diario 15 de octubre- 2008 · transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o...

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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 381 SAN SALVADOR, MIERCOLES 15 DE OCTUBRE DE 2008 NUMERO 193 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 5-6 6 7 8 9 9 10 Pág. 11-12 12-13 13 13 14-19 20 20-21 ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdos Nos. 480, 555 y 556.- Se acepta renuncia de diferentes cargos de la administración pública. ......................... Acuerdo No. 481.- Se nombra Presidente de la Junta Directiva del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador, al Licenciado José Rubén Alonso Rochi Párker . ....................... Acuerdos Nos. 525 y 543.- Se encarga el Despacho de la Presidencia de la República, a la Licenciada Ana Vilma Albanez de Escobar . ................................................................................. Acuerdo No. 531.- Nombramiento de dos Directores Propietarios y Suplentes de la Junta Directiva de la Corporación Salvadoreña de Turismo............................................................. Acuerdo No. 557.- Se nombra Viceministro de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior, al Ingeniero Luis Ernesto Montes Brito. ................................................................ Acuerdo No. 558.- Se nombra Viceministro de Gobernación, al señor Douglas Alejandro Alas García. ................................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 724.- Se autoriza la construcción de dos tanques para el almacenamiento de combustible, a favor de la sociedad La Fabril de Aceites, Sociedad Anónima de Capital Variable. .. Acuerdo No. 788.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 997, de fecha 30 de noviembre de 2000, correspondiente a la sociedad Repuestos Sinaí, Sociedad Anónima de Capital Variable. .................................................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1137.- Cambio de denominación del Complejo Educativo Católico María Mazzarello, por el de Escuela Salesiana María Mazzarello. ........................................ Acuerdo No. 15-1266.- Se reconoce a la Profesora Cintya Marina Martínez Alberto, como Directora del Colegio Ángel María Pedroza. ........................................................................... Acuerdo No. 15-1335.- Ampliación de servicios en el Instituto Católico Karol Wojtyla, ubicado en el municipio de Ilobasco. ..................................................................................... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 94.- Condecoraciones militares. .................. Acuerdo No. 116.- Se asigna montepío militar a favor de la señora María Luz Rosales de Chávez. ................................... MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL RAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Acuerdo No. 957.- Se autorizan gastos por el desempeño de misión oficial......................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: Diario 15 de Octubre- 2008 · transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad ... Lucía Arias Segovia y Luis Rodolfo

1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 381 SAN SALVADOR, MIERCOLES 15 DE OCTUBRE DE 2008 NUMERO 193

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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ORGANO EJECUTIVO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Acuerdos Nos. 480, 555 y 556.- Se acepta renuncia de diferentes cargos de la administración pública. .........................

Acuerdo No. 481.- Se nombra Presidente de la Junta Directiva del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador, al Licenciado José Rubén Alonso Rochi Párker. .......................

Acuerdos Nos. 525 y 543.- Se encarga el Despacho de la Presidencia de la República, a la Licenciada Ana Vilma Albanez de Escobar. .................................................................................

Acuerdo No. 531.- Nombramiento de dos Directores Propietarios y Suplentes de la Junta Directiva de la Corporación Salvadoreña de Turismo.............................................................

Acuerdo No. 557.- Se nombra Viceministro de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior, al Ingeniero Luis Ernesto Montes Brito. ................................................................

Acuerdo No. 558.- Se nombra Viceministro de Gobernación,

al señor Douglas Alejandro Alas García. ...................................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 724.- Se autoriza la construcción de dos tanques

para el almacenamiento de combustible, a favor de la sociedad

La Fabril de Aceites, Sociedad Anónima de Capital Variable. ..

Acuerdo No. 788.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo

No. 997, de fecha 30 de noviembre de 2000, correspondiente

a la sociedad Repuestos Sinaí, Sociedad Anónima de Capital

Variable. ....................................................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1137.- Cambio de denominación del

Complejo Educativo Católico María Mazzarello, por el de

Escuela Salesiana María Mazzarello. ........................................

Acuerdo No. 15-1266.- Se reconoce a la Profesora Cintya

Marina Martínez Alberto, como Directora del Colegio Ángel

María Pedroza. ...........................................................................

Acuerdo No. 15-1335.- Ampliación de servicios en el

Instituto Católico Karol Wojtyla, ubicado en el municipio de

Ilobasco. .....................................................................................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 94.- Condecoraciones militares. ..................

Acuerdo No. 116.- Se asigna montepío militar a favor de

la señora María Luz Rosales de Chávez. ...................................

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

RAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

Acuerdo No. 957.- Se autorizan gastos por el desempeño

de misión ofi cial. ........................................................................

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ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 2322-D, 1464-D, 1677-D y 2011-D.-

Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus

ramas. .........................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

UNIVERSIDAD DE EL SALVADORJUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD

DE CIENCIAS ECONÓMICAS

Acuerdo No. 362/026-2008.- Reglamento Interno de la

Junta Directiva de la facultad de Ciencias Económicas de la

Universidad de El Salvador. .......................................................

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria de exención de

intereses y multas provenientes de deuda por tasas e impuestos

a favor del municipio de San Juan Nonualco.............................

Decreto No. 5.- Reforma a la ordenanza de tasas por servicios

municipales de El Paisnal, departamento de San Salvador. .......

Decreto No. 5.- Reforma a la ordenanza de tasas por servicios

prestados por la Ofi cina de Planifi cación del Área Metropolitana

de San Salvador, al municipio de Ilopango................................

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Nueva

Esperanza Dos” y “Caserío Pie de La Cuesta”, Acuerdos Nos.

15 y 57, emitidos por las Alcaldías Municipales de Tecoluca y

San Isidro (Cabañas), aprobándolos y confi riéndoles el carácter

de persona jurídica. ....................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 992.- María Guadalupe Hernández (1 vez) .....

Cartel No. 993.- Natalie Elizabeth Herrera González (1

vez) ...........................................................................................

Cartel No. 994.- María Clara Hernández (1 vez) ..............

Cartel No. 995.- María Gloria Ayala viuda de Barahona (1

vez) ...........................................................................................

Cartel No. 996.- María Emma Cornejo Marín (1 vez).....

Cartel No. 997.- María Luisa Montoya Orellana (1 vez)..

Cartel No. 998.- Fátima María Ayala Salamanca (1 vez).

Cartel No. 999.- Silder Alexis García Saravia (1 vez) ......

Cartel No. 1000.- Manuel Arcides Guzmán Penado y otros

(1 vez) ........................................................................................

Aceptación de Herencia

Cartel No. 1001.- Ruth Noemí Paiz de Candelario (3 alt.)

Cartel No. 1002.- Juan José Rodas Henríquez y otra (3

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 1003.- Petrona Díaz viuda de Ramírez (3 alt.)

Cartel No. 1004.- María Cándida Sorto Flores (3 alt.) .....

Cartel No. 1005.- Lucía Arias Segovia y Luis Rodolfo Arias

Segovia (3 alt.) ...........................................................................

Títulos Supletorios

Cartel No. 1006.- Rosalina Gómez Herrera (3 alt.) ..........

Títulos de Dominio

Cartel No. 1007.- Amadeo Gómez Membreño (3 alt.)......

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 1008.- Genaro Guevara Delgado y otros (1

vez) ...........................................................................................

Cartel No. 1009.- Xiomara Elfi dia Rodríguez y otros (1

vez) ...........................................................................................

Cartel No. 1010.- Lázaro Tadeo Bernal Lizama (3 alt.)....

Título Municipal

Cartel No. 1011.- Alfonso Cortez Paz (3 alt.) ...................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 988.- Eva Elizabeth Ramos de Castellanos y

otra (3 alt.)..................................................................................

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Cartel No. 989.- Manuel de Jesús Anzora Montalvo (3

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 990.- Teresa de Jesús Alas Escobar (3 alt.) .....

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 983.- Marvin Geovani Figueroa Ramírez (3

alt.) ...........................................................................................

Títulos Supletorios

Cartel No. 984.- Rosa Elva Angel de Hernández (3 alt.) ..

Herencia Yacente

Cartel No. 985.- Causante Juan Humberto Castaneda,

nombrando Curador al Lic. Carlos Raúl Herrera Galdámez (3

alt.) ...........................................................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C024838, C024842, C024843, F028405,

F028420, F028433, F028444, F028447, F028474, F028491,

F028492, F028517, F028526, F028528, F028551, F028555,

F028558, F028559, F029189.....................................................

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F028393, F028424, F028442, F028477,

F028489, F028496, F028511, F028529, F028549/57, F028571,

F028391, F028408, F028411, F028443, F028481, F028482,

F028483, F028494, F028508, F028525, F028547, F028561,

F028580. ....................................................................................

Herencia Yacente

Carteles Nos. F028437, F028506......................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F028416, F028522......................................

Título Supletorio

Carteles Nos. F028429, F028457, F028458, F028512,

F028520. ....................................................................................

Título de Dominio

Cartel No. F028438...........................................................

Juicio de Ausencia

Carteles Nos. C024840, F028402, F028412, F028413,

F028431, F028510, F028563.....................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C024834, C024836.....................................

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. F028468...........................................................

Matrícula de Comercio

Cartel No. C024837. .........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F028404, F028434, F028441, F028509,

F028527, F028530, F028532, F028534, F028535, F028536,

F028538, F028539, F028541, F028542, F028543, F028544,

F028545. ....................................................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F028395, F028396, F028397, F028398,

F028399, F028400, F028401, F028403, F028471, F028473,

F028475, F028476, F028478, F028484, F028503, F028504,

F028507. ....................................................................................

Aumento de Capital

Cartel No. C024841. .........................................................

Disolución de Sociedades

Cartel No. F028421...........................................................

Aviso de Cancelación

Cartel No. 1012. ................................................................

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DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C024778, F028028, F028037, F028073,

F028079, F028134, F028149, F028151, F028152, F028172,

F028183, F028223, F028232, F028239, F028246. ...................

Herencia Yacente

Carteles Nos. C024777, F028072. ....................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F028068, F028069, F028070, F028042. ....

Título Supletorio

Carteles Nos. C024776, F028132, F028145, F028147,

F028157, F028229, F028230.....................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C024768, F028168, F028185. ....................

Nombre Comercial

Cartel No. C024771. .........................................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. C024775. ....................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F028177, F028238, F028302. ....................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F028034, F028155......................................

Título Municipal

Cartel No. F028085...........................................................

Título de Predio Urbano

Carteles Nos. F028226, F028231, F028235. ....................

Marca de Servicios

Carteles Nos. F028160, F028163, F028165, F028166,

F028169. ....................................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F027696, F027698, F027702, F027718,

F027739, F027751, F027761, F027768, F027779, F027780,

F027799, F027806, F027810.....................................................

Título de Propiedad

Cartel No. F027784...........................................................

Título Supletorio

Cartel No. F027734...........................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C024740, F027662. ....................................

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. F027756...........................................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. C024739, F027655, F027827. ....................

Subasta Pública

Carteles Nos. F027703, F027704, F027709, F027764,

F027788, F027789. ....................................................................

Reposición de Certifi cados

Cartel No. F027701...........................................................

Balances de Liquidación

Cartel No. F027713...........................................................

Título Municipal

Cartel No. F027689...........................................................

Marca de Servicios

Cartel No. F027661...........................................................

Reposición de Cheque

Cartel No. F028060...........................................................

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

ACUERDO No. 480.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales, ACUERDA: Aceptar, a partir del día uno de octubre del presente año, la renuncia que del cargo de Presidente de

la Junta Directiva del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador, ha presentado el Ingeniero BENJAMÍN TRABANINO LLOBELL;

rindiéndosele los agradecimientos por tan importantes servicios prestados al país.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiséis días del mes de septiembre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

ACUERDO No. 555.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en el artículo 162 de la Constitución, ACUERDA: Aceptar, a partir de esta

fecha, la renuncia que del cargo de Viceministra de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior, ha presentado la Embajadora MAR-

GARITA ESCOBAR; rindiéndosele los agradecimientos por tan importantes servicios prestados al país.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los trece días del mes de octubre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

ACUERDO No. 556.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en el artículo 162 de la Constitución, ACUERDA: Aceptar, a partir de esta

fecha, la renuncia que del cargo de Viceministro de Gobernación, ha presentado el Licenciado MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO; rindién-

dosele los agradecimientos por tan importantes servicios prestados al país.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los trece días del mes de octubre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

ACUERDO No. 481.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en el artículo 4, letra a) e incisos 3°, 4° y 5° de la Ley del Centro Internacio-

nal de Ferias y Convenciones de El Salvador, ACUERDA: Nombrar, con carácter ad-honorem, a partir del día uno de octubre del presente año, para

terminar período legal de funciones que fi naliza el 10 de abril de 2012, Presidente de la Junta Directiva del mencionado Centro al Licenciado JOSÉ

RUBÉN ALONSO ROCHI PÁRKER, quien se desempeña actualmente como Ministro de Turismo.

El Licenciado Rochi Párker deberá rendir la protesta constitucional correspondiente ante el suscrito Presidente de la República, antes de asumir

sus funciones.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiséis días del mes de septiembre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ACUERDO No. 525

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 155 de la Constitución y 3, inciso 2º del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Encargar el Despacho del Presidente de la República el día 4 de octubre del presente año, a la Licenciada ANA

VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR, Vicepresidenta de la República, en razón que el suscrito Presidente de la República se encontrará fuera del país

en la fecha antes expresada cumpliendo misiones propias relativas al desempeño del cargo.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

ACUERDO No. 543.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de las facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 155 de la Constitución y 3, inciso 2º del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Encargar el Despacho del Presidente de la República los días 14, 15, 16 y 17 de octubre del presente año, a la Li-

cenciada ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR, Vicepresidenta de la República, en razón que el suscrito Presidente de la República se encontrará

fuera del país en las fechas antes expresadas cumpliendo misiones propias relativas al desempeño del cargo.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de octubre del año dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

ACUERDO No. 531.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 8, letra e), e inciso fi nal; 9 y 10 de la Ley de la Corporación

Salvadoreña de Turismo, ACUERDA: Nombrar, a partir del día 3 del presente mes y año, para terminar período legal de funciones que fi naliza el 21

de marzo de 2009, a dos Directores Propietarios y Suplentes de la Junta Directiva de la Corporación Salvadoreña de Turismo, nombrados en base a

igual número de temas propuestas por las asociaciones empresariales privadas relacionadas con el sector turismo, integradas en la Asociación Nacional

de la Empresa Privada, conforme al siguiente detalle:

DIRECTORES PROPIETARIOS:

* Señor Rafael Agustín Leret Castillo

* Licenciado José Miguel Carbonell Belismelis

DIRECTORES SUPLENTES:

* Licenciado Ricardo Miguel Granillo Funes

* Ingeniero José Herbert Sermeño Quezada

Las personas nombradas deberán rendir la protesta constitucional correspondiente ante el suscrito Presidente de la República, antes de asumir

sus funciones.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL; San Salvador, a los dos días del mes de octubre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ACUERDO No. 557.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 160 y 162 de la Constitución; 8 y 28 del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Nombrar, a partir de esta fecha, Viceministro de Relaciones Exteriores para los Salvadoreños en el Exterior, al

Ingeniero LUIS ERNESTO MONTES BRITO.

El Ingeniero Montes Brito deberá rendir la protesta constitucional correspondiente ante el suscrito Presidente de la República, antes de asumir

sus funciones.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los trece días del mes de octubre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

ACUERDO No. 558.-

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 160 y 162 de la Constitución; 8 y 28 del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Nombrar, a partir del día diecisiete del presente mes y año, Viceministro de Gobernación al señor DOUGLAS

ALEJANDRO ALAS GARCÍA.

El señor Alas García deberá rendir la protesta constitucional correspondiente ante el suscrito Presidente de la República, antes de asumir sus

funciones.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los trece días del mes de octubre de dos mil ocho.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 724

San Salvador, 29 de agosto del 2008

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vistas las diligencias iniciadas el día dieciséis de mayo del dos mil ocho, por el señor Luis Emilio Clará Olmedo, mayor de edad, arquitecto, de este domicilio, actuando en su calidad de Apoderado Especial de la Sociedad “La Fabril de Aceites, Sociedad Anónima de Capital Variable” que puede abreviarse “La Fabril de Aceites, S.A. de C.V.”, relativas a obtener autorización para construir dos tanques para consumo privado de doce mil galones cada uno, para el almacenamiento de Aceite Diesel y Fuel Oil, ubicados en el Kilómetro cinco y medio, del Boulevard del Ejercito, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada Sociedad, la personería con que actúa el peticionario y la disponibilidad del inmueble en que se construirán los Tanques.

II. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo solici-tado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento,

ACUERDA:

1°) AUTORIZASE a la Sociedad “La Fabril de Aceites, Sociedad Anónima de Capital Variable”, para que construya dos tanques para consumo privado de doce mil galones cada uno, para el almacenamiento de Aceite Diesel y Fuel Oil, ubicados en el Kilómetro cinco y medio, del Boulevard del Ejército, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador.

2°) La Titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean aplicables.

3°) La titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HABILES siguientes al de su notifi cación.

4°) Una vez construidos los tanques, la Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

5°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE. RICARDO ESMAHAN, MINISTRO.

(Registro No. C024835)

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ACUERDO No. 788

San Salvador, 16 de septiembre de 2008

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vista la solicitud e información presentadas el 25 de agosto y 10 de septiembre de 2008, la primera por el señor Mario Antonio López García,

quien actúa como Representante Legal de la sociedad Repuestos Sinaí, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Repuestos Sinaí,

S.A. de C.V., registrada con Número de Identifi cación Tributaria 0614-190998-104-7, relativa a que se les autorice establecerse en el Local No. 8 de

la Zona Franca American Park, así mismo que se les modifi que la actividad, para dedicarse a la comercialización de repuestos, maquinaria, agujas,

accesorios y todos los insumos utilizados en el ramo textil de la confección; el segundo escrito por el señor Jaime Ernesto García, Contador de la

sociedad benefi ciaria, con el fi n de complementar información a la petición inicial;

CONSIDERANDO:

I. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 25 de agosto y 10 de septiembre de 2008;

II. Que la sociedad Repuestos Sinaí, S.A. de C.V., goza de los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, para

aplicarlos a la comercialización de productos y servicios en el área de la industria maquiladora (comercialización de repuestos, accesorios

y equipo industrial, prestación de servicios de reparación de maquinaria y asesoría textil), según Acuerdo No. 997 del 30 de noviembre de

2000, publicado en el Diario Ofi cial No 18, Tomo No. 350 del 24 de enero de 2001;

III. Que a la sociedad Repuestos Sinaí, S.A. de C.V., se le autorizó la actividad de comercialización de productos y servicios en el área de la

industria maquiladora (comercializadora de repuestos, accesorios y equipo industrial, prestación de servicios de reparación de maquinaria y

asesoría textil); pero con el fi n de estar acorde a las actividades que contempla la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización,

solicita se le modifi que la actividad incentivada, siendo la comercialización de repuestos, maquinaria, agujas, accesorios y demás insumos

utilizados en el ramo textil y de la confección;

IV. Que la citada sociedad actualmente opera en el Local No. 1, Polígono L de la Zona Franca Industrial y Comercial San Bartolo en un área

de 91.41 mt2, asimismo tiene operaciones en Km. 24 Carretera a Santa Ana, Zona Franca Export Salva, Edifi cio No. 18 B, con un área de

475.68 mt2; pero debido al crecimiento de sus operaciones, se instalará también en la Zona Franca American Park, Local No. 8, con un

área de 26.57 mt2, en el Km. 36 de la Carretera Panamericana que de San Salvador conduce a Santa Ana, jurisdicción de Ciudad Arce, La

Libertad;

V. Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, por lo que el Departamento de

Incentivos Fiscales de la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su dictamen en sentido favorable;

POR TANTO,

De conformidad a las razones expuestas y a los Artículos 1, 3 y 17 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Minis-

terio,

ACUERDA:

1. Modifi car el numeral 1 de la parte dispositiva del Acuerdo No. 997 de fecha 30 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Ofi cial No.

18, Tomo No. 350 del 24 de enero de 2000, de la sociedad Repuestos Sinaí, S.A. de C.V., en el sentido de que la nueva actividad incentivada

será la comercialización de maquinaria, repuestos y accesorios y demás insumos utilizados en el ramo textil y de la confección, que serán

destinados a Centroamérica , fuera de ésta y mercado nacional;

2. Autorizar a la citada sociedad, para que además de operar en el Local No. 1, Polígono L de la Zona Franca Industrial y Comercial San

Bartolo, con un área de 91.41 mt2, y en el Km. 24, Carretera a Santa Ana, Zona Franca Export Salva Edifi cio No. 18 B, con un área de

475.68 mt2, pueda operar como Usuario de la Zona Franca American Park, en el Local No. 8, que tiene un área de 26.57 mt2,ubicada en

el Km. 36, Carretera Panamericana que de San Salvador conduce a Santa Ana, jurisdicción de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad,

haciendo un área total de 593.66 mt2, en donde realizará la actividad señalada en el numeral 1 de este Acuerdo;

3. La sociedad benefi ciaria deberá dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 3, inciso 3° de la Ley de Zonas Francas Industriales y de

Comercialización, en lo relativo al pago de los derechos e impuestos de importación sobre el valor en Aduana del bien que se interne, el de

Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Impuestos sobre la Renta e impuestos municipales correspondientes;

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

4. La sociedad benefi ciaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales de carácter laboral y de seguridad social a favor de los traba-

jadores según lo establece el Art. 29 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización; así como de mantener las condiciones

necesarias de seguridad industrial y laboral que establece el Código de Trabajo y demás normas aplicables;

5. Queda obligada la sociedad benefi ciaria a cumplir el Artículo 28 literales a), b), c), d), e), f), g), j), k) y m) de la Ley de Zonas Francas

Industriales y de Comercialización, y demás Leyes de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de

este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes;

6. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de la Renta de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio

de Hacienda;

7. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE. BLANCA IMELDA DE MAGAÑA,

VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. C024839)

ACUERDO No. 15-1137.

San Salvador, 15 de agosto de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a lo dispuesto en

el artículo 79 de la Ley General de Educación los Centros Educativos Privados son aquellos que ofrecen servicios de educación formal con recursos

propios de personas naturales o jurídicas que colaboran con el Estado en la expansión, diversifi cación y mejoramiento del proceso educativo y cultural;

siendo facultad del Estado poder subvencionar instituciones privadas sin fi nes de lucro, que cumplan con las estrategias de cobertura y calidad que

impulse el Ministerio de Educación para lo cual se celebrarán los convenidos correspondientes. A su vez, los artículos 80 y 83 del referido cuerpo legal

disponen que el Acuerdo Ejecutivo que autoriza la creación y funcionamiento de los mismos deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen

la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado, de conformidad a

los servicios que ofrezca; pudiendo percibir en un mismo año lectivo, en concepto de pago por los servicios que otorgan a los alumnos, la matrícula

escolar y las cuotas de escolaridad o colegiaturas registradas en el prospecto anual respectivo; quedando prohibido establecer cuotas adicionales de

cualquier clase, en forma directa o por cualquier otro medio, eximiendo a los padres de familia de la responsabilidad de dichos pagos. II) Que según los

numerales 8) y 27) del artículo 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo compete al Ministerio de Educación controlar y supervisar los centros

ofi ciales y privados de educación y regular y supervisar la creación, funcionamiento y nominación de Centros Educativos Privados; III) Que con fecha

27 de marzo de 1939, se emitió por medio del Poder Ejecutivo Acuerdo mediante el cual se autoriza a la Escuela Privada “María Dominga Mazzarello”,

para que impartiera enseñanza Primaria. IV) Que en virtud del Acuerdo Número 15-0621, de fecha 28 de junio de 2001, se aprobó la ampliación de

los servicios educativos para que en dicho Centro funcione el Nivel de Educación Media y se autorizó el cambio de denominación de Centro Escolar

Católico “María Mazarello” ubicado en Urbanización Hacienda San José, Municipio de Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, a Complejo Educativo Católico, para atender desde el Nivel Parvulario hasta el Nivel de Educación Media, a partir de dicho cambio dicho

centro de estudios sería identifi cado por medio del Código 88029. V) Que el Complejo Educativo Católico María Mazarello, había venido funcionando

bajo la administración de Consejos Educativos Católicos Escolares, denominados Organismos de Administración Escolar CECE, recibiendo subsidio

por parte del Estado de conformidad a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley General de Educación y amparados en el Convenio de Cooperación

Técnica Administrativa suscrito entre el Ministerio de Educación y la Iglesia Católica a través de la Conferencia Episcopal de El Salvador, así como

en los Convenios de Transferencia de Fondos que se suscriben con cada uno de los CECE. VI) Que se ha recibido en la Dirección Nacional de Cen-

tros Privados y Acreditación Institucional solicitud de cambio de denominación por parte de Sor Judith Noemí Maestre Muguruza, en calidad de

Representante Legal de la Asociación Educación Salesiana de las Hijas de María Auxiliadora propietaria del Complejo Educativo Católico “MARÍA

MAZZARELLO”, ya que han decidido funcionar exclusivamente bajo el régimen de Institución Educativa Privada sin fi nes de lucro, proponiendo

como nueva denominación “ESCUELA SALESIANA MARÍA MAZZARELLO”, POR TANTO con base a las razones expuestas y a las facultades

que la Ley concede ACUERDA: 1) AUTORIZAR a partir del día uno de enero de dos mil nueve, el cambio de denominación y funcionamiento como

“ESCUELA SALESIANA MARÍA MAZZARELLO”, Centro Privado de Educación propiedad de la Asociación Educación Salesiana de las Hijas de

María Auxiliadora. 2) La Escuela Salesiana María Mazzarello seguirá utilizando el domicilio de Urbanización Hacienda San José, Municipio de Nueva

San Salvador, Departamento de La Libertad, manteniendo la autorización para impartir los servicios educativos en los Niveles de Educación Parvularia,

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

Básica, Media en la modalidad de Bachillerato General y Bachillerato Técnico Vocacional Comercial opción Secretariado y Contaduría, jornada diurna

y su Código No. 88029. 3) Autorízase a dicha Institución a seguir utilizando indistintamente en su papelería la denominación de “Complejo Educativo

Católico MARÍA MAZZARELLO” o “ESCUELA SALESIANA MARÍA MAZZARELLO”, para poder realizar todas las actuaciones propias de su

administración, funcionamiento y promoción para la transición del año escolar 2008 al año 2009. 4) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F028465)

ACUERDO No. 15-1266.-

San Salvador, 10 de septiembre de 2008

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad al Artículo cincuenta

y siete de la Constitución de la República, los centros de enseñanza Privados, están sujetos a reglamentación e inspección del Estado; en consecuencia

compete al Ministerio de Educación, según el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, controlar y supervisar los centros Ofi ciales y Privados de

educación, así como regular y supervisar su creación, funcionamiento y nominación; II. Que de conformidad con la Ley, la señora Marina de la Paz

Alberto de Martínez, con DUI No. 01994218-8, en calidad de propietaria del Centro Educativo Privado COLEGIO “ANGEL MARÍA PEDROZA”,

Código 20559, ubicado en Final 75ª. Avenida Norte, No. 816, Colonia Escalón, de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, solicitó a

la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional el reconocimiento de la Profesora CINTYA MARINA MARTÍNEZ ALBERTO,

NIP No. 1512016, PDN 1, como Directora del Centro Educativo Privado COLEGIO “ANGEL MARÍA PEDROZA”, en sustitución de la Profesora

Marina de la Paz Alberto Herrera de Martínez; III. Que después de haberse verifi cado la información presentada a la Dirección Nacional de Centros

Privados y Acreditación Institucional se emitió dictamen autorizando el reconocimiento de la Profesora CINTYA MARINA MARTÍNEZ ALBERTO,

NIP No. 1512016, PDN 1, como Directora del citado centro de estudios. POR TANTO: De conformidad a lo antes expuesto, con base a los Artículos

Cincuenta y Siete de la Constitución de la República; treinta y ocho, numerales ocho y veintisiete del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

cuarenta y cuatro de la Ley de la Carrera Docente y treinta y seis del Reglamento de la referida Ley, se ACUERDA: 1) Reconocer a la Profesora

CINTYA MARINA MARTÍNEZ ALBERTO, NIP No. 1512016, PDN 1, como Directora del Centro Educativo Privado COLEGIO “ANGEL MARÍA

PEDROZA”, con Código 20559, ubicado en Final 75ª. Avenida Norte, No. 816, Colonia Escalón, de la ciudad de San Salvador, Departamento de

San Salvador, a partir del 22 de agosto de 2008; 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

PUBLÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F028537)

ACUERDO No. 15-1335.-

San Salvador, 22 de septiembre de 2008

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de los

Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato Técnico Vocacional Industrial opción

Electrónica y Bachillerato Técnico Vocacional en Hostelería y Turismo, jornada diurna, del Centro Educativo INSTITUTO CATÓLICO “KAROL

WOJTYLA”, ubicado en Avenida Carlos Bonilla, No. 48, Barrio El Calvario, Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; II) Que en base a

inspección realizada por la Dirección Nacional de Educación, se determinó que procede la ampliación del Bachillerato Técnico Vocacional Industrial

opción Electrónica y Bachillerato Técnico Vocacional en Hostelería y Turismo, jornada diurna. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de

Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir de esta fecha,

la Ampliación en el Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato Técnico Vocacional Industrial opción Electrónica y Bachillerato

Técnico Vocacional en Hostelería y Turismo, jornada diurna, en el Centro Educativo INSTITUTO CATÓLICO “KAROL WOJTYLA”; 2) Ratifi car

su Código No. 88165. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F028448)

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MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO No. 094.

SAN SALVADOR, 07 de agosto de 2008.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a los Artículos 6 y 7 de la Ley de Condecoraciones Militares y Artículos 25 y 26 del Reglamento de Condecoraciones Militares, ACUERDA: OTORGAR la Condecoración “MEDALLA DE ORO AL MERITO”, al personal de señores Ofi ciales y Subofi ciales del Décimo Contingente del Batallón Cuscatlán, y con la “MEDALLA DE PLATA AL MÉRITO”, al personal de Tropa y Administrativo de dicho Batallón, por su desempeño sobresaliente en la misión de apoyo humanitario en la República de Iraq, dando con ello prestigio a nuestra Institución Armada.

No. GRADO NOMBRES

1.- Cnel. Inf. DEM Walter Mauricio Arévalo Gavidia

2.- Cnel. Trans. DEM Linguis Saúl Mata

3.- Cnel. Art. DEM Julio Héctor Hidalgo Martínez

4.- Tcnel. Art. DEM Carlos Roberto Escamilla

5.- Tcnel. Inf. DEM Félix Edgardo Núñez Escobar

6.- Tcnel. Inf. DEM Raúl Antonio Lima Pacheco

7.- Tcnel. Trans. DEM José Mauricio Cardona Cardona

8.- Tcnel. Inf. DEM Jesús Daniel Serrano Cea

9.- Tcnel. PA. DEM Juan Aníbal Hernández Lara

10.- Tcnel. Art. DEM Renato Antonio Pérez Aguirre

11.- Tcnel. Ing. DEM Mario Enrique Murcia Díaz

12.- TCnel. Inf. DEM Juan Fernando Molina Membreño

13.- TCnel. Art. DEM Manuel de Jesús Romero

14.- Tcnel. Inf. DEM Jorge Alberto Peña Flores

15.- Myr. Art. DEM Luis Enrique Viera Santamaría

16.- Myr. Ing. DEM Ricardo Arnoldo González Rodríguez

17.- Myr. EA. DEM Rafael Eduardo Melara Miranda

18.- Myr. Inf. José Manuel Ibarra Chávez

19.- Cap. PA Ricardo Isaías Villatoro Reyes

20.- Cap. Inf. Miguel Ángel Solórzano Rivera

21.- Cap. Cab. Miguel Ángel López Suárez

22.- Cap. Art. Carlos Miguel Navarro Espino

23.- Cap. Cab. José Roberto Cuéllar Guardado

24.- Capitán Inf. Edwin Noé Sandoval Linares

25.- Cap. y Dr. Federico Antonio Gómez Carranza

26.- Tte. Ing. Alejandro Ernesto González Méndez

27.- Tte. Trans. Jimmy Eric López Amaya

28.- Tte. Art. Luis Alberto Hernández Acevedo

29.- Tte. Cab. David Eugenio Hernández Guadrón

30.- Tte. Art. Roberto Carlos Nájera

31.- Tte. Trans. José Antonio Barrera Torres

32.- Tte. y Lic. Mauricio Antonio Rivera

33.- Tte. y Dr. Fernando Alberto Alfaro Iraheta

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

34.- Stte. Ing. Germán Isael García Gómez

35.- Stte. Ing. Edgardo José Romero Cortéz

36.- Stte. Ing. Herberth Enrique Valdemar Cubías Rodas

37.- Ste. Trans. Francisco Jaime Ruíz Meléndez

38.- Tte. Cbta. Juan Francisco Ochoa Jovel

39.- Sgto. Myr. Bgda. Santana García Ventura

40.- Sgto. Myr. 1°. Francisco Saúl Aragón Ardón

41.- Sgto. Myr. 1°. Rafael Remberto Ventura Martínez

42.- Sgto. Myr. 1°. Neftaly Oscar García Martínez

43.- Sgto. Myr. José Amílcar Zanco

44.- Sgto. Myr. David Edgardo Zarceño Ortíz

45.- Sgto. Myr. Manuel de Jesús Évora

46.- Sgto. Myr. Rubén Romero

47.- Sgto. Myr. Mamerto Mendoza Pérez

48.- Sgto. 1°. Miguel Ángel Cruz Gálvez

49.- Sgto. 1°. José Alirio Juárez Sánchez

50.- Sgto. 1°. Vidal Alejandro Henríquez Cáceres

51.- Sgto. 1°. José Fidel Carpio Pérez

52.- Sgto. 1°. José Ricardo Iraheta Fernández

53.- Sgto. 1°. Nelson Vásquez Jiménez

54.- Sgto. 1°. Wualter Germán Hernández Gómez

55.- Sgto. 1°. Francisco Osvaldo Salgado López

56.- Sgto. 1°. Saúl Antonio Aguilar Peraza

57.- Sgto. 1°. Nelson Rigoberto Castaneda

58.- Sgto. 1°. Jesús Antonio Mejía Acosta

59.- Sgto. 1°. José Orlando Zepeda Villalta

60.- Sgto. Misael Chinchilla Orellana

61.- Sgto. TA José Narciso Pérez

62.- Sgto. TA. Pedro Ernesto Ramos

63.- Sgto. Adm. Carlos Alberto Bernal Alfaro

64.- Sgto. Adm. Oscar Daniel Contreras Hernández

65.- Ssgto. José María Cubías Ramos

66.- Ssgto. Julio César Colocho Ramos

67.- Ssgto. José Emilio Ramírez González

68.- Ssgto. Santana López Beltrán

69.- Ssgto. Evelio Ángel Zaldaña Coronado

70.- Ssgto. José Gustavo Calzado García

71.- Ssgto. José Carlos García

72.- Ssgto. Efraín Guzmán Guzmán

73.- Ssgto. Salvador Nolberto Calasín García

74.- Ssgto. José David Mancía Mendoza

75.- Ssgto. Dodanim José Chamul Flores

76.- Ssgto. José Lucas Ventura Fernández

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

77.- Ssgto. Manuel de Jesús García Peñate

78.- Ssgto. Luis Alfonso Arce Cordero

79.- Ssgto. Dagoberto Antonio Grande Guzmán

80.- Ssgto. Rafael Rojas Hernández Reyes

81.- Ssgto. Faustino Ramírez Martínez

82.- Ssgto. Adm. Roberto Gutiérrez Mejía

83.- Cabo Álvaro Linares Portillo

84.- Cabo Edgar Antonio Méndez Juárez

85.- Cabo Carlos Ernesto Fernández Alas

86.- Cabo Ernesto Alas Marín

87.- Cabo Roberto Carlos Escalante García

88.- Cabo José Alfredo Jurado Sigarán

89.- Cabo Nelson Antonio Hernández Peña

90.- Cabo Melvin Javier Ramón Zaldaña

91.- Cabo Hevert Noé Solórzano Mendoza

92.- Cabo Tomás Benítez

93.- Cabo José Manuel Fabián López

94.- Cabo Santos Román Díaz

95.- Cabo Francisco Antonio Hernández Martínez

96.- Cabo Jorge García Ramírez

97.- Cabo José Mauricio Ríos Guillén

98.- Cabo Edwin Eduardo Ramírez Gómez

99.- Cabo Amilcar Alonso Barahona Sánchez

100.- Cabo Osmín Ascencio Leonardo

101.- Cabo Catarino Herrera de la Cruz

102.- Cabo Carlos Arturo Villacorta Pocasangre

103.- Cabo Elmer Osmín Orellana Guzmán

104.- Cabo Luis Daniel Guerrero Zepeda

105.- Cabo Edgar Osmín Reinosa Vicente

106.- Cabo Santos Benítez Aparicio

107.- Cabo Jaime Antonio Amaya

108.- Cabo Ubaldo Solís Morales

109.- Cabo José Ezequiel Gutiérrez Lúe

110.- Cabo José Carlos Franco Mejía

111.- Cabo Saúl Cabrera Méndez

112.- Cabo Javier Antonio Cerén Rosales

113.- Cabo William Antonio Leiva Damián

114.- Cabo René Leonides Ramón Calles

115.- Cabo Ronald Iván Barrientos Guerrero

116.- Cabo Jorge Adalberto Molina Molina

117.- Cabo Noel Adalberto Benítez Maradiaga

118.- Cabo Ruby Omar Coto

119.- Cabo Nolberto Pérez Pérez

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

120.- Cabo Roberto López López

121.- Cabo Elmer Dionisio Jiménez

122.- Cabo Luis Alonso Navarro Aquino

123.- Cabo Maestro Leonel Adilio Magaña Mendoza

124.- Cabo Heber Enrique Molina Moreira

125.- Cabo Santos Nicolás Guerra Pintín

126.- Cabo Melvin Valeriano Martínez Pérez

127.- Cabo Jaime Morán Rojas

128.- Cabo Mariano Antonio Villalta Ramírez

129.- Cabo José Antonio Vásquez Mejía

130.- Cabo Celso Pantaleón Ventura Andrade

131.- Cabo Alex Edgardo Bernal Pérez

132.- Cabo Saúl Mejía González

133.- Cabo Ángel Roberto García García

134.- Cabo José Orlando Vásquez Vásquez

135.- Cabo Rigoberto Antonio Carranza Beltrán

136.- Cabo Héctor Osmín Portillo Zaldaña

137.- Cabo José Paulino Cruz

138.- Cabo Omar Hernández Mata

139.- Cabo Ulises Adalberto Pérez Álvarez

140.- Cabo David Ayala Zepeda

141.- Cabo José Dimas Constante Sierra

142.- Cabo Herber Adalberto Gómez

143.- Cabo Roger Nolberto Argueta Rafael

144.- Cabo José Manuel López

145.- Cabo Adm. José Medardo Cruz Martínez

146.- Cabo Adm. Rudis Omar Soriano Cornejo

147.- Cabo Adm. José Eloin García Leiva

148.- Soldado Rafael Ernesto Mendoza León

149.- Soldado Israel Enríque Flores Polío

150.- Soldado Oscar Reinaldo Hernández

151.- Soldado Fermín Aparicio Romero

152.- Soldado Arquímides Antonio Coreas Ayala

153.- Soldado Luis Alonso Cruz Márquez

154.- Soldado José Elías Martínez Portillo

155.- Soldado José Mártir Alemán Beltrán

156.- Soldado Carlos Misael Martínez Hernández

157.- Soldado Miguel Ángel Morales

158.- Soldado José Noel García Reyes

159.- Soldado Jaime Adalberto Pérez Reynoza

160.- Soldado Víctor Hugo Pineda

161.- Soldado Manuel de Jesús Arévalo Castellanos

162.- Soldado Nelson Eduardo García Santos

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

163.- Soldado Carlos Humberto Martínez Marroquín

164.- Soldado Oscar Manuel Aquino

165.- Soldado Cristian Stanley Mejía Navas

166.- Soldado Manuel Alberto Fabián Chanico

167.- Soldado Héctor Alfredo García García

168.- Soldado Gilberto García Rivas

169.- Soldado Edo Nahim Gómez Piecho

170.- Soldado Fredy Alexander Reyes

171.- Soldado Miguel Ángel Pérez Reyes

172.- Soldado José Antonio Magaña Cerna

173.- Soldado Fernando Antonio Eguizábal

174.- Soldado José Aníval López García

175.- Soldado Arístides Armando Rendón Saldaña

176.- Soldado Odías Nahum Girón Cinco

177.- Soldado Nelson Alexander Hernández

178.- Soldado Elmer Ovidio Portillo Sánchez

179.- Soldado Nelvin Eliezer Ávila Santiago

180.- Soldado Francisco Estanislao Palomo Maravilla

181.- Soldado Joel de Jesús Luna Solís

182.- Soldado Elmer Alberto Martínez Rosales

183.- Soldado Fermín Otero Ascencio Soriano

184.- Soldado Willber Arcenio Rivas Cornejo

185.- Soldado José Adelso Pineda García

186.- Soldado Wilfredo Rodríguez Méndez

187.- Soldado Elías Cabezas Gutiérrez

188.- Soldado Rony Alexander Beltrán González

189.- Soldado Marlon Alexi Zaldaña Monterrosa

190.- Soldado Leonardo Martínez Rosales

191.- Soldado Oscar Armando Rodríguez

192.- Soldado Raúl Pascual Jorge

193.- Soldado Álvaro Natividad Sandoval Grijalva

194.- Soldado Josué Herberth Cornejo Granados

195.- Soldado David Antonio Álvarez Pérez

196.- Soldado Demetrio de Jesús Valencia Matute

197.- Soldado Ricardo Arnulfo Tadeo Césper

198.- Soldado José Edgar Lúe Sánchez

199.- Soldado Moisés Pérez Ortíz

200.- Soldado Javier Deodanes Pérez

201.- Soldado Jorge Alberto Carías

202.- Soldado Oscar Otilio Magaña

203.- Soldado Juan Gabriel Cerna Rodríguez

204.- Marinero Carlos Roberto Barrera Granados

205.- Inf. Mar. Rafael Alexander Martínez Pérez

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

206.- Inf. Mar. Jaime Alonso Morales Valle

207.- Inf. Mar. José Matías Hernández Urbina

208.- Soldado David Edilberto Menjívar Méndez

209.- Soldado Gregorio Antonio Sañas Aguilar

210.- Soldado José Obdulio Reyes Hernández

211.- Soldado Julio César Aguirre Cruz

212.- Soldado Isaac Otoniel Alfaro Arce

213.- Soldado Humberto Antonio Galicia Artero

214.- Soldado José Jaime Flores Zepeda

215.- Soldado Israel Edgardo Hernández

216.- Soldado Luis Santos Contreras Sánchez

217.- Soldado Carlos Emilio Fuentes Solís

218.- Soldado Nelson Edgardo Ramírez Rosa

219.- Soldado Noé Leopoldo Flores Avalos

220.- Soldado Saúl Antonio Ibáñez Molina

221.- Soldado Edgar Abelardo Hernández Flores

222.- Soldado Juan Carlos Marroquín Magaña

223.- Soldado William Ernesto Méndez Ascencio

224.- Soldado Carlos Armando Rosales

225.- Soldado Oscar Antonio Larios Martínez

226.- Soldado Guillermo Jorge

227.- Soldado José Álvaro Aguilar García

228.- Soldado Mario Ernesto Portillo Rosales

229.- Soldado José David López Álvarez

230.- Soldado Manuel Ricardo Amaya Vásquez

231.- Soldado Jonatan Misael Chacón Hernández

232.- Soldado Noé Antonio Castillo Alvarenga

233.- Soldado Wilian Rodrigo Cruz Martínez

234.- Soldado Andrés Pérez Sánchez

235.- Soldado Eliseo Enrique García Jiménez

236.- Soldado Adm. Alfredo Jiménez Jiménez

237.- Soldado Adm. William Samael Rivas Renderos

238.- Soldado Adm. Manuel Antonio Méndez

COMUNIQUESE

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y

COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA.

JORGE ALBERTO MOLINA CONTRERAS,

GENERAL DE DIVISION

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIALRAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

ACUERDO: No. 116

San Salvador, dos de octubre del año dos mil ocho.

EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veinte de las diligencias promovidas por la señora MARIA LUZ ROSALES DE CHAVEZ, conocida por MARIA LUZ ROSALES, con Documento Único de Identidad Número cero tres uno cero uno cuatro cinco tres guión siete, en calidad de esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor JOSE ARTURO CHAVEZ PORTILLO, conocido también como JOSE ARTURO CHAVEZ.

