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DERECHO GENERAL Profesor: Marcos Alejandro Arrieta Segura

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DERECHO GENERAL. Profesor: Marcos Alejandro Arrieta Segura. 1) El Derecho: Etimología .-. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: DERECHO GENERAL

DERECHO GENERAL

Profesor:

Marcos Alejandro Arrieta Segura

Page 2: DERECHO GENERAL

1) 1) El Derecho: EtimologíaEl Derecho: Etimología.-.-

La palabra Derecho proviene de la voz latina La palabra Derecho proviene de la voz latina

“Directum”, que es el participio pasivo del verbo “Directum”, que es el participio pasivo del verbo

Dirigere, que significa dirigir. La palabra Derecho Dirigere, que significa dirigir. La palabra Derecho

significa, etimológicamente, la manera o la significa, etimológicamente, la manera o la

forma habitual de guiar, conducir o gobernar. forma habitual de guiar, conducir o gobernar.

Significa también, ordenamiento firme, estable, Significa también, ordenamiento firme, estable,

permanente.permanente.

Page 3: DERECHO GENERAL

Los romanos emplearon el término latino Jus. Los Los romanos emplearon el término latino Jus. Los gramáticos consideran el término Jus como fuente de gramáticos consideran el término Jus como fuente de justicia. Muchos historiadores tuvieron el mismo criterio, justicia. Muchos historiadores tuvieron el mismo criterio, ya que, la vinculación ideológica entre Derecho y ya que, la vinculación ideológica entre Derecho y Justicia tuvo lugar en Roma.Justicia tuvo lugar en Roma.

San Isidro sostiene que el Derecho se llama así (Jus) San Isidro sostiene que el Derecho se llama así (Jus) porque es justo y él mismo enseña que el objeto de la porque es justo y él mismo enseña que el objeto de la justicia queda determinado por lo que en sí es justo, o justicia queda determinado por lo que en sí es justo, o sea por el Derecho.sea por el Derecho.

La palabra latina Jus deriva de Jove o Jovis (Dios Júpiter La palabra latina Jus deriva de Jove o Jovis (Dios Júpiter Gobernador y Ordenador del Universo).Gobernador y Ordenador del Universo).

Page 4: DERECHO GENERAL

Para otros proviene de Jubeo, significa Para otros proviene de Jubeo, significa mandar o de Juvo, que significa ayudar o mandar o de Juvo, que significa ayudar o proteger o de Jungo, que significa juntar, proteger o de Jungo, que significa juntar, unir o uncir (atar).unir o uncir (atar).

Pero el concepto común de todas estas Pero el concepto común de todas estas fuentes es: Gobernar, ordenar, mandar, fuentes es: Gobernar, ordenar, mandar, dirigir que también es ayudar o proteger dirigir que también es ayudar o proteger porque ese es el fin del gobierno o del porque ese es el fin del gobierno o del mandato.mandato.

Page 5: DERECHO GENERAL

Como conclusión, decimos que el Como conclusión, decimos que el significado de la palabra “Derecho” es la significado de la palabra “Derecho” es la idea de rectitud en la conducta social idea de rectitud en la conducta social humana por su sometimiento a normas o humana por su sometimiento a normas o a leyes.a leyes.

Page 6: DERECHO GENERAL

1.1) 1.1) Acepciones de la Palabra DerechoAcepciones de la Palabra Derecho.-.-

En su acepción usual o corriente, Derecho significa En su acepción usual o corriente, Derecho significa aquello que es recto, directo, contrario a lo que es aquello que es recto, directo, contrario a lo que es torcido. torcido. Por EjemploPor Ejemplo: Este camino es derecho y aquel : Este camino es derecho y aquel árbol crece derecho.árbol crece derecho.

En el orden jurídico, la voz Derecho sirve para designar En el orden jurídico, la voz Derecho sirve para designar lo que legítimamente le pertenece o le corresponde a lo que legítimamente le pertenece o le corresponde a una persona, es decir, lo que es suyo. Como por una persona, es decir, lo que es suyo. Como por ejemplo, yo reclamo mi derecho cuando se proclama “a ejemplo, yo reclamo mi derecho cuando se proclama “a cada cual su derecho”. Este significado trasladado a la cada cual su derecho”. Este significado trasladado a la ley sería la regla que señala lo que a cada cual le ley sería la regla que señala lo que a cada cual le corresponde. El derecho es la facultad o poder de corresponde. El derecho es la facultad o poder de conservar, disponer y utilizar lo suyo con exclusión de conservar, disponer y utilizar lo suyo con exclusión de los otros dentro de los límites que fija la ley. los otros dentro de los límites que fija la ley.

Page 7: DERECHO GENERAL

También se llama Derecho al conjunto de disciplinas También se llama Derecho al conjunto de disciplinas jurídicas o ciencias del derecho o a cada una de ellas en jurídicas o ciencias del derecho o a cada una de ellas en particular.particular.

Para Fernández Galiano, la voz Derecho se utiliza como:Para Fernández Galiano, la voz Derecho se utiliza como: Norma o conjunto de normas vigentes (sentido objetivo).Norma o conjunto de normas vigentes (sentido objetivo). Facultad para hacer, no hacer o exigir algo (derecho subjetivo).Facultad para hacer, no hacer o exigir algo (derecho subjetivo). Ideal de Justicia o su negación (lo justo).Ideal de Justicia o su negación (lo justo). Saber humano aplicado a la realidad (derecho como ciencia).Saber humano aplicado a la realidad (derecho como ciencia).

Page 8: DERECHO GENERAL

Se emplea el vocablo Derecho como sinónimo Se emplea el vocablo Derecho como sinónimo de:de: Texto legal (Derecho de las Partidas)Texto legal (Derecho de las Partidas) Institución jurídica (Derecho de Usufructo)Institución jurídica (Derecho de Usufructo) Parte de alguna ley (Derecho de Familia)Parte de alguna ley (Derecho de Familia) Rama de la Legislación (Derecho Civil)Rama de la Legislación (Derecho Civil) Legislación de un pueblo (Derecho Francés)Legislación de un pueblo (Derecho Francés) Reglas jurídicas establecidas por la costumbre Reglas jurídicas establecidas por la costumbre

(Derecho Consuetudinario)(Derecho Consuetudinario)

Page 9: DERECHO GENERAL

2) 2) El Hombre y el DerechoEl Hombre y el Derecho.-.-

El Derecho como la Moral, la ciencia, el arte, la técnica y El Derecho como la Moral, la ciencia, el arte, la técnica y la religiosidad, pertenece al mundo del hombre.la religiosidad, pertenece al mundo del hombre.

La explicación del derecho y la de todas nuestras obras La explicación del derecho y la de todas nuestras obras específicas, como por ejemplo, el lenguaje, la conciencia específicas, como por ejemplo, el lenguaje, la conciencia moral, las herramientas, las armas, las ideas de justicia moral, las herramientas, las armas, las ideas de justicia e injusticia, el Estado, la administración, las funciones e injusticia, el Estado, la administración, las funciones representativas de las artes, el mito, la religión y la representativas de las artes, el mito, la religión y la ciencia, la historicidad y la sociabilidad se encuentran ciencia, la historicidad y la sociabilidad se encuentran ubicadas en la estructura humana. Esa estructura ubicadas en la estructura humana. Esa estructura humana es la persona. El Derecho corresponde al humana es la persona. El Derecho corresponde al hombre, ya que deriva de su propia esencia y le señala hombre, ya que deriva de su propia esencia y le señala los medios para que se realice como tal y alcance sus los medios para que se realice como tal y alcance sus fines propios en la Sociedad.fines propios en la Sociedad.

Page 10: DERECHO GENERAL

La norma señala lo que es inherente a cada La norma señala lo que es inherente a cada

persona y lo que le pertenece a cada uno.persona y lo que le pertenece a cada uno.

Según Boecio, la persona es “rationatis naturae Según Boecio, la persona es “rationatis naturae

individua substantia”, es decir, una sustancia o individua substantia”, es decir, una sustancia o

un ser individual de naturaleza racional.un ser individual de naturaleza racional.

Page 11: DERECHO GENERAL

3) 3) Las Relaciones SocialesLas Relaciones Sociales.- .- Importancia Importancia del Derecho en la Vida Socialdel Derecho en la Vida Social.-.-

En otras palabras, se refiere a la Sociedad En otras palabras, se refiere a la Sociedad

y el Derecho. La sociabilidad no es un y el Derecho. La sociabilidad no es un

hábito creado por la vida en el hombre, hábito creado por la vida en el hombre,

sino un ingrediente de su esencia. Así lo sino un ingrediente de su esencia. Así lo

reconoció Aristóteles en el Libro I de su reconoció Aristóteles en el Libro I de su

obra “Politíca”, cuando afirmaba que el ser obra “Politíca”, cuando afirmaba que el ser

humano es por naturaleza sociable.humano es por naturaleza sociable.

Page 12: DERECHO GENERAL

La existencia humana se proyecta hacia las otras La existencia humana se proyecta hacia las otras personas, y la sociedad, que se constituye con ellas, es personas, y la sociedad, que se constituye con ellas, es el medio necesario para su realización, porque la hace el medio necesario para su realización, porque la hace posible como ayuda, como protección, como posible como ayuda, como protección, como colaboración y la facilita gracias a ese conjunto de colaboración y la facilita gracias a ese conjunto de creencias, de usos, de costumbres, etc. formado en el creencias, de usos, de costumbres, etc. formado en el transcurso del tiempo.transcurso del tiempo.

La sociedad asume dos formas: la comunidad y la La sociedad asume dos formas: la comunidad y la sociedad propiamente dicha. sociedad propiamente dicha.

En la comunidad, el objeto es impuesto por una situación En la comunidad, el objeto es impuesto por una situación preexistente; en cambio, en la sociedad propiamente dicha, es preexistente; en cambio, en la sociedad propiamente dicha, es puesto por el hombre.puesto por el hombre.

Page 13: DERECHO GENERAL

En la comunidad, la coerción surge de un modo determinado En la comunidad, la coerción surge de un modo determinado por presión del objeto; en cambio, en la sociedad propiamente por presión del objeto; en cambio, en la sociedad propiamente dicha, se funda en un fin racional, en un fin moral y se traduce dicha, se funda en un fin racional, en un fin moral y se traduce en normas.en normas.

La comunidad es acéfala, es decir, sin autoridad. En cambio, la La comunidad es acéfala, es decir, sin autoridad. En cambio, la sociedad exige una autoridad, una organización, puesto que en sociedad exige una autoridad, una organización, puesto que en ella no basta la atracción que ejerce el fin por sí mismo.ella no basta la atracción que ejerce el fin por sí mismo.

Mientras la comunidad es unión pese a todos sus separaciones, Mientras la comunidad es unión pese a todos sus separaciones, la sociedad es separación pese a todas sus uniones.la sociedad es separación pese a todas sus uniones.

En el orden jurídico, su diferencia tiene proyección especial: el En el orden jurídico, su diferencia tiene proyección especial: el Derecho Comunitario se origina en el pacto. En cambio, el Derecho Comunitario se origina en el pacto. En cambio, el Derecho Societario nace del contrato, como promesa recíproca Derecho Societario nace del contrato, como promesa recíproca de prestación de servicios.de prestación de servicios.

Page 14: DERECHO GENERAL

La Sociedad asume dos funciones:La Sociedad asume dos funciones:

ComunidadComunidad Sociedad propiamente dichaSociedad propiamente dicha- El objeto es impuesto- El objeto es impuesto - Es puesto por el hombre- Es puesto por el hombre

- Se origina a:- Se origina a: * Hecho Natural* Hecho Natural * El Medio* El Medio * Estado General* Estado General

- Nace de una idea representación- Nace de una idea representación

- La coerción surge por presión del objeto- La coerción surge por presión del objeto - La coerción da sustento a un fin: - La coerción da sustento a un fin: racional y moral (se traduce en racional y moral (se traduce en normas)normas)

- Es acéfala- Es acéfala - Exige una autoridad y organización- Exige una autoridad y organización

- Son características:- Son características: * Vida Familiar* Vida Familiar * Vida de su aldea (costumbres)* Vida de su aldea (costumbres) * Vida Urbana* Vida Urbana

- Son características- Son características * Ciudad* Ciudad * Nación* Nación * Estado Cosmopolita* Estado Cosmopolita

Page 15: DERECHO GENERAL

ComunidadComunidad Sociedad propiamente dichaSociedad propiamente dicha- Le corresponden:- Le corresponden:

* Agricultura* Agricultura

* Economía Doméstica* Economía Doméstica

* Arte* Arte

- Le corresponden:- Le corresponden:

* Comercio* Comercio

* Industria* Industria

* Ciencia* Ciencia

- Orden Jurídico: Derecho Comunitario- Orden Jurídico: Derecho Comunitario - Orden Jurídico: Derecho Societario - Orden Jurídico: Derecho Societario

(nace del contrato)(nace del contrato)

-La presión social deriva de una coacción -La presión social deriva de una coacción que impone tipos de comportamiento.que impone tipos de comportamiento.

- La presión social deriva de la ley o - La presión social deriva de la ley o regulaciones racionales o idea del bien regulaciones racionales o idea del bien común.común.

- La Comunidad es unión pese a todas - La Comunidad es unión pese a todas las separaciones.las separaciones.

- La Sociedad es separación pese a - La Sociedad es separación pese a todas sus uniones.todas sus uniones.

Page 16: DERECHO GENERAL

El Derecho no se agota en la vida social de la El Derecho no se agota en la vida social de la

persona humana, que es el ámbito en el cual se persona humana, que es el ámbito en el cual se

realiza; sino que, además, está conformado por realiza; sino que, además, está conformado por

otros elementos:otros elementos: Lo normativo, como modo de regulación de la Lo normativo, como modo de regulación de la

conducta.conducta.

La aspiración, orientada hacia los valores de justicia.La aspiración, orientada hacia los valores de justicia.

Page 17: DERECHO GENERAL

4) 4) DerechoDerecho.-.-

Expresa rectitud, el proceder honrado, el anhelo de Expresa rectitud, el proceder honrado, el anhelo de justicia y la regulación equitativa en las relaciones justicia y la regulación equitativa en las relaciones humanas. El Derecho es el conjunto de principios, humanas. El Derecho es el conjunto de principios, preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil y a cuya observancia humanas en toda sociedad civil y a cuya observancia pueden ser compelidos los individuos por la fuerza. El pueden ser compelidos los individuos por la fuerza. El Derecho vigente, en su totalidad, se refiere a las Derecho vigente, en su totalidad, se refiere a las personas, a las cosas o a las acciones. El Derecho es personas, a las cosas o a las acciones. El Derecho es concebido como norma, como atribución, como ciencia y concebido como norma, como atribución, como ciencia y como arte.como arte.

El concepto de rectitud, significa también, seguir la El concepto de rectitud, significa también, seguir la misma dirección y adecuarse a una regla o a una norma.misma dirección y adecuarse a una regla o a una norma.

Page 18: DERECHO GENERAL

5) 5) Normatividad de la ConductaNormatividad de la Conducta.- .- La NormaLa Norma.- .- Concepto.-Concepto.-

a)a) Concepto.- La actividad del hombre se orienta hacia si Concepto.- La actividad del hombre se orienta hacia si mismo y hacia el mundo exterior. El obrar del hombre mismo y hacia el mundo exterior. El obrar del hombre está orientado hacia su perfeccionamiento siguiendo el está orientado hacia su perfeccionamiento siguiendo el camino señalado por las normas.camino señalado por las normas.Las normas o reglas de conducta son aquellas que Las normas o reglas de conducta son aquellas que dependen de la actitud que adopta el hombre frente a dependen de la actitud que adopta el hombre frente a los valores en las diversas épocas de su historia. los valores en las diversas épocas de su historia. Las normas buscan valores y nos indican diversos Las normas buscan valores y nos indican diversos caminos a elegir para la conducta humana y la dejan en caminos a elegir para la conducta humana y la dejan en libertad para seguirlos o no. libertad para seguirlos o no.

Page 19: DERECHO GENERAL

Esa conducta:Esa conducta: Se orienta hacia fines.Se orienta hacia fines. Persigue la realización de algo.Persigue la realización de algo. Se expresa por normasSe expresa por normas

Page 20: DERECHO GENERAL

6) 6) Elementos de la NormaElementos de la Norma.- .-

La Norma tiene tres elementos y son los siguientes:La Norma tiene tres elementos y son los siguientes: El sujeto a quien se dirige.El sujeto a quien se dirige. Algo que se le imputa a ese sujeto.Algo que se le imputa a ese sujeto. La función imputativa, que es el debe ser.La función imputativa, que es el debe ser.

Como por ejemplo, el hombre debe ser veraz o el que Como por ejemplo, el hombre debe ser veraz o el que promete algo debe entregar lo prometido o el amigo promete algo debe entregar lo prometido o el amigo debe respetar al amigo.debe respetar al amigo.

La norma expresa que algo debe ser porque ha sido La norma expresa que algo debe ser porque ha sido reconocido como valioso, de allí surge el concepto de reconocido como valioso, de allí surge el concepto de bueno o malo con respecto a cierta clase de objeto (de bueno o malo con respecto a cierta clase de objeto (de acuerdo a sus cualidades).acuerdo a sus cualidades).

Page 21: DERECHO GENERAL

7) 7) Clasificación de las NormasClasificación de las Normas.-.-

La división de las normas se establece a través La división de las normas se establece a través

de la conducta del hombre mediante sus formas, de la conducta del hombre mediante sus formas,

que son las siguientes:que son las siguientes: Conducta Religiosa.Conducta Religiosa.

Conducta Moral.Conducta Moral.

Conducta Jurídica.Conducta Jurídica.

Conducta Social.Conducta Social.

Page 22: DERECHO GENERAL

Existen 4 clases de normas:Existen 4 clases de normas: Las Normas Religiosas, son aquellas que prescriben o Las Normas Religiosas, son aquellas que prescriben o

señalan el comportamiento que el hombre debe señalan el comportamiento que el hombre debe observar para con Dios de acuerdo con sus creencias. observar para con Dios de acuerdo con sus creencias. De tales creencias derivan los preceptos morales que De tales creencias derivan los preceptos morales que tienen la naturaleza de las normas de esta especie.tienen la naturaleza de las normas de esta especie.

Las Normas Morales, son aquellas que persiguen la Las Normas Morales, son aquellas que persiguen la realización de lo moralmente valioso, de acuerdo a los realización de lo moralmente valioso, de acuerdo a los principios que cada persona admite o tiene.principios que cada persona admite o tiene.

Page 23: DERECHO GENERAL

Las Normas Jurídicas, son aquellas que regulan Las Normas Jurídicas, son aquellas que regulan la conducta social humana para lograr alcanzar la conducta social humana para lograr alcanzar la justicia.la justicia.

Las Normas Sociales, son aquellas que se Las Normas Sociales, son aquellas que se refieren a relaciones interindividuales o entre refieren a relaciones interindividuales o entre individuos derivadas de las necesidades para individuos derivadas de las necesidades para permitir la existencia en sociedad.permitir la existencia en sociedad.

