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DECIMA CUARTA SESION ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 20 DE ABRIL
DEL AÑO 2013 SEGÚN ACTA No. 20/2013.
COMISION DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA:
HDA 093/2013
Autoriza a la Dirección General de Servicios Municipales, llevar a cabo la venta del los materiales reciclables producto generado de la Planta Separadora del Relleno Sanitario Municipal
U
HDA 094/2013
Apoyo económico único a favor del C. Serafín Tierrablanca García. U
HDA 095/2013
Pensión de Jubilación a favor de los beneficiarios del C. FERNANDO ZUÑIGA MALDONADO.
U
HDA 096/2013
reasignación de recursos presupuestales de las diferentes Dependencias
U
HDA 097/2013
Se dona a favor de la Dirección de Vialidad y Transporte Municipal del Municipio de Villagrán, Guanajuato, 300 pantalones de color café
U
HDA 098/2013
Apoyo económico al Patronato de la Feria de Celaya. U
HDA 099/2013
Se condona el pago de aportación de beneficiarios por contribuciones especiales y recargos por ejecución de obras públicas, a la Escuela Primaria Urbana “Jaime Torres Bodet
U
HDA 100/2013
se dona un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación de Guanajuato, para la construcción de un Jardín de Niños en el Fraccionamiento “La Misión” de esta ciudad.
U
COMISION DE GOBIERNO REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL:
GOB 016/2013
Reglamento de Mejora Regulatoria y Competitividad del Municipio de Celaya
U
GOB 019/2013
Se reforma la denominación del organismo público descentralizado del H. Ayuntamiento, “Comisión Municipal del Deporte y Atención a la Juventud” a “Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya
U
DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL:
DUOET 033/2013
Cambio de Uso de Suelo para un predio ubicado en la parcela 23 Z-1 P 2/2 del Ejido Santa María
U
ASUNTOS GENERALES: 4
1.- ratificación del Consejo Municipal para las Exportaciones del Municipio de
Celaya.
2.- Ratificación del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable. (COMUNDER)
3.- Delegado y subdelegado de la Comunidad de Rincón de Tamayo
4.- Propuesta para la conformación de la comisión para la celebración del centenario del
las batallas de Celaya.
====== ACTA 20/2013 NUMERO VEINTE DIAGONAL DOS MIL TRECE ====
“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 09:00 nueve horas del día 20
Veinte de abril del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón Cabildos de
esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Décima Cuarta Sesión Ordinaria de
Ayuntamiento, con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus
Artículo 61, 62, 63; así como los numerales 22, 23 y 26 del Reglamento Interior, los
Ciudadanos Presidente Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C. Salvador Ortega
Estrada, C. Eduardo Guillen Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego Hinojosa, C.
Antonio Rodríguez Alvarado, C. Rebeca Lomelin Velasco, C. Rosa Isela Hernández Herrera,
C. David Alfonso Orozco Pérez, C. Arq. José Alberto Pérez Quiroga, C. Rodolfo Segura
Montes, C. Rubén Guerrero Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha Guadalupe Gomez
Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola Romo, C. Francisco Eduardo Briseño Domínguez, con
oficio fue justificada su inasistencia, así como el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente
Caracheo Gómez. ============================================
PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ===================
En uso de la voz el C. Vicente Caracheo Gómez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa
al C. Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal, que se encuentra la mayoría de los
integrantes del Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Décima Cuarta
Sesión Ordinaria de Ayuntamiento. =================================
PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ===================
En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se
regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de
Presentes. 2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura
y Aprobación de las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- asuntos
generales. 7.- clausura de la sesión. ================================
PUNTO NÚMERO CUATRO.- lectura y aprobación de las actas anteriores:=========
En esta ocasión se dejará pendiente la aprobación del acta anterior.==============
PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES.-=====
COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO ECOLOGICO
TERRITORIAL. =======================================
En uso de la voz el Regidor Lic. Rodolfo Segura Montes, Presidente de la Comisión, solicita
al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del
Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los Considerandos y los Resolutivos de
los dictámenes al que dará lectura para únicamente referirse al rubro del mismo; solicitud
que siendo sometida a votación del Pleno es aprobada por unanimidad de los presentes,
por lo que se procede a transcribir íntegramente los siguientes dictámenes: =========
DICTAMEN DUOET 033/2013.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se autoriza la Licencia de Cambio de
Uso de Suelo para un predio ubicado en la parcela 23 Z-1 P 2/2 del Ejido Santa María
Segregación de San Miguel Octopan de este Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N
D O 1. Que en materia de zonificación y uso de suelo, se establece en el artículo 115
fracción V incisos a) y d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que
los Municipios en los términos de la Leyes Federales y Estatales, estarán facultados para:
“a) formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal
y, d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia,
en sus jurisdicciones territoriales”. Por lo que una vez reconocida tal facultad al Municipio,
y siendo este gobernado por un Ayuntamiento, en la Constitución Política para el Estado
de Guanajuato, se señala en su artículo 117, fracción II, inciso d), que le compete al
Ayuntamiento, “autorizar controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su
competencia, en sus jurisdicciones territoriales”. Así mismo se establece en la Ley
Orgánica Municipal para el Estado Guanajuato, en el artículo 76 fracción I, inciso n), que
es atribución del Ayuntamiento en materia de gobierno y régimen interior: “Otorgar
licencias, permisos y autorizaciones...”; y en materia de desarrollo urbano, fracción II
inciso h): “Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su
competencia”. 2. Que el Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato
en la Fracción I de su artículo 36 señala que la Unidad Administrativa Municipal en Materia
de Planeación tendrá entre sus funciones: Asistir y proponer al Ayuntamiento la
formulación, revisión y modificación de los programas municipales. También en su artículo
57, menciona que “Los programas municipales son los instrumentos de planeación, con
visión prospectiva de largo plazo, en los que se representa la dimensión territorial del
desarrollo del Municipio, se establece la zonificación del territorio municipal, asignando
los usos y destinos para áreas y corredores urbanos, la intensidad y lineamientos
específicos de uso de suelo para cada zona o corredor, así como las modalidades y
restricciones al uso del suelo y a las construcciones, definiendo el marco para ordenar
las actividades sociales y económicas en el territorio, desde una perspectiva integral y
sustentable, atendiendo los aspectos sociales, ambientales y económicos”; así, en su
artículo 58 indica el procedimiento para la formulación y aprobación de los programas
municipales y, de igual manera, en el artículo 63 señala que la revisión, modificación y
actualización de estos programas se realizan conforme al procedimiento previsto para su
formulación, no omitiendo mencionar que como atribución, corresponde al Ayuntamiento,
según el artículo 33 de este ordenamiento: Aprobar, modificar, actualizar y evaluar los
programas municipales, que deberán ser acordes con el programa estatal y como lo señala
el artículo 250: “El Municipio llevará a cabo el control del desarrollo urbano a través de
las constancias de factibilidad, los permisos de uso de suelo y la evaluación de
compatibilidad”. 3. Que conforme al artículo 71 del Reglamento Interior del Honorable
Ayuntamiento de Celaya, Gto., corresponden a esta comisión, los siguientes asuntos: A.
Emitir el dictamen de las solicitudes de autorización de fraccionamientos, ejecución de
obras y autorización de ventas, de las solicitudes presentadas por los promotores o
desarrolladores; B. Vigilar que se cumplan las disposiciones en materia de regularización
de asentamientos humanos; C. Aprobar las normas y demás reglas generales en materia
de autorización de fraccionamientos en los términos del inciso a), del presente artículo, y
de regularización de asentamientos humanos en el Municipio; D. Darle seguimiento al Plan
municipal de desarrollo en sus tres etapas, a corto, mediano y largo plazo; E. Vigilar la
correcta aplicación de las disposiciones en materia de equilibrio ecológico y la preservación
del medio ambiente; F. Coadyuvar en la elaboración, aprobación y ejecución del plan del
ordenamiento territorial, así como proceder a su evaluación y modificación en su caso,
participando con el estado, cuando sea necesario; G. Emitir el dictamen de solicitud del
Ayuntamiento al Ejecutivo del Estado la expropiación de bienes por causa de utilidad
pública; H. Preservar, conservar y restaurar el medio ambiente en el Municipio y participar
en la creación y administración de reservas territoriales y ecológicas en la elaboración y
aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; I. Identificar y tramitar ante el
Ayuntamiento, los acuerdos que tengan como fin declarar y conservar en coordinación con
el Gobierno del Estado, las zonas, sitios y edificaciones que significa para la comunidad del
Municipio, un testimonio valioso de su historia y cultura; J. Aprobar las normas y demás
disposiciones generales relativas a los asuntos de su competencia a que se refiere el
presente artículo; y K. Los demás asuntos que expresamente le encomiende el H.
Ayuntamiento. Por lo que fundamento en lo anterior, en la Décima Quinta Reunión
Ordinaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y Preservación Ecológica, celebrada el día
17 de Abril de 2013, se analizó mediante Dictamen Técnico, con Oficio No. 334/IMIPE-
TEC/2013, signado por el Arq. Sergio Martínez León, Director General del Instituto
Municipal de Investigación Planeación y Estadística (IMIPE), la solicitud de Autorización de
Licencia de Cambio de Uso de Suelo, de un predio ubicado en la parcela 23 Z-1 P 2/2 del
Ejido Santa María Segregación de San Miguel Octopan de este Municipio de Celaya, Gto.,
conforme a los siguientes: A N T E C E D E N T E S PRIMERO: Mediante oficio sin
numero con fecha 15 de Marzo del 2013, ingresado el 20 de marzo del mismo año por
parte de la C. Adelina Plaza Parra, en su carácter de propietario, solicita a través del
Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística de Celaya, Gto., la
Autorización de Cambio de Uso de Suelo, de H3 habitacional, a ZC zona comercial, de una
superficie de 8,717.942 m2 (de acuerdo a levantamiento topográfico) de un predio
ubicado en la parcela 23 Z-1 P 2/2 del Ejido Santa María de Segregación San Miguel
Octopan de este Municipio de Celaya, Gto., donde se pretende construir un Salón de
Fiestas. SEGUNDO: Se comprueba la propiedad, a través del Certificado Parcelario No.
000000295668 de fecha 18 de Junio del 2007 signado por el Lic. Marco Antonio Rocha
Ibarra; que ampara la parcela 23 Z-1 P 2/2 del Ejido Santa María Segregación de San
Miguel Octopan Municipio de Celaya, Gto, con una superficie de 4-37-16.62 ha. a favor de
la C. Adelina Plaza Parra con las siguientes medidas y colindancias:
Norte: 127.03mts con brecha.
Este: 361.70 mts con parcela 24.
