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Ministerio DIRECCION BE SALUD IV ú de Salud USMP SAN MARTIN DE PORRES CONVENIO ESPECÍFICO COiT-2013-DG/OEGDRRHH/DISA.IV.LE CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION DOCENTE ASISTENCIA!. ENTRE LA DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE Y LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES En cumplimiento de la Cláusula Sexta del Convenio Marco 035-2010-MINSA de Cooperación Docente Asistencial celebrado por el Ministerio de Salud y la Universidad de San Martín de Porres, de fecha 13 de Setiembre del 2010. Conste por el presente documento, el Convenio Específico de Cooperación Docente Asistencial, que suscribe de una parte la DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE, con RUC 20147966904, representado por el Director General Dr. LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR, identificado con DNI N° 27725375, designado mediante Resolución Ministerial 747-2012/MINSA, de fecha 13 de Setiembre de 2012, con domicilio legal en Av. César Vallejo s/n Cdra. 13 - Distrito de El Agustino - Lima, al que en adelante se le denominará LA DISA IV LIMA ESTE, y de otra parte la FACULTAD DE MEDICINA HUMANA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES con RUC 20138149022, debidamente representado por su Decano Dr. FRANK LIZARASO CAPARO, identificada con DNI 08193675, nombrado mediante Resolución 170-2013-CD-P-USMP del 01 de Julio de 2013, con domicilio legal en Alameda del corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III etapa, Distrito de La Molina, a quien en adelante se le denominará LA FACULTAD, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: LAS PARTES LA DISA IV LIMA ESTE, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, según Ley 27657, encargado de conducir, regular y promover la implementación del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud (SNCDS) a nivel subregional con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona. Que, para la consecución de estos fines, es necesario contar con recursos humanos calificados y competitivos, formados en base al Modelo de Atención Integral de Salud (MAIS), de nuestro perfil demográfico, sociocultural y epidemiológico, por lo que es imprescindible fomentar el desarrollo del potencial humano, contribuyendo a la formación de estos Recursos Humanos que requieren los Servicios de Salud. Que, es propósito de LA DISA IV LIMA ESTE propulsar el desarrollo Integral e Interdisciplinario de los Recursos Humanos en Salud que la Institución requiere con participación de las instituciones formadoras y prestadoras de Servicios de Salud, con el fin de Capacitar, motivar a su personal comprometiéndolo socialmente con la Institución de la salud de la Población. LA FACULTAD, es un órgano académico que tiene como propósito llevar a cabo la formación de capacitación de Profesionales en el Campo de la Salud, orientando sus acciones educativas a las características de las necesidades de Salud de la población peruana, con un enfoque integral, para lo cual se coordinara sus actividades con Instituciones de salud, a fin de asegurar una coherente programación conjunta de las acciones educativas y las acciones de atención a la Salud. Las partes coinciden en realizar acciones conjuntas para la formación de Recursos Humanos que requiere el sistema de salud, con la finalidad de ampliar la cobertura y mejorar la atención y cuidado de la Salud de la población, dentro del correspondiente ámbito de competencia de ambas Instituciones. Av. César Vallejo Cdra. 13 S/N- El Agustino Teléfono: 363-0909 / Fax: 362-7056 Facultad de Medicina Humana Av. Alameda del Corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III Etapa - La Molina Telf: 365-2300 Fax: 365-0487 [email protected] www.medicina.usmp.edu.pe

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Page 1: CONVENIO ESPECÍFICO N° COiT-2013-DG/OEGDRRHH/DISA.IV USMP... · 2014-04-07 · En cumplimiento de la Cláusula Sexta del Convenio Marco N° 035-2010-MINSA de ... Comité Nacional

Ministerio D I R E C C I O N B E S A L U D IV ú de Salud U S M P

S A N M A R T I N D E P O R R E S

CONVENIO ESPECÍFICO N° COiT-2013-DG/OEGDRRHH/DISA.IV.LE

CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION DOCENTE ASISTENCIA!. ENTRE LA DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE Y LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA DE LA

UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

En cumplimiento de la Cláusula Sexta del Convenio Marco N° 035-2010-MINSA de Cooperación Docente Asistencial celebrado por el Ministerio de Salud y la Universidad de San Martín de Porres, de fecha 13 de Setiembre del 2010. Conste por el presente documento, el Convenio Específico de Cooperación Docente Asistencial, que suscribe de una parte la DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE, con RUC 20147966904, representado por el Director General Dr. LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR, identificado con DNI N° 27725375, designado mediante Resolución Ministerial N° 747-2012/MINSA, de fecha 13 de Setiembre de 2012, con domicilio legal en Av. César Vallejo s/n Cdra. 13 - Distrito de El Agustino - Lima, al que en adelante se le denominará LA DISA IV LIMA ESTE, y de otra parte la FACULTAD DE MEDICINA HUMANA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES con RUC 20138149022, debidamente representado por su Decano Dr. FRANK LIZARASO CAPARO, identificada con DNI N° 08193675, nombrado mediante Resolución N° 170-2013-CD-P-USMP del 01 de Julio de 2013, con domicilio legal en Alameda del corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III etapa, Distrito de La Molina, a quien en adelante se le denominará LA FACULTAD, en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: LAS PARTES

LA DISA IV LIMA ESTE, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, según Ley N° 27657, encargado de conducir, regular y promover la implementación del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud (SNCDS) a nivel subregional con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona.

Que, para la consecución de estos fines, es necesario contar con recursos humanos calificados y competitivos, formados en base al Modelo de Atención Integral de Salud (MAIS), de nuestro perfil demográfico, sociocultural y epidemiológico, por lo que es imprescindible fomentar el desarrollo del potencial humano, contribuyendo a la formación de estos Recursos Humanos que requieren los Servicios de Salud.

Que, es propósito de LA DISA IV LIMA ESTE propulsar el desarrollo Integral e Interdisciplinario de los Recursos Humanos en Salud que la Institución requiere con participación de las instituciones formadoras y prestadoras de Servicios de Salud, con el fin de Capacitar, motivar a su personal comprometiéndolo socialmente con la Institución de la salud de la Población.

LA FACULTAD, es un órgano académico que tiene como propósito llevar a cabo la formación de capacitación de Profesionales en el Campo de la Salud, orientando sus acciones educativas a las características de las necesidades de Salud de la población peruana, con un enfoque integral, para lo cual se coordinara sus actividades con Instituciones de salud, a fin de asegurar una coherente programación conjunta de las acciones educativas y las acciones de atención a la Salud.

Las partes coinciden en realizar acciones conjuntas para la formación de Recursos Humanos que requiere el sistema de salud, con la finalidad de ampliar la cobertura y mejorar la atención y cuidado de la Salud de la población, dentro del correspondiente ámbito de competencia de ambas Instituciones.

Av. César Vallejo Cdra. 13 S /N - El Agustino Teléfono: 363-0909 / Fax: 362-7056

Facultad de Medicina Humana Av. Alameda del Corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III Etapa - La Molina

Telf: 365-2300 Fax: 365-0487

[email protected] www.medicina.usmp.edu.pe

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• I ^ F C C I O N D E

lür U W A f S T C U S M P S A N M A R T I N D E P O R R E S

CLAUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO Y OBJETIVOS DEL CONVENIO

Objetivo General

Establecer relaciones de recíproca colaboración entre LA DISA IV LIMA ESTE y LA FACULTAD para el desarrollo de programas de formación académica y profesional de los Estudiantes de Ciencias de la Salud: Obstetricia y Enfermería, para la realización de prácticas pre profesionales, internado y posgrado en las sedes asistenciales a fin de articular las estrategias de atención de la salud con los programas de docencia, investigación y proyección social.

De los Objetivos Específicos

• Contribuir a la mejor formación de los Profesionales de la Salud generales y Especialistas, utilizando los fines docente - asistenciales del ámbito de LA DISA IV LIMA ESTE.

