cuestionario sintetizado

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  • 7/26/2019 Cuestionario sintetizado.

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    UNAM, Facultad de Derecho, Sistema de Universidad Abierta.Asignatura: Derecho Constitucional / 2!".

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    CUESTIONARIO DEL EXAMEN FINAL.

    1. Definicin de Congreso Constituyente y tres caractersticas.

    Es una asamblea que tiene como objetivo crear una constitucin.Es un grupo de personas que representan a un pueblo y redactan una constitucinpara organizarse.El Poder constituyente es la oluntad ori!inaria" so#erana" su$re%a y directa &ue tieneun $ue#lo" $ara constituir un Estado d'ndole una $ersonalidad al %is%o y darse laor!ani(aci)n *ur+dica y $ol+tica &ue %'s le conen!a.

    Caractersticas:1.- Tienen el objetivo de crear una constitucin2.- En el momento en que termina el documento se disuelve.3.- Los integrantes del constituyente posteriormente pueden ser elegidos para serparte del poder legislativo.!.- La asamblea o congreso constituyente representa el ejercicio de la soberan"a#$acultad de decidir cmo se va a organizar pol"ticamente la sociedad el Estado%&oberan"a' $acultad de autodeterminacin. La &oberan"a #del lat"n (super amus)*se+or supremo,% es la voluntad pol"tica que posee un ueblo con dereco a tomardecisiones para determinarse mani$estarse y tomar decisiones con independenciade poderes e/ternos. 0ase mas en' (undamento del Estado' La &oberan"a) en ElEstado.

    2. Explique el principio de supremaca constitucional y qu artculo lo

    contiene. (art 133

    La supremac"a constitucional es un principioterico del ereco 4onstitucionalque postula originalmente ubicar a la 4onstitucinde un pa"s jer5rquicamentepor encima de todo el ordenamiento jur"dico de ese pa"s consider5ndola como

    Ley &uprema del Estado y $undamento del sistema jur"dico. &eg6n cada pa"s lostratados internacionales rati7cados por el pa"s gozan de igual rango #rangoconstitucional% o superior a las leyes e in$erior a la constitucin.El principio de la &upremac"a 4onstitucional' La 4onstitucin es la normasuprema de todos los sistemas que se dicen Estado de ereco ll5mensesocialistas capitalistas etc. se a$anan en garantizar que la observancia de susrespectivas constituciones se lleve a cabo con gran cabalidad en la pr5ctica.Los tratados internacionales en materia de erecos 8umanos se ubican en elmismo pelda+o que la 4arta 9agna y por encima de las leyes e/pedidas por elrgano legislativo.4uando la normatividad internacional es contraria a las leyes nacionales y se

    debe determinar qu ley se debe aplicar la nacional o la internacional la&uprema 4orte de :usticia de la ;acin rati7c que los tratados internacionalesjer5rquicamente est5n por debajo de la 4onstitucin ol"tica de los Estado

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    constitucin' dar marco legal a un Estado= estableciendo los l"mites y alcancesde los di$erentes rganos de gobierno.El car5cter pol"tico de la constitucin radica en que la 4onstitucin tiene comoobjetivo organizar el poder pol"tico se encuentran principios temas pol"ticoscomo la organizacin del Estado #ivisin de poderes%.Estado ederal La 4onstitucin organiza y emana los principios su redaccin es

    di$erente no solo es una ley.

    ". Explique el principio de rigide# constitucional.

    En nuestro sistema jur"dico e/isten normas que establecen l"mites materiales alpoder re$ormador de la 4onstitucin en el art"culo 13> de la 4onstitucinestablece que para que pueda ser adicionada o re$ormada la constitucinrequiere del voto de las dos terceras partes de los presentes y que seanaprobadas por la mayor"a de las legislaturas de los Estados.

    El l"mite al poder re$ormador no se encuentra en (no tocar) ciertas normas de la

    4arta 9agna ?lo que supondr"a la consagracin de normas ptreas- sino en cmoy para qu acerlo. @dem5s el poder y rgano re$ormador o revisor de la4onstitucin est5 $acultado precisamente para ello por ejemplo para adicionar ymodi7car una 4onstitucin no para destruirla o sustituirla por otra.

    En principio la 4onstitucin representa y consolida las demandas necesidades yestructuras que requiere una sociedad para que todas las personas en ella estnen condiciones de dise+ar y ejecutar un proyecto de vida digna. Estasdemandas necesidades y estructuras requieren de procesos democr5ticos deadaptacin al cambio. or ello es siempre deseable que e/istan mecanismosque agan posible que la norma suprema vaya reAejando estas aspiraciones demanera que impacten positivamente en el ejercicio y goce de los derecos

    umanos de las personas.

    $. Definicin de nacionalidad y explique los criterios de atri%ucin.

    &acionalidad' Es el v"nculo jur"dico pol"tico que relaciona a una persona con unEstado.Es la institucin jur"dica a travs de la cual se relaciona a una persona $"sica omoral con el Estado en razn de su pertenencia por si sola o en $uncin de cosasde una manera originaria o derivada.Criterios de atribucin de nacionalidad:Ius Domicili, Ius sanguinis, Ius Soli.

    A) Ius domicili. &e visualiza como un dereco del pa"s donde el e/tranjero a7jado su domicilio por varios a+os pare imponerla su nacionalidad.B) Ius Sanguinis.e con$ormidad con el Bus &anguinis se atribuye al individuodesde su nacimiento la nacionalidad de sus padres o sea la nacionalidadderivada del parentesco por consanguinidad. &on los v"nculos de sangre los queimprimen al individuo la cualidad de nacional de un Estado.C) Ius Soli. #ereco de suelo% se le atribuye la nacionalidad respecto alterritorio en que nace la persona art 3C. racc 1 y !.

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    e)ale las o%ligaciones de los mexicanos de acuerdo con la Constitucin

    *ederal.

    El articulo 31 4onstitucional

    ARTICULO 31. SON OBLIGACIONES DE LOS MEXICANOS:

    B. 8acer que sus ijos o pupilos concurran a las escuelas publicas o privadaspara obtener la educacin primaria y secundaria y reciban la militar en lostrminos que establezca la ley=

    BB. @sistir en los d"as y oras designados por el ayuntamiento del lugar en queresidan para recibir instruccin c"vica y militar que los mantenga aptos en elejercicio de los derecos de ciudadanos diestros en el manejo de las armas yconocedores de la disciplina militar=

    BBB. @listarse y servir en la guardia nacional con$orme a la ley org5nicarespectiva para asegurar y de$ender la independencia el territorio el onor losderecos e intereses de la patria as" como la tranquilidad y el orden interior y

    B0. 4ontribuir para los gastos p6blicos as" de la $ederacin como del distrito$ederal o del estado y municipio en que residan de la manera proporcional yequitativa que dispongan las leyes.

    +. Definicin de ciudadana y requisitos para adquirirla de acuerdo con la

    Constitucin *ederal.

    Ciudadana. Es la capacidad otorgada por la ley para participar en los asuntospol"ticos del pa"s y poder intervenir en las decisiones que a$ectan a la colectividad.La ciudadanaes una categor"a pol"tica consistente en el v"nculo pol"tico que unea una persona con el Estado por el cual puede ejercer sus derecos pol"ticos #elegiry ser elegido% y se determina por la edad y la capacidad de las personas ycorresponde al ereco constitucional y a la ley electoral terminarla.

    %

    CAPITULO I,

    DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS

    ARTICULO 34. &D; 4B

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    ,. e)ale los derec-os y o%ligaciones de los ciudadanos de acuerdo con la

    Constitucin *ederal.

    Artculo 35. Son derecos del ciudadano:

    B. 0otar en las elecciones populares=BB. oder ser votado para todos los cargos de eleccin popular teniendo lascalidades que establezca la ley. El dereco de solicitar el registro de candidatosante la autoridad electoral corresponde a los partidos pol"ticos as" como a losciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con losrequisitos condiciones y trminos que determine la legislacin=

    BBB. @sociarse individual y libremente para tomar parte en $orma pac"7ca en losasuntos pol"ticos del pa"s=

    B0. Tomar las armas en el Ejrcito o Juardia ;acional para la de$ensa de laep6blica y de sus instituciones en los trminos que prescriben las leyes=

    0. Ejercer en toda clase de negocios el dereco de peticin.

    0B. oder ser nombrado para cualquier empleo o comisin del servicio p6blicoteniendo las calidades que establezca la ley=

    0BB. Bniciar leyes en los trminos y con los requisitos que se+alen esta4onstitucin y la Ley del 4ongreso. El Bnstituto ;acional Electoral tendr5 las$acultades que en esta materia le otorgue la ley y

    0BBB. 0otar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional lasque se sujetar5n a lo siguiente'

    1o. &er5n convocadas por el 4ongreso de la

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    art"culo !C de la misma= la materia electoral= los ingresos y gastos del Estado= laseguridad nacional y la organizacin $uncionamiento y disciplina de la uerza@rmada permanente. La &uprema 4orte de :usticia de la ;acin resolver5 previoa la convocatoria que realice el 4ongreso de la

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    instrumento (5blico como e4tranero, (or usar un (asa(orte e4tranero, o (or ace(tar o usarttulos nobiliarios *ue im(li*uen sumisi+n a un 6stado e4tranero, 1 ''. >or residir durante cincoa9os continuos en el e4tranero.

