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Costumbre en el Derecho Peruano

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Costumbre en el Derecho Peruano

Costumbre en el Derecho PeruanoI. TITULO: Costumbre en el Derecho Peruano.II. PROBLEMA: Qu criterios utiliza la Costumbre en el Derecho Peruano?

III. OBJETIVOS: Objetivo General: Determinar la Costumbre en el Derecho Peruano. Objetivo especfico: Identificar los casos de costumbre en el derecho peruano. Identificar el n de casos donde la costumbre ha sido utilizada como fuente.

IV. MARCO TERICO:

LA COSTUMBRE

*La costumbre es el uso implantado en una comunidad y considerado por ella como jurdicamente obligatoria.

*Es la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad, con la conviccin de que responde a una necesidad jurdica.

*En las sociedades poco evolucionadas era la principal fuente del derecho.

*Falta de precisin, de certeza y de unidad,son los grandes defectos de la costumbre.

ELEMENTOS DE LA COSTUMBRE:

1.EXTERNO, OBJETIVO O MATERIAL:CONDICIONES:

1-La Generalidad 2-La Constancia

3-La Uniformidad 4-La Notoriedad o Publicidad

2.INTERNO O SUBJETIVO:

Es la conviccin de que esta prctica es jurdicamente obligatoria y su incumplimiento puede ser penado.

LA COSTUMBRE

DEFINICIN EN EL SENTIDO AMPLIO:

*Uso o prctica de la vida social.

DEFINICIN EN EL SENTIDO ESTRICTO:

*La Costumbre Jurdica es la reiteracin de una conducta dentro de un grupo social y en l se crea la conviccin de su obligatoriedad para alcanzar un bien comn.

La Costumbre en el Per

En el Per, el derecho consuetudinario ocupa un lugar al lado del derecho Penal Formal. Si bien, la Constitucin Poltica prohbe toda forma de justicia paralela (con excepcin de la arbitral y militar), tambin admite la llamada jurisdiccin especial ejercida por las autoridades de las comunidades campesina y nativas con el apoyo de las rondas campesinasdentro de su mbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario y siempre que no violen los derechos fundamentales de las personas.Se considera que esta concepcin de una justicia unitaria es evidente para una idiosincrasia europea moderna, mas no para Estados con fuertes derechos consuetudinarios locales y tnicos y sistemas informales de justiciaRelacin de la Costumbre con la Leya) Costumbre praeter legemb) Costumbre contra legem c) Costumbre secundum legem COLISIN DE LA LEY PENAL Y LA COSTUMBRE EN LOS DELITOS DE VIOLACIN SEXUAL A MENORES DE EDAD

Una de las costumbres ancestrales de las comunidades nativas es el inicio temprano de la vida sexual de sus mujeres, a pesar de ello, los nativos (al igual que los mestizos) son procesados por la comisin del delito de violacin sexual de menores de edad, por el slo hecho de convivir con menores de su propia comunidad.Los miembros de las comunidades nativas se rigen por sus propias costumbres y es en la propia comunidad donde resuelven los problemas sociales que se presentan; sin embargo, el Estado ha establecido que estn exentos de responsabilidad slo cuando haya error de comprensin culturalmente condicionado (conforme lo establece el Cdigo Penal en su Artculo 15), pero no ha tenido en cuenta que los nativos no actan por error sino por su modo de vida ancestral. HIPTESIS La costumbre son los hechos implantados en una comunidad y considerado por ella como jurdicamente obligatoria, tambin se podra decir que es la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad, con la conviccin de que responde a una necesidad jurdica, pero si observamos los elementos de la costumbre: 1) El material, que consiste en una serie de actos repetidos de manera constante y uniforme, No es indispensable el largo uso en el tiempo como opinaban los antiguos juristas, pues, evidentemente hay costumbres de formacin muy reciente y que, sin embargo, tienen fuerza obligatoria. Pero, en cambio, es necesario que el uso sea general, es decir observado por la generalidad de las personas.JUSTIFICACIN DEL PROBLEMA

Teniendo claro que la costumbre es fuente general del derecho, al investigar sobre los posibles inconvenientes de sta, logramos identificar las falencias que tiene respecto a la norma jurdica escrita:

Ventaja de la costumbre:

Desventaja de la costumbre: VARIABLES Variable Independiente: Costumbre. Indicador: Criterios para determinar la costumbre. Variable Dependiente: Derecho Peruano. Indicador: Nmero de casos donde el Derecho Peruano aplic la costumbre.CONCLUSIONESLa Ley Penal y la costumbre colisionan cuando se procesan a los nativos por el delito de violacin sexual tipificado en el artculo 173 del Cdigo Penal,de que la convivencia con menores de edad corresponden a sus costumbres ancestrales que rigen su forma de vida.

Gracias!