criminalistica basada al lugar de los hechos de las conductas punibles

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    CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS

    CONDUCTAS PUNIBLES

    ESTUDIANTES:

    LEIDI JOHANA ROMERO URREA

    DIANA CAROLINA ALONSO CORTES

    MYRIAM GUEVARA

    UNIVERSIDAD AUTNOMA DE COLOMBIA

    FACULTAD DE DERECHO

    2010

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

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    CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS

    CONDUCTAS PUNIBLES

    ESTUDIANTES:

    LEIDI JOHANA ROMERO URREA

    DIANA CAROLINA ALONSO CORTES

    MYRIAM GUEVARA

    ASESOR DR : ORLANDO EZEQUIEL PAYARES GONZALES

    UNIVERSIDAD AUTNOMA DE COLOMBIA

    FACULTAD DE DERECHO

    2010

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    3

    PRESENTACION

    1) INDICE

    2) INTRODUCCION

    3) HIPOTESIS

    4) OBJETIVOS GENERALES,

    a. OBJETIVOS ESPECIFICOS

    5) ESTADO DE ARTE

    a. MARCO DE REFERENCIA

    b. MARCO INSTITUCIONAL

    c. MARCO LEGAL

    d. MARCO TEORICO

    6) ENFOQUE SOCIO/JURDICO

    7) ANLISIS DE RESULTADO

    8) CONCLUSIN

    9) BIBLIOGRAFIA

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

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    INDICE

    CAPITULO PRIMERO

    1. LUGAR DE LOS HECHOS

    1.1 MANEJO DE LA ESCENA DEL CRIMEN LLEGADA A LA ESCENA DEL DELITO

    1.2 CLASES DE LUGAR DE HECHOS

    1.3. TIPOS DE ESCENA

    1.4. ORGANISMOS QUE CUMPLE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL

    1.4.1. ORGANOS QUE EJERCEN TRANSITORIAMENTE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL:

    1.4.2. LOS SERVIDOREES QUE INTERVIENE EN EL PROCEDIMIENTO PENAL

    1.5. INSPECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.5.1. INFORME EJECUTIVO REALIZADO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS FPJ-3

    1.5.2. EXTENCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.6. ETAPAS DE ANALISIS DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.6.1. INFORMACION DE VERIFICACION DEL HECHO

    1.6.2. PROTECCION PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.6.3. OBSERVACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.6.4. SEALIZACION Y NUMERACION DE LOS EMP Y EF

    1.7. PROTECCION, PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.8. ACORDONAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.8.1. REGLAS GENERALES PARA TENER EN CUENTA PARA REALIZAR EL ACORDONAMIENTO

    DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.8.2. ACORDONAMIENTO DE LUGARES ABIERTOS

    1.8.2.1. VIA PBLICA

    1.8.2.2. AREAS ABIERTAS

    1.8.2.3. AREAS CERRADAS

    1.8.2.4. AREAS MIXTAS

    1.8.3. MATERIALES NECESARIOS PARA REALIZAR UNA EXELENTE LABOR DE ACORDONAMIENTO

    1.9. PELIGROS EN EL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.9.1. INHALACION

    1.9.2. CONTACTO FISICO

    1.9.3. INGESTION

    1.9.4. INYECCION

    1.10. MATERIALES O ELEMENTOS NESCESARIOS Y UTLIZADOS EN EL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.10.1. RECOMENDACIONES GENERALES PARA EVITAR LA CONTAMINACION EN LA ESCENA DE

    LA CONDUCTA PUNIBLE

    1.11. PRIMER RESPONDIENTE

    1.11.1. PROCEDIMIENTO DEL PRIMER CORRESPONDIENTE

    1.11.2. CARACTERISTICAS DEL PRIMER CORRESPONDIENTE

    1.11.3. PARTICIPACION DEL PRIMER CORRESPONDIENTE O PRIMERA AUTORIDAD EN EL LUGAR

    DE LOS HECHOS

    1.11.4. CARACTERISTICAS DEL INFORME DEL PRIMER CORRESPONDIENTE

    1.11.4.1. COMPLETO

    1.11.4.2. CLARO

    1.11.4.3. CRONOLOGICO

    1.11.4.4. APEGADO A LOS HECHOS

    1.11.4.5. CONCISO

    1.11.5. FORMATO DE FORMACION DE ACTUACION DE PRIMER CORRESPONDIENTE

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

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    1.12. ERRORES MAS COMUNES QUE SE COMETEN EN LA ESCENA DEL CRIMEN

    1.13. PROCEDIMIENTO DE LA POLICIA NACIONAL EN LA ESCENA DEL CRIMEN

    1.13.1. PRECAUCIONES QUE UTILIZA LA POLICIA NACIONAL JUDICIAL EN LA ESCENA DEL

    SUCESO

    1.14. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

    1.15. METODOS DE BUSQUEDA

    1.15.1. SEALIZACION DE LOS EMP Y EF

    1.15.2. METODO DE CUADRANTE O SECTOR

    1.15.3. METODO DE ESPIRAL O CIRCULOS CONCENTRICO

    1.15.4. METODO POR FRANJAS O LINEAS

    1.15.5. METODO DE CUADRILLA O REJILLA

    1.15.6. METODO DE ZIGZAG

    1.16. ELEMENTO MATERIA DE PRUEBA Y EVIDENCIA FISICA

    1.16.1. CLASIFICACION DE LO EPM Y EF

    1.16.2. FORMATO DE SOLICITUD DE ANALISIS DE LOS EMP Y EF FPJ-12

    1.17. EMBALAJE

    1.19. CADENA DE CUSTODIA

    1.19.1. QUIENES INTERVIENEN EN LA CADENA DE CUSTODIA

    1.20. ACTA DE INSPOECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS CONTENIDO DE DILIGENCIAMIENTO DE

    CADENA DE CUSTODIA

    2. CAPITULO SEGUNDO BALISTICA DEFINICION

    2.1. ELEMENTOS QUE SE ANALIZAN

    2.2. CALSIFICACION DE LA BALISTICA FORENSE

    2.2.1. BALISTICA INTERIOR

    2.2.2. BALISTICA EXTERIOR

    2.2.3. BALISTICA DE EFECTOS

    2.3. EL ESTUDIO DEL PERITO EN BALISTICA FORENSE SE DIVIDE EN: 2.3.1. BALISTICA COMPARATIVA

    2.3.2. BALISTICA RECONSTRUCTIVA DE LOS HECHOS

    2.3.3. BALISTICA DE IDENTIFICACION

    2.3.4. BALSTICA CUERPO HUMANO

    2.3.5. BALSTICA EN VEHCULOS

    2.4. ARMA DE FUEGO DEFINICION

    2.4.1. CLASIFICACION DE LAS ARMAS DE FUEGO

    2.4.2. PARTES DEL CARTUCHO

    2.5. SISTEMA INTEGRADO DE IDENTIFICACION DE BALISTICA

    2.5.1. QUE ALMACENA

    2.5.2. ANALISIS REALIZADOS EN LAS SECCIONALES

    2.5.3. ACTIVIDADES DEL PERIO BALISTICO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS

    2.6. ELABORACION DEL INFORME DEL SERVIDOR DE POLICIA JUDICIAL

    3. CAPITULO TERCERO RETRATO HABLADO

    3.1. ELABORACION DE RETRATOS HABLADOS UTILIZANDO MEDIOS TECNOLOGICOS

    3.1.1. EL RETRATO HABLADO ORAL

    3.2. PRINCIPIOS DE IDENTIFICACI0N (PERSONA)

    3.2.1 MODALIDADES QUE USA EL EXPERTO PARA UNA MEJOR ELABORACION DEL RETRATO

    HABLADO

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    6

    3.2.2. VOCABULARIO DESCRIPTIVO

    3.3. ELABORACION DE RETRATOS COMPUESTOS TOMANDO CON BASE IMGENES DE VIDEOS Y/O

    FOTOGARFIAS

    4. CAPITULO CUARTO DACTILOSCOPIA CONCEPTO

    4.1. CONCEPTOS BASICOS DE LA DACTILOSCOPIA

    4.2. CARACTERSTICAS BSICAS DE LAS HUELLAS

    4.3. FIJACION O RESTRICCION DE LAS HUELLAS

    4.4. CLASES DE HUELLAS DIGITALES

    4.4.1. HUELLAS NATURALES

    4.4.2. HUELLAS ARTIFICIALES

    4.4.3. HUELLAS MODEADAS

    4.4.4. HUELLAS LATENTES

    4.5. MODOS DE REVELADO

    4.6. PERITO DACTILOCOPISTA PARA EL LEVANTAMIENTO DE HUELLAS DIGITALES EN EL LUGAR DE LOS

    HECHOS

    4.7. FOTOGRAFIADO DE HUELLAS

    5. CAPITULO QUINTO INPECCION TECNICA DEL CADAVER 5.1 .CONCEPTO

    5.2. PROCEDIMIENTO DEL TECNICO EN LA INSPECCION DEL CADAVER

    5.3. AUTOPSIA MEDICO LEGAL

    5.4. IDENTIFICACION DE CADAVERES USANDO EL ESTUDIO DE LA DACTILOSCOPIA

    5.4.1. CADVERES CONDICIONES NORMALES

    5.4.2. CADVERES EN CONDICIONES DE RIGIDEZ

    5.4.3. CADVERES EN DE CONDICIONES DE PUTREFACCIN

    5.4.4. CADVERES EN CONDICIONES DE SAPONIFICACIN

    5.4.5. CADVERES INCINERADOS

    5.6. POSICION DEL CADAVER

    5.6. FORMATO INSPECCION TECNICA DE CADAVER

    6. CAPITULO SEXTO FOTOGRAFIA JUDICIAL

    6.1 CONCEPTO FOTOGRAFIA JUDICIAL

    6.2. ACTIVIDAD DEL TECNICO EN FOTOGRAFIA JUDICIAL Y PERITO

    6.3. CREACIN DE LA FICHA DE FOTOGRAFIA POR EL INVESTIGADOR DE CAMPO

    6.4. CLASES DE FOTOGRAFIAS

    6.4.1. TOMAS GENERALES QUE REALIZA ELTECNICO DE POLICIA JUDICIAL

    6.5. MATERIALES Y EQUIPOS UTILIZADOS POR EL TECNICO EN POLICIA JUDICIAL

    6.6. IMPORTANCIA DE LA ACTIVIDAD TECNICO Y/O PERITO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS FOTOGRAFIA

    JUDICIAL

    6.7. FORMATO DE FICHA TECNICA FOTOGRAFICA FPJ-23

    6.8. ACTA DE RECONOCIMIENTO FOTOGRAFICO Y VIDEOGRAFICO

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

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    INTRODUCCIN

    La presente monografa es fruto de una investigacin que constituye un esfuerzo, para

    personas relacionadas con la defensa jurdica, como estudiantes de derecho,

    abogados, que por su intervencin y responsabilidad social deben manejar

    ampliamente ciertos principios y procedimientos como lo son, el manejo de la

    evidencia fsica y elementos materiales probatorios de la escena del crimen, estas por

    ser y estar ms compenetradas con este tema, se deben hacer conocedoras de

    mtodos y tcnicas, que conducen a la verdad de los hechos que se investigan,

    subsanndose los errores ms comunes, o frecuentes que se cometen en la escena

    del delito.