CONSIDERANDO:

1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 16 de fecha 20 de enero de 1995; que éste falleció a las cero horas del día 09 de septiembre de 2008, a consecuencia de muerte natural, sin asistencia médica, lo que se comprueba mediante Partida de Defunción contenida a folio dos extendida en la Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de Cabañas, el día doce de septiembre de dos mil ocho, que la solicitante señora MARIA LUZ ROSALES DE CHAVEZ, fue esposa del fallecido pensionado, señor JOSE ARTURO CHAVEZ PORTILLO, vínculo que comprueba por medio de la Certifi cación de Partida de Matrimonio, contenida a folio cuatro extendida en la Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el doce de septiembre del año dos mil ocho.

2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo Nº 5061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996; y el Dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en ofi cio Nº 1401 de fecha 26 de septiembre de 2008, en el que se considera procedente conceder a la señora MARIA LUZ ROSALES DE CHAVEZ, el Montepío Militar que solicita.

POR TANTO:

En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio.

ACUERDA:

Asignar a partir del día 09 de septiembre de 2008, a favor de la señora MARIA LUZ ROSALES DE CHAVEZ, conocida también como MARIA LUZ ROSALES, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.

MARCO ANTONIO PALACIOS LUNA

VICEALMIRANTE

VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO No. 957

San Salvador, 6 de octubre de 2008.

De acuerdo a lo establecido en los Artículos Nos. 14 y 16 del Reglamento General de Viáticos y al Instructivo No. 5.060 del Ministerio de Hacienda y con presencia del Ofi cio No. 728 del 4 de septiembre del corriente año, emitido por la Presidencia de la República, por medio del cual concede misión ofi cial a favor del Dr. José Guillermo Maza Brizuela, Ministro de Salud, para asistir al evento “48 Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), 60°. Sesión del Comité Regional de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para las Américas” a realizarse en Washington D.C. del 28 de septiembre al 4 de octubre del presente año: el Órgano Ejecutivo, en el Ramo de Salud Pública y Asistencia Social.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDA:

Autorizar al Encargado del Fondo Circulante de Monto Fijo de este Ministerio, para que a la presentación del recibo correspondiente debidamente legalizado, cancele la cantidad que se detalla en concepto de gastos de viaje y viáticos, así:

Dr. José Guillermo Maza Brizuela

2008-3200-3-01-01-21-1-54404

Gastos de viaje

1 cuota ida (28/9/08) $225.00 $ 337.50

½ cuota regreso (4/10/08) $112.50

Viáticos

6 cuotas de $225 c/u $1,350.00

del 28/Sept. al 3/Oct./08

TOTAL $1,687.50

COMUNIQUESE:

DR. JOSÉ ERNESTO NAVARRO MARÍN

VICEMINISTRO ENCARGADO DEL DESPACHO

ACUERDO No. 2322-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha doce de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SONIA MARIA GRANADA LINARES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F028472)

ACUERDO No. 1464-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dos de julio del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha ocho de mayo del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BEATRIZ ESMERALDA GIRON AVILES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F028514)

ACUERDO No. 1677-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha veintiséis de mayo del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE ALEXANDER FRANCIA ESCOBAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F028565)

ACUERDO No. 2011-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de octubre del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha treinta de septiembre del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado LUIS AUGUSTO GÓMEZ ZARATE, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERON.- J. N. CASTANEDA S.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. A. CARDOZA A.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. -S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F029607)

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

INSTITUCIONES AUTONOMASUNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

ACUERDO No. 362/026-2008

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad al artículo 32 literal “a” de la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador, es atribución de la Junta Directiva de

cada Facultad, emitir su reglamento interno.

II. Que es necesario contar con un reglamento interno que regule la organización, funcionamiento y normas parlamentarias que garanticen el

cumplimiento de las atribuciones y deberes de la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Económicas.

POR TANTO:

En uso de sus atribuciones legales. ACUERDA: Emitir el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

CAPITULO I

DISPOSICIONES PRELIMINARES

Objeto

Art. 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas de organización y funcionamiento interno de la Junta Directiva de la

Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de El Salvador, que garanticen el cumplimiento de las atribuciones y obligaciones que le establece

la Ley Orgánica de la UES, su Reglamento General y demás Reglamentos de la UES.

En el presente Reglamento cualquier alusión a personas, cargo o función, expresada en género masculino, se entenderá igualmente en género

femenino.

Abreviaturas usadas

Art. 2.- En el presente Reglamento, se denominará de forma abreviada:

a) Universidad de El Salvador: “la Universidad” o “la UES”;

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

b) Asamblea General Universitaria: “la Asamblea” o “la AGU”;

c) Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador: “Ley Orgánica”;

d) Reglamento General de la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador: “Reglamento General”; y

e) Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Económicas: “La Junta” o “JD”.

Atribuciones de la Junta

Art. 3.- Son atribuciones de la JD las que le confi ere el artículo 32 de la Ley Orgánica, el artículo 36 del Reglamento General y demás Reglamentos

universitarios.

Acreditación de miembros

Art. 4.- Para conformar legalmente la Junta, los representantes electos deberán ser debidamente acreditados por la Fiscalía General de la Uni-

versidad.

Instalación

Art. 5.- Después de obtenida la acreditación de los representantes electos, el Decano convocará, para la instalación y juramentación de la JD

entrante.

Se convocará a los miembros salientes y miembros entrantes de JD con fi jación de lugar, día y hora en que se efectuará la instalación y toma de

posesión de los representantes electos, librando para tal efecto las correspondientes convocatorias.

La Junta se instalará el veintiocho de octubre del año de su elección, o a más tardar cuando se encuentre acreditado el número de miembros

necesarios para formar quórum.

Toma de Protesta

Art. 6.- Reunida la Junta para su instalación, el Decano de la Facultad tomará la protesta de Ley de la forma siguiente:

“SEÑORES MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNIVERSIDAD DE

EL SALVADOR, ¿JURAN BAJO SU PALABRA DE HONOR SER FIELES A LA UNIVERSIDAD, CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LO

PRECEPTUADO EN LA LEY ORGÁNICA Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, PROMETIENDO ADEMÁS CUMPLIR

CON LOS DEBERES QUE LES IMPONE EL CARGO?”.

A lo que cada miembro juramentado responderá: “SÍ JURO”.

Luego el Decano expresará: “SI ASÍ LO HICIEREN QUE LA FACULTAD, LA UNIVERSIDAD Y LA PATRIA LOS PREMIE, SI NO

QUE ELLAS MISMAS SE LOS DEMANDEN. QUEDAN DEBIDAMENTE JURAMENTADOS Y EN POSESION DEL CARGO DE MIEM-

BROS DE JUNTA DIRECTIVA”.

En caso que alguno de los representantes electos, no estuviese presente al momento de la juramentación, éste será juramentado al inicio de la

sesión en la cual se hiciere presente.

Ausencia de representantes propietarios y sustitución

Art. 7.- Los representantes suplentes sustituirán a los propietarios en caso de ausencia temporal.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Si la ausencia fuere permanente por renuncia, destitución, muerte u otra causa; se notifi cará al sector de la Facultad que lo eligió, debiendo

elegir el sustituto en el menor tiempo posible.

CAPITULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA

Sección Primera

Conformación y atribuciones de los miembros

Conformación y ejercicio de atribuciones

Art. 8.- La JD estará conformada por el número de miembros propietarios que establece la Ley Orgánica, y los suplentes respectivos; y será

presidida por el Decano de la Facultad.

Cuando la Junta se encuentre en sesión ordinaria o extraordinaria, legalmente convocada e instalada, le corresponde el ejercicio de las atribuciones

que la Ley Orgánica y los Reglamentos, le establecen.

En todas las sesiones de la Junta, se requerirá la presencia del Secretario de la Facultad, quien asistirá con voz pero sin voto.

En caso que el Secretario de la Facultad no pudiese estar presente en una sesión, se procederá a elegir, de entre los miembros presentes, un

Secretario provisional para dicha sesión.

Atribuciones y deberes de los miembros de JD

Art. 9.- Son atribuciones y deberes de los miembros de JD, las siguientes:

a) Asistir puntualmente a las sesiones;

b) Permanecer en el salón de sesiones desde la apertura hasta el cierre de las reuniones; excepto cuando se deba representar a la Junta en otra

instancia. En el caso que un miembro tenga que retirarse deberá notifi carlo al Secretario

c) Formar parte de las comisiones especiales y permanentes;

d) Proponer puntos en la agenda a desarrollar en las reuniones de Junta;

e) Conocer y aprobar sobre la admisibilidad de toda solicitud dirigida a JD;

f) Aceptar y desempeñar las comisiones y encargos que le encomendare la JD;

g) Revisar, observar y aprobar las actas de las sesiones de JD;

h) Informar periódicamente sobre su desempeño en la JD, al sector que representa;

i) Solicitar a la Secretaría de la Facultad la constancia en acta de manera textual, de alguna participación que considere relevante;

j) Elaborar y proponer por sí, o por comisiones, los proyectos de reglamentos aplicables a la Facultad y/o la Universidad y las reformas de

los mismos;

k) Proponer que se solicite a las distintas unidades académicas y administrativas de la Universidad, la asesoría técnica que necesite la Junta

para preparar sus dictámenes o propuestas de acuerdos;

l) Solicitar a la Junta la defensa de los derechos inherentes a su calidad de miembro de la misma;

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

m) Proponer la formulación de los acuerdos correspondientes;

n) Consultar los documentos y actas sobre los temas que hayan conocido o deban conocer;

o) Las demás que señale la legislación universitaria y este Reglamento.

Atribuciones y deberes del Decano

Art. 10.- Son atribuciones y deberes del Decano, para el buen funcionamiento de la JD, las siguientes:

a) Representar nacional e internacionalmente a la JD y a la Facultad;

b) Convocar, abrir, presidir, dirigir, suspender, reanudar y cerrar las sesiones de JD;

c) Tramitar los asuntos que sean de su competencia y/o deben ser conocidos por la JD;

d) Dar los informes, explicaciones y aclaraciones necesarias para ilustrar a los miembros de JD en los puntos a tratar o que se encuentren en

discusión y hacer cualquier observación que considere pertinente;

e) Firmar las actas de JD, después que hayan sido aprobadas;

f) Conceder la palabra a los miembros de JD, respetando el orden en que lo pidan excepto cuando sea solicitado como intervención privile-

giada;

g) Evitar que se coarte el uso de la palabra de los miembros de Junta, pero llamarlos al orden cuando sus intervenciones estén fuera del punto

de discusión;

h) Hacer el resumen en términos claros y concisos de las propuestas que serán sometidas a votación, respetando el sentido de la propuesta;

i) Suspender la sesión en caso de grave perturbación del orden, desastres, catástrofe, caso fortuito o cuando las circunstancias lo ameriten;

j) Informar a la JD sobre el trabajo desarrollado en la Facultad y en los distintos organismos de gobierno Universitario;

k) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos emanados de la Junta;

l) Dar seguimiento al trabajo de las diferentes comisiones que se integran por la Junta;

m) Dar seguimiento por sí o por medio de Comisiones creadas al efecto, a los asuntos que deba conocer la Junta, así como los que quedaren

inconclusos;

n) Coordinar la transición con la JD entrante; y

o) Las demás que señalen las leyes, Reglamento General, este Reglamento y las que expresamente le encomiende la JD.

Atribuciones y deberes del Secretario

Art. 11.- Son atribuciones y deberes del Secretario de JD las siguientes:

a) Verifi car la asistencia y retiro de miembros de Junta durante las sesiones;

b) Encargarse de la tramitación de los asuntos cuyo conocimiento corresponde al mencionado organismo;

c) Dar cuenta a la JD de las notas, dictámenes, solicitudes y en general de toda clase de correspondencia que deba conocer;

d) Elaborar las actas de las reuniones de Junta y presentarlas en una próxima sesión para su aprobación;

e) Entregar a cada uno de los miembros de la Junta, copia de los proyectos a discutir con la debida anticipación;

f) Estar presente y garantizar la fi delidad de lo expresado en las actas;

g) Certifi car y tramitar los acuerdos emanados de la JD;

h) Dar seguimiento al procedimiento para la publicación y difusión del presente reglamento;

i) Solicitar toda la información que sea necesaria para el desarrollo de las sesiones de la Junta;

j) Informar a la comunidad de la Facultad sobre los acuerdos trascendentes;

k) Firmar las actas de Junta después que hayan sido aprobadas en sesión de las mismas; y

l) Las demás que le asigne la Junta.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Sección Segunda

Prohibiciones y otras regulaciones

Prohibiciones

Art. 12.- Se prohíbe a los miembros de JD:

a) Retirarse de una sesión sin haber notifi cado previamente al Secretario;

b) Propiciar o generar desorden o faltas de respeto a la JD o a cualquiera de los presentes;

c) Presionar de cualquier forma a otro miembro de JD en las deliberaciones y votaciones; y

d) Ceder sin permiso del Decano, el uso de la palabra a otra persona.

Inasistencias

Art. 13.- Si alguno de los miembros propietarios no pudiese asistir a una sesión, por motivo justifi cado, deberá excusarse con la debida anticipa-

ción.

Efectos del incumplimiento

Art. 14.- El miembro de JD que faltare a los deberes o contraríe las prohibiciones reguladas legalmente, será reconvenido por la misma JD, la

primera vez; si esta situación persistiere, se le notifi cará sobre su conducta al sector que representa.

Derechos de los suplentes

Art. 15.- Los representantes suplentes que asistan a las sesiones y que no estén integrando quórum, tendrán derecho a voz pero no a voto.

Si al instalarse una sesión, un representante suplente ha integrado el quórum en lugar del propietario, tal suplente mantendrá la calidad de pro-

pietario hasta que fi nalice la sesión.

Si el representante suplente permaneciese haciendo quórum, al menos el ochenta por ciento de la sesión, gozará de las dietas si corresponde, aún

cuando posteriormente se presentare y permaneciere en la sesión el representante propietario.

Si al momento de integrar quórum, no estuviese presente un miembro propietario, asumirá el primer representante suplente de su respectivo

sector que se presentare a la sesión.

Pago de dietas a propietarios

Art. 16.- Los Miembros propietarios de la JD que no laboren en la Universidad, y los suplentes cuando concurran en calidad de propietarios,

devengarán dietas por las sesiones a que asistan, siempre y cuando permanezca al menos el ochenta por ciento de la duración de la sesión.

El monto de las dietas será el que establezca la respectiva Ley de Salarios y en ningún caso se podrá pagar dietas por más de cuatro sesiones en

el mes.

El miembro de JD que abandonare la sesión sin la notifi cación correspondiente, perderá el derecho al pago de la dieta respectiva.

Sanción por inasistencia

Art. 17.- El representante propietario que faltare consecutivamente a tres sesiones, sin causa justifi cada, JD solicitará su reemplazo al sector que

lo eligió.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

El representante suplente que faltare consecutivamente a cinco sesiones, sin causa justifi cada, se procederá de la manera indicada para los pro-

pietarios en el inciso anterior.

En los casos señalados en los incisos anteriores, la JD previo a resolver deberá garantizar al miembro en cuestión, el derecho de audiencia y

defensa a fi n de que se presente a justifi car su inasistencia.

Sección tercera

De las comisiones

Comisiones permanentes y transitorias

Art. 18.- A propuesta del Decano y los demás miembros, y por acuerdo de la JD, se deberá crear las comisiones y subcomisiones ya sean perma-

nentes o transitorias que se consideren necesarias para dar respuesta a situaciones específi cas que se fueren presentando en el desarrollo de la gestión

de este organismo.

Integración y organización interna

Art. 19.- Las comisiones de la Junta estarán integradas por los miembros propietarios y suplentes de la JD, y nombrarán en su interior un coor-

dinador y un secretario.

El número de integrantes de cada una de las comisiones se estipulará de acuerdo con sus necesidades de trabajo, no obstante, es obligación de

todos los miembros propietarios, pertenecer al menos a una comisión permanente, y desempeñarse en la misma responsablemente. Los suplentes

podrán integrarse en la Comisión de su elección.

Atribuciones y obligaciones

Art. 20.- Las comisiones deberán elaborar dictámenes, proyectos o propuestas para su presentación a la JD.

El coordinador de la comisión rendirá informes del trabajo a la JD, cuando sea solicitado.

El Secretario de la comisión será el encargado de la correspondencia y de tomar nota del trabajo desarrollado por la comisión.

La integración y asistencia a las reuniones de las comisiones son de carácter obligatorio. En caso de inasistencia injustifi cada se aplicará el artículo

17 de este Reglamento.

CAPITULO III

PROCEDIMIENTOS Y SESIONES

Requisitos de admisibilidad de asuntos a conocer

Art. 21.- Todo asunto tramitado por persona interesada, para ser admitido y considerado en la agenda de las sesiones, debe cumplir con los

requisitos siguientes:

a) Estar considerado dentro de las atribuciones y deberes de la Junta;

b) Ser presentado por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación a la sesión de la JD;

c) Ser presentado por escrito en original y por lo menos con una copia, que le será fi rmada y sellada por la Secretaría;

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d) Estar fi rmado por el responsable o los responsables del asunto;

e) Plantear en forma clara y respetuosa el asunto que solicita; y

f) Presentar los atestados y anexos que respalden la petición.

Las peticiones imprevistas de carácter urgente que no cumplan con el literal “b” de este artículo, podrán ser incluidas en las agendas a juicio

prudencial de la JD.

De las agendas de las sesiones

Art. 22.- Los asuntos a tratar en las sesiones ordinarias de la JD, se organizarán de la forma siguiente:

a) Verifi cación del quórum;

b) Discusión y aprobación de la agenda;

c) Lectura y aprobación del acta anterior;

d) Informes;

e) Seguimientos de acuerdos;

f) Asuntos académicos;

g) Asuntos administrativos fi nancieros;

h) Asuntos jurídicos; e

i) Varios.

Para incorporar un punto no considerado en la agenda propuesta, su inclusión deberá ser solicitada por un miembro de la JD, antes de que la

agenda haya sido aprobada.

De la convocatoria

Art. 23.- La convocatoria para sesión deberá hacerse por escrito a los integrantes de JD propietarios y suplentes, por lo menos con veinticuatro

horas de anticipación a su realización. Se incluirá en la misma la propuesta de agenda a desarrollar, el acta a ser aprobada y la documentación perti-

nente.

La documentación necesaria para la discusión de los puntos agregados a la agenda, será puesta a disposición de los miembros de la JD por la

Secretaría, durante su conocimiento en la sesión.

En los casos que los asuntos a tratar requieran de mayor análisis, la documentación correspondiente deberá ser entregada a los miembros de JD,

al menos con cinco días de anticipación.

Instalación de la sesión

Art. 24.- Para iniciar una sesión de Junta, en el lugar, día y hora señalados en la convocatoria, el Secretario verifi cará el quórum y, si lo hubiere

en el número legal, el Decano la declarará abierta.

Excepcionalmente y cuando lo justifi que la urgencia con que se deba tratar algún asunto de interés de la Facultad, la JD se podrá constituir en

sesión aún sin convocatoria escrita, siempre que se reúna el número mínimo de miembros requeridos por la ley.

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Debates y uso de la palabra

Art. 25.- Los debates en la JD se regirán por el siguiente ordenamiento:

a) La sesión será dirigida por el Decano, o quien lo sustituya de conformidad a la ley;

b) El Decano, o quien lo sustituya, será auxiliado por el Secretario y por los demás miembros de JD para la buena marcha de la sesión;

c) El Decano concederá el uso de la palabra, en el orden en que haya sido solicitada;

d) Habiéndose iniciado la discusión de un punto de agenda, no se permitirá su interrupción para dar inicio a otro, mientras no se hubiere

concluido con aquél;

e) Cada miembro de la Junta podrá hacer uso de la palabra durante la discusión de un determinado asunto, hasta tres veces por punto, no

excediéndose de tres minutos cada vez; a menos que el Decano en casos especiales conceda la palabra a un miembro con más tiempo y

mayor número de veces; y

f) A las personas que no sean miembros de JD y que se les haya concedido audiencia o se les haya convocado para un asunto específi co, la

JD determinará el tiempo y el número de participaciones.

Intervenciones privilegiadas

Art. 26.- Habrá intervenciones privilegiadas, a las que se les concederá el uso de la palabra de inmediato, las cuales son:

a) Presentar una moción de orden como: Pasar el punto a una comisión, suspender la sesión, posponer la discusión, tener por sufi cientemente

discutido un punto y pasar de inmediato a la votación;

b) Retirar una moción de orden;

c) Pedir o dar información sobre el punto que se trate;

d) Contestar una alusión personal; y

e) Aclarar una propuesta.

Sanciones por desorden e irrespeto

Art. 27.- El que con expresiones injuriosas, gritos u otras acciones promueva desorden o falte al respeto a la JD y a cualquiera de sus miembros,

será acreedor de una de las siguientes sanciones:

a) Amonestación verbal;

b) Suspensión en el uso de la palabra;

c) Prohibición de utilizar la palabra el resto de la sesión; o

d) Retiro de la sala.

Dichas sanciones serán aplicadas en el acto por el Decano o por quien lo sustituya, debiendo constar en acta.

Situaciones no reguladas

Art. 28.- Para mantener el orden en el desarrollo de la sesión, o en lo que no esté normado, quedará a criterio del Decano o quien lo sustituya,

conducir la sesión de la manera más conveniente, según las normas parlamentarias.

Participaciones de carácter ilustrativo

Art. 29.- Cuando por razones de la importancia de los temas a tratar y si la JD lo estima conveniente, podrá solicitar la presencia del funcionario

que corresponda o integrante de la comunidad universitaria, y solicitar los informes y documentos técnicos que sean necesarios.

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Proposiciones y votaciones

Art. 30.- Sobre los diferentes puntos en discusión, y para efectos de tomar acuerdos, el Decano y los demás miembros de la JD podrán presentar

sus proposiciones o propuestas en forma verbal o por escrito según la complejidad del asunto, pudiendo ampliar verbalmente las razones en que fun-

damenten la moción.

Para someter a votación las diferentes proposiciones, se observarán las siguientes reglas:

a) Las proposiciones se someterán a votación en el orden en que fueren presentadas;

b) En caso de que existiere más de una propuesta y la primera sometida a votación no alcanzare en la primera votación el número de votos

necesarios para ser aprobada, se discutirá nuevamente y se someterá a votación por segunda vez. Si el resultado fuere el mismo, se desechará

y se continuará votando las siguientes propuestas, aplicando el procedimiento antes descrito;

c) Un asunto sobre el cual no se lograre obtener acuerdo, por no alcanzar ninguna de las proposiciones la votación requerida, se podrá conocer

solamente en las sesiones posteriores;

d) En las votaciones se contarán por separado los votos a favor, los votos en contra y las abstenciones;

e) Las votaciones por regla general serán públicas, y excepcionalmente secretas, si así lo decide el organismo;

f) Como consecuencia del número de miembros que conforman el Organismo, para que un acuerdo sea válido requerirá al menos cinco votos

favorables, ya sea que se trate sobre asuntos trascendentales o de asuntos corrientes.

CAPÍTULO IV

DISPOSICIONES GENERALES

Toma de posesión de funcionarios de la Facultad

Art. 31.- El Decano, en representación de la JD, tomará la protesta de ley a los funcionarios de su elección o nombramiento y les dará posesión

de sus cargos.

Competencia en lo no previsto

Art. 32.- Lo no previsto en este Reglamento sobre la materia que regula, será resuelto por la JD.

Vigencia

Art. 33.- El presente reglamento entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNIVER-

SIDAD DE EL SALVADOR, San Salvador a los veintiún días del mes de mayo de dos mil ocho.

M. SC. ROGER ARMANDO ARIAS ALVARADO LICDA. ANA MIRIAN ROBLES DE CAMPOS

DECANO REPRESENTANTE DEL SECTOR

DOCENTE

LIC. EDUARDO ANTONIO EDUARDO AYALA LIC. ROBERTO BONILLA RODRÍGUEZ

REPRESENTANTE SECTOR REPRESENTANTE DEL SECTOR PROFESIONAL

DOCENTE NO DOCENTE

BR. LUIS ANTONIO ESCOBAR M.A.E. JOSÉ CIRIACO GUTIÉRREZ CONTRERAS

REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL SECRETARIO

SECTOR ESTUDIANTIL

(Registro No. F028576)

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO No. 1.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

CONSIDERANDO:

1) Que el Costo de la vida en nuestro país es bastante crítica, por lo que la capacidad de pago de los habitantes de este Municipio y especial-mente aquellos que tienen obligaciones Tributarias a favor del Municipio de San Juan Nonualco, situación que los ha convertido en sujetos morosos de los tributos municipales;

2) Que es urgente que el gobierno municipal del municipio de San Juan Nonualco, incremente sus ingresos corrientes mediante el cobro de las tasas e impuestos municipales, con el fi n de mantener la prestación de los servicios públicos y la seguridad económica de sus habitantes, promoviendo en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos y así desminuir el índice de morosidad existentes;

3) Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes el pago de sus deudas tributarias municipales;

4) Que la autonomía de los municipios a que se refi ere el Art. 203 de la Constitución de la República es lo sufi cientemente amplia para garantizar una administración municipal que fortalezca la intervención de los ciudadanos en la vida de sus propias comunidades a través del gobierno local. La autonomía otorgada a los municipios se traduce en la facultad del gobierno municipal para regular y administrar dentro de su territorio la materia de su competencia la cual está referida concretamente al bien común local. En virtud de los argumentos expuestos por mandato constitucional y conforme lo ordena el artículo constitucional antes mencionado, los municipios son autónomos en lo económico, técnico y administrativo y precisamente en virtud de dicha autonomía es que se les concede el ejercicio de diferentes atribuciones y competencias así: una de esas facultades, es la que menciona el Art. 204 ordinal “o” de la Constitución, que se refi ere a la creación, modifi cación y supresión de tasas y contribuciones públicas (sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia: Ref. 812-99 del mes de junio de 2003).

Tenemos entonces que si la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fi scales y municipales, tasas y contribuciones especiales y además condonar el pago de intereses como se relaciona en el párrafo anterior; así mismo los municipios por medio de sus Concejos Mu-nicipales tienen la facultad de crear tasas y contribuciones públicas municipales a través de una ordenanza condonar el pago de intereses.

Lo dicho en los párrafos anteriores es una medida que toman tanto la Asamblea como los Concejos Municipales, para que los contribuyentes o responsables regularicen espontáneamente su situación de morosos en el pago de los respectivos tributos;

5) Que de conformidad con los Artículos 203, 204 ordinal 30 y 5 de la Constitución de la República y Artículos 3, 6-A, 30 número 4 y 32 del Código Municipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y lo administrativo y regularán las materias de su competencia por medio de ordenanzas municipales.

POR TANTO.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS

POR TASAS E IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO:

Art. 1.- Se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza para que los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal, que adeuden tasas e impuestos al Municipio de San Juan Nonualco, puedan acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza consistente en la exención de pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles a los con-tribuyentes.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

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a) Aquellos que, estando califi cados en el Registro de Contribuyentes del Municipio, se encuentren en situación de mora de las Tasas e Im-puestos Municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia de la presente ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas e impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta ordenanza y se sometan a la forma de pago establecida en esta ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio que reciben uno o más servicios municipales y por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

Los planes de pagos hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este benefi cio. A los contribu-yentes que ya tengan plan de pago establecido se les aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse el plazo para las obligaciones pendientes del pago al establecido en esta ordenanza.

Los contribuyentes deberán acogerse a los benefi cios de esta ordenanza, en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de su vigencia.

Los contribuyentes a los que se refi ere el literal (d) del presente artículo de los benefi cios establecidos en esta ordenanza de las cuotas pendientes de pago a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ordenanza.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza deberán solicitarlo al Departamento de Cuentas Corrientes del Municipio en un plazo no mayor de Tres Meses contados a partir de la vigencia de esta ordenanza.

Art. 4.- A los contribuyentes que al entrar en vigencia esta ordenanza, hubieren suscrito planes de pago que no excedan de seis meses o no les faltare más de seis meses, para su cumplimiento se les aplicará automáticamente el benefi cio de este Decreto, siempre y cuando estén al día en sus pagos.

Art. 5.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza los contribuyentes que realicen sus pagos de forma total o a través de pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de vigencia de esta ordenanza.

Art. 6.- Los benefi cios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el Municipio y en consecuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

La fuerza mayor o el caso fortuito deberán ser califi cados por el Concejo Municipal para que opere como excepción.

Art. 7.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de San Juan Nonualco, a uno de octubre de dos mil ocho.

RENE FRANCISCO GARCIA GABRIEL HERNANDEZ GONZALES ALCALDE MUNICIPAL SÍNDICO

JOSE EDWIN MARTINEZ ORELLANA JESUS GOMEZ PRIMER REGIDOR PROPIETARIO SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO

NOE ANTONIO AYALA ALVARADO ARNULFO ERNESTO HENRRIQUEZ H. TERCER REGIDOR PROPIETARIO CUARTO REGIDOR PROPIETARIO

ALFREDO VILLALOBOS CRESPIN JOSE ANTONIO CORNEJO QUINTO REGIDOR PROPIETARIO SEXTO REGIDOR PROPIETARIO

JOSE ANTONIO ORTIZ

SECRETARIO MUNICIPAL

(Registro No. F028436)

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

DECRETO No. 5

El Concejo Municipal de la Ciudad de El Paisnal, Departamento de San Salvador.

Considerando:

1- Que en la tabla de tasas por prestación de servicios que fue publicada en el Diario Ofi cial número 180, Tomo 368 de fecha 29 de septiembre

de 2005, y la última reforma que fue publicada en el Diario Ofi cial número 90 Tomo 375 de fecha 21 de mayo de 2007.

2- Que es necesario contemplar un rubro que permita una mejor percepción de ingresos en cuanto a Empresas o personas particulares dedicadas

al transporte colectivo de personas dentro de nuestra jurisdicción.

3- Que la Municipalidad considera reformar en el rubro servicios Municipales, literal “A” servicios de Aseo Público, en el sentido de especifi car

zonas por tratarse de volúmenes diferentes en el servicio de recolección de basura.

Por Tanto: Este Concejo, en uso de las facultades que señala el artículo 204 numeral 1° y 5° de la constitución de la República, el artículo 30

numeral 4° del código municipal y los artículos 2,5 inciso 2° y 77 de la ley General tributaria Municipal.

Decreta la siguiente reforma a la ordenanza de tasas por servicios municipales.

Art. 1.- Por tránsito y uso de calles, carreteras y caminos vecinales de la jurisdicción.

Cada mes

No. 1 Pick-up. ............................................................................................................................................................................. $1.30

No. 2 Autobus ............................................................................................................................................................................. $ 3.12

No. 3 Microbús ........................................................................................................................................................................... $ 1.50

No. 4 Rep. de bicicleta ................................................................................................................................................................ $ 1.95

ASEO PÚBLICO

Refórmase el literal “A” Numerales. 1, 2, 3

Cada mes

No. 1 Recolección de basura por inmueble en el área urbana .................................................................................................... $ 0.61

No. 2 Recolección de basura por inmueble en el área rural........................................................................................................ $ 1.25

No. 3 Recolección de basura en predios baldíos en el área urbana ............................................................................................ $ 0.61

Art. 2.- Adiciónase al literal “E” en el rubro Registro Familiar.

REGISTRO FAMILIAR

No. 1 Diligencias Matrimoniales previo al matrimonio ............................................................................................................. $ 2.00

No. 2 Reconocimiento de hijos en el acto matrimonial realizado en esta comuna c/u............................................................... $ 1.84

Art. 3.- La Presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los dos días del mes de octubre de dos

mil ocho.

JOSÉ HÉCTOR LARA ZAMORA,

ALCALDE MUNICIPAL.

MARIO DE JESÚS PALMA ALFARO, JAIME IVÁN GUZMÁN SOSA,

SÍNDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.

JOSÉ ELÍAS ZEPEDA URÍAS, GUADALUPE ALDANA FLORES,

SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO. TERCERA REGIDORA PROPIETARIA.

SALVADOR MALDONADO CHACÓN, CARLOS ALBERTO MARTÍNEZ SALES,

CUARTO REGIDOR PROPIETARIO. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.

RUFINO MONRROY SALAZAR, SONIA DUBÓN BONILLA,

SEXTO REGIDOR PROPIETARIO. PRIMERA REGIDORA SUPLENTE.

CARLOTA DEL CARMEN MANCÍA A., NORMA MARICLÉ RIVAS DE TEJADA,

SEGUNDA REGIDORA SUPLENTE. TERCERA REGIDORA SUPLENTE.

MARTA ALICIA PERDOMO DE RAMOS, VICTOR MANUEL NIETO DUGÓN,

CUARTA REGIDORA SUPLENTE. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F028466)

DECRETO No. 5

El Concejo Municipal de la Ciudad de Ilopango,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios

Aledaños, al Reglamento de dicha Ley y al Acuerdo de Creación de la Ofi cina de Planifi cación del Área Metropolitana de San Salvador

(OPAMSS), corresponde a ésta dar curso legal a los trámites de control del desarrollo que se realiza en el Área Metropolitana de San Sal-

vador (AMSS) y los municipios aledaños;

II. Que la Ofi cina de Planifi cación del Área Metropolitana de San Salvador, es un organismo técnico descentralizado creado por el Consejo de

Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador (COAMSS), ratifi cada por cada uno de los Concejos Municipales del AMSS y reconocida

por la Ley;

III. Que de conformidad al Art. 12 de los Estatutos reformados de la OPAMSS, sus recursos proceden de los aportes a que se obligan los muni-

cipios del AMSS, y para tal fi n se han establecido tasas aprobadas por los respectivos Concejos Municipales, con el propósito de fi nanciar

los servicios que la OPAMSS presta en el área de coordinación y control del desarrollo urbano del AMSS;

IV. Que los actuales requerimientos fi nancieros y técnicos de la OPAMSS exigen una actualización del sistema de tasas vigentes desde el año

2001, acordes al constante incremento de la tasa de infl ación y a la efi ciencia en la prestación de servicio, que permitan cubrir sus gastos

de funcionamiento y operación;

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales, el artículo 30 numeral 4 del Código Municipal y los Artículos 2, 5 y 77 de la Ley General Tributaria

Municipal, DECRETA la siguiente: REFORMA A LA ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA OFICINA DE PLA-

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

NIFICACIÓN DEL ÁREA METROPOLITANA DE SAN SALVADOR; emitida por Decreto No. 6, de fecha 30 de mayo de 2001, publicado en el

Diario Ofi cial No. 113, Tomo 351, de fecha 18 de junio de 2001, en la forma siguiente:

Art. 1.- Refórmese y amplíese el Art. 2.-de la presente Ordenanza en el sentido siguiente:

a) Para construcciones y parcelaciones habitacionales en general:

SERVICIO TASA UNIDAD

Califi cación de Lugar $ 0.034 M² del área total del terreno

Línea de Construcción $ 0.057 M² del área total del terreno

Factibilidad de drenajes A. LL. $ 0.046 M² del área total del terreno

Revisión Vial y Zonifi cación $ 0.091 M² del área total del terreno

Revisión de planos para otorgamiento:

Permiso de Construcción y/o reparación,

remodelación, reconstrucción hasta 25 M2 $ 11.43 Tasa Única

Permiso de Construcción y/o reparación,

remodelación, reconstrucción mayor de 25 M2 $ 0.46 M² del área total construcción

Permiso de Construcción para muros y tapiales $ 0.46 M² de Pantalla

Permiso de Urbanización $ 0.29 M² del área total del terreno

Recepción de Obras de Construcción $ 0.46 M² del área total construcción

Recepción de Obras de Urbanización $ 0.29 M² del área total del terreno

b) Para la construcción y/o parcelación de desarrollos habitacionales de tipología unifamiliar y Régimen de condominio con área de lote de

hasta 62.50 M2 (popular) para la primera y área construida de hasta 36.00 M2 (popular) la segunda, se cobrarán las tasas que a continuación

se detallan:

SERVICIO TASA UNIDAD

Califi cación de Lugar $ 0.017 M² del área total del terreno

Línea de Construcción $ 0.029 M² del área total del terreno

Factibilidad de drenajes A. LL. $ 0.028 M² del área total del terreno

Revisión Vial y Zonifi cación $ 0.046 M² del área total del terreno

Revisión de planos para otorgamiento:

Permiso de Construcción y/o reparación,

remodelación, reconstrucción hasta 25 M2 $ 8.57 Tasa Única

Permiso de Construcción y/o reparación,

remodelación, reconstrucción mayor de 25 M2 $ 0.34 M² del área total de Construcción

Permiso de Construcción para muros y tapiales $ 0.34 M² de Pantalla

Permiso de Urbanización $ 0.17 M² del área total del terreno

Recepción de Obras de Construcción $ 0.34 M² del área total de Construcción

Recepción de Obras de Urbanización $ 0.17 M² del área total del terreno

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

c) Para construcciones y parcelaciones no habitacionales:

SERVICIO TASA UNIDAD

Califi cación de Lugar (Hasta 300.00 M2) $ 34.29 Tasa Única

Califi cación de lugar (Más de 300.00 M2) $ 0.11 M² del área total del terreno

Línea de Construcción (hasta 300.00 M2) $ 34.29 Tasa Única

Línea de Construcción (más de 300.00 M2) $ 0.11 M² del área total del terreno

Factibilidad de Drenaje A. LL/ $ 0.11 M² del área total del terreno

Revisión Vial y Zonifi cación (hasta 300.00 M2) $ 51.43 Tasa Única

Revisión Vial y Zonifi cación (más de 300.00 M2) $ 0.17 M² del área total del terreno

Revisión de planos para otorgamiento:

Permiso de Construcción y/o reparación,

remodelación, reconstrucción hasta 25 M2 $ 14.29 Tasa Única

Permiso de Construcción y/o reparación,

remodelación, reconstrucción mayor de 25 M2 $ 0.57 M2 del área total de construcción

Permiso de Construcción de muros y tapiales $ 0.57 M2 de Pantalla

Permiso de Obras de Urbanización $ 0.34 M2 del área total del terreno

Recepción de obras de construcción $ 0.57 M2 del área total de construcción

Recepción de obras de Urbanización $ 0.34 M2 del área total del terreno

Permiso de Construcción de pasarelas $ 114.29 Tasa Única

Recepción de Obras de Construcción de pasarelas $ 114.29 Tasa Única

d) Tasas para vallas, antenas y/o torres de telecomunicaciones de la siguiente manera:

SERVICIO TASA UNIDAD

Califi cación de Lugar $ 80.00 Tasa única

Línea de Construcción $ 34.29 Tasa única

Revisión de planos para otorgamiento:

Permiso de construcción $ 228.57 Tasa única

Recepción de obras de Construcción $ 285.71 Tasa única

e) Otros Servicios:

SERVICIO TASA UNIDAD

Certifi caciones de trámites previos

u otro documento (sin plano) por hoja $ 17.14 Tasa única

Fotocopia simple de trámites

previos (sin plano) por hoja $ 10.00

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

Certifi caciones de permisos (por hoja) $ 22.86 Unidad

Fotocopia de plano de permisos (por hoja) $ 15.00

Reposiciones de permisos (por hoja) $ 57.14 Tasa única

Reconsideraciones de resoluciones

de trámites previos (Línea de Construcción,

Califi cación de Lugar, Revisión Vial y Zonifi cación) 50% De la tasa vigente por el área del terreno

Modifi caciones a permisos

(Urbanización, construcción y Legalización) 200% De la tasa vigente por el área a modifi car

Revalidación de Factibilidad de A. LL 50% De la tasa vigente por el área del terreno

Constancia de no afectación $ 17.14 Unidad

Licencia del constructor (5 años) $ 17.14 Unidad

Inspección de campo y/o respuesta escrita a

solicitud del interesado $ 11.43 No aplica para

Resoluciones inmediatas con previa

evaluación técnica 200% De la tasa Vigente

Art. 2.- Refórmese y modifíquese el Art. 3.- de la presente Ordenanza en el sentido siguiente:

Art. 3.- Las tasas de todos los trámites para Proyectos Califi cados de Interés Social, deberán ser cobradas a razón de $0.011 por M² del Área

total del terreno o de la construcción, según el trámite. Estos proyectos deberán ser coordinados y/o ejecutados a través de la Alcaldía Municipal de

Ilopango y ser califi cados de Interés Social mediante Acuerdo Municipal que para tal efecto emita el Concejo Municipal.

Art. 3.- Refórmese y amplíese el Art. 5.- de la presente Ordenanza en el sentido siguiente:

Art. 5.- Para impulsar el desarrollo local en lo relativo a la legalización de las lotifi caciones habitacionales desarrolladas en terrenos privados sin

autorización previa, antes del año 1992 y los asentamientos formados en terrenos de propiedad municipal, se designa a la Ofi cina de Planifi cación del

Área Metropolitana de San Salvador -OPAMSS-, para dar el servicio de legalización respectivo.

El servicio que presta la OPAMSS, en el área de coordinación y control del desarrollo urbano y de la construcción para la legalización a que se

refi ere el inciso anterior, es el trámite de legalización y se cobrará a razón de $ 0.011 por M2 del área total del terreno, en los asentamientos formados

en terrenos municipales y $ 0.11 por M2 del área total del terreno, para la legalización de lotifi caciones desarrolladas en terrenos privados antes del

año 1992.

Art. 4.- Refórmese el Art. 6.- de la presente Ordenanza en el sentido siguiente:

Art. 6.- Las constancias de no-afectación tendrán vigencia de un año a partir de la fecha de otorgamiento.

Art. 5.- Las presentes Reformas a la Ordenanza entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Ilopango, a los Diez días del mes Septiembre de dos mil ocho.-

Licda. Ana Daisy Cruz de García, Sr. Francisco Antonio Mata,

Alcaldesa Municipal. Síndico Municipal.

Licda. Teresa de Jesús Alfaro Barahona,

Secretaria Municipal.

(Registro No. F028570)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL COMUNIDAD NUEVA ESPERANZA 2, CANTON

SAN NICOLAS LEMPA, MUNICIPIO DE TECOLUCA, DE-

PARTAMENTO DE SAN VICENTE.

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION Y DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asocia-

ciones comunales e Intercomunal del Municipio de Tecoluca, por estos

Estatutos, El reglamento interno, el reglamento para la Administración

y Manejo del Sistema de Agua y demás disposiciones aplicables y se

denominará ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL COMU-

NIDAD NUEVA ESPERANZA 2, que en lo sucesivo de estos Estatutos

se llamará “Asociación”, tendrá su domicilio legal en el Cantón San

Nicolás Lempa, Municipio de Tecoluca, Departamento de San Vicente,

y desarrollará sus Actividades en la comunidad.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA Y OBJETO.

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,

de carácter democrático, no religiosa y tendrá por objetivos los siguien-

tes:

a) Motivar y participar en el estudio y análisis de los problemas

y necesidades de la comunidad;

b) Impulsar y motivar la búsqueda de soluciones, gestión y

ejecución de proyectos que contribuyan el desarrollo de la

Comunidad.

c) Fomentar el espíritu de colaboración principalmente de los

miembros de la Asociación, en el desarrollo de los planes y

proyectos de la misma;

d) Velar porque los proyectos aprobados se cumplan en los

términos establecidos por la legislación atinente;

e) Velar por el mejoramiento de los servicios de agua, mediante

la administración y manejo efi ciente del sistema de agua;

f) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo local

y regional, así como colaborar con la ejecución de los mismos,

específi camente cuando se trate de proyectos que conlleven

el benefi cio directo de los habitantes de la comunidad;

g) Gestionar y canalizar los recursos fi nancieros y tecnológicos

que posibiliten el desarrollo de programas y proyectos enca-

minados a la solución de necesidades, de la comunidad.

h) Las demás que establezca Ordenanza Municipal Reguladora

de las Asociaciones comunales e Intercomunal del Municipio

de Tecoluca.

SIMBOLOGIA

Art. 3.- Esta Asociación tendrá como distintivo un sello de forma

circular en el centro se lee Comunidad Nueva Esperanza 2, San Nicolás

Lempa y alrededor Asociación de desarrollo comunal Nueva Esperanza

2, Tecoluca, San Vicente.

PLAZO

Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin

embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas

previstas en la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asociaciones

Comunales e Intercomunal de Tecoluca y estos Estatutos.

CAPITULO III

DE LA DIRECCION

Art. 5.- La dirección de la Asociación estará a cargo de la Asam-

blea general y la Junta Directiva. La administración corresponderá al

Tesorero(a) o a quien designe la junta directiva.

CAPITULO IV

DE LOS ASOCIADOS CLASES DE SOCIOS

Art. 6.- Habrá dos clases de socios:

a) Socios activos

b) Socios honorarios

Los Socios Activos son todas aquellas personas que hayan con-

currido a constituir la Asociación como fundadores, y los que ingresen

posteriormente en la forma que establecen estos estatutos.

Los socios Honorarios serán aquellas personas naturales o jurídicas

que no perteneciendo a la Asociación, hayan realizado una destacada labor

o brindado una ayuda signifi cativa a la Asociación y que la Asamblea

General les otorgue la calidad de tales.