    C< a ciudadana me4icana se (ierde:'. >or ace(tar o usar ttulos nobiliarios de gobiernos e4traneros-''. >or (restar voluntariamente servicios o )unciones o)iciales a un gobierno e4tranero, sin

    (ermiso del 6ecutivo Federal-'''. >or ace(tar o usar condecoraciones e4traneras sin (ermiso del 6ecutivo Federal. 6l

    >residente de la 0e(5blica, los senadores 1 di(utados al Congreso de la Uni+n 1 los ministrosde la Su(rema Corte de #usticia de la Naci+n (odrn libremente ace(tar 1 usarcondecoraciones e4traneras-

    '8. >or admitir del gobierno de otro (as ttulos o )unciones sin (revio (ermiso del 6ecutivoFederal, e4ce(tuando los ttulos literarios, cient)icos o humanitarios *ue (ueden ace(tarselibremente- 8. >or a1udar, en contra de la Naci+n, a un e4tranero, o a un gobierno e4tranero,en cual*uier reclamaci+n di(lomtica o ante un tribunal internacional, 1

    &I. 6n los dems casos *ue )ian las le1es.

    Artculo %@. os derechos o (rerrogativas de los ciudadanos se sus(enden:B. >or )alta de cum(limiento, sin causa usti)icada, de cual*uiera de las obligaciones *ue

    im(one el artculo %". 6sta sus(ensi+n durar un a9o 1 se im(ondr adems de lasotras (enas *ue (or el mismo hecho se9alare la le1-

    BB. . >or estar sueto a un (roceso criminal (or delito *ue mere3ca (ena cor(oral, a contardesde la )echa del auto de )ormal (risi+n-

    BBB. Durante la e4tinci+n de una (ena cor(oral-B0. . >or vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los trminos *ue (revengan las

    le1es-0. >or estar (r+)ugo de la usticia, desde *ue se dicte la orden de a(rehensi+n hasta *ue

    (rescriba la acci+n (enal- 1

    0B. >or sentencia eecutoria *ue im(onga como (ena esa sus(ensi+n. a le1 )iar loscasos en *ue se (ierden, 1 los dems en *ue se sus(enden los derechos de ciudadano,1 la manera de hacer la rehabilitaci+n.

    . e)ale los elementos que integran el territorio del Estado /exicano.

    32 entidades $ederativas 31 Estados y la 4d. e 9/ico.

    @rt"culo !2. El territorio nacional comprende'B. El de las partes integrantes de la ederacin=BB. El de las islas incluyendo los arreci$es y cayos en los mares adyacentes=BBB. El de las islas de Juadalupe y las de evillagigedo situadas en elDcano ac"7co=B0. La plata$orma continental y los zcalos submarinos de las islas cayos yarreci$es=0. Las aguas de los mares territoriales en la e/tensin y trminos que 7ja elereco Bnternacional y las mar"timas interiores= 0B. El espacio situado sobre el territorio nacional con la e/tensin ymodalidades que establezca el propio ereco Bnternacional.

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    elaboracin de la nueva constitucin a la cual se le llam 4onstitucin ol"tica dela 9onarqu"a Espa+ola. 4onstitucin de 45diz de 1K12 Estableci una monarqu"alimitada puesto que el rey ya no pod"a acer todo sin el consentimiento de las4ortes o la @samblea.

    El tercer antecedente es la organizacin de las culturas preisp5nicas. La triple

    alianza tiene representantes en la toma de decisiones llevan a cabo la discusiny el an5lisis.

    Constitucin

    La ma8ora de los $stados 1ederalessuele estar organi;ado conresecto a una Constitucin, >ue de?ne las cometencias e6clusi9as decada entidad 8 las >ue son comartidas. Suele tratarse deconstituciones democr7ticas en distintas 1ormas @democracia directa,democracia indirecta, democracia semi4directa).$n 6ico de acuerdo a la Constitucin de el as >ueda

    organi;ado de la siguiente manera:Como una (eEblica, (eresentati9a, Democr7tica 8 /ederalF.$6isten tres instancias de #obierno:A. unicial.B. $statal.C. /ederal o "acional

    Artculo -G. Es voluntad del pueblo me/icano constituirse enuna ep6blica representativa democr5tica laica y $ederalcompuesta por Estados libres y soberanos en todo loconcerniente a su rgimen interior y por la 4iudad de 9/icounidos en una $ederacin establecida seg6n los principios deesta ley $undamental.

    2IS*!(IA D$L /$D$(ALIS! $" $HIC!

    Los rinciales antecedentes del /ederalismo e6icano son laConstitucin /ederal de los $stados %nidos de Amrica 8 las instanciaslocales de gobierno 8 administracin creadas dentro de la onar>uaesaola a ?nes del siglo H&III 8 rinciios del HIH, rimero como artede las re1ormas Borbnicas 8 desus a artir de la Constitucin deC7di;. Aarece de la misma 1orma la Constitucin de Aat;ing7n.

    De JK- a J35 se establece la rimer (eEblica /ederal or arte delos Liberales.De J3 a J-3 se 9isuali;a la (eEblica Centralista or arte de losConser9adores.De - a J5 se establece la segunda (eEblica /ederal, 8 en J5se crea la Constitucin de ese ao. Adem7s se crean las Le8es de(e1orma, or medio de la cual se surimen ciertos ri9ilegios. Duranteel 'or?riato, de J a G se centrali;a el oder, aun cuando e6ista

    @

    http://es.wikipedia.org/wiki/Estado_federalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%83%C2%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_directahttp://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_indirectahttp://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_semi-directahttp://es.wikipedia.org/wiki/Estado_federalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%83%C2%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_directahttp://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_indirectahttp://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_semi-directa
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    la Constitucin de J5. Desus de la (e9olucin se crea laConstitucin de >ue sigue 9igente.

    1.e)ale cuatro caractersticas del sistema 4residencial.

    6l (oder eecutivo es unitario. 6st de(ositado en un (residente *ue es, al mismo tiem(o,e)e de estado 1 e)e de gobierno.

    6l (residente es electo (or el (ueblo 1 no (or el (oder legislativo, lo *ue le dainde(endencia )rente a ste.

    6l (residente nombra 1 remueve libremente a los secretarios de estado. Ni el (residente ni los secretarios de estado son (olticamente res(onsables ante el

    congreso. e< Ni el (residente ni los secretarios de estado (ueden ser miembros delcongreso.

    6l (residente (uede estar a)iliado a un (artido (oltico di)erente al de la ma1ora delcongreso.

    6l (residente no (uede disolver el congreso, (ero el congreso no (uede darle un voto de

    censura.

    11.e)ale cuatro caractersticas del sistema 4arlamentario.

    Los sistemas parlamentarios deben su nombre al principio $undador de que elarlamento es el asiento principal de la soberan"a. or tanto no permiten unaseparacin org5nica o r"gida del poder entre el gobierno y el arlamentoCA(AC*$(IS*ICAS El sistema parlamentario designa una $orma de gobierno representativa en la

    que el arlamento participa en $orma e/clusiva en la direccin de los asuntos del

    Estado. En este sistema la $ormacin del gobierno y su permanencia dependen delconsentimiento de la mayor"a parlamentaria. Esa mayor"a puede surgirdirectamente de las elecciones o bien de una coalicin.

    ;o es su7ciente con que el arlamento elija al je$e de gobierno para ablar de unsistema parlamentario. Es necesario tambin que el arlamento no compartacon ning6n otro rgano del Estado la direccin de los asuntos p6blicos.