    Hay que considerar que cuando una evidencia fsica o elemento material probatorio es

    borrado, desaparecido, contaminado, ya sea por la no debida precaucin, se est

    perdiendo un gran elemento para la investigacin en particular, pero tambin se est

    violando el derecho al debido proceso constitucional y legal tanto de la persona

    supuestamente responsable como de la vctima, y porque no decirlo de toda una

    sociedad. Es importante entonces que las autoridades correspondientes entiendan

    que recoger evidencia es de vital importancia, es un proceso que implica cuidados,

    responsabilidad y esmero al realizarlo, es un hecho que forma parte de un conjunto de

    principio procesales, penales y de derechos humanos, cuyo parte central es el

    individuo, determinando a este como vctima o victimario que forma parte de una

    sociedad.

    Esta monografa presenta, el manejo de la escena del delito, los rganos que cumplen

    funciones de polica judicial , su base jurdica, y algunas disciplinas de la criminalstica

    que colaboran con el estudio y anlisis del lugar de los hechos en donde existi un

    delito en particular, y la intervencin de un sujeto(s) responsable.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    8

    HIPOTESIS.

    Con el trascurrir del tiempo nuestra sociedad ha tenido cambios, los cuales debemos

    asumir; el fenmeno delictivo es una constante que ha evolucionado por tal razn

    exige un mayor compromiso por parte del estado y sus funcionarios encargados de

    investigar las comisiones de hechos punibles, las tcnicas, medios cientficos y

    procedimientos, la creacin de vas que ayuden y brinden garantas a todos los

    individuos

    Es importante recordar que para llegar a ser resuelto un caso en donde se vulnere un

    Derecho Constitucional, se es necesaria una aplicacin correcta por parte del equipo

    multidisciplinario el cual debe saber que procedimiento debe realizar al llegar al lugar

    de los hechos, y qu hacer con los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia

    Fsica, estos funcionarios tienen que brindar resultados agiles, rpidos, verdicos, y

    casi exactos para encontrar la verdad, pero a veces ante los ineficaces resultados

    obtenidos se hace lenta y en algunos casos imposible la comprobacin de

    responsabilidad, participacin, y instrumentos utilizados en un hecho punible.

    Entre las variables existentes se hace notorio algunas falencias de la labor

    desempeada por algunos funcionarios de los rganos de investigacin, ser que su

    funcin de investigar se hace lenta por los errores cometidos en la escena del delito?.

    Los funcionarios encargados de las investigaciones reciben unas bases de

    conocimiento en las diferentes reas de cmo tratar el lugar de los hechos existir la

    necesidad de brindar una especializacin ms compleja y con mayor duracin a las

    personas encargadas de dichas investigaciones de conductas punibles? O tal vez la

    necesidad de recursos tecnolgicos al servicio de la investigacin se tiene que

    complementar? O se necesita ms personal para dichas investigaciones?

    Lo cierto es que los especialistas deben emitir un fundamento tcnico o cientfico en

    donde se pueda ilustrar al juez lo acaecido en el lugar donde sucedieron los hechos,

    materia de investigacin, explicando el modo, tiempo, lugar, para que pueda el juez

    emitir un juicio justo haciendo una valoracin total o parcial de dicha prueba, la

    actividad del investigador en algunas ocasiones tiene desaciertos y esto conlleva a que

    algunas conductas delictivas queden en la impunidad, obligando a asumir a la victima

    los errores de una mala investigacin.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    9

    OBJETIVO GENERAL

    1. Dar a conocer la importancia que tienen todos los miembros asignados a estas reas de investigacin, bsqueda, descubrimiento, y estudio cientfico ya que

    sin el ejercicio de su funcin sera imposible obtener respuestas o soluciones

    verdaderas y resaltar la idoneidad que deben tener estos para tratar el manejo

    de la escena del crimen.

    OBJETIVOS ESPECIFICOS

    1. Concientizar a todos los estudiantes y abogados que es fundamental estar actualizado en conocimientos aplicables en tcnicas de investigacin de

    diversas disciplinas que tienen por objeto el descubrimiento y verificacin del

    delito.

    2. Resaltar la importancia del manejo de los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fsica asociados al hecho, ya que estos darn la base para la

    reconstruccin del hecho investigado.

    3. Estudiar las diferentes ciencias que forman parte de la criminologa y la criminalstica, coadyudando a la investigacin tcnica y cientfica de la

    ejecucin de un hecho delictuoso

    4. Analizar la importancia y el impacto que tienen en la sociedad brindar resultados rpidos, por parte de los organismos asignados por el Estado para la

    investigacin de conductas delictivas, mostrando las reglas bsicas, para el

    desarrollo de la escena del crimen.

    5. Dar a conocer la importancia de charlas, seminarios, diplomados y otros cursos en los cuales su principal finalidad sea el correcto manejo y el papel que tiene

    la Evidencia Fsica y los Elementos Materiales Probatorios.

    6. Dar a conocer al lector parte de los diferentes conceptos y medios que se utilizan en cuanto a la actuacin de los organismos asignados por el estado

    para las investigaciones y el desarrollo de cada ciencia, como lo son, balstica,

    fotografa judicial e inspeccin tcnica del cadver.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    10

    ESTADO DEL ARTE

    Monografa: EL PERITAJE Y LAS PRUEBAS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO.

    Integrantes: RINCON GINA VANESA.

    FLOREZ SUERAZ ADRIANA.

    CELI NARIO HECTOR GIOULNNI

    BOGOTA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA 2007 - T 340.1265/F 567P

    En relacin con nuestra monografa podemos destacar la valoracin que se le ha dado por

    otras MONOGRAFIAS las cuales al igual que nosotras manejan un alto grado los temas los

    cuales hemos querido resaltar al argumentar que El grado de valoracin de los dictmenes de

    medicina legal hoy llamado peritajes se destaca que las investigaciones que requiere

    conocimientos cientficos, artsticos, culturales hoy son respaldadas y motivadas por

    instituciones estatales o particulares que cuentan con cuerpos tcnicos especializados y

    tecnificados para rendir eficientemente los peritajes.

    Por otra parte Tambin se hace gran referencia En la incorporacin de las pruebas es en

    realidad donde se presentan mas falencias, tal es el caso de la historia clnica la cual es de

    vital importancia para el proceso y en su gran mayora en ocasiones no es facilitada en

    algunas entidades medicas circunstancia que constituye una clara obstruccin a la prueba.

    Resaltando el hecho en cuanto a la inspeccin judicial la marcada ausencia de funcionarios

    para su realizacin y la tardanza en su trmite de igual manera afecta en el proceso, pues el

    mecanismo no es extemporneo frente a la necesidad y las pretensiones de las partes las

    cuales se ven maniatadas para accionar en adecuada forma la carga probatoria.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    11

    Monografa: LA BALISTICA AUXILIAR DE LA JUSTICIA.

    Integrantes: KAROL IVON VILLAMIL,

    ADRIANA DEL ROSIO NIO.

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS, DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES

    UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA 2007 T 340.1351V455b.

    En esta MONOGRAFIA se realiza El abordaje de este apasionante tema de las armas de

    fuego- cuyas consecuencias es el centro de atencin estudiado por la balstica, ha sido

    concebido con el fin de investigar, recopilar, estandarizar y poner en conocimiento de la

    inquietudes en el tema dicha informacin.

    El fin de esta Monografa al igual que la de nosotras es hacer una presentacin que sirva de

    herramienta ya que el numero de homicidios, lesiones y en fin la participacin de las armas de

    fuego en la ocurrencia de delitos es elevado para lograr acercarnos, aunque sea un poco ha

    esclarecer los hechos punibles castigadles o no donde esta de por medio un arma que hace de

    instrumento para lograr el objetivo de quien las usa, en forma de ataque para acallar su

    contradictor para un fin econmico o simplemente creerse el macho dentro de una sociedad

    donde los valores ticos y humanos estn cada da mas devaluados o en forma de defensa de

    sus intereses y en defensa de su integridad personal y familiar.

    Es por ello que aspiramos a guiar a los investigadores en esa labor que debe ser meticulosa

    cuidando los rastros dejados y sometindose a una rigurosa cadena de custodia para intentar

    ayudar a esta justicia colombiana tan desprestigiada no solo a nivel interno si no aun mas

    preocupante a nivel internacional.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    12

    MARCO DE REFERENCIA

    MARCO INSTITUCIONAL

    En la poca de la Gran Colombia, hacia el ao 1827, cuando se autoriz al poder ejecutivo para

    nombrar un jefe de Polica, se encomend la instruccin criminal a las comisaras de Polica. Ms

    tarde, la ley 8 de 1841, inclua una seccin de la Polica Judicial, a la que se encomendaba ocuparse

    de las pesquisas para investigar los delitos

    Con el decreto 1000 de 1891 nace la Polica Nacional y en desarrollo de su artculo 1 el Ministerio

    de Gobierno expide el Reglamento General de la Polica, que en el captulo XI, artculo 145,

    establece la Divisin de Seguridad comprendiendo la vigilancia y las pesquisas. Vendran otras

    normas que contribuyeron al avance de esta importante funcin; as el decreto 1547 de 1892 cre

    la Inspeccin de Permanencia y dio a la Polica funciones judiciales; el 464 de 1905 entreg la

    misin de instruir sumarios, para lo cual cre la Comisara de Polica Judicial, que organizada por el

    decreto-ley 711 de 1906 con la Seccin de Justicia, se encarg de la investigacin de crmenes y

    delitos.