REQUISITOS PARA SER SOCIO ACTIVO

Art. 7.- Para ser asociado Activo deberán llenarse los siguientes

requisitos:

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

a) Ser mayor de 18 años de edad;

b) Residir en la comunidad;

c) Tener voluntad de trabajar por el desarrollo de la comuni-

dad.

Art. 8.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán llenar

una hoja de Afi liación que la junta directiva dirija, en la que manifi esten

su voluntad de pertenecer a la Asociación y cumplan con los requisitos

establecidos en el Art. anterior.

La junta Directiva comprobará que los datos contenidos en la hoja

de afi liación sean correctos; si así fuere, procederá a incorporar al inte-

resado quien será juramentado en presencia del pleno de la Asamblea.

DEL REGISTRO DE LOS ASOCIADOS

Art. 9.- La Asociación deberá contar con un registro de Asociados

en la cual habrá una sección para Activos y otra para Honorarios.

En cada asiento se indicará el nombre y las generales del suscrito:

Edad, Residencia, Documento Único de Identidad Personal, u otro do-

cumento de identifi cación, fecha de ingreso, y otros que la asociación

establezca.

DE LAS FACULTADES O DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.

Art. 10.- Serán facultades o derechos de los asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de asambleas

generales;

b) Presentar en las Asambleas Generales mociones y sugerencias

encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo

de la Asociación;

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación presentando su

justifi cación a la Asamblea General;

d) Proponer y ser electo para cargos en la Junta Directiva;

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre

el funcionamiento y los proyectos de la Asociación;

f) Aceptar o rechazar cualquier comisión ya sea para gestionar

o realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación;

y

g) Todos los demás que le confi eran estos estatutos, el Reglamento

Interno y el Reglamento para la Administración y Manejo del

Sistema de Agua.

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS.

Art. 11.- Serán deberes u obligaciones de los asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados;

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Gene-

ral;

c) Ser mayor de 18 años de edad, acatar las disposiciones de

la Asamblea General y la Junta Directiva, siempre que estén

relacionadas con los objetivos de la Asociación; y

d) Estar solvente con las cuotas mensuales aprobadas por la

Asamblea General y con las cuotas mensuales del servicio

de agua.

Art. 12.- La calidad de Asociados se perderá por retiro voluntario

expulsión o muerte.

Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.

Será expreso cuando el Asociado lo solicite por escrito o verbalmente

a la Asamblea General; y tácito cuando el Asociado cambie defi niti-

vamente su residencia a otro lugar que no pertenezca a la Comunidad

o cuando se ausente por un periodo de tres meses y sin expresión de

motivo o causa.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados

de la misma, según las causales siguientes:

a) Mala conducta que ocasionare perjuicio a la Asociación o a

la Comunidad en general;

b) Abandonar sin motivo justifi cado el desempeño de los cargos

de elección o comisiones que le hubieren encomendado la

Asamblea General con la Junta Directiva, siempre que éstos

hubieren sido aceptados,

c) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación

para si o terceros;

d) Incumplimiento de las leyes, ordenanzas, reglamentos,

estatutos y disposiciones de Asamblea General y Junta Di-

rectiva, siempre que estén relacionados con los objetivos de

la Asociación.

Art.: 15.- Cuando un Asociado incurre en cualquier de las causales

de expulsión establecidas, la Junta Directiva podrá acordar su expulsión.

El Asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la misma Junta

Directiva quien deberá dar su fallo defi nitivo a los tres días después de

haber recurrido el Asociado.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

De todo esto se hará un informe que se leerá en Asamblea General para

su resolución fi nal.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 16.- La Asamblea General estará constituida por todos los

Asociados Activos, inscritos en el Registro de la Asociación y será la

máxima autoridad.

Art. 17.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria

o extraordinaria.

a) Serán ordinarias las reuniones de Asambleas cuando se reali-

cen en las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones

se tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que

propongan los Asociados.

b) Serán Extraordinarias las reuniones de Asamblea General

al celebrarse éstas en fechas distintas, para tratar los puntos

específi cos para los cuales hubiere sido convocada. Las dis-

cusiones y decisiones que se tomaren en relación a los puntos

no incluidos en la convocatoria no tendrán validez.

Art. 18.- Las reuniones de Asamblea General Ordinaria deberán

celebrarse una vez cada mes y extraordinariamente cuando sean con-

vocadas por la Junta Directiva a iniciativa propia o petición de por lo

menos la mitad de los Asociados.

Art. 19.- Las convocatorias para reuniones Ordinarias de Asamblea

General las hará la Secretaria de la Junta Directiva por medio de avisos,

siendo el primero con cinco días de anticipación a la fecha indicada, si la

sesión no se celebrase el día y la hora señalada en la convocatoria por la

falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria

dentro de los tres días siguientes y las resoluciones se tomarán con los

votos de las tres cuartas partes del quórum establecido.

Art. 20.- Las convocatorias conservarán el día, lugar y hora en

que habrá de celebrarse la Asamblea General y en caso de reunión Ex-

traordinaria deberá incluirse la agenda propuesta. Una segunda, según

el procedimiento establecido en el artículo anterior.

Art. 21.- Las disposiciones en reunión Ordinaria o Extraordinarias

de Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con la mitad

más uno de los votos a favor.

Art. 22.- Son atribuciones de la Asamblea General.

a) Elegir a los socios de la Junta Directiva;

b) los informes de trabajo, aprobar o denegar el estado fi nanciero

de la Asociación;

c) Destituir por causas justifi cadas y legalmente comprobadas

a los miembros de la Junta Directiva en pleno y elegir a los

sustitutos de conformidad a lo que prescriben la Ordenanza

Municipal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo

Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca y estos

Estatutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

nientes con el objeto de llevar una sana administración a la

Asociación;

e) Aprobar los Estatutos, Plan de trabajo, Reglamento Interno,

Reglamento para la Administración y Manejo del Sistema de

Agua y el respectivo presupuesto de la Asociación;

f) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios;

g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Ordenanza Municipal

Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e

Intercomunal del Municipio Tecoluca, el Reglamento Inter-

no de la Asociación, Reglamento para la Administración y

Manejo del Sistema de Agua y demás que se dicten para el

buen desarrollo de la comunidad; y

h) Las demás que establezcan la Ordenanza Municipal

Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e

Intercomunal del Municipio de Tecoluca.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 23.- La Junta Directiva será integrada con los siguientes

cargos:

a) Presidente(a)

b) Vicepresidente(a)

c) Secretario(a)

d) Tesorero(a)

e) Síndico(a)

f) Tres vocales

Art. 24.- Serán atribuciones de la Junta directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos;

b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-

ciones de Asamblea General;

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

c) Hacer la califi cación previa en casos de retiro voluntario y

expulsión de los asociados tal como en caso de destitución

individual de los mismos de la Junta Directiva;

d) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los

bienes de la Asociación, así como velar porque se empleen

en forma optima y procurar que se incrementen los activos

de la misma;

e) Presentar la memoria anual de labores, el informe de ejecución

presupuestaria, el plan de trabajo y el respectivo presupues-

to;

f) Velar porque se cumplan el presupuesto anual que la Asamblea

General haya aprobado para el ejercicio correspondiente;

g) Coordinar e impulsar las actividades de benefi cio para la

comunidad;

h) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos;

i) Constituir comités de apoyo de la Asociación para impulsar

el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la

misma;

j) Mantener relaciones con Organismos del Estado, la Munici-

palidad y entidades privadas, con el objeto de buscar el apoyo

de las mismas para los proyectos de la Asociación;

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes u obligaciones de los

Asociados;

l) Proponer a la Asamblea General los miembros que ejercerán

las funciones en el Comité Administrador de Agua para su

aprobación o no.

m) Todas las demás atribuciones que se le señalen estos Estatutos,

las Leyes de la República. y las que establezca la Ordenan-

za Municipal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo

Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca.

Art. 25.- La Junta Directiva celebrará Sesión Ordinaria una vez

al mes y Sesión Extraordinaria cuando sea necesario a solicitud del

Presidente o de tres o más miembros de la misma.

Art. 26.- Las resoluciones de Junta Directiva serán aprobadas por

lo menos por cinco de sus miembros; en caso de empate, el presidente

o quien lo represente tendrá voto de calidad.

Art. 27.- El periodo de función de los cargos de la Junta Directiva,

serán de dos años a partir de la fecha en que tomen posesión de sus cargos.

La elección de los Miembros de la Junta Directiva se realizará quince

días antes de que concluya el periodo para el que han sido electos, en

sesión de Asamblea General Extraordinaria, por mayoría simple y ante

la presencia de un Miembro del Concejo Municipal de Tecoluca.

Art. 28.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos

para ocupar el mismo cargo en forma alterna, por periodo igual.

Ningún asociado podrá ser elegido para integrarla, por tres periodos

consecutivos.

Art. 29.- Para ser directivo se requiere tener 18 años de edad, así

el Presidente, El Síndico y Tesorero, quienes deberán ser mayores de

18 años.

Art. 30.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indi-

vidualmente por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio

de sus funciones. La destitución individual procederá después de tres

amonestaciones por faltas leves; y la primera cuando se trata de falta

grave.

Art. 31.- Serán faltas leves.

a) Falta de espíritu de servicio y unidad;

b) Inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Junta

Directiva y Asamblea General;

c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones designadas, así

como durante el desarrollo de las sesiones de Junta Directiva

o Asamblea General.

Art. 32.- Se considera falta grave cuando se compruebe

fehacientemente que la afi liación de un directivo es perjudicial a los

bienes a la comunidad.

Art. 33.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar legalmente a la Asociación en forma conjunta

con el Síndico.

b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General

orientando sus debilidades;

c) Coordinar las actividades que realicen los diferentes Miembros

de la Junta Directiva como los Comités.

d) Firmar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar

los informes correspondientes;

e) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los Aso-

ciados en las Asambleas que se celebren;

f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o en Junta Directiva;

g) Gozar del voto de calidad al existir empate en las diferentes

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Asambleas o reuniones que se realicen al momento de tomar

decisiones;

h) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos, el

Reglamento Interno, Reglamento para la Administración y ma-

nejo del Sistema de Agua, Ordenanza Municipal Reguladora

de las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Municipio

de Tecoluca, y las demás leyes de la República en virtud de

su cargo.

Art. 34.- Son atribuciones del vicepresidente:

a) Sustituir el presidente en caso de muerte, enfermedad o retiro

temporal hasta que sea elegida la persona que le sustituirá.

b) Asistir al presidente en el desarrollo de sus funciones;

c) Velar porque se cumplan los acuerdos tomados en Asamblea

General y Junta Directiva.

Art. 35.- Son funciones del Secretario de Actas;

a) Manejar el libro de Actas en el que hace constar las actuaciones

de Asociación;

b) Guardar los libros correspondientes y demás documentos

confi ados a su cuidado;

c) Llevar en orden y actualizado el libro de Registro Asocia-

dos;

d) Dar lectura al acta correspondiente, y demás documentos que

solicite el Presidente de la Junta Directiva;

e) Remitir la nómina de los Miembros electos de la Junta Directiva

y socios de nuevos ingreso al Registro de las Asociaciones

Comunales.

Art. 36.- Son atribuciones del Tesorero.

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes

muebles e inmuebles propiedad de la Asociación;

b) Llevar los registros de control de ingreso y egresos de la

Asociación;

c) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-

ción adecuada de los recursos económico así como efectuar

los pagos de las obligaciones de ésta;

d) Autorizar con su fi rma, junto con la del presidente, el movi-

miento de las cuentas bancarias que tenga la Asociación;

e) Gestionar que se hagan efectivos en forma rápida los créditos

concedidos a la Asociación;

f) Rendir informes mensuales a la Junta Directiva o cuando ésta

lo requiera, al igual que la Asamblea General, o la Alcaldía

de Tecoluca, acerca del estado fi nanciero de la Asociación;

g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe tri-

mestral y anual del Estado Financiero de la Asociación;

h) Todas las demás atribuciones que le señale estos estatutos,

el Reglamento Interno, Reglamento para la Administración

y Manejo del Sistema de Agua, la Ordenanza Municipal

Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e

Intercomunal del Municipio de Tecoluca y las demás leyes

de la República en virtud de su cargo.

Art. 37.- Son atribuciones del Síndico de la Asociación, tendrá a

cargo la Representación Judicial y Extrajudicial de la misma, función

que ejecutará en forma conjunta o separadamente con el Presidente de

la Junta Directiva.

Art. 38.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de la Orde-

nanza Municipal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal

e Intercomunal del Municipio de Tecoluca, así como de estos Estatutos,

el Reglamento Interno y demás acuerdos tomados en Asamblea General

o en Junta Directiva.

Art. 39.- Son atribuciones de los vocales

a) Asistir a todas las reuniones de la Junta Directiva, con derecho

a voz y voto

b) Sustituir a los miembros de la Junta Directiva de la asociación

en todas sus funciones en los casos de ausencia o impedimento

temporal o defi nitivo;

c) Colaborar con las actividades que sean solicitadas por el Pre-

sidente, Vicepresidente, el secretarios y Síndico, siempre y

cuando dichas actividades estén dentro de su capacidad y

alcance de la realización de las mismas;

d) Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatutos, el

Reglamento Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora de

las Asociaciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del

Municipio de Tecoluca y las demás leyes de la República.

CAPITULO VII

DEL COMITÉ ADMINISTRADOR DE AGUA

CONSTITUCION Y COMPETENCIA

Art. 40.- El Comité Administrador de Agua será el que se encar-

gará de administrar el sistema de servicio de Agua en la Comunidad

mencionada en el artículo uno de estos estatutos, en coordinación con

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la Junta Directiva de la Asociación.

El comité funcionará en íntima coordinación con la Junta Directiva, la

que supervisará su buen funcionamiento.

El comité Administrativo de Agua estará integrado por miembros pro-

pietarios y suplentes, que serán propuestos por la Junta Directiva para

que la Asamblea General los ratifi que o desapruebe y el caso de ser

ratifi cado será para un periodo de dos años.

CREACION DE REGLAMENTOS

Art. 41.- Se creara un Reglamento “Reglamento para la Admi-

nistración y Manejo del Sistema de Agua”, el que además regulará las

facultades, funcionamiento del Comité Administrativo de Agua y todo

lo relacionado con la Administración del Sistema para su buen funcio-

namiento.

CAPITULO VIII.

DEL PATRIMONIO.

Art. 42.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de sus afi liados de cualquier clase que sean apro-

bados por la Asamblea General;

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-

tes;

c) Los ingresos prevenientes de toda actividad realizada para

recaudar fondos para la Asociación;

d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan

con la Administración de las mismas, así como las provenientes

de donaciones, herencias y legados.

Art. 43.- El presidente y el Tesorero, tendrá que responder perso-

nalmente y solidariamente por los movimientos de cuentas bancarias de

la Asociación, cuando se excedan de los límites de su cargo.

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA.

Art. 44.- Los Miembros integrantes de la Junta Directiva tendrán

la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres meses a la

Asamblea General.

CAPITULO X

DE LA MODIFICACION DE ESTATUTOS.

Art. 45.- La modifi cación de los Estatutos podrá acordarse en

Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de

todos los afi liados de la Asociación.

Art. 46.- Tendrán iniciativa para solicitar la modifi cación de los

Estatutos la Asamblea General y la Junta Directiva. En primer caso

corresponderá a la mitad más uno de los afi liados activos presentar su

petición por escrito a la Junta Directiva, y en el segundo caso la Junta

directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General.

CAPITULO XI

DE LA DISOLUSION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 47.- Esta Asociación Comunal podrá disolverse mediante

acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria; a dicha sesión

deberán asistir por lo menos las dos terceras partes de sus afi liado.

Art. 48.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-

tes:

a) Por la disminución del número de sus afi liados en un cincuenta

por ciento del mínimo establecido por la Ordenanza Munici-

pal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal

del Municipio de Tecoluca y el Código Municipal, para su

constitución;

b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue

constituida;

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos le-

gales; Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias

a la democracia, Orden pública, a la moral o a las buenas

costumbres.

Art. 49.- Acuerdo de disolución debe tomarse por mayoría absoluta

de los afi liados asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser comunicado

a los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado, remitiéndose

además una certifi cación del acta respectiva.

Art. 50.- Al disolverse la Asociación, deberá integrase una comisión

liquidadora que estará integrada por dos delegados Municipales y por dos

representantes de la Asamblea quienes quedarán electos en la Asamblea

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General Extraordinaria convocada a efecto de disolución: sino fueren

electos se procederá a la liquidación con los dos delegados Municipales;

disponiendo dicha comisión de noventa días para liquidarla.

Art. 51.-Junta Directiva de la Asociación en proceso de la liqui-

dación está Obligada a poner a disposición de la Comisión liquidadora

todos los libros y documentos y rendir informes y explicaciones que le

soliciten.

Art. 52.- La Comisión liquidadora una vez concluida su trabajo

remitirá al Concejo Municipal para su aprobación, los documentos

pertinentes y un informe detallado de su gestión.

DISPOSICIONES GENERALES

Art.53.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u ob-

tenerlos de otra fuente como aportes, donaciones, préstamos, etc. Para

llevar a cabo sus programas y proyectos, estando obligados a informar

a la Alcaldía Municipal de Tecoluca el origen de los recursos.

Art. 54.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer

constar sus actuaciones, foliados y sellados con una razón de apertura

que contendrá el objeto del libro, número de folios fi rmados y sellados

por la Alcaldía Municipal de Tecoluca, terminado el libro o los libros

se pondrá una razón de cierre que fi rmará y sellará la misma Alcaldía.

Art. 55.- Los cargos de la Junta Directiva son ad-honores, sin

embargo cuando un miembro de la Junta Directiva o Asociado trabaje

en Actividades a tiempo completo o particulares y eventuales para la

Asociación podrá cobrar una retribución convencional o cuando el

volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten.

Art. 56.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuenta circunstan-

ciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre sus Actividades

realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.

El informe al que se refi ere el inciso anterior deberá ser rendido por

escrito, fi rmado y sellado por todos los miembros de la Junta Directiva

saliente sobre las Actividades realizadas y pendientes durante la gestión

administrativa.

Art. 57.- Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después

de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE TECOLUCA,

CERTIFICA: Que en el Acta No. 20 del día 25 de septiembre de

2008, del libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva

durante el presente año, se encuentra asentado el Acuerdo que literalmente

dice:

ACUERDO NUMERO QUINCE.- Vistos los Estatutos de la Asociación

de Desarrollo Comunal Comunidad Nueva Esperanza Dos: Cantón San

Nicolás Lempa, del Municipio de Tecoluca: departamento de San Vi-

cente, que consta de Cincuenta y siete (57) Artículos y no encontrando

en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al

orden público ni a la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de

Desarrollo Comunales e Intercomunal del Municipio de Tecoluca y de

conformidad a los Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Munici-

pal vigente, este Concejo, ACUERDA: Aprobar los CINCUENTA Y

SIETE artículos que conforman los Estatutos de la ASOCIACIÓN DE

DESARROLLO COMUNAL COMUNIDAD NUEVA ESPERANZA

DOS: CANTÓN SAN NICOLÁS LEMPA DEL MUNICIPIO DE

TECOLUCA: DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE y le confi ere el

carácter de personería jurídica.

Dado en la Alcaldía Municipal de Tecoluca, a las nueve horas del

día veinticinco de septiembre de dos mil ocho.- COMUNIQUESE.-

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CON-

FRONTO y para los usos legales correspondientes, dado en la Alcaldía

Municipal de Tecoluca, al primer día del mes de octubre de dos mil

ocho

SR. SIMON ANTONIO AMAYA,

ALCALDE MUNICIPAL.

SRITA. ANA MERCEDES BELLOSO RAMIREZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F028455)

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL: CASERIO PIE DE LA CUESTA CANTÓN

SAN FRANCISCO, JURISDICCIÓN DE LA CIUDAD

DE SAN ISIDRO, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS.

CAPITULO UNO

DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO, FINES

Y METAS.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales

aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el

desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural

y económicos y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal: Ca-

serío la Pie de la Cuesta, Centro Jurisdicción de la ciudad de San Isidro,

Departamento de Cabañas.

La cual podrá abreviarse: ADESCOPIC que en los presentes

Estatutos se llamará la Asociación.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en Ordenanzas y Reglamentos Municipales, Ley del Desarrollo

Comunal y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Caserío Pie de la

Cuesta, Cantón San Francisco, Jurisdicción de la ciudad de San Isidro,

Departamento de Cabañas.

Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son de carácter general:

Son Fines Generales:

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación,

salud y economía, la obra física será considerada como un

medio de proyección y que la Asociación aprovechará para

el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus

Miembros y todos los habitantes de la Comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación

promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,

con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación

Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-

mente con el Concejo Municipal, otros organismos guberna-

mentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas

jurídicas que participan en programas y proyectos de benefi cio

Comunal.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al

Plan de Trabajo, aprobado por la Alcaldía Municipal de la ciudad de San

Isidro, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su formación

integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía la

salud y el deporte; incentivando la democratización factor indispensable

para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será producto del

esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las Instituciones

Estatales, Empresa privada e Instituciones Internacionales, la Asociación

se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y

largo plazo lo siguiente:

1- Cambio de tubería de proyectos de agua.

2- Empedrado y fraguado de calle principal de nuestra Comu-

nidad.

3- Gestionar predio para Casa Comunal.

4- Gestión de proyecto de construcción para casa Comunal.

5- Proyecto de Mejoramiento de Vivienda.

6- Proyecto de apertura de calle.

CAPITULO DOS.

DE LOS SOCIOS.

Art .6.- La calidad de los socios será:

ACTIVOS Y

HONORARIOS.

Todos deben ser mayores de dieciocho años.

a) Son Socios Activos: Todas las personas que reúnen los requi-

sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los

límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades

colindantes inmediatas, que hayan residido en este lugar por

un período no menor de un año.

b) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la

Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta

Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos

personales y relevantes servicios prestados a la Asociación

o Comunidad.

Art. 7.- Los Socios Honorarios, gozarán de los derechos que la

Asamblea General les otorgue.

CAPITULO TRES.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 8.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

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Art. 9.- La Asamblea General será el máximo Organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de Socios Activos, pudiendo haber representación de Socios; pero cada Socio, no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- En la Asamblea General Ordinariamente, dos veces al año con intervalos de seis meses, y Extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez Miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Socios, en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-prendidos en la agenda será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los Socios, con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la Sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los Socios que concurran.

En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los Miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justifi cadas a los Miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, asimismo retirar la cali-dad de Miembros a los que hubieran renunciado, fallecido o pierdan su calidad de Socio.

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.

d) Otorgar la calidad de Socio Honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los Miembros de la Junta Directiva.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos que se dictaren.

CAPITULO CUATRO.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once Miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vice-presidente, Un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico, y cinco Vocales.

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus Miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

SON ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA

DIRECTIVA.

Art. 17.- Funciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la Tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el Presupuesto Anual.

d) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, y presentar los informes correspondientes.

Art. 18.- Funciones del Vice-Presidente:

a) Colaborar en todas las funciones del Presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, ya sea temporal o defi nitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en las elaboraciones de la Memoria Anual de Labores.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-tan.

Art. 19.- Funciones del Secretario General:

a) Llevar el registro de Inventario General de bienes muebles e inmuebles.

b) Mantener una campaña permanente de afi liación y presentar informes a la Junta Directiva.

c) Recibir las solicitudes de ingreso de nuevos Asociados y darles a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el Reglamento Interno.

e) Llevar un registro actualizado de los Socios.

Art. 20.- Funciones del Secretario de Actas:

a) Llevar los Libros de Actas y Acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General en las cuales se hagan

constar las actuaciones de la Asociación.

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b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.

Art. 21.- Funciones del Tesorero:

a) El Tesorero, será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

b) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.

c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión, del estado económico de la misma.

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si lo hubiera.

e) Recolectar la cuota de los Asociados.

f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.

g) En todo caso los gastos serán autorizados con su fi rma.

h) Los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia.

i) Las fi rmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación, serán requeridas para todo retiro del fondo.

j) Responder solidariamente con el Presidente por el Patrimonio y los fondos de la Asociación.

Art. 22.- Son Atribuciones del Síndico:

a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el Presidente previa autorización de la Junta Directiva.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.

c) Asesorar a los Asociados conforme a lo establecido en las leyes vigentes y darles asistencia legal.

d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.

Art. 23.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás Miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad en caso de suspensión temporal de algún Miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los Vocales quienes deben desempeñar las funciones de los suspendidos por el tiempo que dure la suspensión.

DEL COMITÉ DE VIGILANCIA.

Art. 24.- El Comité de Vigilancia será electo en la Asamblea General Extraordinaria, donde se haya elegido la Junta Directiva, y

se constituirá con tres Miembros; El período de funciones del Comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 25.- Las funciones del Comité de Vigilancia serán de controlar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncias de los Asociados, el Comité iniciará una investigación el resultado de éste será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 26.- El Comité de Vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión Extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

CAPITULO CINCO.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 27.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asocia-ción.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el Fondo de Reserva a fi n de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.

La que llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo

CAPITULO SEIS.

DISOLUCION DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 29.- La Asociación podrá disolverse cuando las tres cuartas partes de los Socios, así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso los fondos y bienes que existen a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal los destinará a Programas de Desarrollo Comunal, mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal Jurisdiccional.

CAPITULO SIETE.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN DE

ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 30.- Los Miembros de la Asociación, podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos

y previa audiencia del interesado, por infracciones a las Ordenanzas,

Reglamento Municipal y estos Estatutos.

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Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener benefi cio por medio del fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.

Art. 31.- Los Miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por la Asamblea General.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus Miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.

Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de conformi-dad a los Artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, por lo menos un número de cinco Asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la Comisión Inves-tigadora.

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-pensión en base a los informes de la Comisión Investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de Miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o defi nitiva de los Miembros.

Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

CAPITULO OCHO.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación.

Art. 36.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los Miembros de la Junta Directiva, cuando sea en forma defi nitiva.

Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan de Trabajo correspondiente. Y la nómina de la nueva Junta Direc-tiva.

Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea General, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu de servicio a favor de la Asociación y de la Comunidad.

Art. 39.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General, para su aprobación.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva durante el corriente año, se encuentra el Acta Número Quince de la Sesión Ordinaria celebrada por la Municipalidad a las trece horas con treinta minutos del día diecisiete de julio del dos mil ocho. El Acuerdo que Literalmente Dice: NUMERO CINCUENTA Y SIETE: El Concejo Municipal en uso de las facultades que les confi eren los Artícu-los 30, numeral 23 y 119 del Código Municipal Vigente, considerando vistos los Estatutos que regirán el funcionamiento de la “Asociación de Desarrollo Comunal del Caserío Pie de la Cuesta, Cantón San Francisco El Dorado”, que se abrevia, “ADESCOPIC” que consta de Cuarenta Artículos y no encontrando en ellos, disposiciones que contraríen las Leyes de la República, las buenas costumbres, ni el orden público. Por lo tanto este Concejo Municipal, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes, confi riendo a dicha Asociación el Carácter de Personería Jurídica. Certifíquese y Comuníquese. “J. I.Bautista”, Alcalde. “J. A. Moreno”, Síndico. Regidores Propietarios; “Gil. A. Vásquez”.- “R. Orb. Baires”.- “C. A. Aguirre”.- “L. I. de Argueta”.- Regidores Suplentes; “E. E. Ortiz M”.- “Eduardo B”.- “Ramiro Serrano”.- “H. de J. I. Galindo”.- Secretaria Municipal.- “R. Martínez V.”.- RUBRICADAS.-

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTO; y para los usos legales que estime convenientes se ex-

tiende la presente en la Alcaldía Municipal de la ciudad de San Isidro,

Departamento de Cabañas, a cinco de septiembre del dos mil ocho.-

JOSÉ IGNACIO BAUTISTA,

ALCALDE MUNICIPAL.-

ROSICELA MARTÍNEZ VIDES,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F028456)

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince

horas de este día, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de

inventario en la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

señora MARIA VICTORIA HERNANDEZ PEREZ, conocida por MA-

RIA VICTORIA HERNANDEZ, ocurrida el día veintiséis de febrero del

año dos mil cuatro, en Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, siendo éste

su último domicilio, a la señora MARIA GUADALUPE HERNANDEZ,

ésta en su calidad hija de la referida causante, habiéndosele conferido

a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

y diez minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil ocho.

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 992

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley.

AVISA: Que por resolución dictada a las once horas del día dieciséis

de abril del año dos mil siete, se han declarado Herederas Abintestato y

con Benefi cio de Inventario, de la Herencia Intestada que a su defunción

ocurrida el día veintiocho de febrero del año dos mil cinco, en el Hospital

San Juan de Dios de esta ciudad, siendo la ciudad de Santa Ana el lugar

de su último domicilio, dejó el señor RAUL ANTONIO HERRERA

MEJIA a la menor NATALIE ELIZABETH HERRERA GONZALEZ y

FAUSTINA VIRGEN ZALDAÑA conocida por CRISTINA HERRERA,

en su calidad de hija y madre del referido causante; confi riéndosele

DEFINITIVAMENTE la administración y representación de la sucesión

expresada. La que ejercerá la menor antes mencionada por medio de su

madre TERESA MARISOL GONZALEZ AGUILAR.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de

agosto del año dos mil ocho. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY

LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL

CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 993

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

a la señora MARIA CLARA HERNANDEZ; heredera benefi ciaria e

intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante ISABEL

HERNANDEZ, quien falleció el día diecinueve de noviembre de mil

novecientos setenta y cinco, en el Hospital de Neurología del Cantón Los

Planes, San Salvador, siendo su último domicilio San Pedro Nonualco,

en concepto de hija de la referida causante y se ha conferido a la here-

dera que se declara, la administración y representación defi nitiva de la

sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de agosto

de dos mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 994

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de las once horas del día veinticinco

de septiembre del año dos mil ocho, se ha DECLARADO HEREDERA

ABINTESTO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora MARIA

GLORIA AYALA viuda DE BARAHONA o MARIA GLORIA AYALA,

de sesenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

San Vicente, departamento de San Vicente, con Documento Único de

Identidad número cero tres dos nueve cuatro ocho nueve cinco - nueve,

y Número de Identifi cación Tributaria cero uno cero uno - dos cinco uno

cero cuatro seis - uno cero dos - cuatro, de los bienes que a su defun-

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

ción dejó el causante señor LUIS BARAHONA o LUIS BARAHONA

BONILLA, quien fue de sesenta y ocho años de edad, jornalero, casado,

fallecido a las diecinueve horas del día veintiséis de diciembre de mil

novecientos noventa y nueve, en el Cantón San Antonio Caminos, del

municipio de San Vicente, departamento de San Vicente, lugar de su

último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada, la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas

diez minutos del día veinticinco de septiembre del año dos mil ocho.

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 995

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince

minutos del día veintiocho de mayo de este año, se ha declarado a

MARIA EMMA CORNEJO MARIN o MARIA ENMA CORNEJO

MARIN viuda DE AGUILAR, MARIA ENMA CORNEJO GARCIA

o MARIA EMMA CORNEJO o MARIA ENMA CORNEJO, heredera

benefi ciaria e intestada de los bienes dejados por ROQUE AGUILAR

o ROQUE AGUILAR GARCIA, fallecido el cinco de junio de mil

novecientos ochenta y tres, en el Cantón Piedra Grande Arriba de esta

ciudad, su último domicilio, en concepto de cónyuge del causante.

Confi érese a la heredera que se declara en el concepto anterior-

mente mencionado, la administración y representación defi nitiva de la

sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de agosto de

dos mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 996

DR. LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado a la

señora MARIA LUISA MONTOYA ORELLANA o LUISA MONTOYA

ORELLANA, heredera benefi ciaria e intestada de los bienes que a su

defunción dejó el causante señor SALOMON MONTOYA PORTILLO,

quien falleció el día diecisiete de agosto de mil novecientos sesenta y

nueve, en el Barrio Los Remedios de Zacatecoluca, siendo su último

domicilio Santiago Nonualco; en concepto de hija del causante. La here-

dera que se declara, tendrá la administración y representación defi nitivas

de la sucesión.

La heredera declarada tiene la administración y representación

defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintinueve de septiembre

de dos mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 997

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas con quince minutos del

día veintidós de septiembre del dos mil ocho, se han declarado herederos

expresamente y con benefi cio de Inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó la señora ISABEL DEL CARMEN SALAMANCA

SALGADO, conocida por ISABEL DEL CARMEN SALAMANCA y

por ISABEL DEL CARMEN SALAMANCA DE AYALA, quien falleció

a las cuatro horas cincuenta y siete minutos del día dos de marzo del

dos mil ocho, en la Ciudad de Moncagua, Depto. de San Miguel, siendo

este lugar su último domicilio, a la menor FATIMA MARIA AYALA

SALAMANCA, en calidad de hija y CARLOS ULISES AYALA, en

calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionario de los derechos

Hereditarios que le correspondían a los señores JOSE ARNOLDO

SALAMANCA PORTILLO, VALERIANA DE LA PAZ SALGADO

DE SALAMANCA, ARNOLDO ANTONIO AYALA SALAMANCA

y PATRICIA LORENA AYALA SALAMANCA, en calidad de hijos del

causante, y se le ha conferido a la heredera declarada, en el carácter antes

indicado, la administración y representación defi nitivas de la sucesión,

debiendo ejercerla la menor FATIMA MARIA AYALA SALAMANCA,

por medio de su representante legal su Padre señor CARLOS ULISES

AYALA.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas y dieciséis minutos del día veintidós de septiembre del dos

mil ocho. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICENCIADA MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 998

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

AVISA: Que por resolución de las ocho horas con quince minutos del

día diecinueve de Septiembre del dos mil ocho, se ha declarado heredero

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor SALVADOR MARTÍNEZ, quien falleció

a las trece horas del día veinticinco de diciembre del dos mil seis, en la

Colonia Milagro de la Paz, de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar

su último domicilio, al señor SILDER ALEXIS GARCÍA SARAVIA,

en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspon-

día a la señora LIDIA MARTÍNEZ, conocida por LIDIA MARTÍNEZ

VÁSQUEZ, en calidad de hermana del causante y se le ha conferido al

heredero declarado, en el carácter antes indicado, la Administración y

representación defi nitivas de la sucesión.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho

horas y dieciséis minutos del día Diecinueve de Septiembre del dos mil

ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICENCIADA MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 999

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

AVISA: Que por resolución de las ocho horas con quince minutos

del día Diecisiete de Septiembre del dos mil ocho, se han declarado

herederos expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL ARCIDES GUZMÁN

QUINTANILLA, quien falleció a las diez horas del día quince de febre-

ro del dos mil ocho, en la Calle al Cantón La Puerta, Cantón El Niño,

Caserío Osorio, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel,

siendo este lugar su último domicilio, a los señores MARGARITA

EMELADIS PENADO de GUZMÁN, conocida por MARGARITA

EMELADIS PENADO Viuda de GUZMÁN, en calidad de cónyuge,

MANUEL ARCIDES GUZMÁN PENADO y la menor MARIA STE-

FANY GUZMÁN PENADO, en calidad de hijos del causante y se le ha

conferido a los herederos declarados, en el carácter antes indicado, la

administración y representación defi nitivas de la sucesión.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas y dieciséis minutos del día diecisiete de Septiembre del dos

mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICENCIADA MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1000

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante HIMMER REMBERTO

CANDELARIO AQUINO quien falleció el día veintitrés de octubre

de dos mil siete, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de San

Salvador, siendo Santa María Ostuma su último domicilio; por parte de la

señora RUTH NOEMI PAIZ DE CANDELARIO o RUTH NOEMI PAIZ

LOPEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente. Nómbrase a la aceptante,

interinamente administradora y representante de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de septiembre

de dos mil ocho.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1001-1

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante JUAN NELSON RODAS RAMIREZ

HERNÁNDEZ, quien falleció el día veintiuno de noviembre de dos mil

siete en el Hospital Nacional Rosales, San Salvador, siendo su último

domicilio Santiago Nonualco, por parte de los menores JUAN JOSÉ y

YOSELYN ABIGAIL ambos de apellidos RODAS HENRÍQUEZ, en

concepto de hijos del referido causante y se ha nombrado a los aceptantes,

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Interinamente, administradores y representantes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiocho de agosto de

dos mil ocho.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1002-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta

minutos del día veintinueve de agosto de este año, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que dejó JOSÉ ANTONIO DÍAZ, fallecido el veinticinco de enero del

dos mil ocho, en el Cantón Jalponguita, de Santiago Nonualco, su últi-

mo domicilio, por parte de PETRONA DÍAZ VIUDA DE RAMIREZ

o PETRONA DÍAZ, en concepto de madre del causante. Nómbrase a

la aceptante interinamente, administradora y representante de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de septiembre

de dos mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1003-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y trece minutos

del día veintidós de Septiembre del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor JOSÉ MARIO VILLATORO, quien falleció

a las cinco horas quince minutos del día diecisiete de diciembre del dos

mil seis, en el Caserío Los Ranchos, Cantón Mirafl ores, Jurisdicción de

Distrito y Departamento de San Miguel, a la señora MARIA CÁNDIDA

SORTO FLORES, en calidad de cónyuge sobreviviente y las menores

MARÍA RAQUEL VILLATORO SORTO, CÁNDIDA LORENA VILLA

TORO SORTO, en calidad de hijas del causante y se le ha conferido al

aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representa-

ción interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.- Debiendo ejercerla las menores MARIA

RAQUEL VILLATORO SORTO, CÁNDIDA LORENA VILLATORO

SORTO, representadas por su Madre señora MARIA CÁNDIDA SORTO

FLORES.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas y veintidós minutos del día veintidós de Septiembre del dos

mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICENCIADA MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1004-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las doce horas con quince minutos del día dos de octubre del corriente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ANA

GREGORIA SEGOVIA, fallecida a las tres horas del día trece de agosto

de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio El Calvario de la ciudad

de San Rafael Oriente, de este distrito, departamento de San Miguel,

siendo la ciudad antes mencionada su último domicilio de parte de los

señores Lucía Arias Segovia y Luis Rodolfo Arias Segovia, éstos en

su concepto de hijos de la causante. Nómbrase a los aceptantes en el

carácter dicho administradores y representantes interinos de la sucesión

de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los

curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.

éste-las-benefi cio- Vale.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE

DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ROSALÍA DE

JESÚS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1005-1

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

TITULO SUPLETORIO

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: Que con fecha diez de septiembre del corriente año, se presentó la Licenciada Frida Marleni González Campos, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, portadora de su carné de Identifi cación número once mil novecientos diecisiete, solicitando a favor de la señora Rosalina Gómez Herrera, Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Amaya, Municipio de Lolotique, de este Distrito, Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO VEINTI-CINCO METROS CUADRADOS, según los datos proporcionados por la representada y según Certifi cación de la denominación catastral de la capacidad superfi cial de SETECIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS, siendo sus medidas y colindancias siguientes: AL NOR-TE; mide quince metros colindando con Atanasio Sandoval Ramos, cerco de alambre con brotones de diversos árboles propio del colindante, AL ORIENTE; mide cuarenta y cinco metros colindando antes, Lino Andrés Argueta Chávez, hoy Santana Guevara, cerco de alambre de brotones de diversos árboles propios del colindante; AL PONIENTE; mide cincuenta y dos metros punto cincuenta centímetros, colindando con los señores: José Ángel Sandoval Jurado y Néstor Sandoval Ascencio, cerco de piedra con piña una parte y cerco de alambre con brotones de diversos árboles y calle vecinal de cinco metros de ancho, camino de por medio; AL SUR; mide diecisiete metros punto cincuenta centímetros, colindando antes, con Lino Andrés Argueta Chávez hoy de la señora Santana Guevara, cerco de alambre de por medio, en dicho inmueble existe construida dos casas la primera, de sistema mixto, techo de teja, piso de tierra, pared de tierra, y la segunda, casa de sistema mixto, paredes de tierra, piso de tierra y techo de tejas, miden cinco de frente por siete de ancho no ejidal, baldío, ni comunal, no existe sobre el inmueble cargas ni derechos reales, es decir que no es dominante ni sirviente, todos los colindantes actuales son de ese domicilio y residen en el mismo lugar del inmueble, el inmueble lo valúan en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA ($1,200.00)

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, Chinameca, a las nueve horas del día veintitrés de septiembre de dos mil ocho. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1006-1

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada FRI-DA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en su calidad de Procuradora Auxiliar del Procurador General de la República y en representación del señor AMADEO GÓMEZ MEMBREÑO, de sesenta y seis años de edad, Agricultor, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero cero seiscientos veintidós mil doscientos noventa y siete guión siete, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Séptima Avenida Sur, número mil trescientos seis, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinticinco metros, colinda con propiedad del señor Milton Rosimbel Gómez Membreño, cerco de alambre, propiedad del colindante;

AL ORIENTE: doce metros noventa centímetros, Calle de por medio, colinda con propiedad de la señora Tomasa Portillo Quintanilla; AL SUR: diecinueve metros cincuenta centímetros, colinda con propiedad del señor Jorge Alberto Hernández Serrano, cerco de piedra propiedad del colindante; y AL PONIENTE: doce metros setenta y cinco centí-metros, colinda con propiedad de las señoras Laureana Berríos y María Antonia Berríos, cerco de piedra propiedad de las colindantes.- En el inmueble antes descrito existe construida una casa de sistema mixto y demás servicios necesarios.-

Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie y lo valúa en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-

Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año de mil nove-cientos noventa, que le hizo a la señora ROSA CANDIDA MEMBREÑO DE GOMEZ, quien fue mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, de este domicilio, ya fallecida.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesora data más de vein-ticuatro años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los once días del mes de septiembre del año dos mil ocho.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1007-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: a los herederos del señor GENARO GUEVARA DELGADO, y a los señores: JAIME ERNESTO MAGAÑA MAGAÑA Y JORGE ALBERTO PALMA RAMIREZ, o a sus representantes, para que dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este Edicto comparezcan a manifestar su defensa en el presente Juicio de Cuentas que se sigue en su contra por sus actuaciones el primero como Tercer Regidor, de la Municipalidad de Santa Ana, el segundo Gerente de Planifi cación y Desarrollo Urbano y el tercero Téc-nico en Producción Más Limpia del MARN, relativos a la construcción del proyecto “Parque Industrial Santa Ana”, correspondiente al período del uno de julio de dos mil tres al treinta y uno de julio de dos mil siete. Teniendo como base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-27-2008, con Responsabilidad Administrativa.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República: San Salvador, a las once horas del día diecinueve de septiembre de dos mil ocho.

LIC. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,

JUEZ.

LICDA. BIRMANESA NELSY MANCIA,

JUEZA.

LICDA. ALBA YASENI MEJIA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 1008

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los suscritos Jueces de la CAMARA TERCERA DE PRIMERA

INSTANCIA de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad

a lo establecido en el artículo 88 de la Ley de la Corte de Cuentas,

EMPLAZAN: por medio de edicto a los señores: XIOMARA ELFI-

DIA RODRIGUEZ, CARMEN DE JESUS PANIAGUA y SAMUEL

SERPAS AYALA, quienes actuaron en el período comprendido del uno

de enero de dos mil tres al treinta y uno de marzo de dos mil seis, en la

Alcaldía Municipal de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador;

como miembros del Concejo Municipal, para que dentro de cinco días

hábiles siguientes a la publicación de este edicto, comparezcan a mani-

festar su defensa en el Juicio de Cuentas número JC-III-051-2007, que

se sigue en esta Cámara.

Librado en la CAMARA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA

de la Corte de Cuentas de la República, San Salvador, a las nueve horas

del día veinticuatro de septiembre de dos mil ocho.-

LIC. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,

LIC. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,

JUECES DE CUENTAS DE LA CAMARA TERCERA

DE PRIMERA INSTANCIA.

LICDA. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 1009

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara TERCERA de Primera Instancia

de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo

63 de la Ley Orgánica de la Corte de Cuentas EMPLAZAN por medio

de edicto al señor LAZARO TADEO BERNAL LIZAMA y/o a sus

presuntos herederos, quien actuó como Miembro del Concejo Directivo

del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, ISSS, durante el período

comprendido de mil novecientos ochenta y siete a mil novecientos noventa

y tres; para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la tercera y

última publicación de este Edicto comparezca a manifestar su defensa

en el Juicio de Cuentas N° III-EA-001-2006, que se promueve en esta

Cámara contra su persona y otros.

Librado en la Cámara TERCERA de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República: San Salvador, a las once horas del día ocho de octubre de dos mil ocho.

LIC. CARLOS ERNESTO ALVAREZ BARAHONA,

JUEZ PRIMERO.

LIC. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,

JUEZ SEGUNDO .

CAMARA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA.