    El oder Ejecutivo est5 dividido entre el je$e de Estado #monarca o presidente% yel je$e de gobierno #primer ministro presidente del gobierno o canciller%y unoder Legislativo el arlamento compuesto por dos c5maras' la alta de dondederivan las de &enadores o equivalentes #la de los Lores en Bnglaterra sigue

    siendo el re$ugio de la aristocracia% y la baja llamada as" por ser desde suorigen la no aristocr5tica # de los 4omunes en Bnglaterra que representa alpueblo equivalente a la 45mara de epresentantes en Estados

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    ejemplo% pero no dispone de atribuciones pol"ticas En la pr5ctica el je$e deEstado acata la decisin del electorado o la de la mayor"a parlamentaria. Lasprerrogativas del Ejecutivo se ejercen por medio del gabinete alrededor delprimer ministro= este gabinete es responsable $rente al arlamento que en todomomento puede destituirlo por el voto de una mocin de censura o recazarlopor medio de una cuestin de confanza. En contrapartida el primer ministro

    puede en nombre del je$e de Estado decidir la disolucin del arlamento. Eldesarrollo del sistema parlamentario trans7ri as" el poder al arlamento y atravs de ste al gabinete.

    El gobierno en quien recaen el poder y las $unciones ejecutivas surge y semantiene gracias al respaldo de la mayor"a parlamentaria pero puede serdestituido por medio de la mocin de censura. or su parte el je$e de gobierno oprimer ministro puede plantear la cuestin de confanza como un recurso paraobtener el apoyo de su mayor"a= pero si no lo logra debe renunciar. En caso deun conAicto irresoluble el primer ministro puede recurrir a la disolucin delarlamento ya la celebracin de nuevas elecciones.

    El primer ministro y su gabinete est5n sujetos al control pol"tico a travs de

    diversos mecanismos por parte del arlamento. Los m5s utilizados son las$acultades de investigacin interpelacin in$ormacin o requerimiento decomparecencia. ;o signi7ca que el gobierno est subordinado al arlamentosino que cada uno mantiene su autonom"a aun cuando el gobierno surge de lamayor"a y le rinde cuentas.

    12.Explique que son los organismos constitucionales autnomos y tres

    e5emplos.

    &on organismos que est5n $uera de la estructura de algunos de los poderes

    establecidos. &on autnomos porque tienen la $acultad para gobernarse o para ejerceractos de soberan"a lo cual presupone contar con poderes jur"dicos propios.Tienen principalmente dos caracter"sticas'.4&lo la 4onstitucin los puede crear la 4onstitucin al organizar el poder es la6nica $uente de estos organismos es la 6nica donde se pueden crear.K.4Llevan a cabo una tarea tcnica.

    El banco de 9/ico El B;E B;EJB 4;8

    13.e)ale el concepto de 4artido 4oltico de acuerdo con la Constitucional*ederal.

    Artculo -.El pueblo ejerce su soberan"a por medio de los oderes de la

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    La renovacin de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizar5 medianteelecciones libres autnticas y peridicas con$orme a las siguientes bases'

    I. Los artidos olticos son entidades de inters EblicoM la le8determinar7 las normas 8 re>uisitos ara su registro legal,

    las 1ormas esec?cas de su inter9encin en el rocesoelectoral 8 los derecos, obligaciones 8 rerrogati9as >ue lescorresonden.

    Los partidos pol"ticos tienen como 7n promover la participacin delpueblo en la vida democr5tica contribuir a la integracin de losrganos de representacin pol"tica y como organizaciones deciudadanos acer posible el acceso de stos al ejercicio del poderp6blico de acuerdo con los programas principios e ideas quepostulan y mediante el su$ragio universal libre secreto y directo as"como las reglas para garantizar la paridad entre los gneros en

    candidaturas a legisladores $ederales y locales. &lo los ciudadanospodr5n $ormar partidos pol"ticos y a7liarse libre e individualmente aellos= por tanto quedan proibidas la intervencin de organizacionesgremiales o con objeto social di$erente en la creacin de partidos ycualquier $orma de a7liacin corporativa.

    1".Del 4oder 6egislati7o *ederal en /xico se)ale' cmo se integra8

    mecanismo de eleccin8 periodos de sesiones y duracin del cargo.

    6l (oder legislativo )ederal se de(osita en el Congreso de la Uni+n, integrado (or una Cmara de

    Di(utados 1 una Cmara de Senadores. a Cmara de Di(utados se con)orma (or un total de ?re(resentantes, todos los cuales sirven un (eriodo de tres a9os 1 no (ueden ser reelegidos (araun (eriodo consecutivo. a Cmara de Senadores se integra (or un total de !2@ miembros, todoslos cuales son elegidos (ara un (eriodo de seis a9os 1, al igual *ue los di(utados, s+lo (ueden serreelegidos des(us de un (eriodo intermedio.

    CAMARA DE DIPUTADOSa Cmara de Di(utados se integra (or ? re(resentantes, *ue se renuevan en su totalidad cadatres a9os con)orme a una variante del sistema de re(resentaci+n (ro(orcional (ersonali3ada en el*ue un (orcentae de los di(utados se elige (or una )+rmula de ma1ora 1 el otro bao una )+rmulade re(resentaci+n (ro(orcional, bao trminos *ue aseguran un alto grado de (ro(orcionalidadentre votos 1 esca9os. As, de los ? di(utados *ue integran la Cmara baa, % son elegidos

    (or el (rinci(io de ma1ora relativa en distritos electorales uninominales, en tanto *ue los otros 2son elegidos (or el (rinci(io de re(resentaci+n (ro(orcional mediante el sistema de listasregionales votadas en cinco circunscri(ciones (lurinominales de & esca9os cada una.

    Sobre esta base, la Constituci+n consagra dos dis(osiciones es(ecialmente relevantesrelacionadas con la integraci+n de la Cmara de Di(utados:

    Ning5n (artido (oltico (uede contar con ms de % di(utados electos (or ambos (rinci(ios, es

    decir, sumados los de ma1ora relativa 1 los de re(resentaci+n (ro(orcional. De esta )orma, si bienun (artido (oltico (uede as(irar, en )unci+n de su desem(e9o electoral, a obtener la ma1ora

    !!

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    absoluta de los esca9os de la Cmara 2?!

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    >rra)o re)ormado DEF 2B!2!" >ara (oder )igurar en las listas de lascircunscri(ciones electorales (lurinominales como candidato a di(utado, se re*uiereser originario de alguna de las entidades )ederativas *ue com(renda lacircunscri(ci+n en la *ue se realice la elecci+n, o vecino de ella con residenciae)ectiva de ms de seis meses anteriores a la )echa en *ue la misma se celebre. avecindad no se (ierde (or ausencia en el desem(e9o de cargos (5blicos de elecci+n

    (o(ular. Fracci+n re)ormada DEF @!!B;&, "!2!B;;'8. No estar en servicio activo en el 6rcito Federal ni tener mando en la (olica ogendarmera rural en el Distrito donde se haga la elecci+n, cuando menos noventa dasantes de ella.8. No ser titular de alguno de los organismos a los *ue esta Constituci+n otorga autonoma,ni ser Secretario o Subsecretario de 6stado, ni titular de alguno de los organismosdescentrali3ados o desconcentrados de la administraci+n (5blica )ederal, a menos *ue sese(are de)initivamente de sus )unciones B das antes del da de la elecci+n. No serMinistro de la Su(rema Corte de #usticia de la Naci+n, ni Magistrado, ni Secretario delribunal 6lectoral del >oder #udicial de la Federaci+n, ni Conseero >residente o conseeroelectoral en los conseos 7eneral, locales o distritales del 'nstituto Nacional 6lectoral, ni

    Secretario 6ecutivo, Director 6ecutivo o (ersonal (ro)esional directivo del (ro(io 'nstituto,salvo *ue se hubiere se(arado de su encargo, de manera de)initiva, tres a9os antes del dade la elecci+n. >rra)o re)ormado DEF !22!&os 7obernadores de los 6stados 1 el #e)e de 7obierno de la Ciudad de M4ico no (odrnser electos en las entidades de sus res(ectivas urisdicciones durante el (eriodo de suencargo, aun cuando se se(aren de)initivamente de sus (uestos. >rra)o re)ormado DEF2B!2!"os Secretarios del 7obierno de las entidades )ederativas, los Magistrados 1 #uecesFederales 1 locales, as como los >residentes Munici(ales 1 Alcaldes en el caso de laCiudad de M4ico, no (odrn ser electos en las entidades de sus res(ectivas urisdicciones,si no se se(aran de)initivamente de sus cargos noventa das antes del da de la elecci+n.

    0BB. No ser Ministro de alg5n culto religioso, 1 Fracci+n re)ormada DEF 2B&!B%%8'''. No estar com(rendido en alguna de las inca(acidades *ue se9ala el artculo ?B.

    9&:E;& DE 6= C=/=ara suasignaci+n, la le1 dis(one *ue se utilice la )+rmula de (ro(orcionalidad (ura cociente natural 1resto ma1or

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    eercicio, (ero los senadores 1 di(utados (ro(ietarios no (ueden ser elegidos (ara el (eriodoinmediato con carcter de su(lentes.