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8) 8) Estado de DerechoEstado de Derecho.-.-

Todo Estado es creador del Derecho que en él mismo Todo Estado es creador del Derecho que en él mismo rige; y que, escrito o consuetudinario, en todos los rige; y que, escrito o consuetudinario, en todos los pueblos existe un régimen jurídico. Estado de Derecho pueblos existe un régimen jurídico. Estado de Derecho es aquella sociedad, políticamente organizada, donde la es aquella sociedad, políticamente organizada, donde la ley está sobre los gobernantes, y no a la inversa, y por ley está sobre los gobernantes, y no a la inversa, y por ello rige por igual entre todos los ciudadanos. En la ello rige por igual entre todos los ciudadanos. En la actualidad exige la existencia y la vigencia de una actualidad exige la existencia y la vigencia de una Constitución; y, en otros tiempos, un estatuto tradicional Constitución; y, en otros tiempos, un estatuto tradicional de equilibrio entre los Poderes, que se cumple o que, si de equilibrio entre los Poderes, que se cumple o que, si se infringe, lleva consigo las consiguientes reparaciones se infringe, lleva consigo las consiguientes reparaciones privadas o las sanciones criminales previstas.privadas o las sanciones criminales previstas.

Page 25: DERECHO GENERAL

El Estado de Derecho significa, según Lincoln, el El Estado de Derecho significa, según Lincoln, el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.

Sánchez Viamonte lo considera de la siguiente manera: Sánchez Viamonte lo considera de la siguiente manera: Los Tres Poderes o ramas del Gobierno, pertenecientes Los Tres Poderes o ramas del Gobierno, pertenecientes a un tronco común, nacen del pueblo en forma más o a un tronco común, nacen del pueblo en forma más o menos directa. Los tres actúan, pues, en su nombre, menos directa. Los tres actúan, pues, en su nombre, bajo el imperio de las normas constitucionales. El bajo el imperio de las normas constitucionales. El gobierno es la colaboración y concurrencia de los tres, gobierno es la colaboración y concurrencia de los tres, identificados a través de la norma jurídica, que identificados a través de la norma jurídica, que fundamenta y caracteriza el Estado del Derecho.fundamenta y caracteriza el Estado del Derecho.

Page 26: DERECHO GENERAL

El Estado de Derecho es la situación gobernada con El Estado de Derecho es la situación gobernada con irrestricto cumplimiento de la Constitución y las leyes. irrestricto cumplimiento de la Constitución y las leyes. Aquí entra a tallar la Autoridad o Forma de Gobierno, Aquí entra a tallar la Autoridad o Forma de Gobierno, que es uno de los 4 elementos del Estado. Es la que es uno de los 4 elementos del Estado. Es la capacidad que tiene el Estado Peruano para mandar y capacidad que tiene el Estado Peruano para mandar y ser obedecido, para dirigir el destino de la Nación. Es el ser obedecido, para dirigir el destino de la Nación. Es el principio rector que ordena eficazmente los actos de la principio rector que ordena eficazmente los actos de la población. Es el elemento político del Estado, llamado población. Es el elemento político del Estado, llamado también, Poder Político. también, Poder Político.

La autoridad del Estado Peruano emana de la soberanía La autoridad del Estado Peruano emana de la soberanía que le delega la Nación a través de la elección de sus que le delega la Nación a través de la elección de sus autoridades.autoridades.

Page 27: DERECHO GENERAL

Toda sociedad integrada por los hombres, requiere de la Toda sociedad integrada por los hombres, requiere de la autoridad para encauzar los esfuerzos de los autoridad para encauzar los esfuerzos de los ciudadanos hacia el cumplimiento de los fines supremos ciudadanos hacia el cumplimiento de los fines supremos del Estado. La autoridad política es el elemento por cuya del Estado. La autoridad política es el elemento por cuya virtud la población halla su propia unidad. El poder virtud la población halla su propia unidad. El poder requiere para su ejercicio que sea constituido requiere para su ejercicio que sea constituido legítimamente como manifestación de la libre voluntad legítimamente como manifestación de la libre voluntad de la Nación; ello se ejercita mediante los sufragios en de la Nación; ello se ejercita mediante los sufragios en las elecciones políticas generales. Es decir, que el poder las elecciones políticas generales. Es decir, que el poder se ejerza tal como la ordena la Constitución y las leyes, se ejerza tal como la ordena la Constitución y las leyes, normas que regulan la vida democrática del país y normas que regulan la vida democrática del país y sustentan el Estado de Derecho. sustentan el Estado de Derecho.

Page 28: DERECHO GENERAL

Las condiciones formales de un Estado de Derecho Las condiciones formales de un Estado de Derecho están dadas por la existencia de todo un sistema de están dadas por la existencia de todo un sistema de normas jerarquizadas que determinan las garantías y normas jerarquizadas que determinan las garantías y derechos individuales, a la par que establecen y regulan derechos individuales, a la par que establecen y regulan los órganos encargados de la actividad funcional del los órganos encargados de la actividad funcional del Estado. Así, cuando un Estado tiene una Constitución Estado. Así, cuando un Estado tiene una Constitución que declara y requiere los derechos individuales y divide que declara y requiere los derechos individuales y divide las competencias del ejercicio del poder, que las cumple las competencias del ejercicio del poder, que las cumple mediante leyes y reglamentos, reúne entonces, las mediante leyes y reglamentos, reúne entonces, las características formales de un Estado de Derecho.características formales de un Estado de Derecho.

Page 29: DERECHO GENERAL

9) 9) Realidad Social del EstadoRealidad Social del Estado.-.-

Se refiere a la existencia real o verdadera de cualquier Se refiere a la existencia real o verdadera de cualquier agrupación o reunión de personas o fuerzas humanas agrupación o reunión de personas o fuerzas humanas dotadas de una mínima cohesión o interconectadas por dotadas de una mínima cohesión o interconectadas por relaciones acordes u opuestas y con determinada relaciones acordes u opuestas y con determinada persistencia. Es decir, que la primera causa de la paz persistencia. Es decir, que la primera causa de la paz social es el bienestar material de los pueblos.social es el bienestar material de los pueblos.

Se considera también que se refiere a una República Se considera también que se refiere a una República Social; significa que el carácter de social es que el Social; significa que el carácter de social es que el Estado no toma en cuenta la realización individual de las Estado no toma en cuenta la realización individual de las personas, sino que educa a sus grupos humanos en un personas, sino que educa a sus grupos humanos en un espíritu de colaboración y solidaridad.espíritu de colaboración y solidaridad.

Page 30: DERECHO GENERAL

El carácter de república independiente significa que el El carácter de república independiente significa que el Perú no tiene ningún tipo de sometimiento a otros Perú no tiene ningún tipo de sometimiento a otros Estados ni a organismos del sistema internacional.Estados ni a organismos del sistema internacional.

La definición de República Soberana significa, por otro La definición de República Soberana significa, por otro lado, que no existe otro poder dentro de la sociedad que lado, que no existe otro poder dentro de la sociedad que el que tiene el Estado, por delegación expresa del el que tiene el Estado, por delegación expresa del pueblo.pueblo.

Es una República Social porque aspira a construir un Es una República Social porque aspira a construir un ordenamiento cuyo fin último sea la realización de la ordenamiento cuyo fin último sea la realización de la justicia social, subordinando el interés personal e justicia social, subordinando el interés personal e individual al interés social o general.individual al interés social o general.

Page 31: DERECHO GENERAL

10) 10) La Teoría Tridimensional del DerechoLa Teoría Tridimensional del Derecho.-.-

Tres son los caminos para llegar a una definición integral Tres son los caminos para llegar a una definición integral del Derecho y son las siguientes:del Derecho y son las siguientes: La sociabilidad del hombre nacida de su propia La sociabilidad del hombre nacida de su propia

naturaleza.naturaleza. La exigencia de regular su conducta mediante normas.La exigencia de regular su conducta mediante normas. El debe ser orientado hacia valores.El debe ser orientado hacia valores.

La teoría tridimensional del derecho sustentada por el La teoría tridimensional del derecho sustentada por el tratadista brasilero Miguel Reale, lo considera como tratadista brasilero Miguel Reale, lo considera como integración de tres elementos: hecho, valor y norma, integración de tres elementos: hecho, valor y norma, pero no en una referencia genérica y abstracta. pero no en una referencia genérica y abstracta.

Page 32: DERECHO GENERAL

Aquella realidad que constituye el Derecho, y que posee Aquella realidad que constituye el Derecho, y que posee la dimensión de referirse a valores tiene forma la dimensión de referirse a valores tiene forma normativa. Es decir, que el Derecho es norma con normativa. Es decir, que el Derecho es norma con especiales características elaborada por los hombres especiales características elaborada por los hombres con el propósito de realizar valores. Es la unión de estos con el propósito de realizar valores. Es la unión de estos tres elementos o factores. Son elementos integrantes de tres elementos o factores. Son elementos integrantes de una definición del Derecho: la conducta social del una definición del Derecho: la conducta social del hombre como persona, la necesidad de regularla hombre como persona, la necesidad de regularla mediante un sistema de normas y los valores hacia los mediante un sistema de normas y los valores hacia los cuales debe orientarse esa conducta.cuales debe orientarse esa conducta.

Page 33: DERECHO GENERAL

La existencia de la sociedad reclama la ordenación de La existencia de la sociedad reclama la ordenación de las relaciones intersubjetivas y que el esfuerzo de todos las relaciones intersubjetivas y que el esfuerzo de todos sus componentes se oriente hacia la realización del bien sus componentes se oriente hacia la realización del bien común.común.

Las normas son reglas que señalan el sentido y los Las normas son reglas que señalan el sentido y los límites de la acción en orden al logro de esos fines. límites de la acción en orden al logro de esos fines.

Los valores son los principios ideales que deben regir Los valores son los principios ideales que deben regir toda convivencia humana justa.toda convivencia humana justa.

De allí que el Derecho pueda considerarse como la De allí que el Derecho pueda considerarse como la regulación de la vida social del hombre para alcanzar la regulación de la vida social del hombre para alcanzar la justicia.justicia.

Page 34: DERECHO GENERAL

12) 12) La Moral y el DerechoLa Moral y el Derecho.-.-

En cuanto al aspecto histórico del problema, la Moral En cuanto al aspecto histórico del problema, la Moral tiene por objeto establecer las condiciones generales del tiene por objeto establecer las condiciones generales del deber o, los principios generales que determinan la deber o, los principios generales que determinan la rectitud de los actos humanos.rectitud de los actos humanos.

En la historia de las relaciones entre el Derecho y la En la historia de las relaciones entre el Derecho y la Moral cabe marcar los límites que separan tres etapas: Moral cabe marcar los límites que separan tres etapas: la primera, de confusión; la segunda, absorción del la primera, de confusión; la segunda, absorción del Derecho por la Moral; y la tercera, de separación.Derecho por la Moral; y la tercera, de separación.

Se pasa después a la concepción que tiene como ideas Se pasa después a la concepción que tiene como ideas centrales: la subordinación del hombre a la ley (Dike, centrales: la subordinación del hombre a la ley (Dike, Némesis, Themis) y la sanción divina contra los Némesis, Themis) y la sanción divina contra los infractores, que vale tanto para el mundo moral como infractores, que vale tanto para el mundo moral como para el jurídico.para el jurídico.

Page 35: DERECHO GENERAL

Los sofistas unifican también lo justo (el Derecho) con lo Los sofistas unifican también lo justo (el Derecho) con lo honesto (la Moral) y consideran que ambas órdenes nacen de honesto (la Moral) y consideran que ambas órdenes nacen de la ley que significa lo mismo que convención (acuerdo) u la ley que significa lo mismo que convención (acuerdo) u opinión.opinión.

Sócrates pensó que el concepto se identifica con el de Sócrates pensó que el concepto se identifica con el de sabiduría. Es decir, que si la inteligencia es la más alta sabiduría. Es decir, que si la inteligencia es la más alta calidad humana, es también su virtud. Conocer el bien obliga calidad humana, es también su virtud. Conocer el bien obliga a practicarlo; por lo tanto, se puede enseñar a ser justo y a a practicarlo; por lo tanto, se puede enseñar a ser justo y a ser bueno. Se es malo sólo por ignorancia.ser bueno. Se es malo sólo por ignorancia.

En la sabiduría se reúnen todas las virtudes:En la sabiduría se reúnen todas las virtudes:a)a) La Piedad, que gobierna las relaciones del hombre con Dios.La Piedad, que gobierna las relaciones del hombre con Dios.b)b) La Justicia, que rige las relaciones interhumanas.La Justicia, que rige las relaciones interhumanas.c)c) El Valor o la Fortaleza, que se refiere a la voluntad.El Valor o la Fortaleza, que se refiere a la voluntad.d)d) La Templanza, que se refiere al apetito y a la sensibilidad.La Templanza, que se refiere al apetito y a la sensibilidad.

Page 36: DERECHO GENERAL

En la clasificación socrática desaparecen los límites En la clasificación socrática desaparecen los límites que separan el Derecho de la Moral.que separan el Derecho de la Moral.

Platón desenvolvió las ideas de Sócrates: La Justicia, Platón desenvolvió las ideas de Sócrates: La Justicia, es la virtud por excelencia, equilibrio y armonía de las es la virtud por excelencia, equilibrio y armonía de las otras virtudes: templanza, fortaleza y sabiduría, que otras virtudes: templanza, fortaleza y sabiduría, que asigna a las diversas partes del alma en el individuo asigna a las diversas partes del alma en el individuo (moral) y las diversas clases en que se divide la (moral) y las diversas clases en que se divide la sociedad (derecho) sus correspondientes funciones.sociedad (derecho) sus correspondientes funciones.

Aristóteles, en su ética, tampoco llega a precisar la Aristóteles, en su ética, tampoco llega a precisar la diferencia entre estos dos conceptos. La Justicia diferencia entre estos dos conceptos. La Justicia pertenece a la clase de las virtudes morales y consiste pertenece a la clase de las virtudes morales y consiste en lo legal y lo equitativo y establece que se viva de en lo legal y lo equitativo y establece que se viva de acuerdo al dictado de cada una de las otras virtudes.acuerdo al dictado de cada una de las otras virtudes.

Page 37: DERECHO GENERAL

El Estado, para Platón y Aristóteles, que son los más El Estado, para Platón y Aristóteles, que son los más altos representantes de la Filosofía Griega, tiene un fin altos representantes de la Filosofía Griega, tiene un fin ético. Dentro de él, se alcanza el bien más elevado, ético. Dentro de él, se alcanza el bien más elevado, que es el “Bienestar General” y, por eso la Política, que es el “Bienestar General” y, por eso la Política, ciencia del Gobierno, es un capítulo de la Ética.ciencia del Gobierno, es un capítulo de la Ética.

Los juristas romanos tampoco señalaron los límites que Los juristas romanos tampoco señalaron los límites que separan el Derecho y la Moral.separan el Derecho y la Moral.

Según Celso, la clásica definición del Derecho, es Según Celso, la clásica definición del Derecho, es indudable que los conceptos bueno y equitativo indudable que los conceptos bueno y equitativo pertenecen a la orden moral.pertenecen a la orden moral.

La misma confusión aparece en el Digesto, cuando La misma confusión aparece en el Digesto, cuando señala los siguientes preceptos: Vivir honestamente, es señala los siguientes preceptos: Vivir honestamente, es una máxima de orden moral y, junto a ella, no dañar a una máxima de orden moral y, junto a ella, no dañar a otro y dar a cada uno lo suyo, tienen el mismo sentido. otro y dar a cada uno lo suyo, tienen el mismo sentido.

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Ulpiano, define la ciencia del Derecho a la que Ulpiano, define la ciencia del Derecho a la que se atribuye el conocimiento de lo más alto de la se atribuye el conocimiento de lo más alto de la totalidad del saber sobre lo divino y lo humano totalidad del saber sobre lo divino y lo humano en conjunto y la patentiza uniendo sin mayores en conjunto y la patentiza uniendo sin mayores problemas Moral y Derecho.problemas Moral y Derecho.

Con la Doctrina Cristiana se produjo una Con la Doctrina Cristiana se produjo una profunda transformación de las antiguas profunda transformación de las antiguas concepciones del Derecho y del Estado. No tuvo concepciones del Derecho y del Estado. No tuvo significado jurídico ni político, sino sólo moral.significado jurídico ni político, sino sólo moral.

En la Edad Media, aparecen como sus En la Edad Media, aparecen como sus representantes San Agustín y Santo Tomás de representantes San Agustín y Santo Tomás de Aquino.Aquino.

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San Agustín, sostiene que el camino que debe seguir el San Agustín, sostiene que el camino que debe seguir el hombre para satisfacer su profundo anhelo de disfrutar de hombre para satisfacer su profundo anhelo de disfrutar de Dios está marcado por la “lex aeterna” y la “lex naturae”, Dios está marcado por la “lex aeterna” y la “lex naturae”, es decir, por los preceptos morales que son reglas de es decir, por los preceptos morales que son reglas de sabiduría.sabiduría.

Santo Tomás de Aquino, sostiene que la “lex aeterna” es Santo Tomás de Aquino, sostiene que la “lex aeterna” es la regla suprema de la voluntad y del obrar humano, y se la regla suprema de la voluntad y del obrar humano, y se proyecta en la conciecia del hombre y constituye la “lex proyecta en la conciecia del hombre y constituye la “lex naturalis”, que es el conjunto de normas morales y naturalis”, que es el conjunto de normas morales y jurídicas de la más alta jerarquía y de absoluta validez.jurídicas de la más alta jerarquía y de absoluta validez.

La tercera etapa referente a la separación entre el La tercera etapa referente a la separación entre el Derecho y la Moral se inicia con el Renacimiento y Derecho y la Moral se inicia con el Renacimiento y corresponde a la Filosofía Individualista Moderna.corresponde a la Filosofía Individualista Moderna.

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El jurista Christian Thomasio, de a fines del siglo XVII y El jurista Christian Thomasio, de a fines del siglo XVII y a comienzos del siglo XVIII, fue quien precisó los a comienzos del siglo XVIII, fue quien precisó los alcances de la distinción entre la Moral y el Derecho. alcances de la distinción entre la Moral y el Derecho. Según él, las normas del obrar son tres: La Ética, la Según él, las normas del obrar son tres: La Ética, la Política, y la Jurisprudencia, cuyo fin es el mismo, la Política, y la Jurisprudencia, cuyo fin es el mismo, la felicidad humana.felicidad humana.

La Ética tiene por principio lo honestum, cuya máxima La Ética tiene por principio lo honestum, cuya máxima es: Hazte a tí mismo aquello que querrías que los es: Hazte a tí mismo aquello que querrías que los demás se hicieran a sí mismos. El Principio de la Política demás se hicieran a sí mismos. El Principio de la Política es el decorum, y su máxima es: Haz a lo demás aquello es el decorum, y su máxima es: Haz a lo demás aquello que querrías que los demás te hagan de tí. Y el Principio que querrías que los demás te hagan de tí. Y el Principio del Derecho es lo iustum y su máxima es: No hagas a del Derecho es lo iustum y su máxima es: No hagas a los demás aquello que no querrías que te fuese hecho a los demás aquello que no querrías que te fuese hecho a tí.tí.

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El campo de la Ética es la conciencia y su fin es El campo de la Ética es la conciencia y su fin es alcanzar la paz interna. En cambio, el campo del alcanzar la paz interna. En cambio, el campo del Derecho es el de las relaciones interindividuales.Derecho es el de las relaciones interindividuales.

