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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS ACTA DE BAJA DOCUMENTAL '11", / 11" AGN M{.>:r<ü ARCHIVO GENERAL m.L\ NACIÓN Núm. 0167/15 Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Tijuana, Baja Californ i a, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el in ventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cump li ó con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios . SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser in corporada al acervo de la Un id ad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo Gene ral de la Nación, a que se refiere la presente acta. TERCERO. Qu e la serie documental no cont ie ne objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patr im onio documental de l país o para la adm in istración de los bienes del dominio púb li co de la Federación. Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Naci ón el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Of ici al de la Federaci ón el 23 de enero de 20 12 , dictar la siguiente: DECLARATORIA ARTíCULO 1°. Con las forma li dades de rigor y a in sta nc ia del oficio núm. AHD00769 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Re ynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del in ventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de arch ivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Ti tular de la Unid ad Adm in istrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coord in ador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegac n Fo nea en Tijuana, Baja California, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 87,419 expedientes contenidos en 88 cajas con un peso aprox im ado de 1733.60 kilogramos equivalentes a 34.67 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ARTíCULO 2°. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de co ntrol de bie nes muebles o equivalente de esa dependenci a, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Fede ra ci ón de l 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Arch ivos, con domic ili o en Eduardo Malina Núm. 113, Col. Pen itenciaría Amp li ación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de j un io de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - r;;-'" ...... ,,, :D ,... I rec ora del Si stema Nacional de Arc hivos 1/1 FICHA 156112015.

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Page 1: DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL '11, ARCHIVO DE …

DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

'11", / 11" AGN M{.>:r<ü

ARCHIVO

GENERAL m.L\NACIÓN

Núm. 0167/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Tijuana, Baja Californ ia, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo estab lecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración , la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios .

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Arch ivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental de l país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 20 12, dictar la sigu iente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00769 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Arch ivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de arch ivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Adm in istrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Admin istrativa y Coord inador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en Tijuana, Baja California, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación admin istrativa en original del año 2007, en 87,419 expedientes contenidos en 88 cajas con un peso aproximado de 1733.60 kilogramos equ ivalentes a 34.67 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO 2°. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad admin istrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Arch ivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Arch ivos, con domicilio en Eduardo Malina Núm. 113, Col. Pen itenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de jun io de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Irec ora del Sistema Nacional de Archivos

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FICHA 156112015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCH1VO

GENERAL m-I., N AC IÓ N

Núm. 0167/15

Conforme a la revisión del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Tijuana. Baja California. dependiente de la Secretaria de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental admin istrativa en original: expedición de pasaportes del año 2007 en 87,419 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 1733.60 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00769 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos. publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012. que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para anal izar, valorar y decid ir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federa l y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos. publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VI I.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el13 de mayo de 2014; Artículo 11 , fracción XVI y Artículo 12, fracciones 11 1 y XIII.

• Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

• Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

• Acuerdo por el que se adicionan. reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

• Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

• Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

• Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para anal izar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técn ica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

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SEGUN DO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad , la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o arch ivo de concentración, según sea el caso (pág ina 10 del Instructivo).

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos , estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asim ismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo) .

QU INTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (pág ina 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el cód igo de clasificación arch ivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de dispos ición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (pág ina 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las sigu ientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el sigu iente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevalo ración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

México, D.F. , a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ

MARCOS ULlSES RODRíGUEZ CHINDO JOSÉ FERNANDO BRENES SÁNCHEZ '. JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

FICHA: 156112015.

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SEGOB SEC RETARfA DE GOBERNACIÓN

~II" /11" AGN MÉXICO

ARCHIVO

GENERAL DI L, N AC IÓ N

"2015, Año de/ Generalísimo José María More/os y Pavón"

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DGIDSNA/0538/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1562/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS 1750

. SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

En atención al oficio núm. AHD00768 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

Tepic, Nayarit, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el análisis

de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0168/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0168/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la

documentación. !II1!fIIRI_ DE RBDlIIl5 ~' olREtCtlN GENBW. Da ACERVO

HISTÓRICO DIPlOMÁnoo * [15JüN. 20P.i Jtr A®-1500e'f5-o~~=TI@TI[Q)({r .

Eduardo Malina 113, CoL Ampliación Penitenciaría, Del. Venustiano Carranza, C. P.15350, México, D. F. Tel. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

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SEGOB SECRET.II, RfA DE GOBERNACIÓN

2

,\,11 .. /11" AGN MÉXICO

ARCHIVO

GENERAL D""NACIÓN

2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0168/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

ISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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FICHA: 1562/2015.

