derecho delos indigenas

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DERECHO DE LA POBLACIÓN INDÍGENAS Y CONSERVACIÓN DE SU HÁBITAT indígenas frecuenteme constituyen una minoría (aunque en algunos c mayoría), dentro de estados nacionales de corte europeo, organizad pautas culturales, religiosas, políticas, económicas, raciales, et entorno mayoritariamente europeizado. De este modo, en el sentido más restringido y utilizado del término, «lo indígena !ace referencia pre"europeo que representa en sí mismo una antítesis de la cultura #iguiendo este uso, no es infrecuente !a$lar de pue$los indígenas partes del mundo. %or e&emplo, suele considerarse que los maoríes pue$lo indígena de 'ue a elanda. *am$ién puede !a$larse de indíge +orneo, en frica y en otros lugares. #in em$argo, laspo$laciones nati as de -ustralia, aun siendo tam$ién indígenas, se conocen $a&o la denominación distinti a de a$orígenes - lo largo de los a os los /stados americanos, en e&ercicio de su adoptado una serie de instrumentos internacionales que se !an con e $ase de un sistema regional de promoción y protección de !umanos. Dic!o sistema normati o reconoce y define estos derec!os, o$ligaciones tendientes a su promoción y protección y crea órganos a elar por su o$ser ancia. 0ecientemente, la Declaración de 'aciones 1nidas so$re los Derec!o %ue$los 2ndígenas, adoptada por la -sam$lea 3eneral el 45 de septi 6778, reconoció los derec!os $ásicos de los pue$los indígenas en algunas áreas de especial interés para estos pue$los, el derec!o a la integridad cultural, el derec!o a la igu a la no" discriminación, el derec!o al autogo$ierno y a la autonomía, el derec!o a la tierra, el territorio y los recursos na al consentimiento pre io, li$re e informado, entre otros, $asándose en principio general del derec!o a la li$re determinación. /stos últimos derec!os, que $uscan garantizar la tierra, e recursos naturales, son el o$&eto de análisis del presente estudio cuenta que el solo reconocimiento de los derec!os no asegura elrec de la propiedad y defensa de los territorios indígenas, con todo l conlle a, sino que se esta$lecen como una !erramienta para la efect de esos derec!os colecti os. /n el presente estudio se !a$lará, por lo tanto, de la situación ! pue$los indígenas !an tenido respecto al territorio, del creciente interés

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DEFINICION DEL PROBLEMA

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DERECHO DE LA POBLACIN INDGENAS Y CONSERVACIN DE SU HBITAT indgenas frecuenteme constituyen una minora (aunque en algunos casos son mayora), dentro de estados nacionales de corte europeo, organizados segn pautas culturales, religiosas, polticas, econmicas, raciales, etc., propias de un entorno mayoritariamente europeizado. De este modo, en el sentido ms restringido y utilizado del trmino, lo indgena hace referencia a un remanente pre-europeo que representa en s mismo una anttesis de la cultura equropea .Siguiendo este uso, no es infrecuente hablar de pueblos indgenas en distintas partes del mundo. Por ejemplo, suele considerarse que los maores son un pueblo indgena de Nueva Zelanda. Tambin puede hablarse de indgenas en Borneo, en frica y en otros lugares.Sin embargo, las poblaciones nativas de Australia, aun siendo tambin indgenas, se conocen bajo la denominacin distintiva de aborgenes.