    En 1914 con el decreto 31 se cre la Escuela de Detectives y en 1915, la ley 41, determin que la

    Polica Nacional estara dividida en tres grupos, uno de los cuales fue el de Polica Judicial, que tuvo

    por objeto la averiguacin de los delitos que se cometieran en su jurisdiccin. Con el decreto 2616

    de 1934 entra en funcionamiento el Gabinete Central de Identificacin que fuera reorganizado en

    1935, poca en la que se promulg la ley 15, que preceptuaba entre las funciones de la Polica la

    de: Prestar el auxilio que reclamen la ejecucin de las leyes y las disposiciones del poder judicial.

    En 1940, mediante el decreto-ley 505, se crean cuatro departamentos en la Polica, uno de los

    cuales fue el de Investigacin e Identificacin, que cambiara su nombre ms tarde por el

    Departamento de Investigacin Criminal, reestructurado bajo la denominacin de Servicio Nacional

    de Seguridad y reorganizado nuevamente en 1953, bajo el rgimen del General Gustavo Rojas

    Pinilla, en el Servicio de Inteligencia Colombiano.

    Por otro lado en 1953 se dict el decreto 1814 que traslada la subordinacin de la Polica del Ministerio

    de Gobierno, donde funcionaba desde sus orgenes, al Ministerio de Guerra (hoy de Defensa). All se

    denomin Fuerza de Polica y su grupo de inteligencia fue el F-2, que hacia 1963 cambi el titulo por el

    de Departamento F-2 del Estado Mayor.

    El Laboratorio de Criminalstica fue creado en 1969 por Res. 3450, dependiendo de la Divisin de

    Informacin, Polica Judicial y Estadstica Criminal (DIPEC). El 15 de enero de 1977, se cre el Centro de

    Investigaciones Criminolgicas y en 1983 la DIPEC, mediante Dec. 2137, fue elevado a la categora de

    Direccin, con lo cual cambi su denominacin a la de Direccin de Polica Judicial e Investigacin

    (DIJIN).

    En el ao 2.000, el 11 de Agosto mediante Decreto 1512 se modifica la estructura del MINISTERIO DE

    DEFENSA NACIONAL y en el artculo 6 se especifica dentro del organigrama de la POLICA NACIONAL, la

    DIRECCIN CENTRAL DE POLICA JUDICIAL - DIJIN, postulando en el artculo 38 las funciones a cumplir

    por el organismo.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    13

    MARCO LEGAL

    1. CODIGO PENAL

    2. CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL LEY 906 DE 2004

    3. MANUAL UNICO DE POLICIA JUDICIAL

    4. MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION

    5. DECRETO 2535 DEL 93 Y 347 DE 2002

    6. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL MANEJO DE ELEMENTOS FISICOS DE PRUEBA

    ENE EL LUGAR DE LOS HECHOS , DIRECCION NACIONAL DE INSTRUCCIN CRIMINAL

    1991 BOGOTA 161P

    7. LEY 38 DE 1998

    8. DECRETO 1216 de 1935

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    14

    MARCO TERICO

    CAPITULO PRIMERO

    1. LUGAR DE LOS HECHOS

    Definicin lugar de los hechos: "El sitio donde se ha cometido un hecho que puede ser

    delito". Es todo espacio en donde se hallan elementos materiales probatorios y

    evidencia fsica y que estos tengan relacin con el hecho en averiguacin, ya sea este

    mueble, inmueble, abierto, cerrado, nave o aeronave o mixto.

    Lugar de los hechos es la porcin territorial en la cual se desarrolla el hecho

    presuntamente delictivo. Lugar de hallazgo es la porcin territorial en la cual se

    localizan indicios relacionados con el hecho presuntamente delictuoso. Es aqu donde

    se centra el trabajo de los investigadores criminalistas.1

    Cabe mencionar que existe tambin el lugar del hallazgo, el cual corresponde a un

    espacio en donde encontramos los indicios que puedan estar relacionados con algn

    hecho por ejemplo el hallazgo de un cadver, pero este sitio no va a corresponder al

    lugar donde sucedi el presunto hecho delictuoso.

    Lugar del hecho debe ser considerado y tratado como una escena del crimen

    potencial, debiendo el responsable de su procesamiento guardar los resguardos

    necesarios para garantizar la intangibilidad de los elementos, rastros o indicios que

    puedan existir y para evitar cualquier prdida, alteracin o contaminacin.

    El principio tcnico, no tocar, no pisar ni alterar sin antes documentar a travs de la

    toma fotogrfica, filmaciones, croquis y acta es una regla fundamental en el desarrollo

    de la investigacin. Tanto el perito, fotgrafo y toda persona que tuviere a cargo la

    investigacin del hecho, debern trabajar con las manos enguantadas, a fin de no

    alterar posibles evidencias o huellas como asimismo, no impresionar las propias en los

    distintos elementos de la escena. En el lugar deben ingresar solamente los tcnicos,

    profesionales en la materia y/o idneos en caso de que se contare con profesionales.

    1.1. MANEJO DE LA ESCENA DEL CRIMEN LLEGADA A LA ESCENA DEL DELITO

    Una buena investigacin especialmente en casos de delitos contra la vida, el cuerpo y

    1 HERNANDEZ DE LA TORRE, la ciencia de la criminalstica, 2006.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    15

    la salud en bsqueda de la verdad tiene su punto de partida en la forma como se

    aborda la escena del crimen as como en la recoleccin y conservacin de las

    evidencias cuyos resultados posteriores permitir esclarecer los hechos criminales

    materia de investigacin.

    La Recoleccin de las evidencias es del miembro policial encargado de las

    investigaciones preliminares, del perito y del fotgrafo, debiendo tomarse todas las

    precauciones para que no se daen los objetos que se encuentren en el interior de la

    escena del crimen y que pueden ser de valiosa utilidad en la bsqueda de averiguar la

    verdad de los hechos.

    La importancia de realizar una buena recoleccin y conservacin de las evidencias

    criminales radica en que ello permitir llegar a descubrir lo que realmente ocurri e

    identificar a los presuntos responsables. Los especialistas recomiendan que la

    recoleccin y conservacin de las evidencias deba comenzar a una distancia

    prudencial del lugar mismo en que se cometi el hecho a investigar, sin precipitacin,

    principalmente, en los casos de homicidio.2

    Existe una premisa muy popular entre los investigadores: La primera persona que llega

    a la escena del crimen, debe gastar un poco de tiempo en hacer un examen

    panormico tratando de grabar la mayor cantidad de detalles del rea entera.

    RECOMENDACIN: DETENGASE, MIRE, ESCUCHE Y COMIENCE EL REGISTRO3 La

    escena del crimen es, como su nombre indica, el lugar que el asesino ha elegido para

    matar a su vctima. Las escenas pueden ser varias si el asesino ha usado varios

    lugares desde que atrapa su vctima hasta que la deja. Puede atraparla en un sitio,

    torturarla en un segundo, matarla en un tercero y trasladarla a un cuarto para

    abandonarla all. Existen varias tipologas de escenas del crimen en funcin del criterio

    que usemos para clasificarlas:

    Interior del suceso: Las que se producen en el interior de una estructura como casas,

    apartamentos, edificios, naves etc.

    Interior de vehculos: Las que se producen en el interior de vehculos de transportes

    tales como coches, camiones, barcos, trenes etc.

    2 HERNANDEZ DE LA TORRE, la ciencia de la criminalstica 2002

    3 JACK ARTHUR, la escena del crimen del criminal 2009

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    16

    Exterior del suceso: Las que se producen a campo abierto en parques, bosques,

    desiertos etc.

    Escenas bajo agua: Las que se producen en el medio acutico como pantanos, ros,

    pozos, mar etc.

    1.2. CLASES DE LUGAR DE HECHOS

    a. Lugar de los hechos abierto: Espacio que no cuenta con proteccin a los factores

    ambientales como la luz solar, el viento, el polvo, como es el caso de lugares que no

    poseen lmites precisos y por lo general pueden hallarse en las calles, parques,

    jardines, humedales, va pblica, un potrero, la playa, un desierto, etc. en este tipo de

    lugar hay que tener especial cuidado por aquello del deterioro y la contaminacin de

    los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fsica, ya que los factores

    ambientales aceleran la destruccin de la evidencia. Por ello el procesamiento del

    lugar de los hechos se debe realizar con mucho ms cuidado y con la premura del

    tiempo.

    Cabe tener en cuenta que el acordonamiento se efecta cuando se tiene el indicio de

    que el delito por normatividad aplica para ello y el espacio fsico se puede hallar

    Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fsica sin importar si se observan o no a

    simple vista, relacionados con el hecho en la averiguacin.

    (Clase de lugar abierto)

    b. Lugar de los hechos cerrado: son todos aquellos espacios que cuentan con alguna

    proteccin contra los factores ambientales, circunscriben lmites precisos como lo son

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    17

    inmuebles ejemplo: el interior de una oficina, de un motel, de un supermercado, de

    una tienda, casas etc.

    Este tipo de lugares tiene algunas ventajas, la facilidad del acordonamiento, sus

    lmites fsicos permiten dimensionar de una mejor manera el lugar de los hechos, evita

    la observacin de personas ajenas a la investigacin, evita la contaminacin por

    exposicin directa a la luz solar, y la humedad por lluvia, la premura del tiempo es un

    poco ms manejable, por trabajar en un ambiente protegido.4

    c. Lugar de los hechos mixto o semiabierto: Este lugar de los hechos que se halla

    compuesto por dos o ms lugares, para el caso de inmuebles, vehculos, y la va

    pblica relacionados en un solo caso, lugar de los hechos mixto es la composicin de

    diferentes clases de lugares de los hechos que existen es decir tiene las

    caractersticas del escenario abierto y cerrado.

    En este tipo de lugares es necesario la aplicacin de toda la experiencia para el

    anlisis y procesamiento del lugar de los hechos.

    (Clase de lugar mixto)

    d. Lugar de los hechos mviles: espacio que tiene la virtud de estar en movimiento,

    ejemplo; vehculos, aviones, barcos, motos, vehculo de traccin animal, es todo

    espacio que se pueda trasladar de un lugar, no importando el mecanismo que se

    emplee para lograr este fin ejemplo barcos, aviones, motos, traccin animal etc.

    4 Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada,2008.