Eduardo Molina 113, Col. Ampliación Penitenciaría, Del. Venustiano Carranza, C. P. 15350, México, D. F. Tel. .5133 9900 - www.agn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL (l~ I ,NArrÓN

Núm. 016811 5

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Tepic, Nayarit, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PR IMERO. Que de acuerdo con lo estab lecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental anal izada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Arch ivo General de la Nación , a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la leg islación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la admin istración de los bienes del dominio púb lico de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facu ltad que le da al Archivo General de la Nación el Artícu lo 44, fracciones VI y VI I del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, pub licado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00768 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Pau la Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ánge les, Jefe inmediato del responsable de arch ivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrat iva y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Adm inistrativa y Coord inador de Archivos, dése de baja el arch ivo vencido de la Delegación Foránea en Tepic, Nayarit, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en orig inal del año 2007, en 43,132 expedientes conten idos en 43 cajas con un peso aproximado de 847.10 kilogramos equ ivalentes a 16.94 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

ARTíCULO 2°. Gírese la solicitud correspond iente para operar la baja como patrimon io nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Arch ivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Molina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Autoriza por el Archivo

s Directora del Sistema Nacional de Arch ivos

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FICHA: 156212015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

'\,11" /11'" AGN Mt"xICO

ARCHIVO

GENERAL Il~ u N AC IÓN

Núm. 0168115

Conforme a la revisión del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Tepic, Nayarit, dependiente de la Secretaría de Relaciones Ex1eriores, integrada por la serie documental administrativa en original: expedición de pasaportes del año 2007 en 43,132 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 847.10 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00768 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal , así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Publicas, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artícu lo 44, fracciones VI y VII.

o Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el1 3 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 11 1 y XI II.

o Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Publica Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

o Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

o Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

o Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Publica Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

o Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

o Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIM ERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trárnite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo) .

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SEG UN DO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QU INTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación arch ivíst ica que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de dispos ición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTI MO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de dispos ición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo) .

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

México, D.F., a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ CO RDINÓ

JOSÉ FERNANDO BRENES SÁNCHEZ . - JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

FICHA: 156212015.

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SEGOB SECRETARIA DE GOPfRNACIÓN

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ARCHI\'O

GENERAL nr t ... NACIÓr--.;

"2015, Año de/ Generalísimo José María More/os y Pavón"

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DGIDSNAl054112015 No. de expediente: 55.4.1/3/1563/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS 1749 SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

En atención al oficio núm. AHD00761 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

Morelia, Michoacán, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el

análisis de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración , considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0169/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0169/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la documentación.

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SEGOB SECR.ETARIA DE GO.6ERNAGIÓN

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ARCHIVO

GENERAL OF.,.,NACIÓN

2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0169/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

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Eduardo Malina 113, Col. Ampliación Penitenciaría, Del. Venustiano Carranza, C. P. 15350, México, D. F. Te!. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL 1.)1 r\NACJOK

Num. 0169/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Morelia, Michoacán, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental anal izada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Arch ivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del pais o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Articulo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la sigu iente:

DECLARATORIA

ARTicULO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00761 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Rios Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en Morelia, Michoacán, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 127,281 expedientes contenidos en 128 cajas con un peso aproximado de 2521.60 kilogramos equivalentes a 50.43 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

ARTíCU LO 2". Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equ ivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Malina Núm. 113, Col. Penitenciaria Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Directora del Sistema Nacional de Archivos

111

FICHA: 156312015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL \'~ I_~NACIÓN

Núm. 0169115

Conforme a la revlslon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Morelia, Michoacán, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental admin istrativa en orig inal: expedición de pasaportes del año 2007 en 127,281 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 2521.60 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00761 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario O1icial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

• Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

• Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

• Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

• Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

• Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

• Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevalo ración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de sol icitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QUINTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el cód igo de clasificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de dispos ición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instruct ivo) .

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

MéxiCO, D.F., a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ ca RDINó

JOSÉ FERNANDO BRENES SÁNCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

~ JFBS/murch FICHA: 156312015.