Sur: 113.72 mts con brecha.
Oeste: 365.52 mts con parcela 22.
TERCERO: Presenta levantamiento Topográfico signado por el Ing. José Martin Juvera
Figueroa perito topográfico 76/2005 con Cedula Profesional 3115030; donde avala una
superficie total de 4-37-17.94 ha. de lo cual se pretende cambiar su uso de suelo de
habitacional H3 a Zona Comercial ZC a una superficie de 8,717.94 m2 (de acuerdo a
levantamiento). CUARTO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio
de Celaya, Gto., actualmente vigente, el predio referido, tiene un Uso Habitacional H3; el
cual no es compatible con el giro de Salón de fiestas; Del cual deberá respetar la
Normativa siguiente:==========================================
HABITACIONAL H3 Densidad baja/media 251 a 300 Hab/Ha.
Restricción Frontal 0.00 ml.
Coeficiente de Ocupación del Suelo 0.70
Coeficiente de Utilización del Suelo 1.25
Coeficiente de Recarga Acuífera 0.20
Superficie mínima del lote 105.00 m2.
Frente Mínima 7.00 ml.
Altura Máxima 9.00 ml.
QUINTO: Presenta Carta de Factibilidad de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
de JUMAPA, mediante oficio 175/DT-EX/2013 de fecha 8 de marzo del 2013, signado por
el Ing. Arturo Gómez Villegas, Director General de JUMAPA, donde se otorga la factibilidad
técnica de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial.
SEXTO: Presenta plano de proyecto de Media Tensión de Acometida Subterránea de
Distribución de 13.2 KV para un Salón de Fiestas, donde la Comisión Federal de
Electricidad División Bajío certifica haber revisado y autorizado el proyecto de
Electrificación con vigencia de un año a partir del 5 de marzo del 2013. Signado por el Jefe
de Departamento de Planeación el Ing. Ignacio Vega Pérez. SEPTIMO: Mediante oficio
DPCB-0174/2013 de fecha 25 de Marzo del 2013, ingresado al Instituto Municipal de
Investigación, Planeación y Estadística de Celaya, Gto., el día 01 de Abril del mismo año,
signado por el T.U.M. Octavio Irám Álvarez de la Rosa, Director de Protección Civil y
Bomberos, indica que por parte de la dependencia a su cargo no existe inconveniente
alguno para que se otorgue el cambio de uso de suelo, sin embargo menciona que se
deberá cumplir con las normas de construcción, medidas de seguridad en el
establecimiento y se respete los canales de riego y cuerpos de Instituto Municipal de
Investigación, Planeación y Estadística de Celaya, Gto., agua, así mismo solicita más de un
acceso al inmueble para la circulación de los futuros usuarios. OCTAVO: Mediante oficio
IMEC-DPCCDA/467/13 de fecha 26 de Marzo del 2013, ingresado al Instituto Municipal de
Investigación, Planeación y Estadística de Celaya, Gto., el día 03 de Abril del mismo año,
signado por el BIOL. José Leobardo Cornejo Ramírez, Director General del IMEC, indica
que podría ser factible llevar a cabo el proyecto de Salón de Fiestas siempre y cuando
lleven a cabo las medidas de mitigación establecidas en el estudio de compatibilidad así
como las siguientes: - Deberá contar con instalaciones acondicionadas para evitar que el
nivel sonoro generado por la operación del establecimiento (música en vivo o ambiental)
no rebase el Límite Máximo Permisible establecido por la norma NOM-081-SEMARNAT-
1994 medido en las colindancias del inmueble. - Para disminuir la generación de emisión
de polvos y partículas suspendidas por el tránsito vehicular, se deberá acondicionar los
caminos internos y externos colocando adoquín, piso de piedra o algún otro material
inerte. - El salón de fiestas deberá contar con las autorizaciones ambientales
correspondientes. - Entre otras mencionadas en el documento emitido por IMEC. El
solicitante presenta los siguientes documentos para su análisis: 1.- Estudio de
Compatibilidad Urbanística realizado por CGR Ambiental S.A. de C.V. responsable I.Q.
Mario Alberto Rojas Mondragón., 2.- Certificado Parcelario 000000295668. 3.-
Levantamiento Topográfico. 4.- Carta de factibilidad de JUMAPA. 5.- Plano del proyecto de
Electrificación autorizado por la CFE. Expuesto lo anterior, los integrantes de la Comisión
de Desarrollo Urbano y Preservación Ecológica, analizan lo siguiente: I. Que el Estudio
de Compatibilidad Urbanística menciona, que se trata de una salón de fiestas que
pretende implementar medidas de ahorro y manejo de residuos a quienes soliciten el
servicio así mismo se considera el 10% aproximadamente destinada para áreas verdes,
donde se han plantado árboles nativos del lugar, contribuyendo así a la prevención de la
flora característica de la región; lo cual consideramos factible y positivo para el Municipio.
II. Que de acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Celaya, Gto.,
actualmente vigente, el predio referido, no es compatible con el giro de Salón de Fiestas
que se pretende desarrollar, por ello la solicitud es de cambiar de uso de suelo a Zona
Comercial, donde dicho giro es permitido. III. Que este Honorable Ayuntamiento de
Celaya, Guanajuato, es competente para resolver Los Cambios de uso de suelo dentro del
Territorio Municipal. IV. Con fundamento en los artículos No. 58, 63, y 261 del Código
Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato expedido por la Sexagésima
Primera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano del Estado de Guanajuato
vigente a partir del 1º de Enero del 2013, que faculta al H. Ayuntamiento para llevar a
cabo Cambios de Uso de Suelo así como definir la zonificación de los centros de población.
V. Que la solicitud se refiere al Cambio de Uso de Suelo, de Habitacional H3 a Zona
Comercial ZC, para una superficie de 8,717.94 m2 de la parcela 23 z-1 P 2/2 del ejido de
Santa María segregación de San Miguel Octopan de este Municipio de Celaya, Gto. Una
vez analizado lo anterior, con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, esta comisión: R E S U E L V E PRIMERO: Se
autoriza la Licencia de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional H3 a Zona Comercial ZC,
para una superficie de 8,717.94 m2 de la parcela 23 z-1 P 2/2 del ejido de Santa María
segregación de San Miguel Octopan de este Municipio de Celaya, Gto. SEGUNDO: La
superficie materia de este Dictamen de Licencia de Autorización de Cambio de Uso de
Suelo, tipificado como Zona Comercial, es para una superficie de 8,717.94 m2 de la
parcela 23 z-1 P 2/2 del ejido de Santa María segregación de San Miguel Octopan de este
Municipio de Celaya, Gto.de los que deberá respetar la siguiente normativa:=========
ZC Zona Comercial Densidad baja/media 201 a 250 Hab/Ha.
Restricción Frontal 6.00 ml.
Coeficiente de Ocupación del Suelo 0.85
Coeficiente de Utilización del Suelo 3.00
Coeficiente de Recarga Acuífera 0.10
Lote mínimo 150.00 m2.
Frente Mínimo 9.00 ml.
Altura Máxima 20.00 ml.
TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Celaya, Gto.,
el predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su colindancia Norte,
deberá respetar proyecto de validad local, que tiene una sección de 22.00 m. de
paramento a paramento consiste en dos cuerpos de circulación de 7.00 m., y banqueta de
2.00 m. colindante a su predio en el paramento sur; 4 mts de zona arbolada y 2m de
banqueta en el paramento norte; vialidad que deberá pavimentar el 100% en pavimento
de concreto y alumbrado público, en todo la sección correspondiente a su frente, puesto
que es uno de los accesos al desarrollo y se debe prever la eficiente entrada y salida de
los vehículos de los usuarios. Superficie de Restricción RST=40.84 m2. En su
colindancia Poniente, deberá respetar proyecto de validad local, que tiene una sección
de 14.00 m. de paramento a paramento consiste en dos cuerpos de circulación de 4.00
m., 2 mts de zona arbolada y 2.00 m de banqueta en el paramento oriente; mientras que
únicamente 2.00 mts de banqueta en el paramento poniente; vialidad que deberá
pavimentar el 100% en pavimento de concreto y alumbrado público, en todo la sección
correspondiente a su frente o en su defecto al frente considerado en su proyecto, puesto
que es uno de los accesos al desarrollo y se debe prever la eficiente entrada y salida de
los vehículos de los usuarios. Superficie de Restricción RST=2,558.00 m2. En su
colindancia Sur, deberá respetar proyecto de validad local, que tiene una sección de
24.00 m. de paramento a paramento consiste en dos cuerpos de circulación de 7.00 m.,
2.00 mts de banqueta de ambos lados, 6.00 de camellón central; vialidad que deberá
pavimentar el 100% en pavimento de concreto y alumbrado público, en todo la sección
correspondiente a su frente o en su defecto al frente considerado en su proyecto, puesto
que es uno de los accesos al desarrollo y se debe prever la eficiente entrada y salida de
los vehículos de los usuarios. Superficie de Restricción RST=333.15 m2. En su
colindancia Norte oriente, deberá respetar la afectación que presenta por la falla
geológica por lo que le corresponderá localizar el eje central de la falla mediante un
estudio geotécnico; eje del cual deberá respetar 10.00 mts de cada lado (como se muestra
en la imagen) en los cuales no podrá construir cosa alguna de acuerdo al Reglamento de
Construcción y Entorno Urbano para el Municipio de Celaya, Gto. CUARTO: Para
garantizar su acceso, el desarrollador deberá urbanizar en su colindancia norte desde el
punto más cercano de la estructura vial hasta la ubicación de su desarrollo en concreto y
alumbrado público al menos la sección establecida para su colindancia norte. QUINTO:
Para garantizar que el predio tenga un acceso alternativo deberá al menos habilitar en
terracería el resto de la vialidad establecida en su colindancia poniente con el fin de
cumplir con lo solicitado por la Dirección de Protección Civil. SEXTO: Del análisis del
estudio de compatibilidad urbanística presentado se establece que por el momento no se
contara con los servicios de agua potable y alcantarillado, quedando la solicitud como
antecedente, la que llegada el momento se propone que se repartan los gastos
equitativamente con JUMAPA, no pudiéndose autorizar esto ya que la carta de factibilidad
de JUMAPA, es clara en el sentido de que los costos por la introducción de los servicios de
agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, se aplicaran exclusivamente por parte del
desarrollador y esta será condición indispensable para la emisión de los tramites
posteriores, por ejemplo permiso de Uso de Suelo, Licencia de Construcción etc.