El pensamiento de Thomasio influyó en la filosofía moral El pensamiento de Thomasio influyó en la filosofía moral kantiana.kantiana.

Kant rechaza los sistemas morales que se fundan en la Kant rechaza los sistemas morales que se fundan en la utilidad, el placer, la felicidad o la simpatía. Según él, la utilidad, el placer, la felicidad o la simpatía. Según él, la voluntad moral es autónoma porque “tiene en sí misma voluntad moral es autónoma porque “tiene en sí misma su ley”. Esa ley es denominada por Kant “Imperativo su ley”. Esa ley es denominada por Kant “Imperativo Categórico”, es la que manda de modo absoluto, y se Categórico”, es la que manda de modo absoluto, y se formula así: Obra de tal manera que la máxima de tus formula así: Obra de tal manera que la máxima de tus actos pueden valer como principios de una legislación actos pueden valer como principios de una legislación universal. universal.

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Según Kant, la diferencia entre Moral y Derecho radica en Según Kant, la diferencia entre Moral y Derecho radica en que en la primera se considera como lo único relevante el que en la primera se considera como lo único relevante el motivo de la acción, por lo cual ésta será moral si ha sido motivo de la acción, por lo cual ésta será moral si ha sido cumplida con intención moral y en la segunda, se ocupa cumplida con intención moral y en la segunda, se ocupa del aspecto externo de los actos, de si la acción se ha del aspecto externo de los actos, de si la acción se ha cumplido o no, prescindiendo de sus motivos.cumplido o no, prescindiendo de sus motivos.

Radbruch, afirma que el Derecho es distinto de la Moral, Radbruch, afirma que el Derecho es distinto de la Moral, por su contenido –relaciones entre las personas, y el por su contenido –relaciones entre las personas, y el hombre en cuanto individuo, pero que tiene con aquella un hombre en cuanto individuo, pero que tiene con aquella un doble vínculo: sobre la Moral descansa la validez del doble vínculo: sobre la Moral descansa la validez del Derecho y ella constituye, a su vez, la meta orden jurídico.Derecho y ella constituye, a su vez, la meta orden jurídico.

En cuanto a sus semejanzas o sus relaciones entre la En cuanto a sus semejanzas o sus relaciones entre la Moral y el Derecho, es que las raíces de la Moral y el Moral y el Derecho, es que las raíces de la Moral y el Derecho se encuentran muy arraigadas por igual en la lex Derecho se encuentran muy arraigadas por igual en la lex naturalis, que es para la voluntad lo que son los primeros naturalis, que es para la voluntad lo que son los primeros principios para la inteligencia.principios para la inteligencia.

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La Moral y el Derecho constituyen dos ramificaciones de La Moral y el Derecho constituyen dos ramificaciones de la Ética.la Ética.

Todos los actos humanos, entre ellos los que tienen por Todos los actos humanos, entre ellos los que tienen por objeto la perfección del propio sujeto, los que se dirigen objeto la perfección del propio sujeto, los que se dirigen a los demás o hacia Dios, son susceptibles de bondad o a los demás o hacia Dios, son susceptibles de bondad o maldad, pueden ser moralmente buenos o malos. Entre maldad, pueden ser moralmente buenos o malos. Entre tales actos se encuentran los que corresponden al tales actos se encuentran los que corresponden al Derecho.Derecho.

Los valores morales y los valores jurídicos se imponen Los valores morales y los valores jurídicos se imponen igualmente a la conciencia y luego como son igualmente a la conciencia y luego como son aprehendidos por el yo, piden una toma de decisión, una aprehendidos por el yo, piden una toma de decisión, una respuesta de valor.respuesta de valor.

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Tanto los valores morales como los jurídicos ofrecen una Tanto los valores morales como los jurídicos ofrecen una nota de él: se presentan con verdaderas exigencias, se nota de él: se presentan con verdaderas exigencias, se alzan como “un tú debes frente al individuo”.alzan como “un tú debes frente al individuo”.

En cuanto a los fundamentos de su distinción, desde En cuanto a los fundamentos de su distinción, desde comienzos de la Edad Moderna desde el momento que comienzos de la Edad Moderna desde el momento que corresponde a la Filosofía de Thomasio y de Kant, se corresponde a la Filosofía de Thomasio y de Kant, se subraya como rasgo distinto entre la Moral y el Derecho, subraya como rasgo distinto entre la Moral y el Derecho, la nota interioridad – exterioridad.la nota interioridad – exterioridad.

Quienes pretenden caracterizar la moral con el signo de Quienes pretenden caracterizar la moral con el signo de interioridad y lo jurídico con el de la exterioridad, interioridad y lo jurídico con el de la exterioridad, sostienen que las prescripciones morales se limitan al sostienen que las prescripciones morales se limitan al ámbito de la conciencia exclusivamente y las del ámbito de la conciencia exclusivamente y las del Derecho a la conducta externa del hombre.Derecho a la conducta externa del hombre.

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13) 13) Las Fuentes del DerechoLas Fuentes del Derecho.-.-13.1) 13.1) Concepto y ClasificaciónConcepto y Clasificación.-.-

Fuente significa “principio u origen de algo”. En el orden Fuente significa “principio u origen de algo”. En el orden jurídico, las fuentes del Derecho están constituídas por jurídico, las fuentes del Derecho están constituídas por todo lo que es punto de partida y causa de sus todo lo que es punto de partida y causa de sus manifestaciones, ya sea que se trate de los hechos manifestaciones, ya sea que se trate de los hechos determinantes o de las maniefstaciones, consideradas determinantes o de las maniefstaciones, consideradas en sí mismas y reguladas por el propio Derecho.en sí mismas y reguladas por el propio Derecho.

Las Fuentes del Derecho son los medios materiales con Las Fuentes del Derecho son los medios materiales con los que se pone de manifiesto la norma determinando su los que se pone de manifiesto la norma determinando su contenido, es decir, su razón de ser.contenido, es decir, su razón de ser.

La expresión “Fuente de Derecho”, presenta diversas La expresión “Fuente de Derecho”, presenta diversas acepciones, como son las siguientes:acepciones, como son las siguientes:

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1)1) Fuente de conocimiento del Derecho, como los Fuente de conocimiento del Derecho, como los documentos, actas de debates de un cuerpo legislativo.documentos, actas de debates de un cuerpo legislativo.

2)2) Fuerza creadora del Derecho, como por ejemplo, el Fuerza creadora del Derecho, como por ejemplo, el hecho de la vida social, la naturaleza humana, el hecho de la vida social, la naturaleza humana, el sentimiento jurídico.sentimiento jurídico.

3)3) La autoridad creadora del Derecho, como por ejemplo, el La autoridad creadora del Derecho, como por ejemplo, el Estado y el pueblo.Estado y el pueblo.

4)4) El acto creador o la forma cómo se expresa, como por El acto creador o la forma cómo se expresa, como por ejemplo, el caso de la ley, la costumbre, la jurisprudencia ejemplo, el caso de la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.y la doctrina.

5)5) El fundamento de la validez jurídica de una norma de El fundamento de la validez jurídica de una norma de Derecho.Derecho.

6)6) Forma de manifestarse de la norma jurídica, como por Forma de manifestarse de la norma jurídica, como por ejemplo, la ley, el decreto, el reglamento y la ordenanza.ejemplo, la ley, el decreto, el reglamento y la ordenanza.

7)7) El fundamento de un derecho subjetivo.El fundamento de un derecho subjetivo.

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Las Fuentes del Derecho presentan, según Las Fuentes del Derecho presentan, según diversos autores, algunas clasificaciones, como diversos autores, algunas clasificaciones, como las siguientes: Internas y Externas.las siguientes: Internas y Externas. Las Fuentes Internas, Las Fuentes Internas, son los factores del que son los factores del que

proceden las normas jurídicas, es decir, la autoridad proceden las normas jurídicas, es decir, la autoridad que las crea y, en general, las causas que que las crea y, en general, las causas que suministran la materia de las normas.suministran la materia de las normas.

Las Fuentes Externas, Las Fuentes Externas, son las fuentes formales son las fuentes formales (dentro del sentido que se indicó antes) que son la ley (dentro del sentido que se indicó antes) que son la ley y la costumbre.y la costumbre.

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Se considera también una división tripartita de fuentes, Se considera también una división tripartita de fuentes, como lo son:como lo son:

a)a) Fuente como fundamento del Derecho (Dios, el espíritu Fuente como fundamento del Derecho (Dios, el espíritu humano).humano).

b)b) Fuente como sinónimo del grupo social que crea el Derecho Fuente como sinónimo del grupo social que crea el Derecho (el Estado, la Iglesia, los sindicatos, etc.).(el Estado, la Iglesia, los sindicatos, etc.).

c)c) Fuente como la autoridad o fuerza social que, mediante Fuente como la autoridad o fuerza social que, mediante reconocimiento del mismo Derecho, confiere a la norma los reconocimiento del mismo Derecho, confiere a la norma los caracteres necesarios para su vigencia. caracteres necesarios para su vigencia.

Según Stammler, las fuentes del Derecho se dividen Según Stammler, las fuentes del Derecho se dividen en: Originarias y Derivativas.en: Originarias y Derivativas.

Son Fuentes Originarias la conquista, la colonización, los Son Fuentes Originarias la conquista, la colonización, los tratados originarios, la equidad y la costumbre.tratados originarios, la equidad y la costumbre.

Son Fuentes Derivativas la ley, la doctrina, la jurisprudencia, y Son Fuentes Derivativas la ley, la doctrina, la jurisprudencia, y los reglamentos.los reglamentos.

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13.2) 13.2) Fuentes Materiales del DerechoFuentes Materiales del Derecho.-.-

Las Fuentes Materiales del Derecho son todas aquellas Las Fuentes Materiales del Derecho son todas aquellas realidades sociales cuya estructura es la subordinación, realidades sociales cuya estructura es la subordinación, la integración o la coordinación, y cuya existencia es una la integración o la coordinación, y cuya existencia es una condición de la realización de la justicia en un condición de la realización de la justicia en un determinado círculo social, a través de las normas o determinado círculo social, a través de las normas o sistema de normas creadas por ellas.sistema de normas creadas por ellas.

Las fuentes materiales son hechos que tiene su propio Las fuentes materiales son hechos que tiene su propio sentido. Es decir, que para originar formas de Derecho sentido. Es decir, que para originar formas de Derecho deben corresponder al ámbito social humano y apuntar deben corresponder al ámbito social humano y apuntar hacia los valores jurídicos. Una realidad cualquiera no hacia los valores jurídicos. Una realidad cualquiera no constituye fuente material de Derecho.constituye fuente material de Derecho.

Por ser tal debe referirse a la conducta social del Por ser tal debe referirse a la conducta social del hombre. Como por ejemplo, la más alta fuente de esta hombre. Como por ejemplo, la más alta fuente de esta clase es el Estado, así como también la Iglesia. clase es el Estado, así como también la Iglesia.

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13.3) 13.3) Fuentes Formales o HistóricasFuentes Formales o Históricas.-.-

Las Fuentes Formales del Derecho Positivo son Las Fuentes Formales del Derecho Positivo son los diversos modos de cómo éste se manifiesta. los diversos modos de cómo éste se manifiesta. En este sentido corresponde tal denominación a En este sentido corresponde tal denominación a las normas jurídicas en relación con su origen.las normas jurídicas en relación con su origen.

Para el autor Del Vecchio son fuentes formales Para el autor Del Vecchio son fuentes formales sólo la costumbre y la ley.sólo la costumbre y la ley.

Algunos otros, también, lo consideran así.Algunos otros, también, lo consideran así. Según Cornil, los tres órganos de expresión del Según Cornil, los tres órganos de expresión del

Derecho son: la costumbre, la jurisprudencia y la Derecho son: la costumbre, la jurisprudencia y la ley.ley.

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Según Petrosizky, las fuentes formales del Derecho son Según Petrosizky, las fuentes formales del Derecho son las siguientes:las siguientes:

La Costumbre.La Costumbre. El Estatuto Autónomo.El Estatuto Autónomo. La Ley Estatal y el Decreto Administrativo.La Ley Estatal y el Decreto Administrativo. La Práctica de los Tribunales.La Práctica de los Tribunales. La Práctica de Órganos distintos de los Judiciales.La Práctica de Órganos distintos de los Judiciales. La Doctrina.La Doctrina. Las Convenciones.Las Convenciones. Los Actos – Reglas.Los Actos – Reglas. Las Declaraciones Sociales (programas, promesas, sentencias Las Declaraciones Sociales (programas, promesas, sentencias

en nombre de una totalidad por uno solo o por un grupo de sus en nombre de una totalidad por uno solo o por un grupo de sus miembros)miembros)

Precedentes y Reconocimiento de nuevo estado de cosas por Precedentes y Reconocimiento de nuevo estado de cosas por aquellos que lo ocasionaron.aquellos que lo ocasionaron.

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Para Coing, las fuentes formales del Derecho son: el Para Coing, las fuentes formales del Derecho son: el Derecho Consuetudinario y la posición explícita del Derecho Consuetudinario y la posición explícita del Derecho.Derecho.

Las Fuentes Formales del Derecho, generalmente Las Fuentes Formales del Derecho, generalmente admitidas, son: la ley, la costumbre la jurisprudencia y la admitidas, son: la ley, la costumbre la jurisprudencia y la doctrina.doctrina.

La Ley, fuente formal del Derecho, según Enneccerus, La Ley, fuente formal del Derecho, según Enneccerus, es una proposición jurídica dictada y publicada por los es una proposición jurídica dictada y publicada por los órganos del Estado competente conforme la órganos del Estado competente conforme la Constitución.Constitución.

La vida del pueblo romano estuvo regida por la La vida del pueblo romano estuvo regida por la costumbre, que se aplicaban por los magistrados que costumbre, que se aplicaban por los magistrados que eran patricios; al principio, llamada las Mores Majorum. eran patricios; al principio, llamada las Mores Majorum.

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Luego surge la ley (lex), que era votada en los comicios Luego surge la ley (lex), que era votada en los comicios a propuesta de un senador. a propuesta de un senador.

Las Leyes (leges) aportaron nuevos elementos y Las Leyes (leges) aportaron nuevos elementos y ventajas: fijeza e igualdad. La Ley de las XII Tablas fue ventajas: fijeza e igualdad. La Ley de las XII Tablas fue un punto de partida de este sistema.un punto de partida de este sistema.

Etimológicamente, la ley proviene del término legere, Etimológicamente, la ley proviene del término legere, que significa leer. La ley debe ser escrita para ser leída. que significa leer. La ley debe ser escrita para ser leída. Se cree también que esa voz deriva de legendo, que Se cree también que esa voz deriva de legendo, que equivale a escoger entre lo bueno y lo malo. A su vez, equivale a escoger entre lo bueno y lo malo. A su vez, de colligende, que significa acuerdo de las voluntades de colligende, que significa acuerdo de las voluntades de quienes la aprueban, y de ligare, que significa que de quienes la aprueban, y de ligare, que significa que ata o liga la voluntad humana.ata o liga la voluntad humana.

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El Derecho Moderno tiende a la codificación de las El Derecho Moderno tiende a la codificación de las leyes. Un código es una compilación o reunión de leyes, leyes. Un código es una compilación o reunión de leyes, ordenada y sistematizada, referente a alguna de las ordenada y sistematizada, referente a alguna de las ramas del Derecho. ramas del Derecho.

La palabra código proviene de codex, derivada, a su La palabra código proviene de codex, derivada, a su vez, de caudex, que significa tronco o tabla, con lo que vez, de caudex, que significa tronco o tabla, con lo que se hace alusión a las tablas en que se escribía la ley.se hace alusión a las tablas en que se escribía la ley.

Las más importantes codificaciones históricas han sido Las más importantes codificaciones históricas han sido la del Derecho Romano, ordenada por el emperador la del Derecho Romano, ordenada por el emperador Justiniano, que incorporó en el Corpus Iuris: Justiniano, que incorporó en el Corpus Iuris:

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1.1. El Código.El Código.2.2. El Digesto o las Pandectas.El Digesto o las Pandectas.3.3. Las Instituciones.Las Instituciones.4.4. Las Novelas y una nueva edición del Código.Las Novelas y una nueva edición del Código.5.5. Las grandes codificaciones españolas.Las grandes codificaciones españolas.6.6. El Código Prusiano de Federico Guillermo II de El Código Prusiano de Federico Guillermo II de

1,794, que comprende todas las ramas del 1,794, que comprende todas las ramas del Derecho.Derecho.

7.7. El Código Civil Francés de 1,804.El Código Civil Francés de 1,804.8.8. El Procedimiento Civil de 1,807.El Procedimiento Civil de 1,807.9.9. El Código de Comercio de 1,807.El Código de Comercio de 1,807.10.10. El Código de Instrucción Criminal de 1,808.El Código de Instrucción Criminal de 1,808.11.11. El Código Penal de 1,810.El Código Penal de 1,810.

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14) 14) La LeyLa Ley.-.-14.1) 14.1) ConceptoConcepto.-.-

Según Kelsen, es una norma jurídica general y Según Kelsen, es una norma jurídica general y abstracta. Es una norma general y obligatoria abstracta. Es una norma general y obligatoria dictada por los órganos competentes del dictada por los órganos competentes del Estado, cuya violación e incumplimiento acarrea Estado, cuya violación e incumplimiento acarrea la aplicación de una sanción por el Poder la aplicación de una sanción por el Poder Público.Público.

La ley tiene por finalidad asegurar el orden de La ley tiene por finalidad asegurar el orden de la vida social, asegurar la armonía de las la vida social, asegurar la armonía de las relaciones entre las personas y garantizar la relaciones entre las personas y garantizar la seguridad y bienestar del grupo.seguridad y bienestar del grupo.

Las leyes son normas, esto es, reglas de Las leyes son normas, esto es, reglas de conducta obligatoria.conducta obligatoria.

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14.2) 14.2) CaracterísticasCaracterísticas.-.-

a)a) Es general.Es general.b)b) Es abstracta.Es abstracta.c)c) Es obligatoria.Es obligatoria.d)d) Es importante porque ofrece mayor fijeza, mayor Es importante porque ofrece mayor fijeza, mayor

certeza o seguridad y puede ser conocida o es certeza o seguridad y puede ser conocida o es conocida más fácilmente por todos.conocida más fácilmente por todos.

14.3) 14.3) ElementosElementos.-.-Los Elementos de la ley son los siguientes:Los Elementos de la ley son los siguientes:

La norma jurídica.La norma jurídica. La intervención de un órgano del Estado.La intervención de un órgano del Estado. Su dictado y publicación, de acuerdo con una regla de Su dictado y publicación, de acuerdo con una regla de

jerarquía superior.jerarquía superior.

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14.4) 14.4) Formación, Promulgación y Publicación Formación, Promulgación y Publicación de una Leyde una Ley.-.-

La formación de las leyes se realiza dentro de las pautas La formación de las leyes se realiza dentro de las pautas que establece la Constitución Política del Estado.que establece la Constitución Política del Estado.

Tienen derecho de iniciativa legislativa, el Presidente de Tienen derecho de iniciativa legislativa, el Presidente de la República y los congresistas. También lo tienen otras la República y los congresistas. También lo tienen otras instituciones públicas en las materias que le son propias; instituciones públicas en las materias que le son propias; y aún directamente los ciudadanos en la forma que y aún directamente los ciudadanos en la forma que señale la ley.señale la ley.