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    18

    En la mayora de los casos esta clase de lugar de los hechos, se le debe dar

    Tratamiento como si fuera mixto teniendo en cuenta el espacio circundante donde se

    halla el lugar

    (Imagen vehculos de motos)

    1.3. TIPOS DE ESCENA

    a. PRIMARIA: aqu es donde existe mayor contacto entre el agresor(es) y la vctima(s),

    en este lugar es donde se realizan el mayor numero de lesiones o agresiones a la

    vctima y a la vez donde se invierte ms tiempo.

    b. SECUNDARIA: aqu es donde se establece interaccin entre agresor y vctima pero

    en menor cantidad respecto a la primaria. Si el agresor llegase a dejar el cadver por

    en la escena secundaria sigue siendo la escena secundaria.

    c. INTERMEDIA: esta hace referencia al intervalo entre la escena primaria y

    secundaria, para llegar a la escena secundaria (donde es dejado el cuerpo), es

    necesario su traslado desde la escena primaria.

    1.4. ORGANISMOS QUE CUMPLE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL5

    Por polica judicial se entiende la funcin que cumple algunos de los organismos del

    estado para apoyar la investigacin Penal, en el campo investigativo, tcnico,

    cientfico, y operativo; por iniciativa propia o por orden impartida por el fiscal Director

    de la Investigacin para recaudar lo EMP Y EF que permitan determinar la ocurrencia

    5 Cdigo de Procedimiento Penal ART 202

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    19

    de la conducta punible y la responsabilidad de los autores y participes

    Los rganos que ejercen funciones permanentes de policia judicial de manera especial

    dentero de su competemcia son: la Procuaraduria General de la Nacion, La Contraloria

    General de la Republica, Las autoridades como la Policia Judicial de la Policia

    Nacional, Las autoridades de Transito en asuntos de su Competencia, Los Directores

    Nacional y Regional del INPEC los Directores de reestablecimientos de reclusin y el

    Personal de Custodia y vigilancia, los Alacaldes e Inspectores de policia, El Cuerpo

    Tcnico de la Fiscala General de la Nacin (art 202 de codigo de procedimeiento

    penal); todos estos pueden colaborar bajo la coordinacion de la Fiscalia General de la

    Nacin. En desarrollo de esta funcin, en cuanto a los EMP y EV, aplicaran la cadena

    de custodia y procedimientos pertinentes en el marco de las atribuciones sealadas

    por la ley a cada organismo.

    En este sentido cuando estos servidores en ejercicio de sus funciones tengan

    conocimiento de una conducta delictiva, recaudaran la informacin pertinente y los

    EMP y EF encontrados, rendirn informe ejecutivo (FPJ3) a la Fiscala General de la

    Nacin indicando en forma en concreta los hallazgos, para que esta asuma la

    coordinacin, control jurdico y verificacin tcnico-cientfica de la actuacin. As

    mismo, el Fiscal del caso podr ordenar la colaboracin en campos especficos segn

    requerimientos y condiciones de la investigacin.

    Se resalta que las autoridades de trnsito, en ejercicio de sus funciones especiales, en

    caso de homicidios y lesiones personales en accidentes de trnsito, estn facultadas

    para realizar inspeccin a cadver, al lugar de los hechos, entrevistas, recolectar, fijar,

    rotular, y embalar EMP y EF y de mas actos urgentes a que hayan lugar.

    En donde no exista polica judicial, ni polica nacional, los alcaldes e inspectores de

    polica estn facultado para realizar inspecciones de cadveres, inspeccin al lugar de

    los hechos entrevistas, recolectar, fijar, identificar, embalar, rotular EMP y EF,

    entregando al termino de la distancia en informe respectivo, al fiscal u oficina de

    asignaciones ms cercano de la jurisdiccin.

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    20

    1.4.1. ORGANOS QUE EJERCEN TRANSITORIAMENTE FUNCIONES DE POLICIA JUDICIAL:

    los entes pblicos que por resolucin del Fiscal General de la Nacin hayan sido

    autorizados para ello. Estos debern actuar conforme con las autorizaciones otorgadas

    y en los asuntos que haya sido sealado en la respectiva resolucin (art 203 de cdigo

    de Procedimiento Penal.)

    1.4.2. LOS SERVIDOREES QUE INTERVIENE EN EL PROCEDIMIENTO PENAL

    Los principios rectores y garantas procesales instituidos en el cdigo de procedimiento

    penal inspiran las actuaciones de los servidores pblicos que intervienen en la

    investigacin y en el proceso penal los cuales ensean el respeto por la dignidad

    humana, el debido proceso, la libertad, igualdad, intimidad, presuncin de inocencia,

    derecho de defensa, lealtad e imparcialidad.

    Reclaman especial atencin a las vctimas, a quienes debe suministrar su informacin

    necesaria que les permita la defensa de sus intereses y el restablecimiento de sus

    derechos.

    Demandan ceirse a los criterios de necesidad, ponderacin, legalidad y correccin en

    el comportamiento para evitar excesos contrarios a la funcin pblica, especialmente

    a la justicia. Se requiere, entonces, un servidor de la polica judicial que acte ajustado

    a los parmetros constitucionales, legales y procedimentales, con el fin de evitar

    nulidades (principio de exclusin) que afecta la buen marcha de la administracin de

    justicia

    1.5. INSPECCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS ART 213 DEL CPP

    La inspeccin est encaminada o tiene como objetivo principal comprobar el estado de

    las personas, rastros, lugares y la investigacin de todos los hechos que sean tiles

    para averiguar sobre el hecho.

    El lugar de los hechos es un lugar abierto, cerrado, mueble o inmueble, donde se

    cometi un presunto delito, incluyendo los alrededores, reas adyacentes, lugares

    relacionados, y rutas de escape.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    21

    El anlisis y observacin detallada minuciosa y metdica del lugar de los hechos,

    permite descubrir, identificar, fijar, recoger, embalar tcnicamente los EMP y EF que

    permiten demostrar la ocurrencia de la conducta punible y establecer nexos y

    relaciones entre estos y el autor(res) o participe (s) del ilcito. Cada EMP y EF ser

    manejado bajo los procedimientos de la cadena de custodia para evitar la

    suplantacin o alteracin del mismo. De las diligencias se levantar un acta de

    inspeccin de lugares, suscrita por el servidor responsable de la diligencia.

    El equipo encargado de la inspeccin tcnico policial deben establecer las

    caractersticas del delito, ajustndolo lo mximo posible al tipo penal del que se trate a

    priori, deben dar informacin inicial sobre las posibles vas de investigacin que se

    deben establecer para evitar posible destruccin de pruebas o fuga del culpable/s.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    22

    1.5.1. INFORME EJECUTIVO REALIZADO EN EL LUGAR DE LOS HECHOS6

    6 INFORME EJECUTIVO FPJ-3 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION UTILIZADOS POR LA POLICIA JUDICIAL

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    6 INFORME EJECUTIVO FPJ-3 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION UTILIZADOS POR LA POLICIA JUDICIAL

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    6

    6 INFORME EJECUTIVO FPJ-3 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION UTILIZADOS POR LA POLICIA JUDICIAL

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    25

    1.5.2. EXTENCION DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    Dimensionar el lugar de los hechos de manera real depende de la ubicacin de la

    ultima Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica, que se halle en el lugar ,

    para el caso de lugares cerrados como inmuebles es ms sencillo, ya que las paredes

    son limitantes del lugar.

    Hay que tener en claro que para el caso de inmuebles donde funcionan muchos

    hogares no se debe tratar como lugar de los hechos todo el inmueble solo se tendrn

    en cuenta el sitio como tal y la ruta de escape.

    Para los lugares abiertos tener una dimensin exacta de la extensin es algo difcil por

    ello los expertos aconsejan extender el acordonamiento al flujo de personas,

    vehculos, animales que transiten por el lugar por ello es aconsejable excederse un

    poco con el acordonamiento, este debe ser un procedimiento rpido, si no se tiene una

    idea real del tamao del lugar de los hechos.

    En caso de lugar de los hechos muebles, surgen varios interrogantes, por ejemplo la

    huida de los agresores en un vehculo que luego abandonan varias cuadras despus

    ser lugar de los hechos todas las cuadras recorridas?, el vehculo como tal es el

    lugar de los hechos secundario, si la conducta ha sido cometida fuera de l, y el

    vehculo fuere utilizado como medio de escape; las cuadras como tal sern

    inspeccionadas de acuerdo con el anlisis del vehculo, la inspeccin de este nos dir

    si es o no necesaria la inspeccin de las cuadras. Porque es una labor dispendiosa y

    que adems implica el uso de mucho personal, adems del tiempo y sin tener en claro

    lo que se pretende hallar, de all lo que se debe tener en cuenta al momento de

    procesar un lugar de los hachos mueble.

    1.6. ETAPAS DE ANALISIS DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    1.6.1. INFORMACION Y VERIFICACION DEL HECHO: conocida la informacin respecto a

    la ocurrencia del hecho, el servidor de polica judicial, o quien haga sus veces se

    trasladara a la sitio con el objeto de verificar y constara que la informacin conocida

    por el primer respondiente quede registrada en el respectivo formato actuacin del

    primer correspondiente

    1.6.2. PROTECCION, PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS: tiene

    como objetivo asegurar los Elementos Materia de Prueba de forma ntegra y

    garantizando un buen manejo de ella. El informe ser entregado a la primera autoridad

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    26

    interviniente (polica nacional, polica judicial, o la autoridad que acte en ausencia de

    estas) inicia los procedimientos de cadena de custodia.

    1.6.3. OBSERVACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS: la primera inspeccin realizada al

    lugar de los hechos es la oportunidad ms relevante para la observacin,

    reconocimiento y recuperacin de los EMP y EF es la principal fuente de informacin

    que nos acerca a la realidad de lo sucedido. Para su anlisis el servidor responsable

    elabora un plan en donde determina el metodo ms adecuado por seguir segn el

    terreno: bsqueda de punto a punto, por sector cuadrante, de crculos concntricos, o

    espiral, por franjas y lneas, o por cuadricula o rejilla.

    El funcionamiento de polica judicial a cargo de el anlisis y procesamiento del lugar de

    los hechos, antes del ingreso debe coordinar la ubicacin del puesto de mando, este

    puede estar ubicado en el segundo anillo de seguridad y es en donde se van a

    coordinar todas las actividades en torno al lugar de los hechos es donde va a estar

    ubicado todo el equipo tcnico de criminalstica de campo, y los diferentes rganos de

    polica Judicial

    La observacin del lugar de los hechos se realiza antes de ingresar con la informacin

    ya recolectada se tiene una perspectiva general del lugar de los hechos, y se coordinan

    a los que van a ingresar all.

