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Página 1 de 38 DIAGNÓSTICO DEL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO MODELO DE ENJUICIAMIENTO PENAL PARA ADOLESCENTES A NIVEL FEDERAL Y ESTATAL A fin de dar cumplimiento a los Términos de referencia de la invitación que se ha dirigido al Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) para presentar una propuesta técnica y financiera para realizar el estudio “Diagnóstico del Proceso de Implementación del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal”, emitida en la Ciudad de México, el 24 de marzo de 2010 por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC), se presenta la siguiente propuesta de investigación: Toda vez que el INACIPE es un Centro de Investigación público con constancia de Inscripción No. 2009/1048 del RENIECYT, se ha constituido un grupo de investigación conformado por profesores-investigadores y docentes del instituto, que además de pertenecer al propio INACIPE, algunos son parte del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y cuentan tanto con una formación sólida, como con una experiencia excepcional en todos los rubros que se deben cubrir en esta propuesta. I. ANTECEDENTES DEL TEMA El 12 de diciembre de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el «DECRETO por el que se declara reformado el párrafo cuarto y adicionados los párrafos quinto y sexto, y se recorre en su orden los últimos dos párrafos del Artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos», por el que en su «Artículo Único» se reformó el párrafo cuarto y se adicionaron los párrafos quinto y sexto, recorriéndose en su orden los dos últimos párrafos del numeral 18. A raíz de estas reformas constitucionales que modificaron el contenido del artículo 18 y crearon un «nuevo» sistema de justicia integral para adolescentes (o menores infractores, de acuerdo con algunas leyes todavía vigentes 1 ) el modelo de seguridad pública (prevención, procuración de justicia y ejecución de medidas), incluso el de impartición de justicia, deberán estar especializados respecto de los menores de 18 años. El mandato constitucional impone la obligación al Estado mexicano en su conjunto —la federación y las entidades federativas— de establecer un sistema integral de justicia cuya operación en cada orden de gobierno estará a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes. Tal reforma implica necesariamente replantear la concepción del tratamiento de los menores, por el del sistema integral de justicia de adolescentes, concepción que trastoca al anterior sistema, 1 A nivel federal, todavía siguen manteniendo este concepto los artículos 500, 501 y 502 del Código Federal de Procedimientos Penales; 25, fracción XI del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; 45 de la Ley de Coordinación Fiscal; 30 bis, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 3°, § segundo y 6°, § tercero de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, así como toda la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, aún vigente para el ámbito federal. En el ámbito local hacen lo mismo la Ley que establece el sistema integral de justicia para menores en el estado de Chiapas, el Código de justicia para menores infractores en el estado de Durango, la Ley de justicia para menores para el estado de Querétaro y la Ley de justicia para menores del estado del estado de San Luis Potosí. De manera reciente la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública reglamentó el artículo 21 constitucional, adecuando su redacción a la nueva terminología de adolescentes. Específicamente en los artículos 3° y 117.

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DIAGNÓSTICO DEL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO

MODELO DE ENJUICIAMIENTO PENAL PARA ADOLESCENTES A NIVEL

FEDERAL Y ESTATAL

A fin de dar cumplimiento a los Términos de referencia de la invitación que se ha dirigido al Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) para presentar una propuesta técnica y financiera para realizar el estudio “Diagnóstico del Proceso de Implementación del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal”, emitida en la Ciudad de México, el 24 de marzo de 2010 por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC), se presenta la siguiente propuesta de investigación:

Toda vez que el INACIPE es un Centro de Investigación público con constancia de Inscripción No. 2009/1048 del RENIECYT, se ha constituido un grupo de investigación conformado por profesores-investigadores y docentes del instituto, que además de pertenecer al propio INACIPE, algunos son parte del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y cuentan tanto con una formación sólida, como con una experiencia excepcional en todos los rubros que se deben cubrir en esta propuesta. I. ANTECEDENTES DEL TEMA El 12 de diciembre de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el «DECRETO por el que se declara reformado el párrafo cuarto y adicionados los párrafos quinto y sexto, y se recorre en su orden los últimos dos párrafos del Artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos», por el que en su «Artículo Único» se reformó el párrafo cuarto y se adicionaron los párrafos quinto y sexto, recorriéndose en su orden los dos últimos párrafos del numeral 18.

A raíz de estas reformas constitucionales que modificaron el contenido del artículo 18 y crearon un «nuevo» sistema de justicia integral para adolescentes (o menores infractores, de acuerdo con algunas leyes todavía vigentes1) el modelo de seguridad pública (prevención, procuración de justicia y ejecución de medidas), incluso el de impartición de justicia, deberán estar especializados respecto de los menores de 18 años.

El mandato constitucional impone la obligación al Estado mexicano en su conjunto —la federación y las entidades federativas— de establecer un sistema integral de justicia cuya operación en cada orden de gobierno estará a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes.

Tal reforma implica necesariamente replantear la concepción del tratamiento de los menores, por el del sistema integral de justicia de adolescentes, concepción que trastoca al anterior sistema,

1 A nivel federal, todavía siguen manteniendo este concepto los artículos 500, 501 y 502 del Código Federal de

Procedimientos Penales; 25, fracción XI del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; 45 de la Ley de Coordinación Fiscal; 30 bis, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 3°, § segundo y 6°, § tercero de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, así como toda la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, aún vigente para el ámbito federal. En el ámbito local hacen lo mismo la Ley que establece el sistema integral de justicia para menores en el estado de Chiapas, el Código de justicia para menores infractores en el estado de Durango, la Ley de justicia para menores para el estado de Querétaro y la Ley de justicia para menores del estado del estado de San Luis Potosí. De manera reciente la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública reglamentó el artículo 21 constitucional, adecuando su redacción a la nueva terminología de adolescentes. Específicamente en los artículos 3° y 117.

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puesto que no debe entenderse más como un sistema separado del de justicia, sino como parte de él, diferenciado del subsistema de justicia para adultos.

La especialización implica entre otras muchas cosas la existencia de agentes policiales y del Ministerio Público, así como defensores de oficio, tribunales y autoridades encargadas de la ejecución pertenecientes a las instancias tanto de la federación, como de las entidades federativas, a fin de que cuenten con personal altamente capacitado y especializado en esta materia.

Bajo estas premisas, deberían existir juzgados especializados en todo el país, sin embargo, en la federación no existen dichos tribunales y ni siquiera se tiene claridad respecto de cómo es que operarán, esto es, si es que existirán órganos judiciales que solo conozcan de esta materia o, si es que se facultará a los juzgadores penales o titulares de órganos jurisdiccionales mixtos a conocer la materia, con la única exigencia de que acrediten la “especialización” de su personal, situación que sería además de delicada e inconveniente, contraria al texto constitucional y a varios instrumentos internacionales.

En este contexto, el mandato constitucional es muy claro, deberán ser jueces federales los que conozcan y resuelvan de delitos federales en justicia para adolescentes y jueces del fuero común los que hagan lo propio respecto de los delitos locales, pues lo contrario constituiría una contravención al régimen constitucional que rige la materia.

Con independencia de lo anterior, sostiene la jurisprudencia2 emanada de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación —por razones que consideramos del orden de la política criminológica—, que en este “sistema de doble fuero” (por la materia penal que es común a la federación y a las entidades federativas), los menores deben ser juzgados necesariamente por una autoridad jurisdiccional que esté inscrita dentro de los poderes judiciales, por lo que corresponde a cada fuero juzgar los delitos cometidos contra normas de cada uno de los respectivos órdenes jurídicos, pues al prever la ley federal en la materia aún vigente (la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal) que es competente para juzgar en estos supuestos a un menor el Consejo de Menores dependiente de la administración pública federal, se violenta el contenido de los artículos 18 y 104, fracción I constitucionales, al no ser un tribunal judicial, esto, hasta en tanto se establezca el sistema integral de justicia de menores para la federación dentro de un «régimen de transición constitucional».

La razón subyacente es la inexistencia de los tribunales federales especializados y la lógica de la Primera Sala es que, si conoce el Consejo se violenta el régimen constitucional porque este no es un tribunal judicial, y esto es cierto, pero lo que no explica la Sala, es que independientemente que los artículos 500 y 501 del Código Federal de Procedimientos Penales dispongan que los tribunales locales conocerán de los delitos federales en auxilio de la justicia federal, los propios ordenamientos constitucionales que invocan también se violentan con este sistema propuesto, pues de los delitos federales, deberán conocer los jueces federales, y no los locales.

Con independencia de esta valoración constitucional, lo cierto es que el criterio de la Corte es jurisprudencial y por consiguiente obligatorio para todos los tribunales de justicia del país, por lo que deberán adoptar dichos lineamientos, pues ante la inexistencia de tribunales federales no puede dejarse en libertad a los adolescentes (como sucedió en un principio en diversas entidades federativas, por no contar con tribunales locales especializados), ya que deberán ser los tribunales del fuero común los que conocerán de dichos ilícitos federales cometidos por adolescentes.

2 Tesis de jurisprudencia 1a./J. 25/20081a. de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 118, XXVII, junio de 2008, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 169516. Derivada de la contradicción de tesis 44/2007-PS, bajo el rubro DELITOS FEDERALES COMETIDOS POR ADOLESCENTES, MENORES DE DIECIOCHO Y MAYORES DE DOCE AÑOS DE EDAD. SON COMPETENTES LOS JUZGADOS DE MENORES DEL FUERO COMÚN (RÉGIMEN DE TRANSICIÓN CONSTITUCIONAL).

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Por otro lado, el atraso e ineficiencia del actual modelo de justicia penal de naturaleza mixto en el sistema jurídico mexicano, ha derivado en la necesidad de llevar a cabo un cambio radical en la forma de impartir justicia. Con la reforma constitucional de fecha 18 de junio de 2008, el Estado mexicano dio un paso trascendente para buscar acabar con un sistema que palpablemente padece ya poca credibilidad y confianza por parte de la sociedad, en el que las resoluciones de los juzgadores reflejan en muchos de los casos carencia de objetividad en relación con la verdad de los hechos.

Con el propósito de implementar el modelo acusatorio/oral, se hizo necesario operar un cambio al sistema actual, dando paso a la adopción de los principios reconocidos internacionalmente del derecho penal, dando vigencia y positividad al marco normativo que recoge el conjunto de derechos fundamentales del individuo.

Por ello, el 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La importancia de dichas reformas es trascendental, ya que marcan un cambio de paradigmas en la procuración e impartición de justicia penal, así como en la intervención policial y pericial en nuestro país, por los cambios que van desde las formalidades en la etapa de investigación de los delitos y reducirle al Ministerio Público el monopolio del ejercicio de la acción penal, hasta la sustitución del sistema inquisitorial preponderantemente escritural por el acusatorio adversarial, que se verán reflejados en el establecimiento de los juicios orales en los juzgados penales tanto del fuero común, como de la federación.

Así, todas las instituciones involucradas en el sistema de justicia penal (las de prevención del delito, procuración de justicia, enjuiciamiento, defensa, servicios periciales y ejecución de medidas) tanto de la federación como de las entidades federativas, deberán adoptar las nuevas disposiciones constitucionales y, para ello, habrán de contar con las condiciones y recursos necesarios para su implementación. El impacto que la reforma constitucional tiene en el sistema de justicia actual de corte inquisitorial mixto, es de tal trascendencia y diversidad que requiere la formación y cualificación de los operadores que les permita ser útiles al nuevo sistema.