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SEGOB SECRETARJA DE GOBERNACiÓN

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ARCHIVO

GENERAL DI ,_, NACJÓN

"2015, Año de/ Generalisimo José Mar/a More/os y Pavón"

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DG/DSNAl0542/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1564/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE 1748

En atención al oficio núm. AHD00755 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Metropolitana

en Iztapalapa, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el análisis

de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, considera

viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0170/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0170/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los

criterios que se describen a continuación :

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevalo ración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la

documentación. SBBIIfA DE RBMDI5 EXIIIaSI DIRECOÓN GENERAl Da ACERIIO

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SEGOB SEC RETARiA DE GOBERNAC iÓN

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ARCHIVO

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2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevalo ración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0170/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

ISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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Eduardo Molina 113. CoL Ampliación Penitenciaria, Del. Venustiano Carranza, C. P.15350, México, D. F. Tel. 5133 9900 - Vl'ww.llgn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

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ARCIIIVO

GENERAL DI;.L~ NACJOK

Núm. 0170/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Metropolitana en Iztapalapa, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00755 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Metropolitana en Iztapalapa, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 28,777 expedientes contenidos en 28 cajas con un peso aproximado de 551.60 kilogramos equivalentes a 11.03 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO 2°. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro. afectación. disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Molina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - -

Directora del Sistema Nacional de Archivos

111

FBSíI71Urch FICHA: 156412015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCH1VO

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Núm. 0170/15

Conforme a la revlSlon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Metropolitana en Iztapalapa, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental adm in istrativa en original: expedición de pasaportes del año 2007 en 28,777 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 551.60 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00755 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; pub licado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

o Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el13 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

o Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

o Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el12 de julio de 2010.

o Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

o Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

o Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

o Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

1/2

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo).

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QUINTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

México, D.F., a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ COO DINÓ

MARCOS.ULlSES RODRíGUEZ CHINDO JOSÉ FERNANDO BRENES SANCHEZ

JFBS/murch FICHA: 156412015.

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SEGOB SECRETARfA DE GOBfRN,\ CJÓN

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ARCH1VO

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"2015, Año de/ Generalísimo José María More/os y Pavón"

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DG/DSNAl0545/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1565/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

1747

En atención al oficio núm. AHD00762 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación en Naucalpan,

el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el análisis de la serie

documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, considera viable la

baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0171/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0171/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los

criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevalo ración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la

documentación. ~ DE NUCDB anmrt¡ IJ~ Ge8Al DEl. lQlM)

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SEGOB SECRETARfA DF, GOBERNACIÓN

2

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ARCHIVO

GENERAL ""., NACIÓN

2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0171/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

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ISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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FICHA: 1565/2015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

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ARClllVO

GENERAL 01 u NA C JÓN

Núm. 0171/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Metropolitana en Naucalpan, Estado de México, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del ano 2007 y ........ ..... ........... .

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técn ica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental anal izada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Arch ivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO lO. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00762 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Admin istrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Admin istrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Metropolitana en Naucalpan, Estado de México, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del ano 2007, en 84723 expedientes contenidos en 85 cajas con un peso aproximado de 1674.50 kilogramos equivalentes a 33.49 metros lineales ........... .... ......................... . .

ARTíCULO 2". Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equ ivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad .. . ......... . ... ..... ........ ..... ....... ...... .......... ... .

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Molina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. · ·············· ··· .................................. .

Autoriza por el Archivo

s . eclora del Sistema Nacional de Archivos

1/1

BS/murch FICHA: 156512015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCH1VO

GENERAL 1l1" N ,\C IÓ N

Núm. 0171115

Conforme a la revlslon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técn ica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación en Naucalpan, Estado de México, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental administrativa en original: expedición de pasaportes del año 2007 en 84,723 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 1674.50 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00762 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decid ir el destino final de la documentación de los sujetos obl igados del Poder Ejecutivo Federal, así como de em itir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

o Reglamento de la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

o Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publ icados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

o Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de ju lio de 2010.

o Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

o Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

o Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

o Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad .

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

112

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QUINTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo) .

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

DICTAMINO

MARCOS ULISES ROD~IGUEZ CHINDO .... -

8S1murch

México, D.F., a 02 de junio de 2015.

CO RDINO

JOSÉ FERNANDO BRENES SÁNCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

FICHA: 156512015.

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SEGOB SECRETARiA DE GOPERNACIÓN

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ARCHIVO

GENERAL m ,_\NACION

"2015, Año de/ Generalísimo José María More/os y Pavón"

DIRECCiÓN G ENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DGIDSNAl0548/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1566/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

1746

En atención al oficio núm. AHD00766 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

Querétaro, Querétaro, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el

análisis de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración,

considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0172/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0172/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los

criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la

documentación.

2 ...