A lo largo de los aos los Estados americanos, en ejercicio de su soberana, han adoptado una serie de instrumentos internacionales que se han convertido en la base de un sistema regional de promocin y proteccin de los derechos humanos. Dicho sistema normativo reconoce y define estos derechos, establece obligaciones tendientes a su promocin y proteccin y crea rganos destinados a velar por su observancia.Recientemente, la Declaracin de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas, adoptada por la Asamblea General el 13 de septiembre de 2007, reconoci los derechos bsicos de los pueblosindgenas en algunas reas de especial inters para estos pueblos, tales como el derecho a la integridad cultural, el derecho a la igualdad y a la no-discriminacin, el derecho al autogobierno y a laautonoma, el derecho a la tierra, el territorio y los recursos naturales, el derecho al consentimiento previo, libre e informado, entre otros, basndose en el principio general del derecho a la libre determinacin.Estos ltimos derechos, que buscan garantizar la tierra, el territorio y los recursos naturales, son el objeto de anlisis del presente estudio, teniendo en cuenta que el solo reconocimiento de los derechos no asegura elreconocimiento de la propiedad y defensa de los territorios indgenas, con todo lo que esto conlleva, sino que se establecen como una herramienta para la efectiva defensa de esos derechos colectivos.En el presente estudio se hablar, por lo tanto, de la situacin histrica que los pueblos indgenas han tenido respecto al territorio, del creciente inters internacional por estos derechos y del reconocimiento constitucional que algunos pases latinoamericanos han realizado en concordancia con este tema de inters mundial.Tomando en cuenta que existe un numeroso cuerpo de disposiciones o herramientas internacionales para la proteccin de los derechos humanos que pueden utilizar los pueblos o comunidades indgenas para la defensa de su territorio, su forma de vida y el ambiente que los rodea, el objetivo aqu es analizar algunos de los derechos de los pueblos indgenas, reconocidos a nivel internacional, que se pueden vincular y usar para la proteccin del medio ambiente por parte de los pueblos indgenas. Con tal fin analizar algunos de los derechos reconocidos constitucionalmente, relacionados con la proteccin y defensa del medio ambiente por parte de los pueblos indgenas de Amrica, haciendo un nfasis en el derecho a la tierra y conservacin del medio ambiente, as como el derecho a la vida y a la salud humana, contrastndolo con jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

EL RESPETO A LA INTEGRIDAD Y CONSERVACIN DESU HBITAT NATURALEs ampliamente conocida la importancia del medio natural como base del elemento cultural de los pueblos indgenas, 19 en tanto se constituye como un elemento que les dota de recursos y de identidad, realizando una funcin generadora de conceptos y estructuradora de su organizacin social (estos elementos de anlisis son utilizados frecuentemente por la corriente antropolgica denominada ecologa cultural).A nivel internacional, diversos textos se han hecho eco de esta significacin para los pueblos indgenas, por lo que han integrado dentro de su texto o articulado, disposiciones relativas a los derechos de los pueblos indgenas sobre sus tierras y sobre los recursos naturales que ah se integran. Sin embargo, la preocupacin por la conservacin y proteccin del medio ambiente es una cuestin relativamente novedosa, motivo por el que se ha incorporado de manera general en los textos nacionales e internacionales ms recientes.