Para ello, se requiere de programas de implementación basados en métodos de planeación estratégica, que en su diseño consideren las características muy particulares de cada institución, así como del contexto social.

Una de las vertientes que habrán de analizarse en dichos programas de implementación es el referente al capital humano. Saber qué se tiene y con qué se cuenta, conociendo de cada una de las personas que actualmente laboran en las instituciones sus aptitudes (características laborales, profesionales, personales) y actitudes, con el fin de determinar las necesidades de capacitación en relación al nuevo sistema procesal penal que establece la reforma constitucional, así como para el fortalecimiento de habilidades y destrezas con que cuentan e, incluso, para su desarrollo.

Solo teniendo como base el pleno conocimiento de las características y perfiles del personal que actualmente opera el sistema de justicia penal, se podrá diseñar el programa de capacitación para el correcto funcionamiento del nuevo sistema acusatorio, adversarial y oral en el Distrito Federal, superando así con toda seguridad las debilidades y amenazas que el cambio pudiera enfrentar y por otra parte aprovechando las fortalezas y oportunidades que durante el proceso se logren identificar.

A todo lo hasta aquí dicho, hay que agregar que de manera reciente —el viernes 14 de agosto de 2009—, se publicó el decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo segundo transitorio y un artículo tercero transitorio al “decreto por el que se declaran reformado el párrafo cuarto y adicionados los párrafos quinto y sexto, y se recorre el orden de los últimos dos párrafos del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 12 de diciembre de 2005”.

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Con esta modificación a los transitorios del decreto de reforma constitucional, se pretende “establecer” una fecha límite para que la federación cuente con las leyes, instituciones y órganos que sean requeridos en materia de justicia integral para adolescentes.

De conformidad con el Artículo Transitorio Único, el decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, lo que significa que la federación deberá cumplir al 15 de agosto de 2010 con la totalidad de los requerimientos constitucionales mencionados. Estas reformas constitucionales en el tema de adolescentes han sido de tal magnitud que la materia ha generado una serie de jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que identifican 16 principios que deberán estar presentes en los sistemas integrales de justicia para adolescentes que la federación, los estados y el Distrito Federal, deberán observar tanto en la normatividad (leyes, estatutos, reglamentos, circulares, manuales, decretos, etc.), como en el diseño institucional (sistemas de prevención, procuración de justicia, impartición de justicia y ejecución de medidas) que implementen en el ámbito de sus respectivas competencias.

Los principios son los siguientes: 1) Sistema de doble fuero; 2) Integralidad del sistema para adolescentes; 3) Sistema penal diferenciado y legalidad; 4) División etaria; 5) Sistema garantista; 6) Sistema asistencial para niños; 7) Especialización; 8) Medidas aplicables; 9) Protección integral e interés superior del adolescente; 10) Medios alternativos de solución de conflictos; 11) Debido proceso; 12) Independencia entre autoridades; 13) Proporcionalidad de las medidas; 14) Reintegración social y familiar; 15) Desarrollo de la persona y capacidades, y 16) Procedencia del internamiento. Por lo que se refiere a la integralidad del modelo, sostiene el Pleno de la Corte (P./J. 68/2008)

que el «sistema de justicia juvenil» cuenta con las siguientes notas esenciales: 1) Se basa en una concepción del adolescente como sujeto de responsabilidad; 2) El adolescente goza a plenitud de derechos y garantías que le asisten, al estar sujeto a

proceso por conductas delictuosas (el sistema es garantista); 3) Es de naturaleza penal, aunque especial o modalizada, en razón del sujeto activo de las

conductas ilícitas, y 4) En lo que atañe al aspecto jurisdiccional procedimental, es de corte preponderantemente

acusatorio. De manera sistémica derivada de una interpretación integral de la Constitución, señala que el

«sistema especializado de justicia encuentra sustento constitucional en los numerales 4o. y 18 de la Carta Magna, pues el primero de ellos prevé los postulados de protección integral de derechos fundamentales, mientras que el segundo establece, propiamente, las bases del sistema de justicia para adolescentes, a nivel federal, estatal y del Distrito Federal».

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En este orden de ideas, la Corte misma ha sostenido que el problema de la «delincuencia juvenil» presenta «diversas facetas que quedan comprendidas en el aspecto sistémico a que alude la reforma al artículo 18» (P./J. 69/2008), acordes con lo señalado en las REGLAS DE BEIJING y en las DIRECTRICES DE RIAD, que buscan, “abarcar diversos aspectos de la delincuencia juvenil, considerándolos como parte de un mismo fenómeno y de la respuesta estatal que debe procurarse” y “proponen directrices a seguir en el aspecto preventivo de la delincuencia juvenil”, respectivamente.

Como es natural la argumentación es en el sentido de sostener que «el carácter sistémico de la justicia juvenil deriva de la comprensión de diversas facetas del problema de la delincuencia juvenil, que abarcan tanto aspectos de política social como de política judicial, criminal y de control de gestión». Estos aspectos se encuentran comprendidos, según la Corte, dentro de las siguientes etapas:

1) Prevención; 2) Procuración de justicia; 3) Impartición de justicia; 4) Tratamiento o ejecución de la medida, y 5) Investigación, planificación, formulación y evaluación de las políticas que incidan en la

materia. No obstante los lineamientos tanto constitucionales como jurisprudenciales de nuestro máximo

tribunal en el país, de la información con que se cuenta, se ha observado que existe discrepancia entre las entidades federativas en prácticamente todos los rubros: normatividad, diseño institucional, diseño procesal, tipo de medidas a imponer y su duración y, un larguísimo etcétera.

Sirva como ejemplo el caso de la nomenclatura utilizada en las leyes especializadas, denominándose de las siguientes formas:

• Ley de Justicia para Adolescentes. • Ley que Establece el Sistema de Justicia para Adolescentes. • Código de Justicia para Menores Infractores. • Ley de Justicia Integral para Adolescentes. • Ley de Justicia para Menores del Estado. • Ley de Justicia Especial para Adolescentes. • Ley de Tutela y de Asistencia Social para Menores Infractores. • Ley de Responsabilidad Juvenil para el Estado. • Ley de Procuración e Impartición de Justicia para Adolescentes.

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De igual forma se conoce que en cuanto a los periodos de internamiento que se pueden

imponer a los adolescentes, hay una importante disparidad en los rangos mínimos y máximos de la medida, llegando incluso hasta los 20 años, como se muestra en la siguiente gráfica.

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Por otra parte, los nuevos sistemas de justicia para adolescentes entraron en vigor durante los años 2006 a 2009, faltando que se implemente en el estado de Guerrero y en la propia federación (tanto en el ámbito penal común, como en el fuero de guerra).

Respecto al procedimiento que utilizan los nuevos sistemas de justicia para adolescentes se

encontró que predomina el sistema oral, como lo observaremos en la siguiente gráfica.

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Asimismo, con la información recabada se observa que la mayoría de los nuevos sistemas utilizan la mediación y la conciliación como principales mecanismos alternativos.

MECANISMOS ALTERNOS

93%

7%

93%MEDIACIÓN YCONCILIACIÓN7%SUSPENSIÓN DELPROCESO A PRUEBA3er trim.

4to trim.

Por lo que respecta a las medidas cautelares, las siguientes son las que se encuentran en la

mayor parte de las legislaciones: • La presentación de una garantía económica. • La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito

territorial que fije el Juez. • La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada. • La obligación de presentarse periódicamente ante el Juez o ante la autoridad que él designe. • La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar ciertos lugares. • La prohibición de convivir o comunicarse con personas determinadas. • La separación inmediata del domicilio cuando se trate de agresiones o delitos sexuales contra

miembros de la familia o contra quienes convivan en el mismo domicilio. • La detención provisional, en su domicilio, centro médico o centro especializado. En síntesis, toda vez que del texto constitucional (reformas de 2005 y 2008), los instrumentos

internacionales (REGLAS DE BEIJING y DIRECTRICES DE RIAD), así como la jurisprudencia de la Corte (P./J. 68/2008 y P./J. 69/2008) se desprende que el modelo de justicia juvenil «se trata de un sistema de naturaleza penal, aunque especial o moralizada» y, que el sistema de justicia penal y de seguridad pública debe ser modificado, resulta necesario adecuar el modelo de adolescentes al mencionado modelo acusatorio, adversarial, contradictorio y oral que deberá impactar, en el caso de los adolescentes en los siguientes rubros:

1) Prevención; 2) Procuración de justicia; 3) Impartición de justicia; 4) Tratamiento o ejecución de la medida, y 5) Investigación, planificación, formulación y evaluación de las políticas que incidan en la

materia.

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II. ALCANCE DEL TRABAJO Elaborar un documento de diagnóstico del estado que guarda la justicia para adolescentes y un documento de propuestas específicas de reformas y ajustes legislativos (que podrían ser constitucionales, legales, reglamentarios, etc.), reingeniería institucional, capacitación y de equipamiento y diseño de los espacios, así como del costeo de cada uno de los rubros, con la participación de un equipo de especialistas altamente calificados y experimentados en el diseño y desarrollo de proyectos de reingeniería institucional. Orientando el análisis con los parámetros constitucionales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación (con la herramienta de la oralidad) tanto a nivel federal como local en todas las etapas e instituciones involucradas, a saber, las de prevención delictiva, procuración de justicia, impartición de justicia y ejecución de medidas, así como de las figuras procesales involucradas: servicios periciales y defensoría pública.

El análisis atendería los rubros de planeación, diseño normativo, diseño organizacional, relación entre los componentes del sistema, tecnologías de la información y comunicación, recursos humanos, infraestructura y requerimientos financieros.

III. METODOLOGÍA DE EJECUCIÓN 1. HIPÓTESIS La correcta identificación de los elementos y necesidades del nuevo sistema de justicia penal, así como el diagnóstico de las condiciones actuales de los operadores del sistema de justicia para adolescentes a nivel nacional, permitirán el diseño de un modelo integral que proporcione soluciones para que el sistema de justicia penal para adolescentes funcione bajo los parámetros constitucionales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación tanto a nivel federal como estatal en todos los subsistemas e instituciones.

2. OBJETIVOS a) General Diseñar un modelo integral que proporcione soluciones para que el sistema de justicia penal para adolescentes funcione bajo los parámetros constitucionales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación tanto a nivel federal como estatal en todos los subsistemas e instituciones. b) Particulares

1. Comprender los alcances y finalidades de las reformas constitucionales de los años 2005, 2008 y 2009 en materia de adolescentes y del modelo de seguridad y justicia.

2. Determinar las características y funcionamiento de un sistema que satisfaga los fines de la reforma buscada a través de las mejores prácticas a nivel nacional e internacional en los subsistemas de prevención; procuración de justicia; impartición de justicia; ejecución de medidas, y seguimiento.

3. Analizar los factores de éxito y fracaso en los rubros normativo; diseño organizacional; relación entre los componentes del sistema (interinstitucional); tecnologías de la información y comunicación; recursos humanos; infraestructura, y requerimientos financieros.