SÉPTIMO: Los árboles existentes en el predio serán respetados para su conservación,
durante y después de los trabajos de urbanización así como también el habilitado que por
reforestación corresponden de acuerdo a la normativa de Ecología que por Ley establece
(no se autoriza la tala o reubicación de los existentes en el predio). OCTAVO: Las
indicaciones aquí establecidas no eximen al promovente de tener que acatar otras
disposiciones establecidas en Normas o Reglamentos Federales, Estatales o Municipales,
además de que en caso de que el desarrollo no se construya de inmediato, siempre existe
la posibilidad de que las condiciones dinámicas del crecimiento de la ciudad establezcan
condiciones diferentes en el futuro que puedan modificar las restricciones aquí
establecidas. NOVENO: Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el
presente Dictamen para su aprobación. DÉCIMO: Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento se publique en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, en
fecha 17 de Abril del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad.===============================
COMISIÓN DE HACIENDA PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. ===========
En uso de la voz el Sindico C. Salvador Ortega Estrada, Presidente de la Comisión, solicita
al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del
Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los
dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se
somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, se aprueba por unanimidad de
los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen de Hacienda.
DICTAMEN HDA 093/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Servicios Municipales, llevar
a cabo la venta del los materiales reciclables producto generado de la Planta Separadora
del Relleno Sanitario Municipal. CONSIDERANDO Con fundamento en el artículo 115
fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117
fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen
que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio
conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá
entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que
mediante Oficio Núm. DGSM/0306/2013, de fecha 17 de abril del presente año, suscrito
por el Arq. Jorge Javier Caracheo Jair Nara, comenta que en el Relleno Sanitario se
encuentra concentrada una gran cantidad de residuos sólidos reciclables, producto
generado de la Planta Separadora. Esta situación nos tiene preocupados por considerarlo
muy peligroso, ya que el material es inflamable, además que ya se han presentado
intentos de robo y evitar en todo lo posible se pudiera producir algún incendio. Por tal
motivo, de la manera más atenta, solicito su autorización a fin de que estos residuos
reciclables sean retirados para su compra por las empresas que participaron en la
licitación. Ahora bien, bajo el acta ordinaria 04 del Comité de Adquisiciones 2012-2015 del
Municipio de Celaya, Gto., de fecha 21 de febrero del año en curso, en el punto número 5
inciso B) en uso de la voz del Lic. José Guadalupe Mendoza Gasca, informa a los
integrantes del Comité que la Dirección de Servicios Municipales quiere vender algunos
artículos de desecho que se obtienen de la recolección de basura, por lo que para el
efecto se recibieron 4 cotizaciones de personas que tienen interés en comprar los mismos,
por lo que en este momento la C.P. Angélica María Camarena Hernández, procede a llevar
a cabo la apertura de las propuestas presentadas y somete a votación de los integrantes
del Comité que se venderán los productos a tres de las empresas interesadas,;
aprobándose por unanimidad de los integrantes del Comité. Documentos que se tienen
por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con
fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato;
esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección General de Servicios
Municipales, llevar a cabo la venta de los materiales (residuos sólidos reciclables) que se
encuentran en el Relleno Sanitario Municipal, producto generado por la Planta Separadora,
de conformidad al acuerdo aprobado en el punto número 5 inciso B) del acta ordinaria 04
del Comité de Adquisiciones 2012-2015 del Municipio de Celaya, Gto., de fecha 21 de
febrero del año en curso. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General de Servicios
Municipales, lleve a cabo este procedimiento cada vez que se acumulen los residuos
sólidos reciclables, con el apoyo de la Contraloría Municipal, así como de la Dirección de
Innovación Gubernamental de la Oficialía Mayor. TERCERO.- Se instruye al Secretario del
Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido
por el artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de abril del 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====
DICTAMEN HDA 094/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza otorgar un apoyo económico único a favor del C.
Serafín Tierrablanca García. CONSIDERANDO Que con la facultad que confiere el artículo
115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo
76, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el
Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública
Municipal en forma directa o bien, por quien este autorice conforme a la Ley. Conforme a
lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo
126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado
presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en
su artículo 201, establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida
expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo.
Conforme a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los
Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, es competencia del
Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y modificación de sus respectivos
presupuestos. Que mediante Dictamen HDA-694/2012, aprobado en la Decima Sexta
Sesión Extraordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 09 de octubre del 2012, se autorizó
un apoyo económico a favor del C. Serafín Tierrablanca García, quien es el padre de
Francisco Tierrablanca Calvario el cual falleció el pasado 14 de mayo del 2012 por las
agresiones de dos elementos de policía municipal y mismo que no fue pagado con recurso
presupuestal del 2012. Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si a
la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de
la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO.- Se autoriza otorgar un apoyo económico único, hasta por la cantidad de
$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), a favor del C. Serafín
Tierrablanca García. Lo anterior para solventar gastos familiares por el fallecimiento de su
hijo Francisco Tierrablanca Calvario. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor dar
cumplimiento a lo establecido en el punto anterior, elaborando el convenio
correspondiente con cargo a la cuenta 31111-0601-0136-4411 de Ayudas, dando la
suficiencia presupuestal dentro de la siguiente modificación presupuestal. TERCERO.- Se
instruye a la Tesorería Municipal, hacer el pago correspondiente al C. Serafín Tierrablanca
García, hasta por un importe de $150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100
M.N.) conforme a la disponibilidad financiera del municipio y otorgando la suficiencia
presupuestal en la primera modificación. CUARTO.- En el supuesto de que exista una
sentencia judicial que imponga una indemnización del daño, el importe del apoyo otorgado
será considerado como parte de la misma. QUINTO.- El beneficiario se abstendrá de
cualquier otra demanda liberando al Municipio de toda responsabilidad civil. SEXTO.- Se
instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el
artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
SEPTIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
dictamen para su aprobación. OCTAVO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 18 de abril de 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad.=====
DICTAMEN HDA 095/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión de Jubilación a favor de los beneficiarios
del C. FERNANDO ZUÑIGA MALDONADO. CONSIDERANDO Que la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 162 fracción VIII, que el
Ayuntamiento garantizara a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los
derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento
Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya,
Guanajuato; en su artículo LII, faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de pensiones
y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya.
Que mediante oficio DGOM-178/201, de fecha 12 de abril del presente año, suscrito por el
Oficial Mayor, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 24 del
Reglamento de Pensiones y Jubilaciones del Municipio de Celaya, Guanajuato abrogado el
23 de diciembre del 2011, se solicito muy respetuosamente someta para su autorización a
la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica el asunto que a continuación le
expongo: El C. Fernando Zúñiga Maldonado ingreso como trabajador para el Municipio de
Celaya, Guanajuato el 10 de enero del 1995, su puesto fue el de Policía Nivel 1 de la
Dirección General de Policía Municipal. Causo baja el 25 de febrero del 2011 por un
trámite de dictamen de invalidez por enfermedad general y falleció el pasado 29 de
octubre del 2012. Como puede darse cuenta el trabajador solamente acumulo un total de
1 un año, 8 meses como pensionado de este Municipio de Celaya, Guanajuato. El artículo
citado establece lo siguiente: …”Los empleados pensionados con jubilación por vejez,
invalidez o incapacidad, que fallezcan en un lapso menor de 3 años de la fecha, en que
fue concedida tal pensión, le da derecho a sus beneficiarios legales a seguir percibiendo la
pensión, hasta completar 3 años, después de transcurridos 3 años de la fecha en que fue
concedida la pensión, solamente dará derecho a sus beneficiarios legales, al cobro de la
catorcena dentro de la cual ocurra el fallecimiento.” Restaría 1 un año 2 dos meses para
dar cumplimiento a lo establecido por el artículo citado. La viuda del Sr. Fernando Zúñiga
Maldonado, C. Georgina González Enríquez, promovió ante la Junta Local de Conciliación y
Arbitraje de la Ciudad de Celaya, Guanajuato, declaratoria de Beneficiarios a favor de los
CC. Luis Fernando, Fabiola, Cristian Jesús y Juan Diego todos de apellido Zúñiga
González,. Empro, una vez llamados juicio los que se consideran beneficiarios, también en
el mismo sentido lo hizo la C. Verónica García Guadarrama a favor de sus menores hijos
Kevin, Emiliano y Mauricio todos de apellido Zúñiga García. Ahora bien, mediante la
Declaratoria de beneficiarios del C. FERNANDO ZUÑIGA MALDONADO, emitida por la Junta
Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Celaya, Guanajuato, de fecha 09 de enero
del 2013, en la cual declaran como beneficiarios a los menores; Luis Fernando, Fabiola,
Cristian y Juan Diego todos ellos de apellido Zúñiga González, representados por su señora
madre la C. GEORGINA GONZALEZ ENRIQUEZ, así como los menores; Kevin Zúñiga
García, Emiliano Zúñiga García y Mauricio Zúñiga García, representados por su señora
madre la C. VERONICA GARCIA GUADARRAMA. Por lo tanto el 100% del finiquito
correspondiente fue dividido entre los 7 hijos del finado trabajador. Ahora bien, a efecto
de dar cumplimiento al artículo 24 del Reglamento de Pensiones y Jubilaciones, procede
otorgar a favor de las CC. Georgina González Enríquez y Verónica García Guadarrama los
porcentajes del 57.14% y42.86 respectivamente. Porcentajes concedidos de acuerdo al
número de dependientes económicos que cada una acredito. Lo anterior por el plazo
restante que corresponde a 1 un año 2 dos meses para completar los 3 tres años que
marca el Reglamento citado. Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos
como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81
de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO. Se aprueba otorgar la Pensión por fallecimiento del C. FERNANDO ZUÑIGA
MALDONADO, a favor de las CC. Georgina González Enríquez y Verónica García
Guadarrama los porcentajes del 57.14% y 42.86% respectivamente. Lo anterior por el
plazo restante que corresponde a 1 un año 2 dos meses para completar los 3 tres años
que marca el Reglamento citado. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección de Personal
realizar los trámites para los efectos legales correspondientes. TERCERO. Se instruye a la
Secretaria del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128
fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.
Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su
aprobación. QUINTO. Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron
para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, en fecha 22 de abril del 2013.Finalizada la lectura del dictamen anterior, el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ==================
DICTAMEN HDA 096/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar la reasignación de
recursos presupuestales de las diferentes Dependencias de la Administración Municipal.
