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DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

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DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

Se entiende por derechos fundamentales a aquellos que son inherentes al ser humano , cualquiera que sea su raza ,condición ,sexo o religión.A los derechos fundamentales no los crea el poder político , ni la constitución ; estos se imponen al estado y la constitución los propugnaLos derechos fundamentales tienen como finalidad prioritaria garantizar la dignidad , la libertad ,la igualdad u otro cualquier aspecto fundamental que atente a la integridad de la persona.

CLASE DE DERECHOS FUNDAMENTALES

CIVILES POLÍTICOSECONÓMICOS Y SOCIALES

La persona se encuentra afectada

directamente

Son aquellos cuando el ciudadano

interviene en la vida publica

Hablan de cuestiones

tan básicas para la dignidad

humana

Derecho a la vida, integridad

física.

Derecho a la libertad de

expresión, al sufragio

Derecho al trabajo, a la

seguridad social

DERECHOS

CIVILES

Primera generació

n

Segunda generació

n

Tercera generación

Se dio en el siglo XVII. Surge con la declaración

de los derechos humanos ; son derecho a la vida, soberanía, igualdad,

libertad

Surge a partir de la segunda revolución

industrial.Derechos

economicos,sociales y culturales tienen como objetivo garantizar el bienestar económico

Surge en el siglo xx después de la segunda guerra mundial, con la

declaración universal de los derechos humanos.

Son : derecho a la paz, a la libre determinación

de los pueblos, etc.

CARTA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS

·Proclamada por la asamblea general de las naciones unidas en parís el 10 de diciembre 1948

·En sus 30articulos se detallan los derechos fundamentales civiles culturales económicas políticos y sociales que deben disfrutar todas las personas de todos los países

·Perú aprobó la declaración de derechos humanos:

El 9 de diciembre de 1959, por la resolución legislativa 13282. La que concede a la declaración, para nuestro país el carácter de texto legal

Derecho a la vida y a la integridad física

‘’ toda persona tiene derecho: A la vida, a un nombre propio, a la integridad física y al libre desenvolvimiento de su personalidad. Al que está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece’’.

El derecho a la vida es un derecho civil y de primera generación, es el derecho principal y la razón de ser de los demás, ya que no tendría sentido garantizar otros derechos como de libre expresión, intimidad, etc. Si el sujeto a quien se le concede estos derechos nace muerto.

Derechos fundamentales del ser

en el momento de la concepción

•Derecho a la vida•Derecho al reconocimiento judicial del embarazo•Derechos a los alimentos•Derecho a la identidad•Derecho a vivir en un ambiente sano.

DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL CONCEBIDO

Principio 1.- Todo Concebido, varón o mujer, discapacitado o no, disfrutará de los derechos enunciados en esta Declaración.

Principio 2.- Todo concebido tiene derecho a que se le reconozca como individuo de la especie humana y, por lo

mismo cuenta con todo los derechos humanos reconocidos por la ONU, por los organismos internacionales y las

constituciones de los Estados Unidos

Principio 3.- Todo concebido tiene derecho a que se le reconozca su individualidad, en tanto que su código genético es único e irrepetible

y , por lo mismo. Diferente al de sus progenitores.

Principio 4.- Todo Concebido tiene derecho a que se reconozca y respete en él, el valor supremo de la vida, desde el momento de la concepción hasta su muerte natural y, por lo mismo . Deberá ser

respetado y cuidado este derecho a lo largo de todo su proceso de vida en el seno materno y , una vez nacido, fuera de el .

Principio 5.- El valor supremo de la vida del Concebido debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de velar por su

desarrollo integral. Dicha responsabilidad recae, en primer término en sus padres, y de manera subsidiaria en sus demás familiares, en la

sociedad y en el estado.

Principio 6.- Todo Concebido deberá ser protegido de cualquier tipo de discriminación por motivo de raza, etnia,

condición genética, sexo, origen social, situación económica, de él o de sus progenitores.

Principio 7.- El Concebido es un individuo en desarrollo, con sus derechos específicos, que no puede reclamarlos ni exigirlos

por razones propias de esta etapa de su vida, por lo que se impone a sus padres, a la sociedad y al Estado la obligación

irrenunciable de velar por su respeto

Principio 8.- Todo Concebido, para el pleno y armonioso desarrollo de su individualidad, deberá hacerlo bajo el amparo

y responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad. La mujer embarazada

deberá contar con los cuidados propios y atenciones especiales de este periodo.