4. Elaboración de un modelo ideal para la implementación del sistema. 5. Definir las características relevantes por subsistema y rubro específico en materia de

prevención delictiva, procuración de justicia, impartición de justicia y ejecución de medidas, así como de las figuras procesales involucradas: servicios periciales y defensoría pública; analizando de cada uno su diseño normativo, diseño organizacional, relación entre los componentes del sistema,

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tecnologías de la información y comunicación, recursos humanos, infraestructura y requerimientos financieros.

6. Definir las características que debiera tener un modelo tipo. 7. Diseñar un estudio comparativo de los sistemas existentes en México en relación al modelo

ideal del sistema, determinando: a) Las variables y elaboración de instrumentos para la recopilación de información; b) La ubicación de las fuentes de información para cada una de las variables; c) Los mecanismos para la aplicación de los instrumentos de recopilación de información; d) La logística para la aplicación de los instrumentos de recopilación de información; e) El diseño y construcción de una base de datos para el registro de información; f) La definición de criterios y manuales para la recopilación, evaluación y registro de la

información; g) La planeación del trabajo de campo, y h) La definición de criterios metodológicos para el análisis de la información. 8. Establecer los criterios para la elaboración de la “metodología general”, de “informes de

resultados” y del “reporte de conclusiones”, con base en: a) Aspectos problemáticos y áreas de oportunidad por cada uno de los 5 subsistemas de

acuerdo con los 7 rubros relevantes considerados; b) Rezagos y avances detectados a nivel local y federal y análisis de sus causas, y c) Recomendación de líneas generales de acción. 9. Elaborar un análisis costo-beneficio de la propuesta de nuevo modelo a implementar en las

entidades federativas y en la federación.

3. ESTRUCTURA DE LA INVESTIGACIÓN 1. Comprensión del alcance y finalidad de la reforma constitucional de los años 2005,

2008 y 2009. 1.1. Análisis de los instrumentos internacionales en la materia; 1.2. Análisis del proceso legislativo y del espíritu de la reforma constitucional del 12 de

diciembre de 2005; 1.3. Análisis del proceso legislativo y del espíritu de la reforma constitucional del 18 de junio

de 2008; 1.4Análisis del proceso legislativo y del espíritu de la reforma constitucional del 14 de agosto

de 2009, y 1.5 Análisis de las legislaciones secundarias. 2. Determinación de las características y funcionamiento de un sistema que satisfaga

los fines de la reforma buscada. 2.1. Revisión de mejores prácticas a nivel nacional e internacional en los subsistemas de: a) Prevención; b) Procuración de justicia; c) Impartición de justicia; d) Ejecución de medidas, y e) Seguimiento.

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2.2. Análisis de los factores de éxito y fracaso en cada uno de los siguientes rubros: a) Normativo; b) Diseño organizacional; c) Relación entre los componentes del sistema (interinstitucional); d) Tecnologías de la información y comunicación (TIC); e) Recursos humanos; f) Infraestructura, y g) Requerimientos financieros. 3. Elaboración de un modelo ideal para la implementación del sistema. 3.1. Definición de las características relevantes por subsistema y rubro específico, con base en

la siguiente matriz:

Prevención Procuración de justicia

Impartición de justicia

Ejecución de medidas

Seguimiento

Normativo Diseño

organizacional

Relación entre los

componentes del sistema

TIC Recursos humanos

Infraestructura Requerimientos

financieros

3.2. Estructuración de las características en un modelo tipo. 4. Diseño de un estudio comparativo de los sistemas existentes en México en relación

al modelo ideal del sistema. 4.1. Determinación de las variables y elaboración de instrumentos para la recopilación de

información. 4.2. Ubicación de las fuentes de información para cada una de las variables; 4.3. Determinación de mecanismos para la aplicación de los instrumentos de recopilación de

información; 4.4. Definición de la logística para la aplicación de los instrumentos de recopilación de

información; 4.5. Diseño y construcción de una base de datos para el registro de información; 4.6. Definición de criterios y manuales para la recopilación, evaluación y registro de la

información; 4.7. Planeación del trabajo de campo, y 4.8. Definición de criterios metodológicos para el análisis de la información.

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5. Criterios para la elaboración de la “metodología general”, de “informes de resultados” y del “reporte de conclusiones”, con base en:

5.1. Aspectos problemáticos y áreas de oportunidad por cada uno de los 5 subsistemas de

acuerdo con los 7 rubros relevantes considerados; 5.2. Rezagos y avances detectados a nivel local y federal y análisis de sus causas, y 5.3 Recomendación de líneas generales de acción. 6. Análisis costo-beneficio de la propuesta de nuevo modelo a implementar: 6.1. En las entidades federativas, y 6.2. En la federación.

IV. INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA DISPONIBLE

El Instituto Nacional de Ciencias Penales cuenta con una infraestructura tecnológica que nos permite desarrollar, implementar, explotar y desplegar información a través de un enlace dedicado y un dominio propio que brinda acceso a Internet a todo el personal del Instituto, y proporciona servicios en línea como: páginas web http://www.inacipe.gob.mx y http://www.reformapenal.inacipe.gob.mx, registro, consulta de servicios y pagos en línea de aspirantes y alumnos de posgrado, consulta de materias y calificaciones para maestros, consulta de sistemas de administración para empleados como almacén de librería y venta de libros.

Contamos con una infraestructura de hardware integrada por computadoras de escritorio con

periféricos para imprimir, calificar, diseñar y respaldar información así como también con equipos portátiles para facilitar a servidores públicos del INACIPE las labores asignadas y una red con un backbone de fibra óptica que permite abastecer al Instituto de una comunicación eficiente y estable. Se cuenta también con políticas de seguridad de acceso a Internet y con un antivirus para garantizar al Instituto la seguridad de la información, un conmutador con 126 aparatos telefónicos y una planta eléctrica con una subestación que nos proporciona alta disponibilidad de los servicios que proporcionamos en línea.

Así mismo, contamos con una infraestructura de software integrada por: Microsoft office

2003, Microsoft Windows XP, Windows Server 2008, MAC OS X 10.4, Macromedia Studio MX 2004 WIN/MAC, Adobe Creative Suite 2, Microsoft SQL Server 2000, QuarkXpress 7.0, Laserfiche 7, tenemos personal calificado para la explotación de información y generación de informes estadísticos aplicando la herramienta SPSS. Usamos herramientas Open Source como Solaris 10, Linux Centos, Open Office, NetBeans, PostgresSQL y MySQL que nos permiten el desarrollo de sistemas, diseño y manejo de bases de datos, desarrollo de portales web, elaboración de estadísticas, evaluaciones de ingreso de alumnos y proporcionar servicios informáticos a empleados y alumnos del Instituto.

V. GRUPO DE TRABAJO El grupo de trabajo está conformado por: 1. Director del equipo de trabajo: Israel Alvarado Martínez

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2. Investigadores: Dr. Alberto Enrique Nava Garcés Dr. Bernardino Esparza Martínez Dr. Gerardo García Silva Dr. Raúl Carbajal Cortés Dra. Beatriz Eugenia Ramírez Saavedra Dra. Ruth Villanueva Castilleja Mtro. Camilo Constantino Rivera Mtro. Jorge Luis Romo Reyes Mtro. Manuel H. Cavazos López Arq. Maday Nieva Torres Lic. Alejandro Porte Petit González Lic. Andrea Paula Hernández y Rojas Lic. Angélica Rocío Mondragón Pérez Lic. Antonio Rodríguez Martínez Lic. Francisco Javier Aguilar Salas Lic. José Marcos Juárez Saldivar Lic. Julián Nava Hernández Lic. Marcela Cortés Camacho Lic. Monserrat Ortiz Caloca Lic. Oscar Cano Tejeda Lic. Paola Arízaga Castro Lic. Ricardo López Ruíz Lic. Sandra Yadira Vázquez Flores C. Biseira Nizzet Monarres Espino C. Erika Patricia Badillo Lara C. Juan Alejandro Rodríguez Olivares C. Thaís Montserrat Ramírez Álvarez C. Verónica González Pérez

Para desarrollar el proyecto de “Diagnóstico del Proceso de Implementación del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal” en todos sus aspectos, se requiere de un equipo multidisciplinario con perfiles específicos y técnicos para cada materia y con la experiencia suficiente en ámbitos transversales del tema como la prevención, procuración e impartición de justicia; sin embargo, adicionalmente se identificó la necesidad de contar con conocimientos y práctica laboral en elaboración de normas; medios alternativos de solución de controversias; investigación; planeación; administración; información estadística; finanzas; economía, contabilidad, entre otros.

Por ello, dentro del equipo de trabajo propuesto, los profesionistas a cargo cuentan con la experiencia laboral y capacitación a nivel particular y como grupo de trabajo siguiente:

1. Elaboración de Normas a) Capacitación: Diplomado en Técnica Legislativa, Argumentación Jurídica e Interpretación Constitucional. b) Experiencia laboral:

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Asesores de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y Senado de la República, en las materias de justicia, derechos humanos, seguridad pública, adolescentes, federalismo fiscal, materias económicas y finanzas públicas;

Subdirección de Estudios Legislativos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y Subdirección de Análisis Legislativo de la Secretaría de Gobernación. 2. Seguridad Pública a) Capacitación: Maestrías en prevención del delito y derechos humanos, y en administración militar para la

seguridad y defensa nacionales; Diplomados en seguridad pública, y en Inteligencia, y Cursos en prevención, detección y reporte de operaciones con recursos de procedencia ilícita,

y en seguridad internacional. b) Experiencia laboral: Asesores en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y en la Secretaría de

Seguridad Pública Federal (en materia penitenciaria); Administración de la Coordinación de Seguridad Interna Zona Sur en la Administración

Central de Seguridad Interna de la Administración General de Evaluación del Servicio de Administración Tributaria (SAT-SHCP)

Dirección del Instituto de Prevención del Delito e Investigación Penitenciaria; Subdirección de estudios regionales en la Dirección de Análisis del Centro de Investigación y

Seguridad Nacional; Jefatura de la Unidad de Planeación en la Dirección de Análisis del Centro de Investigación y

Seguridad Nacional; Consultoría en la empresa “Decide Consultores” sobre temas de seguridad; Membresía del Consejo para la Aplicación del Nuevo Modelo de la Policía de Investigación, y Membresía de la Red de especialistas en Seguridad Pública.