Son dos los elementos de la etapa final en la Son dos los elementos de la etapa final en la elaboración de toda ley: su promulgación y su elaboración de toda ley: su promulgación y su publicación.publicación.

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Es habitual encargar tal función a quien ejerce la más Es habitual encargar tal función a quien ejerce la más alta responsabilidad en el Poder Ejecutivo, es decir, al alta responsabilidad en el Poder Ejecutivo, es decir, al Presidente de la República. Una vez aprobada la ley en Presidente de la República. Una vez aprobada la ley en el Congreso, ésta se envía al Presidente de la República el Congreso, ésta se envía al Presidente de la República para que la promulgue en el plazo de quince días. para que la promulgue en el plazo de quince días. Además del Presidente de la República, dicha Además del Presidente de la República, dicha prerrogativa la tiene también, el Presidente del Congreso prerrogativa la tiene también, el Presidente del Congreso y el Presidente de la Comisión Permanente.y el Presidente de la Comisión Permanente.

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Pueden darse los siguientes casos:Pueden darse los siguientes casos:a)a) El Presidente de la República promulga la ley.El Presidente de la República promulga la ley.b)b) El Presidente de la República no la promulga. El Presidente de la República no la promulga.

Transcurrido el plazo de quince días, la promulga el Transcurrido el plazo de quince días, la promulga el Presidente del Congreso, en defecto del Presidente Presidente del Congreso, en defecto del Presidente de la República.de la República.

c)c) El Presidente de la República, dentro de ese mismo El Presidente de la República, dentro de ese mismo plazo de quince días, observa la ley, es decir, la plazo de quince días, observa la ley, es decir, la veta y envía las observaciones al Congreso.veta y envía las observaciones al Congreso.

d)d) El Congreso vence las observaciones del El Congreso vence las observaciones del Presidente de la República con el voto de la Presidente de la República con el voto de la mayoría absoluta de los representantes. En este mayoría absoluta de los representantes. En este caso, el Presidente del Congreso promulga la ley. caso, el Presidente del Congreso promulga la ley.

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Luego viene el último e imprescindible trámite en la Luego viene el último e imprescindible trámite en la elaboración de toda ley, que es la publicación. De elaboración de toda ley, que es la publicación. De acuerdo a la Constitución Política del Estado, la ley es acuerdo a la Constitución Política del Estado, la ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, salvo disposición contraria de Diario Oficial “El Peruano”, salvo disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte.parte.

““Este nuevo plazo se establece cuando las normas son Este nuevo plazo se establece cuando las normas son muy importantes y requieren un plazo prudencial para muy importantes y requieren un plazo prudencial para publicarse”.publicarse”.

En todo este proceso, se establece la “Derogación de la En todo este proceso, se establece la “Derogación de la Ley”, que, en términos generales, es el acto que tiene Ley”, que, en términos generales, es el acto que tiene por fin dejarla sin efecto.por fin dejarla sin efecto.

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La Derogación reviste cuatro diferentes La Derogación reviste cuatro diferentes formas, que son las siguientes:formas, que son las siguientes:

1)1) La Derogación en sentido estricto, que consiste en La Derogación en sentido estricto, que consiste en la supresión de una parte de la ley por mandato de la supresión de una parte de la ley por mandato de otra ley.otra ley.

2)2) La Modificación, que se da cuando una parte de la La Modificación, que se da cuando una parte de la ley es reemplazada por otra. Es decir, consiste en ley es reemplazada por otra. Es decir, consiste en variar su sentido cuando no se ajustan a los hechos variar su sentido cuando no se ajustan a los hechos que se producen en la realidad.que se producen en la realidad.

3)3) La Abrogación, que significa dejar sin efecto toda la La Abrogación, que significa dejar sin efecto toda la ley,ley,

4)4) La Subrogación, que se da cuando la nueva ley La Subrogación, que se da cuando la nueva ley sustituye íntegramente el texto de la anterior.sustituye íntegramente el texto de la anterior.

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15) 15) La CostumbreLa Costumbre.-.-15.1) 15.1) ConceptoConcepto.-.-

La Costumbre ha constituido la primera fuente formal del La Costumbre ha constituido la primera fuente formal del Derecho desde el punto de vista histórico.Derecho desde el punto de vista histórico.

En las primeras etapas de la evolución jurídica de los En las primeras etapas de la evolución jurídica de los pueblos, la costumbre revistió gran importancia, la pueblos, la costumbre revistió gran importancia, la misma que ha ido desapareciendo paulatinamente con misma que ha ido desapareciendo paulatinamente con los avances de la ley.los avances de la ley.

En Roma, la costumbre tuvo valor como fuente de En Roma, la costumbre tuvo valor como fuente de derecho, y era designada con las palabra “Mores” o derecho, y era designada con las palabra “Mores” o “Consuetudo” que aparentemente tenían el mismo “Consuetudo” que aparentemente tenían el mismo significado. El Ius Honorarium que suplementaba al significado. El Ius Honorarium que suplementaba al derecho escrito, revela la importancia de la costumbre.derecho escrito, revela la importancia de la costumbre.

En la Edad Media, surgió un nuevo Derecho En la Edad Media, surgió un nuevo Derecho Consuetudinario, es decir, costumbrista.Consuetudinario, es decir, costumbrista.

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La costumbre es aquella fuente del La costumbre es aquella fuente del Derecho que consiste en un medio de Derecho que consiste en un medio de interpretación. Como por ejemplo, en los interpretación. Como por ejemplo, en los contratos se respeta la formalidad en la contratos se respeta la formalidad en la elaboración de las cláusulas. elaboración de las cláusulas.

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15.2) 15.2) CaracterísticasCaracterísticas.-.-

La costumbre jurídica presenta las siguientes La costumbre jurídica presenta las siguientes características:características: Su espontaneidad, es decir, que fluye libremente del Su espontaneidad, es decir, que fluye libremente del

pueblo. Emerge como expresión de la vida misma.pueblo. Emerge como expresión de la vida misma. Su particularismo, es decir, que se halla limitada a un Su particularismo, es decir, que se halla limitada a un

ámbito geográfico, a una clase, a un grupo. En su ámbito geográfico, a una clase, a un grupo. En su mayoría, las costumbres surgen del uso local, tales mayoría, las costumbres surgen del uso local, tales como por ejemplo, en Alemania y Francia Medieval, como por ejemplo, en Alemania y Francia Medieval, en las que estuvieron constituidas por una confusa en las que estuvieron constituidas por una confusa variedad de normas provinciales, municipales, variedad de normas provinciales, municipales, señoriales o profesionales.señoriales o profesionales.

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Su imprecisión, significa, que sólo se conserva en la memoria Su imprecisión, significa, que sólo se conserva en la memoria del pueblo. Por esta razón, surgió la exigencia de redactar por del pueblo. Por esta razón, surgió la exigencia de redactar por escrito el contenido de las costumbres y de reunir esos escritos escrito el contenido de las costumbres y de reunir esos escritos en compilaciones, tales como los contumiers franceses que en compilaciones, tales como los contumiers franceses que datan del siglo XIII. Esa misma exigencia obligó a Carlos VIII a datan del siglo XIII. Esa misma exigencia obligó a Carlos VIII a dictar la ordenanza de Moutils-les-Tours en el año de 1,554, dictar la ordenanza de Moutils-les-Tours en el año de 1,554, señalando la redacción de las costumbres provinciales.señalando la redacción de las costumbres provinciales.

Su formación lenta, es decir, que la costumbre se forma Su formación lenta, es decir, que la costumbre se forma lentamente. Para que se imponga como norma de derecho es lentamente. Para que se imponga como norma de derecho es necesario que los actos que la constituyen se repita muchas necesario que los actos que la constituyen se repita muchas veces. Esta repetición puede demandar un largo periodo de veces. Esta repetición puede demandar un largo periodo de tiempo. tiempo.

Su falta de autor conocido, es decir, que el autor de la Su falta de autor conocido, es decir, que el autor de la costumbre no es conocido. Aquella nace de un acto o de una costumbre no es conocido. Aquella nace de un acto o de una serie de actos, pero la crean todos los que la practican en el serie de actos, pero la crean todos los que la practican en el lento proceso de su formación.lento proceso de su formación.

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15.3) 15.3) ObligatoriedadObligatoriedad.-.-

En la Costumbre debe existir la conciencia de la En la Costumbre debe existir la conciencia de la obligatoriedad, es decir, que debe existir la convicción de obligatoriedad, es decir, que debe existir la convicción de que la costumbre tenga que cumplirse por necesidades que la costumbre tenga que cumplirse por necesidades de convivencia social.de convivencia social.

16) 16) La JurisprudenciaLa Jurisprudencia.-.-16.1) 16.1) ConceptoConcepto.-.-

La jurisprudencia es el conjunto de sentencias o fallos La jurisprudencia es el conjunto de sentencias o fallos dictados por los tribunales concordantes para resolver dictados por los tribunales concordantes para resolver determinada cuestión jurídica.determinada cuestión jurídica.

Page 68: DERECHO GENERAL

Existen diversas opiniones sobre la jurisprudencia.Existen diversas opiniones sobre la jurisprudencia. Una sola resolución judicial puede ser fuente de Derecho.Una sola resolución judicial puede ser fuente de Derecho. No puede serlo, ya que es necesaria su repetición.No puede serlo, ya que es necesaria su repetición. Es fuente formal del Derecho.Es fuente formal del Derecho. Es fuente material del Derecho.Es fuente material del Derecho. No es ninguna fuente.No es ninguna fuente.

La Jurisprudencia presenta las siguientes La Jurisprudencia presenta las siguientes consideraciones:consideraciones:

Significa una actividad creadora cuando llena lagunas o vacíos Significa una actividad creadora cuando llena lagunas o vacíos en la legislación. En los demás casos, se limita a aplicar la ley, en la legislación. En los demás casos, se limita a aplicar la ley, es decir, que su papel es simplemente declarativo.es decir, que su papel es simplemente declarativo.

El juez no se limita únicamente a juzgar.El juez no se limita únicamente a juzgar. Su actividad principal es la valorización y en su ejercicio es Su actividad principal es la valorización y en su ejercicio es

verdadero creador.verdadero creador.

Page 69: DERECHO GENERAL

Finalidad:Finalidad:• Unificar criterios interpretativos.Unificar criterios interpretativos.• Favorecer la estabilidad de la norma.Favorecer la estabilidad de la norma.• Propender la forma correcta de aplicación de las Propender la forma correcta de aplicación de las

leyes. leyes. • Señalar el sentido que debe manejar la Señalar el sentido que debe manejar la

jurisprudencia para lograr una verdadera jurisprudencia para lograr una verdadera estabilidad.estabilidad.

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17) 17) La DoctrinaLa Doctrina.-.-17.1) 17.1) ConceptoConcepto.-.-

Es considerada como fuente formal del Derecho, y Es considerada como fuente formal del Derecho, y puede ser definida como el conjunto de opiniones de los puede ser definida como el conjunto de opiniones de los jurisconsultos emitidas con la finalidad teórica o con el jurisconsultos emitidas con la finalidad teórica o con el objeto de facilitar la aplicación del Derecho.objeto de facilitar la aplicación del Derecho.

La obra de los jurisconsultos persigue un triple propósito: La obra de los jurisconsultos persigue un triple propósito: científico, práctico y crítico.científico, práctico y crítico.

Aporte:Aporte: Facilitar la aplicación de las normas.Facilitar la aplicación de las normas. Se va perfeccionando el ordenamiento jurídico en general.Se va perfeccionando el ordenamiento jurídico en general.

Page 71: DERECHO GENERAL

Historia:Historia: Empleados romanos: TiberioEmpleados romanos: Tiberio Los jurisconsultos recibieron el derecho de emitir Los jurisconsultos recibieron el derecho de emitir

opiniones obligatorias para el magistrado dentro de opiniones obligatorias para el magistrado dentro de un proceso cuya sentencia deberá respetar dicha un proceso cuya sentencia deberá respetar dicha opinión.opinión.

En el año 426 se dictó la “Ley de Citas”, publicada En el año 426 se dictó la “Ley de Citas”, publicada por los emperadores Teodosio II y Valentiniano III, por los emperadores Teodosio II y Valentiniano III, que reconocía autoridad sólo a Papiniano, Gayo, que reconocía autoridad sólo a Papiniano, Gayo, Paulo, Ulpiano y Modestino, que constituían el Paulo, Ulpiano y Modestino, que constituían el llamado “Tribunal de los Muertos”.llamado “Tribunal de los Muertos”.

Esta ley fue derogada por Justiniano, que reconoció Esta ley fue derogada por Justiniano, que reconoció las opiniones de estos mismos juristas, recopiladas las opiniones de estos mismos juristas, recopiladas por Triboniano en el Digesto o las Pandectas.por Triboniano en el Digesto o las Pandectas.

Page 72: DERECHO GENERAL

Edad Media:Edad Media: Con el Renacimiento del Derecho Romano (siglo XI) Con el Renacimiento del Derecho Romano (siglo XI)

vuelve a tomar gran autoridad la doctrina a través de vuelve a tomar gran autoridad la doctrina a través de las opiniones de los antiguos jurisconsultos.las opiniones de los antiguos jurisconsultos.

En España, en el año 1499, se declaró obligatoria la En España, en el año 1499, se declaró obligatoria la opinión de Baldo, Bartolo, y otros postglosadores.opinión de Baldo, Bartolo, y otros postglosadores.

No puede dejar de reconocerse la importancia de la No puede dejar de reconocerse la importancia de la labor de los juristas en la formación, la labor de los juristas en la formación, la sistematización, la mejor aplicación, la enseñanza y sistematización, la mejor aplicación, la enseñanza y el progreso del Derecho.el progreso del Derecho.

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17.2) 17.2) ConclusiónConclusión.-.-

Es innegable la influencia de la Doctrina Es innegable la influencia de la Doctrina sobre las otras fuentes del Derecho.sobre las otras fuentes del Derecho.

Es fuente material, como la ciencia de la Es fuente material, como la ciencia de la cultura y como valoración.cultura y como valoración.

Es fuente formal, como iluminar el camino Es fuente formal, como iluminar el camino para el estudio y aplicación del Derecho, y para el estudio y aplicación del Derecho, y para abrir nuevas perspectivas a la obra para abrir nuevas perspectivas a la obra del legislador y del juez.del legislador y del juez.

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18) 18) Conceptos Fundamentales del DerechoConceptos Fundamentales del Derecho.-.-18.1) 18.1) El Sujeto de DerechoEl Sujeto de Derecho.-.-

La norma jurídica expresa una relación entre dos sujetos La norma jurídica expresa una relación entre dos sujetos que se denominan “sujetos de derecho”que se denominan “sujetos de derecho”

Titular del Derecho = Sujeto Derecho - Habiente o Creditor.Titular del Derecho = Sujeto Derecho - Habiente o Creditor. Obligado = Sujeto Obligado o Debitor.Obligado = Sujeto Obligado o Debitor.

No cabe el titular del Derecho sin el obligado No cabe el titular del Derecho sin el obligado (Bilateralidad del Derecho).(Bilateralidad del Derecho).

La norma jurídica determina sus sujetos (sujetos La norma jurídica determina sus sujetos (sujetos determinables).determinables).

No caben derechos sin sujetos, es decir, el Derecho No caben derechos sin sujetos, es decir, el Derecho puede transmitirse de una persona a otra, pero siempre puede transmitirse de una persona a otra, pero siempre que sean sujetos.que sean sujetos.

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Sujeto de Derecho es la persona Sujeto de Derecho es la persona considerada desde el punto de vista considerada desde el punto de vista jurídico.jurídico.

Puede ser sujetos de Derecho:Puede ser sujetos de Derecho: Las Personas Individuales: Sujeto Individual Las Personas Individuales: Sujeto Individual

= Sujetos el hombre (persona)= Sujetos el hombre (persona) Las Personas Colectivas: Colectivos = Las Personas Colectivas: Colectivos =

Agrupaciones de personas a las que el Agrupaciones de personas a las que el Derecho atribuye ese carácter. En cuanto a Derecho atribuye ese carácter. En cuanto a sus fines, pueden ser:sus fines, pueden ser:

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a) De Derecho Público

b) De Derecho Privado

- Externo

- Interno

- Asociaciones

- Fundaciones

- Corporaciones

- Sociedades

- El Estado

- Los Organismos Internacionales

- Las Municipalidades

- Las Universidades

- Otras entidades semejantes

- Civiles

- Mercantiles

- etc.

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18.2) 18.2) La Persona Humana y la Persona Jurídica La Persona Humana y la Persona Jurídica para el Derechopara el Derecho.-.-

1)1) Todo derecho tiene su causa en el hombre.Todo derecho tiene su causa en el hombre.2)2) Esto genera varias preguntas:Esto genera varias preguntas:

¿Qué es ser persona en Derecho?¿Qué es ser persona en Derecho? ¿Quiénes son los hombres o las personas colectivas a las ¿Quiénes son los hombres o las personas colectivas a las

que el Derecho concede personalidad?que el Derecho concede personalidad? ¿En qué consiste la esencia de lo humano, sus modalidades y ¿En qué consiste la esencia de lo humano, sus modalidades y

sus manifestaciones?sus manifestaciones? ¿En qué consiste la realidad de una persona colectiva?¿En qué consiste la realidad de una persona colectiva?

3)3) El vocablo persona tiene una triple significación:El vocablo persona tiene una triple significación: Desde el punto de vista fisio-antropológico Desde el punto de vista fisio-antropológico significa significa

hombre.hombre. Desde el punto de vista teológico-filosófico Desde el punto de vista teológico-filosófico significa ente significa ente

racional, consciente, capaz de querer.racional, consciente, capaz de querer. Desde el punto de vista jurídico Desde el punto de vista jurídico significa ente que tiene significa ente que tiene

función jurídica, cualidades de derecho y capacidad.función jurídica, cualidades de derecho y capacidad.

Page 78: DERECHO GENERAL

4)4) En Derecho, persona es el hombre en cuanto es En Derecho, persona es el hombre en cuanto es reconocido como ente jurídico por el derecho objetivo. reconocido como ente jurídico por el derecho objetivo. El hombre no es considerado persona por naturaleza, El hombre no es considerado persona por naturaleza, sino, por obra del Derecho.sino, por obra del Derecho.

5)5) Según Kelsen, el orden jurídico no se apropia de la Según Kelsen, el orden jurídico no se apropia de la integridad del hombre como tal, sino, de algunas de integridad del hombre como tal, sino, de algunas de sus acciones u omisiones, que representan sus acciones u omisiones, que representan condiciones y consecuencias normativas.condiciones y consecuencias normativas.

Al Derecho no le interesa el hombre en sí, sino:Al Derecho no le interesa el hombre en sí, sino: El CiudadanoEl Ciudadano El VendedorEl Vendedor El PupiloEl Pupilo

Page 79: DERECHO GENERAL

El TutorEl Tutor El Hijo.El Hijo. El Padre.El Padre. El Arrendatario.El Arrendatario. El Heredero.El Heredero. El Moroso.El Moroso. El Delincuente.El Delincuente. El Contribuyente.El Contribuyente. El Soldado.El Soldado. El Juez, etc.El Juez, etc.