A nivel internacional, en el prembulo del Convenio 169 de la OIT se hace una breve referencia a la importancia de este elemento para los pueblos indgenas al reconocer la "particular contribucin de los pueblos indgenas y tribales a la diversidad cultural, a la armona social y ecolgica de la humanidad y a la cooperacin y comprensin internacionales". En el prembulo del Proyecto de Declaracin Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas tambin se subraya la importancia de este elemento, al reconocer en el pargrafo tercero "el respeto que los pueblos indgenas de las Amricas rinden al medio ambiente y la ecologa", as como "el valor de las culturas, conocimientos y prcticas de los pueblos indgenas para mantener un desarrollo sustentable y para vivir en armona con la naturaleza" (OAS, 2003).Por otra parte, la Declaracin de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas hace una referencia importante al medio ambiente, al declarar en el prembulo: "considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prcticas tradicionales indgenas contribuyen al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenacin adecuada del ambiente"; 20 adems, en el artculo 29 reconoce el derecho de los pueblos indgenas a las conservacin y proteccin del medio ambiente, as como de la capacidad productiva de sus tierras, territorios y recursos:1. Los pueblos indgenas tienen derecho a la conservacin y proteccin del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios ybrecursos. Los Estados debern establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indgenas para asegurar esa conservacin y proteccin, sin discriminacin.2. Los Estados adoptarn medidas eficaces para asegurar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indgenas sin su consentimiento libre, previo e informado.3. Los Estados tambin adoptarn medidas eficaces para asegurar, segn sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indgenas afectados por esos materiales, programas que sern elaborados y ejecutados por esos pueblos.Por otro lado, en el artculo 32 de la Declaracin se establece el derecho de consulta previa de los pueblos indgenas, sobre todo respecto a los proyectos que puedan afectar sus tierras o los recursos naturales queen ellas se encuentren. En este sentido la Declaracin determina que:1. Los pueblos indgenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilizacin de sus tierras o territorios y otros recursos.2. Los Estados celebrarn consultas y cooperarn de buena fe con los pueblos indgenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relacin con el desarrollo, la utilizacin o la explotacin de recursos minerales, hdricos o de otro tipo.3. Los Estados proveern mecanismos eficaces para la reparacin justa y equitativa por cualquiera de esas actividades, y se adoptarn medidas adecuadas para mitigar las consecuencias nocivas de orden ambiental, econmico, social, cultural o espiritual.Sin embargo, muchos estados, guiados en su mayora por intereses econmicos y/o polticos, aprueban sin previa consulta a los pueblos indgenas proyectos que deben ejecutarse en tierras pertenecientes a estos grupos, o que en cualquier caso dificultan o impiden el ejercicio de las actividades econmicas, religiosas o culturales de los mismos, adems de afectar las condiciones medioambientales de su entorno (por ejemplo: la construccin de presas, carreteras, minas, infraestructuras tursticas, industriales, depsitos de residuos, etctera); incluso si la dimensin del proyecto no es tan grande, provoca serios trastornos al hbitat tradicional de estos pueblos, como la ejecucin de proyectos de desarrollo o el uso del entorno natural indgena como fuente de recursos econmicos mediante su utilizacin como destino turstico. En este ltimo caso debe destacarse la importante afectacin que algunos proyectos tursticos generan a las comunidades indgenas, sobre todo los que son implantados desde fuera y carecen de una red de participacin y de respeto a los modos de organizacin social de las comunidades indgenas. Este tipo de proyectos, adems de afectar la cultura de las comunidades, afectan gravemente al entorno natural y provoca la precarizacin de formas de subsistencia tradicionales, as como una posible desarticulacin social, pues a consecuencia del deterioro del hbitat natural de los pueblos indgenas los miembros del grupo se vean obligados a prestar su fuerza laboral en beneficio de las empresas que destruyen su modo devida (Naciones Unidas, 1994: pargrafo 14), tal y como sucede en la mayor parte de los proyectos tursticos implantados en el territorio mexicano, especficamente en el estado de Chihuahua.