3. Procuración de Justicia a) Capacitación: Doctorado en Ciencias Penales y Política Criminal; Maestrías en ciencias penales con especialización en ciencia jurídico

penal, en administración de justicia, y en derecho; Especialidad en Derecho Procesal Penal, y Seminario de actualización en materia de consignaciones. b) Experiencia laboral: Direcciones Generales de Protección de Derechos Humanos en la Procuraduría General de la

República (PGR), y de la Unidad de Atención a la Víctima del Delito, en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal;

Coordinación de Asesores de la Dirección General de Coordinación Interprocuradurías de la PGR;

Asesor del Procurador General de la República PGR; Asesoría del Procurador General de Justicia del Estado de México;

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Asesor Jurídico de la sexta regidora del Municipio de Chimalhuacán Estado de México, Consejera del Instituto de Formación Profesional de la PGR; Direcciones de área de Servicios a la Comunidad de la Dirección General de

Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, de Operación y Convenios en la Dirección General de Coordinación Interprocuradurías, y de la Coordinación General de Investigación, todas en la PGR;

Subdirecciones de Procedimientos Penales adscrito a la Dirección General de Procedimientos Penales “A”, de Orientación Legal de la Dirección de Servicios a la Comunidad, ambas en la Procuraduría General de la República, y de Asuntos Penales Relevantes, Denuncia y Coadyuvancia en la Averiguación Previa de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA);

Secretario del Ministerio Público 1996-1999, Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y

Agente del Ministerio Público de la Federación. 4. Impartición de Justicia a) Capacitación: Doctores, Doctorandos, Maestros y Especialistas en derecho, en ciencias penales, en justicia

para adolescentes, en Derecho Procesal Penal y en Ética Jurídica. b) Experiencia laboral: Juez de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Federal; Secretario de Estudio y Cuenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Secretario de Acuerdos de Juzgado de Primera instancia en Materia Penal; Subdirección de Coadyuvancia en Procesos Penales Federales de la PROFEPA; Actuario Judicial en el Poder Judicial de la Federación, y Colaborador de la Escuela Judicial del Estado de México, en la elaboración del Programa de

Actualización dirigido a Jueces de Garantías. 5. Ejecución de medidas a) Capacitación: Diplomado en Ejecución de Sanciones Especialista en Sistemas Penitenciarios y Menores Infractores Ejecución de Sentencias en el Marco de la Reforma constitucional b) Experiencia laboral: Consejera de la Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del

Departamento del Distrito Federal; Directora General de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación; Dirección General de la Tercera Visitaduría de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; Dirección de Supervisión Penitenciaria de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; Directora del Centro Femenil de Rehabilitación Social del Departamento del Distrito Federal; Subdirectora Jurídica del Reclusorio Preventivo Sur y Cárcel Preventiva Local de Xochimilco,

Coyoacán y Alvaro Obregón del Departamento del Distrito Federal, y Dictaminador, Adscrito a la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del

Estado de Guerrero.

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6. Medios alternos de solución de controversias a) Capacitación: Miembro integrante de la Academia Mexicana de Derecho Internacional, A.C. Tesis de ingreso

“Los Medios Alternativos de Solución de Controversias en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)”;

Diplomado en “capacitación y entrenamiento para aspirantes a mediadores penales del centro de justicia alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y

Cursos en mediación, en mediación notarial, en medios alternativos de solución de conflictos y colegiación obligatoria, en justicia restaurativa, en justicia alternativa, en arbitraje internacional, en mediación transformativa, en el modelo circular narrativo en la mediación, en técnicas de comunicación y negociación para jueces, en mediación y oralidad, en violencia familiar y la mediación, en expresión oral, escrita y corporal, y en mediación víctima-ofensor en delitos violentos.

b) Experiencia laboral: Mediador en materia Penal del Centro de Justicia Alternativa. Tribunal Superior de Justicia del

Distrito Federal, y Subdirector del Área de Mediación Penal del Centro de Justicia Alternativa. Tribunal Superior

de Justicia del Distrito Federal. 7. Implementación de sistemas a) Capacitación: Doctorado en Administración y Gobierno del Poder Judicial, y Cursos en reorganización institucional en el marco de la reforma de seguridad y justicia penal,

en reorganización institucional, y en los retos de la implementación en el nuevo sistema de justicia penal.

b) Experiencia laboral: Consejero de la Judicatura del Distrito Federal; Implementación del actual sistema de justicia para adolescentes en el Tribunal Superior de

Justicia del Distrito Federal; Integrante del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal

en el Distrito Federal; Presidente del Comité de Información y Modernización de Procesos del Tribunal Superior de

Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal; Encargado de la implementación del Sistema Penal Acusatorio en el Tribunal, a través de la

Unidad Especial para la Implementación de las Reformas Penales en Materia Penal (UNESIRP); Integrantes de la UNESIRP, y Secretario Técnico del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal. Análisis y propuestas para la implementación de las reformas en materia civil, publicadas el 10

de septiembre de 2009, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Proceso e implementación de los Medios Alternativos de Solución de Controversias a nivel

Distrito Federal e implementación de Centro de Justicia Alternativa.

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8. Investigación a) Capacitación: Doctores en Derecho, en Ciencias Penales y Política Criminal y en Administración y Gobierno

del Poder Judicial, especialistas en Derechos de la infancia y adolescencia, y en Ciencias Sociales; Seminario en Argumentación Jurídica; Cursos en métodos de investigación, en introducción a la investigación cualitativa: aplicación

de técnicas y análisis de datos, en metodología de la investigación social, en técnicas para el aprendizaje grupal, en análisis político, y en técnicas y tecnología de investigación, y

Especialista en temas sobre argumentación en materia penal. b) Experiencia laboral: Director de Investigación en el Instituto Nacional de Ciencias Penales; Subdirector de Asuntos Jurídicos del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del

Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV); Analista en la Dirección de Investigaciones Políticas y Sociales de la Secretaría de

Gobernación; Miembro del Comité Evaluador en Ciencias Sociales, con disciplina en Derecho. CONACYT; Investigadores Nacionales niveles I y II del CONACYT; Investigadores en el Instituto Nacional de Ciencias Penales, en la Comisión Nacional de

Derechos Humanos, y en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; Consultor en materia Penal Ambiental para la Comisión para la Cooperación Ambiental de

América del Norte; Asistente de Investigación en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad

Nacional Autónoma de México, y Colaboradora en el proyecto PAPIIT de la UNAM. 9. Planeación y Administración a) Capacitación: Maestría en Administración de Justicia; Especialidades en desarrollo de la función directiva, y en formación para responsables de

recursos humanos; Diplomados en alta dirección y en gestión por resultados, y Capacitación en contabilidad, en administración de recursos humanos, en planeación, en

planificación de la reforma penal en el Distrito Federal, en elaboración de proyectos, en diseño de indicadores, en introducción general a la administración pública federal, en pensamiento estratégico, y en planeación estratégica.

b) Experiencia laboral: Consejero de la Judicatura del Distrito Federal; Director de Normatividad y Modernización de los Procesos Administrativos de la Gestión

Judicial. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; Secretaria Técnica del Comité de Información y Modernización de Procesos del Tribunal

Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, encargado de la implementación del Sistema Penal Acusatorio (Juicios Orales) en el Tribunal, a través de la UNESIRP;

Secretario Técnico del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal;

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Líder Coordinador de Proyectos de la Dirección Ejecutiva de Planeación del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal;

Profesional Ejecutivo de Servicios Especializados; Líder Coordinador de Proyectos de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal; Coordinadora de la implementación de la Reforma Constitucional en materia Penal en el

Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del DF, en particular, cursos de capacitación, seminarios y conferencias, y

Coordinación de los Cursos de difusión de la reforma constitucional penal en el marco del sistema penal acusatorio de la Comisión Nacional de Tribunales Superior de Justicia (CONATRIB).

10. Información Estadística, Economía y Finanzas a) Capacitación: Doctorado en Economía; Maestrías en Economía, y en Derecho Administrativo y Fiscal; Licenciatura de Economía; Diplomados en Sector Público, en Análisis Bursátil y Financiero, en Econometría, y en

Matemáticas aplicadas a la economía; Seminarios en información, estadística y gestión judicial, suprema corte de justicia de la nación,

y en comercio internacional, desarrollo económico y tratado norteamericano de libre comercio, y Cursos de comunicación persuasiva, de planeación prospectiva y estratégica, de análisis de

microdatos de la iniciativa: programa acelerado de datos (pad), de análisis de datos estadísticos, de teoría política macroeconómica en economías abiertas, de teoría del desarrollo económico, de periodismo económico, y de reforma hacendaría: una propuesta de alternativa en libro blanco de reforma del estado.

b) Experiencia laboral: Directora de Estadística de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; Directora de Comités Especiales Legislativo y Judicial Instituto Nacional de Estadística

Geografía e Informática; Enlace Operativo con el Poder Legislativo de la Federación Instituto Nacional de Estadística

Geografía e Informática; Asesora en la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática; Jefa de Departamento Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática; Becaria de Investigación Centro de Estudios Demográficos y de Desarrollo Urbano, y Auxiliar Especializado de la Dirección de Estadística de la Presidencia del Tribunal Superior de

Justicia del DF. 11. Capacitación y Comunicación a) Capacitación: Maestría en Comunicación Organizacional; Licenciatura en Pedagogía, y Taller de Técnicas de Comunicación y Exposición. b) Experiencia laboral: Coordinadora de Comunicación; Jefe del Departamento de Promoción y Difusión de los Derechos de la Juventud;

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Jefa de la Oficina Informativa en la Unidad de la Crónica de la Presidencia de la República; Asesora de Comunicación y Difusión en la Implementación del Sistema de Justicia Penal.

TSJDF; Asistente de Investigación, y Asistente de la Coordinación de Comunicación Social, Procuraduría Federal de Protección al

Ambiente. 12. Sistema Acusatorio a) Capacitación: Doctorado en Ciencias Penales y Política Criminal; Especialidad en Sistema Penal Acusatorio y Juicio Oral; Diplomado Internacional de Estrategia de Litigación Oral; Seminario de infraestructura, equipamiento y tecnologías de la información y comunicaciones

para la reforma de seguridad y justicia penal. Talleres de planificación de la reforma penal en el Distrito Federal, de planeación de la

implementación de la reforma penal en el tribunal superior de justicia del distrito federal, y en el modelo de planeación para la implementación de la reforma penal, y

Cursos de reformas penales 2008-2009, de temas selectos para la implementación del sistema penal acusatorio, de introducción a los juicios orales, de la experiencia chilena, de ¿cómo modernizó Francia su sistema de justicia penal?, de la reforma constitucional sobre justicia penal y seguridad pública, de capacitación para profesores en técnicas de litigación oral, del nuevo sistema penal acusatorio, de oralidad en el proceso y justicia penal alternativa, de técnicas y destrezas de litigación adversarial y oral, de ¿cómo vamos con la reforma penal?, del juicio oral: teoría y práctica, de entrenamiento para capacitadores en materia de sistema penal acusatorio, y de actualización docente “técnicas del juicio oral en el sistema penal acusatorio”.

b) Experiencia laboral: Encargado de la implementación del Sistema Penal Acusatorio en el Tribunal, a través de la

UNESIRP; Directora General Adjunta de Coordinación Interinstitucional de la Secretaría Técnica del

Consejo de Coordinación para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal de la Secretaría de Gobernación, e

Integrantes de la UNESIRP. 13. Adolescentes a) Capacitación: Licenciatura en educación preescolar; Maestría en Teorías Psicoanalíticas; Especialidad en Derechos de la Niñez; Certificación de juzgador especializado en justicia para adolescentes; Talleres sobre el menor infractor víctima o victimario y sobre la violencia contra grupos

vulnerables; Diplomado en el sistema Integral de Justicia para Adolescentes;

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Capacitación en justicia para adolescentes, en menor infractor en el nuevo milenio, en menores infractores, en actualización jurisprudencial sobre menores infractores, y en el nuevo sistema integral de justicia para adolescentes.

b) Experiencia laboral: Presidencia del Consejo de Menores de la Secretaría de Seguridad Pública Federal; Promotora del Menores del Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal, de

la Secretaría de Gobernación, y Colaborador del Observatorio Internacional de Justicia Juvenil (OIJJ), con sede en Bruselas,

Bélgica. 14. Infraestructura y Tecnología a) Capacitación: Seminario de Infraestructura, equipamiento y tecnología de la información y comunicación

para la reforma de seguridad y Justicia Penal; Taller modelo de planeación para la implementación de la reforma penal II. Experiencia

laboral, y Capacitación en temas selectos para la implementación del sistema penal acusatorio, en los

retos de la implementación en el nuevo sistema de justicia penal, en criterios de ubicación de los espacios de justicia, en planificación de la reforma penal en el Distrito Federal, en el programa 5´s. mejoramiento del entorno de la empresa y su contribución a la productividad, en alta tecnología hacia el nuevo milenio, técnicas en la protección a la información, en soporte técnico y mantenimiento de equipo de cómputo, en seguridad en el proceso constructivo, en control de la obra, y en contabilidad de la empresa constructora.

b) Experiencia laboral: Subdirectora de la Dirección de Obras del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; Subdirectora de la Dirección de Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Turismo del

Gobierno del Distrito Federal; Subdirector de Sistemas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; Programador Analista de Tecnología Actual en Software; Programador Analista en Procesos y Servicios Electrónicos; Residente de obra en Grupo Constructor Viaducto Constructora las Águilas Constructora Kia

Grupo Constructor Viaducto Construcción y Proyectos Hidráulicos; Coordinador de cuantificaciones y cálculo estructural, y Residente de instalaciones en Iconsa. 15. Idiomas Manejo de: Francés. Posesión y comprensión de lectura; Inglés. Posesión y comprensión de lectura; Italiano. Posesión y comprensión de lectura; Portugués. Posesión y comprensión de lectura, y Alemán. Lectura básica.