• Regular y normar la ejecución de las prácticas pre-profesionales en los Establecimientos de Salud del Primer nivel de atención para el Pre grado.

• Incentivar y promover la investigación en salud, principalmente en los campos educativo, clínico, epidemiológico y social.

• Orientar el proceso de docencia-servicio hacia un cambio de actitud y de comportamiento del alumnado para la atención integral de la salud, con énfasis en la prevención de la enfermedad.

• Ampliar la cobertura y mejorar la calidad en la prestación de Servicios de Salud.

• Contribuir a la capacitación, actualización, especialización y perfeccionamiento de los Profesionales de LA DISA IV LIMA ESTE con el apoyo de LA FACULTAD.

CLAUSULA TERCERA: AMBITO DEL CONVENIO

E. ROJAS

El ámbito geográfico sanitario que servirá como área para la ejecución del convenio es el que corresponde a LA DISA IV LIMA ESTE, la suscripción del presente convenio se regirá por las disposiciones sobre regionalización docente asistencial en coordinación con el Comité Nacional de Pregrado de salud, Comité Nacional de Residentado Medico y el comité Nacional de segunda Especialización en Ciencias de la Salud. Se sujetara a la organización, funcionamiento y jurisdicción de los Establecimientos de Salud comprendidos en el ámbito geográfico sanitario asignado.

Las acciones Docencia y Servicio tendrán como condiciones fundamentales:

1. Se sujetara a la organización, funcionamiento y jurisdicción de los establecimientos de salud donde se lleva a cabo.

2. Las necesidades de la comunidad en el marco de los diagnósticos de la situación de salud de la población y los programas de salud de LA DISA IV LIMA ESTE.

3. La atención integral de salud, englobando en forma equilibrada los aspectos de promoción, protección, recuperación y rehabilitación.

DECANO

Su desarrollo de los diferentes niveles y categorías de los servicios de salud, proporcionando la participación de la comunidad.

La participación de los alumnos de Pre y post grado de las ciencias de la salud, se realizara bajo tutoría permanente debidamente programada, y a cargo de personal idóneo de LA FACULTAD y LA DISA IV LIMA ESTE.

Av. César Vallejo Cdra. 13 S /N - El Agustino Teléfono: 363-0909 / Fax: 362-7056

Facultad de Medicina Humana Av. Alameda del Corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III Etapa - La Molina

Telf: 365-2300 Fax: 365-0487

[email protected] www.medicina.usmp.edu.pe

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S A N M A R T I N D E P O R R E S

6. Los Docentes deberán de ser personal de los establecimientos de Salud de LA DISA IV LIMA ESTE, respetando la organización, normas, procedimientos; y dependerán funcionalmente de la autoridad del servicio correspondiente, manteniendo autonomía docente. La incorporación como docente deberá realizarse previa autorización expresa de la máxima autoridad del establecimiento de salud, bajo los criterios de selección establecidos por LA FACULTAD y LA DISA IV LIMA ESTE.

7. La investigación de los problemas relativos a la salud y sus condicionantes, incluyendo el modo y forma de actuar de los servicios de salud, formara parte de la programación conjunta y tendrá en cuenta las necesidades prioritarias de salud de la población.

8. Adaptar las acciones de docencia - asistenciales en lo académico, de acuerdo a la curricula de LA FACULTAD, y en lo administrativo, de acuerdo a las disposiciones de LA DISA IV LIMA ESTE.

9. Promover programas de capacitación permanente que contribuyan al perfeccionamiento de los profesionales de la salud que laboran en LA DISA IV LIMA ESTE, con el apoyo de LA FACULTAD en el área que le compete.

CLAUSULA CUARTA: RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES

Para el cumplimiento del presente Convenio Especifico las responsabilidades son las siguientes:

RESPONSABILIDADES DE LA FACULTAD:

1. Elaborara y enviara a LA DISA IV LIMA ESTE, con un mes de antelación el Plan de Practicas Pre Profesionales consignando: relación nominal de alumnos (no mayor a 6 estudiantes) que deban realizar sus prácticas, fechas de inicio y termino, tutor y/o profesor responsable el cual de preferencia debe de ser un profesional de la jurisdicción de LA DISA IV LIMA ESTE, horario de prácticas pre profesionales de los alumnos estará determinada por las disposiciones de LA FACULTAD.