CONSIDERANDO Con la facultad que confiere el artículo 115 fracción IV inciso c) último
párrafo de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la
Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Que conforme a lo establecido por
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la
prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235 establece que
ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo
autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que de acuerdo a lo establecido por el
artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver toda propuesta
de creación y modificación de sus respectivos presupuestos. Que mediante Oficio
PCP/T/032/13 de fecha 12 de abril del presente año, suscrito por la C. Tesorero Municipal,
envía los formatos de reasignación de recursos de las diferentes Dependencias que
integran la Administración Municipal, con el propósito de someterlos para su aprobación
de la Comisión y posterior autorización del H. Ayuntamiento, los siguientes: DEPENDENCIA: Secretaría Particular TITULAR: Lic. David Alejandro Hernández Arvizu
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0101 0037 2212 1-CP13
Productos alimenticios para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades
170,000.00
31111-0101 0039 3811 1-CP13 Gastos de ceremonial del H. Ayuntamiento
170,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 170,000.00 170,000.00
Dar suficiencia a la cuenta de Consumos del C. Presidente Municipal. Esto debido a las constantes reuniones con Secretarios de Gobiernos, Delegados Federales, Diputados Locales y Federales, así como Empresarios. Reuniones de trabajo con Presidentes Municipales integrantes de la Región Laja-Bajío. Reuniones de Gabinete y Ayuntamiento, así como las Reuniones que se generen por parte del Secretario Particular.
DEPENDENCIA: Secretaría Particular TITULAR: Lic. David Alejandro Hernández Arvizu
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0101 0037 3751 1-CP13
Viáticos nacionales para servidores públicos en el desempeño de funciones oficiales
110,000.00
31111-0101 0039 3811 1-CP13 Gastos de ceremonial del H. Ayuntamiento
110,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 110,000.00 110,000.00
Dar suficiencia a la cuenta de Viáticos del C. Presidente Municipal. Constantes salidas a la ciudad de Guanajuato y México. Los vehículos con los que se cuenta para dichas salidas son: Camioneta del C. Presidente Municipal, Camioneta para Escoltas, Automóvil para Srio Particular y Automóvil de apoyo en la Secretaría y ocasionalmente la Camioneta Captiva que se tiene en estos momentos para traslados de la Primera Dama.
DEPENDENCIA: Secretaría Particular TITULAR: Lic. David Alejandro Hernández Arvizu
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0101 0036 3341 1-CP13 Servicios de capacitación 37,120.00
31111-0101 0038 3571 1-CP13
Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta
37,120.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 37,120.00 37,120.00
Solicito apertura y suficiencia a la cuenta 3341 de Servicios de Capacitación, con motivo del pago por Entrevistas de Revisión Inicial de Organización sobre el Proyecto del Transporte. Mismas que se llevaron a cabo los pasados 04 y 05 de Abril del 2013 por la Empresa “Javier Cordero Hernández y Asociados, S.C.”
DEPENDENCIA: Secretaría Particular TITULAR: Lic. David Alejandro Hernández Arvizu
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0101 0036 2612 1-CP13
Combustibles, lubricantes y aditivos para vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales asignados a servidores públicos
22,073.96
31111-0101 0036 4411 1-CP13
Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda extraordinaria
22,073.96
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 22,073.96 22,073.96
Para cubrir el pago del combustible para el parque vehicular asignado a esta Secretaría Particular. El cual consta de 1 Camioneta para uso del C. Presidente Municipal; 1 Camioneta para uso de los Escoltas del C. Presidente Municipal; 1 Camioneta para uso de la Primera Dama; 1 Automóvil para uso del Secretario Particular y 1 Automóvil de apoyo para las actividades inherentes a la Secretaría Particular.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores TITULAR: Marco Heroldo Gaxiola Romo
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0115 0001 2112 1-CP13 Equipos menores de oficina
3,650.00
31111-0115 0001 5111 1-CP13 Muebles de oficina y estantería
3,650.00
31111-0115 0001 3611 1-CP13 Difusión e información de mensajes y actividades gubernamentales
20,000.00
31111-0115 0001 3751 1-CP13
Viáticos nacionales para servidores públicos en el desempeño de funciones oficiales
20,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 23,650.00 23,650.00
Para dar suficiencia a diferentes gastos de operación, gestoría y apoyo en las diferentes necesidades de la ciudadanía.
DEPENDENCIA: Desarrollo Social TITULAR: Lic. Carlos Raymundo López González
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0304 0017 2541 1-CP13 Materiales, accesorios y suministros médicos
33,800.00
31111-0304 0017 5311 1-CP13 Equipo para uso médico, dental y para laboratorio
33,800.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 33,800.00 33,800.00
Se requiere del material para poder dar la atención gratuita del servicio dental que se realizan en las Caravanas de la Salud, en las colonias y comunidades del Municipio.
DEPENDENCIA: Secretaría Particular TITULAR: Lic. David Alejandro Hernández Arvizu
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0101 0036 3331 1-CP13 Servicios de consultoría administrativa
87,000.00
31111-0101 0036 4411 1-CP13
Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda extraordinaria
87,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 87,000.00 87,000.00
Se solicita crear la partida 3331 para poder cubrir el pago del diagnóstico de inicio el Gobierno Municipal.
DEPENDENCIA: Dirección de Servicios Municipales TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair Nara
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-1101 0113 3111 1-CP13 Servicio de energía eléctrica
27,000.00
31111-1101 0106 3111 1-CP13 Servicio de energía eléctrica
27,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 27,000.00 27,000.00
Dar suficiencia a pago de servicios de luz del Relleno Sanitario durante 2013.
DEPENDENCIA: Tesorería Municipal TITULAR: C.P. Angélica María Camarena Hernández
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0704 0075 2112 1-CP13 Equipos menores de oficina
20,000.00
31111-0704 0075 3192 1-CP13 Contratación de otros servicios
20,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 20,000.00 20,000.00
Se solicita la transferencia para la compra de 20 estantes los cuales son necesarios para el archivo de esta Dirección ubicado en las instalaciones de Celanese (Se anexa cotización de Proveedora de Oficinas y Comercio S.A. de C.V.)
DEPENDENCIA: Tesorería Municipal TITULAR: C.P. Angélica María Camarena Hernández
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0705 0076 2961 1-CP13 Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte
6,000.00
31111-0705 0076 3353 1-CP13 Servicios estadísticos y geográficos
6,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 6,000.00 6,000.00
Se solicita la transferencia para la compra de 05 cascos roda abatible color blanco tallas L o XL con dot para el personal de valuadores de la Dirección de Catastro e Impuestos Inmobiliarios (Se anexa cotización de Moto Refacciones la Fe).
DEPENDENCIA: Fiscalización TITULAR: Lic. Ignacio Alejandro Roaro Aguilar
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0707 0083 5691 1-CP13 Otros equipos 6,000.00
31111-0707 0083 3221 1-CP13 Arrendamiento de edificios y locales
6,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 6,000.00 6,000.00
Se requiere comprar un refrigerador para las oficinas de la dirección con la finalidad de ser utilizado para el personal de la Dirección así como almacenar alimentos para las diversas reuniones llevadas a cabo en la Dirección.
DEPENDENCIA: Dirección General de Transporte y Vialidad TITULAR: Dr. Juan Antonio González Villalba
Código Presupuestario
CeGe Programa Partida Fuente Financiamiento
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-0506 0055 2821 1-CP13 Materiales de seguridad pública
1,110,196.00
31111-0506 0055 5651 1-CP13 Equipo de comunicación y telecomunicación
933,696.00
31111-0506 0055 5911 1-CP13 Software 174,000.00
31111-0506 0055 5231 1-CP13 Cámaras fotográficas y de video
2,500.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS 1,110,196.00 1,110,196.00
Se solicita esta transferencia de recurso del Material de Ingeniería Vial, para clasificar en cuenta de activo los componentes del sistema integral de enlace de comunicaciones y sectorización que se adquirirán; así como dos cámaras de vigilancia que se adicionarán y 3 licencias de grabación índigo para las cámaras de Central Semaforizada.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se
aprueban las reasignaciones de recursos presupuestales de las diferentes Dependencias
de la Administración Pública Municipal, conforme a los formatos descritos en el párrafo
cuarto de los Considerandos y contenidos en el Oficio PCP/T/032/13, anexo al presente
dictamen. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo
establecido en el resolutivo anterior. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación.
QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida
constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 22 de abril del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad. ==============================
DICTAMEN HDA 097/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se dona a favor de la Dirección de Vialidad y Transporte
Municipal del Municipio de Villagrán, Guanajuato, 300 pantalones de color café para
uniforme de la Dependencia. CONSIDERANDO Que el artículo 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la
Constitución Política del Estado de Guanajuato; establecen que los Municipios estarán
investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley. En ese
sentido cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras
facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Atendiendo a la
existencia de los artículos 76 Fracción IV incisos g) y 206 y 207 fracc. I de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en relación con los artículos 51 y 58
Fracción I del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del Patrimonio Municipal de
Celaya, Gto; los cuales señalan como atribuciones del Ayuntamiento entre otras la de
ejercer actos de dominio sobre los bienes del Municipio; así como también precisa que el
Ayuntamiento sólo podrá donar los bienes de dominio privado del Municipio, por acuerdo
de mayoría calificada de sus integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones
Públicas que representen un beneficio social para el Municipio y dichos bienes revertirán al
patrimonio Municipal cuando se destinen para un fin distinto al autorizado. Que mediante
oficio TRANS/JADM/2013/060 de fecha 14 de febrero del año en curso, suscrito por el
Director General de Transporte y Vialidad, Dr. Juan Antonio González Villalba, remite el
oficio mediante el cual la Dirección de Vialidad y Transporte del Municipio de Villagrán,
Guanajuato, solicita la donación de uniformes anteriormente portados en el área operativo
de esta Dirección y actualmente en desuso, color café, para su personal. Por lo anterior,
someto a la Comisión, permiso para la dadiva de las prendas siguientes: 1.- 300
pantalones color kaki con franjas laterales color café. También se requiere la autorización
para destruir los uniformes listados a continuación: 2.- 200 camisas blancas 3.- 120
chamarras 4.- 50 fornituras cafés Bienes en desuso que se encuentran en el almacén
municipal. Ahora bien, la Dirección de Control Patrimonial mediante oficio 0557/2013-DCP
informa que los uniformes en mención no se encuentran inventariados y para la
destrucción de los mismos se sugiere considere a las áreas de IMEC (Instituto Municipal
de Ecología) y a la Contraloría Municipal y a la Comisión de Hacienda determine el
procedimiento a seguir. Posteriormente con oficio TRANS/JADM/2013/098 de fecha 17 de
abril del presente, suscrito por el Director General de Transporte y Vialidad, Dr. Juan
Antonio González Villalba, informa del estado físico de los uniformes solicitados en
donación por el Municipio de Villagrán. ==============================
Prenda Cantidad Condición Pantalones color kaki con franjas laterales cafés
300 Seminuevos, limpios, empaquetados en bolsas de plástico
Prenda Cantidad Tela Chamarras cafés 120 Tiburón nylon sin escudos Camisolas blancas 200 Poliéster sin escudos Fornituras cafés 50 Nylon reforzado
Se deja a consideración del Municipio de Villagrán, si las chamarras serian útiles para su
personal, ya que se recortó el escudo de esta dependencia. Por lo antes expuesto y con
fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga en donación a favor del Municipio de
Villagrán, Guanajuato., los siguientes bienes descritos a continuación:============
Prenda Cantidad Condición Pantalones color kaki con franjas laterales cafés
300 Seminuevos, limpios, empaquetados en bolsas de plástico
Bienes que serán utilizados por el personal operativo de la Dirección de Vialidad y
Transporte Municipal. SEGUNDO.- Se deja a consideración del Municipio de Villagrán,
Guanajuato., si los bienes descritos a continuación le son de utilidad, éstos también le son
donados:=================================================
Prenda Cantidad Tela Chamarras cafés 120 Tiburón nylon sin escudos Camisolas blancas 200 Poliéster sin escudos Fornituras cafés 50 Nylon reforzado
TERCERO.- Se instruye a la Dirección General de Transporte y Vialidad, en conjunto con
la Tesorería Municipal a través de la Dirección de Control Patrimonial y a la Contraloría
Municipal a realizar el trámite correspondiente para la entrega de los bienes mencionados
en los resolutivos anteriores. CUARTO.- En el supuesto de que los bienes donados se
utilicen a un fin distinto al autorizado, los bienes donados revertirán a favor del Municipio,
en el estado en que se encuentren. QUINTO.- Se instruye a la Dirección General de
Transporte y Vialidad, que en el supuesto de que los bienes descritos en el resolutivo
segundo no fuesen entregados en donación, éstos serán destruidos con la participación de
la Contraloría y el Instituto Municipal de Ecología, levantando el acta correspondiente.
SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo
establecido por el artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. SEPTIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el
presente Dictamen para su aprobación. OCTAVO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así
lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 22 de abril del 2013.Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====
DICTAMEN HDA 098/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza un apoyo económico al Patronato de la Feria de
Celaya. CONSIDERANDO Con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso
c), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo
121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76, fracción IV inciso
a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene
atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma
directa o bien, por quien éste autorice conforme a la Ley. Que mediante oficio 0405/2013,
Ref. COR/52098 (Fol. 004375) de fecha 18 de abril del presente año, suscrito por el
Presidente Municipal, remite oficio No. D/420/2013, suscrito por el Presidente del
Patronato de la Feria de Celaya, mediante el cual menciona que en relación a la festividad
de la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta, se requiere contratar al elenco
artístico, al igual de poder promover el evento en medios publicitarios de los que el
Municipio dispone. Por lo anterior solicitamos formalmente contar con un apoyo
económico por la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), por parte de
la Presidencia para la contratación del Grupo Popular Mexicanto y la renta de 3 camiones
para el traslado de los integrantes de la Escuela Nacional de Danza que participaran en el
evento. Del mismo modo requerimos que se nos permita usar los espectaculares con que
cuenta el Municipio para promover y difundir el evento. El evento de la X Expo Cabra, el
Queso y la Cajeta se llevará a cabo del 16 al 19 de mayo Documentos que se anexan y se
tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Una vez analizado lo anterior y
con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza como préstamo la
cantidad de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 m.n.) al Patronato de la Feria de Celaya,
cantidad que será utilizada para la contratación del Grupo Popular Mexicanto y la renta de
3 camiones para el traslado de los integrantes de la Escuela Nacional de Danza que
participaran en el evento de la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta que se
realizará del 16 al 19 del mayo del 2013. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería
Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el punto anterior, con cargo a la cuenta
que determine la cual deberá sujetarse a la disponibilidad financiera del Municipio;
elaborando el contrato de mutuo sin intereses. TERCERO.- El importe señalado en el
resolutivo primero será reembolsado al Municipio, a mas tardar el día 31 de mayo del
2013. CUARTO.- Se le solicita a la Contraloría Municipal, que este presente durante todo
el evento para llevar a cabo la revisión y aplicación de dicho préstamo, verificando los
ingresos y egresos que con motivo del evento se realicen, debiendo entregar un informe
financiero de dicho evento a mas tardar el 24 de mayo del 2013 ante la comisión de
Hacienda, así como a la Tesorería Municipal. QUINTO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. SEXTO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación.
SEPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida
constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 22 de abril del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad.===============================
En este momento se retira el regidor C. Rodolfo Segura Montes, por un motivo personal. =
DICTAMEN HDA 099/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se condona el pago de aportación de beneficiarios por
contribuciones especiales y recargos por ejecución de obras públicas, a la Escuela Primaria
Urbana “Jaime Torres Bodet” de la Comunidad de San Juan de la Vega de esta ciudad.
CONSIDERANDO Que el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de
Guanajuato; establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejarán su patrimonio conforme a la Ley. En ese sentido cada Municipio será
gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las
resoluciones que afecten al patrimonio Municipal, así como el artículo 76 fracción IV inciso
a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, así como los artículos 229
al 244 de La Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato. Que
mediante oficio: 0402/2013-PMC Ref.F004478, COR/52282 de fecha 17 de abril del
presente año, suscrito por el Presidente Municipal, Arq. Ismael Pérez Ordaz, remite el
oficio No. OFC.:47/2013, suscrito por el Director de la Escuela Primaria Urbana “Jaime
Torres Bodet” de la Comunidad de San Juan de la Vega de esta ciudad, C. Profr. Otoniel
García Aguilar, mediante el cual comunica que en este ciclo escolar 2012-2013 inicié con el
cargo de director en la escuela en mención, por lo que desconoce desde cuando se tiene
el adeudo de la copia del requerimiento de pago le notifica la Tesorería Municipal. Nuestra
escuela ha sido objeto de siniestros por falta de bardas y malla ciclónica, hace falta
construir un techo para realizar eventos, habilitar áreas deportivas…son muchas las
necesidades que tiene nuestra institución. Por lo que pido se nos condone la deuda, para
tener más posibilidades de mejorar nuestra escuela y brindarles un lugar digno y favorable
a todos nuestros alumnos. Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como
si a la letra se insertaren. Que en reunión de la Comisión de Hacienda de fecha 22 de
abril del presente año, se analizó el motivo de la solicitud, y con fundamento en lo
establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato;
esta Comisión. RESUELVE: PRIMERO.- Se condona el 100% del adeudo total a la
Escuela Primaria Urbana “Jaime Torres Bodet” de la Comunidad de San Juan de la Vega de
esta ciudad, de acuerdo al último estado de cuenta que sea emitido por la Dirección de
Ingresos de la Tesorería Municipal. SEGUNDO.- La condonación del adeudo es
únicamente sobre las contribuciones especiales y los recargos, exceptuando los gastos de
ejecución, mismos que serán pagados ante las cajas de la Dirección de Ingresos de la
Tesorería Municipal. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a través de la
Dirección de Ingresos, dé cumplimiento a lo resuelto en los puntos anteriores del presente
Dictamen. CUARTO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé
cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128, fracción
V, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación.
SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida
constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 22 de abril del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.====================
DICTAMEN HDA 100/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se dona un bien inmueble propiedad Municipal a favor de
Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación de Guanajuato, para la
construcción de un Jardín de Niños en el Fraccionamiento “La Misión” de esta ciudad.
CONSIDERANDO 1.- Que con fundamento en lo establecido por el artículo 115, fracción
II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117,
fracción XII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; el Municipio estará
investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la Ley. Los
Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia
Municipal los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los
miembros de los Ayuntamientos, para dictar resoluciones que afecten el patrimonio
inmobiliario Municipal. 2.- Atendiendo a lo dispuesto por los artículos 76, fracción IV,
inciso f) y g) y 206 y 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en
concordancia con los artículos 20, 21, 51, 56 y 58 del Reglamento de Bienes Muebles e
Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya, Guanajuato; en los cuales encontramos
dentro de las facultades de los Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal,
le compete desafectar por acuerdo de la mayoría calificada, los Bienes del Dominio Público
Municipal, cuando éstos dejen de destinarse al uso común ó al servicio público y así
convenga al interés público, para que surta efectos contra terceros y contra la misma
autoridad. En ese sentido procederá el cambio de régimen de Dominio Público al de
Dominio Privado cuando a juicio del Ayuntamiento resulte necesario sin que afecte el
interés colectivo. 3.- Por consiguiente el Ayuntamiento solo podrá otorgar en donación los
Bienes del Dominio Privado del Municipio, por acuerdo de la mayoría calificada de sus
integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones Privadas, que representen un
beneficio social para el Municipio y que no persigan fines de lucro. La Tesorería Municipal
será la Dependencia encargada de integrar la solicitud de donación con los requisitos ahí
mencionados. 4.- En el acuerdo correspondiente se deberá establecer la cláusula de
reversión, la cual consiste en que los bienes del Municipio donados revertirán a su
patrimonio cuando se cumplan los supuestos ahí mencionados. 5.- En relación a la
solicitud presentada por el Tesorero Municipal, mediante Oficio 0747/2013-DCP, de fecha
30 de abril del presente año, a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
para que se estudie y dictamine la petición de Donación de un bien inmueble propiedad
Municipal ubicado en la calle Misión de San Pedro sin número en la Fraccionamiento La
Misión de esta ciudad, con una superficie de 2,263.88 m2, que solicita Gobierno del Estado
de Guanajuato a través de la Secretaria de Educación de Guanajuato con destino a la
construcción de un Jardín de Niños; considerando que el Dictamen de opinión emitido por
el Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística, bajo el Oficio No.
507/IMIPE-TEC/2013, Exp. 023-DOP/2013, de fecha 24 de mayo del año en curso,
suscrito por el Sub-Director del IMIPE; mediante el cual dictamina: FACTIBLE desde el
punto de vista técnico, donar a la Secretaria de Educación de Guanajuato una fracción del
predio municipal referido, para llevar a cabo la construcción de un Jardín de Niños,
fracción que tiene una superficie de 2,219.26 m2, con las siguientes medidas y
colindancias: Al Norte: 35.00 mts., con calle Misión de San Pedro. Al Nororiente: 44.46
mts., en arco con resto de propiedad Municipal. Al Oriente: 20.00 mts., con resto de
propiedad Municipal. Al Sur: 26.44 mts., con Biblioteca Municipal. Al Poniente: 71.64 mts.,
varios propietarios. Que el trámite de Cambio de Uso de Suelo de Área Verde AV a
Equipamiento E, deberá llevarse a cabo por el “Donatario”, en este caso la Dirección
General de Desarrollo Social, para que pueda llevar sus trámites conforme a leyes y
reglamentos vigentes. Que el proyecto en cuestión, deberá ser validado por el Gobierno
Municipal y sus dependencias involucradas, debiendo cumplir con todas las normas y
disposiciones establecidas en Leyes Estatales y Reglamentos Municipales. Que el destino
de uso del predio será el establecido en este Dictamen y ningún otro, pues el no
cumplimiento de esta condición, será causa de reversión del procedimiento de donación.