VI. MEDIOS PARA ASEGURAR EL ACCESO A LA INFORMACIÓN

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Atendiendo al derecho de acceso a la información y a los principios que señala el art. 6º constitucional y a las legislaciones locales y federales, las formas por la cual se accederá a la información de las instituciones será mediante tres vías:

a) Solicitudes de información pública a través de las instituciones de acceso a la información de cada entidad federativa y a nivel federal;

b) Por medio de entrevistas personalizadas in situ, es decir, la información se obtendrá de manera directa del operador en la dependencia o institución de cada entidad federativa, y

c) Oficialmente, es decir, se realizaría la petición entre instituciones públicas, con el objeto de verificar la información solicitada previamente a través de sus sistemas de información.

Por otra parte, se cuenta con la experiencia del equipo de trabajo e investigadores que han

laborado en puestos claves del sector público en diversas entidades del país, lo cual facilita el manejo y acceso a la información solicitada para su análisis. VII. FUENTES CONSULTADAS 1. Para la construcción Metodológica INTERNATIONAL STANDAR ORGANIZATION, Norma ISO 690:2 SO/TC 46/SC 9. 1997,

“Información y documentación — Referencias bibliográficas — 2ª parte: Documentos electrónicos o fragmentos”.

INTERNATIONAL STANDAR ORGANIZATION, Norma ISO 8601 “Data elements and interchange formats —

Information interchange — Representation of dates and times”. PRATS, Joaquim, “Técnicas y recursos para la elaboración de tesis doctorales: Bibliografía y

orientaciones metodológicas” [en línea], Universitat de Barcelona, Departament de Didàctia de les Ciències Socials, disponible en: «http://www.ub.edu/histodidactica/libros/Doctorat_%20Apunts%20metodologia%20i%20tecniques.pdf», revisado en 2009-02-13].

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Lineamientos para la determinación de los requerimientos

de información que deberá contener el mecanismo de planeación de programas y proyectos de inversión, Diario Oficial de la Federación, México 2008-03-18.

2. Para la Construcción de Contenidos A. Sistema Penal Acusatorio 1) Libros AGUILAR ÁLVAREZ, Jaime, RENATA ESPONDA, Luisa (coord.), 10 Razones para reformar el sistema de

justicia penal en México, México, INACIPE, 2004. ___, Oralidad en el proceso y justicia penal alternativa. Jornadas iberoamericanas, México, INACIPE, 2003. ALVARADO MENDOZA, Arturo, La reforma de la justicia en México, México, El Colegio de México, 2008. ARAVENA ARREDONDO, Leonardo, Aspectos orgánicos de la Reforma Procesal Penal, LexisNexis, Chile

2005.

Page 22: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 22 de 38

BAYTELMAN, Andrés y DUCE, Mauricio, Evaluación de la Reforma Procesal Penal. Estado de una reforma en marcha, CEJA, Chile 2003.

BLANCO SUÁREZ, Rafael et al., Litigación estratégica en el nuevo proceso penal, LexisNexis, Chile 2007. BRITISH COUNCIL MÉXICO, Juicios orales. Estructuras, administración y conducción de la justicia penal, British

Council México, México 2005. CARBONELL, Miguel y OCHOA MEZA, Enrique, ¿Qué son y para qué sirven los juicios orales?, Porrúa,

México 2008. CARMONA CASTILLO, Gerardo A. Juicio Oral Penal: reforma procesal penal de Oaxaca, México, Andrés

Bello, 2008. CONCHA CANTÚ, Hugo y CABALLERO, José Antonio, Diagnóstico sobre la administración de Justicia en las

entidades federativas. Un estudio institucional sobre la justicia local en México, México, National Center for State Courts/Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2001.

CONGRESO. CÁMARA DE DIPUTADOS. LX LEGISLATURA MÉXICO. SENADO DE LA REPÚBLICA ,

Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia: guía de consulta ¿En qué consiste la reforma?: texto constitucional comparado, antes y después de la reforma, México, Cámara de Diputados, LX Legislatura, 2008.

GÁMIZ PARRAL, Máximo N., GARCÍA RUBÍ, Jorge Arturo, Las entidades federativas en la reforma

constitucional, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, 2005. GARCÍA RAMÍREZ, Sergio et al. (coord.), Reforma a la justicia penal. Quintas jornadas sobre justicia penal, México,

Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, 2006. ___, La reforma penal constitucional 2007-2008, 2ª ed., México/Porrúa, 2009. ___, ISLAS DE GONZÁLEZ MARISCAL, Olga (coord.), Panorama internacional sobre justicia penal. Temas

penales diversos. Culturas y sistemas jurídicos comparados. Séptimas jornadas sobre justicia penal, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, 2007.

GONZÁLEZ RUIZ, Samuel, El sistema de justicia penal y su reforma: Teoría y práctica, 2ª ed., México,

Fontamara, 2006. LONDOÑO MARTÍNEZ, Fernando et al., Reforma procesal penal. Génesis, historia sistematizada y concordancias,

4 tomos, Jurídica de Chile, Chile 2003. MACEDO DE LA CONCHA, Rafael, Por qué debemos reformar el sistema de justicia penal, México, INACIPE,

2004. MENDIZÁBAL, Gabriela (coord.), Hacia los juicios orales en el estado de Morelos, UAEM/Ediciones

Mínimas, México 2008. MIRANDOLA, Giovanni Pico Della, Problemas actuales de la justicia penal, Barcelona, Bosch, 2001.

Page 23: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 23 de 38

NATARÉN NANDAYAPA, Carlos F. (Coord.), Código modelo del proceso penal acusatorio para los estados de la federación, México, Comisión Nacional de los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, s/a.

RAMÍREZ CONTRERAS, Luis Fernando, Las audiencias en el sistema penal acusatorio, 2ª ed., Leyer,

Colombia 2007. SÁEZ MARTÍN, Jorge Eduardo, La organización y administración de los nuevos tribunales, Metropolitana,

Chile 2007. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Comisión para el estudio de la reforma al artículo 18

constitucional en relación a la justicia para menores, México, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, 2008.

VASCONCELOS MÉNDEZ, Rubén, Reporte Oaxaca. Estudios sobre reformas penales comparadas, México,

Centro de Investigación para el Desarrollo, AC, 2007. VELAZQUEZ ESTRADA, Alfonso, Nuevo sistema de justicia penal en México, México, Porrúa, 2009. 2) Revistas AGUILAR LÓPEZ, Miguel Ángel, “Propuestas para hacer más eficiente el juicio oral”, Iter Criminis.

Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 4, tercera época, marzo - abril 2006. BAYTELMAN ARONOWSKY, Andrés, “Sistema acusatorio: capacitación como en el fútbol”, Iter

Criminis. Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 4, cuarta época, julio - agosto 2008.

BUSCAGLIA, Edgardo, “Soluciones concretas para una reforma judicial en México, Iter Criminis.

Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 12, tercera época, julio - agosto 2007.

DAGDUG KALIFE, Alfredo, “Hacia una modernización del sistema de enjuiciamiento penal

mexicano”, Iter Criminis. Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 3, tercera época, enero - febrero 2006.

DUCE, Mauricio, “La experiencia chilena en la enseñanza del litigio oral”, Iter Criminis. Revista del

Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 5, cuarta época, septiembre - octubre 2008. GUZMÁN WOLFFER, Ricardo, “Futuras complicaciones en la labor de los jueces de ejecución de

sentencias”, Iter Criminis. Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 6, tercera época, julio - agosto 2006.

VARGAS VIANCOS, Juan Enrique y Baytelman, Andrés, “Destrezas del juez en los juicios orales”, Iter

Criminis. Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 5, cuarta época, septiembre - octubre 2008.

Page 24: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 24 de 38

VIZCAÍNO ZAMORA, Álvaro, “Diez pasos para implementar la Reforma Constitucional en materia Penal en los Estado de la República”, Iter Criminis. Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, número 7, cuarta época, enero - febrero 2009.

B. Sistema de Justicia para Adolescentes 1) Libros AGUILAR LÓPEZ, Miguel Ángel, «Debido proceso penal y sistema acusatorio y oral y derecho de

excepción», Tepantlato, época 8, No. 35, septiembre 2008. ALBRECHT, Meter-Alexis, El derecho penal de menores, Tr. Juan Bustos Ramírez. PPU, Barcelona 1990. ALVARADO MARTÍNEZ, Israel, Análisis a la ley federal contra la delincuencia organizada, Porrúa/INACIPE.

México 2004. - - - «¿Delincuencia organizada en el DF cometida por adolescentes?», El INACIPE opina,

www.inacipe.gob.mx/htm/QuienEsQuien/Investigacion/Opiniones/Delincuencia.html. - - - «El Fuero de Guerra, su significado y algunas consideraciones en torno al mismo» en Fuerzas

Armadas y Derechos Humanos, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México 9 de junio de 1999.

- - - «La competencia espacial en los delitos contra el ambiente», Iter Criminis. Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Tercera Época, núm. 2, Octubre-Diciembre de 2005.

- - - «La duplicidad del plazo constitucional en averiguación previa, ¿Facultad ministerial o abuso de autoridad en Chiapas?», Pholio, Noviembre 2006.

- - - «La Excepción al Principio de Exclusiva Imposición de las Penas por la Autoridad Judicial», Lex, 3ª. Época, Año V, Marzo 1999, Número 45, México.

- - - «La Influencia de los Mass Media en la toma de Decisiones de los Tribunales como Quebrantamiento del Principio de Independencia Judicial», Quehacer político. Revista del Instituto de Investigaciones Legislativas del estado de Sonora. Cuarta Época, enero-abril de 2004.

- - - Manual de Diligencias Ministeriales Básicas Relacionadas con la Explotación Sexual Comercial Infantil, Organización Internacional del Trabajo/Instituto Nacional de Ciencias Penales, México, 2007, Mim.