Principio 9.- Todo Concebido dispondrá de las oportunidades y servicios dispensados por la ley y por otros medios, en condiciones de

libertad y dignidad, para que pueda desarrollarse física, mental, espiritual y socialmente, en forma integral; con este fin deberán

proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales.

Principio 10.- Todo concebido tiene derecho a una nacionalidad, y el Estado deberá reconocer y proteger todos sus derechos.

ABORTO

Se entiende por delito de aborto , aquel cometido de manera intencional, y que provoca la interrupción del embarazo.

Aborto terapéutico

Art. 119 . “No es punible el aborto practicado por un medico con el consentimiento de una mujer embarazada o de su representante legal , si lo tuviera , cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.”

El aborto terapéutico exige dos requisitos :

1. El aborto debe ser practicado por un medico 2. Consentimiento de la mujer embarazada o de su

representante legal si lo tuviera

No se sanciona ni a la gestante ni al medico que practica el aborto definido en este precepto.

ABORTO SENTIMENTAL Y EUGENÉSICO

Art. 120. “El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres meses “

1. Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera del matrimonio o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera del matrimonio , siempre que los hechos hubieran sido denunciados o investigados

2. Cuando es probable que el ser en formación conlleve aquel nacimiento , graves tareas físicas o psíquicas, siempre que exista diagnostico medico.

EUTANASIAETIMOLOGIA: eu = bueno y thanatos = muerte ; es decir

“muerte buena”.a) Eutanasia pasiva: cuando se deja que el enfermo muera.b) Eutanasia activa:Cuando se mata la paciente.

En nuestro código penal se regula “ el homicidio piadoso” y lo tipifica en su articulo 112 del modo siguiente :“ el que por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años”

EL SUICIDIOEl que instiga a otro al suicidio o lo ayuda a cometerlo, será reprimido, si el suicidio se a consumado.a) Suicidio indirecto: consiste en no

querer y procurar la muerte propia, sino en permitirla siendo denominada “ sacrificio de la vida”

b) Suicidio directo: Es realizado por el propio individuo.

En nuestra CARTA MAGNA la pena de muerte , tal como lo prescribe el articulo 140 “ solo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra y del terrorismo, conforme a la ley y a los tratados de los que el Perú es parte obligada”

PENA DE MUERTE

Ejemplos:Aborto

Legalmente el aborto esta penalizado al que lo hace y comete, pero ningún derecho es absoluto. Ejemplo: Cuando se pone en peligro la vida de la

madre Cuando el organismo no esta preparado

(es aborto natural) Cuando el feto no esta bien formado.Nota: después del parto si muere el niño se

considera homicidio.

Capacidad de GoceArt. 3 – Capacidad de Goce“toda persona tiene el derecho al goce de los derechos civiles salvo las excepciones expresamente establecidas por ley “

La capacidad jurídica es, la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones ; de reclamar los primeros y contraer los segundos en forma personal y comparecer a juicio por propio derecho Se pueden clasificar en :•Capacidad de goce.•Capacidad de ejercicio.

Todas las personas naturales tienen capacidad de goce en el derecho peruano , pero solo algunas tienen la capacidad de ejercicios.

Capacidad de goce

Es la capacidad para ser titular de derechos y deberes que favorecen a la persona aun cuando no los conozca ni este en condiciones de conocerlas.

Capacidad de ejercicio

La capacidad de ejercicio presupone necesariamente la capacidad de goce ; no se puede ejercer un derecho que no tiene. La capacidad de ejercicio puede sufrir limitaciones o restricciones impuestas por ley.

Art. 43- Incapacidad absoluta

SON ABSOLUTAMENTES INCAPACES;

•Los menores de dieciséis años, salvo para aquellos actos determinados por la ley.•Los que por cualquier causa se encuentran privados de discernimiento•Los sordomudos, los ciegos sordos y los ciegos mudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable.

Art. 44 -Incapacidad relativa

• Son relativamente incapaces:

•Mayores de dieciséis y menores de dieciocho años de edad •Los retardados mentales •Los que adolecen deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad.•Los que incurren en mala gestión.•Los ebrios habituales.•Los toxicómanos.•Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil.