    Art+culo 1.a Cmara de Senadores se integrar (or ciento veintiocho senadores, de loscuales, en cada 6stado 1 en la Ciudad de M4ico, dos sern elegidos seg5n el (rinci(io devotaci+n ma1oritaria relativa 1 uno ser asignado a la (rimera minora. >ara estos e)ectos, los

    (artidos (olticos debern registrar una lista con dos )+rmulas de candidatos. a senadura de(rimera minora le ser asignada a la )+rmula de candidatos *ue encabece la lista del (artido(oltico *ue, (or s mismo, ha1a ocu(ado el segundo lugar en n5mero de votos en la entidad de*ue se trate. >rra)o re)ormado DEF 2B!2!" os treinta 1 dos senadores restantes sernelegidos seg5n el (rinci(io de re(resentaci+n (ro(orcional, mediante el sistema de listas votadasen una sola circunscri(ci+n (lurinominal nacional. a le1 establecer las reglas 1 )+rmulas (araestos e)ectos. a Cmara de Senadores se renovar en su totalidad cada seis a9os. Artculore)ormado DEF 2B&!B%%, !?!2!B@", %B!BB%, 22@!BB".

    Art+culo 15.>or cada senador (ro(ietario se elegir un su(lente.Art+culo 16. >ara ser senador se re*uieren los mismos re*uisitos *ue (ara ser di(utado,

    e4ce(to el de la edad, *ue ser la de 2? a9os cum(lidos el da de la elecci+n.

    9&:=6=C9>& ? E9>&E DE6 C>&;

    De acuerdo con la Constituci+n, las cmaras no (ueden abrir sus sesiones ni eercer su cargo sinla concurrencia, en cada una de ellas, de ms de la mitad de total de sus miembros, (ero los(resentes de una 1 otra deben reunirse el da se9alado (or la le1 1 com(eler a los ausentes a *ueconcurran dentro de los % das siguientes, con la advertencia de *ue si no lo hacen se entender(or ese solo hecho *ue no ace(tan su encargo, llamndose luego a los su(lentes, *ue deben(resentarse en un (la3o igual- si tam(oco se (resentan, se declara vacante el (uesto 1 seconvoca a nuevas elecciones.

    6l Congreso debe celebrar dos (eriodos ordinarios de sesiones anualmente. 6l (rimero inicia el !de se(tiembre de cada a9o 1 (uede (rolongarse hasta el !? de diciembre del mismo a9o, e4ce(toen los a9os en *ue el (residente de la re(5blica inicie su encargo, como en 2", en cu1o casolas sesiones (odrn e4tenderse hasta el %! de diciembre. 6l segundo inicia el ! de )ebrero 1conclu1e el % de abril.Durante los recesos del Congreso de la Uni+n se constitu1e una Comisi+n >ermanente integrada(or %; miembros, de los cuales !B son di(utados 1 !@ senadores, nombrados (or sus res(ectivasCmaras en la vs(era de la clausura de los (eriodos ordinarios de sesiones.6s atribuci+n e4clusiva de la Comisi+n >ermanente acordar, (or iniciativa (ro(ia o a (ro(uesta del6ecutivo, la convocatoria del Congreso o de una sola Cmara a sesiones e4traordinarias, siendo

    necesario en cual*uier caso, el voto de las dos terceras (artes de los miembros (resentes.6l derecho de iniciar le1es o decretos com(ete e4clusivamente al (residente de la re(5blica- a losdi(utados 1 senadores del Congreso de la Uni+n 1 a las legislaturas de los estados.6l marco urdico )ederal no reconoce ning5n mecanismo de democracia semidirecta, como el(lebiscito, el re)erendo, la iniciativa ciudadana o la revocatoria del mandato de los re(resentanteselegidos (o(ularmente.

    1$.Explique el fuero constitucional y que artculo lo regula.

    !&

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    a doctrina urdica clsica concibe al )uero como a*uella (rerrogativa de senadores 1 di(utadosas como de otros servidores (5blicos contem(lados en la Constituci+n *ue los e4ime de serdetenidos o (resos, e4ce(to en los casos *ue determinan las le1es, o (rocesados 1 u3gados sin(revia autori3aci+n del +rgano legislativo al *ue (ertenecen: >arlamento, Congreso o Asamblea. 6ltrmino es de uso colo*uial o com5n 1 suele utili3arse como sin+nimo de in%unidad$arla%entaria.

    6l )uero o la inmunidad se entiende tambin como un (rivilegio con)erido a determinadosservidores (5blicos, (ara mantener el e*uilibrio entre los (oderes del Estado en los regmenesdemocrticos, 1 salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin )undamento.6n el caso de la res(onsabilidad civil de los legisladores no se re*uiere del (rocedimientode declaraci)n de $rocedencia" 1a *ue en cuanto (articulares, se les (odr demandar (or lareali3aci+n u omisi+n de actos o el incum(limiento de obligaciones se9aladas en el C+digo Civil,los cuales siem(re tienen una obligaci+n re(aradora o bien el otorgamiento de una indemni3aci+n.Art+culo 3.os di(utados 1 senadores son inviolables (or las o(iniones *ue mani)iesten en eldesem(e9o de sus cargos, 1 ams (odrn ser reconvenidos (or ellas. 6l >residente de cadaCmara velar (or el res(eto al )uero constitucional de los miembros de la misma 1 (or lainviolabilidad del recinto donde se re5nan a sesionar.

    1+.Explique que es la Comisin 4ermanente y como se integra.

    Comisin 'ermanente. Qrgano del 4ongreso que entra en $unciones durante losrecesos de las c5maras que lo integran. esempe+a $unciones pol"ticas jur"dicasadministrativas y de control. ;o cuenta con $acultades legislativas por lo que nodictamina sobre iniciativas de ley o decreto.Es el rgano del 4ongreso que act6a durante los recesos de ste. &e integra por 1Ndiputados y 1K senadores nombrados por sus respectivas 45maras la v"spera de laclausura de los periodos de sesiones ordinarias= algunas de sus atribuciones m5simportantes son' recibir durante los recesos las iniciativas de ley y proposicionesdirigidas a las 45maras y turnarlas para dictamen a las 4omisiones correspondientesde cada una de ellas= nombrar cuando proceda al residente de la ep6blicarovisional o Bnterino y tomarle protesta= rati7car grados militares y diversosnombramientos= conceder licencias solicitadas por legisladores= y acordar por s" o apropuesta del Ejecutivo la convocatoria a sesiones e/traordinarias para lo cual serequieren dos terceras partes de los votos de los legisladores presentes.

    1,.Explique el proceso de ela%oracin de las leyes federales de acuerdo con

    los artculos ,1 y ,2 de la Constitucin *ederal.

    =rtculo ,1. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:I. Al Presidente de la Repblica;II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la ni!n;III. A las "egislaturas de los Estados y de la Ciudad de #$%ico; yI&. A los ciudadanos en un nmero e'ui(alente) por lo menos) al cero punto trece porciento de la lista nominal de electores) en los t$rminos 'ue se*alen las leyes.

    !?

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    "a "ey del Congreso determinar+ el tr+mite 'ue deba darse a las iniciati(as.

    El d,a de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la Repblicapodr+ presentar hasta dos iniciati(as para tr+mite pre-erente) o se*alar con talcar+cter hasta dos 'ue hubiere presentado en periodos anteriores) cuando est$n

    pendientes de dictamen. Cada iniciati(a deber+ ser discutida y (otada por el Pleno de laC+mara de su origen en un plao m+%imo de treinta d,as naturales. Si no -uere as,) lainiciati(a) en sus t$rminos y sin mayor tr+mite) ser+ el primer asunto 'ue deber+ serdiscutido y (otado en la siguiente sesi!n del Pleno. En caso de ser aprobado omodi-icado por la C+mara de su origen) el respecti(o proyecto de ley o decreto pasar+de inmediato a la C+mara re(isora) la cual deber+ discutirlo y (otarlo en el mismo plao yba/o las condiciones antes se*aladas.

    0o podr+n tener car+cter pre-erente las iniciati(as de adici!n o re-orma a esta Constituci!n.

    Artculo 72. 1odo proyecto de ley o decreto) cuya resoluci!n no sea e%clusi(a de alguna de lasC+maras) se discutir+ sucesi(amente en ambas) obser(+ndose la "ey del Congreso y susreglamentos respecti(os) sobre la -orma) inter(alos y modo de proceder en las discusiones y(otaciones:

    A. Aprobado un proyecto en la C+mara de su origen) pasar+ para su discusi!n a la otra. Si$sta lo aprobare) se remitir+ al E/ecuti(o) 'uien) si no tu(iere obser(aciones 'ue hacer)lo publicar+ inmediatamente.