- - - «¿Qué debemos entender por “garantías constitucionales”?» El INACIPE opina, consultable en «www.inacipe.gob.mx/htm/QuienEsQuien/Investigacion/Opiniones/Garantias.html», visitado en 2009-05-09.

- - - GUILLÉN LÓPEZ, Germán y OLIVA BECERRA, Lorena, «Los Principios Rectores del Nuevo Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en el Texto Constitucional a la luz de la Suprema Corte de Justicia de la Nación», en La nueva justicia integral para adolescentes, Israel Alvarado Martínez, Germán Guillén López y Lorena Oliva Becerra (coord.), Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México 2009.

- - - y BARDALES LAZCANO, Érika, «Justicia para adolescentes y principio de especialidad», Iter Criminis, Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Noviembre-diciembre 2007.

- - - y GUILLÉN LÓPEZ, Germán. «Consideraciones político-criminológicas en el ámbito de la delincuencia organizada. Un reto legislativo», Revista Mexicana de Justicia, Procuraduría General de la República, Sexta Época, Núm. 16, Diciembre de 2006.

- - - y GUILLÉN LÓPEZ, Germán, El Impacto de la Inseguridad en el Desarrollo Socio-Económico en México, Documento desarrollado durante la estancia de investigación en el Instituto de Investigaciones

Page 25: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 25 de 38

Legislativas «Belisario Domínguez» del Senado de la República, durante el 1° de septiembre al 31 de diciembre de 2008, mim.

- - - y OLIVA BECERRA, Lorena, «El nuevo sistema integral de justicia para adolescentes frente al fuero de guerra», Criminogénesis. Revista especializada en criminología y derecho penal, año 1, número 1, septiembre de 2007.

- - - y OLIVA BECERRA, Lorena, «Las reglas del “debido proceso especial” en el sistema integral de justicia para adolescentes», El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, año I, No. I, diciembre 2008.

- - - y OLIVA BECERRA, Lorena, «La competencia de los Tribunales Locales para conocer de Delitos Federales en el Nuevo Sistema Integral de Justicia para Adolescentes. Aplicación del principio “lex fori”», en La nueva justicia integral para adolescentes Israel Alvarado Martínez et al. (Coord.), FEMPECIF/Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México 2009.

- - - y OLIVA BECERRA, Lorena. «Iniciativa de reformas a la Ley general que establece las bases de coordinación del sistema nacional de seguridad pública en materia de adolescentes». 30 de abril de 2007. H. Cámara de Diputados.

COMISIÓN EUROPEA. Glosario de la Comisión Europea

http://ec.europa.eu/civiljustice/glossary/glossary_es.htm#LexCausae. FERRAJOLI, Luigi, Derechos y garantías, Fontamara, Madrid 2002. GARCÍA RAMÍREZ, Sergio, Poder judicial y Ministerio Público, 2ª ed. Porrúa, México 1997. GÓMEZ TAGLE LÓPEZ, Erick, «La reforma del estado en materia de seguridad pública, procuración y

administración de justicia», Iter Criminis, Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, No. 1, Segunda Época, diciembre de 2001.

GÓNGORA PIMENTEL, Genaro David, Voto particular que formula el Ministro Genaro David Góngora

Pimentel en contra de la Sentencia del Tribunal Pleno, que resolvió la acción de inconstitucionalidad 37/2006, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí.

GONZÁLEZ PLACENCIA, Luis, La política criminal en materia de niñas, niños y adolescentes en conflicto con la ley

penal, México, PGR/INACIPE/UE, 2006. GUILLÉN LÓPEZ, Germán, «El interés superior del menor. Especial referencia al sistema de justicia

integral para menores», mim. ISLAS DE GONZÁLEZ MARISCAL, Olga, Análisis lógico de los delitos contra la vida, Trillas, México 1991. JAKOBS, Günther, Derecho Penal parte general, fundamentos y teoría de la imputación, Joaquín Cuello

Contreras y José Luis Serrano González de Murillo Trs. 2ª ed. Corregida, Marcial Pons, Madrid 1997.

JESCHECK, Hans-Heinrich y WEIGEND, Thomas, Tratado de derecho penal. Parte general, Miguel Olmedo

Cardenote Tr., Comares, Granada 2002. MARTELL GÓMEZ, Mario Alberto, «Menores Infractores, Inimputables y Toxicómanos» en Procedimientos

penales especiales, Israel Alvarado Martínez (coord.), Porrúa, México 2006.

Page 26: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 26 de 38

MIR PUIG, Santiago, Derecho Penal. Parte general, 5ª ed. S.E., Barcelona 1998. OJEDA VELÁSQUEZ, Jorge, Derecho constitucional penal, México, T. I, Pórrúa 2007. PELÁEZ FERRUSCA, Mercedes y ONTIVEROS ALONSO, Miguel, «¿Qué debemos entender por

“procurar justicia”?», Iter Criminis, Revista del Instituto Nacional de Ciencias Penales, No. 8; Segunda Época, octubre-diciembre de 2003.

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario de la lengua española. Espasa Calpe. Voz: “Menor”, disponible

en World Wide Web: «http://www http://buscon.rae.es/draeI/». Revisado en 2007-06-05. ROXIN, Claus, Derecho Penal parte general, T. I. Fundamentos de la teoría del delito, Diego-Manuel Luzón

Pena et al. Trs., Civitas, Madrid 1997. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, El Poder Judicial de la Federación para jóvenes, Mc Graw

Hill, México 2004. URBANO CASTILLO, Eduardo de y ROSA CORTINA, José Manuel de la, La responsabilidad penal de los

menores. Adaptada a la LO 8/2006, de 4 de diciembre, Madrid, Thomson, Aranzadi, 2007. ZERÓN DE QUEVEDO, Rodrigo Mauricio, «Fuero de guerra», en Procedimientos penales especiales, Israel

Alvarado Martínez (coord.), Porrúa, México 2006. 2) Normatividad Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código de Justicia Militar. Código de Justicia para Adolescentes del estado Libre y Soberano de Puebla. Código de Justicia para Menores Infractores en el estado de Durango. Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chiapas. Código Federal de Procedimientos Penales. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Ley de Coordinación Fiscal. Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México. Ley de justicia Especial para Adolescentes Infractores del estado de Chihuahua. Ley de justicia integral para adolescentes del estado de Jalisco. Ley de Justicia Integral para Adolescentes del estado de Michoacán de Ocampo. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Baja California. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Campeche. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Coahuila de Zaragoza. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Guanajuato. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de México. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Nayarit. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Oaxaca.

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Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Oaxaca. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Quintana Roo. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Sinaloa. Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Yucatán. Ley de Justicia para Adolescentes en el estado de Zacatecas. Ley de Justicia para Adolescentes para el estado de Baja California Sur. Ley de Justicia para Adolescentes para el estado. Tamaulipas. Ley de Justicia para Menores del estado del estado de San Luis Potosí. Ley de Justicia para Menores para el estado de Querétaro. Ley de Procuración e Impartición de Justicia para Adolescentes del estado de Tlaxcala. Ley de Responsabilidad Juvenil para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Ley del Sistema de Justicia para Adolescentes del estado de Aguascalientes. Ley del Sistema Especial de Justicia para Adolescentes del estado de Nuevo León. Ley General de Bienes Nacionales. Ley General de Salud. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ley Orgánica de la Armada de México. Ley Orgánica de los Tribunales Militares. Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Jalisco. Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para

toda la República en Materia Federal. Ley que establece el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes del estado de Colima. Ley que establece el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes del estado de Sonora. Ley que establece el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en el estado de Tabasco. Ley que establece el Sistema Integral de Justicia para Menores en el estado de Chiapas. Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Norma Oficial Mexicana NOM-083-ECOL-1993, Que establece las condiciones que deben reunir

los sitios destinados a la disposición final de los residuos sólidos municipales. Norma Oficial Mexicana NOM-083-ECOL-1993, Que establece las condiciones que deben reunir

los sitios destinados a la disposición final de los residuos sólidos municipales. Norma Oficial Mexicana: NOM-052-Ecol-93, que establece las características de los residuos

peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

Acuerdo General 57/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación

del número y límites territoriales de los Circuitos en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Acuerdo General 57/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

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3) Instrumentos Internacionales Convención Americana sobre Derechos Humanos. Convención sobre los Derechos del Niño. Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (“Directrices de

Riad”). Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad. Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de

Beijing)

4) Documentos Parlamento europeo, (2007) «Delinquenza giovanile — Ruolo delle donne, della famiglia e della società», en

Gazzetta ufficiale dell'Unione europea. [En línea]. Italia, disponible en: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2008:146E:0344:0353:IT:PDF [Revisado en 2009-01-12].

Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa, Nº R (87) 20, Reacciones Sociales ante la Delincuencia Juvenil, Adoptada por el Comité de Ministros el 17 de septiembre de 1987, durante la 410.ª reunión de los Delegados de los Ministros, consultable en http://www.iij.derecho.ucr.ac.cr/archivos/documentacion/XVI%20congreso%20juridico%20nacional/SITE/LEYES%20Y%20CONVENIOS%20INTERNACIONALES/RECOMENDACI%D3N%20DEL%20COMIT%C9%20DE%20MINISTROS%20DEL%20CONSEJO%20DE%20EUROPA.doc».

Sentencia del Tribunal Constitucional Español de 14 de febrero de 1991. 5) Tesis Tesis 1a. CLVI/2006 de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de

Justicia de la Nación, visible en la página 278, XXIV, octubre de 2006, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 174101. Derivada del amparo directo en revisión 935/2006, bajo el rubro EDAD PENAL MÍNIMA. EFECTOS DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE DICIEMBRE DE 2005.

Tesis 2a. CXXXIX/2002 de la Novena Época, sostenida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 446, XVI, noviembre de 2002, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 185566. DERECHOS DE LOS INDÍGENAS. LOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PUEDEN SER AMPLIADOS POR

LAS LEGISLATURAS LOCALES DENTRO DEL MARCO DE AQUÉLLA. Tesis de Jurisprudencia 1a. CXLI/2007 de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 265, XXVI, julio de 2007, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 172003, bajo el rubro INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. SU CONCEPTO.

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Tesis de Jurisprudencia 1a. CXLI/2007 de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 265, XXVI, julio de 2007, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 172003. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. SU CONCEPTO.

Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 10/2001, de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XIII, abril de 2001, visible en la página 333 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 189939, derivada de la contradicción de tesis 44/2000-PS, con el rubro LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. ES UN DERECHO SUSTANTIVO RESPECTO DEL CUAL RIGE LA EXCEPCIÓN CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL, CONSISTENTE EN LA APLICACIÓN RETROACTIVA DE LA LEY EN BENEFICIO DEL REO.

Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 10/95, de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, II, agosto de 1995, visible en la página 81 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 200463. Derivada de las competencias penales 193/77, 67/82, 124/89, 79/92 y 161/95, bajo el rubro ATAQUES A LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN. CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS EN ESTADO DE EBRIEDAD. COMPETENCIA.

Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 171/2007 de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 215, XXVII, febrero de 2008, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 185566. DERECHOS POLÍTICOS. DEBEN DECLARARSE SUSPENDIDOS DESDE EL DICTADO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 38, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 24/2005 de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 274, XXI, mayo de 2005, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 178420. LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. AUNQUE EL TEXTO DE LA LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO NO SE HA AJUSTADO AL CONTENIDO DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN I DEL APARTADO A DEL

ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, LOS JUECES PUEDEN APLICAR DIRECTAMENTE ESTE ÚLTIMO Y NEGAR AQUEL BENEFICIO, ACORDE CON EL PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.

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Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 25/2008 de la Novena Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 118, XXVII, junio de 2008, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 169516. Derivada de la contradicción de tesis 44/2007-PS. Entre los criterios sustentados por el Quinto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito y el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito, bajo el rubro DELITOS FEDERALES COMETIDOS POR ADOLESCENTES, MENORES DE DIECIOCHO Y MAYORES DE

DOCE AÑOS DE EDAD. SON COMPETENTES LOS JUZGADOS DE MENORES DEL FUERO COMÚN (RÉGIMEN DE TRANSICIÓN CONSTITUCIONAL).

Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 73/2004 de la Novena Época sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 279, XX, diciembre de 2004, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, bajo el número de registro 179723, derivada de la Contradicción de tesis 101/2003-PS, con el rubro SUSTITUTIVOS DE LA PENA. CUANDO LOS TRIBUNALES MILITARES EN RAZÓN DE SU COMPETENCIA CONOCEN DE DELITOS PREVISTOS EN LOS CÓDIGOS PENALES LOCALES O EL FEDERAL, DEBEN APLICAR LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A ÉSTOS, PUES COMPARTEN LA NATURALEZA SUSTANTIVA DE LA PENA QUE SUSTITUYEN.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 47/95 de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 133, II, diciembre de 1995, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 200234. FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. SON LAS QUE GARANTIZAN UNA ADECUADA Y OPORTUNA DEFENSA PREVIA AL ACTO PRIVATIVO.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 63/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 619 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168773. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. EL TÉRMINO “ESPECIALIZADOS” UTILIZADO EN EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN SE REFIERE AL PERFIL DEL FUNCIONARIO Y A LA COMPETENCIA LEGAL EXPRESA DEL ÓRGANO PERTENECIENTE A ESE SISTEMA.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 68/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 624 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168767. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. SUS NOTAS ESENCIALES Y MARCO NORMATIVO.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 69/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 620 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168772. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. FACETAS DEL PROBLEMA DE LA DELINCUENCIA JUVENIL DE LAS QUE DERIVA EL CARÁCTER SISTÉMICO DE LA JUSTICIA JUVENIL.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 70/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 618 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168774. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. DEBE BUSCARSE EL ESTABLECIMIENTO DE MECANISMOS Y REGLAS PARA QUE, SIEMPRE QUE RESULTE APROPIADO Y DESEABLE, LOS MENORES NO SEAN SOMETIDOS A UN PROCESO JUDICIAL, SINO QUE LOS CASOS PUEDAN SER ATENDIDOS POR LAS AUTORIDADES DE PROCURACIÓN.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 71/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 622 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168769. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. LOS TRIBUNALES ESPECIALIZADOS RELATIVOS DEBEN PERTENECER AL PODER JUDICIAL DEL ESTADO MEXICANO.

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Tesis de Jurisprudencia P./J. 75/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 615 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168777. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. ALCANCE DEL PRINCIPIO DE TIPICIDAD, CONFORME AL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 76/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 612 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168780. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. ALCANCE DE LA GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO, CONFORME AL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 77/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 614 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168778. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. ALCANCE DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDIDAS, CONFORME AL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 78/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 616 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168776. SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. ALCANCE DEL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR, CONFORME AL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Tesis de Jurisprudencia P./J. 84/2008, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XXVIII, septiembre de 2008, visible en la página 594 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 168885. JUSTICIA PARA MENORES. EL ARTÍCULO 1°. FRACCIÓN I, DE LA LEY RELATIVA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ NO TRANSGREDE LOS ARTÍCULOS 14, TERCER PÁRRAFO, Y 18, CUARTO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL (PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD DEL 5 DE SEPTIEMBRE DE 2006).

Tesis de Jurisprudencia ZZZ, de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ZZZ, ZZZ, visible en la página ZZZ del SJF y su Gaceta, con el número de registro ZZZ. Derivada de la Acción de Inconstitucionalidad 37/2006, bajo el rubro SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. EL TÉRMINO “ESPECIALIZADOS” UTILIZADO EN EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN SE REFIERE AL PERFIL DEL FUNCIONARIO Y A LA COMPETENCIA LEGAL EXPRESA DEL ÓRGANO PERTENECIENTE A ESE SISTEMA.

Tesis de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, XV, enero de 2002, visible en la página 1042 del SJF y su Gaceta, con el número de registro 187982. Derivada de la Controversia constitucional 29/2000, bajo el rubro FACULTADES CONCURRENTES EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO. SUS CARACTERÍSTICAS GENERALES.

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Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 163-168 segunda parte, visible en la página 12 del SJF, con el número de registro 234424, con el rubro ARMAS DE FUEGO, PORTACIÓN SIN LICENCIA DE, Y PORTACIÓN DE ARMAS PROHIBIDAS. COMPETENCIA. FUERO FEDERAL NO ATRAYENTE.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 56 segunda parte, visible en la página 57 del SJF, con el número de registro 236127, con el rubro PETRÓLEOS MEXICANOS, DAÑO EN PROPIEDAD DE BIENES DE, POR IMPRUDENCIA, DE LA QUE RESULTAN LESIONES Y DAÑO A BIENES DE PARTICULARES. COMPETENCIA.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 76 segunda parte, visible en la página 23 del SJF, con el número de registro 235548, con el rubro ARMAS PROHIBIDAS, PORTACIÓN DE, Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA. COMPETENCIA.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 217-228 segunda parte, visible en la página 31 del SJF, con el número de registro 233976, bajo el rubro, FUERO FEDERAL NO ATRAYENTE EN CASO DE. CONCURSO REAL

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 175-180 segunda parte, visible en la página 69 del SJF, con el número de registro 234302, bajo el rubro FUERO FEDERAL. SOLO ES ATRAYENTE TRATÁNDOSE DE CONCURSO IDEAL.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 163-168 segunda parte, visible en la página 12 del SJF, con el número de registro 234424, con el rubro ARMAS DE FUEGO, PORTACIÓN SIN LICENCIA DE, Y PORTACIÓN DE ARMAS PROHIBIDAS. COMPETENCIA. FUERO FEDERAL NO ATRAYENTE.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 56 segunda parte, visible en la página 57 del SJF, con el número de registro 236127, con el rubro PETRÓLEOS MEXICANOS, DAÑO EN PROPIEDAD DE BIENES DE, POR IMPRUDENCIA, DE LA QUE RESULTAN LESIONES Y DAÑO A BIENES DE PARTICULARES. COMPETENCIA.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 76 segunda parte, visible en la página 23 del SJF, con el número de registro 235548, con el rubro ARMAS PROHIBIDAS, PORTACIÓN DE, Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA. COMPETENCIA.

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 217-228 segunda parte, visible en la página 31 del SJF, con el número de registro 233976, bajo el rubro, FUERO FEDERAL NO ATRAYENTE EN CASO DE. CONCURSO REAL

Tesis de la Séptima Época, sostenida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 175-180 segunda parte, visible en la página 69 del SJF, con el número de registro 234302, bajo el rubro FUERO FEDERAL. SOLO ES ATRAYENTE TRATANDOSE DE CONCURSO IDEAL.

Tesis Jurisprudencial P./J. 74/99 de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 5, X, agosto de 1999, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 193435. CONTROL DIFUSO DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS GENERALES. NO LO AUTORIZA EL ARTÍCULO 133 DE LA CONSTITUCIÓN.

Tesis P. XLV/2008 de la Novena Época, sostenida por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 712, XXVII, junio de 2008, del SJF y su Gaceta, con el número de registro 169457, bajo el rubro MENORES DE DIECIOCHO AÑOS. EL ANÁLISIS DE

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UNA REGULACIÓN RESPECTO DE ELLOS DEBE HACERSE ATENDIENDO AL INTERÉS SUPERIOR Y A LA PRIORIDAD DE LA INFANCIA.

C. Comunicación Organizacional ADIZES, Ichak, Organizational change management [en línea], disponible en

«http://www.adizes.com/corporate_lifecycle.html», consultado en 2009-10-06. ADLER, Ronald B, Comunicación organizacional: principios y prácticas para negocios y profesiones, México, Mc

Graw-Hill, 2005. ANDRADE, Horacio, Comunicación organizacional interna: proceso, disciplina y técnica, México, Serie

Comunicación Empresarial, Nerbiblo, 2005. BARTOLI ANNIE, Comunicación y organización, La organización comunicante y la comunicación organizada,

Paidos, Barcelona, 1992. BRABANDÉRE, Luc de, La mitad Olvidada del cambio, México, Cecsa, 2006. CALONJE, Concha, El poder de la comunicación inteligente, Madrid, Prentice Hall, 2004. CORRAL CORRAL, Manuel de Jesús, Comunicación y vida, Taller de comunicación 1, México, 2001. ——, Comunicación y vida, Taller de comunicación 2, México, 2001. D’APRIX, Roger, La comunicación para el cambio. Como conectar el lugar de trabajo con las cambiantes demandas

del mercado, Barcelona, Granica, 1995. FERNÁNDEZ COLLADO, Carlos, La comunicación en las organizaciones, México, Trillas, 1991. GARCÍA FAJARDO, Josefina, De los sonidos a los sentidos. Introducción al lenguaje, México, Editorial Trillas,

1997. GARRIDO, Francisco, Comunicación estratégica, Barcelona, Gestión 2000, 2000. GOLDHABER, Gerald M, Comunicación organizacional, México, Diana, 1984. KARAM, Tanius, La Semiótica de Ch. S. Pierce en el Campo de la Comunicación Social, [en línea], disponible

en «http://revistacomunicologia.org/index.php?option=com_content&task=view&id=37&Itemid=90», consultado en 2009-10-02.

MCLUHAN, Marshall, La aldea global, España, Editorial Gedisa, 2001. ——, El medio es el mensaje; un inventario de efectos, Buenos Aires, Paidos, 1969. SAUSSURE, Ferdinand de, Curso de lingüística general, México, Distribuciones Fontamara, 2008. SFEZ, Lucien, La comunicación, Publicaciones Cruz, México. ——, Crítica de la Comunicación, Amorrortu editores, Buenos Aires, 1995. VAN RIEL, Cees, Comunicación Corporativa, Madrid, Prentice Hall, 1997.

Page 34: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 34 de 38

WEST, Richard y Turner, Lynn, Teoría de la comunicación: análisis y aplicación, España, McGraw-Hill,

Segunda edición, 2005.