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Son personas jurídicas:Son personas jurídicas:1)1) El Derecho también las atribuye el carácter de El Derecho también las atribuye el carácter de

sujeto:sujeto: Si son de Derecho Público realizan fines de utilidad Si son de Derecho Público realizan fines de utilidad

pública.pública. Si son de Derecho Privado cumplen fines de utilidad Si son de Derecho Privado cumplen fines de utilidad

privadaprivada

2)2) Problemas centrales a definir:Problemas centrales a definir: ¿En qué consiste su naturaleza?¿En qué consiste su naturaleza? ¿Cuáles son los caracteres para atribuirles personalidad?¿Cuáles son los caracteres para atribuirles personalidad? ¿Qué función representa para existir el reconocimiento ¿Qué función representa para existir el reconocimiento

jurídico?jurídico?

Page 81: DERECHO GENERAL

Existen muchas teorías para dar respuesta a estas Existen muchas teorías para dar respuesta a estas preguntas. Algunas desde el campo mismo del preguntas. Algunas desde el campo mismo del Derecho, otras desde las Ciencias Sociales.Derecho, otras desde las Ciencias Sociales.

a)a) Teoría de la Ficción Teoría de la Ficción (Savigny).- Se refiere exclusivamente (Savigny).- Se refiere exclusivamente a las relaciones patrimoniales. Sostiene que la persona a las relaciones patrimoniales. Sostiene que la persona jurídica es un sujeto creado artificialmente capaz de tener jurídica es un sujeto creado artificialmente capaz de tener un patrimonio.un patrimonio.

b)b) Las Teorías PatrimonialistasLas Teorías Patrimonialistas.- Sostienen la posibilidad de .- Sostienen la posibilidad de la existencia de derechos sin sujeto, que son los que la existencia de derechos sin sujeto, que son los que corresponden a un patrimonio adscrito (escribir, inscribir, corresponden a un patrimonio adscrito (escribir, inscribir, atribuir) a un fin, a una empresa, o que son simplemente atribuir) a un fin, a una empresa, o que son simplemente patrimonios colectivos, a los que indebidamente se patrimonios colectivos, a los que indebidamente se atribuye una personalidad jurídica. Como por ejemplo, el atribuye una personalidad jurídica. Como por ejemplo, el caso de la Herencia Yacente.caso de la Herencia Yacente.

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c)c) Las Teorías de la InstituciónLas Teorías de la Institución (Haurion, Saleilles).- (Haurion, Saleilles).- Consideran que las personas jurídicas constituyen Consideran que las personas jurídicas constituyen organizaciones o empresas en las que el patrimonio ha organizaciones o empresas en las que el patrimonio ha adquirido independencia con relación a sus antiguos adquirido independencia con relación a sus antiguos titulares. Para otros autores, las personas jurídicas están titulares. Para otros autores, las personas jurídicas están constituidas simplemente por patrimonios colectivos.constituidas simplemente por patrimonios colectivos.

d)d) Las Teorías RealistasLas Teorías Realistas.- Sostienen que las personas .- Sostienen que las personas jurídicas no coinciden con el de hombre; que es necesario jurídicas no coinciden con el de hombre; que es necesario ensanchar el concepto de sujeto de la norma llevándolo de ensanchar el concepto de sujeto de la norma llevándolo de la esfera del Derecho Privado al Derecho Público y que la esfera del Derecho Privado al Derecho Público y que todas las personas jurídicas públicas o privadas son todas las personas jurídicas públicas o privadas son realidades, vivientes, dotadas de funciones psíquicas y realidades, vivientes, dotadas de funciones psíquicas y que gracias a ellas son sujetos de derecho, y merced a su que gracias a ellas son sujetos de derecho, y merced a su voluntad realizan fines, y mediante la inteligencia eligen los voluntad realizan fines, y mediante la inteligencia eligen los medios para ejecutarlos.medios para ejecutarlos.

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e)e) Otros TratadistasOtros Tratadistas.- Consideran que las personas jurídicas .- Consideran que las personas jurídicas constituyen creaciones del derecho objetivo o de las constituyen creaciones del derecho objetivo o de las ciencias jurídicas. Como por ejemplo, Ferrara considera ciencias jurídicas. Como por ejemplo, Ferrara considera que son tres los elementos de las personas jurídicas:que son tres los elementos de las personas jurídicas: La asociación de hombres.La asociación de hombres. El fin a realizar que debe ser determinado, posible y lícito.El fin a realizar que debe ser determinado, posible y lícito. La constitución por el Derecho (el más importante) La constitución por el Derecho (el más importante)

f)f) La Teoría Pura el DerechoLa Teoría Pura el Derecho (Kelsen).- Considera a la (Kelsen).- Considera a la persona jurídica como un complejo conjunto de normas de persona jurídica como un complejo conjunto de normas de Derecho, por medio de las cuales se regula la conducta Derecho, por medio de las cuales se regula la conducta recíproca de un conjunto de hombres que persiguen un fin recíproca de un conjunto de hombres que persiguen un fin común. común.

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3)3) Debe observarse que las personas Debe observarse que las personas colectivas o jurídicas no son simples colectivas o jurídicas no son simples creaciones del Derecho, sino son sujetos de creaciones del Derecho, sino son sujetos de derechos considerados por éste con ciertos derechos considerados por éste con ciertos caracteres que los definen como capaces caracteres que los definen como capaces de realizar fines jurídicos, sean éstos de realizar fines jurídicos, sean éstos patrimoniales o no patrimoniales.patrimoniales o no patrimoniales.El Derecho se limita a reconocerlos e El Derecho se limita a reconocerlos e incorporarlos dentro del orden legal ya incorporarlos dentro del orden legal ya existente. Su función no es constitutiva, sino existente. Su función no es constitutiva, sino atributiva. atributiva.

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19) 19) El Objeto de DerechoEl Objeto de Derecho.-.-

GenéricamenteGenéricamente: Significa:: Significa:a)a) Regulación de los actos que caen dentro de la Regulación de los actos que caen dentro de la

esfera jurídica (fin que persigue el Derecho), y esfera jurídica (fin que persigue el Derecho), y también,también,

b)b) Todo aquello sobre lo cual se establece la relación Todo aquello sobre lo cual se establece la relación jurídica (elemento de esa relación)jurídica (elemento de esa relación)

EspecíficamenteEspecíficamente: Se llama objeto de los : Se llama objeto de los derechos.derechos.

Lo que cae bajo poder del hombre y contenido de Lo que cae bajo poder del hombre y contenido de los derechos.los derechos.

Lo que a causa del Derecho podemos obtener. Lo que a causa del Derecho podemos obtener. Como por ejemplo, el Derecho de Propiedad.Como por ejemplo, el Derecho de Propiedad.

Page 86: DERECHO GENERAL

En el orden jurídico, la noción de objeto está En el orden jurídico, la noción de objeto está ligada a la de sujeto.ligada a la de sujeto. Es sujeto de derecho porque el orden jurídico le Es sujeto de derecho porque el orden jurídico le

reconoce la posibilidad de exigir “lo suyo”.reconoce la posibilidad de exigir “lo suyo”. El objeto es todo lo susceptible de ser considerado El objeto es todo lo susceptible de ser considerado

como “suyo” por el sujeto. como “suyo” por el sujeto. El objeto se intercala entre los sujetos, mide la El objeto se intercala entre los sujetos, mide la

obligación de uno y el derecho del otro.obligación de uno y el derecho del otro. Señala a cada una de ellas, cuál es el sentido y Señala a cada una de ellas, cuál es el sentido y

cuáles los alcances de sus facultades y de sus cuáles los alcances de sus facultades y de sus deberes.deberes.

ConclusiónConclusión: : No existen derechos sin objeto.No existen derechos sin objeto.

Page 87: DERECHO GENERAL

19.1) 19.1) ClasificaciónClasificación.- .-

Según el profesor Orgaz de la Universidad de Córdova, Según el profesor Orgaz de la Universidad de Córdova, propone la clasificación de los objetos de derecho en propone la clasificación de los objetos de derecho en bienes, hechos, valores adscritos a la personalidad bienes, hechos, valores adscritos a la personalidad humana y valores institucionales.humana y valores institucionales.

Bienes: Objetos corporales o incorporales susceptibles de ser Bienes: Objetos corporales o incorporales susceptibles de ser considerados como medios para la existencia de una relación considerados como medios para la existencia de una relación jurídica.jurídica.

Hechos: Acontecimientos, que deben producir derechos y Hechos: Acontecimientos, que deben producir derechos y obligaciones, y son apreciables económicamente.obligaciones, y son apreciables económicamente.

Valores Adscritos a la Personalidad: susceptibles de protección Valores Adscritos a la Personalidad: susceptibles de protección jurídica (libertad, honor)jurídica (libertad, honor)

Valores Institucionales: se hallan amparadas o protegidos por el Valores Institucionales: se hallan amparadas o protegidos por el Derecho y no son valorables económicamente (el Estado y sus Derecho y no son valorables económicamente (el Estado y sus múltiples manifestaciones como documentos, moneda, actos, múltiples manifestaciones como documentos, moneda, actos, etc.)etc.)

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Enneccerus distingue las siguientes objetos de Enneccerus distingue las siguientes objetos de Derecho:Derecho: La Propia Persona: La vida, la salud, el cuerpo, la La Propia Persona: La vida, la salud, el cuerpo, la

libertad, el trabajo, etc.libertad, el trabajo, etc. Otras personas: La familia.Otras personas: La familia. Los productos del Espíritu: obras científicas, literarias Los productos del Espíritu: obras científicas, literarias

y artísticas.y artísticas. Otros derechos: un usufructo o una prenda sobre un Otros derechos: un usufructo o una prenda sobre un

crédito.crédito. El Patrimonio: Patrimonio Hereditario o herencia.El Patrimonio: Patrimonio Hereditario o herencia. La denominación “bienes” corresponde:La denominación “bienes” corresponde:

• Las cosas (objetos materiales)Las cosas (objetos materiales)• Los productos del Espíritu, susceptibles de protección Los productos del Espíritu, susceptibles de protección

jurídica.jurídica.

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Los Hechos comprende:Los Hechos comprende:• Acciones u omisiones del hombre.Acciones u omisiones del hombre.• Hechos naturales.Hechos naturales.

Los bienes son susceptibles de muchas Los bienes son susceptibles de muchas clasificaciones:clasificaciones:

• El propietarioEl propietario * Del Estado* Del Estado* De Particulares* De Particulares

• A su naturaleza:A su naturaleza: Muebles e Inmuebles.Muebles e Inmuebles. Corporales e Incorporales.Corporales e Incorporales. Principales y Accesorios.Principales y Accesorios. Divisibles e Indivisibles.Divisibles e Indivisibles. Consumibles y no consumiblesConsumibles y no consumibles Fungibles y no fungibles, etc.Fungibles y no fungibles, etc.

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19.2) 19.2) Derecho Objetivo y Derecho SubjetivoDerecho Objetivo y Derecho Subjetivo.-.-

El término Derecho se emplea para designar bien la norma El término Derecho se emplea para designar bien la norma jurídica o bien el poder o facultad que la misma norma jurídica o bien el poder o facultad que la misma norma reconoce en favor de un sujeto, sobre lo que es suyo.reconoce en favor de un sujeto, sobre lo que es suyo.

El Derecho Objetivo es el que se halla constituido por las El Derecho Objetivo es el que se halla constituido por las proposiciones jurídicas tanto del Derecho Escrito como del proposiciones jurídicas tanto del Derecho Escrito como del Consuetudinario.Consuetudinario.

El Derecho Subjetivo se refiere a ese tener derecho a, que El Derecho Subjetivo se refiere a ese tener derecho a, que reviste una gran variedad de formas.reviste una gran variedad de formas.

Es necesario advertir que las expresiones “Derecho Objetivo” Es necesario advertir que las expresiones “Derecho Objetivo” y “Derecho Subjetivo” no contienen conceptos opuestos; y “Derecho Subjetivo” no contienen conceptos opuestos; ambas formas del Derecho se expresan a través de la norma ambas formas del Derecho se expresan a través de la norma y son inseparables. El ordenamiento jurídico constituye el y son inseparables. El ordenamiento jurídico constituye el derecho objetivo, y las facultades y los poderes que ese derecho objetivo, y las facultades y los poderes que ese ordenamiento reconoce al hombre como persona, es el ordenamiento reconoce al hombre como persona, es el Derecho Subejtvo.Derecho Subejtvo.

Las dos formas del Derecho son inseparables y una de ellas Las dos formas del Derecho son inseparables y una de ellas no puede ser pensada sin la otra.no puede ser pensada sin la otra.

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19.3) 19.3) Clasificación de los Derechos Clasificación de los Derechos SubjetivosSubjetivos.-.-

Los derechos subjetivos han sido clasificados de Los derechos subjetivos han sido clasificados de acuerdo a diversos criterios.acuerdo a diversos criterios.

El jurisconsulto romano Gayo separó las derechos de las El jurisconsulto romano Gayo separó las derechos de las personas, de las cosas y de las acciones en “Las personas, de las cosas y de las acciones en “Las Institutas”Institutas”

Esta división se mantuvo durante mucho tiempo y fue Esta división se mantuvo durante mucho tiempo y fue adoptada por varios códigos modernos, como el Código adoptada por varios códigos modernos, como el Código Civil Francés de 1,804, el Código Civil Peruano de 1,852 Civil Francés de 1,804, el Código Civil Peruano de 1,852 y el Código Civil Italiano de 1,865.y el Código Civil Italiano de 1,865.

Según el eminente tratadista Windscheid, los clasificó Según el eminente tratadista Windscheid, los clasificó en:en:

Derechos Subjetivos Absolutos, son los que tienen eficacia Derechos Subjetivos Absolutos, son los que tienen eficacia sobre cualquiera.sobre cualquiera.

Derechos Subjetivos Relativos, son aquellos que la tienen sobre Derechos Subjetivos Relativos, son aquellos que la tienen sobre una persona singular, o sobre un limitado número de personas.una persona singular, o sobre un limitado número de personas.

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Según Savigny, clasificó los derechos según sus Según Savigny, clasificó los derechos según sus relaciones orgánicas con la naturaleza misma del relaciones orgánicas con la naturaleza misma del hombre en:hombre en:

Derechos de los Bienes, que se subdividen en derechos sobre Derechos de los Bienes, que se subdividen en derechos sobre las cosas y obligaciones.las cosas y obligaciones.

Derechos de la Familia y Sucesiones, que comprenden los de Derechos de la Familia y Sucesiones, que comprenden los de intervención del Estado, etc.intervención del Estado, etc.

Roguin los clasifica en:Roguin los clasifica en: Derechos Subjetivos Absolutos, que pertenece a esta categoría:Derechos Subjetivos Absolutos, que pertenece a esta categoría:

• Los Derechos Autopersonales (al nombre, hablar, caminar).Los Derechos Autopersonales (al nombre, hablar, caminar).

• Los Potestativos o sobre la persona de otro (patria potestad, tutela).Los Potestativos o sobre la persona de otro (patria potestad, tutela).

• Los Reales (que pueden ser sobre cosa propia como la propiedad, Los Reales (que pueden ser sobre cosa propia como la propiedad, y sobre cosa ajena, como el usufructo).y sobre cosa ajena, como el usufructo).

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Derechos Subjetivos Relativos, que pertenecen a esta categoría Derechos Subjetivos Relativos, que pertenecen a esta categoría las obligaciones o derechos de crédito.las obligaciones o derechos de crédito.

Derechos Subjetivos de Monopolios (de derecho privado), que Derechos Subjetivos de Monopolios (de derecho privado), que pertenecen a esta categoría:pertenecen a esta categoría:

• Los Derechos Intelectuales (propiedad intelectual)Los Derechos Intelectuales (propiedad intelectual)• Los Derechos Industriales (marcas, patentes)Los Derechos Industriales (marcas, patentes)

Según Recasens Siches, los clasifica en tres clases:Según Recasens Siches, los clasifica en tres clases: Los Derechos a la Vida, los derechos de libertad de disfrute de Los Derechos a la Vida, los derechos de libertad de disfrute de

cosa propia, etc.cosa propia, etc. Los Derechos de Crédito, por ejemplo, y comprende aquellos Los Derechos de Crédito, por ejemplo, y comprende aquellos

que constituyen pretensiones o facultades otorgadas por la que constituyen pretensiones o facultades otorgadas por la norma para exigir de otra persona el cumplimiento de un deber norma para exigir de otra persona el cumplimiento de un deber jurídico mediante el aparato coactivo del Estado.jurídico mediante el aparato coactivo del Estado.

Los Derechos que tiene un propietario para vender, donar, Los Derechos que tiene un propietario para vender, donar, hipotecar, etc. un bien, considerados como poderes de hipotecar, etc. un bien, considerados como poderes de formación jurídica, que son facultades que la norma atribuye a formación jurídica, que son facultades que la norma atribuye a una persona para determinar el nacimiento, la modificación o la una persona para determinar el nacimiento, la modificación o la extinción de relaciones jurídicas.extinción de relaciones jurídicas.

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Según el tratadista Dabin, clasifica los derechos Según el tratadista Dabin, clasifica los derechos subjetivos de acuerdo a su contenido:subjetivos de acuerdo a su contenido: Derechos de la Personalidad, que son los que tienen Derechos de la Personalidad, que son los que tienen

por objeto “los elementos constitutivos de la por objeto “los elementos constitutivos de la personalidad del sujeto tomados en sus múltiples personalidad del sujeto tomados en sus múltiples aspectos, como el físico, moral e individual y social” y aspectos, como el físico, moral e individual y social” y se refieren ya al ser del hombre (su cuerpo, sus se refieren ya al ser del hombre (su cuerpo, sus miembros, su honor) o a su obrar (libertad).miembros, su honor) o a su obrar (libertad).

Derechos sobre las Cosas Materiales e Inmateriales Derechos sobre las Cosas Materiales e Inmateriales (Reales e Intelectuales).(Reales e Intelectuales).

Derechos sobre la Persona de otro (de crédito o de Derechos sobre la Persona de otro (de crédito o de obligación)obligación)

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Los Derechos Subjetivos han sido clasificado a Los Derechos Subjetivos han sido clasificado a su vez, por otros tratadistas:su vez, por otros tratadistas: Derechos Patrimoniales (Derechos de Propiedad)Derechos Patrimoniales (Derechos de Propiedad) Derechos No Patrimoniales (Derechos Políticos)Derechos No Patrimoniales (Derechos Políticos) Derechos Inmediatos (Derechos sobre el Cuerpo).Derechos Inmediatos (Derechos sobre el Cuerpo). Derechos Diferidos (los que nacen de contratos)Derechos Diferidos (los que nacen de contratos) Derechos Potestativos (el titular los ejerce a su Derechos Potestativos (el titular los ejerce a su

arbitrio)arbitrio) Derecho de Ejercicio Obligatorio (autorización al Derecho de Ejercicio Obligatorio (autorización al

titular vinculada a un deber o prohibición).titular vinculada a un deber o prohibición). Derechos fines (facultan una conducta; como por Derechos fines (facultan una conducta; como por

ejemplo: el de propiedad)ejemplo: el de propiedad)

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Derechos Medios (protegen la conducta facultada; Derechos Medios (protegen la conducta facultada; como por ejemplo: la posesión)como por ejemplo: la posesión)

Derechos de Duración Ilimitada (la propiedad).Derechos de Duración Ilimitada (la propiedad). Derechos de Duración Limitada (un derecho de Derechos de Duración Limitada (un derecho de

crédito).crédito). Derechos Independientes (la mayoría de los Derechos Independientes (la mayoría de los

derechos).derechos). Derechos Dependientes de otro derecho (el derecho Derechos Dependientes de otro derecho (el derecho

de libertad, el de optar).de libertad, el de optar). Derechos Renunciables (el derecho a renunciar a un Derechos Renunciables (el derecho a renunciar a un

trabajo).trabajo). Derechos Irrenunciables (el derecho a la vida)Derechos Irrenunciables (el derecho a la vida)

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20) 20) El Derecho PositivoEl Derecho Positivo.-.-

Se llama Derecho Positivo al conjunto de leyes vigentes Se llama Derecho Positivo al conjunto de leyes vigentes en un país.en un país.

