de la de · aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017...

52
SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid. Anuncio por el que se dispone el acuerdo, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa de código 47100361012017. Página 4 UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. Anuncio de licitación para contratar la enajenación mediante subasta de un vehículo propiedad de la Universidad de Valladolid. Página 28 ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Personal. Bases y convocatoria de concurso de traslados para la provisión por personal funcionario de un puesto de oficial de protocolo en el Servicio de Prevención y Régimen Interior de la Diputación de Valladolid. Página 30 ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Personal. Bases y convocatoria de concurso de traslados para la provisión por personal funcionario con capacidad disminuida de un puesto de auxiliar de régimen interior en el Servicio de Prevención y Régimen Interior de la Diputación de Valladolid. Página 33 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2017-134 Viernes, 14 de julio de 2017 Núm. 134 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2017-134 Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 1

Upload: others

Post on 30-Apr-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

SUMARIO

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial deTrabajo de Valladolid. Anuncio por el que se dispone el acuerdo, depósitoy publicación del convenio colectivo de la empresa de código47100361012017. Página 4

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. Anuncio de licitación para contratar laenajenación mediante subasta de un vehículo propiedad de la Universidadde Valladolid. Página 28

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Serviciode Personal. Bases y convocatoria de concurso de traslados para laprovisión por personal funcionario de un puesto de oficial de protocolo enel Servicio de Prevención y Régimen Interior de la Diputación deValladolid. Página 30

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Serviciode Personal. Bases y convocatoria de concurso de traslados para laprovisión por personal funcionario con capacidad disminuida de un puestode auxiliar de régimen interior en el Servicio de Prevención y RégimenInterior de la Diputación de Valladolid. Página 33

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-S

-201

7-13

4V

iern

es, 1

4 de

julio

de

2017

Núm

. 134

Boletín oficial de la Provincia de valladolid

BOPVA-B-2017-134

Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 1

Page 2: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE CABREROS DEL MONTE

AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE LA ORDEN

AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO

AYUNTAMIENTO DE RUBÍ DE BRACAMONTE

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Serviciode Personal. Bases de la convocatoria para la provisión mediante elprocedimiento de libre designación de diversos puestos de trabajo de laDiputación Provincial de Valladolid Página 36

Alcaldia. Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2016 Página 38

Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscalreguladora de la tasa por el servicio de suministro de agua a domicilio Página 39

AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio de Intervención.Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestarianúmero 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40

AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio de Intervención.Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestarianúmero 13/2017 por transferencia de crédito. Página 41

Convocatoria de ayudas para la formación de alumnos en el aula Mentordel Ayuntamiento de Medina del Campo Página 42

Alcaldia. Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2016 Página 43

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número4/2017 por transferencias de crédito. Página 44

Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad de explotación cunícola en parcela 17 del polígono 1. Página 45

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-S

-201

7-13

4V

iern

es, 1

4 de

julio

de

2017

Núm

. 134

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 2

Page 3: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUFEMIA DEL ARROYO

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

V.-PARTICULARES Y OTROS ANUNCIANTESCAMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE VALLADOLID

Secretaría. Aprobación provisional de la ordenanza reguladora de lalimpieza de solares, parcelas y terrenos urbanos. Página 46

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número217/2017. Página 47

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número70/2017. Página 49

Convocatoria Pública del Programa Xpande Digital, la apertura del plazopara la presentación de solicitudes de participación en la Fase deAsesoramiento y en la Fase de Ayudas del Programa, cofinanciado por elFondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) Página 51

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-S

-201

7-13

4V

iern

es, 1

4 de

julio

de

2017

Núm

. 134

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 3

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 4: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDOficina Territorial de Trabajo de Valladolid

RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE 2017 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJODE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN ENVALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓNDEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CANDISPE, SL (Código47100361012017).

Visto el texto del Convenio Colectivo de la Empresa CANDISPE, SL(Código47100361012017), suscrito el día 27 de febrero de 2017, de una parte, por losrepresentantes de la citada empresa y, de otra, por el representante de los trabajadoresde la misma, con fecha de entrada en este Organismo el día 22 de mayo de 2017, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de losTrabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobreregistro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real Decreto831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración delEstado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislaciónlaboral) y Orden de 22 de abril de 1999, de las Consejerías de Presidencia yAdministración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica laOrden de 21 de noviembre de 1996, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica y sedefinen las funciones de los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo y delas Oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta deCastilla y León, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 c) del Decreto 2/2015, de7 de julio (BOCYL de 8 de julio), de Reestructuración de Consejerías, esta OficinaTerritorial

ACUERDA

PRIMERO.-Inscribir dicho Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de esteOrganismo, con notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

TERCERO.- Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad.

Valladolid, 30 de junio de 2017.-La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.-Fdo.: CarolinaQuintana Ordóñez

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 4

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 4

Page 5: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

CONVENIO COLECTIVO CANDISPE, S.L. 2017/2020

Capítulo 1 Preliminar. - Ámbito preliminar.

El presente Convenio lo suscriben, de una parte, la representación legal de la empresa y de otra, el delegado de personal del centro de trabajo de Valladolid.

Artículo 1º.- Ámbito de aplicación.

Las disposiciones del presente Convenio afectarán a todo el personal que

preste sus servicios en la empresa Candispe, S.L. concretamente en el centro de

trabajo de Cañada de la Aguilera, 93 en Santovenia de Pisuerga (Valladolid).

Los trabajadores no pertenecientes al ámbito de aplicación territorial de este convenio podrán adherirse al mismo siempre que el ámbito personal sea idéntico al presente. Esta adhesión se hará constar expresamente en su contrato de trabajo. Queda expresamente excluido del ámbito de aplicación del presente Convenio el personal de alta dirección, cuya relación laboral de carácter especial se regula en el Real Decreto 1382/1985 de 1 de agosto, o normativa que lo sustituya.

Artículo 2º.- Vigencia y duración.

El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el día 1 de febrero de 2017

hasta 31 de diciembre de 2020, con independencia de la fecha de su publicación en el

BOPVA.

Los efectos económicos del presente convenio serán desde el 1 de febrero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2020 a todos aquellos trabajadores que presten servicios a la fecha de entrada en vigor de este convenio. Artículo 3º.- Actualización y denuncia. Para los ejercicios de 2018, 2019 y 2020, se incrementará el porcentaje del IPC real de esos años sobre las tablas del año anterior para todos los conceptos fijados en el convenio, exceptuando antigüedad y dietas, de tal forma que aquellos conceptos que no figuren en el convenio colectivo no serán objeto de revisión.

Los atrasos correspondientes se abonarán en la nómina de marzo del año

siguiente.

Finalizado el periodo de vigencia establecido, este Convenio se entenderá

prorrogado únicamente por un año más y en las mismas condiciones recogidas en su

articulado, salvo que se produzca denuncia expresa por cualquiera de las partes

afectadas.

La denuncia, en su caso, se podrá producir hasta un mes antes a la fecha de

finalización pactada, mediante comunicación escrita que deberá dirigirse en forma

fehaciente a la Autoridad Laboral y a las restantes partes negociadoras.

La actualización salarial conforme al IPC no subsistirá una vez finalice la

vigencia del convenio el 31 de diciembre de 2020.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 5Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 5

Page 6: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

El presente Convenio anula y deja sin efecto los anteriores salvo que,

expresamente y para materia concreta, se establezca lo contrario.

Artículo 4º.- Compensación, absorción y garantías Ad personam.

Las condiciones establecidas en este Convenio se compensarán, en su totalidad, con las que anteriormente vinieran disfrutando los trabajadores, cualquiera que fuera su origen, denominación o forma en que estuviesen concedidas, en aplicación del art. 26.5 del ET. Se respetarán las condiciones más beneficiosas que, con carácter de garantías "ad personam" que, consideradas globalmente y en cómputo anual, sean superiores a las establecidas en este Convenio Colectivo. Artículo 5º.- Conservación del convenio colectivo. El conjunto de los derechos y obligaciones contenidos en los pactos

normativos de este convenio, constituye un todo indivisible y por consiguiente si la

autoridad laboral no aprobase alguno de sus pactos, el convenio quedaría

invalidado en su totalidad, iniciándose nuevas deliberaciones.

Artículo 6º.- Comisión Mixta.

Se constituye una Comision Mixta de vigilancia e interpretacion del Convenio y que estara compuesta por un representante de la empresa y un representante de los trabajadores, a elección de estos.

Queda establecida una Comisión Mixta, teniendo a su cargo las siguientes funciones: 1. - Interpretación del Convenio. 2. - Requerimiento de las partes. Deberá mediar, conciliar o arbitrar en el tratamiento y solución de cuantas cuestiones y conflictos de carácter colectivo pudieran suscitarse. 3. - Vigilancia del cumplimiento de lo pactado Composición: La Comisión Mixta estará compuesta, a partes iguales, por la representación de la empresa y por la representación de los trabajadores, eligiéndose de entre ellos un secretario. Podrán utilizarse los servicios ocasionales o permanentes de asesores, los cuales serán designados libremente por las partes. Procedimiento: Los asuntos se someterán a la consideración de la Comisión Mixta a propuesta de los representantes de los trabajadores o de la dirección de la empresa. Para que las sesiones de la citada Comisión sean válidas deberán estar presentes la totalidad de sus miembros de la empresa y de la representación de los trabajadores.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 6Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 6

Page 7: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Los asuntos sometidos a la Comisión Mixta deberán ser resueltos en el plazo máximo de 10 días. Procederán a convocar a la Comisión Mixta cualquiera de las partes que la integran indistintamente. Para la toma válida de acuerdos será necesaria la mayoría simple de cada una de las representaciones que conforman la comisión paritaria. Los acuerdos adoptados por la Comisión Mixta, serán vinculantes y de obligado cumplimiento para ambas partes. Ante la falta de acuerdo de la Comisión Mixta, sobre cualquiera de las cuestiones de su competencia, ambas partes acuerdan someterse a la mediación del Instituto Laboral de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 7º.- Facultades de la empresa.

Son facultades de la dirección de la empresa, entre otras:

a) La organización, dirección y reestructuración de la empresa, impuesta

por necesidades del servicio público al que presta su organización y

estabilidad.

b) La adaptación de métodos o sistemas de trabajo, previamente oída la

representación de los trabajadores.

c) La de fomentar la productividad, exigiendo unos rendimientos

normales de trabajo.

La de facilitar el trabajo efectivo a todos los trabajadores en los términos

establecidos en la legislación vigente.

Artículo 8º.- Obligaciones del conductor.