    2. Se reputar+ aprobado por el Poder E/ecuti(o todo proyecto no de(uelto conobser(aciones a la C+mara de su origen dentro de los treinta d,as naturales siguientes asu recepci!n; (encido este plao el E/ecuti(o dispondr+ de die d,as naturales parapromulgar y publicar la ley o decreto.1ranscurrido este segundo plao) la ley o decreto ser+ considerado promulgado y elPresidente de la C+mara de origen ordenar+ dentro de los die d,as naturales siguientessu publicaci!n en el Diario 3-icial de la 4ederaci!n) sin 'ue se re'uiera re-rendo. "osplaos a 'ue se re-iere esta -racci!n no se interrumpir+n si el Congreso cierra osuspende sus sesiones) en cuyo caso la de(oluci!n deber+ hacerse a la Comisi!n

    Permanente.

    C. El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el E/ecuti(o) ser+de(uelto) con sus obser(aciones) a la C+mara de su origen. Deber+ ser discutido denue(o por $sta)) 5sicD34 678698

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    "as (otaciones de ley o decreto) ser+n nominales.

    D. Si algn proyecto de ley o decreto) -uese desechado en su totalidad por la C+mara dere(isi!n) (ol(er+ a la de su origen con las obser(aciones 'ue a'uella le hubiese hecho. Sie%aminado de nue(o -uese aprobado por la mayor,a absoluta de los miembros presentes)

    (ol(er+ a la C+mara 'ue lo desech!) la cual lo tomar+ otra (e en consideraci!n) y si loaprobare por la misma mayor,a) pasar+ al E/ecuti(o para los e-ectos de la -racci!n A;pero si lo reprobase) no podr+ (ol(er a presentarse en el mismo per,odo de sesiones.

    E. Si un proyecto de ley o decreto -uese desechado en parte) o modi-icado) o adicionadopor laC+mara re(isora) la nue(a discusi!n de la C+mara de su origen (ersar+ nicamente sobrelo desechado o sobre las re-ormas o adiciones) sin poder alterarse en manera alguna losart,culos aprobados. Si las adiciones o re-ormas hechas por la C+mara re(isora -uesen

    aprobadas por la mayor,a absoluta de los (otos presentes en la C+mara de su origen) sepasar+ todo el proyecto al E/ecuti(o) para los e-ectos de la -racci!n A. Si las adicioneso re-ormas hechas por la C+mara re(isora -ueren reprobadas por la mayor,a de (otos enla C+mara de su origen) (ol(er+n a a'uella para 'ue tome en consideraci!n las raones de$sta) y si por mayor,a absoluta de (otos presentes se desecharen en esta segundare(isi!n dichas adiciones o re-ormas) el proyecto) en lo 'ue haya sido aprobado porambas C+maras) se pasar+ al E/ecuti(o para los e-ectos de la -racci!n A. Si la C+marare(isora insistiere) por la mayor,a absoluta de (otos presentes) en dichas adiciones ore-ormas) todo el proyecto no (ol(er+ a presentarse sino hasta el siguiente per,odo de

    sesiones) a no ser 'ue ambas C+maras acuerden) por la mayor,a absoluta de susmiembros presentes) 'ue se e%pida la ley o decreto s!lo con los art,culos aprobados) y'ue se reser(en los adicionados o re-ormados para su e%amen y (otaci!n en las sesionessiguientes.

    4. En la interpretaci!n) re-orma o derogaci!n de las leyes o decretos) se obser(ar+n losmismos tr+mites establecidos para su -ormaci!n.

    >. 1odo proyecto de ley o decreto 'ue -uere desechado en la C+mara de su origen) no

    podr+ (ol(er a presentarse en las sesiones del a*o.

    ?. "a -ormaci!n de las leyes o decretos puede comenar indistintamente en cual'uiera delas dos C+maras) con e%cepci!n de los proyectos 'ue (ersaren sobre empr$stitos)contribuciones o impuestos) o sobre reclutamiento de tropas) todos los cuales deber+ndiscutirse primero en la C+mara de Diputados.

    !;

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    I. "as iniciati(as de leyes o decretos se discutir+n pre-erentemente en la C+mara en 'uese presenten) a menos 'ue transcurra un mes desde 'ue se pasen a la Comisi!ndictaminadora sin 'ue $sta rinda dictamen) pues en tal caso el mismo proyecto de ley odecreto puede presentarse y discutirse en la otra C+mara.I 5sic D34 9@889=. El E/ecuti(o de la ni!n no puede hacer obser(aciones a las

    resoluciones del Congreso o de alguna de las C+maras) cuando e/eran -unciones decuerpo electoral o de /urado) lo mismo 'ue cuando la C+mara de Diputados declare 'uedebe acusarse a uno de los altos -uncionarios de la 4ederaci!n por delitos o-iciales.1ampoco podr+ hacerlas al Decreto de con(ocatoria a sesiones e%traordinarias 'uee%pida la Comisi!n Permanente.

    1.Explique cu!les eran las facultades metaconstitucionales del 4residente

    de la 0'< organi3ado(or sectores: el cam(esino, el obrero 1 el (o(ular.6l e)e real del >0' era el (residente de la re(5blica, 1 el hecho de ser el e)e real del >0',otorgaba al (residente una serie de )acultades situadas ms all del marco constitucional, comoson: la designaci+n de su sucesor, el nombramiento de los gobernadores, los senadores, de lama1ora de los di(utados, de los (rinci(ales (residentes munici(ales, (or ser el >0' un (artido(redominante 1 semio)icial integrado (or sectores, le da al (residente control sobre las (rinci(ales

    organi3aciones obreras, cam(esinas, (ro)esionales 1 de diversa ndole (o(ulares, en la erga del(ro(io (artido *ue re(resentan, cuando menos hasta ahora, las organi3aciones ms )uertes deM4ico.

    10.Del 4oder E5ecuti7o *ederal en /xico se)ale' cmo se integra8

    mecanismo de eleccin y duracin del cargo.

    Artculo 80.Se deposita el e/ercicio del Supremo Poder E/ecuti(o de la ni!n en un soloindi(iduo) 'ue se denominar+ BPresidente de los Estados nidos #e%icanos.B

    Artculo 81."a elecci!n del Presidente ser+ directa y en los t$rminos 'ue disponga la leyelectoral.

    Artculo 82. Para ser Presidente se re'uiere:I. Ser ciudadano me%icano por nacimiento) en pleno goce de sus derechos) hi/o de padre omadre me%icanos y haber residido en el pa,s al menos durante (einte a*os.II. 1ener 7 a*os cumplidos al tiempo de la elecci!n;

    !@

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    III. ?aber residido en el pa,s durante todo el a*o anterior al d,a de la elecci!n. "a ausenciadel pa,s hasta por treinta d,as) no interrumpe la residencia.

    I&. 0o pertenecer al estado eclesi+stico ni ser ministro de algn culto

    &. 0o estar en ser(icio acti(o) en caso de pertenecer al E/$rcito) seis meses antes del d,a dela elecci!n.

    &I. 0o ser Secretario o subsecretario de Estado) 4iscal >eneral de la Repblica) ni titular delpoder e/ecuti(o de alguna entidad -ederati(a) a menos de 'ue se separe de su puesto seismeses antes del d,a de la elecci!n; y

    &II. 0o estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el art,culo

    .LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.

    TTULO SEGUNDOD l! Elcc"#$ %l Pr&"%$t % lo& E&t!%o& U$"%o& M'"c!$o& ( % lo& I$t)r!$t& % l!

    C*+!r! %S$!%or& ( % l! C*+!r! % D",ut!%o&

    CAPTULO ID lo& S"&t+!& Elctor!l&

    Artculo 12.

    . El e/ercicio del Poder E/ecuti(o se deposita en un solo indi(iduo 'ue se denomina Presidentede los Estados nidos #e%icanos electo cada seis a*os por mayor,a relati(a y (oto directo delos ciudadanos me%icanos.9. El derecho de asociaci!n de los partidos pol,ticos en los procesos electorales a cargos deelecci!n popular -ederal o local estar+ regulado por la "ey >eneral de Partidos Pol,ticos.Independientemente del tipo de elecci!n) con(enio de coalici!n y t$rminos precisados en elmismo) cada uno de los partidos pol,ticos aparecer+ con su propio emblema en la boletaelectoral) segn la elecci!n de 'ue se trate; los (otos se sumar+n para el candidato de lacoalici!n y contar+n para cada uno de los partidos pol,ticos para todos los e-ectos

    establecidos en esta "ey. En ningn caso se podr+ trans-erir o distribuir (otaci!n mediantecon(enio de coalici!n.Artculo 22.. "as elecciones ordinarias deber+n celebrarse el primer domingo de /unio del a*o 'uecorresponda) para elegir:a= Diputados -ederales) cada tres a*os;b= Senadores) cada seis a*os) yc= Presidente de los Estados nidos #e%icanos) cada seis a*os.