La adecuación de nuestro Derecho Positivo a los La adecuación de nuestro Derecho Positivo a los principios de la moral cristiana es (en la que está principios de la moral cristiana es (en la que está inspirado) evidente. La Constitución protege la libertad y inspirado) evidente. La Constitución protege la libertad y la dignidad del hombre, la familia, la propiedad. Toda la dignidad del hombre, la familia, la propiedad. Toda legislación civil está encaminada a hacer efectivas esas legislación civil está encaminada a hacer efectivas esas garantías.garantías.

Algunas veces, la referencia a la moral o a principios Algunas veces, la referencia a la moral o a principios morales es expresa. morales es expresa.

La influencia de la moral en el Derecho Positivo se ha La influencia de la moral en el Derecho Positivo se ha acentuado notoriamente con la incorporación de la acentuado notoriamente con la incorporación de la teoría del abuso del Derecho, la lesión y la reiterada teoría del abuso del Derecho, la lesión y la reiterada aplicación del concepto de equidad, que no es sino una aplicación del concepto de equidad, que no es sino una de las expresiones de la justicia.de las expresiones de la justicia.

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20.1) 20.1) Clasificación del Derecho PositivoClasificación del Derecho Positivo.- .- Distinción entre Derecho Público y PrivadoDistinción entre Derecho Público y Privado.-.-

El Derecho Positivo se divide en dos grandes ramas: El Derecho Positivo se divide en dos grandes ramas: Derecho Público y Derecho Privado.Derecho Público y Derecho Privado.

El punto de partida de la división o clasificación del El punto de partida de la división o clasificación del Derecho en público y privado se halla en el Libro I de las Derecho en público y privado se halla en el Libro I de las Instituciones de Ulpiano. Según el referido texto, el Instituciones de Ulpiano. Según el referido texto, el Derecho Público concierne a la utilidad del Estado y el Derecho Público concierne a la utilidad del Estado y el privado a la de los particulares. La teoría clásica sobre privado a la de los particulares. La teoría clásica sobre esta distinción inspirada en Ulpiano se denomina teoría esta distinción inspirada en Ulpiano se denomina teoría del interés. Según esta doctrina, el Derecho Público está del interés. Según esta doctrina, el Derecho Público está constituido por normas que amparan el interés general o constituido por normas que amparan el interés general o colectivo, y el Derecho Privado por aquellas que se colectivo, y el Derecho Privado por aquellas que se refieren al interés individual o de los particulares.refieren al interés individual o de los particulares.

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Según el tratadista Weill, las diferencias entre Según el tratadista Weill, las diferencias entre estas dos formas del Derecho las sintetiza de la estas dos formas del Derecho las sintetiza de la siguiente manera:siguiente manera: En cuanto al fin: El fin del Derecho Público es dar En cuanto al fin: El fin del Derecho Público es dar

satisfacción a los intereses colectivos de la nación satisfacción a los intereses colectivos de la nación organizando el gobierno de ésta y la gestión de los organizando el gobierno de ésta y la gestión de los servicios públicos. En cambio, el fin del Derecho servicios públicos. En cambio, el fin del Derecho Privado es asegurar al máximo la satisfacción de los Privado es asegurar al máximo la satisfacción de los intereses individuales.intereses individuales.

En cuanto al carácter: El Derecho Público será En cuanto al carácter: El Derecho Público será esencialmente imperativo. El derecho Privado, en esencialmente imperativo. El derecho Privado, en cambio, dejará a la autonomía de la voluntad y la cambio, dejará a la autonomía de la voluntad y la mayor parte de sus reglas no serán imperativas.mayor parte de sus reglas no serán imperativas.

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21) 21) La Técnica JurídicaLa Técnica Jurídica.-.-

La Técnica Jurídica forma parte de la Dogmática o La Técnica Jurídica forma parte de la Dogmática o Ciencia del Derecho. Según Ihering, la técnica jurídica Ciencia del Derecho. Según Ihering, la técnica jurídica tiene un sentido formal, que consiste en determinar de tiene un sentido formal, que consiste en determinar de qué manera debe establecerse y organizarse el qué manera debe establecerse y organizarse el Derecho, abstracción hecha de su contenido, para que Derecho, abstracción hecha de su contenido, para que su mecanismo facilite y asegure la mejor aplicación de su mecanismo facilite y asegure la mejor aplicación de sus reglas.sus reglas.

Stammler la conceptualiza como método de Stammler la conceptualiza como método de conocimiento y de exposición de un derecho conocimiento y de exposición de un derecho históricamente dado. históricamente dado.

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Según Dabin, la técnica jurídica es aquella que está Según Dabin, la técnica jurídica es aquella que está constituida por el conjunto de medios y procedimientos constituida por el conjunto de medios y procedimientos adoptados con el fin de garantizar los fines generales y adoptados con el fin de garantizar los fines generales y particulares del Derecho, o sea los modos de protección particulares del Derecho, o sea los modos de protección o las reglas creadoras de los caminos del Derecho.o las reglas creadoras de los caminos del Derecho.

El conjunto de procedimientos necesarios en orden a la El conjunto de procedimientos necesarios en orden a la elaboración de las fuentes formales del Derecho y a su elaboración de las fuentes formales del Derecho y a su recta aplicación, constituye la técnica jurídica.recta aplicación, constituye la técnica jurídica.

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21.1) 21.1) La InterpretaciónLa Interpretación.-.-

La interpretación de las normas jurídicas toma el La interpretación de las normas jurídicas toma el lenguaje como punto de partida, sigue hasta el lenguaje como punto de partida, sigue hasta el pensamiento y de allí al objeto. pensamiento y de allí al objeto.

Interpretar una norma jurídica, según Interpretar una norma jurídica, según Enneccerus es esclarecer su sentido y Enneccerus es esclarecer su sentido y precisamente aquel sentido que es decisivo precisamente aquel sentido que es decisivo para la vida jurídica y, por tanto, también para la para la vida jurídica y, por tanto, también para la resolución.resolución.

Sobre la naturaleza de la función interpretativa Sobre la naturaleza de la función interpretativa se ha discutido muchísimo sobre el se ha discutido muchísimo sobre el intelectualismo y el voluntarismo.intelectualismo y el voluntarismo.

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El Intelectualismo considera que la interpretación es un acto de El Intelectualismo considera que la interpretación es un acto de la inteligencia que realiza una serie de operaciones con el la inteligencia que realiza una serie de operaciones con el objeto de descubrir el sentido de una proposición jurídica.objeto de descubrir el sentido de una proposición jurídica.

El voluntarismo sostiene que más que desentrañar el El voluntarismo sostiene que más que desentrañar el significado de las expresiones, interpretar vale tanto como significado de las expresiones, interpretar vale tanto como crear.crear.

Es evidente que la interpretación consiste en una tarea de la Es evidente que la interpretación consiste en una tarea de la inteligencia que es la búsqueda del sentido de las inteligencia que es la búsqueda del sentido de las proposiciones jurídicas dentro de la más amplia libertad.proposiciones jurídicas dentro de la más amplia libertad.

Existe el subjetivismo y el objetivismo para poder interpretar Existe el subjetivismo y el objetivismo para poder interpretar una norma jurídica, que es buscar el sentido de la proposición una norma jurídica, que es buscar el sentido de la proposición jurídica.jurídica.

Para el subjetivismo, lo que el intérprete debe investigar es la Para el subjetivismo, lo que el intérprete debe investigar es la voluntad del legislador (mens legislatoris), lo que éste ha voluntad del legislador (mens legislatoris), lo que éste ha querido y como tal ha expresado en la ley.querido y como tal ha expresado en la ley.

Para el objetivismo, debe buscarse la voluntad de la ley (mens Para el objetivismo, debe buscarse la voluntad de la ley (mens legis), lo que en ella aparece como objetivamente querido.legis), lo que en ella aparece como objetivamente querido.

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21.2) 21.2) Método de la InterpretaciónMétodo de la Interpretación.-.-

Existen varios métodos interpretativos:Existen varios métodos interpretativos:a)a) El Método Gramatical o Filológico, repara en las El Método Gramatical o Filológico, repara en las

palabras para desprender de ellas o de su modo de palabras para desprender de ellas o de su modo de empleo, la intención del legislador. empleo, la intención del legislador. Por ejemploPor ejemplo: A : A los sinónimos, a los textos paralelos, etc.los sinónimos, a los textos paralelos, etc.

b)b) El Método Exegético o Histórico, que corresponde El Método Exegético o Histórico, que corresponde al apogeo del racionalismo jurídico. Sus al apogeo del racionalismo jurídico. Sus características más saltantes son la identificación características más saltantes son la identificación de todo el Derecho con el Derecho Positivo, y la de de todo el Derecho con el Derecho Positivo, y la de éste con la ley, el propósito de la interpretación éste con la ley, el propósito de la interpretación como la búsqueda de las voluntad del legislador, la como la búsqueda de las voluntad del legislador, la importancia del argumento de autoridad, el carácter importancia del argumento de autoridad, el carácter eminentemente estatal del Derecho y algunas más. eminentemente estatal del Derecho y algunas más.

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c)c) El Método de la Evolución Histórica, sustentado por El Método de la Evolución Histórica, sustentado por Raymond Saleilles, considera que la interpretación, Raymond Saleilles, considera que la interpretación, en vez de buscar la voluntad subjetiva del en vez de buscar la voluntad subjetiva del legislador, debe perseguir el mejor modo de legislador, debe perseguir el mejor modo de aplicación de la ley conforme a su fin.aplicación de la ley conforme a su fin.

d)d) El Método de la Libre Investigación Científica, El Método de la Libre Investigación Científica, según Geny considera que la interpretación debe según Geny considera que la interpretación debe buscar la voluntad del legislador, pero que el único buscar la voluntad del legislador, pero que el único camino para tal búsqueda no es la ley, que, aunque camino para tal búsqueda no es la ley, que, aunque representa la fuente más importante, en caso de representa la fuente más importante, en caso de lagunas de la legislación, el intérprete debe recurrir lagunas de la legislación, el intérprete debe recurrir a otras fuentes, como la costumbre, y en última a otras fuentes, como la costumbre, y en última instancia, la naturaleza de las cosas, mediante la instancia, la naturaleza de las cosas, mediante la “libre investigación científica”“libre investigación científica”

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21.3) 21.3) Aplicación del Derecho en el Tiempo y en Aplicación del Derecho en el Tiempo y en el Espacioel Espacio.-.-

Las leyes no pueden tener eficacia con anterioridad al Las leyes no pueden tener eficacia con anterioridad al momento en que han entrado en vigor ni con posterioridad momento en que han entrado en vigor ni con posterioridad al momento de su derogación. Tiene un punto de arranque al momento de su derogación. Tiene un punto de arranque constituido por el momento en que entran en vigencia y un constituido por el momento en que entran en vigencia y un punto terminal constituido por el momento en que tiene punto terminal constituido por el momento en que tiene lugar la cesación de su vigencia. Es entre estos dos polos lugar la cesación de su vigencia. Es entre estos dos polos temporales donde tiene que desarrollarse su radio de temporales donde tiene que desarrollarse su radio de acción.acción.

El Principio General de la Irretroactividad de las Leyes; las El Principio General de la Irretroactividad de las Leyes; las Leyes; las leyes no deben tener efecto retroactivo, y por lo Leyes; las leyes no deben tener efecto retroactivo, y por lo tanto, no deben afectar en principio las relaciones tanto, no deben afectar en principio las relaciones jurídicas nacidas al amparo de normas anteriores. Las jurídicas nacidas al amparo de normas anteriores. Las Leyes deben mirar al porvenir y no al pasado, sólo en Leyes deben mirar al porvenir y no al pasado, sólo en algún caso particular y por determinadas circunstancias, algún caso particular y por determinadas circunstancias, puede autorizarse que la norma posterior tenga en el puede autorizarse que la norma posterior tenga en el tiempo un efecto mayor que el indicado.tiempo un efecto mayor que el indicado.

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La retroactividad invoca la justicia. Si se dicta una ley La retroactividad invoca la justicia. Si se dicta una ley nueva es porque es mejor y más justa que la anterior. Es nueva es porque es mejor y más justa que la anterior. Es lógico, por tanto, que se aplique a los hechos futuros lógico, por tanto, que se aplique a los hechos futuros como a los pasados, en tanto que sea posible.como a los pasados, en tanto que sea posible.

La irretroactividad invoca la seguridad jurídica. Las leyes La irretroactividad invoca la seguridad jurídica. Las leyes se dictan para el futuro, su aplicación retroactiva se dictan para el futuro, su aplicación retroactiva originaría un completo estado de inseguridad, puesto originaría un completo estado de inseguridad, puesto que ninguna situación ni ningún acto podrían que ninguna situación ni ningún acto podrían considerarse como completamente firmes y terminados considerarse como completamente firmes y terminados si pudieran modificarse después, en función de leyes si pudieran modificarse después, en función de leyes que muchas veces ni siquiera se pudieran preveer.que muchas veces ni siquiera se pudieran preveer.

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22) 22) Integración del DerechoIntegración del Derecho.- .- ConceptoConcepto.- .- Plenitud del Derecho y Lagunas del Plenitud del Derecho y Lagunas del

DerechoDerecho.-.-

Se habla de lagunas cuando un ordenamiento carece Se habla de lagunas cuando un ordenamiento carece de la norma adecuada para resolver determinado caso de la norma adecuada para resolver determinado caso o cuando la norma o normas existentes no conducen a o cuando la norma o normas existentes no conducen a una solución que se estima justa. Se llama a la primera una solución que se estima justa. Se llama a la primera “verdadera laguna” y a la otra “falsa laguna”.“verdadera laguna” y a la otra “falsa laguna”.

Según Enneccerus, existen cuatro tipos de lagunas:Según Enneccerus, existen cuatro tipos de lagunas:1)1) Cuando la ley da al juez una orientación general, señalándole Cuando la ley da al juez una orientación general, señalándole

expresa o tácitamente hechos, conceptos o criterios, no expresa o tácitamente hechos, conceptos o criterios, no determinados en sus notas particulares y que el juez debe determinados en sus notas particulares y que el juez debe investigar en cada caso concreto.investigar en cada caso concreto.

2)2) Cuando la ley calla en absoluto.Cuando la ley calla en absoluto.3)3) Cuando dos leyes sin referencia alguna entre sí, se Cuando dos leyes sin referencia alguna entre sí, se

contradicen haciéndose recíprocamente ineficaces.contradicen haciéndose recíprocamente ineficaces.4)4) Cuando la norma es inaplicable por abarcar casos y acarrear Cuando la norma es inaplicable por abarcar casos y acarrear

consecuencias que el legislador no habría ordenado de haber consecuencias que el legislador no habría ordenado de haber conocido aquellas o sospechado éstas.conocido aquellas o sospechado éstas.

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22.1) 22.1) Modos de IntegraciónModos de Integración.-.-

Los principales modos o procedimientos Los principales modos o procedimientos de integración son:de integración son:

a)a) La Analogía, es un procedimiento que La Analogía, es un procedimiento que consiste en aplicar la norma establecida consiste en aplicar la norma establecida para un caso a otro no previsto, en razón de para un caso a otro no previsto, en razón de la igualdad esencial que existe entre ambos.la igualdad esencial que existe entre ambos.

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..

b)b) Los Principios Generales del Derecho, que Los Principios Generales del Derecho, que constituyen otro medio para la integración constituyen otro medio para la integración del ordenamiento jurídico. Su fundamento del ordenamiento jurídico. Su fundamento se encuentra en la mente humana, que ha se encuentra en la mente humana, que ha engendrado aquel cuerpo de doctrina engendrado aquel cuerpo de doctrina general acerca del Derecho que responde a general acerca del Derecho que responde a una permanente y sólida tradición científica.una permanente y sólida tradición científica.

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Los Principios Generales del Derecho son verdades Los Principios Generales del Derecho son verdades jurídico-morales basados en el concepto que el jurídico-morales basados en el concepto que el hombre es persona jurídica, de donde se hombre es persona jurídica, de donde se desprende su valor frente a los demás, que desprende su valor frente a los demás, que requiere la igualdad y la legalidad, cuyos corolarios requiere la igualdad y la legalidad, cuyos corolarios son: la soberanía de la ley, la igualdad de todos son: la soberanía de la ley, la igualdad de todos ante ella y la división de los poderes.ante ella y la división de los poderes.

c)c) La Equidad, que tiene por finalidad corregir el error La Equidad, que tiene por finalidad corregir el error proveniente de la defectuosa aplicación de la proveniente de la defectuosa aplicación de la generalidad de la ley a la particularidad del caso. generalidad de la ley a la particularidad del caso. Por lo tanto, el equitativo es justo, es la naturaleza Por lo tanto, el equitativo es justo, es la naturaleza de lo equitativo: ser una rectificación de la ley en la de lo equitativo: ser una rectificación de la ley en la parte que ésta es deficiente por su carácter general. parte que ésta es deficiente por su carácter general. Es llamada también “la justicia del caso individual”.Es llamada también “la justicia del caso individual”.

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23) 23) Los Fines del DerechoLos Fines del Derecho.-.-

Los fines poseen para el Derecho una doble Los fines poseen para el Derecho una doble significación: son, por una parte, principios que significación: son, por una parte, principios que dirigen su elaboración y que se incorporan en dirigen su elaboración y que se incorporan en normas y en instituciones; y, por otra, ideales normas y en instituciones; y, por otra, ideales que representan su permanente aspiración.que representan su permanente aspiración.

Como fines propiamente dichos del Derecho, Como fines propiamente dichos del Derecho, tenemos al bien común y la seguridad jurídica y tenemos al bien común y la seguridad jurídica y la justicia como su valor fundamental.la justicia como su valor fundamental.

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23.1) 23.1) El Bien ComúnEl Bien Común.-.-

El fin social es buscado por toda sociedad porque El fin social es buscado por toda sociedad porque satisface las aspiraciones del grupo, porque constituye satisface las aspiraciones del grupo, porque constituye un bien para la comunidad, o para expresarlo en un bien para la comunidad, o para expresarlo en términos más propios, porque tiene el significado y el términos más propios, porque tiene el significado y el valor de bien común.valor de bien común.