A*'D-I~I~ Eduardo Malina 113, Col. Ampliación Penitenciaría, Del. Venustia no Carra lZa , C. P. 15350, México, D. F.

T e!. 51 33 9900 - www.lIgn.gob.mx

Page 25: DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL '11, ARCHIVO DE …

SEGOB

2

ARCHIVO

GENERAL OF I.,NACJÓt-;

2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0172/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

~JFBs/murCh FICHA: 1566/2015.

Eduardo Malina 113, Col. Ampliación Penitenciaria, Del. Venustia no Ca rran za, C. P. 15350, México, D. F. Te!. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

~11.v /l1~ AGN ,\íf.:xlCÜ

ARCHIVO

GENERAL Ot u NACT6N

Núm. 0172/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Querétaro, Querétaro, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00766 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titu lar de la Unidad Administrat iva y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Admin istrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en Querétaro, Querétaro, dependiente de la Secretaría de Relaciones Ex1eriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 57,079 expedientes contenidos en 58 cajas con un peso aproximado de 1142.60 kilogramos equivalentes a 22.85 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO ~. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Malina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Autoriza por el Archivo

~AiIA el GalEmOOll ~ GENERAL Uf LA NoA.CIlH

FBS/murch

111

FICHA: 156612015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCH1VO

GENERAL mu N ACIÓ N

Num. 0172115

Conforme a la revlSlon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Querétaro, Querétaro, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental administrativa en orig inal: exped ición de pasaportes del año 2007 en 57,079 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 11 42.60 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00766 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el13 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

• Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

• Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

• Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

• Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

• Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publ icado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

• Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para anal izar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

1/2

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denom inación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del I nstru ctivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna ad icional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QUINTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (pág ina 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actual ización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevalo ración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicnud para determinar la baja defin itiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

México, D.F., a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ COORD Ó ...

MARCOS ULlSES RODRíGUEZ CHINDO JOSÉ FERNANDO RENES SÁNCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

2/2

FICHA: 1566/2015.

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EGOB SECRETARíA DE GOIiEB:NAC.!CJN

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"2015, Año del Generalísimo José Maria More/os y Pavón"

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DGIDSNAi054412015 No. de expediente: 55.4.1/3/1567/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

En atención al oficio núm. AHD00756 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en La

Paz, Baja California Sur, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el

análisis de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración,

considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0173/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0173/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevalo ración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la documentación.

2 ...

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Eduardo Molina 113, CoL Ampliación Penitenciaria, Del. Venustiano Carranza, C. P. 15350, México, D. F. Te!. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

Page 30: DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL '11, ARCHIVO DE …

EGOB ---

2

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2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevalo ración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0173/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

ATENTAI){ENTE/

LA DIRECy6ffA D~íSTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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f/~// CLAU ' ~LESIAS

~s/murCh . :;

Eduardo Malina 113, CoL Ampliación Penitenciaria, DeL Venustiano Carranza, C. P.15350, México, D. F. TeL 5133 9900"' www.agn.gob.mx

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FICHA: 1567/2015 .

---------------------------------------------------------~----------------------------------

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

ARCHIVO

GENERAL Uf. 1-\ NACIÓl'

Núm. 0173/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en La Paz, Baja California Sur, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declarator ia de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental de l país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el ArtículO 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1°. Con las formal idades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00756 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coord inador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Arch ivos, dése de baja el arch ivo vencido de la Delegación Foránea en la Paz, Baja California Sur, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación admin istrativa en original del año 2007, en 14,949 expedientes contenidos en 15 cajas con un peso aproximado de 295.50 kilogramos equivalentes a 5.91 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO 2". Gírese la solicitud correspond iente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Malina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Autoríza por el Archivo

1/1

FICHA: 1567/2015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL 1» ",N .. \CION

Núm. 0173/15

Conforme a la revlslon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en La Paz, Baja Cal iforn ia Sur, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental administrativa en original: exped ición de pasaportes del año 2007 en 14,949 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 295.50 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00756 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Articulo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VI I.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2014; Articulo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

• Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

• Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el12 de julio de 2010.

• Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

• Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

• Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaria de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

• Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artícu lo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

112

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QUINTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

México, D.F., a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ , ' . , . •

JOSÉ FERNANDO BRENES SÁNCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

FBS/murch FICHA: 156712015.

