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7/26/2019 Derechos y Deberes Del Trabajador y Del Empleador Irene
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Derechos y deberes del trabajador y del empleador
Los derechos y deberes de los trabajadores son los siguientes:
Derechos bsicos de los trabajadores: Dentro de este grupo podemos distinguir:
El derecho al trabajo y a la libre eleccinde profesin u
oficio.
El derecho a la libre sindicacin. Se refiere a la
posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliacin, y al
derecho de los propios sindicatos a fundar
confederaciones y organizaciones sindicales
internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se
trata de un derecho que puede ser limitado para ciertoscolectios !"uerpos e #nstitutos $ilitares%.
Derecho a la negociacin colectiva, para los
representantes de trabajadores y empresarios, y cuya
principal manifestacin es la conclusin de "onenios
colectios, normas de primera magnitud en la relacin
laboral.
& la adopcin de medidas de conflicto colectivo en
defensa de los intereses!colectios% de los trabajadores y
empresarios.
El derecho a la huelga de los trabajadoresen defensa de
sus intereses.
Derecho de reunin.
El derecho de informacin, consulta y participacinen laempresa.
Derechos y deberes derivados del Contrato de trabajo
a) Derechos
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Derecho a la ocupacin efectivaque impone la
correlatia obligacin al empresario de procurar la
ejecucin del trabajo en todo caso.
& lapromocin y formacin profesional en el trabajo,esto es, la facultad de acceder a un trabajo m's
cualificado, mejor remunerado, o de mejores e(pectatias
en funcin de la e(periencia y del m)rito profesional, y el
derecho a obtener permisos para asistir a cursos de
formacin y perfeccionamiento.
& no ser discriminados directa o indirectamente para el
empleo, o una ez empleados, por razones de se(o,
estado ciil, edad dentro de los l*mites marcados por esta
ley, origen racial o )tnico, condicin social, religin o
conicciones, ideas pol*ticas, orientacin se(ual,
afiliacin o no a un sindicato, as* como por razn de
lengua, dentro del Estado espa+ol. ampoco podr'n ser
discriminados por razn de discapacidad, siempre que se
hallasen en condiciones de aptitud para desempe+ar el
trabajo o empleo de que se trate.
& su integridad fsica y a una adecuada poltica de
seguridad e higiene. "on ello nos referimos a las
pol*ticas de preencin de riesgos laborales, es decir, al
conjunto de facultades o medidas adoptadas o preistas
en todas las fases de la actiidad de la empresa con el fin
de eitar o disminuir los riesgos deriados del trabajo.
&l respeto de su intimidady a la consideracin debida a
su dignidad, comprendida la proteccin frente al acosopor razn de origen racial o )tnico, religin o
conicciones, discapacidad, edad u orientacin se(ual, y
frente al acoso se(ual y al acoso por razn de se(o.
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& lapercepcin puntual de la remuneracin pactadao
legalmente establecida. Es el derecho al salario, que
deber' abonarse en la fecha y lugar conenidos.
Derecho del trabajador al ejercicio indiidual de lasacciones deriadas de su contrato de trabajo, esto es,
derecho a acudir a los tribunales en defensa de sus
derechos e intereses.
b) Deberes de los trabajadores: Los trabajadores tienen como deberes b'sicos:
Cumplir con las obligacionesconcretas de su puesto de
trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y
diligencia.
-bserar las medidas deseguridad e higieneque se
adopten, tema relacionado con la seguridad y salud en el
trabajo, y con las medidas de preencin de riesgos
laborales por lo que se refiere a las obligaciones de los
trabajadores.
& cumplir las rdenes e instrucciones del empresarioen
el ejercicio regular de sus funciones directias. Es el
deber de obediencia del trabajador que queda sometido al
poder disciplinario del empresario en el caso de
incumplimientos de aqu)l y siempre que las rdenes o
instrucciones no sean abusias o ileg*timas.
Contribuir a la mejora de la productividad. &l igual que
el anterior supone, en este caso, una concrecin del deber
general de realizar la prestacin laboral con la diligencia
debida.
Los derechos y deberes del empresario son:
Derechos del empresario
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El poder de direccin.Supone la facultad para dictar
rdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecucin del
trabajo, as* como sobre la cantidad y calidad del mismo.
El poder de variacin. Es la facultad que tiene elempresario para modalizar, ariar, transformar la
ejecucin del trabajo con el fin de adaptar la prestacin
laboral a los cambios en la cualificacin profesional del
trabajador debido a la moilidad ya sea funcional o
geogr'fica, o a la modificacin sustancial de las
condiciones de trabajo.
El poder disciplinario. "onsiste en la facultad de igilar
y controlar la ejecucin del trabajo y el cumplimiento por
el trabajador de sus obligaciones, as* como la facultad de
imponerle la oportuna sancin en caso de no cumplir sus
deberes.
Deberes del empresario
Deberes profesionales: igualdad de trato, promocin
profesional y respeto a la categor*a profesional del
trabajador. Deber de informar, en el plazo de dos meses acontar desde la fecha de comienzo de la relacin laboral,
por escrito al trabajador los datos suficientes acerca de
los elementos esenciales del contrato de trabajo y las
principales condiciones de ejecucin de la prestacin
laboral.
Deberes morales o ticos: respeto a la intimidad y a la
dignidad del trabajador.
Deberes fsicos: adecuada pol*tica de seguridad e higiene
en el trabajo.
Deberes econmicos: deber de pago del salario y de la
cuota del trabajador a la Seguridad Social.