La naturaleza del bien común se halla constituida por el La naturaleza del bien común se halla constituida por el conjunto organizado de las condiciones sociales, gracias conjunto organizado de las condiciones sociales, gracias a las cuales la persona humana puede cumplir su a las cuales la persona humana puede cumplir su destino natural y espiritual. El Bien Común es el destino natural y espiritual. El Bien Común es el bienestar general de toda una Sociedad.bienestar general de toda una Sociedad.

Como término de las aspiraciones sociales, el bien Como término de las aspiraciones sociales, el bien común ofrece las notas de universalidad, plasticidad, común ofrece las notas de universalidad, plasticidad, progreso y dinamismo.progreso y dinamismo.

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El carácter que define mejor la esencia del bien común El carácter que define mejor la esencia del bien común es su universalidad. Es universal en si mismo, en cuanto es su universalidad. Es universal en si mismo, en cuanto a los sujetos que beneficia y en sus fines.a los sujetos que beneficia y en sus fines.

El Bien de la multitud es muchos más grande y divino El Bien de la multitud es muchos más grande y divino que el de uno solo. Éste, integrado materialmente por que el de uno solo. Éste, integrado materialmente por los bienes individuales, formalmente es superior a ellos, los bienes individuales, formalmente es superior a ellos, porque el bien de las partes se dirige al bien del todo. porque el bien de las partes se dirige al bien del todo. Además, este concepto es regulado con un criterio de Además, este concepto es regulado con un criterio de justicia, fuente de paz social.justicia, fuente de paz social.

Por otro lado, el lograr el óptimo ambiente moral, cultural Por otro lado, el lograr el óptimo ambiente moral, cultural y material implican valores que se tienen que alcanzar y material implican valores que se tienen que alcanzar para poder obtener o conseguir el bien común.para poder obtener o conseguir el bien común.

El Derecho, que ordena la conducta social del hombre, El Derecho, que ordena la conducta social del hombre, está llamado a dirigirla hacia el bien común, como uno está llamado a dirigirla hacia el bien común, como uno de sus fines.de sus fines.

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23.2) 23.2) La Seguridad JurídicaLa Seguridad Jurídica.-.-

La Seguridad Jurídica es el motivo radical y la razón de ser La Seguridad Jurídica es el motivo radical y la razón de ser del Derecho, aunque no su fin supremo, y que aquél no ha del Derecho, aunque no su fin supremo, y que aquél no ha sido hecho por los hombres para rendir culto u homenaje a la sido hecho por los hombres para rendir culto u homenaje a la justicia, sino para colmar una urgente necesidad de seguridad justicia, sino para colmar una urgente necesidad de seguridad y de certeza en la vida social.y de certeza en la vida social.

La Seguridad Jurídica, es una noción esencialmente La Seguridad Jurídica, es una noción esencialmente societaria ligada en una garantía dada al individuo de que su societaria ligada en una garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y sus derechos, no serán objeto de persona, sus bienes y sus derechos, no serán objeto de ataques violentos o que, si éstos llegan a producirse, le serán ataques violentos o que, si éstos llegan a producirse, le serán asegurados por la sociedad, protección y reparación. Esto asegurados por la sociedad, protección y reparación. Esto quiere decir, que ninguna situación jurídica deberá sufrir quiere decir, que ninguna situación jurídica deberá sufrir alteraciones, sino mediante procedimientos legítimos, alteraciones, sino mediante procedimientos legítimos, conforme a la ley.conforme a la ley.

La Seguridad Jurídica, es el valor jurídico que consiste en la La Seguridad Jurídica, es el valor jurídico que consiste en la garantía que el Derecho proporciona a los asociados garantía que el Derecho proporciona a los asociados respecto de la conservación y respeto de sus derechos y que respecto de la conservación y respeto de sus derechos y que si éstos fueran violados le serán restablecidos o reparados.si éstos fueran violados le serán restablecidos o reparados.

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23.3)23.3)La JusticiaLa Justicia.- .- Teoría sobre la JusticiaTeoría sobre la Justicia.-.-

La Justicia es el valor principal que el Derecho trata de La Justicia es el valor principal que el Derecho trata de realizar a través de sus distintas expresiones. Podrá realizar a través de sus distintas expresiones. Podrá haber un derecho justo, menos justo o injusto, pero haber un derecho justo, menos justo o injusto, pero siempre llevará en sí una aspiración hacia la justicia.siempre llevará en sí una aspiración hacia la justicia.

La Justicia hace su aparición dentro del pensamiento La Justicia hace su aparición dentro del pensamiento jurídico occidental como un concepto propio de la jurídico occidental como un concepto propio de la diversidad.diversidad.

El Consejo, la prudencia, el equilibrio y la armonía eran El Consejo, la prudencia, el equilibrio y la armonía eran considerados como atributos de los dioses. Sólo con la considerados como atributos de los dioses. Sólo con la verdad se podía realizar la justicia, según el verdad se podía realizar la justicia, según el pensamiento griego.pensamiento griego.

Para los primeros filósofos, la justicia es una virtud Para los primeros filósofos, la justicia es una virtud universal. Una exigencia que “suceda aquello que debe universal. Una exigencia que “suceda aquello que debe éticamente que suceder”.éticamente que suceder”.

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Según Heráclito, la justicia coincide con la necesidad Según Heráclito, la justicia coincide con la necesidad cósmica en virtud de la cual se mantiene el orden y la cósmica en virtud de la cual se mantiene el orden y la regularidad del universo.regularidad del universo.

En la filosofía de Parménides, la justicia equivale a la En la filosofía de Parménides, la justicia equivale a la ciencia, al saber sobre el secreto de las realidades y ciencia, al saber sobre el secreto de las realidades y simboliza el orden absoluto, la necesidad metafísica por simboliza el orden absoluto, la necesidad metafísica por la cual son imposibles las cosas absurdas.la cual son imposibles las cosas absurdas.

Pitágoras considera que la justicia es, al igual que la Pitágoras considera que la justicia es, al igual que la ciencia, una armonía.ciencia, una armonía.

Sócrates distinguió dos formas de justicia: una que Sócrates distinguió dos formas de justicia: una que consiste en el sometimiento a las leyes del Estado, y la consiste en el sometimiento a las leyes del Estado, y la otra, consistente en el respeto a esa ley no escrita, otra, consistente en el respeto a esa ley no escrita, eterna e inmutable. eterna e inmutable.

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Platón sostiene que la justicia es una virtud superior y Platón sostiene que la justicia es una virtud superior y ordenadora de las otras virtudes: la templanza, la ordenadora de las otras virtudes: la templanza, la fortaleza y la sabiduría.fortaleza y la sabiduría.

Templanza = Placeres y Apetitos.Templanza = Placeres y Apetitos. Fortaleza = ímpetus y Pasiones.Fortaleza = ímpetus y Pasiones. Sabiduría = Inteligencia hacia los conocimientos.Sabiduría = Inteligencia hacia los conocimientos.

La Justicia, representa en el sistema platónico, la salud La Justicia, representa en el sistema platónico, la salud del alma y la injusticia, su enfermedad.del alma y la injusticia, su enfermedad.

Aristóteles, considera a la justicia como la más Aristóteles, considera a la justicia como la más importante de las virtudes y más admirable que la importante de las virtudes y más admirable que la estrella de la tarde y de la mañana. Para él, la justicia estrella de la tarde y de la mañana. Para él, la justicia era sinónimo de igualdad.era sinónimo de igualdad.

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La filosofía romana recibió influencia de la filosofía La filosofía romana recibió influencia de la filosofía griega en el pensamiento jurídico. Ulpiano, por ejemplo, griega en el pensamiento jurídico. Ulpiano, por ejemplo, define a la jurisprudencia como la ciencia de lo justo y de define a la jurisprudencia como la ciencia de lo justo y de lo injusto. La justicia consiste, según él, en esa lo injusto. La justicia consiste, según él, en esa constante y perpetúa voluntad de dar a cada uno lo constante y perpetúa voluntad de dar a cada uno lo suyo.suyo.

El Cristianismo, considera a la justicia como virtud El Cristianismo, considera a la justicia como virtud general y subordinante de las otras. Entre sus general y subordinante de las otras. Entre sus representantes, tenemos a:representantes, tenemos a: San Ambrosio, que llama a la justicia “madre fecunda de San Ambrosio, que llama a la justicia “madre fecunda de

las demás virdudes” y otros padres de la Iglesia extienden las demás virdudes” y otros padres de la Iglesia extienden su significado al cumplimiento de todos los mandatos y su significado al cumplimiento de todos los mandatos y obligaciones.obligaciones.

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San Agustín ve en Dios la fuente de toda justicia, que San Agustín ve en Dios la fuente de toda justicia, que se expresa a través de los mandatos de la ley eterna. se expresa a través de los mandatos de la ley eterna. Tal virtud consiste en reconocer el orden impreso por Tal virtud consiste en reconocer el orden impreso por la divinidad en el universo; en el hombre, el la divinidad en el universo; en el hombre, el sometimiento de la criatura a Dios, y en la vida del sometimiento de la criatura a Dios, y en la vida del cuerpo al alma.cuerpo al alma.

Santo Tomás de Aquino, definió a la justicia como el Santo Tomás de Aquino, definió a la justicia como el hábito por el cual, con perpetua y constante voluntad, hábito por el cual, con perpetua y constante voluntad, es dado a cada cual su derecho. Es un hábito, en es dado a cada cual su derecho. Es un hábito, en tanto que, disposición permanente de la voluntad tanto que, disposición permanente de la voluntad porque es una virtud moral, y no intelectual, perfecta porque es una virtud moral, y no intelectual, perfecta porque espera una última relación entre el propósito porque espera una última relación entre el propósito justo y el objeto, y constante porque debe ser justo y el objeto, y constante porque debe ser perseverancia en dar a otro lo suyo. Él considera a la perseverancia en dar a otro lo suyo. Él considera a la justicia como virtud social porque ordena al hombre justicia como virtud social porque ordena al hombre en sus relaciones con el otro.en sus relaciones con el otro.

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El filósofo moderno Leibniz, considera a la justicia como El filósofo moderno Leibniz, considera a la justicia como virtud general. Justo es lo que participa en igual medida virtud general. Justo es lo que participa en igual medida de la sabiduría y de la bondad. de la sabiduría y de la bondad. Esta última tiene por objeto alcanzar el mayor bien Esta última tiene por objeto alcanzar el mayor bien posible y la sabiduría es inherente al entendimiento y la posible y la sabiduría es inherente al entendimiento y la bondad a la voluntad, en tanto que la justicia lo es a bondad a la voluntad, en tanto que la justicia lo es a ambos.ambos.El Derecho no puede ser injusto, esto implicaría una El Derecho no puede ser injusto, esto implicaría una grave contradicción, aunque la ley sí puede contener grave contradicción, aunque la ley sí puede contener injusticias, según él.injusticias, según él.

El Idealismo Hegeliano, identifica a la justicia con el El Idealismo Hegeliano, identifica a la justicia con el Derecho al divinizar la realidad. Hegel dice que “lo que Derecho al divinizar la realidad. Hegel dice que “lo que es real es racional y lo que es racional es real”. es real es racional y lo que es racional es real”.

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El Formalismo, representado por Stammler, considera a El Formalismo, representado por Stammler, considera a la justicia como una idea, es decir, como una noción la justicia como una idea, es decir, como una noción abstracta de todos los hechos posibles de la vida abstracta de todos los hechos posibles de la vida humana. Justo equivale a lo ordenado unitariamente y lo humana. Justo equivale a lo ordenado unitariamente y lo opuesto es el caos y la confusión del espíritu.opuesto es el caos y la confusión del espíritu.Gracias a este concepto, es que ordenamos la materia Gracias a este concepto, es que ordenamos la materia jurídica en una armonía absoluta, que puede jurídica en una armonía absoluta, que puede denominarse la “comunidad pura”, que consiste en el denominarse la “comunidad pura”, que consiste en el enlace o unión de fines y no en un criterio meramente enlace o unión de fines y no en un criterio meramente subjetivo de validez.subjetivo de validez.

Según Radbruch, la justicia puede ser entendida como Según Radbruch, la justicia puede ser entendida como obediencia a la ley (juez) o como ideal del derecho obediencia a la ley (juez) o como ideal del derecho (legislador), cuya esencia es la igualdad que es una idea (legislador), cuya esencia es la igualdad que es una idea formal, puesto que no precisa quiénes son los iguales y formal, puesto que no precisa quiénes son los iguales y los desiguales, y que, por tanto, debe complementarse los desiguales, y que, por tanto, debe complementarse con la adecuación al fin (valores morales) y con la con la adecuación al fin (valores morales) y con la seguridad que da al Derecho fuerza para imponerse.seguridad que da al Derecho fuerza para imponerse.

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Para Kelsen, la justicia como valor absoluto es Para Kelsen, la justicia como valor absoluto es negativo. Su contenido no puede ser negativo. Su contenido no puede ser determinado por la Teoría del Derecho a partir determinado por la Teoría del Derecho a partir de datos empíricos, puesto que se la considera de datos empíricos, puesto que se la considera como idea platónica (más allá de la realidad) o como idea platónica (más allá de la realidad) o como la cosa en sí, más allá de los fenómenos. como la cosa en sí, más allá de los fenómenos. La justicia, según él, hará que el Derecho La justicia, según él, hará que el Derecho Positivo fuera del todo superfluo.Positivo fuera del todo superfluo.

Según Del Vecchio, la justicia quiere que cada Según Del Vecchio, la justicia quiere que cada sujeto sea reconocido y considerado por los sujeto sea reconocido y considerado por los demás como principio absoluto de sus propios demás como principio absoluto de sus propios actos.actos.

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24) 24) Valores JurídicosValores Jurídicos.-.-24.1) 24.1) La JusticiaLa Justicia.-.-

La Justicia, como virtud suprema y ordenadora de las La Justicia, como virtud suprema y ordenadora de las otras, equivale a un hábito, voluntad constante del otras, equivale a un hábito, voluntad constante del hombre justo, de reconocer y otorgar a otro lo suyo. hombre justo, de reconocer y otorgar a otro lo suyo. Como concepto lógico, es una relación fundada en la Como concepto lógico, es una relación fundada en la igualdad, en la proporcionalidad. Como ideal representa igualdad, en la proporcionalidad. Como ideal representa esa permanente aspiración humana hacia el esa permanente aspiración humana hacia el reconocimiento pleno del valor de la persona.reconocimiento pleno del valor de la persona.

La virtud de la Justicia es una disposición de la voluntad La virtud de la Justicia es una disposición de la voluntad que la lleva a reconocer el derecho de los demás que la lleva a reconocer el derecho de los demás hombres.hombres.

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Es justo el hombre que por libre determinación se dirige Es justo el hombre que por libre determinación se dirige perpetua y constantemente a respetar y a dar a los otros perpetua y constantemente a respetar y a dar a los otros lo suyo; a realizar el bien que le impone la virtud de la lo suyo; a realizar el bien que le impone la virtud de la justicia. justicia.

La Justicia es el supremo valor del Derecho y por tal La Justicia es el supremo valor del Derecho y por tal razón no constituye un fin propiamente tal de éste a la razón no constituye un fin propiamente tal de éste a la manera del bien común o de la seguridad jurídica.manera del bien común o de la seguridad jurídica.

La Justicia es un valor social que tiene su raíz en la La Justicia es un valor social que tiene su raíz en la persona, que es superior a la Sociedad, a la Nación, al persona, que es superior a la Sociedad, a la Nación, al Estado. Llega a la Sociedad por comunicación, pero su Estado. Llega a la Sociedad por comunicación, pero su mundo espiritual escapa a la Sociedad y no puede ser mundo espiritual escapa a la Sociedad y no puede ser determinado por ella.determinado por ella.

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24.2) 24.2) El Valor de Libertad, Igualdad, Orden, El Valor de Libertad, Igualdad, Orden, Seguridad Jurídica y Bien ComúnSeguridad Jurídica y Bien Común.-.-

La Libertad es un atributo de la personalidad. La libertad La Libertad es un atributo de la personalidad. La libertad constituye una facultad del hombre garantizada por la constituye una facultad del hombre garantizada por la norma jurídica. En este último sentido, se reconoce al norma jurídica. En este último sentido, se reconoce al ser humano, su libertad de conciencia (de pensamiento, ser humano, su libertad de conciencia (de pensamiento, de creencia, de expresión) libertades políticas, libertades de creencia, de expresión) libertades políticas, libertades de trabajo, libertad de residencia, libertad de reunión, de trabajo, libertad de residencia, libertad de reunión, etc.etc.

El Derecho Objetivo, a la vez que consagra y protege El Derecho Objetivo, a la vez que consagra y protege estas libertades, señala límites y modalidades para su estas libertades, señala límites y modalidades para su ejercicio.ejercicio.

Dentro de este concepto de libertad, se considera la Dentro de este concepto de libertad, se considera la libertad jurídica o derecho de libertad.libertad jurídica o derecho de libertad.

El Derecho de Libertad es el ejercicio de la libertad de la El Derecho de Libertad es el ejercicio de la libertad de la voluntad dentro del Derecho. Es la facultad de optar voluntad dentro del Derecho. Es la facultad de optar entre realizar o no realizar los actos permitidos y los entre realizar o no realizar los actos permitidos y los prohibidos por el orden jurídico.prohibidos por el orden jurídico.

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El Derecho ordena y prohíbe. El derecho de libertad es El Derecho ordena y prohíbe. El derecho de libertad es la potestad de ejercitar o no los actos ordenados, y de la potestad de ejercitar o no los actos ordenados, y de abstenerse o no de los actos prohibidos. Los actos que abstenerse o no de los actos prohibidos. Los actos que no están ni ordenados ni prohibidos (aquellos que no están ni ordenados ni prohibidos (aquellos que corresponden a lo que el Derecho no manda ni prohíbe) corresponden a lo que el Derecho no manda ni prohíbe) en sentido estricto, están fuera de él.en sentido estricto, están fuera de él.

El Derecho de Libertad es un derecho absoluto, significa El Derecho de Libertad es un derecho absoluto, significa la facultad del titular de hacer u omitir lo prescrito o lo la facultad del titular de hacer u omitir lo prescrito o lo prohibido, que debe ser representada por todos los prohibido, que debe ser representada por todos los demás sujetos.demás sujetos.

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La Igualdad es la conformidad entre las cosas. Es la La Igualdad es la conformidad entre las cosas. Es la correspondencia entre las partes de un todo.correspondencia entre las partes de un todo.

El Orden es la distribución jerárquica de las cosas y El Orden es la distribución jerárquica de las cosas y coordinación de sus funciones. Es la colocación de las coordinación de sus funciones. Es la colocación de las cosas en el lugar que les corresponde. Es la regla o el cosas en el lugar que les corresponde. Es la regla o el modo para hacer las cosas. Es el mandato que se debe modo para hacer las cosas. Es el mandato que se debe obedecer, observar y ejecutar.obedecer, observar y ejecutar.

El Orden consiste en que los individuos y las El Orden consiste en que los individuos y las instituciones ocupen el lugar y desempeñen las instituciones ocupen el lugar y desempeñen las funciones que les corresponden, de acuerdo con los funciones que les corresponden, de acuerdo con los preceptos que rijan la organización y la convivencia preceptos que rijan la organización y la convivencia social.social.