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SEGOB SECIUTARfA DE GOBERNACIÓN

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ARCHJVO

G ENERAL m; I . .. N AC IO I':

"2015, Año de/ Generalísimo José Maria More/os y Pavón"

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO

DIRECCiÓN GENERAL

DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DGIDSNAl0546/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1568/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES 1744 PRESENTE

En atención al oficio núm. AHD00758 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se sol icita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

Mérida, Yucatán, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el

análisis de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración,

considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0174/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0174/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los

criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la

documentación.

2 ...

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SEGOB SECR..E'TARfA DE GOBERNAC iÓN

2

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ARCHI\ 'O

GENERAL 0".' N A CI ó:-;

2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen núm. 0174/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

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~/murCh FICHA: 1568/201 5.

Eduardo Malina 113, Col. Ampliación Penitenciaría, Del. Venustiano Carranza, C. P.15350, México, D. F. TeJ. 05133 9900 - www.agn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

ARCHIVO

GENERAL Ol'L,NACJON

Núm. 0174/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técn ica de prevalo ración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Mérida, Yucatán, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00758 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Admin istrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en Mérida , Yucatán, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 26,064 expedientes contenidos en 26 cajas con un peso aproximado de 512.20 kilogramos equivalentes a 10.24 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO 2°. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Molina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Autoriza por el Archivo

Irectora del Sistema Nacional de Archivos

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FICHA : 156812015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL m-,\ N '\ CI6N

Núm. 0174/15

Conforme a la revisión del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Mérida, Yucatán, dependiente de la Secretaría de Relaciones Ex1eriores, integrada por la serie documental admin istrativa en orig inal: expedición de pasaportes del año 2007 en 26,064 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 512.20 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00758 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos ob ligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el23 de enero de 2012; ArtículO 44, fracciones VI y VII.

o Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el13 de mayo de 2014; Artícu lo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones III y XIII.

o Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

o Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

o Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia ; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 20".

o Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

o Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

o Acuerdo del Órgano de Gobiemo del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de defin ir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

1/2

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental : archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo).

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo) .

QUINTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (pág ina 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación archivística que identrtique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores sol icitudes de baja documental , la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Arch ivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente , la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

MéxiCO, D.F., a 02 de junio de 2015.

OICTAMINÓ

MARCOS ULlSES RODRiGUEZ CHINDO JOSE FERNANDO BRENES S NCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

AUDIA LÓPEZ IGLESIAS ORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

2/2

BSlmurch FICHA: 156812015.

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SEGOB srcRfTARlA DE GOBERNACiÓN

'11" /11" AGN MÉXJCO

ARCHIVO

GENERAL m ¡ ... NACIÓN

"2015, Año del Generalísimo José Maria Morelos y Pavón"

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DG/DSNAl0549/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1569/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE 1754

En atención al oficio núm. AHD00765 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

Puebla, Puebla, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el análisis

de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, considera

viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0175/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0175/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevalo ración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la documentación.

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(:\WD- \~OO9\e-O\ lJ\\I5~~lE) Eduardo Molina 113, Col. Ampliación Penitenciaría, Del. Venustiano CalT~a, C. P."15350, México, D. F.

TeL 5133 9900 - www.agn.go b.mx

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SEGOB S.ECRETARfA DE GOBERNACiÓN

2

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ARCHIVO

GENERAL ml.\ NACION

2.' Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.' Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0175/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

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Eduardo Mulina 113, Col. Ampliación Penitenciaria, Del. Venustiano Carranza, C. P. 15350, México, D, F. Te\. .5133 9900 - www.agn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

ARCHIVO

GENERAL 01' I.:\ N ,\ CJÓN

Núm. 0175/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Puebla, Puebla, dependiente de la Secretaria de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Articulo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la sigu iente:

DECLARATORIA

ARTíCU LO 1°. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00765 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Arch ivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevalo ración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Rios Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de arch ivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrat iva y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en Puebla, Puebla, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores , integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 50,748 expedientes contenidos en 51 cajas con un peso aproximado de 1004.70 kilogramos equ ivalentes a 20.09 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO 2°. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación. disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012) , apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Malina Núm. 113, Col. Penitenciaria Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

FICHA: 156912015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

"'J~ /11'" AGN MixICO

ARCHIVO

GENERAL m' I.~ NAC 16 j\.;

Núm. 0175/15

Conforme a la revisión del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Puebla, Puebla, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental administrativa en original: exped ición de pasaportes del año 2007 en 50,748 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 1004.70 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00765 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para anal izar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

o Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

o Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

o Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

o Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

o Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia ; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 201 1.

o Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

o Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publ icado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

o Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un del ito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

112

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SEGUNDO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QU INTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación arch ivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo).