D. Desarrollo Organizacional ÁLVAREZ BARBA, Antonio Cultura en las organizaciones, Vertiente Editorial, México, 1997. BLACK, Sam, ABC de las relaciones públicas, España, Gestión 2000, 2004. BUENO, Eduardo, Organización de empresas, Estructura, procesos y modelos, Madrid, Pirámide, segunda

edición 1997. CARTAGERENA, Alicia; Freijedo, Claudio, Administración y gestión de las organizaciones, México, Ediciones

Macchi, 1999. CHIAVENTO, Idalberto, Introducción a la teoría general de la administración, México, McGraw-Hill, 3°

edición, 2005. CHOO, Chun Wei, La organización inteligente. El empleo de la información para dar significado, crear conocimiento

y tomar decisiones, México, Oxford University Press, 1998. CLIFFORD, Geertz, La interpretación de las culturas, Estados Unidos, Nueva York, Libros Básicos, 1973. COSTA, Joan, Identidad Corporativa, México, Trillas, 2006, 5ta reimpresión. DÁVILA, Anabela; Martínez, Nora H., Cultura en organizaciones latinas: elementos, injerencia y evidencia en los

procesos organizacionales, Haroldo Vinagre Brasil, “Cambio organizacional en la flexibilidad cultural de Brasil”, México, Siglo XXI, 1999.

DÁVILA, Carlos, Teorías organizacionales y administración, Colombia, McGraw Hill, 2001. DUPUY, François, La alquimia del cambio, Oberon, Madrid, Grupo Anaya, 2003. ELLIOTT, David, La organización como sistema, en G. Salaman y K. Thompson, “control e ideología en

las organizaciones”, México, Fondo de Cultura Económica. FRANCO RESTREPO, Carlos Arturo, Iniciación a la prospectiva estratégica. Bogotá, Universidad Militar

Francisco José de Caldas, 2004. GONZÁLEZ, Martin; Olivares Socorro, Comportamiento organizacional, México, Continental, 1999. GUIDO, Stein, Dirigir en tiempos de incertidumbre, Barcelona, Gestión 2000. LA MARSH, Jeanne, Changing the way we change, EUA, Addison-Wesley, 1995. LUCAS MARÍN, Antonio; García Ruiz, Pablo, Sociología de las organizaciones, México, Mc Graw Hill,

2002.

Page 35: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 35 de 38

LUHMANN, Niklas, Sociedad y sistema: la ambición de la teoría, Barcelona, Paidos, 1990. ——, Introducción a la teoría de sistemas, México, Universidad Iberoamericana, 1995. MINTZBERG, Henry, La Estructuración De Las Organizaciones, Buenos Aires, Ariel, 1998. ——, Diseño Organizaciones Eficientes, Buenos Aires, El Ateneo, 2001. MORIN, Edgar, Introducción al pensamiento complejo, España, Editorial Gedisa, Octava reimpresión, 2005. PARIENTE, José Luis, Teoría de las organizaciones, un enfoque de metáforas, México, Porrúa, 2000, Segunda

edición. PFEFFER, J., Organizaciones y teoría de las organizaciones, Buenos Aires, El Ateneo, 1995. RAMOS NOVOA, Javier, El desafío del cambio. Cómo lograr mejores resultados en las organizaciones, México,

Manual Moderno, 2000. REYES PONCE, Agustín, Administración de empresas. Teoría y Práctica, México, Limusa, Noriega Editores,

1997. RIO, Michel, El principio de incertidumbre, España, Sevill, 1993. ROBBINS, Stephen P., Fundamentos de administración. Conceptos y aplicaciones, México, Prentice Hall

Hispanoamericano, 1996. RUSSELL, Bertrand, My mental development, The philosophy of Bertrand Russell, Inglaterra, P.A. Schilpp,

1944-1968. SEXTON, William, teorías de la organización, México, Trillas, 2002, 8va reimpresión. WATZLAWICK, P.; Weakland, J. y Fisch, R., Cambio: principios de la formación y resolución de problemas,

Barcelona, Herder. WEICK, Karl E, Sensemaking in Organizations, Estados Unidos California, Sage, Thousand Oaks, 1995.

E. Planeación Estratégica/Reingeniería de procesos ACLE TOMASINI, Alfredo, Planeación estratégica y control de calidad, México, Grijalbo, 1990. ARELLANO GAULT, David, Gestión estratégica para el sector público, Fondo de Cultura Económica,

México 2004. AUDIRAC CAMARENA, Carlos, ABC del desarrollo organizacional, Trillas, México 1996. BACA URBINA, Gabriel, Evaluación de Proyectos, McGraww Hill, 5ª ed. BECKHARD, Richard, Desarrollo organizacional: estrategias y modelos en serie, Fondo educativo

interamericano, México 1973.

Page 36: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 36 de 38

—— y HARRIS, R., Transiciones organizacionales Administración del cambio, SITESA, México 1991. COLERETTE, Pierre, La planificación del cambio. Estrategias de adaptación para las organizaciones, Trillas,

México 1988. DAFT, Richar. Teoría y diseño organizacional, Thomson, 2004. FARIA, Fernando de, Desarrollo organizacional. Enfoque integral, Limusa, México 1999. FERRER, Pérez, Guía práctica de desarrollo organizacional, Trillas, México 1993. GIDO y Clements, Administración exitosa de proyectos, International Thompson Editores, Soluciones

Empresariales, México 1999. GUIZAR MONTEFOR, Rafael, Desarrollo organizacional, conceptos y aplicaciones, McGrawHill, México 1996. HOMS QUIROGA, Ricardo, La comunicación en la empresa., Grupo Editorial Iberoamericana, México

1990. KAUFMAN, Rogers, Guía para la planeación de las organizaciones, Trillas, México 1987. SACASE, Matthías, Planeación Estratégica en empresas Públicas, Trillas, México 1990. STEINER, George A., Planeacion Estrategica, CECSA, México 1983.

F. Informática CHRISSIS, Mary Beth et al., CMMI: Guidelines for Process Integration and Product Improvement, 2nd edition,

Addison-Wesley Professional. Part of the SEI Series in Software Engineering series, 2006. GUBERN, Román, El eros electrónico, Taurus, México 2005. INSTITUTO DE GOBIERNO DE TI, Objetivos de Control de TI para Sarbanes-Oxley: El Rol de TI en el Diseño e

Implementación de Controles Internos sobre Informes Financieros, 2ª ed., Instituto de Gobierno de TI, Estados Unidos 2006.

IT GOVERNANCE INSTITUTE, COBIT 4.1, 2007, disponible en

«http://www.isaca.org/Content/NavigationMenu/Members_and_Leaders1/COBIT6/Obtain_COBIT/cobiT4.1spanish.pdf», revisado en 2010-04-09.

Official (ISC)2 Guide to the CISSP® CBK® ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE ESTÁNDARES, ISO/IEC 27000

«http://standards.iso.org/ittf/licence.html», revisado en 2010-04-09. Project Management Institute, PMBOK® Guide, 4a ed., 2008, «www.pmi.org», revisado en 2010-04-

09.

Page 37: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 37 de 38

SHERWOOD, Jhon et al., Enterprise Security Architecture (a bussines-driven aproach), MP Books. TIPTON, Harold F. y HENRY, Kevin, CISSP-ISSAP, ISSMP, , CISSP-ISSEP, CAP, SSCP, Auerbach,

2007. G. Arquitectura/Ingeniería

AGRAZ OROZCO, Ricardo, Dibujo y color, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad de Chile, 1995.

MAGMA ARQUITECTES, Obra de centro penitenciario de Lledoners, estudio Magma Arquitectes, SLP, 2008. CALZAVARA DI MATTEO, Pedro, capitulo Visualización del proyecto desde un posible análisis evolutivo de la arquitectura penitenciara, Nuevo Ser (Org.). Mundo Literario 2008, Buenos Aires, Nuevo Ser, 2008, v. 1. Coiba Panamá Islas, “De espacios carcelarios a espacios turísticos”, TOPOFILIA Revista de

Arquitectura, Urbanismo y Ciencias Sociales, Centro de Estudios de América del Norte, Hermosillo sonora, México 2007.

CURTIS, William, Teodoro González de León obras completas, México, Arquine + RM, c2004. D. RODRÍGUEZ, J. V. et al., “Nuevo paisaje arquitectura penitenciaria”, Revista de Doctrina y

Jurisprudencia, Universidad de Alicante, Madrid 2007. GOETSCHEL, Arquitectura penitenciaria europea y estadounidense, Carolina Silva Portero, 2005. MONTERO HERRANZ, Tomás, Justicia penal juvenil versus derechos penitenciario, Icasal, España1995. MUJERES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE VIZCAYAS, “Arquitectura inadecuada”, Dienso, n° 36,

2002. OYÖN BANALES, José, Luís, Colonias agrícolas penitenciarias, JLO Banales, España, 1985. PÉREZ- BUSTAMANTE, R. CIVITAS. La administración de justicia en la comunidad de Madrid., Dykinson,

Madrid, 2006. PONT, Maroo del, Derecho penitenciario, Cárdenas, México 1984. RAFFA, Cecilia, El modelo panóptico en la arquitectura penitenciaria en Argentina, Argos vol. 24, 2007. VARGAS DÍAZ, Isaura, “Nueva arquitectura judicial”, Revista judicial, Bogotá DC, Colombia

noviembre 2006. H. Economía/Econometría/Economía del Derecho ANGUIANO EQUIHUA, Roberto, Las finanzas del Sector Público en México, UNAM, México 1968.

Page 38: Diagnostico Del Proceso de Implementacion Del Nuevo Modelo de Enjuiciamiento Penal Para Adolescentes a Nivel Federal y Estatal

Página 38 de 38

ARRIAGA CONCHAS, Enrique, Finanzas Públicas de México, IPN, México 1996. ARYA, JAGDISH C. et al., Matemáticas aplicadas a la administración y a la economía, Víctor Hugo Ibarra

Mercado Tr. 4a. ed. Pearson, México 2002. AYALA ESPINO, José, Economía del Sector Público Mexicano, Facultad de Economía, UNAM, México

1999. BANGS Jr., David H., El plan de negocios. Guía completa para definir su producto, servicio, mercado

financiamiento, Dearborn Financial Publishing. Inc., México 1998. CHIANG ALPHA C., Métodos fundamentales de economía matemática, Mc. Graw Hill, México 1997. COOTER, Robert y ULEN, Thomas, Derecho y economía Fondo de Cultura Económica, México 2002. CUATRECASAS ARBÓS, Luís, Gestión económico-financiera de la empresa, Alfaomega –edicions UPC,

México 1999. DORNBUSH, Rudiger; FISHER, Stanley; STARTZ, Richard, Macroeconomía, Mc Graw Hill, España 2002. FREEMAN, Christoper, La teoría económica de la innovación industrial, Alianza, Madrid 1975 PINDICK, Robert, Econometría Modelos y Pronósticos, Mc Graw Hill México 2001 POSNER, Richard A., Análisis económico del derecho. Fondo de Cultura Económica; México 2000. ROEMER, Andrés, Economía del crimen, INACIPE/Noriega, México 2002. ROSADO BAEZ, Klaudia Verónica y RUIZ MANSSUR, Erika Cecilia, Relación entre el gasto en seguridad

pública, la policía y el crimen: el caso de la Ciudad de México, Tesis (Licenciado en Economía) Instituto Tecnológico Autónomo de México, México 2001.

RUS, Ginés de, Análisis coste-beneficio, Ariel Economía, Barcelona 2001. SOMERS, Harold M., Finanzas Públicas e Ingreso Nacional, FCE, México 1952. TERENCE C., Mills, The Econometric Modeling of Financial Time Series, University Of Cambridge,

Cambridge 1996. VARIAN, Hal R., Intermediate microeconomics: a modern approach, 6a ed. Norton, New York 2003.