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La Seguridad Jurídica, o la certeza, es el sentido de La Seguridad Jurídica, o la certeza, es el sentido de estabilidad que ofrece al individuo la sociedad al apreciar estabilidad que ofrece al individuo la sociedad al apreciar su conducta. Es necesario que cada hombre sepa cómo su conducta. Es necesario que cada hombre sepa cómo será calificada su acción y cómo se incluirá esa acción en será calificada su acción y cómo se incluirá esa acción en la vida histórica de la Sociedad. Esta garantía de la la vida histórica de la Sociedad. Esta garantía de la conducta humana tiene que ver con la ética del Derecho conducta humana tiene que ver con la ética del Derecho porque sin ella no se pueden realizar sus valores.porque sin ella no se pueden realizar sus valores.

El Bien Común es aquello que en sí tiene el complemento El Bien Común es aquello que en sí tiene el complemento de la perfección. Es utilidad y beneficio para toda una de la perfección. Es utilidad y beneficio para toda una sociedad. Es aquel valor que favorece a toda una multitud.sociedad. Es aquel valor que favorece a toda una multitud.

El Bien Común es el conjunto de condiciones sociales que El Bien Común es el conjunto de condiciones sociales que favorecen la existencia y el desarrollo del hombre. Se trata favorecen la existencia y el desarrollo del hombre. Se trata de prescripciones sociales necesarias para que los de prescripciones sociales necesarias para que los individuos y grupos alcancen plenamente sus fines individuos y grupos alcancen plenamente sus fines existenciales y logren su desarrollo integral. Es el fin existenciales y logren su desarrollo integral. Es el fin último, el propósito supremo que absorbe a los otros fines, último, el propósito supremo que absorbe a los otros fines, incluyendo el ideal de la Justicia.incluyendo el ideal de la Justicia.

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25) 25) Los Derechos HumanosLos Derechos Humanos.-.-25.1) 25.1) ConceptoConcepto.-.-

Los Derechos Humanos son los derechos que tienen las Los Derechos Humanos son los derechos que tienen las personas consagradas en la Constitución Política del Estado.personas consagradas en la Constitución Política del Estado.

Los Derechos son las facultades que tenemos las personas Los Derechos son las facultades que tenemos las personas para exigir el cumplimiento y el respeto de algo. Dicho en para exigir el cumplimiento y el respeto de algo. Dicho en otras palabras, son las facultades para hacer o exigir que se otras palabras, son las facultades para hacer o exigir que se haga todo aquello que la naturaleza humana y las leyes haga todo aquello que la naturaleza humana y las leyes establecen a favor de las personas.establecen a favor de las personas.

Este concepto forma parte de la llamada “Convivencia Este concepto forma parte de la llamada “Convivencia Social”, que es la fuente originaria de los deberes y derechos Social”, que es la fuente originaria de los deberes y derechos de la persona; en ella se practica el respeto mutuo a la de la persona; en ella se practica el respeto mutuo a la dignidad humana en la búsqueda del desarrollo integral de la dignidad humana en la búsqueda del desarrollo integral de la personalidad. personalidad.

Los Derechos Humanos son llamados también “Derechos Los Derechos Humanos son llamados también “Derechos Fundamentales de la Persona”, como los denomina la “Carta Fundamentales de la Persona”, como los denomina la “Carta de las Naciones Unidas” y consagrados en la Declaración de las Naciones Unidas” y consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.Universal de los Derechos Humanos.

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25.2) 25.2) La Declaración Universal de los La Declaración Universal de los Derechos HumanosDerechos Humanos.-.-

Es un documento en el que se establecen los derechos Es un documento en el que se establecen los derechos de la persona humana que todos los Estados están de la persona humana que todos los Estados están obligados a reconocer, respetar y proteger. Fue obligados a reconocer, respetar y proteger. Fue aprobada en la III Asamblea General de las Naciones aprobada en la III Asamblea General de las Naciones Unidas, realizada en París el 10 de Diciembre de 1,948.Unidas, realizada en París el 10 de Diciembre de 1,948.

Su redacción se sustenta en las realizaciones señaladas Su redacción se sustenta en las realizaciones señaladas en los antecedentes y se nutre de la lucha de los en los antecedentes y se nutre de la lucha de los pueblos por abolir la esclavitud y la servidumbre, de las pueblos por abolir la esclavitud y la servidumbre, de las malas condiciones de trabajo a que son sometidos los malas condiciones de trabajo a que son sometidos los obreros y campesinos, y del reclamo de los pueblos por obreros y campesinos, y del reclamo de los pueblos por instaurar una Sociedad que respete a la persona instaurar una Sociedad que respete a la persona humana, procurando mejores condiciones de vida de la humana, procurando mejores condiciones de vida de la colectividad y desterrando el hambre, la miseria, el colectividad y desterrando el hambre, la miseria, el desempleo, el subempleo y todas las formas y desempleo, el subempleo y todas las formas y manifestaciones de la injusticia social.manifestaciones de la injusticia social.

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Para este efecto, los Estados deben dotarse de una Para este efecto, los Estados deben dotarse de una organización social, política y económica que garantice organización social, política y económica que garantice el cumplimiento de la Declaración.el cumplimiento de la Declaración.

La Declaración ha sido aprobada por el Estado Peruano La Declaración ha sido aprobada por el Estado Peruano mediante la Resolución Legislativa Nº 13282 del 5 de mediante la Resolución Legislativa Nº 13282 del 5 de Diciembre de 1,959 emitida por el Congreso de la Diciembre de 1,959 emitida por el Congreso de la República, quedando desde esa fecha convertida en Ley República, quedando desde esa fecha convertida en Ley de la República que obliga a todos los peruanos y a las de la República que obliga a todos los peruanos y a las instituciones a respetar y proteger los derechos instituciones a respetar y proteger los derechos contenidos en la Declaración. La Constitución vigente contenidos en la Declaración. La Constitución vigente recoge los derechos señalados en la Declaración a los recoge los derechos señalados en la Declaración a los que ha convertido en norma constitucional. Asimismo, que ha convertido en norma constitucional. Asimismo, todo lo relacionado con los derechos humanos ha sido todo lo relacionado con los derechos humanos ha sido ratificado constitucionalmente. ratificado constitucionalmente.

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25.3) 25.3) Evolución HistóricaEvolución Histórica.- .- La Declaración de los Derechos del HombreLa Declaración de los Derechos del Hombre.-.-

El reconocimiento de los Derechos Humanos está El reconocimiento de los Derechos Humanos está vinculado a la lucha del hombre por el reconocimiento de vinculado a la lucha del hombre por el reconocimiento de su dignidad como persona humana.su dignidad como persona humana.

En la Edad Antigua, imperaba el régimen esclavista, sólo En la Edad Antigua, imperaba el régimen esclavista, sólo eran reconocidos los derechos de los amos mientras eran reconocidos los derechos de los amos mientras que la inmensa mayoría de los hombres estaba que la inmensa mayoría de los hombres estaba sometida a la voluntad del esclavista. La dignidad de os sometida a la voluntad del esclavista. La dignidad de os esclavos no importaba, ya que eran considerados como esclavos no importaba, ya que eran considerados como cosas de propiedad del amo y como tal, los podía matar, cosas de propiedad del amo y como tal, los podía matar, vender, castigar y aprovecharse de su trabajo. Fue el vender, castigar y aprovecharse de su trabajo. Fue el régimen de los hombres sin libertad.régimen de los hombres sin libertad.

Esta situación generó las grandes rebeliones de Esta situación generó las grandes rebeliones de esclavos en busca de la libertad, uno de cuyos líderes esclavos en busca de la libertad, uno de cuyos líderes más genuinos fue Espartaco.más genuinos fue Espartaco.

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En la Edad Media, reinaba el régimen feudal en la que En la Edad Media, reinaba el régimen feudal en la que los esclavos pasaron a la condición de siervos, es decir, los esclavos pasaron a la condición de siervos, es decir, a la condición de quienes se les reconocía una libertad a la condición de quienes se les reconocía una libertad muy restringida, puesto que seguían sometidos a la muy restringida, puesto que seguían sometidos a la voluntad del Señor Feudal para quien trabajaban bajo un voluntad del Señor Feudal para quien trabajaban bajo un sistema de explotación. Como compensación recibían sistema de explotación. Como compensación recibían una parcela que apenas les permitía sobrevivir. una parcela que apenas les permitía sobrevivir. Políticamente, los siervos no tenían capacidad de Políticamente, los siervos no tenían capacidad de decisión. Por lo tanto, al igual que los esclavos, los decisión. Por lo tanto, al igual que los esclavos, los siervos también se sublevaron, para hacer reconocer siervos también se sublevaron, para hacer reconocer sus derechos civiles y políticos.sus derechos civiles y políticos.

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En la Edad Moderna, con el surgimiento de la burguesía, En la Edad Moderna, con el surgimiento de la burguesía, como clase social y de los obreros y artesanos, se inicia como clase social y de los obreros y artesanos, se inicia una nueva etapa en la lucha por los derechos del una nueva etapa en la lucha por los derechos del hombre. Estas nuevas clases, en alianza con los hombre. Estas nuevas clases, en alianza con los campesinos, lucharon contra el sistema feudal que no campesinos, lucharon contra el sistema feudal que no les permitía un libre desarrollo personal y social. En este les permitía un libre desarrollo personal y social. En este periodo, se promulga la Carta Magna en Inglaterra en el periodo, se promulga la Carta Magna en Inglaterra en el año 1,215, en la cual se reconocen los derechos de las año 1,215, en la cual se reconocen los derechos de las personas vinculadas a la burguesía naciente, sobre todo personas vinculadas a la burguesía naciente, sobre todo el derecho a la libertad. Este es el primer documento el derecho a la libertad. Este es el primer documento histórico vinculado con los derechos del hombre. Luego, histórico vinculado con los derechos del hombre. Luego, se dicta la Ley de Hábeas Corpus en 1,679 en defensa se dicta la Ley de Hábeas Corpus en 1,679 en defensa de la libertad individual, consagrando el principio de que de la libertad individual, consagrando el principio de que “nadie puede ser detenido sin mandato judicial”.“nadie puede ser detenido sin mandato judicial”.

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El notable desarrollo de las ideas políticas, económicas El notable desarrollo de las ideas políticas, económicas de carácter liberal y el progreso de las ciencias, de carácter liberal y el progreso de las ciencias, permitieron un gran avance de la civilización en virtud permitieron un gran avance de la civilización en virtud del cual el hombre se coloca por encima de todas las del cual el hombre se coloca por encima de todas las cosas, de la Sociedad y del Estado mismo, tomando cosas, de la Sociedad y del Estado mismo, tomando como fundamento el reconocimiento de su dignidad como fundamento el reconocimiento de su dignidad humana, fuente de todos los derechos. Ello sirvió de humana, fuente de todos los derechos. Ello sirvió de inspiración en el futuro para la redacción de nuevos inspiración en el futuro para la redacción de nuevos documentos relacionados con los derechos del hombre.documentos relacionados con los derechos del hombre.

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25.4) 25.4) Antecedentes DocumentalesAntecedentes Documentales.-.-

Además de la Carta Magna y de la Ley de Hábeas Además de la Carta Magna y de la Ley de Hábeas Corpus producidas en Inglaterra, los antecedentes Corpus producidas en Inglaterra, los antecedentes más importantes de la Declaración Universal de los más importantes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos son los siguientes::Derechos Humanos son los siguientes:: La Declaración de Independencia de los Estados La Declaración de Independencia de los Estados

Unidos de Norteamérica, ésta se encuentra Unidos de Norteamérica, ésta se encuentra redactada en el Acta del 4 de Julio de 1,776. Se basa redactada en el Acta del 4 de Julio de 1,776. Se basa en los principios de que “todos los hombres nacen en los principios de que “todos los hombres nacen iguales”, “que la vida, la libertad y la felicidad son iguales”, “que la vida, la libertad y la felicidad son derechos inalienables” y “que existe el derecho de derechos inalienables” y “que existe el derecho de instituir un nuevo gobierno si el constituido no cumple instituir un nuevo gobierno si el constituido no cumple con sus fines”. con sus fines”.

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La Declaración de los Derechos del Hombre y del La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano; este documento fue redactado Ciudadano; este documento fue redactado inspirándose en las ideas liberales de John Locke, inspirándose en las ideas liberales de John Locke, Juan Jacobo Rousseau, Montesquieu, Voltaire y en la Juan Jacobo Rousseau, Montesquieu, Voltaire y en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos Declaración de Independencia de los Estados Unidos de Norteamérica. Su aprobación y promulgación de Norteamérica. Su aprobación y promulgación estuvieron a cargo de la Asamblea Constituyente del estuvieron a cargo de la Asamblea Constituyente del 26 de Agosto de 1,789, instaurada luego del Triunfo 26 de Agosto de 1,789, instaurada luego del Triunfo de la Revolución Francesa que canceló el sistema de la Revolución Francesa que canceló el sistema feudal. No obstante haber sido redactada para feudal. No obstante haber sido redactada para Francia, su repercusión y validez fue de carácter Francia, su repercusión y validez fue de carácter mundial.mundial.

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En esta declaración, destacan los siguientes principios:En esta declaración, destacan los siguientes principios:a)a) Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en

derechos.derechos.b)b) El principio de toda soberanía reside esencialmente en la El principio de toda soberanía reside esencialmente en la

Nación.Nación.c)c) La libertad consiste en poder hacer todo lo que no La libertad consiste en poder hacer todo lo que no

perjudique a otro.perjudique a otro.d)d) La ley es la expresión de la voluntad general.La ley es la expresión de la voluntad general.e)e) La libre emisión del pensamiento y de las opiniones es La libre emisión del pensamiento y de las opiniones es

uno de los derechos más preciosos del hombre.uno de los derechos más preciosos del hombre.f)f) La Sociedad tiene el derecho de pedir cuentas de su La Sociedad tiene el derecho de pedir cuentas de su

administración a todo agente público.administración a todo agente público.g)g) Nadie puede ser acusado, preso, ni detenido, sino en los Nadie puede ser acusado, preso, ni detenido, sino en los

casos determinados por la Ley.casos determinados por la Ley.h)h) Todo hombre es declarado inocente hasta que no haya Todo hombre es declarado inocente hasta que no haya

sido declarado culpable.sido declarado culpable.i)i) Nadie puede ser molestado por sus opiniones.Nadie puede ser molestado por sus opiniones.j)j) Nadie puede ser privado de la propiedad.Nadie puede ser privado de la propiedad.

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25.5) 25.5) Clasificación de los Derechos HumanosClasificación de los Derechos Humanos.-.-

DERECHOS CIVILES

• Derecho a la Vida (Art. 2, inc.1)• Derecho a la Identidad, Integridad Moral

Psíquica y Física (Art. 2, inc. 1)• Derecho a la Igualdad ante la Ley

(Art. 2, inc.2)• Derecho a la Intimidad Personal y Familiar

(Art. 2, inc. d)• Derecho a la Libertad y Seguridad Personales

(Art. 2, inc. 24)• Derecho a la Libertad de Pensamiento

(Art. 2, inc. 3)• Derecho a la Libertad de Conciencia o

Religión (Art. 2, inc. 3)• Derecho a la Libertad de Información

(Art. 2, inc.4)• Derecho a la Libertad de Creación Intelectual

y Artística (Art. 2, inc. 8)• Derecho a la Inviolabilidad de Domicilio

(Art. 2, inc. 9)• Derecho al Secreto e Inviolabilidad de las

Comunicaciones (Art. 2, inc. 10)• Derecho a elegir el Lugar de Residencia

(Art. 2, inc. 11)• Derecho a la Libertad de Tránsito

(Art. 2, inc.11)• Derecho de Asociación (Art. 2, inc.13)• Derecho a la Nacionalidad (Art. 2, inc. 21)• Derecho a la Paz y a la Tranquilidad

(Art. 2, inc.22)• Derechos Jurisdiccionales enumerados en el

Art. 139.

DERECHOS POLÍTICOS

• Derecho de Reunión (Art. 2, inc. 12)• Derecho de Participación Política

(Art. 2, inc. 17)• Derecho de mantener en reserva las

Convicciones Políticas, Filosóficas o Religiosas (Art. 2, inc. 18)

• Derecho de Petición (Art. 2, inc. 20)• Derecho de Participar en los Asuntos

Públicos (Art. 31)• Derecho a la Ciudadanía (Art. 30)• Derecho de Elegir y ser Elegido (Art. 31)• Derecho de Participar en el Gobierno

Municipal (Art. 31)• Derecho al Sufragio (Art. 31)• Derecho a la Filiación Partidaria (Art. 35)• Derecho al Asilo Político (Art. 36)• Derecho de Solicitar Referéndum (Art. 31)• Derecho de Iniciativa Legislativa (Art. 31)• Derecho de Remoción y de Revocación de

Autoridades (Art. 31)• Derecho de Demandar Rendición de Cuentas

(Art. 31)• Derecho de Insurgencia (Art. 46)

DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES

• Derecho de Contratar (Art. 2, inc. 14 y Art. 62)• Derecho a la Propiedad y a la Herencia

(Art. 2, inc. 16 y Art. 70)• Derecho a la Protección de los Grupos

Vulnerables (Art.4)• Derecho a la Protección de la Salud (Art. 7)• Derecho a la Seguridad Social (Art. 10)• Derecho a la Educación (Art. 13)• Derecho al Trabajo (Art. 22)• Derecho a la Sindicación y a la Huelga

(Art. 28)• Derecho a Participar en las Utilidades de la

Empresa (Art. 29)• Derecho de Propiedad sobre la Tierra (Art. 88)• Derecho a al Creación Artística (Art. 2, inc. 8)• Derecho a la Identidad Étnica y Cultural

(Art. 2, inc. 19)• Derecho a la Propiedad Intelectual

(Art. 2, inc.8)• Derecho a la Libertad de Trabajo, Empresa

Comercio e Industria (Art. 59)

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26) 26) Práctica JurídicaPráctica Jurídica.-.-

La Práctica es el ejercicio de un arte o facultad.La Práctica es el ejercicio de un arte o facultad. Es el método, procedimiento, modo de actuar. Costumbre, Es el método, procedimiento, modo de actuar. Costumbre,

uso, estilo. Es la actividad que, dirigidos por un maestro, uso, estilo. Es la actividad que, dirigidos por un maestro, conocedor o profesional, deben realizar durante conocedor o profesional, deben realizar durante determinado tiempo los que ejercerán ciertas carreras o determinado tiempo los que ejercerán ciertas carreras o desempeñarán algunos cargos. Destreza, habilidad. desempeñarán algunos cargos. Destreza, habilidad. Aplicación, ejecución de principios, doctrina o programa. Aplicación, ejecución de principios, doctrina o programa. Como por ejemplo, Escuela de Práctica Jurídica.Como por ejemplo, Escuela de Práctica Jurídica.

Lo jurídico es lo concerniente al Derecho. Ajustado a él. Lo jurídico es lo concerniente al Derecho. Ajustado a él. Legal. Se decía jurídica de la acción intentada con arreglo Legal. Se decía jurídica de la acción intentada con arreglo a derecho. Es característico este adjetivo para designar a derecho. Es característico este adjetivo para designar diversos organismos asesores en materia legal y judicial.diversos organismos asesores en materia legal y judicial.