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo).

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el siguiente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

México, D.F., a 02 de jun io de 2015.

DICTAMINO CO RDlNO

MARCOS ULlSES RODRíGUEZ CHINDO ENES SANCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEl SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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ORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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FICHA: 1569/2015.

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SEGOB SECRETARIA DE GOBERNAC iÓN

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ARCHIVO

GENERAL [}\ I., .l"-: <\l. 1 Ol':

"2015, Año del Generalísimo José Maria Morelos y Pavón"

DIRECCiÓN GENERAL DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

No. de oficio: DG/D5NAl0550/2015 No. de expediente: 55.4.1/3/1570/15

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F. , a 02 de junio de 2015.

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

1753

En atención al oficio núm. AHD00757 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se solicita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

León, Guanajuato, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el

análisis de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración,

considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0176/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0176/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los criterios que se describen a continuación:

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la documentación.

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HISTÓRICO D!PI.OMAnco

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Eduardo Malina 113, Col. Ampliación Penitenciaría, Del. Veullstiano Carranza, C. P. 15350, Méx ico, D. F. . Te!. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

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SEGOB SECRETARÍA DE GOBERNACiÓN

2

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ARCHIVO

GENERAL ni ,.,NACIÓN

2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0176/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

L SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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Eduardo Malina 113, Coi. Ampliación Penitenciaría, Del. Venustiano Carranza, C. P. 15350, México, D. F. Tel. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

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FICHA: 1570/2015.

1

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL m ,_\ NACIÓN

Núm. 0176115

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en león, Guanajuato, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumpl ió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUN DO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimon io documental del país o para la administración de los bienes del domin io público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y V II del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publ icado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTiCULO 10. Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00757 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Admin istrativa y Coordinador de Arch ivos ; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Arch ivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de arch ivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titu lar de la Unidad Admin istrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Adm in istrativa y Coordinador de Archivos , dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en león, Guanajuato, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 11 3,513 exped ientes contenidos en 114 cajas con un peso aproximado de 2245.80 kilogramos equivalentes a 44.91 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTiCULO 20. Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (D iario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 201 2), apercibidos de que conducirse con fa lsedad ante una autoridad admin istrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos , con domicilio en Eduardo Mal ina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México , D.F. , a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

1/1

FICHA : 157012015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

'I~ /11" AGN Mt.:XrCO

ARCH1VO

GENERAL lJ .. u N AC JÓN

Núm. 0176115

Conforme a la revlslon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en León , Guanajuato, dependiente de la Secretaria de Relaciones Exteriores, integrada por la serie documental administrativa en original: expedición de pasaportes del año 2007 en 113,513 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 2245.80 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00757 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2014; Artículo 11 , fracción XVI y Artículo 12, fracciones 111 y XIII.

• Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

• Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

• Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 20 11 .

• Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el23 de noviembre de 2012.

• Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la SecretarIa de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

• Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad .

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

1/2

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SEGUN DO. Que la serie documental propuesta para baja se encuentra registrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de solicitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: archivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (página 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de exped ientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QU INTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clasificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo) .

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo) .

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo) .

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores sol icitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las siguientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el sigu iente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

DICTAMINÓ

c~ MARCOS ULlSES RODRíGUEZ CHINDO

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212

México, D.F., a 02 de junio de 2015.

JOSÉ FERNANDO BRENES SÁNCHEZ

FICHA: 1570/2015.

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SEGOB SECRETARL\ DE GOBIRNACIÓN

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ARCHIVO

GENERAL JI) 1.\ ~AC1Ót"

"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"

Asunto: Dictamen de valoración documental.

México, D. F., a 02 de junio de 2015.

FRANCISCO DE PAULA CASTRO REYNOSO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTiÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINADOR DE ARCHIVOS SECRETARíA DE RELACIONES EXTERIORES PRESENTE

1752

En atención al oficio núm. AHD00759 de fecha 12 de mayo de 2015, en el que se sol icita se

dictamine el destino final de la documentación perteneciente a la Delegación Foránea en

Mexicali, Baja California, el Archivo General de la Nación comunica que una vez efectuado el

análisis de la serie documental del inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración,

considera viable la baja definitiva como patrimonio nacional.