Ejemplos:La privación de la libertad

Por haber cometido algún delito:Ejemplo.Loe reos al ser sentenciados a prisión pierden muchos derechos como:La libertadEl trabajo; la persona pierde el derecho de su trabajo que tenia antes de ser encarcelado , pero tiene obligación del trabajo dentro de la prisión.Al voto; no pueden votar ni ser elegidos .No a la recreación

Pero todavía mantienen los siguientes derechos:La vidaLa integridad físicaTrato humano AlimentaciónDescanso identidad

DERECHO A LA IGUALDAD

Art.4- igualdad entre varón y mujer en el goce y ejercicio de sus derechos

“el varón y la mujer tienen igual capacidad de goce y de ejercicio de sus derechos civiles!

La formulación igualatoria que se muestra en este

articulo que tanto varón como mujer

están en capacidad de poseer sus derechos, por ser inherentes a

ellos, y por ende hacerlos valer ante la

sociedad.

En la constitución:

“ El varón y la mujer tienen iguales derechos, oportunidades y responsabilidades . La ley no reconoce a la mujer menores derechos que al varón”

El establecimiento de este derecho a sido una lucha constante en nuestro Perú y porque no decirlo en el mundo. En tiempos remotos a la mujer se le prohibía el goce de algunos derechos que en contraste el varón si poseía.

Presencia del articulo 4 en otros artículos

Art.290.- “igualdad en el gobierno del hogar”“Ambos cónyuges tienen el deber y el derecho de participar en el gobierno del hogar y de cooperar al mejor desenvolvimiento del mismo.A ambos compete, igualmente fijar y mudar el domicilio conyugal y decidir las cuestiones referentes a la economía del hogar”

Por ello cabe mencionar que el que el artículo 4 tiene vasta aplicación en la disciplina del derecho a la familia; ya que ambos se dican a velar por el bienestar y la integridad de esta.Atrás quedaron los arcaicos conceptos que ubica a la mujer como la evocada al cuidado de los hijos y subyugada al esposo, y al varón solo como el encargado de los ingresos económicos.

En el ámbito histórico

La mujer y el derecho al voto

La mujer empezó a votar en 1956.Mediante la ley N 12391 promulgado el 7 de septiembre de 1955“ toda mujer alfabeto mayores de edad o mayores de 18 años casada puede elegir o ser elegida”

Derechos fundamentales de la mujer

Es uno de los primeros documentos históricos que propone la emancipación femenina en el sentido de la igualdad de derechos o la equiparación jurídica y legal de las mujeres en relación a los varones.

• Decidir en pareja el número de hijos.•Compartir conjuntamente con la pareja las responsabilidades familiares incluidas la crianza y educación de los hijos.•Denunciar todos los ilícitos cometidos en su perjuicio o en el de sus hijos.

•Solicitar el divorcio necesario cuando existan las causales de ley.

EJEMPLOS:Vaso de leche

Se le debe dar leche a los niños , jóvenes y ancianos, pero no hay mucha leche entonces por fuerzas mayores se le a niños y ancianos ; dándose así una discriminación a los jóvenes ya que ellos tienen mas posibilidades para sobrevivir.

MatrimonioMuchos caen el contradicción que cuando una mujer se casa, pero eso es falso ni el ni la mujer pierden algún derecho.ahi se entra al punto de igualdad ya que se dice que un mujer soltera puede establecer varias relaciones amorosas pero no tiene ningún compromiso , a comparación de la mujer casada que si lo tiene . Básicamente eso vendría a ser una diferenciación entre libertad y libertinaje.

Patria potestadSegún la ley el niño debe estar con su madre , ya que la ley no debe apartarse de lo natural.Excepción: cuando se atenta con la formación material y moral del niño ahí la madre o el padre pierde la patria potestad.

Derecho al honor, la buena reputación,

A la intimidad e imagenLa persona tiene derecho “al honor a la buena reputación , a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas agraviadas en su honor por publicaciones de cualquier medio de comunicación social tiene derecho a la rectificación en forma gratuita sin perjuicio de la responsabilidad de la ley.

AL HONOR

El honor es un bien inmaterial, que se asocia al concepto de dignidad humana, que consiste en el buen nombre que tiene una persona por su comportamiento individual y social. Hay un honor interno o subjetivo que es el valor

asignado a su personalidad, en sus distintos aspectos: moral, profesional, social, etcétera, por el propio sujeto; y un honor objetivo o externo que es el que le atribuyen los demás

para valorarlo. Ambos aspectos son objeto de protección legal tanto en el ámbito del Derecho Civil como del Derecho

Penal.