Sin perjuicio de las obligaciones generales de conductor de transporte de

mercancías por carretera, en el desempeño de su función laboral, se concretan como

específicas de esa actividad las que siguen:

a) Conducir cualquier vehículo de la empresa a tenor de las necesidades de

ésta, siendo responsable del mismo y de la mercancía que transporta,

realizando el recorrido por los itinerarios fijados.

b) Custodiar la documentación de los elementos de transporte utilizados.

c) Realizar todos los cometidos complementarios a la función de conducción

de acuerdo con la normativa específica que será facilitada a los

trabajadores.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 7Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 7

Page 8: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

d) Cumplir con los estándares de calidad del servicio definidos por la empresa

(cumplimiento de horarios del servicio, imagen de los vehículos, seguridad

en las operaciones etc.).

e) Cumplir con todos las políticas, procedimientos e instrucciones

documentados en el manual del conductor.

f) Recoger, cumplimentar y devolver la documentación necesaria para realizar

el servicio y facilitar un parte diario por escrito del trabajo efectuado.

g) Informar diariamente si se detectan anomalías antes, durante o después del

servicio cumplimentando el apartado correspondiente de la hoja de control

de servicio. Si se considera grave, además lo comunicará inmediatamente

al Responsable de Mantenimiento y/o Responsable de Tráfico.

h) Repostar personalmente el gasóleo del vehículo que le sea asignado, en el

surtidor que la empresa tiene en sus instalaciones o fuera de ellas. Debe

de llenar el depósito de gasoil al terminar el servicio diario.

i) Cumplir diariamente con las instrucciones para el chequeo previo antes de

la realización del servicio. Además, asegurar el estado, limpieza y

conservación de los vehículos, sus cisternas y elementos accesorios;

j) Realizar las tareas correspondientes al mantenimiento e imagen del

vehículo (cambios de aceite, filtros, neumáticos lavado exterior del vehículo,

lavado y orden del interior de la cabina vehículo etcétera).

k) Atender y responder ante cualquier inspección realizada tanto internamente

como por cualquier cliente.

Capítulo 2

Artículo 9º.- Jornada de trabajo.

La jornada de trabajo para el personal de la empresa será de 1.768 horas

anuales, prestadas de lunes a domingo, entendiéndose por jornada la efectiva

prestación del servicio, por lo que no se computan los descansos e interrupciones de

la jornada para desayunos, almuerzos, comidas, cena, etc.

La empresa, de común acuerdo con los representantes de los trabajadores,

conscientes del carácter esencial como servicio público de la empresa, se

comprometen a confeccionar un calendario rotativo para todos los trabajadores, en el

que se contemplen los servicios que pudieran existir los domingos y festivos.

Este calendario será para todos los conductores. Cada trabajador afectado por

este calendario podrá, por causa debidamente justificada, solicitar que se corra el

turno.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 8Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 8

Page 9: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Así, las partes acuerdan el devengo para los años 2017 y sucesivos, de una

serie de conceptos salariales a percibir por el trabajador siempre que se den las

siguientes circunstancias:

Plus 6º día: Se establecerá un plus cuando el trabajador, durante la semana,

preste servicios efectivos durante 6 días. (Semana natural de lunes a domingo).

A estos efectos, las partes acuerdan que en caso de que en la semana exista

una festividad, o bien el trabajador comience o finalice sus vacaciones en la

misma o demás circunstancias que pudieran generar la no prestación de

servicios durante seis días en dicha semana, el trabajador no devengará

cantidad alguna por este concepto al no haber estado trabajando seis días en la

misma. Además de este complemento, el trabajador devengará la parte

correspondiente al plus de productividad del art. 18 convenio.

Plus Domingos: Se establecerá un plus para los trabajadores que desarrollen la

actividad los domingos por el importe indicado en la tabla de retribuciones; el

citado plus será incompatible con el plus de 6º día. Además de este

complemento, el trabajador devengará la parte correspondiente al plus de

productividad del art. 18 convenio.

Plus Festivos: Se establecerá un plus para los trabajadores que desarrollen la

actividad los días festivos por importe según Tabla de retribuciones; el citado

plus será incompatible con el plus de 6º día. Además de este complemento, el

trabajador devengará la parte correspondiente al plus de productividad del

art. 18 convenio.

Artículo 10º.- Definición de tiempo de trabajo y tiempo de presencia.

Se considera tiempo de trabajo efectivo:

a) La conducción de los vehículos.

b) La parte del tiempo empleado en los procesos de carga del vehículo que

exija la participación activa del conductor con manejo de elementos de

conexión o dispositivos del llenado del vehículo.

c) En situación de averías y mantenimiento:

a. El tiempo de reparar la avería siempre que la reparación la realice el

mismo conductor.

b. Cuando sea preciso el remolque a talleres y otros lugares donde se

vaya a realizar la reparación, el tiempo empleado en dicha operación de

remolque, en el caso de que el conductor asuma la conducción del

vehículo averiado, si es remolcado el vehículo sin conductor este

tiempo NO será de trabajo.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 9Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 9

Page 10: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Se considera tiempo de trabajo de presencia:

a) La parte de los tiempos de llenado o vaciado del vehículo que solo

requieren vigilancia del proceso, pero no utilización equipos o

dispositivos de llenado o vaciado, aunque en este tiempo se efectúen

gestiones administrativas relacionadas con el servicio. Se considerará

tiempo de presencia las dos primeras horas, a partir de la tercera será

tiempo de trabajo efectivo.

b) Las esperas anteriores a la carga o descarga en origen o destino que

exijan la vigilancia del vehículo.

c) Las esperas por reparación de averías o paradas o pausas reguladas

por este Convenio Colectivo u otras disposiciones legales aplicables al

sector, en las que recae sobre el conductor la vigilancia del vehículo.

d) Cualquier otra actividad a realizar por el conductor que no esté incluida

en el apartado “tiempo de trabajo efectivo”.

Artículo 11º.- Horas extraordinarias y de presencia.

Se considerarán horas extraordinarias las de trabajo efectivo que excedan de la

jornada anual, y no estén catalogadas como horas de presencia. Con objeto de

favorecer la creación de empleo, ambas partes acuerdan la conveniencia de reducir al

mínimo indispensable las horas extraordinarias.

Las horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor, no podrán exceder de lo

establecido legalmente.

Tanto las horas extraordinarias, como las de presencia realizadas por excesos

del tiempo previsto, se compensarán principalmente, previo acuerdo entre los

representantes de los trabajadores y la dirección de la empresa, por descansos

compensatorios dentro de los márgenes establecidos por la ley; solo cuando no

puedan ser compensadas en descansos, se abonarán económicamente según lo

establecido en la tabla de retribuciones del presente convenio y de la forma expresada

en el mismo.

Las horas de presencia no computarán a efectos de la jornada máxima

establecida en el presente convenio, ni para el límite de horas extraordinarias.

No se considerará hora extraordinaria los siguientes casos especiales como:

Retenciones en factoría por avería general de la misma. Se computará cuando

el retraso sea superior a 2 horas.

Esperas no imputables al conductor o avería de la unidad de transporte.

Servicios a I.T.V. y talleres.

Devoluciones en factoría.

Las partes acuerdan que el precio de la hora de presencia y hora extraordinaria

será la que figura en la tabla de retribuciones.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 10

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 10

Page 11: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Artículo 12º.- Vacaciones.

Todo el personal de la empresa disfrutará de un periodo de vacaciones anuales

de treinta días naturales, o su parte proporcional a los días de permanencia de alta en

la empresa.

Las vacaciones no se iniciarán en los días de descanso semanal; de iniciarse

ese día, no se considerarán vacaciones, considerándose descanso semanal.

Las vacaciones se disfrutarán dentro del año natural de devengo, caducándose

las que no se hayan disfrutado en ese año.

Para la fijación del periodo o periodos de disfrute de vacaciones se establece

un calendario consensuado entre la empresa y los delegados de personal de los

trabajadores, teniendo en cuenta las épocas de mayor actividad empresarial,

quedando establecidos en dos periodos:

Verano - Desde el 15 de junio a 30 de septiembre.

Invierno - Desde 1 de marzo a 14 de junio y el mes de octubre.

Se acuerda expresamente, que, salvo excepciones, el periodo de noviembre a

febrero puede quedar fuera del periodo vacacional.

Así mismo, las partes pactan que, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, por todas sentencia de 08.06.2016, Rec. 112/2015, y en orden a compensar durante los 30 días de vacaciones la retribución media que el trabajador viene percibiendo, en relación con los pluses devengados que son variables, y dada la complejidad de su cálculo y la variabilidad para cada trabajador, acuerdan abonar en concepto de bolsa de vacaciones la cantidad bruta de 640 euros que se abonará en cada una de las dos quincenas de vacaciones a que el trabajador tiene derecho.

Capítulo 3: Retribuciones

Artículo 13º.- Salario base.

Sera para cada categoría profesional el que figura en la tabla salarial que como anexo se incorpora al presente convenio colectivo para el año 2017.

Artículo 14º.- Pagas extraordinarias.

Se percibirán las siguientes pagas extraordinarias:

1. La de diciembre o navidad.

2. La de julio o verano.

3. La de marzo o beneficios.

Cada una de dichas pagas se abonará en la cuantía del salario base mensual

más antigüedad y se harán efectivas de la siguiente forma: la de diciembre o navidad,

antes del día 24 de dicho mes, la de julio o verano, antes del 18 de dicho mes y la de

marzo o beneficios, antes del 15 de dicho mes.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 11

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 11

Page 12: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Entendiéndose de las mismas que serán de devengo anual, es decir, la de

diciembre desde el 1 de enero al 31 de diciembre, la de julio de 1 de Julio a 30 de junio

y la de marzo de 1 de enero a 31 de diciembre del año anterior.

Artículo 15º.- Antigüedad.

Para el personal en alta a la fecha de la firma de este convenio el sistema de

antigüedad será el siguiente:

El personal de plantilla recibirá una cantidad mensual, que se devengarán a

partir del día primero del mes siguiente a la fecha que cumpla el cambio del periodo de

antigüedad.

ANTIGÜEDAD €/MES

A LOS 5 AÑOS TRANSCURRIDOS 44,00 €

A LOS 10 AÑOS TRANSCURRIDOS 88,00 €

A LOS 15 AÑOS TRANSCURRIDOS 132.00€

A LOS 20 AÑOS TRANSCURRIDOS MÁXIMO 176.00 €

Artículo 16º.- Plus peligrosidad.

Los trabajadores que, como consecuencia de la actividad que desempeñan en

la empresa, manipulen o transporten habitualmente mercancías explosivas o

inflamables, percibirán un plus de peligrosidad por día trabajado efectivamente y que

se refleja en la Tabla de retribuciones anexa a este convenio.

Artículo 17º.- Plus de cambio de aceite, lavado, engrase, carga y descarga.

Dada la obligación de mantener las unidades de servicio, limpias y engrasadas,

así como la buena disposición de los conductores, que vienen realizando

personalmente las labores de cambio de aceite, lavado, engrase, carga y descarga del

vehículo, se establece un plus de carácter salarial, para los conductores, por día

efectivo de trabajo y mientras realicen esta labor.

La periodicidad de la operación de lavado de los vehículos, marcada por el

manual del conductor, no debe ser superior a 15 días. En caso de ser preciso por

las circunstancias del servicio o por las circunstancias meteorológicas más de 2

lavados al mes, se deberá pedir expresa autorización al Jefe de Trafico, reflejado en

el parte de trabajo (hoja de control de los servicios) la operación y el tiempo

empleado.

Artículo 18º.- Plus de productividad.

Se abonará un plus de productividad por la totalidad (restando la franquicia) de

los conceptos siguientes:

Plus productividad (km).

Plus productividad (m3).

Plus productividad (viajes).

Plus productividad (clientes).

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 12

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 12

Page 13: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Plus productividad (rígido).

En este caso, la franquicia es el baremo acordado por la percepción de salario

por unidad de tiempo, lo que significa que, a partir de los parámetros fijados en la

franquicia, se devengará el citado plus de productividad, en los 5 aspectos reseñados.

De no llegarse al importe de la franquicia, no se devengará importe alguno.

El importe de este complemento es el reflejado en la tabla de retribuciones.

Artículo 19º.- Dietas y otros gastos en razón de la actividad.