DERECHOS DE LOS INDGENAS EN EL PEREn Amrica Latina habitan ms de 400 pueblos indgenas. Se estima que viven 46 millones en la regin. De acuerdo con las cifras del Censo de Poblacin y Vivienda 2007 del INEI, la poblacin indgena en el Per asciende a ms de cuatro millones de habitantes.Los indgenas de nuestro pas son la cara ms expresiva de la pobreza. El 75% de ellos perciben ingresos menores a dos dlares diarios. Esta condicin socioeconmica demuestra, segn la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU), que ser indgena equivale a ser pobre.La secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), Roco Silva Santisteban, subraya que la poblacin indgena ha sido maltratada y ninguneada desde la poca virreinal. Este cuadro de injusticia histrica es subproducto indica la activista en una entrevista ofrecida a RPP Noticias de un modelo de desarrollo basado en el neoextractivismo.La autora de "Ese oficio no me gusta" explica que el neoextractivismo orienta la economa hacia actividades de explotacin de la naturaleza para la obtencin de recursos dirigidos a la exportacin. Este modelo de exportacin de materias primas se agota demasiado rpido, advierte. En los hechos, afirma tambin la poeta peruana, las actividades extractivas generan efectos desequilibrantes en materia socioambiental.El Latinobarmetro 2011, capta que hay elevados niveles de percepcin de la existencia de discriminacin racial en varios pases de la regin. El 39 por ciento de los peruanos, segn ese estudio, cree que son discriminados por raza. Al respecto, la tambin docente universitaria refiere que los grandes problemas que afectan a las comunidades indgenas no podrn superarse si no se enfrenta esta indiscriminacin inadmisible.Silva Santisteban record, a la vez, la expresin que lanz el expresidente Alan Garca Prez en contra de los pueblos originarios, a quienes calific de perro del hortelano. El perro del hortelano fue percibido, desde los pueblos indgenas, como lo ms excluyente e insultante, apunt.Este gobierno (que preside Ollanta Humala), sigue el piloto automtico del perro del hortelano, manifiesta ms adelante la escritora.En otro momento, la titular de la CNDDHH cuestion al mandatario de la Repblica por desconocer la existencia de pueblos indgenas en los Andes. Es absolutamente absurdo que el presidente Humala Tasso diga que los nicos pueblos verdaderamente indgenas son los nativos y los nativos no contactados.

Lo nativos no contactados estn saliendo de los espacios de la selva virgen, porque estn siendo cercados por este Estado que est planteando todo un paradigma de desarrollo en beneficio de las grandes empresas extractivas, asegura.Roco Silva sostiene, adems, que la poltica de inclusin social que ha emprendido el Ejecutivo se fundamenta en el paradigma del hombre blanco occidental. Este modelo sesgado, dice, supone, por un lado, el consumo ilimitado e irracional y, por otro, erosiona la relacin entre el hombre y la naturaleza. Tenemos que ampliar la visin de los modelos de desarrollo. Y, uno que lantean los pueblos indgenas es ese vnculo directo con la tierra, que es algo que el undo urbano ha perdido, comenta.Sobre el particular, organismos internacionales, entre ellos la Comisin conmica para Amrica Latina y el Caribe (CEPAL), alertan que los patrones de desarrollo de muchos pases de esta parte del mundo ponen en peligro las instituciones culturales de los pueblos indgenas.La ONU calcula que, actualmente, existen a escala global entre 6 mil y 7 mil lenguas. Cerca del 97% de la poblacin mundial habla el 4% de los idiomas, mientras que slo un 3% habla el 96% restante. No obstante, cerca del 90% de los idiomas podra literalmente desaparecer en los prximos 100 aos a causa de la exclusin y la discriminacin por parte de los Estados y sus autoridades.Los Estados y los Gobiernos tienen que entender que somos una poblacin eterognea; y que por lo tanto, se tiene que legislar y concebir polticas pblicas desde esa perspectiva, opina la defensora de los derechos humanos.

Cmo viven los indgenas antes?

POBLACIN DE LA AMAZONA PERUANA

En el ao 2000, la poblacin peruana superaba los 22,5 millones depersonas, de las cuales el 30% habitaba en las zonas rurales y el resto enlas zonas urbanas (70%). Este proceso de urbanizacin es el resultado deun proceso migratorio en busca de mejores condiciones de vida, y esagravado por el desplazamiento forzado de cientos de familia debido a laviolencia poltica observada en las ltimas dcadas del siglo XX.La Figura 1 muestra la distribucin tnica de la poblacin peruana. En estafigura se observa que la mayor parte de la poblacin se considera quechuay mestiza (sumando el 79% del total). Por otro lado, 332.975 personas(52.2% hombres y 47.8% mujeres), aproximadamente el 1%, pertenecen agrupos tnicos de la Amazona. A pesar de la pequea representatividad enel estado peruano, la poblacin indgena amaznica ha experimentado enlos ltimos 15 aos un crecimiento anual del 2.3%.