    Establecer un ingreso y una salida es uno de los puntos que se deben tener en cuenta

    al analizar y procesar el lugar de los hechos, la importancia de este paso es no

    estropear los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica, que se hallen en el

    lugar, con una ruta de ingreso se establece orden en el lugar de los hechos se evita el

    ingreso por reas que puedan tener Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica

    de importancia, si se trata de lugares cerrados por toda lgica va a ser el acceso que

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    27

    este ya tiene, pero si tiene varios mejor se emplea el que menos tenga Elemento

    Materia de Prueba y la Evidencia Fsica.

    El coordinador de la polica judicial establece la mejor ruta para el ingreso de personal

    autorizado, asegurndose que no se alteren o contaminen los Elemento Materia de

    Prueba y la Evidencia Fsica.

    1.6.4. SEALIZACION Y NUMERACION DE LOS EMP y EF: todos y cada uno de los EMP

    y EF encontrados se sealizan con indicadores o numeradores de evidencia, segn los

    expertos en el tema se utiliza un sistema numrico o alfabtico, de acuerdo con el

    metodo de exploracin seleccionado. El nmero con el cual se identifica EMP y EF ser

    el mismo durante el proceso penal y valido nicamente para el caso en concreto.

    1.7. PROTECCION PRESERVACION Y ENTREGA DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    La proteccin, preservacin, tiene como finalidad, asegurar los elementos materia de

    prueba y evidencia fsica, en forma ntegra y garantizando que mediante el

    acordonamiento y preservacin que se le haya dado lugar de los hechos desde la

    llegada del primer respondiente hasta la entrega a la polica judicial asignada para la

    investigacin del caso.

    El informe entregado por el primer respondiente, con relacin al lugar de los hechos es

    de gran importancia para llevar acabo exitosamente la investigacin criminal, por ello

    este debe ser claro, preciso, y objetivo.

    En cada intervencin de la polica de vigilancia se debe notar el profesionalismo, por

    ello al momento de proteger el lugar de los hechos, el primer respondiente debe hacer

    una valoracin de la situacin a la cual se enfrenta, teniendo en cuenta la

    autoproteccin y auxilio de los heridos, para su remisin sea oportuna y no hallan otras

    vctimas; debe tener en cuenta la premura del tiempo, para evitar la manipulacin,

    perdida, deterioro de los Elementos materiales de prueba y Evidencia fsica que se

    halle en el lugar de los hechos.

    1.8. ACORDONAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS

    Es dar proteccin a un espacio determinado, de los factores fsicos que podran

    modificar su estado original, mediante el uso de cintas plsticas, barricadas, conos,

    vallas, cuerdas. El acordonamiento del lugar de los hechos es en principio en

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    28

    nacimiento del lugar de los hachos porque de esta labor se dar los lmites del espacio

    como tal que se va a procesar. El primer respondiente o primera autoridad en el lugar

    de los hechos es la que va a realizar esta labor, es la que da lmites al lugar de los

    hechos.7

    Preservar el lugar de los hechos consiste en que el lugar donde se cometi un delito

    sea protegido, aislado y conservado tal como se encontr, con el propsito de cuidar

    las evidencias y evitar que se contaminen, las cambien o las roben. Es obligacin de

    todo servidor pblico evitar que se alteren los indicios que se encuentren en el lugar

    de los hechos mientras llegan los peritos, quienes son los encargados de analizar,

    levantar y embalar los indicios relacionados con un delito.

    El personal correspondiente a la proteccin del lugar, victimas, etc., no debern tocar

    ni permitir que alguien o se lleve los indicios encontrados en el lugar de los hechos,

    salvo aquellas personas que participan directamente en la investigacin: polica

    judicial, perito(s) etc. Si lo hacen o permiten que alguna persona lo haga, podran

    incurrir en un delito y se les darn las correspondientes sanciones.

    7 Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 26, y 27.2008.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    29

    1.8.1. REGLAS BASICAS QUE SE TIENEN EN CUENTA PARA EL ACORDONAMIENTO DEL

    LUGAR DE LOS HECHOS.

    Es muy importante preservar el lugar de los hechos porque as se podrn realizar

    mejor las investigaciones y habr ms posibilidades de detener a los culpables es por

    esto que el personal encargado deber:

    1. Como primera medida es importante retirar del lugar a las personas, animales,

    que se hallen circulando en el lugar de manera inmediata a una buena

    distancia, ya que estos pueden contaminar EMP y EF en esta actividad se

    puede ayudar de personal adicional experto para esta labor.

    2. Realice labor de campo de forma rpida y cuidadosa para as poder tener una

    visin ms clara, amplia, y general del lugar de los hechos y poder realizar de

    forma efectiva el acordonamiento.

    3. Los EMP y EF no se pueden mover, cambiar, tocar de manera inadecuada o

    inexperta por los funcionarios encargados de esta labor ejemplo: la posicin en

    que se encuentran cadver (es) y objetos de superficie lisa, marcas, huellas,

    manchas, sangre, vainillas, pisadas etc, en la escena todo elemento por ms

    insignificante que sea es de suma importancia.

    4. En la escena del delito es importante tener en cuenta testigos personas

    sospechosas del el hecho, estos pueden colaborar a detectar la presencia o

    identificacin de un presunto autor de la conducta punible.

    5. El funcionario encargado de la escena del delito, no se debe distraer ya que

    existen factores, que hacen que este se pueda entretener como por ejemplo: un

    familiar(es), amigo(s), cnyuge (s), hijo(s) del occiso o de la vctima estos

    pueden gritar, llorar de manera desesperada, desmayarse, etc, el funcionario

    debe actuar de manera objetiva sin desconocer el dolor ajeno manejando la

    discrecin al retirar a estas personas del lugar. Tambin debe referirse al occiso

    vctima de una manera respetuosa es decir no utilizar palabras soeces que

    puedan herir los sentimientos de la persona(s) que se hallen en el lugar.

    6. No deben hacerse comentarios del el hecho ocurrido dar informacin del

    hecho.

    7. Los procedimientos de fijacin, levantamiento y embalaje de los indicios sern

    realizados por el personal de servicios periciales en criminalstica de c/u de los

    campos.

    8. No se ve nada ni se acordona, por ello acordone no asuma que no hay nada,

    esa es labor de los peritos en criminalstica de campo: establecer que no hay

    nada en el lugar de los hechos.

    9. En la escena es importante la prohibicin de no fumar, comer, arrojar desechos

    como basura, ya que obstruir la debida labor de una buena investigacin.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    30

    10. En todo momento, los elementos obtenidos por la Polica Judicial se cuidarn y

    se deber brindar integridad fsica del personal que est realizando la

    inspeccin en el lugar de los hechos, as como las condiciones fsicas del lugar.

    11. El personal de los medios de comunicacin deber mantenerse a una distancia

    prudente para no alterar ni contaminar los indicios ni entorpecer el trabajo de

    las autoridades.

    12. El personal encargado por ningn motivo deber dejar el lugar de los hechos,

    sin la previa custodia de la unidad policial ya que si esta no tiene custodia el

    lugar se puede ver seriamente afectado los EMP y EF por lavado, pisadas,

    robo, alteracin de los diferentes Elementos materiales probatorios y Evidencia

    fsica.8

    13. En el momento que se encuentren heridos los funcionarios de la Polica judicial

    debern de forma rpida y oportuna acercarlos o llevarlos a un centro

    asistencial para que puedan ser atendidos, mientras estos realizan dicha

    actividad, debe dejarse en la escena del delito el personal necesario para que

    proteja el lugar de los hechos.

    IMPORTANTE: Todo delito deja huella (por lo tanto no asuma que no hay evidencia)

    porque no la vea no asuma que no exista, por ello acordone el lugar. No menosprecie

    el delito ya que todos son importantes y deben ser materia de investigacin si este

    califica para ello, en algunos casos en donde no se tiene claro que delito se podra

    estar aplicando y que este no genera mayor impresin como el ejemplo de la muerte

    sbita que solo se ve cuando la persona cae y esta es llevada de manera inmediata a

    un centro asistencial, al llagar al lugar de los hechos. 9

    1.8.2. ACORDONAMIENTO EN LUGARES ABIERTOS

    1.8.2.1. VIA PBLICA: Refirindonos a calles, avenidas, andenes entre otros. Esta

    clase se caracteriza por estar rodeados de inmuebles, por lo tanto el acordonamiento

    se realiza de manera ms rpida y con mayor facilidad, se puede ayudar por los

    mismos inmuebles, postes, seales de trnsito para sostener las cintas, en este caso

    las cintas de acordonar son las ms sugeridas porque abarcan ms espacio, recuerde

    si deja un espacio en el acordonamiento, por all se van a entrar las personas. Los

    8 Foro criminalstica forense FCO12345

    9 Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 28.2008.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    31

    animales son un problema, este muy pendiente de esto, por que en ocasiones hay

    mucha gente observando alrededor del acordonamiento y esto genera distraccin y es

    en este momento animales como el perro, atrados por el olor a sangre, se acercan a

    oler los Elementos Materia de Prueba Y Evidencia fsica que se hallen en el lugar , y

    esto causa mala impresin evtelo.

    En algunos casos como los accidentes de trnsito que ocurren en plena va pblica, en

    avenida de alto flujo vehicular, estos accidentes causan mucho traumatismo, tanto

    para el flujo vehicular como para transentes, por mirar los daos causados, las

    personas heridas; siempre se acumula mucha gente, si el acordonamiento. Produce

    caos vehicular, pida apoyo para buscar vas alternas, eviten al mximo los trancones

    ya que estos generan mucha tensin.10

    1.8.2.2. AREAS ABIERTAS: Parcelas, lotes baldos, fincas, canchas, entre otras son

    lugares que en su mayora cuentan con mucha extensin y acordonar este espacio

    resulta una tarea algo difcil; si es posible acordone todo, pero si es mucha extensin

    trate de ubicar caminos, accesos a este y solo acordone estos ltimos, si cuenta con

    personal, ubique una por una porciones de terreno de acuerdo al tamao, lo que se

    quiere es tratar de cubrir al mximo el terreno, en las reas abiertas se destacan

    delitos como violaciones, homicidios.