Las partes han acordado establecer un sistema extrasalarial, compensatorio para los gastos producidos por la realización de funciones laborales que les obliga a realizar el gasto fuera de su residencia habitual, por razones obvias dado que con habitualidad el inicio de los servicios en los conductores es antes de las 7 de la mañana y su terminación después de las 14,30 horas, por tanto con el fin de que les compense los gastos que han de realizar obligatoriamente de desayuno, almuerzo (bocadillo), comida, cena y/o pernoctación en su caso.

El importe de la dieta completa será un montante total de 27 €/día efectivo, (entendiéndose por dieta completa el gasto integro que en concepto de desayuno, almuerzo, comida, cena y pernocta tenga el trabajador fuera del domicilio); no obstante, cuando no se devengue la dieta integra, el trabajador percibirá, en razón del gasto a realizar, el siguiente importe desglosado por cada partida, a saber:

Desayuno: (que se devengará por día trabajado) el importe de 2 €.

Almuerzo (que se devengará por día trabajo) el importe 5 €.

Comida (que se devengará por día trabajado y cuando tenga que realizar la comida fuera de su domicilio habitual) el importe 10€.

Cena (que se devengará por día trabajado y cuando tenga que realizar la

cena fuera de su domicilio habitual) el importe de 10 €.

Artículo 20º.- Servicio de largo recorrido >500 Km.

Se considerará “servicio de largo recorrido” aquellos mandamientos de

carga que superen los 500 km totales por viaje (ida +vuelta), en los que podrán estar

incluidos varios viajes, esto es, se considerará Largo recorrido cuando el trabajador

realice más de 500 km desde que carga hasta que llega al centro de trabajo.

Ambas partes acuerdan que, con la percepción de este complemento, no se

abonará el complemento de productividad establecido en el art. 18 del convenio.

Para los servicios de largo recorrido, además de las retribuciones de carácter

fijo enumeradas en el convenio, se establecerá únicamente como retribución variable

los km recorridos, de cuyos importes se descontará el montante de la media dieta o

bien en su caso la dieta integra.

La retribución de este complemento figura establecido en la tabla de

retribuciones.

Los traslados de los vehículos entre los distintos centros de trabajo (Madrid,

Valladolid y Puertollano) se retribuirán conforme a lo dispuesto en este artículo.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 13

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 13

Page 14: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Artículo 21º.- Franquicias.

Para el cálculo de los pluses de productividad, se acuerda un sistema de

cómputo de metros cúbicos, kilómetros recorridos, viajes, clientes suministrados y plus

camión rígido, que se refleja en la tabla de retribuciones.

El importe de las franquicias es el pactado por el salario de Unidad de tiempo; a

partir del importe en las franquicias señaladas será cuando se devengarán los pluses,

que se reflejan en razón de los parámetros de metros cúbicos, kilómetros recorridos,

viajes, clientes suministrados y plus camión rígido.

Además, ambas partes acuerdan que, para las siguientes operaciones no

habituales, se complementará económicamente de la siguiente forma:

Tiempo de espera imputable a Repsol/Candispe o por avería de la unidad de

transporte: Se abonará desde el momento que se produzca en función del

tiempo empleado.

Tiempo de espera en factoría CLH por avería general de la misma (parada

global): Se computarán y abonarán cuando el retraso sea superior a dos horas.

Servicios a I.T.V. recogida de taller: 1 viaje +1 cliente + kms. recorridos,

considerándose a efectos de franquicia como un viaje más.

Servicios en el mismo día (con dos actividades distintas): aviación, asfalto,

aceite – ligero o traslado de cisterna a las bases de Candispe - Puertollano y

Valladolid. No se aplicarán en ese día franquicia, salvo que UNA actividad (km,

m3, viajes y clientes) superen la franquicia.

Servicio de extracciones (contaminaciones o mezclas): Se abonará (viajes, km,

M3 y clientes) + Horas extraordinarias.

Servicio de devolución a CLH, se incrementará como un cliente más.

Servicios con cambio de destino: (parcial o total), no se abonará.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 14

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 14

Page 15: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Tabla de Franquicia

Días trabajados Kilómetros M3 Viajes Clientes

0 0 0 0 0

1 115 32 2 3

2 230 64 4 5

3 345 96 6 8

4 460 128 8 10

5 575 160 10 13

6 690 192 12 15

7 805 224 14 18

8 920 256 16 20

9 1.035 288 18 23

10 1.150 320 20 25

11 1.265 352 22 28

12 1.380 384 24 30

13 1.495 416 26 33

14 1.610 448 28 35

15 1.725 480 30 38

16 1.840 512 32 40

17 1.955 544 34 43

18 2.070 576 36 45

19 2.185 608 38 48

20 2.300 640 40 50

21 2.415 672 42 53

22 2.530 704 44 55

23 2.645 736 46 58

24 2.760 768 48 60

25 2.875 800 50 63

26 2.990 832 52 65

27 3.105 864 54 68

28 3.220 896 56 70

29 3.335 928 58 73

30 3.450 960 60 75

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 15

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 15

Page 16: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Capítulo 4

Artículo 22º.- Prendas de trabajo.

La empresa facilitará al personal conductor y de taller las siguientes prendas de

trabajo:

Cuatro camisas o polos de manga larga al año.

Tres pantalones al año.

Una cazadora al año.

Un anorak cada cuatro años.

Botas o zapatos al año.

El personal tendrá la obligación de vestir la totalidad de la uniformidad, durante

las horas de trabajo, con ropa que entregue la empresa como uniforme, que llevará las

debidas condiciones de limpieza, con objeto de presentar una buena imagen ante los

clientes.

Está prohibido el uso del vestuario de Candispe fuera del entorno laboral.

Artículo 23º.- Licencias retribuidas.

Los trabajadores afectados por el presente convenio, tendrán derecho a los

permisos o licencias retribuidas conforme a lo dispuesto en el art. 37.5 ET.

Artículo 24º.- Incapacidad temporal.

En el caso de incapacidad laboral transitoria, la empresa abonará al trabajador

un complemento hasta cubrir el 100 por 100 de la base de cotización del mes anterior

a la baja, exclusivamente en los siguientes supuestos:

1. Incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad

profesional: desde el día de la baja y hasta un máximo de 12 meses.

2. Incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral:

desde el tercer día de la baja y hasta un máximo de 3 meses. a partir de

los 3 meses, la empresa no efectuará complemento alguno,

devengando el importe de la Mutua o bien del INSS, que corresponda

legalmente.

Artículo 25º.- Suspensión del permiso de conducción o autorización para transporte

de mercancías peligrosas.

En el caso de que un conductor sufra la retirada de su permiso de

conducir o carnet ADR por sentencia firme o resolución también firme de la autoridad

competente, por periodo de hasta seis meses y por una sola vez, la empresa le

asignara un nuevo puesto de trabajo, a elección de la misma, percibiendo el

interesado una remuneración por unidad de tiempo, correspondiente a su categoría de

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 16

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 16

Page 17: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

conductor, no teniendo derecho a percibir ninguna retribución por los conceptos de

productividad de transporte.

Durante el periodo que el conductor este privado de cualquiera de estos

permisos, la empresa procurara acoplarle al puesto más idóneo, de acuerdo a sus

actitudes profesionales, comprometiéndose el conductor a disfrutar las vacaciones

anuales durante el periodo de privación del permiso de conducir. Al termino da

suspensión de la retirada del permiso de conducir será reintegrado a su anterior

categoría y puesto de trabajo.

Los conductores no tendrán derecho a este beneficio cuando la retirada del

permiso tenga lugar por alguno de estos motivos, o alguno de los puntos que han

contribuido a la retirada haya sido causado por alguno de estos motivos:

1. Conducir superando la tasa máxima de alcohol o bajo la influencia de drogas

toxicas estupefacientes o fármacos que afectan a la seguridad de la

conducción.

2. Quebrantamiento de una orden de retirada anterior.

3. Por abandono de victima a consecuencia del accidente.

4. Conduciendo un vehículo que no sea propiedad de la empresa.

Artículo 26º.- Póliza de seguros.

Como mejora voluntaria de la Seguridad Social, se pacta para todo el personal

de la empresa y ésta se compromete a contratar a su cargo, una póliza de seguros de

accidentes, que garantice, a cada trabajador las siguientes cuantías:

1. Para Invalidez Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez, derivada de

Accidente de Trabajo, el importe de 36.000 € de indemnización.

2. Para el fallecimiento por accidente de trabajo, el importe de una

indemnización de 30.000€.

En el caso 2, el trabajador deberá designar beneficiarios; en caso contrario, se

entregará a sus herederos legales.

Capítulo 5

Artículo 27º.- Régimen sancionador.

Disposición general:

Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores cometidas con ocasión

de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción

de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el

ordenamiento jurídico por el presente convenio colectivo y demás normas y pactos,

individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.

Entre las incidencias y actos contemplados en este régimen disciplinario, se

incluyen aquellos que ponen en peligro la seguridad del personal o la de terceros, la

propiedad de las empresas, los intereses de los clientes del público en general o del

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 17

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 17

Page 18: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

medio ambiente, y que sean significativamente negativos para la eficacia de la

operación o del logro de los objetivos de la empresa. Se entiende que las incidencias y

actos son prevenibles, cuando el trabajador falla por no haber hecho todo lo razonable

para evitarlos.

Faltas leves:

1. Una falta de puntualidad en el trabajo, sin la debida justificación.

2. Descuidos, imprudencias o negligencias en la conservación del material o en

la realización del trabajo.

3. La falta de respeto y consideración de carácter leve al personal de la

empresa y/o al público,

4. La no utilización del vestuario y equipo que haya sido facilitado por la

empresa.

5. La continuada y habitual falta de aseo y limpieza personal, de tal índole, que

produzca quejas justificadas, incluida la falta de limpieza de la cabina.

Faltas graves:

1. Más de dos faltas de puntualidad en el trabajo, sin la debida justificación,

cometidas en el período de un mes.

2. No notificar por cualquier medio con carácter previo a la ausencia, pudiendo

hacerlo, la imposibilidad de acudir al trabajo y su causa.

3. Faltar un día al trabajo, durante un mes, sin causa justificada.

4. El abandono del trabajo dentro de la jornada, sin causa justificada, aunque

sea por breve tiempo.

5. La desobediencia a las obligaciones, órdenes e instrucciones de la empresa

en cualquier materia de trabajo.

6. La alegación de causas falsas para las licencias.

7. Realizar sin permiso trabajos particulares durante la jornada, así como el

empleo para usos propios del material de la empresa.

8. Utilización indebida de todas las comunicaciones internas y externa de la

empresa (cuentas de correo electrónico, trello y teléfonos fijos y móviles de

empresa). Si causara perjuicio grave para la empresa se considerarán como falta

muy grave.

9. Las faltas de respeto y consideración a quienes trabajan en la empresa, a los

usuarios y al público, que constituyan infracción de los derechos

constitucionalmente reconocidos a los mismos.

10. El abuso de autoridad con ocasión del trabajo, considerándose tal, la

comisión de un hecho arbitrario siempre que concurran infracción manifiesta y

deliberada de un precepto legal y perjuicio notorio para un inferior.

11. La falta de notificación con carácter previo a la ausencia que sean motivo de

retraso en la salida de los vehículos o produzcan trastorno en el normal

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 18

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 18

Page 19: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

desarrollo de la actividad; y los descuidos o negligencias en la conservación del

material que deriven perjuicios para la empresa.