LICDA. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1010-1

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE TAPALHUACA,

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado Loyda Margarita Arévalo Portillo, de treinta y nueve años de edad, Abogada y Notario, del domi-cilio de Zacatecoluca, con Documento Único de Identidad número: cero cero dos cinco cero seis ocho ocho tres- siete, sin ninguna incapacidad para ejercer la procuración, tal como lo comprueba con la fotocopia de la credencial debidamente certifi cada, quien ha sido comisionada por el señor Procurador General de la República, para que en representación del señor ALFONSO CORTEZ PAZ, de treinta y ocho años de edad, empleado, soltero, del domicilio de Tapalhuaca, Departamento de La Paz, con Documento Único de Identidad Número cero cero nueve seis cuatro siete cinco seis - seis, a iniciar diligencias de Título Municipal, de un inmueble de naturaleza urbana, el cual está ubicado en la Villa de Tapalhuaca, Barrio El Centro, Avenida Principal, Número S/N, Depar-tamento de La Paz, el cual tiene una superfi cie de: 481.978 METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, Isabel Paz y María de la O Paz; AL ORIENTE, Carmen Alicia De Paz Mendoza; AL SUR, Miguel Belarmino Alfaro Paz y Rosalinda Alfaro de Natalen; AL PONIENTE, Alcaldía Municipal de Tapalhuaca. El inmueble antes descrito lo adquirió, por compra que le hiciera a la señora Manuela de Jesús Paz Ramírez, ya fallecida, el día veintiséis de septiembre de dos mil seis, mediante instrumento que no es registrable por carecer de antecedente inscrito, valuando el inmueble en CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, no presenta escritura, ya que en los pasados terremotos la extraviaron, la posesión ha consistido y ha sido de forma quieta, pacífi ca, ininterrumpida y exclusiva, cuidando su cerco, cultivándolo y haciendo actos de dueño, hasta la fecha del día de ahora, los colindantes pueden ser citados en Tapalhuaca, Barrio El Centro, departamento de La Paz.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Tapalhuaca, departamento de La Paz, veintidós de septiembre de dos mil ocho. JOSE NELSON QUEZADA, ALCAL-DE MUNICIPAL.- VICTOR MANUEL APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL.

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día

diecinueve de agosto del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que

a su defunción dejó la señora ANA DEL ROSARIO SALAMANCA,

conocida por ANA DEL ROSARIO SALAMANCA DE RAMOS, ANA

DEL ROSARIO SALAMANCA VIUDA DE RAMOS, ANA DEL RO-

SARIO SALAMANCA HERNÁNDEZ y por ANA DEL ROSARIO

HERNÁNDEZ, fallecida el día doce de mayo del año de dos mil cinco,

siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de EVA ELIZABETH

RAMOS DE CASTELLANOS y YANETH ARACELY RAMOS DE

DERAS, como hijas de la causante, y se les ha conferido a las aceptantes

la administración y representación interina de la sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil ocho. Licda.

MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 988-2

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL

PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día

veintitrés de septiembre del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó la señora MARÍA TERESA RODRÍGUEZ, conocida por

MARÍA TERESA RODRÍGUEZ ANZORA, por TERESA ANZORA

y por TERESA RODRÍGUEZ, habiendo fallecido el día dieciocho de

octubre del año dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último domicilio,

de parte del señor MANUEL DE JESÚS ANZORA MONTALVO, en

calidad de hijo de la causante, y se le ha conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a

los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Licda.

MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 989-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las nueve horas y siete minutos del día veinticuatro de septiembre del

presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ

GUILLERMO BELTRAN, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad,

Jornalero, Soltero, fallecido en San Salvador, el día veinticinco de febrero

del año dos mil cuatro; siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de

parte de los señores: TERESA DE JESÚS ALAS ESCOBAR, conocida

por TERESA DE JESÚS ESCOBAR y por TERESA ALAS ESCOBAR,

de cuarenta y tres años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Apopa;

JOSÉ AMILCAR BELTRAN ESCOBAR, de veintisiete años de edad,

empleado; MAURICIO DE JESÚS BELTRAN ESCOBAR, de veinticinco

años de edad, Empleado; y CLAUDIA ARELY BELTRAN ESCOBAR,

de dieciocho años de edad, Estudiante, todos de este domicilio; en calidad

de Conviviente Sobreviviente e Hijos del Causante, respectivamente.-

Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y doce

minutos del día veinticuatro de septiembre del año dos mil ocho.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO

CIVIL. Lic. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 990-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPÁN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de agosto del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el causante RIGOBERTO FIGUEROA, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, emplea-do, fallecido el día veinticinco de junio del dos mil ocho, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del menor MARVIN GEOVANI FIGUEROA RAMÍREZ por medio de su Representante Legal señora ROSALINA RAMÍREZ. El expresado aceptante lo hace en calidad de HIJO del referido causante; habiéndosele conferido a dicho aceptante INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con cincuenta minutos del día cinco de septiembre del dos mil ocho. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA. JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 983-3

TITULO SUPLETORIO

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado JOSÉ ALIRIO BELTRÁN GARCÍA, en su carácter de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República en nombre y representación de la señora ROSA ELVA ANGEL DE HERNÁNDEZ, solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Paz, del Municipio de El Carmen de este Departamento, de la extensión superfi cial de SETECIENTOS METROS CUADRADOS CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS, equivalente a SEIS MIL PUNTO CINCUENTA Y UN VARAS CUADRADAS, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE: formado por dos tramos, el primero de punto uno a punto dos, rumbo sur veinte grados cero nueve minutos cuarenta y cinco segundos Este, distancia de veintidós metros treinta centímetros. El Segundo de punto dos a punto tres, rumbo sur doce grados dieciocho minutos veintiún segundos Este, distancia de veintitrés metros ochenta centímetros, lindero defi nido por un tapial construido de ladrillo de barro cocido en su primer tramo y

en su segundo tramo lindero defi nido, pero no señalizado, limita con predio municipal, antigua Carretera Panamericana de por medio, AL ORIENTE: de punto tres a punto cuatro rumbo Norte treinta y un grados veintidós minutos veintitrés segundos Este, distancia de cuarenta y tres metros sesenta y cinco centímetros, Lindero defi nido por un cerco cons-truido con alambre de púas, limita con propiedad del señor FRANKLIN MARTÍNEZ, servidumbre de tránsito pública de por medio, AL SUR: De punto cuatro a punto uno, rumbo Norte setenta y ocho grados cincuenta y siete minutos treinta y siete segundos Oeste, distancia de treinta y seis metros quince centímetros, lindero defi nido por una pared construida con ladrillo de saltex propia del inmueble, limita con propiedad del señor JUAN HERNÁNDEZ. Dicho inmueble lo adquirió por posesión material que data desde mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, por lo que datan más de diez años de poseerlo en forma quieta, pacífi ca, ininterrumpida, no está en proindivisión, no tiene nombre especial alguno, no es dominante ni sirviente y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES AMERICANOS.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Cojutepeque, a las doce horas y treinta minutos del día cuatro de febrero del año dos mil ocho. LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 984-3

HERENCIA YACENTE

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora MARÍA VIRGINIA CARRANZA VIUDA DE LIMA, por medio de su procurador licenciado REMBERTO ANTONIO RAMÍREZ AMAYA, pidiendo se declare yacente la herencia que a su defunción dejó el señor JUAN HUMBERTO CASTANEDA, quien fue de sesenta y tres años de edad, agricultor, fallecido el día treinta y uno de julio del dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, sin haber formalizado testamento alguno, y hasta la fecha no se ha presentado persona alguna aceptando o repudiando dicha herencia, por lo que se ha DECLARADO YACENTE la herencia, habiéndose nombrado curador de la misma al licenciado CARLOS RAÚL HERRERA GALDÁMEZ, a quien se juramentó en legal forma.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Metapán, a las doce horas con quince minutos del día uno de septiembre del dos mil ocho. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 985-3

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA.

LIC. SONIA NOEMY REYES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las diez horas con treinta y cinco

minutos del día doce de Septiembre de dos mil ocho, mediante amplia-

ción de la declaratoria de herederos, se ha declarado también heredera

abintestato y con benefi cio de inventario de la sucesión que a su defun-

ción la señora MORENA DE LOS ANGELES ACOSTA, conocida por

MORENA DE LOS ANGELES ACOSTA DE HERNANDEZ, quien

falleció a las veintiuna horas diez minutos del día doce de Noviembre

del año dos mil cuatro, en el Núcleo dos de Reubicación, del Cantón

San Bartolo de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, a la señora

MARIA DOLORES ACOSTA DE ORELLANA, en su calidad de madre

sobreviviente de la causante.

Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-

tación defi nitiva de la sucesión en la calidad antes expresada, para que

la ejerza conjuntamente con el heredero ya declarado.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

once horas con cinco minutos del día doce de Septiembre del dos mil

ocho. LIC. SONIA NOEMY REYES, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA INTA. LIC. SANTIAGO HERNANDEZ GARCIA, SECRETARIO

INTO.

1 v. No. C024838

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio

de la ciudad de Cojutepeque y San Vicente, con ofi cina Notarial ubicada

en Calle José Francisco López número tres de la Ciudad de Cojutepeque,

al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de la suscrita notario proveída a las ocho

horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de septiembre de dos

mil ocho, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de

inventario de la Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó

el causante NICOLAS DE JESUS GUZMAN TORRES, conocido por

NICOLAS GUZMAN TORRES y por NICOLAS GUZMAN, ocurrida

el día veintitrés de mayo de dos mil ocho, en el Hospital Rosales, de la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, teniendo como

su último domicilio el de San Martín, Departamento de San Salvador, a

la señora SANDRA ELIZABETH GUZMAN BARRERA, en su calidad

de hija del referido causante.- Habiéndosele conferido a la aceptante la

Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los cuatro días del mes de

Octubre de dos mil ocho.-

LIC. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C024842

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio

de la ciudad de Cojutepeque y San Vicente, con ofi cina Notarial ubicada

en Calle José Francisco López número Tres de la ciudad de Cojutepeque,

al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario Proveída a las

ocho horas del día veintisiete de Septiembre de dos mil ocho, se ha

declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de Inventario de

la Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la causan-

te DOMINGA BARRERA DE GUZMAN, conocida por MARINA

DOMINGA GUZMAN, MARIA DOMINGA GUZMAN, y por

DOMINGA BARRERA ARIAS, ocurrida el día once de Agosto de dos

mil cinco, en Colonia Lourdes, Polígono B, Pasaje cinco, Lote número

cinco, jurisdicción de San Martín, Departamento de San Salvador, te-

niendo como su último domicilio el mismo lugar de su fallecimiento, a

la señora SANDRA ELIZABETH GUZMAN BARRERA, en su calidad

de hija de la referida causante.- Habiéndosele conferido a la aceptante

la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.-

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los cuatro días del mes de

Octubre de dos mil ocho.-

LIC. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C024843

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado

a las quince horas con veinte minutos del día veintisiete de agosto del

corriente año, se declaró heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor LUIS

ABRAHAM ALVARENGA SANCHEZ, conocido por LUIS ABRAHAN

ALVARENGA SANCHEZ, fallecido a las seis horas con treinta minu-

tos del día veintiuno de noviembre del año dos mil, en el Barrio San

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Juan, de la ciudad de San Rafael Oriente de este distrito, departamento

de San Miguel, siendo aquella ciudad su último domicilio; a la señora

FLOR ANTONIA ALVARENGA CASTELLON, en su concepto de hija

del causante. Confi éresele a la heredera declarada la administración y

representación defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.-

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las

quince horas con treinta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil

ocho.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

1 v. No. F028405

MAGDALENA DEL ROSARIO RAMOS JACINTO DE SOSA, Notario,

de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Setenta y nueve

Avenida Norte y Trece Calle Poniente número cuatro mil ciento nueve

Colonia Escalón, de esta Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las dieciséis horas, del día treinta de septiembre del presente año, se ha

declarado a la señora GRACIELA CHACÓN GÓMEZ, heredera defi nitiva

con benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en

el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San

Salvador, el día tres de julio del presente año, habiendo sido su último

domicilio en la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad,

dejara la señora MARTA CHACÓN GÓMEZ conocida por MARTA

LIDIA CHACÓN, en su calidad de Heredera Testamentaria, Única y

Universal de la causante; por lo que se le ha concedido a dicha señora

GRACIELA CHACÓN GÓMEZ, la representación y administración

defi nitiva de la referida sucesión.

Lo anterior se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del Notario MAGDALENA DEL ROSARIO

RAMOS JACINTO DE SOSA, el día uno de octubre del año dos mil

ocho.

MAGDALENA DEL ROSARIO RAMOS JACINTO DE SOSA,

NOTARIO.

1 v. No. F028420

NICOLAS CAMPOS RAFAEL, Notario, de este domicilio, con Despacho

Notarial ubicado en Sexta Calle Poniente y Octava Avenida Norte número

Veintiséis “A” de la ciudad de Santa Ana, Para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída

a las catorce horas del día ocho de septiembre del año dos mil ocho,

se ha declarado al Señor CARLOS VASQUEZ VASQUEZ, heredero

defi nitivo con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción

ocurrida el día tres de noviembre del año dos mil siete en Boulevard del

Ejercito kilómetro ocho frente a División de Protección al Transporte, en

la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, siendo su último

domicilio San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, dejara la

Señora MARIA NIEVES VASQUEZ VIUDA DE VASQUEZ; en su

calidad de hijo legítimo y cesionario de los derechos, repudiados que le

correspondían a los Señores María Antonina Vásquez de Raymundo, José

Irene Vásquez, José Rafael Vásquez Vásquez y José Doroteo Vásquez

Vásquez; habiéndosele concedido la representación y administración

defi nitiva de la referida sucesión,

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los seis días del mes de octubre

de dos mil ocho.

LIC. NICOLAS CAMPOS RAFAEL,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F028433

JOVITA ROSA ALVARADO, Notaria, de este domicilio, con ofi cina

jurídica situada en local ciento doce, Centro Comercial Metro Sur, de

esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída

a las ocho horas y veinte minutos del día ocho del presente mes y año,

se ha declarado a las señoras MARIA MARGARITA VILLATORO DE

PERALTA, de cuarenta y nueve años de edad, ama de casa, del domicilio

de San Marcos, de este Departamento, con Documento Unico de Iden-

tidad número cero cero tres nueve seis uno dos dos-uno, con Número

de Identifi cación Tributaria uno tres cero tres-dos dos cero dos cinco

nueve-uno cero uno-siete, IBETH XIOMARA PERALTA VILLATORO,

de veinticuatro años de edad, estudiante, del domicilio de San Marcos,

de este Departamento, con Documento Unico de Identidad número cero

dos cero siete uno uno cinco ocho- dos, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seis uno dos-dos tres uno cero ocho tres-uno cero uno-

ocho, y KEREN DAMARIS PERALTA VILLATORO, de veinte años

de edad, estudiante, del domicilio de San Marcos, de este Departamen-

to, con Documento Unico de Identidad número cero tres nueve cinco

dos- dos nueve cero-ocho, con Número de Identifi cación Tributaria cero

seis uno seis-cero tres cero seis ocho ocho-uno cero uno-ocho, en las

calidades de: la primera de cónyuge sobreviviente y la segunda y tercera

como hijas del causante, HEREDERAS DEFINITIVAS con benefi cio

de inventario de la sucesión intestada que a su defunción ocurrida en el

Hospital General del Seguro Social, en esta ciudad, a las veintiún horas

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del día doce de julio de dos mil seis, siendo San Marcos, Departamento

de San Salvador, su último domicilio dejó el causante JOSE ANGEL

PERALTA SANCHEZ.- Que habiendo transcurrido el plazo de ley y

no habiéndose presentado persona alguna, alegando, derecho sobre la

sucesión referida en consecuencia confi éreseles a las herederas decla-

radas la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA

de la referida sucesión. Protocolícese la resolución correspondiente, y

expídase el testimonio respectivo.-

Librado en la ofi cina de la Notaria JOVITA ROSA ALVARADO,

en la ciudad de San Salvador, ocho de octubre de dos mil ocho.-

JOVITA ROSA ALVARADO,

NOTARIO.

1 v. No. F028444

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA; JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas treinta minutos del día treinta de septiembre del dos mil

ocho, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario al

señor ANACLETO MORALES CASTRO en calidad de HERMANO del

causante PAULINO MORALES, quien fue de cuarenta y un años de edad,

agricultor, fallecido el día catorce de julio de mil novecientos ochenta

y dos, siendo esta ciudad su último domicilio.- En consecuencia, se le

ha conferido al heredero declarado la administración y representación

DEFINITIVA de la sucesión.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas diez

minutos del día ocho de octubre del dos mil ocho.- LIC. JOSE HERNAN

PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. NORMA EVELYN

CUELLAR MENDOZA, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F028447

SALVADOR IRAHETA ROMERO, Notario, de este domicilio, con Ofi -

cina Notarial situada en Once Calle Oriente número Ciento Cuarenta y

Tres, Edifi cio Victoria, de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas

del día siete de Octubre del presente año, se ha declarado a la señora

ANA BERTA TENORIO DE DIAZ, Heredera Defi nitiva con benefi cio

de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida el día uno de

diciembre del año dos mil seis, en el Hospital Nacional Rosales en San

Salvador, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Mejica-

nos, dejó la señora SALVADORA DE LOS ANGELES SÁNCHEZ DE

LOPEZ, conocida por SALVADORA DE LOS ANGELES SANCHEZ,

por ANGELA SÁNCHEZ VILLALTA y por ANGELA SANCHEZ, en

su concepto de Hija sobreviviente de la referida causante, habiéndosele

conferido la Administración y Representación DEFINITIVA de la referida

sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley:-

Librado en San Salvador, a los Nueve días del mes de Octubre del

año dos mil ocho.-

DR. SALVADOR IRAHETA ROMERO,

NOTARIO.

1 v. No. F028474

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las once horas con cinco minutos del día ocho de septiembre del dos mil

ocho, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario al

señor SALVADOR DE JESUS GUEVARA MAGAÑA, de veintiocho

años de edad, comerciante, de este domicilio, con documento único de

identidad número cero un millón cuatrocientos veintisiete mil ciento treinta

y cinco- cuatro, en concepto de cesionario del derecho hereditario que le

correspondía a los señores AGUSTIN FLORES y LAURA FLORES, en

calidad de hermanos del causante FELICIANO HERRERA FLORES,

quien fue de cincuenta y cinco años de edad, empleado, fallecido el día

veintisiete de abril de mil novecientos noventa y cuatro, siendo Metapán

su último domicilio.-

En consecuencia, se le ha conferido al heredero declarado la

administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con

treinta minutos del día veintidós de septiembre de dos mil ocho.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F028491

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

AVISA: Que por resolución dictada en este mismo Tribunal a las

catorce horas del día Diez de Julio del corriente año, se ha declarado

Heredera Abintestato y con Benefi cio de Inventario de la señora MARIA

TERESA SAENS, conocida por MARIA TERESA SAENZ, MARIA

SAENZ, MARIA SAENS y por MARIA TERESA SAYES; quien falleció

el día Nueve de Julio de Mil Novecientos Setenta y Cuatro, en el Barrio

Santa Bárbara de esta ciudad, habiendo sido la misma, el lugar de su

último domicilio; a la señora MARIA IRMA SAYES DE URRUTIA,

en su concepto de hija de la referida causante y como Cesionaria de los

Derechos Hereditarios que en las presentes diligencias le correspondían

al señor VICENTE SAENZ, conocido por VICENTE SAYES y por

VICENTE SAYES PÉREZ, este último también en su concepto de hijo

de la de Cujus; confi riéndole a la referida señora MARIA IRMA SAYES

DE URRUTIA, defi nitivamente la Administración y Representación de

la Sucesión.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas y

veinte minutos del día Diez de Julio de Dos Mil Ocho. LIC. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

1 v. No. F028492

LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución de las quince horas del día cuatro de

Julio del presente año, dictada por este tribunal se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor SANTOS CALLES MARTÍNEZ, quien falleció

a las diecisiete horas treinta minutos del día quince de Julio del año dos

mil, en el Cantón Upatoro de esta jurisdicción, siendo esta ciudad de

Chalatenango su último domicilio; al señor EDWIN ADONAY CALLES

CRESPIN, en su concepto de hijo sobreviviente del causante.

Se confi ere al heredero declarado la administración y representación

defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada, para que la ejerza

conjuntamente con el heredero ya declarado.

Lo que se pone al conocimiento del público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

doce horas y veintiséis minutos del día doce de Agosto del dos mil ocho.

LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. LIC. RAMIRO ANTONIO ALFARO GÓMEZ,

SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F028517

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las doce horas del día dos de

octubre de dos mil ocho, se han declarado herederos defi nitivos con

benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción

dejó la señora MARIA JOSEFINA FLORES VIUDA DE RAMIREZ o

MARIA JOSEFINA FLORES ABREGO o MARIA JOSEFINA FLO-

RES o JOSEFINA FLORES, quien falleció el día doce de febrero de

dos mil cinco, siendo la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas,

lugar de su último domicilio, de parte de los señores MIGUEL ALIPIO

FLORES ABREGO o MIGUEL ALIPIO FLORES, JOSÉ AARON FLO-

RES ABREGO o JOSÉ AARON FLORES y JOAQUÍN MELQUIADES

FLORES ABREGO o JOAQUÍN MELQUIADES FLORES, en calidad

de hermanos de la causante; y se le ha conferido a los herederos la

administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ilobasco,

departamento de Cabañas, a las doce horas diez minutos del día dos de

octubre de dos mil ocho.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LOPEZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA

HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F028526

DANIEL ORTIZ MARTÍNEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución dictada en este Tribunal a las catorce

horas cinco minutos del día dieciocho de agosto del corriente año, se han

declarado herederos defi nitivos abintestato con benefi cio de inventario

de los bienes dejados a su defunción por el señor CARLOS CASTRO,

quien falleció el día doce de noviembre de dos mil siete, en el Hospital

Nacional Rosales de San Salvador, siendo su último domicilio la Villa

de Tapalhuaca, a consecuencia de tumor del lóbulo temporal izquierdo

residente; de parte de los señores ALICIA DEL CARMEN CASTRO

DE DELEON y RICARDO CASTRO, en concepto de hermanos del

causante.

Habiéndoseles conferido la administración y representación defi -

nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,

a las catorce horas veinte minutos del día dieciocho de agosto de dos mil

ocho. LIC. DANIEL ORTIZ MARTÍNEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA. LICDA. MARÍA ELENA ARIAS LÓPEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F028528

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

DUBAL KLEIBIR CRUZ CASTANEDA, NOTARIO, del domicilio de

la Ciudad de Chalchuapa y vecino del de Santa Ana, departamento de

Santa Ana, con ofi cina jurídica situada en Tercera Avenida Norte y Calle

Libertad Oriente, local diecisiete segunda planta, Condominio Libertad,

de Santa Ana, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del

día veintisiete de septiembre del presente año, se ha declarado HERE-

DERA DEFINITIVA y con benefi cio de inventario en la sucesión del de

cujus WILSON SOTO PADILLA a la señora KAREN ROXANA SOTO

MÁRQUEZ, mayor de edad, estudiante, de este domicilio y avecindada

temporalmente en el Estado de Los Ángeles, Estados Unidos de Amé-

rica, quien actúa en su carácter de hija sobreviviente en la Diligencias

de Aceptación de Herencia del causante WILSON SOTO PADILLA,

quien falleció el día catorce de Enero del año dos mil dos, en el Cantón

Cantarrana, de esta jurisdicción de Santa Ana, siendo éste su último

domicilio, en consecuencia se le ha conferido la ADMINISTRACIÓN

Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la mencionada sucesión.

Fíjense y publíquense los edictos de Ley y para tal efecto expídase

el aviso correspondiente.

Santa Ana, veintiocho de Septiembre del año dos mil ocho.

DUBAL KLEIBIR CRUZ CASTANEDA,

NOTARIO.

1 v. No. F028551

JOSÉ EFRAÍN PARADA RODRIGUEZ, Notario, del domicilio de

esta ciudad, con ofi cina en Condominio Centrales, Local “B”, situado

en Avenida España, número mil once, en esta ciudad, al público para

los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las

trece horas del día doce de junio del año dos mil ocho, se ha declarado

HEREDERAS DEFINITIVAS ab-intestato, con benefi cio de inventario

a las señoras REINA ESPERANZA CÁCERES DE LOPEZ, GLORIA

ESPERANZA CÁCERES y ROSA DEL CARMEN CÁCERES, en con-

cepto de hijas sobrevivientes de la causante ROSA EMILIA CÁCERES

o ROSA CÁCERES, de los bienes que ésta dejó a su defunción; y se les

confi rió a las herederas declaradas, la administración y representación

defi nitiva de la sucesión.-

Librado en las ofi cinas del Notario José Efraín Parada Rodríguez,

San Salvador, a las nueve horas del día veintinueve de agosto del dos

mil ocho.

JOSÉ EFRAÍN PARADA RODRÍGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F028555

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las diez horas del día doce de septiembre del corriente año, se ha de-

clarado heredera defi nitiva abintestato con benefi cio de inventario a la

señora JUANA AMADELIA PERAZA BARAHONA, de sesenta años

de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único

de Identidad cero un millón doscientos veintitrés mil trescientos cuaren-

ta y seis-cinco en calidad de HIJA del causante RICARDO PERAZA

BARRIENTOS o RICARDO PERAZA, quien fue de ochenta y cuatro

años de edad, agricultor, fallecido el día diecisiete de mayo del corriente

año; siendo esta Ciudad su último domicilio.-

Confi érese a la heredera declarada la administración y representación

DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del

día veintidós de septiembre del dos mil ocho.- LIC. JOSÉ HERNÁN

PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA

FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F028558

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las once horas del día veintinueve de septiembre de dos mil ocho, se ha

declarado heredera testamentaria con benefi cio de inventario a la señora

GENARA GUTIÉRREZ DE PACHECO, quien lo hace en calidad de

heredera testamentaria del causante LUCIANO PACHECO, conocido

por LUCIANO LOPEZ, quien fue de setenta y seis años de edad,

agricultor, casado, fallecido el día veintitrés de mayo de dos mil ocho,

siendo la Ciudad de Metapán su último domicilio; habiéndose conferido

DEFINITIVAMENTE a la referida heredera declarada la administración

y representación de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

treinta minutos del día seis de octubre del dos mil ocho.- LIC. JOSÉ

HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F028559

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, Notario, de este domicilio,

con ofi cina profesional situada en 12ª. Calle Poniente No. 2517, Colonia

Flor Blanca, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito

Notario en San Salvador, a las quince horas del día trece de octubre

de dos mil ocho, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intestato con

benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción,

ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,

su último domicilio, el día siete de diciembre de dos mil cuatro, dejara

el señor EDUARDO ERICK CABRERA CAMPOS, conocido por

EDUARDO ERIC CABRERA CAMPOS, EDUARDO ERICK CA-

BRERA, EDUARDO CABRERA RODRÍGUEZ, EDUARDO ERIC

RODRÍGUEZ CAMPOS, ERIC CABRERA y ERICK CABRERA, a

la señora MARGARITA VARGAS DE CABRERA, en su concepto de

cónyuge del expresado causante y como Cesionaria de los Derechos

Hereditarios que les correspondían a los señores ADELA CAMPOS

VARGAS, conocida por ADELA CAMPOS y por ADELA VARGAS,

REYNALDO ERICK CABRERA MONTALVO, DIANA PATRICIA

CABRERA DE HERCULES, EDUARDO ERICK CABRERA NUILA y

ARMANDO ERNESTO CABRERA NUILA, la primera en su calidad de

madre del causante y los restantes de hijos del mismo; en consecuencia,

se le ha conferido la administración y representación defi nitivas de la

sucesión mencionada.

San Salvador, a los catorce días del mes de octubre de dos mil

ocho.

Lic. OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS,

NOTARIO.

1 v. No. F029189

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

ANA VILMA AYALA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi -

cina ubicada en: condominios Los Héroes primera planta Local Uno-D,

Boulevard de Los Héroes.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día dieciséis de septiembre del corriente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor JOSÉ

SÁNCHEZ SOMOZA o JOSÉ DE LA O SÁNCHEZ SOMOZA, ocurrida

en el Hospital Nacional Zacamil del Municipio de Mejicanos, Departa-

mento de San Salvador, su último domicilio el Municipio de San Martín,

Departamento de San Salvador, el día dos de Agosto del año de mil

novecientos noventa y siete, de parte de JOSÉ ARMANDO SÁNCHEZ

MELÉNDEZ y BLANCA ISABEL SÁNCHEZ MELÉNDEZ, en con-

cepto de hijos del causante, habiéndoseles conferido la Administración

y Representación INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio AVISA a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina antes

mencionada, en el término de quince días, contados desde el siguiente a

la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario ANA VILMA AYALA. En la

ciudad de San Salvador, a las once horas del día diecisiete de septiembre

del año dos mil ocho.

ANA VILMA AYALA,

NOTARIO.

1 v. No. F028393

JOSÉ VIRGILIO JOYA MOLINA, Notario, con ofi cina en la Primera

Avenida Norte, número cuatrocientos seis, de San Miguel.

HACE SABER: Que en Diligencias de aceptación de herencia de

los bienes que dejó ANA ROSA VELÁSQUEZ DE ESPINAL conoci-

da por ROSA VELÁSQUEZ, promovidas ante mis ofi cios de Notario,

mediante la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de

Otras Diligencias, por resolución a las nueve horas y veinte minutos del

día diecinueve de septiembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada

con benefi cio de inventario la herencia testada que al morir dejó dicha

causante, quien falleció en la Colonia Belén, de la Población de Conchagua,

el día diecinueve de agosto de dos mil ocho, lugar también de su último

domicilio, y originaria de Pasaquina, Departamento de La Unión, de

Nacionalidad Salvadoreña; de parte de TOMAS ALFREDO ESPINAL

VELÁSQUEZ conocido por TOMAS ALFREDO VELÁSQUEZ

ESPINAL y por TOMAS ALFREDO VELÁSQUEZ; de RAÚL

ESPINAL VELÁSQUEZ conocido por RAÚL VELÁSQUEZ; de OR-

FILIA ESPINAL VELÁSQUEZ conocida por ORFILIA VELÁSQUEZ

ESPINAL y por ORFILIA VELÁSQUEZ, y de TARCILA ESPINAL

VELÁSQUEZ conocida por TARCILA VELÁSQUEZ DE MENJÍVAR,

en calidad de hijos de la causante.

Confi érese a los aceptantes en el concepto y calidad dicho la ad-

ministración y representación interina de la sucesión, con facultades y

restricciones legales.

San Miguel, veinticuatro de septiembre de dos mil ocho.

LIC. JOSÉ VIRGILIO JOYA MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. F028424

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

MARIA IMELDA RIVAS DE AUCEDA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina en Centro Comercial Guadalupe, Local 2-5, San Juan Opico,

Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por la suscrita,

a las dieciséis horas treinta minutos del día seis de octubre del presente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-

tario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó en esta ciudad, el

día veinticinco de junio del año mil novecientos noventa y cuatro, el

señor Laureano Maldonado Mejía, conocido por Laureano Maldonado,

Lauriano, y Lauriano Maldonado Mejía, de parte de la señora Adela

Maldonado de Erazo en su calidad de hija y heredera del causante

Por tanto se le ha conferido a la aceptante la ADMINISTRACION y

REPRESENTACION INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en San Juan Opico, a las ocho horas del día ocho de octubre

del año dos mil ocho.

LIC. MARIA IMELDA RIVAS DE AUCEDA,

NOTARIO.

1 v. No. F028442

OFICINA DEL SUSCRITO NOTARIO: San Salvador, a las diez horas

del día Seis de Octubre del año dos mil ocho.

Tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario

de parte de los señores MARCO ANTONIO BARRERA ARCHILA,

mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Martín; y, JUAN CAR-

LOS FIGUEROA ARCHILA, mayor de edad, Mecánico, con domicilio

actual en la ciudad de Fresno, Estado de California, Estados Unidos de

América; la herencia Testamentaria que al fallecer el día ocho de junio

del año dos mil tres, en el Hospital Médico Familiar de la ciudad de San

Martín, Departamento de San Salvador, dejó la señora SEBASTIANA

AGUILAR VIUDA DE ARCHILA, quien fue de noventa y un años de

edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Martín, en su calidad

de Herederos Testamentarios de la referida causante.

Confi éresele a los aceptantes la Administración y representación

INTERINA de la Sucesión, con todas las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los Siete días del mes de

Octubre del año dos mil ocho.-

DR. SALVADOR IRAHETA ROMERO,

NOTARIO.

1 v. No. F028477

MARGARITA CONCEPCION ALBANEZ DE SANDOVAL, Notario,

del domicilio de Santa Ana, con Ofi cina Particular situada en Primera

Avenida Norte local número cuatro frente al Centro Judicial de Santa

Ana:

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída

a las diez horas del día once de Agosto del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Centro Médico

de esta ciudad, el día veintidós de julio del dos mil cinco, dejó el cau-

sante señor GIL ANTONIO SANDOVAL GALDAMEZ conocido por

GIL ANTONIO SANDOVAL, de parte de los señores: MARIA ANA

CASTANEDA DE SANDOVAL, ALMIR DE JESUS SANDOVAL

CASTANEDA, DAVID ERNESTO SANDOVAL CASTANEDA,

JORGE HUMBERTO SANDOVAL CASTANEDA, RAMON AN-

GEL SANDOVAL CASTANEDA, LUZ HIPOLITA SANDOVAL DE

MAGAÑA, JULIA DALILA SANDOVAL CASTANEDA, DAMARIS

SANDOVAL CASTANEDA, MERCEDES BEATRIZ SANDOVAL

CASTANEDA, ANA MIRIAN SANDOVAL DE PEREZ, MARIO GIL

SANDOVAL CASTANEDA, OSCAR AIN SANDOVAL CASTANEDA

y JOSE FRANCISCO SANDOVAL CASTANEDA, la primera en calidad

de cónyuge sobreviviente y los demás en concepto de hijos del causante,

habiendoseles conferido la administración y representación interina de

la sucesión.- En consecuencia, por este medio se cita a todos los que

se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a mi

ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente de

la última publicación del presente edicto.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.-

Santa Ana, a los ocho días del mes de Octubre del dos mil ocho.-

LIC. MARGARITA CONCEPCION ALBANEZ DE SANDOVAL,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F028489

NICOLAS ANDRES HERNANDEZ GOCHEZ, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina en Final Séptima Avenida Norte, Edifi cio Dos-C,

local número ocho, Centro de Gobiern, San Salvador, al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las dieciséis horas del día

siete de Octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia TESTAMENTARIA que a su

defunción dejara la señora ENMA VICTORIA ESPINO conocida por

ENMA VICTORIA ESPINO MENDEZ, EMMA VICTORIA ESPINO,

VICTORIA ENMA MENDEZ ESPINO, ENMA VICTORIA MENDEZ

y por EMMA VICTORIA MENDEZ, quien fue de sesenta y seis años

de edad, costurera, Salvadoreña, quien falleció a las quince horas con

quince minutos del día diez de agosto de mil novecientos noventa y

nueve, en calle Principal número uno, de San Antonio Abad, depar-

tamento de San Salvador, siendo ése su último domicilio, hija de la señora Vicenta Espino y del señor Moisés Méndez; sucesión aceptada

de parte de la señora RINA DEL ROSARIO MENDEZ conocida por

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

RINA DEL ROSARIO MENDEZ MENDEZ, de cuarenta y ocho años

de edad, empleada del domicilio de la ciudad de Toronto, Provincia de

Ontario, País de Canadá, de Nacionalidad Salvadoreña, en su concepto

de Heredera Universal; habiéndosele conferido la administración y re-

presentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacnete.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la

tercera publicación de este edicto.

San Salvador, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil

ocho.

NICOLAS ANDRES HERNANDEZ GOCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F028496

Licenciado ENRIQUE ANTONIO RIVERA LOPEZ, Notario, del do-

micilio de Ahuachapán, con ofi cina establecida en Cuarta Avenida Sur

número tres-seis, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las diez horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su

defunción ocurrida el día siete de abril de dos mil cinco, en la Morgue

del Hospital Francisco Menéndez, de esta ciudad, siendo ése su último

domicilio, dejó el señor JOSE ANSELMO RAMIREZ HERRERA, de

parte de la señora ANA JOSEFA PATRICIA MIJANGO DE ZAUN

GALLONT, en concepto de cesionaria del derecho hereditario que le

correspondía a la señora: Flor Alicia Rivera Viuda de Salazar conocida por

Flor Alicia Rivera Saldaña, por Flor Alicia Rivera de Ramírez ahora Viuda

de Ramírez, como heredera testamentaria del causante, habiéndosele

conferido la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-

Librado en la Ofi cina del suscrito notario Licenciado Enrique

Antonio Rivera López, a las once horas del día siete de octubre de dos

mil ocho.-

ENRIQUE ANTONIO RIVERA LOPEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F028511

FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, Notario, de este

domicilio, con ofi cina situada en Urbanización Jardines de Yuscarán,

Block “B”-3 de esta ciudad;

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las veinte horas y treinta minutos del día diecinueve de septiembre

de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-

fi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción, ocurrida

en la ciudad de Jiquilisco, el día siete de agosto de mil novecientos

ochenta y dos, dejara la causante, señora FRANCISCA CHÁVEZ DE

TORRES, conocida por FRANCISCA CHÁVEZ, de parte de la señora

MARÍA ANTONIA TORRES DE ESCOBAR, conocida por MARÍA

ANTONIA TORRES CHAVEZ, y por MARÍA ANTONIA CHÁVEZ,

en su calidad de hija sobreviviente de la causante, por derecho propio y

por transmisión del derechoque a su padre, señor MANUEL DE JESÚS

TORRES GUZMÁN, conocido por MANUEL DE JESÚS TORRES,

le correspondía en la sucesión de su expresada madre, habiéndosele

conferido la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En

consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho

a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo a la referida

Ofi cina, en el término de quince días contados desde el siguiente a la

tercera publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario FRANCISCO EUGENIO PA-

RADA HERNANDEZ, en la ciudad de Mejicanos, a las ocho horas y

treinta minutos del día ocho de octubre de dos mil ocho.-

FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F028529

DAVID ERNESTO MENA SARMIENTO, Notario, de este domicilio,

con ofi cina situada en Condominio Flor Blanca, Segundo Nivel, Apar-

tamento 41, que sita sobre 45 Avenida Sur, frente al costado poniente

del Castillo Venturoso, en esta Ciudad,

HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario,

proveída a las ocho horas del día catorce de agosto de dos mil ocho,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor, CARLOS

ALFREDO MENDEZ HERNANDEZ, también conocido como CAR-

LOS ALFREDO HERNANDEZ MENDEZ, ROBERTO MENDEZ, y

por ROBERTO HERNÁNDEZ MENDEZ, quien fue de sesenta y nueve

años de edad, Soltero, Tapicero, originario de San Salvador, departamento

de San Salvador, Salvadoreño por Nacimiento, hijo de don JOAQUIN

HERNANDEZ y de Doña PILAR MENDEZ, ya fallecidos, siendo su

último domicilio MEJICANOS, departamento de San Salvador, quien

falleció en Hospital Zacamil, de la Ciudad de Mejicanos, a las trece horas

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

con quince minutos del día veintidós de julio del corriente año, sin haber

formalizado testamento alguno, de parte del señor JOSE ROBERTO

MENDEZ ROSA en su concepto de hijo del causante, habiéndosele

conferido la Administración, y Representación interina de la sucesión

con las facultades y restricciones de curador de la Herencia yacente.

Librado en mi Bufete Notarial, San Salvador, a los nueve días del

mes de octubre de dos mil ocho.

DAVID ERNESTO MENA SARMIENTO,

NOTARIO.

1 v. No. F028549/57

WILLIAN EDGARDO RODRIGUEZ EVORA, Notario, del domicilio

de Zacatecoluca, con ofi cina en Avenida Narciso Monterrey, Número

Veintidós, Barrio San José, Zacatecoluca; al público,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día diecinueve de julio del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor LUCAS SALINAS, quien

falleciera sin haber formalizado Testamento alguno, a las cinco horas del

día uno de abril del presente año, en el Caserío Barrio Nuevo, Cantón

Barrio jurisdicción de Tecoluca, Departamento de San Vicente, a con-

secuencia de Infarto, sin asistencia médica a la hora del fallecimiento,

siendo Tecoluca, Departamento de San Vicente, su último domicilio; de

parte del señor TRÁNSITO HERNÁNDEZ SALINAS, en su concepto

de hijo sobreviviente del causante; y se ha nombrado al aceptante,

interinamente, administrador y representante interino de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con derecho

a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo a la referida

ofi cina, en el término de quince días, contados desde el día siguiente a

la última publicación del presente Edicto.

Librado en la ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a

las diez horas del día diecinueve de julio de dos mil ocho.

LIC. WILLIAN EDGARDO RODRIGUEZ EVORA,

NOTARIO.

1 v. No. F028571

WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con ofi cina notarial en Final Colonia Miralvalle, Calle El

Roble Final Pasaje Méndez, número Dieciocho, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las diez horas del día once de septiembre del año dos mil ocho, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario, la

herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Cantón el Progreso,

jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las trece

horas del día veintidós de mayo del año mil novecientos noventa y seis,

dejó el señor ARCADIO MENDEZ CRESPIN, de parte de los señores:

MARIA ANTONIA HERNÁNDEZ DE MÉNDEZ, en calidad de esposa

del causante; MARIA DINA MÉNDEZ HERNÁNDEZ, ROLANDO

MÉNDEZ HERNÁNDEZ, WILFREDO MÉNDEZ HERNÁNDEZ,

ANA GLADIS MÉNDEZ HERNÁNDEZ; JOSÉ PORFIRIO MÉNDEZ

HERNÁNDEZ, en concepto de hijos del causante, habiéndoseles con-

ferido la administración y representación Interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario WILSON FRANCISCO FLORES

ZELADA. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día dos

de octubre de dos mil ocho.

WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F028391-1

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución

proveída por este tribunal, a las nueve horas dos minutos del día cuatro

de septiembre de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente,

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

ocurrida a las cuatro horas cuarenta y cinco minutos del día veintidós

de mayo de dos mil seis, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de

Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa, dejó la

señora MIRTALA SANCHEZ o MIRTALA SANCHEZ ORELLANA,

quien fue de setenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, soltera;

de parte de la señora BLANCA ESTELA SANCHEZ AREVALO, en

su concepto de hija de la expresada causante, a quien se le nombra

INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

Edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas trece minutos

del día ocho de septiembre de dos mil ocho.- LIC. HENRY EDMUNDO

MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. WILBER FRANCISCO

ROBERTO GROSS MENDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028408-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, Al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte

minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio

de inventario la herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor

MANUEL DE JESUS ALVAREZ, conocido por MANUEL DE JESUS

ALVAREZ ROMERO y MANUEL DE JESÚS ROMERO ALVAREZ,

quien fue de ochenta y nueve años de edad, viudo, mecánico, fallecido

el día dieciséis de abril del año mil novecientos noventa y nueve, siendo

Cuscatancingo el lugar de su último domicilio. De parte de los señores

MARIA ANGELA ROMERO PINEDA DE AREVALO, conocida

por MARIA ANGELA ROMERO PINEDA DE AREVALO, MARIA

ANGELA ALVAREZ PINEDA DE AREVALO, MARIA ANGELA

ALVAREZ PINEDA Viuda DE AREVALO ROMERO y MARIA

ANGELA ALVAREZ PINEDA Viuda DE AREVALO; ESTHER

ZULEMA ROMERO ARTEAGA conocida por ESTHER ZULEMA

ALVAREZ ROMERO y ESTHER ZULEMA ROMERO ALVAREZ;

CAMILA DEL CARMEN ALVAREZ BENITEZ conocida por CAMILA

DEL CARMEN ALVAREZ BENITEZ DONOFRIO, CAMILA DEL

CARMEN ALVAREZ DE DONOFRIO, CAMILA DEL CARMEN

ALVAREZ BENITEZ DONAFRIO y CAMILA DONOFRIO y DIOS

DE DAVID ELLIOTT ALVAREZ, éste representado por la curadora

nombrada MARIA ANGELA ROMERO PINEDA DE AREVALO,

todos en calidad de herederos Testamentarios.

Confi riéndole a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Representados los aceptantes en

estas diligencias por el abogado José Luis Asunción García.

Publíquese el edicto de Ley.

Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-

tes.

JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las quince horas y

cuarenta minutos del día doce de septiembre del año dos mil ocho.

