta, ya

que son las que gozan de historial crediticio y capacidad de pago. Los

segmentos de menor ingreso de nuestra población no tienen capacidad de

ahorro y se endeudan en mercados informales a tasas altas y a plazos cortos,

dificultándoseles acceder a una vivienda y a tener una vida más digna. A

través de las cuentas de ahorro programadas para la adquisición de vivienda,

creadas en esta Ley, las familias podrán ahorrar para su vivienda con una

perspectiva de largo plazo y que tengan las facilidades para adquirirla.

Además, el gobierno incentivará este ahorro a través de un bono

compensación del ITBIS o de un bono tierra como ayuda al completivo del

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inicial de la vivienda. En la actualidad, solo unas 70 mil familias acceden al

crédito hipotecario. Como verán, esta Ley ampliará el acceso al mercado

hipotecaría a 500 mil familias, democratizando la vivienda.

Por el otro lado, la Ley permitirá desarrollar el mercado hipotecario

dominicano y el de la construcción; que es un catalizador del crecimiento

económico por su alto eslabonamiento hacia atrás con la manufactura y la

minería, y hacía delante con el transporte y el comercio. Esta Ley movilizará

los sectores que componen el 43% del PIB y el 46% del empleo en la

economía dominicana, generando una dinamización total de la economía.

El financiamiento tradicional está limitado por los plazos, la ley de

Fideicomiso expande la canalización de los recursos sin generar descalce de

plazos. Por ende, la construcción de viviendas de bajo costo contará con una

fuente de financiamiento sostenida, permitiendo mayores plazos y menores

tasas a los compradores de viviendas. Estas condiciones aumentarán la

demanda de viviendas y estimularán la construcción. Desde ya existe la

capacidad para la construcción de 15 mil viviendas, y que en los próximos

diez años se construya un total de 400 mil viviendas amparadas en la Ley.

Además, se profundizará el mercado de capitales dominicano permitiendo una

mayor relación entre el ahorro y el financiamiento de largo plazo, creando

nuevas alternativas de inversión para los inversionistas institucionales. Para el

año que viene, se estima que aproximadamente el 1% del PIB se invertirá

solamente mediante la figura del fideicomiso. Para el 2016, esta cifra puede

alcanzar el 8% del PIB. Podemos asegurar que las figuras financieras que se

introdujeron en esta ley pueden llegar a representar más del 10% del PIB,

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significando esto un importante crecimiento para el sistema financiero. Entre

los beneficios para el Sector Financiero y los Inversionistas Institucionales,

podemos citar:

1. Se incrementará la diversificación por sector económico, por tipo de

instrumento y por tipo de institución, reduciendo el nivel de riesgo del

sistema y se incrementara la rentabilidad esperada.

2. Mayor número de instrumentos a ofrecer a los clientes.

3. Se crean nuevas fuentes de fondeo, estimulando el crédito de largo

plazo.

4. El Fideicomiso permite obtener fondos sin el pasivo de la sociedad al

ser un financiamiento “fuera del balance”.

5. Permite financiar actividades de empresas que de otro modo no

accederían a mercado

Si una parte de los recursos de los fondos de pensiones son invertidos en los

instrumentos que crea esta Ley, fortaleceremos el sistema de pensiones y el

sistema financiero dominicano ya que tendremos instituciones más

diversificadas. Por consiguiente, los dominicanos percibirán mayores

pensiones al momento de retiro. Además, como los trabajadores dominicanos

tendrán un mayor acceso a la compra de viviendas, percibirán más de cerca los

beneficios de sus contribuciones a la seguridad social. Cabe señalar que la Ley

no está diseñada para que el Gobierno tome los recursos de los fondos de

pensiones, sino crear los incentivos para involucrar al sector privado, facilitar

el acceso a fuentes de financiamientos no tradicionales y atraer

voluntariamente a los inversionistas institucionales como los fondos de

pensiones, las compañías de seguro, los fondos de inversión, entre otros.

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Esta ley contribuirá a la dinamización del sector construcción y de las

oportunidades de negocios en el país. También impulsará la creación de

nuevos puestos de trabajo, contribuyendo a alcanzar la meta de 400 mil

empleos en los próximos cuatro años, incrementará la oferta de viviendas a

mayores plazos y menores costos, y creará distintas alternativas de inversión.

De esta manera, se solidificará el sistema de pensiones y el sistema financiero,

lo que sin duda garantizará un mejor futuro para todos. Pero el alcance de esta

ley va más allá de lo económico e incidirá en el desarrollo con equidad del

país.

Más importante aún, la reducción del déficit habitacional implicaría un salto

cualitativo en el nivel de bienestar de la población más desposeída de nuestra

nación, que complementa la ampliación de los demás programas sociales del

Gobierno del Presidente Medina. Esto, junto con el plan para eliminar el

analfabetismo y la destinación del 4% del PIB a la educación preuniversitaria

que fomentará una mejor formación académica, los créditos a las micro,

pequeñas y medianas empresas que fomentarán el emprendedurismo, la

distribución a ingenieros locales de la construcción de aulas que fomentará el

desarrollo local, esta Ley fomentará las viviendas de bajo costo y el acceso

para todos los dominicanos a una vida digna.