12. La reiteración o reincidencia en falta leve, aunque sea de distinta naturaleza,

dentro de un semestre y habiendo mediado sanción que no sea la de

amonestación verbal; y cualquier otra de naturaleza análoga a las precedentes.

13. La continuada y habitual falta de aseo y limpieza personal, de tal índole, que

produzca quejas justificadas, incluida la falta de limpieza de la cabina.

14. No llevar el cinturón de seguridad correctamente abrochado durante la

conducción.

16. Las faltas imputables al trabajador derivadas de sanciones y/o

amonestaciones de cargadores/descargadores, inspecciones internas y

externas, incidencias, derrames, contaminaciones y mezclas, accidentes y

cualquiera que conlleve una sanción / amonestación del distribuidor o la no

consecución de objetivos, será clasificada como falta grave.

Faltas muy graves:

1. La indisciplina o desobediencia en el trabajo.

2. Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en

la empresa o a los familiares que convivan con ellos.

3. La trasgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en

el desempeño del trabajo, considerándose como tales el fraude o la deslealtad

en las gestiones encomendadas; el hurto o robo, tanto a sus compañeros de

trabajo como a la empresa o a cualquier persona, realizado dentro de las

dependencias o vehículos de la misma, o en cualquier lugar si es en acto de

servicio; violar el secreto de la correspondencia o revelar a extraños datos que

se conozcan por razón del trabajo.

4. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o

pactado.

5. La embriaguez o toxicomanía en el trabajo.

6. El abandono del trabajo, aunque sea por breve tiempo, si fuera causa de

accidente.

7. La violación y el incumplimiento de las normas de tráfico o las normas internas

de locales y centros de trabajo e instalaciones de carga y descarga, que haya

provocado cualquier tipo de accidente.

8. La imprudencia o negligencia en acto de servicio si implicase riesgo de

accidente o peligro de avería para la maquinaria, vehículo o instalaciones.

Incluyendo fumar en zonas prohibidas o en la cabina del vehículo.

9. La reincidencia en faltas graves, aunque sean de distinta naturaleza, siempre

que se cometan dentro de un semestre y hayan sido sancionadas.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 19

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 19

Page 20: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Acoso sexual y xenofobia.

La persona que se considere victima de acoso sexual o xenofobia, podrá ponerlo en conocimiento de la Dirección de la Empresa por escrito directamente, o a través de su representante en la misma, haciendo referencia a las circunstancias en que se haya producido el hecho, la persona causante de dicha conducta y todas las consecuencias de que entiendan puedan derivarse de la misma para el o la denunciante de la conducta de acoso o xenofobia.

La presentación del escrito de denuncia del hecho ante la Dirección de la Empresa, dará lugar a la apertura de un expediente informativo por esta, en orden a la averiguación de los hechos, con audiencia de las partes implicadas (denunciante y denunciado/a)

La conducta de acoso sexual o xenofobia será considerada falta muy grave, y la sanción aplicable en todo caso, será el despido de la persona causante de la misma.

Si tal conducta o comportamiento se lleva a cabo por el denunciado/da prevaliéndose de la posición jerárquica que tenga en la empresa, dicha circunstancia se considerara como agravante.

Faltas derivadas del servicio:

Las sanciones de tráfico imputables al trabajador serán clasificadas como faltas

y tendrán la misma clasificación que la definida por la autoridad competente.

Además de producirse daños a los clientes o cualquier otro, la sanción

disciplinaria, será independiente de la derivación de los daños al conductor, que tendrá

que hacer frente a aquellos que produzca.

Privación de libertad:

No se considerará injustificada la ausencia al trabajo por privación de libertad

de trabajador, si éste fuera posteriormente absuelto de los cargos que hubieran dado

lugar a su detención.

Artículo 28º.- Política de alcohol y drogas.

Objeto:

Con el objeto de garantizar la seguridad de los empleados y de los usuarios del

transporte, y con base en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Empresa

podrá efectuar, cuando estime oportuno, pruebas al personal de conducción destinada

a controlar el consumo de alcohol, siendo la causa la calificación de transportes de

carga peligrosa (gasolina, gasóleos, etc.).

El objeto de tales pruebas se cifra en verificar que los empleados no superan

los límites establecidos en estas materias por la normativa en vigor en cada momento.

Práctica de las Pruebas:

En la realización de las pruebas estarán presentes:

Personal designado por la dirección de la empresa para la realización del

control. la persona o personas designadas por la empresa (personal propio o

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 20

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 20

Page 21: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

ajeno), contarán con la capacitación necesaria en relación al uso de los

equipos y al procedimiento para efectuar los controles.

Empleado o empleados objeto de realización de las pruebas.

Procedimiento de las Pruebas:

El procedimiento para la realización de las pruebas será como se describe:

Se efectuará una primera prueba de control de expirado mediante aparatos

debidamente homologados y verificados.

Si del resultado de esta primera prueba se desprendiera que el empleado

supera el límite legal, se procederá a efectuar una segunda medición transcurrida no

menos de quince minutos desde la primera. Antes de efectuar la segunda prueba, se

preguntará al empleado sobre cuestiones que pudieran influir en el resultado de la

medición (consumo de alcohol o sustancias, si ha fumado, si se encuentra tomando

algún medicamento, si ha vomitado).

Si del resultado de la segunda prueba se desprendiera la superación de los

límites legalmente establecidos, el empleado será relevado de su servicio, y se

procederá, con la voluntad y consentimiento previo del interesado, de manera

inmediata, por personal sanitario, a efectuar extracción de sangre al mismo para

remisión a laboratorio y certificación final de los niveles. El análisis de sangre es

voluntario para el empleado, entendiéndose que acepta el resultado de la segunda

prueba en el supuesto de que rechazará su opción a realizar la extracción de sangre

para análisis.

De todo lo acontecido durante el desarrollo del procedimiento descrito se

levantará en detalle el correspondiente Acta.

La superación de los niveles legalmente determinados, constituirá falta muy

grave. La misma consideración tendrá la negativa del empleado a efectuar las pruebas

según la forma y el procedimiento descrito en el apartado anterior.

Artículo 29º.- Sanciones.

Disciplinarias:

Las sanciones que podrán imponerse por la comisión de faltas disciplinarias

serán las siguientes:

A) Por faltas leves: amonestación verbal o por escrito; suspensión de empleo y

sueldo de hasta cinco días y reducción del 40% en concepto de Productividad

de un mes activo.

B) Por faltas graves: suspensión de empleo y sueldo de 5 a 15 días y reducción

del 50% en concepto de productividad de un mes activo.

c) por faltas muy graves: suspensión de empleo y sueldo de 16 a 45 días y

reducción del 50% en concepto de Productividad durante el primer mes activo y

el 30% durante el segundo mes activo, que serán independientes del periodo

de suspensión. Despido disciplinario.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 21

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 21

Page 22: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Infracciones de tráfico:

Las multas impuestas por infracciones de las disposiciones sobre tráfico y

seguridad vial deberán ser satisfechas por el que sea responsable de las mismas.

Daños causados a terceros o sanciones a la empresa: Cuando el conductor en

su labor, produzca daños a terceros, la empresa podrá repercutir el daño al conductor

que haya producido el mismo. Si el cliente nos sanciona por mezcla o contaminación,

el importe que sancione a la entidad y que figura en el contrato, se repercutirá sobre el

conductor infractor.

Artículo 30º.- Prescripción de las faltas.

Las faltas de los trabajadores prescriben: a los 10 días, las leves; a los 20

días, las graves; y a los 60 días, las muy graves; contados a partir de la fecha en

que la empresa tuvo total y cabal conocimiento de la comisión de la falta y, en todo

caso, a los seis meses de haberse cometido.

Capítulo 6

Artículo 31º.- Acción sindical.

En cuanto a los derechos de representación colectiva y de reunión de los

trabajadores de la empresa, se estará a lo establecido en el Estatuto de los

Trabajadores y cualesquiera otras disposiciones legales aplicables.

No obstante, de lo dispuesto anteriormente, no se computará dentro de las

horas disponibles las que correspondan a reuniones de Comisiones deliberadoras del

Convenio, o de cualquier otra que sea requerida por la empresa, que tendrá carácter

retributivo.

De acuerdo con lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley

Orgánica de Libertad Sindical, podrán acumularse las horas de crédito sindical que

correspondan a los representantes de los trabajadores en uno, de cualquier sindicato

legalmente constituido.

Dicha acumulación podrá ser de las horas sindicales correspondientes a tres

meses durante un año.

La empresa entregara copia íntegra de los contratos laborales y mercantiles y

modificaciones sustanciales de los mismos, a los representantes sindicales, salvo los

del personal directivo. Estos contratos serán de forma escrita.

En la firma de un contrato o en el finiquito, se contará con presencia sindical si

es requerida por el trabajador.

Asimismo, obligatoriamente, en todos y cada uno de los contratos laborales y

mercantiles se pondrá un visado sindical, siempre que el contrato no sea de personal

directivo. Este visado será realizado en el plazo de 2 días desde su presentación al

Comité o Sindicato.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 22

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 22

Page 23: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Artículo 32º.- Jubilación anticipada y parcial.

Jubilación parcial anticipada. - La empresa podrá acordar con el

trabajador la jubilación parcial anticipada, y dado que es necesario contratar un

relevista, esta decisión corresponde a la Empresa, es decir, no es obligatorio el

aceptar la jubilación parcial y anticipada.

Jubilación a los 64 años. - También se establece convencionalmente, el que

cualquier trabajador con 64 años, pueda solicitar la jubilación y la empresa se

compromete a suscribir un contrato de relevo, con un desempleado y percibirá el

relevado la pensión de jubilación integra tal y como recoge la normativa vigente.

Artículo 33º.- Seguridad y salud laboral.

La prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno de

la Empresa, implica tenerla en cuenta en el conjunto de sus actividades, decisiones

sobre procesos técnicos, organización del trabajo y condiciones en que este se preste

y a todos los niveles de la misma.

Los trabajadores tienen derecho a participar en el diseño, la adopción y el

cumplimiento de las medidas preventivas. Para el cumplimiento de esta actuación, la

Empresa efectuará las siguientes actuaciones:

Implantación de un plan de prevención de riesgos que incluya la estructura

organizativa, la definición de funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos

y las técnicas necesarias para su puesta en acción.

Análisis de los puestos de trabajo para identificar los riesgos, así como evitarlos

y evaluación de los mismos.

Conforme a lo establecido en el art. 35, apartado 4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se establece que la designación del Delegado de Prevención podrá recaer en un operario, elegido por los trabajadores, aun cuando éste no sea representante de los mismos.

Disposición adicional primera. Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en el presente convenio colectivo se estará a lo dispuesto en el II Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, el convenio colectivo de mercancías por carretera de la CAM, el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación, así como las Políticas, Procedimientos e Instrucciones Internas de CANDISPE, SL en materia de Calidad 9.001, Medio Ambiente 14.001, Prevención de Riesgos Laborales 18.001, SQAS ( Seguridad, Calidad, Medio Ambiente y Prevención),RSE (Responsabilidad Social Empresaria), Manual del Conductor y Código de Conducta Informática.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 23

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 23

Page 24: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Disposición adicional segunda. Plan de igualdad. Las partes se someten al acuerdo existente en materia de Igualdad dentro de la empresa el cual se da por reproducido a los efectos de lo dispuesto en el art. 45 de la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Disposición adicional tercera. - Cláusula de género neutro

En el texto del Convenio se ha utilizado el masculino como genérico para

englobar a los trabajadores y trabajadoras, sin que esto suponga ignorancia de las

diferencias de género existentes. La posibilidad de que la utilización de modos de

expresión no sexista, garantes de la presencia de la mujer en plano de igualdad,

pudiera representar una dificultad añadida a la lectura y compresión del presente

Convenio, mueve a manifestar a los firmantes de este texto, que toda expresión que

defina una actividad o condición, como los de trabajador, empresario, delegado,

afiliado, etc., es utilizada en el sentido comprensivo de las personas de ambos sexos,

salvo en aquellos casos que por imperativo legal corresponde a la mujer.