Por lo antes expuesto y con base en las atribuciones que concede al Archivo General de la

Nación el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, se entrega

un original del Dictamen de Valoración Documental núm. 0177/15 y del Acta de Baja

Documental núm. 0177/15, mismos que autorizan a proceder formalmente conforme a los criterios que se describen a continuación :

1.- Que se cumplan los plazos de conservación establecidos en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración de esa dependencia para los diferentes asuntos que trata la

documentación. SB:RBARIA DE RBACDB flII'EIiI(E'

DIREO:!ÓN GENERAl. Da ACERVO HISTÓRICO DIPI.OMÁnco

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SEGOB SEC RETARIA DE GOBERNACiÓN

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ARCHIVO

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2.- Que sea estrictamente la documentación que se relaciona en el inventario, ficha técnica y

declaratoria de prevaloración que acompañan a la propuesta cuya baja documental no

afecte el quehacer institucional de esa dependencia, situación que quedará a cargo y bajo la

estricta responsabilidad del servidor público que tramite la disposición final.

3.- Que para posteriores solicitudes de baja documental esa dependencia deberá evitar

incurrir en las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del Dictamen

núm. 0177/15.

Aprovecho la oportunidad de enviarle un cordial saludo.

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FICHA: 1571/2015.

Eduardo Malina 113, Col. Ampliación Penitenciaria , Del. Venustiano Carranza, C. P. 15350, México, D. F. Te\. 5133 9900 - www.agn.gob.mx

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

ACTA DE BAJA DOCUMENTAL

ARCHIVO GENERAL DE,_~ NACION'

Núm. 0177/15

Conforme al análisis del inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración del archivo vencido de la Delegación Foránea en Mexicali, Baja California, dependiente de la Secretaria de Relaciones Exteriores, del año 2007 y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de acuerdo con lo establecido en el inventario de baja, ficha técnica y declaratoria de prevaloración, la serie documental cuya baja se promueve cumplió con su vigencia documental y no posee valores primarios ni secundarios.

SEGUNDO. Que la serie documental analizada no merece ser incorporada al acervo de la Unidad de Archivo Histórico de la dependencia o del Archivo General de la Nación, a que se refiere la presente acta.

TERCERO. Que la serie documental no contiene objetos o valores de conservación semejantes a los descritos en la legislación vigente para la protección del patrimonio documental del país o para la administración de los bienes del dominio público de la Federación.

Se tiene a bien, conforme a la facultad que le da al Archivo General de la Nación el Artículo 44, fracciones VI y VI I del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, dictar la siguiente:

DECLARATORIA

ARTíCULO 1° Con las formalidades de rigor y a instancia del oficio núm. AHD00759 de fecha 12 de mayo de 2015, suscrito por el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos; del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración firmada por el C. Román Ríos Méndez Garza, Responsable del Archivo; el Lic. Alejandro Bravo Ángeles, Jefe inmediato del responsable de archivo; el Lic. Gerardo Perdomo Sanciprian, Titular de la Unidad Administrativa y el Mtro. Francisco de Paula Castro Reynoso, Director General Adjunto de Gestión Administrativa y Coordinador de Archivos, dése de baja el archivo vencido de la Delegación Foránea en Mexicali, Baja California, dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, integrado por documentación administrativa en original del año 2007, en 45,685 expedientes contenidos en 46 cajas con un peso aproximado de 906.20 kilogramos equivalentes a 18.12 metros lineales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTíCULO 2". Gírese la solicitud correspondiente para operar la baja como patrimonio nacional de la documentación de referencia ante el área de control de bienes muebles o equivalente de esa dependencia, para que intervenga de acuerdo con las Normas Generales para el registro, afectación, disposición final, y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada (Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004) y el Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos (Diario Oficial de la Federación del 23 de noviembre de 2012), apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Dada en el Archivo General de la Nación, en la Dirección del Sistema Nacional de Archivos, con domicilio en Eduardo Molina Núm. 113, Col. Penitenciaría Ampliación, C.P. 15350, México, D.F., a los 02 días del mes de junio de 2015. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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FICHA.- 157112015.

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DIRECCiÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

DICTAMEN DE VALORACiÓN DOCUMENTAL

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ARCHIVO

GENERAL m L~ N ,\C IÓl\:

Núm. 0177/15

Conforme a la revlslon del inventario de baja documental anexo de 01 foja, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración en los que se consigna la documentación generada por la Delegación Foránea en Mexicali , Baja California, dependiente de la Secretaría de Relaciones Ex1eriores, integrada por la serie documental admin istrativa en original: expedición de pasaportes del año 2007 en 45,685 expedientes, con un peso manifestado por el área generadora de aproximadamente 906.20 kilogramos, con oficio de solicitud de dictamen de valoración documental núm. AHD00759 de fecha 12 de mayo de 2015.