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE

LO CIVIL DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028411-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las once horas cuarenta minutos del día diecinueve de septiembre del

año dos mil ocho, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor

MAXIMO PEREZ NAVAS, quien fue de cincuenta y cuatro años de

edad, Casado, Empleado, hijo de IGNACIO PEREZ y MACARIA

NAVAS, fallecido el día quince de agosto del año dos mil siete; siendo

la Ciudad de Apopa, el lugar de su último domicilio; de parte de los

menores: JAIME VLADIMIR PEREZ QUINTANILLA y CLAUDIA

PATRICIA PEREZ QUINTANILLA, de catorce y dieciséis años de edad,

respectivamente, ambos estudiantes y de este domicilio; y de la señora

BLANCA ELIZABETH QUINTANILLA DE PEREZ, hoy Viuda DE

PEREZ, de treinta y siete años de edad, Ama de Casa, de este domicilio;

en calidad de hijos y Cónyuge Sobreviviente del De-Cujus, y además esta

última como Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspon-

dían en la presente Sucesión, a la señora MACARIA NAVAS ARDON

hoy Viuda DE PEREZ, conocida por MACARIA NAVAS, y al señor

MOISES BENJAMIN PEREZ QUINTANILLA, en calidad de Madre e

hijo del Causante, respectivamente. Y se les confi rió a los aceptantes en

el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de los

bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente; debiendo los menores: JAIME VLADIMIR y

CLAUDIA PATRICIA, ambos de apellidos PEREZ QUINTANILLA,

ejercer sus derechos a través de su Representante Legal, señora BLANCA

ELIZABETH QUINTANILLA DE PEREZ hoy Viuda DE PEREZ.

Lo que se hace del conocimiento al Público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas cua-

renta y cinco minutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil

ocho. DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F028443-1

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las once horas y diez minutos del día seis de octubre del corriente año,

se ha declarado Heredero Ab-intestato, con Benefi cio de Inventario de

la señora NICOLASA ELISA PEREZ ARGUERA, conocida por NI-

COLASA ELIA PEREZ, ELIA PEREZ y por ELIA ARGUERA, quien

falleció a las quince horas y treinta minutos del día cinco de enero del año

dos mil, en Colonia La Palma, Santiago de María, siendo éste su último

domicilio, de parte del señor MIGUEL ANGEL PEREZ, en calidad de

hijo de la causante, y como cesionario de los derechos hereditarios que

como hijo de la causante le correspondían al señor JOSE FLORENTIN

ARGUERA. Confi riéndosele al aceptante dicho la Administración y

Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a los siete días del mes de octubre del año dos mil

ocho. LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA. LICDO. FREDY FRANCISCO ORELLANA

FRANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028481-1

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas del día uno de septiembre de dos mil seis; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor OSCAR COLATO, fallecido a las catorce horas treinta minutos del día treinta y uno de enero de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Planes Terceros de esta juris-dicción, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte del señor Oscar Antonio Portillo Colato, conocido por Oscar Antonio Colato Portillo, por sí y en su concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión les correspondían a José Natividad Portillo Colato, conocido por José Natividad Colato Portillo, María Magdalena Portillo de Martínez, conocida por María Magdalena Portillo Colato y por María Magdalena Colato Portillo, Osmín Evelio Portillo Colato, conocido por Osmín Evelio Colato Portillo, José Milton Portillo Colato, conocido por José Milton Colato Portillo, Rubén Abdulio Portillo Colato, conocido por Rubén Abdulio Colato Portillo y Berta Alicia Portillo viuda de Roble, conocida por Berta Alicia Portillo Colato y por Berta Alicia Colato Portillo, en su concepto de hijos del causante. Nómbrase al aceptante en el carácter dicho administrador y representante interino de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve horas del día ocho de julio de dos mil ocho. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZA DE PRIMERA INS-TANCIA. BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028482-1

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas día veinticin-co de febrero de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor SANTOS SINFOROSO SARAVIA BLANCO conocido por SANTOS SINFOROSO SARAVIA, quien falleció el día treinta de diciembre de dos mil tres, en el Barrio El Centro, de San Antonio Silva, jurisdicción de San Miguel, lugar de su último domicilio, de parte del señor JOSE MARCELINO ANDRADE SARAVIA, como hijo del causante y se ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL, San Miguel, a las doce horas y diez minutos del día veinticinco de febrero de dos mil ocho. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F028483-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

diez horas con quince minutos del día nueve de abril del dos mil ocho;

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia Intestada dejada por el causante JULIO ALEXANDER LOPEZ

PEREZ, quien fue de veintisiete años de edad, agricultor, fallecido el

día diecinueve de agosto del dos mil seis, siendo Metapán su último

domicilio; por parte de los señores JULIAN LOPEZ y JUANA ANTE-

PORTAN PEREZ PERDIDO conocida por JUANA PEREZ, en concepto

de padres del referido causante. En consecuencia, se les ha conferido

a dichos aceptantes la administración y representación INTERINA de

la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los

curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

veinticinco minutos del día quince de abril del dos mil ocho. LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028494-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez

horas con cincuenta minutos del día veinticinco de septiembre del año

dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la

ciudad de Los Ángeles, Estado de California, de los Estados Unidos de

Norte América, siendo la ciudad de San Salvador su último domicilio,

el día veintiocho de julio de mil novecientos ochenta y ocho, dejó la

causante señora ANA JOSEFA SILVA ARGUETA, conocida por ANA

JOSEFA SILVA, ANA JOSEFA CEVALLOS, ANA JOSEFA SILVA

Viuda DE CEVALLOS, JOSEFA SILVA Viuda DE CEVALLOS y por

ANA JOSEFA DE CEVALLOS, de parte de la señora JOSEFA RUTH

YOLANDA CEVALLOS SILVA, en su concepto de hija de la referida

causante, en la cual se le ha conferido a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

ocho horas y cuarenta minutos del día siete de octubre del año dos mil

ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028508-1

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JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y vein-te minutos del día dieciocho de agosto del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor HECTOR FRANCISCO AUGUSTO JIMENEZ JIMENEZ conocido por HECTOR FRANCISCO AUGUSTO JIMENEZ, HECTOR FRAN-CISCO JIMENEZ JIMENEZ y por HECTOR FRANCISCO JIMENEZ, quien falleció en el Hospital del Seguro Social, a las dos horas y treinta minutos, del día veintiuno de mayo de mil novecientos ochenta y dos, siendo su último el de esta ciudad, a la señora VILMA CAMPOS Viuda DE JIMENEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor WALTER ALEXANDER JIMENEZ CAMPOS, como hijo del de cujus.

Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herencia a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-cación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas y cuarenta minutos del día dieciocho de agosto de dos mil ocho. LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028525-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE IZALCO.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas con diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MIGUEL EDMUNDO FIGUEROA DE LEON o MIGUEL EDMUNDO FIGUEROA, quien falleció el día diecisiete de noviembre del año dos mil siete, a la edad de cincuenta y ocho años, siendo su último domicilio el de la ciudad de San Julián; por parte de los señores EVA MARGARITA GARCIA DE FIGUEROA, RONALD MANFREDO MARTINEZ conocido por RONALD MANFREDO FIGUEROA MARTINEZ y por RONALD MANFREDO MARTINEZ FIGUEROA, KATIA MARIA FIGUEROA CHACON o KATIA MARIA FIGUEROA MARTINEZ, EVA ELIZABETH FIGUEROA GARCIA y PATRICIA CAROLINA FIGUEROA GARCIA, la primera en calidad de Cónyuge y los restantes como hijos sobrevivientes del causante.

Confi éreseles a los aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-mento de Sonsonate, a los dos días del mes de septiembre de dos mil ocho. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F028547-1

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos

legales.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado

este mismo día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día

cinco de mayo del año dos mil siete, en el Cantón El Pinalito de esta

jurisdicción, lugar de su último domicilio, dejó el señor ALEJANDRO

MONTANO conocido por ALEJANDRO DEL CARMEN MONTANO

de parte de MARIA ESTER HERNANDEZ PUENTES, RAQUEL

DEL SOCORRO HERNANDEZ PUENTES, URANIA ELIZABETH

HERNANDEZ FUENTES y CARLOS ERNESTO GUTIERREZ

FUENTES, como cesionarios del derecho hereditario que como hija

del causante correspondía a MARIA ELENA PUENTES MONTANO,

confi riéndoseles a los referidos aceptantes INTERINAMENTE la ad-

ministración y representación de la mortual expresada.

LIBRADA EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las quince horas cuarenta minutos del día dieciséis de mayo

del año dos mil ocho. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028561-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada este mismo día; se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día trece de mayo del

año dos mil ocho, en Coatepeque: jurisdicción de Santa Ana, el lugar

de su último domicilio; dejó el señor LUIS ALFREDO OSORIO RO-

QUE de parte de NICOMEDES DE JESUS ZECEÑA DE OSORIO,

en su calidad de cónyuge del causante antes referido; confi riéndosele

INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión

expresada, con las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas con cinco minutos del día diecinueve de septiembre

del año dos mil ocho. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028580-1

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HERENCIA YACENTE

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día nueve

de septiembre del año dos mil ocho, se ha declarado Yacente la sucesión

dejada por el señor CARLOS CORNEJO LEMUS, quien falleció el día

veintiocho de octubre de dos mil siete, siendo esta ciudad su último

domicilio, en virtud de haber transcurrido más de quince días sin que

persona alguna se haya presentado a este Juzgado aceptando la herencia

o una cuota de ella, y se ha nombrado curador para que represente la

referida sucesión, a la Licenciada Aída Marcelina Alvarado Galdámez,

a quien se le ha juramentado y discernido el cargo conferido.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los ocho días del mes de octubre del año dos mil ocho.- LIC. MAR-

GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028437-1

LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta

y cinco minutos del día once de septiembre del corriente año, ha sido

declarada YACENTE LA HERENCIA, que a su defunción dejara el señor

JOSÉ LUIS RAMOS, quien fue de sesenta y un años de edad, jornalero,

soltero, hijo de Evaristo Ramos, María Cruz, originario de San Gerardo,

Departamento de San Miguel, de nacionalidad salvadoreño, fallecido

el día veintiséis de junio de dos mil cuatro, en el Hospital Nacional de

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, siendo éste su último

domicilio.- Y se ha nombrado CURADOR en las presentes diligencias al

Licenciado GUSTAVO ENRIQUE SOLIS MELARA, para que represente

la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las once horas y veinte minutos del día

dieciséis de septiembre del año dos mil ocho.- LICDA. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028506-1

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor EDWIN AR-

MANDO DIAZ ORELLANA, mayor de edad, Licenciado en Ciencias

Jurídicas, del domicilio de Izalco, Departamento de Sonsonate, portador

de su Documento Único de Identidad Personal Número 00949039-1, con

Número de Identifi cación Tributaria 0419-040577-102-9. Solicitando

a favor de los señores MISAEL ENRIQUE ORELLANA FLORES y

ANA DELMI SOLANO CORTEZ, título de propiedad y dominio de

un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio La Vega, de

la población de Potonico, Departamento de Chalatenango, controlado

por el Centro Nacional de Registro, Mapa: 0447403176, parcela Nº 17,

Área Catastral 515.42 metros cuadrados, que linda: AL NORTE, linda

Perfecto Cruz Menjívar Orellana; y AL SUR, linda Francisca Orellana

Tobar; AL ORIENTE, linda Santiaga Lucía Flores viuda de Orellana; AL

PONIENTE, linda Perfecto Cruz Menjívar Orellana, dicho inmueble lo

adquirieron por posesión material por más de treinta años consecutivos,

en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y consiste en cuidarlo, hacerle

mejoras, habitar en él, es decir todo a ciencia y paciencia, de vecinos en

general y colindantes en especial, no es predio sirviente, ni dominante,

ni está en proindivisión con nadie; lo estima en la cantidad de MIL

QUINIENTOS DOLARES, los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Potonico, Departamento de Chalatenango, a tres

de octubre del dos mil ocho- HÉCTOR ARNOLDO RECINOS O., AL-

CALDE MUNICIPAL. ANA JULIA BARAHONA DE ECHEVERRÍA,

SRIA. MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028416-1

La Infrascrita Alcaldesa Municipal.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CATALINA

MEJIA TREMINIO, de setenta y un años de edad, doméstica, del domicilio

de Santiago Nonualco; con Documento Único de Identidad número cero

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

cero quinientos setenta y tres mil novecientos veintiuno- cuatro, a solicitar

se extienda a su nombre, Título de Propiedad de un solar urbano situado

en Barrio El Ángel, Calle Manuel Enrique Araujo Número s/n, de esta

ciudad, con construcción y según la Certifi cación de la Denominación

Catastral extendida por la Ofi cina de Mantenimiento Catastral de La

Paz, tiene un área de CIENTO SESENTA Y CINCO PUNTO NUEVE

MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos especiales siguientes; AL NORTE: linda con

predios de Carlos Borromeo Mejía, Luis Alfredo Mejía y Marina Beltrán

Romero, en doce metros, cincuenta centímetros; AL ORIENTE: linda

con predio de Carlos Cortez, en diez metros, cincuenta centímetros; AL

SUR: linda con predios de Rosa Margarita López Morales de García y

María Olivia Deleón Valencia, con ambos Calle Doctor Manuel Enrique

Araujo de por medio, en doce metros, cincuenta centímetros; y AL PO-

NIENTE: linda con predios de Carlos Borromeo Mejía y Luis Alfredo

Mejía, en diez metros, cincuenta centímetros. Los colindantes son todos

de este domicilio. El predio no es dominante, pero está afectado por una

servidumbre de dos metros de ancho de Norte a Sur, para dar salida a la

Calle Pública, por lo que es sirviente. No tiene cargas o derechos reales

de ajena pertenencia. La titulante lo posee de manera quieta, pacífi ca y no

interrumpida por más de diez años consecutivos, por unir su posesión a

la que ejerció su antecesora, doña Vilma Celia Bonilla, hoy fallecida que

fue, era mayor de edad, comerciante y de este domicilio, por medio de

Escritura Pública de Compraventa otorgada el veintisiete de octubre de

mil novecientos noventa y siete, ante los ofi cios del Notario Licenciado

José Augusto Contreras Monterrosa, cuyo documento no está inscrito,

ni es inscribible por carecer de antecedentes registrados de dominio. Lo

valora en DOS MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES.

Se hace saber para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Santiago Nonualco, nueve de octubre de dos

mil ocho.- MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES, ALCAL-

DESA MUNICIPAL.- ELIAS BARAHONA LOVO, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028522

TÍTULOS SUPLETORIOS

OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina en la Segunda Calle Poniente cinco-uno, en Santa Tecla.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios Notariales CARMEN ELE-

NA HERNANDEZ HERNANDEZ ha iniciado Diligencias de Título

Supletorio, respecto de un terreno rústico, situado en el Cantón San

Sebastián, Jurisdicción de Jutiapa, Departamento de Cabañas, de ocho

mil doscientos noventa y ocho metros cuadrados, el que mide y linda:

AL NORTE, a partir del vértice Norponiente, veinte tramos, que sucesi-

vamente miden: cinco metros ochenta y cuatro centímetros; ocho metros

sesenta y seis centímetros; diez metros noventa y un centímetros; cinco

metros cuarenta y tres centímetros; tres metros noventa y seis centímetros;

ocho metros ocho centímetros; dos metros noventa y cinco centímetros;

siete metros noventa y cinco centímetros; seis metros cuarenta y siete

centímetros; doce metros catorce centímetros; doce metros ochenta y

nueve centímetros; seis metros nueve centímetros; cinco metros setenta

y un centímetros; tres metros noventa y cuatro centímetros; tres metros

sesenta y cinco centímetros; ocho metros treinta y siete centímetros;

siete metros sesenta y cuatro centímetros; siete metros cuarenta y un

centímetros, cuatro metros treinta centímetros; y once metros ochenta y

ocho centímetros; llegando al vértice Nororiente; linda por todo el rumbo

con María Lucila Castellanos Ayala, María Julia Castellanos de Cañas,

María Teófi la Castellanos de Flores, Ana Alicia Castellanos Portillo,

Benjamín Castellanos Portillo, María Ofelia Castellanos Portillo, Milagro

Castellanos Portillo, Pastora de Jesús Castellanos Portillo, Ramona Elvira

Castellanos Portillo, Eusebio Castellanos, Mauricio Castellanos y Pedro

Saúl Portillo Castellanos; AL ORIENTE, a partir del vértice Nororiente,

catorce tramos que sucesivamente miden: Doce metros noventa y seis

centímetros; trece metros treinta y dos centímetros; diez metros sesenta

y ocho centímetros; seis metros treinta centímetros; cinco metros nueve

centímetros; once metros sesenta y cinco centímetros; once metros once

centímetros; cinco metros ochenta y seis centímetros; tres metros setenta

y cinco centímetros; dos metros treinta y siete centímetros; un metro

cuarenta y tres centímetros; cuatro metros treinta y cinco centímetros;

tres metros sesenta centímetros; y siete metros un centímetro; se llega

al vértice Suroriente; linda por todo el rumbo con Elena Gámez viuda

de Portillo; AL SUR, a partir del vértice Suroriente, once tramos rectos

que sucesivamente miden: Tres metros cincuenta y ocho centímetros;

tres metros sesenta y siete centímetros; tres metros noventa y seis cen-

tímetros; dos metros cuarenta y siete centímetros; seis metros noventa

y siete centímetros, seis metros setenta y dos centímetros; cuatro metros

noventa y dos centímetros; cinco metros cincuenta y ocho centímetros;

cinco metros cuarenta y nueve centímetros; cuatro metros setenta y dos

centímetros; y cinco metros cinco centímetros; se llega al vértice Sur-

poniente; linda por todo el rumbo con Elena Gámez viuda de Portillo;

y AL PONIENTE, a partir del vértice Surponiente, doce tramos rectos,

que sucesivamente miden: Seis metros cincuenta y siete centímetros;

cuatro metros veintiún centímetros; trece metros veintiocho centímetros;

diez metros sesenta y ocho centímetros; ocho metros trece centímetros;

siete metros treinta y cuatro centímetros; siete metros sesenta y seis

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centímetros; tres metros cincuenta y cuatro centímetros; cuatro metros

setenta y ocho centímetros, seis metros ochenta y siete centímetros;

cinco metros trece centímetros; y dos metros ochenta y seis centímetros;

se llega al vértice Norponiente donde se inició la presente descripción,

linda con Pedro Sául Portillo Castellanos, María Lucila Castellanos

Ayala, María Julia Castellanos de Cañas, María Teófi la Castellanos de

Flores, Ana Alicia Castellanos Portillo, Benjamín Castellanos Portillo,

María Ofelia Castellanos Portillo, Milagro Castellanos Portillo, Pasto-

ra de Jesús Castellanos Portillo, Ramona Elvira Castellanos Portillo,

Eusebio Castellanos y Mauricio Castellanos; tal terreno ha sido poseído

por su antecesor Juan Hernández Peña desde el mes de noviembre de

mil novecientos cincuenta y dos; pero la posesión del mismo le ha sido

cedida a Carmen Elena Hernández Hernández, en agosto del presente

año, quienes han ejercido respectivamente la posesión de manera quieta,

pacífi ca e ininterrumpida, sin proindivisión alguna, por más de diez

años consecutivos; aclarándose que el inmueble descrito está valorado

en la suma de TRES MIL DOLARES, moneda de los Estados Unidos

de América.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en Santa Tecla, a siete de octubre del año dos mil ocho.

OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F028429

ANA LAURA MARIA CRUZ CHANTA, Notario, de este domicilio,

con Buffet Jurídico Notarial ubicado en Cuarenta y Tres Avenida Sur,

Condominio Flor Blanca, Número doscientos diecisiete “A”, Segundo

Nivel, de esta ciudad.

HACE SABER: Que en mi ofi cina se ha presentado la señora

ERLINDA ARCADIA FLORES DOMINGUEZ, de sesenta y cuatro

años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad, con

Documento Único de Identidad número cero cero cinco ocho dos dos

ocho dos-uno, a seguir Diligencias Notariales de TITULO SUPLETORIO

de un inmueble urbano situado en Barrio “El Ángel”, Segunda Avenida

Sur y Pasaje El Milagro, Rosario de La Paz, Departamento de La Paz,

de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS

CUADRADOS en su totalidad y tiene los linderos siguientes: AL NORTE:

con porciones vendidas a las señoras Dolores Antonia y Bertila Isabel

Flores Domínguez mide veinticuatro metros cincuenta centímetros;

AL PONIENTE: con terreno de Mauricio Henríquez, que fue de doña

María Onofre Guzmán viuda de Gutiérrez, mide ocho metros noventa

centímetros; AL SUR: con terreno de Natividad González López, que

fue de la señora María Onofre Guzmán viuda de Gutiérrez, quedando

de por medio una calle que la referida señora ha dejado a favor de su

terreno, el cual mide veinticuatro metros cincuenta centímetros: y AL

ORIENTE: con terreno de doña Trinidad Ramírez, calle de por medio,

sus líneas son rectas, está circulada con cercas de alambre espinado en

los costados Poniente, Sur y Oriente. Dicho inmueble lo posee en forma

quieta, pacífi ca, de buena fe e ininterrumpida desde hace más de diez

años.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de

octubre del año dos mil ocho

LIC. ANA LAURA MARIA CRUZ CHANTA,

NOTARIO.

1 v. No. F028457

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.

KARLA NOEMI ROMERO AMAYA, en carácter de Apoderado

General Judicial de los señores MANUEL DE JESÚS MARTINEZ

ORELLANA, de cuarenta y nueve años de edad, jornalero, y MARIA

ESTENIA SORTO DE MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad,

de ofi cios domésticos, ambos del domicilio de San Antonio del Mosco,

Departamento de San Miguel; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de

un terreno de naturaleza rústica; situado en el Cantón San Marcos, del

Municipio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, de

la capacidad superfi cial de CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA

Y DOS METROS VEINTICINCO DECIMETROS VEINTE CENTI-

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes:

AL PONIENTE: Distancia de noventa y tres metros, colinda con Luis

Henríquez Rivera, mojones de piedra de por medio; AL NORTE: Dis-

tancia de ochenta y un metros, colinda con Florencio Márquez, antes

de Nicolás Romero García, cerco de alambre propio de por medio; AL

ORIENTE: Distancia de ciento catorce metros, colinda con Cleotilde

Hernández, mojones de por medio; y AL SUR: Distancia de tres metros

treinta decímetros, colinda con Gonzalo García y José Benigno Lovo,

calle de por medio. Lo adquirió por compraventa de posesión material

que hizo al señor ISIDRO HERNÁNDEZ RIVERA; y lo valúa en la

cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTEAMERICA.

Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas

del día cuatro de julio del año dos mil ocho.- LIC. OSCAR DANIEL

ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.-

BR EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028458-1

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la señora

ANGELA ALONSO DE PEREZ, promoviendo diligencias de título

supletorio por manifestar que es legítima propietaria y actual poseedora,

y lo posee desde el año de mil novecientos setenta, hasta la actualidad

respecto de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El

Rosario, Jurisdicción de esta ciudad, de la extensión superfi cial de MIL

NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A

MIL QUINIENTAS SESENTA Y OCHO PUNTO DIECIOCHO VARAS

CUADRADAS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE,

mide cuarenta metros con terreno del señor Salvador Morán, camino de

por medio, propiedad del mismo señor Morán, de un mango a un izote de

línea recta, cerco de alambre, AL NORTE, mide treinta y cinco metros,

con terreno de Mercedes López, Calle a Tonacatepeque de por medio,

del mango antes mencionado a un pito en línea recta, cerco de alambre,

AL PONIENTE, mide veinticuatro metros con terreno del señor José

Urbano, mide treinta y tres metros treinta y cinco centímetros, con terreno

de Adán López, cerco de alambre de por medio, en este inmueble se

encuentra construida una casa de bahareque, techo de lámina, no posee

cultivos permanentes, innominado y sin proindivisión con nadie, y lo

valúa en TREINTA MIL COLONES. Según consta en la solicitud, no

está en proindivisión con nadie, y lo hubo por compraventa efectuada

al señor Jacinto Palacios, ya fallecido, por instrumento público el cual

se le ha extraviado, que dicho inmueble carece de título inscrito en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas. Razón por la cual este Juzgado

ha admitido la solicitud, teniendo por parte a la expresada señora en su

carácter personal, con citación del Síndico Municipal de esta ciudad, y

se ha ordenado fi jar y publicar los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a

los veinticinco días del mes de julio del año dos mil ocho.- LIC. MAR-

GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028512-1

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se han presentado los Licen-

ciados CRISTIAN JOSE HERNANDEZ DELGADO y ESTERLINA

DE LA PAZ GUERRA SOTO como Apoderados de la señora SANDRA

DINORA RIVAS CASTELLON, mayor de edad, de este domicilio, pro-

moviendo Diligencias de TITULO SUPLETORIO y dice: Que la señora

SANDRA DINORA RIVAS CASTELLON es dueña y actual poseedora

desde hace más diez años, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida

de un terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar denominado San

Nicolás, Jurisdicción de Sesori, Departamento de San Miguel, de la

capacidad de CUATRO MANZANAS, equivalentes a VEINTICUATRO

MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CINCUENTA

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

DECIMETROS CUADRADOS, y que se describe así: AL NORTE, mide

doscientos metros, colinda con terreno de la señora Vilma Candelaria

Rivera, calle de por medio; AL ORIENTE, mide cien metros linda con

terreno propiedad del señor Cayetano Medrano y Roberto Funes; AL

SUR, mide ciento ochenta y un metros, colinda con terreno propiedad

del señor Marcial Portillo y Escuela Pública, calle de por medio; y AL

PONIENTE, mide ciento cincuenta y ocho metros y linda con terreno

propiedad de Marcial Portillo y Deysi Rivas, calle de por medio. Lo

obtuvo por compraventa que le hizo a la señora MARIA FUNES DE

VIGIL y que lo valúa en la cantidad de QUINIENTOS DOLARES.

Que por carecer de documento inscrito en el Registro respectivo pide

se le extienda a su favor TITULO SUPLETORIO del inmueble antes

descrito.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

quince horas veintitrés minutos del día doce de septiembre del dos mil

ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F028520-1

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que LIDIA DEL CARMEN HENRIQUEZ hoy viuda DE

MONTECINO, SOLICITA TITULO DE DOMINIO a su favor de un

inmueble de naturaleza urbana, en el que se encuentra construida una

casa, situado en Cuarta Calle Oriente y Segunda Avenida Sur, Barrio

Santa Lucía, Municipio de Chapeltique, Distrito y Departamento, de

San Miguel, de una extensión superfi cial de SETECIENTOS SESENTA

Y SEIS PUNTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Consta de tres tramos

rectos, el primero con una distancia de seis punto veinticuatro metros

y rumbo Noreste, setenta y nueve grados veintiséis minutos y veintiún

segundos; el segundo con una distancia de tres metros catorce centímetros

y rumbo Noreste, de ochenta y siete grados nueve minutos y treinta y

cinco segundos; el tercero con una distancia de trece metros treinta y un

centímetros y rumbo Noreste, de ochenta y siete grados catorce minutos y

veintinueve segundos. Los tres tramos descritos colindan con María Fidelia

Zúniga Zepeda y Rosa María Bonilla de Mata y actualmente con Ana

Elsi de Iglesias y Benedicto Bonilla, calle adoquinada y cerco de alambre

de púas de por medio; AL ORIENTE: consta de cuatro tramos rectos el

primero con una distancia de nueve metros con cuarenta centímetros y

rumbo Sureste, de cuatro grados treinta y siete minutos treinta y cuatro

segundos; el segundo con una distancia de uno punto ochenta y un metros

y rumbo Sureste, de seis grados veintinueve minutos treinta segundos;

el tercero con una distancia de seis punto cuarenta y siete metros con

rumbo Suroeste, de cero grados un minuto y seis segundos; el cuarto con

una distancia de quince punto veinte metros y rumbo Suroeste, de cero

grados doce minutos y cincuenta y cinco segundos. Los cuatro tramos

descritos colindan con propiedad de Rosa Lina Henríquez de Bonilla

actualmente con Mauricio Bonilla y Ernesto Hernández, calle de adoquín

y cerco de alambre de púas de por medio; AL SUR: consta de un tramo

recto con una distancia de veinticinco punto setenta y seis metros con

rumbo Noroeste de ochenta y seis grados diecinueve minutos cincuenta y

seis segundos, el tramo antes descrito colinda con propiedad de Antonia

Luisa Díaz Bonilla, pared de ladrillo de por medio; AL PONIENTE:

consta de un tramo recto con una distancia de veintinueve punto treinta

y cuatro metros y rumbo Noreste, de cuatro grados veintidós minutos

tres segundos, el tramo antes descrito colinda con propiedad de Manuela

de Jesús Escobar viuda de Portillo actualmente con Juan Guzmán. El

referido inmueble lo estima en la suma de TREINTA MIL DOLARES,

y le pertenece por posesión por más de diez años consecutivos, quieta

y pacífi camente, sin interrupción. No es predio dominante, ni sirviente,

ni tiene cargas, ni derecho real de ajena pertenencia con quien lo tuviera

en proindivisión.

Lo que avisa al público para los efectos legales.

ALCALDIA MUNICIPAL: CHAPELTIQUE, treinta de septiembre

de dos mil ocho. JOSÉ EUSTAQUIO RIVAS CABRERA, ALCALDE

MUNICIPAL. ALCIDES OSMAR REYES CANALES, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028438-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

JUICIO DE AUSENCIA

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que en el JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO

promovido por la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE

como Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIE-

DAD ANONIMA, en contra del señor JOSE ALEJANDRO GUTIERREZ

MARIONA, mayor de edad, empleado, de este domicilio, se ha presentado

dicha Apoderada, manifestando que el demandado se ha ausentado de

su domicilio, ignorándose su paradero, como si ha dejado procurador

o representante legal que lo represente, por lo que se previene, que si

lo tuviere se presente a este Juzgado comprobando dicha circunstancia,

dentro de los quince días siguientes al de la última publicación de este

aviso.-

Lo que se hace del conocimiento del Público para los efectos de

ley.-

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las quince horas con nueve minutos del día siete de agosto del año dos

mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARA-

DA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

1 v. No. C024840

ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Al público para efectos de Ley, que en este Juzgado se

ha promovido Juicio Civil Ejecutivo, por el Licenciado FERNANDO

ARISTIDES GARAY ANDRADE, apoderado de la CAJA DE CRE-

DITO RURAL DE SAN ALEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que

puede abreviarse “CAJA DE CREDITO DE SAN ALEJO”, DEL

DOMICILIO DE San Alejo, Departamento de La Unión, contra los

señores FLOR MARIA LOPEZ DE TREMINIO Y JOSE SERGIO

LOPEZ; que la señora FLOR MARIA LOPEZ DE TREMINIO se ha

ausentado del territorio Nacional, ignorándose su paradero, y si tiene o

no Procurador u otro representante legal, por lo que pide el Licenciado

GARAY ANDRADE, en atención a lo prescrito en el Art. 141 Pr.C.,

que se le nombre a dicha señora un Curador Especial que la represente

en la continuación del Juicio en mención.

En consecuencia, se cita a quien tenga la representación de la se-

ñora FLOR MARIA LOPEZ DE TREMINIO, para que en el término de

quince días después de la última publicación de este aviso, comparezca

a este Juzgado a demostrar tal calidad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los quince días del

mes de agosto de dos mil ocho. LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN

MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F028402

JULIO CESAR GUEVARA, Notario, de este domicilio, con ofi cina

situada en Cincuenta y Cinco Avenida Sur y Pasaje Olímpico número

trece de esta ciudad, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a mis ofi cinas de notario se ha presentado

el señor Jorge Guillermo Campos González, actuando en nombre y

representación de las sociedades TOTAL, S. A. de C. V., y TANDEM

TUNEL S. A. de C. V., de los domicilios de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad y de Izalco, Departamento de Sonsonate respectivamente,

manifestado que sus representadas desean demandar en Juicios Civiles y

Mercantiles a los señores Francisco Ramón Mejía Pineda y Marta Aída

Aquino Burgos, ambos de domicilio desconocido y cuyo paradero se

ignora y no se sabe si tengan o hayan dejado procurador u otro repre-

sentante legal, constituyéndose en ausentes no declarados, razón por la

cual solicita se tramiten las diligencias respectivas y con las pruebas

pertinentes se nombre un curador Ad-litem para que los represente en

los juicios de mérito.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de

octubre de dos mil ocho.

JULIO CESAR GUEVARA,

NOTARIO.

1 v. No. F028412

JULIO CESAR GUEVARA, Notario, de este domicilio, con ofi cina

situada en Cincuenta y Cinco Avenida Sur y Pasaje Olímpico número

trece de esta ciudad, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a mi ofi cina de notario se ha presentado la

señora Ana Rubidia Campos González, actuando en nombre y repre-

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

sentación de CONSTRUCTORA LA FORTUNA S. A. de C. V., del

domicilio de Izalco, Departamento de Sonsonate, manifestando que su

representada ha promovido ante el Juez de lo Civil de Ahuachapán, Juicio

Civil ordinario constitutivo de servidumbre de tránsito en contra de María

Teresa Zaldaña Cuéllar y José Luis Zaldaña Cuéllar, ambos mayores de

edad, médico y estudiante respectivamente, actualmente de domicilio

ignorado, desconociéndose que tengan o hayan dejado procurador u

otro representante legal, ignorándose su paradero, razón por la cual, en

la calidad en que actúa, solicita se realicen las diligencias respectivas y

con las pruebas pertinentes se nombre un curador ad-litem para que en

nombre de ellos se apersone e intervenga en el juicio de mérito.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de

octubre de dos mil ocho.

JULIO CESAR GUEVARA,

NOTARIO.

1 v. No. F028413

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Abogado Eduardo García Gutiérrez, en calidad de apoderado del

FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO,

contra el señor EDGAR ULISES VEGA HERNANDEZ, en razón de no

haber sido encontrado dicho señor en su domicilio conocido, para efectos

de ser emplazado, el referido abogado García Gutiérrez, en la calidad en

que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141 Pr., a fi n de

que se provea de un Curador Especial para que represente en el Juicio,

al señor EDGAR ULISES VEGA HERNANDEZ, quien es mayor de

edad, estudiante, con último domicilio conocido el de Sonsonate, y de

quien no se sabe si ha dejado Procurador, Apoderado o Representante

Legal, para que lo represente en el Juicio. En consecuencia, se previene

al Procurador, Apoderado o Representante Legal alguno del referido

señor, caso de que lo tuviere, se presente a este Juzgado en el término de

quince días después de la tercera publicación de este edicto, a comprobar

dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas

cinco minutos del día siete de agosto de dos mil ocho.- LIC. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

1 v. No. F028431

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

JUAN RAMON FLORES BENITEZ, como Apoderado General Judicial

del señor EDUARDO MORENO ZELAYA, demandado en el carácter

en Juicio Civil Ordinario de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a los

demandados señores REINALDO OSMIN GUARDADO CABRERA,

RIDER ANTONIO GUARDADO CABRERA, DORA RUBIA CA-

BRERA NOLASCO VIUDA DE GUARDADO y en ese entonces los

menores HARVEY BORIS Y RONALD ABRAHAM, ambos de Ape-

llidos GUARDADO CABRERA, del domicilio actualmente ignorado,

sin que se sepa su paradero o si ha dejado en el país Procurador u otro

Representante Legal, por lo que se previene si lo tuviere, se presente a

este Juzgado dentro de los quince días siguientes a la publicación del

último aviso, comprobando tal circunstancia.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las nueve horas y cinco minutos del día ocho de octubre de dos mil

ocho. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

1 v. No. F028510

ANGEL ROLANDO SANCHEZ MIRANDA, Notario, de este domi-

cilio, al público,

HACE SABER: Que a mi ofi cina de Notario, situada en la Sexta

Calle Poniente número tres de esta ciudad, se han presentado los señores

GERMAN DAVID RAMIREZ MEDINA, de treinta y siete años de

edad, Empleado, y ELSA DARLINE MEDINA RAMIREZ, de treinta y

dos años de edad, empleada, ambos de este domicilio, EXPONIENDO:

Que como herederos testamentarios del señor BERTIN ALEJANDRO

RAMIREZ TOBAR, adquirieron por traspaso por herencia un inmue-

ble de naturaleza urbana situado en el lugar llamado Colonia Rotaria

Cantón Chupaderos de esta jurisdicción, inscrito a la matrícula DOS

CERO UNO SIETE NUEVE DOS CUATRO OCHO- CERO CERO

CERO CERO CERO Asiento Cinco del Registro de la Propiedad del

Departamento de Santa Ana, el cual fue traspasado juntamente con

el gravamen hipotecario inscrito en dicha matrícula, a favor del señor

BENITO MORALES VEGA. Que desean entablar JUICIO CIVIL OR-

DINARIO DE MERO DERECHO DE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA

DE LA ACCION, contra el señor BENITO MORALES VEGA, mayor

de edad, Agricultor en Pequeño, habiendo tenido su último domicilio

en esta ciudad; y por ignorarse su paradero y domicilio actual, por ha-

berse ausentado de territorio Nacional, así como también si ha dejado

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

procurador o representante legal, por lo que se conformidad al Artículo

veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y de Otras Diligencias, en relación con el Artículo ciento cuarenta y uno

del Código de Procedimientos Civiles reformado y para continuar con el

Juicio expresado comparecen ante mis ofi cios notariales en el carácter

en que actúan a promover las Diligencias previas a nombramiento de

Curador Ad-litem al ausente no declarado, por lo que PIDEN: Que previos

los trámites legales se le nombre a dicho señor un Curador Especial para

que lo represente en el Juicio antes referido. En consecuencia, prevengo

que si el señor BENITO MORALES VEGA, tuviera Procurador u otro

representante legal, se presente a mi Despacho Notarial a comprobar

dicha circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la última

publicación de este aviso.

Librado en la ofi cina del Licenciado ANGEL ROLANDO

SANCHEZ MIRANDA, Santa Ana, a las dieciséis horas del día ocho

de octubre del año dos mil ocho.

ANGEL ROLANDO SANCHEZ MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. F028563

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente : 2008079643

No. de Presentación: 20080114592

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR DA-

VID HASBUN SAFIE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de GRUPO PACIFICO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

GRUPO PACIFICO, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

SOLO TELAS

Consistente en: las palabras SOLO TELAS, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DENO-

MINADO SOLO TELAS, DEDICADO A LA COMPRA Y VENTA

DE TELAS, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN CALLE Y

COLONIA LA MASCOTA, NUMERO 320, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del

año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de octubre del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C024834-1

No. de Expediente : 2008079640

No. de Presentación: 20080114587

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MILTON

SANTIAGO SALGUERO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-

MERCIAL,

Consistente en: las palabras: “PROCTOCLINICA El Salvador”

y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO

DEDICADO A LOS: SERVICIOS MEDICOS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del

año dos mil ocho.

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil ocho.

JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C024836-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2008078589

No. de Presentación: 20080112785

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENE-

RAL JUDICIAL de DIGICEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: DIGICEL, S. A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

MUSIC BACK TONES DIGICEL

Consistente en: la expresión MUSIC BACK TONES DIGICEL,

que se traduce al castellano como MUSICA DE TONO DE FONDO

DIGICEL, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO

CONSUMIDOR SOBRE UNA CAMPAÑA PUBLICITARIA RELA-

CIONADA CON LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

EN EL MERCADO LOCAL. Clase: 95.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de agosto del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028468-1

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2003031174

ESTABLECIMIENTO 2003031174- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TORRES DIAZ ADOLFO, en su calidad de Representante legal de la sociedad INVERSIONES Y REPRESENTACIONES COMERCIALES, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONES Y REPRESENTACIONES COMERCIALES, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del libro 1377 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-290898-101-5, ha presen-tado solicitud a las quince horas y seis minutos del día veintinueve de agosto de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003031174 y Establecimiento No. 2003031174-001; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES Y REPRESENTACIONES CO-MERCIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION, COMERCIALIZACION Y TRANS-FORMACION DE TODA CLASE DE PRODUCTOS DE MADERA Y SUS DERIVADOS, con dirección en COLONIA JARDINES DE LA HACIENDA, POLIGONO A-2 # 13, CIUDAD MERLIOT, ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE DOLARES CON 68/100 $ 375,279.68 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s):001-) INVERSIONES Y REPRESENTACIONES COMERCIALES, S. A. DE C. V., ubicado en COLONIA JARDINES DE LA HACIENDA POLIGONO A-2 #13, CIUDAD MERLIOT, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, siete de febrero de dos mil tres.