    !B

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    9. El d,a en 'ue deban celebrarse las elecciones -ederales ordinarias ser+ considerado comono laborable en todo el territorio nacional.

    2.e)ale cinco facultades del 4residente de la

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    Artculo -. &e deposita el ejercicio del oder :udicial de la ederacin en una&uprema 4orte de :usticia en un Tribunal Electoral en Tribunales 4olegiados y

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    interpretacin de la 4onstitucin y normas generales as" como los requisitos para suinterrupcin y sustitucin.

    La remuneracin que perciban por sus servicios los 9inistros de la &uprema 4orte los9agistrados de 4ircuito los :ueces de istrito y los 4onsejeros de la :udicatura ederalas" como los 9agistrados Electorales no podr5 ser disminuida durante su encargo.

    Los 9inistros de la &uprema 4orte de :usticia durar5n en su encargo quince a+os slopodr5n ser removidos del mismo en los trminos del T"tulo 4uarto de esta 4onstituciny al vencimiento de su periodo tendr5n dereco a un aber por retiro.

    ;inguna persona que aya sido ministro podr5 ser nombrada para un nuevo periodosalvo que ubiera ejercido el cargo con el car5cter de provisional o interino.

    22.Explique que son los medios de control de la constitucionalidad y se)ale

    tres e5emplos.

    (&on instrumentos con los cuales se busca mantener o en su caso de$ender el ordencreado por la constitucin ol"tica de los Estados

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    municipios el ejecutivo ederal= el 4ongreso de la

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    Es a'uella organiaci!n menor en la 'ue se di(iden los Estados 4ederados con una estructurapol,tica y administrati(a regida por un ayuntamiento y con libertad de mane/ar su patrimonio)contemplada y regida por la Constituci!n Pol,tica.Dentro de cada estado e%isten municipios) estos son la base de la di(isi!n territorial)organiaci!n pol,tica y administrati(a del Estado me%icano.

    El municipio 'ueda reglamentado en el art,culo 7 de nuestra constituci!n consider+ndolocomo la c$lula b+sica de la organiaci!n gubernamental."egalmente el municipio se encuentra -undamentado en lo 'ue establecen los art,culos 7)principalmente) -racci!n I&)

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    los partidos integrantes de la coalici!n 'ue lo hubieren postulado) sal(o 'ue hayanrenunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato."as "egislaturas locales) por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes)podr+n suspender ayuntamientos) declarar 'ue $stos han desaparecido y suspender ore(ocar el mandato a alguno de sus miembros) por alguna de las causas gra(es 'ue la ley

    local pre(enga) siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad su-icientepara rendir las pruebas y hacerlos 5sic D34 68698= alegatos 'ue a su /uiciocon(engan.Si alguno de los miembros de/are de desempe*ar su cargo) ser+ sustituido por susuplente) o se proceder+ segn lo disponga la ley.

    2".Explique cmo se organi#an los poderes locales de los Estados y qu

    artculo constitucional lo regula.

    Se organian En e/ecuti(o) "egislati(o y Fudicial.

    Con la e%presi!n poderes locales se hace re-erencia a los !rganos supremos de las entidades-ederati(as; esto es) a a'uellos !rganos de car+cter constitucional 'ue corresponden al ordende alguno de los estados miembros dentro de un sistema -ederal. "a noci!n poderes localessurge en oposici!n a la de poderes -ederales o a la de poderes de la -ederaci!n) dentro deun Estado -ederal. Como apunta Helsen) el Estado -ederal) o comunidad /ur,dica total) seencuentra constituido por la -ederaci!n) 'ue es una comunidad /ur,dica central) y los estadosmiembros) 'ue -orman una (ariedad de comunidades /ur,dicas locales. En este sentido) en elsistema -ederal se pueden distinguir tres !rdenes: el orden total o Estado -ederal) el ordende la -ederaci!n 'ue (ale en todo el territorio y los !rdenes locales 5entidades -ederati(as o

    estados miembros= 'ue (alen en porciones del territorio nacional. Caracter,stico del Estado-ederal es 'ue los estados miembros poseen cierto grado de autonom,a constitucional en lore-erente a sus reg,menes interiores) si bien la misma se encuentra un tanto limitada pordeterminados principios establecidos por la Constituci!n -ederal 5cote/ar) Helsen) p

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    I "os gobernadores de los Estados no podr+n durar en su encargo m+s de seis a*os. "aelecci!n de los gobernadores de los Estados y de las "egislaturas "ocales ser+ directa y enlos t$rminos 'ue dispongan las leyes electorales respecti(as.

    "os gobernadores de los Estados) cuyo origen sea la elecci!n popular) ordinaria oe%traordinaria) en ningn caso y por ningn moti(o podr+n (ol(er a ocupar ese cargo) ni aun

    con el car+cter de interinos) pro(isionales) sustitutos o encargados del despacho. 0uncapodr+n ser electos para el per,odo inmediato:

    a= El gobernador sustituto constitucional) o el designado para concluir el per,odo encaso de -alta absoluta del constitucional) aun cuando tenga distinta denominaci!n;

    b= El gobernador interino) el pro(isional o el ciudadano 'ue) ba/o cual'uierdenominaci!n) supla las -altas temporales del gobernador) siempre 'ue desempe*e el cargolos dos ltimos a*os del periodo.

    S!lo podr+ ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano me%icano pornacimiento y nati(o de $l) o con residencia e-ecti(a no menor de cinco a*os inmediatamente

    anteriores al d,a de los comicios) y tener 6 a*os cumplidos el d,a de la elecci!n) o menos)si as, lo establece la Constituci!n Pol,tica de la Entidad 4ederati(a.

    II. El nmero de representantes en las legislaturas de los Estados ser+ proporcional alde habitantes de cada uno; pero) en todo caso) no podr+ ser menor de siete diputadosen los Estados cuya poblaci!n no llegue a @66 mil habitantes; de nue(e) en a'uellos cuyapoblaci!n e%ceda de este nmero y no llegue a 66 mil habitantes) y de en losEstados cuya poblaci!n sea superior a esta ltima ci-ra."as Constituciones estatales deber+n establecer la elecci!n consecuti(a de losdiputados a las legislaturas de los Estados) hasta por cuatro periodos consecuti(os. "a

    postulaci!n s!lo podr+ ser realiada por el mismo partido o por cual'uiera de lospartidos integrantes de la coalici!n 'ue los hubieren postulado) sal(o 'ue hayanrenunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. "as legislaturas delos Estados se integrar+n con diputados electos) segn los principios de mayor,a relati(ay de representaci!n proporcional) en los t$rminos 'ue se*alen sus leyes. En ningn caso)un partido pol,tico podr+ contar con un nmero de diputados por ambos principios 'uerepresenten un porcenta/e del total de la legislatura 'ue e%ceda en ocho puntos suporcenta/e de (otaci!n emitida. Esta base no se aplicar+ al partido pol,tico 'ue por sustriun-os en distritos uninominales obtenga un porcenta/e de curules del total de la

    legislatura) superior a la suma del porcenta/e de su (otaci!n emitida m+s el ocho porciento. Asimismo) en la integraci!n de la legislatura) el porcenta/e de representaci!n deun partido pol,tico no podr+ ser menor al porcenta/e de (otaci!n 'ue hubiere recibidomenos ocho puntos porcentuales. Corresponde a las legislaturas de los Estados laaprobaci!n anual del presupuesto de egresos correspondiente. Al se*alar lasremuneraciones de ser(idores pblicos deber+n su/etarse a las bases pre(istas en elart,culo 9< de esta Constituci!n.

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    2$.Explique la garanta federal.

    Debemos entender por garant,a -ederal la protecci!n 'ue debe otorgar la -ederaci!n a lasentidades -ederati(as.Es una garant,a de protecci!n 'ue la -ederaci!n debe otorgar a las entidades -ederati(as)para inter(enir en de-ensa de $stas ante toda in(asi!n o (iolencia e%terior y en los casos de

    suble(aci!n o con-licto interior.Artculo 11. "os Poderes de la ni!n tienen el deber de proteger a las entidades -ederati(ascontra toda in(asi!n o (iolencia e%terior. En cada caso de suble(aci!n o trastorno interior) lesprestar+n igual protecci!n) siempre 'ue sean e%citados por la "egislatura de la entidad-ederati(a o por su E/ecuti(o) si a'u$lla no estu(iere reunida.