De conformidad con el Artículo 44, fracciones VI y VII del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012, que señala la atribución del Archivo General de la Nación de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, así como de emitir el dictamen de baja documental para dichos sujetos obligados, y de acuerdo con las:

DISPOSICIONES NORMATIVAS

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002; Artículo 8, fracción V.

• Decreto por el que se expide la Ley Federal de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012; Artículo 44, fracciones VI y VII.

• Reglamento de la Ley Federal de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2014; Artículo 11, fracción XVI y Artículo 12, fracciones 11 1 y XII I.

• Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004; Lineamiento Decimonoveno y Octavo Transitorio.

• Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010.

• Acuerdo por el que se adicionan, reforman y derogan las disposiciones del diverso por el que se emitió el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 2011.

• Acuerdo por el que se actualizan las Disposiciones Generales para la Transparencia y los Archivos de la Administración Pública Federal y el Manual Administrativo de Aplicación General en las Materias de Transparencia y de Archivos; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012.

• Acuerdo por el que se agrupa el organismo descentralizado denominado Archivo General de la Nación al sector coordinado por la Secretaría de Gobernación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2012.

• Acuerdo del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación que expide el Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de octubre de 2014, Artículo 25, fracciones 1, X Y XI.

El Archivo General de la Nación por la atribución normativa de establecer los lineamientos para analizar, valorar y decidir el destino final de la documentación de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se reserva el derecho de definir la política a seguir en los supuestos no considerados o carentes de normatividad por parte de la dependencia productora, apercibidos de que conducirse con falsedad ante una autoridad administrativa en el ejercicio de sus funciones, constituye un delito y se sanciona con pena privativa de la libertad.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el inventario de baja documental, la ficha técnica de prevaloración y la declaratoria de prevaloración presentan las firmas autógrafas de las autoridades correspondientes que los validan conforme al Instructivo para el trámite de baja documental de archivos del Gobierno Federal (Instructivo).

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SEGUN DO. Que la seri e documental propuesta para baja se encuentra reg istrada en el inventario, ficha técnica y declaratoria de prevaloración de la dependencia o entidad, la cual ya cumplió con la vigencia documental establecida en los mismos.

TERCERO. Que el oficio de sol icitud debe mencionar la denominación del área donde se encuentra el material documental: arch ivo de trámite o archivo de concentración, según sea el caso (pág ina 10 del Instructivo) .

CUARTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos, estos deberán describirse por caja mencionado el número del primer expediente y del último; asimismo se deberá señalar en una columna adicional el número total de expedientes que contiene cada caja (página 11 y 12 del Instructivo).

QU INTO. Que el inventario debe mencionar el número consecutivo de cajas, paquetes o legajos (página 11 del Instructivo).

SEXTO. Que cuando se trate de inventarios genéricos es indispensable señalar el código de clas ificación archivística que identifique la sección y serie de acuerdo al Catálogo de disposición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 y 12 del Instructivo). .

SÉPTIMO. Que el inventario debe señalar la vigencia documental establecida en el Catálogo de dispos ición documental vigente de la dependencia o entidad (página 11 del Instructivo).

OCTAVO. Que la declaratoria de prevaloración debe mencionar la fecha de actualización del Catálogo de disposición documental vigente (página 18 del Instructivo) .

NOVENO. Que en la documentación propuesta para baja han prescrito los valores primarios y no posee valores secundarios.

DÉCIMO. Que para posteriores solicitudes de baja documental, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá evitar las omisiones e inconsistencias señaladas en los considerandos del tercero al octavo del presente dictamen, de lo contrario el Archivo General de Nación no autorizará las sigu ientes solicitudes de baja documental.

Se tiene a bien concluir el sigu iente:

DICTAMEN

Con base en el análisis del inventario de baja documental y los documentos de prevaloración presentados, así como la aplicación de la normatividad institucional vigente, la solicitud para determinar la baja definitiva de la documentación como patrimonio nacional SI PROCEDE.

MéxiCO, D.F., a 02 de junio de 2015.

DICTAMINÓ CO DINÓ

MARCOS ULlSE5-RODRiGUEZ CHINDO JOSÉ FERNANDO B ENES SÁNCHEZ JEFE DE DEPARTAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS

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BS/murch FICHA: 157112015.