Disposición Adicional Cuarta. Cláusula de Descuelgue

A) Inaplicación del régimen salarial.

En caso de que la empresa pretenda proceder a la inaplicación del régimen salarial previsto en el convenio colectivo, cuando tengan una disminución persistente en su nivel de ingresos o cuando la situación o perspectivas económicas de la empresa pudieran verse dañadas como consecuencia de tal aplicación, afectando a las posibilidades del mantenimiento del empleo de la misma, deberán proceder conforme a la normativa vigente. Cada tres meses, se reunirán los representantes que firmaron el acuerdo en aras al buen desarrollo de la aplicación de la programación de la progresiva convergencia hacia la recuperación de las condiciones salariales establecidas en el convenio colectivo. El acuerdo alcanzado deberá ser comunicado, en el plazo de 7 días, desde su firma, a la comisión paritaria del convenio. En el caso de que el periodo de consultas entre empresa y representación de los trabajadores/ras finalice sin acuerdo, las partes deberán someter la discrepancia a la comisión paritaria y esta deberá pronunciarse en el plazo máximo de 7 días para garantizar la rapidez y efectividad de la misma y la salvaguarda de los derechos afectados, transcurridos los cuales se entenderá que no ha llegado a acuerdo alguno. En los supuestos en que no se pronuncie la comisión o no se consiga el acuerdo en su seno las partes deberá recurrir al Servicio Regional de Relaciones Laborales (SERLA).

Disposición Adicional Quinta. Código de Ética Candispe

Las partes se someten al Código Ética Empresarial de Candispe que contiene los

principios relacionados con las responsabilidades individuales y entre iguales, así

como responsabilidades para los trabajadores, clientes, proveedores y otras partes

interesadas.

El código de Ética Empresarial Candispe está aprobado por la Dirección.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 24

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 24

Page 25: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

CAPITULO 7: ANEXOS

ANEXO I.- Tabla de retribuciones definitiva año 2.017

Categorias

Salario base euros/mes

2.017

Salario base euros/mes

2.016

Grupo I - Personal administrativo

Director General 1.200,00 963,60

Oficial Administrativo 1.050,00 963,60

Auxiliar Administrativo 1.010,00 963,60

Grupo II - Personal de tráfico

Jefe de Tráfico 1.060,00 963,60

Técnico de Tráfico 1.050,00 963,60

Grupo III - Personal de mantenimiento

Jefe de Mantenimiento 1.080,00 963,60

Mecánico I 1.050,00 963,60

Mecánico II

Grupo IV - Personal subalterno

Personal de Limpieza 737,00

Grupo V - Personal de movimiento

Conductor-Mecánico 1.040,00 963,60

Conductor-Mecánico TTE. Aceite 1.040,00 963,60

Pagas extras 3 Pagas salario base + antigüedad

Servicios prestados en transporte estandar – ligeros

Art. 16 Plus de peligrosidad Día trabajado 4,000 6,060

Art. 17 Plus cambio aceite lavado engrase carga y descarga Dia trabajado 1,000 2,020

Art. 19 Dieta Dia trabajado 15,000 15,150

Art. 12 Bolsa de vacaciones 640,000

Art. 18 Kms Productividad 0,045 0,060

Art. 18 M3 Productividad 0,110 0,110

Art. 18 Viajes Productividad 3,600 4,090

Art. 18 Clientes Productividad 6,150 5,050

Art. 18 Plus rígido Productividad 1,000 1,110

Art. 9 Sexto día y/o descansos 30,000 30,300

Art. 9 Domingo y/o festivo 60,000 60,600

Otros servicios

Art. 11 Horas extraordinarias de presencia 9,360 9,360

Art. 11 Horas extraordinarias 9,360 9,360

Art. 19 Km largo recorrido >500km de ida+vuelta 0,120 0,121

Art. 26 Seguro de accidentes Invalidez permanente

36.000 36.000

Fallecimiento 30.000 30.000

Art. 15 Antigüedad

5 Años 44,00 2 AÑOS 32,37

10 Años 88,00 4 AÑOS 64,73

15 Años 132,00 9 AÑOS 129,46

20 Años 176,00 14 AÑOS 194,49

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 25

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 25

Page 26: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

ANEXO II.- Categorías

Categorías

Grupo I - Personal administrativo

Director General

Oficial Administrativo

Auxiliar Administrativo

Grupo II - Personal de tráfico

Jefe de Tráfico

Técnicos de Tráfico

Técnico de Tráfico en Prácticas

Grupo III - Personal de mantenimiento

Jefe de Mantenimiento

Mecánico I

Mecánico II

Grupo IV - Personal subalterno

Personal de Limpieza

Grupo V - Personal de movimiento

Conductor-Mecánico

Conductor-Mecánico TTE. Aceite

Grupo I. Personal administrativo.

Director General: Es el que, con mando directo sobre el personal, tiene la responsabilidad del trabajo, la disciplina y seguridad del personal; le corresponde la dirección de la empresa.

Oficial Administrativo: Pertenecen a esa categoría aquéllos que, subordinados, en su caso, al responsable de la oficina y con adecuados conocimientos teóricos y prácticos, realizan normalmente con la debida perfección y correspondiente responsabilidad los trabajos que se les encomiendan, incluidos los de carácter comercial tanto en la empresa como en visitas a clientes y organismos, así como funciones de gestión del departamento de mantenimiento.

Auxiliar Administrativo: Es el empleado que, con conocimientos de carácter burocrático, bajo las órdenes de sus superiores, ejecuta trabajos que no revistan especial complejidad.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 26

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 26

Page 27: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Grupo II. Personal de tráfico.

Jefe de Equipo de Tráfico: Es el que tiene a su cargo dirigir la prestación de los servicios de un grupo de más de cincuenta vehículos de la empresa o contratados por ella, distribuyendo el personal y el material y las entradas y salidas del mismo, así como elaborar las estadísticas de tráficos, recorridos y consumo. Incluidos trabajos de carácter comercial tanto en la empresa como en visitas a clientes y organismos.

Técnico de Tráfico: Pertenecen a esa categoría aquéllos que, subordinados, en su caso, al responsable de tráfico y con adecuados conocimientos teóricos y prácticos, realizan normalmente con la debida perfección y correspondiente responsabilidad los trabajos que se les encomiendan, incluidos los de carácter comercial tanto en la empresa como en visitas a clientes y organismos, así como funciones de gestión del departamento de tráfico.

Organiza y gestiona los medios de transporte de la empresa para cumplir la planificación de cargas y satisfacer las órdenes de los clientes.

Normalmente, actúa bajo las directrices de la dirección de transportes o de tráfico, a la cual reporta. Actúa en contacto directo con los conductores/as que realizan el transporte, tanto si son de la propia empresa como de empresas externas subcontratadas.

Grupo III. Personal de mantenimiento.

Jefe de Equipo de Mantenimiento: Esta categoría profesional incluye a los que, con la capacidad técnica precisa, tienen a su cargo la dirección de un taller, ordenando y vigilando los trabajos que realicen tanto en las dependencias de la empresa como fuera de ellas en caso de avería o accidente.

Mecánicos: Se clasifican en esta categoría los que con conocimientos teórico-prácticos del oficio, adquiridos en un aprendizaje debidamente acreditado o con larga práctica del mismo, realizan trabajos corrientes con rendimientos correctos en el mantenimiento de la parte mecánica de los vehículos de la empresa.

Grupo IV. Personal de movimiento.

Conductor mecánico: Es el empleado que, estando en posesión del permiso de conducción de la clase «C + E», se contrata con la obligación de conducir cualquier vehículo de la empresa, con remolque, semirremolque o sin ellos, a tenor de las necesidades de ésta, ayudando si se le indica a las reparaciones del mismo, siendo el responsable del vehículo y de la carga durante el servicio, estando obligado a cumplimentar, cuando proceda, la documentación del vehículo y la del transporte realizado y a dirigir, si se le exigiere, la carga de la mercancía.

Le corresponde realizar las labores necesarias para el correcto funcionamiento, conservación y acondicionamiento del vehículo, así como las que resulten precisas para la protección y manipulación de la mercancía. Habrá de comunicar de inmediato al responsable del taller, o persona que al efecto la empresa señale, cualquier anomalía que detecte en el vehículo.

Deberá cubrir los recorridos por los itinerarios que se fijen o, de no estar fijados, por los que sean más favorables para la correcta cumplimentación del servicio.

Grupo V. Personal subalterno.

Personal de Limpieza: Se encarga de la limpieza y mantenimiento de las oficinas, instalaciones y dependencias anexas de la empresa.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

055

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 27

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 27

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 28: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID DE 10 DEJULIO DE 2017 POR LA QUE SE ANUNCIA LA CELEBRACIÓN DE LA SUBASTA,MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN SOBRE CERRADO, DE UNAUTOMÓVIL PROPIEDAD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. EXPEDIENTE2017/V0001

Mediante Resolución Rectoral de fecha 16 de mayo de 2017 se ha acordado el inicio delexpediente de enajenación en subasta pública, mediante la presentación de la oferta ensobre cerrado, del bien que se describe a continuación:

Automóvil marca AUDI, modelo A6, 3.0 TDI QUATTRO TIPTRONIC, matrícula 0795GJK.

-Entidad adjudicataria: Universidad de Valladolid.

-Dependencia que tramita el expediente: Sección de Patrimonio y Compras.

-Obtención de la documentación:

1).Sección de Patrimonio y Compras. Casa del Estudiante. C/ Real de Burgos s/n, 47011 Valladolid

2).Dirección electrónica https: //sede.uva.es/opencms/opencms/es/perfildecontratante

3).Fecha límite de obtención de documentos e información: hasta el último día del plazo de presentación de proposiciones.

-Tipo de licitación: 11.500,00 euros.

-Fianza exigida: 25% del tipo de licitación

-Presentación de ofertas:

a).Fecha límite de presentación: 31 de julio de 2017, hasta las 14:00 horas.

b).Documentación a presentar: La especificada en el pliego de condiciones.

c).Lugar de Presentación: Registro auxiliar sito en la Casa del Estudiante, Calle Real deBurgos s/n, 47011 Valladolid.

-Celebración de la subasta: El acto de la subasta tendrá lugar el día 14 de septiembre de2017, a las 10:00 horas, en la sala de reuniones de la segunda planta de la Casa delEstudiante, sita en C/ Real de Burgos s/n 47011 Valladolid.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

056

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 28

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 28

Page 29: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

-Visita del bien: Las visitas pueden realizarse previa cita concertada con la Sección dePatrimonio y Compras, llamando al teléfono 983184295.

-Gastos: Los gastos de publicidad y anuncio será satisfechos por el adjudicatario.