    2+.Del Distrito *ederal se)ale' su naturale#a 5urdica8 nom%re de sus

    autoridades locales y n@mero de delegaciones que lo componen.

    "a Ciudad de #$%ico se constituye como la sede de los Poderes de la ni!n y capital de los

    Estados nidos #e%icanos. Es una entidad -ederati(a con personalidad /ur,dica y patrimoniopropio) con plena capacidad para ad'uirir y poseer toda clase de bienes 'ue le sean necesariospara la prestaci!n de los ser(icios pblicos a su cargo) y en general) para el desarrollo de suspropias acti(idades y -unciones.Artculo 122. "a Ciudad de #$%ico es una entidad -ederati(a 'ue goa de autonom,a en todolo concerniente a su r$gimen interior y a su organiaci!n pol,tica y administrati(a.A. El gobierno de la Ciudad de #$%ico est+ a cargo de sus poderes locales) en los t$rminosestablecidos en la Constituci!n Pol,tica de la Ciudad de #$%ico) la cual se a/ustar+ a lodispuesto en la presente Constituci!n y a las bases siguientes:

    I. "a Ciudad de #$%ico adoptar+ para su r$gimen interior la -orma de gobierno republicano)representati(o) democr+tico y laico. El poder pblico de la Ciudad de #$%ico se di(idir+ parasu e/ercicio en "egislati(o) E/ecuti(o y Fudicial. 0o podr+n reunirse dos o m+s de estospoderes en una sola persona o corporaci!n ni depositarse el "egislati(o en un solo indi(iduo."a Constituci!n Pol,tica de la Ciudad de #$%ico establecer+ las normas y las garant,as para elgoce y la protecci!n de los derechos humanos en los +mbitos de su competencia) con-orme a lodispuesto por el art,culo o. de esta Constituci!n.II. El e/ercicio del Poder "egislati(o se deposita en la "egislatura de la Ciudad de #$%ico) lacual se integrar+ en los t$rminos 'ue estableca la Constituci!n Pol,tica de la entidad.

    Sus integrantes deber+n cumplir los re'uisitos 'ue la misma estableca y ser+n electosmediante su-ragio uni(ersal) libre) secreto y directo) segn los principios de mayor,a relati(a yde representaci!n proporcional) por un periodo de tres a*os.En ningn caso) un partido pol,tico podr+ contar con un nmero de diputados por ambosprincipios 'ue representen un porcenta/e del total de la "egislatura 'ue e%ceda en ochopuntos su porcenta/e de (otaci!n emitida. Esta base no se aplicar+ al partido pol,tico 'ue porsus triun-os en distritos uninominales obtenga un porcenta/e de curules del total de la"egislatura) superior a la suma del porcenta/e de su (otaci!n emitida m+s el ocho por ciento.

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    Asimismo) en la integraci!n de la "egislatura) el porcenta/e de representaci!n de un partidopol,tico no podr+ ser menor al porcenta/e de (otaci!n 'ue hubiere recibido menos ocho puntosporcentuales.En la Constituci!n Pol,tica de la Ciudad de #$%ico se establecer+ 'ue los diputados a la"egislatura podr+n ser electos hasta por cuatro periodos consecuti(os. "a postulaci!n deber+

    ser realiada por el mismo partido o por cual'uiera de los partidos integrantes de la coalici!n'ue los hubieren postulado) sal(o 'ue hayan renunciado o perdido su militancia antes de lamitad de su mandato."a Constituci!n Pol,tica de la entidad establecer+ las normas para garantiar el acceso detodos los grupos parlamentarios a los !rganos de gobierno del Congreso local y) a los de mayorrepresentaci!n) a la Presidencia de los mismos.Corresponde a la "egislatura aprobar las adiciones o re-ormas a la Constituci!n Pol,tica de laCiudad de #$%ico y e/ercer las -acultades 'ue la misma estableca. Para 'ue las adiciones ore-ormas lleguen a ser parte de la misma se re'uiere sean aprobadas por las dos terceras

    partes de los diputados presentes.Asimismo) corresponde a la "egislatura de la Ciudad de #$%ico re(isar la cuenta pblica dela*o anterior) por conducto de su entidad de -iscaliaci!n) la cual ser+ un !rgano con autonom,at$cnica y de gesti!n en el e/ercicio de sus atribuciones) y para decidir sobre su organiaci!ninterna) -uncionamiento y resoluciones) en los t$rminos 'ue disponga su ley."a -unci!n de -iscaliaci!n se desarrollar+ con-orme a los principios de legalidad)imparcialidad y con-iabilidad."a cuenta pblica del a*o anterior deber+ ser en(iada a la "egislatura a m+s tardar el 6 deabril del a*o siguiente. Este plao solamente podr+ ser ampliado cuando se -ormule una

    solicitud del Fe-e de >obierno de la Ciudad de #$%ico su-icientemente /usti-icada a /uicio dela "egislatura."os in-ormes de auditor,a de la entidad de -iscaliaci!n de la Ciudad de #$%ico tendr+ncar+cter pblico.El titular de la entidad de -iscaliaci!n de la Ciudad de #$%ico ser+ electo por las dosterceras partes de los miembros presentes de la "egislatura por un periodo no menor de sietea*os y deber+ contar con e%periencia de cinco a*os en materia de control) auditor,a -inancieray de responsabilidades.III. El titular del Poder E/ecuti(o se denominar+ Fe-e de >obierno de la Ciudad de #$%ico y

    tendr+ a su cargo la administraci!n pblica de la entidad; ser+ electo por (otaci!n uni(ersal)libre) secreta y directa) y no podr+ durar en su encargo m+s de seis a*os. Juien haya ocupadola titularidad del E/ecuti(o local designado o electo) en ningn caso y por ningn moti(o podr+(ol(er a ocupar ese cargo) ni con el car+cter de interino) pro(isional) sustituto o encargado deldespacho."a Constituci!n Pol,tica de la Ciudad de #$%ico establecer+ las -acultades del Fe-e de>obierno y los re'uisitos 'ue deber+ reunir 'uien aspire a ocupar dicho encargo.

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    I/. El e/ercicio del Poder Fudicial se deposita en el 1ribunal Superior de Fusticia) el Conse/ode la Fudicatura y los /ugados y tribunales 'ue estableca la Constituci!n Pol,tica de laCiudad de #$%ico) la 'ue garantiar+ la independencia de los magistrados y /ueces en ele/ercicio de sus -unciones. "as leyes locales establecer+n las condiciones para el ingreso)-ormaci!n) permanencia y especialiaci!n de 'uienes integren el poder Fudicial.

    &. "a Administraci!n Pblica de la Ciudad de #$%ico ser+ centraliada y paraestatal. "ahacienda pblica de la Ciudad y su administraci!n ser+n unitarias) incluyendo los tabuladoresde remuneraciones y percepciones de los ser(idores pblicos. El r$gimen patrimonial de laAdministraci!n Pblica Centraliada tambi$n tendr+ car+cter unitario."a hacienda pblica de la Ciudad de #$%ico se organiar+ con-orme a criterios de unidadpresupuestaria y -inanciera.&I. "a di(isi!n territorial de la Ciudad de #$%ico para e-ectos de su organiaci!n pol,ticoadministrati(a) as, como el nmero) la denominaci!n y los l,mites de sus demarcacionesterritoriales) ser+n de-inidos con lo dispuesto en la Constituci!n Pol,tica local.

    El gobierno de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de #$%ico estar+ a cargo de lasAlcald,as. Su/eto a las pre(isiones de ingresos de la hacienda pblica de la Ciudad de#$%ico) la "egislatura aprobar+ el presupuesto de las Alcald,as) las cuales lo e/ercer+n demanera aut!noma en los supuestos y t$rminos 'ue estableca la Constituci!n Pol,tica local.

    "a Ciudad de #$%ico se di(ide en K delegaciones. Cada una es encabeada por un /e-edelegacional y e'ui(ale a lo 'ue en el resto de los estados de la repblica se llaman municipiosaun'ue a di-erencia de estos) las delegaciones no poseen cabildos. En su lugar) la "ey deParticipaci!n Ciudadana del Distrito 4ederal contempla la con-ormaci!n de Comit$s &ecinales

    por unidad territorial. En teor,a los comit$s deber,an ser elegidos cada tres a*os) sin embargos!lo se han elegido una (e) en .

    El Distrito 4ederal -ue creado en 9@ con el territorio correspondiente a un c,rculo cuyocentro era el L!calo y ten,a un radio de (einte leguas. En -ueron -i/ados los l,mites entrelos estados (ecinos y el Distrito 4ederal. A partir de entonces) el per,metro capitalino no hasu-rido grandes modi-icaciones) sal(o pe'ue*os cambios en el lindero oriental) realiados nosin el disgusto de los habitantes de la ona.