LA BUENA REPUTACION

La buena reputación no solo forma parte de la personalidad de quienes lo han alcanzado o conquistado , sino también puede representar el marco del próximo éxito profesional intelectual, artístico, político o científico .Cuando esa reputación es atacada injusta o infundadamente su poseedor sufre un agravio no solo moral sino hasta economico.este derecho consiste en mantener la aureola del éxito ,sin que sea tocado indebidamente ni agraviado en forma malintencionada.

La intimidad personal y familiar

La intimidad es el derecho a la tranquilidad y a la libertad que tiene toda persona o familia, de desenvolver su vida como mejor le parezca y dentro del marco de sus posibilidades materiales . En tanto la persona no transgreda la ley y no perturbe la moral del grupo social, las demás personas. El poder publico debe detenerse ante este fuero privado de la intimidad.

Ejemplo:

Derecho a la intimidad

•En el caso de la bailarina dorita ,cuando se dio el caso que se estuvo bañando y le filmaron desnuda; en este caso Dorita puede denunciar porque violaron su intimidad en este caso si puede denunciar.

•En el caso Lurdes Flores se dio el chuponeo de una conversación con su asesor y ella dijo “ que la municipalidad no le importaba que se lo metan al poto “ en esta situación este informe era de interés publico ya que se le veía que de manera fingida mostraba interés por la municipalidad y este caso no se podía denunciar ya que era de interés publico

Buena reputación :La manera como los demás te valoran Si uno viola este derecho se puede pedir la:•Querella: con esto se busca una sanción penal o civilEjemploQuerella de difamación: se puede pedir indemnización excepto cuando la persona a sido sentenciada de manera judicial no se puede pedir querella.Excepto En el caso de haber sacado los videos de montesinos no se podía denunciar ya que era de carácter publico

Honor y Buena Reputación

EJEMPLO

Libertad

Este derecho se pierde cuando la persona afronta un proceso judicial o es sentenciada. Esto significa que la persona no puede movilizarse por donde quiera y a la hora que quiera.

La libertad implica hacer lo que uno quiera dentro del marco de la ley. Es uno de los Derechos Civiles más importantes, pues sin su reconocimiento muchos de los demás no podrían ejercerse. por ejemplo los derechos de estudiar, de enseñar, de transitar, de tener una religión etcétera, serían ilusorios si la persona no pudiera ejercerlos sin presión o coacción externa. Es un concepto estrechamente unido al de democracia

De acuerdo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (adaptada y proclamada el 10 de diciembre de 1948 en PARÍS)

Artículo 1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse

fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.-Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color,

sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra

condición.

Artículo 291. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que

sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.2. . En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades,

toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el

reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden

público y del bienestar general en una sociedad democrática.

Artículo 23.-Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de

trabajo y a la protección contra el desempleo.

Artículo 2 , Inciso 24: A la libertad y a la seguridad personal.

En consecuencia:a. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo

que ella no prohíbe.

b. No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas.

c. No hay prisión por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios.

d. Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley.

e. Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad.

Según la Constitución Política del Perú

f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito.

El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de la distancia.Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho término.

g. Nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, y en la forma y por el tiempo previstos por la ley. La autoridad está obligada bajo responsabilidad a señalar, sin dilación y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida.

Inciso 3: A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión.  El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la  moral ni altere el orden público.

Inciso 4: A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa

autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley

Inciso 15: A trabajar libremente, con sujeción a ley.

El articulo 2 inciso 24 dice: “se da la detención siempre y cuando se

encuentra a la persona infraganti “ Es decir una persona es detenida en el momento

que esta infraganti , pero con la nueva declaración se puede detener hasta las 24 horas.

EJEMPLO

Uno puede perder el derecho de la libertad de 2 maneras•Por limitación •Por privación :esto se puede decir que la persona pueden ser privados de manera procesa y sentenciadaEl derecho a la libertad al ser privada significaría que impide a una persona movilizarse por donde quiera y a la hora que quieraOjo:•habeas corpus Se da siempre y cuándo es ilegal

“Mientras haya hombres de primera y segunda categoría, yo seguiré gritando guerra.”

GRACIAS IGUALDAD PARA TODOS !!!