Valladolid, 10 de julio de 2017.- El Rector P.D. el Vicerrector de Economía (RR.28/07/2016, de delegación de competencias «B.O.C. y L.» del 24/08/2016) Fdo.: AlfonsoRedondo Castán.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

056

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

AU

TO

MIC

Aor

gani

smo:

JU

NT

A D

E C

AS

TIL

LA Y

LE

ON

Pág

. 29

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 29

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 30: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS.Servicio de Personal

Por Acuerdo nº 78/17, de fecha 23 de junio, la Junta de Gobierno de la DiputaciónProvincial ha resuelto aprobar las siguientes

BASES Y CONVOCATORIA DE CONCURSO DE TRASLADOS PARA LA PROVISIÓNPOR PERSONAL FUNCIONARIO DE UN PUESTO (PLAZA Nº 1500001) DE OFICIAL DEPROTOCOLO EN EL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y RÉGIMEN INTERIOR

Es objeto de esta convocatoria la provisión por concurso de un puesto (Plaza nº 1500001)de Oficial de Protocolo en el Servicio de Prevención y Régimen Interior, C.D. 18, C.E.446,61 euros/mes.

El desarrollo del concurso se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8del Acuerdo de Funcionarios vigente, que regula las Bases de concurso de traslados, yteniendo en cuenta las siguientes precisiones:

-Podrá tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de estaDiputación o de sus Organismos Autónomos que pertenezca al grupo C, Subgrupo C2(Antiguo grupo D), y que esté en posesión del título de Graduado en ESO, GraduadoEscolar, FP I o equivalente, debiendo tener una antigüedad de dos años en estaCorporación, en el mismo Grupo o Subgrupo de titulación.

-El baremo de méritos del concurso se concreta en lo siguiente:

a).Méritos específicos: Haber desempeñado los puestos de trabajo de Auxiliar de RégimenInterior u Ordenanza, y/o Auxiliar de Régimen Interior-Conductor u Ordenanza-Conductor.0,15 puntos por año, despreciándose las fracciones inferiores a seis meses, hasta unmáximo de 3 puntos. Estos méritos no podrán volver a ser objeto de valoración en losapartados posteriores.

b).Antigüedad reconocida en servicios prestados a la Administración: 0,15 puntos por año,despreciándose las fracciones inferiores a 6 meses, hasta un máximo de 4 puntos.

c).Experiencia en el mismo Servicio o, en su caso, Área, en el que se encuentre a efectospresupuestarios la plaza convocada en el momento de publicación de la convocatoria: 0,15puntos por año, hasta un máximo de 2,5 puntos.

d).Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos, jornadas, congresos,seminarios, simposiums o similares, que versen sobre cualquiera de las siguientesmaterias:

Informática. Internet. Protocolo en Administraciones Públicas. Atención al Ciudadano.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

057

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 30

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 30

Page 31: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

Gestión de Recursos Humanos. Prevención de Riesgos Laborales relacionados con elpuesto de trabajo, entendiéndose por estos los cursos de prevención que versen sobre lassiguientes materias: Uso de Pantallas de Visualización de Datos, sector Oficinas. RiesgosGenerales de Seguridad. Incendios y Planes de Emergencia. Factores Psicosociales.Manipulación de Cargas. Ergonomía. Acoso laboral. Fatiga Visual. Nivel Básico, intermedioo superior en Prevención de Riesgos Laborales.

Solamente se valorarán los cursos realizados en Administraciones, Universidades, u otrosCentros reconocidos, acreditados u homologados oficialmente, con diploma o certificadode asistencia o superación en que conste el número de horas o créditos, hasta un máximode 3 puntos, del siguiente modo:

Por cada hora: 0,005 puntos.Por cada crédito: 0,05 puntos.

e).Puestos de trabajo a los que pueda optar personal funcionario de distintos grupos osubgrupos de titulación: No aplicable en este caso.

f).Titulaciones académicas de igual o superior nivel relacionadas con el puesto de trabajo:se valorarán, excluyendo la exigida para el acceso como personal funcionario, 0,50 puntospor cada una, hasta un máximo de 1 punto.

g).Impartición de Cursos de formación y perfeccionamiento: por cada curso, jornada,congreso, seminario, simposium o similar impartido, que verse sobre las mismas materiasenunciadas en el apartado d), 0,025 puntos por hora impartida, hasta un máximo de 2puntos.

Los empates en la puntuación se resolverán a favor de la persona concursante con mayorantigüedad (apartado b) y, si el empate subsiste, a favor de la de más edad

Acreditación:

Los apartados a), b) y c) serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para el caso deservicios prestados en la Diputación Provincial de Valladolid. Para el caso de serviciosprestados en Administraciones distintas a ésta, las personas participantes en la presenteconvocatoria deberán acreditarlos mediante la presentación de certificado expedido por laAdministración Pública correspondiente, en original o fotocopia.

El apartado d) se acreditará mediante la aportación del diploma o certificado de asistenciaal curso expedido por el Centro Oficial donde se haya realizado, en original o fotocopia, enel que conste el número de horas o créditos de cada curso.

El apartado f) se acreditará mediante la presentación del título o títulos correspondientesen original o fotocopia.

El apartado g) se acreditará mediante la presentación de certificado o certificadosexpedidos por el Centro o Administración donde se haya realizado, en original o fotocopia,en el que conste el número de horas impartidas.

A los efectos de lo dispuesto en los Arts. 28.3 y 53.1 d) de la ley 39/2015, las personasque ya hayan aportado en otras convocatorias o en cuyo expediente personal consten

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

057

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 31

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 31

Page 32: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

documentos valorables en los apartados d), f) o g) no tendrán obligación de volver aaportar estos mismos documentos.

A estos efectos, solamente se entenderá cumplido este trámite presentando una relaciónde los mismos, con indicación de la convocatoria a la que se aportaron o, en su caso,haciendo mención expresa de los que consten en su expediente personal.

Asimismo, para el caso de cursos de formación valorables que hayan sido impartidos porla Diputación Provincial en el ámbito de su Centro de Formación, tanto si la personaconcursante ha participado en dichos cursos en calidad de alumno como si lo ha hecho encalidad de ponente, éstos serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015. En cualquiercaso, las personas concursantes deberán hacer mención expresa en su instancia de laparticipación en los cursos que consideren valorables, indicando la fecha de los mismos yla materia tratada en ellos.

Todo lo anterior no excluye la posterior obligación del personal concursante de aportar, ensu caso, los originales de la documentación presentada y valorada para su cotejo una vezefectuada la propuesta de nombramiento en el puesto que le haya sido adjudicado, en elcaso de que dicha documentación no hubiese sido presentada con anterioridad.

A efectos de su valoración por la Comisión correspondiente, se advierte que no serántenidos en cuenta los méritos no alegados por el personal concursante, ni los alegados yno acreditados.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles a partir del siguiente al dela publicación de la convocatoria en el B.O.P., y en las mismas, los interesados deberándeterminar el puesto al que pretenden acceder.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 88.3 de la Ley 39/2015, se hace constar quecontra este acto administrativo, que es definitivo en la vía administrativa, caben,alternativamente, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismoórgano que lo ha dictado o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses,computándose los plazos para recurrir en todo caso a partir del día siguiente al de lanotificación o publicación, pudiendo ejercitar los interesados cualquier otro recurso queestimen oportuno.

Lo que se publica, para general conocimiento.

En Valladolid, a 6 de julio de 2017.- El Presidente.-Fdo.: Jesús Julio Carnero García

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

057

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 32

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 32

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 33: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS.Servicio de Personal

Por Acuerdo nº 79/17, de fecha 23 de junio, la Junta de Gobierno de la Diputación deValladolid ha acordado la aprobación de las siguientes

BASES Y CONVOCATORIA DE CONCURSO DE TRASLADOS PARA LA PROVISIÓNPOR PERSONAL FUNCIONARIO CON CAPACIDAD DISMINUIDA DE UN PUESTO(PLAZA Nº 1798009) DE AUXILIAR DE RÉGIMEN INTERIOR EN EL SERVICIO DEPREVENCIÓN Y RÉGIMEN INTERIOR

Es objeto de esta convocatoria la provisión por concurso de un puesto (Plaza nº 1798009)de Auxiliar de Régimen Interior en el Servicio de Prevención y Régimen Interior, C.D. 16,C.E. 356,96 euros/mes.

El desarrollo del concurso se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8y 40 del Acuerdo de Funcionarios vigente, que regulan, respectivamente, las Bases deconcurso de traslados y el cambio de puesto del personal funcionario con capacidaddisminuida, y teniendo en cuenta las siguientes precisiones:

-Podrá tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de estaDiputación o de sus Organismos Autónomos que pertenezca al grupo C, Subgrupo C2(Antiguo grupo D), que tenga su capacidad física y/o psíquica disminuida y que esté enposesión del título de Graduado en ESO, Graduado Escolar, FP I o equivalente, debiendotener una antigüedad de dos años en esta Corporación, en el mismo Grupo o Subgrupo detitulación.

-El baremo de méritos del concurso se concreta en lo siguiente:

a).Méritos específicos: No se valoran en esta convocatoria.

b).Antigüedad reconocida en servicios prestados a la Administración: 0,15 puntos por año,despreciándose las fracciones inferiores a 6 meses, hasta un máximo de 4 puntos.

c).Experiencia en el mismo Servicio o, en su caso, Área, en el que se encuentre a efectospresupuestarios la plaza convocada en el momento de publicación de la convocatoria: 0,15puntos por año, hasta un máximo de 2,5 puntos.

d).Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos, jornadas, congresos,seminarios, simposiums o similares, que versen sobre cualquiera de las siguientesmaterias:

Informática. Internet. Protocolo en Administraciones Públicas. Atención al Ciudadano.Prevención de Riesgos Laborales relacionados con el puesto de trabajo, entendiéndose

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

058

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 33

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 33

Page 34: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

por estos los cursos de prevención que versen sobre las siguientes materias: Uso dePantallas de Visualización de Datos, sector Oficinas. Riesgos Generales de Seguridad.Incendios y Planes de Emergencia. Factores Psicosociales. Manipulación de Cargas.Ergonomía. Acoso laboral. Fatiga Visual. Nivel Básico, intermedio o superior en Prevenciónde Riesgos Laborales.

Solamente se valorarán los cursos realizados en Administraciones, Universidades, u otrosCentros reconocidos, acreditados u homologados oficialmente, con diploma o certificadode asistencia o superación en que conste el número de horas o créditos, hasta un máximode 3 puntos, del siguiente modo:

Por cada hora: 0,005 puntos.Por cada crédito: 0,05 puntos.

e).Puestos de trabajo a los que pueda optar personal funcionario de distintos grupos osubgrupos de titulación: No aplicable en este caso.

f).Titulaciones académicas de igual o superior nivel relacionadas con el puesto de trabajo:se valorarán, excluyendo la exigida para el acceso como personal funcionario, 0,50 puntospor cada una, hasta un máximo de 1 punto.

g).Impartición de Cursos de formación y perfeccionamiento: por cada curso, jornada,congreso, seminario, simposium o similar impartido, que verse sobre las mismas materiasenunciadas en el apartado d), 0,025 puntos por hora impartida, hasta un máximo de 2puntos.

Los empates en la puntuación se resolverán a favor de la persona concursante con mayorantigüedad (apartado b) y, si el empate subsiste, a favor de la de más edad

Acreditación:

Los apartados b) y c) serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para el caso deservicios prestados en la Diputación Provincial de Valladolid. Para el caso de serviciosprestados en Administraciones distintas a ésta, las personas participantes en la presenteconvocatoria deberán acreditarlos mediante la presentación de certificado expedido por laAdministración Pública correspondiente, en original o fotocopia.