LIC. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C024837-1

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

SUBASTA PUBLICA

ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al Público para efectos de Ley, que por ejecución

seguida en este Juzgado por el Licenciado FERNANDO ARISTIDES

GARAY ANDRADE, apoderado de la CAJA DE CREDITO RURAL

DE SAN ALEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABI-

LIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse

“CAJA DE CREDITO DE SAN ALEJO” del domicilio de San Alejo,

Departamento de La Unión, contra la señora ANABEL DEL CARMEN

LOPEZ GARCIA conocida por ANABEL DEL CARMEN LOPEZ,

se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: En un terreno de

naturaleza rústica, el cual formó parte de la Hacienda El Cruzado, de

la Jurisdicción de Sonsonate, de la denominada LOTIFICACION SAN

ANTONIO, segregado de otro de mayor extensión, hacia el rumbo Oriente

viniendo de Norte a Sur, de una extensión superfi cial de CIENTO

TREINTA Y CINCO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: Partiendo del mojón Sur-Oeste,

se mide y linda: AL PONIENTE: Línea recta de diecinueve metros

cincuenta centímetros, linda con resto de terreno que le quedó al señor

Efraín Guardado Sánchez, o sea con lote número diez; AL NORTE: Línea

recta de siete metros, linda con la Hacienda Barbados; AL ORIENTE:

Línea recta de diecinueve metros cincuenta centímetros, linda con lote

número doce, del polígono “R” de la Lotifi cación San Antonio; y AL

SUR: Línea recta de siete metros, linda con los lotes números veinticuatro

y veinticinco del Polígono “R” de la Lotifi cación San Antonio, calle Los

Laureles de por medio. Todos los colindantes son o han sido parte de

la Lotifi cación San Antonio, propiedad de las Sociedades Inversiones

Floresta. Sociedad Anónima, inmueble. Inscrito dicho inmueble a favor

de la señora ANABEL DEL CARMEN LOPEZ GARCIA conocida

por ANABEL DEL CARMEN LOPEZ en el Registro de la Propiedad

Raíz de la Tercera Sección de Occidente bajo el número de la Matrícula

UNO CERO CERO TRES SIETE OCHO CUATRO OCHO GUION

CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento TRES de propiedad

del departamento de Sonsonate.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los quince días del

mes de Agosto de dos mil ocho. LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN

MATA, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028404-1

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por el FONDO DE SANEAMIENTO

Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, en virtud de la Cesión de

Créditos y Derechos Litigiosos por Dación en pago, otorgados por el

BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN

LIQUIDACION a favor del BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL

SALVADOR, y éste a su vez cedió el crédito y derecho litigioso al primero,

contra el demandado señor MARTIR RIVERA ALVAREZ, reclamándole

cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en

este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble

embargado siguiente: “Un Inmueble de naturaleza urbana y construcciones

de sistema mixto que contiene que, según antecedentes, se describe, así:

LOTE NUMERO CUARENTA Y TRES DEL POLIGONO TREINTA Y

TRES, el cual se describe así: AL NORTE Y SUR; una distancia de seis

punto cero cero metros, y AL ORIENTE Y PONIENTE, una distancia

de quince punto cero cero metros. El inmueble antes descrito, tiene una

extensión superfi cial de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS, El inmueble anteriormente descrito es de propiedad del

señor MARTIR RIVERA ALVAREZ, según inscripción número CERO

CERO TRES de la Matrícula número M CERO UN MILLON OCHENTA

Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO ( M01087491)

del Registro Social de Inmuebles de este Departamento.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la su-

basta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad

Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día veintiocho de

julio de dos mil siete. LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ

BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR

EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028434-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERI-

NO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO

EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Doctor OSCAR GARCIA, Apoderado del BANCO DE CREDITO

INMOBILIARIO, S.A. EN LIQUIDACIÓN; y continuado por el Licencia-

do EDUARDO GARCIA GUTIERREZ, como Apoderado del FONDO

DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO; contra

el señor RAFAEL ANTONIO RIVAS NAJARRO, se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal en fecha y hora que será señalada posteriormente,

el inmueble que a continuación se describe: “Una porción de terreno,

de naturaleza urbana y construcciones de sistema mixto que contiene,

identifi cado como Lote Número DIECISIETE y que forma parte de la

Urbanización Arcos de Santa Elena, situado en jurisdicción de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el cual tiene la descripción

técnica particular siguiente: LOTE NUMERO DIECISIETE, polígono

“K” tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTAS CUARENTA

Y TRES PUNTO TREINTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS y se

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Hue-

ytepec y la Calle Arcatao, se mide sobre el eje de esta última, con rumbo

Norte sesenta y dos grados veintiuno punto cuatro minutos Oeste, una

distancia de cincuenta y siete punto cincuenta metros, de este punto con

defl exión izquierda de noventa grados, se mide una distancia de cinco

punto setenta y cinco metros, llegando al vértice Sur-Este del Lote que

se describe, LADO SUR: Tramo recto de rumbo Sur, veintisiete grados

treinta y ocho punto seis minutos Oeste y distancia de veinticuatro

metros, lindando con el Lote Número DIECIOCHO del Polígono “K”

de Urbanización Arcos de Santa Elena; LADO OESTE: Tramo recto

de rumbo Norte, sesenta y dos grados veintiuno punto cuatro minutos

Oeste y distancia de diez metros, lindando con el Lote Número SEIS

del Polígono “K”, Urbanización Arcos de Santa Elena; LADO NORTE:

Tramo recto de rumbo Norte, veintisiete grados treinta y ocho punto seis

minutos Este y distancia de veinticuatro metros, lindando con el Lote

Número DIECISÉIS del polígono “K”, de la Urbanización Arcos de Santa

Elena; LADO ESTE: Tramo recto de rumbo Sur, Sesenta y dos grados

veintiuno punto cuatro minutos Este y distancia de diez metros, lindando

con el Lote Número SEIS del Polígono “L”, de Urbanización Arcos de

Santa Elena, Calle Arcatao de doce punto cincuenta metros de derecho

de vía de por medio. Dicho inmueble se encuentra inscrito al Número

TREINTA Y DOS del Libro UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y

SIETE del Registro de la Propiedad del Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público

para los efectos de Ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las nueve horas veinte minutos del día ocho de mayo

del dos mil ocho.- LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ

SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO.- LIC. TERESA DE

JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028441-1

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día,

se ha ordenado la venta en pública subasta en el Juicio Civil Ejecutivo,

promovido personalmente por el señor EDUARDO DANILO OROZCO

TRANQUINO, de cincuenta años de edad, Técnico en Ingeniería Agrí-

cola, del domicilio de Usulután, contra el señor SERGIO ANTONIO

BRAN DIAZ, de cuarenta y siete años de edad, en aquel entonces,

Comerciante del domicilio de Concepción Batres, Departamento de

Usulután, reclamando capital e intereses y costas procesales sobre el

siguiente inmueble. “Un terreno rústico, situado en el Cantón El Jícaro,

Caserío El Espino, Jurisdicción de Jucuarán, Distrito y Departamento

de Usulután, de la capacidad superfi cial de UN MIL TRESCIENTOS

SETENTA Y DOS METROS VEINTISIETE DECIMETROS SETENTA

Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS, el cual mide y linda: AL

ORIENTE, cincuenta y tres punto setenta y dos metros, linda con Rafael

Ramírez antes, hoy de AGEPYM; AL NORTE, veintiséis punto cero dos

metros, linda con Oscar Alcides Rivera Salgado y Miguel Arnoldo Lazo

Parada, hoy de Juan Rodríguez; AL PONIENTE, cincuenta y tres punto

setenta y dos metros, calle anterior establecida de por medio y terreno

de José Ángel González, antes hoy de Ana Lidia Orellana y AL SUR,

veinticinco punto sesenta y siete metros, con terrenos de Andrés Méndez,

antes hoy de Ana Lilian Orellana.- Dicho inmueble aun no se encuentra

inscrito a su favor pero es inscribible por estarlo su antecedente bajo el

número CIENTO UNO del Tomo UN MIL SETECIENTOS VEINTE

de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este

Departamento.-

Quien quiera hacer posturas que concurra al Tribunal que se le

admitirán siendo legal.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los catorce días del

mes de julio de dos mil ocho.- Enmendado-AGRICOLA-AGEPYM-

Vale.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028509-1

MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, Juez de lo Laboral de este

distrito judicial, al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas y treinta minutos del día cuatro de los corrientes, en el

Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado GUILLERMO

JOSE CASTELLANOS CLAROS como apoderado general judicial de la

sociedad BANCO PROMERICA, S.A., en contra del señor RICARDO

ERNESTO ORELLANA PANAMEÑO, reclamándo el pago de cantidad

de dinero adeudada, intereses y costas procesales; se ordenó, en fecha que

oportunamente, se señalará, la venta en pública subasta del bien inmueble

embargado, siendo éste el que se describe a continuación: terreno antes

de naturaleza rústica, hoy urbano, situado en kilómetro treinta y siete

y medio sobre la autopista que de San Salvador conduce a Santa Ana,

jurisdicción de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad en el cual se ha

desarrollado el proyecto habitacional denominado “ CIUDAD OBRERA

VEINTISEIS DE ENERO” del cual forma parte el lote número SEIS,

POLIGONO “B”, PASAJE DOS, y cuya descripción es la siguiente:

Partiendo del esquinero Sur-Oeste mide: AL NORTE: un tramo recto

de siete punto cero cero metros; AL ORIENTE: un tramo recto de diez

punto cero cero metros; AL SUR: un tramo recto de siete punto cero

cero metros; y AL PONIENTE: un tramo recto de diez punto cero cero

metros. El lote así descrito tiene una extensión superfi cial de SETENTA

PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIEN

PUNTO DIECISÉIS VARAS CUADRADAS. El lote antes descrito tiene

un área construida de VEINTINUEVE PUNTO CINCUENTA ME-

TROS CUADRADOS; y es propiedad del señor RICARDO ERNESTO

ORELLANA PANAMEÑO, por estar inscrito bajo el número de Ma-

trícula M CERO UNO DOS UNO SIETE OCHO CUATRO CINCO,

asiento CERO CERO CERO SEIS del Registro Social de Inmuebles de

San Salvador, y bajo la matrícula de folio real computarizado TRES

CERO CERO DOS NUEVE SIETE OCHO CUATRO- CERO CERO

CERO CERO CERO.

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, a las diez

horas y cincuenta minutos el día cuatro de septiembre de dos mil ocho.

DR. MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LA-

BORAL.- LICDA. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ,

SECRETARIA.

3v. alt. No. F028527-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.-

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, como Apoderado

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,

de Derecho Público, contra la señora SONIA EVELYN PREZA LIMA,

mayor de edad, estudiante de este domicilio, reclamándole la cantidad

de colones se venderá por este Tribunal en pública subasta el siguiente

inmueble; un inmueble Urbano, marcado con el plano respectivo como

Lote número Dos del Polígono “A” de la Urbanización “Jardines del

Bosque” de esta Jurisdicción, de una extensión superfi cial de SESENTA

Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalen-

tes a OCHENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y TRES VARAS

CUADRADAS, con un área construida de TREINTA Y DOS PUNTO

CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, Valorado en Se-

senta y Seis Mil Cuatrocientos Sesenta colones con Dos centavos, cuya

descripción técnica es la siguiente: AL NORTE, doce punto cincuenta

metros; AL SUR, doce punto cincuenta metros; AL ORIENTE, cinco

punto cero cero metros, y AL PONIENTE, cinco punto cero cero me-

tros.

Lo que se pone del conocimiento del público para los fi nes de

ley.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas del día

veinte de Agosto del año dos mil ocho.- LIC. FRANCISCO ALBERTO

ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028530-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL expediente

No. 123/07 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA a

través de su apoderado Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ,

en contra de LUIS ERNESTO ESCOBAR GODOY, reclamándole suma

de dinero, intereses y costas procesales, se venderá por este Juzgado en

subasta pública, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará

el inmueble siguiente, Inmueble: Lote Urbano, marcado con el número

TREINTA Y DOS, del Polígono DIECINUEVE, Urbanización “SANTA

ANA NORTE, PORCION SUR SEGUNDA ETAPA”, de esta ciudad, de

un área de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes

a ciento siete punto treinta y un varas cuadradas, con un área construida

de treinta punto cincuenta metros cuadrados, que mide: AL NORTE;

cinco metros, AL SUR; cinco metros; AL ORIENTE, quince metros; y

al PONIENTE, quince metros. El inmueble relacionado se encuentra

inscrito a favor del ejecutado al número de Matrícula No. DOS CERO

CERO CERO CERO CERO NUEVE CERO- Asiento SEIS, del Registro

de la Propiedad Raíz de este Departamento.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas del día veintiséis de agosto del año dos mil ocho.-

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028532-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

el Lic. BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del señor HUGO

ORLANDO LUNA GARCIA, clasifi cado al No. 188-07, se venderá en

pública subasta el siguiente inmueble: de naturaleza urbana, situado en

Kilómetro Setenta y Uno, Carretera a Candelaria de la Frontera, de esta

jurisdicción, marcado con el número TREINTA Y CINCO, POLIGONO

DIEZ, Pasaje DIEZ, de la URBANIZACION CIUDAD PARAISO, con

una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS,

equivalente a SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO

VARAS CUADRADAS. con un área de construcción de VEINTIOCHO

METROS CUADRADOS, cuyas medidas lineales son las siguientes:

AL NORTE: diez metros: AL SUR diez metros: AL ORIENTE. Cinco

metros: y AL PONIENTE. Cinco metros. Inscrito a favor del ejecutado

al número TRES de la matrícula DOS CERO CERO CERO SIETE

OCHO CERO CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO que lleva

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este departamento.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fi nes de

ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas y

cuarenta minutos del día veintinueve de julio del dos mil ocho. LIC.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- LIC. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028534-1

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado

a las catorce horas con treinta y cinco minutos del día veintitrés de julio

del dos mil ocho; en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a través de su apoderado Licencia-

do BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, en contra del señor ERIK

EDGARDO MORALES NAVAS; se venderá en PUBLICA SUBASTA

y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el inmueble

siguiente: Un lote de terreno de naturaleza urbana, y las construcciones

que contiene, situado en el Barrio El Calvario, de la jurisdicción de

Metapán de este departamento, marcado en el plano respectivo como

lote número CATORCE del polígono “C” pasaje número SEIS de la

URBANIZACION LAS AMERICAS II, de una extensión superfi cial

de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA

Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS;

con un área construida de TREINTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS, con las medidas lineales siguientes: AL

NORTE, cinco metros; AL SUR, cinco metros; AL ORIENTE, diez

metros; y al PONIENTE, diez metros.- Inmueble inscrito a favor del

señor ERIK EDGARDO MORALES NAVAS, bajo el asiento TRES de

la Matrícula CERO TRES CERO UNO SIETE CINCO TRES CUATRO;

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Occidente.-

Servirá de base para el remate del inmueble a subastar las dos

terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

cuarenta y cinco minutos del día treinta y uno de julio del dos mil ocho.-

LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028535-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado a

las catorce horas con quince minutos del día veintitrés de julio del dos mil

ocho; en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, a través de su apoderado Licenciado BENJA-

MIN RODRIGUEZ JUAREZ, en contra del señor LUIS ENRIQUE

POLANCO MARTINEZ conocido por LUIS ENRIQUE MARTINEZ

POLANCO; se venderá en PUBLICA SUBASTA Y EN FECHA QUE

OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el inmueble siguiente: Un lote

de terreno de naturaleza urbana y construcciones de sistema mixto que

contiene, marcado como lote NUMERO CIENTO TRES, PASAJE LOS

CLAVELES, BLOCK TREINTA, de la Urbanización JARDINES DE

METAPAN, jurisdicción de Metapán, de este departamento, el cual tiene

una extensión superfi cial de SETENTA METROS CUADRADOS equi-

valentes a CIEN PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS, y con área

de construcción de TREINTA METROS CUADRADOS, con las medidas

siguientes: AL NORTE, cinco punto cero cero metros; AL ORIENTE,

catorce punto cero cero metros; AL SUR, cinco punto cero cero metros;

y AL PONIENTE, catorce punto cero cero metros.- Inmueble inscrito

a favor del señor LUIS ENRIQUE POLANCO MARTINEZ conocido

por LUIS ENRIQUE MARTINEZ POLANCO, bajo el asiento TRES

de la Matrícula CERO TRES CERO UNO OCHO OCHO CUATRO

CUATRO; del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Occidente.-

Servirá de base para el remate del inmueble a subastar las dos

terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas

del día treinta y uno de julio del dos mil ocho.- LIC. JOSE HERNAN

PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL, LICDA. MARIA LETICIA

FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028536-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado

a las quince horas con veinte minutos del día veintitrés de julio del

dos mil ocho; en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a través de su apoderado Licenciado

BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, en contra del señor MOISES EN-

RIQUE SALINAS MARQUEZ; se venderá en PUBLICA SUBASTA y

EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el inmueble

siguiente: Un lote de terreno de naturaleza urbana y construcciones de

sistema mixto que contiene, marcado como lote NUMERO CINCO,

del polígono “B” PASAJE DOS, con una extensión superfi cial de CIN-

CUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNO

PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, con un área

construida de TREINTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS, de las distancias siguientes: AL NORTE, diez metros,

AL SUR, diez metros; AL ORIENTE, cinco metros; y AL PONIENTE,

cinco metros.- Inmueble inscrito a favor del señor MOISES ENRIQUE

SALINAS MARQUEZ, bajo el asiento TRES de la Matrícula CERO

TRES CERO CERO OCHO UNO SIETE NUEVE; del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.-

Servirá de base para el remate del inmueble a subastar las dos

terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean legales.-

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con

veinticinco minutos del día treinta y uno de julio del dos mil ocho.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028538-1

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

el Licenciado Benjamín Rodríguez Juárez como Apoderado del Fondo

Social para la Vivienda, contra el señor Juan Carlos Beltrán González,

se venderá en este Juzgado en pública subasta y en fecha oportuna el

siguiente inmueble: de naturaleza urbana, situado en Residencial Santa

Eugenia de Los Altos II etapa, jurisdicción de Sonzacate de este De-

partamento, según nomenclatura actual Pasaje Seis; juntamente con las

construcciones que contiene, de una extensión superfi cial de Cincuenta

Metros Cuadrados equivalentes a Setenta y Una punto cincuenta y cuatro

varas cuadradas; con un área construida de veintiséis metros cuadrados,

de las medidas siguientes: AL NORTE, cinco punto cero cero metros;

AL ORIENTE, diez punto cero cero metros; AL SUR, cinco punto cero

cero metros y AL PONIENTE, diez punto cero cero metros. Inscrito a

favor del ejecutado bajo la Matrícula Número Diez Millones Ciento

Veinticuatro Mil Doscientos Treinta y Dos- cero cero cero cero Asiento

Cuatro del Registro de la Propiedad.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día dieciséis de

julio del dos mil ocho.- Enmendado- Diez Millones Ciento Veinticuatro

Mil Doscientos Treinta y Dos- Vale.- Entre Línea- cuatro -Vale.- DR.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028539-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por Ejecución promovida en este Tribunal por

el LIC. BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, mayor de edad, Abogado y

de este domicilio, actuando en su calidad de Apoderado Especial Judicial

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito de

Derecho Público del domicilio de la ciudad de San Salvador; contra la

señora ANA RUTH LINARES MARTINEZ, mayor de edad, Estudiante

y de este domicilio; reclamándole cantidad de dinero, se venderá por este

mismo Tribunal en Pública Subasta el inmueble siguiente: Un inmueble de

naturaleza Urbana, situado en el Barrio San Lorenzo de esta Jurisdicción,

con una extensión superfi cial de QUINCE MIL TRESCIENTOS SIETE

PUNTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS, en el cual se ha

desarrollado el proyecto “RESIDENCIAL SAN JOSE”, de dónde se

desmembra el Lote inscrito con la Matrícula número Cero Tres Millones

Cinco Mil Quinientos Cuarenta y Uno, del Registro Social de Inmuebles

de este Departamento, marcado en el plano respectivo como Lote Nú-

mero Once, Polígono “B”, Pasaje Dos, con una extensión superfi cial de

SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS

equivalentes a OCHENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS

VARAS CUADRADAS, con un área construida de TREINTA PUNTO

SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica

es la siguiente: Partiendo de la intersección de la Senda San Francisco

con pasaje número dos, con una distancia de diecinueve punto cinco

metros y un rumbo sur setenta y tres grados veinte punto cinco minutos

este, sobre el último eje y una defl exión negativa de noventa grados, con

una distancia de dos punto cinco metros, se llega al mojón sur oeste de

donde comienza la siguiente descripción del terreno que mide y linda: AL

PONIENTE, una distancia de doce punto cincuenta metros y rumbo norte

dieciséis grados treinta y nueve punto cinco minutos este, lindando con

lote número tres, cuatro y cinco del polígono “B”; AL ORIENTE, una

distancia de doce punto cincuenta metros y rumbo sur dieciséis grados

treinta y nueve punto cinco minutos oeste, lindando con lote número

doce del polígono “B” y AL SUR, una distancia de cinco punto cero

metros y rumbo norte setenta y tres grados veinte punto cinco minutos

oeste, lindando con lote número seis del polígono “C”, pasaje número

dos de por medio.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los fi nes de

Ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas del día

cuatro de julio de dos mil ocho. LIC. FRANCISCO ALBERTO ALE-

GRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CARMEN

GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028541-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL expediente

No. 113/07 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA a

través de su apoderado Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ,

en contra de MARIO ERNESTO BELTRAN MORALES, reclamándole

suma de dinero, intereses y costas procesales, se venderá por este juzgado

en subasta pública, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará

el inmueble siguiente: Lote número SEIS, pasaje CAOBA, Polígono uno,

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

urbanización “ ALTO VERDE, PORCION SUR, SEGUNDA ETAPA”,

de esta ciudad, de un área de CINCUENTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO

VARAS CUADRADAS, donde se encuentra construida una casa de

sistema mixto, en un área de VEINTISEIS METROS CUADRADOS,

con todos sus servicios e instalaciones, y tiene una localización, medidas

y linderos siguientes: partiendo de la intersección de los ejes de la sexta

avenida sur y del pasaje Caoba de la Residencial Alto Verde, y midiendo

una distancia de ochenta y cuatro metros sobre el eje de la senda con

rumbo norte, cincuenta y ocho grados cincuenta y seis punto cero mi-

nutos oeste, se llega a un punto el cual se hace una defl exión negativa

de noventa grados y midiendo una distancia de dos metros, se llega al

esquinero Nor-Oeste del lote que se describe, el cual mide y linda; AL

NORTE, línea recta de cinco metros rumbo sur, cincuenta y ocho grados

cincuenta y seis punto cero minutos este, linda con el derecho de vía del

pasaje Caoba, de cuatro metros de ancho; AL ORIENTE: línea recta de

diez metros, rumbo sur, treinta y un grados cero cuatro punto cero minutos

oeste, linda con el lote número siete de este mismo polígono; AL SUR:

línea recta de cinco metros rumbo norte cincuenta y ocho grados cincuenta

y seis punto cero minutos oeste, linda con el lote número veinticuatro de

este mismo polígono; y al PONIENTE, línea recta de diez metros, rumbo

norte, treinta y un grados cero cuatro punto cero minutos este, linda con

el lote número cinco de este mismo polígono. El inmueble relacionado

se encuentra inscrito a favor del ejecutado al número de matrícula No.

CERO UNO CERO CUATRO CINCO SEIS TRES OCHO. Del Registro

de la Propiedad Raíz de este departamento.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las quince horas del día veintiséis de agosto del año dos mil ocho.-

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL, LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA.

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028542-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.-

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este tribunal por

el licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ como Apoderado

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,

de Derecho Público, contra los señores SANDRA GUADALUPE

MARTINEZ DE ESTRADA conocida por SANDRA GUADALUPE

ALFARO MARTINEZ, y SAUL ERNESTO ESTRADA ARANA,

mayores de edad, secretaria la primera y empleado el segundo de ellos,

de este domicilio, reclamándoles cantidad de colones, se venderá por este

Tribunal en pública subasta el siguiente inmueble; Proyecto Habitacional

denominado "JARDINES DE BARCELONA” de la cual por este ins-

trumento se desmembra el Lote Número DOS, polígono B, Calle San

Antonio, de una extensión superfi cial de Setenta y Cinco metros cuadra-

dos, equivalentes a Ciento Siete punto Treinta y Una varas cuadradas,

cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección de

los ejes de la Calle San Antonio y el Pasaje número dos abiertos en la

Urbanización, con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados, cuarenta y cinco

minutos Oeste, se mide sobre el primer eje, una distancia de veintidós

punto treinta y cinco metros, en este punto haciendo una defl exión de-

recha de noventa grados, y distancia de seis punto cincuenta metros, se

llega al mojón número uno, esquina Sur-Este, del Lote que se describe

así: AL SUR, del mojón número uno, con rumbo Sur, cuarenta y cinco

grados, cuarenta y cinco minutos Oeste, y distancia de cinco metros, se

llega al mojón número dos, lindando por este lado terreno de Pedro Javier

Mendoza, calle San Antonio de trece metros de ancho de por medio;

AL OESTE, del mojón número dos con rumbo Norte, cuarenta grados,

cuarenta y cinco minutos Oeste, y distancia de quince metros, se llega

al mojón número tres, lindando por este lado con lote número Uno de

la misma Urbanización; AL NORTE, del mojón número tres con rumbo

Norte, cuarenta y cinco grados, cuarenta y cinco minutos Este, y distancia

de cinco metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este

lado, con lote número siete, de la misma Urbanización; AL ESTE, del

mismo mojón número cuatro, con rumbo sur, cuarenta grados, cuarenta

y cinco minutos Este, y distancia de quince metros, se llega al mojón

número uno, lindando por este lado, con lote número tres, de la misma

Urbanización. -

Los lotes colindantes son o han sido de propiedad de los vendedo-

res.-

Lo que se pone del conocimiento del público para los fi nes de

Ley.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas cuarenta

minutos del día primero de Agosto del año dos mil ocho.- LIC. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028543-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL expediente

No. 413/07, promovido por el “FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA” a través de su apoderado Licenciado Benjamín Rodríguez Juárez,

en contra de HUMBERTO MORALES, conocido por HUMBERTO

BARRIENTOS MORALES, reclamándole cantidad de dinero, intereses

y costas procesales, se venderá por este Juzgado situado en la catorce

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

avenida sur entre veintisiete y veintinueve calle poniente, en SUBASTA

PUBLICA en fecha y por el precio que oportunamente se indicará un

inmueble urbano situado en ‘’URBANIZACION EL TREBOL” de donde

se desmembra el LOTE NUMERO CINCO, PASAJE SANTA ROSA,

POLIGONO L-SIETE, que tiene la descripción especial siguiente: Par-

tiendo de la intersección formada por la sesenta y una calle poniente y el

pasaje Santa Rosa, midiendo sobre el eje de esta última una distancia de

treinta y dos metros con rumbo norte cero siete grados treinta y cuatro

punto cero minutos este se llega a un punto desde el cual haciendo una

defl exión derecha de noventa grados y una distancia de dos metros se

llega al esquinero sur-poniente del lote número cinco donde dará inicio

la presente descripción: LADO PONIENTE, tramo recto, con rumbo

norte cero siete grados, treinta y cuatro cero minutos este y distancia de

siete punto treinta metros, linda por este lado con lote número doce del

polígono L-seis, de esta vía; LADO NORTE, tramo recto con rumbo

sur sesenta y nueve grados treinta punto seis minutos este y distancia

de doce punto veinticuatro metros, linda por este lado con terreno del

señor José Luis Castaneda; LADO ORIENTE, tramo recto con rumbo sur

cero siete grados treinta y cuatro punto cero minutos oeste y distancia de

cuatro punto noventa metros, linda por este lado con lote número ocho

del polígono L-ocho de la misma urbanización, pasaje El Porvenir de

por medio de cuatro metros de derecho de vía; LADO SUR, tramo recto

con rumbo norte ochenta y dos grados veintiséis punto cero minutos y

distancia de doce metros hasta llegar al esquinero sur-poniente donde dio

inicio esta descripción, linda por este lado con lote número cuatro del

mismo polígono. El terreno así descrito consta de un área de SETENTA Y

TRES PUNTO DOS METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO

CUATRO punto SETENTA Y TRES varas cuadradas y en dicho lote se

encuentra construida una casa de sistema mixto completamente nueva

por la sociedad INMOBILIARIA, SANTA MONICA S. A de C. V. "

El inmueble descrito se encuentra inscrito a la Matrícula 20009797-

00000 del Registro Social de Inmuebles de este Departamento.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las catorce horas con veinticinco minutos del día veintinueve

de julio del año dos mil ocho. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY

LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL

CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028544-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el

Licenciado BENJAMIN RODRIGUEZ JUAREZ, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE ANTO-

NIO AGUILAR, conocido por JOSE ANTONIO AGUILAR CAMPOS,

se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: Un inmueble de

naturaleza urbano, situado en Colonia Lamatepec, marcado como lote

número QUINCE ZONA “D”, Polígono “I”, de esta jurisdicción, de una

extensión superfi cial de SESENTA Y OCHO PUNTO VEINTICINCO

METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y SIETE PUNTO

SESENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, con un área construida

de CUARENTA Y CINCO PUNTO QUINCE METROS CUADRA-

DOS, cuya descripción técnica es la siguiente: Este lote se localiza y

describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de los pasajes “E”

y número tres, se mide una distancia de cincuenta y siete punto setenta

y cinco metros, rumbo Norte cero grados treinta y uno punto un minutos

Este sobre el eje del Pasaje “E”; y en ese punto con defl exión derecha

de noventa grados rumbo Sur ochenta y ocho grados veintiocho punto

nueve minutos Este, y una distancia de uno punto cincuenta metros, se

llega al vértice Sur-Oeste del lote que se describe, el cual mide y linda:

AL PONIENTE: línea recta de cinco punto veinticinco metros, rumbo

Norte cero grados treinta y uno punto un minutos Este, lindando con

lotes números veintidós y veinticuatro Polígono “F”, Pasaje “E” de por

medio de tres metros de ancho; AL NORTE, línea recta de trece metros

rumbo Norte ochenta y nueve grados veintiocho punto nueve minutos

Este, lindando con lote número diecisiete del Polígono “I”; AL ORIENTE,

línea recta de cinco punto veinticinco metros con rumbo Sur cero grados

treinta y uno punto un minutos oeste lindando con lote número setenta y

seis del Polígono “I”; línea recta de trece metros rumbo Norte Ochenta

y nueve grados veintiocho punto nueve minutos Oeste lindando con lote

número trece del Polígono “I”, AL SUR, llegando así al punto donde se

inició la presente descripción. - Todos los lotes colindantes son o han

sido propiedad de la Fundación Salvadoreña del Desarrollo y Vivienda

Mínima.- Está inscrito a favor del demandado, señor JOSE ANTONIO

AGUILAR conocido por JOSE ANTONIO AGUILAR CAMPOS, al

NUMERO SESENTA Y CUATRO DEL LIBRO DOS MIL QUINIEN-

TOS UNO de Propiedad; y le afecta una hipoteca a favor del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, inscrita al número CIENTO UNO del

LIBRO UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS de hipotecas;

ambas inscripciones son del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección de Occidente.-

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las

catorce horas diez minutos del día treinta de julio de dos mil ocho. LIC.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL. LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028545-1

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 0783-023591-6, amparado con el registro No. 1016236 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 01-07-2008 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028395-1

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia La Merced, de la ciudad de San Mi-guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 780-037979-0, amparado con el registro No. 828287 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-11-2004 a 90 días prorro-gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028396-1

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Quezaltepeque, de la ciudad de Quezaltepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 0744-009836-8, amparado con el registro No. 1024955 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 27-06-2008 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028397-1

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 0760-032763-5, amparado con el registro No. 0999633 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-05-2008 a 90 días prorro-gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028398-1

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Apopa, de ciudad de Apopa, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 0744-009771-8, amparado con el registro No. 1016443 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 06-06-2008 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028399-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Santa Tecla, de la ciudad de Nueva San

Salvador, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada

manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 0730-030516-4, am-

parado con el registro No. 938775 del Depósito a Plazo Fijo, constituido

el 24-04-2007 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento

público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme

a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028400-1

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Anamorós, del Departamento de La

Unión, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que

ha extraviado el Certifi cado No. 724-004664-3, amparado con el registro

No. 980211 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 05-09-2007 a 180

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486

y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028401-1

EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 708-101098-1, amparado con el registro No. 0020095

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 25-08-1986 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de Octubre de 2008.

BANCO AGRÍCOLA, S.A.

CARMEN FERNÁNDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F028403-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN FRANCISCO GOTERA se ha

presentado el propietario del certifi cado No. 453521 del Depósito a Plazo

Fijo emitido el 22 de marzo de 2006, a 180 días prorrogables, solicitando

la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 08 de octubre de 2008.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F028471-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 130171 del Depósito a Plazo Fijo emi-

tido el 19 de septiembre de 1994, a 180 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 08 de octubre de 2008.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F028473-1

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SONSONATE se ha presentado el propietario del certifi cado No. 28720 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 08 de mayo de 1991, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 08 de octubre de 2008.

IRMA DE REYES

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F028475-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia ZACATECOLUCA se ha presentado el propietario del certifi cado No. 442514 del Depósito a Plazo Fijo apertura do el 18 de febrero de 2006, a 360 días prorrogables, solicitando la re-posición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 08 de octubre de 2008.

IRMA DE REYES

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F028476-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia USULUTAN se ha presentado el pro-pietario del certifi cado No. 507665 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 15 de julio de 2008, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 08 de octubre de 2008.

IRMA DE REYES

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F028478-1

AVISO

CAESS, S.A. DE C. V., comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Roberto Salazar Retana en calidad de propietario del certifi -cado de acciones No. 2444 que ampara 1.465 acciones, numeradas del 24,567,472 al 24,568,936, solicitando la reposición de dicho certifi cado por haber sido extraviado, fecha de emitido: 19/Sept/2002.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y sino hubiere oposición se procederán a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los ocho días del mes de octubre de dos mil ocho.

LIC. GREGORIO TREJO PACHECO

SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA

CAESS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F028484-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 27601251050 (16356) emitido en Suc. Ciudad Barrios el 25 de marzo de 2008, por valor original de $13,087.00 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 3.500% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los siete días del mes de octubre de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS

3 v. alt. No. F028503-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 14601313617 (15387) emitido en Suc. San Francisco Gotera el 01 de abril de 2008, por valor original de $5,627.00 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 3.850% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los siete días del mes de octubre de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑASUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS

3 v. alt. No. F028504-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de Depósitos a Plazo No. 14601220422 (371960) emitido en Suc. San Francisco Gotera el 27 de mayo de 2003, por valor original de $1,611.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los siete días del mes de octubre de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS

3 v. alt. No. F028507-1

AUMENTO DE CAPITAL

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS DE “LÓPEZ PORTILLO Y ASOCIADOS”, inscrita al Número VEINTIUNO del Libro MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES de Sociedades del Registro de Comercio,

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Socios de la Sociedad se encuentra el Acta número Siete que corresponde a la sesión celebrada en esta ciudad a las diez horas del día uno de agosto del dos mil ocho, y que en la parte resolutiva de su PUNTO TRES literalmente “DICE: Los Socios por unanimidad ACUERDAN: Aumentar el Capital Social en VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por capitalización de utilidades de ejercicios anteriores no distribuidas, por lo que el nuevo Capital Social será de TREINTA MIL 00/100 DOLARES (US $30,000. 00).”

Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los usos legales correspondientes, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, el día diecisiete de septiembre del dos mil ocho.

YOLANDA MELARA DE LÓPEZ

SECRETARIO

1 v. No. C024841

DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES

DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES

El Infrascrito Administrador Único de la Sociedad PROYECTOS MASIN -MEYER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia PROM-ME, S. A. DE C. V. de este domicilio, al público para efectos de Ley.

CERTIFICA: Que en Escritura Pública de Acuerdo de Disolución de Sociedad, Número Trece, del folio dieciocho vuelto al folio veinte frente del Libro de Protocolo Segundo de la Notaria Edna Gertrudis Rivera Mejía, en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día cinco de septiembre de año dos mil ocho, y que literalmente DICE: “Que con base en el Artículo doscientos cuarenta y seis del Código de Comercio y amparado en la causal de su párrafo segundo que establece que cuan-do por cualquier circunstancia no pudiera asentarse el acta en el libro respectivo se asentará en el protocolo de un Notario. Presente el señor Julio Antonio Leiva Masin, en la calidad de accionista único totalitario de dicha sociedad, manifi esta los siguientes puntos: a) Nombro como Representante Legal, Administrador Único y a quien le corresponderá el uso de la fi rma social de la sociedad al señor Carlos Alberto Leiva Masin, mayor de edad, empleado, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, b) En este mismo acto también en base al Artículo ciento ochenta y siete del Código de Comercio RECONOZCO la causal cuarta de dicho artículo como lo exige el Artículo ciento ochenta y ocho. c) Determino la DISOLUCIÓN de esta sociedad y solicito la aceptación de dicha decisión al Registro de Comercio d) Nombro como LIQUIDADOR de la sociedad PROM-ME, S.A DE C.V:·, al señor Carlos Alberto Leiva Masin.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para los usos que estime conveniente, extiendo la presente en San Salvador, a los cuatro días del mes de octubre de año dos mil ocho.

CARLOS ALBERTO LEIVA MASIN

ADMINISTRADOR ÚNICO DE LA SOCIEDAD

1 v. No. F028421

AVISO DE CANCELACION

AVISO

MINISTERIO DE HACIENDA

A través de la Dirección General de Tesorería, informa a todos los propietarios de bonos, emitidos por la extinta Financiera Nacional de Tierras Agrícolas (FINATA), que la amortización correspondiente al 2008, y el pago de cupones vencidos y pendientes de cobro, se cancelarán a partir del día 13 de noviembre del corriente año. Por lo tanto, avisa a los interesados presentarse al Departamento Control de Garantías y Valores de esta Dirección General, ubicado en la Torre 1, 1er. Nivel, Ala B, Edifi cio Tres Torres, Av. Alvarado y Diagonal Centroamérica, Urba-nización Buenos Aires, San Salvador, a efecto de verifi car y autorizar la cancelación de estos títulos valores.

Toda consulta puede realizarse a los teléfonos: 2244-3271 y 2244-3272, en horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., de lunes a viernes.

JOSE LINO TRUJILLO BARAHONA

SUBDIRECTOR GENERAL

1 v. No. 1012

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y quince

minutos del día veinticinco de agosto del año dos mil ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad Queens, Estado de

New York, de los Estados Unidos de Norte América, el día veintidós

de diciembre de mil novecientos noventa y tres, siendo su último do-

micilio el de esta ciudad, dejó el señor JOSÉ TRÁNSITO MEDRANO

BELLOSO, conocido por JOSÉ TRÁNSITO MEDRANO y por TRÁN-

SITO MEDRANO, de parte de la señora MARÍA ANGELINA AVILES

VIUDA DE MADRANO, conocida por MARÍA ANGELINA AVILES,

en su concepto de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los De-

rechos Hereditarios que les correspondían a los señores FRANCISCO

MEDRANO o FRANCISCO ANTONIO MEDRANO AVILÉS, JOSÉ

CARLOS MEDRANO AVILES, y ROSA MARÍA MEDRANO, co-

nocida por ROSA MARÍA MEDRANO AVILÉS, en su concepto de

hijos del causante antes mencionado, en la cual se le ha conferido a la

aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los Curadores de Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las nueve

horas y veinticinco minutos del día tres de septiembre del año dos mil

ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C024778-2

JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las diez horas del día veintisiete de agosto del año

dos mil ocho, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con

benefi cio de inventario de parte del Licenciado GUILLERMO ANTO-

NIO PRADO PINEL, la herencia intestada que a su defunción dejó su

abuelo el causante señor JOSE PRADO AGUILAR conocido por JOSE

PRADO, quien falleció en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el

día seis de octubre de mil novecientos cincuenta; aceptación que hace

el Licenciado Prado Pinel por derecho de representación en la sucesión

que le correspondía a su padre señor JOSE PRADO conocido por JOSE

ROQUE DE JESUS PRADO MENDEZ y por JOSE PRADO MENDEZ,

fallecido en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el día seis de

septiembre de mil novecientos setenta y seis, quien tenía la calidad de

hijo del causante primeramente mencionado. Y SE LE HA CONFE-

RIDO AL ACEPTANTE la administración y representación interinas

de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas del día veintidós de septiembre del dos

mil ocho. LIC. JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL INTO. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES

DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028028-2

LICENCIADA ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE

PRIMERA INSTANCIA de este Distrito Judicial, Morazán, al Público

para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las

doce horas del día veinte de junio del dos mil ocho, SE HA TENIDO POR

ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-

RIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante

señora MARIA PASTORA COREAS MENDEZ, o MARIA PASTORA

COREAS, de parte del señor JOSE SANTOS COREAS MESTANZA,

de cuarenta y dos años de edad, Técnico en Ingeniería Electrónica, del

domicilio de Cacaopera, del Departamento de Morazán, y este domicilio,

con Documento Único de Identidad Número: cero un millón novecientos

cuarenta y nueve mil trescientos treinta y ocho guión tres; por derecho

propio que le corresponde en calidad de hijo de la causante. A la fecha

de su fallecimiento era de setenta años de edad, de ofi cios domésticos,

soltera, de Nacionalidad Salvadoreña, originaria y del domicilio de

Cacaopera: falleció a las dieciséis horas del día cuatro de enero de mil

novecientos noventa y nueve en el Hospital Nacional de esta ciudad,

siendo Cacaopera departamento de Morazán, su último Domicilio; hija

del señor José Méndez y Carmen Coreas. Se le confi rió al aceptante

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

antes mencionado y en la forma establecida la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la Herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Fran-

cisco Gotera, a las doce horas de día treinta de junio de dos mil ocho.

LIC. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA

SUPLENTE. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F028037-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por Resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción el causante señor CONCEPCION AYALA, quien

falleció el día catorce de julio de dos mil, en el Cantón Las Delicias de

la jurisdicción de San Juan Nonualco, su último domicilio; por parte

de la señora LEONOR GONZALEZ DE CAÑENGUEZ o LEONOR

GONZALEZ AYALA, en su carácter de hija de dicho causante. Nómbrase

a la aceptante, interinamente administradora y representante de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, quince de agosto de dos

mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028073-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario de parte del señor HECTOR GONZALEZ

SANCHEZ conocido por HECTOR SANCHEZ, de sesenta y dos años

de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio del Caserío Los Sánchez

del Cantón Piedra Parada de la jurisdicción de Chilanga, departamento

de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero cero

trescientos cuarenta y siete mil ciento veintiséis guión ocho; y Tarjeta

de Identificación Tributaria número un mil trescientos cuatro

guión doscientos sesenta mil doscientos cuarenta y seis guión

ciento dos guión nueve; la herencia que en forma intestada dejó

el señor VICENTE GONZALEZ, quien fue de setenta y nueve años

de edad, soltero, Agricultor en Pequeño, Salvadoreño, originario y del

domicilio de la ciudad de Chilanga, departamento de Morazán; hijo de

FRANCISCO GONZALEZ y FLORENCIA CRUZ; quien falleció a

las diecisiete horas, del día tres de mayo de mil novecientos ochenta

y ocho, en el cantón Piedra Parada de la ciudad de Chilanga, departa-

mento de Morazán; siendo este lugar su último domicilio; en concepto

de HIJO del referido causante. Se ha conferido al referido aceptante en

la calidad expresada la administración y representación INTERINA de

dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

quince horas y cinco minutos del día veintinueve de septiembre de dos

mil ocho. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1º de 1ª

INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028079-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once

horas y quince minutos del día doce de septiembre del corriente año,

se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que al fallecer el causante José Fausto Escobar, a las

diez horas y veinte minutos del día quince de agosto del dos mil seis,

en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel,

siendo su último domicilio la ciudad de Pasaquina, departamento de La

Unión, dejara a favor de la señora Valentina Portillo, en concepto de

Cesionaria del derecho hereditario que le correspondía al señor Evelio

Portillo Escobar conocido por Evelio Portillo, en concepto de hijo del

referido causante, de conformidad con el Art. 988 No. 1° y el 1699 del

Código Civil.

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-

partamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de septiembre

del año dos mil ocho. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ

DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028134-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas

y quince minutos del día veinticinco de agosto del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada al fallecer a las siete horas del día treinta de marzo del año dos

mil ocho, en el Cantón Agua Blanca Jurisdicción de Anamorós, depar-

tamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara la

causante Inés Benítez de Villatoro conocida por Inés Benítez y por Inés

Reyes, al heredero Anastacio Villatoro Reyes conocido por Anastacio

Villatoro, en concepto de hijo de la causante y además como Cesionario

del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía a

la señora María Ángela Villatoro de Hernández conocida por María

Ángela Villatoro Reyes, como hija de la causante antes mencionada, de

conformidad con lo establecido en los Arts. 988 No. 1º y el 1699 del

Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió al aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los tres días del mes de septiembre del año dos

mil ocho. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F028149-2

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez

horas del día tres de Septiembre de dos mil ocho. Se tiene por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada, que al

fallecer a las catorce horas del día veintiocho de abril de dos mil ocho,

en el Barrio El Calvario de la ciudad de Anamorós, de este Distrito,

Departamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante María

Olimpia Ventura Reyes, conocida por María Olimpia Ventura, y por

María Olimpia Reyes, de parte del señor Dagoberto Reyes, conocido

por Dagoberto Reyes Fuentes, en concepto de hijo sobreviviente de la

referida causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1º C. C.

y como Cesionario del Derecho Hereditario que en la referida sucesión

le correspondía a la señora Lidia del Carmen Reyes, en concepto de hija

de la referida causante, de conformidad con el Artículo 1699 C. C.

Se le confi ere al aceptante en el carácter dicho la administración

y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a las nueve horas del día diez de septiembre de dos

mil ocho. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028151-2

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil; del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y treinta minutos del día trece de agosto de dos mil ocho. Se de-

claró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer a las veinte horas con cuarenta minutos del día

seis de junio del corriente año, en el Hospital Policlínica Limeña, de esta

ciudad Departamento de La Unión, siendo la ciudad de Anamorós, de

este Distrito y del Departamento antes mencionado, su último domici-

lio dejó el causante PEDRO PASCUAL VASQUEZ, de parte del señor

Santos César Vásquez Vásquez, conocido por Santos César Vásquez, en

concepto de hijo del referido causante, de conformidad con el Artículo

988 Numeral 1º C. C., y como Cesionario de los Derechos Hereditarios

que en la referida sucesión les correspondían a los señores José Luis

Vásquez Vásquez y Elida Consuelo Vásquez de Medina, en calidad de

hijos del causante en referencia, de conformidad con el Artículo 1699

C. C.

Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la ad-

ministración y representación INTERINA de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

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Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los quince días del mes de agosto de dos mil ocho.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028152-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a

las catorce horas y treinta minutos del día veintinueve de julio de dos

mil ocho. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la Villa

de Santiago Texacuangos, su último domicilio, el día veintisiete de di-

ciembre de mil novecientos ochenta, dejó el causante GUMERCINDO

DE LEON, conocido por GUMERCINDO DELEON, de parte del señor

FERMIN DE LEON, en su calidad de hijo del causante y como cesionario

de los derechos hereditarios que en abstracto le correspondían al señor

AMADEO DE LEON PEREZ, en su calidad de hijo del referido causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados a partir del

siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal

a hacer uso de su derecho.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las catorce horas y diez minutos del día

trece de agosto del año dos mil ocho. DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028172-2

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES

DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE

TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta y

seis minutos del día tres de octubre del año dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor TOMAS ERASMO PEREZ GOMEZ,

fallecido el día veinticinco de mayo del año dos mil siete, siendo esta

ciudad su último domicilio, de parte de los señores ROSA MAYRA ORTIZ

PEREZ, IRMA DEL CARMEN ORTIZ PEREZ, MAGDALENA DE

JESUS PEREZ ORTIZ, JOSE HERNAN PEREZ ORTIZ, y ERASMO

HUMBERTO PEREZ CAMPOS, como hijos del causante y se les ha

conferido a los aceptantes la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente, el último siendo menor deberá ejercerla por medio

de su madre señora Georgina Elizabeth Campos Solís.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en

el correspondiente Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los

treinta días del mes de julio del año dos mil ocho. LIC. MARGARITA

DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028183-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce

horas del día veintiséis de septiembre de dos mil ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la

señora MARIA HAYDEE MORA DE MENDOZA, la Herencia Intestada

que a su defunción defi rió el causante JOSE ROBERTO MENDOZA

CEA conocido por JOSE ROBERTO MENDOZA, quien falleció en esta

ciudad, su último domicilio, el día treinta de octubre de mil novecientos

ochenta y nueve, en concepto de cónyuge del de cujus. Confi érase a la

aceptante la administración y representación interina de los bienes de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Y CITA: A los que se crean con mejor derecho a la herencia referida

para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos

en la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nue-

ve horas quince minutos del día uno de octubre de dos mil ocho. DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028223-2

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, al público

para los demás efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes que

a su defunción acaecida, el día veinte de marzo de dos mil cinco, en

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo la misma ciudad su

último domicilio; dejó el señor FELIX CARMEN RECINOS RECINOS,

quien fue de cincuenta años de edad, maestro de obra, casado, hijo

de Isidro Recinos y María Dolores Recinos de Recinos, originario de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de la señora SARA

RODAS DE RECINOS, en calidad de cónyuge del causante y en carácter

personal.

Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

siete días del mes de agosto de dos mil ocho.- LIC. JOSÉ ÁNGEL PO-

SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO

ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028232-2

NARCISO ROVIRA FLORES, Notario, de este domicilio, con Despacho

Notarial ubicado en Condominio Héroes Norte, Local Uno-Dos, sobre

Boulevard Los Héroes, ciudad, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas

treinta minutos del día tres de octubre del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del

señor BALTAZAR GARCÍA LÓPEZ, la Herencia Intestada dejada a

su defunción por su padre, señor MARTÍN LÓPEZ MÉNDEZ, quien

falleció el día veinte de octubre de mil novecientos noventa y ocho, en

el Hospital San Juan de Dios, Departamento de Santa Ana, y habiendo

sido la Jurisdicción de Ciudad Arce, La Libertad, su último domicilio,

de parte del señor BALTAZAR GARCIA LOPEZ, en concepto de hijo

del CAUSANTE Y CESIONARIO DE LOS DERECHOS HEREDI-

TARIOS que correspondían en dicha sucesión a sus hijos FELICITA

ZENOVIA GARCIA DE SOLANO e ISRAEL ANTONIO GARCIA

LOPEZ, confi riéndole al aceptante antes mencionado, la Administración y

Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente. Y para que lo proveído tenga

efectos legales, se publicará por tres veces este edicto de conformidad

con la Ley.

Librado en San Salvador, siete de octubre de dos mil ocho.

NARCISO ROVIRA FLORES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F028239-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

ocho horas del día seis de septiembre del año dos mil siete. Se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad de San Marcos,

siendo también su último domicilio, el día nueve de agosto del año dos

mil seis, dejó el causante ISRAEL VASQUEZ VELASQUEZ, de parte de

la señora LUISA DEL CARMEN PIMENTEL DE VASQUEZ, conocida

por LUISA DEL CARMEN PIMENTEL CABRERA, y por LUISA DEL

CARMEN PIMENTEL, y de las menores MARLEN JEANNETTE,

IVONNE ELIZABETH, y RUBY ALEXANDRA, todas de apellidos

VASQUEZ PIMENTEL, por medio de su Apoderado Especial Licenciado

JORGE ALBERTO ZELEDON BARRERA; la primera en su calidad de

cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los derechos

hereditarios que en abstracto le correspondía en la presente sucesión a

la señora ADELINA VELASQUEZ, en su calidad de madre del de cujus

antes expresado, y las tres últimas en su calidad de hijas del mencionado

de cujus.

Se ha conferido a los aceptantes la Administración y Representa-

ción Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente, debiendo ejercerla los menores MAR-

LEN JEANNETTE, IVONNE ELIZABETH, RUBY ALEXANDRA,

todos de apellidos VASQUEZ PIMENTEL, por medio de su madre y

Representante Legal señora LUISA DEL CARMEN PIMENTEL DE

VASQUEZ, conocida por LUISA DEL CARMEN PIMENTEL CA-

BRERA, y por LUISA DEL CARMEN PIMENTEL.

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados, desde el si-guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día doce de septiembre del año dos mil siete.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F028246-2

HERENCIA YACENTE

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil dos, se ha declarado yacente la herencia que a su defunción dejó el señor Manuel Jaimes García conocido por Manuel Eugenio Jaimes García, quien fue de setenta y cinco años de edad, comerciante, soltero, e hijo de los señores Carmen Jaimes y Eugenio García, Salvadoreño, de este domicilio, fallecido el día veintidós de septiembre del año dos mil, en el Barrio San Francisco, de esta ciudad, lugar de su último domicilio; y se ha nombrado curador de la misma a la Licenciada Ana Gladys Jovel de García, quien es mayor de edad, Abogado, del domicilio de Tepetitán de este Departamento.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas y diez minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil dos.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C024777-2

LICDA. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada a las diez horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del presente año, se ha de-clarado yacente la herencia del señor RAFAEL DIAZ SALINAS, quien falleció el día cinco de octubre de mil novecientos noventa y seis, en el Centro Médico, de esta ciudad, siendo el Barrio San Sebastián, de esta ciudad, el lugar de su último domicilio, habiéndose nombrado como curador de la expresada herencia al Licenciado ROBERTO CARLOS VÁSQUEZ CASTANEDA, Arts.1164 C.C. y 900 Pr. C.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas con quince minutos del día siete de abril del año dos mil ocho.- LICDA. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028072-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MERLOS AGUILAR, de setenta y cuatro años de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero cero nueve cero siete cinco-uno; solicitando a su favor título de propiedad de un terreno urbano ubicado en el Barrio El Calvario, pasaje “Catorce de Febrero” de esta ciudad de una extensión superfi cial de QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUARENTA Y UN CENTIMETROS, TODOS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes: RUM-BO NORTE, mide veintinueve metros veintiún centímetros y colinda con propiedad de los señores: María Elena Alvarado de Hernández y María Marta Durán de Rivas. RUMBO ORIENTE, mide veinticinco metros, sesenta y cuatro centímetros y colinda con la propiedad de la señora: Ángela Colocho. RUMBO SUR, mide veintiocho metros, treinta y cinco centímetros y colinda con la propiedad de los señores: Isabel Pineda Villacorta, María Isabel Pineda de Paniagua, Reina Concepción De Paúl Pineda, María del Carmen De Paúl Pineda y María Marina Durán de Ventura, con todos pasaje “Catorce de Febrero” de por medio. Y RUMBO PONIENTE, mide dieciséis metros cincuenta centímetros y colinda con propiedad de Manuel Barrera. Todos los colindantes son de este domicilio.

Lo hubo por compra que hizo a María Lorenza Mendoza conocida como María Mendoza por medio de escritura pública en esta ciudad el día 9 de septiembre de 1984 ante el Notario Raúl Hernández Zúniga y lo valúa en DOS MIL DOLARES de Los Estados Unidos de América.

Alcaldía Municipal San Juan Nonualco, diecisiete de abril del dos mil siete. JESUS GOMEZ, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028068-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora AMPARO PEREZ DE VAQUERANO, de cincuenta y ocho años de

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

edad, costurera, y del domicilio de San Juan Nonualco, portadora de su Documento Único de Identidad número: cero dos uno siete seis uno dos siete-uno, solicitando a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un terreno rústico, sin cultivo permanente, de los extinguidos ejidos, ubicado en el Cantón Tierra Colorada, Jurisdicción de San Juan Nonualco, Departa-mento de La Paz, de una extensión superfi cial de MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS METROS NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS, TODOS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: RUM-BO NORTE. Colinda con propiedad de Felipe De León Domínguez. RUMBO ORIENTE. Colinda con propiedad de Gonzalo de La Cruz y María Teresa de La Cruz de Sánchez, con ambos camino vecinal de por medio. RUMBO SUR. Colinda con propiedad de Rosalina Pérez de Mejía. RUMBO PONIENTE. Colinda con propiedad de Rosalina Pérez de Mejía. El terreno descrito sufre de servidumbre de tránsito, en un callejón de tres metros de ancho por treinta y un metros cincuenta centímetros de largo, sobre todo el rumbo Norte y que da salida a la propiedad de la señora Rosalina Pérez de Mejía, al camino vecinal del rumbo Oriente de la propiedad. Lo adquirió por compra que hizo a Matilde Deleón de Pérez. Y valora el inmueble en UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal, San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, a veinticuatro de abril del año dos mil ocho.- RENE FRANCISCO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028069-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora ROSALINA PEREZ DE MEJIA, conocida por ROSALINA PEREZ VILLANUEVA DE MEJIA, de cincuenta y tres años de edad, ama de casa y del domicilio de San Juan Nonualco, portador de su Documento Único de Identidad número: cero uno ocho uno dos siete nueve cuatro-siete, solicitando a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un terreno rústico, sin cultivo permanente, ubicado en el Cantón Tierra Colorada, Jurisdicción de San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, de una extensión superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS, SETENTA Y OCHO CENTIMETROS, TODOS CUA-DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: RUMBO NORTE. Colinda con propiedad de Felipe Deleón Domínguez. RUMBO ORIENTE. Tres tramos, el primero de Norte a Sur, el segundo de Poniente a Oriente, colindando en estos primeros dos tramos con propiedad de Amparo Pérez de Vaquerano; el tercero de Norte a Sur, colinda con Ruperto de la Cruz Ramírez y Alejandro Miranda Minero, con ambos camino vecinal de por medio. RUMBO SUR. Colinda con propiedad de Cefe Antonia Iraheta de Toloza, Francisca Iraheta García y José Félix Iraheta García. RUMBO PONIENTE. Colinda con propiedad de Felipe Deleón Domínguez. El inmueble anteriormente descrito goza de servidumbre de tránsito de tres metros de ancho por treinta y un metros cincuenta centímetros de largo sobre todo el rumbo Norte del inmueble de la señora Amparo Pérez de Vaquerano, para darle salida a la calle que se encuentra al rumbo Oriente de la parcela de la señora Amparo Pérez de Vaquerano.

Lo adquirió por compra que hizo a Matilde Deleón de Pérez. Y valora el inmueble en UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal, San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, a catorce de febrero del año dos mil ocho.- RENE FRANCISCO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028070-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor TE-RESO REYMUNDO ESCALANTE, de cincuenta y cinco años de edad, albañil, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: cero un millón ochocientos ochenta y cinco mil ochocientos diecinueve guión cero; solicitando a su favor Título de Propiedad o Dominio de un inmueble urbano, situado en el Barrio El Calvario, del Municipio de Guaymango, Departamento de Ahuachapán, identifi cado catastralmente como parcela sesenta y uno, del mapa catastral cero uno cero seis U cero uno, de un área catastral de TRESCIENTOS CINCUENTA PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS, de las colindancias especiales: AL NORTE: en un tramo de trece punto sesenta y tres metros, linda con propiedad del señor Máximo Ramos Suriano; AL ORIENTE: en un tramo de veintidós punto treinta y tres metros, linda con propiedades de Rafael Mangandí Hernández, Reina del Tránsito Ramos Quezada de Mangandí, Andrés Baltasar Pineda Rodríguez y Reyna del Tránsito Ramos de Mangandí, Avenida de por medio; AL SUR: en un tramo de catorce punto noventa y dos metros, linda con propiedad del señor Adalberto Méndez Ramos, calle de por medio; y AL PONIENTE: en dos tramos: el primero, de catorce punto ochenta y dos metros y el segundo, de ocho punto treinta y dos metros, linda con José René Pineda Ramos y María Celia Ramos.- Que dicho inmueble lo posee por donación que le hiciera su padre Santiago Escalante, por medio de documento privado, no inscribible, el catorce de diciembre de mil novecientos setenta y ocho, el cual no presenta por haberlo extraviado. Que la posesión de dicho terreno la tiene por más de veinticinco años en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y por consiguiente de buena fe, ejecutando actos de dueño tales como cultivarlo, cercarlo, habitarlo, todo a ciencia y paciencia de vecinos y colindantes, sin clandestinidad y sin haber sido perturbado por nadie. Que sobre dicho inmueble no pesa ninguna carga, derecho real o proindiviso a favor de terceros que deba respetarse. Lo estima en la suma de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Alcaldía Municipal: Guaymango, Departamento de Ahuachapán, a veintiocho de julio de dos mil ocho. RENE MAURICIO CASTRO GUARDADO, ALCALDE MUNICIPAL. JUAN ANTONIO GARCIA ARIAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028042-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

TITULO SUPLETORIO

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL

PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA como Apoderada General

Judicial del señor JUAN CASTRO CRUZ, de setenta y cuatro años de

edad, jornalero, de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO

SUPLETORIO a favor del referido señor, de un inmueble de naturaleza

rústico, situado en el cantón El Aguacate Caserío Los Ranchos de la

jurisdicción de Sensuntepeque, de la extensión superfi cial de DOS MIL

OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y OCHO

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE: En tres tramos rectos, el primero de dieciocho punto catorce

metros, el segundo veintidós punto veintidós metros, el tercero de die-

ciocho punto veintidós metros, linda en el primer tramo con MANUEL

DE JESUS PINEDA, en el segundo con REINA MARGARITA PINEDA

y en el tercero con MIGUEL PINEDA, calle Nacional de por medio

que del cantón conduce a esta ciudad; AL ORIENTE: En cuatro tramos

rectos, el primero de treinta y nueve punto cincuenta y cinco metros, el

segundo de diez punto diez metros, el tercero de quince punto cincuenta

y siete metros y el cuarto de cinco punto sesenta y seis metros, linda en

todos los tramos con MARIA DOLORES FUENTES, cerco de piedra

de por medio; AL SUR: En dos tramos el primero de veintiuno punto

noventa metros y el segundo de ocho punto setenta y cuatro metros, en

ambos tramos linda con Juan Castro Cruz, camino vecinal de por medio:

y AL PONIENTE: En un solo tramo de sesenta y un punto noventa y

dos metros, linda con JUAN CASTRO CRUZ, línea imaginaria de por

medio.-

Lo adquirió por compra que le hizo a los señores JOSE ALFREDO

VILLANUEVA CASTRO Y JOSE RAUL ISIDRO VILLANUEVA CAS-

TRO, en el año Dos mil siete, y lo valora en la cantidad de SEIS MIL

QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los diecisiete días

del mes de septiembre de dos mil ocho. LIC. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. HUGO ERNESTO

MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C024776-2

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores

VALENTIN MARCHANTE y REYNA DE LA PAZ CONTRERAS

GOMEZ, quienes son mayores de edad, empleado y ama de casa,

respectivamente, ambos del domicilio de Pasaquina, representados por

medio de su Apoderado General Judicial el Licenciado José Edilberto

Velásquez Gómez, mayor de edad, abogado, del domicilio de esta Ciu-

dad, solicitando diligencias civiles de título supletorio de una porción

de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Piedras Blancas,

de la jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La

Unión, de la capacidad superfi cial de UN MIL NOVECIENTOS DIEZ

METROS TREINTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, que mide

y linda, al ORIENTE, veinte metros cuarenta centímetros, calle pública

de por medio, con Ester Rivera, al NORTE, veinticuatro metros, treinta

centímetros, con Rita Gómez, cerco de alambre de por medio; al PO-

NIENTE, mide sesenta y un metros, cincuenta centímetros, formado por

dos tiros, el primero de doce metros y el segundo de cuarenta y nueve

metros, cincuenta centímetros, con José Baudilio Marchante, y al SUR,

sesenta y nueve metros, calle pública de por medio, con Teresa Martínez,

Ceferino Cruz y Pilar Mendoza, existen construidas en su interior dos

casas, una paredes de adobe y otra paredes de ladrillo, techo de tejas.

El terreno antes descrito lo adquirieron por donación que les hizo la

señora Clodovalda Marchante, mayor de edad, de ofi cios domésticos,

del domicilio de Pasaquina, y lo valúan en la cantidad de CINCO MIL

DOLARES.-

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los veintiséis

días del mes de septiembre de dos mil ocho.- LIC. ÁNGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028132-2

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado, el señor JOSE MERCEDES

BONILLA UMANZOR, de treinta años de edad, Agricultor en pequeño,

del domicilio de Anamorós, Departamento de La Unión, con documento

Único de identidad número: cero cuatro millones trescientos treinta y

siete mil setecientos veinte guión cero, Representado por su Apodera-

do General Judicial Licenciado Emérito Abundino Rubio Hernández,

solicitando título Supletorio de dos terrenos de naturaleza rústica, si-

tuados en el Caserío El Tapesco, Cantón Huertas Viejas, Jurisdicción de

Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, EL PRIMERO:

de la capacidad superfi cial de DOS MIL SEISCIENTOS DIECISIETE

METROS CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CINCUENTA

CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguien-

tes: AL ORIENTE, ciento quince metros, ochenta centímetros, linda

con propiedad del señor Jeremías Bonilla González, cerco de alambre

de púas de por medio propio del colindante; AL NORTE, treinta y cinco

metros, cuarenta centímetros, linda con propiedad de los señores José

Israel Cruz y Jeremías Bonilla González, cerco de alambre de púas de

por medio propio de los colindantes; AL PONIENTE, ciento treinta

y dos metros, treinta centímetros, linda con propiedad de los señores

Jeremías Bonilla González y Salomón Bonilla, callejón de cuatro metros

de ancho de por medio en parte y en otra parte cerco de alambre de púas

de por medio medianero; y AL SUR, seis metros ochenta centímetros,

linda con propiedad del señor Jeremías Bonilla González, sin cerco. En

su interior existe construida una casa paredes de adobe, techo de tejas

de diez metros ochenta centímetros de ancho por once metros ochenta

centímetros de largo, dos corredores a los rumbos norte y sur, con energía

eléctrica. EL SEGUNDO de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS

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CINCUENTA METROS DIECINUEVE DECIMETROS SETENTA Y

CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE, veintiséis metros, treinta centímetros, linda

con propiedad del señor Jeremías Bonilla González, cerco de piña y

alambre de púas de por medio propio del colindante. AL NORTE, diecio-

cho metros, treinta centímetros, linda con propiedad del señor Salomón

Bonilla, callejón de por medio. AL PONIENTE, veintitrés metros, linda

con propiedad de la señora María Etelvina Villatoro Alvarez, cerco de

alambre de púas de por medio propio de la colindante; y AL SUR, dos

metros, linda con propiedad de la señora María Etelvina Villatoro Alvarez,

cerco de alambre de púas de por medio propio de la colindante. Los valúa

en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió por compra verbal

que hizo al señor FELICITO BONILLA GONZALEZ, ya fallecido, que

dicha compra fue en el mes de Febrero de dos mil dos.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, a los diecinueve días del mes de Septiembre de dos mil

ocho.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028145-2

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

EMERITO ABUNDINO RUBIO HERNANDEZ, mayor de edad, abo-

gado, del domicilio de Anamorós, como Apoderado General Judicial de

la señora SARA CRUZ VILLATORO, mayor de edad, empleada, y del

domicilio de Anamorós, solicitando Diligencias de Título Supletorio, de

dos terrenos rústicos, situados el primero en el Caserío Los Cruz y el

segundo en el Caserío El Tamarindo, lugar denominado El Llano Blan-

co, ambos caseríos del Cantón Tulima, de la jurisdicción de Anamorós,

de este Distrito, Departamento de La Unión, el primer inmueble, de la

capacidad de UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS

CERO DECIMETROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRA-

DOS, que mide y linda, al ORIENTE, tres metros, con Mauricio Cruz, al

Norte, cincuenta y siete metros, con Rubenia Reyes, al Poniente, treinta

y un metros, cincuenta centímetros, con Lorenzo Cruz, y al Sur, setenta

y seis metros, ochenta centímetros, con Mauricio Cruz, inmueble que

contiene una casa de habitación, paredes de adobe, techo de tejas, con

los servicios de energía eléctrica y un corredor al rumbo sur, además

contiene un pozo artesanal con su correspondiente broquel con bomba,

y el segundo de la capacidad de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SE-

SENTA Y NUEVE METROS QUINCE DECIMETROS CUADRADOS,

que mide y linda, al ORIENTE, ciento ochenta y tres metros, sesenta

centímetros, con Antonio Contreras, cerco de alambre y piña medianero,

al NORTE, ciento veintiún metros, con Catalino Villatoro, calle que de

la ciudad de Anamorós conduce al Cantón Carbonal de por medio, al

Poniente, ciento cuarenta y cinco metros, con Rogelio Álvarez, y al Sur,

sesenta metros, con propiedad del señor Emilio Villatoro Álvarez, cerco

de alambre medianero de por medio, este terreno no contiene construc-

ciones ni cultivos permanentes.- Y los adquirió por compra que hizo a

Rafael Cruz, mayor de edad, agricultor, y del domicilio de Anamorós,

y los valúa en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los veintiséis

días del mes de septiembre de dos mil ocho.- LIC. ÁNGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ DE MARTINEZ. SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028147-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.

NORMA ELIZABETH VENTURA GUEVARA, en carácter de Apo-

derado General Judicial de los señores JUAN ANTONIO BENAVIDES

ROMERO, de cincuenta y dos años de edad, comerciante del domicilio

de esta Ciudad, con Documento Único de Identidad Número: cero tres

millones cuatrocientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y nueve

guión ocho, y con Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos

dos-ciento setenta mil ciento cincuenta y seis-cero cero uno-seis, y ALBA

LUZ BENAVIDES VIUDA DE ALVAREZ, de cincuenta y cinco años

de edad, comerciante del domicilio de esta Ciudad, con Documento

único de Identidad Número: ceo cero seiscientos sesenta mil doscientos

noventa y siete-tres y con Número de Identifi cación Tributaria un mil

doscientos doscientos setenta mil cuatrocientos cincuenta y dos-cero

cero dos-nueve; solicitando TITULO SUPLETORIO, de tres terrenos

de naturaleza rústica; dos de los cuales están ubicados en el Cantón San

Luisito y uno en Caserío Las Marías, todo de la Jurisdicción de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel. EL PRIMERO de los terrenos con

una capacidad superfi cial de DOCE MIL DOSCIENTOS SEIS PUNTO

SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalente a SIETE

MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PUNTO VEINTISIE-

TE VARAS CUADRADAS, de las medidas, linderos y colindancias

siguientes: AL ORIENTE: Ciento veintitrés punto noventa y siete me-

tros, linda con Abdón Campos, en resquebrajoso; AL NORTE: Sesenta

y siete punto noventa metros, linda con Oscar Romero Benavides, río

de por medio; Al SUR: ciento uno punto sesenta y nueve metros, linda

con Abdón Campos, Corina Castellón e Irma Águila, cerco de piedra y

alambre propio de por medio; y Al PONIENTE: Ciento sesenta punto

cincuenta y dos; linda con Eduardo Pérez, Oscar Romero Benavides,

calle de por medio; El SEGUNDO terreno: tiene una capacidad super-

fi cial de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS

PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalente a

SEIS MIL CUATROCIENTOS ONCE PUNTO CUARENTA Y TRES

VARAS CUADRADAS; de las medidas y linderos siguientes: Al

ORIENTE: Quinientos treinta y ocho punto treinta y dos metros; linda

con José Calazán, Juan Antonio Benavides y Roberto Castillo, calle de

por medio; cerco de alambre de por medio, Al NORTE: Trescientos

setenta punto treinta y tres metros; linda con Eduardo Pérez, calle de

por medio; AL SUR: Ciento nueve punto cuarenta y nueve metros; linda

con Rafael Benavides, callejón de por medio cerco de alambre y piña

del colindante; Al PONIENTE: Cuatrocientos cincuenta y tres punto

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sesenta y siete metros; linda con Roberto Castillo, Rafael Benavides,

Oscar Benavides y Ángel Carranza, calle de por medio; muro de piedra

y cerco de alambre del colindante; EL TERCER terreno: Tiene una ca-

pacidad superfi cial de CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS

TREINTA Y SEIS PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS,

equivalente a DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO PUNTO SE-

SENTA Y TRES VARAS CUADRADAS; De las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE: Doscientos cuarenta y nueve punto cuarenta y

seis metros, linda con Julia Chicas, río de por medio, y cerco de alambre

propio; AL NORTE: Trescientos cuarenta y uno punto cincuenta metros;

linda con José Calazán, Héctor Zelaya y María Amalia Romero, cerco

de alambre y brotones de izote propios de por medio; AL PONIENTE:

Ciento ochenta punto cuarenta metros; linda con cementerio de San

Luisito y Juan Benavides y calle de por medio, con cerco de alambre

propios de por medio; el primero de los terrenos antes descritos tiene

cultivos permanentes de cafeto. - Lo adquirió por compra verbal que le

hicieron al señor JUAN PIO ROMERO CHICAS; El PRIMER: Terreno

lo valúa en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. El SEGUNDO: Terreno

lo valúa en la cantidad de SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. Y El TERCER: Terreno lo valúa en

la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMÉRICA.

Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez

horas del día veinticuatro de septiembre del año dos mil ocho. LIC.

LUIS SANTIAGO ESCOBAR ROSA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA SUPLENTE.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028157-2

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL

PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el señor

PEDRO JUAN MORENO, en su carácter personal, de sesenta años

de edad, comerciante en pequeño, de este domicilio, solicitando se

le extienda TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza

rústico, situado en el Cantón San Francisco El Dorado, San Isidro,

Cabañas, de la extensión superfi cial de SEIS MIL CUATROCIENTOS

DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:

AL NORTE: ciento cuarenta y cinco metros con ocho centímetros,

colinda en parte con inmueble de Francisco Leiva, calle de por medio

y en otro parte con terreno de Eugenio Ascencio, cerco de alambre de

división; AL SUR: ochenta y seis metros con seis centímetros, colinda

con terreno de FRANCISCO ISIDRO MORENO Y MATIAS RIVAS,

calle de por medio; AL ORIENTE; en ciento treinta y dos metros con

treinta centímetros, colinda con inmueble de Carlos Moreno, Eugenio

Ascencio, Santiago Moreno, Río de por medio; y AL PONIENTE; se-

senta y cuatro metros con cincuenta y seis centímetros, colinda en este

rumbo con terreno de Linda Amaya, cerco de alambre de por medio, el

terreno descrito lo parte calle Pública de cuatro punto cinco metros que

conduce a la carretera de Sensuntepeque, conduce a San Salvador.

Lo adquirió por compra que le hizo a la señora MARIA

GERTRUDIS MORENO VIUDA DE RIVERA, en el año de dos mil,

y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ES-

TADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los dos días

del mes de septiembre de dos mil ocho. LIC. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO

MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028229-2

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL

PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el señor

VIDAL DE JESUS RIVERA RUIZ, en su carácter personal, de treinta

y un años de edad, estudiante, del domicilio de San Isidro, Cabañas,

solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO de un inmueble

de naturaleza rústico, situado en el caserío Cerro Avila Cantón Los

Jobos de la jurisdicción de San Isidro, departamento de Cabañas, de la

extensión superior de SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO

OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE, cuarenta y cuatro punto siete metros, con

terrenos que antes fueron de Petrona Rivera o Petronila Rivera, hoy

de Noemí Elizabeth Rivera, desde la punta del puente a un mojón de

piedra que está a la orilla de la carretera antigua de Sensuntepeque; AL

NORTE, siete punto sesenta metros, con terreno de Candelaria Torres,

hoy de Nery Pineda, carretera antigua de Sensuntepeque, de por medio

desde el mojón de piedra hasta un árbol de mulato, AL PONIENTE;

mide treinta y cinco punto cuarenta metros, con resto de terreno de la

compareciente, hoy de Encarnación Moreno desde un árbol de mulato,

hasta un mojón de cemento puesto a la orilla de la carretera que conduce

a Sensuntepeque; y AL SUR; veinticuatro metros con terreno que antes

fueron de Petrona Rivera o Petronila Rivera hoy de Francisco Guzmán

Rodas desde el mojón de cemento dicho, hasta un árbol de marañón,

lugar donde se comenzó la demarcación, con la carretera que conduce

a Sensuntepeque de por medio; lo adquirió por compra que le hizo al

señor GILBERTO MORENO, en el año de dos mil ocho, y lo valora en

la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMERICA.-

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veintisiete

días del mes de agosto de dos mil ocho. LIC. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO

MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028230-2

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2008079572

No. de Presentación: 20080114476

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM ELIZABETH CABRERA ESCALON, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL de EVER GREEN CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra Naturalmente y diseño, que servirá para: AMPARAR; TOALLAS SANITARIAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de septiembre del año dos mil ocho.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C024768-2

No. de Expediente: 2008075218

No. de Presentación: 20080107297

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Deutsche Bahn AG, de nacionalidad ALEMANA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: La frase DB SCHENKER y diseño, que servirá para: AMPARAR: MATERIAL PARA EMBALAJE HECHO DE PAPEL Y CARTÓN; MATERIALES PLÁSTICOS PARA EMBALAJE (NO

COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES), A SABER; CUBIERTAS, BOLSAS, BOLSILLOS; MATERIALES IMPRESOS; A SABER PANFLETOS, REVISTAS, FOLLETOS, POSTERS, PERIÓDICOS, PARA SELLOS, COJINES PARA TINTA DE SELLOS; ABRE CAR-TAS, CHAROLAS PARA CORRESPONDENCIA, ARCHIVEROS, TAPETES PARA ESCRITORIO, PERFORADORA, FOLDERS, CLIPS PARA OFICINA Y PAPEL, ETIQUETAS, INCLUYENDO ETIQUETAS AUTOADHESIVAS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028168-2

No. de Expediente: 2008078657

No. de Presentación: 20080112901

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONOLDY NEYIB MARTELL HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra DELMO y diseño, que servirá para: AMPARAR: DETERGENTES LIQUIDOS Y DETERGENTES EN POLVO PARA LA ROPA. Clase: 03.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

La solicitud fue presentada el día dieciséis de septiembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de octubre del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028185-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2008079428

No. de Presentación: 20080114259

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ALBERTO DELGADO ZÚNIGA, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de INVERSIONES TURISTICAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ITELSA, S.A DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras: “las Olas Resort and Villas” y diseño, que se traducen al castellano como: “las Olas Hotel y Villas”, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO: QUE OFRECERA AL PUBLICO SERVICIOS TURISTICOS DE HOTEL, RESIDENCIAL, RESTAURANTE Y CLUB.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de septiembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos.

San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil ocho.

JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C024771-2

MATRÍCULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2008061156

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008061156- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SERGIO GALILEO BERMUDEZ URRUTIA, en su calidad de Representante Legal de la sociedad PEMI ENERGY SERVICE COMPANY, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 6 del libro 2300 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-271207-101-0; el cual ha presentado solicitud a las doce horas y treinta y seis minutos del día diecisiete de abril de dos mil ocho, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008061156 inscripción 156 y el Asiento de Establecimiento No. 2008061156- 001, inscripción 157, ambos del Libro 177 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina PEMI ENERGY SERVICE COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA, con dirección en AVENIDA AUGUSTA Nº 120 COLONIA TOLUCA, SAN SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado PEMI ENERGY SERVI-CE COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en AVENIDA AUGUSTA Nº 120 COLONIA TOLUCA, SAN SALVADOR y que se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de abril de dos mil ocho.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C024775-2

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

SUBASTA PUBLICA

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado SALVADOR SALAZAR GUEVARA, actuando como

Apoderado General Judicial de la CAJA DE CREDITO METROPOLI-

TANA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE R.L. DE C. V.; contra la señora

LIDIA ESPERANZA RODRIGUEZ DE BARRIENTOS, se venderá

en Pública Subasta en este Tribunal y en fecha que será señalada pos-

teriormente, el inmueble que a continuación se describe: “Un inmueble

de naturaleza urbana, ubicado en el Cantón El Tránsito, jurisdicción

de Soyapango, de este Departamento, Urbanización JARDINES DEL

PEPETO, LOTE NUMERO TREINTA Y CUATRO DEL Block “D”,

el cual tiene construida una casa de habitación de sistema mixto, dicho

lote se localiza así: De la intersección de los ejes de los pasajes número

UNO y número CINCO con rumbo Norte sesenta y dos grados veinte

punto cero minutos Oeste se miden sobre este último sesenta y siete

punto cincuenta metros en este punto haciendo una defl exión derecha

con rumbo Norte veintisiete grados cuarenta punto cero minutos Este

distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón Número UNO

esquina Sur Este del Lote que se describe así: AL SUR: Partiendo del

mojón número uno, con rumbo Norte sesenta y dos grados veinte punto

cero cero metros se llega al mojón Número DOS, lindando por este lado,

con Industria Agrícolas Venecia y Prusia, S.A., y pasaje Número CINCO

de por medio de cinco punto cero cero metros de ancho; AL PONIENTE:

del mojón número DOS con rumbo Norte veintisiete grados cuarenta

punto cero minutos Este y distancia de doce punto cero cero metros, se

llega al mojón Número TRES, lindando por este lado con Lote Número

TREINTA Y CINCO del Block “D” de esta misma Urbanización, AL

NORTE: del mojón Número TRES con rumbo Sur, sesenta y dos grados

veinte punto cero minutos Este y distancia de cinco punto cero cero

metros, se llega al mojón número CUATRO, lindando por este lado

con Lote Número SIETE del Block “D” de esta misma Urbanización;

AL ORIENTE: del mojón número CUATRO con rumbo Sur veintisiete

grados cuarenta punto cero minutos Oeste y distancia de doce punto cero

cero metros, se llega al mojón Número UNO, donde se inició la presente

descripción, lindando por este lado con Lote Número TREINTA Y TRES

del Block “H” de esta misma Urbanización. El Lote así descrito tiene

un área de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS,

equivalentes a un total de OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y

CINCO VARAS CUADRADAS. Todos los lotes colindantes son o han

sido de la Sociedad Bodewing, Asociada, S.A. DE C.V., inscrito al Número

CINCUENTA Y SIETE del Libro TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA

Y TRES del Registro de la Propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las nueve horas treinta minutos del día doce de agosto

del dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO

MERCANTIL. LICDA. TERESA DE JESÚS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028177-2

ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA

INTERINO.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil, promovido inicialmente por el Licenciado TITO

SANCHEZ GONZALEZ, y continuado por el Licenciado PABLO NOE

RECINOS VALLE, ambos en calidad de Apoderados Generales Judiciales

de la señora MARINA JEANNETH MENJIVAR DE PALACIOS, de

veintiocho años de edad, Empleada, del domicilio de San Luis Talpa,

departamento de La Paz; contra el señor HERBERT ERNESTO LOPEZ

GALLARDO, de cuarenta y cuatro años de edad, Ingeniero Agrónomo,

del domicilio de Santa Rita, departamento de Chalatenango; reclamando

el pago de SETENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, en concepto de capital, más los intereses legales con-

tados a partir del día seis de junio del año dos mil cinco; todo hasta su

completo pago, transacción o remate y Costas Procesales; se ha ordenado

VENDER EN PUBLICA SUBASTA en este mismo Juzgado, en fecha y

por el precio que oportunamente se indicará, el inmueble de Naturaleza

Rústico, identifi cado en su antecedente como PRIMER LOTE, situado

en Jurisdicción de Santa Rita, departamento de Chalatenango; de una

extensión superfi cial original de QUINCE HECTAREAS OCHENTA Y

CINCO AREAS SESENTA Y OCHO CENTIAREAS SETENTA CEN-

TESIMAS DE CENTIÁREAS, equivalentes a VEINTITRES MANZA-

NAS, aproximadamente el cual quedó reducido según desmembración con

anterioridad, y linda: AL ORIENTE: Con propiedad del señor Alfredo

López antes, hoy de Eleazar López Padilla; AL NORTE: Con terreno de

Martina Quijada antes, hoy de Celso Romero Quijada, Lorenzo Zamora

Peñate, Santos Gutiérrez Viuda de Romero y Engracia Galdámez; AL

PONIENTE: Antes con terreno de Emilio Gallardo, ahora de Lorenzo

Zamora Peñate; y AL SUR: Con el resto del terreno de donde se segregó

el que se describe, de propiedad de Clara Luz López de Paniagua Rosa-

les, conocida por Blanca Luz López de Paniagua antes, hoy de Herbert

Ernesto López Gallardo, conocido por Herbert Ernesto López, Carretera

que conduce a Chalatenango de por medio. Que los colindantes citados

son del domicilio de Santa Rita, departamento de Chalatenango. Que

por Remedición inscrita al Número OCHENTA, Libro QUINIENTOS

SIETE, Página TREINTA Y TREINTA Y UNO, del Registro de la Pro-

piedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro, departamento

de Chalatenango, quedó reducido a CATORCE MANZANAS, o sea

NUEVE HECTAREAS OCHENTA AREAS, el cual se describe así:

Inmueble de naturaleza rústica, identifi cado en el antecedente como

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

PRIMER LOTE, situado en Jurisdicción de Santa Rita, departamento

de Chalatenango, que se describe así: AL NORTE: En línea quebrada de

NUEVE TIROS, así: el primer tiro: En dirección Norte, mide cuarenta

y dos punto seis metros, el segundo tiro: En dirección Nor-oriente,

mide cuarenta y nueve metros cuarenta centímetros; el tercer tiro: Con

dirección Nor-oriente, mide ciento sesenta y siete metros; el cuarto tiro:

Con dirección Norte, mide veinte metros, el quinto tiro: Con dirección

Oriente, mide veinte metros; el sexto tiro: Con dirección Nor-oriente,

mide veintitrés metros, el séptimo tiro: Con dirección Nor-oriente, mide

setenta y cinco metros; el octavo tiro: Con dirección Sur, mide veintinueve

metros; y el noveno tiro: Con dirección Oriente, mide cuarenta y siete

metros; el primer tiro colinda con Miguel Castro; el segundo tiro con

Santos Gutiérrez, del tercero al octavo tiro con Engracia Galdámez y el

noveno tiro, con Lorenzo Peñate, todo el rumbo lo divide la Calle que

del desvío El Troncal, conduce a Cantón Tasajeras; AL ORIENTE: En

línea recta con rumbo sur, mide cuatrocientos cincuenta y tres metros y

colinda con Efraín López, mojones de concreto de por medio; AL SUR:

En línea recta con dirección Poniente, mide doscientos treinta y nueve y

colinda con propiedad de Herbert Ernesto López Gallardo, conocido por

Herbert Ernesto López, calle pavimentada que conduce de San Salvador

a Chalatenango de por medio; y AL PONIENTE: En línea quebrada de

TRES TIROS, así: el primer tiro: Con dirección Norte mide noventa

metros y colinda con Fidencio Mejía Galdámez, cerco de alambre de

por medio; segundo tiro: Con dirección Poniente, mide ciento diecinueve

metros y el tercer tiro: Con dirección Sur-Poniente, mide cuarenta y nueve

punto un metros, colinda en éstos dos últimos tiros con Lorenzo Zamora

Peñate, cerco de alambre de por medio. La cerca de alambre son de los

colindantes, tiene un área de CATORCE MANZANAS, o sea NUEVE

HECTAREAS OCHENTA AREAS.

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta

Sección del Centro; bajo el Número OCHENTA, Libro QUINIENTOS

SIETE.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las Catorce horas

y diecisiete minutos del día once de septiembre del año dos mil ocho.

LICDO. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL DE

APOPA INTO. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F028238-2

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por

hoy Nelly Marlene Moreno Reyes, apoderada general judicial de José

Ricardo Santillana Carranza, contra Humberto Rutilio Deleón, conocido

por Humberto Rutilio Deleón Leiva, reclamándole capital, intereses y

costas; se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un terreno

propiedad del ejecutado Humberto Rutilio Deleón Leiva. Es una porción

de terreno rústico señalado como SEGUNDA porción del antecedente,

situado en el lugar denominado Loma del Zapote, Cantón San Ramón,

jurisdicción de San Pedro Nonualco, de una extensión superfi cial de

UNA HECTAREA NOVENTA AREAS DIEZ METROS CUADRADOS

CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS y esta porción segregada

es de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS DIEZ METROS CUADRA-

DOS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS de superfi cie, que

se describe: al NORTE, linda con porción que se vendió a la Iglesia

Profética de Sión, en parte y en parte con porción de María Laura de

León; al ORIENTE, con terreno de Sara González, quebrada de aguas

invernales de por medio; al SUR, con terreno que fue de José Dolores

Leiva Méndez, hoy de Elvinia Coreas, brotones de izote de por medio;

y al PONIENTE, con terreno de Sotero González, camino vecinal de

por medio, siendo esta línea recta, aunque en el ante cedente se dice

que es quebrada; además no colinda con Viviano Aquino Aguilar, ni el

que fue de Valentín Velasco, hoy de Viviano Aquino y Elvinia Coreas

y hoy de José Dolores Leiva Méndez. Tiene construida una casa techo

de tejas, paredes de adobes, y tiene agua potable y servicios sanitarios,

siendo lo construido de un área de cien metros cuadrados. Está inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz del Departamento de La Paz, al

Número SESENTA Y NUEVE del Tomo QUINIENTOS SESENTA Y

TRES, bajo la matrícula Número CINCO CINCO CERO SIETE SIETE

NUEVE OCHO SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO- en el asiento

SEIS, del Referido Registro.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a las quince horas del día once

de marzo del año dos mil ocho. Entrelíneas: rústico- y en parte: Vale. DR.

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO

RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028302-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20360020152 en Suc. Centro

emitido el día 08/06/2001 a un plazo de 180 días el cual devenga el

2.50% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado,

por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso.

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 06 de octubre del dos mil ocho.

JULIO A. GARCIA INGLES,

JEFE DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F028034-2

AVISO

EL BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,

COMUNICA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

de Depósito Número 404-250-100121-9, constituido el 13 de Julio de

2004, para el plazo de 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento

público para los efectos de reposición del Certifi cado relacionado, de

conformidad con los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco, no recibe oposición alguna a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 03 de octubre de 2008.

Ing. JORGE LEONEL BONILLA MEDRANO,

Gerente de Agencia.

Santa Rosa de Lima.

3 v. alt. No. F028155-2

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

RAFAEL ALEXANDER AVALOS HERNANDEZ, Mayor de edad, Abo-

gado, del domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad

número: cero cero ocho siete cuatro cero nueve uno - tres y tarjeta de

Identifi cación de abogado número: uno cuatro ocho dos siete, actuando

en nombre y representación de los señores JULIO CESAR ALVAREZ

HERNANDEZ, de sesenta años de edad, Empleado y ZOILA ZELAYA

APARICIO, de cincuenta y cuatro años de edad, de ofi cios Domésticos,

ambos del Domicilio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Mi-

guel, con Documentos Únicos de Identidad en su orden número: Cero

dos millones ciento treinta y ocho mil ochocientos treinta y ocho -cero,

y número: cero dos millones ciento treinta y ocho mil sesenta y seis

-siete; para que promueva ante el señor Alcalde Municipal de Nueva

Guadalupe, Departamento de San Miguel, la solicitud de TITULO

MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio

San Isidro, de la Ciudad de Nueva Guadalupe, distrito de Chinameca,

Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de UN MIL

CIENTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS, pero que según cer-

tifi cación de la denominación catastral es de UN MIL SEISCIENTOS

DIECISEIS METROS CUADRADOS, la cual es la capacidad real del

inmueble que se pretende titular de las medidas y linderos siguientes:

AL ORIENTE: Cuarenta y dos metros, colindando con terreno de José

Álvaro Alegría Zelaya, y solar de Juan Benavides, camino de por medio;

AL NORTE: Veintidós metros, colindando con Gregorio de Jesús García,

camino de por medio en parte y cerco de alambre del colindante; AL

PONIENTE: Cuarenta y cuatro metros colindando con José de la Cruz

Castro Sandoval, cerco de alambre propio del solar que se describe; AL

SUR: Treinta metros colindando con solar de Alonso Benavides camino

de por medio. El inmueble antes descrito contiene en construcción una

casa de sistema mixto. El inmueble antes descrito no es ejidal, baldío,

ni comunal, no tiene cargas ni derechos reales, es decir, que está a

cuerpo cierto, no es dominante, ni sirviente, todos los colindantes son

de este domicilio y residen en el mismo lugar del inmueble que se trata

de titular. La posesión que mis representados han ejercido y ejercen en

dicho inmueble durante el tiempo antes mencionado, ha consistido en

mejorarlo, habitarlo, todo esto sin pedirle consentimiento a nadie o sea

que durante todo ese tiempo han ejercido ante el vecindario actos de

verdaderos dueños y estiman el terreno en mención en la suma de NUE-

VE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA

Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA. El cual fue adquirido por compraventa hecha en el año dos

mil siete a la señora SONIA MARGARITA MARTINEZ, la cual ésta

la adquirió de la misma forma desde el año mil novecientos noventa y

siete al Señor JOSE ANTONIO ZELAYA, tal como lo compruebo en el

testimonio de escritura pública de compraventa a favor de mis poderdantes

para ser agregada a las presentes diligencias. Que desde el año dos mil

siete hasta la fecha mis poderdantes han estado en posesión material de

dicho inmueble, por lo que unida la posición de mis poderdantes a la de

su antecesor data más de DIEZ AÑOS consecutivos. Los colindantes son

todos de este domicilio por lo que hacen del conocimiento del público

para los efectos de la ley.