    En los casos en que se encuentran cadveres, el experto no se debe evitar ser

    engaado y creer que est frente al lugar de los hechos primarios, en algunos casos

    las vctimas son asesinadas en otro lugar y tiradas en otros lugares para dificultar la

    bsqueda del cadver, por ello se debe realizar un anlisis del lugar de los hechos,

    realice una bsqueda de elementos de acuerdo a una posible ruta de escape acceso,

    linderos cercanos, si presenta signos de violencia, y documente las actividades

    realizadas; un buen indicio es mirar el cuerpo , si presenta signos de violencia, su ropa,

    ya que en algunos casos son personas de aspecto indigente, y esta clase de personas

    frecuentan estos sitios, pertenencias, sexo, ya que si se trata de una mujer, que

    presenta signos de violencia, ropa rasgada, se pondra decir que estamos frente a una

    posible violacin, y esto nos dara un indicio para iniciar una bsqueda en el lugar.

    1.8.2.3. AREAS CERRADAS: Casa, bodegas, locales espacio que implique muros y

    techos, el acordonamiento ser ms sencillo, se aconseja que cubra una porcin del

    andn que se hallan en los ingresos de estos lugares, si se tratan de varias familias

    que comparten el inmueble cierre la habitacin y deje un escolta, recuerde que

    10

    Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 28.2008.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    32

    acordonar no es solo colocar una cinta, puede ser colocar, barreras, conos, personas,

    cualquier mtodo que impida el paso, el hecho es proteger el lugar de los hechos.

    1.8.2.4. AREA MIXTA: Local, vehculo, va pblica, entre otros, si el funcionario esta

    frente a un lugar de los hechos de este tipo, lo que va a representar el desafo es la

    ubicacin del vehculo, ya que si este se halla cerca, dentro de la misma cuadra,

    sera solo acordonar las cuadras circundante, pero si el vehculo se halla retirado del

    lugar de los hechos inicial, el funcionario estara frente a un lugar de los hechos

    secundarios, diferentes pero relacionados entre s.

    1.8.3. MATERIALES NECESARIOS PARA REALIZAR UNA EXCELENTE LABOR DE

    ACORDONAMIENTO

    Barricadas

    Cintas

    Cuerdas

    Medios de transporte

    Radio de comunicaciones.

    1.9. PELIGROS EN EL LUGAR DE LOS HECHOS

    Es de vital importancia que el servidor encargado de la escena del delito atienda las

    medidas de seguridad integrales en todo momento, especialmente en el lugar de los

    hechos, en los casos especficos de atentados con material explosivo, incendios, entre

    otras causas, en los casos de estructuras colapsadas, trampas con el cuerpo del

    occiso las llamadas casa bobos, los gases presentes en un lugar cerrado como el

    monxido de carbon, son muchos los riesgos que se corren si no se atienden las

    medidas de seguridad integrales.

    Al momento que los expertos den el reporte a la central de radio, de la posible

    comisin de un hecho punible, es necesario que el personal encargado se traslade en

    el menor tiempo posible pero sin ir a escatimar las medidas de seguridad integrales,

    no ponindose en peligro por no tener en cuenta ciertas medidas de seguridad, para

    ello cabe destacar cinco modos de peligro de exposicin discriminados as:

    1.9.1. INNHALACION: es la clase de riesgo que se tiene por la respiracin, como humo,

    gases, polvo, y algunos lquidos que emiten gases, estos riesgos se contrarrestan con

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    33

    el uso de las mascaras, tapabocas, estos se pueden detectar si al ingresar al lugar de

    los hechos nota olores en el ambiente, no corra el riesgo de entrar sin tener la

    proteccin necesaria. Si esta frente a un contenedor y este contiene liquido que

    desconoce, no inhale por que estara en gran riesgo.

    1.9.2. CONTACTO FISICO: Peligro que se corre por rasgaduras, golpes, quemaduras,

    por lo general en construcciones colapsadas, obras en construccin terrenos de difcil

    acceso, tenga en cuenta de no introducir las manos en sitios donde no se cuente con

    iluminacin, tenga las condiciones de aire adecuadas, en caso contrario busque los

    elementos para iluminar adecuadamente el sitio. El funcionario proveer de objetos

    adheridos a los muros porque estos podran desprenderse y lesionarse.11

    1.9.3.INGESTION: por va oral no injiera ninguna clase de liquido, alimento, que se

    halle en el lugar de los hechos porque estara corriendo el riesgo de introducir un

    contaminante a su cuerpo, ni tampoco los traiga de afuera para adentro del lugar de

    los hechos, abstngase de realizar estas actividades en el lugar de los hechos.

    1.9.4. INYECCION: por puncin de elementos contaminados y no estriles, agujas,

    alambres, clavos, tenga cuidado porque un elemento punzante atraviesa la suela de

    un zapato y podra sufrir una lesin, por buscar elementos materiales, probatorios y

    evidencia fsica en cajones, armarios sin mirar, solo metiendo la mano por ropa u otro

    elemento que no permita la visin, el personal podra correr el riesgo de sufrir una

    puncin. Tenga en cuenta que al ingresar a cualquier lugar de los hechos ya sea la

    bsqueda de personas heridas o cadveres los posibles riesgos a los que se puede

    estar expuesto al momento de realizar esta actividad, por ello, de acuerdo al tipo de

    lugar se evala el riesgo posible y el tipo de proteccin a utilizar.

    12

    11

    Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 31.2008.Criminalisticaforense.com

    12 .Criminalisticaforense.com. IMAGEN

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    34

    1.10. MATERIALES O ELEMENTOS NECESARIOS Y UTLIZADOS EN EL LUGAR DE LOS

    HECHOS

    Elementos de proteccin que se deben emplear en el lugar de los hechos:

    Materiales y equipos:

    Guantes quirrgicos y de carnaza

    Gafas de seguridad o caretas

    Casco

    Mascarillas

    Botas plsticas

    Equipo de primeros auxilios

    NOTA: seala que en los lugares donde no hubiere miembros de la polica judicial de

    la polica nacional esta funcin la realizara la polica nacional; por lo anterior cuando

    en, los manuales de polica judicial y cadena de custodia, se hace referencia ala

    servidor de polica judicial o quien por va de excepcin haga sus veces se entiende

    que se trata de la polica nacional.13

    1.10.1. RECOMENDACIONES GENERALES PARA EVITAR LA CONTAMINACION EN LA

    ESCENA DE LA CONDUCTA PUNIBLE

    Abstngase de manipular elementos cortantes o pulsantes sin las herramientas

    necesarias.

    No utilice baos del lugar de los hechos ni elementos de aseo que estn all

    porque no se sabe en qu condiciones estn estos.

    No se rasque dentro del lugar por que contamina la escena dejando su ADN y

    tambin por evitar que usted se contamine por contacto fsico.

    No meta las manos en sitios que no permitan ver lo que se est haciendo.

    Lave bien sus manos con abundante agua y jabn despus de entrar y salir del lugar de los hechos.

    13

    Cdigo de procedimiento Penal, pargrafo del Art 201 del C.P.P.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    35

    1.11. PRIMER RESPONDIENTE

    Es la primera autoridad que llega al lugar de los hechos, una vez estos han sido

    informados, como las patrullas de la polica nacional, ejercito, alcalde, inspectores,

    entre otros; tambin pueden ser los servidores pblicos trabajadores oficiales o

    particulares pertenecientes a organismos de socorro como defensa civil, bomberos,

    personal de las entidades de salud, que tienen el primer contacto con el lugar de los

    hechos y/o cadver; los cuales deben responder por su proteccin, preservacin, y

    entrega a la polica judicial correspondiente.(bureau veritas de Colombia pjic-plh-po-03)

    El manejo de la escena es principio y fundamento para el xito de la investigacin de

    un delito; por eso debe el agente en forma metdica, tcnica, cientfica, ordenada y

    coordinada.

    (CUERPO DE BOMBEROS)

    Solo un procedimiento riguroso tcnico, ceido a los requerimientos legales permitir

    obtener la informacin vlida y necesaria para el xito de la investigacin. La primera

    responsabilidad la tiene la polica o servidor pblico que llega a la escena. Esta

    funcin, mirada a veces con desdeo, resulta ser de gran importancia, porque del

    buen manejo de la escena del delito, porque de ese primer correspondiente, depende

    la preservacin de la misma como tal, de los elementos fsicos de prueba y la

    iniciacin de una adecuada cadena de custodia (manejo de la escena del delito)

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    36

    1.11.1. PROCEDIMIENTO DEL PRIMER RESPONDIENTE

    La Polica servidor(s) que llega al lugar de los hechos tienen una gran

    responsabilidad ya que estos realizan el procedimiento de la Cadena de

    Custodia

    El (los) servidor (es) que integran el primer grupo del primer respondiente deben

    permanecer en el lugar de los hechos, por ello se deber realizar los relevos

    respectivos dejando constancia de ello hasta la entrega del mismo a la polica

    judicial conocedora del caso

    La nica autoridad que autoriza el retiro del primer respondiente en el lugar de

    los hechos es la polica judicial asignada a la investigacin nunca se debe

    abandonar el lugar de los hechos porque podra sufrir cambios que

    desfavorecen la investigacin como por ejemplo, el aseo que realizan los

    habitantes del lugar del hecho o personas cercanas a este, destruyendo as por

    completo Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica.

    El primer respondiente debe evitar la entrada al lugar de los hechos, a

    personas no autorizadas como: parientes, amigos, sospechosos, curiosos,

    funcionarios de alto rango de su misma u otra institucin diferente a la polica

    judicial de conocimiento, entre otros.14

    La ley 906 del 2004 regula que el primer respondiente en el lugar de los hechos est

    en la obligacin de conservar la evidencias fsicas y elementos materiales de prueba

    que pueda servir en la investigacin de la comisin de un delito a fin de identificar

    responsabilidades, dentro de su responsabilidad principal es la de acordonar el rea,

    por esta razn se hace necesario que quien acordone tenga conocimientos sobre el

    procedimiento para acordonar una evidencia fsica o elemento material probatorio;

    esto sin puntualizar el resto de responsabilidades que se tiene al realizar este de

    forma no adecuada15

    14

    Robin David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 33.2008.

    15 Mario Arboleda Vallejo Ley 906 de 2004, Cdigo de procedimiento penal

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    37

    1.11.2. CARACTERISTICAS DEL PRIMER RESPONDIENTE

    Tener el deseo de ayudar.

    Estar preparado y motivado.

    Ser solidario y respetuoso.

    Permanecer tranquilo en el momento de la urgencia, mantener la calma y

    actuar rpida y prudentemente.

    Estar capacitado para iniciar acciones bsicas que propendan por el

    mantenimiento de la vida, hasta que llegue un apoyo especializado.