El apartado d) se acreditará mediante la aportación del diploma o certificado de asistenciaal curso expedido por el Centro Oficial donde se haya realizado, en original o fotocopia, enel que conste el número de horas o créditos de cada curso.

El apartado f) se acreditará mediante la presentación del título o títulos correspondientesen original o fotocopia.

El apartado g) se acreditará mediante la presentación de certificado o certificadosexpedidos por el Centro o Administración donde se haya realizado, en original o fotocopia,en el que conste el número de horas impartidas.

A los efectos de lo dispuesto en los Arts. 28.3 y 53.1 d) de la ley 39/2015, las personasque ya hayan aportado en otras convocatorias o en cuyo expediente personal constendocumentos valorables en los apartados d), f) o g) no tendrán obligación de volver a

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

058

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 34

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 34

Page 35: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

aportar estos mismos documentos.

A estos efectos, solamente se entenderá cumplido este trámite presentando una relaciónde los mismos, con indicación de la convocatoria a la que se aportaron o, en su caso,haciendo mención expresa de los que consten en su expediente personal.

Asimismo, para el caso de cursos de formación valorables que hayan sido impartidos porla Diputación Provincial en el ámbito de su Centro de Formación, tanto si la personaconcursante ha participado en dichos cursos en calidad de alumno como si lo ha hecho encalidad de ponente, éstos serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015. En cualquiercaso, las personas concursantes deberán hacer mención expresa en su instancia de laparticipación en los cursos que consideren valorables, indicando la fecha de los mismos yla materia tratada en ellos.

Todo lo anterior no excluye la posterior obligación del personal concursante de aportar, ensu caso, los originales de la documentación presentada y valorada para su cotejo una vezefectuada la propuesta de nombramiento en el puesto que le haya sido adjudicado, en elcaso de que dicha documentación no hubiese sido presentada con anterioridad.

A efectos de su valoración por la Comisión correspondiente, se advierte que no serántenidos en cuenta los méritos no alegados por el personal concursante, ni los alegados yno acreditados.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles a partir del siguiente al dela publicación de la convocatoria en el B.O.P., y en las mismas, los interesados deberándeterminar el puesto al que pretenden acceder.

La admisión o inadmisión de las instancias será resuelta por el Ilmo. Sr. Presidente de laDiputación, estando condicionada a la compatibilidad de la situación físico-psíquica delfuncionario/a con el puesto a proveer, la cual será informada por el Servicio de Vigilanciade la Salud del Servicio de Prevención. Para ello, el/los interesados deberán adjuntar a lainstancia en la que soliciten su participación los informes médicos que considerenconvenientes y que servirán para dictaminar la aptitud o no aptitud para el desempeño delpuesto convocado.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 88.3 de la Ley 39/2015, se hace constar quecontra este acto administrativo, que es definitivo en la vía administrativa, caben,alternativamente, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismoórgano que lo ha dictado o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses,computándose los plazos para recurrir en todo caso a partir del día siguiente al de lanotificación o publicación, pudiendo ejercitar los interesados cualquier otro recurso queestimen oportuno.

Lo que se publica, para general conocimiento.

En Valladolid, a 6 de julio de 2017.- El Presidente.-Fdo.: Jesús Julio Carnero García.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

058

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 35

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 35

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 36: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS.Servicio de Personal

Por Acuerdo nº 77/17 de fecha 23 de junio, la Junta de Gobierno de la DiputaciónProvincial de Valladolid ha acordado la aprobación de las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE ELPROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN DE DIVERSOS PUESTOS DE TRABAJODE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

PRIMERA-Objeto. Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria paraproveer por el sistema de libre designación los siguientes puestos de trabajo:

Secretario/a de Habilitado Nacional en Tesorería (plaza nº 0268004): Complemento dedestino 20, Complemento específico 479,78 €/mes, Grupo C, subgrupo C1, EscalaAdministración General, Subescala Administrativa.

Secretario/a de Habilitado Nacional en Intervención (plaza nº 0268006): Complemento dedestino 20, Complemento específico 479,78 €/mes, Grupo C, subgrupo C1, EscalaAdministración General, Subescala Administrativa.

SEGUNDA-Requisitos de las personas aspirantes. Podrá participar en esta convocatoria elpersonal funcionario de carrera de esta Diputación Provincial o de sus OrganismosAutónomos en situación de servicio activo, que pertenezca al subgrupo y Escala citados,según la relación de puestos de trabajo vigente.

TERCERA-Presentación de solicitudes. Durante el plazo de 15 días hábiles computados apartir del siguiente al de la publicación del anuncio en el B.O.P., se presentarán lasinstancias dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación, haciendo constar el puesto a cubrir,acompañando “curriculum vitae” donde consten título/s académico/s, categoría profesional,antigüedad en esta Corporación, cursos de formación realizados e impartidos, así comootros méritos que se estime oportuno alegar, aportando la documentación que seconsidere conveniente a efectos de acreditación.

CUARTA-La resolución, designando libremente en cada uno de los puestos a cualquiera delas personas aspirantes que reúna los requisitos exigidos, o declarando desierta total oparcialmente la convocatoria, corresponderá al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación, asícomo la libre remoción de las personas nombradas.

La resolución de los nombramientos se motivará con referencia al cumplimiento por partede las personas candidatas elegidas de los requisitos exigidos en la convocatoria y a lacompetencia para proceder a los mismos.

QUINTA-El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

059

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 36

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 36

Page 37: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

tres días hábiles a partir del siguiente al de la notificación o publicación de la resolucióncorrespondiente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.3 de la Ley 39/15, contra este actoresolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hadictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante elJuzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose talesplazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación procedentes, sin perjuiciode que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Lo que se publica, para general conocimiento.

En Valladolid, a 6 de julio de 2017.- El Presidente.-Fdo.: Jesús Julio Carnero García.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

059

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

DIP

UT

AC

ION

PR

OV

INC

IAL

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 37

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 37

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 38: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CABREROS DEL MONTE

Alcaldia

Rendida la Cuenta General correspondiente al ejercicio económico de 2016 en que constala documentación prevista en las reglas 224 y siguientes de la Instrucción de ContabilidadSimplificada, el informe de Intervención y el Dictamen favorable de la Comisión especial deCuentas, se expone al público por término de quince días hábiles a fin de que durantedicho plazo y ocho días más, puedan formularse contra la misma las reclamaciones,reparos u observaciones que se estimen convenientes

En Cabreros del Monte a 4 de julio de 2017.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

060

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E C

AB

RE

RO

S D

EL

MO

NT

EP

ág. 3

8

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 38

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 39: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA

El Pleno del Ayuntamiento de Gallegos de Hornija, en sesión celebrada el día 29 de juniode 2017, ha adoptado acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscalreguladora de la Tasa por el servicio de servicio de suministro de agua a domicilio,concretamente los apartados 1 y 2 de su artículo 6, relativo a la cuota tributaria, en lossiguientes términos:

1.-La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o, autorización deacometida a la red de agua, se exigirá por una sola vez, y consistirá en una cantidad fija enfunción del número de viviendas de acuerdo con la siguiente tarifa:

Por cada nueva acometida a la red general de agua o, desprecintado de la ya existente,pero sin servicio, abonará el solicitante 260 euros.

2.-La cuota tributaria a exigir por la prestación del servicio de suministro de agua, sedeterminará en función de los metros cúbicos consumidos aplicando la siguiente tarifa:

-Mínimo de 15 m3 al trimestre…….. 5,00 euros.

-Por cada m3 de exceso…….…….. 0,33 euros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales,dicho expediente se somete a exposición pública por periodo de treinta días hábiles, acontar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones queestimen oportunas. En caso de que no se presente reclamación alguna, se entenderádefinitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevoacuerdo plenario.

En Gallegos de Hornija, a 4 de julio de 2017.- El Alcalde.- Fdo.: Álvaro Correjes García.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

061

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E G

ALL

EG

OS

DE

HO

RN

IJA

Pág

. 39

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 39

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 40: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDAServicio de Intervención

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,y artículos 20, 22 y 23 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, a los que se remite el artículo 38del mismo R.D. 500/1990.Se hace público, para general conocimiento que esta Corporación en sesión Plenariacelebrada el día 30 de mayo de 2017, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, alno haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente demodificación de crédito por Suplemento de Crédito número 10/2017 del Presupuesto parael ejercicio 2017, siendo las aplicaciones presupuestarias que han sufrido modificación lassiguientes:

APLICACIÓNPRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN CONSIGNACIÓNACTUAL

INCREMENTO CONSIGNACIÓNDEFINITIVA

151.150 URBANISMO: PLANEAMIENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN YDISCIPLINA URBANÍSTICA.- Productividad

18.600,00 € 1.000,00 € 19.600,00 €

912.110 ÓRGANOS DE GOBIERNO- Retribuciones Básicas y otrasremuneraciones

82.800,00 € 60,00 € 82.860,00 €

912.160.00 ÓRGANOS DE GOBIERNO.- Seguridad Social 71.500,00 € 19,20 € 71.519,20 €

9201.150 GASTOS GENERALES DE ADMINISTRACIÓN.- Productividad 143.800,00 € 2.460,00 € 146.260,00 €

9201.160.00 GASTOS GENERALES DE ADMINISTRACIÓN.- Seguridad Social 491.250,00 € 307,20 € 491.557,20 €

TOTAL INCREMENTO: 3.846,40 €

Dando cumplimiento a lo que se establece en el artículo 177 del R.D. Legislativo 2/2004,de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales y el artículo 36 del R.D. 500/ 1990, de 20 de abril, la financiación deeste Suplemento de Crédito se hará con cargo a:

CONCEPTO EXPLICACIÓN IMPORTE

870 REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA GASTOS FINANCIACIÓN AFECTADA 3.846,40 €

TOTAL: 3.846,40 €

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquierotro recurso que se considere conveniente.

Laguna de Duero, a 7 de julio de 2017. -El Alcalde.--Fdo.: Román Rodríguez de Castro.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

062

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E L

AG

UN

A D

E D

UE

RO

Pág

. 40

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 40

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 41: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO

AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDAServicio de Intervención

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,y artículos 20, 22 y 23 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, a los que se remite el artículos42 del mismo R.D. 500/1990.

Se hace público, para general conocimiento, que esta Corporación en sesión Plenariacelebrada el día 30 de mayo de 2017, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, alno haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente demodificación de crédito número 13/2017 por Transferencia de Crédito del Presupuestopara el ejercicio 2017, siendo las aplicaciones presupuestarias que han sufridomodificación las siguientes:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA MODIFICAC. Nº 13/2017CANTIDAD

C. INICIAL OTRAS MODIFICACIONES CRÉDITO DEFINITIVO

Nº IMPORTE

323.221.03 35.000,00 € 5.000,00 € 40.000,00 €

TOTAL TRANSFERIDO: 35.000,00 €

La financiación de este incremento se hará mediante transferencia de otras aplicacionespresupuestarias con distinta vinculación jurídica, como a continuación se indica,

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA MODIFICAC Nº 13/2017CANTIDAD

C. INICIAL OTRAS MODIFICACIONES CRÉDITO DEFINITIVO

Nº IMPORTE

933.226.13 15.000,00 € 20.000,00 € 5.000,00 €

933.227.99 20.000,00 € 22.000,00 € 2.000,00 €

TOTAL TRANSFERIDO: 35.000,00 €

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquierotro recurso que se considere conveniente.