    Fe-e Delegacional MeditarN"os /e-es delegacionales son elegidos por su-ragio uni(ersal a partirdel a*o 9666. Anteriormente eran designados por el Fe-e del Departamento del Distrito4ederal) -igura 'ue -ue sustitu,da en < por la de Fe-e de >obierno del Distrito 4ederal. Elactual Fe-e de >obierno elegido en 969 es #iguel Ongel #ancera Espinosa.

    Delegaciones del Distrito 4ederal

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    Delegaci!n Poblaci!n 59667= Super-icie 5mQ=Distrito 4ederal .@

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    Da*o o per/uicio 3bligaci!n Reparaci!n"os ser(idores pblicos son su/etos de responsabilidad por los actos u omisiones 'ue realicenderi(ados de sus -unciones. En #$%ico en materia de responsabilidades de los ser(idores

    pblicos encontramos dentro del 1,tulo I& de la Constituci!n Pol,tica de losEstados nidos #e%icanos cuatro tipos de responsabilidades: Responsabilidad pol,tica Responsabilidad penal Responsabilidad ci(il Responsabilidad administrati(a.R&,o$&!"l"%!% ,olt"c!.De acuerdo con la Enciclopedia Fur,dica #e%icana) la responsabilidad pol,tica:Es la 'ue se hace (aler a tra($s del /uicio pol,tico de responsabilidad) en contra de los

    Mser(idores pblicosN mencionados en el art,culo 6 de la Constituci!n.R&,o$&!"l"%!% ,$!l.Deber /ur,dico de su-rir la pena) 'ue recae sobre 'uien ha cometido un delito) esto es) unaacci!n u omisi!n t,pica) anti/ur,dica y culpable."a responsabilidad penal aplicada a la materia de los ser(idores pblicos es:A'uella en la 'ue una (e 'ue el Congreso de la ni!n ha (alorado la e%istencia y la gra(edadde los actos u omisiones del ser(idor pblico y $stos tienen el car+cter delictuoso se -ormulala declaraci!n de procedencia en t$rminos de lo 'ue establece la "4RSP y la legislaci!n penalrespecti(a.

    R&,o$&!"l"%!% !%+"$"&tr!t"!.Es a'uella en la 'ue incurre un ser(idor pblico por realiar actos u omisiones 'ue a-ecten lahonrade) legalidad) lealtad) imparcialidad y e-iciencia 'ue deban obser(ar en el desempe*o desus empleos) cargos o comisiones.R&,o$&!"l"%!% c""l.Para algunos /uristas la responsabilidad ci(il se considera como:"a obligaci!n 'ue tiene una persona de indemniar los da*os y per/uicios 'ue le han causado.

    Sanciones:

    "as sanciones 'ue se han impuesto a los ser(idores pblicos 'ue incurren en responsabilidadhan sido: Destituci!n del cargo Inhabilitaci!n para desempe*ar otro cargo) puesto o comisi!n) condicion+ndolo a determinadotiempo. "as penas y sanciones determinadas en las leyes de acuerdo a la responsabilidad 'ue se lecompruebe.

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    2.Explique los derec-os y o%ligaciones polticas de los ministros de culto

    religioso de acuerdo con el artculo 13 constitucional.

    "os ciudadanos me%icanos 'ue e/eran el ministerio de cual'uier culto tienen derecho de (oto)pero no podr+n ser (otados para puestos de elecci!n popular) ni podr+n desempe*ar cargospblicos superiores.

    0o podr+n asociarse con -ines pol,ticos ni realiar proselitismo a -a(or o en contra decandidato) partido o asociaci!n pol,tica alguna art,culo @.Son incapaces de heredar por testamento de las personas 'ue hayan dirigido o au%iliadoespiritualmente y no tengan parentesco dentro del cuarto grado. Esta incapacidad abarca alos ascendientes) descendientes hermanos y c!nyuges de los ministros y a las asociaciones alas 'ue pertenecan art,culo 7.0o podr+n poseer o administrar) por si o por interp!sita persona estaciones de radio)tele(isi!n o cual'uier medio de comunicaci!n masi(a.

    Art+culo 3-2. El principio hist!rico de la separaci!n del Estado y las iglesias orienta las normascontenidas en el presente art,culo. "as iglesias y dem+s agrupaciones religiosas se su/etar+n ala ley. Corresponde e%clusi(amente al Congreso de la ni!n legislar en materia de culto pblicoy de iglesias y agrupaciones religiosas. "a ley reglamentaria respecti(a) 'ue ser+ de ordenpblico) desarrollar+ y concretar+ las disposiciones siguientes:a= "as iglesias y las agrupaciones religiosas tendr+n personalidad /ur,dica como asociacionesreligiosas una (e 'ue obtengan su correspondiente registro. "a ley regular+ dichasasociaciones y determinar+ las condiciones y re'uisitos para el registro constituti(o de lasmismas.

    b= "as autoridades no inter(endr+n en la (ida interna de las asociaciones religiosas;c= "os me%icanos podr+n e/ercer el ministerio de cual'uier culto. "os me%icanos as, como lose%tran/eros deber+n) para ello) satis-acer los re'uisitos 'ue se*ale la ley;d= En los t$rminos de la ley reglamentaria) los ministros de cultos no podr+n desempe*arcargos pblicos. Como ciudadanos tendr+n derecho a (otar) pero no a ser (otados. Juieneshubieren de/ado de ser ministros de cultos con la anticipaci!n y en la -orma 'ue estableca laley) podr+n ser (otados.e= "os ministros no podr+n asociarse con -ines pol,ticos ni realiar proselitismo a -a(or o encontra de candidato) partido o asociaci!n pol,tica alguna. 1ampoco podr+n en reuni!n pblica)

    en actos del culto o de propaganda religiosa) ni en publicaciones de car+cter religioso)oponerse a las leyes del pa,s o a sus instituciones) ni agra(iar) de cual'uier -orma) los s,mbolospatrios.Jueda estrictamente prohibida la -ormaci!n de toda clase de agrupaciones pol,ticas cuyot,tulo tenga alguna palabra o indicaci!n cual'uiera 'ue la relacione con alguna con-esi!nreligiosa. 0o podr+n celebrarse en los templos reuniones de car+cter pol,tico."a simple promesa de decir (erdad y de cumplir las obligaciones 'ue se contraen) su/eta al 'uela hace) en caso de 'ue -altare a ella) a las penas 'ue con tal moti(o establece la ley.

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    "os ministros de cultos) sus ascendientes) descendientes) hermanos y c!nyuges) as, como lasasociaciones religiosas a 'ue a'uellos pertenecan) ser+n incapaces para heredar portestamento) de las personas a 'uienes los propios ministros hayan dirigido o au%iliadoespiritualmente y no tengan parentesco dentro del cuarto grado."os actos del estado ci(il de las personas son de la e%clusi(a competencia de las autoridades

    administrati(as en los t$rminos 'ue establecan las leyes) y tendr+n la -uera y (alide 'ue lasmismas les atribuyan."as autoridades -ederales) de las entidades -ederati(as) de los #unicipios y de lasdemarcaciones territoriales de la Ciudad de #$%ico) tendr+n en esta materia las -acultades yresponsabilidades 'ue determine la ley.

    20.Explique la 7igencia de la Constitucin de acuerdo con el artculo 13+

    constitucional.

    Artculo 13.Esta Constituci!n no perder+ su -uera y (igor) aun cuando por alguna rebeli!nse interrumpa su obser(ancia. En caso de 'ue por cual'uier trastorno pblico) se estableca ungobierno contrario a los principios 'ue ella sanciona) tan luego como el pueblo recobre sulibertad) se restablecer+ su obser(ancia) y con arreglo a ella y a las leyes 'ue en su (irtud sehubieren e%pedido) ser+n /ugados) as, los 'ue hubieren -igurado en el gobierno emanado de larebeli!n) como los 'ue hubieren cooperado a $sta.

    7i#lio!ra8+a.

    Constituci+n >oltica de los 6stados Unidos Me4icanos.

    7AMAS E00UCE, #os, Derecho Constitucional Mexicano,6ditorial >orr5a, M4ico 2!.

    F'G$AMUD'E, Hctor, 8alencia Carmona, Salvador, Derecho Constitucional Mexicano y

    Comparado, 2I edici+n, 6ditorial >orr5a, M4ico 2!.

    =U07EA E0'HU6A, 'gnacio, Derecho Constitucional Mexicano, !?I edici+n, 6ditorial

    >orr5a, M4ico 22.

    CA0>'$E, #orge, El Presidencialismo Mexicano, !BI edici+n, Siglo GG' editores, M4ico

    2".