Documentos que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren.
6.- Bajo ese contexto, el Municipio acredita la propiedad mediante Instrumento Público de
Donación Gratuita número 18,179 de fecha 11 de julio de 1994, pasado ante la fe del Lic.
Jorge Chaurand Arzate, Notario Público No. 39, en ejercicio en la adscripción, e inscrita
en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad con folio registral 720
auxiliar 6, tomo CLXIII dato de registro, 29 de Julio de 1994. Escritura Pública que se
anexa al presente Dictamen. 7.- En base a lo anterior, la Dirección de Catastro
dependiente de la Tesorería Municipal de Celaya, realizó el Avalúo Fiscal número 56/2013,
de fecha 29 de abril del año en curso, del cual se desprende que la superficie de 2,263.88
m2 solicitada en donación tiene un valor de $1,712,064.73 (UN MILLON SETECIENTOS
DOCE MIL SESENTA Y CUATRO PESOS 73/100 M.N.). Documento que se tiene por
anexado y reproducido como si a la letra se insertare. 8.- Bajo ese contexto la Dirección
Jurídica, emitió el Dictamen de Opinión, según consta en el Oficio No. D.J./237/2012 de
fecha 26 de abril del 2013; en el cual dictamina lo siguiente: SE CONSIDERA FACTIBLE LA
DONACION, a favor de GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVES DE LA SECRETARIA DE
EDUCACIÓN DE GUANJUATO, el inmueble ubicado en CALLE MISIÓN DE SAN PEDRO S/N
COLONIA LA MISIÓN de esta ciudad la SUPERFICIE 2,263.88 m2, para la construcción de
un PREESCOLAR. Así mismo deberá cumplir con las observaciones emitidas por el Instituto
Municipal de Investigación, Planeación y Estadística, manifestadas a través del oficio antes
apuntado. Documento que se anexa y se tiene por reproducido como si a la letra se
insertare. Por lo que, en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que nos otorga el
artículo 76 fracción IV inciso g) y el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se desafecta una parte de la
Fracción del bien inmueble de Dominio Público propiedad Municipal, ubicado en la calle
Misión de San Pedro sin número en el Fraccionamiento “La Misión” de esta ciudad, con
una superficie de 2,219.26 m2, con las siguientes medidas y linderos: Al Norte: 35.00
Mts., con calle Misión de San Pedro. Al Nororiente: 44.46 mts., en arco con resto de
propiedad Municipal. Al Oriente: 20.00 mts., con resto de propiedad Municipal. Al Sur:
26.44 mts., con Biblioteca Municipal. Al Poniente:71.64 mts., varios propietarios.
SEGUNDO.- Se otorga en Donación a favor de Gobierno del Estado de Guanajuato, a
través de la Secretaría de Educación de Guanajuato, una parte de la Fracción del bien
inmueble propiedad Municipal, ubicado en la calle Misión de San Pedro sin número en el
Fraccionamiento “La Misión” de esta ciudad, para la construcción de un Jardín de Niños,
con una superficie de 2,219.26 m2, con las siguientes medidas y linderos: Al Norte: 35.00
mts., con calle Misión de San Pedro. Al Nororiente: 44.46 mts., en arco con resto de
propiedad Municipal. Al Oriente: 20.00 mts., con resto de propiedad Municipal. Al Sur:
26.44 mts., con Biblioteca Municipal. Al Poniente: 71.64 mts., varios propietarios.
TERCERO.- El objeto: es para la construcción de un Jardín de Niños. CUARTO.- En el
supuesto de que el bien donado se utilice a un fin distinto al autorizado, o que no se inicie
la obra en un plazo de un año y no se concluya en un plazo de dos años, el bien donado
revertirá a favor del Municipio, en el estado en que se encuentre, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
QUINTO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice los movimientos necesarios en el
Padrón de Bienes Inmuebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del
H. Ayuntamiento, realice las publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Guanajuato. SÉPTIMO.- Se instruye al Director Jurídico, realice
los trámites Legales que en Derecho procedan para la formalización de la presente
donación. OCTAVO.- Se instruye al Instituto Municipal de Investigación, Planeación y
Estadística de Celaya, Gto., realice los movimientos necesarios dentro del Plan de
Ordenamiento Territorial vigente. NOVENO.- Se instruye al Secretario del Honorable
Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el
artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
DÉCIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
Dictamen para su aprobación. DÉCIMO PRIMERO.- Notifíquese para su cumplimiento.
Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 26 de Abril del 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los
presentes. ================================================
COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL. ======
En uso de la voz el Sindico C. Eduardo Guillén Hernández, Presidente de la Comisión,
solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a
consideración del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos de
los dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro y resolutivos de
los mismos, se somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, se aprueba por
unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los
siguientes dictámenes: ========================================
DICTAMEN GOB-016/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se emite el Reglamento de Mejora Regulatoria y
Competitividad del Municipio de Celaya, Guanajuato. C O N S I D E R A N D O S
Que conforme al artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el cual establece la facultad reglamentaria del ayuntamiento, señalándose
literalmente lo siguiente: “Los Municipios estarán investidos de personalidad Jurídica y
manejarán su hacienda conforme a la Ley… Los Ayuntamientos tendrán facultades para
aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las
legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal”. Así mismo, se establece en el artículo 106 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que “El Municipio libre, base de la
división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, es una
institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, establecido en
un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su
Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117
del mismo ordenamiento, en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los
Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que
expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares
y disposiciones administrativas de observancia general; que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Subsecuentemente en el
Artículo 76, fracción I, inciso b) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
se establece que los ayuntamientos tendrán como atribución en materia de gobierno y
régimen interior: ” b) Aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida
el Congreso del Estado, los bandos de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Y de igual forma en
correlación con el artículo 236 de dicha Ley Orgánica se establece la facultad
reglamentaria de los Ayuntamientos. Y en el artículo 67, inciso A) del Reglamento Interior
del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., señala que, a la Comisión de Gobierno,
Reglamentos y Justicia Municipal le corresponde: “A) El dictamen que contenga las
iniciativas de reformas y adiciones o nuevos proyectos de Reglamentos Municipales, para
ser aprobadas por el Ayuntamiento y remitidas al Congreso del Estado para su revisión y
aprobación conforme al artículo 202 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato (actualmente artículo 236 por la reforma publicada en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Guanajuato el 12 de Septiembre del 2012). Por lo que con
fundamento en lo anterior, la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, en
fecha 11 de abril de 2013, analizó la iniciativa del Reglamento de Mejora Regulatoria y
Competitividad del Municipio de Celaya, Guanajuato., así mismo en fecha 25 de abril de
2013 se presento el manifiesto del impacto regulatorio, conforme a la siguiente
exposición de motivos: Considerando que en el Estado de Guanajuato, la Mejora
Regulatoria es una política pública que busca difundir una cultura de la legalidad; elevar la
competitividad de sus municipios y otorgar certeza jurídica del actuar de su administración
a sus habitantes. El Municipio de Celaya, Gto. tiene como prioridad actualizar su marco
normativo de carácter general, que incida en los diferentes ámbitos del quehacer diario de
los ciudadanos que en el habitan. Con la entrada en vigor de las reformas a la Ley de
Mejora Regulatoria y de la Ley Orgánica Municipal, ambas para el Estado de Guanajuato y
sus Municipios; se propone la reforma al Reglamento de Mejora Regulatoria para el
Municipio de Celaya, en atención a que se debe actualizar la forma en que se aplicaran los
diferentes instrumentos que nos manda la Ley en la materia. Con el propósito de atender
la problemática que a continuación se describe: - Se requiere fortalecer la confianza a la
ciudadanía en su gobierno, así como en otros órdenes de gobierno y los poderes del
estado, la eficiencia del Gobierno en la prestación de los servicios públicos y la gestión del
gobierno como elemento fundamental para incrementar la competitividad del municipio y
el Estado de Derecho, para actualizar la normativa, y de esta manera poder cumplir y
hacer cumplir los ordenamientos municipales. - Es indispensable la participación de los
ciudadanos en la toma de decisiones, implementación y evaluación de las políticas públicas
y programas de gobierno municipal desde una perspectiva de corresponsabilidad en la
realización del bienestar general. - En el municipio la participación de la sociedad
organizada es necesaria para la implementación de proyectos y programas que favorezcan
a que se otorgue seguimiento, se ejecuten y evalúen. Por lo que a fin de dar respuesta a
esta problemática, se presenta el Reglamento de Mejora Regulatoria y
Competitividad del Municipio de Celaya, Guanajuato, el cual promueve la eficiencia
del gobierno, la mejora de servicios, el cumplimiento de la legalidad, la participación
ciudadana y la implementación de políticas públicas. Expuesto lo anterior, con fundamento
en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta
comisión: R E S U E L V E PRIMERO. Se emite el Reglamento de Mejora
Regulatoria y Competitividad del Municipio de Celaya, Guanajuato., conforme al
documento que se anexa al presente dictamen. SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de
Mejora Regulatoria para el Municipio de Celaya, Gto. TERCERO. Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen.
CUARTO. Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, realice los trámites necesarios
para su publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal en fecha 25 de abril de 2013. Finalizada la
lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo
Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad
de los presentes. ============================================
DICTAMEN GOB-019/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se reforma la denominación del organismo público
descentralizado del H. Ayuntamiento, “Comisión Municipal del Deporte y Atención a la
Juventud” a “Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya, Guanajuato”; y
se emite el Reglamento para la Constitución del Organismo Público Descentralizado del H.