Alcaldía Municipal de Nueva Guadalupe, a las nueve horas del

día treinta de septiembre del año dos mil ocho. OSCAR RICARDO

BRIZUELA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. HERBERTH MAURICIO

BENITEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE CONSTAR: Que la señora MARIA LIDIA RODRIGUEZ VIUDA DE REYES, mayor de edad, de ofi cios del Hogar, del domicilio de la Ciudad de Victoria, Departamento de Cabañas, solicita Título de un inmueble de naturaleza Urbano, situado en los Suburbios del Barrio San Antonio, Jurisdicción de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales que a continuación se describen: LINDERO NORTE: partiendo del punto número uno está formado por un tramo recto, cerco de piedra propiedad del vecino, con una distancia de cuarenta y siete punto noventa y cinco metros y rumbo Nor Este ochenta y tres grados treinta y cuatro minutos treinta y un segundos, colindando con terrenos propiedad de la señora María Salomé Gómez de Torres, se llega al punto número dos; LINDE-RO ORIENTE: Partiendo del punto número dos está formado por un tramo recto, cerco de alambre de púas, con una distancia de once punto setenta y cuatro metros y rumbo Sur Oeste cero un grados cuarenta y siete minutos cero siete segundos, colindando con terrenos propiedad de Seferino García, la calle pública de por medio, se llega al punto número tres; LINDERO SUR: partiendo del punto número tres está formado por un tramo recto, cerco de alambre de púas, con una distancia cuarenta y tres punto cuarenta y cinco metros y rumbo Sur Oeste ochenta y ocho grados cero nueve minutos cero cuatro segundos, colindando con terre-nos propiedad María Gómez García, se llega al punto número cuatro; LINDERO PONIENTE: partiendo del punto número cuatro está formado por un tramo recto, cerco de alambre de púas, con una distancia de nueve punto cero tres metros y rumbo Nor oeste treinta grados treinta y tres minutos cincuenta y un segundos, colindando con terrenos propiedad de la señora Cristabel Gómez, se llega al punto número uno que es donde se inició esta descripción. No es dominante ni sirviente, no tiene cargas y derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con terceras personas. El inmueble lo hubo por Compra Venta que le hizo a la señora Juana Alfaro de Moreno, y lo valuó en la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Victoria, Departamento de Cabañas, a los veintiocho días del mes de Agosto del año dos mil ocho. JUAN ANTO-NIO RAMOS BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL. ANA MIRIAM AYALA AYALA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028226-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE CONSTAR: Que el señor NAPOLEON HERNANDEZ ORELLANA, mayor de edad, Motorista, del domicilio del Barrio El Centro de esta Ciudad, solicita Título de un inmueble de naturaleza Urbano, situado en el Barrio El Centro, Jurisdicción de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PUN-TO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales que a continuación se describen: LINDERO NORTE: Partiendo del punto número uno está formado por un tramo recto, con una distancia de veinticuatro punto noventa y ocho metros y rumbo Sur Este sesenta y seis grados cincuenta y un minutos cincuenta segundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Sebastián Torres Membreño, se llega al punto número dos; LINDERO ORIENTE; Partiendo del punto número dos está formado por un tramo recto, con una distancia de ocho punto sesenta metros y rumbo Sur Oeste, veintiún

grados veinticuatro minutos cuarenta y cuatro segundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Carlos Morales y Lelis Camilo Gómez, calle pública de por medio, se llega al punto número tres; LINDERO SUR: Partiendo del punto número tres está formado por cuatro tramos rectos: primer tramo con una distancia de ocho punto ochenta y cinco metros y rumbo Nor Oeste, setenta y tres grados cero siete minutos doce segundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Oliverio Leiva Rivas, descarga de aguas lluvias de por medio, se llega al punto número cuatro; segundo tramo con una distancia de nueve punto setenta metros y rumbo Nor Oeste, sesenta y ocho grados quince minutos cero tres segundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Oliverio Leiva Rivas, descarga de aguas lluvias de por medio, se llega al punto número cinco, tercer tramo: con una distancia de cuatro punto cuarenta y cinco metros y rumbo Nor Oeste, cincuenta y siete grados cero un minutos cincuenta y cuatro se-gundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Oliverio Leiva Rivas, descarga de aguas lluvias de por medio, se llega al punto número seis, cuarto tramo: con una distancia de tres punto cincuenta y un metros y rumbo Nor Oeste, treinta y cinco grados cero nueve minutos doce segundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Oliverio Leiva Rivas, descarga de aguas lluvias de por medio, se llega al punto número siete; LINDERO PONIENTE: Partiendo del punto número siete está formado por un tramo recto, con una distancia de siete punto veintidós metros y rumbo Nor Este, veintiocho grados cero ocho minutos dieciocho segundos, pared de sistema mixto, colindando con terrenos propiedad de Sebastián Torres Membreño, se llega al punto número uno que es donde inició esta descripción. En el inmueble descrito actualmente se encuentra construida una casa de sis-tema mixto, en un área de setenta metros cuadrados. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas y derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con terceras personas. El inmueble lo hubo por Compra Venta que le hizo al señor José Armando Galdámez y lo valuó en la cantidad de VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Victoria, Departamento de Cabañas, a los veintinueve días del mes de Julio del año dos mil ocho . JUAN ANTO-NIO RAMOS BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL. ANA MIRIAM AYALA AYALA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028231-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que la señora MARIA IRENE CASTILLO DE MENDOZA, de cuarenta y ocho años de edad, Comerciante, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos noventa y dos mil doscientos noventa y tres-siete, y Número de identifi cación Tributaria cero novecientos seis-doscientos sesenta mil trescientos sesenta-ciento uno-cinco, solicita título de un inmueble urbano situado en Calle Doctor Luis Velasco, Cantón Los Llanitos de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos si-guientes: AL PONIENTE: veinte metros, linda con inmueble de Juan José Escamilla Rivas; AL SUR: nueve metros, linda con inmueble de Antonio Leiva, muro de ladrillo de por medio; AL ORIENTE: veinte metros linda con inmueble de Carmelo Recinos, perteneciente en la actualidad a Víctor Manuel Mendoza Escamilla, calle de cinco metros de ancho de por medio; y AL NORTE: nueve metros linda con inmueble de Juan José Escamilla Rivas, dividido por muro de ladrillo perteneciente al inmueble que se describe. En el terreno descrito se encuentra construida una casa de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, ni tiene carga ni

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

gravámenes de ninguna naturaleza, lo adquirió por compra que hizo a los señores Mauricio Mendoza conocido por Mauricio Mendoza González y María del Carmen Escamilla de Mendoza y lo estima en SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a catorce de agosto de dos mil ocho.- ING. JESUS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028235-2

MARCAS DE SERVICIO

No. de Expediente: 2008077352

No. de Presentación: 20080110798

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODERADO de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AME-RICA, S.A. DE C.V., HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

VAN GOGH CAFÉ

Consistente en: las palabras VAN GOGH CAFÉ, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION); HOSPEDAJE TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de junio del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028160-2

No. de Expediente: 2008077360

No. de Presentación: 20080110806

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODERADO de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AME-RICA, S.A. DE C.V., HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras nau bar y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACION); HOSPEDAJE TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de junio del año dos mil ocho.

LIC. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028163-2

No. de Expediente: 2008077356

No. de Presentación: 20080110802

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODERADO de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AME-RICA, S.A. DE C.V., HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Factory Steak & Lobster y diseño, que se traducen al castellano como Fabrica Filete y Langosta, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION); HOSPEDAJE TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de junio del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028165-2

No. de Expediente: 2008077354

No. de Presentación: 20080110800

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V., HO-TELES, S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras The Broiler Room Steak & Lobster y diseño, que se traducen al castellano como El cuarto de Parrilla fi lete y langosta, sobre las palabras fi lete y langosta no se le concede exclusivi-dad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOSPEDAJE TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de junio del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028166-2

No. de Expediente: 2007069904

No. de Presentación: 20070098420

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de RCN TELEVISION S. A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las letras RCNI y diseño, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028169-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ACEPTACION DE HERENCIA

LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para

los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cinco

minutos del día veintidós de Septiembre de dos mil ocho; se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia ab-

intestato de los bienes que a su defunción dejó la causante NAZARIA

DE JESUS CRUZ conocida por NAZARIA CRUZ; quien falleció el

día cinco de mayo del año de mil novecientos noventa, en el Hospital

Rosales de la ciudad de San Salvador; siendo su último domicilio Berlín,

Departamento de Usulután, de parte de JUANA PAULA CRUZ VIUDA

DE CORTEZ conocida por JUANA PAULA CRUZ; en su calidad de

hija ilegítima de la causante NAZARIA DE JESUS CRUZ conocida

por NAZARIA CRUZ; confi riéndole a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de

Berlín, a las doce horas y quince minutos del día veintidós de septiembre

de dos mil ocho. Licda. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA

BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027696-3

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

veintinueve de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Ab-intestato

de los bienes que a su defunción dejó el causante JESUS HERNAN

MORENO conocido por HERNAN CORTEZ MORENO y por JESUS

HERNAN MORENO CORTEZ, quien falleció a las cuatro horas treinta

minutos del día veintiuno de junio de dos mil ocho, en el Barrio El

Centro, Quinta Avenida Sur, Casa Número Uno, de esta ciudad, siendo

esta ciudad de Berlín, su último domicilio de parte de IVAN ABDUL

MORENO RIVERA conocido por IVAN ABDUL RIVERA CORTEZ,

en calidad de hijo legítimo del causante, no así a los señores MIRTA

COLOMBA MORENO DE AMAYA conocida por MIRTA COLOMBA

PORTILLO CORTEZ y por MIRTA COLOMBA MORENO RIVERA y

EDMUNDO ENRIQUE MORENO RIVERA conocido por EDMUNDO

ENRIQUE RIVERA MORENO, por haber repudiado la herencia que

les correspondía en calidad de hijos legítimos del de cujus; confi riéndole

al aceptante IVAN ABDUL MORENO RIVERA conocido por IVAN

ABDUL RIVERA CORTEZ, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de

sus derechos.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce

horas y veinte minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil ocho.

Licda. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ

DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027698-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO.

HACE SABER: Que por sentencia pronunciada a las quince horas

cuarenta y cinco minutos del día treinta de junio de dos mil ocho; y

declarada ejecutoriada por resolución de las diez horas cuarenta y siete

minutos del día veintidós de julio del año dos mil ocho, se ha tenido por

aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las once horas del día nueve de septiembre

del año mil novecientos ochenta y seis, en el Cantón Los Puentecitos,

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

Jurisdicción de Guaymango, su último domicilio, dejó el señor ESTEBAN

SANCHEZ; de parte del señor FABIO IGNACIO MAGAÑA o FABIO

IGNACIO SANCHEZ MAGAÑA, en su calidad de hijo del causante;

a quien se ha nombrado Interinamente Representante y Administrador

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las ocho horas diez

minutos del día catorce de agosto del año dos mil ocho.- DR. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027702-3

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, del do-

micilio de la ciudad de Sonsonate, con ofi cina ubicada en Calle Alberto

Masferrer Oriente, Casa número cuatro-uno “A”, contiguo a Funeraria

La Auxiliadora, de la Ciudad de Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día once de septiembre del año dos mil ocho, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la heren-

cia intestada que a su defunción, dejó la señora AMALIA MENDOZA

conocida por AMALIA MENDOZA DE TORRENTO, ocurrida en el

Barrio El Calvario, Concepción de Ataco, Departamento de Ahuachapán,

a las quince horas y treinta minutos del día dieciséis de junio del año dos

mil cuatro, sin haber formalizado testamento alguno, de parte de la señora

MARIA DEL ROSARIO TORRENTO DE AREVALO, en su calidad

de hija sobreviviente, y como cesionaria de los Derechos Hereditarios

que le correspondían al señor José Humberto Torrento Mendoza, en su

calidad de hijo sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido la

Administración y Representación Interinas de la Sucesión Intestada, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince

días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente

edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Alfredo Antonio Escalante

Calderón.- En la Ciudad de Sonsonate, a las once horas del día once de

septiembre del año dos mil ocho.-

LIC. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F027718-3

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día uno

de julio del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor ROBERTO ENEAS ALFARO HERNANDEZ conocido

por ROBERTO ENEAS ALFARO, fallecido el día cuatro de mayo del

año de mil novecientos noventa, siendo esta ciudad su último domicilio,

de parte de JUDITH RUBENIA ALFARO DE GOMEZ, como hija del

causante, y se le ha conferido a la aceptante la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en

el correspondiente Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los siete días del mes de julio del año dos mil ocho.- LIC. MAR-

GARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027739-3

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las diez horas del día siete de diciembre de dos mil

siete. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con benefi cio

de inventario de parte de los señores MARIO ERNESTO SOLIS SO-

RIANO y JOSE ANGEL SOLIS SORIANO, la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante señor JULIO ENRIQUE SOLIS, conocido

por JULIO SOLIS o JULIO ENRIQUE SOLIS VILLAFRANCO, quien

fue de setenta y dos años de edad, Empleado, falleció en esta ciudad,

siendo la misma su último domicilio, el día nueve de mayo del dos mil

siete, aceptación que hacen los señores arriba mencionados en su calidad

de hijos del referido causante. Y se les ha conferido a los aceptantes

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las nueve horas del día seis de febrero de dos mil ocho.-

LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027751-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMEN-

TE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada del

causante, señor MODESTO DE JESUS LARA ECHEVERRIA, fallecido

el día treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, en el

Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo el Cantón Portezuelo,

el lugar de su último domicilio, de parte del señor JOSE NAPOLEON

LARA ALVARADO, como hijo del de cujus, y en dicho carácter se le

confi ere interinamente la Administración y Representación de la Sucesión

con las formalidades y restricciones que la ley confi ere a los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce

horas siete minutos del día veintisiete de mayo de dos mil ocho.- LIC.

FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- LIC. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027761-3

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas quince

minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inven-

tario, de parte de la señora ZOILA AMERICA CERON DE HIDALGO,

la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante CANDIDA

ROSA CERON SALAZAR o CANDIDA ROSA CERON, quien a su

deceso fue de ochenta y tres años de edad, ofi cios domésticos, habiendo

fallecido en el Barrio San Sebastián de esta ciudad, a las siete horas diez

minutos del día nueve de febrero de dos mil cinco; siendo el Barrio antes

mencionado, el lugar de su último domicilio.

La aceptante es hija de la de cujus; y en ese carácter se le confi ere

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para que todo aquél

que se crea con derecho en la presente Sucesión, comparezca a este

Tribunal a probarlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera

publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las doce horas veinte minutos del día siete de agosto de dos mil

ocho.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027768-3

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

MANUEL DE JESUS ESCOBAR ROSA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MI-

GUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veinte

minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de

inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE

AMILCAR PRIVADO OSORIO, quien falleció a las dieciséis horas con

treinta minutos, del día siete de enero de mil novecientos noventa y tres,

en el Barrio San Antonio, de la Villa de Quelepa, siendo ese el lugar de

su último domicilio; de parte de la señora SUSANA DEL CARMEN

PRIVADO DE RIVAS, de cuarenta y seis años de edad, Empleada, del

domicilio de Quelepa, Departamento de San Miguel, portadora de su

Documento Único de Identidad Número: cero cuatro tres uno dos seis

tres uno guión seis; en concepto de hija del causante.

Confi érese a la aceptante en el carácter indicado, la Administración y

Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los veintidós

días del mes de septiembre de dos mil ocho.- LIC. MANUEL DE JESUS

ESCOBAR ROSA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC.

ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027779-3

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta

minutos del día tres de septiembre de dos mil ocho, se ha tenido por

aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor LORENZO MIRANDA ESCOBAR, conocido

por LORENZO MIRANDA, quien falleció a las dieciocho horas del día

catorce de noviembre de dos mil seis, en Colonia Monserrat, calle a la

Escuela número seis de esta ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad de

San Miguel, lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA

ANTONIA OCHOA DE MIRANDA, como cónyuge del causante; y se

ha conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a

las catorce horas y cuarenta minutos del día tres de septiembre de dos mil

ocho.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027780-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cuarenta y

cuatro minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor ANTONIO CASTILLO HERNANDEZ, conocido por ANTONIO

CASTILLO; quien falleció el día veintidós de septiembre de dos mil

cinco, en la Ciudad de Bolívar; de este Distrito y Departamento, siendo

esa ciudad su último domicilio de parte de la señora MARIA DELMY

CASTILLO TURCIOS, en calidad de hija y cesionaria de los derechos

que le corresponderían a: LEONOR CASTILLO DE CRUZ, GLORIA

REINA CASTILLO TURCIOS, DIGNA NOHEMY CASTILLO DE

DIAZ y MANUEL ANTONIO CASTILLO TURCIOS, en calidad de

hijos del causante.

Confi riéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter in-

dicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la Sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del

mes de julio de dos mil ocho.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027799-3

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ SUPLENTE DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta

minutos del día doce de agosto del año dos mil ocho. Se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada dejada por la señora EMILIA LUE, fallecida el día veintiocho

de abril de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Sábana San

Juan Abajo, Jurisdicción de Nahuizalco, siendo ese el lugar de su último

domicilio, de parte del señor DOROTEO LUE, en concepto de hijo

sobreviviente de la mencionada causante y además como cesionaria de

los derechos hereditarios que en la misma Sucesión correspondían a las

señoras MARIA ANA LUE DE BERNARDINO y MARIA ROSARIO

LUE DE BERNARDINO, en concepto de hijas de la causante.

Se ha conferido al aceptante la Administración y Representación

Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas del día veintitrés

de septiembre del año dos mil ocho.- LIC. ASTRID YANIRA PINEDA

HERRERA, JUEZ SUPLENTE DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027806-3

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó la causante INES ALFARO HERNANDEZ,

o MARIA INES ALFARO o INES ALFARO, quien falleció el día

veintitrés de julio de dos mil ocho, en el Hospital Pro- Familia, de

San Salvador, siendo San Pedro Nonualco, su último domicilio; por

parte de la señora ANA LILIAN ALFARO MORALES o ANA LILIAN

ALFARO, en concepto de hija de la causante y como cesionaria de los

derechos hereditarios que en tal sucesión correspondía a los señores

FRANCISCA ALFARO DE FABIAN o FRANCISCA ALFARO, PE-

DRO ALFARO y JOSE MAURICIO ALFARO, en calidad de hijos de

la causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente Administradora y

Representante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de septiembre

de dos mil ocho.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027810-3

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado

el señor REYES ORTEZ VELASQUEZ, de treinta y cinco años de

edad, Casado, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único

de Identidad Número: Cero cero uno cinco nueve siete cuatro cuatro- cero,

solicitando Título de Propiedad sobre un lote de terreno de naturaleza

urbana, situado en el Barrio El Calvario, de esta Jurisdicción, Distrito de

Osicala, Departamento de Morazán, de la superfi cie de TRES MIL SE-

TECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, cincuenta metros con

propiedad de Luis Amílcar Cardona; AL PONIENTE, cincuenta y seis

metros, con Adelia Sorto; AL NORTE, en dos tramos, el primero de

treinta y siete metros, con Eusebio Escobar Cardona, y el segundo de

cuarenta metros con Daniel Umaña; y AL SUR, sesenta y seis metros,

con propiedad de María Magdalena Benítez de Villatoro, por todos sus

rumbos cerco de alambre de por medio. El terreno descrito no es predio

dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, no tiene car-

gas, ni derechos reales que pertenezcan a otras personas, el cual adquirió

por compra que hizo a la señora SANTOS EULALIA ALVAREZ DE

RODRIGUEZ, y lo valúa en la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en la Alcaldía Municipal de Corinto, a los cuatro días

del mes de septiembre del año dos mil ocho.- GILBERTO ANTONIO

SORTO CASTRO, ALCALDE MUNICIPAL. BLANCA AZUCENA

REYES, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027784-3

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

TITULO SUPLETORIO

ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN, Notario, del domi-cilio de Zacatecoluca y de San Salvador, con ofi cina en Avenida Juan Vicente Villacorta, Número Cinco, de Zacatecoluca, al público,

HACE SABER: Que se ha presentado el señor DANIEL GONZALEZ HERNANDEZ, de sesenta y cuatro años de edad, Jorna-lero, del domicilio de Santa María Ostuma, con Documento Único de Identidad número cero cero uno dos siete nueve seis ocho-seis; a iniciar diligencias de título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón San José Carrizal NUMERO S/N, jurisdicción de Santa María Ostuma, compuesto de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CINCUENTA DECIMETROS SESENTA Y SIETE CENTIMETROS, TODOS CUADRADOS DE SUPERFICIE, que mide y linda: AL NORTE, treinta y dos metros, con propiedad de Daniel González Hernández, camino vecinal de por medio y con otro terreno también propiedad de Daniel González Hernández; AL ORIENTE, mide ocho punto setenta y cinco metros, con propiedad de Ester Cerón de Cerón, camino vecinal de por medio y con otra propiedad de Ester Cerón de Cerón; AL SUR, en tres tramos, el primero de veinte punto cincuenta metros, el segundo de once punto sesenta metros y el tercero de siete Punto cuarenta y cinco metros, con propiedad de Daniel González Hernández; y AL PONIENTE, mide trece metros, con propiedad de Daniel González Hernández. Tal inmueble lo posee sin proindivisión con ninguna persona y lo estima en la suma de MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es predio dominante ni sirviente, no tiene derechos reales de ajena pertenencia.

Lo adquirió por medio de compra que del mismo hizo al señor Ernesto Morales, por medio de escritura de compraventa, otorgada a su favor en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintitrés de Diciembre de mil novecientos ochenta y uno, ante los Ofi cios del Notario Felipe Rivera Ayala, fecha desde la que comenzó la posesión material sobre dicho inmueble por parte del interesado.

Zacatecoluca, uno de octubre de dos mil ocho.

LIC. ALMA LORENA MELENDEZ DE ESTUPINIAN,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F027734-3

MARCAS DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2008078444

No. de Presentación: 20080112572

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO GUSTAVO RAMOS PADILLA, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de RAMOS MANZANO, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RAMANZA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra Fedek y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: DETERGENTE EN POLVO, DETERGENTE LIQUIDO,

JABONES, LEGIA, CLORO, DESINFECTANTES, LIMPIADORES

Y DESENGRASANTES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C024740-3

No. de Expediente: 2008079350

No. de Presentación: 20080114175

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA

JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de TECNOLOGIA EMPRESARIAL DE ALIMENTOS, S.A,

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

(TEAM,S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras Super Fry y diseño, traducidas al

castellano como SUPER FREIR. Sobre el elemento denominativo no

se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CARNE,

PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS

Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS; JALEAS,

MERMELADAS; HUEVOS, LECHE Y OTROS PRODUCTOS

LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; CONSERVAS,

ENCURTIDOS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil ocho.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027662-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2006062142

No. de Presentación: 20060084512

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de TRANSACTEL

EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: TRANSACTEL EL SALVADOR, S.A. DE C. V., de na-

cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION

O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras “TRANSACTEL MANAGING TE-

LESERVICE TRANSACTION” y diseño, que traducidas al castellano

signifi can Transactel Manejo de Transacciones de Teleservicio, que

servirá para: PROMOCIONAR LA PRODUCCION, FABRICACION,

DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION Y VENTA DE SERVICIOS

Y PRODUCTOS DE TELECOMUNICACIONES EN TODAS SUS

FORMAS.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil ocho.

LICDA. MARIA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027756-3

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

MATRÍCULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2008060826

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060826- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUGO

MEJIA ABREGO, en su calidad de Representante Legal de la Socie-

dad INSUMOS Y EQUIPOS MEDICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 47 del libro 2292 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-060107-101-9; el cual ha presentado solicitud a las diecisiete

horas y treinta y tres minutos del día veintiocho de febrero de dos mil

ocho, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008060826

inscripción 92 y el Asiento de Establecimiento No. 2008060826- 001,

inscripción 93, ambos del Libro 174 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa se denomina EQUIPOS E INSUMOS

MEDICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual

se dedica a OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA SALUD

HUMANA NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en

CONDOMINIO GARANTIAS ESCALON, TERCER NIVEL, LOCAL

3-1, PASEO GENERAL ESCALON, del domicilio y departamento de

SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIEN-

TOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) denominado INSUMOS Y EQUIPOS

MEDICOS, S.A. DE C.V. ubicado en CONDOMINIO GARANTIAS

ESCALON, TERCER NIVEL, LOCAL 3-1, PASEO GENERAL ES-

CALON, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR y que se

dedica a OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA SALUD

HUMANA NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, tres de marzo de dos mil ocho.

LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C024739-3

ASIENTO DE EMPRESA 2004053122

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004053122 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSA ELENA

NAVAS RODRIGUEZ en su calidad de Representante Legal de la socie-

dad PEREZ-MEJIA, NAVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 44 del libro

1075 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número

de Identifi cación Tributaria: 0614-151294-101-4, ha presentado solicitud

de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, a las trece horas y

treinta y seis minutos del día nueve de abril de dos mil ocho. Con la cual

se le otorga el Asiento de modifi cación No. 224 del libro 176 del folio

449 al 450; a favor de la Empresa denominada PEREZ-MEJIA, NAVAS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL Y EN MA-

TERIA DE GESTION, INCLUYE LA OBTENCION Y DOTACION

DE PERSONAL, con dirección en AVENIDA MASFERRER NORTE

PJE. SAN LUIS Nº 8, COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN

SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado PEREZ-MEJIA,

NAVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, el cual se

dedica a ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL Y

EN MATERIA DE GESTION, INCLUYE LA OBTENCION Y DO-

TACION DE PERSONAL, con dirección en AVENIDA MASFERRER

NORTE PJE. SAN LUIS Nº 8, COLONIA ESCALON, del domicilio

de SAN SALVADOR.

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, nueve de abril de dos mil ocho.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F027655-3

ASIENTO DE EMPRESA 2008061384

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008061384- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BELY

GUARDADO GUEVARA en su calidad de Representante Legal de

la sociedad BELY RENTA CAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio y departamento de SANTA ANA, cuya escritura social está

inscrita bajo el número 8 del libro 2320 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0210-280208-101-9; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y

cuarenta y dos minutos del día veintiuno de mayo de dos mil ocho, con

la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008061384 inscripción 17

y el Asiento de Establecimiento No. 2008061384- 001, inscripción 18,

ambos del Libro 180 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-

miento; la Empresa se denomina BELY RENTA CAR, S.A. DE C.V., la

cual se dedica a ALQUILER DE VEHICULO DE TRANSPORTE SIN

OPERARIO, con dirección en FINAL 25ª AVENIDA NORTE, SOBRE

EL BYPASS CONTIGUO A BOMBA DE TROPIGAS, del domicilio y

departamento de SANTA ANA, cuyo activo asciende a QUINCE MIL

DOSCIENTOS CATORCE 29/100 DOLARES ($ 15,214.29) y que tiene

el establecimiento siguiente: 001-) denominado BELY RENTA CAR,

S. A. DE C. V., ubicado en FINAL 25ª AVENIDA NORTE, SOBRE

EL BYPASS CONTIGUO A BOMBA DE TROPIGAS, del domicilio

y departamento de SANTA ANA y que se dedica a ALQUILER DE

EQUIPO DE TRANSPORTE SIN OPERARIO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintidós de mayo de dos mil ocho.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F027827-3

SUBASTA PUBLICA

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Juzgado,

por el señor JUAN RAMÓN MARTÍNEZ ORTIZ, contra el señor

EDWIN REINALDO ARGUETA CONTRERAS, se venderá en Pú-

blica Subasta en fecha oportuna los inmuebles siguientes: a) Un lote

de terreno de naturaleza urbano, situado en el Cantón Ojo de Agua, de

esta Jurisdicción, Distrito y Departamento de Usulután, que fue segre-

gado de la Urbanización Guadalupe, y que se describe según el plano

respectivo como LOTE NUMERO CUATRO DEL BLOCK “C”, de la

Capacidad Superfi cial de CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS,

CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE; veintiún metros, cincuenta decímetros, con

lote número cinco del mismo Block “C”, AL NORTE; siete metros diez

decímetros, calle principal de por medio con área de zona verde y lote

de la escuela de la misma Urbanización Guadalupe; AL PONIENTE;

veinte metros cincuenta decímetros, con lote número tres del mismo

Block “C” y AL SUR; siete metros, con lote número seis del mismo

Block “C”. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de

la Urbanización. El lote así descrito no tiene cultivos permanentes, ni

construcciones de ninguna clase. Inscrito a nombre del señor EDWIN

REINALDO ARGUETA CONTRERAS, bajo la Matrícula número

SIETE CINCO CERO CINCO SIETE UNO CUATRO SIETE-CERO

CERO CERO CERO CERO, Asiento DOS, de propiedad; b) Un terreno

de naturaleza urbana, situado en el Barrio La Parroquia, de la Villa de

Tecapán, Distrito de Santiago de María y Departamento de Usulután, de la

extensión superfi cial de TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

DIEZ DECIMETROS equivalentes a QUINIENTAS VARAS CON NO-

VENTA Y OCHO CENTÉSIMAS DE VARAS CUADRADAS, de las

medidas y colindancias especiales siguientes: AL PONIENTE, diecinueve

metros noventa centímetros, linda con terreno de la Sociedad Aparicio

Batres Hermanos, Sociedad Anónima de Capital Variable; AL NORTE,

diecinueve metros con terreno mayor propiedad del señor José Lázaro

Laínez; AL ORIENTE, noventa centímetros con terreno de la Sociedad

Aparicio Batres Hermanos, Sociedad Anónima de Capital Variable; AL

SUR, diecinueve metros, calle de por medio, linda con terreno de la

Sociedad Aparicio Batres Hermanos, Sociedad Anónima de Capital

Variable, inscrito a nombre del señor EDWIN REINALDO ARGUETA

CONTRERAS, bajo la Matrícula número SIETE CINCO CERO TRES

NUEVE OCHO CINCO CERO -CERO CERO CERO CERO CERO,

Asiento TRES, de propiedad; ambos inmuebles del Registro de la Pro-

piedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente de la ciudad

de Usulután.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Santiago de María,

a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho.- LICDA.

GLADIS NOEMI ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA.- LIC. FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027703-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general.

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil

promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO GARCÍA FLORES,

mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como Apoderado General

Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

entidad absorbente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra la señora DORA

MARÍA CARTAGENA DE RODRÍGUEZ, mayor de edad, Profesora,

del domicilio de la ciudad y Departamento de Sonsonate, se venderá en

Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se especifi cará,

un inmueble antes rústico hoy urbano; situado en LOS SUBURBIOS

DEL BARRIO EL ÁNGEL DE LA CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SONSONATE, que formó parte de otro de mayor extensión, ACTUAL-

MENTE DENOMINADO COLONIA BELÉN, LOTE MARCADO

CON EL NÚMERO TREINTA Y SEIS, PASAJE “B” NÚMERO DOS,

inmueble que es de las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE,

línea recta de diez metros con rumbo Sur franco, linda con el lote número

treinta y cuatro, del Polígono número dos, propiedad del señor Juan

Francisco Bonilla Ramos: AL SUR, línea recta de veinticinco metros, con

rumbo Oeste franco, linda con lote treinta y siete del Polígono número

dos, que es o ha sido de la Sociedad Colectiva Mercantil Lara Hermanos

y Compañía: AL ORIENTE, en tres líneas rectas así: La primera de Sur

a Norte, mide dos metros cincuenta centímetros, linda con lote número

treinta y nueve que es o ha sido de la Sociedad Colectiva Mercantil Lara

Hermanos y Compañía; la segunda de Oriente a Poniente, mide once

metros cuarenta y cinco centímetros, y la tercera, de Sur a Norte, mide

siete metros setenta centímetros, lindando por estas dos medidas con

porción de Ricardo Antonio Campos: AL NORTE, mide trece metros

cincuenta y cinco centímetros, linda con lote número treinta y cinco

del Polígono número dos, que es o ha sido de la Sociedad Colectiva

Mercantil Lara Hermanos y Compañía. Este lote según medidas lineales,

tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS VEINTE METROS

VEINTITRES DECIMETROS CUADRADOS, pero según registro

tiene CIENTO SESENTA Y DOS METROS NOVENTA Y OCHO

DECIMETROS CUADRADOS. Inmueble inscrito a favor de la señora

DORA MARIA CARTAGENA DE RODRÍGUEZ, bajo el Sistema de

Folio Real Computarizado a la Matrícula Número UNO CERO CERO

DOS SIETE NUEVE NUEVE NUEVE- CERO CERO CERO CERO

CERO Asiento DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Tercera Sección de Occidente, Departamento de Sonsonate.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las

nueve horas del día diecinueve de junio de dos mil ocho. - LIC. JOSÉ

MARÍA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.-

LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027704-3

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008.

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil

promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO GARCÍA FLORES,

mayor de edad, Abogado, del domicilio de Santa Tecla, actuando

como Apoderado General Judicial del BANCO CUSCATLAN DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Santa Tecla,

contra los señores GREGORIO ZAMORA, Ingeniero en Construcción,

del domicilio de Houston, Estado de Texas, de los Estados Unidos de

América y del de esta Ciudad, y ROSA MARINA FLORES FLORES,

Secretaria, del domicilio de San Miguel, ambos mayores de edad, se

venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante

se especifi cará, un inmueble de naturaleza urbana, situado en el BARRIO

SAN FELIPE, DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO

DE SAN MIGUEL, ACTUALMENTE SOBRE LA NOVENA AVENIDA

NORTE, el cual se describe así: la presente descripción técnica, inicia

en el punto de intercepción de los ejes centrales de la Sexta Calle Po-

niente y la Novena Avenida Norte de la misma Ciudad de San Miguel,

Departamento de San Miguel, partiendo de dicho punto y sobre el eje

central de la Novena Avenida Norte, se mide una distancia de treinta y

seis punto cincuenta metros, luego se realiza una defl exión positiva de

noventa grados y se mide una distancia de siete punto cero cero metros

para llegar al mojón numero Uno-M-Uno, del inmueble en mención, el

cual es descrito siguiendo el sentido horario así: COSTADO ORIENTE,

consta de un tramo recto de M-Uno al M-Dos, mide una distancia de once

punto cuarenta y ocho metros, con rumbo sur dieciséis grados veintiséis

minutos cuarenta y ocho segundos Este lindando con la Capilla Meda-

lla Milagrosa, Novena Avenida Norte de por medio: COSTADO SUR,

consta de tres tramos rectos del M-dos al M-tres, mide una distancia de

trece punto cero seis metros con rumbo Sur, ochenta y tres grados trece

minutos cuarenta y dos segundos Oeste, del M-tres, del M-cuatro, mide

una distancia de diecisiete punto noventa y cuatro metros, con rumbo Sur

setenta y ocho grados once minutos cuarenta y dos segundos Oeste del

M-cuatro al M-cinco mide una distancia de veinticuatro punto noventa

y tres metros con rumbo sur ochenta y siete grados cuarenta y tres mi-

nutos veinticuatro segundos Oeste lindando con los tres tramos y con el

inmueble donde está ubicado el Almacén Regional del Ministerio de Salud

Pública: COSTADO PONIENTE, consta de un tramo recto, del M-cinco

al M-seis, mide una distancia de seis punto diez metros con rumbo norte

cero tres grados treinta y cuatro minutos doce segundos Oeste, lindando

con inmueble propiedad de Victoriano Manuel Herrera: y COSTADO

NORTE, consta de un tramo del M-seis al M-uno, mide una distancia

de cincuenta y tres punto setenta y tres metros con rumbo norte setenta

y ocho grados cero tres minutos veinticuatro segundos Este, lindando

con inmueble propiedad de la Sociedad Abrego Méndez y Compañía.

El inmueble así descrito tiene una área superfi cial de QUINIENTOS

DIECISEIS PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equi-

valentes a SETECIENTAS TREINTA Y NUEVE PUNTO SESENTA Y

SIETE VARAS CUADRADAS, inscrito a favor del señor GREGORIO

ZAMORA, bajo el Sistema de Folio Real Automatizado a la Matrícula

OCHO CERO CERO DOS CUATRO CERO CERO CERO - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,

a las diez horas del día ocho de septiembre de dos mil ocho. Lic. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.

Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027709-3

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las once

horas de esta fecha, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Li-

cenciado Mario Rafael Salazar Guerra, Apoderado General Judicial del

señor JUAN RAMON MANCIA CALDERON, contra MIGUEL ANGEL

RAMIREZ CANIZALEZ, se ha ordenado vender en pública subasta en

el mejor postor, un predio rústico, situado en el Cantón Pepenance de esta

jurisdicción de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, identifi cado

como Lote número OCHENTA Y UNO DEL BLOCK “G” ubicado en

el plano de la Lotifi cación denominada “EL DANTE” de una extensión

superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS

CERO DECIMETROS, equivalente a TRESCIENTAS CINCUENTA

Y SIETE VARAS CUADRADAS SETENTA DECIMAS DE VARA

CUADRADAS, con sus medidas y colindancias especiales siguientes:

Esta descripción se inicia a partir del punto de intersección del eje o

línea central de la Diecisiete Calle Oriente y el esquinero Sur-Poniente,

se mide desde el eje una distancia de seis metros cero centímetros con

rumbo Norte cero cuatro grados cero minutos cero segundos Oeste,

siendo ésta una defl exión derecha para encontrar el mojón SUR-OESTE,

igual al número uno del lote a describir, RUMBO PONIENTE: a partir

del punto inicial expresado se mide el siguiente rumbo y distancia línea

recta compuesta de un solo tramo con rumbo Norte cero cuatro grados

cero minutos cero segundos Oeste, veinticinco metros cero centímetros,

y se llega al esquinero NOR-OESTE linda por este rumbo en el tramo

anterior con lote número ochenta del block “G”. RUMBO NORTE: a

partir de este punto se mide el siguiente rumbo y distancia línea recta

compuesta de un solo tramo con rumbo NORTE ochenta y cinco grados

treinta minutos cero segundos. ESTE: diez metros cero centímetros,

y se llega al esquinero NOR-ESTE, linda por este rumbo en el tramo

anterior con Zona Verde de la misma lotifi cación, RUMBO ORIENTE:

a partir de este punto se mide el siguiente rumbo y distancia, línea recta

compuesta de un solo tramo con rumbo SUR cero cuatro grados cero

minutos cero segundos ESTE, veinticinco metros cero centímetros y se

llega al esquinero SUR-ESTE, linda por este rumbo en el tramo anterior

con lote número ochenta y dos del mismo block “G”; RUMBO SUR: a

partir de este punto se mide el siguiente rumbo y distancia línea recta

compuesta de un solo tramo con rumbo SUR ochenta y cinco grados

treinta minutos cero segundos OESTE, diez metros cero centímetros

y se llega al esquinero SUR-OESTE igual al mojón número uno o sea

el punto de inicio de la descripción, linda por este rumbo en el tramo

anterior con lote número setenta y uno y setenta y cuatro del Block “F”

Diecisiete Calle Oriente de por medio. Inscrito a favor del ejecutado

señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ CANIZALEZ, bajo el Sistema de

Folio Real Computarizado Matrícula Número UNO CINCO UNO UNO

CUATRO TRES UNO NUEVE -CERO CERO CERO CERO CERO,

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asiento uno, del Sistema de Folio Real Computarizado, del Centro Na-

cional de Registros Raíz e Hipoteca, de la Segunda Sección de Occidente

de este Departamento.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a

las doce horas cuarenta minutos del día veinticuatro de septiembre del

año dos mil ocho. Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027764-3

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-

vido por BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada

NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, contra el señor ROBER-

TO EUGENIO CORTEZ MARTINEZ, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en UR-

BANIZACION VISTA AL LAGO, BLOCK CINCO, POLIGONO “A”

CASA NUMERO DIECISÉIS, ETAPA I, en jurisdicción de Ilopango,

Departamento de San Salvador, con una extensión superfi cial de CIEN-

TO OCHO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Inscrito

a favor del señor ROBERTO EUGENIO CORTEZ MARTINEZ, bajo

la Matrícula número M SEIS CERO UNO CINCO CINCO TRES DOS

OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de

San Salvador.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,

a las ocho horas y veinte minutos del día catorce de mayo de dos mil

ocho. Licda. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO

DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Licda. JACQUELINE JOHANNA

ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027788-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil

promovido por el Doctor ÁNGEL ANTONIO HUEZO MARTELL, de

este domicilio, continuado por el Licenciado GUSTAVO ENRIQUE

RIVERA ESCALANTE, de este domicilio y del de Sonsonate, y últi-

mamente por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO,

de este domicilio, todos mayores de edad, Abogados, como Apoderados

Generales Judiciales del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, contra los señores

CARLOS ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA, Abogado y del domicilio

de Ciudad Delgado, y CLARA JOSEFINA CASTRO MEJIA, hoy DE

RODRIGUEZ, Estudiante y del domicilio de Cuscatancingo, ambos

mayores de edad, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en

fecha que más adelante se especifi cará, un inmueble de naturaleza urbana,

marcado como LOTE NUMERO DOCE DEL BLOCK CUATRO DE

LA URBANIZACIÓN RESIDENCIAL SAN JUAN MONTEBELLO,

JURISDICCIÓN DE MEJICANOS, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-

VADOR, el cual es de una extensión superfi cial de NOVENTA Y OCHO

PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, siendo sus

medidas perimétricas las siguientes: LADO NORTE, catorce punto se-

tenta y cuatro, cero punto cero cero: LADO SUR, catorce punto setenta

y ocho, cero punto cero cero: LADO ORIENTE, cuatro punto ochenta y

nueve, uno punto ochenta y uno: y LADO PONIENTE, seis punto setenta,

cero punto cero cero. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito

a favor de los señores CARLOS ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA y

CLARA JOSEFINA CASTRO MEJIA hoy DE RODRIGUEZ, conocida

por CLARA JOSEFINA CASTRO MEJIA, bajo la Matrícula Número

M CERO UN MILLON DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATRO-

CIENTOS DIEZ, del Registro Social de Inmuebles, Departamento de

San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a

las once horas del día treinta de septiembre de dos mil ocho. Lic. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.

Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027789-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

Banco HSBC Salvadoreño, S.A. al público.

HACE SABER: Que se ha presentado parte interesada a notifi car

a estas ofi cinas ubicadas en Avenida Olímpica # 3550, San Salvador, el

extravío de un Certifi cado de Acciones a nombre de Nelson Rigoberto

López Vásquez, Certifi cado No. 16,241 por 192 acciones numeradas de

la 122,497 a la 122,688 inscritas en el Libro de Accionistas que llevaba

la Sociedad, por lo cual solicita su reposición.

San Salvador, al primer día del mes de octubre del 2008.

Ing. GERARDO JOSE SIMAN SIRI,

Presidente Ejecutivo.

3 v. alt. No. F027701-3

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 15 de Octubre de 2008. B

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 381

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO

HACE SABER: Que a esta Municipalidad se ha presentado el

señor VICENTE MENDEZ MARTINEZ, de setenta y cuatro años de

edad, soltero, jornalero, del domicilio de Rosario de Mora, Departamento

de San Salvador, con su Documento Único de Identidad número cero

cero seiscientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y siete - siete, a

solicitar por sí y por escrito se inicien las diligencias respectivas, a fi n

de que se le extienda Título Municipal a su favor, de un inmueble de su

propiedad y de naturaleza urbana, situado en Barrio El Calvario de esta

población, es de una extensión superfi cial aproximada de QUINIEN-

TOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, cuyas medidas y

colindancias son las siguientes: AL NORTE: mide treinta y siete metros,

linda con inmueble propiedad de Pedro Guerrero, servidumbre de tránsito

de dos metros de ancho de por medio, AL PONIENTE: mide cuarenta

y dos metros, linda con inmueble propiedad de Oscar Orlando Santos,

quebrada invernal de por medio, AL SUR: mide treinta y siete metros,

linda con inmueble propiedad de Jesús Vásquez, AL ORIENTE: mide

cuarenta y dos metros, linda con inmuebles propiedad de los señores

Sergio Antonio Muñoz Palacios, y Rosa Gamero, manifestando también

que dicho inmueble no se encuentra en proindivisión con nadie, no es

dominante ni sirviente, ni tiene otros derechos reales de ajena pertenencia

que deban respetarse, lo valúa en la cantidad de UN MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compra

que le hizo a la señora Rosa Gamero, con quien no le une ningún vínculo

de parentesco.

Lo que se pone en conocimiento al público para que si alguien

tiene objeciones a estas diligencias, o derechos que reclamar sobre dicho

inmueble, se presente a esta Municipalidad, dentro de los quince días

siguientes al de la tercera publicación.

Alcaldía Municipal de Rosario de Mora, Departamento de San

Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil ocho.

JUAN MIRANDA PEREZ, ALCALDE MUNICIPAL. FERMIN

VASQUEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027689-3

MARCAS DE SERVICIO

No. de Expediente: 2008079579

No. de Presentación: 20080114488

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de AUTO LATA HONDUREÑAS S. A., de nacionalidad HONDUREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño que identifi ca como “DISEÑO DE UNA LATA CON LLANTAS”, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES Y DE ADMINIS-TRACION COMERCIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil ocho.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027661-3

REPOSICION DE CHEQUE

AVISO

Scotiabank El Salvador, S.A.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Av. Flavian Mucci Sur # 1-4, Sonsonate, se ha presentado el propietario de CHEQUE DE GERENCIA número 0002095, por CUATRO MIL 00/100 DOLARES ($4,000.00) a nombre de BESSIE MARTIR GORDON.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el cheque de gerencia en referencia.

Sonsonate, 06 de octubre del 2008.

Lic. JACQUELINE RIVAS DE PINEDA,

GERENTE Ag. SONSONATE CENTRO.

3 v. alt. No. F028060-3

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.

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