    1.11.3. PARTICIPACION DEL PRIMER RESPONDIENTE O PRIMERA AUTORIDAD EN EL

    LUGAR DE LOS HECHOS

    La participacin de los intervinientes en el lugar de los hechos empieza con la polica

    de vigilancia, primero al llegar al lugar del evento, informado por la central de radio.

    Conocido el reporte de la central acerca de la posible comisin de un hecho punible la

    responsabilidad de verificar la veracidad de este hecho recae sobre la polica de

    vigilancia cuyo sector le corresponda por jurisdiccin, esta deber trasladarse al lugar

    de inmediato, al llegar verificar si hay heridos, o por orden de la central, en cuyo caso

    de forma inmediata, para la comprobacin del reporte de la central de radio.16

    El primer respondiente realiza una observacin preliminar del lugar de los hechos,

    determinando los daos en el lugar, causados por los posibles agresores, la ubicacin

    de los Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica que se hallan en el lugar de

    los hechos.

    Determina el rea a ser desocupada y acordona utilizando las barreras fsicas

    necesarias de acuerdo a la magnitud del hecho y a las caractersticas del lugar,

    considerando como mnimos dos reas de acordonamiento, el uso de los elementos,

    tales como, cintas plsticas, barricadas, o personal adicional, permitir realizar el

    acordonamiento de manera efectiva, dejando como mnimo las dos reas de

    acordonamiento, la que asla del lugar de los hechos y la del puesto de mando.

    El acordonamiento se realiza teniendo en cuenta las caractersticas del lugar de los

    hechos: si el lugar es abierto se toma como referencia la concentracin masiva de

    evidencias y se acordona hasta los Elementos materiales probatorios y Evidencia fsica

    16

    FISCALIA GENERAL DE LA Nacin, actuaciones de la polica judicial en la indagacin e investigacin

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    38

    ms alejado en espacio amplio el acordonamiento.

    Si el lugar es cerrado el acordonamiento se realiza desde el punto de acceso al

    inmueble o inmuebles involucrados en el hecho y puede llevar varias cuadras

    alrededor del mismo. Es indispensable tambin tener en cuenta las puertas, ventanas

    y vas probables de escape, es necesario inspeccionar los andenes, calles

    circundantes al inmueble ya que podra haber Elementos materiales probatorios y

    Evidencia fsica dejada por el agresor.

    Es necesario tomar nota de todas actuaciones realizadas en torno al lugar de los

    hechos, para luego dar el reporte a la central de radio, y la posterior realizacin de los

    diferentes informes.

    1.11.4. CARACTERISTICAS DEL INFORME DE PRIMER RESPONDIENTE

    La redaccin del informe de la primera respondiente o primera autoridad que llega al

    lugar de los hechos, debe ser una tarea sistemtica, y apegada a la realidad de todas

    las actuaciones realizadas, desde el reporte de la central de radio, hasta la entrega del

    lugar de los hechos a la polica judicial asignada para la investigacin.

    Los servidores expertos aconsejan tener en cuenta los siguientes factores para la

    realizacin del informe:

    1.11.4.1. Completo: la retencin deliberada de datos en un informe es un asunto

    grave, puede ser causa de que un inocente sea procesado o que un culpable evada el

    castigo; el informe tiene que incluir los hechos favorables, positivos y desfavorables,

    negativos nada se deja a la imaginacin, a la adicin explicacin oral, se debe ser

    objetivo, imparcial, y sin omitir detalles relevantes para la investigacin.

    1.11.4.2. Claro: esto se logra utilizando un lenguaje sencillo, que se entienda lo que se

    quiere decir en el informe que no conduzca a malas interpretaciones, que se entienda;

    con orden lgico de acuerdo a la secuencia general de los hechos, esto permite que el

    informe sea claro y tenga sentido..

    1.11.4.3. Objetivo: ser ajustado en las narraciones, no involucre sensaciones,

    presunciones, sentimientos, pensamientos propios, ya que el informe debe contener

    realidad sobre el hecho sucedido, se sugiere no emplearse un lenguaje vulgar para eso

    hay o existe terminologa o conceptos para cada caso en concreto, no estigmatice si no

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    39

    sabe nombres refirase a la persona capturada en trminos respetables sepa que sus

    informes sern ledos por la fiscala, y el juez, los abogados, y eso refleja su

    profesionalismo y su cultura.

    1.11.4.4. Cronolgico: Los hechos se deben narrar conforme al ordenen que

    sucedieron, la secuencia lgica de eventos permite entender lo que est escrito en el

    informe de manera rpida, precisa, permite aprender con facilidad. Se aconseja

    realizar el informe con cronologa de tiempo (horas) las personas que participaron de

    los hechos, en lo posible con el nombre de cada uno de ellos, referencia direcciones,

    especifique, no se trata de creer una historia, es solo que al momento de leer el

    informe el lector logre percibir o tener una idea ms amplia de los hechos.

    1.11.4.5. Apegado a los hechos: esto es acorde a la realidad, no invente cosas que no

    sucedieron tenga en cuenta que esto es vital para la configuracin del delito, relacione

    los eventos relacionados con los hechos y si la informacin es aportada relacione el

    nombre de los testigos que dan testimonio de ello.

    1.11.4.6. Conciso: esto se logra utilizando oraciones cortas y palabras usuales, que no

    retarden el ritmo del lector, es decir, breve sin sacrificar detalles de exactitud,

    integridad claridad.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    40

    1.11.5. FORMATO DE INFORMACION DE ACTUACION DEL PRIMER RESPONDIENTE17

    17 FORMULARIO DE ACTUACION DE PRIMER RESPONDIENTE FPJ-4 FORMATOS DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION

    UTILIZADOS POLICIA JUDICIAL

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    41

    17

    17

    FORMULARIO DE ACTUACION DE PRIMER RESPONDIENTE FPJ-4 FORMATOS DE LA FISCALIA GENERAL DE LA

    NACION UTILIZADOS POLICIA JUDICIAL

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    42

    1.12. ERRORES MAS COMUNES QUE SE COMETEN EN LA ESCENA DEL CRIMEN SEGN

    LOS EXPERTOS

    Proteccin inadecuada de la escena del crimen.

    Demasiados Agentes presentes contaminan la escena y las evidencias.

    Falta de organizacin y de comunicacin antes de ingresar a la escena del

    crimen.

    Levantar o tocar las evidencias antes de que se efecten los croquis, vistas

    fotogrficas y anotaciones.

    -No tomar notas adecuadas y referencias.

    No examinar la zona atentamente, por si existen testigos.

    No restringir la informacin pistas a los investigadores.

    No darlas a conocer a los medios de informacin.

    1.13. EL PROCEDIMIENTO DE LA POLICIA NACIONAL EN LA ESCENA DEL CRIMEN

    SUSTITUCIN DEL CONCEPTO DE CRIMEN POR SUCESO: Para la Polica Nacional, el

    concepto de crimen es sustituido por la terminologa de suceso, ya que algunos hechos

    NO son crmenes o delitos; sin embargo requieren en primera instancia, de una

    investigacin policial Ejemplos: Muerte Natural, Muerte Traumtica o Accidental,

    Suicidio, etc.

    1.14. ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS

    En el evento de haber personas lesionadas en el lugar de los hechos, se sugiere

    establecer comunicacin con ellas, a fin de tener una idea general de su estado de

    salud, habiendo verificado su estado de salud, en lo posible tratar de identificarlas y

    obtener informacin acerca de lo ocurrido; si es necesario el desplazamiento de

    personas a los centros asistenciales, tomar nota de la posicin de la persona en ese

    momento y las condiciones de la misma.

    El primer respondiente realizara la identificacin preliminar del occiso, en el evento de

    ser homicidio, esta labor ser realizada por informacin de testigos con familiares que

    se hallen en el lugar de los hechos, en caso contrario el occiso ser denominado como

    no identificado o NN.

    Si se encuentra testigos o personas posiblemente relacionadas con la comisin del

    delito de la conducta punible, o familiares de la vctima, Los expertos en su mayora

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    43

    evitan que se retiren del lugar de los hechos; se procede a separarlos y aislarlos

    impidiendo la comunicacin entre ellos, esta tarea se realiza con el fin de evitar la

    fabricacin de cuartadas entre ellos, o dar falsos testimonios de los hechos ocurridos,

    o enfrentamientos entre ellos,

    El servidor toma datos generales de identificacin (nombre, cedula de ciudadana,

    parentesco con la vctima, lugar de residencia, motivos por los cuales se hallaba en el

    lugar). Al momento de la entrega del lugar de los hechos, verifique por medio de la

    central de radio, la informacin del laboratorio de Criminalstica de Campo, el

    funcionario judicial asignado para esta labor y el investigador, si es necesario para el

    caso; con estos datos se sabr la cantidad de personas especificas que ingresan al

    lugar de los hechos y quienes sern. Verificar y confirmar noticia criminal, establecer

    si la noticia criminal obedece o no a la comisin del hacho punible.18

    Es muy importante saber del hecho punible ya que esto nos va a dar pautas para el

    acordonamiento, los elementos que posiblemente se hallen en el lugar y la magnitud

    de los posibles daos materiales, y lo delicado de cada caso.

    Al momento de traslado de los heridos al centro asistencial, la escolta policial para

    cada lesionado es fundamental porque no hay certeza de la participacin de cada

    persona implicada en el hecho, se podra presentar en caso de que un lesionado es

    uno de los agresores para el caso de varios autores, y este estara hacindose pasar

    por vctima para luego huir de all

    18

    . FISCALIA GENERAL DE LA NACION, actuaciones de la polica judicial en la indagacin e investigacin.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    44

    La verificacin de los testigos es una labor que debe hacerse de inmediato por que la

    tensin de las personas hace que en algn momento hablen de manera incontrolable,

    y all es el momento en que hay que aprovechar para reanudar la mayor cantidad de

    informacin posible, partiendo de eso se establece en lo posible y de acuerdo a la

    informacin aportada si hay mas testigos y los posibles indiciados en el hecho.

    La requisa inmediata de las personas que circundan en el lugar de los hechos es un

    buen y oportuno procedimiento ya que en algunos casos el agresor o agresores se

    hallan en el lugar mirando si hay testigos o la labor criminal, por ello la requisa de las

    personas que se hallan en el sector, o las calles aledaas, tambin permite recuperar

    evidencia que el agresor en su huida deja caer o suelta intencionalmente, esta es

    recogida por algn transente con la intencin de quedarse con los Elementos

    Materiales Probatorios y Evidencia Fsica, si este no ha informado de la posesin

    material.