2. Participar en la difusión de las campañas de salud y educación continua que programe LA DISA IV LIMA ESTE.

3. Coordinar con LA FACULTAD la realización de dos (02) cursos de Actualización Profesional por año, en las instalaciones de LA FACULTAD, con el tema propuesto y coordinado con la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de LA DISA IV LIMA ESTE, con un valor mínimo de un (01) crédito, con la entrega de la certificación respectiva de los participantes que aprueben el curso, dirigido al personal administrativo y asistencial que LA DISA IV LIMA ESTE designe, sin representar costo alguno al personal beneficiado, según el Plan de Desarrollo de las Personas.

4. LA FACULTAD brindara el acceso libre al sistema de bibliotecas y centro de computo, de acuerdo a su disponibilidad para lo cual LA DISA IV LIMA ESTE, acreditara a los trabajadores que harán uso de dichas facilidades.

5. Otorgara cada año académico al personal asistencial de LA DISA IV LIMA ESTE, que este interesado en participar en congresos, seminarios, Cursos y otras actividades que organice LA FACULTAD; consistente en cuatro (04) medias becas,

vc rn que se regirán según al Reglamento de pensiones de la facultad y al Reglamento de > 2 Becas de la Universidad.

Av. César Vallejo Cdra. 13 S /N - El Agustino Teléfono: 363-0909 / Fax: 362-7056

Facultad de Medicina Humana Av. Alameda del Corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III Etapa - La Molina

Telf: 365-2300 Fax: 365 -0487

[email protected] www.medicina.usmp.edu.pe

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ta PERU Ministerio de Salud

DIRECCIÓN D f S A L U D IV U í » A ( 3 t É V E RI T A S . USMP

\ ¡ £ » B V \ S A N M A R T I N D E P O R R E S

Auspiciar y Certificar actividades científicas de capacitación e investigación, así como brindar apoyo con docentes en eventos que organice LA DISA IV LIMA ESTE.

7. Asesorar Investigaciones en temas de Salud, que se desarrollen en la comunidad y dentro de la jurisdicción de Lima Este en Coordinación con LA FACULTAD.

8. LA FACULTAD deberá de cumplir con lo dispuesto en las normas legales pertinentes respecto de la contratación de docentes que forme parte del personal asistencial de los establecimientos de salud y sede administrativa de LA DISA IV LIMA ESTE.

9. Exonerar del pago por derecho de auspicio de las actividades científicas, académicas y de capacitación que organicen la Microrredes de Salud de LA DISA IV LIMA ESTE, y en aquellas áreas correspondientes a LA FACULTAD.

10. Asumir las medidas académicas administrativas necesarias para que los daños y perjuicios que puedan ser ocasionados por los estudiantes, docentes o administrativos de LA FACULTAD en las instalaciones, mobiliarios y equipos de LA DISA IV LIMA ESTE, sean resarcidos por la persona responsable, en los casos que se establezca tal responsabilidad.

RESPONSABILIDADES DE LA DISA IV LIMA ESTE:

1. Otorgar anualmente un número de plazas de campo clínico para estudiantes de Pre Grado, e Internos de Medicina, bajo tutorías permanentes de los Profesionales de LA DISA IV LIMA ESTE, previa coordinación entre ambas partes y estará sujetas en función de la capacidad instalada de LA DISA IV LIMA ESTE conforme al marco normativo vigente del Ministerio de Salud, del SINAPRES, SINAREME y normas conexas.