Ayuntamiento denominado Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya,
Guanajuato. C O N S I D E R A N D O S Que conforme al artículo 115 fracción II
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece la facultad
reglamentaria del ayuntamiento, señalándose literalmente lo siguiente: “Los Municipios
estarán investidos de personalidad Jurídica y manejarán su hacienda conforme a la Ley…
Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia
municipal que deberán expedir las legislaturas de los estados, los bandos de policía y
gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública
Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así mismo, se establece en
el artículo 106 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que “El Municipio
libre, base de la división territorial del Estado y de su organización política y
administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de
personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y
de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento, en relación a la facultad
reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con
las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general;
que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y
vecinal”. Subsecuentemente en el Artículo 76, fracción I, inciso b) de Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que los ayuntamientos tendrán
como atribución en materia de gobierno y régimen interior: ” b) Aprobar, de acuerdo con
las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los bandos de policía y
buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal”. Y de igual forma en correlación con el artículo 236 de
dicha Ley Orgánica se establece la facultad reglamentaria de los Ayuntamientos. Y en el
artículo 67, inciso A) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto.,
señala que, a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal le corresponde:
“A) El dictamen que contenga las iniciativas de reformas y adiciones o nuevos proyectos
de Reglamentos Municipales, para ser aprobadas por el Ayuntamiento y remitidas al
Congreso del Estado para su revisión y aprobación conforme al artículo 202 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato (actualmente artículo 236 por la reforma
publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 12 de
Septiembre del 2012). Por lo que con fundamento en lo anterior, la Comisión de Gobierno,
Reglamentos y Justicia Municipal, en fechas 04 y 11 de abril de 2013, analizó la iniciativa
el Reglamento para la Constitución del Organismos Público Descentralizado del H.
Ayuntamiento denominado Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya,
Guanajuato, así mismo en fecha 25 de abril de 2013 se presento el manifiesto del impacto
regulatorio, conforme a la siguiente exposición de motivos: El Reglamento para la
Constitución del Organismos Público Descentralizado del H. Ayuntamiento denominado
Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya, Guanajuato., tiene su base
legal en la ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Guanajuato, y su objeto es
regular la estructura y el funcionamiento del Organismo Público Descentralizado
denominado Sistema de Cultura Física y Deporte, el cual tiene personalidad jurídica y
patrimonio propios; estableciéndose las bases y lineamientos para el fomento de la
cultura física y el deporte en el Municipio de Celaya, Guanajuato. El Sistema de Cultura
Física y Deporte del Municipio de Celaya, Guanajuato, tendrá como principales
atribuciones el difundir, promover y fomentar la cultura física y el deporte en el municipio;
así como proponer al ayuntamiento las metas, estrategias y acciones para incrementar la
calidad de cultura física y el deporte en el municipio en los términos del programa
Municipal de Cultura Física y Deporte. Expuesto lo anterior, con fundamento en el artículo
81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta comisión: R E S U
E L V E PRIMERO. Se aprueba la reforma de la denominación del organismo público
descentralizado del H. Ayuntamiento, “Comisión Municipal del Deporte y Atención a la
Juventud” a “Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya, Guanajuato”; y
de los CAPÍTULOS PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO en su denominación; los ARTÍCULOS
PRIMERO, SEGUNDO primer Párrafo, DÉCIMO QUINTO Fracciones I y II, DÉCIMO
SEPTIMO, Y DÉCIMO OCTAVO primer Párrafo; la derogación de los ARTÍCULOS SEGUNDO
fracción XII,TERCERO, CUARTO,QUINTO, SÉXTO, SÉPTIMO, OCTAVO, NOVENO, DÉCIMO,
DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO TERCERO,DÉCIMO CUARTO, DÉCIMO
SEXTO, DÉCIMO NOVENO,Y VIGESIMO del acuerdo por el que se crea el organismo
público descentralizado del H. Ayuntamiento denominado Comisión Municipal del Deporte
y Atención a la Juventud, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de
Guanajuato, No. 105, tomo CXXXVII, de fecha 31 de Diciembre de 1999, conforme al
anexo del presente dictamen. SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de la Comisión
Municipal del Deporte y Atención a la Juventud del Municipio de Celaya, Gto., publicado en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato No. 93, tomo CXLVI, de fecha
10 de Junio de 2008 y se derogan todas aquellas disposiciones legales de igual o menor
jerarquía que se opongan al presente acuerdo. TERCERO. Se emite el Reglamento para la
Constitución del Organismos Público Descentralizado del H. Ayuntamiento denominado
Sistema de Cultura Física y Deporte del Municipio de Celaya, Guanajuato, conforme al
documento anexo al presente dictamen. CUARTO. Sométase a la consideración del Pleno
del H. Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. QUINTO. Se instruye a la
Secretaría del H. Ayuntamiento, realice los trámites necesarios para su publicación en el
Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato. Así lo resolvieron y firmaron para
su debida constancia los integrantes de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia
Municipal en fecha 25 de abril de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes. ========
PUNTO NUMERO SEIS.- ASUNTOS GENERALES.====================
1.- Se recibió oficio suscrito por el presidente municipal c. Ismael Pérez Ordaz, mediante el
que solicita se someta a consideración del pleno la propuesta de ratificación del consejo
municipal para las exportaciones, a la letra dice: “Por este conducto me permito
solicitar que en la próxima sesión del Ayuntamiento se incluya dentro del orden del día la
propuesta, aprobación y toma de protesta en su cado de los integrantes del Consejo
Municipal para las Exportaciones del Municipio de Celaya, Gto; que quedaría de la
siguiente manera: ===========================================
PRESIDENTE: Ing. Jesús Fernando Vera Noble.- Dirección de Desarrollo Económico de
Celaya. ==================================================
SUPLENTE: C. Fernando Jiménez Lemus.==============================
SECRETARIO: Ing. Ángel González Méndez Garmendia. COFODE.===============
SUPLENTE: Lic. Coral Montaño Hernández.=============================
VOCALES INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO: ==========================
REGIDORA C. Rebeca Lomelín Velasco, Presidenta de la Comisión de Desarrollo
Económico y Turismo, suplente, Regidor C. José Alberto Perez Quiroga. =========
REGIDOR Lic. Eduardo Guillén Hernández, Vocal de la Comisión de Desarrollo
Económico y turismo.==========================================
SUPLENTE: Arq. Rodolfo Segura Montes. ===========================
Vocal del Sector Empresarial de Agrocomponentes: =======================
Ing. José Luis Miranda Valencia, mezclas y fertilizantes S.A. DE C.V., =============
SUPLENTE: Ing. Guadalupe Marcela Sánchez González.=====================
Vocal del Sector Empresarial Industrial: Dr. Javier Sephtien Prieto.- Sephonos S.A. de C.V.
SUPLENTE: Lic. Liliana Pérez Gómez.================================
Vocal del Sector Empresarial Automotriz.- Lic. Rodolfo Fuentes Ortega. Yachiyo México
Manufacturing, S.A. de C.V.======================================
Suplente: Lic. Alicia Rodríguez Calvillo.===============================
Vocal de Sector Servicios: Ing. Alfonso Valdés Carmona.- Index Guanajuato A.C. ======
Suplente: Lic. Norma Alicia Quintero.================================
Se pone a consideración del pleno la propuesta del Señor Presidente, misma que se
aprueba por unanimidad, por lo que se procede a tomar la protesta de Ley del Consejo
Municipal para las Exportaciones del Municipio de Celaya, Gto. ===========
2.- Se recibió oficio suscrito por el presidente municipal c. Ismael Pérez Ordaz, que a la
letra dice: “LIC. VICENTE CARACHEO GOMEZ SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
PRESENTE. Por este medio me permito solicitar se someta a consideración del H.
Ayuntamiento la propuesta de ratificación del Consejo Municipal de Desarrollo Rural
Sustentable. Dicho consejo, como lo marca su reglamento interno en el Artículo 1 se
constituye como una instancia de participación de los productores y demás agentes de la
sociedad rural para la definición de prioridades, planeación y distribución de los recursos
destinados al apoyo de las inversiones productivas, que fomenten el desarrollo rural
sustentable conforme lo establecido en el Título II, Capítulo III, Artículos 24, 25 y 26 de la
Ley de Desarrollo Rural Sustentable, así como los artículos 13, 17 y 18 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato. Para su ratificación en la presente administración,
este Consejo estará integrado, según el artículo 25, tercer párrafo de la Ley de Desarrollo
Rural Sustentable, referente a la integración de los Consejos Municipales, que establece:
“serán miembros permanentes de los Consejos Municipales: los presidentes municipales,
quienes los podrán presidir; los representantes en el municipio correspondiente de las
dependencias y de las entidades participantes, que formen parte de la Comisión
Intersecretarial, los funcionarios de las entidades federativas que las mismas determinen y
los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y
social del sector rural del municipio correspondiente, en forma similar a la integración que
se adopta para el Consejo Mexicano” por las siguientes personas:
INTEGRANTES DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DE CELAYA, GTO.
COMUNDER
DEPENDENCIA, ASOCIACIÓN O INSTITUCIÓN
CARGO NOMBRE
DIRECTIVA DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
PRESIDENCIA MUNICIPAL
PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE ARQ. ISMAEL PÉREZ ORDAZ
DESARROLLO SOCIAL DIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL, SUPLENTE DEL PRESIDENTE DEL COMUNDER.
CARLOS RAYMUNDO LÓPEZ GONZÁLEZ
SAGARPA JEFE DEL DISTRITO 04 DE SAGARPA, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
MARIO MARCOS GÓMEZ SOTELO
AYUNTAMIENTO REGIDORA, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN RURAL Y DE FOMENTO AGROPECUARIO GEORGINA SUAREZ DÍAZ
AYUNTAMIENTO REGIDORA, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD DE GÉNERO
DULCE MARÍA GÁLLEGO HINOJOSA
PRESIDENCIA MUNICIPAL TESORERA MUNICIPAL
ANGÉLICA MARÍA CAMARENA HERNÁNDEZ.
REPRESENTANTES CUIDADANOS DE LAS COMUNIDADES Y POLOS DELA ZONA RURAL
REPRESENTANTE REPRESENTANTE POLO 1 MA. REFUGIO JUÁREZ HERNÁNDEZ
REPRESENTANTE REPRESENTANTE POLO 2 JOSÉ VALENTE CRUZ CAÑEDA
REPRESENTANTE REPRESENTANTE DE POLO 4 FLORENTINO ESPITIA CÓRDOBA
REPRESENTANTE REPRESENTANTE DE POLO 4 MA. MERCEDES RAMÍREZ MANCERA
REPRESENTANTE REPRESENTANTE POLO 1 SR. BENJAMÍN GONZÁLEZ ELÍAS
REPRESENTANTE REPRESENTANTE POLO 3 LEOPOLDO MARTÍNEZ QUILO
REPRESENTANTE REPRESENTANTE DE POLO 4 JOSÉ GUADALUPE LÓPEZ PATIÑO
REPRESENTANTE REPRESENTANTE DE POLO 4 MIGUEL RAMÍREZ RENDÓN
REPRESENTANTE REPRESENTANTE DE POLO 3 RAQUEL ROMERO ESPINO
REPRESENTANTE REPRESENTANTE DE POLO 4 FRANCISCO MEDINA SAAVEDRA
GOBIERNO MUNICIPAL
DESARROLLO SOCIAL COORDINADOR DE RURAL, SUPLENTE DEL DIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL
RENE ERNESTO SÁNCHEZ GONZÁLEZ
DESARROLLO SOCIAL SUB COORDINADOR DE RURAL, DESARROLLO SOCIAL ANTONIO BUSTAMANTE M.