Laguna de Duero, a 7 de julio de 2017. -El Alcalde.- Fdo.: Román Rodríguez de Castro.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

063

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E L

AG

UN

A D

E D

UE

RO

Pág

. 41

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 41

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 42: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

BDNS :354473

Extracto convocatoria 2017 concesión de ayudas para la formación de alumnos del AulaMentor residentes en el municipio

Beneficiarios: Alumnos del Aula Mentor residentes en el municipio

Aprobación bases y convocatoria: Junta de Gobierno Local

Fecha aprobación: 07 de julio de 2017

Consulta texto completo de las Bases: En la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index), en www.ayto-medinadelcampo.es y en la oficina gestora

Plazo de presentación de solicitudes:

Para itinerarios formativos: Los 20 días hábiles siguientes a la publicación de este extractoen el Boletín Oficial de la Provincia

Para cursos individuales: Desde el siguiente a la publicación en el BOP de Valladolid hastael 31 de octubre del año en curso.

Medina del Campo a siete de junio de 2017.-La alcaldesa. Teresa López Martín.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

064

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E M

ED

INA

DE

L C

AM

PO

Pág

. 42

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 42

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 43: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE POZUELO DE LA ORDEN

Alcaldia

Rendida la Cuenta General correspondiente al ejercicio económico de 2016 en que constala documentación prevista en las reglas 224 y siguientes de la Instrucción de ContabilidadSimplificada, el informe de Intervención y el Dictamen favorable de la Comisión especial deCuentas, se expone al público por término de quince días hábiles a fin de que durantedicho plazo y ocho días más, puedan formularse contra la misma las reclamaciones,reparos u observaciones que se estimen convenientes

En Pozuelo de la Orden a 4 de julio de 2017.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

065

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E P

OZ

UE

LO D

E L

A O

RD

EN

Pág

. 43

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 43

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 44: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO

Por el Pleno de este Ayuntamiento en Sesión Ordinaria celebrada el día 7 de julio de 2017,se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos n.º4/2017 por Transferencias de Crédito.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y 42 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dichoexpediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos deque los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a susderechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente seentenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobaciónprovisional una vez que se haya publicado íntegramente.

En Quintanilla de Onésimo, a 7 de julio de 2017.- El Alcalde.- Fdo: Juan Moreno Marín.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

066

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E Q

UIN

TA

NIL

LA D

E O

SIM

OP

ág. 4

4

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 44

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 45: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RUBÍ DE BRACAMONTE

D. Eduardo Anel Jiménez, actuando en nombre y representación de Granja Casanel, S.Cha solicitado a esta Alcaldía licencia ambiental y de obras, para ejercer la actividad deexplotación cunícola en la parcela nº 17 del polígono 1 de este término municipal,aportando para ello un Proyecto Tecnico y Memoria Ambiental redactado por el técnico D.Fabián Gato Pérez.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambientalde Castilla y León, se abre un período de información pública de DIEZ DÍAS hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo aquel que seconsidere afectado por la actividad que se pretende ejercer, pueda hacer lasobservaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en lasecretaría de este Ayuntamiento sito en la Plaza Mayor nº 1, de Rubí de Bracamonte.

En Rubí de Bracamonte, a 11 de julio de 2017, El Alcalde.- Rafael del Río Sánchez

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

067

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E R

UB

Í DE

BR

AC

AM

ON

TE

Pág

. 45

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 45

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 46: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTA EUFEMIA DEL ARROYO

Secretaría

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 3 de julio de 2017, acordó aprobarprovisionalmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la limpieza de solares,parcelas y terrenos urbanos.

Durante el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación deeste anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar losexpedientes a efectos de que puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de que durante el periodo de exposición pública no se presentenreclamaciones el acuerdo provisional se elevará automáticamente a definitivo.

Santa Eufemia del Arroyo, 4 de julio de 2017.- El Alcalde.- Fdo.: Victorino RodríguezDomínguez.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

068

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: II

I.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

LO

CA

Lor

gani

smo:

AY

UN

TA

MIE

NT

O D

E S

AN

TA

EU

FE

MIA

DE

L A

RR

OY

OP

ág. 4

6

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 46

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 47: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000217 /2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. JOSE LUIS BAQUERO GUTIERREZcontra la empresa MONCOBRA, S.A., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

En VALLADOLID, a veintiséis de junio de dos mil diecisiete.

Dª. MARIA DOLORES ROMÁN DE LA TORRE Magistrado/a Juez del JDO. DE LOSOCIAL N. 3 DE VALLADOLID, tras haber visto el presente procedimiento de DESPIDO,registrado al num. 0000217/2017 y seguido a instancia de D. JOSE LUIS BAQUEROGUTIERREZ, contra la mercantil MANCOBRA, S.A., siendo parte interesada el FONDODE GARANTÍA SALARIAL,

Que, estimando la demanda sobre despido formulada por D. JOSÉ LUIS BAQUEROGUTIÉRREZ, frente a la mercantil MANCOBRA, S.A., siendo parte interesada el FONDODE GARANTÍA SALARIAL, procede declarar la improcedencia del producido el 7 defebrero de 2017, condenando a la empresa demandada a que readmita al demandante ensu puesto de trabajo o le abone la cantidad de 4.237,75 euros, en concepto deindemnización por despido improcedente, opción que deberá ser ejercitada por la empresaen el plazo de cinco días desde la notificación de esta Sentencia, mediante escrito ocomparecencia en el Juzgado, advirtiendo a las partes que de no realizarla se entenderáque procede la primera, con abono en caso de readmisión de los salarios devengadosdesde la fecha del despido, hasta la notificación de esta Sentencia, a razón de un salariodiario de 67 euros, o hasta que hubiera encontrado otro empleo si tal colocación fueraanterior a la Sentencia y se probase por el empresario lo percibido para su descuento delos salarios de tramitación.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución podráninterponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá seranunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentrode los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestaciónen el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrenteque no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, ocausahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberádepositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en SANTANDER a nombre de estaOficina Judicial con el núm. IBAN: ES55 0049 3569 9200 0500 1274 y el nº 4628 0000 650217 17, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 SocialSuplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar avalbancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

069

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: IV

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

DE

JU

ST

ICIA

orga

nism

o: J

UZ

GA

DO

DE

LO

SO

CIA

L. V

ALL

AD

OLI

D N

ÚM

ER

O 3

Pág

. 47

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 47

Page 48: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anunciode recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación delrecurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MONCOBRA, S.A., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 4 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

069

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: IV

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

DE

JU

ST

ICIA

orga

nism

o: J

UZ

GA

DO

DE

LO

SO

CIA

L. V

ALL

AD

OLI

D N

ÚM

ER

O 3

Pág

. 48

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 48

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 49: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000070 /2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. FERNANDO SAN JUAN NAVARES,ANTONIO SAN JOSE GARCIA contra la empresa CONSTRUCCIONES Y REFORMASPEREZ LLORENTE, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyaparte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a)-Declarar al/a los ejecutado/s CONSTRUCCIONES Y REFORMAS PEREZ LLORENTE,S.L. en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 2.003,52 euros, insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provisional.

b)-Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio dereaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c)-Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES Y REFORMASPEREZ LLORENTE, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

070

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: IV

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

DE

JU

ST

ICIA

orga

nism

o: J

UZ

GA

DO

DE

LO

SO

CIA

L. V

ALL

AD

OLI

D N

ÚM

ER

O 3

Pág

. 49

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 49

Page 50: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 4 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

070

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: IV

.-A

DM

INIS

TR

AC

IÓN

DE

JU

ST

ICIA

orga

nism

o: J

UZ

GA

DO

DE

LO

SO

CIA

L. V

ALL

AD

OLI

D N

ÚM

ER

O 3

Pág

. 50

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 50

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134

Page 51: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

V.-PARTICULARES Y OTROS ANUNCIANTESCAMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE

VALLADOLID

Programa Xpande Digital

La Cámara de Comercio e Industria de Valladolid anuncia mediante la correspondienteConvocatoria Pública del Programa Xpande Digital, la apertura del plazo para lapresentación de solicitudes de participación en la Fase de Asesoramiento y en la Fase deAyudas del Programa, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)de la Unión Europea.

PRIMERO.– Beneficiarios.Pymes, micropymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comerciode Valladolid y la Diputación Provincial de Valladolid.

SEGUNDO.– Objeto.El objeto de la convocatoria es la selección de empresas participantes en el ProgramaXpande Digital. El Programa tiene como objetivo apoyar el posicionamiento on-line de lasempresas participantes en un mercado objetivo concreto, a través de un asesoramientopersonalizado conforme a una metodología moderna y sustentada en técnicas deinteligencia competitiva, que tiene como fin último ofrecer a la empresa un Plan de Acciónde Marketing Digital en el mercado exterior objetivo. Asimismo, Xpande Digital ofrece a laempresa un conjunto de ayudas para desarrollar el Plan de Acción de Marketing Digital.El Programa tiene una duración máxima de 9 meses (duración máxima de Fase deAsesoramiento y Fase de Ayudas de 3 y 6 meses respectivamente).

TERCERO.– Convocatoria.El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede dela Cámara de Valladolid. Además puede consultarse a través de la webwww.camaravalladolid.com

CUARTO.– Cuantía.El presupuesto máximo de ejecución del programa en el marco de esta convocatoria parael periodo 2016/2017 es de 82.468,00 euros, dentro del "Programa Operativo deCrecimiento Inteligente 2014-2020".Los recursos estimados por empresa previstos en la Fase de Asesoramiento son de2.700€, cofinanciado al 50% por los Fondos FEDER y al 50% por la Cámara de Comerciode Valladolid, la Diputación Provincial de Valladolid y Cámara de Comercio de España.Las empresas que participen en la Fase de Ayudas contarán con una ayuda de 4.000€,cofinanciada en un porcentaje del 50% con cargo a los fondos FEDER y el 50% con cargoa la empresa.

QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes se abre el día 12 de Junio de 2017, 10 díashábiles después de la publicación de este anuncio y finalizará el día 1 de septiembre de

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

071

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: V

.-P

AR

TIC

ULA

RE

S Y

OT

RO

S A

NU

NC

IAN

TE

Sor

gani

smo:

CA

MA

RA

OF

ICIA

L D

E C

OM

ER

CIO

E IN

DU

ST

RIA

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 51

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 51

Page 52: DE LA DE · Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestaria número 10/2017 por suplemento de crédito número. Página 40 AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Servicio

2017 ó hasta agotar presupuesto. El Modelo de Solicitud de Participación podrádescargarse a través de la web www.camaravalladolid.com

Valladolid, 26 de mayo de 2017.- El Secretario General.- Fdo.: Federico Sanz Rubiales.

BO

LETÍ

NO

FIC

IAL

DE

LA P

RO

VIN

CIA

DE

VA

LLA

DO

LID

cve:

BO

PV

A-A

-201

7-03

071

Vie

rnes

, 14

de ju

lio d

e 20

17N

úm. 1

34se

cció

n: V

.-P

AR

TIC

ULA

RE

S Y

OT

RO

S A

NU

NC

IAN

TE

Sor

gani

smo:

CA

MA

RA

OF

ICIA

L D

E C

OM

ER

CIO

E IN

DU

ST

RIA

DE

VA

LLA

DO

LID

Pág

. 52

Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 134 Viernes, 14 de julio de 2017 Pág. 52

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-134