    19 WWW. IMGENES CRIMINALISTICA.

    19

    IMAGEN TOMADA DE pgina WWW. IMGENES CRIMINALISTICA.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    45

    1.15. METODOS DE BUSQUEDA

    El coordinador de la polica judicial establece el mtodo de bsqueda teniendo en

    cuenta que este no se limita a una rea especfica, sino que puede extenderse a lo

    largo de la ruta de aproximacin o seguir la lnea de escape de los autores o partcipes,

    si tiene que analizar de que tipo se trata ya que para este caso se debe emplear el

    mtodo de bsqueda ms adecuado, para cada zona.

    1.15.1. Sealizacin de los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia fsica: Todos

    los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica que van encontrando se

    identifican con cdigos, numeradores, estos pueden ser de colores visibles, para que

    puedan ser vistos de manera ms fcil por los agentes en funcin despus de esto se

    colocan uno por Elemento Materia de Prueba uno por Evidencia Fsica,

    posteriormente el experto har la documentacin, fijacin, y recoleccin que se

    encuentre en el lugar de los hechos donde se cometi una conducta punible.

    Es de resaltar que no importa el orden en que se halle los EMP y EF lo que tienen gran

    relevancia es que cada elemento que se halle tenga un numero diferente al de los

    otros Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica.

    La bsqueda de los Elemento Materia de Prueba y la Evidencia Fsica, esta en manos

    de el investigador (es) este parte desde el momento que este ha realizado el anlisis

    completo del lugar de los hechos cuando ya sea ubicado el puesto de mando, el

    encargado de asumir la investigacin, tiene las rutas de ingreso al lugar de los hechos

    ya establecidas, los tcnicos de criminalstica de campo estn listos para el

    ingreso.20

    Esta labor debe realizarse de forma sistemtica y elaborada, ya que una mala

    aplicacin del mtodo de bsqueda, representara la destruccin de evidencia vital

    para la investigacin, para ello los servidores utilizan los siguientes 5 mtodos de

    bsqueda:

    1.15.2. Mtodo de cuadrante o sector

    1.15.3. Mtodo de espiral o crculos concntricos

    1.15.4. Mtodos por franjas o lneas

    20

    Robn David Oviedo Carmona, criminalstica aplicada, Pg. 42.2008.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    46

    1.15.5. Mtodo de cuadricula o rejilla.

    1.15.6. Metodo del zigzag

    (Robn David Oviedo Editorial IBAEZ CRIMINALISTICA)

    METODO DE CUADRANTE O SECTOR.: Se utiliza en reas extensas o sectores campo

    abierto. Consiste en dividir el lugar de los

    hechos en varias zonas cuadradas o

    rectangulares y estas a su vez se les asigna un

    numero, luego estas zonas se subdividen en

    cuadran taza cada una de estas zonas, se

    asigna un miembro del equipo, y este a su vez

    la subdivide ejemplo: zonas 3, para la

    realizacin de una mejor bsqueda de

    evidencia.

    METODO DE ESPIRAL O DE CIRCULOS

    CONCENTRICOS: Este metodo se ubica un

    punto cercano y se inicia la bsqueda siguiendo

    la pauta de un espiral en torno al centro del

    incidente, avanzando de adentro hacia afuera,

    donde cada tcnico se ubica a una distancia no

    mayor a u 1 m del otro, Hasta cubrir la totalidad

    de la otra rea afectada. Durante su recorrido,

    se seala los diferentes elementos que se

    encuentran y sean aporte para la investigacin.

    METODOS DE FRANJAS O DE LINEAS

    Este sistema es particularmente eficaz en

    zonas grandes y abiertas, permite un riesgo

    sistemtico de dichas zonas con poco personal,

    llegando a cubrir la totalidad el perimetrales

    actividades generales para realizar este tipo de

    registros son:

    Enfilar el equipo de bsqueda en una lnea,

    cada persona con los brazos extendida.

    Hacer que la lnea avance lentamente en

    sentido recto hasta el final de la zona.

    Repetir el mtodo en sentido contrario,

    conservando los espacios, hasta que se haya

    registrado toda la zona.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    47

    METODOS DE CUADRILLA O REJILLA En este

    metodo, se divide el rea haciendo una

    cuadricula, el personal registra cada cuadricula

    ante mortem, tanto en forma vertical como en

    forma horizontal, por lo que se hacen dos

    recorridos por cada nala ventaja de este

    mtodos que no se dejara ningn lugar de zona

    sin rastrearse recomienda realizar por lo menos

    dos recorridos.

    d. METODO DEL ZIGZAG En este metodo se

    realiza una bsqueda de un punto hacia otro

    pero cambiando un poco la direccin en

    Materia forma de zigzag y sealando cada

    Elemento de Prueba y la Evidencia Fsica al

    momento de hallada, se recomienda en reas

    cerradas como inmuebles.(Robn David Oviedo Editorial IBAEZ CRIMINALISTICA)

    1.16. ELEMENTO MATERIA DE PRUEBA Y EVIDENCIA FISICA.

    Se denomina elemento material de prueba y Evidencia Fsica a todo objeto, huella o

    rastro, de origen qumico, biolgico o elctrico, perceptible a travs de los sentidos,

    que permita llegar a la certeza sobre la verdad de una conducta o guiarnos hacia ella

    ya que se considera o se presume violatoria de las normas de las leyes penales, de

    sus participes o la responsabilidad que tiene c/u de ellos.

    Evidencia: proviene del Ingles evidenci que significa evidente se entiende cmo

    elemento material probatorio que demuestra por s mismo y en forma inmediata, la

    relacin con el hecho, o muestra relacin entre otros elementos. La razn de ser de la

    evidencia fsica es dar un rumbo a la investigacin, ayudar a dar claridad acerca de los

    hechos acontecidos, probar la o las hiptesis del investigador, establecer la clase de

    delito cometido, determinar modus operandi, etc.21

    La evidencia se puede presentar de todos los tamaos, en ocasiones hasta no

    percibirle a simple vista en estos casos se necesita tener agudeza en la bsqueda, la

    21

    Alcalda mayor de Bogot. Escena del delito y cadena de custodia. Pg. 109.

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    48

    evidencia no tiene naturaleza definida, puede ser cualquier cosa, pero esta siempre

    debe guardar relacin con el hecho. Los agentes no deben dejarse confundir por todos

    aquellos elementos que se hallen en el lugar de los hechos, para ello es necesario

    tener claro el hecho en averiguacin, para no caer en el error de llevar y realizar el

    procedimiento con elementos que no estn relacionados o hayan sido utilizados en el

    lugar de los hechos por la razn de que serian para la investigacin intiles y no se

    elaborara un buen ejercicio por parte del investigador.

    1.16.1. CLASIFICACION DE LOS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEBA Y EVIDENCIA FISICA

    En cada EMP y EF se debe proceder a la clasificacin o embalaje de diferente manera

    ya que por su naturaleza no todos son del mismo tamao, forma, sustancia, etc, el

    investigador encargado debe hacer una evaluacin sobre estas y identificar si son

    positivas o negativas las primeras son aquellas dejadas por el autor (es) a un lugar

    diferente de donde se ha actuado de forma delictiva y las segundas son las dejadas en

    el lugar de los hechos en donde se cometi la conducta delictiva, posteriormente se

    har el respectivo embalaje y se trasladaran al laboratorio para que se evalen y poder

    dar el valor de c/u, en caso de no poder ser trasladada EMP Y EF a otro lugar porque

    daara su esencia, como lo es en el caso de los inmuebles, se sugiere hacer de

    manera rpida el estudio, embalaje y proteger dicho lugar para que no se daen,

    contamine, o se quite algn objeto que generara una gran importancia para

    determinar la culpabilidad de un sujeto (s).

  • CRIMINALISTICA BASADA AL LUGAR DE LOS HECHOS DE LAS CONDUCTAS PUNIBLES

    49

    La clasificacin de los EMP y EF

    Origen Naturaleza Estado Tamao Tomadas o dejadas

    en la

    escena

    Resistencia

    al paso del

    tiempo

    Fsicos

    (proyectiles,

    vainillas,

    objetos

    contundentes

    arma de

    fuego)

    qumicos

    (acido,

    venenos,

    bases),

    Biolgicos

    (semen, saliva,

    sangre),

    electrnicos

    (datos)

    Orgnicos

    (natural, artificial),

    Inorgnicos (de

    origen mineral),

    electrnicos

    computadores,

    memorias de

    almacenamiento

    masivo, CD

    Slidos,

    Lquidos,

    Gaseosos,

    Electrnicos

    Macroscpicos: son todos aquellos

    objetos observables

    sin necesidad de

    utilizar medios

    tcnicos o

    tecnolgicos.

    Microscpicos:

    Son aquellas que por su

    cantidad, tamao o

    naturaleza no son

    perceptibles a simple

    vista y requieren

    medios tcnicos o

    tecnolgicos para su

    observacin,

    recoleccin e

    identificacin.

    Biolgicas: Son los EMP

    y EF, derivados de las

    personas, animales o

    vegetales, que

    intervienen en el lugar

    de los hechos.

    Positivos

    (dejados

    en

    escena),

    Negativos

    (tomadas

    de la

    escena).

    Perecederos

    No

    perecederos

    INFORMACION TOMADA PGINA DE INTERNET COMO TEMA CLASIFICACION DE LOS ELEMENETOS MATERIA DE PRUEBA

    A. EN CUANTO A SU TAMAO: algunos expertos lo tratan como EMP y EF

    macroscpicos como Armas, constantes, punzantes y contundentes, Armas de fuego,

    proyectiles, vainillas, municin, Explosivos o combustibles y residuos de incendio ,

    Documentos, prendas, objetos personales, vehculo, fragmentos de vidrio, sogas,

    cuerdas, jeringas, y fibras sintticas:

    ARMAS, CONSTANTES, PUNZANTES Y CONTUNDENTES: El experto, responsable

    de la aplicacin de este procedimiento debe atender cada evidencia aplicando

    los conocimientos adquiridos, utilizando las normas debidas, empleadas en la

    seguridad de cada EMP y EF, manejando de manera singular cada evidencia

    podr evitar que se contamine o se borren huellas latentes, estas armas deben

    ser inspeccionadas o revisadas por el personal idneo con el fin de encontrar la

    existencia de vestigios (huella, seal, rastro) hmedos y secos se aconseja ser

    guardadas o depositadas en caja (s) de cartn o de madera, se debe manipular