DESARROLLO SOCIAL COORDINADOR DE ARTICULACIÓN Y PROY PROD EN DESARROLLO SOCIAL
FRANCISCO JAVIER GÁLLEGO HINOJOSA
REPRESENTANTES DE ASOCIACIONES CIVILES DEL SECTOR RURAL
ASOCIACIÓN CIVIL EXTENSIÓN AGRÍCOLA, A.C. MA. INÉS SANDOVAL RANGEL
ASOCIACIÓN CIVIL MÁXIMA CENTRO EMPRESARIAL, A.C. JUAN ANTONIO CASTELLANOS C.
ASOCIACIÓN CIVIL RECONSTRUCCIÓN Y SOLIDARIDAD SOCIAL A.C C.P SANTIAGO HEYSER BELTRÁN
ASOCIACIÓN CIVIL NOOSFERA DESARROLLO, SUSTENTABILIDAD, VIDA DIGNA, S.C. DR. EDGAR RENDÓN POBLETE
REPRESENTANTES DE DEPENDENCIAS E INSTITUCIONES DE GOBIERNO ESTATAL Y FEDERAL
SAGARPA ENCARGADO DE DESPACHO DELEGACIÓN SAGARPA ING. SILVERIO ROJAS VILLEGAS
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, GOBIERNO DEL ESTADO C.P. JAVIER USABIAGA ARROYO
SAGARPA REPRESENTANTE DEL CADER,CELAYA JOSÉ CASTRO DOMÍNGUEZ
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
ENLACE SDA CON MUNICIPIOS, SUPLENTE DEL SR. SECRETARIO
ING. MAURICIO VERA MEDINA
EQUIPOS TERRITORIALES ASESOR POR DESIGNAR
REPRESENTANTES DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE INVESTIGACIÓN
INIFAP DIRECTOR DE COORDINACIÓN Y VINCULACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO DR. MARIO GONZÁLEZ CHAVIRA
INIFAP ENLACE CON COMUNDER, COMISIONADO POR EL DIRECTOR SALVADOR MONTES
UNIVERSIDAD UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO C. RICARDO CONTRERAS SOTO.
UNIVERSIDAD UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO, SECRETARIA ACADÉMICA CAMPUS CELAYA DRA. ROCÍO ROSAS VARGAS
ASOCIACION GANADERA LOCAL DE CELAYA GTO. PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN PEDRO LOZA GUTIERRES
SISTEMA PRODUCTO OVINOS GERENTE JAIME MARTÍNEZ MACIEL
Así mismo para el caso que se aprueba esta petición, solicito se les tome la Protesta de
Ley correspondiente. Sin más por el momento, quedo de Usted. ATENTAMENTE ARQ.
ISMAEL PEREZ ORDAZ PRESIDENTE MUNICIPAL, una vez leída la propuesta, el Secretario
del Ayuntamiento Lic. Vicente Caracheo Gómez procede a someterla a votación, misma
que se aprueba por unanimidad. En este momento se toma la protesta de Ley.=======
3.- Se da cuenta de parte del Presidente Municipal Arq. Ismael Pérez Ordaz, las renuncias
que se hicieron al cargo de Delegado y subdelegado de la Comunidad de Rincón de
Tamayo suscritas en primer lugar por la Sra. Herlinda Carrizal Sandoval y Ma. Isabel
Serrano Arreguin, al cargo que les fue conferido en la sesión del 10 de abril del presente
año, y dada esa circunstancia y de acuerdo a lo que prevé la Ley orgánica Municipal, el
Presidente Propone para el mismo cargo a la formula compuesta por la C. MA. De Jesús
Mancera Ramírez, con el cargo de Delegada y C. Francisco Medina Saavedra, con el cargo
de Subdelegado, es la propuesta que se hace en este momento se tiene a bien ponerlo a
su consideración, y sea aprobado, Se pone a su consideración la propuesta, misma que se
aprueba por unanimidad, en este momento se procede a tomar la protesta de ley. ====
En este momento se da el uso de la voz a los regidores que solicitaron el uso de la voz,
toma la palabra el Regidor C. Marco Heroldo Gaxiola Romo, quien manifestó: “…El
Pronunciamiento es en el sentido de agradecimiento a quien es ahora Exdelegada de la
Comunidad de Rincón de Tamayo, Hermelinda Carrizal por la disposición y solidaridad que
mostró a este Ayuntamiento, al presentar su renuncia junto con su suplente, como
muestras de unidad como las que han dado ustedes también, muchas felicidades a
ustedes y un agradecimiento publico a la Exdelegada Hermelinda Carrizal”. Toma el uso de
la voz el regidor C. Rubén Guerrero Merino, quien manifestó: “No queremos dejar
pasar la oportunidad de comentarlo aquí en el ayuntamiento, hicimos lo propio en la
comisión de Gobierno, pero aprovechar el foro que tenemos aprovechar que están los
medios de comunicación para dos cosas fundamentalmente, en este proceso de consulta
para la elección de Delegados, debemos destacar que si bien es cierto es una facultad del
presidente municipal, hacer la elección de los Delegados, el presidente municipal tuvo
hacer una consulta, Tamayo como todos sabemos representa un punto muy importante en
el municipio de Celaya, y requería una atención especial dadas las circunstancias que se
presentaron, entonces yo me sumo al pronunciamiento que hace mi compañero el regidor
Marco Gaxiola, en el sentido de reconocer por supuesto a la Delegada saliente, pero
también reconocer mucho el ejercicio de humildad y el ejercicio de pluralidad que presentó
ahora la delegada y subdelegado, así como a los demás que contendieron para ser
tomados en cuenta por este ayuntamiento, mi reconocimiento a la gente de Tamayo,
reiterar que son el enlace de este cuerpo colegiado ante su comunidad y que de la mano
podemos trabajar muchas cosas, felicidades y un reconocimiento también al Presidente
Municipal por la consulta”. Toma el uso de la voz el Regidor C. David Alfonso Orozco
Pérez, quien manifestó: “Por mi parte no me resta más que sumarme a ese
reconocimiento de generosidad de civilidad, de todos los actores de Rincón de Tamayo,
involucrados en esa consulta, es de reconocerse la generosidad de Doña Hermelinda
Carrizal al haber aceptado permanecer durante este periodo al frente de la delegación y
departe de ustedes también delegada y subdelegado todo nuestro reconocimiento por la
civilidad política que demostraron, yo creo que como ayuntamiento y sin duda también se
vera replicado en la comunidad de Rincón de Tamayo la unidad que sea lo que prime y
siempre que rincón de Tamayo que esté por encima de cualquier interés, les vuelvo a
insistir saben que cuentan con nosotros que no están solos y que para nosotros la
comunidad de Rincón de Tamayo es muy importante y queremos que le valla bien
muchísimas gracias”.==========================================
4.- Se da el uso de la voz al Regidor C. Rubén Guerrero Merino, quien manifestó:
“Tampoco hemos querido dejar pasar desapercibido una situación muy importante que
acabamos de ser testigos en nuestro municipio, me refiero a la celebración de las Batallas
de Celaya, en este inter de la última sesión a la fecha, tuve la oportunidad de estar en una
reunión con varias personalidades Celayenses que coincidimos al llamado de un medio
muy importante de comunicación aquí en Celaya, donde estuvimos con el Gobernador del
Estado, y mucha de esa gente que estaba comentaba la relevancia de este asunto, ahora
el alcalde hizo una gran esfuerzo y hay que reconocerlo vivimos lo que hace mucho
tiempo no vivíamos aquí en Celaya, con la conmemoración de las Batallas una gran
celebración de la milicia, de los celayenses, pero en el 2015 tendremos el Centenario, creo
que este ayuntamiento se ha caracterizado porque queremos rescatar el cariño por
Celaya, no podemos dejar pasar oportunidades como la que se nos avecina en el 2015, en
esta reunión hicimos el compromiso y es por eso que hoy le propongo a este
Ayuntamiento la creación de una comisión especial, para conmemorar el Centenario de las
Batallas de Celaya, que busquemos la manera de que Celaya trascienda en el aspecto
histórico lo que sucedió aquí fue fundamental para la revolución mexicana y para
consolidar el constitucionalismo que hoy vivimos, entonces me permito presidente,
compañeros del ayuntamiento a nombre de la fracción del Partido Revolucionario
Institucional proponerle a este pleno la creación de esta comisión especial, pareciera muy
lejano el 2015, pero el tiempo apremia y creo que debemos hacer algo de una
envergadura que nos posicione a nivel nacional, entonces lo someto a consideración, aquí
lo fundamental es la participación ciudadana nuestra propuesta como fracción es sembrar
en este momento el compromiso ante el pleno ante la sociedad y que juntos generemos
una idea de cómo debe estar integrada, pero lo fundamental es que no sea una comisión
exclusiva y privativa del propio ayuntamiento, sino que convoquemos a la sociedad a que
se sume a esta gran fiesta”. Toma el uso de la voz el Secretario del H. Ayuntamiento
quien puso a consideración del pleno la creación de la comisión de celebración de festejos
y una vez que sea aprobada posteriormente se manejará su integración. Toma el uso de la
voz el Regidor C. David Alfonso Orozco Pérez, quien manifestó: “Agregar que en la
próxima sesión de ayuntamiento pudiéramos disponer de la propuesta del alcalde de los
miembros del Ayuntamiento que debieran integrar esta comisión junto con funcionarios de
algunas dependencias que debieran involucrarse y que de una vez se tomara la protesta”.
Toma el uso de la voz el secretario del Ayuntamiento: “Entonces si les parece lo dejamos
suscrito como un tema de orden del día sin someterlo a votación en este momento, se
deja puesta la solicitud, se trabaja y en la próxima sesión generamos ya la aprobación que
corresponda de la institución de la Comisión”.===========================
PUNTO NÚMERO SIETE.- Clausura de la sesión. En uso de la voz el Secretario del H.
Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, informa al C. Presidente Municipal Arq. Ismael
Pérez Ordaz que han sido agotados los asuntos inscritos en el orden del día, por lo que el
mandatario municipal procede a declarar clausurados los trabajos de la Décima Cuarta
sesión ordinaria de H. Ayuntamiento, siendo las 09:47 nueve horas con cuarenta y siete
minutos del día 20 de Abril del 2013, levantándose para constancia la presente acta,
misma que firman quienes en ella intervinieron y quisieron hacerlo. Doy fe. ========