2. Brindar sus instalaciones para que los alumnos de pregrado e internos de las Facultades y Escuelas realicen actividades académicas de Docencia-Servicio o Investigación propia de la docencia en pre-grado, internado y post-grado sujetándose a la Organización, funcionamiento, normas y disposiciones vigentes de LA DISA IV LIMA ESTE

3. Facilitar la producción científica e intelectual de los alumnos designados por LA FACULTAD en los ambientes de LA DISA IV LIMA ESTE y de cuyo resultado será en beneficio para ambas Instituciones, brindándoles las facilidades necesarias de acuerdo con las normas establecidas y autorizaciones correspondientes.

4. Otorgar las credenciales y certificados respectivos a los alumnos practicantes y que participen en el programa de internado.

5. LA DISA IV LIMA ESTE, enviara la propuesta de un coordinador para que desarrolle y coordine el detalle de las actividades específicas que se acuerden con LA FACULTAD.

Presentación oficial del personal beneficiario de las Becas a los diferentes programas de Diplomado y Maestrías que brinde LA FACULTAD a los trabajadores de LA DISA IV LIMA ESTE.

7. Previa coordinación posibilitar la publicación de producción científica y otros medios * O de información que tuviese LA DISA IV LIMA ESTE.

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Av. César Vallejo Cdra. 13 S /N - El Agustino Teléfono: 363-0909 / Fax: 362-7056

Facultad de Medicina Humana Av. Alameda del Corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III Etapa - La Molina

Telf: 365-2300 Fax: 365-0487

[email protected] www.medicina.usmp.edu.pe

Page 5: CONVENIO ESPECÍFICO N° COiT-2013-DG/OEGDRRHH/DISA.IV USMP... · 2014-04-07 · En cumplimiento de la Cláusula Sexta del Convenio Marco N° 035-2010-MINSA de ... Comité Nacional

| A V E R I J A S

S A N M A R T I N D E P O R R E S

CLÁUSULA QUINTA: COORDINACIÓN Y DESARROLLO DEL CONVENIO

Para la ejecución del presente convenio se establecerá una comisión de coordinación y desarrollo integrada por:

• El Director (a) General de LA DISA IV LIMA ESTE o su representante. • El Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Humanos de LA DISA IV LIMA

ESTE o su representante. • Un docente de la FACULTAD correspondiente, debidamente acreditado y que

trabaje en LA DISA IV LIMA ESTE

La comisión tendrá a su cargo la coordinación y desarrollo del presente convenio específico sujetando sus actuaciones a las disposiciones emanadas de los órganos que conforman el SINAPRES o COMITÉ DE SEGUNDA ESPECIALIZACION EN CIENCIAS DE LA SALUD según corresponda.

CLÁUSULA SEXTA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

Este convenio podrá ser resuelto unilateralmente, por cualquiera de las partes, dando aviso por lo menos, con 90 días previos al inicio del año académico vigente, mediante carta notarial. Dicha resolución no afectará las actividades programadas de internado en desarrollo, para las cuales se seguirán aplicando las disposiciones pertinentes de los convenios suscritos.

CLÁUSULA SETIMA: DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO

El presente Convenio Específico tendrá una duración de Tres (03) años contados a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo ser renovado por períodos sucesivos de igual duración, previo acuerdo entre las partes y con la opinión favorable de la Oficina General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos (OGGDRH).

CLÁUSULA OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES DEL CONVENIO

Las partes acuerdan que la incorporación de modificaciones en el presente Convenio se hará por escrito y de mutuo acuerdo entre las partes, para lo cual es necesario contar con la opinión favorable de la Oficina General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos (OGGDRH), suscribiéndose las Adendas que se estime pertinente.

Estando ambas partes de acuerdo con lo estipulado en el presente documento, en señal de conformidad lo suscriben en cuatro (04) ejemplares, en la Ciudad de Lima, a

Av. César Vallejo Cdra. 13 S /N - El Agustino Teléfono: 363-0909 / Fax: 362-7056

Facultad de Medicina Humana Av. Alameda del Corregidor N° 1531 Urb. Los Sirius III Etapa - La Molina

Telf: 365-2300 Fax: 365 -0487

[email protected] www.medicina.usmp.edu.pe